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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA
DE MEXICO
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES
ARAGÓN
T E S I S
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE
L I C E N C I A D O E N D E R E C H O
P R E S E N T A :
ARMANDO CAMARGO CORREA
MÉXICO 2006
“PROPUESTA DE REFORMA AL TÍTULO OCTAVO DEL
NUEVO CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
(DELITOS CONTRA LA INTEGIRDAD FAMILIAR)”
ASESOR:
LIC. JOSÉ RICARDO LIMÓN PÉREZ
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA
DE MEXICO
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES
ARAGÓN
T E S I S
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE
L I C E N C I A D O E N D E R E C H O
P R E S E N T A :
ARMANDO CAMARGO CORREA
MÉXICO 2006
“PROPUESTA DE REFORMA AL TÍTULO OCTAVO DEL
NUEVO CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
(DELITOS CONTRA LA INTEGIRDAD FAMILIAR)”
ASESOR:
LIC. JOSÉ RICARDO LIMÓN PÉREZ
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
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INDICE
CAPITULO 1. VIOLENCIA FAMILIAR
INTRODUCCIÓN
1.1. Antecedentes 2
1.1.1. Roma 2
1.1.2. Grecia 5
1.1.3. México en la época prehispánica 5
1.1.4. México época Colonial 7
1.2. Conceptos 8
1.2.1 Familia 8
1.2.2 Violencia 15
1.2.2.1 Violencia Fí sica 17
1.2.2.2 Violencia Psicológica 17
1.2.3. Tipos de Violencia 17
1.2.3.1 Violencia Interpersonal 17
1.2.3.2 Violencia contra la Pareja 18
1.2.3.3 Maltrato y Abandono de Menores 19
1.2.3.4 Violencia Sexual 20
1.2.3.5 Violencia Colectiva 21
1.2.3.6 Consecuencias en la Salud de la Violencia Familiar 21
CAPITULO 2. ANÁLISIS DEL MARCO LEGAL DE LA VIOLENCIA FAMILIAR
2.1. Constitución Polí tica de los Estados Unidos Mexicanos 28
2.1.1. Articulo 2° Constitucional 28
2.1.2. Articulo 4° Constitucional 33
2.2.Convención sobre los derechos de los niños y las niñas aprobado por la Asamblea de las
Naciones Unidas en 1989, y ratificada por México en septiembre de 1990 37
2.2.1 Articulo 19 de la Convención antes señalada 39
2.3. Nuevo Código Penal para el Distrito Federal 40
2.3.1 Estudio Dogmático del articulo 200 del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal
41
2.3.2. Estudio Dogmático del articulo 201 del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal
 48
2.3.3. Estudio Dogmático del articulo 202 del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal
53
2.4. Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal 53
2.4.1. Análisis del articulo 115 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito
Federal. 54
2.5. Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar para el Distrito Federal 54
2.5.1. Análisis de la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar para el
Distrito Federal 57
CAPITULO 3. INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES FACULTADAS POR LA
LEY PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR
3.1. Procuradurí a General de Justicia del distrito Federal 67
3.2. Subprocuraduria de Atención a Victimas del delito y Servicios a la Comunidad 76
3.2.1. Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar 77
3.2.2. Albergue Temporal de la Procuradurí a General de Justicia del distrito Federal 81
3.3. Fiscalia de Procesos en lo Familiar 102
3.4. Fiscalia para Menores 106
3.5. Sistema de Desarrollo Integral para la Familia (DIF-DF.) 113
CAPITULO 4. ANÁLISIS DE LA REFORMA AL TITULO OCTAVO DEL NUEVO
CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (DELITOS CONTRA LA
INTEGRIDAD FAMILIAR
4.1. Exposición de motivos para la reforma 117
4.2. Reforma al articulo 200 del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal 119
4.3. Reforma al articulo 201 del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal 125
4.4. Reforma al articulo 202 del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal 127
4.5. Reforma al articulo 115 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal
 128
Conclusiones 134
Bibliografí a 142
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de investigación se basa en la inquietud de saber si las
reformas que se proponen al Nuevo Código Penal y de Procedimientos Penales
para el Distrito Federal, den como fruto la consignación real de las averiguaciones
previas que se inician con motivo del delito de Violencia Familiar.
Para ello en el capitulo 1 (uno) se realiza un recorrido por los antecedentes
históricos, sobre la integración de la familia y sus relaciones en civilizaciones
milenarias como en Roma y Grecia, dando un recorrido a la época prehispánica y
colonial en México;
Así mismo se trata de encontrar y entender los conceptos básicos que se refieren
en el presente trabajo como son familia, violencia, tipos de violencia y su
vinculación entre conceptos.
Lo anterior con la finalidad de poder observar que la violencia familiar es un
problema social que involucra diversas esferas como son los derechos humanos,
la justicia social, la legal y la de salud publica. Ya que este es un problema
ampliamente señalado en la literatura y la prensa, que apenas en las ultimas tres
décadas se a enfrentado de manera abierta y a través de polí ticas publicas y es
hasta la ultima década cuando se inicia su abordaje en el ámbito internacional.
Sin embargo es de destacarse que la mayor parte de los actos violentos en el
seno de la familia no son mortales, pero si han tenido como consecuencia
trastornos mentales y reproductivos, enfermedades de transmisión sexual,
discapacidades fí sicas o mentales permanentes, por lo que es de preguntarse
como pudo permanecer oculto el problema de la violencia familiar hasta hace tan
poco tiempo, permaneciendo mudas y sordas las diversas clases sociales, así
como las autoridades ante un grave problema que actualmente todos conocemos.
No es fácil responder a estas preguntas como no lo es enfrentar el problema,
precisamente porque esta hilado en el tejido mismo de la estructura patriarcal y
jerárquica de nuestra sociedad que a prevalecido desde la antigüedad ya que
existe una valoración discriminada de la masculinidad y la feminidad, donde la
violencia como mecanismo de control de sometimiento y obediencia ha sido
considerada como “ natural” y esta arraigada en la conducta aprendida y aceptada
por grandes segmentos de la población; por lo que es claro que hasta esta fecha
todaví a existen enormes barreras y dificultades para litigar en este campo y
proponer medidas conducentes para su denuncia y tratamiento.
Ya que a partir de la salida de la mujer al mundo de lo publico ha generado
cambios dentro de la familia colocando en tensión y o modificando las posiciones
reciprocas de todos los miembros que la componen especialmente a nivel de
pareja. Así como ha posibilitado la toma de conciencia en cuanto a la
discriminación y subordinación a la que la sociedad las somete por el hecho de ser
mujeres. La lucha por la equidad en relación a los hombres ha sido una de las
banderas mas importantes de los movimientos de mujeres; la que no se agota en
el campo laboral, sino que lo trasciende y aspira a que se manifieste en todos los
aspectos de la vida social y polí tica.
En el capitulo 2 (dos) se realiza un análisis minucioso y exhaustivo de la
legislación Federal y Local, encargada de atender, prevenir y sancionar la
conducta violenta de un miembro de la familia y las consecuencias de esos actos.
Es claro que la Ley esta destinada aproteger el desarrollo y organización de la
familia, como célula primaria y básica de la sociedad, de lo cual se desprende que
toda conducta que tenga el efecto contrario a preservar la familia, atenta contra
esta disposición legal.
Pero también se observa que si bien es cierto que en las diversas legislaciones
federales y locales se han llevado a cabo diversas reformas sustanciales para el
tratamiento a la problemática de la violencia familiar en las que se a tratado que la
capacidad jurí dica sea igual para el hombre y la mujer, con la finalidad de evitar
que la mujer quede sometida, por razón de su sexo, a restricción alguna en la
adquisición y ejercicio de sus derechos civiles. Teniéndose con esto la igualdad
conyugal, al expresarse que el marido y la mujer mayores de edad tienen
capacidad para administrar, contraer o disponer de sus bienes propios y ejercer
las acciones u oponer las excepciones que a ellos correspondan sin que para tal
efecto necesite el esposo el consentimiento de la esposa ni esta la autorización de
aquel, salvo algún caso especifico; por lo que se establece la misma autoridad e
igualdad en el hogar en cuanto a resolver de común acuerdo lo conducente al
manejo del mismo, a la formación y educación de los hijos y a la administración de
sus bienes, quedando con esto de alguna forma resuelta la igualdad entre el
hombre y la mujer en sus derecho civiles; pero también es cierto que en el ámbito
de la materia penal a sido mas difí cil el tratamiento de la problemática de la
violencia familiar ya que si bien es cierto a sido trataba desde hace ya varios años
también es cierto que hasta esta fecha no se a podido establecer un concepto
general de lo que es la Violencia Familiar ya que en el Código Civil para el Distrito
Federal se define de una forma, en el Código Penal para la Federación de una
manera distinta, mientras que el en el Nuevo Código Penal Vigente para el Distrito
Federal se tiene un concepto diverso de lo que se considera Violencia Familiar,
por tal situación se da la problemática de la diversidad de criterios por parte de los
distintos titulares de los Juzgados de Paz Penal ante quienes se propone el
Ejercicio de la Acción Penal por la comisión del delito de Violencia Familiar. Por lo
que en el presente trabajo se propone la reforma al Titulo Octavo del Nuevo
Código Penal Vigente para el Distrito Federal
Entre las consecuencias que tiene la violencia familiar se encuentra la
desintegración familiar, la cual provoca, inevitablemente, que la familia como base
de la organización social se vea alterada, repercutiendo necesariamente en las
polí ticas gubernamentales, las cuales de conformidad con lo que estipula el
artí culo 4° constitucional deberán estar dirigidas a organizarla y protegerla.
En el capitulo 3 (tres) se analizara la estructura, funciones y organización de la
Procuradurí a General de Justicia del Distrito Federal, como ente encargado de
asistir, prevenir y sancionar las conductas de violencia familiar en el marco de sus
facultades para lo cual se ayudara de los órganos internos especializados en la
materia.
Por lo que se analizaran las facultades, atribuciones y funcionamiento de las
Agencias Especializadas, el Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar y el
Albergue Temporal de la Institución.
Si bien es cierto como con antelación se menciona dentro de la Procuradurí a
General de Justicia del Distrito Federal existen tanto la Fiscalia de Procesos en lo
Familiar, como las Distintas Agencias Especializadas así como diversos Centros
de Atención a la Violencia Familiar, al llevar a cabo un estudio de su
funcionamiento se observa que no existe la estructura necesaria por parte del
Estado para el Tratamiento y Apoyo a la Victima de Violencia Familiar, que en la
mayorí a de las ocasiones se trata de mujeres y menores de edad; toda vez que se
carece de apoyo económico y capacitación para algún empleo para evitar la
dependencia en muchas de las ocasiones económica por parte del victimario,
razón por la cual en la mayorí a de las ocasiones la victima se ve obligada a volver
con su agresor
Observándose igualmente que el grueso de la población carece del conocimiento
de los derechos que la propia ley les otorga, por lo que es importante mencionar
que en este caso los medios de comunicación pueden hacer mucho para contribuir
a posicionar a la violencia domestica como un problema social y de salud que
merece la atención de lideres polí ticos y autoridades. Para ayudar a que aquellos
que viven en violencia salgan de la ignorancia y sepan que hacer. La población
necesita saber que tiene derechos, que existen centros de ayuda y que cada
hombre o mujer, de la edad que sea, no esta solo
Por lo que en el presente trabajo se estudiara cada una de las funciones de las
instituciones y organismos especializados en violencia domestica y se
mencionaran las diversas propuestas para su mejor funcionamiento.
El capitulo 4 (cuatro) del presente trabajo esta destinado a las distintas propuestas
de reforma al Capitulo Octavo del Nuevo Código Penal Vigente para el Distrito
Federal, asi como al Código de Procedimientos Penales Vigente para la misma
entidad; las cuales son propuestas en base a la necesidad de llevar a cabo la
correcta integración de la Averiguación Previa vinculadas con el delito de Violencia
Familiar.
2
CAPITULO 1
VIOLENCIA FAMILIAR
1.1. Antecedentes.
Para entender el fenómeno de la llamada violencia familiar, se debe de realizar
un análisis del como se le ha considerado a lo largo de la historia, por lo que se
estudiara de forma genérica este fenómeno desde los romanos, hasta la época
colonial, esto con la finalidad de entender las raí ces y costumbres que han
llegado hasta la actualidad, impactando de forma frontal la conformación de la
familia y la sociedad, no solo dentro del ámbito de las relaciones personales y
familiares, si no sociales y culturales, lo que se traduce en cifras y estadí sticas
que demuestran que la llamada violencia familiar o domestica crece dí a a dí a
dentro de la sociedad mexicana, en la cual cuatro de cada diez hogares la
sufren1.
1.1.1. Roma.
También se entiende por familia, sobre todo en el pasado, al grupo que convive
bajo el mismo techo, sean o no todos ellos parientes entre sí . Ejemplo clásico de
la familia extensa fue la familia patriarcal romana, que incluí a al pater familias,
como centro y jefe nato de la misma, a su esposa, a sus hijos, nueras, nietos y
demás descendientes, a los agnados, o sea los allegados que, parientes o no,
pertenecí an a la misma gens, a los clientes, sirvientes o esclavos.
“ Una prueba indirecta, pero irrefutable, de la existencia de un grupo familiar
superior nos es suministrada por la estructura del Derecho Hereditario Romano,
que en sus orí genes entrañaba la designación, no de un adquiriente del
1 González Domínguez Ángel, Compilación, Diplomado Violencia Familiar y Derechos
Humanos, Prevalecía de violencia de pareja actual en mujeres mexicanas y consecuencias
físicas: algunos resultados de la encuesta nacional sobre violencia contra las mujeres 2003.
Gobierno de Distrito Federal. pp. 129-135.
3
patrimonio, sino de un sucesor en la soberaní a, nombrado por el pater familias,
para el tiempo que siguiese a su muerte. Un grupo análogo de personas que
pretenden descender de un tronco único y viven, generalmente, unidas bajo la
autoridad de un jefe, que suele ser el primogénito, el mayor, el elegido de entre
los miembros del consorcio, o también el designado por el pater familias difunto,
lo hallamos en todo el mundo primitivo” .2
Esta familia histórica primitiva, es muy amplia porque en alguna forma realiza las
funciones que poco más tarde van a realizar las autoridades de la ciudad y
después las del Estado; porque es con frecuencia en sí misma una unidad
completa de producción agrí cola o ganadera; porque necesita auto defenderse
de otros grupos rivales, etc. Se entra en la familiapor los mismos
procedimientos que después se usan para entrar a formar parte de la comunidad
polí tica: por nacimiento, por admisión expresa en el grupo o por matrimonio.
En los últimos siglos de la República, la familia romana ha quedado configurada
como la comunidad que convive bajo la autoridad del pater familias y que
comprende a la esposa, los hijos, los cónyuges y descendientes de los hijos
varones (las hijas al casarse dejan de pertenecer a la familia, para pasar a la de
su esposo), los adoptados, los esclavos, algunos libertos y en general, toda
persona que estuviera sujeta a la potestad del padre, conforme a derecho. Es
una familia cimentada sobre la agnación o sea, los ví nculos civiles de la potestad
paterna. “ Más tarde, gracias principalmente al Derecho Pretorio, empieza a
destacarse la cognación (o sea el parentesco consanguí neo); hasta imponerse y
triunfar finalmente, sobre la primera, en la época de la legislación imperial. Es
Justiniano quien da, a este respecto, el paso decisivo, especialmente en sus
Novelas. A partir de esta reforma, prevalece exclusivamente la cognación, como
2 BONFANTE PIETRO. “Historia del Derecho Romano”, Editorial Revista de Derecho
Privado, Madrid, 1944 ,Vol. I, p. 93
4
antes habí a imperado la agnación, triunfando así el moderno concepto de familia
sobre el arcaico del ius civile” .3
La familia cedió, por tanto, sus funciones polí ticas a las autoridades municipales,
las cuales fueron sustituyendo paulatinamente algunas de las que realizaba
originariamente aquella. Esto contribuyó a ir reduciendo el número de personas
integrantes de la familia para dar cada vez más importancia al parentesco
consanguí neo.
En la antigua Roma hubo tres maneras de enfocar la violencia familiar:
1.- La legí tima, que se basaba en un poder adquirido y conservado en el tiempo.
2.- La legitimada, que se basaba en el poder de la ley, la costumbre y la
jurisprudencia que otorgaban diversos poderes a los representantes familiares
para corregir, educar, administrar los bienes, representarlos, auxiliarlos, dirigirlos
etc. a los que se encontraban bajo su dominio o poder. Un caso es el pater
familias en Roma donde ejercí a a una triple autoridad; la de padre, rey y
sacerdote.
3.- La ilegí tima, que se basaba en el rechazo a todas las formas de violencia
familiar a través de los edictos de los magistrados o senadoconsultos, los
códigos como los de Justiniano, Hermogeniano, Gregoriano, Teodosiano, las
Constituciones Imperiales (edictos, decreta y mandatas), la costumbre. Hoy se
sigue manteniendo esta lí nea a través de los tratados, convenciones, pactos,
protocolos, declaraciones, etc. sobre los derechos humanos, hoy globalizado.
Cabe señalar que en Roma no existió una ley particular que restringiera los
abusos de poder dentro de la familia. Los delitos contra las personas, lo
3 SOHM, Rodolfo. “Instituciones de Derecho Romano. Historia y Sistema”, Editorial Gráfica
Panamericana S. de R. L., México, 1959, p. 280
5
encontramos con el nombre de injuria. Se considera la injuria como “ todo ataque
a la dignidad de una persona libre.
¿Pero cuál es el verdadero origen de la violencia familiar ? Explicaciones
sociológicas nos detallan que con la aparición de la propiedad privada la familia
sufre una de sus más bruscas transformaciones étnicas, sociales, económicas y
culturales.
Consecuencia de dicho problema social trajo consigo la desorganización de la
familia romana y el aumento e innovación de nuevos delitos dentro y fuera de la
familia como son : la corrupción, promiscuidad, las venganzas privadas, robos,
usurpaciones etc.
Se crearon nuevos grupos de poder con el fin de adquirir, y mantener la
supremací a dentro de una orden familiar, social, polí tico, económico y cultural,
siendo la finalidad de estos grupos la de retener el poder público.
1.1.2. Grecia.
En la Grecia antigua encontramos que las mismas formas de violencia familiar,
en donde la cabeza de familia se consideraba dueño de la vida de los
integrantes de la familia, así como del patrimonio de la misma, es precisamente
dentro de esta organización donde los abusos a diferencia de Roma se darán
por violencia sexual, en contra de las mujeres que forman parte de la familia al
ser vendidas, esto por la moralidad disoluta de esta cultura.
1.1.3. México época prehispánica.
Cada azteca era miembro de un clan o grupo de familia llamado Calpulli. Los
Calpulli poseí an su tierra bajo el control estricto del rey. Cuando un hombre y
una mujer se casaba, se les daba su propia parcela (tierra) para proveerse su
propia comida y dar algunos de sus productos como pago al hombre principal
6
del Calpulli. Cuando los niños nací an, la familia podrí a pedir más tierra para
poder cultivar más comida. Una familia también podrí a ganar más tierra si el
padre luchaba valientemente en las guerras aztecas. Pero si la familia no
trabajaba la tierra propiamente, se les decomisaba.
Las caracterí sticas de la familia azteca son:
El grupo privilegiado de jefes, guerreros y comerciantes tení an autorizada la
práctica de la poligamia. La clase agricultora se hallaba sometida en el ámbito
matrimonial a la regla de la monogamia.
La educación se impartí a en establecimientos para cada estrato social. Las
niñas eran educadas por sus madres en las labores del hogar y la religión.
La sociedad mexica era claramente patriarcal, la mujer debí a ser dócil con el
marido ya que para ello habí a sido educada por sus padres. La mujer azteca no
tenia poder de decisión, y era considerada solo como un ornamento dentro del
hogar. Le estaba prohibido opinar sobre la educación de los hijos varones, y
debí a de responder sobra la adecuada educción de las hijas.
Los hombres podrí an tener varias mujeres pero debí an darles sustento y
atención, sólo una mujer era considerada esposa legí tima y las otras eran
aceptadas con respeto como concubinas oficiales. La sociedad mexica giraba en
torno a una estructura social rí gida donde se estipulaban las virtudes y defectos
permitidos a las mujeres de acuerdo con cada estrato social.
Los padres y esposos tení an el poder absoluto sobre las mujeres, que en las
clases más bajas eran consideradas menos que los animales, por lo que debí a
de aguantar el trato que recibiera por parte de su esposo y incluso tení a la
obligación de obedecer las indicaciones de los jefes del calpulli. Lo que servia de
pretexto para cometer actos de violencia, verbal y fí sica.
7
1.1.4. México época colonial.
Dice el catecismo de Ripalda el cual rige la vida del México Colonial, que las
mujeres deben tratar a sus maridos «con amor y reverencia», como la Iglesia a
Cristo, mientras que ellos deben comportarse con ellas «amorosa y
cuerdamente». En su expresión más precisa, ésas serí an las actitudes
recomendables dentro de la sociedad colonial, cuyas normas de conducta
emanaban de la doctrina cristiana. Con la misma orientación patriarcalista, las
obligaciones de los hijos hacia sus padres eran «obediencia y reverencia»;
aunque no se exigí a explí citamente el amor paternal o filial, quedaba implí cito en
la exigencia de la asistencia mutua, que deberí a ser su manifestación
inmediata.4
Sin embargo esta estructura social basada en la educación eclesiástica, se ve
reflejada en una serie de prejuicios, que tienen como resultado el desprecio
hacia la dignidad e integridad de mujeres y niños, quienes debí an de aguantar la
cruz que Dios, les habí an impuestos, es en esta época en donde en nombre de
Dios se cometen grandes atrocidades, ya que si bien es cierto la figura del
divorcio no existí a, bastaba la simple imputación del delito de herejí a para que
cualquier esposo devoto de la Santa Madre Iglesia se deshiciera de su esposa,
quedándose no solo con la total potestad sobre los hijos, sino con los bienes de
su esposa, esto como recompensa a su piadosa denuncia, es de destacar que
los actos de violencia fí sica o moral no eran siquiera denunciados oplaticados
fuera del orden estricto de los hogares, ya que esto podí a significar el repudio
público de la mujer, por estar posesa de algún espí ritu maligno
4 Gonzalbo Aizpuru Pilar, Con amor y reverencia. Mujeres y Familias en el México Colonial.
www.monagrafias.com Madrid España 1967 p. 443.
http://www.monagrafias.com
8
1.2. Conceptos.
Para estar en posibilidades de dar una propuesta de cambio en torno a la
violencia familiar se debe de realizar el estudio de los principales conceptos que
en la problemática intervienen, destacando de forma importante lo que a
continuación se estudiaran.
1.2.1. Familia.
En Derecho Positivo Mexicano; no se encuentra una definición de familia por lo
que es conveniente recurrir a los preceptos que se contemplan dentro de la
doctrina jurí dica.
La mayorí a de los estudiosos es coinciden en que la palabra familia procede de
la voz “ famulia” , por derivación de “ famulus” , que a su vez procede del osco
“ famel” , que significa siervo, y más remotamente del sánscrito “ vama” , hogar o
habitación, significando, por consiguiente, “ el conjunto de personas que
moraban con el señor de la casa ” .5
“ Para nosotros siempre las personas ligadas a la familia por un contrato de
trabajo, trabajadores domésticos (Art. 331 LFT) y que a menudo dan muestra de
un amor, de una fidelidad sin lí mites, forman desde luego parte de ella.” 6
La familia es la más antigua de las instituciones humanas, es la agrupación más
elemental, pero al mismo tiempo, la más sólida de toda la sociedad primitiva,
surge desde que existe el hombre y constituye un elemento clave para la
comprensión y funcionamiento de la sociedad.
Es también “ la familia el más natural y más antiguo de los núcleos sociales, la
verdadera célula de la sociedad, base y piedra angular del ordenamiento social,
2 CASTAN TOBEÑAS, José. “Derecho Civil Español Común y Foral, Tomo V. Derecho de
Familia”, Vol. I, Editorial Reus, S.A. Madrid, 1976, p. 25
6 DE IBARROLA, Antonio.“Derecho de Familia” , Editorial Porrúa, México, 1995, p. 2
9
no sólo porque constituye un grupo natural e irreductible que tiene por especial
misión la de asegurar la reproducción e integración de la humanidad a través de
las generaciones y de los siglos, sino, además, porque es en su seno donde se
forman y desarrollan los sentimientos de solidaridad, las tendencias altruistas,
las fuerzas y virtudes que necesita para mantenerse saludable y próspera la
comunidad polí tica” .7
Aunque no existe una definición legal de familia sin embargo todos los
doctrinarios se refieren a ella y coinciden en que se nace, en una familia, se
forman en ella los individuos y mueren también en familia. Se hace referencia
continua a la familia en las diferentes normas del Derecho Positivo del paí s y los
tratadistas se refieren a ella. Sin embargo, no conocemos una definición
satisfactoria.8
La familia se basa en el ámbito privado, pero por su importancia abarca a toda la
sociedad, y en ella se interesan, no solamente el Estado visto como nación, sino
todos los Estados a nivel global.
No es fácil tratar de incorporar todos los elementos en una definición de familia,
ya que por otro lado, es difí cil comprender dentro de una misma definición a
todas las familias que en sus diversas estructuras se encuentran en el paí s, esto
debido a su configuración étnica y social.
Las hay indí genas, campesinas, obreras, urbanas o rurales, de clase media o
clase alta, unas que se constituyen no sólo por el padre, la madre y los hijos sino
los diversos parientes, y otras que son las familias nucleares, etc.
7 CASTAN TOBEÑAS, José. Op. cit. , p. 17
8 CHAVEZ ASENCIO, Manuel F. “ La Familia en el Derecho” , Editorial Porrúa, México,
1997, p. 232
10
Marcela Olavarrieta cita en su libro “ La familia. Estudio Antropológico” 9, la
definición de Kathleen Gough sobre familia como ” una pareja casada u otro
grupo de parientes adultos que cooperan en la vida económica y en la crianza
de los hijos (as), la mayor parte de los cuales, o todos, usan una morada
común” .
Esta definición, señala la autora Marcela Olavarrieta, “ incluye toda forma de
hogar basada en el parentesco e implica varios universales: (Regulación que
prohí be el matrimonio entre parientes próximos, aunque la extensión de la
prohibición respecto al número de parientes a los que se aplica varí a según
diversas sociedades).
Cooperación entre hombres y mujeres de una misma familia, se basan en una
división de trabajo por sexo (nuestra moderna sociedad industrial, aunque
presenta ya sí ntomas de un cambio en éste sentido, continúa mayoritariamente
organizada sobre tal base).
Implica la existencia del matrimonio como una relación más o menos duradera,
reconocida socialmente, de la que surge la paternidad legí tima como lazo de
parentesco entre un hombre y los hijos de su esposa, sean o no hijos
fisiológicos” .
El jurista Manuel Chávez Asencio F.10, refiere en su libro “ La Familia en el
Derecho” , la definición que Murdock plantea a cerca de la familia como “ un
grupo social caracterizado por residencia común, cooperación económica y
reproducción; incluye adultos de ambos sexos y a hijos, sean propios o
adoptados” .
9 OLAVARRIETA, Marcela. “La familia, Estudio Antropológico, Familia Hoy”, Editorial
U.N.E.D., Madrid, 1976, p. 111
10 CHAVEZ ASENCIO, Manuel F. “La Familia en el Derecho”, Op. cit. p. 233
11
También señala el autor Chávez Asencio11, “ que otros autores consideran que
se puede definir a la familia (como una unidad de equilibrio humano y social). El
ser humano en el momento de nacer no tiene, como los animales, una vida
adulta independiente. Su plena autonomí a sólo la consigue a través de varios
años de preparación y aprendizaje. La familia es la que proporciona al individuo
la estabilidad necesaria para comunicarse con los seres que le rodean. Es el
cause indispensable para la formación de la persona. Se puede asegurar que no
se podrá nunca conseguir un desarrollo armónico de la persona fuera de la
familia.
En segundo lugar, es un poderoso agente en el equilibrio social, ya que ella
pone en movimiento todas las demás agrupaciones humanas que dan origen a
la sociedad.
La familia tiene en la sociedad una función elemental que desarrollar. Es, en
primer lugar, el origen de la población y el centro de la vida económica y cultural.
Es además, el crisol de las virtudes morales y la célula básica de la sociedad” .
La familia deberá de analizarse en Sentido Amplio y Sentido Restringido
La familia en sentido amplio, que podrí a considerarse familia-parentesco, se
integra por el conjunto de personas con las cuales existe algún vinculo de orden
familiar. Bajo este significado lato, comprende la familia tres órdenes de
relaciones: las conyugales, las paterno-filiales y las que genéricamente se
llaman parentales.
Cita el maestro Chávez Asencio en su obra “ La Familia en el Derecho” 12, el
concepto de familia que en sentido amplio establece el autor Fassi, quien al
11 Idem, p. 233
12 Ibidem, p. 234
12
respecto considera que “ esta familia comprende al conjunto de ascendientes,
descendientes y colaterales de un linaje, incluyendo los ascendientes,
descendientes y colaterales del cónyuge que reciben denominación de parientes
por afinidad” .
El jurista Augusto C. Belluscio13, establece que responden al concepto de
familia amplia, las definiciones de Dí az de Guijarro y de Spota. Para Dí az de
Guijarro, “ la familia es la institución social, permanente y natural, compuesta por
un grupo de personas ligadas por ví nculos jurí dicos emergentes de la relación
intersexual y de la filiación” . Por su parte Spota considera que “ la familia está
constituida por las personas entre las cuales existe una relación de parentesco
así como por quienes se hayan unidas en matrimonio” .
Otra definición de familia en sentido amplio es la establecida por Julián
Bonnecase14, quien considera que “ la familia es un organismo social de orden
natural,basada en la diferencia de sexos y en la diferenciación correlativa de las
funciones, cuya misión consiste en asegurar no solamente la perpetuidad de la
especie humana, sino también el único modo de existencia que conviene a sus
aspiraciones y a sus caracteres especí ficos” .
La familia en sentido restringido actualmente se le considera al grupo formado
por los cónyuges y los hijos de éstos, con exclusión de los demás parientes, o al
menos de los colaterales. En este sentido la familia se integra por relaciones
conyugales y paterno-filiales.
Puede considerarse que la caracterí stica fundamental de la pequeña familia está
dada por la convivencia, esto equivale a decir que la familia está constituida por
13 BELLUSCIO, Augusto C. “Derecho de Familia”, Tomo I. Editorial de Palma, Buenos Aires,
1975, p. 3
14 BONNECASE, Julián. “La Filosofía del Código de Napoleón aplicada al Derecho de
Familia”, Editorial José M. Cajica Jr., Puebla, México, 1945, p. 207
13
el padre, la madre, y los hijos que viven bajo el mismo techo, sin embargo, la
convivencia no es requisito esencial, pues por ejemplo, el hijo que no vive con el
padre forma igualmente parte de la familia.
Daniel Hugo D’ Antonio, citado por Augusto Belluscio15, define a la familia
pequeña como “ la institución natural integrada por el padre, la madre y los hijos
no emancipados por matrimonio, que conviven en el hogar bajo la autoridad
paterna” .
Autores como Belluscio16, agregan el elemento casa a la definición, y así se
observa un concepto intermedio familiar como “ el grupo social integrado por
gentes que viven en una casa bajo la autoridad del señor de ella ” .
Desde otro punto de vista a la familia se le califican por sus relaciones y por su
constitución en: legí tima o ilegí tima, según esté constituida por el matrimonio, o
se derive del concubinato o de la madre soltera.
Rafael Rojina Villegas considera que “ la familia en el derecho moderno está
determinada por virtud del matrimonio y del parentesco consanguí neo,
comprendiéndose, además, de manera excepcional el parentesco por
adopción.” 17
Por su parte Augusto Belluscio18, señala que “ el ideal jurí dico y ético es y ha sido
ordinariamente la organización de la familia sobre la base del matrimonio; es
decir la familia legí tima o matrimonial. Pero ello no implica que la unión de hecho
y la procreación fuera del matrimonio no dé lugar a la existencia de ví nculos que
15 BELLUSCIO, Augusto C. Op. Cit. p. 3
16 Ibidem, p. 5
17 ROJINA VILLEGAS, Rafael. “DERECHO CIVIL MEXICANO. Derecho de Familia”, Tomo I,
Editorial Porrúa, S.A., México, 2004, p. 211
18 BELLUSCIO, Augusto C. Op. Cit. p. 8
14
determinan también la existencia de una familia ilegí tima o extramatrimonial,
ví nculos cuya regulación jurí dica también es necesaria, sea cual fuere el criterio
que se adopte para organizar su ordenamiento frente a la legí tima”
Las formas más comunes de integración del núcleo familiar son dos, y éstas
dependen de diversos factores como son: la cultura, la clase social, la época o el
lugar sobre la tierra a que nos refiramos en un momento dado.
Se habla de familia extensa, cuando en la misma se incluye, además de la
pareja y de sus hijos, a los ascendientes de uno o de ambos de sus miembros, a
los descendientes en segundo o ulterior grado, a los colaterales hasta el quinto,
sexto o más grados, a los afines y a los adoptivos.
Opuesta a la anterior, surge la llamada familia nuclear o conyugal, cuyos
componentes estrictos son únicamente el hombre, la mujer y sus hijos.19
La familia y el matrimonio son dos instituciones naturales, en el sentido que se
derivan de la naturaleza humana, por lo que han estado presentes desde que
existen hombres sobre la tierra y seguirán existiendo mientras haya individuos
que participen de nuestra naturaleza.
Esto no quiere decir que siempre han existido en la misma forma, pues en
relación con la familia, hay un núcleo esencial, al cual las diversas circunstancias
históricas agregaron otros componentes. El grupo familiar doméstico existe
siempre, pero la familia hace su aparición en la historia más antigua, como un
grupo que alrededor de esa sociedad doméstica ha reunido a personas muy
dispares, que se consideran ellas mismas como pertenecientes a la familia, y las
19 MONTERO DUHALT, Sara. “Derecho de Familia”, Editorial Porrúa, S.A. México, 1992, p. 9
15
leyes positivas más antiguas que conocemos sancionan como existente este
grupo familiar amplificado.20
Por lo que corresponde al Derecho Positivo Mexicano, constituyen a la familia,
los cónyuges, los concubinos, los parientes en lí nea recta ascendente y
descendente sin limitación de grado, ya sean surgidos dentro o fuera de
matrimonio, los colaterales hasta el cuarto grado, los afines, y el adoptante y el
adoptado entre sí .21
Sin embargo, la mayorí a de las definiciones de los distintos tratadistas del
Derecho se han centrado en la familia tradicional, es decir en la familia originada
por el matrimonio, por lo tanto, se considera que dichas definiciones son
parciales y no reflejan la realidad social que impera en el paí s, ya que dichas
definiciones son limitativas.
Es necesario profundizar en el concepto de familia de tal manera que en él se
pueda comprender a las familias integradas no sólo por el matrimonio, sino
también a las formadas por la unión libre, el concubinato, las madres solteras,
etc.; también a las familias que se integran por parientes que no descienden
unos de otros.
1.2.2. Violencia.
El Diccionario de la Real Academia Española22 explica que “ violentar” es “ la
aplicación de medios sobre personas o cosas para vencer su resistencia” . Por lo
que se ha definido a la violencia cómo: “ El uso de una fuerza, abierta u oculta,
20 PACHECO E. Alberto. “La Familia en el Derecho Civil Mexicano” , Editorial Panorama,
México, 1991, p. 13
21 MONTERO DUHALT, Sara. Op. cit., p. 9
22 DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA, Real Academia Española, Vol. 10, Editorial
Mateu Cromo, Artes Gráficas, S.A. España, 2001, p. 1565
16
con el fin de obtener de un individuo o de un grupo lo que no quieren consentir
libremente” , y en cuanto a la violencia familiar ésta es definida cómo:
“ Toda acción u omisión cometida en el seno de la familia por uno de sus
miembros, que menoscaba la vida o la integridad fí sica o psicológica, o incluso
la libertad de uno de sus integrantes, que causa un serio daño al desarrollo de
su personalidad” .
Así entendida, la violencia siempre será una forma de ejercicio de poder
mediante el empleo de la fuerza (ya sea fí sica, psicológica, económica, etc.) que
implica la existencia de un “ arriba y un abajo” , reales o simbólicos.
El empleo de la fuerza “ se constituye así en un método posible para la
resolución de conflictos intrapersonales, como un intento de doblegar la voluntad
de otro, de anularlo precisamente en su calidad de persona individual. La
violencia implica una búsqueda tendiente a eliminar los obstáculos que se
oponen al propio ejercicio del poder mediante el control de la relación obtenida a
través del uso de la fuerza ” (Lic. Jorge Corsi, Violencia Familiar)23.
Para que la conducta violenta sea posible tiene que darse un cierto desequilibrio
de poder, que pueda estar definido culturalmente o por el contexto, o producido
por maniobras interpersonales de control de la relación.
El concepto de violencia familiar ha sido abordado hasta este momento de
acuerdo a lo establecido por la doctrina al respecto, pero es importante darle el
tratamiento legal que dada la relevancia del tema se merece.
23 CORSI, Jorge. “Violencia familiar”, Una mirada interdisciplinaria sobre un grave problema
social, Editorial Paidos, México, 2001, p. 23
17
1.2.2.1. Violencia Fí sica.
Debe de considerarse como violencia fí sica a todo acto de agresión intencional,
en el que se utilice alguna parte del cuerpo, algún objeto, arma o sustancia para
sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad fí sica del otro,encaminado
hacia su sometimiento y control, que cause lesiones en algún miembro o parte
del cuerpo del agredido.
1.2.2.2. Violencia Psicológica.
La violencia psicológica se demuestra en base al patrón de conducta que
consiste en actos u omisiones repetitivos cuyas formas de expresión pueden ser:
prohibiciones, coacciones, condicionamientos, intimidaciones, amenazas,
actitudes devaluatorias, de abandono y que provoquen en quien las recibe,
deterioro, disminución o afectación a su estructura de personalidad y dignidad
como ser humano.
1.2.3. Tipos de Violencia y el contexto en el que esta ocurre.
La violencia presenta varias caras y caracterí sticas diferentes por lo que deberá
de demostrarse sus diversos tipos y para ello se entrara al análisis de los
diferentes tipos de violencia, entre los cuales destacan los que a continuación se
detallan, así como las consecuencias que la salud se causan como resultado del
uso de la violencia.
1.2.3.1 Violencia Interpersonal.
La violencia interpersonal cobro alrededor de 520000 vidas, en el año dos mil,
en el mundo, si embargo este dato por aterrador que parezca, no es del todo
acertado, ya que en varios paí ses las estadí sticas se maquillan para acallar la
opinión de la comunidad internacional, si embargo se estima que las estadí sticas
oficiales de homicidios no reflejan en su totalidad el numero de homicidios, y
muertes violentas. Esto en virtud de que muchas de las muertes sobre todo de
mujeres, niños y ancianos, se considera que son causadas por enfermedades, u
18
otras causas naturales, ya que las autoridades omiten otras causas como lo son
la violencia domestica o el abandono en el caso de ancianos y niños pequeños.
Se dice que por cada persona que muere a consecuencia de actos violentos hay
muchas mas que sufren lesiones fí sicas o psí quicas. “ Los datos oficiales sobre
los casos no mortales son a menudo incompletos, sobre todo en los tipos de
violencia interpersonal que comportan un estigma social” .24
De lo anterior se desprende que la violencia interpersonal, se confunde con la
violencia familiar, no obstante esta tiene la caracterí stica de que se infringe en
contra de mujeres, ancianos y niños pequeños, sin que esto signifique que estos
tengan un parentesco directo, con su agresor.
1.2.3.2 Violencia Contra la Pareja.
La violencia contra la pareja se produce en todos los paí ses, en todas las
culturas y en todos los niveles sociales, sin excepción, aunque algunos grupos
tienden a ser mas vulnerables que otros, como es el caso de las personas de
bajos recursos económicos.
Además de las agresiones fí sicas como los golpes y las patadas, este tipo de
violencia comprende las relaciones sexuales forzosas y otras de coacción
sexual, el maltrato psicológico como la intimidación, la humillación, y los
comportamientos controladores, son caracterí sticos de este tipo de violencia, ya
que el generador trata de demostrar su poder sobre la victima aislándola de su
familia de origen, amistades y toda persona que trate de ayudarla a superar la
dependencia que se crea entre la pareja.
Aunque las mujeres pueden agredir a sus parejas masculinas y también se dan
actos de violencia en parejas del mismo sexo, la violencia en la pareja, se
soporta en proporción abrumada por las mujeres y infringida por los hombres. La
24 Op cit González Domínguez Ángel, p. 9.
19
mayorí a de las victimas de agresiones fí sicas se ven sometidas durante largos
periodos de tiempo y suele sufrir mas de un tipo de maltrato, en México se
comprobó que la mitad de las mujeres que habí an sido victimas de agresiones
fí sicas, habí an sufrido también de abuso sexual por parte de su pareja.
Otras de las causas mas recurrentes para que se infrinja violencia en contra de
la pareja, tiene que ver con las cuestiones económicas, la supuesta falta de las
obligaciones del hogar, la educación de los hijos, el cuidado del hogar, la
negativa a mantener relaciones sexuales, y la infidelidad.
“ Según encuestas de todo el mundo, entre el 10% y el 69% de las mujeres
señalan haber sido agredidas fí sicamente por su pareja masculina en algún
momento de la vida” 25
1.2.3.3 Maltrato y Abandono de Menores.
En todo el mundo hay niños que sufren de maltrato por parte sus padres o
cuidadores. El maltrato a menores comprende agresiones fí sicas, sexuales, y
psí quicas, además del abandono del que son objeto, y que en muchos casos los
lleva a un deceso trágico que con prevención y cuidado bien podí a evitarse.
Entre los factores individuales, la edad, y el sexo desempeñan un papel
importante en la victimización. Por lo general, los niños pequeños corren mayor
riesgo de maltrato fí sico, mientras que las mayores tasas de abuso sexual se da
entre menores que han alcanzado la pubertad o la adolescencia. Es de llamar la
atención que en la mayorí a de los paí ses, los niños sufren golpes y castigos
fí sicos, con mayor frecuencia que las niñas, mientras que estas corren mayor
riesgo de infanticidio, abuso sexual, y abandono, que las obliga a prostituirse.
25 Ídem pp. 11-12.
20
“ En el año 2000 se produjeron aproximadamente 57000 homicidios de niños, los
de edades comprendidas entre los 0 y 4 años son los que corren mayor riesgo.
Las victimas de maltrato no moral y de abandono son muchos mas numerosas.
Aproximadamente el 20% de las mujeres, y el 5%-10% de los hombres han
sufrido de abuso sexual durante su infancia” .26
1.2.3.4 Violencia Sexual.
Este tipo de violencia comprende una gran diversidad de actos, como las
relaciones sexuales bajo coacción en el matrimonio, las violaciones por parte de
extraños, las violaciones sistemáticas durante los conflictos armados, el acoso
sexual, los abusos sexuales a menores, la prostitución forzada y la trata de
personas, los matrimonios precoses, y los actos violentos en contra la integridad
sexual de las mujeres, como la mutilación de genitales y las inspecciones
obligadas de la virginidad.
La mayor parte de las agresiones sexuales tienen como victimas a mujeres y
niñas y son perpetradas en su mayorí a por hombres. Sin embargo la violación
de hombres y niños por otros hombres en un problema constatado, y se
registran igualmente coacciones a hombres jóvenes por parte de mujeres
mayores para mantener relaciones sexuales.
Existen datos de alerta respecto de la compra venta de mujeres en el mundo,
con la finalidad de prostituirlas o para la esclavitud sexual. La violencia sexual
repercute hondamente en la salud fí sica y mental de las victimas. La mortalidad
asociada al violencia sexual puede deberse al suicidio, a las infecciones por VIH-
SIDA, o al homicidio, bien durante la agresión, o bien de forma posterior en los
asesinatos por el honor.
26Ídem p. 13
21
Entre los factores que generan este tipo de violencia se destacan la
promiscuidad, la pobreza, alta tasa de delincuencia, la falta de valores y
educación.
“ Según datos disponibles en algunos paí ses, una de cada cuatro mujeres
señalan haber sido victimas de violencia sexual, por parte de su pareja, y hasta
una tercera parte de las mismas ha sufrido una iniciación sexual forzada.
Cientos de miles mas se ven obligadas a prostituirse o son victimas de actos
violentos en otros ámbitos, como escuela, lugares de trabajo, y centros de
atención a la salud” .27
1.2.3.5 Violencia Colectiva.
Los conflictos violentos entre naciones y grupos, el terrorismo de estado y de
grupos, las violaciones como instrumento bélico, el movimiento de gran numero
de personas desplazadas de sus hogares y lugares de origen, y las guerras son
sucesos que ocurren a diario en diversos lugares del mundo. Sus efectos sobre
la salud, materializados en muertes, enfermedades somáticas, discapacidades y
angustia, son el resultado de este tipo de violencia que afecta en forma indirecta
a gran parte de la población mundial y sin embargo se vive con el miedo de que
un dí a no lejano llegue a tocar la puerta de tu hogar.
1.2.3.6 Consecuencias en la Saludde la violencia familiar.
La violencia familiar impacta de forma directa la salud, fí sica, psicológica y
reproductiva, de las personas que son victimas de ella, es por ello que se llevo a
cabo un estudio tendiente a determinar cuales son los aspectos que afectan los
actos de violencia entre los que se destacan los siguientes:
Daños Fí sicos: los daños fí sicos que sufre la victima incluyen, bofetadas,
puñetazos, patadas, intentos de ahorcamiento, heridas que requieren costuras,
huesos rotos, lesiones que requieren hospitalización, golpes que pueden
27 ídem pp. 15-16.
22
ocasionar abortos, heridas internas, heridas que produzcan desfiguraciones o
las dejen lisiadas, hasta el homicidio.
Agresión y coerción sexual: los celos tí picos de los agresores hacen que
controlen y regulen de manera rí gida la sexualidad de su pareja, como muestra
de su poder sobre ella y la relación. Pueden prohibirles usar métodos
anticonceptivos, o golpearlas porque tienen demasiados hijos o por no tenerlos.
Se ha encontrado que n buen porcentaje de mujeres también sufren violaciones
por parte de sus parejas. Además de las lesiones fí sicas y el trauma emocional
resultado de la agresión sexual, muchas de las victimas corren el riego de
contraer enfermedades de transmisión sexual (ETS), y el sí ndrome de
inmunodeficiencia adquirida (SIDA). Los datos en México muestran, respecto al
SIDA, que el grupo en que se han identificado mas casos en los últimos años es
el de las amas de casa infectadas por sus parejas.
Efectos sobre la salud materna y el feto: Los estudios realizados sobre violencia
familiar indican que muchas veces la violencia fí sica se inicia con el primer
embarazo de la mujer y el abuso fí sico puede afectar de manera particular a las
mujeres embarazadas y al feto. Existen indicios que muestran que el maltrato
durante el embarazo puede tener como consecuencias desde sangrados
vaginales, hasta niños con bajo peso al nacer.
Efectos psicológicos: los estudios sobre la violencia familiar demuestran que la
culpabilidad y baja estima son rasgos caracterí sticos de las mujeres maltratadas
y que además, de los efectos fí sicos evidentes, la agresión constante cambia del
comportamiento de la mujer. Ésta pude sentir confusión, incapacidad de
concentración, trastornos en su forma de vida, sus hábitos de sueño o
alimenticios; experimenta intenso sentimiento de incomunicación, vergüenza,
timidez, depresión, o miedos prolongados.
23
Se producen trastornos sexuales, ya que la victima, siente miedo a la intimidad,
incapacidad de tener respuestas sexuales, falta de interés en las relaciones
sexuales, y en la mayorí a de los casos sentirse sucia, humillada al tenerlas o
recordar el abuso sexual del que fue objeto.
Dos aspectos importantes que se destacan respecto de las mujeres maltratadas
son: primero que la violencia experimentada en ellas puede producir en ellas el
desorden de estrés postraumático y que el clima de terror en el que viven afecta
sus capacidades cognitivas, de tal manera que puedes desarrollar lo que se ha
identificado como el sí ndrome de inhabilidad aprendida o sí ndrome de
Estocolmo.
Estos sí ndromes indican que, debido a la dinámica de violencia familiar las
mujeres pierden parte de su capacidad para actuar ante las situaciones de
riesgo y por lo tanto, tienen menos habilidades para protegerse a si mismas y a
sus hijos.
La desvalorización sufrida por las victimas de violencia familiar, a causa del
maltrato puede impactar mas allá del efecto fí sico y psicológico. Ya que se
manifiesta el estrés crónico, causado por agresiones violentas o moderadas,
pero repetidas y próximas en el tiempo, constituye, a la larga, una dosis total que
sobrepasa el umbral de resistencia. Este tipo de estrés lleva consigo un
agotamiento psicológico y glandular progresivo que es responsable de las
llamadas enfermedades de adaptación: hipertensión, diabetes, obesidad, asma,
etc.
Las investigaciones realizadas sobre la salud de las mujeres, indica que el
estrés puede llevarlas a la depresión y que los servicios de salud normalmente
terminan medicándolas y recetándoles, psicofármacos que lejos de resolver su
“ enfermedad” , terminan atándolas a los servicios médicos y otras dependencias.
24
Investigaciones sobre las percepciones de los prestadores de servicios en
centros de salud o instancias de procuración de justicia, muestran que gran
parte de los profesionistas comparten los patrones culturales de las mujeres que
sufren violencia, y que tienden a naturalizarla al minimizarla o prestar escasa
atención a los hechos violentos que se les presentan28.
28 González Domínguez Ángel, Compilación, Diplomado Violencia Familiar y Derechos
Humanos, Violencia Domestica. Definiciones y su Impacto en la Salud. Gobierno de Distrito
Federal. pp. 129-135.
25
CONCLUSIÓN DEL CAPITULO PRIMERO
En el presente capitulo se menciona los antecedentes históricos de la
problemática de la violencia familiar, por lo que se realizo un recorrido sobre la
integración de la familia y sus relaciones en civilizaciones milenarias como en
Roma y Grecia, dando un recorrido a la época prehispánica y colonial en
México; para lo cual primeramente fue necesario saber que es la familia, así
mismo se trata de encontrar y entender los conceptos básicos que se refieren en
el presente trabajo como son familia, violencia, tipos de violencia y su
vinculación entre conceptos.
Para poder entender el porque existe la violencia en la familia primeramente fue
necesario mencionar en el cuerpo del presente capitulo que es la familia; siendo
esta la institución más antigua de la humanidad y constituye un elemento clave
para la comprensión y funcionamiento de las distintas sociedades como lo fue en
civilizaciones milenarias como en Roma y Grecia, así como en la época
prehispánica y colonial en México. A través de ella, no solo se prevee de sus
miembros, sino que se encarga de prepararlos para que cumplan
satisfactoriamente el papel social que les corresponde; así mismo se pudo
observar que la violencia familiar es un problema social que involucra diversas
esferas como son los derechos humanos, la justicia social, la legal y la de salud
publica. Dentro de la antigua Roma ya habí a clasificación de la violencia familiar,
26
misma que se enfocaba de tres maneras: la legitima, la legitimada y la ilegitima.
Mientras que en la cultura Griega la violencia fue en su mayorí a de í ndole
sexual; mientras que en el México prehispánico la mujer debí a ser dócil ya que
para ello habí a sido educada sin poder de decisión y era considerada solo como
ornamento; en México época colonial la mujer fue victima de violencia y diversas
atrocidades en el nombre de dios ya que por ejemplo bastaba la simple
imputación del delito de herejia para que cualquier esposo devoto de la Santa
Madre Iglesia se deshiciera de su esposa, quedándose no solo con la potestad
sobre los hijos sino con los bienes de la esposa, esto como recompensa a su
piadosa denuncia.
Ya que este es un problema ampliamente señalado en la literatura y la prensa,
que apenas en las ultimas tres décadas sé a enfrentado de manera abierta y a
través de polí ticas publicas y es hasta la ultima década cuando se inicia su
abordaje en el ámbito internacional.
Sin embargo es de destacarse que la mayor parte de los actos violentos en el
seno de la familia no son mortales, pero si han tenido como consecuencia
trastornos mentales y reproductivos, enfermedades de transmisión sexual,
discapacidades fí sicas o mentales permanentes, por lo que es de preguntarse
como pudo permanecer oculto el problema de la violencia familiar hasta hace tan
poco tiempo, permaneciendo mudas y sordas las diversas clases sociales, así
27
como las autoridades ante un grave problema que actualmente todos
conocemos.
No es fácil responder a estas preguntas como no lo es enfrentar el problema,
precisamente porque esta hilado en el tejido mismo de la estructura patriarcaly
jerárquica de nuestra sociedad que a prevalecido desde la antigüedad ya que
existe una valoración discriminada de la masculinidad y la feminidad, donde la
violencia como mecanismo de control de sometimiento y obediencia ha sido
considerada como “ natural” y esta arraigada en la conducta aprendida y
aceptada por grandes segmentos de la población; por lo que es claro que hasta
esta fecha todaví a existen enormes barreras y dificultades para litigar en este
campo y proponer medidas conducentes para su denuncia y tratamiento.
28
CAPITULO 2
ANÁLISIS DEL MARCO LEGAL DE LA VIOLENCIA FAMILIAR
2.1. Constitución Polí tica de los Estados Unidos Mexicanos.
La Constitución Polí tica de los Estado Unidos Mexicanos, es la Ley Suprema de
la Federación, y es el sustento legal de todas y cada una de las leyes aplicables,
es por eso que la Carta Magna, en su parte dogmática consagra los derechos
fundamentales de todos y cada uno de los mexicanos, y el tema de investigación
del presente trabajo no es la excepción, basándose para ello en los artí culos 2° y
4° que a continuación se analizaran.
2.1.1. Articulo 2° Constitucional.
Según el articulo 2° de la Carta Magna, La nación mexicana es única e
indivisible. La nación tiene una composición pluricultural sustentada
originalmente en sus pueblos indí genas que son aquellos que descienden de
poblaciones que habitaban en el territorio actual del paí s al iniciarse la
colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas,
culturales y polí ticas, o parte de ellas.
La conciencia de su identidad indí gena deberá ser criterio fundamental para
determinar a quienes se aplican las disposiciones sobre pueblos indí genas.
Son comunidades integrantes de un pueblo indí gena, aquellas que formen una
unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen
autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.
El derecho de los pueblos indí genas a la libre determinación se ejercerá en un
marco constitucional de autonomí a que asegure la unidad nacional. El
reconocimiento de los pueblos y comunidades indí genas se hará en las
constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en
29
cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos
anteriores de este articulo, criterios etnolingüisticos y de asentamiento fí sico.
Esta constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las
comunidades indí genas a la libre determinación y, en consecuencia, a la
autonomí a para:
Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica,
polí tica y cultural.
Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus
conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta constitución,
respetando las garantí as individuales, los derechos humanos y, de manera
relevante, la dignidad e integridad de las mujeres. La ley establecerá los casos y
procedimientos de validación por los jueces o tribunales correspondientes.
Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y practicas tradicionales, a
las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de
gobierno interno, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de
equidad frente a los varones, en un marco que respete el pacto federal y la
soberaní a de los estados.
Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que
constituyan su cultura e identidad.
Conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras en los
términos establecidos en esta constitución.
Acceder, con respeto a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la
tierra establecidas en esta constitución y a las leyes de la materia, así como a
los derechos adquiridos por terceros o por integrantes de la comunidad, al uso y
30
disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan
las comunidades, salvo aquellos que corresponden a las áreas estratégicas, en
términos de esta constitución. Para estos efectos las comunidades podrán
asociarse en términos de ley.
Elegir en los municipios con población indí gena, representantes ante los
ayuntamientos. Las constituciones y leyes de las entidades federativas
reconocerán y regularan estos derechos en los municipios, con el propósito de
fortalecer la participación y representación polí tica de conformidad con sus
tradiciones y normas internas.
Acceder plenamente a la jurisdicción del estado. Para garantizar ese derecho,
en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o
colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades
culturales respetando los preceptos de esta constitución. Los indí genas tienen
en todo tiempo el derecho a ser asistidos por interpretes y defensores que
tengan conocimiento de su lengua y cultura.
Las constituciones y leyes de las entidades federativas establecerán las
caracterí sticas de libre determinación y autonomí a que mejor expresen las
situaciones y aspiraciones de los pueblos indí genas en cada entidad, así como
las normas para el reconocimiento de las comunidades indí genas como
entidades de interés publico.
La federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de
oportunidades de los indí genas y eliminar cualquier practica discriminatoria,
establecerán las instituciones y determinaran las polí ticas necesarias para
garantizar la vigencia de los derechos de los indí genas y el desarrollo integral de
sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas
conjuntamente con ellos.
31
Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades
indí genas, dichas autoridades, tienen la obligación de:
Impulsar el desarrollo regional de las zonas indí genas con el propósito de
fortalecer las economí as locales y mejorar las condiciones de vida de sus
pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres ordenes de gobierno, con
la participación de las comunidades. Las autoridades municipales determinaran
equitativamente las asignaciones presupuéstales que las comunidades
administraran directamente para fines especí ficos.
Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación
bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la
capacitación productiva y la educación media superior y superior. Establecer un
sistema de becas para los estudiantes indí genas en todos los niveles. Definir y
desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la
herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en
consulta con las comunidades indí genas. Impulsar el respeto y conocimiento de
las diversas culturas existentes en la nación.
Asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud mediante la ampliación de la
cobertura del sistema nacional, aprovechando debidamente la medicina
tradicional, así como apoyar la nutrición de los indí genas mediante programas
de alimentación, en especial para la población infantil.
Mejorar las condiciones de las comunidades indí genas y de sus espacios para la
convivencia y recreación, mediante acciones que faciliten el acceso al
financiamiento publico y privado para la construcción y mejoramiento de
vivienda, así como ampliar la cobertura de los servicios sociales básicos.
32
Propiciar la incorporación de las mujeres indí genas al desarrollo, mediante el
apoyo a los proyectos productivos, la protección de su salud, el otorgamiento de
estí mulos para favorecer su educación y su participación en la toma de
decisiones relacionadas con la vida comunitaria.
Extender la red de comunicaciones que permita la integración de las
comunidades, mediante la construcción y ampliación de ví as de comunicación y
telecomunicación. Establecer condiciones para que los pueblos y las
comunidades indí genas puedan adquirir, operar y administrar medios de
comunicación,en los términos que las leyes de la materia determinen.
Apoyar las actividades productivas y el desarrollo sustentable de las
comunidades indí genas mediante acciones que permitan alcanzar la suficiencia
de sus ingresos económicos, la aplicación de estí mulos para las inversiones
publicas y privadas que propicien la creación de empleos, la incorporación de
tecnologí as para incrementar su propia capacidad productiva, así como para
asegurar el acceso equitativo a los sistemas de abasto y comercialización.
Establecer polí ticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos
indí genas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante
acciones para garantizar los derechos laborales de los jornaleros agrí colas;
mejorar las condiciones de salud de las mujeres; apoyar con programas
especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes;
velar por el respeto de sus derechos humanos y promover la difusión de sus
culturas.
Consultar a los pueblos indí genas en la elaboración del plan nacional de
desarrollo y de los estatales y municipales y, en su caso, incorporar las
recomendaciones y propuestas que realicen.
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en este apartado,
la cámara de diputados del congreso de la unión, las legislaturas de las
33
entidades federativas y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas
competencias, establecerán las partidas especificas destinadas al cumplimiento
de estas obligaciones en los presupuestos de egresos que aprueben, así como
las formas y procedimientos para que las comunidades participen en el ejercicio
y vigilancia de las mismas.
Sin perjuicio de los derechos aquí establecidos a favor de los indí genas, sus
comunidades y pueblos, toda comunidad equiparable a aquellos tendrá en lo
conducente los mismos derechos tal y como lo establezca la ley. Sin que la libre
determinación de los pueblos y el uso de sus leyes y costumbres, signifique que
las mujeres, niños y ancianos sean humillados, o menospreciados, ya que el
mismo articulo establece los limites que deberán de seguirse en los casos
aplicables.
2.1.2. Articulo 4° Constitucional.
Por reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre
de 1974, se modificó el artí culo cuarto, en el que se recogieron diversos temas
cuya reglamentación, a nivel constitucional, se estimó necesario. Dicho artí culo
señala lo siguiente:
Artí culo 4° .- “ ... El varón y la mujer son iguales ante la Ley. Esta protegerá la
organización y el desarrollo de la familia.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada
sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.
La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y
establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en
34
materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del
artí culo 73 de esta Constitución.
Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa.
La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal
objetivo.
Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de
sus necesidades y a la salud fí sica y mental.. La Ley determinará los apoyos a la
protección de los menores, a cargo de las instituciones públicas.
Se consagra la igualdad jurí dica de la mujer y el varón.
Es verdad que antes de la reforma las leyes se aplicaban por igual a una u otro,
pero existí an algunas excepciones, sobre todo en materia civil y laboral,
producto de la tradición que estimaba a la mujer un ser más débil, menos
preparado y, por lo tanto, requerido de mayor protección, motivos por los cuales,
en ciertos casos, la ley prohibí a llevar a cabo determinados actos por sí mismos,
libremente.29
Nuevamente el constituyente reafirmó la igualdad de los seres humanos sin
importar su sexo, además este precepto destaca los postulados que deben
prevalecer en nuestro paí s sobre la paternidad responsable y el derecho de los
menores a satisfacer sus necesidades primarias, de tal manera que todos los
individuos que nazcan en nuestro paí s sean fruto de la libre decisión de sus
padres, pero con el compromiso definitivo por parte de éstos de procurarles a
aquellos todo el bienestar de que puedan ser capaces, de acuerdo con sus
posibilidades, en la inteligencia de que el Estado ofrecerá los apoyos necesarios
29 RABASA, Emilio O. y CABALLERO, Gloria; “Mexicano: ésta es tu Constitución, H. Cámara
de Diputados, XV Legislatura, México, 1988, p. 46
35
para que todos los menores alcancen su plena realización. Por esta razón es
muy importante conocer y estar conscientes de las condiciones familiares, para
poder decidir el número de hijos.
A este respecto se observa una marcada diferencia en relación con otros paí ses
del mundo, donde se les obliga, por ley, a procrear uno o máximo dos hijos,
bajo pena de sufrir privaciones y serios perjuicios. Por ello, esta libertad debe ser
tomada en cuenta dentro de un marco de responsabilidad y compromiso hacia
los hijos.
Es claro que la Ley esta destinada a proteger el desarrollo y organización de la
familia, como célula primaria y básica de la sociedad, de lo cual se desprende
que toda conducta que tenga el efecto contrario a preservar la familia, atenta
contra esta disposición legal.
Entre las consecuencias que tiene la violencia familiar se encuentra la
desintegración familiar, la cual provoca, inevitablemente, que la familia como
base de la organización social se vea alterada, repercutiendo necesariamente en
las polí ticas gubernamentales, las cuales de conformidad con lo que estipula el
artí culo 4° constitucional deberán estar dirigidas a organizarla y protegerla.
Por otro lado, en el mismo sentido, como elementos propios de los actos de
violencia, se realizan necesariamente comportamientos antisociales y delictivos
que afectan la calidad de vida no sólo de las ví ctimas directas o indirectas sino
también la de los agresores por lo que hace tanto a las consecuencias jurí dicas
como a las emocionales o psicológicas.
Como es sabido, la violencia en el hogar se manifiesta no sólo mediante
agresiones fí sicas, sino también con la presencia de actos de violencia
psicológica y en muchos casos también sexual. Estos tres factores representan
36
una verdadera tendencia a mermar el desarrollo humano de una persona, el
goce de sus derechos y libertades fundamentales y su calidad de vida, aspectos
todos que se encuentran protegidos y garantizados no solo por la Constitución,
sino por varios instrumentos internacionales ratificados por México y que son
Leyes obligatorias y de observancia general.
México ha participado en diferentes reuniones de carácter regional o universal,
organizadas por las Naciones Unidas y por la Organización de los Estados
Americanos en las que se ha tratado el tema de la Violencia contra la Mujer y
especialmente el tema de Violencia Familiar. Tal es el caso de la Reunión de
Expertos sobre Violencia, organizada por la Naciones Unidas en 1986, en la que
se discutió sobre los diversos aspectos y formas de la violencia y las posibles
medidas para prevenirla y erradicarla30.
La Reunión del Comité para la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer en 1992, cuyo resultado fue la recomendación
número 19 relativa a la inclusión de la violencia contra la mujer, en cualquiera de
sus formas, como una clase de discriminación por género y como parte esencial
de los postulados contenidos en la Convención para la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la Mujer que México ratificó.
La Reunión Regional preparatoria de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer,
en la que la delegación mexicana participó activamente y de la que salieron
conceptos fundamentales que fueron incorporados a la agenda de la IV
ConferenciaMundial sobre la Mujer, celebrada en Mar de Plata, Argentina,
durante septiembre de 1994, en la que se condenó la violencia contra la mujer
tanto en el hogar como en otros ámbitos de la vida como es el trabajo, etcétera y
mecanismos que los paí ses asistentes se comprometieron a integrar en diversos
30 LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EN MÉXICO, Editorial, Comisión Nacional de
Derechos Humanos, México 1994, p. 13
37
sectores de su estructura, sean estos públicos o privados para terminar con este
problema.
2.2. Convención sobre los Derechos de los niños y las niñas aprobada por la
Asamblea de las Naciones Unidas en 1989 y ratificada por México en
Septiembre de 1990.
LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO31, es el instrumento
original antecesor de la Convención sobre los derechos de los niños y las niñas,
fue adoptada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas
el 20 de noviembre de 1959, la que señala: “ El niño, para el pleno y armonioso
desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea
posible, deberá crecer al amparo y bajo responsabilidad de sus padres y, en
todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo
circunstancias excepcionales no deberá separarse al niño de corta edad de su
madre.”
También establece en sus artí culos 2° y 9° que el menor deberá ser protegido
por la ley y por cualquier otro medio con el fin de que pueda desarrollarse fí sica,
mental, moral, o socialmente en un medio que lo propicie y que no deberá ser
objeto de abandono, crueldad o explotación.
LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, esta signada por México en
1990, considera que la familia es la base de la sociedad y que es el lugar idóneo
por naturaleza para el desarrollo y crecimiento de los miembros que la integran,
sobre todo para los niños quienes por su condición requieren de protección y
asistencia.
31 Véase Naciones Unidas; recopilación de instrumentos Internacionales: instrumentos de
Carácter Universal, vol. I, New York, 1993, p. 122
38
Por otro lado, el artí culo 3° Señala que los Estados parte tienen que establecer
las medidas legislativas y administrativas que sean necesarias para garantizar el
bienestar de los menores, considerando los derechos y obligaciones de sus
padres de las personas responsables de él ante la ley, tomando en cuenta
siempre como base de tales normas el interés superior del niño.
Durante la Cumbre Mundial en Favor de la Infancia, celebrada en Nueva York en
septiembre de 1990, se adoptó el Plan de Acción de la Declaración Mundial
sobre la Supervivencia, la Protección y el Desarrollo del Niño en el decenio
1900-2000. Se trataron los puntos relativos al abandono, los malos tratos, la
explotación de menores y la defensa al respeto de los derechos fundamentales
de los mismos. También conmina a los gobiernos para que ratifiquen la
Convención sobre los Derechos del Niño en caso de no haberlo hecho antes, y a
que la den a conocer a la población y a que doten de las medidas necesarias
para su correcta aplicación.
La ratificación de la sobre los Derechos del Niño, así como los acuerdos
suscritos en las reuniones antes señaladas, obligaron al gobierno mexicano a
comenzar a tomar medidas encaminadas a crear soluciones para terminar con la
violencia contra la mujer y los niños, contemplando prioritariamente el problema
de la violencia familiar. En este camino, el gobierno mexicano creo el Programa
Nacional de la Mujer 1995-2000 y el Programa Nacional de Acción en favor de la
Infancia 1995-2000, con el fin de desarrollar mecanismos y acciones que
promuevan y logren el desarrollo de la mujer y niños mexicanos, así como
satisfacer sus necesidades y demandas en los términos del artí culo 4°
Constitucional. Una de las prioridades de los programas se materializa en el
objetivo fundamental de llevar a cabo reformas legislativas y administrativas, así
como acciones de difusión, educación e información sobre el fenómeno de la
violencia en todas sus modalidades, fortaleciendo así a la familia como el lugar
39
donde se aprende, en primera instancia, la igualdad, el respeto y los derechos y
obligaciones de todos los miembros que la integran32.
Por otro lado, el 30 de mayo de 1995 la Asamblea de Representantes del Distrito
Federal, I Legislatura, a través de la Comisión de Atención Especial a Grupos
Vulnerables convocó tanto a organismos gubernamentales como no
gubernamentales a la instalación de la Mesa Legislativa sobre Violencia
Familiar, con el fin de comenzar los trabajos en la materia, por considerar que
ésta viola los derechos y la dignidad de los seres humanos obstaculizando su
desarrollo integral.
2.2.1. Articulo 19 de la Convención antes señalada.
El articulo 19 de la Convención de los Derechos de los niños y las niñas señala:
El niño, para poder cumplir con su función en la sociedad como tal y
posteriormente como adulto, requiere crecer en un ambiente de paz, armoní a,
comprensión y felicidad. También requiere por su inmadurez fí sica y mental de
una protección apropiada que será compartida tanto por la familia como por el
Estado a través de la ley y de las instituciones de apoyo al menor:
Los Estados parte adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas,
sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de
perjuicio o abuso fí sico o mental, incluido el abuso sexual, mientras el niño se
encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de
cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.
Esas medidas de protección deberán comprender, según corresponda,
procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con
32 SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, Alianza para la Igualdad. Programa Nacional de la
Mujer 1995-2000, México, 1996, pp. 62 y 102 a 105.
40
objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él,
así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación,
remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los
casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda la
intervención judicial.
Es precisamente para hacer cumplir con este articulo que el Estado se ve
obligado a realizar una reforma exhaustiva en la normatividad aplicable hasta la
década de los noventa, para realizar leyes nos solo sancionadoras de la
conducta tendiente a la violencia familiar, sino leyes preventivas del mismo
tema.
2.3. Nuevo Código Penal para el Distrito Federal.
Es el Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, el encargado de brindar
mecanismos punitivos, para los casos en que los padres ejerzan en contra de
sus hijos, conductas de violencia familiar, siendo la pena el ultimo recurso que el
Estado utiliza, cuando la gravedad del caso así lo requieres decir, cuando el
problema familiar no pudo ser solucionado y el mismo se constituye en una
conducta ilí cita, tipificada como delito.
Este Código es el ordenamiento jurí dico que contiene las disposiciones legales
que han de aplicarse a la persona que cometa una conducta antijurí dica.
En materia de violencia familiar, se han logrado importantes avances, pero se
debe de mencionar que se ha alcanzado un logro sin precedentes, consistente
en que el Derecho Penal ya contemple dentro de su catalogo de delitos a una
nueva figura delictiva especial para los casos de violencia familiar.
Es del dominio público que por muchos años, en México los actos de violencia
familiar quedaban en la mayorí a de los casos impunes, y no solo por la
41
obediencia que los hijos o la cónyuge debí an al padre o pareja, como pudiera
pensarse, sino que era atribuible a la tibieza de las autoridades encargadas de la
procuración, y administración de justicia, sin embargo hay que destacar que no
existí a un tipo penal que describiera la conducta así desplegada entre los
miembros de la familia, que tuviera como consecuencia una sanción penal.
Es así que en año de

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