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¿Quiénes no pueden ser testigos en instrumentos públicos según el artículo 295 del Código Civil y Comercial de la Nación? A. Personas incapaces de...

¿Quiénes no pueden ser testigos en instrumentos públicos según el artículo 295 del Código Civil y Comercial de la Nación?

A. Personas incapaces de ejercicio, los que no saben firmar, los dependientes del oficial público, y los parientes del oficial público hasta el segundo grado de afinidad.
B. Personas con antecedentes penales, los que no saben firmar, los dependientes del oficial público, y los parientes del oficial público hasta el cuarto grado de afinidad.
C. Personas con restricciones de capacidad jurídica, los que no saben firmar, los dependientes del oficial público, y los parientes del oficial público hasta el tercer grado de afinidad.

Esta pregunta también está en el material:

CCyC_Comentado_Tomo_I (arts 1 a 400)
653 pag.

Direito Civil I Universidad Nacional de La PlataUniversidad Nacional de La Plata

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