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Legislación Sanitaria Nacional para los recursos acuáticos y sus productos. INTRODUCCION SISTEMAS DE PROTECCION SANITARIA EN LOS ALIMENTOS La protección de la salud pública es una función primaria del Estado. Los alimentos mal manejados o contaminados pueden ser causa enfermedades alimentarias (ETA’s). Normas y regulaciones sobre requisitos sanitarios y sobre competencias y alcances de las autoridades de vigilancia y control sanitario de los alimentos son parte fundamental de los sistemas nacionales de gestión de inocuidad alimentaria. Información, educación, comunicación y capacitación. Estas actividades permiten contar con personal y conocimientos especializados en inocuidad de los alimentos, y por lo tanto pueden desempeñar una importantísima función preventiva. 2 Objetivos de un sistema para la Seguridad Sanitaria de los Alimentos: 1 Reducción de las enfermedades de origen alimentario. 2 Mantener la confianza pública en la seguridad sanitaria de alimentos consumidos. 3 Establecer una base normativa sólida para el comercio nacional e internacional de alimentos. 3 SISTEMAS PARA LA INOCUIDAD ALIMENTARIA (*) S.A. Miller, Food Technology, Vol 51, N°12 1997), La inocuidad o seguridad sanitaria de los alimentos (food safety en inglés) puede definirse como el conjunto de condiciones y medidas necesarias durante la producción, almacenamiento, distribución y preparación de los alimentos para asegurar que, una vez ingeridos no representen un riesgo apreciable para la salud. 4 Concepto de inocuidad alimentaria Pilares de la normativa sanitaria nacional Normas y regulaciones sanitarias pesqueras y acuícolas FDA Ley de modernización de la inocuidad alimentaria (FSMA) REGLAMENTO N°178-2002 UNION EUROPEA OIE CODIGO SANITARIO DE ANIMALES ACUATICOS CODEX ALIMENTARIUS Instrumentos p ara armonización de medidas de protección del consumidor y facilitar el comercio de alimentos. Medidas de protección para evitar la introducción y diseminación de plagas a los animales acuáticos. un nivel elevado de de la vida de las Asegurar protección personas. trabaja para promover prácticas seguras de manipulación de alimentos en todo el mundo y garantizar la uniformidad en su aplicación en toda la cadena alimentaria. NORMAS Y REGULACIONES APLICABLES 1. Ley N°26842 Ley General de Salud (1997). 2. DS N°007-98-SAReglamento de Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas (1998). 3. Ley N° 25977 Ley General de Pesca( 1992). 4. DS N° 012-2001-PE, Reglamento de la LEY General de Pesca (2001). 5. DS N° 040-2001.PE, Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas (2001). 6. DS N° 007-2004-PRODUCE, Norma Sanitaria para los Moluscos Bivalvos Vivos (2004). 7. Ley de Inocuidad de los Alimentos DS N° 034-2008-AG 6 NORMAS SANITARIAS PARA LA ACTIVIDAD PESQUERA 7 Actualmente están vigentes, con pocas modificaciones, dos Normas básicas propuestas por el propio Servicio de Inspección del sector, a) Norma sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas . DS N° 040-2001-PE, y b) Norma Sanitaria para Moluscos Bivalvos Vivos, DS N° o7- 2004-PRODUCE. Estas representan la estructura principal de los objetivos sanitarios a los que la Vigilancia y el Control debe dirigirse en las actividades pesqueras. CONTENIDO DE LA NORMA SANITARIA PARA LAS ACTIVIDADES PESQUERAS Y ACUÍCOLAS DS N° 040-2001- PE Objetivo fundamental: Asegurar la producción y el comercio de pescado y productos pesqueros sanos, seguros sanitariamente, adecuados para el consumo humano, apropiadamente etiquetados y/o rotulados, manipulados, procesados y almacenados en ambientes higiénicos, libres de cualquier otro factor o condición que signifique peligro para la salud de los consumidores. 8 PRINCIPALES TÍTULOS 9 1. De las actividades de extracción 2. De las actividades de desembarque. 3. Del almacenamiento y transporte 4. De los mercados mayoristas pesqueros 5. De la venta minorista de pescado 6. De las actividades de procesamiento 7. De las actividades de acuicultura 8. De los moluscos bivalvos y otros 9. De la harina de pescado 10.De la importación de pescado y productos pesqueros 11.Del etiquetado o rotulado 12.De las infracciones y sanciones y Glosario. INCUMPLIMIENTO Artículo 3°.- El incumplimiento o trasgresión de las disposiciones contenidas en la Norma Sanitaria dará lugar a que los productos relacionados con dicho incumplimiento o trasgresión sean calificados, según corresponda, como alterados o descompuestos, contaminados, adulterados y falsificados o fraudulentos y que los actos que generen estas situaciones, calificados como prohibidos 1 0 Manipuleo Artículo 45°.- Los métodos y procedimientos de manipuleo aplicados durante el almacenamiento y venta de pescado, dentro de las áreas del mercado deben garantizar su preservación, así como evitar la contaminación y el daño físico. CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola Ubicación Artículo 132°.- Los centros de cultivo deben estar ubicados en zonas libres de contaminación. El aprovisionamiento de agua debe efectuarse de fuentes que no se originen ni se encuentren en aguas como zonas afectadas por las descargas de servidas, tanto de origen doméstico, industrial, minero o agrícola. Requerimientos operativos Artículo 136°.- Los métodos y procedimientos empleados actividades durante acuícolas riesgo potencial para el no deben constituir la calidad sanitaria desarrollo de las un del producto cultivado, a fin de no afectar la salud del consumidor y prevenir la contaminación del medio. CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola Programa de Higiene y saneamiento Artículo 137°.- Los centros de cultivo deben aplicar un Programa de Higiene y Saneamiento que comprenda las siguientes actividades : a. Limpieza y desinfección b. Manejo de residuos c. Control de plagas d. Control de la calidad sanitaria del agua CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola CursodeAcuicultura ysanidadacuícola Programa de aseguramiento de la calidad Artículo 140°.- Los centros de cultivo deben tener y aplicar un programa de aseguramiento de la calidad sanitaria del producto cultivado, dirigido a prevenir y controlar: a. Los riesgos de presencia de parásitos de importancia para la salud pública. b. La presencia de contaminantes químicos y pesticidas. c.El suministro adecuado de drogas terapéuticas y aditivos alimentarios. 31 NORMA SANITARIA PARA MOLUSCOS BIVALVOS VIVOS, DS N° 007-2004-PRODUCE La Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos, tiene por objetivo regular las condiciones y requisitos de seguridad sanitaria y de calidad que deben reunir los moluscos bivalvos vivos destinados directamente al comercio o a su procesamiento para consumo humano, incluyendo requerimientos para las áreas de extracción o recolección y para las concesiones acuícolas. la Norma se sustenta en los principios y disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 040-2001-PE y, adicionalmente, constituye instrumento de gestión para la explotación de moluscos bivalvos. Así mismo se apoya en regulaciones de USA y la UE. ¿PORQUÉ UNA NORMA PARA MOLUSCOS BIVALVOS ? ¿…? ¿PORQUÉ UNA NORMA PARA MOLUSCOS BIVALVOS ? Los Moluscos Bivalvos, como ostras, almejas, choros o conchas de abanico son especies comúnmente consumidas crudas sin cocción o con un ligero tratamiento térmico. Estos moluscos son filtrantes, es decir, se alimentan de plancton absorbiendo el agua y filtrándolos en su organismo. Significa que al mismo tiempo pueden concentrar bacterias, virus o alguna toxicidad contenida en el agua o fitoplancton (“marea roja”) en un nivel mucho mayor que el nivel presente en el medio acuático 3 2Las especies bajo control sanitario son: concha de abanico (Argopecten purpuratus), navaja macha), dombeii), navajuela palabritas (Ensis (Tagelus (Donax spp), almeja fina (Transennella pannosa), almeja (Protothaca thaca), (Thais chocolata), macho caracol caracol piña (Hexaples spp), choro (Aulacomya ater), abalon o chanque (Concholepas concholepas) ESPECIES BAJO CONTROL 3 3 Evaluación sanitaria de las áreas de producción Artículo 13°.- Una evaluación sanitaria de las áreas con fines de clasificación, deberá comprender el estudio de la calidad sanitaria de las aguas y de los moluscos Artículo 16°.- La evaluación de la calidad sanitaria de las áreas de producción, debe estar basada en: 1.Presencia de Escherichia coli, coliformes fecales, patógenos como Salmonella y otros que la Autoridad de Inspección Sanitaria considere pertinente evaluar en los moluscos. 2.Presencia de metales pesados como Cadmio, Plomo, Mercurio y otros que la Autoridad de Inspección Sanitaria considere pertinente, en los moluscos. 3.Presencia de compuestos organohalogenados y pesticidas, que la Autoridad de Inspección Sanitaria considere pertinente en los moluscos. Zona de Extracción Flota Muelle Administración Transporte Plantas de Procesamiento Mercados Mayoristas TRAZABILIDAD DE UN PRODUCTO HIDROBIOLOGICO Supermercados 53 Habilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución, de un alimento (Reglamento 178-2002 Unión Europea). MARCO LEGAL NACIONAL SOBRE TRAZABILIDAD DS-007-2004-PRODUCE : AREAS DE PRODUCCION NO CLASIFICADAS: Art. 21°- Mantenimiento de registros que aseguren trazabilidad……. ENVASADO DE MOLUSCOS DESVALVADOS FRESCOS: Art. 63°- Códigos o marcas de identificación que permitan la trazabilidad………. CLASIFICACIÓN Y APROBACIÓN DE ÁREAS DE EXTRACCIÓN A diferencia de las actividades pesqueras (peces) para cuales normalmente todas las áreas de extracción son libres de explotación (salvo casos particulares), para las actividades de extracción de moluscos bivalvos, todas las áreas de extracción son prohibidas, a no ser que sean clasificadas y aprobadas y en condición de explotación (abiertas). Con tal exigencia estas áreas deberán ser evaluadas y clasificadas y su gestión extractiva manejada dentro de un sistema vigilado y controlado por la autoridad sanitaria competente. Acuicultura 37 Articulo 18°.- Clasificación de las Áreas de Producción Áreas aprobadas o tipo A.- Los moluscos presentan menos de 300 coliformes fecales o menos de 230 E. coli por cada 100 gramos en una prueba NMP. Los moluscos son directamente comercializados. Áreas condicionalmente aprobadas.- • Áreas condicionalmente aprobadas tipo B: Cumplen parcialmente con los criterios sanitarios establecidos, no deberán presentar en una prueba NMP índice superior a 6 000 coliformes fecales por cada 100 g. o 4 600 E. coli por cada 100 gr. (Previa depuración). • Áreas condicionalmente aprobadas tipo C: No deberán presentar en una prueba NMP índices superior a 60 000 coliformes fecales por cada 100 gr. Sin embargo se exige una depuración intensiva. Áreas prohibidas: No alcanzan a cumplir con los criterios sanitarios. Establecidos. Condición operativa de las áreas de producción clasificadas Artículo 19.- Las áreas de producción, clasificadas y sujetas a actividad de explotación, sin perjuicio de su clasificación sanitaria, pueden estar bajo las siguientes condiciones operativas: Abierta: Cualquier área de producción clasificada como aprobada o condicionalmente aprobada con acceso a las actividades de extracción o recolección Cerradas: Cualquier área de producción clasificada como aprobada o condicionalmente aprobada sin acceso a las actividades de extracción o recolección por un tiempo limitado debido a presencia de biotoxinas en moluscos o descargas de contaminantes o fenómenos climatológicos o presencia de niveles no permisibles de metales pesados Reabiertas: Áreas cerradas que nuevamente se le permite el acceso a las actividades de extracción y recolección de moluscos bivalvos. LA NORMA SOBRE MOLUSCOS BIVALVOS TÍTULO 1: Generalidades TÍTULO 2: Gestión y comunicación de riesgos y plan de contingencia TÍTULO 3: Áreas de producción TÍTULO 4: De las actividades de extracción o de recolección TÍTULO 5: Transporte TÍTULO 7:Desembarque T ÍTULO 8: Acondicionamiento TÍTULO 9: Reinstalación TÍTULO 10: Depuración TÍTULO 11: Procesamiento 3 9 LA NORMA SOBRE MOLUSCOS BIVALVOS TÍTULO 11 Acuicultura TÍTULO 12 Venta mayorista TÍTULO 13 De los moluscos bivalvos vivos TÍTULO 14 De las importaciones TÍTULO 15 De la certificación TÍTULO 16 Infracciones y sanciones TÍTULO 17 Disposición transitoria 4 0 PRINCIPALES PELIGROS BIOLÓGICOS 4 1 Las bacterias patógenas de alimentos de origen marino pueden ser clasificadas de acuerdo a su ecología en: Del medio acuático Del medio ambiente general. De los reservorios humanos o de animales El nivel de concentración es notoriamente bajo en los peces mientras los grandes valores se los encuentra en los moluscos. La temperatura ambientales también un factor de su composición de la flora natural. MICROORGANISMOS PATÓGENOS DEL MEDIO ACUÁTICO Agente Severidad Síntomas Enfermedad Clostridium botulinum Media a alta Difusion potencial extenso Dificultad para tragar y hablar, boca seca, vision borrosa, parasilis Botulismo Vibrio cholerae Media a alta Difusion potencial extenso Diarrea, fiebre, vomito y deshidratacion Cólera Vibrio parahaemolyticus Media a alta Difusion potencial extenso Diarrea, vomito, dolor abdominas, escalofrios y fiebre Vibriosis Vibrio vulnificus Media a alta Difusion potencial extenso Diarrea acuosa, colicos estomacales, nauses, vomitos y fiebre Vibriosis Plesiomonas shiguelloides Media a alta Difusion potencial extenso Diarrea, nauseas, vomitos, fiebre, escalofrios y dolor abdominal Gastroenteritis Aeromonas spp. Media a alta Difusion potencial extenso Diarrea, fiebre, vomito y deshidratacion Gastroenteritis Salmonella sp. Media a alta Difusion potencial extenso Nauseas, vomitos, dolores de cabeza, diarrea y fiebre Salmonelosis 4 2 MICROORGANISMOS PATÓGENOS DEL MEDIO GENERAL Listeria monocytogenes (suelo, vegetación.) Clostridium botulinum, proteolítico A, B (suelo) 4 3 perfringens (suelo y cereus. Ampliamente en el ambiente (suelo, Clostridium animales Bacillus presente aguas naturales, vegetación) producenProduce toxinas que intoxicación. La contaminación ocurre por una deficiente higiene tanto del personal, durante el proceso como del agua utilizada. MICROORGANISMOS PATÓGENOS DE ORIGEN ANIMAL O HUMANO Klebsiella Shiguella spp. Escheria coli Staphylococcus aureus PRESENCIA DE BIOTOXINAS La “Ciguatera” es la toxina mas potente encontrada en muchos peces tropicales (Lutjanidae). No se conoce la causa precisa de esta toxicidad (influencia de la cadena trófica). El pez globo Tamborín en nuestro país es tóxico y los pescadores lo desechan. También es considerado tóxico el “bacalao de profundidad” por su grasa cerosa. Las toxicidades de moluscos bivalvos requieren de medidas de vigilancia y control continuo sobre las áreas de crecimiento de los moluscos bivalvos. 4 5 BIOTOXINAS Y MOLUSCOS BIVALVOS Nota: referencias de la UE 4 6
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