Logo Studenta

¿Cuál es el concepto de las fundaciones según el artículo 193 del CCyC? Las fundaciones son personas jurídicas que se constituyen con una finalidad...

¿Cuál es el concepto de las fundaciones según el artículo 193 del CCyC?
Las fundaciones son personas jurídicas que se constituyen con una finalidad de bien común, sin propósito de lucro, mediante el aporte patrimonial de una o más personas, destinado a hacer posibles sus fines.
Para existir como tales, las fundaciones requieren constituirse mediante instrumento público y solicitar y obtener autorización del Estado para funcionar.

Esta pregunta también está en el material:

CCyC_Comentado_Tomo_I (arts 1 a 400)
653 pag.

Direito Civil I Universidad Nacional de La PlataUniversidad Nacional de La Plata

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

Las fundaciones, según el artículo 193 del CCyC, son personas jurídicas que se constituyen con una finalidad de bien común, sin propósito de lucro, mediante el aporte patrimonial de una o más personas, destinado a hacer posibles sus fines. Para existir como tales, las fundaciones requieren constituirse mediante instrumento público y solicitar y obtener autorización del Estado para funcionar.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales