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Actividad Económica. Actividades y hechos económicos. Ente. Persona. Empresa. Contrato Social. Responsabilidad de los socios. Órganos sociales. Tipos societarios más frecuentes. Entes: públicos y privados; con y sin fines de lucro. Sus recursos y sus fuentes. Relación con la ecuación fundamental. Unidad N° 1 La Contabilidad y las organizaciones. Actividad Económica. Actividad económica es toda aquella forma mediante la que se produce, se intermedia y/o se vende un bien o servicio destinado a satisfacer una necesidad o deseo. Es decir, actividad económica es cualquier actividad cuyo objetivo sea cubrir una necesidad o deseo. Independientemente de que sea produciendo, intermediando o vendiendo algún bien o servicio. En esencia, es un proceso en el que se genera o distribuye un producto o un servicio. Al generar un producto o servicio la entidad está creando valor, esto lleva a la obtención de una renta o ganancia. Si produciendo un bien o prestando un servicio obtengo rentas, tengo capacidad económica, se ha creado riqueza, por lo tanto también y entonces debemos que tributar. Las personas o entes que participan de la actividad económica se conocen como agentes económicos. Las actividades económicas están presentes en casi todos los aspectos de una sociedad. Hechos Económicos Un hecho económico es cualquier actividad u operación que realice la empresa. Una compra, una venta, un crédito, un abono, etc. Se dice que la contabilidad registra los hechos económicos sucedidos en la empresa. Cada hecho económico u operación, debe ser identificado y clasificado para luego proceder a registrarlo en la contabilidad. Actividades y hechos económicos Ya definimos actividades económicas como las acciones que tienen como objetivo producir los bienes y brindar los servicios necesarios en esta sociedad. En la organización social hay un reparto de tareas, con el fin de satisfacer las diferentes necesidades humanas. La gente que no solo realiza actividades económicas, sino que las comparte con la sociedad (como por ejemplo la gente que trabaja en la agricultura), realiza un intercambio entre los miembros de la sociedad, por medio del comercio. Las actividades económicas de un país se clasifican según su objetivo, por lo que se puede encontrar tres tipos de estas, en las cuales se reparten las tareas como la obtención de materia prima, la fabricación de productor y materiales a base de ella, y la venta de los mismos, generando así un ciclo económico. Actividades Primarias El grupo principal de estas actividades económicas es el primario. Son las actividades que satisfacen una necesidad empleando para ello elementos o procesos naturales, se obtienen de recursos naturales, y aportan los materiales primarios, necesarios para la fabricación de productos bien sean consumibles o utilizables. Las más relevantes son: la agricultura, la ganadería, la pesca, la minería y la explotación forestal. Por ejemplo la minería se refiere a la extracción de los minerales que se encuentran en el suelo o subsuelo de las tierras, logrando adquirir los recursos necesarios para la fabricación de muchos elementos bien sean electrónicos, artículos del hogar, entre muchos otros. En esta actividad se obtiene la materia prima más importante para la realización de la mayoría de los productos en las fábricas. Actividades Secundarias Las actividades secundarias son aquellas que transforman los productos primarios en manufacturas. A partir de la materia prima obtenida del sector de actividades primarias, se elaboran artículos nuevos para ser comercializados, pudiendo ser vendidas a comercios o exportadas a distintos países, entre las más importantes se encuentran: la industria pesada, la industria ligera, el transporte, la fabricación de todo tipo de productos, elaboración y transformación, suministro de energía y gas Actividades Terciarias Hay un grupo de las actividades económicas humanas denominadas terciarias que son las que se realizan para poder brindarnos diferentes servicios, y son indispensables para la realización de las actividades de tipo primarias y de tipo secundarias. Incluye actividades donde las personas ofrecen su conocimiento y tiempo para mejorar la productividad, rendimiento, potencial y sustentabilidad. La característica básica de este sector es la producción de servicios en vez de productos. Los servicios también involucran el transporte, la distribución y la venta de bienes del productor al consumidor. El foco está en las personas interactuando con otras personas y en el servicio al cliente más que en la transformación de los bienes físicos. Incluye: Servicios Profesionales, de los cuales algunos requieren entrenamiento técnico o profesional y otros licencias o matriculas, marketing, ventas, comercio, telecomunicaciones, servicios administrativos, franquicias, etc. Aunque la clasificación principal son las primarias, secundarias y terciarias, los servicios más altos que están abajo de las actividades terciarias son clasificados en actividades cuaternarias y quinarias. Estas actividades no dependen de los recursos ni del ambiente, pero son actividades de la economía. Las actividades cuaternarias son actividades terciarias muy especializadas, a menudo en el “sector de conocimiento”. Los asesores fiscales, desarrolladores de software y estadísticos, investigadores, entran en esta categoría. Las actividades quinarias se refieren a los servicios que crean e interpretan nuevas ideas para evolucionar la tecnología. Son los llamados trabajadores de cuello dorado; miembros del gobierno, científicos, consultores legales y financieros, etc. Ente Gramaticalmente ENTE significa lo que es, existe, o puede existir. Son entes las personas (individuales o colectivas) con capacidad para adquirir derechos y/o contraer obligaciones, por si mismo o por sus representantes. Es necesario precisar el concepto de ente económico tal como lo define Hendriksen “como la unidad económica que tiene control sobre los recursos, acepta las responsabilidades de contraer y cumplir compromisos y realiza una actividad económica.” (Hendriksen, 1974, p. 115). Personas Humanas y Personas Jurídicas -Las personas de existencia visible (personas humanas), son aquellas que presentan signos característicos de humanidad, sin distinción de cualidades o accidentes, es decir es la persona humana. -Personas jurídicas, son aquellos entes que han sido creados por las personas físicas o por la ley. Los dos tipos de persona disponen de atributos (cualidades que le son propias y que sólo ellas poseen), por ejemplo el nombre, capacidad, domicilio, patrimonio. Los atributos : son las cualidades que le son propias tanto a la persona de existencia visible como a la persona jurídica Nombre: es la denominación con que se la conoce y que sirve para identificarlo en la sociedad. Las características del mismo es que es necesario y único, es irrenunciable e inmutable, salvo en casos excepcionales y mediante resolución judicial, ejemplo de ello es cuando una persona al cambiar de sexo decide cambiar su nombre, o cuando teniendo un determinado nombre decide cambiarlo por ser motivo de burlas. El nombre a su vez está compuesto por el nombre individual o de pila, ejemplo Jorge, Juan, María, Silvia y el apellido, que corresponde al del padre, pudiendo agregar el de la madre. Domicilio: es la sede legal de la persona, puede suceder que por cuestiones laborales o de salud, la persona pueda tener una residencia provisoria en otro lugar, pero mantiene su domicilio en donde reside habitualmente. Patrimonio: es el conjunto de bienes y obligaciones que tienen o no un valor en dinero y que pertenece a una persona. Puede darse tanto en una persona física como jurídica. Ejemplo de aquellos bienes que tienen un valor económico, puede ser un vehículo o un inmueble;aquellos que no tienen un valor económico, puede ser una foto familiar. Capacidad: es la actitud que tiene la persona para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer por si misma esos derechos o cumplir sus obligaciones El artículo 148 del Código Civil y Comercial de la Nación, dispone expresamente que son personas jurídicas “privadas”: a. las sociedades; b. las asociaciones civiles; c. las simples asociaciones; d. las fundaciones; e. las iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas; f. las mutuales; g. las cooperativas; h. el consorcio de propiedad horizontal: i. toda otra contemplada en disposiciones de este Código o en otras leyes y cuyo carácter de tal se establece o resulta de su finalidad y normas de funcionamiento. De esta forma, y siguiendo los lineamientos expuestos por el artículo 142 del Código Civil y Comercial de la Nación, en relación al comienzo de la existencia de las personas jurídicas de carácter privado, la existencia comienza desde su constitución, aclarando que no necesitan autorización legal para funcionar, excepto disposición legal en contrario. Aclarando que, en los casos en que se requiera autorización estatal, la persona jurídica no puede funcionar antes de obtenerla. Persona Jurídica de Carácter Público La inclusión de las personas jurídicas públicas en el Código Civil y Comercial CCCN) se hace con un fin meramente descriptivo, ya que la personalidad de estas entidades resulta de las respectivas disposiciones de derecho público. Clases: El artículo 146 del Código Civil y Comercial dispone: Son personas jurídicas públicas: a) el Estado nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios, las entidades autárquicas y las demás organizaciones constituidas en la República a las que el ordenamiento jurídico atribuya ese carácter; b) los Estados extranjeros, las organizaciones a las que el derecho internacional público reconozca personalidad jurídica y toda otra persona jurídica constituida en el extranjero cuyo carácter público resulte de su derecho aplicable; c) la Iglesia Católica. (Ley 26.994 – 2014) Unidad N° 1 La Contabilidad y las organizaciones. Actividad Económica. Slide 3 Slide 4 Actividades y hechos económicos Slide 6 Slide 7 Slide 8 Slide 9 Slide 10 Slide 11 Slide 12 Slide 13 Slide 14 Slide 15 Slide 16 Slide 17 Slide 18 Slide 19
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