Logo Studenta

¿Cuál es la causa que obsta al discernimiento en caso de pérdida accidental de la razón según el CCyC? a) La enfermedad mental siempre que tenga i...

¿Cuál es la causa que obsta al discernimiento en caso de pérdida accidental de la razón según el CCyC?

a) La enfermedad mental siempre que tenga incidencia en el momento de la celebración del acto.
b) Los intervalos lúcidos y la palabra 'demente'.
c) La presunción de carencia de discernimiento una vez dictada la sentencia de interdicción.

Esta pregunta también está en el material:

CCyC_Comentado_Tomo_I (arts 1 a 400)
653 pag.

Direito Civil I Universidad Nacional de La PlataUniversidad Nacional de La Plata

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

Para responder a tu pregunta, debo analizar cada alternativa: a) La enfermedad mental siempre que tenga incidencia en el momento de la celebración del acto: Esta afirmación es correcta según el CCyC en caso de pérdida accidental de la razón. b) Los intervalos lúcidos y la palabra 'demente': Esta afirmación no es correcta en relación con la causa que obsta al discernimiento en caso de pérdida accidental de la razón según el CCyC. c) La presunción de carencia de discernimiento una vez dictada la sentencia de interdicción: Esta afirmación no es correcta en relación con la causa que obsta al discernimiento en caso de pérdida accidental de la razón según el CCyC. Por lo tanto, la respuesta correcta es la opción a) La enfermedad mental siempre que tenga incidencia en el momento de la celebración del acto.

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales

Otros materiales