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Acevedo, las reformas borbónicas en la segunda mitad delsiglo xviii

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FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS  UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO 
 
Edberto O. ACEVEDO. 
Las reformas borbónicas en la segunda mitad del siglo XVIII. El 
Virreinato y las Intendencias. 
Nueva Historia de la Nación Argentina, A. N. H., tomo 2, Buenos 
Aires, Planeta, 1999, pp. 251-283. 
 
 
 
Las Intendencias 
No puede perderse de vista que las reformas y las intendencias, aunque iniciadas 
en el Río de la Plata, responden a una estrategia global, concebida para todo el 
Imperio. Fue la segunda reforma importante implantada en estas tierras. 
 
Entre 1779 y fines de 1781, una junta especial de cinc miembros, que revisó el 
primer proyecto de Gálvez para México y recogió ideas y observaciones 
posteriores, preparó la Ordenanza de Intendentes. 
 
Su texto, aprobado por Carlos III el 28 de enero de 1782, se aplicaba inicialmente 
al Virreinato del Río de la Plata (...) Este texto fue remitido a distintas 
autoridades americanas. Todas respondieron e hicieron llegar sugerencias y 
modificaciones. 
 
Primeras medidas importantes 
Con las Intendencias, adquiere su organización definitiva el Virreinato. El otro 
punto importante será que, al implantarse ese sistema, se decretará la supresión 
de los corregimientos y de los repartos. 
 
Para entender el significado de esta gran reforma administrativa hay que partir, 
como siempre, de que se había apreciado la necesidad de mejorar las estructuras 
del gobierno, especialmente aquellas relacionadas con los indios. 
 
En este sentido, si bien se buscarán fines económicos por ejemplo, mayores 
recaudaciones mediante una reorganización político-administrativa, fiscal y 
comercial, es cierto también que se intentó corregir situaciones defectuosas y 
desterrar vicios, todo a favor de los naturales y, por supuesto, del Estado. 
 
Ya el visitador Areche había extinguido los repartos en el Perú. Pero con ello no 
estaba dicho todo, pues aunque en esa maltratada negociación entraban 
habilitadores, funcionarios de todo tipo, criadores, caciques, curas, etc., se quiso 
cortar la cabeza de la hidra. Y así, la Real Ordenanza se enfrentó con el problema 
de los corregidores como institución, y determinó que desde su entrada en vigor 
dejara de existir. 
 
Esto será fundamental ya que los corregidores diptongos de mercaderes y 
jueces habían transformado sus cargos en un comercio: el repartimiento para 
compensar lo magro de sus sueldos; habían adquirido el derecho de vender a los 
indios una serie de artículos entre los que estaban permitidos por la ley (mulas, 
hierro, coca) y, sobre todo, otros prohibidos por inútiles para el natural (como 
barajas, lentes, espejos, tejidos caros, navajas), para cobrarlos, castigaban y 
ejecutaban, entre otros recursos (...). 
 
Hay que comprender, entonces, que el medio, la realidad americana, era la que 
más había urgido la reorganización del territorio rioplatense (...). 
 
Se arrancaba pues, en este asunto, de una posición realista, al admitir que nadie 
mejor que los propios gobernantes americanos para conocer con exactitud la 
situación y aun para representar y hacer variar la legislación que se deseaba 
aplicar (...). 
 
La organización definitiva 
El Virreinato quedaba, entonces, organizado con ocho intendencias, de la 
siguiente forma: de Buenos Aires, con la superintendencia general del Ejército y 
Real Hacienda (y las ciudades de Buenos Aires, Santa Fe, Corrientes, territorios 
de la Patagonia, Malvinas y el Obispado de su nombre; de Asunción del Paraguay 
(todo el Obispado); de Salta del Tucumán (con Salta, San Miguel de Tucumán, 
Santiago del Estero, Catamarca y Jujuy); de Córdoba del Tucumán (Córdoba, La 
Rioja, Mendoza, San Juan, San Luis); de Potosí, Cochabamba, Chuquisaca y La 
Paz, más las gobernaciones de Montevideo, Misiones, Moxos y Chiquitos. Por 
gestión del presidente de Charcas, Ignacio Flores, el... de 1784 se creó la novena 
intendencia, llamada del Collao, con Puno como capital y partidos segregados de 
la intendencia de La Paz. Su inclusión en el Virreinato durará hasta 1786, cuando 
pasó a depender de Lima. 
 
Sus autoridades, dejando de lado a la superior del virrey, eran: el intendente 
general del Ejército y Superintendente de Real Hacienda, los gobernadores 
intendentes de provincia y los subdelegados. Sus atribuciones, en el caso del 
intendente general eran dobles, pues unas les correspondían como intendente de 
Buenos Aires (idénticas entonces a las de los gobernadores de provincia) y otras, 
las específicas de superintendente, como delegado de Real Hacienda de Indias, 
para el manejo de todas estas cuestiones. 
 
Los gobernadores intendentes... Sus facultades, mucho más extensas que las de 
los antiguos gobernadores, están declaradas y divididas por la Real Ordenanza en 
las cuatro ramas o causas: justicia, policía, hacienda y guerra. A las que se agrega 
el ejercicio del vicepatronato. Tanto el superintendente como los intendentes de 
provincia tienen a su lado organismos y funcionarios asesores... los subdelegados, 
que eran de dos causas hacienda y guerra para la ciudades y villas subalternas, 
y de cuatro causas para los pueblos de indios. En lo concreto, reemplazarán a 
los corregidores (...). 
 
A los intendentes, en la causa de justicia (artículos 12º a 52º de la Real 
Ordenanza) se les confiere jurisdicción contenciosa civil y criminal; tienen la 
presidencia del ayuntamiento de la ciudad capital. Están obligados a visitar la 
provincia anualmente. Deben promover la economía regional en todas sus 
manifestaciones. Reglamentarán los propios y arbitrios. Podrán usar la vía 
reservada para da cuenta directa al rey de las cosas graves. 
 
En policía o gobierno (artículos 53º a 70º) deberán contar con mapas topográficos 
de sus provincias; cuidarán de los caminos, tambos y mesones, de las 
construcciones ciudadanas; fomentarán la agricultura (especialmente el trigo), 
ganadería, explotación de bosques y minas, castigarán a los ociosos, vagos y mal 
entretenidos. 
 
En la causa de hacienda (artículos 71º a 259º) les corresponde dirigir en todos sus 
aspectos la recaudación de rentas y derechos, especialmente la de tributos y 
matrículas de indios, y en la organización y funciones de las cajas reales, de las 
cuales existían ocho principales (una para cada intendencia) y seis foráneas 
(Montevideo, Oruro, Mendoza, Maldonado, Santa Fe y Carangas). También 
atendían lo relativo a diezmos, propios y arbitrios. 
 
En guerra (artículos 220º a 276º), se encomendaba a los intendentes todo lo 
atinente a dicha materia en relación con la real hacienda, como la subsistencia 
de la tropa, pagos y demás. Debían concurrir a la junta de guerra y guardar 
subordinación al general y al virrey como jefes superiores. 
 
Características sobresalientes 
En cuanto al cargo del virrey... Gálvez retomó un viejo pensamiento cual era 
separar de los virreyes las cuestiones hacendísticas. ...que no haya dudas sobre la 
suprema autoridad del virrey... tras la muerte de Gálvez, los virreyes americanos 
recuperaron las atribuciones pedidas y el pleno goce de su suprema autoridad... 
 
Sin embargo otras medidas los afectaron en parecido sentido ya que ...los 
regentes que se crearon para las audiencias o los visitadores que, por algunos 
años, dispusieron medidas de importancia pasando por encima, muchas veces de 
su autoridad ...y aun el cargo de subinspector de Ejército, redujeron sus 
facultades. Claro que ellos se quejaron contra todo esto y defendieron el 
prestigio de esa suprema institución política. 
 
Pero la racionalización administrativa les había llegado... en general, como es el 
caso del Plata, acoplándose al espíritu de la época, trataron de ser buenos 
administradores y funcionarios eficientes y cuidadosos. 
 
No se puede encontrar una uniformidad absoluta en su accionar. Entre el gran 
pode de un Cevallos y las recortadas atribuciones de un Vértiz, ciertamente hay 
diferencias. Pero ambos fueron los constructores iniciales. Los demás, por ser 
responsables de su territorio, trabajaron preocupándosetanto de cuestiones 
económica como culturales, militares, etc., interesados, lógicamente, en lograr 
el éxito en su gestión y sabedores de que estarían sometidos al juicio de 
residencia que, en algún caso, como el del virrey marqués de Loreto, resultó con 
algunos cargos en su contra. 
 
Los socorros 
El problema que se había planteado al suprimir el régimen de corregidores era 
acertar con aquello que reemplazara los repartimientos. Es decir, ¿cómo se 
sustituía, pensando siempre a favor de los indios, ese infame comercio que habían 
hecho los corregidores? 
 
Para lo monarquía se suscitaba así una cuestión que no era solamente económica, 
sino social y aun ética. Como dijo Francisco de Paula Sanz, constituía éste el 
asunto más agitado en esta América, alegándose por una parte razones que, ni las 
unas prueban la total decisión de mantenerlos, ni las otras proporcionan un medio 
seguro para reemplazarlos. Pues, si por un lado los repartos se podían considerar 
tiránicos y usurarios y si, por el oto, se tomaba en cuenta la indolencia del indio, 
¿no parecían aquéllos una ayuda y un estímulo? 
 
Lo importante es que, tras abolirse los repartos, que se consideraron una de las 
causas de la sublevación de Túpac Amaru, comenzaron a formularse proyectos 
para evitar el mal de dejar al indio sin socorro. El primero fue el del propio 
gobierno, expresado en la declaración 7º de 1783 de la Real Ordenanza, que 
disponía que de cuenta de la real hacienda se debía proveer a los indios (y a otros 
de las castas) de hierro, aperos, mulas y otros útiles, dándoselos al fiado y a otros 
precios fijos según tarifas públicas, pagaderos en dinero o en especie y a plazos 
convenientes. Quienes intervinieran en estas transacciones usarían siempre el 
nombre de socorros y no el de repartimientos (...). 
 
Como todos se manifestaron contrarios a los socorros (superintendente, 
virreyes, intendentes, Gálvez resolvió que no se concedieran estos auxilios. De 
lo cual resulta que los indios quedaron librados a sus escasas posibilidades. Y de 
ahí que un renglón de lo que más necesitaban el ganado y, específicamente, las 
mulas seguiría comercialmente en manos de los grandes hacendados y 
traficantes, quienes, apoyándose en esta política liberal del Estado, tratarían de 
sacar cuantiosos beneficios. 
 
En todo caso, este asunto está estrechamente ligado con el de la nueva 
autoridad que sustituirá a los corregidores, es decir, los subdelegados... 
 
Funcionamiento del sistema 
El ejercicio de las cuatro causas. En justicia, con el establecimiento de la 
audiencia en la capital, a la que se subordinaron las intendencias de Paraguay, 
Córdoba, Salta y naturalmente, Buenos Aires, el conocimiento de la de Charcas 
quedó limitado a los problemas jurídicos de las cuatro intendencias de ese amplio 
territorio norteño (...). 
 
...La gran novedad de la Real Ordenanza en esta causa fue que al lado de los 
intendentes aparecían los tenientes letrados para intervenir en los pleitos. ...Las 
relaciones de la audiencia de Buenos Aires con las demás autoridades del 
Virreinato se desenvolvieron sin mayores dificultades. Además el segundo 
regente, Benito de la Mata Linares, con el fin de mejorar la administración de 
justicia en el Interior, formó una instrucción para que los jueces legos 
compusiesen los procesos (...). 
 
Es importante señalar que todos los intendentes mantuvieron elaciones con las 
diferentes autoridades judiciales de ciudades, villas y lugares, como alcaldes 
ordinarios, alcaldes de barrio, subdelegados, comisionados y debieron irse 
perfilando, con el tiempo, las atribuciones de los distintos cargos en ese orden 
(...). 
 
En policía (o gobierno) ...señalaremos como cuestiones más importantes: a) la 
organización del gobierno interno en cada intendencia...; dictado de autos y 
bandos para el buen gobierno con normas estrictas para la convivencia ciudadana; 
b) la visita de su provincia que realizaron los mejores intendentes (...); c) el 
embellecimiento y progreso de Buenos Aires... como la Casa Cuna, el Hospicio, el 
alumbrado, la Casa de Comedias, el Real Colegio de San Carlos; d) la 
preocupación de varios virreyes por los establecimientos... donde vivían familias 
con muchas dificultades; e) el desvelo de muchos intendentes por los edificios 
públicos (cabildos, hospitales, teatro de comedias, casas de expósitos); f) las 
fundaciones urbanas; g) la extensión de la línea de fuertes y reducciones 
fronterizas de los indios fue también preocupación de cada intendente... En 
hacienda, se produjo la instalación de cajas en todo el Virreinato. Además, cada 
intendente dictó el respectivo reglamento de propios y arbitrios para su región 
(...) Más interesante es comprobar que por la acción de los intendentes, se 
confeccionaron nuevos padrones y matrículas de indios, se hizo mejor la 
inspección en la recaudación de tributos y resultó un cierto saneamiento en las 
cuentas de la Real Hacienda. Hubo así un moderado aumento en las 
recaudaciones... 
 
Finalmente, en guerra cabe apuntar que, con la presencia de batallones de 
batallones de los regimientos de Saboya, de Extremadura y del Fijo de Buenos 
Aires, establecidos temporariamente en las intendencias del Tucumán y del Alto 
Perú, junto con los cuerpos de milicias armados en cada región... se registró una 
paz general en este tiempo. 
 
Los subdelegados 
...Los subdelegados puestos en las cabeceras de los pueblos de indios 
parareemplazar a los corregidores, debían ser blancos (españoles peninsulares 
americanos). Se les había asignado el ejercicio de las cuatro causas y se les 
prohibía, terminantemente, efectuar repartimientos de ninguna clase. 
 
Debido a que no se les concedió sueldo fijo, sino un salario-porcentaje de lo que 
recaudaran por tributos (el 3 % según la Real Ordenanza de Buenos Aires) han 
podido ser considerados como los pies de barro del sistema ya que, por ello, se 
habrían visto casi obligados a comerciar (...) El sistema de los subdelegados... 
logró ser una superación de los corregidores (...). 
 
En consecuencia, no se puede compartir, por lo menos para esta zona del 
Virreinato, juicios tan rotundos como el de que el cambio de corregidores por 
subdelegados fue sólo en el nombre, con lo que se habría desvirtuado totalmente 
el espíritu de la Real Ordenanza. Es posible que en otros virreinatos sucediera 
cosa distinta. Pero la prohibición de repartir no se derogó jamás. 
 
La Intendencia y los Cabildos 
Como antecedente necesario de la cuestión cabe señalar que, hasta los tiempos 
de la reforma de las intendencias, los cabildos no se encontraban en una situación 
ideal, sino que, arrastrando cada cual sus problemas particulares, trataban de 
cumplir con sus tareas, modestamente (...) Había mucho de rutina e inercia en 
sus actividades; sin embargo, podían levantar cabeza cuando un mandatario 
tocaba los intereses del grupo oligárquico que, generalmente, cubría los cargos 
en los ayuntamientos (...). 
 
A poco de establecerse la Real Ordenanza, todas las ciudades pidieron y 
obtuvieron que sus alcaldes fuesen de duración anual y no por dos años, como 
indicaba esa reglamentación, pues consideraron que el cargo era gravoso ya que 
debían descuidar sus intereses. Siguiendo la costumbre de la época anterior, los 
intendentes a favor del escaso interés por los puestos en los ayuntamientos 
intervinieron o influyeron muchas veces en las elecciones. Pero el sistema, como 
tal, no menoscabó la libertad de los cabildos y no introdujo ningún cambio 
sustancial en el procedimiento electoral tradicional (...). 
 
En cuanto a las relaciones con los intendentes, hubo de todo... porque si el 
cabildo de Buenos Aires se vio limitado... demostraron, al mismo tiempo, una 
llamativa adhesión a esos funcionarios. 
 
También se debe diferenciar otro aspecto porque, al existir en las capitales el 
intendente con atribuciones en las cuatro causas, en esas ciudades, 
precisamente, los cabildos pedieron algunas de esas funciones. Aunque, por lostestimonios que se manejan, lo mejor será entender que trataron de colaborar o 
tuvieron que hacerlo... con esos mandatarios (...) Los ayuntamientos no 
solamente destacaron la acción beneficiosa de cada uno de ellos frente al 
gobierno con el detalle de sus obras públicas, el aumento de los propios, la 
preocupación cultural y social, etcétera, sino que solicitaron, en repetidas notas 
dirigidas directamente al rey, que continuaran en el cargo o se les premiara sus 
servicios con los más altos puestos. 
 
Quizá no ocurrió lo mismo en cuanto a la convivencia con los subdelegados de 
dos causas, cuya presencia en las ciudades subordinadas complicó las 
relaciones muchas veces, aunque no debían presidir los cabildos (...) Es muy 
posible que en el concepto de los intendentes prevaleciera la opinión de que los 
cabildos no servían mucho y que se movían lentamente o por intereses de grupo. 
Es decir, en pocas palabras, que se los menospreciara sutilmente. 
 
Pero lo cierto es que, con parecidos problemas por ejemplo el conseguir 
aumentar los propios todos los ayuntamientos siguieron siendo el centro de la 
actividad ciudadana, se ocuparon del orden urbano, el abastecimiento, la 
edificación, la irrigación, el cuidado del recinto y sus aledaños. La elite local tuvo 
allí ancho campo tanto para expresarse como para embanderarse en grupos que 
defendían su particular modo de entender las cosas y las situaciones. 
 
Resultados 
Para el Río de la Plata el Virreinato implicó la creación de una unidad de mando y 
orden desconocida hasta entonces, la cual, con el código que significaba la Real 
Ordenanza de Intendentes, hizo que toda esta región sudamericana entrase en 
una nueva etapa de vida. Sin pretender establecer un juicio definitivo sobre esta 
institución, pueden resultar de interés algunas consideraciones. 
 
En primer lugar, el tema debe enfocarse habiendo dejado ex profeso totalmente 
de lado la causa de guerra, y aceptando que en la justicia se había logrado 
mantener la seguridad y la tranquilidad de regiones y gentes preferentemente 
en los otros dos aspectos: policía (o gobierno) y hacienda (o economía). 
Señaladamente, la causa de policía era el nervio que debía darle eficacia, es 
decir, impulso renovador, lo que apuntaba al progreso en todos los órdenes. En 
segundo lugar, debe tenerse presente que lo que esta reforma significó, 
precisamente en esas dos causas, surgió de acoplar un plan de cambios pensado a 
escala americana en la recepción peninsular de pedidos formulados desde el Plata 
en torno de necesidades sentidas por estas comunidades. 
 
En esta dirección, las intendencias representaron un adelanto y una mejora al 
haber encuadrado legalmente una reducción de jurisdicciones territoriales con 
lo que disminuía a cantidad de ciudades a gobernar, al haber suprimido los 
corregimientos y repartos, al haber incorporado ramos como el de la sisa a la 
Real Hacienda, al tener la sede virreinal más cerca, lo mismo que la Audiencia y 
hasta al haberse creado un nuevo obispado (en Salta del Tucumán) o aceptar que 
pasase una intendencia a la jurisdicción del virreinato peruano. Y todo esto... se 
aplicó a la realidad rioplatense luego e haber sido planteado por ella y meditado 
y discutido en la metrópoli. 
 
En tercer lugar, debe entenderse la época reformista en la que se integran la 
creación del virreinato rioplatense y las intendencias como un proceso largo que, 
como tal, tuvo sus fases de evolución y que no llegó a concluirse. Una inicial, de 
robustecimiento del Estado y sus controles; otra, la de Gálvez, época en que se 
aplica un plan radical de reorganización de la administración colonial, de 
descentralización político-institucional tendiente a la reactivación de la 
economía, y una última, en la que se revocan algunas medidas anteriores y se 
entra en un tiempo confuso. Se habrá entendido que, en la jerarquía de 
autoridades, se fue estableciendo una delegación de poderes; así del virrey al 
superintendente y de los intendentes de provincia a los subdelegados. Y que 
dentro de cada intendencia había una centralización espacial, ya que el gobierno 
de las cuatro causas estaba en manos de los intendentes y hacia ellas confluía. 
Estos funcionarios fueron quienes, en realidad, condensaron e hicieron suyo, en 
los mejores casos, todo el sentido de la reforma. Porque sin entrar ahora en la 
discusión teórica en los términos de centralización o descentralización, debe 
apuntarse que el mayor beneficio de su accionar fue obtenido por las capitales de 
las intendencias. Allí se ve cómo en obras públicas hubo progresos notables, cómo 
dictaron disposiciones para encauzar la vida ciudadana y establecer un mejor 
orden jurídico, cómo tendieron a lograr una articulación interna en cada región, 
cómo trabajaron para expandir la economía y hasta por revitalizar los cabildos. 
 
En todo caso, sus logros no fueron ni tan espectaculares como para brindarles 
alabanzas infinitas ni tan deleznables como para tenerlos por inútiles. Fueron 
unos funcionarios aptos por lo general, activos, responsables y preocupados por 
hacer lo mejor para sus gobernados. Su accionar produjo un aumento en las 
recaudaciones de impuestos, un relativo desarrollo económico y regional y una 
activación y expansión nada desdeñables. Tal vez, la época de su mejor accionar 
y de su mayor impulso reformista haya llegado hasta 1790, más o menos. 
 
El balance final es netamente positivo para el funcionamiento de las 
intendencias en el Virreinato del Río de la Plata, aunque hay en otras regiones 
americanas el valor de dicho régimen pueda ser más limitado. 
 
 
Nota de Cátedra: Lo resaltado es nuestro. 
 
 
 
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