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Estructura del Sistema Financiero Privado

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CONTABILIDAD DEL SISTEMA FINANCIERO
DRA. NANCY SOLIZ,MSC
SISTEMA 
FINANCIERO
Sector Privado
-Financieras
-Servicios Financieros
-Servicios Auxiliares
Sector Público
-Banco Central del Ecuador (BCE)
-Banco del Estado(BEDE)
-Ban Ecuador (reemplazó al BNF)
-Banco de la Vivienda(BEV) (en 
liquidación)
-Corporación Financiera Nacional 
(CFN)
- Banco del Pacífico
-Banco del Instituto de Seguridad 
Social (BIES)
ESTRUCTURA DEL SISTEMA FINANCIERO
INSTITUCIONES 
DEL SISTEMA 
FINANCIERO
• Banco Central del Ecuador (BCE)
• Banco del Estado (BEDE)
• BanEcuador
• Banco Ecuatoriano de la Vivienda(BEV)
• Corporación Financiera 
Nacional(CFN)
• Banco del Pacífico
• Banco del Instituto Ecuatoriano de 
Seguridad Social)BIES)
INSTITUCIONES FINANCIERAS PÚBLICASINSTITUCIONES FINANCIERAS PRIVADAS
• Bancos
• Sociedades Financieras 
INSTITUCIONES DE SERVICIOS 
FINANCIEROS
INSTITUCIONES DE 
SERVICIOS AUXILIARES
• Casas de Cambio
• Almacenes Generales de Depósito
• Corporaciones de desarrollo de mercado 
secundario de hipotecas
• Compañías de Arrendamiento Mercantil 
(Leasing)
• Compañías Emisoras o Administradoras de 
Tarjetas de Crédito.
• Empresas de Factoring
• Compañías de Garantía o Retro garantía
• OFF-SHORE
• Cajeros Automáticos
• Servicios de Cobranza
• Transporte de Especies 
Monetarias y Valores
• Servicios Contables y de 
Computación. 
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INSTITUCIONES 
FINANCIERAS PRIVADAS
SOCIEDADES FINANCIERAS o Corporaciones de 
Inversión y Desarrollo
Son instituciones que promueven la creación de
empresas productivas mediante la captación y
canalización de recursos internos y externos de
mediano y largo plazo, movilización de los
instrumentos de pago, además tienen como
objetivo intervenir en el mercado de capitales y
otorgar créditos para financiar la producción, la
construcción, la adquisición y la venta de bienes a
mediano y largo plazo.
BANCOS
Son instituciones que realizan labores de
intermediación financiera recibiendo dinero
de sus clientes (depósitos), para entregarlos
en préstamo a otros agentes
económicos(créditos) cobrando una tasa de
interés
Art. 392. Código Monetario -Capital:
$11’000.000 dividido en acciones
nominativas.
MERCADO DE CAPITALES
El mercado de capitales es un tipo de 
mercado financiero donde se realiza 
la compra-venta de títulos valor, 
activos financieros de empresas y 
otras unidades económicas como son 
las acciones, obligaciones y títulos de 
deuda a largo plazo.
http://web.sbs.gob.ec/practg/sbportal.p_index?vp_art_id=161&vp_
tip=2#:~:text=SOCIEDADES%20FINANCIERAS,-
CONSULCREDITO%20SOCIEDAD%20FINANCIERA&text=CORFINSA%
20SOCIEDAD%20FINANCIERA%20S.A.,HUMPHREYS%20S.%20A.&te
xt=DINERS%20CLUB%20DEL%20ECUADOR%20S.A.&text=ECUABILIT
Y%20S.%20A.,-BBB%20%2B
Son instituciones que 
realizan operaciones 
de intermediación 
financiera (concesión 
de préstamos y 
créditos, inversión de 
capitales entre otros).
Artículo 389 Código Monetario.- Las 
entidades del sector financiero privado se 
constituirán ante la Superintendencia de 
Bancos como sociedades anónimas.
http://web.sbs.gob.ec/practg/sbportal.p_index?vp_art_id=161&vp_tip=2#:~:text=SOCIEDADES%20FINANCIERAS,-CONSULCREDITO%20SOCIEDAD%20FINANCIERA&text=CORFINSA%20SOCIEDAD%20FINANCIERA%20S.A.,HUMPHREYS%20S.%20A.&text=DINERS%20CLUB%20DEL%20ECUADOR%20S.A.&text=ECUABILITY%20S.%20A.,-BBB%20%2B
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Artículo 162 numera 2 y 427 Código Monetario.- Entidades de servicios financieros. Son los almacenes generales de
depósito, las casas de cambio y las corporaciones de desarrollo de mercado secundario de hipotecas.
Art. 428 -Código Monetario: Deberán constituirse en forma de sociedades anónimas .
Son sociedades anónimas debidamente autorizadas por la Superintendencia de
Bancos y Seguros, de servicios financieros, que tienen por objeto social exclusivo
el efectuar operaciones de compra-venta o permuta de divisas efectuadas de
modo habitual y permanente en el mercado libre de cambios.
La Superintendencia de Bancos ha autorizado a operar dentro del país
únicamente a dos casas de cambio (Foreignexchange Ecuador S,A. Casa de
Cambios y, Casa de Cambio Mil Cambios S.A.), que forman parte del sistema
financiero privado y cumplen con los requisitos establecidos por la ley, a las que
periódicamente se les controla . Otras casas de cambio: Moneyexchange , casa de
cambios Inter euro.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL
SISTEMA FINANCIERO . TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN . CAPITULO IV.
IN S T IT U C IO N ES D E S E R V IC IO S F IN A N C IE RO S
CASAS DE CAMBIO
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I N S T I T U C I O N E S D E S E R V I C I O S F I N A N C I E R O S
LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO 
Son sociedades anónimas de servicios financieros autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Seguros, que
tienen por objeto el depósito, conservación, custodia y manejo de mercancías y productos de procedencia
nacional o extranjera. Al efecto, expedirán certificados de depósito, los cuales se registren en garantía deberán
hacer constar en el reverso del original y copia el nombre del acreedor, el capital prestado, el plazo y la tasa de
interés. Ejemplo El plazo de vencimiento será igual al plazo de la operación que garantiza.
Los almacenes generales de depósito podrán realizar además las siguientes operaciones:
- Brindar el servicio de asesoría para la comercialización de mercaderías y productos;
- Realizar el transporte y distribución de mercancías y productos; y,
- Recibir en consignación productos de terceros.
Podrán operar a través de bodegas propias, de campo y/o arrendadas, las que deberán prestar todas las
facilidades para el almacenamiento de mercaderías, para ello requerirá previamente la autorización de la
Superintendencia de Bancos y Seguros.
Ejemplo :Almacenera del Ecuador S.A.ALMESA,
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO .
TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN . CAPITULO III.
Artículo 431 Código Monetario.- Los Almacenes Generales de Depósito serán responsables por la conservación,
custodia y oportuna restitución de las mercancías que les hayan sido depositadas. No serán responsables de las
pérdidas, mermas o averías provenientes de fuerza mayor o caso fortuito.
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CORPORACIONES DE DESARROLLO DE MERCADO SECUNDARIO DE HIPOTECAS
INSTITUCIONES DE SERVICIOS FINANCIEROS
Tiene como objeto principal el desarrollo de mecanismos tendientes a movilizar recursos del sector de la
vivienda e infraestructura relacionada, actuar como fiduciaria en procesos de titularización y emprender
procesos de titularización tanto de la cartera hipotecaria como de terceros.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO . TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN . CAPITULO VII.
FIDUCIARIO O FIDUCIARIA
Es aquella persona física o moral
encargada de un fideicomiso y
de la propiedad de los bienes
que lo integran, a solicitud de un
fideicomitente y en beneficio de
un tercero, sea este
fideicomisario o beneficiario.
TITULARIZACIÓN
Es método que consiste en la
estructuración de valores con el
objetivo de comercializar
activos o derechos sobre futuros
flujos provenientes de bienes
activos que, desde su origen, no
son líquidos o están
catalogados dentro de los que
tienen una realización lenta, es
decir convierte las expectativas
de flujo de fondos futuros en
títulos negociables hoy
TITULARIZACIÓN DE INMUEBLES
La Titularización de inmuebles se
realiza mediante un contrato de
fiducia de garantía o de
administración, el originador
transfiere a un patrimonio autónomo
uno o varios bienes inmuebles de
baja rotación, con cargo al cual la
sociedad fiduciaria emite los títulos.
En ningún caso,el valor de la emisión
excederá el noventa por ciento del
valor presente de los flujos futuros
proyectados que generará el
inmueble, durante el plazo de la
emisión de valores de titularización,
descontados a una tasa que no
podrá ser inferior a la tasa activa
referencial del Banco Central del
Ecuador
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INSTITUCIONES DE SERVICIOS FINANCIEROS
COMPAÑÍAS DE ARRENDAMIENTO MERCANTIL (LEASING)
El arrendamiento mercantil financiero, es la operación por la cual el arrendador, persona jurídica
legalmente autorizada, arrienda un bien de su propiedad, por un plazo determinado y forzoso, y el
arrendatario reconoce el pago de una renta, pudiendo al vencimiento ejercer cualquiera de los siguientes
derechos alternativos:
1.- Comprar el bien por el precio acordado para la opción de compra o valor residual previsto en el
contrato, el que no será inferior al 20% del total de las rentas devengadas;
2 Prorrogar el contrato por un plazo adicional. Durante la prórroga la renta deberá ser inferior a la
pactada originalmente.
Están facultadas a realizar operaciones de arrenda miento mercantil en calidad de arrendadores los
bancos, las sociedades financieras, las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, las
compañías de arrendamiento mercantil y la Corporación Financiera Nacional.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL 
SISTEMA FINANCIERO . TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN . CAPITULO VI.-
NIIF 16
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I N S T I T U C I O N E S D E S E R V I C I O S F I N A N C I E R O S
COMPAÑÍAS EMISORAS O ADMINISTRADORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO
Son sociedades anónimas que presentan servicios de carácter financiero, mediante la emisión, administración, 
financiamiento o mercadeo de tarjetas de crédito de pago y de afinidad de circulación general, en moneda 
nacional o extranjera, Solamente las compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito pueden actuar como 
emisor u operador de tarjetas de crédito. 
TARJETA DE CRÉDITO
Documento emitido por una institución
financiera o de servicios financieros
autorizada por la Superintendencia de
Bancos y Seguros, que le permita a su
titular o usuario, disponiendo de una
línea de crédito concedida por el
emisor, adquirir bienes o servicios en
establecimientos que, mediante un
contrato, se afilian a un sistema,
comprometiéndose por ello a realizar
tales ventas o servicios.
CRÉDITO ROTATIVO
Línea de crédito con condiciones
predeterminadas que ofrece la compañía
emisora o administradora de tarjetas de
crédito o la institución financiera, al
tarjetahabiente. Los desembolsos a los
establecimientos afiliados se hacen
contra la presentación de notas de
cargo y constituyen utilización de la
línea de crédito.
CRÉDITO DIFERIDO
Es un acuerdo entre el emisor o
administrador de tarjetas de
crédito o de pago y el
establecimiento afiliado, mediante
el cual el establecimiento acepta el
pago diferido de un bien o servicio
por parte del tarjetahabiente y
descuenta esa cartera con el
emisor, que a su vez administra el
crédito hasta su cancelación total.
Tarjetas de crédito de circulación
general" aquellas que pueden ser
utilizadas en más de un establecimiento
comercial.
Tarjetas de circulación restringida,
son aquellas emitidas por una institución
del sistema financiero y que pueden ser
utilizadas en un solo establecimiento
comercial.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS 
LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS 
INSTITUCIONES DEL 
SISTEMA FINANCIERO . TITULO I.- DE LA 
CONSTITUCIÓN . CAPITULO V
PacifiCard, emisora de las tarjetas de 
crédito MasterCards y Visa. 
Interdin, empresa que atiende a los 
tarjetahabientes Diners Club,Visa Interdin, 
Visa Banco Pichincha y Mastercard Banco 
Pichincha
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I N S T I T U C I O N E S D E S E R V I C I O S F I N A N C I E R O S
EMPRESAS DE FACTORING
Empresas de
Factoring. Producto
financiero que tiene
como objetivo convertir
facturas por cobrar que
tiene una empresa en
efectivo liquido de forma
inmediata, o también
tener financiamiento
inmediato a través de la
venta de su cartera de
créditos total o parcial a
otra empresa llamada
Factor sin tener que
esperar a los plazos
impuestos por tus
proveedores y/o clientes
para el pago.
El Factoring es una
herramienta financiera,
que consiste en la
compra de los
derechos comerciales
de las facturas
vigentes de una
persona natural o
jurídica.
El factoring permi
te conseguir
liquidez para
financiar capital de
trabajo y crecer sin
el riesgo de
sobreendeudarse.
Los pasos en una
operación de Factoring
son los siguientes:
- Fijar un límite global de
financiamiento para el
cedente.
.Establecer límites para
cada uno de los
deudores.
-Firma del respectivo
contrato entre cedente y
la compañía de factoring
y notificación de la cesión
al deudor.
El cedente remite
remesas mediante envío
electrónico o
documentación física,
abonándose según las
condiciones acordadas,
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COMPAÑÍAS DE GARANTÍA O RETRO GARANTÍA
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CORPORACIÓN 
NACIONAL DE 
FINANZAS 
POPULARES Y 
SOLIDARIAS 
(CONAFIPS )
LA CONAFIPS
Es una Institución Pública
que otorga créditos a las
organizaciones del sector
financiero popular y solidario,
es decir, a cooperativas de ahorro
y crédito, mutualistas, cajas de
ahorro y bancos comunales. El
objetivo, al dar financiamiento a
estas organizaciones, es la de
fortalecerlas para que ellas, a su
vez, sean capaces de dar créditos a
los emprendedores de la economía
popular y solidaria.
Las líneas de productos y
servicios financieros y no
financieros
incluyen créditos, servicios
de garantías,
fortalecimiento y transfer
encia tecnológica
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INSTITUCIONES DE SERVICIOS FINANCIEROS
COMPAÑÍAS OFF-SHORE
“
O
ff
sh
o
re
”
Significa fuera de la
costa, pero en
términos legales se
refiere a empresas o
sociedades
constituidas fuera del
país de residencia, en
regiones donde cuya
tributación es de un
0%. Las empresas
offshore se crean en
paraísos fiscales para
evitar pagar
impuestos.
E
m
p
re
sa
s 
y
 s
o
c
ie
d
a
d
e
s“
O
ff
sh
o
re
”
Controladas por ciudadanos
extranjeros, son creadas en
paraísos fiscales con el objetivo
de llevar negocios en otras
partes del mundo para recibir
beneficios legales y fiscales,
existiendo alto nivel de
confidencialidad
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e
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ta
ja
s 
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a
 
e
m
p
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 o
ff
sh
o
re
.
Los paraísos fiscales poseen
impuestos muy ventajosos y
beneficiosos para estas empresas.
• Bajo costo y rapidez en la
creación de una empresa offshore.
• Bajo monto en los impuestos
corporativos, sobre la renta y las
ganancias.
• No preguntan la nacionalidad de
accionistas y directores.
• Muchos paraísos fiscales no
exigen la presentación de cuentan
anuales, por lo que una empresas
offshore no tendría gastos de
contabilidad ni de auditoría.
• ¿Sabías que el IVA no se fija a las
sociedades offshore?
• No existe ningún registro
público de datos personales ni
nombres de accionistas o
propietarios.
El impuesto a la salida de divisas determinado por el SRI es del 5% sobre valores superiores a USD$ 5000.00 
consumidos con tarjetas de crédito o débito de manera presencial y por consumos superiores a USD$ 100.00 
mediante internet. 
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Se trata de entidades anónimas cuya labor va orientada a facilitar o complementar la parte operativa de los
intermediarios financieros. Deben cumplir obligatoriamente las normas emitidas por la Junta de Política y
RegulaciónMonetaria y Financiera y la Superintendencia de Bancos. El artículo 162 numeral 3 y Art.433
Código Monetario y Art.5 del Reglamento General de la Ley de Instituciones del Sistema Financiero
considera como instituciones de servicios auxiliares del Sistema Financiero, entre otras las que realizan las
siguientes actividades: : software bancario, transaccionales, de transporte de especies monetarias y de valores,
pagos, cobranzas, redes y cajeros automáticos, contables y de computación -
CAJEROS AUTOMÁTICOS
Art. 8 Resolución 382-2017-F de la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera. Este servicio
implica el proporcionar conectividad para transmisión
de datos entre las redes de cajeros automáticos. Los
cajeros automáticos son máquinas dispensadoras de
dinero activadas mediante una tarjeta y una clave
secreta personal, que identifica a un usuario. Cuentan
con mecanismos de seguridad, para permitir que sólo
quien disponga de dicha tarjeta pueda realizar
operaciones.
.
.
INSTITUCIONES DE SERVICIOS AUXILIARES
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IN S T IT UCIONES D E S E R VICIOS A U X ILIARES
SERVICIOS DE COBRANZA
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN 
MONETARIA Y FINANCIERA Resolución 
No. 382-2017-F 
Artículo 9.- Este servicio 
corresponde a la gestión del 
proceso de recuperación, esto es 
la fase preventiva, extrajudicial y 
judicial de los valores de 
operaciones crediticias u otros 
activos de las entidades de los 
sectores financiero público y 
privado. 
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INSTITUCIONES DE SERVICIOS AUXILIARES
DE LOS SERVICIOS DE SOFTWARE BANCARIO Y DE COMPUTACIÓN
Art. 5.- Resolución 382-2017-F de la Junta
de Política y Regulación Monetaria y
Financiera. Corresponde a la
administración de aplicaciones y o
plataformas tecnológicas que soportan las
operaciones activas y pasivas del Art. 194
Código Monetario y Financiero y la
normativa vigente.
Ejemplo Los Core Bancarios pueden ser
implementados y administrados en sitio o en la
modalidad de software como servicio (SAAS) –
es decir, un modelo de servicio basado en la
nube. Ofrece un acceso rápido y fácil al software
de Core Bancario sin necesidad de contar con
una costosa infraestructura propietaria y
recursos especializados de TI, lo que le convierte
en la opción ideal para las instituciones
financieras que desean ir al ritmo del mercado y
sin la carga de complicados sistemas
informáticos internos.
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• Clientes
• Productos 
Activos
• Productos 
Pasivos
• Servicios
• Tesorería
• Contabilidad
• Activos Fijos
• Gastos 
Diferidos
• Créditos
• Home 
banking
• Compensació
n, entre otros
DE LOS SERVICIOS DE SOFTWARE BANCARIO Y DE COMPUTACIÓN
INSTITUCIONES DE SERVICIOS AUXILIARES
TRANSACCIONALES Y DE PAGO
Art. 6 Resolución 382-
2017-F de la Junta de Política
y Regulación Monetaria y
Financiera. Corresponde a la
provisión y administración
de los medios para que los
clientes y usuarios
financieros realicen pagos,
cobros y procesamiento de
las operaciones establecidas
en el artículo 194 del
Código Orgánico
(Operaciones Activas y
Pasivas).
Adicionalmente, pueden
realizar actividades de
recepción de
documentación para
aperturas de cuentas o
solicitudes de crédito o de
cualquier servicio financiero
a nombre de la entidad
contratante. Este servicio no
puede incluir actividades de
intermediación financiera.
Esta dirigido a de pagos, de
redes y cajeros automáticos;
las entidades que
administren sistemas de
compensación, de tarjetas
de crédito, tarjetas de
débito, cajeros automáticos
o redes de pago electrónico
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IN S TITUCIONES DE S E R VICIOS A U X ILIARES
TRANSPORTE DE ESPECIES MONETARIAS Y VALORES
Estas actividades se pueden realizar por diversos medios de transporte
como: terrestre, aéreo y marítimo, siempre y cuando cuenten con las
debidas seguridades físicas, electrónicas, y otras que garanticen la
confiabilidad del traslado. Además deben contar con seguros que
permitan cubrir eventuales pérdidas, robos, y que garanticen al cliente la
devolución de los valores. Ejemplo TEVCOL Cía. Ltda.
Art. 7.-Resolución 382-2017-F de la Junta de Política y Regulación 
Monetaria y Financiera. Corresponde a la gestión o administración del 
proceso de traslado, entre un ordenante y un destinatario, de valores y 
documentos tales como: especies monetarias, metales preciosos, títulos 
valores, acciones, bonos, certificados de inversiones, garantías y avales, 
formularios de cheques, etc.
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INSTITUCIONES DE SERVICIOS AUXILIARES
Art. 10.-Resolución
382-2017-F de la
Junta de Política y
Regulación
Monetaria y
Financiera.-
Corresponde a la
gestión del proceso
contable de las
entidades
financieras en lo
referente al
proceso de sus
transacciones.
Estos servicios
deben estar sujetos
a contratos que
garanticen el sigilo
y la reserva en el
manejo de la
información
contable y de la
aplicación de las
disposiciones
contables y
tributarias vigentes
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INSTITUCIONES DE SERVICIOS AUXILIARES
Art. 11.-Resolución 382-2017-F de la
Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera.- Corresponde a
la prestación del servicio de impresión
de formularios de cheques.
Las industrias gráficas
observarán las
disposiciones de
“Estandarización del
cheque”
Deben cumplir con las seguridades para la
impresión de formularios de cheques y las
seguridades físicas en sus instalaciones
industriales que determine la
Superintendencia de Bancos.
INDUSTRIAS GRÁFICAS DEDICADAS A LA ELABORACIÓN DE FORMULARIO DE CHEQUES
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INSTITUCIONES DE SERVICIOS AUXILIARES
Art. 12-Resolución 382-2017-F de la
Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera.- Este servicio
corresponde a la prestación del servicio
de análisis y calificación del sujeto y
desembolso del crédito, para lo cual
deberá contar con la tecnología
crediticia.
Art. 13.-Resolución 382-2017-F de la Junta de 
Política y Regulación Monetaria y Financiera.-
Corresponde a la administración de la 
operación parcial o total de las tarjetas de 
crédito, pago o afinidad de un entidad 
financiera.
DE LAS GENERADORAS DE 
CARTERA. ADMINISTRADORAS DE TARJETAS DE 
CRÉDITO
Art. 14 Resolución 382-2017-F de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.- La Superintendencia de Bancos 
podrá determinar otros servicios auxiliares de las actividades financieras de las entidades bajo su control en el ámbito de su 
competencia que requieran calificarse como empresa de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado.
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