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Tarea 3 Hristo Israel Hernández Quiñones - Israel Hernández (1)

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Hristo Israel Hernández Quiñones		1°C 	T/V		Economía y Derecho
Tarea 3
Crisis Económica:
Una crisis económica es un periodo en el cual una economía afronta dificultades durante un tiempo prolongado. En otras palabras, una crisis económica es la parte de un ciclo económico en el que se produce un decrecimiento considerable en la economía. Es decir, sería un punto intermedio entre una recesión y una depresión económica.
Causas de una crisis económica:
Entre las principales causas están las malas políticas económicas: la aplicación defectuosa o errada de políticas económicas por parte de los gobiernos puede encender la mecha de una crisis económica local. 
Fluctuaciones en el precio de la materia prima. Como es el caso del petróleo, cuyas oscilaciones impactan directamente en los países consumidores y en los productores también, alternando a veces abruptamente los períodos de bonanza con los de recesión.
Causas de la crisis económica en México de 1982:
La causa de esto fue la caída de los precios del petróleo, las exigencias impuestas por el pago puntual de la deuda externa, agravada por la sacudida de los mercados de capital cada vez que aumentaba la tasa de interés el Sistema de la Reserva Federal de Estados Unidos (FED por sus siglas en inglés), la apertura de la economía mexicana al exterior y las políticas de ajuste para equilibrar las cuentas con el exterior y la privatización son las características más relevantes del nuevo modelo.
Causas de la crisis económica en México de 1994:
La crisis económica de México de 1994 fue una crisis iniciada en México provocada por la falta de reservas internacionales, causando la devaluación del peso mexicano durante los primeros días de la presidencia de Ernesto Zedillo.
Causas de la crisis económica en México de 2008 y 2009:
La crisis económica en México de 2008-2009 fue la peor recesión económica de este país en 70 años.​ De acuerdo con los pronósticos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la contracción del producto interno bruto mexicano al terminar 2009 sería de 8%.2​ Está relacionada directamente con la crisis ocurrida de manera simultánea en varios países del mundo. La desaceleración de Estados Unidos y la dependencia económica de México hacia su vecino del norte contribuyeron a aumentar los efectos de la crisis. A este cuadro se suman otros hechos internos, especialmente la epidemia de gripe A(H1N1) que afectó al país desde abril de 2009.
Inflación:
La inflación es el aumento sostenido y generalizado de los precios de los bienes y servicios. Es sostenido porque ocurre de forma continua a lo largo de un período, con cierta tendencia a autoperpetuarse. Esto distingue la inflación de otros aumentos de precios como aquellos que suceden de forma estacional.
Desempleo:
Desempleo, desocupación, paro​ o cesantía, en el mercado de trabajo, hace referencia a la situación del ciudadano que carece de empleo y, por lo tanto, de salario.
Deuda pública interna:
La deuda interna es la parte de la deuda nacional o pública de un país cuyos acreedores son ciudadanos del mismo, en contraposición a la deuda externa.​Para solventarla y conseguir la generación de dinero, el gobierno hace uso de la vía del préstamo para obtener efectivo en lugar de emitir más billetes o monedas.
Deuda pública interna y externa de México según Secretaria de Hacienda y Crédito público:
Externa- 456 mil 251 millones de dólares
Interna - 6 Billones 378 mil 784.5 millones de pesos
Negocios ilícitos:
Son negocios que no están permitido legal o moralmente. Se trata, por lo tanto, de un delito (un quebrantamiento de la ley) o de una falta ética.
Delitos según el código penal:
· Tráfico de drogas: De acuerdo al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, todos los delitos relacionados con las drogas son considerados graves, con excepción del delito de siembra, cultivo o cosecha de plantas llamadas ‘enervantes’ que no tenga por objetivo la producción, suministro, comercio, tráfico, introducción o extracción de narcóticos del país. En consecuencia, cualquier acusado por uno de estos delitos deberá pasar el proceso en la cárcel (preventiva) aunque sea inocente.
· Tráfico de personas: Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes. La persona que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como la persona que publique anuncios, que encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas será sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley. Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá acreditación de los medios comisivos. 
· Tráfico de órganos: Actualmente, en el artículo 156 bis del Código penal se sanciona la conducta de los que promuevan, favorezcan, faciliten o publiciten la obtención o el tráfico ilegal de órganos humanos ajenos o el trasplante de los mismos, que serán castigados con la pena de prisión de seis a doce años si se tratara de un órgano principal, y de prisión de tres a seis años si el órgano fuera no principal. De igual forma, se añade que si el receptor del órgano consintiera la realización del trasplante conociendo su origen ilícito será castigado con las mismas penas que en el apartado anterior, que podrán ser rebajadas en uno o dos grados atendiendo a las circunstancias del hecho y del culpable.
· Tráfico de armas: A quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que sólo puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, se le impondrá prisión de tres meses a tres años o de 180 a 360 días multa y decomiso.
· Productos falsificados: El delito de falsificación se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a trescientos sesenta días multa. En el caso de documentos privados, con prisión de seis meses a cinco años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días multa.
· Tráfico de recursos naturales:Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, al que introduzca al territorio nacional, o trafique con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten, padezcan o hayan padecido, según corresponda alguna enfermedad contagiosa, que ocasione o pueda ocasionar su diseminación o propagación o el contagio a la flora, a la fauna, a los recursos forestales o a los ecosistemas.
· Fraude cibernético: El artículo 174 del Código Penal del Estado de México, relativo a la Falsificación y Utilización Indebida de Títulos al Portador, Documentos de Crédito Público y Documentos Relativos al Crédito, prevé que se impondrán de cuatro a diez años de prisión y de ciento cincuenta a quinientos días de salario mínimo de multa al que altere los medios de identificación electrónica de tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios (fracción IV); y a quien acceda indebidamente a los equipos de electromagnéticos de las instituciones emisoras de tarjetas, títulos o documentos para el pago de bienes y servicios o para disposición de efectivo (fracción V). No obstante lo anterior, se tiene prevista la imposición de las mismas penas, a quien utilice indebidamente información confidencial o reservada de la institución o persona que legalmente esté facultada para emitir tarjetas, títulos o documentos utilizados para el pago de bienes y servicios. Este delito presenta dos singularidades, que radican en el hecho de que admite las reglas del concursode delitos, para el caso de que se actualicen otras conductas y el aumento de las penas en una mitad, si el sujeto activo es empleado o dependiente del ofendido. 
· Contrabando de inmigrantes: Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes. Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá acreditación de los medios comisivos.
Bibliografía:
Federal, D. (2001). Código Penal Federal. Ediciones Lazcano Lozano.
Cooter, R., & Ulen, T. (2016). Derecho y economía. Fondo de cultura económica.
Villarreal, C. C., & Bielma, L. H. (2017). Integración económica, crisis económicas y ciclos económicos en México. Contaduría y administración, 62(1), 64-84.

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