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d) Necesidad del informe de secretaría en los contratos menores. Dicha cuestión se analiza por el Informe 21/21 de la JCCAE, concluyendo expresamen...

d) Necesidad del informe de secretaría en los contratos menores. Dicha cuestión se analiza por el Informe 21/21 de la JCCAE, concluyendo expresamente: «La Disposición adicional tercera. 8 de la LCSP exige el informe jurídico del Secretario de la entidad local antes de la aprobación de los expedientes de contratación también en el caso de los contratos menores».

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Novos Cenários de Controle
176 pag.

Tecnologia e Cidadania Universidad Antonio NariñoUniversidad Antonio Nariño

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