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Principios_del_Derecho_Tributario

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1 . D e f i n i c i ó n y p r i n c i p a l e s c a r a c t e r í s t i c a s d e l D e r e c h o T r i b u t a r i o .
2 . P r i n c i p i o d e l a P r o g r e s i v i d a d .
3 . P r i n c i p i o d e l a S i m p l i c i d a d .
4 . P r i n c i p i o d e l a I r r e t r o a c t i v i d a d .
5 . P r i n c i p i o d e l a E q u i d a d .
6 . P r i n c i p i o d e l a T r a n s p a r e n c i a .
7 . P r i n c i p i o d e l a G e n e r a l i d a d .
Principios del Derecho
Tributario
La principal característica del Derecho Tributario es que es AUTÒNOMO.
Sus normas son vitales, debido a la importancia de los recaudos para la economia
del Estado.
Pertenece al derecho público, especialmente al derecho financiero.
Sus normas son imperativas, no pueden ser pactadas o negociadas entre partes.
Sigue un principio de equidad.
Establece sanciones y multas a los contribuyentes y estas pueden variar acorde
cambian los gobiernos.
Definición y principales
características del
Derecho Tributario
Es la generación de un tributo
que permitirá al Estado generar
ingresos con el propósito de
obtener de los particulares,
ingresos que sirvan para cubrir
el gasto público.
Este es un principio
del derecho
tributario, el cual
regula los tributos
impuestos a los
contribuyentes.
Según el principio
de progresividad,
quien tiene mayor
capacidad
contribuirá en mayor
medida a través de
los tributos al
sostenimiento de los
gastos públicos.
Consiste en que
aquellas personas
titulares de mayor
capacidad económica
deben ser gravadas
de forma
proporcional a su
capacidad, en
comparación con las
personas que tienen
una capacidad
económica menor.
La progresividad
significa que,
cuanta más
capacidad económica
tenga un sujeto,
deberá contribuir
al sostenimiento de
los gastos públicos
en mayor
proporción.
Principio de 
la Progresividad
https://economipedia.com/definiciones/derecho-tributario.html
https://economipedia.com/definiciones/tributo.html
https://economipedia.com/definiciones/titular.html
El artículo 300 de la Constitución de la República de
cumplimiento obligatorio, dispone que el régimen
tributario se regirá por el principio de simplicidad
administrativa.
La simplificación tributaria constituye un verdadero
designio para cuyo logro es menester adoptar una serie
multifacética de decisiones, tanto de orden jurídico como
administrativo.
En el marco de la simplicidad tributaria, determina la
aplicación de un régimen simplificado para microempresas
y también contempla el pago de una tarifa del 2% del
Impuesto a la Renta y la declaración semestral del IVA y el
ICE.
 El sistema tributario debe contar con una estructura
técnica que sea funcional, que imponga tributos que
capten el volumen de recursos que justifique su
implantación y sobre bases o sectores económicos que
tengan una efectiva capacidad contributiva.
Principio de la
Simplicidad
Nació en el derecho canónico y surgió como un lógico
entendimiento de que una ley solo puede regir el
futuro de los pueblos y por lo tanto jamás podrá ésta
establecer consecuencias jurídicas a actos, hechos o
situaciones que ya hayan ocurrido.
Este principio es el sustento lógico de la
seguridad jurídica, que garantiza certeza y
confianza a los ciudadanos frente a sus
relaciones con los demás y con el estado.
la ley no es retroactiva y solo regula hechos
posteriores a su sanción. 
Principio de la
Irretroactividad
Principio de
la Equidad.
El principio de equidad encuentra su aliado en el derecho
tributario, ya que no solo se encuentra incluido en la
Constitución como principio componente del régimen
tributario.
Artículo 300.-el sistema tributario debe mirar la capacidad
económica de las personas y en razón de esto aplicar los
tributos, cobrando más a los que más tienen y menos a los que
menos tienen, es decir, aplicando equidad horizontal y
vertical.
Este principio busca entre otros propender a que los tributos
se cobren de conformidad con la capacidad económica de los
contribuyentes y así instar por la igualdad tributaria.
En el ámbito tributario la transparencia está
relacionada con el acceso a la información de los
contribuyentes en el desarrollo del giro de sus
negocios. 
La transparencia aplicada a los fines tributarios
tiene mucha importancia para la lucha contra la
elusión y evasión fiscal.
Ecuador con el objetivo de otorgar transparencia en
la información de sus contribuyentes, pero también
de solicitarla de parte de otros Estados, hasta la
fecha de este trabajo tiene en vigencia diecisiete
convenios para evitar la doble imposición, dieciséis
son bilaterales y uno es multilateral con la
Comunidad Andina de Naciones.
Principio de la
Transparencia
La generalidad se refiere a que todos los individuos
debemos pagar impuestos por lo que nadie puede
estar exento de esta obligación, por ende, es
aplicable universalmente para todos los sujetos que
tengan una actividad económica
La norma jurídica establecerá las condiciones para
que cualquier persona que se encuentre bajo estas
circunstancias tribute al Estado, así mismo la ley
tendrá que especificar los hechos por los cuales se
exonerará de tal obligación a un determinado sujeto
pasivo, basándose en aspectos económicos o de
interés social
La generalidad es perfectamente conciliable con las
exoneraciones fiscales, puesto que en ambos casos
se conserva el patrón común de aplicarse a grupos
determinados y no a individualidades.
Principio de la
Generalidad
Thank you!
 
ADMINISTRACIÒN TRIBUTARIA
NRC: 8365
 
Kiara Valentina Quila Muñoz

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