Logo Studenta

ACUERDO RELATIVO A LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO VII DEL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO DE 1994

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

ANÁLISIS DEL ACUERDO RELATIVO A LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO VII DEL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO DE 1994
	Decisión 571, La Declaración Andina del Valor es un documento soporte de la declaración en aduana de las mercancías importadas. Debe contener la información referida a los elementos de hecho y circunstancias relativos a la transacción comercial de las mercancías importadas, que han determinado el valor en aduana declarado.
	Dentro de esta decisión 571 en el artículo 1, indica que: Para los efectos de la valoración aduanera, los Países Miembros de la Comunidad Andina se regirán por lo dispuesto en el texto del «Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994» en adelante llamado Acuerdo sobre Valoración de la OMC anexo a esta Decisión, por la presente Decisión y su Reglamento Comunitario que al efecto se adopte mediante Resolución de la Secretaría General.
El valor de transacción es la primera base para determinar la base del valor en aduana de conformidad con el presente acuerdo el articulo 1 debe considerarse en conclusión con el artículo 8 que dispone entre otras cosas el ajuste del precio realmente pagado o por pagar en caso quie determinados elementos que se consideran forman parte del valor en aduana corran a cargo del comprador y no estén incluidos en el precio realmente pagado o por pagar por las mercancías importadas.

Continuar navegando