La certificación del cumplimiento de la legalidad se impone también a los empresarios sometidos al régimen de comunicación de inicio de una activid...
La certificación del cumplimiento de la legalidad se impone también a los empresarios sometidos al régimen de comunicación de inicio de una actividad empresarial. Es el empresario quien debe comunicar a la Administración que tiene la intención de iniciar una determinada actividad y que ésta, tal como está planificada, cumple con todos los requisitos legal y reglamentariamente establecidos. En atención a los riesgos derivados de dicha actividad, puede ocurrir que, si la Administración no se opone explícitamente a ello, la simple comunicación, previo transcurso de un período de tiempo fijado normativamente, posea el efecto de habilitar el inicio de la actividad.
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