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A2SEM2TRATO 20213161 - Yridian Uribe Sánchez

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DIVISION DE CIENCIAS DE LA SAUD 
TRATO DIGNO DEL PACIENTE 
EADSS REY DAVID TAUTIME MORENO 
LEY GENERAL DE SALUD 
YANEY YRIDIAN URIBE SANCHEZ 
 
 
 
26 DE ENERO DE 2022 
Ley General de Salud 
El Sistema Nacional de Salud debe garantizar la prestación de servicios para 
promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la salud, 
regulando los servicios médicos para que respondan a las demandas y necesidades 
de la población. Los servicios médicos deben ser de alta calidad en todos los 
establecimientos, independientemente del subsector de salud al que pertenezcan, 
ya sea público, social o privado. Las soluciones tecnológicas que se instrumenten 
en los establecimientos objeto de esta norma, deben ser el resultado de las 
demandas de actividades de promoción y prevención de la salud, así como aquéllas 
dirigidas al diagnóstico y tratamiento de las diversas patologías. Se debe indicar qué 
tecnologías diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación se utilizarán en los 
establecimientos médicos para atender correctamente tales demandas, lo cual 
integra el programa médico. 
La indicación o el uso de las tecnologías para la salud dependen de la motivación, 
de los conocimientos, de las habilidades y las capacidades del personal de salud y 
de una correcta organización funcional de los establecimientos de atención que 
asegure realizar las actividades médicas. Para ello es indispensable contar con una 
adecuada integración de la infraestructura y el equipamiento. En esta norma se 
presentan los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento para hospitales 
y consultorios de atención médica especializada, incluyendo la infraestructura y el 
equipamiento para ejercer actividades directivas y de formación de personal de 
salud, establecido como obligatorio por la Ley General de Salud y su Reglamento 
en materia de prestación de Servicios de Atención Médica. 
En 1982, bajo el liderazgo del doctor Guillermo Soberón Acevedo, se creó la 
Coordinación de los Servicios de Salud de la Presidencia de la República. Esta 
coordinación tenía como propósito hacer una evaluación del estado en que se 
encontraban los servicios públicos de salud para la población abierta con el fin de 
integrarlos a un sistema nacional de salud que diera cobertura a todos los 
mexicanos. La implementación de esa propuesta, entre 1982 y 1988, dio origen a la 
segunda generación de reformas de salud en México. 
La segunda generación de reformas ha sido llamada “el cambio estructural de la 
salud” y comprendió una verdadera renovación legislativa y una reforma 
administrativa y sustantiva que involucró, sustancialmente, a los servicios que 
atienden a la población abierta, es decir la que no es derechohabiente de la 
seguridad social. 
La renovación legislativa arranca con la inclusión, en la Constitución, del derecho a 
la protección de la salud en 1983 y continúa con la promulgación de la Ley General 
de Salud. 
En diciembre de 1983 el Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Salud, que 
entró en vigor en julio de 1984. La Ley General de Salud reglamentó el derecho a la 
protección de la salud que tiene toda persona, en los términos del artículo 4o. de la 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; estableció las bases y 
modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la 
federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. 
En 2003 se reformó la Ley General de Salud, cuyo objeto fue la creación del Sistema 
de Protección Social en Salud. En 2019, la Ley General de Salud sufrió numerosas 
modificaciones en artículos relacionados principalmente con la prestación de 
servicios de salud, la protección social en salud y el control sanitario de 
medicamentos. 
Sin duda, el liderazgo y visión del doctor Guillermo Soberón Acevedo hicieron 
posible la realización de iniciativas tan relevantes como la promulgación de la Ley 
general de Salud, así como un permanente impulso a las políticas públicas en favor 
del bienestar de los mexicanos. 
Sistema Nacional De Salud 
El Sistema Nacional de Salud Mexicano está conformado por dos sectores: público 
y privado, estos prestan servicios de salud a la población que reside en el territorio 
mexicano. De acuerdo con el artículo 4° de la Constitución Política de México, la 
protección de la salud es un derecho de todas y todos los mexicanos. A su vez, los 
espacios que conforman el Sistema Nacional de Salud se clasifican en 3 niveles. 
Primer nivel: En este nivel se brinda atención primaria, el cual es apoyo médico 
que se proporciona lo más cerca posible al paciente, ya sea en su comunidad, su 
trabajo, o donde se requiera, por lo cual es el primer contacto con los pacientes. 
Este nivel está conformado por unidades médicas ambulatorias, por ejemplo, un 
consultorio o un consultorio con laboratorio y estudio de imagen. 
Segundo nivel: En este nivel encontramos hospitales generales los cuales brindan 
atención a los pacientes con padecimientos que requieren atención de urgencias, 
hospitalización, procedimientos de complejidad media y tratamiento a pacientes que 
vienen referidos desde el primer nivel de atención. 
El segundo nivel se divide en especialidades las cuales son: 
 Cirugía general 
 Medicina interna 
 Pediatría 
 Gineco-obstetricia 
Tercer nivel: En este nivel encontramos hospitales de alta especialidad y 
subespecialidades. Se atienden casos que requieren un conocimiento mayor, baja 
prevalencia, alto riesgo, tecnología específica y atención a enfermedades complejas 
En este nivel también se desempeña la docencia y la investigación. 
El sector público está compuesto por instituciones de seguridad social como: 
 Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) 
 Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 
(ISSSTE) 
 Servicio de Salud de Petróleos mexicanos (PEMEX) 
 Servicio de Salud de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) 
 Servicio de Salud de la Secretaría de Marina (SEMAR) 
 
Dentro de estos también podemos considerar: 
 Seguro Popular de Salud (SPS) 
 Secretaría de Salud (SSa) 
 Servicios Estatales de Salud (SESA) 
 Programa IMSS-Oportunidades (IMSS-O) 
Mientras que el sector privado presta servicios a la población con capacidad de 
pago, algunos ejemplos (de la Ciudad de México) son: 
 Centro Médico ABC, Campus Santa Fe 
 Clínica Médica sur 
 Corporativo Torre Médica S.C. 
 Clínica Periférica Irlanda 
 Hospital Ángeles Clínica Londres 
 Hospital Ángeles del Pedregal 
 Hospital Español 
En resumen, los sistemas de salud tienen la responsabilidad no solamente de 
mejorar la salud de las personas sino de protegerlas contra las pérdidas financieras 
del costo de la enfermedad, y de tratarlas con dignidad.

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