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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE QUÍMICA “Análisis comparativo del impacto sobre trabajadores y la población en general, para escenarios de riesgos por fugas de sustancias tóxicas en instalaciones industriales.” Vía cursos de educación continua QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE INGENIERA QUÍMICA PRESENTA Elizabeth Martínez Vázquez MÉXICO, D.F. a 1 de febrero 2013 Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. JURADO ASIGNADO: PRESIDENTE: JORGE RAFAEL MARTÍNEZ PENICHE VOCAL: MANUEL MIGUEL LÓPEZ RAMOS SECRETARIO: ALBERTO ELÍAS GALINDO BLANCO 1er. SUPLENTE: RAÚL SÁNCHEZ MEZA 2° SUPLENTE: JESÚS ARTURO BUTRÓN SILVA SITIO DONDE SE DESARROLLÓ EL TEMA: PETRÓLEOS MEXICANOS ASESOR DEL TEMA: ALBERTO ELÍAS GALINDO BLANCO SUSTENTANTE: ELIZABETH MARTÍNEZ VÁZQUEZ Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ Índice 1 Objetivo …………………………………………………………………………. 4 Introducción …………………………………………………………………........ 4 Antecedentes ……………………………………………………………………. 5 CAPÍTULO I. Evaluación de Impacto Ambiental …………………………….... 16 1.1 Definición y casos en los que se tiene que presentar la Evaluación de Impacto Ambiental ………………………………………………………………...... 16 1.2 Guías para la presentación y elaboración del Estudio de Riesgo de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) y la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Altamente Riesgosas (DGGIMAR) …………………………………………………………………. 17 1.3 Límites de exposición por toxicidad definidos por la SEMARNAT, para definir las zonas de salvaguarda ……………………………………………………. 18 CAPÍTULO II. Límites de exposición por toxicidad…………………………. 21 2.1 Definición de exposición crónica y exposición aguda……………………… 21 2.2 Clasificación de los límites de exposición por toxicidad y definición general de cada límite de exposición…………………………………………………….. 22 2.3 Límites de exposición por toxicidad ocupacionales………………………... 28 2.4 Límites de exposición por toxicidad de Respuesta a Emergencias……… 33 2.5 Límites de exposición por toxicidad para la Población en General por exposición crónica……………………………………………………………... 37 CAPÍTULO III. Comparación de los límites de exposición por toxicidad ocupacionales (IDLH, TLV8 y TLV15) y los límites de exposición por toxicidad de respuesta a emergencias (ERPG’s), para definir el uso de suelo para zonas de salvaguarda …………………………………………………………… 39 3.1 Comparación de los límites de exposición por toxicidad IDLH, TLV15, TLV8 y ERPG’S ………………………………………………………………………... 39 3.2 Zonas de salvaguarda………………………………………………………… 40 3.3 Plan de Respuesta a Emergencias…………………………………………. 46 Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ Índice 2 3.4 Características de la nube tóxica…………………………………………… 47 3.5 Simuladores para el análisis de consecuencias de sustancias peligrosas 48 CAPÍTULO IV. Sustancias peligrosas por toxicidad para la simulación de los escenarios por fuga …………………………………………………………….. 51 4.1 Sustancias peligrosas almacenadas en mayor volumen en México……. 51 4.2 Amoniaco, No. CAS (7664-41-7)……………………………………………. 51 4.3 Cloro, No. CAS ( 7782-50-5)………………………………………………... 54 4.4 Óxido de Etileno, No. CAS (75-21-8)……………………………………… 56 4.5 Tabla comparativa de las propiedades físicas y químicas del amoniaco, cloro y óxido de etileno………………………………………………………………. 58 4.6 Tabla comparativa del amoniaco, cloro y óxido de etileno de acuerdo a sus códigos de peligro de la NFPA 704………………………………………… 59 CAPÍTULO V. Especificación de los límites de exposición por toxicidad del amoniaco, cloro y óxido de etileno…………………………………………… 61 5.1 Límites de exposición por toxicidad (IDLH, TLV y ERPG) del amoniaco, cloro y óxido de etileno……………………………………………………………….. 61 5.2 Límites de exposición por toxicidad del amoniaco, No. CAS ( 7664-41-7) 62 5.3 Límites de exposición por toxicidad del cloro, No. CAS ( 7782-50-5) 64 5.4 Límites de exposición por toxicidad del óxido de etileno, No. CAS (75-21-8)……………………………………………………………… 66 5.5 Comparación de los valores de los límites de exposición por toxicidad IDLH, TLV15, TLV8, ERPG-3, ERPG-2 y ERPG-1………………………………….. 68 CAPÍTULO VI. Resultados y Análisis de consecuencias en una comunidad hipotética por fuga de amoniaco, cloro y óxido de etileno………………… 69 6.1 Escenario de riesgo por fuga de amoniaco, No. CAS (7664-41-7)……….. 69 6.2 Escenario de riesgo por fuga de cloro, No. CAS (7782-50-5)…………….. 72 6.3 Escenario de riesgo por fuga de óxido de etileno, No. CAS (75-21-8)…... 74 6.4 Condiciones generales para la simulación de los escenarios de riesgo de amoniaco, cloro y óxido de etileno…………………………………………... 76 Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ Índice 3 6.5 Inventario de amoniaco, cloro y óxido de etileno, que puede fugarse en cada escenario de riesgo……………………………………………………. 78 6.6 Método Probit de vulnerabilidad a la inhalación de sustancias tóxicas 78 6.7 Resultados de la simulación de los escenarios de fugas de sustancias tóxicas: amoniaco, cloro y óxido de etileno……………………………… 79 6.8 Análisis de Resultados de las simulaciones de fugas de amoniaco, cloro y óxido de etileno…………………………………………………………….. 84 6.9 Análisis de las áreas de salvaguarda (zona de alto riesgo y zona de amortiguamiento) en una zona industrial………………………………... 118 CONCLUSIONES…………………………………………………………………. 120 RECOMENDACIONES…………………………………………………………..... 122 ANEXO 1.Gráficas del Área Máxima y Diagrama de Pétalos de las nubes tóxicas de amoniaco, cloro y óxido de etileno……………………………………….….... 123 ANEXO 2. Gráfica de curva de letalidad y gráfica de áreas de probabilidad de letalidad de la simulación de escenarios de riesgo por fuga de sustancias peligrosas: amoniaco, cloro y óxido de etileno…………………………………. 156 ANEXO 4. Reportes de la simulación por fuga: amoniaco, cloro y óxido de etileno; por límite de exposición por toxicidad (IDLH, TLV15, TLV8 y ERPG’S) en el simulador PHAST 6.6………………………………………………………………..166 Terminología………..………………………………………………………………… 210 Glosario de términos…………………………………………………………………. 212 Índice de Tablas………………………………………………………………………..217 Índice de Gráficas……………………………………………………………………. 221 Índice de Figuras…………………………………………………………………….. 224 BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………..…….220 Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 4 Objetivo Realizar la comparación de los límites de exposición por toxicidad que utiliza la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) en México, y la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA) en Estados Unidosde América para la determinación de las zonas de salvaguarda utilizadas para normar el uso de suelo en el entorno a las instalaciones industriales que manejen sustancias peligrosas por su toxicidad, así como para el diseño del Plan de Respuesta a Emergencias (PRE) de la instalación, requerido este último para la elaboración del Programa para la Prevención de Accidentes (PPA) correspondiente. Introducción Los límites de exposición por toxicidad han sido desarrollados por diversas instituciones (Federales, Estatales y Profesionales), mediante diversos estudios toxicológicos y epidemiológicos con el fin de proteger a los trabajadores y a la población en general (hombres, mujeres, niños y ancianos) de exposiciones agudas y crónicas de sustancias peligrosas por su toxicidad. Existen tres tipos de límites de exposición por toxicidad, los límites de exposición de respuesta a emergencias, los límites de exposición ocupacionales y lo límites de exposición dirigidos a la población en general. Cada tipo de límite de exposición por toxicidad está dirigido para proteger la salud y la vida de una población en particular considerando un tiempo determinado de exposición. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en su artículo 28°, menciona que cuando se quiera realizar alguna obra o actividad industrial en el país que pueda causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el medio ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, se debe desarrollar y presentar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), en el cual en el caso de que se trate de Actividades Altamente Riesgosas (AAR) deberá incluirse un estudio de riesgo. Para realizar el estudio de riesgo, en el caso de proyectos nuevos que no se encuentren en operación, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) puso a disposición la “Guía para la presentación del estudio de riesgo modalidad análisis de riesgo” y la “Guía para la presentación del estudio de riesgo modalidad ductos terrestres”, mientras que para el estudio de riesgos en instalaciones en operación la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR), puso a disposición la “Guía para la elaboración del estudio de riesgo - Instalaciones en operación”. En estas guías se especifica que en el caso de que se lleven a cabo actividades que involucren el manejo de sustancias peligrosas por su toxicidad se tendrá Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 5 que dar a conocer en el estudio de riesgo las zonas de salvaguarda (zona de alto riesgo y zona de amortiguamiento). Para la determinación de las zonas de salvaguarda, en estas guías se especifica que para la determinación de la zona de alto riesgo se deberá utilizar el límite de exposición por toxicidad, “Inmediatamente peligroso para la vida y la salud” (Immediately Dangerous to Life and Health, IDLH), mientras que para la determinación de la zona de amortiguamiento se deberán utilizar los “Valores Umbrales Límites” (Threshold Limit Values, TLV) TLV15 de acuerdo a la guía de la DGIRA y TLV15 o TLV8 de acuerdo a la guía de la DGGIMAR. Por otra parte la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA) de Estados Unidos para determinar la zona de salvaguarda en el entorno a una Instalación Industrial que maneje sustancias tóxicas, utiliza como límite de exposición por toxicidad “Guías de Planeación de Respuesta a Emergencias” (Emergency Response Planning Guidelines, ERPG), específicamente el ERPG-2. Antecedentes El desarrollo industrial y tecnológico que la humanidad ha experimentado a lo largo de la historia, se incrementa a un ritmo cada vez mayor y de una forma cada vez más compleja. Esto se ve reflejado en la gran cantidad de productos y servicios que tenemos a nuestra disposición en nuestra vida cotidiana. Pero el hecho es que también la cantidad de accidentes industriales y el riesgo que estos representan son cada vez mayores. El uso de sustancias químicas tóxicas en algunos procesos para la obtención de algún producto en específico, representa un peligro para la salud e incluso la vida de los trabajadores y la población que se encuentra en el entorno a la instalación en la que se desarrolla dicho proceso; ya que puede existir un riesgo de fuga o derrame durante la operación, el manejo, el transporte y el almacenamiento de sustancias peligrosas por su toxicidad. A lo largo de la historia hemos presenciado una serie de accidentes que han involucrado fugas y derrames de sustancias químicas peligrosas por su toxicidad. En la siguiente tabla se muestran algunos de los principales accidentes debido a sustancias peligrosas por su toxicidad del periodo 1950-2005. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 6 Fecha Lugar Sustancia Química involucrada Causa Daños 25 de diciembre de 1950 Poza Rica, Veracruz, México. Fosgeno Fuga de gas ocasionado por falta de combustión en quemadores de campo. 17 muertos y 300 intoxicados. 9 de julio de 1976 Seveso, Italia. 2,3,7,8- tetracloro- dibenzo-p- dioxina (TCDD) Emisión de una nube tóxica que contenía TCDD debido a una reacción exotérmica incontrolada generando un aumento en la presión del reactor y la posterior apertura del disco de ruptura 2,000 personas afectadas, daños a flora y fauna, agricultura, ganadería, suelos contaminados, construcción, comercios, etc. 1978 Baltimore, Maryland, EE.UU. Dióxido de Azufre Escape de dióxido de azufre (sin dato de la causa) 100 afectados 3 de diciembre de 1984 Bhopal, India. Isocianato de Metilo (MIC) Escape al exterior de 26 toneladas de MIC, a través de una válvula de alivio de un depósito de almacenamiento. 3,500 muertos y 200,000 afectados 18 de septiembre de 1999 Cd. Juárez, Chihuahua, México Amoniaco y ácido fluorhídrico Fuga que se extendió 5 km a la redonda (sin dato de la causa) 200 intoxicados y 500 evacuados Fecha Lugar Sustancia Química involucrada Causa Daños 3 de octubre del 2000 Chalco, Estado de México Amoniaco Fuga y Explosión de autotanque (sin dato de la causa) 240 intoxicados y 300 evacuados 16 de enero del 2001 Escobedo, Nuevo León, México Amoniaco Fuga de amoniaco por ruptura de una válvula 70 intoxicados y más de 1,000 personas evacuadas 16 de enero del 2002 Nagpur,Chawl , India Cloro Fuga de cloro gas en una instalación del ejército en Nagpur Chawl (sin dato de la causa) Más de 40 afectados 19 de enero del 2002 Minot, EE.UU Amoniaco Fuga de Amoniaco a consecuencia de un descarrilamien to de un tren en Minot, USA Una persona fallecida y más de 60 afectados 7 de enero del 2005 Granetiville, Carolina del Sur, EE.UU Cloro Choque de trenes con cloro (sin dato de la causa) 8 muertos y 260 afectados Tabla 1. Accidentes causados por fuga de sustancias químicas tóxicas (Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación, Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), Grupo Universitario de Investigación Analítico de Riesgos (GUIAR) y Red Proteger ®). Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 7 Accidentes de este tipo siguen ocurriendo debido a diferentes causas por el manejo, procesamiento, almacenamiento y transporte de sustancias químicas tóxicas. En México de acuerdo al análisis de emergencias ambientales realizado por la PROFEPA, en el periodo 1993-2009, el 86.9% de lasemergencias reportadas fueron por fugas o derrames, el 6.5% por incendio, el 5.2% por explosión y el 1.4% por otras causas como se muestra en la Gráfica 1. Gráfica 1. Porcentaje de Emergencias Ambientales reportadas a la PROFEPA (Periodo 1993-2009). En la siguiente Tabla 2, se puede observar que durante el periodo 1993-2009, la cantidad de emergencias ambientales reportadas por año a la PROFEPA por fugas o derrames fue de más del 80% del total de emergencias, reportándose como consecuencia para este periodo (1993-2009) un total de 6,609 personas intoxicadas. Tabla 2. Número y Tipo de Emergencias Ambientales por año reportadas a la PROFEPA (Periodo 1993-2009) Año No. de Eventos Tipo Fuga o Derrame Explosión Fuego Otro No. % No. % No. % No. % 1993 157 141 89.8 9 5.7 3 1.9 4 2.5 1994 416 359 86.3 21 5.0 28 6.7 8 1.9 1995 547 428 78.2 35 6.4 53 9.7 31 5.7 1996 587 460 78.4 34 5.8 70 11.9 23 3.9 1997 632 541 85.6 49 7.8 26 4.1 16 2.5 1998 566 502 88.7 30 5.3 29 5.1 5 0.9 1999 580 527 90.9 25 4.3 24 4.1 4 0.7 2000 596 529 88.8 26 4.4 35 5.9 6 1.0 2001 544 505 92.8 14 2.6 21 3.9 4 0.7 2002 473 426 90.1 16 3.4 28 5.9 3 0.6 2003 457 408 89.3 20 4.4 21 4.6 8 1.8 2004 503 474 94.2 10 2.0 19 3.8 0 0.0 2005 456 390 85.5 28 6.1 38 8.3 0 0.0 2006 362 302 83.4 31 8.6 29 8.0 0 0.0 2007 403 344 85.4 25 6.2 34 8.4 0 0.0 2008 349 302 86.5 16 4.6 30 8.6 0 0.0 2009 370 313 84.6 23 6.2 34 9.2 1 0.3 Total 7,998 6,951 86.9 412 5.2 522 6.5 113 1.4 Fuga o Derrame 86% Explosión 5% Fuego 7% Otro 2% Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 8 Por otra parte, del total de emergencias ambientales reportadas (7,998 no. Eventos reportados, Tabla 2) a la POFEPA en el periodo 1993-2009 el 65 % fue por transporte, el 26% en instalaciones y el 9% por otra causa como se muestra en la Gráfica 2. Gráfica 2. Porcentaje de emergencias ambientales reportadas a la PROFEPA por transporte, en plantas y otros (Periodo 1993-2009). En la Gráfica 3, se muestra que del 65% de emergencias por transporte reportadas, el 58% corresponde al transporte por ductos, el 37% por transporte en carretera, el 3% por transporte en ferrocarril, el 2% por transporte marítimo y el 0.2% por otro tipo de transporte. Así mismo en la Tabla 3, se muestra por año, el número total de accidentes por transporte reportados a la PROFEPA así como el número y porcentaje de accidentes por tipo de transporte (ducto, carretero, ferrocarril, marítimo, otro). Gráfica 3. Porcentaje de emergencias ambientales en transporte reportadas a la PROFEPA (Periodo 1993-2009). Transporte 65% Planta 26% Otro 9% Ducto 58%Carretero 37% Ferrocarril 3% Marítimo 2% Otro 0.2% Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 9 Tabla 3. Número de emergencias reportadas a la PROFEPA por año y por medio de transporte (Periodo 1993-2000) Año Número de Eventos Medio de Transporte Ducto Carretero Ferrocarril Marítimo Otro No. % No. % No. % No. % No. % 1993 107 69 64.5 27 25.2 3 2.8 5 4.7 3 2.8 1994 221 139 62.9 65 29.4 15 6.8 2 0.9 0 0.0 1995 322 212 65.8 90 28.0 13 4.0 7 2.2 0 0.0 1996 332 214 64.5 96 28.9 13 3.9 9 2.7 0 0.0 1997 477 279 58.5 132 27.7 8 1.7 58 12.2 0 0.0 1998 350 216 61.7 118 33.7 11 3.1 5 1.4 0 0.0 1999 419 290 69.2 110 26.3 16 3.8 2 0.5 1 0.2 2000 422 277 65.6 134 31.8 8 1.9 3 0.7 0 0.0 2001 406 243 59.9 149 36.7 10 2.5 4 1.0 0 0.0 2002 339 181 53.4 143 42.2 9 2.7 6 1.8 0 0.0 2003 304 170 55.9 125 41.1 7 2.3 2 0.7 0 0.0 2004 280 175 62.5 99 35.4 4 1.4 2 0.7 0 0.0 2005 279 143 51.3 121 43.4 11 3.9 1 0.4 3 1.1 2006 219 111 50.7 102 46.6 2 0.9 4 1.8 0 0.0 2007 268 139 51.9 118 44.0 8 3.0 3 1.1 0 0.0 2008 217 73 33.6 134 61.8 7 3.2 2 0.9 1 0.5 2009 220 72 32.7 139 63.2 6 2.7 3 1.4 0 0.0 Total 5,182 3,003 58.0 1902 36.7 151 2.9 118 2.3 8 0.2 Con el fin de administrar los riesgos de fugas y derrames en las instalaciones industriales que manejan, procesan o transportan sustancias tóxicas, es necesario implementar medidas o capas de protección y acciones que permitan la operación segura de las instalaciones bajo un nivel de riesgo tolerable, con ello se pretende prevenir la ocurrencia de estos accidentes, así como mitigar sus posibles consecuencias hacia la salud de los trabajadores, la población en general que habitan en el entorno a las instalaciones y proteger el medio ambiente. Las zonas de salvaguarda en el entorno a la instalación representan una capa de protección importante para prevenir o bien mitigar posibles daños a los trabajadores y a la población en general en caso de que ocurra un accidente en sus procesos. Otra capa de protección es el plan de respuesta a emergencias el cual permite conocer las acciones que se tienen que llevar a cabo para reducir las consecuencias que puede provocar un accidente. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 10 Hasta 1971 en los Estados Unidos de América no se contaba con regulaciones Federales con respecto a peligros en el medio ambiente laboral y mucho menos hacia la población en general. Fue después del accidente ocurrido en Bhopal, India, en 1984, cuando se empezaron a tomar medidas preventivas que garantizaran la protección de la población en general de posibles accidentes que pudieran ocurrir en el entorno a las instalaciones industriales. En México, a partir de 1971 se comenzó a realizar la transformación de su legislación ambiental por medio del desarrollo de metodologías y mecanismos que permitieran evaluar el impacto de daños al ambiente; los trabajos desarrollados para llevar a cabo dicha transformación, fueron presentados en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano que se celebró en Estocolmo en 1972. En la Tabla 4, se muestra la información más relevante en cuestión de la evolución de la legislación ambiental en México y en Estados Unidos de América; así como, en el desarrollo de los límites de exposición por toxicidad ocupacionales y los límites de exposición por toxicidad de respuesta a emergencias (IDLH, TLV y ERPG). Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 11 Año Evento 1946 Se introdujo por primera vez el concepto de Valores Umbrales Límites (TLV) por la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (Conference of Governmental Industrial Hygienists, ACGIH) Años 50 La National Research Council (NRC) de los Estados Unidos de América comienza a definir niveles de emergencia operacional esporádicos 1964 La Asociación Americana de Higiene Industrial (American Industrial Higiene Association, AIHA) y la Academia Nacional de Ciencia (National Academy of Science, NAS) junto con el Comité de Toxicología (Committee on Toxicology, COT), independientemente desarrollaron los principios básicos de los límites de exposición dirigidos a la población en general El comité toxicológico de la AIHA introdujo el concepto de Límites de Exposición de Emergencia (Emergency Exposure Limits, EEL), inicialmente se propusieron estos límites para tres sustancias químicas: dióxido de nitrógeno, 1,1-dimetilhidrazina y 1,1,1-tricloroetano La NRC adoptó como niveles de emergencia a los EEL Año Evento 1970 Se promulga la Ley Nacional de política Ambiental (National Environmental Policy Act, NEPA) Se crea la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA) Principio de los años 70 Se desarrolló en Estados Unidos de América el procedimiento de la Evaluación del Impacto Ambiental (Environmental Impact Assessment, EIA) 1971 Hasta este año enEstados Unidos de América no había regulaciones Federales con respecto a los peligros en el medio ambiente laboral Se promulga en México la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental (LFPCCA), y con ello la Secretaría de Salubridad y Asistencia (SSA) y la Subsecretaría de Mejoramiento del Ambiente (SMA) Mediados de los años 70 Se desarrollaron los límites de exposición por toxicidad Inmediatamente peligrosos para la vida y la salud (Immediately Dangerous to Life and Health, IDLH) por el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (National Institute for Occupational Safety and Health, NIOSH) Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 12 Año Evento 1976 Accidente en Seveso, Italia; por la liberación de 2,3,7,8-tetracloro-dibenzo-p- dioxina afectando cerca de 2,000 personas 1977 Aplicación de la LFPCCA en materia de Impacto Ambiental (IA) a partir de la fusión de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) y la Secretaría de Recursos Hidráulicos (SRH) 1982 A raíz del accidente ocurrido en Seveso, Italia en 1976, la Comunidad Europea publica el Council Directives on the Major Accident Hazards of Industrial Activities Se promulga la Ley Federal de Protección al Ambiente (LFPA), definiéndose por primera vez el concepto de Impacto Ambiental (IA) y la Manifestación del Impacto Ambiental (MIA) Desaparición de la Subsecretaría de Mejoramiento al Ambiente (SMA) de la SSA, se crea la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE) Año Evento 1984 En una planta química en Bhopal, India; más de 40 toneladas de Metilisocianato (MIC) escaparon accidentalmente a la atmósfera matando a miles de personas que vivían en los alrededores de la planta A partir de este accidente, la población reclamó a las autoridades medidas preventivas para evitar que un accidente de este tipo volviera a ocurrir 1986 A raíz del accidente de Bhopal, Estados Unidos emitió la ley “Superfund Amendments and Reauthorization Act” (SARA) Se cambió el término de Límites de Exposición de Emergencias (EEL) por el de Niveles Guías de Exposición de Emergencias (Emergency Exposure Guideline Levels, EEGL). Los EEGL estaban principalmente dirigidos al Departamento de Defensa de los Estados Unidos (U.S. Department of Defense, DOD) para cuidar la salud del personal marítimo, sus trabajadores y contratistas durante una condición de emergencia para periodos de 1-24 horas Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 13 Año Evento 1986 La NRC introdujo el concepto de Niveles para un periodo corto de tiempo en una emergencia de carácter público (Short-term Public Emergency Guidance Levels, SPEGL) al reconocer que los EEGL no estaban definidos para la población en general. Se realizó la revisión de los TLV de todas las sustancias químicas de las que se tenían datos 1987 La AIHA desarrolla los Límites de exposición de respuesta a emergencias, ERPG 1988 Se promulgó la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) Se promulgó el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Impacto Ambiental 1990 Primer listado de Actividades Altamente Riesgosas (AAR) correspondiente a aquellas donde se manejan sustancias tóxicas 1991 La European Chemical Industry Ecology and Toxicology Centre (ECETOC) publica el concepto de Índices de Exposición de Emergencias(EEI), concepto similar a los ERPG Año Evento 1992 Segundo listado de Actividades Altamente Riesgosas por el manejo de sustancias inflamables y explosivas Publicación de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización Se suprimió la SEDUE y se creó la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) Se suprimió la Secretaría de Ecología (SE) Creación del Instituto Nacional de Ecología (INE) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) 1993 Como requerimiento de la EPA y de la Agencia para Sustancias Tóxicas y registros de desastres (Agency for Toxic Substances and Disease Registry, ATSDR), el Comité de Toxicología de la NRC convocó al Subcomité de guías, para desarrollar niveles de exposición de emergencia dirigidos a la población en general, (Community Emergency Exposure Levels, CEEL) para sustancias peligrosas. Los CEEL sirvieron como diseño para la evaluación del riesgo para niveles de exposición altos a sustancias tóxicas por periodos cortos de tiempo El reporte publicado por el Subcomité de guías identificó como estándares de gran utilidad a los SPEGL de la NRC y a los ERPG de la AIHA para desarrollar los CEEL Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 14 Año Evento 1994 Se crea la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) 1995 La SEMARNAP formuló el Programa de Medio Ambiente 1995-2000 1996 Primer Modificación de la LGEEPA, se fortaleció y enriqueció el instrumento de política ambiental de evaluación de impacto ambiental 2000 Publicación en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental el cual abrogó al reglamento emitido en 1988 Se cambió la Ley de la Administración Pública Federal dando origen a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) 2001 Segunda modificación de la LGEEPA Año Evento 2002 Publicación de las guías emitidas por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA): “Guía para la presentación del Estudio de Riesgo Modalidad Análisis de Riesgo” y “Guía para la presentación del Estudio de Riesgo Ambiental Modalidad Ductos Terrestres” Publicación de la “Guía para la elaboración del Estudio de Riesgo Ambiental (Instalaciones en operación)” por la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR) Tabla 4. Años y eventos más relevantes en México y el extranjero en cuestión de transformación ambiental (Periodo 1946-2002) y la evolución de los límites de exposición por toxicidad (IDLH, TLV y ERPG. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 15 Como se muestra en la Tabla 4, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) entró en vigor el 1° de marzo de 1988 ampliando el concepto del Estudio de Riesgo de la Ley Federal de Protección al Ambiente (LFPA) emitida en 1982, mediante la obligación para quienes desarrollen en sus instalaciones Actividades Altamente Riesgosas (AAR), la elaboración de un análisis de riesgos como medida para prevenir o mitigar las posibles consecuencias, la elaboración de un Plan de Respuesta a Emergencias (PRE) y el Programa para la Prevención de Accidentes (PPA). En México se desarrollaron dos listados de sustancia químicas peligrosas, que como se describe en el Artículo 145° de la LGEEPA, representan “…la clasificación de las actividades que deban considerarse altamente riesgosas en virtud de las características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico- infecciosas para el equilibrio ecológico o el ambiente, de los materiales que se generen o manejen en los establecimientos industriales, comerciales o de servicios, considerando, además, los volúmenes de manejo y la ubicación del establecimiento”. El primer listado de Actividades Altamente Riesgosas publicada en 1990 establece las cantidades de reporte que definen a una actividadaltamente riesgosa, por el manejo de sustancias tóxicas. En el segundo listado de Actividades Altamente Riesgosas publicado el 4 de mayo de 1992, se establece la cantidad de reporte que define a una actividad altamente riesgosa, por el manejo de sustancias inflamables y explosivas. Ambos listados actualmente se encuentran vigentes. Estos dos listados tienen el fin de requerir un plan de acciones por parte de los responsables de las instalaciones, en coordinación con el Comité Local de Ayuda Mutua diseñado para atender posibles contingencias generadas por el manejo, procesamiento, almacenamiento y transporte de este tipo de sustancias peligrosas, anticipándose a los posibles impactos a la salud de los trabajadores, la población en general y al ambiente que estos puedan ocasionar. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 16 CAPÍTULO I. Evaluación de Impacto Ambiental 1.1 Definición y casos en los que se debe presentar la Evaluación de Impacto Ambiental En la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en el Capítulo V, artículos 145° al 149°, para las Actividades Altamente Riesgosas (AAR), se establece la determinación de zonas de salvaguarda con impacto en el uso de suelo en el entorno al establecimiento de las industrias. Para el caso de obras o actividades industriales nuevas que se quieran llevar a cabo en el país se debe contar con la aprobación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) a través de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), mediante el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. La SEMARNAT, define la Evaluación de Impacto Ambiental como “…un instrumento de la política ambiental, cuyo objetivo es prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente así como la regulación de obras o actividades para evitar o reducir sus efectos negativos en el ambiente y en la salud humana”. En el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, existen tres opciones en las que se puede presentar la evaluación de impacto ambiental, estas tres opciones son: Informe preventivo, Manifestación de impacto ambiental modalidad particular Manifestación de impacto ambiental modalidad regional Según sea el caso cada una de ellas debe presentarse a la SEMARNAT como a continuación se menciona: a. Informe Preventivo. Para el caso en el que normas oficiales mexicanas u otras disposiciones regulen en general todos los impactos ambientales que puedan producir dichas actividades, las actividades u obras estén previstas por un plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico o se trate de instalaciones en parques industriales autorizados. b. Manifestación de impacto ambiental modalidad particular o regional. Para el caso en el que se quiera realizar alguna obra o actividad que pueda causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites o condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar u restaurar los ecosistemas de acuerdo al artículo 28° de la LGEEPA. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 17 En el caso de que las obras o actividades sean consideradas como Actividades Altamente Riesgosas (AAR) en los términos de la Ley, será necesario anexar a la manifestación de impacto ambiental el estudio de riesgo tal y como se describe en el artículo 17° del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental. 1.2 Guías para la presentación y elaboración del Estudio de Riesgo de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) y la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Altamente Riesgosas (DGGIMAR) Para llevar a cabo el cumplimiento de la Evaluación del Impacto Ambiental la SEMARNAT emitió la “Guía para la presentación del Estudio de Riesgo Modalidad Análisis de Riesgos” y la “Guía para la presentación del Estudio de Riesgo Modalidad Ductos terrestres” a través de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) para proyectos nuevos, que requieren autorización en materia de impacto y riesgo ambiental, ya sea en su modalidad particular o regional, donde se involucre el manejo de sustancias o desarrollo de actividades consideradas como altamente riesgosas. En estas guías, se señala que “el objetivo fundamental de la Evaluación del Riesgo Ambiental es definir y proponer la adopción de un conjunto de acciones que permitan prevenir, mitigar, y/o restaurar los riesgos que se puedan presentar a la sociedad y el medio ambiente”. Dichas guías se basan en la información a la que hace referencia el Artículo 18° del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de evaluación del Impacto Ambiental emitida en el año 2000. En dicho artículo se menciona que el estudio de riesgo que se debe incorporar a la “Manifestación del Impacto Ambiental (MIA), Modalidad Particular o Regional” cuando se trate de Actividades Altamente Riesgosas (AAR), deberá presentar de acuerdo a las guías emitidas por la DGIRA (Guía para la presentación del Estudio de Riesgo Modalidad Análisis de Riesgos y Guía para la presentación del Estudio de Riesgo Modalidad Ductos terrestres), los estudios de riesgo correspondientes que incluyan: I. Los escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de riesgos ambientales relacionados con el proyecto II. La descripción de las zonas de salvaguarda en torno a la instalación III. Las recomendaciones para prevenir y/o mitigar los riesgos identificados en los procesos Para la determinación de las recomendaciones se deben considerar, en base a modelos matemáticos de simulación, los radios potenciales de afectación de los escenarios de riesgo que fueron identificados previamente en el análisis de riesgos. Para ello, los límites de Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 18 exposición por toxicidad utilizados en estas guías son el IDLH para la zona de alto riesgo y el TLV15 para la zona de amortiguamiento. Por su parte la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Altamente Riesgosas (DGGIMAR) cuenta con la “Guía para la elaboración del estudio de Riesgo (instalaciones en operación)”, en dicha guía en el Capítulo VI. Análisis y Evaluación de Riesgos se indica que para definir y justificar las zonas de seguridad al entorno de la instalación, deberá utilizar los parámetros IDLH para la zona de alto riesgo y el TLV8 o TLV15 para la zona de amortiguamiento. 1.3 Límites de exposición por toxicidad definidos por la SEMARNAT, para definir las zonas de salvaguarda Los límites de exposición por toxicidad utilizados por la SEMARNAT, para determinar las zonas de salvaguarda para escenarios de riesgo por fugas o derrames de sustancias peligrosas por su toxicidad, definidas como de alto riesgo y amortiguamiento son: El IDLH para establecer la zona de alto riesgo y el TLV8 o el TLV15 para establecer la zona de amortiguamiento, los cuales se muestran en la siguiente Tabla 5. Secretaría Dirección Nombre de la guía Criterios Parámetros de Toxicidad SEMARNAT DGIRA (Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental) “Guía para la presentación del Estudio de Riesgo Modalidad Análisis de Riesgos” Zona de alto riesgo: IDLH Zona de amortiguamiento: TLV8 “Guía para la presentación del estudio de riesgo ambiental Modalidad Ductos Terrestres” DGGIMAR (Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) “Guía para la elaboración del estudio de Riesgo Ambiental (Instalaciones en operación)” Zona de altoriesgo: IDLH Zona de amortiguamiento: TLV8 o TLV15 Tabla 5. Guías emitidas por la SEMARNAT donde se definen el IDLH y los TLV como criterios para definir las zonas de salvaguarda. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 19 Los límites de exposición por toxicidad que se utilizan para las zonas de salvaguarda en el entorno al proyecto o instalación en operación son: Para Zonas de Alto Riesgo se utiliza el IDLH Para Zonas de Amortiguamiento la DGIRA utiliza TLV15 y la DGGIMAR utiliza el TLV8 o el TLV15 Cabe mencionar que el concepto de IDLH fue definido por el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (National Institute for Occupational Safety and Health, NIOSH), con el fin de definir concentraciones de sustancias tóxicas que garanticen que un trabajador pueda escapar en un evento donde falle su equipo de protección respiratorio y que además proporcione el nivel máximo donde por encima de éste, sólo con un equipo de respiración autónomo confiable se tenga la máxima protección del trabajador. Los TLV, fueron definidos por la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (American Conference of Governmental Industrial Hygienists, ACGIH), con el fin de establecer concentraciones de sustancias tóxicas a las cuales se estima que un trabajador que sea expuesto en su centro de trabajo día a día a este tipo de sustancias en el medio ambiente laboral, no sufrirá efectos adversos a su salud. Por su parte la Agencia de Protección Ambiental (EPA), que se encarga entre otras cosas de desarrollar y hacer cumplir las normas y reglamentos que se implantan en cuestión de leyes ambientales establecidas por el Congreso de los Estados Unidos de América; desarrolló en abril de 1999 la “Guía del Programa de Administración de Riesgos para el Análisis de Consecuencias Externo” (Risk Management Program Guidance for Offsite Consequence Analysis, RMP) la cual sirve para presentar el análisis de riesgos específicamente para el impacto en el entorno de una instalación, mencionando a detalle el tipo de estudio que se debe realizar, los criterios y las consideraciones que se tienen que tomar en cuenta específicamente para estos casos. En el “apéndice D”, de esta guía, el límite de exposición por toxicidad que se utiliza para calcular la zona de afectación por fugas y derrames de sustancias tóxicas es diferente a los que presenta la SEMARNAT, ya que en esta guía se toma al ERPG-2 (Emergency Response Planning Guideline), definido por la Asociación Americana de Higiene Industrial (AIHA). Definición de los Límites de Toxicidad emitidos por la NIOSH, ACGIH y la AIHA. IDLH: Immediately Dangerous to Life and Health “Inmediatamente peligroso para la vida y la salud”. Concentración máxima de una sustancia peligrosa por toxicidad, expresada en partes por millón (ppm) o en mg/m3, a la cual, en caso de falla o inexistencia de equipo respiratorio, el trabajador podría escapar del ambiente contaminado en un plazo de 30 minutos sin experimentar síntomas graves ni efectos Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 20 irreversibles para la salud. La organización que lo emite es el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (NIOSH). TLV8: Threshold Limit Value “Valor Umbral Limite”. Concentración media ponderada en el tiempo, para una jornada normal de trabajo de 8 horas al día y una semana laboral de 40 horas, a la que pueden estar expuestos casi todos los trabajadores repetidamente día tras día, sin que se evidencien efectos adversos. La organización que la emite es la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (ACGIH). TLV15: Concentración máxima a la que la mayoría de los trabajadores pueden exponerse por un periodo continúo de máximo 15 minutos, 4 veces al día, con un intervalo de tiempo de no exposición de al menos una hora entre periodo y periodo, sin que se evidencien efectos adversos. La organización que la emite es la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (ACGIH). ERPG: Emergency Response and Planning Guidelines “Guías de Planeación de Respuesta a Emergencias”. Pretenden estimar los rangos de concentración en los que se puede prever razonablemente efectos adversos observables como consecuencia de la exposición de una sustancia específica y los cuales incluyen tres niveles de severidad ERPG-1, ERPG-2 y ERPG-3, su organización de origen es la Asociación Americana de Higiene Industrial (AIHA). Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 21 CAPÍTULO II. Límites de exposición por toxicidad 2.1 Definición de exposición crónica y exposición aguda Como se señala en el reporte generado por la EPA, “Graphical Arrays of Chemical-Specific Health Effect Reference Values for Inhalation”, cuyo autor es el Dr. George M. Woodall, los límites de exposición por toxicidad son desarrollados por diversas organizaciones (Federales, Estatales y Profesionales), y son derivados de información extraída de la literatura epidemiológica y toxicológica. Cada límite de exposición por toxicidad está definido para diferentes tiempos de exposición a la sustancia tóxica. Sobre esto, la SEMARNAT define el siguiente tipo de exposiciones, considerando además del tiempo de exposición, a los posibles efectos asociados. Exposición crónica/efecto. Exposición continua o repetida (generalmente en bajas concentraciones durante largos periodos o persistencia de los efectos a largo plazo, el (los) efecto(s) pueden no ser claro(s) durante un plazo largo después de la exposición inicial. Exposiciones y efectos subagudos y subcrónicos, son intermedios entre agudos y crónicos (por lo general de unas cuantas semanas a varios meses). Exposición aguda/efecto. Exposición única a una sustancia (por lo general en alta concentración y con duración no superior a un día) que da por resultado daños biológicos severos, por lo común evidentes a corto plazo. De manera similar la EPA en el documento de “Graphical Arrays of Chemical-Specific Health Effect Reference Values for Inhalation Exposures”, hace una clasificación solo por el tiempo de exposición a sustancias peligrosas por su toxicidad de la manera siguiente: Exposición Aguda/duración. (Acute exposure/duration) Exposición por vía oral, dérmica o respiratoria por un periodo no mayor a 24 horas Exposición a corto plazo/duración. (Short-term exposure/duration) Exposición repetitiva por vía oral, dérmica o respiratoria por más de 24 horas, más de 30 días Exposición subcrónica/duración. (Subchronic exposure/duration) Exposición repetitiva por vía oral, dérmica o respiratoria por más de 30 días, con un periodo aproximado del 10% de la vida promedio de los seres humanos Exposición crónica/duración. (Subchronic exposure/duration): Exposición repetitiva vía oral, dérmica o respiratoria por un periodo aproximado de más del 10% de la vida promedio en humanos. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 22 2.2 Clasificación de los límites de exposición por toxicidad y definición general de cada límite de exposición Además de la clasificación de los límites de exposición por toxicidad de acuerdo al tiempo de exposición, los límites se clasifican dependiendo del tipo de población (trabajadores o población en general) que pretenden proteger. De acuerdo a lo anterior, los límites de exposición por toxicidad se clasifican en tres categorías básicas de acuerdo a la población a la que están dirigidos y al tiempo de exposición a la sustancia peligrosa como se menciona en el documento “GraphicalArrays of Chemical-Specific Health Effect Reference Values for Inhalation Exposures”. A continuación en la Figura 1, se muestra dicha clasificación. Figura 1. Clasificación de los límites de exposición por toxicidad de acuerdo al documento publicado por la EPA, “Graphical Arrays of Chemical-Specific Health Effect Reference Values for Inhalation Exposures” en 2009, basado en la tabla del Dr. George M. Woodall, 2005. Como se muestra en la Figura 1, existen diversos tipos de límites de exposición por toxicidad cada uno con una distinta aplicación: a. Los Ocupacionales (por presencia de contaminantes en el medio ambiente laboral por exposición aguda o crónica) b. Los de Respuesta a Emergencias por una exposición aguda (accidente) c. Para el público en general (por exposición crónica de la población, a contaminantes emitidos de forma rutinaria por la instalación) Tipos de Límites de Exposición Respuesta a Emergencias (Por exposición aguda) Ocupacionales (Por exposición aguda y crónica) Población en General (Por exposición crónica) Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 23 Cada límite de exposición por toxicidad tiene el propósito de proteger a una población específica, considerando la posibilidad de ocurrencia de distintos escenarios que pueden ser por una exposición aguda, por una exposición que es repetitiva o por una exposición continua. En la siguiente Tabla 6, se muestran los límites de exposición por toxicidad con sus distintas clasificaciones, así como la duración de exposición que se considera para cada uno de ellos de acuerdo al contexto regulatorio publicado por el Dr. George M. Woodall en octubre del 2005. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 24 Tabla 6. Límites de exposición por toxicidad para salud ocupacional, respuesta a emergencias y para la población en general en base al artículo publicado por el Dr. George Woodall, 2005 y al documento Graphical Arrays of Chemical-Specific Health Effect Reference Values for Inhalation Exposures Límite de exposición por toxicidad Organización que los emite Base legal Tipo de Valor Tiempo ponderado promedio (Si/No) Duración de la Exposición Límite de Exposición Permisible (Permissible Exposure Limit, PEL) Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (Occupational Safety and Health Administration, OSHA) Federal Ocupacional Si 8 horas Pico4 Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (Occupational Safety and Health Administration, OSHA) Federal Ocupacional No Ninguno Límite de Exposición Recomendable (Recommended Exposure Limit, REL-TWA) Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (National Institute for Occupational Safety and Health, NIOSH) Guía Ocupacional Si 8 horas Límite de Exposición recomendable a corto plazo (Short Term Exposure Limit, STEL) Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (National Institute for Occupational Safety and Health, NIOSH) Guía Ocupacional Si 15 minutos Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 25 Límite de exposición por toxicidad Organización que los emite Base legal Tipo de Valor Tiempo ponderado promedio (Si/No) Duración de la Exposición Inmediatamente Peligroso para la Vida y la Salud (Immediately Dangerous to Life and Health, IDLH) Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (National Institute for Occupational Safety and Health, NIOSH) Guía Ocupacional Si 30 minutos Valor Umbral Límite (Threshold Limit Value, TLV) Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (American Conference of Governmental Industrial Hygienists, ACGIH) Guía Ocupacional Si 8 horas Valor Umbral Límite a límites de exposición a corto plazo (Short Term Exposure Limit, TLV-STEL) Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (American Conference of Governmental Industrial Hygienists, ACGIH) Guías Ocupacional Si 15 minutos Guía de nivel de Exposición Aguda (Acute Exposure Guideline Level, AEGL) Comité para las guías de los niveles por exposición aguda para sustancias peligrosas (NAC/AEGL), Consejo Nacional de Investigación de los niveles por exposición aguda para sustancias peligrosas (NRC/AEGL) Guía Respuesta a Emergencias - 10 y 30 minutos, 1, 4 y 8 horas Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 26 Límite de exposición por toxicidad Organización que los emite Base legal Tipo de Valor Tiempo ponderado promedio (Si/No) Duración de la Exposición Guías de Planeación de Respuesta a Emergencias (Emergency Response Planning Guideline, ERPG) Asociación Americana de Higiene Industrial (American Industrial Hygiene Association, AIHA) Guía Respuesta a Emergencias - 1 hora Nivel de Exposición de Emergencia Temporal (Temporary Emergency Exposure Level, TEEL) Departamento de Energía de E.U (Department of Energy, DOE) Subcomité de Evaluación de Consecuencias y Acciones de Protección (Subcommittee on Consequence Assesment and Protective Actions, SCAPA) Guía Respuesta a Emergencias - 1-hora Libro guía de Respuesta a Emergencias (Emergency Response Guidebook, ERG) Departamento de Transporte de Estados Unidos (US DOT)/ Transportes de Canadá/ Secretaría de Comercio y Transporte de México (SCT) Guía Respuesta a Emergencias - Aplicación especializad a Libro guía de Respuesta a Emergencias (Minimal Risk Level, MRL) Agencia para Sustancias Tóxicas y Registro de enfermedades (Agency for Toxic Substances and Disease Registry, ATSDR) Guía Salud Pública - 1-14 días, 15-364 días, >365 días Exposición crónica Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 27 Límite de exposición por toxicidad Organización que los emite Base legal Tipo de Valor Tiempo ponderado promedio (Si/No) Duración de la Exposición Nivel de Exposición de Referencia (Reference Exposure Level, CA-REL) Agencia de Protección Ambiental de California, Oficina de Evaluación de peligros al medio ambiente (Cal-EPA OEHHA) Guía Salud Pública - 1 hora 8 horas >365 días Exposición crónica Concentración de Referencia Aguda (Acute Reference Concentration,RfC) Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (Environmental Protection Agency, US EPA) Directriz Public Health - 1-, 4-, 8-, y 24-horas 1 A continuación y de acuerdo a la Tabla 6 se indican de manera general cada uno de estos límites de exposición por toxicidad, así como las características de cada uno de ellos y los criterios que fueron utilizados para su desarrollo, con el fin de mostrar para qué casos y en que situaciones deben ser utilizados. 1 El parámetro ocupacional “Pico” es emitido por varias organizaciones, la Conferencia Americana de Higienistas Inudustriales Gubernamentales (ACGIH), la Institución Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (NIOSH), Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) entre otras. Para esta tabla se ocupó el valor dado por la OSHA por ser de ámbito Federal en los Estados Unidos de América. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 28 2.3 Límites de exposición por toxicidad ocupacionales Los límites máximos permisibles de aplicación ocupacional se han diseñado para proteger a los trabajadores de exposiciones a contaminantes en el medio ambiente laboral, sobre el transcursode una jornada normal de trabajo diaria y semanal (8 horas al día, 40 horas a la semana, por varios años). Como consecuencia de las diversas condiciones a las que puede estar expuesto un trabajador a un contaminante durante su jornada laboral, en el documento “Graphical Arrays of Chemical-Specific Health Effect Reference Values for Inhalation Exposures” se definen tres límites de exposición ocupacional, los cuales son: I. Exposición de tiempo promedio (Time weighed average, TWA). Exposición promedio entre 8 a 10 horas durante un día normal de trabajo II. Pico (Ceiling). Concentración que no debe ser excedida bajo ninguna circunstancia durante las 8 horas de jornada laboral III. Límites de Exposición en un periodo corto de tiempo (Short term exposure limits, STEL). Límites de exposición de un periodo máximo 15 minutos. En la Norma oficial Mexicana NOM-010-STPS-1999, “Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral” se definen los límites permisibles de exposición (LMPE) como la concentración de un contaminante del medio laboral, que no debe superarse durante la exposición de los trabajadores en una jornada de trabajo en cualquiera de sus tres tipos. El límite máximo permisible de exposición se expresa en mg/m3 o ppm, bajo condiciones normales de temperatura y presión. Los tres tipos de límites son: A. Límite máximo permisible de exposición promedio ponderado en el tiempo (LMPE- PPT): es la concentración promedio ponderada en tiempo de un contaminante del medio ambiente laboral para una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de cuarenta horas, a la cual se pueden exponer la mayoría de los trabajadores sin sufrir daños a su salud B. Límite máximo permisible de exposición pico (P): Es la concentración de un contaminante del medio ambiente laboral, que no debe rebasarse en ningún momento durante la exposición del trabajador Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 29 C. Límite máximo de exposición de corto tiempo (LMPE-CT): Es la concentración máxima del contaminante del medio ambiente laboral, a la cual los trabajadores pueden estar expuestos de manera continua durante un periodo máximo de quince minutos, con intervalos de al menos una hora de no exposición entre cada periodo de exposición y un máximo de cuatro exposiciones en una jornada de trabajo y que no sobrepase el LMPE-PPT Los límites de exposición por toxicidad ocupacionales definidos en el artículo publicado por el Dr. George Woodall, 2005 se muestran en la Figura 2. Figura 2. Límites de exposición por toxicidad de tipo ocupacional por exposición crónica y aguda de acuerdo a la organización que los emite publicados en el artículo del Dr. George Woodall en 2005. Estos límites máximos permisibles se han derivado de la suposición de que los trabajadores se encuentran en buenas condiciones de salud, considerando además que su edad fluctúa entre los 18 y 65 años de edad. Los límites máximos permisibles por toxicidad ocupacionales, no fueron diseñados para ser aplicados en una comunidad o para una población en general donde los posibles receptores pueden ser hombres y mujeres de todas las edades, niños y ancianos. Lí m ite s de e xp os ic ió n oc up ac io na le s p or e xp os ic ió n cr ón ic a PEL CEILING OSHA REL IDLH NIOSH STEL TLV ACGIH TLV-STEL Límite de exposición Organización que lo emite Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 30 Es importante mencionar que no todos los trabajadores puedes ser protegidos de la misma manera, ante los efectos de salud adversos que se puedan presentar durante su jornada de trabajo, aún si se mantuvieran a exposiciones crónicas por debajo de estos límites de exposición ocupacionales; debido a que cada persona es susceptible a las exposiciones y a las sustancias de manera distinta. A continuación se menciona de manera breve en qué consisten cada uno de ellos. PEL, Límite de Exposición Permisible (Permissible Exposure Limit). Emitidos por la Administración de Seguridad e Higiene Ocupacional (OSHA), estos límites son estándares de exigencia legal que tienen como propósito proteger a los trabajadores de efectos adversos a su salud debido a exposiciones en el ambiente laboral por sustancias químicas tóxicas. Los PEL se basan en un tiempo promedio ponderado de 8 horas al día o 40 horas a la semana, de exposición a una sustancia peligrosa por su toxicidad por un trabajador en una jornada normal de trabajo. Pico, (Ceiling). Este límite de concentración es emitido al igual que los PEL, por la Administración de Seguridad e Higiene Ocupacional (OSHA), sus límites son estándares de exigencia legal los cuales se definen como los límites de concentración que no pueden ser excedidos bajo ninguna circunstancia durante la jornada laboral. REL, Límite de Exposición Recomendable (Recommended Exposure Limit). Los Límites de Exposición Recomendables emitidos por el Institución Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (NIOSH), son utilizados como guías y no como límites regulatorios; se expresan como la concentración de exposición límite en un tiempo ponderado promedio para una exposición mayor a 10 horas al día durante una jornada laboral de 40 horas a la semana. Los REL también pueden ser expresados como límites de exposición a corto plazo que no deben ser excedidos y que son determinados para un periodo de 15 minutos de exposición y como límites pico que bajo ninguna circunstancia deben ser excedidos. Los REL se basan en evaluaciones de riesgo obtenidas de datos sobre efectos en la salud de personas o animales, y en evaluaciones sobre cuáles son los niveles factibles que pueden obtener mediante controles de ingeniería y medir con técnicas analíticas. El objetivo de estos valores de referencia no solo es determinar una exposición que no cause efectos adversos a la salud del trabajador, sino que también determinen los niveles de exposición en los cuales puede haber riesgos residuales, incluidos los carcinógenos. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 31 IDLH, Inmediatamente Peligroso para la Vida o la Salud (Immediately Dangerous to Life and Health). Este límite de exposición ocupacional publicado por el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (NIOSH), se diseñó para situaciones “que suponga una amenaza por la exposición de contaminantes en el ambiente cuando la exposición es probablemente causa de muerte o de inmediatos o retardados efectos adversos permanentes en la salud, o para prevenir el escape en este ambiente” esta definición se publicó en Ley para la Seguridad y Salud Ocupacional en 1970 en la 30 CFR 11.3. El propósito de establecer este límite de exposición por toxicidad es para “asegurar que el trabajador pueda escapar de un medio ambiente contaminado en una situación donde falle su equipo de protección respiratorio”. Las concentraciones IDLH se basaron en los efectos que pueden ocurrir como consecuencia de una exposición de hasta 30 minutos. Sin embargo el periodo de 30 minutos no implica que el trabajador pueda estar en el ambiente de trabajo más tiempo del necesario con una falla en su equipo de protección respiratorio. El propósito de establecer valores IDLH en el Programa de Elaboración de Normas, fue determinar la concentración del material aerotransportado de la cual un trabajador expuesto podría escapar sin sufrir lesiones o daños irreversibles en la salud, por la exposición a un nivel de IDLH en caso de fallar el equipo de protección respiratorio. El valor IDLHfue establecido como la concentración máxima por encima de la cual solo de debe permitir el uso de un aparato de protección respiratoria altamente confiable que proporcione la máxima protección al trabajador. Para determinar los valores IDLH, NIOSH consideró la capacidad del trabajador para escapar sin perder la vida o sufrir daños irreversibles en la salud acompañada de ciertos efectos temporales, como irritación intensa en los ojos o en las vías respiratorias, desorientación y descoordinación, misma que podrían evitar que escape de la exposición. Como margen de seguridad, los valores de IDLH se basan en los efectos que pueden ocurrir como consecuencia de una exposición de 30 minutos. Sin embargo, el periodo de 30 minutos no se fijó para que los trabajadores permanezcan en el entorno ocupacional más tiempo del necesario ya que de hecho se deben realizar todos los esfuerzos necesarios posibles para evacuar de forma inmediata. En la Guía Técnica de Planeación de Emergencias para Sustancias Extremadamente Peligrosas (Technical Guidance for Hazards Analysis, Emergency Planning for Extremely Hazardous Substances) publicada por la EPA en 1987, se menciona que la EPA reconoce que el IDLH no se diseñó para medir los niveles de exposición para proteger a la población en general, debido a que en primer lugar el IDLH se basa en la respuesta de exposición de una población saludable de hombres entre 18 y 65 años de edad que trabajan; por lo que los IDLH no consideran la exposición de población que involucren individuos sensibles como personas mayores, niños o personas con problemas de salud. En segundo lugar, el IDLH considera un tiempo máximo de exposición de 30 minutos el cual no es realista con el Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 32 tiempo en el cual ocurre una liberación y dispersión accidental en el aire de una sustancia química peligrosa. STEL, Límite de Exposición a corto plazo (Shot Term Exposure Limit). Los STEL son límites emitidos por la NIOSH los cuales son determinados para una exposición con tiempo ponderado promedio de 15 minutos que no deben excederse en ningún momento durante la jornada laboral, son usados como guías y no como límites regulatorios. TLV, Valor Umbral Limite (Threshold Limit Value). De acuerdo a la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (ACGIH), los TLV se desarrollaron como guías para asistir en el control de peligros a la salud. Fueron hechas para ser usadas en la práctica de la higiene industrial y para ser aplicadas e interpretadas solo por personas capacitadas en esta disciplina. Se reconoce que bajo ciertas circunstancias, se pueden usar estas guías como suplemento a la seguridad ocupacional y al programa de salud ya que la ACGIH no se opone a su uso de esta manera. Sin embargo deben reconocerse las restricciones y limitaciones que estos parámetros tienen. Los TLV se refieren a concentraciones en el aire de sustancias y representan las condiciones en las cuales se cree que casi todos los trabajadores pueden estar expuestos repetidamente día tras día sin efecto adverso a su salud. Estos valores son revisados y actualizados anualmente por el Comité de la ACGIH. Hay dos clases de TLV que la ACGIH emite: TLV8 o TLV-TWA: Según las normas americanas, corresponde a la concentración máxima que puede haber en el ambiente de un determinado elemento, sin que provoque daños a la salud por una exposición durante 8 horas diarias en jornadas de 40 horas semanales. TLV15 o TLV-STEL: Es el límite de concentración que permite trabajos de 15 minutos un máximo de 4 veces al día, con descansos de al menos 60 minutos entre ellos. Existen algunas sustancias para las cuales aún no se han determinado el TLV15 por parte de la ACGIH, solo en estos casos, se recomienda aplicar 3 veces el TLV8 para trabajos de 30 minutos diarios. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 33 2.4 Límites de exposición por toxicidad de Respuesta a Emergencias En los límites de exposición de Respuesta a Emergencias, se asume que su uso es para exposiciones agudas que no se dan comúnmente como en el caso de un accidente; esta es la clave para diferenciarlos de los otros dos tipos de límites de exposición por toxicidad (ocupacionales y para la población en general). Los límites de exposición de Respuesta a Emergencias están diseñados para ser usados en situaciones que impliquen un peligro para la población en general durante un tiempo de exposición a la sustancia peligrosa que no sobrepase las 8 horas y donde se experimenten concentraciones altas, con el potencial de generar serias consecuencias a la salud de la población. Los límites de exposición de respuesta a emergencias están dirigidos a la población en general, pero no para una población considerada como hipersensible2. Otra diferencia entre los límites de exposición por toxicidad de respuesta a emergencias y los límites de exposición por toxicidad ocupacionales es que para los límites de exposición de respuesta a emergencias, si la concentración de la sustancia peligrosa es igual o superior a la concentración límite de estos parámetros, se tendrá como consecuencia efectos negativos en la salud e incluso la posibilidad de fatalidades entre la población expuesta, en el caso de los límites de exposición ocupacionales la concentración de cada parámetro indica una concentración de exposición segura. Por lo que los límites de exposición de respuesta a emergencias no son adecuados para proteger a exposiciones por tiempos prolongados o en situación donde se tenga una exposición crónica o cotidiana donde se pudiera incrementar la concentración de la sustancia peligrosa, por tiempos cortos o de manera rutinaria. 2 Población Hipersensible: Individuos que desarrollan complicaciones con mayor frecuencia después de una exposición debido a factores intrínsecos que los hacen susceptibles, como son personas con atopias (asmáticos, personas con dermatitis, personas con rinitis alérgica, etc.) Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 34 Los límites de exposición por toxicidad de respuesta a emergencias definidos en el artículo publicado por el del Dr. George Woodall, 2005 se muestran en la Figura 3. Figura 3. Límites de exposición por toxicidad de Respuesta a Emergencias de acuerdo a la organización que los emite publicados en el artículo del Dr. George Woodall en 2005. A continuación se menciona de manera breve en qué consisten cada uno de ellos. AEGL, Nivel de Referencia de Exposición Aguda (Acute Exposure Guideline Level). Los AEGL fueron desarrollados por el Comité para los niveles guía de exposición aguda para sustancias peligrosas del Consejo Federal de la EPA (NAC/AEGL) de Estados Unidos y revisado y publicado por el Consejo de Investigación Nacional para los niveles guía de exposición aguda para sustancias peligrosas de Estados Unidos (NRC/AEGL). Estos límites de exposición representan los valores umbrales límites de exposición para la población en general para el caso de una emergencia, donde exista una exposición a una sustancia peligrosa por toxicidad desde 10 min hasta 8 horas. Los AEGL están diseñados para ser una guía que permitan valorar las consecuencias que se pueden ir presentando en la población a lo largo de una emergencia por sustancias peligrosas debido a su toxicidad. Hay tres tipos de AEGL, el AEGL-1, el AEGL-2 y el AEGL-3, donde según sea la concentración a la que esté expuesta la población es la consecuencia; cada tipo de AEGL tiene un valor de acuerdo al tiempo de exposición ya sea de 10 min, 30 min, 1,4 y 8 horas, por lo que una sustancia puede llegar a tener hasta 15 valores de AEGL. Lí m ite s de e xp os ic ió n po r to xi ci da d de R es pu es ta a Em er ge nc ia s po r e xp os ic ió n ag ud a AEGL NAC/AEGL; NRC/AEGL ERPG AIHA TEEL DOE ERG DOT's Límite de exposición por toxicidad Organización que lo emite Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 35 Los AEGL no son valores regulatorios y el comité de los AEGL, no proporciona una guía específica para su implementación o uso; sin embargo, estos parámetros pueden ser de utilidad para la toma de decisiones, para casos de una emergencia y la evacuación del lugar. ERPG, Guías de Respuesta a Emergencias (Emergency Response and Planning Guidelines). Emitidos por la Asociación Americana de Higiene Industrial (AIHA), la EPA utiliza los ERPG (ERPG-3, ERPG-2 y ERPG-1), para la planeación de emergencias y las operaciones de respuesta, los cuales se basan en una duración de exposición de una hora, considerando la protección de la población en general, exceptuando a la población hipersensible. Como se menciona en el “Manual de las Guías de Respuesta a Emergencias (ERPG) y los Niveles de Exposición del Ambiente Laboral (WEELS)”, publicado por la AIHA en 2008, los ERPG fueron desarrollados para conocer las necesidades de la comunidad por exposición particularmente a sustancias que tienen un gran potencial de que ocurra una liberación descontrolada de las mismas y que puedan ocasionar daños a la comunidad debido a su volatilidad y toxicidad. Se intenta que los ERPG sean usados como herramientas de planeación para evaluar la adecuada prevención de accidentes y las medidas de mitigación que deben emprenderse como consecuencia de la liberación de una sustancia química tóxica, para el plan de emergencia por transporte y para el fácil desarrollo del plan de respuesta a emergencias del lugar y la comunidad. En la actualidad cuando ocurre algún accidente que involucra la liberación de una sustancia química tóxica, no se tiene el tiempo suficiente para mitigar la concentración aerotransportada, por lo que se tiene que tomar acciones en función de las medidas planteadas en el plan de respuesta a emergencia para proteger a la comunidad. Los ERPG pueden ser usados con modelos de dispersión que proveen modelos estimados computarizados del esparcimiento potencial y de la concentración aerotransportada, en caso de una fuga o derrame de alguna sustancia química peligrosa por su toxicidad. A continuación se definen por nivel los ERPG. ERPG-1: Concentración máxima en el aire por debajo de la cual se estima que casi todos los individuos expuestos hasta una hora no experimentarán efectos ligeros o transitorios sobre su salud ni percibirían olores desagradables. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 36 ERPG-2: Concentración máxima en el aire por debajo de la cual se estima que casi todos los individuos expuestos hasta una hora no experimentarán ni desarrollarán efectos irreversibles en la salud ni otros síntomas ni efectos graves sobre la misma, que les impida adoptar medidas de autoprotección. ERPG-3: Concentración máxima en el aire por debajo de la cual se estima que casi todos los individuos expuestos hasta por una hora, no experimentarán ni desarrollarán efectos que pudieran poner en peligro su vida. TEEL, Tiempo Límite de Exposición a Emergencias (Temporacy Emergency Exposure Limits). Los TEEL fueron publicados para cerca de 1,200 sustancias químicas por el Departamento de Energía de los Estados Unidos de Norteamérica (DOE) en 2008, adoptando como valores primero a los AEGL y después a los ERPG para la publicación de sus valores. Solo en caso de que no estén disponibles lo valores de los AEGL ni los ERPG los valores de los TEEL son obtenidos por otros métodos los cuales correlacionan la información de toxicidad de la sustancia (LD50, LC10, etc.) con los parámetros existentes como el IDLH, TLV, etc. Así como los ERPG los TEEL consideran un periodo de exposición de 1 hora. Existen cuatro tipos de TEEL, el TEEL-0, el TEEL-1, el TEEL-2 y el TEEL-3. ERG, Libro guía de Respuesta a Emergencias (Emergency Response Guidebook). Publicado por el Departamento de Transportación de los Estados Unidos de Norteamérica (DOT), el Departamento de Transporte de Canadá y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) de México, esta guía es utilizada en la fase inicial de una Respuesta a Emergencia durante los primeros 30 minutos de haber ocurrido el accidente por transporte. Esta guía contiene información para identificar el tipo de sustancia que lleva un determinado transporte, de acuerdo a la placa de identificación que debe llevar según la sustancia química que esté transportando, así como información para saber qué medidas tomar para asegurar la salud del transportista y la de la población, que se encuentren cercanos al vehículo que ha sufrido el accidente. Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 37 2.5 Límites de exposición por toxicidad para la Población en General por exposición crónica Los límites de exposición para la población en general, a diferencia de los límites de exposición de Respuesta a Emergencias, sobre estiman el riesgo potencial ante la exposición de una sustancia química. Los límites de exposición para la población en general tienen la finalidad de proteger por exposiciones crónicas a una población formada por hombres y mujeres de todas las edades, niños y ancianos, es decir una población que involucre personas de ambos sexos y de todas las edades. Los límites de exposición por toxicidad para la población en general definidos en el artículo publicado por el Dr. George Woodall, 2005 se muestran en la Figura 4. Figura 4. Límites de exposición por toxicidad para la población en general debido a una exposición de tipo crónica de acuerdo a la organización que los emite publicados en el artículo del Dr. George Woodall en 2005. MRL, Nivel de Riesgo Mínimo (Minimal Risk Level). Los MRL son emitidos por la Agencia para sustancias tóxicas y el registro de enfermedades (Agency for Toxic Substance and Disease Registry, ATSDR) de los Estados Unidos de América. Estos límites de exposición por toxicidad se definen como la exposición estimada diaria de una sustancia química en una población bajo la cual no se presentarán riesgos apreciables de efectos adversos a la salud de tipo cancerígenos. Los MRL se han Lí m ite s de e xp os ic ió n po r t ox ic id ad pa ra la p ob al ci ón e n ge ne ra l MRL ATSDR REL Cal-EPA/OEHHA EPA US EPA Límite de exposición por toxicidad Organización que lo emite Print to PDF without this message by purchasing novaPDF (http://www.novapdf.com/) http://www.novapdf.com/ http://www.novapdf.com/ 38 desarrollado para tres tipos diferentes de intervalos para exposiciones crónicas, los cuales son: De 1-14 días de exposición, de 15 días hasta un año y para exposiciones mayores a un año. CA-REL, Nivel de Exposición de Referencia (Reference Exposure Level). Estos límites de exposición por toxicidad son emitidos por la Agencia de Protección Ambiental de California (Cal-EPA) y se definen como “El nivel de concentración por debajo del cual se estima que no se tendrán efectos adversos a la salud, anticipándose a una exposición específica de larga duración”. Estos límites de exposición se basan en los datos más relevantes de efectos adversos en la salud reportados en la literatura médica y toxicológica. Los REL tienen el propósito de proteger a las personas más sensibles en la población mediante la inclusión de un margen de seguridad para
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