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El poder de organización y administración del empresario, cuyo fundamento se encuentra en la propia estructura de la relación jurídica laboral y en...

El poder de organización y administración del empresario, cuyo fundamento se encuentra en la propia estructura de la relación jurídica laboral y en la naturaleza de las empresas, constituye, según la doctrina laboralista, una exigencia organizativa de toda empresa. El reconocimiento jurídico de este poder puede hallarse en los artículos 1, 5.c) y 20.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (LET), que se refieren a la sumisión del trabajador al ámbito de organización y dirección del empresario. Entre las diversas manifestaciones del poder empresarial, basadas en estos preceptos cabe citar: la facultad de organización técnica del trabajo; la potestad de ordenación de los lugares del trabajo, el ius variandi del empresario o poder de modificación unilateral de las condiciones contractuales; el poder de vigilancia y control de la actividad de los trabajadores; y la potestad disciplinaria, en base a la gradación de faltas y sanciones establecidas en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que resulte aplicable (art. 58 LET). Cabe señalar, en fin que, con la conversión de la empresa familiar tradicional en una organización empresarial fuertemente estructurada e institucionalizada, el poder empresarial ha aumentado considerablemente. Sobre estos aspectos puede verse, entre otros: M. ALONSO GARCÍA, Curso de Derecho del Trabajo , Ariel, Madrid 1985; A. MONTOYA MELGAR, Derecho del Trabajo , Madrid 1988; del mismo autor, “Comentario al artículo 20 del Estatuto de los trabajadores: Dirección de la actividad laboral”, Comentarios a las leyes laborales. El estatuto de los trabajadores, EDERSA, Madrid, 1985, p. 243 y ss.; y M. F. FERNÁNDEZ, El poder disciplinario de la empresa , Civitas, Madrid, 1991.

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El poder de organización y administración del empresario, cuyo fundamento se encuentra en la propia estructura de la relación jurídica laboral y en la naturaleza de las empresas, constituye una exigencia organizativa de toda empresa. Este poder empresarial se basa en la sumisión del trabajador al ámbito de organización y dirección del empresario, según los artículos 1, 5.c) y 20.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (LET). Algunas manifestaciones de este poder incluyen la facultad de organización técnica del trabajo, la potestad de ordenación de los lugares de trabajo, el ius variandi del empresario, el poder de vigilancia y control de los trabajadores, y la potestad disciplinaria.

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