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Acuerdo para el Reconocimiento de los Estudios Generales entre en las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal 1 CONSEJO NACIONAL DE RECTORES Oficina de Planificación de la Educación Superior COMISIÓN DE VICERRECTORRES DE DOCENCIA ACUERDO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS ESTUDIOS GENERALES ENTRE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA ESTATAL El Convenio de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal establece en su artículo 24: “Las Instituciones signatarias reconocerán también los bloques de asignaturas o ciclos de plan de estudio de objetivos semejantes, a pesar de las diferencias que hubiere entre las asignaturas o actividades específicas de bloque o ciclo. En particular, se considerarán como tales bloques los Ciclos de Estudios Generales de las Instituciones signatarias que los ofrecen. Igualmente se reconocerán los grados académicos y títulos expedidos por las Instituciones signatarias”. Traslado de un estudiante de una Institución de Educación Superior Universitaria Estatal a otra de ellas Conviene, antes de entrar en el campo propiamente de los Estudios Generales, mencionar los acuerdos que regulan el paso de un estudiante de una institución a otra. El Convenio de Coordinación contiene disposiciones específicas que regulan dichos traslados. Los artículos pertinentes son los siguientes: “ARTÍCULO 23: Las instituciones signatarias se comprometen a reconocer los cursos aprobados en cualquiera de ellas como equivalentes a los propios de contenidos semejante, sin tomar en cuenta diferencias menores entre los respectivos programas”. ARTÍCULO 24 (texto ya citado). “ARTÍCULO 25: El reconocimiento, al que se refieren los artículos anteriores, dará derecho a continuar los estudios en la medida en que, para la carrera y el nivel del caso, no se haya agotado el cupo correspondiente. Las Instituciones signatarias se comprometen a considerar a los solicitantes de las otras Instituciones signatarias con los mismos criterios aplicables a los traslados de carrera solicitados por los estudiantes de la propia institución”. Acuerdo para el Reconocimiento de los Estudios Generales entre en las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal 2 El artículo 25 tiene una importancia especial, ya que se establecen en él las condiciones que regulan el derecho que se adquiere con el reconocimiento para continuar estudios en una carrera determinada. Como se puede ver, ese derecho estaría condicionado por la disponibilidad de cupos con que se contará en la carrera y el nivel del caso. De igual importancia es la condición, que también señala el artículo citado, de que cada una de las instituciones signatarias se compromete a considerar a los solicitantes de cualquier otra de dichas instituciones con los mismos criterios que utiliza para atender las solicitudes de traslados de carrera presentadas por sus propios estudiantes. Reconocimiento de los Estudios Generales que ofrecen la Universidad de Costa Rica, la Universidad Nacional, la Universidad Estatal a Distancia y la Universidad Técnica Nacional Las instituciones signatarias reconocerán a los estudiantes provenientes de cualquiera de ellas, según el caso: el Curso Integrado de Humanidades de la Universidad de Costa Rica; los cursos de Estudios Generales de la Universidad Nacional; los cursos del Programa de Humanidades de la Universidad Estatal a Distancia y los cursos del Área de Formación Humanística de la Universidad Técnica Nacional. Para aplicar el reconocimiento anterior, se deben haber aprobado al menos doce créditos en cada uno de los bloques señalados anteriormente. Quienes ingresen a la UNED matriculando asignaturas del Programa de Humanidades y deseen que se les reconozca los 12 créditos de Estudios Generales en la UTN, UNA y UCR, deben aprobar lo siguiente: ✓ Una asignatura del Módulo Historia (Historia de la Cultura, Historia de Costa Rica o bien, Historia Latinoamericana en perspectiva Centroamericana). ✓ Una asignatura del Módulo Lengua y Literatura (Literatura Costarricense e Identidad Nacional; Lenguaje y Realidad Social o bien, Novela Hispanoamericana del Siglo XX). ✓ Una asignatura del Módulo Filosofía y Pensamiento Científico (Ética y Política o bien, Perspectivas Filosóficas de la Ciencia). ✓ La asignatura llamada: Introducción a la Metodología de la Investigación. Acuerdo para el Reconocimiento de los Estudios Generales entre en las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal 3 Las instituciones señaladas en este acuerdo se comprometen a comunicar a las restantes instituciones todos aquellos cambios que cualquiera de ellas introduzca en los cursos de los bloques anteriores. En fe de todo lo anterior, firmamos en San José, Costa Rica, el día 4 de febrero de 2022. Dr. José Ángel Vargas Vargas Q. Grettel Castro Portugués Vicerrector de Docencia Vicerrectora de Docencia Universidad de Costa Rica Instituto Tecnológico de Costa Rica MSc. Randall Hidalgo Mora Dra.Maricruz Corrales Mora Vicerrector Docencia Vicerrectora Académica Universidad Nacional Universidad Estatal a Distancia Dr. José Matarrita Sánchez Vicerrector de Docencia Universidad Técnica Nacional 2022-02-04T13:51:48-0600 2022-02-04T14:43:45-0600 GRETTEL CASTRO PORTUGUEZ (FIRMA) 2022-02-06T08:32:03-0600 RANDALL HIDALGO MORA (FIRMA) 2022-02-17T10:02:56-0600 MARICRUZ CORRALES MORA (FIRMA) 2022-02-22T16:24:16-0600 JOSE MATARRITA SANCHEZ (FIRMA)
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