Para las condiciones pendientes en los negocios jurídicos, las partes pueden adoptar las siguientes medidas: a) Solicitar medidas conservatorias. b) Ejercer acciones conservatorias sustanciales. c) Iniciar acción subrogatoria. Por lo tanto, la alternativa correcta es la opción a) Solicitar medidas conservatorias.
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Sociedade, Multiculturalismo e Direitos – Direitos Humanos e Multiculturalismo
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