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Acuerdo para el Reconocimiento de los Estudios Generales entre en las Instituciones de Educación Superior Universitaria 
Estatal 
 1 
 
 
 
 
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES 
Oficina de Planificación de la Educación Superior 
 
COMISIÓN DE VICERRECTORRES DE DOCENCIA 
ACUERDO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS ESTUDIOS GENERALES 
ENTRE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA 
ESTATAL 
El Convenio de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal 
establece en su artículo 24: 
“Las Instituciones signatarias reconocerán también los bloques de 
asignaturas o ciclos de plan de estudio de objetivos semejantes, a pesar 
de las diferencias que hubiere entre las asignaturas o actividades 
específicas de bloque o ciclo. En particular, se considerarán como tales 
bloques los Ciclos de Estudios Generales de las Instituciones signatarias 
que los ofrecen. Igualmente se reconocerán los grados académicos y 
títulos expedidos por las Instituciones signatarias”. 
Traslado de un estudiante de una Institución de Educación Superior 
Universitaria Estatal a otra de ellas 
Conviene, antes de entrar en el campo propiamente de los Estudios Generales, 
mencionar los acuerdos que regulan el paso de un estudiante de una institución a 
otra. El Convenio de Coordinación contiene disposiciones específicas que regulan 
dichos traslados. 
Los artículos pertinentes son los siguientes: 
“ARTÍCULO 23: Las instituciones signatarias se comprometen a 
reconocer los cursos aprobados en cualquiera de ellas como equivalentes 
a los propios de contenidos semejante, sin tomar en cuenta diferencias 
menores entre los respectivos programas”. 
ARTÍCULO 24 (texto ya citado). 
“ARTÍCULO 25: El reconocimiento, al que se refieren los artículos 
anteriores, dará derecho a continuar los estudios en la medida en que, 
para la carrera y el nivel del caso, no se haya agotado el cupo 
correspondiente. Las Instituciones signatarias se comprometen a 
considerar a los solicitantes de las otras Instituciones signatarias con los 
mismos criterios aplicables a los traslados de carrera solicitados por los 
estudiantes de la propia institución”. 
Acuerdo para el Reconocimiento de los Estudios Generales entre en las Instituciones de Educación Superior Universitaria 
Estatal 
 2 
 
El artículo 25 tiene una importancia especial, ya que se establecen en él las 
condiciones que regulan el derecho que se adquiere con el reconocimiento para 
continuar estudios en una carrera determinada. 
Como se puede ver, ese derecho estaría condicionado por la disponibilidad de 
cupos con que se contará en la carrera y el nivel del caso. 
De igual importancia es la condición, que también señala el artículo citado, de que 
cada una de las instituciones signatarias se compromete a considerar a los 
solicitantes de cualquier otra de dichas instituciones con los mismos criterios que 
utiliza para atender las solicitudes de traslados de carrera presentadas por sus 
propios estudiantes. 
Reconocimiento de los Estudios Generales que ofrecen la Universidad de 
Costa Rica, la Universidad Nacional, la Universidad Estatal a Distancia y la 
Universidad Técnica Nacional 
Las instituciones signatarias reconocerán a los estudiantes provenientes de 
cualquiera de ellas, según el caso: el Curso Integrado de Humanidades de la 
Universidad de Costa Rica; los cursos de Estudios Generales de la Universidad 
Nacional; los cursos del Programa de Humanidades de la Universidad Estatal a 
Distancia y los cursos del Área de Formación Humanística de la Universidad 
Técnica Nacional. 
Para aplicar el reconocimiento anterior, se deben haber aprobado al menos doce 
créditos en cada uno de los bloques señalados anteriormente. 
Quienes ingresen a la UNED matriculando asignaturas del Programa de 
Humanidades y deseen que se les reconozca los 12 créditos de Estudios Generales 
en la UTN, UNA y UCR, deben aprobar lo siguiente: 
✓ Una asignatura del Módulo Historia (Historia de la Cultura, Historia de Costa 
Rica o bien, Historia Latinoamericana en perspectiva Centroamericana). 
✓ Una asignatura del Módulo Lengua y Literatura (Literatura Costarricense e 
Identidad Nacional; Lenguaje y Realidad Social o bien, Novela 
Hispanoamericana del Siglo XX). 
✓ Una asignatura del Módulo Filosofía y Pensamiento Científico (Ética y Política 
o bien, Perspectivas Filosóficas de la Ciencia). 
✓ La asignatura llamada: Introducción a la Metodología de la Investigación. 
Acuerdo para el Reconocimiento de los Estudios Generales entre en las Instituciones de Educación Superior Universitaria 
Estatal 
 3 
 
Las instituciones señaladas en este acuerdo se comprometen a comunicar a las 
restantes instituciones todos aquellos cambios que cualquiera de ellas introduzca 
en los cursos de los bloques anteriores. 
En fe de todo lo anterior, firmamos en San José, Costa Rica, el día 4 de febrero de 
2022. 
 
 
 
 
Dr. José Ángel Vargas Vargas Q. Grettel Castro Portugués 
Vicerrector de Docencia Vicerrectora de Docencia 
Universidad de Costa Rica Instituto Tecnológico de Costa Rica 
 
 
 
 
 
MSc. Randall Hidalgo Mora Dra.Maricruz Corrales Mora 
Vicerrector Docencia Vicerrectora Académica 
Universidad Nacional Universidad Estatal a Distancia 
 
 
 
 
Dr. José Matarrita Sánchez 
Vicerrector de Docencia 
Universidad Técnica Nacional 
 
 
 
 
 
 
		2022-02-04T13:51:48-0600
		2022-02-04T14:43:45-0600
	GRETTEL CASTRO PORTUGUEZ (FIRMA)
		2022-02-06T08:32:03-0600
	RANDALL HIDALGO MORA (FIRMA)
		2022-02-17T10:02:56-0600
	MARICRUZ CORRALES MORA (FIRMA)
		2022-02-22T16:24:16-0600
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