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Análisis del Entorno Externo

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PROGRAMA NACIONAL EN TURISMO
NÚCLEO UNIVERSITARIO “BARBARITA DE LA TORRE”
ANÁLISIS DEL ENTORNO EXTERNO
Elaborado por:
Araujo Carlin
V-27.676.654 
Barreto M. Luis Alejandro 
V-26.235.453 
Docente: Dra. Ysabel Perdomo
Julio, 2022
Análisis Del Entorno Externo
 El desarrollo de la economía de un país depende de los proyectos de inversión de las empresas. Ellos son fuentes de empleos, de nuevos y mejores productos, de incrementos en la producción. Es preciso desarrollar lo que se denomina la cultura de proyectos como herramienta estratégica de desarrollo económico para asegurar el crecimiento sustentable de la economía. El éxito de los proyectos de inversión depende en gran medida de desarrollarlos bajo un enfoque racional, y de su pertinencia al entorno en el cual se desenvolverán. La Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión como técnica o herramienta garantiza la minimización del riesgo y la maximización del beneficio, pero no asegura su vinculación con el entorno. Es justamente la planificación bajo el enfoque del Análisis Estratégico la que provee los métodos y herramientas que aseguran la consideración del entorno como elemento imprescindible para una buena planificación. De ahí la propuesta de incorporar el Análisis Estratégico en la fase de formulación de un proyecto de inversión, especialmente en los Estudios Preliminares.
Factores económicos de mayor impacto
 La evaluación de proyectos de inversión tiene como finalidad, analizar la conveniencia o inconveniencia en el uso de recursos destinados a la ejecución de un proyecto, dirigido a la solución de un problema o a la satisfacción de necesidades. Los criterios que se utilicen deben garantizar, la eficiencia financiera, económica, social y ambiental. En la evaluación de los proyectos, es preciso identificar: La parte financiera, que trata del análisis de los proyectos utilizando precios financieros o precios de mercado e interesa principalmente, a los dueños de la inversión. La evaluación económica, que transforma el análisis financiero a precios económicos, o sea a precios que representan el verdadero valor para la economía de un país, el efecto del proyecto en su parte micro con respecto a toda la economía (macro) y finalmente, la parte del análisis social o análisis distributivo.
Factores legales
 Para nuestro PSI (Proyecto Socio Integrador) hemos hecho una alta investigación legal de lo micro a la macro, comenzando con las leyes del internet regulado en Venezuela. En 1999 con la nueva Constitución de Venezuela el marco regulatorio de las telecomunicaciones ha pasado por distintas fluctuaciones de la parte política y social. 
 La promulgación en el año 2000 de la nueva Ley Orgánica de Telecomunicaciones cambia el paradigma bajo el cual el Estado debe administrar este sector, al establecer el carácter de interés general de las actividades en el área de las telecomunicaciones (LOTEL, art. 5). Hasta ese momento, la ley vigente, promulgada en 1940, definía el sector como un servicio público, otorgando al Estado el monopolio de su gestión; bajo la nueva ley se establece la promoción de la libre competencia, y se sientan así las bases que llevarían al sector de las telecomunicaciones a presentar el crecimiento económico más rápido del país.
 Asimismo, la LOTEL dota a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (ente creado en 1991 por vía del Decreto N° 1826) de autonomía técnica, financiera, administrativa y organizativa, y la adscribe al Ministerio de Infraestructura, lo que se condice con las directrices planteadas por el Plan Nacional de Telecomunicaciones, que se propone fortalecer y hacer crecer el sector mediante la participación del sector privado.
 En 2006 el Gobierno Bolivariano de Venezuela manifestó tras la adopción de la Ley para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Salas de Uso de Internet, Videojuegos y otros Multimedios, lo cual fue aprobada; está restringía el acceso de niños adolescentes a contenidos prohibidos, en una larga lista que abarcaba desde la incitación a la violencia hasta el consumo de bebidas alcohólicas.
 El año 2001 ve la promulgación de tres leyes que afectan de manera más o menos directa el ecosistema de internet en el país. Por una parte, tanto la Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas como la Ley Especial contra los Delitos Informáticos apuntan a crear un marco legislativo para proteger y fortalecer la creciente actividad comercial, empresarial, burocrática y de comunicaciones que se lleva a cabo en el ámbito digital. Tal como señala la exposición de motivos de la Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, se hacía “necesaria e inminente la regulación de las modalidades básicas de intercambio de información por medios electrónicos, a partir de las cuales han de desarrollarse las nuevas modalidades de transmisión y recepción de información, conocidas y por conocerse, a los fines de garantizar un marco jurídico mínimo indispensable que permita a los diversos agentes involucrados, desarrollarse y contribuir con el avance de las nuevas tecnologías en Venezuela”.
 Así, esta ley apuntaba a ofrecer un marco legal que sirviera como base a la valoración jurídica de los mensajes y firmas electrónicas, a través de la creación, entre otras cosas, de mecanismos que permitieran dotar a estos instrumentos de valor probatorio en procesos judiciales y administrativos. Se crea así la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica, ente destinado a regir los procedimientos de certificación, y se sientan las bases de lo que pretendía ser la consolidación del gobierno electrónico, un proceso de automatización de las gestiones administrativas y burocráticas que vería ciertos avances en otras normativas posteriores, pero que iniciaría con el llamado Plan Estratégico de Gobierno Electrónico (2001-2006).
 El año 2009 marca un viraje sustantivo en las políticas del Estado venezolano con respecto a internet, en particular a partir del decreto 6.649, que califica el uso de internet en el sector público como un gasto suntuario, requiriendo la autorización expresa del Vicepresidente Ejecutivo para aprobar su adquisición. Esta medida fue vista no solo como un retroceso frente a la política de priorizar el acceso y uso de internet, sino como una medida incongruente e inconsistente con el marco general legislativo, incluso constitucional, que protegía el fomento de la ciencia y la tecnología en el país (Urribarrí, 2009).
 En 2010, la Asamblea Nacional reforma la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión del año 2004, que establecía categorías y prohibiciones de contenido en medios tradicionales, para extender su cobertura a lo que denomina “medios electrónicos”, si bien no define qué características se requieren para definir a un “medio”.
 Simultáneamente, en 2010, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones enfrentaba una reforma que significaría un drástico viraje de timón respecto a las políticas públicas en la materia, al restablecer la naturaleza de interés público de las telecomunicaciones, devolviéndolas al control absoluto del Estado y señalando, en su artículo 5°:
 Por su condición de servicio e interés público el contenido de las transmisiones o comunicaciones cursadas a través de los distintos medios de telecomunicaciones entre ellos radio, televisión y producción nacional audiovisual podrán someterse a las limitaciones y restricciones que por razones de interés público establezca la ley y la Constitución de la República.
 En 2014 se promulgan la Ley y el Reglamento del denominado Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (conocido por sus siglas como CESPPA), que crea este ente y delimita sus competencias en materia de inteligencia y espionaje. Entre otras cosas, el marco legal del CESPPA contempla la creación de una dirección de Estudios Tecnológicos y de Información, entre cuyas funciones se encuentra procesar y analizar la información proveniente de la web y analizar el comportamiento de lasredes sociales.
 La renovación de mayo de 2017 al Estado de Excepción vigente en el país desde mayo de 2016 añade la posibilidad de controlar el flujo de contenidos de internet, otorgando al Poder Ejecutivo la potestad de dictar regulaciones contundentes, transitorias y excepcionales que impidan las campañas de desestabilización y distorsión de la economía, impulsadas por factores nacionales y foráneos a través del sistema de tecnología de la informática y el ciberespacio.
 Es importante mencionar que también en el año 2017 CONATEL publicó la Providencia 171 sobre retención de datos personales, que deroga la Providencia N° 572 de 2005 y que extiende la larga lista de datos que los proveedores de servicios de telefonía están requeridos de exigir a sus clientes, además de incrementar el período de retención de dichos datos de dos años desde la fecha de obtención de los datos (para el respaldo físico) y tres meses luego de la extinción del contrato (para el respaldo en digital), al actual y completamente desproporcionado plazo de cinco años después de finalizado el contrato de prestación de servicio (Díaz, 2018). 
 Por otro lado, en los reglamentos internacionales están el Reglamento General de Protección de Datos de la UE, o RGPD, el cual hace presencia en el 2018 estableciendo pautas para recopilar y procesar información personal de individuos que viven en la Unión Europea. El RGPD se aplica sin importar la ubicación base de los sitios web, lo que significa que todos los sitios que atraen visitantes europeos deben respetarlo. El RGPD se considera una de las leyes de seguridad de datos más estrictas del mundo.
 El RGPD especifica que los usuarios del sitio web deben recibir una notificación sobre los datos que un sitio está recopilando, y los usuarios deben dar expresamente su consentimiento para esa recopilación de datos. Esta es la razón por la que muchos sitios web tienen ventanas emergentes que piden a los usuarios su consentimiento para que se recopilen cookies, es decir, pequeños archivos que contienen información personal, como la configuración y las preferencias del sitio.
Las características clave del RGPD incluyen lo siguiente:
· Los consumidores tienen derecho a saber cómo se recopilan y utilizan sus datos.
· Los consumidores pueden preguntar a los sitios web qué información se recopiló sobre ellos (sin pagar una tarifa).
· Si hay errores en los datos de los consumidores, pueden solicitar que se corrijan.
· Los consumidores pueden solicitar que se eliminen sus datos de los registros.
· Los consumidores tienen derecho a rechazar el procesamiento de datos, por ejemplo, con fines de marketing.
· Los sitios deben notificar a los usuarios si sus datos fueron comprometidos o infringidos.
 También se debe mencionar la Ley Gramm-Leach-Bliley (GLBA, por sus siglas en inglés), también conocida como Ley de Modernización de Servicios Financieros de 1999, es una ley bancaria y financiera que contiene elementos de seguridad y privacidad de los datos. Su protección de la información personal se basa en leyes anteriores sobre datos financieros del consumidor, como la Ley de informes crediticios justos (FCRA, por sus siglas en inglés).
 La regla exige que las empresas realicen pruebas con regularidad. Además, deben implementar medidas de seguridad en sus operaciones diarias, como realizar verificaciones de antecedentes de los empleados y establecer planes de acción para infracciones en caso de ataque.
 La GLBA hace que el pretexting sea ilegal. Esto se refiere a alguien que obtiene acceso indebido a información no pública. El término a menudo se asocia con hackeos de ingeniería social, por ejemplo, cuando alguien se hace pasar por un gerente o agente de la ley para obtener información. Las estafas de phishing, que a veces implican la creación de sitios web falsos que engañan a las personas para que divulguen información privada, son otro ejemplo de pretexting. La GLBA exige que las instituciones financieras establezcan medidas que eviten el pretexting como parte de sus planes de seguridad.
Impacto Ambiental
 Dentro de nuestro PSI es muy importante recalcar este tema ya que hoy en día se ha visto afectado el mundo con tantos cambios, por ende el turismo es afectado. Dentro del territorio Venezolano existen distintos problemas que perjudican el medio ambiente, como principal tenemos la contaminación y falta de agua que afecta a la mayor parte de la región, siendo Valera una de estas; la población ha venido sufriendo este problema alrededor del año 2017 cuando varias localidades de esta tenía una escasez de agua por meses. Actualmente no se ha resuelto el problema, pero lamentablemente cada ciudadano ha tenido que adaptarse y acostumbrarse a él.
 Otro inconveniente con ambiental dentro del territorio Venezolano es la contaminación de basura en sus calles, donde cada uno de los venezolanos está horrorizados con ver basura en cada esquina. En el Municipio Valera se ha presentado este problema desde el año 2018, pero ya en el año 2020 fue regularizado por la antigua alcaldesa Irochima, donde ya se podía caminar tranquilamente por las calles limpias. Lamentablemente en el año 2022 vuelve este problema, ya siendo sus mismos habitantes la causa de esto, colocando sus desechos en las Avenidas y esquinas sin importar la contaminación que ocasionan. Otro problema es a causa de intensas lluvias teniendo como consecuencia derrumbes de muchas zonas y dejando sin hogar a millones de personas.
Competencia directa
 Evaluando la situación de presentar nuestro PSI como propuesta dentro del Estado Trujillo, tomamos en cuenta la gran competencia que teníamos ya que podría verse como algo nuevo una empresa digital turística pero las noticias no, muchas empresas dentro del estado la manejan. Como lo son los Periódicos y páginas en redes sociales, una de ellas que podemos mencionar es Trujillanizate donde publican información totalmente turística en su plataforma.
Competencia Indirecta
 Continuando con las plataformas de redes sociales podemos tener en cuenta que “Palpitar Trujillano” entra dentro de nuestra competencia directa que aunque su empresa no trata completamente de turismo podemos encontrar información de esta.
Referencias Bibliográficas
Espinoza, Alibel Importancia del Análisis Estratégico en los Estudios Preliminares de un Proyecto de Inversión Visión Gerencial, núm. 1, enero-junio, 2006, pp. 40-52 Universidad de los Andes Mérida, Venezuela
Duarte T. (2007). ANÁLISIS ECONÓMICO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN. Revisado el 04 de Julio de 2022. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4804214.pdf

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