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38- Existe el derecho real de CONDOMINIO cuando: a)Una persona usa y goza una cosa propia, sin alterar la sustancia de la cosa b)Una persona usa ...

38- Existe el derecho real de CONDOMINIO cuando:


a)Una persona usa y goza una cosa propia, sin alterar la sustancia de la cosa
b)Una persona usa y goza una cosa ajena, quedándosela al finalizar el usufructo.
c)Una persona usa y goza una cosa propia debiendo abandonarla al finalizar el usufructo
d)Una persona usa y goza una cosa ajena sin alterar la sustancia de la cosa
e)Ninguna de las respuestas anteriores. derecho real q pertenece a varias personas

Esta pregunta también está en el material:

FINAL TORRES (CHEQUEADAS)
45 pag.

Planejamento e Controle de Obras ExatasExatas

💡 1 Respuesta

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La respuesta correcta es (e). El derecho real de condominio es un derecho real que pertenece a varias personas, sobre una cosa que pertenece en común a todos ellos. En este caso, cada condómino tiene una parte indivisa de la cosa, pero puede usar y gozar de toda la cosa.

Las respuestas (a), (b) y (c) son incorrectas.

(a) describe el derecho de propiedad, que es un derecho real que pertenece a una sola persona, sobre una cosa que le pertenece en exclusiva.

(b) y (c) describen el usufructo, que es un derecho real de uso y goce sobre una cosa ajena. Sin embargo, en el usufructo, el usufructuario tiene derecho a usar y gozar de la cosa, pero no la puede vender ni enajenar.

Por lo tanto, la respuesta correcta es (e).


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