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1 
 
 
Universidad Nacional Autónoma de México 
Facultad de Estudios Superiores Cuautitlán 
 
 
Trabajo de Tesis 
 
 
Asesoría fiscal y contable a personas morales en un 
despacho contable. 
 
 
 
Que para obtener el título de: 
 
Licenciado en Contaduría 
 
 
 
Presenta: 
Gerardo Alvarez Rioja 
 
 
 
Asesor: 
L.C. Francisco Alcántara Salinas 
 
 
 Cuautitlán Izcalli, Méx. 2018 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
Restricciones de uso 
 
DERECHOS RESERVADOS © 
PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL 
 
Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal 
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mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, 
reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el 
respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 
 
 2 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN 
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR 
DEPARTAMENTO DE EXÁMENES PROFESIONALES 
u. N. A . M . 
Vm VEIl'IDAD l\lAqO,uL 
AV1'>WMA DE 
MEXIc:.,O 
fACULTAD ll( ESTUDiaS 
ASUNTO:VO~W~W~O 
M. en C. JORGE ALFREDO CUÉLLAR ORDAZ 
DIRECTOR DE LA FES CUAUTITLAN 
PRESENTE 
ATN: LA. LAURA MARGARITA CO~R;T:¡;:;~~J"'~;m~.;~,~ 
Jefa del Departamento de J!; 
de ílí~Bíitlán. 
EXAMffiES Pft!f!.'S1O." 
Con base en el Reglamento General de Exámenes, y la Dirección de la Facultad, nos permitimos comunicar a usted 
que revisamos el: Trabajo de Tesis 
"Asesoría fiscal y contable a personas morales en un despacho contable" 1" 
Que presenta el pasante: GERARDO ALVAREZ RIOJA 
Con número de cuenta: 41207878-9 para obtener el Título de la carrera: Licenciatura en Contaduria 
Considerando que dicho trabajo reúne los requisitos necesarios para ser discutido en el EXAMEN PROFESIONAL 
correspondiente, otorgamos nuestro VOTO APROBATORIO. 
ATENTAMENTE 
"POR MI RAZA HABLARÁ EL EspíRITU" 
Cuautitlán Izcalli, Méx. a 04 de mayo de 2018. 
PROFESORES QUE INTEGRAN EL JURADO 
NOMBRE 
PRESIDENTE L.C. Francisco Alcántara Salinas 
VOCAL M.A. Jaime Navarro Mejía 
SECRETARIO L.C. Juan Carlos Correa Uribe 
ler. SUPLENTE M.A. Aldo Vigueras García 
2do. SUPLENTE L.C. Miguel Angel Rojas González 
NOTA: los si noda les suplentes están obligados a presentarse el día y hora del Examen Profesional (art. 127). 
LMCF/ ntm* 
FIRMA r , 
• 
FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN 
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR 
DEPARTAMENTO DE EXÁMENES PROFESIONALES 
U. N . A . M. 
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ASUNTO:VO~W~W~O 
M. en C. JORGE ALFREDO CUÉLLAR ORDAZ 
DIRECTOR DE LA FES CUAUTITLAN 
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Jefa del Departamento de J!; 
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Con base en el Reglamento General de Exámenes, y la Dirección de la Facultad, nos permitimos comunicar a usted 
que revisamos el: Trabajo de Tesis 
"Asesoría fiscal y contable a personas morales en un despacho contable" 1" 
Que presenta el pasante: GERARDO ALVAREZ RIOJA 
Con número de cuenta: 41207878-9 para obtener el Título de la carrera: Licenciatura en Contaduría 
Considerando que dicho trabajo reúne los requisitos necesarios para ser discutido en el EXAMEN PROFESIONAL 
correspondiente, otorgamos nuestro VOTO APROBATORIO. 
ATENTAMENTE 
"POR MI RAZA HABLARÁ EL EspíRITU" 
Cuautitlán Izcal/i, Méx, a 04 de mayo de 2018, 
PROFESORES QUE INTEGRAN EL JURADO 
NOMBRE 
PRESIDENTE L.C. Francisco Alcántara Salinas 
VOCAL M.A. Jaime Navarro Mejía 
SECRETARIO L.C. Juan Carlos Correa Uribe 
ler. SUPLENTE M.A. Aldo Vigueras Garcia 
2do. SUPLENTE L.C. Miguel Angel Rojas González 
NOTA: los sinoda les suplentes están obligados a presentarse el día y hora del Examen Profesional (art . 127), 
LMCF/ ntm* 
FIRMA r , 
• 
 
 
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Agradecimientos. 
A DIOS: Por dejarme llegar hasta este momento en mi vida y cuidarme durante todo este 
tiempo. 
A MI MADRE: María Margarita Rioja Bravo, por ser el motivo más grande que tengo en 
esta vida, darme la fuerza necesaria para enfrentar cada uno de los obstáculos que he 
atravesado en mi vida, por tener una fe ciega en mí y apoyarme en todo momento y nunca 
dejarme solo, le dedicó esta tesis y todos mis logros en mi vida. Gracias ya que sin tu ayuda 
no lo hubiera logrado. 
A MI PADRE: Francisco Alvarez Castillo, por siempre preocuparte por mi bienestar y ver 
siempre por mí, te dedicó mi tesis y mis logros de mi vida. 
A MI HERMANO: Luis Francisco Alvarez Rioja, porque eres la persona más inteligente 
que conozco, siempre serás un ejemplo para mí. Gracias por tu apoyo. 
A MI HERMANO: Víctor Alejandro Sosa Carrasco, por ser mi mejor amigo desde la 
infancia y ser un gran hermano para mí, por tantas risas y aventuras que hemos tenido a lo 
largo de nuestras vidas. Gracias por tu apoyo. 
A MI ALMA MATÉR: Universidad Nacional Autónoma de México, por haber sido mi 
segundo hogar, y en especial a la FES Cuautitlán que durante cuatro años y medio me 
brindo de todos los conocimientos y experiencias para mi formación como profesionista. 
A MIS PROFESORES: Por todas sus enseñanzas y experiencias que durante este tiempo 
me ayudaron y me apoyaron para ser una mejor persona. Gracias por todo. 
A MI ASESOR: L.C. Francisco Alcántara Salinas, por brindarme la oportunidad de 
realizar mi tesis bajo su asesoría, ayudarme en todo momento para salir adelante. Gracias 
por todo es una gran persona. 
 
 
 
 
 4 
 
A MIS SINODALES: Por tomarse el tiempo de leer mi trabajo de tesis y apoyarme con el 
proceso de mi titulación durante este tiempo. 
A MIS MAESTROS: Por sus grandes consejos y enseñanzas día con día, por ser ejemplos 
a seguir y fuentes de inspiración. Gracias a cada uno de ellos durante estos cuatro años y 
medio. 
A MIS COMPAÑERAS DE TRARBAJO: Erika Alvarado y Angélica Medina, por 
enseñarme con paciencia y humildad, todo sobre esta noble profesión, por guiarme y 
apoyarme siempre en todas las situaciones y tener confianza en mí. Gracias por todo. Les 
debo tanto. 
FAMILIARES Y AMIGOS: Por a ver influido de una manera positiva en mi durante toda 
mi vida. Gracias por su apoyo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 Por mi raza hablará el espíritu. 
 
 
 5 
 
 
Índice 
Introducción. ....................................................................................................................................... 8 
Objetivo. ............................................................................................................................................ 10 
Planteamiento del problema. ............................................................................................................. 11 
Hipótesis. ........................................................................................................................................... 12 
Capítulo 1 
Introducción a las contribuciones. ..................................................................................................... 14 
1.1. Historia y evolución de las contribuciones en el mundo. ...................................................... 15 
1.1.1.Evolución de las contribuciones en México. ................................................................. 16 
1.1.2. Época colonial ............................................................................................................... 16 
1.1.3. Época de la independencia y la revolución. .................................................................. 17 
1.2. Concepto y clasificación de las contribuciones. .................................................................... 18 
1.2.1. Concepto de Impuesto. .................................................................................................. 19 
1.2.2. Clasificación de las contribuciones. .............................................................................. 19 
1.3. Estructura jerárquica de las leyes. ......................................................................................... 20 
1.3.1. Obligatoriedad de las contribuciones. ........................................................................... 21 
1.4. Crédito Fiscal. ....................................................................................................................... 22 
1.4.1. Concepto........................................................................................................................ 22 
1.4.2. Origen y causación ........................................................................................................ 22 
1.4.3. Determinación del crédito fiscal.................................................................................... 23 
1.4.4. Formas de extinción del crédito fiscal. .......................................................................... 24 
Capítulo 2 
Ley del impuesto sobre la renta. ........................................................................................................ 27 
2.1. Definición de una persona moral. ..................................................................................... 28 
2.2. Generalidades de las personas morales. ............................................................................ 29 
2.2.1. Tasa del ISR a las personas morales. ............................................................................ 30 
2.2.2. Requisitos de las personas morales para darse de alta en la Secretaría de 
Administración Tributaria (SAT). ................................................................................................. 30 
2.3. Obligaciones de las personas morales. .............................................................................. 32 
 
 
 6 
 
2.3.1. Expedición de comprobantes fiscales. ........................................................................... 33 
2.4. Ingresos y deducciones autorizadas. ................................................................................. 34 
2.4.1. Ingresos. ........................................................................................................................ 34 
2.4.2. Deducciones. ................................................................................................................. 35 
2.4.3. Requisitos de las deducciones. ...................................................................................... 36 
2.4.4. Deducciones no autorizadas. ......................................................................................... 37 
2.4.5. Deducción de inversiones. ............................................................................................. 39 
2.4.6. Concepto de inversiones. ............................................................................................... 40 
2.4.7. Porcentaje de deducción de activos fijos. ...................................................................... 41 
2.5. Retenciones. ...................................................................................................................... 42 
2.6. Pagos provisionales. .......................................................................................................... 45 
2.7. Cálculo del pago provisional. ............................................................................................ 46 
2.8. Forma de presentación ...................................................................................................... 49 
2.9. Declaración anual. ............................................................................................................. 51 
2.9.1. Cierre del ejercicio fiscal. .............................................................................................. 51 
2.9.2. Ajuste anual por inflación. ............................................................................................ 52 
2.9.3. Estado de resultados contable y fiscal. .......................................................................... 55 
2.9.4. Conciliación contable fiscal. ......................................................................................... 56 
2.9.5. Estructura de la conciliación contable fiscal. ................................................................ 57 
2.9.6. Estado de resultados fiscal del ejercicio. ....................................................................... 59 
2.9.7. Cálculo de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU). ...................... 60 
2.9.8. Coeficiente de utilidad. ................................................................................................. 61 
Capítulo 3 
Ley del impuesto al valor agregado. ................................................................................................. 64 
3.1. Impuesto al valor agregado IVA. .......................................................................................... 65 
3.2. Requisitos para que el IVA sea acreditable. ...................................................................... 66 
3.3. Importaciones de bienes y servicios. ................................................................................. 73 
3.4. Importaciones exentas de pago del pago del impuesto. .................................................... 74 
3.5. Momento en que se efectúa la importación. ...................................................................... 75 
3.5.1. Base gravable por importación de bienes tangibles. ................................................. 75 
 
 
 7 
 
3.5.2. Retiro de mercancías hasta que se pague el IVA. ..................................................... 76 
3.5.3. Crédito fiscal para las personas que introduzcan bienes a los regímenes aduaneros de 
importación temporal. ............................................................................................................... 76 
3.6. Determinación del IVA ..................................................................................................... 77 
3.7. Acreditamiento, devolución y compensación de saldos a favor. ....................................... 78 
3.8. Tasa del 0% ....................................................................................................................... 79 
3.9. Pago exentos del impuesto al valor agregado. .................................................................. 81 
3.10. Obligaciones de los contribuyentes. ..............................................................................84 
3.11. Prorrateo del IVA. ......................................................................................................... 85 
Capítulo 4 
Declaración informativa de operaciones con terceros. (Diot) ........................................................... 88 
4.1. Declaración informativa de operaciones con terceros. ...................................................... 89 
4.2. Proceso de llenado de la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT). . 91 
Capítulo 5 
Caso práctico. .................................................................................................................................... 98 
5.1. Caso práctico. .................................................................................................................... 99 
 ..................................................................................................................................................... 101 
5.2. Registros contables. ......................................................................................................... 105 
Conclusiones. .................................................................................................................................. 116 
Referencias bibliográficas ............................................................................................................... 117 
Leyes consultadas ............................................................................................................................ 117 
 
 
 
 
 
 
 
 
 8 
 
Introducción. 
La finalidad del presente trabajo bajo el formato de tesis, es dar a 
conocer a las personas morales que están bajo el régimen general, todas sus 
obligaciones y derechos que tienen como contribuyentes, bajo la guía sobre 
temas fiscales y contables que lleguen a surgir a los interesados y así permitir 
una mejor visión sobre los temas que lleguen a surgir a lo largo del proceso de 
sus operaciones. 
Este trabajo está divido por cuatro capítulos y un caso práctico, para un 
mejor entendimiento y aprendizaje del lector. El primer capítulo se plasma los 
antecedentes históricos de las contribuciones a lo largo de la historia, así como 
conceptos, clasificaciones de los impuestos y la jerarquía de las leyes. 
En el segundo capítulo se explica todo lo que está relacionado al 
régimen general de las personas morales, como son las generalidades, el 
proceso para darse alta ante la autoridad, así mismo el tratamiento fiscal de 
todas sus obligaciones y derechos que tienen como contribuyente, y junto con 
ello el cierre anual que tiene las personas morales al termino del año, 
apoyándonos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. 
El tercer capítulo trata sobre el impuesto al valor agregado, junto con 
ello todo lo relacionado a este impuesto, como son los requisitos para el 
acreditamiento del mismo bajo su fundamento legal. Las bases gravables y 
como están conformadas cada una de estas como lo son la tasa 0%, y el 
impuesto exento y la tasa general. 
En el cuarto capítulo se presenta la declaración informativa de 
operaciones con terceros (DIOT), el correcto llenado de esta, a través de la 
 
 
 9 
 
aplicación que el SAT pone a disposición de los usuarios, de igual manera se 
realiza el fundamento legal de esta declaración apoyando por la Ley del 
Impuesto al Valor Agregado. 
Finalmente se presenta el quinto capítulo de la presente tesis, el cual 
está conformado por un caso práctico, donde se muestra los registros contables 
de una empresa, las cédulas del cálculo que dieron origen a los impuestos que 
está obligado a presentar ante la autoridad competente, y conforme a ello el 
llenado de la declaración mensual. Todo con el fin de entender mejor el 
proceso y tratamiento que va desde lo contable y fiscal. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 10 
 
Objetivo. 
El objetivo de la presente tesis es presentar una visión más amplia 
sobre los derechos y obligaciones fiscales que tienen los contribuyentes que 
tributan en el régimen general de personas morales. Así mismo presentando de 
una manera clara el tratamiento y los procesos el cálculo y su determinación 
en el pago provisional y cierre anual. 
Este servirá como guía al contribuyente para el requerimiento de sus 
obligaciones sean presentadas en tiempo y forma a la autoridad competente. 
Ser un apoyo en la elaboración de declaraciones y actualizaciones 
contables y fiscales, empleando los conocimientos alcanzados en la 
Universidad y la experiencia adquirida en la vida profesional, como una 
herramienta de desarrollo personal en beneficio de la comunidad, dando así 
una vinculación con entidades públicas y privadas mediante la prestación del 
servicio. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 11 
 
Planteamiento del problema. 
La poca información que tienen los contribuyentes al momento de 
cumplir con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma ante la autoridad, esto 
resulta ser complicado y confuso. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 12 
 
Hipótesis. 
Contar con una guía más práctica para los contribuyentes que les 
resulte más clara y sencilla, entorno a las leyes fiscales. Con la facilidad de 
cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma con una mayor 
información sobre los impuestos que presentan y su origen de cada uno de 
estos. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 13 
 
Abreviaturas. 
RFC Registro Federal de Contribuyentes. 
CURP Clave Única de Registro de Población. 
ISR Impuesto Sobre la Renta. 
IVA Impuesto al Valor Agregado. 
CFF Código Fiscal de la Federación. 
DOF Diario Oficial de la Federación. 
LISR Ley del Impuesto Sobre la Renta. 
LIVA Ley del Impuesto al Valor Agregado. 
LFT Ley Federal del Trabajo 
RISR Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 
RIVA Reglamento de la Ley del Impuesto del Valor Agregado 
RM Resolución Miscelánea Fiscal 
DOF Diario Oficial de la Federación 
SAT Servicio de Administración Tributaria 
SHCP Secretaria de Hacienda y Crédito Público 
NIF Normas de Información Financiera 
LGSM Ley General de Sociedades Mercantiles 
 
 
 14 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Capítulo 1 
Introducción a las contribuciones. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 15 
 
1.1. Historia y evolución de las contribuciones en el mundo. 
Una gran parte de la sociedad que contribuye con el gasto público del 
país, desconoce el origen de este mismo y el significado de la palabra y su 
evolución y los cambios que ha tenido a lo largo de las épocas que va desde 
los egipcios hasta nuestra actualidad. 
En este primer capítulo se daráa la tarea de explicar la cronología y su 
significado y con ello la importancia que radica en esta. 
El hombre a través de los principios del tiempo ha tenido la necesidad 
de satisfacer sus necesidades más básicos como: Comer, tener una familia, 
vivir en sociedad; todas estas en conjunto el hombre al existir en una sociedad 
crea un estado quien será la encargada de regular y procurar que cada 
necesidad que surja en la sociedad sea cubierta mediante aportaciones o 
contribuciones que provengan de esta misma, para así alcanzar y satisfacer la 
necesidades requeridas en los servicios que la sociedad así lo demande. 
La definición de contribución: Cuota o cantidad que se paga para 
algún fin, y principalmente para las que se impone para las cargas de estado. 
Acción y efecto de contribuir. Cantidad que se paga para un fin. Carga del 
Estado
 1
 
 Egipto: Durante los faraones egipcios, los recaudadores de impuestos en 
aquel tiempo se les hacía llamar “escribas”, los escribas en su tiempo 
impusieron los primeros impuestos al aceite y a la cocina. 
 
1
 http://www.wordreference.com 
 
 
 
 
 16 
 
 Grecia: En la antigua Grecia se creó el impuesto nombrado “eisfora”, este 
impuesto que se les cobraba a los habitantes era utilizado para los gastos 
especiales de la guerra y nadie quedaba exento de este impuesto. 
 Imperio romano: En aquella época romana Cesar Augusto creo el impuesto 
sobre las herencias, dicho impuesto era del 5%, con la finalidad de proveer 
fondos de retiros para los militares. 
 La edad media: En el siglo XI Europa estaba divida en diversas extensiones 
cada una de estas estaba regida por un rey, que a su vez tenían siervos que 
eran los que le ayudaban a recolectar los impuestos para la corona en cada 
una de estas regiones. 
1.1.1.Evolución de las contribuciones en México. 
En la época prehispánica los tributos de aquel tiempo dependían de la 
actividad a la que se dedicara la persona y prestaciones personales eran 
servicios y trabajos, estos eran pagados por las clases inferiores formada por 
artesanos, labradores y comerciantes. Este tributo era recibido por los señores, 
los nobles, las comunidades.
2
 
1.1.2.Época colonial 
 Durante la conquista se establecieron nuevos tributos siendo directos e 
indirectos; los directos que eran conformados por monedas foráneas, 
fonsadera que era contribución para los gastos de guerra. Dentro de los 
indirectos existió la alcabala, fue de gran importancia y consistía en una renta 
real que se cobraba sobre el valor de las cosas muebles e inmuebles, era un 
 
2
 http://www.economia.unam.mx 
 
 
 
 17 
 
impuesto a las transacciones mercantiles, considerado como un impuesto 
indirecto que se trasladaba hasta el comprador final. 
Existieron tres tipos de sistemas de cobro de alcabalas: administración 
directa por funcionarios reales, arrendamiento particulares, encabezamiento 
por partes de determinados organizamos como los ayuntamientos y los 
consulados de los comercios. De igual manera existían ciertas excepciones al 
pago de la alcabala como lo eran las viudas y los huérfanos. Su vida de este 
impuesto fue a partir del año 1571 y termino aún después de la revolución 
1910 y 1917 donde seguían existiendo practicas alcabalatorias por el tránsito 
de mercancías dentro del territorio. 
1.1.3.Época de la independencia y la revolución. 
Al lograr su independencia, en México no existe un gran cambio en su 
sistema de contribución y sigue siendo parecido al anterior, donde regia la 
Nueva España. Debido a esto México sufre un gran retraso en sistemas 
financiero y político ya que no existe un orden en los primeros años de su 
independencia. 
Durante el siglo XVI y principios del siglo XIX se enviaban a España 
riquezas que aún era poseedor de tierras. En 1846 el presidente Valentín 
Gómez Farías emite un decreto y el cual indica el término de las alcabalas ya 
que tenían un efecto negativo sobre las industrias, dentro de la constitución de 
1857 en el artículo 124 establece la extinción de las alcabalas en México. 
Años más tarde con la llegada a la presidencia de Antonio López de 
Santana en el año de 1853, instituye el cobro del impuesto real a cada puerta, 
ventana, caballo, perro. Junto con esto impuso su voluntad personal vendiendo 
 
 
 18 
 
a Estados Unidos de América parte del territorio nacional, llegando a ser 
nombrado “Alteza Serenísima”. 
El precursor del impuesto sobre la renta ISR, fue Matías Romero, sin 
embargo en esta época no se pudo implementar el ISR debido al clero y la 
aristocracia donde estos adoptaron un sistema de acuerdo sus intereses. 
Ricardo Flores Magón, fue uno de los personajes más importantes ya 
que trabajo por un sistema fiscal más justo para la población, ya que en esos 
años existió una gran desigualdad en las contribuciones en México. 
Durante la presidencia de Plutarco Elías Calles 1924 a 1928 fue clave 
para adoptar el impuesto sobre la renta, durante los siguientes años de 1917 a 
1940 después de la revolución mexicana surgen la creación de 28 de 
impuestos, se crean gravámenes específicos de tipo general y específicos en 
algunos casos estos gravámenes se fundamentó su existencia debido a la 
productividad de ellos, dentro de estos fueron el petróleo, tabaco, gasolina, 
alcoholes. 
1.2. Concepto y clasificación de las contribuciones. 
De acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación en su 
artículo 2, nos hace mención de los diferentes tipos de contribuyentes y la 
clasificación de impuestos y aportaciones.
3
 
 
 
3
 Código Fiscal de la Federación, Ediciones Dofiscal Editores, S.A. de C.V. Dofiscal 2017, 
trigésima edición diciembre 2016. 
 
 
 
 19 
 
1.2.1.Concepto de Impuesto. 
 I. Son contribuciones establecidas en la ley y que deben de pagar las 
personas físicas y morales, que estén dentro de la situación jurídica. 
1.2.2.Clasificación de las contribuciones. 
De acuerdo al artículo 2 del C.F.F. estas son: 
 Aportaciones de seguridad social. 
II. Son las contribuciones a cargo de las personas que son sustituidas 
por el estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas en materia de 
seguridad social o las personas que se beneficien por servicios de seguridad 
social proporcionados por el mismo estado. 
Cuando sean organismos descentralizados los que proporcionen la 
seguridad social estas tendrán la naturaleza de aportaciones de seguridad 
social. 
 Contribuciones y mejoras. 
III. Son las establecidas en ley a cargo de las personas físicas y 
morales que se beneficien de manera directa por obras públicas. 
 Derechos. 
IV. El uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público, así 
como por recibir servicios que presta el estado en sus funciones de derecho 
público. Excepto cuando se presten por organismos descentralizados u 
órganos desconcentrados, cuando se trate de contraprestaciones que no se 
encuentren previstas en la ley. También son derechos de las contribuciones a 
 
 
 20 
 
cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios 
exclusivos del estado. 
 Accesorios de las contribuciones. 
Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización 
a que hace referencia el VII párrafo del artículo 21 de este código, son 
accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de estas, no 
estarán incluidos los accesorios con excepción de los dispuesto en el artículo 
1º. 
1.3. Estructura jerárquica de las leyes. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 21 
 
1.3.1.Obligatoriedad de las contribuciones. 
En nuestra actualidad estamos regidos por una carta magna, la 
Constitución Política Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos. Esta nos 
rige jurídicamente,en la cual se definen las relaciones de los poderes de la 
federación que se encuentran en ella estos son los poderes legislativo, 
ejecutivo, y judicial. 
Esta carta magna establece una serie de artículos entre los cuales 
destaca los derechos y obligaciones que tenemos como ciudadanos dentro del 
territorio nacional, dentro de estos artículos se encuentra el artículo 31, este 
nos hace mención sobre las obligaciones que tenemos como mexicanos. 
En la fracción IV, hace mención sobre la contribución para los gastos 
públicos, así para la federación, el distrito federal o del estado y municipio en 
que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
 4
 
Este artículo nos hace referencia a las obligaciones que debemos hacer 
frente como ciudadanos y residentes en el territorio nacional, lo cual nos 
señala que debemos de tener esa obligación y el compromiso de contribuir con 
el gasto público mediante el pago de los impuestos de las diversas maneras 
que existen. Cabe mencionar que al contribuir con el gasto público, nos da el 
derecho de exigir que todas nuestras contribuciones se vean reflejadas 
mediante mejores servicios de calidad para la sociedad aquellos que nos 
representan. 
 
 
4
 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Grupo editorial RAF, S.A. de C.V. 
 
 
 
 22 
 
1.4. Crédito Fiscal. 
De acuerdo con el artículo 4 del código fiscal de la federación, nos 
indica el concepto de un crédito fiscal y sus características. 
1.4.1.Concepto. 
Los que tenga derecho a percibir el estado o sus organismos 
descentralizados que provengan de contribuciones, aprovechamientos o de sus 
accesorios, incluyendo los que deriven de responsabilidades que el estado 
tenga derecho a exigir de sus servidores públicos o particulares.
 5
 
Es conocido de igual forma como el monto de dinero a favor de un 
contribuyente, cuando presenta sus declaraciones está amparado con facturas 
de sus gastos, facturas de compras, facturas emitidas a otro contribuyentes. 
Siempre que estas reúnan todos los requisitos que la ley indique para su 
deducibilidad. 
1.4.2.Origen y causación 
En el artículo 6 del CFF nos hace mención sobre el nacimiento del 
crédito fiscal el cual indica: 
Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones 
jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso 
que ocurran. Para que exista este crédito fiscal, es necesario que un sujeto 
 
5
 Art. 4 Código Fiscal de la Federación, Ediciones Dofiscal Editores, S.A. de C.V. Dofiscal 2017, 
trigésima edición diciembre 2016. 
 
 
 23 
 
realice un acto o incurra dentro de la situación jurídica, es necesario que exista 
un hecho y tenga una norma legal aplicable.
 6
 
Un término más sencillo de entender el crédito fiscal es cuando una 
empresa hace pagos por la adquisición de productos e insumos que le sean 
necesarios para actividad que realiza, al hacer esto tiene el derecho de 
deducirlos como marca la ley y con ello reducir impuestos al momento de 
presentar su declaración correspondiente. 
1.4.3.Determinación del crédito fiscal. 
Cuando la obligación sea pagada en valor monetario se obtendrá un 
crédito fiscal. Nos indica el art. 6 del CFF en su segundo párrafo, que las 
contribuciones se determinará conforme a las disposiciones vigentes en el 
momento de su causación, y les serán aplicables las normas sobre su 
procedimiento. 
En el art. 6 del CFF en su tercer párrafo indica, la determinación de las 
contribuciones corresponderá al contribuyente a su cargo, pero cuando las 
leyes fiscales lo requiera la determinación la realizará la autoridad. A lo cual 
el contribuyente tendrá que proporcionarle la información necesaria dentro del 
plazo establecido. 
 
6
 Art. 6 Código Fiscal de la Federación, Ediciones Dofiscal Editores, S.A. de C.V. Dofiscal 2017, 
trigésima edición diciembre 2016. 
 
 
 
 24 
 
1.4.4. Formas de extinción del crédito fiscal. 
El crédito fiscal se extingue cuando el contribuyente cumple con sus 
obligaciones fiscales satisfaciendo la prestación tributaria de igual manera la 
ley puede extinguir el crédito fiscal cuando autoriza extinguida la obligación. 
Existen diferentes tipos de extinción del crédito fiscal que dentro el 
código fiscal de la federación establece, cada una de estas formas el 
contribuyente debe de aplicarlas conforme a lo que estable la ley. 
La extinción del crédito fiscal se puede dar por las siguientes seis 
hipótesis siguientes. 
 Pago. 
De acuerdo con el art. 2 del CFF en el primer párrafo, nos hace 
mención sobre los sujetos que realizan este pago, de igual forma en el art. 20 
de esta misma ley hace mención sobre los diferentes formas de pago y su 
aplicación, las contribuciones se pagaran en moneda nacional, por otra parte 
menciona los pagos en el extranjero se podrán realizar con la moneda del país 
del que se trate. De acuerdo con el art. 4 del CFF, nos dice el lugar en donde 
deba realizarse este pago para su recaudación ya sea en la Secretaría de 
Hacienda y Crédito Público o en las oficinas que está autorice. 
 Compensación. 
De acuerdo con el art. 23 del CFF, otra forma de extinción del crédito 
fiscal es la compensación de cantidades a favor. Nos menciona que los 
contribuyentes obligados a pagar mediante declaración, podrán optar por 
compensar las cantidades a pagar que tengan a su favor en contra de las 
 
 
 25 
 
obligaciones a pagar por adeudo propio o por retenciones a terceros, siempre 
que deriven de impuestos federales. Se podrá realizar la compensación desde 
el mes que se realizó el pago de lo indebido o se haya presentado la 
declaración que contenga este saldo a favor. 
No se podrán compensar cantidades que se hayan solicitado en 
devolución, ni las cantidades que hayan sido trasladadas de conformidad con 
estas leyes fiscales, expresamente y por separado. También si la compensación 
haya sido compensada de manera indebida se aplicaran recargos desde el mes 
en que se efectuó la compensación hasta aquel en que se haga el pago del 
monto de la compensación. 
 Acreditamiento. 
En el art. 25 del CFF, hace mención, los contribuyentes podrán 
acreditar el importe de los estímulos fiscales a que tengan derecho, contra 
otras cantidades que estén obligados a pagar, siempre que presenten aviso a 
las autoridades competentes y que cumplan con los demás requisitos formales 
que se establezcan. De la misma forma existen plazos para acreditar estos 
estímulos el cual será de cinco años a partir del último día en que venza el 
plazo para presentar la declaración del ejercicio en que nació el derecho el 
derecho a obtener este estimulo. 
 Los acreditamientos indebidos se hagan sin tener derechos a ellos se 
acrediten contra el pago de contribuciones federales o un estímulo o un 
subsidio o se haga en cantidad mayor a las que se tenga el derecho, las 
autoridades exigirán el pago de las contribuciones omitidas actualizadas. 
 
 
 26 
 
 Condonación. 
En el art. 39 del CFF, nos dice que la autoridad jurídica tributaria que 
permite al estado según sea el caso de renunciar legalmente a exigir el 
cumplimiento de la obligación fiscal, consiste en que la ley concede a la 
autoridad hacendaria para declarar extinguido el crédito fiscal y en sus casos 
las obligaciones fiscales con los relacionados. 
 Prescripción. 
En el artículo 146 del CFF, hace mención sobre el crédito fiscal y la 
extinción de este mismo por medio de la prescripción al término de cinco 
años. El derecho fiscal admite que la prescripción como una de las formas de 
extinción, la prescripción puede ser a favor para los contribuyentes y a su vez 
puede ser en contra. 
 Cancelación. 
De acuerdoen el art. 146-A, la cancelación consiste en que la 
autoridad puede cancelar las cuentas públicas por incosteabilidad en el cobro o 
por insolvencia. Esto significa que la incosteabilidad consiste en dar de baja 
una cuenta. La realidad nos dice que la cancelación no se extingue de tal 
manera ya que la autoridad se abstiene de hacer dicho cobro, y la única 
manera de liberarlo de acuerdo con ley es pagándolo. Lo cual la ley indica que 
por incoesteabilidad en el cobro o por insolvencia del deudor o de los 
responsables solidarios no se liberan del pago. 
 
 
 
 27 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Capítulo 2 
Ley del impuesto sobre la renta. 
 
 
 
 
 
 
 
 28 
 
2.1. Definición de una persona moral. 
 Es toda sociedad mercantil u organismo que realice actividades 
empresariales, se consideran también las instituciones de crédito y las 
sociedades y asociaciones civiles.7 
 Hace mención Víctor Manuel Alfaro Jiménez: Es una entidad formada 
para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a 
los que el derecho objetivo reconoce capacidad para tener derechos y 
obligaciones.8 
Por otra parte, el Código Civil. Artículo 25. 
 Las demás corporaciones de carácter público reconocida por la ley 
 Las sociedades cooperativas mutualistas 
 Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines 
políticos, científicos, artísticos de recreo o de cualquier otro fin licito, 
siempre que no fueren desconocidos por la ley 
En el artículo 7 de la ley del Impuesto Sobre la Renta, nos menciona 
cuales organismos tienen el alcance de ser nombrados como personas morales 
dependiendo del tipo o giro en el cual realicen sus actividades. 
 
 
7
 http://mexico.leyderecho.org 
8
 Víctor Manuel Alfaro Jiménez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) 
 
 
 29 
 
L.I.S.R.
Empresas comerciales.
Empresas industriales.
Empresas de servicios.
Clasificación de las P.M. 
P.M. del régimen general P.M. con fines no lucrativos
Asociaciones religiosas.
Donatarias autorizadas.
Asociaciones patronales, sindicatos 
obreros, cámara de comercio e 
industria.
Asociaciones o sociedades civiles 
de enseñanza, investigación 
científica o tecnológica.
Arrendadora financiera.
Instituciones de crédito.
Seguros y fianzas.
Sociedad controladora de grupo. 
financieros.
Almacenes generales de 
depósitos.
Asociaciones o sociedades civiles 
que otorguen becas conforme al 
art. 83 LISR.
Agrupaciones agrícolas, ganaderas, 
pesqueras, o silvícolas, y los 
organismos que las reúnan.
Asociaciones civiles y sociedades 
de responsabilidad limitada.
Asociaciones o sociedades civiles 
autorizadas para recibir donativos.
Sociedades de gestión colectiva 
constituidas conforme a la Ley 
Federal de Derecho de Autor.Sociedades de inversión de 
instrumentos de deudas.
Sociedades de renta de inversión 
de renta variable.
Sociedades financieras 
Uniones de crédito.
Empresas de factoraje financiero.
2.2. Generalidades de las personas morales. 
 
 
 30 
 
Las Sociedades o Asociaciones Civiles, que cuentan con una 
personalidad independiente al de los socios o accionistas, son consideradas 
como personas morales. De igual manera el Código Fiscal de la Federación, 
nos hace mención en el título I, en su artículo 1 los sujetos que están obligados 
a retribuir con el gasto público conforme a las leyes. 
Las personas físicas y morales, están obligadas a contribuir con el 
gasto público conforme a las leyes fiscales respectivas. En el título II de la ley 
del Impuesto Sobre la Renta, nos hace mención la tasa en cual las personas 
morales que tributen en el régimen general, deberán aplicar al ISR propio que 
generen de sus ingresos nominales obtenidos durante el periodo, mediante el 
proceso de la elaboración de su pago provisional correspondiente. 
2.2.1.Tasa del ISR a las personas morales. 
De acuerdo con el art. 9 de la LISR, las personas morales deberán 
calcular el Impuesto Sobre la Renta, aplicándolo al resultado fiscal obtenido 
en el ejercicio la tasa del 30%. 
2.2.2.Requisitos de las personas morales para darse de alta en la 
Secretaría de Administración Tributaria (SAT). 
Preinscripción en el portal del SAT, y realizar el llenado de 
información básica; como son la denominación o razón social, fecha de 
constitución, nombre comercial, nacionalidad entre otros 
Una vez de hacer el llenado de los datos correspondientes, se hará la 
cita en las oficinas del SAT para seguir con el procedimiento de dar de alta al 
contribuyente. 
 
 
 31 
 
La documentación que se obtiene al realizar el proceso son: 
 Solicitud de inscripción en el RFC 
 Acuse de preinscripción en el RFC 
 Acuse único de inscripción en el RFC que contiene la cédula de 
identificación fiscal y código de barras bidimensional (QR). 
Teniendo esto se acude a las oficinas del SAT con la documentación que 
solicito: 
 Acuse de preinscripción en el RFC 
 Documento constitutivo protocolizado (copia certificada). 
 comprobante de domicilio fiscal 
 Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad 
del representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos 
testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante 
Fedatario Público (original). 
 identificación oficial vigente del representante legal. 
El representante legal deberá de contar con la firma electrónica 
avanzada (Fiel) vigente. 
 Poder general del representante legal donde se le confiera la facultad para 
representar a la persona moral en actos de dominio o de administración. 
 Acta constitutiva de la persona moral solicitante. 
 Original o copia certificada de identificación oficial del representante legal 
de la persona moral solicitante, (credencial para votar, pasaporte, cédula 
profesional, cartilla del servicio militar o credencial emitida por los 
gobiernos federal, estatal o municipal que cuente con la fotografía 
y firma del titular). 
 
 
 32 
 
 Dispositivo USB o disco compacto. 
Se digitalizaran los siguientes documentos para así tener un archivo 
electrónico que constatara los trámites ante el SAT. 
 Acta constitutiva. 
 Poder general para actos de administración y/o dominio. 
 Identificación oficial del representante legal. 
2.3. Obligaciones de las personas morales. 
Todas las personas morales deberán llevar su contabilidad, esto se hace 
mención el artículo 28 del Código Fiscal Federación (CFF). 
La contabilidad que deberá llevar el contribuyente, estará adecuada a 
sus necesidades y por el giro de su negocio, durante el proceso contable 
deberá de contar con todos los requisitos que establece la ley. 
Estos requisitos estarán sujetos a todas las disposiciones fiscales para 
poder ser validos ante la autoridad. Llevar un programa de contabilidad 
electrónico será indispensable para la empresa, no tiene que ser un programa 
en específico, tendrá que ser el que mejor se adecue a sus necesidades y el 
tratamiento que se le quiera dar a la contabilidad para su mayor beneficio. 
Los registros contables se llevarán conforme lo establecido en las 
reglas generales de contabilidad, estos asientos contables o registros, deberán 
estar amparados con su documentación respectiva, en ellos tendrán que estar 
incluidos comprobantes fiscales debidamente certificados por el SAT, y que 
cumplan con todos los requisitos fiscales que la ley establece. 
Impresión de pólizas, estas serán de ingresos, egresos,y diarios, estas 
les darán el soporte y credibilidad a los registros contables, también esto será 
 
 
 33 
 
de importancia por si en algún momento la autoridad requiera de la 
información para alguna revisión que necesite hacer en un momento 
determinado. 
La contabilidad de las personas morales será mensual, esto quiere decir 
que cada mes, el contribuyente tiene como obligación de enviar toda la 
información que se llevó a cabo durante el transcurso de ese tiempo, mediante 
cheques o transferencias impresas del banco respectivo, estas tendrán que 
venir amparadas por facturas, que se hayan generado durante este tiempo, 
estos documentos serán comprobantes emitidos por sus ingresos obtenidos o 
recibidos de sus proveedores con sus XML de cada uno, y PDF en formato 
electrónico. 
Junto con la información generada, deberá de enviar estados de cuenta 
respectivos de la empresa en moneda nacional o dólares dependiendo del 
negocio, todo esto con la finalidad de procesar y analizar la información 
financiera de sus operaciones y con ello realizar el proceso contable respectivo 
y la determinación de impuestos del mes en el que se está trabajando. 
2.3.1.Expedición de comprobantes fiscales. 
En el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación nos menciona los 
requisitos que debe de tener estos comprobantes fiscales. 
 La clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), también se deberá 
señalar la dirección en donde se encuentra establecido el domicilio o el 
establecimiento. 
 
 
 34 
 
 Número de folio y sello digital del Servicio de Administración Tributaria 
(SAT), así como el sello digital del proveedor que lo expide, cada uno de 
estos proveedores deberán de estar certificados para expedir comprobantes 
digitales ente el SAT. 
 Fecha, hora y lugar de su expedición. 
 El Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral que lo 
emita. 
 Deberá de contar el comprobante fiscal, con la cantidad, unidad de medida, 
y descripción del servicio. 
 El importe total, ya sea con número o con letra 
 Cadena digital y folio fiscal 
Cuando no cuente con RFC el emisor, se señalará con una clave 
genérica que será proporciona por el SAT, esto será únicamente cuando el 
emisor sea de procedencia extranjera, junto con ello deberá de cumplir con 
los requisitos que señale la autoridad mediante las reglas de carácter 
general. 
2.4. Ingresos y deducciones autorizadas. 
En esta parte mencionare los artículos en los cuales me apoye para 
poder realizar el mejor tratamiento de los ingresos y deducciones para el 
contribuyente, debidamente analizados cada uno de ellos. 
2.4.1.Ingresos. 
En el artículo 16 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), se hace 
mención a la acumulación de los ingresos en efectivo, bienes, servicios, 
durante el ejercicio, e inclusive proveniente del extranjero. 
 
 
 35 
 
Un punto de suma importancia para el contribuyente y que menciona 
este mismo artículo para las personas morales sobre los ingresos, los cuales no 
están considerados como ingresos entre ellos son: los aumentos de capital, 
revaluación de sus activos y del capital. El artículo 17 de esta misma ley, hace 
mención a los que de igual manera se deben de considerarse como ingreso 
cuando exista una enajenación de bienes o una prestación de servicios. 
 Cuando se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la 
contraprestación pactada. 
 Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio. 
 Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación 
pactada, aun cuando provenga de anticipos. 
Artículo 18 se considerarán ingresos acumulables, materias primas, 
productos semiterminados o terminados, de igual forma se acumularán los 
ingresos que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras 
permanentes en bienes o inmuebles, las ganancias derivadas por la 
enajenación de activos fijos y terrenos. 
2.4.2.Deducciones. 
De acuerdo con el artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, 
nos indica que todas las personas morales, podrán optar por las siguientes 
deducciones que más adelante se mencionan. 
 Las devoluciones, descuentos, o bonificaciones. 
 
 
 36 
 
 Las adquisiciones de materias primas, productos semiterminados, o 
productos terminados, disminuidas con las devoluciones, descuentos y 
bonificaciones, sobre los mismo efectuados en el ejercicio. 
 Los gastos. 
 Las inversiones. 
 Los intereses devengados. 
2.4.3.Requisitos de las deducciones. 
De acuerdo con el artículo 27 de la Ley (ISR), las personas morales 
podrán hacerse deducibles los gastos para su empresa, siempre que reúnan los 
siguientes requisitos. 
 Tienen que ser estrictamente indispensables para la empresa y sus 
actividades. 
 Los pagos que excedan de $2,000 pesos deberán de ser pagados con 
transferencia bancaria, cheque nominativo, tarjeta de crédito de la empresa. 
 Los pagos que se efectúen mediante cheques nominativos, estos deben de 
tener el registro federal de contribuyentes, así como la expresión que 
mencione, “para abono del beneficiario.” 
 El gasto solo podrá ser deducible sólo una vez. 
 Sólo los gastos menores a $2,000 pesos pueden ser pagados en efectivo. 
 El impuesto deberá de estar debidamente desglosado en un comprobante 
fiscal. 
 Los gastos únicamente serán deducibles, dependiendo del porcentaje que la 
ley señale. 
 
 
 37 
 
 Solo pueden deducirse cuando hayan sido efectivamente pagados en el 
ejercicio de que se trate. 
 Los pagos de primas de seguro y fianzas serán deducibles, si son pólizas de 
seguro de vida, estas tendrán que ser a favor del trabajador. 
2.4.4.Deducciones no autorizadas. 
De acuerdo con el artículo 28 de la ley de ISR, señala las deducciones 
que no serán deducibles para la empresa. 
 Los pagos sobre los impuestos sobre la renta a cargo del propio 
contribuyente, excepto las aportaciones pagadas por el Instituto Mexicano 
del seguro social a cargo de los patrones. 
 Los gastos de viaje o viáticos dentro del territorio nacional o en el 
extranjero cuando no sean destinados para alimentación, transporte y 
hospedaje. 
 Cuando estén dentro del domicilio fiscal en un área de 50 kilómetros, cada 
uno de este gasto deberá de contar con su documentación comprobatoria 
cuando se efectúen en el extranjero. 
 Los gastos de viaje destinados a la alimentación. Sólo serán deducibles por 
un monto que no excedan de $750.00 diarios, y $1,500.00 en el extranjero, 
la deducción procederá si el pago es con tarjeta de crédito de la persona 
que realizo el viaje. 
 Los gastos de viaje destinados al uso o goce temporal de automóviles. Sólo 
será deducible por un monto que no que exceda de $850.00 diarios en 
territorio nacional o en extranjero. 
 
 
 38 
 
 Los gastos de viaje destinados al hospedaje. Únicamente serán deducibles 
por un monto que no exceda de $3,500.00 diarios, en territorio nacional. 
 Tratándose de automóviles, sólo serán deducibles por un monto de $200.00 
diarios, estos mismo deberán de ser estrictamente indispensables para las 
actividades de la empresa. 
 Consumos en restaurantes y bares. Sólo serán deducibles el 8.5% que se 
encuentre dentro del área del domicilio fiscal, el pago deberá efectuarse 
con monederos electrónicos, tarjetas de crédito, de débito para que proceda 
la deducción. 
 Pagos por servicios aduaneros. Aquellos pagos que sean distintos de los 
honorarios, gastos que incurran dichos agentes. 
 Pagos que sean ingresos exentos para el trabajador. La cantidad que resulte 
de aplicar el factor de 0.53 al monto dichos pagos, este factor será del 0.47 
cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus 
trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores en 
el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el 
ejercicioinmediato anterior. 
 Anticipos por adquisiciones de mercancías, materias primas, gastos. El 
monto total de las adquisiciones o de los gastos se deducirán siempre que 
se cuente con un comprobante fiscal que ampare la totalidad de la 
operación por la que se efectuó el anticipo. 
 
 
 
 
 39 
 
2.4.5. Deducción de inversiones. 
De acuerdo con el art. 31 de la LISR 
Las inversiones sólo se podrán deducir mediante la aplicación en cada 
ejercicio, de acuerdo a los porcientos máximos autorizados por la ley, sobre el 
monto original de la inversión. 
Tratándose de ejercicios irregulares la deducción se efectuará por el 
porciento que represente que represente el número de meses en los que el bien 
haya sido utilizado. 
El contribuyente podrá aplicar los porcientos menores autorizados por 
la ley. Cuando exista el cambio de algún porcentaje de alguna inversión 
deberán haber transcurrido cinco años, si se requiere realizar algún cambio 
antes del tiempo señalado se tendrá que cumplir con los requisitos que 
establece el reglamento de esta ley. 
El monto original de la inversión comprende el precio del bien, los 
impuestos pagados con motivos de la adquisición o importación, así como los 
derechos, cuotas compensatorias, fletes, transportes, acarreos, seguros, y 
honorarios del agente aduanal. Las inversiones en automóviles también 
estarán incluidas dentro del monto de la inversión, las inversiones en equipo 
de blindaje. 
Cuando se enajenen los bienes o dejen de ser útiles, se deducirá en el 
ejercicio la parte aún no deducida. Cuando los bienes dejen de ser útiles, se 
deberá mantener sin deducción un peso en sus registros. 
 
 
 40 
 
De acuerdo con el párrafo séptimo el ajuste de la deducción se 
determinara, multiplicando el factor de actualización correspondiente al 
periodo comprendido desde el mes en que se adquirió el bien y hasta el último 
mes de la primera mitad del periodo en el que el bien haya sido utilizado 
durante el ejercicio por el que se efectúe la deducción. 
Cundo sea impar el número de meses comprendidos en el periodo en el 
que el bien haya sido utilizado se deberá considerar como último mes de la 
primera mitad de dicho periodo el mes inmediato anterior al que corresponda 
la mitad del periodo. 
2.4.6. Concepto de inversiones. 
De acuerdo con el art. 32 de la LISR, se consideran inversiones, los 
activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas. 
 Activo fijo. El conjunto de bienes tangibles que se utilicen para la 
realización de sus actividades y que se demeriten por el uso o por el 
transcurso del tiempo. 
 Gastos diferidos. Son los activos intangibles que están representados por 
bienes y derechos que permiten reducir costos de operación, mejorar la 
calidad. De igual manera se consideran gastos diferidos a los activos 
intangibles que permiten la explotación de bienes de dominio público o la 
prestación de un servicio. 
 Cargos diferidos. Son cuyo beneficio sea por un periodo ilimitado este 
dependerá de la duración de la actividad de la persona moral. La 
característica de estos cargos representan un gasto aplicable a ejercicios 
futuros. 
 
 
 41 
 
2.4.7. Porcentaje de deducción de activos fijos. 
De acuerdo con el art. 34 de la LISR, estos serán los máximos 
porcentajes autorizados por esta ley. 
 10% para inmuebles que se declaren como monumentos patrimoniales. 
 Ferrocarriles serán el 3% para bombas de suministro de combustibles, 5% 
para vías férreas, 6% para carros ferrocarriles, locomotoras. 
 7% para maquinaria niveladora de vías. 
 10% para señalamientos y equipos de comunicación. 
 Mobiliario y equipo de oficina será el 10% 
 Embarcaciones el 6% 
 Aviones el 25% para los dedicados a la aerofumigación agrícola, y el 10% 
para todos los demás. 
 Automóviles, autobuses. Camiones de carga, tractocamiones, montacargas, 
y remolque ser el 25% 
 Equipo de cómputo el 30% 
 Dados, troqueles el 35% 
 Comunicaciones telefónicas será el 5% para sistemas de radio excepto los 
de fibra óptica, el 8% para sistemas de radio incluyendo los de 
radiotransmisión de microonda digital o analógica. 
 El 25% para equipo telefónico 
 Comunicaciones satelitales será el 8% para el segmento satelital en el 
espacio y el 10% para quipo satelital en tierra, incluidas las antenas para las 
transmisión y recepción de comunicaciones digitales y análogas. 
 
 
 42 
 
 El 100% para adaptaciones a instalaciones o mejoras al activo fijo, con la 
finalidad de facilitar a las personas con discapacidad. 
 El 100% para maquinaria y equipo para la generación de energías 
renovables. 
 El 25% para bicicletas convencionales y motocicletas que se sean de 
baterías eléctricas recargables. 
De acuerdo con el art. 36 de la ley de ISR, hace mención de las reglas 
para la deducción de las inversiones. En esta sección señala que en las 
inversiones de automóviles sólo serán deducibles por un monto de 
$175,000.00, si el monto de la inversión es mayor al máximo que estipula la 
ley, la diferencia de este no será no deducible. De igual forma los automóviles 
eléctricos serán deducibles por un monto de $250,000.00. 
En el art. 33 nos menciona sobre los por cientos máximos tratándose 
de gastos y cargos diferidos, estos serán del 5% para los cargos diferidos, 10% 
para erogaciones realizadas en periodos preoperativos, el 15% para las 
regalías para la asistencia técnica, así como otros gastos diferidos. 
2.5. Retenciones. 
Las retenciones es la parte de una cierta cantidad que se deberá pagar 
para así garantizar el cumplimiento de la obligación fiscal y conforme a 
ello cumplir con el objetivo principal de distribuir la riqueza a los sectores 
para aprovechar las ventajas de un país mediante el pago en tiempo y 
forma de esta obligación que se tiene como ciudadano y su responsabilidad 
civil. 
 
 
 43 
 
De acuerdo con la ley de IVA, en su artículo 1-A, hace mención a las 
personas que están obligadas a la retención del impuesto a los siguientes 
contribuyentes. 
 
 
 
El reglamento de la ley del impuesto al valor Agregado (RIVA), nos 
menciona en su artículo 3 párrafo 1, las personas morales obligadas a efectuar 
esta retención serán en los siguientes casos. 
 
 
 
 
 44 
 
Sujetos de retención de IVA.
La retención será por las dos 
terceras partes del impuesto 
efectivamente pagado.
La retención será por las dos terceras 
partes del impuesto efectivamente pagado.
Honorarios
Prestación de servicios 
profesionales
Otorgamiento de uso o gocen temporal de 
bienes.
Arrendamiento.
Personas físicas
Autotransportes terrestres de bienes 
Personas físicas. 
Sujetos de retención de IVA.
La retención será del 4% efectivamente 
pagada. 
 
 
 
 
 45 
 
2.6. Pagos provisionales. 
Las personas morales que tributan en el régimen general, tienen la 
obligación de presentar pagos provisionales durante el ejercicio en que 
realicen sus actividades y operaciones financieras, estos pagos provisionales 
plasmaran mediante un cálculo en el cual se determinará los diferentes 
impuestos al que está obligado a presentar ante la autoridad. 
El proceso de elaboración del pago provisional el contribuyente tiene 
la obligación de plasmar con veracidad la autenticidad de los impuestos que le 
corresponde, que va desde el Impuesto Sobre la Renta (ISR) propio, el 
Impuesto al Valor Agregado (IVA), retenciones de ISR, y retenciones de IVA. 
Cada uno de estos impuestos, tiene un proceso complejo y minucioso 
al momento de la elaboración y determinación de cada uno de ellos, es por 
ello que la ley del Impuesto Sobre la Renta señala en sus artículos los procesos 
y el tratamiento para cada uno de estos impuestos que genera el contribuyente 
y la forma correcta de aplicarlo en el pago provisional de cada mes. 
Art.14- pagos provisionales mensuales. Los contribuyentes efectuaránpagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más 
tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que le corresponda el 
pago. Un punto muy importante sobre el pago provisional mensual, y su 
cumplimiento en tiempo y forma, será considerando el sexto digito numérico 
de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), este puede variar en 
los plazos de la fecha límite de su presentación del pago provisional por lo 
antes mencionado. 
 
 
 46 
 
 
2.7. Cálculo del pago provisional. 
A continuación, presentaré el ejemplo de cómo calcular los pagos 
provisionales de ISR propio de una empresa, se toma como ejemplo una 
sociedad anónima de capital variable, cabe recalcar que se calcula el ISR 
propio con base a lo facturado en el mes correspondiente al ejercicio en curso. 
En el cuadro que se muestra en la siguiente página se observa el 
control de pagos provisionales realizados durante el periodo del ejercicio 
fiscal 2017, en los meses de enero a junio. 
 
 
Fuente: www. sat.gob.mx
5 y 6 
7 y 8 
9 y 0
Fecha limite de pago.
Día 17 más un día hábil 
Día 17 más dos días hábiles
Día 17 más tres días hábiles
Día 17 más cuatro días hábiles
Día 17 más cinco días hábiles
sexto digito numérico de RFC
1 y 2
3 y 4
Indicador del sexto digito numérico de RFC
 
 
 47 
 
CONCEPTO ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO TOTAL
VENTAS 376,905.28 340,028.92 315,443.11 624,253.31 526,366.09 411,036.06 2,594,032.78 
ANTICIPO CLIENTES 47,194.15 47,194.15- 10,525.97 10,525.97 
OTROS INGRESOS - 
INTERESES BANCARIOS 51.36 62.25 23.62 41.33 52.11 41.96 272.63 
TOTAL DE INGRESOS 376,956.64 340,091.17 362,660.88 577,100.49 526,418.20 421,603.99 2,604,831.38 
- 
INGRESOS ACUMULABLES 376,956.64 717,047.81 1,079,708.69 1,656,809.18 2,183,227.39 2,604,831.38 
COEFICIENTE DE UTILIDAD 0.0763 0.0730 0.0730 0.0730 0.0730 0.0730
UTILIDAD ESTIMADA 28,761.79 52,344.49 78,818.73 120,947.07 159,375.60 190,152.69 
INVENTARIO ACUMULADO - - - - - - 
PÉRDIDAS FISCALES PEND. AMORT. - - - - - - 
PTU PAGADA EN EL EJERCICIO - - - - - 
BASE PARA I.S.R. 28,761.79 52,344.49 78,818.73 120,947.07 159,375.60 190,152.69 
% TASA 30% 30% 30% 30% 30% 30%
I.S.R. CAUSADO 8,628.54 15,703.35 23,645.62 36,284.12 47,812.68 57,045.81 
MENOS: PAGOS PROVISIONALES ANTERIORES- 8,578 15,593.62 23,512.27 36,109.44 47,597.34 
MENOS: ISR BANCARIO 50.61 109.73 133.35 174.68 215.34 251.63 
IGUAL: ISR A PAGAR 8,578 7,016 7,919 12,597 11,488 9,196.84
EJERCICIO 2017
CÁLCULO DE PAGOS PROVISIONALES DE ISR 
ALMACENES MONTERREY, S.A. DE C.V.
 Fuente: Datos tomados de papeles de trabajo para el pago provisional. 
 
 
 
 
 
 
 48 
 
VENTAS
+ ANTICIPO CLIENTES
+ OTROS INGRESOS
+ INTERESES BANCARIOS
= TOTAL DE INGRESOS
= INGRESOS ACUMULABLES
x COEFICIENTE DE UTILIDAD
= UTILIDAD ESTIMADA
- PÉRDIDAS FISCALES PEND. AMORT.
- PTU PAGADA EN EL EJERCICIO
= BASE PARA I.S.R. 
x TASA 30%
= I.S.R. CAUSADO
- PAGOS PROVISIONALES ANTERIORES
- ISR BANCARIO
= ISR A PAGAR
Formula para determinar el pago provisional de 
ISR 
CONCEPTO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 49 
 
2.8. Forma de presentación 
Actualmente las declaraciones y pagos, se realizan a través del portal 
de SAT por medio de la modalidad pago referenciado, en este se realizará el 
proceso de llenado de manera en línea de las obligaciones fiscales que 
presenté el contribuyente a través del llenado de la declaración, la cual está 
divida por obligación. 
 
 
 
 
 
 50 
 
 
Men s u a l es 
RFC: 
Contraseña: 
Iniciar Sesión 
Contr seña I Fiel 
Para realizar e111enado de la declaración mensual, nos pedira el RFC del 
contribuyente y la clave C IEC, para ingresar al sistema_ 
Declaración Provisional o Definitiva de Im¡JUestos Federales 
RFC 
Period:cidad 1¡- Mensu<1 
Ejercicio foL7 
Obligaciones R~istradas 
I : DtScripc ón 
o ISR PERSONAS MO~,/ILES 
O ISR RETENCIO NES POR SMA RI OS 
O ISR RETENCIO NES POR S: RVICI05 PROFE ~IOUALES 
O IMPUESTO AL VALOR AG RE GADO 
O J V~ RETENCIO ~ ES 
Otras Obligaciones Factibles a Declarar I!I 
Tipo de Declmción 
Periodo 
~crmal 
~gost o 
Fecho de vencimien to 
Mensual es 
RFC: 
Contraseña: 
Iniciar Sesión 
Contr seña I Fiel 
Para realizar el llenado de la declaración mensual nos pedira el RFC del 
contnbuyente y la clave CIEC, para ingresar al sistema. 
Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales 
RFC 
Period:cldad I I· Men~u< 1 
Ejercicio rou-
Obligaciones R~istradas 
I I Deserlpe ón 
o ISR PERSONAS MO'lJiLES 
CI ISR RETENCIONES POR SMARIOS 
G ISR RETENCIONES POR SERVICI05 PROFESIOUALES 
Q IMPUE5TO Al VALOR AGREGADO 
Ea IV!\. RETENClOI1ES 
Otras Obligaciones Factibles a Declarar I±I 
Tipo ele Declaración 
Periodo 
~crmal 
~ gosto 
Fech¡ de vencimiento 
 
 
 51 
 
2.9. Declaración anual. 
En el artículo 9, nos hace mención el pago del ISR y la presentación de 
la declaración anual, este señala la manera en donde se debe presentar y la 
fecha que pone como limite la autoridad. Esta tiene como fecha de 
vencimiento para las personas morales hasta el 31 de marzo para poder 
presentar esta declaración, el llenado será de manera en línea. 
El impuesto del ejercicio se pagará mediante la declaración, dentro de 
los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal. 
2.9.1.Cierre del ejercicio fiscal. 
Al término de cada año todas las empresas elaboran y presentan los 
resultados que hubo en el periodo, mediante representaciones en las cuales 
están conformados por el estado de resultados contable y fiscal, y el estado de 
situación financiera del ejercicio. 
Mediante este proceso se calculan los impuestos anuales, en los casos 
si la empresa resulta un impuesto a pagar o un impuesto a favor, haciendo los 
cálculos y su determinación correspondiente, cada empresa elabora dos tipos 
de cierres anuales, uno fiscal y el otro contable. 
 Cierre contable: Se obtiene un resultado de los ingresos y gastos del 
ejercicio. 
 Cierre fiscal: Se parte de un resultado contable con una serie de ajustes 
para llegar a un resultado fiscal. 
 
 
 52 
 
2.9.2. Ajuste anual por inflación. 
De acuerdo con el artículo 44 y 45 de la ley del ISR, nos hace mención 
sobre el procedimiento de la determinación del ajuste anual, qué está incluido 
dentro del cierre fiscal, de igual manera nos menciona los conceptos entre 
deudas y créditos. 
Se considera crédito: al derecho que tiene una persona acreedora de 
recibir de otra persona deudora una cantidad monetaria, no se consideraran 
créditos los que sean a cargo de personas físicas y no provengan de sus 
actividades, o sean a un plazo menor de un mes o plazo mayor si cobran antes 
del mes. 
Se considera deuda: a cualquier obligación pendiente de cumplimiento 
entre otra, también se consideran deudas a los pasivos, reservas del activo, 
pasivo o capital; cabe mencionar que el momento que se considera que se 
contrae una deuda cuando se realiza una adquisición de bienes y servicios. 
Para la elaboración del ajuste anual se deberá determinar con los 
saldos finales de cada mes y de cada cuenta que integre los créditos y deudas, 
posterior a ello, se deberácalcular el saldo promedio anual, este se determina 
sumando todos los saldos de cada mes y se dividirá entre el número de meses 
del ejercicio, una vez realizado esto obtendremos un ajuste por inflación 
acumulable o deducible. 
Ajuste anual por inflación acumulable: cuando el saldo promedio de 
las deudas sea mayor al saldo de los créditos anuales, la diferencia se 
multiplicará por el factor del ajuste anual y el resultado de este será el 
acumulable. 
 
 
 53 
 
Ajuste anual por inflación deducible: cuando el saldo anual de los 
créditos sea mayor que el de las deudas, la diferencia se multiplicara por el 
factor de ajuste anual y el resultado será ajuste anual por inflación deducible. 
Para calcular el factor del ajuste anual: se obtendrá restando la unidad 
del cociente que se obtenga de dividir del Índice Nacional de Precios al 
Consumidor (INPC), del último mes del ejercicio que se esté calculando, entre 
el último mes del ejercicio inmediato anterior. Cuando el ejercicio haya sido 
menor a 12 meses el factor de ajuste anual se obtendrá al restar la unidad del 
cociente que se obtenga al dividir el INPC al último mes que se calcule, entre 
el INPC del mes inmediato anterior al primer mes del ejercicio que se trate. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 54 
 
Fuente: Art. 44 y 45 LISR P.M. Capítulo III
Promedio anual de deudas.
Formula de ajuste anual por inflación.
Promedio anual de deudas.
Diferencia.
Factor de ajuste anual.
Ajuste anual por inflación deducible.
Promedio anual de créditos.
Diferencia.
Factor de ajuste anual.
Ajuste anual por inflación acumulable.
Promedio anual de créditos.
Factor de ajuste 
anual. INPC del último mes del ejercicio inmediato anterior en el cual se calcule
INPC del último mes del ejercicio que se calcule al ajuste anual.
-1
Promedio anual de 
deudas.
Suma de los saldos finales de los meses del ejercicio.
número de meses del ejercicio.
Promedio anual de 
los créditos.
Suma de los saldos finales de los meses del ejercicio.
número de meses del ejercicio.
 
 
 
 55 
 
CONCILIACIÓN DEL RESULTADO CONTABLE FISCAL
DEL EJERICIO 2016
VENTAS 214,130.96
DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS S/ VENTAS 0.00
VENTAS NETAS 214,130.96
COSTO DE VENTAS
COSTO 10,757.43
UTILIDAD (PÉRDIDA) BRUTA 203,373.53
GASTOS DE OPERACIÓN
GASTOS GENERALES 88,223.30 
UTILIDAD (PÉRDIDA) EN OPERACIÓN 115,150.23
OTROS INGRESOS Y GASTOS
PRODUCTOS FINANCIEROS 0.00
OTROS INGRESOS 0.00
GASTOS FINANCIEROS 49,936.05
PERDIDA EN CAMBIOS 0.00
GASTOS NO DEDUCIBLES 68.41
PÉRDIDA EN VENTA DE ACTIVO 0.00 50,004.46
UTILIDAD (PÉRDIDA) ANTES DE ISR Y PTU 65,145.77
Ejemplo de estado de resultados.
DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016
EMPRESA S.A. DE C.V.
ESTADO DE RESULTADOS 
2.9.3.Estado de resultados contable y fiscal. 
En esta sección explicaré la manera de elaborar el estado de resultado 
contable y fiscal, que nos servirá para poder hacer el llenado de la declaración 
anual. 
Se empezará a realizar el estado de resultado contable como ya lo 
conocemos el cual estará integrado por las ventas, el costo de ventas, los 
gastos de operación para así llegar a una utilidad o pérdida antes de impuestos. 
 
 
 56 
 
2.9.4.Conciliación contable fiscal. 
La conciliación contable fiscal, se elabora partiendo de una utilidad o 
pérdida, quitándole el efecto de las partidas contables por ejemplo: las 
depreciaciones contables, gastos no deducibles, primas de seguro, entre otras, 
agregando las partidas fiscales como: ajuste anual deducible, depreciaciones 
fiscales, entre otras más. 
Esto es un requisito necesario para hacer el llenado de la declaración 
anual de las personas morales, cabe resaltar la importancia de esta conciliación 
y el papel que juega al término del ejercicio para las empresas de cualquier 
tipo de servicio. 
Para poder agilizar el llenado de la declaración anual, se recomienda 
determinar los saldos de las partidas de la conciliación contable fiscal y su 
respectivo papel de trabajo en donde se realizó dicho procedimiento y análisis 
de las cuentas que intervienen para su elaboración. Teniendo en cuenta las 
cuentas que se menciona con anterioridad pueden cambiar dependiendo de las 
operaciones de cada empresa. 
A continuación, se realizará un breve análisis y su estructura para 
comprender los tipos de ingresos y deducciones tanto fiscal como contable 
para la elaboración de la conciliación contable fiscal del ejercicio. 
Ingresos contables no fiscales e Ingresos Fiscales no contables. La 
diferencia entre los ingresos contables y fiscales, puede ser el momento de su 
acumulación y su exención, quiere decir, que un concepto que se considera 
ingreso puede no serlo contablemente. 
 
 
 57 
 
Deducciones contables no fiscales y deducciones fiscales no contables. 
Las partidas que son consideradas deducciones generalmente están 
conformadas por gastos de las empresas con relación a ellas, mientras para la 
parte fiscal, para poder ser considerada como deducible una partida debe de 
reunir con los requisitos que la ley del ISR establece y sus demás 
disposiciones fiscales. 
2.9.5. Estructura de la conciliación contable fiscal. 
 Utilidad o pérdida. 
 Partidas no deducibles acumulables. Anticipo a clientes, ajuste anual 
acumulable, primas de seguro y fianzas pagados, gastos no deducibles, 
depreciación contable, provisiones a P.F. Y S.C. no pagadas. 
 Partidas no decibles y no acumulables. Anticipo de clientes no 
acumulables, ajuste anual deducible, depreciaciones fiscales, primas de 
seguro pagadas en el ejercicio anterior. 
 Utilidad (pérdida) fiscal. 
 PTU pagada en el ejercicio. 
 Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. 
 Resultado fiscal. 
 Tasa. 
 I.SR. anual. 
 I.SR. retenido. 
 I.SR. pagado. 
 I.S.R. a cargo anual. 
 
 
 
 58 
 
CONCILIACIÓN DEL RESULTADO CONTABLE FISCAL
DEL EJERICIO 2016
RESULTADO ANTES DE I.S.R. 65,145.77
MAS: PARTIDAS NO DEDUCIBLES Y ACUMULABLES:
ANTICIPO DE CLIENTES 0.00
AJUSTE ANUAL ACUMULABLE 28,693.50
PRIMAS DE SEGUROS Y FIANZAS PAGADAS EN 2016 0.00
GASTOS NO DEDUCIBLES 68.41
DEPRECIACIONES CONTABLES: 47,897.35
PROVISIONES P.F. Y S.C. NO PAGADAS 0.00
76,659.26
MENOS:
PARTIDAS DEDUCIBLES Y NO ACUMULABLES
ANTICIPO DE CLIENTES EJERC. ANTER. 0.00
AJUSTE ANUAL DEDUCIBLE 0.00
DEPRECIACIONES FISCALES: 52,274.23
PRIMAS DE SEGUROS PAGADAS EN 2014 0.00
HONORARIOS DE 2014 PAGADAS EN 2015 0.00 52,274.23
UTILIDAD (PERDIDA) FISCAL 89,530.80
PTU PAGADA 2016 0.00
PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES 0.00
RESULTADO FISCAL 89,530.80
TASA 30%
ISR ANUAL 26,859.24
ISR PAGADO 5,910.00
I.S.R. RET. BANCOS 0.00
ISR A CARGO ANUAL 20,949.24
Fuente: Datos tomados de auxiliares y papeles de trabajo.
EMPRESA S.A. DE C.V.
Conciliación contable fiscal.
 
 
 
 59 
 
INGRESOS ACUMULABLES: 242,824.46
INGRESOS 214,130.96
OTROS INGRESOS 0.00
PRODUCTOS FINANCIEROS 0.00
ANTICIPO DE CLIENTES 0.00
AJUSTE ANUAL ACUMULABLE 28,693.50
DEDUCCIONES AUTORIZADAS: 153,293.66
DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS S/ VENTAS 0.00
GASTOS GENERALES 40,325.95
GASTOS FINANCIEROS 49,936.05
PERDIDA EN CAMBIOS 0.00
PRIMAS DE SEGUROS 0.00
DEPRECIACIONES FISCALES: 52,274.23
PERDIDA EN VENTA DE ACTIVO 0.00
COSTO DE VENTAS FISCAL 10,757.43
GASTOS P.F. 2014 PAGADOS 2015 0.00
AJUSTE ANUAL DEDUCIBLE 0.00
UTILIDAD FISCAL 89,530.80
PTU PAGADA 0.00
PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES 0.00
RESULTADO FISCAL 0.00 89,530.80
TASA 30%
ISR CAUSADO ANUAL 26,859.24
ISR PAGADO 5,910.00
I.S.R. RET. BANCOS 0.00 5,910.00
ISR A CARGO A FAVOR 20,949.24
Fuente: Datos tomados de auxiliares y papeles de trabajo.
EMPRESA S.A. DE C.V.
ESTADO DE RESULTADOS FISCAL
DEL EJERICIO 2016
2.9.6.Estado de resultados fiscal del ejercicio. 
En el artículo 9 de la ley del ISR, nos hace mención sobre la 
determinación del resultado fiscal

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