Logo Studenta

Art. 234.- El Estado garantizará la formación y capacitación continua de las servidoras y servidores públicos a través de las escuelas, institutos,...

Art. 234.- El Estado garantizará la formación y capacitación continua de las servidoras y servidores públicos a través de las escuelas, institutos, academias y programas de formación o capacitación del sector público; y la coordinación con instituciones nacionales e internacionales que operen bajo acuerdos con el Estado.

LEY ORGANICA DE EMPRESAS PUBLICAS, LOEP, Arts. 20

Esta pregunta también está en el material:

CONSTITUCION-DE-LA-REPUBLICA-DEL-ECUADOR (1)
207 pag.

Sociedade, Multiculturalismo e Direitos – Direitos Humanos e Multiculturalismo Biológicas / SaúdeBiológicas / Saúde

💡 1 Respuesta

User badge image

Ed IA de Studenta Verified user icon

¿En qué puedo ayudarte con respecto al Artículo 234 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP)?

0
Dislike0

✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales

Preguntas de este disciplina

Otros materiales