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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN ESTUDIO DEL SISTEMA DE AFILIACIÓN PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, SATIC (IMSS) TESIS PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADA EN CONTADURÍA PRESENTA: DANIA SELENE VIEYRA TORAL ASESOR: M.A. BENITO RIVERA RODRÍGUEZ CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO 2013 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR DEPARTAMENTO DE EXÁMENES PROFESIONALES V}iIV~I)AD ]\lACJ0AAl. A~MAD[ M", ,~O IlRA. SUEMI RODRíG UEZ ROMO IlIRECTORA IlE LA FES CUAUTITLAN PRESENTE U,.N. A. M. fAtlU1I lE mUlO AS UNTd" V('Jf'ó 'A:PllOIIA TORIO . ., !' " I .¡~ ATN, L.A. ARACEU I ÉRRERA f1ERNÁNDI:Z Jefa dCa il';ncn,o de Exámenes Prore . l~láO¡;Qts Cuautitlán. ¡~IiIIH' Con base en el Reglamento General de comunicar a usted que revisamos LA TESIS: Exámenes, y la Dirección de la Facultad, nos permitimos a ESTUDIO DEL SISTEMA DE AFILIACiÓN PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCiÓN, SATIC IIMSSI Que presenta el pasante: Con número de cuenta: ~pa~ra~~~~' ~de: licenciada en Contaduría Considerando que dicho trabajo reúne los requisitos necesarios para ser disCllUdo en el EXAMEN PROFESIONAL correspondiente, otorgamos nuestro VOTO APROBATORIO. ATENTAMENTE "POR MI RAZA HABLARA EL EspíRITU" Cuautitlán Izealli, Méx. a 6 de Mayo de 2013. PROFESORES QUE INTEGRAN EL JURADO NOMUR E PRESIDENTE VOCAL M.e.E, Maria de la luz Ramos Espinosa SECRETARIO MA Ben~o Rivera Rodriguez ter SUPLENTE M.C.E. Ofelia Noguez Cisneros 2tlo SUI·U:NTE LC. Arturo Moreno Rivera NOTA: los sinodales suplentes est~n obligados a presentarse el dla v hora del E~amen Profeslo~1 iart. 1m. HHA/pm DEDICATORIAS He aprendido a lo largo de los años que hay que luchar por lo que queremos, que hay obstáculos y barreras que nos hacen un poco difícil el camino de la vida, pero que al final con valentía, sueños y ganas de salir adelante, podemos alcanzar lo que nos proponemos. He aprendido que nuestros padres siempre quieren lo mejor para nosotros, que sus regaños y consejos siempre son para guiarnos por el camino correcto. He aprendido que la amistad se fortalece con el paso del tiempo. He aprendido que solo es cuestión de luchar para cumplir con nuestros sueños. Es mi deseo dedicarles este trabajo y mis logros a todas aquellas personas que contribuyeron a lo largo de mi vida, y ha dejado un recuerdo lindo en mi corazón, que con sus consejos y enseñanzas me ayudaron a tomar las decisiones que marcarían el rumbo de mi vida. Gracias principalmente a Dios por la vida que escogió para mí, por ser la luz que guía mi camino, pero sobre todo por asignarme a mis padres, gracias a ellos por darme la VIDA. A mi mamá Enna por tu sacrificio y cariño, que aunque no me lo dices, con tus acciones me lo haces saber, por las decisiones que tomaste pensando en mí, pero lo que más te agradezco es la elección de esa persona que cambio nuestras vidas: Mi papá Armando. A mi papá Armando por aceptar el reto de ser mi Padre, porque a lo largo de los años te ganaste mi cariño y admiración. Por considerarme siempre y en todo momento tu hija y no hacer ninguna distinción, en verdad mil gracias, por tus consejos, por tus palabras de aliento cuando las necesito, pero sobre todo por tu esfuerzo para sacarnos adelante. A ti mamá Guty de ser mi tía, te convertiste en mi madre, en mi ejemplo a seguir. Gracias por enseñarme lo difícil que es la vida y hacer más sencilla la mía, por todo el amor que me das, por la manera en que me educaste y cuidaste, por depositar tu confianza en mí y por todos los sacrificios que has hecho, nunca me alcanzará la vida para compensar todo lo que me has dado. A mamá Vicenta, gracias por querer a esta nieta, por cuidarla, consentirla y regañarla. Por tu valentía al sacar adelante a tus 3 hijas, por contribuir a formarme y educarme. A mi madrina Elsa y mi padrino Gustavo, por su apoyo y fomentar en mi el deseo de superación y anhelo de triunfo en la vida. A mi hermano Jonathan, por poner a prueba mi paciencia. Siempre he querido darte un buen ejemplo y hacer que aprendas que solo luchando podemos cumplir con nuestros sueños. A las peques, Amparito, Moni, Mariel, Gaby y mi estimado Jhon. Gracias por compartir estos cuatro años y medio juntos. A Amparito por demostrarme su fortaleza y ganas de superarse, por su dulzura y comprensión. A Moni por ayudarme en todo momento, por su cariño y por enseñarme a no darme por vencida. A Mariel por su tolerancia y enseñarme que una amistad supera todo los obstáculos y perdona nuestros errores. A Gaby por su carisma y simpatía que a pesar de las situaciones que se nos presentaron vivimos momentos muy especiales. Y a mi estimado Jhon por contagiarnos con su alegría, y por siempre tener una sonrisa en todo momento. A Roberto por tu amor, por tu apoyo y por alentarme, por ser no sólo mi novio, si no también mi amigo, por tu paciencia y por enseñarme a comprender mis errores de la mejor manera, por compartir parte de tu vida y experiencias. Gracias por amarme como lo haces. A todo el equipo de trabajo de Dym Almanza, en especial a los Licenciados David y Ma. Eugenia por ser tan comprensivos y ayudarnos. Por brindarme la oportunidad de crecer personal y profesionalmente. A mi colega y amigo Jaime, sé que contaré contigo en todo momento, gracias por la amistad que a través de los años aun conservamos, por escucharme, por tus enseñanzas y por tu cariño. Gracias Profesor Carlos Guerra Osorio por transmitirme este amor por mi carrera, por las bases del conocimiento que me aportó. A Anita por enseñarme que una amistad es duradera a través de los años y de la distancia. A mi máxima casa de estudios la UNAM, pero especialmente a la FES Cuautitlán por permitirme formar parte de ella, por albergarme durante estos años y aportarme los conocimientos necesarios para poder orgullosamente representarla. A mi Asesor de Tesis Benito Rivera Rodríguez, por su tiempo, comprensión, colaboración y apoyo. A mi Profesora querida Blanquita, por permitirme ser su adjunta y brindarme su amistad, por enseñarme la bondad que hay en su corazón, el cariño que tienen hacia sus alumnos y la vocación hacia su profesión. En fin mil gracias a todas y cada una de las personas que he conocido a lo largo de mi vida, a las que aún están conmigo y a las que desde el cielo me han ayudado guiándome por el buen camino. ESTUDIO DEL SISTEMA DE AFILIACIÓN PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, SATIC (IMSS) ÍNDICE CAPÍTULO 1. ANTECEDENTES ........................................................... 2 CAPÍTULO 2. ASPECTOS GENERALES DE LAS RELACIONES OBRERO-PATRONALES ...................................................................... 7 2.1. CONCEPTO DE PATRÓN ..............................................................................................7 2.2. CONCEPTO DE TRABAJADOR .................................................................................... 7 2.3. RELACIÓN DE TRABAJO .............................................................................................. 7 2.4. TIPOS DE SALARIO ....................................................................................................... 8 2.4.1. Salario por unidad de tiempo ................................................................................... 8 2.4.2. Salario por unidad de obra ....................................................................................... 8 2.4.3. Salario por comisión ................................................................................................. 9 2.4.4. Salario a precio alzado ........................................................................................... 10 2.5. CONTRATO ................................................................................................................... 10 2.5.1. Tipos de Contratos ................................................................................................. 10 CAPÍTULO 3. ASPECTOS GENERALES DE LA LEY DEL IMSS ..... 13 3.1. INSCRIPCIÓN AL REGISTRO PATRONAL ............................................................... 13 3.1.1. Personas Morales ................................................................................................... 13 3.1.2. Personas Físicas .................................................................................................... 14 3.2. REGÍMENES DEL IMSS ............................................................................................... 15 3.2.1. Régimen Obligatorio ............................................................................................... 17 3.2.2. Régimen Voluntario ................................................................................................ 18 3.3. OBLIGACIONES DE LOS PATRONES ANTE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL .... 19 3.4. CUOTAS OBRERO-PATRONALES ............................................................................ 21 3.4.1. Determinación de las Cuotas Obrero-Patronales ................................................ 22 Pág. 3.4.1.1. Salario Base de Cotización ................................................................................. 23 3.4.1.2. Salario Diario Integrado ...................................................................................... 24 3.4.2. Porcentajes Aplicables a las Cuotas Obrero-Patronales .................................... 25 CAPÍTULO 4. EL IDSE (IMSS DESDE SU EMPRESA) ..................... 29 4.1. ANTECEDENTES Y SURGIMIENTO .......................................................................... 29 4.2. REQUSITOS PARA LA INSCRIPCIÓN AL SISTEMA ............................................... 31 4.2.1. Firma Digital ............................................................................................................ 32 4.3. MÓDULOS DEL SISTEMA ........................................................................................... 33 CAPÍTULO 5. EL SATIC (SISTEMA DE AFILIACIÓN PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN) ...37 5.1. ASPECTOS GENERALES EN RELACIÓN A LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN ................................................................................................................. 46 5.1.1. Obra de Construcción ............................................................................................. 46 5.1.2. Contratistas ............................................................................................................. 46 5.1.3. Subcontratistas ....................................................................................................... 46 5.1.4. Patrón dedicado a la actividad de la construcción. .............................................. 46 5.2. TIPOS DE CONTRATO DENTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN . 47 5.2.1. Contrato de Obra Pública ....................................................................................... 47 5.2.2. Contrato de Obra Privada ...................................................................................... 47 5.2.3. Contrato a precio fijo o alzado ............................................................................... 48 5.2.4. Contrato a precio unitario ....................................................................................... 49 5.2.5. Contrato de obra de costo más comisión ............................................................. 49 5.2.6. Contrato de obra por administración ..................................................................... 50 5.3 ESTRUCTURA DEL RSSOTCOTD .............................................................................. 50 5.4. MODIFICACIONES AL RSSOTCOTD ......................................................................... 55 5.5. VENTAJAS DE LAS NUEVAS DISPOSICIONES PARA LOS PATRONES ............ 65 5.5.1. Obligaciones de los Patrones de La Industria de la Construcción ................ 66 5.6. PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN ............................................................................. 66 Pág. 5.6.1. Dictamen .................................................................................................................. 66 5.6.2. Beneficios al dictaminar ......................................................................................... 67 5.6.3. Aviso de dictamen................................................................................................... 69 5.6.4. Autocorrección ........................................................................................................ 69 5.7. FORMATOS SATIC ....................................................................................................... 71 5.7.1. Modificaciones a los formatos ............................................................................... 84 5.7.1.1. Aviso de registro de obra del propietario contratista, Formato SATIC-01. ..... 84 5.7.1.2. Aviso de registro de fase de obra de subcontratista, Formato SATIC-02 ...... 85 5.7.1.3. Aviso de incidencia de obra, Formato SATIC-03 .............................................. 86 5.7.1.4. Aviso de cancelación de subcontratación, Formato SATIC-04 ....................... 86 5.7.1.5. Relación mensual de trabajadores de la construcción, Formato satic-05. ..... 87 5.7.1.6. Aviso para informar la subcontratación, Formato SATIC-06. .......................... 87 5.8. FORMATOS SATIC ACTUALES .................................................................................. 88 5.9. FORMATOS SATIC, DESDE EL IDSE. ..................................................................... 113 5.10. INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 18 DEL REGLAMENTO DEL SEGURO SOCIAL PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN ........................... 117 CASO PRÁCTICO. ............................................................................. 122 CONCLUSIONES ............................................................................... 186 BIBLIOGRAFÍA .................................................................................. 188 Pág. ABREVIATURAS Para el mejor manejo y entendimiento de este trabajo me permito presentar el significado de abreviaturas utilizados. CFF Código Fiscal de la Federación CONAGUA Comisión Nacional del Agua COP Cuotas Obrero-Patronales CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos DOF Diario Oficial de la Federación IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social LSS Ley del Seguro Social RACERT Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización RSSOTCOTD Reglamento del Seguro Social para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado SAGARPA Secretaría de Agricultura,Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación SATIC Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción SNTSS Sindicato Nacional de para los Trabajadores del Seguro Social STPS Secretaría del Trabajo y Previsión Social INTRODUCCIÓN El tema que abordo en el presente trabajo de Tesis es “El Sistema de Afiliación de los Trabajadores de la Industria de la Construcción (SATIC)”, un tema nuevo de interés para diversas ramas, del que no se tiene mucho conocimiento al respecto, la importancia de realizar este trabajo es poder brindar una investigación completa y de fácil entendimiento para actuales y futuras generaciones, que ayuden al adecuado manejo del mismo. En el Primer Capítulo comienzo con los antecedentes. El surgimiento de la Seguridad Social tuvo su origen en la Constitución Política de 1917, en donde establecía en su artículo 123, entre otras medidas, responsabilidades de los patrones en accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, así como también la obligación de observar los preceptos legales sobre higiene y seguridad. Aunque a lo largo de la historia surgieron varias instituciones que se encargarían de la Seguridad Social en México, sin duda una de las más grandes y con mayor número de derechohabientes es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el cual fue creado para cumplir con la Seguridad Social. Este Instituto a través de La Ley del Seguro Social, regula las disposiciones en que se brindará la asistencia de las 5 diferentes ramas que tiene hoy en día las cuales son: Riesgo de Trabajo, Enfermedad y Maternidad, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guardería y Prestaciones Sociales, a través de las cuales los trabajadores gozan de los beneficios. En el Segundo Capítulo hago referencia a los diversos conceptos que existen en las relaciones Obrero-Patronales. En el Tercer Capítulo podremos ver que los beneficios que otorga el IMSS podrán gozarse en los dos regímenes que nos marca la Ley del Seguro Social: el Régimen Obligatorio y Voluntario. Para gozar de ellos se deben pagar las cuotas correspondientes que marca la LSS, Cuotas Obrero-Patronales, siendo obligación del patrón el cálculo y entero de las mismas, con base en los porcentajes marcados en la citada Ley. En el Cuarto Capítulo encontraremos que El Instituto Mexicano de Seguro Social a través de los años ha ido innovando sus servicios, y con ello creó una herramienta de gran utilidad para que los patrones cumplan de manera más sencilla con sus obligaciones, el IDSE (IMSS desde su empresa) es una aplicación que sirve para poder realizar diversos trámites por internet. Dentro de esta aplicación se encuentran varios módulos, uno de ellos es El SATIC, este es el tema principal que estará concentrado en el Quinto Capítulo, El Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción un tema nuevo que tiene pocos años, comenzó con el Reglamento de los Trabajadores para la Industria de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado publicado desde 1985. En 2008 se publicó en el Diario Oficial las modificaciones a ese reglamento mismas que cambiaron la forma de regular a las empresas dedicadas a la Construcción, con ella el surgimiento del SATIC y sus formatos, los cuales se crearon con la finalidad de que los patrones dedicados a este giro cumplieran con sus obligaciones de manera sencilla informando algunos datos en relación a sus obras ante el IMSS, y éste tenga la información correspondiente para hacer cumplir las obligaciones a los patrones. Es aquí donde surge la inquietud en la elaboración de esta tesis, analizando los antecedentes que se tienen en el manejo de este giro, investigar sobre el correcto llenado de los formatos y las consecuencias que se tiene al no cumplir con las normas aplicables a este régimen así como la determinación correcta del pago de las Cuotas Obrero-Patronales en relación a cada obra. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 1 CAPÍTULO 1 ANTECEDENTES Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 2 CAPÍTULO 1. ANTECEDENTES A través de la historia las Leyes han ido modificándose, es ahí donde entra los derechos para la clase trabajadora, esto se logró con la Constitución Política de 1917, promulgada el 5 de Febrero, en donde estableció en su Artículo 123 todo lo relacionado con la relación laboral, de ahí la necesidad de la Seguridad Social. El artículo 123 Constitucional, en su fracción XXIX nos establece lo siguiente: Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de Invalidez, de Vejez, de Vida, de Cesación Involuntaria del Trabajo, de Enfermedades y Accidentes, de Servicio de Guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.1 En el país, los antecedentes más cercanos de la seguridad social son la Ley de Accidentes de Trabajo del Estado de México que se expidió en 1904 y la Ley sobre Accidentes de Trabajo del estado de Nuevo León de 1906 en las que “Se reconocía, por primera vez en el país, la obligación para los empresarios de atender a sus empleados en caso de enfermedad, accidente o muerte, derivados del cumplimiento de sus labores”. Sin embargo, no existía todavía el reconocimiento de la responsabilidad del Estado en la provisión de bienestar social, que hasta entonces estaba circunscrita en su mayor parte al ámbito privado y familiar. Debe señalarse que México fue pionero en el tema, al mencionar constitucionalmente la Seguridad Social, la Educación y la Vivienda, tres pilares básicos del bienestar, en una época en que la discusión de las políticas de bienestar y de los derechos sociales era todavía un tema que iniciaba en la agenda internacional. 1 Art 123 Fracción XXIX Constitución Política de 1917 Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 3 La creación del Departamento de Salubridad en 1917 y de la Secretaría de la Asistencia Pública en 1938 (que se fusionarían en 1943 formando la Secretaría de Salubridad y Asistencia), así como de la Secretaría de Educación Pública (SEP) en 1921, fueron avances importantes en materia de acciones sanitarias y de educación primaria, respectivamente. No obstante, en el campo de la seguridad social los resultados llegaron con mayor lentitud. En un principio, los empleados públicos eran los únicos que contaban con pensiones y hasta 1922 éstas fueron manejadas por la Secretaría de Hacienda. En 1925 se expidió la Ley de Pensiones Civiles y se creó la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro. Esta Ley, que fue reemplazada en 1946 por la Ley de Retiros, comprendía la protección de la salud, préstamos y pensiones por vejez, inhabilitación y muerte, y extendía su cobertura a los trabajadores del sector público paraestatal como los ferrocarrileros, petroleros y electricistas. Sin embargo, la gran faltante en estas Leyes era la cobertura de la atención médica y las medicinas. Aunque en 1929 se plasmó en el artículo 123 de la Constitución la necesidad de una Ley del Seguro Social (agregando el seguro de enfermedades a los seguros mencionados originalmente), fue hasta 1943 cuando se promulgó la Ley del Seguro Social, a pesar de varios intentos con ese mismo propósito en el sexenio cardenista. Con esta Ley se creó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se convierte en la institución más importante en materia de salud y de seguridad social, la cual contaba con los siguientes beneficios: accidentesde trabajo y enfermedades profesionales; enfermedades no profesionales y maternidad; invalidez, vejez y muerte, así como cesantía involuntaria en edad avanzada. Estos seguros eran financiados mediante contribuciones tripartitas del trabajador, el empleador y el Estado. Dado que la cobertura se limitaba a trabajadores formales de las empresas paraestatales, privadas o de administración social, progresivamente se hicieron reformas para incorporar a otros sectores de la población: en 1955 se hizo obligatorio el aseguramiento de los empleados de las instituciones de crédito y Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 4 organizaciones auxiliares de seguros y fianzas de la República Mexicana y en 1974 se modificó el artículo 123 fracción XXIX de la Constitución para incluir como sujetos de la seguridad social a trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares. En su redacción original, el artículo 123 de la Constitución no consideraba a los trabajadores al servicio del Estado por lo que, en 1959, en el gobierno del Presidente Adolfo López Mateos, se le añade un apartado B que garantiza sus derechos laborales como la protección ante accidentes y enfermedades profesionales, jubilación, invalidez y muerte, incluyendo también el rubro de vivienda, entre otros. En este mismo año se promulgó la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) mediante la cual se creó el ISSSTE. Según Ordóñez Barba, “Los seguros del ISSSTE cubrirían accidentes y enfermedades profesionales y no profesionales, maternidad, jubilación, invalidez, vejez y muerte. Adicionalmente, se consignó el derecho de los familiares a recibir asistencia médica y medicinas, la apertura de centros vacacionales y tiendas económicas y el acceso a viviendas en renta o venta”. En 1972 se creó el Fondo de Vivienda (FOVISSSTE) y su Comisión Ejecutiva. No fue inmediatamente la Creación de un Instituto que regulara la Seguridad Social, sino hasta 26 años después bajo el gobierno del presidente de la Republica Manuel Ávila Camacho, cuando se logró hacer realidad el mandato constitucional. La aportación inicial que dio el Gobierno Federal fue por la Cantidad de cien mil pesos, se afilió la primera empresa y se expidió la primera credencial de afiliación. El 6 de abril de 1943 se fundó el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), que hoy en día constituye la organización sindical más grande del apartado A del Artículo 123 constitucional. El decreto de creación del IMSS resolvió la puesta en marcha de los servicios para el 1 de Enero de 1944. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 5 La Ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco legislativo bajo el que rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro Social. Actualmente, la Ley señala que la seguridad social tiene como finalidades: La asistencia médica. La protección de los medios de subsistencia. Los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. El otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 6 CAPÍTULO 2 ASPECTOS GENERALES DE LAS RELACIONES OBRERO-PATRONALES Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 7 CAPÍTULO 2. ASPECTOS GENERALES DE LAS RELACIONES OBRERO-PATRONALES Es de gran importancia señalar algunos conceptos fundamentales dentro de las relaciones Obrero-Patronales, ya que alrededor de ellos giran las disposiciones jurídicas. 2.1. CONCEPTO DE PATRÓN Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquél, lo será también de éstos.2 2.2. CONCEPTO DE TRABAJADOR Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio. 3 2.3. RELACIÓN DE TRABAJO De acuerdo al Artículo 20 de La Ley Federal del Trabajo, establece que se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen a la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona. Mediante el pago de un salario. EL Salario es aquella retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo, este puede fijarse: Por unidad de tiempo Por unidad de obra Por comisión 2 Art. 10 Ley Federal del Trabajo 3 Art. 8 Ley Federal del Trabajo Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 8 A precio alzado De cualquier otra manera. El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. 2.4. TIPOS DE SALARIO 2.4.1. Salario por unidad de tiempo El trabajador está obligado a laborar durante la jornada de trabajo en aquella para lo que fue contratado y debe figurar en el respectivo contrato y recibir el salario convenido. Tratándose de salario por unidad de tiempo, se establecerá específicamente esa naturaleza. El trabajador y el patrón podrán convenir el monto, siempre que se trate de un salario remunerador, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal y se respeten los derechos laborales y de seguridad social que correspondan a la plaza de que se trate. El ingreso que perciban los trabajadores por esta modalidad, en ningún caso será inferior al que corresponda a una jornada diaria. En este tipo de salario se requiere una eficaz supervisión, pues desgraciadamente el obrero, cediendo a las inclinaciones de la naturaleza humana hace el menor esfuerzo, procura laborar sin el empeño necesario y, en ocasiones, busca la forma de dejar trabajo pendiente para que el patrón se vea obligado a pedirle que lo haga en tiempo extraordinario, con pago doble. 2.4.2. Salario por unidad de obra Se conviene en pagar una cantidad de dinero por cada pieza o unidad que haga el trabajador. La suma de las unidades realizadas durante la jornada, será la base para calcular el salario. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 9 Cuando el salario se fije por unidad de obra, además de especificarse la naturaleza de ésta, se hará constar la cantidad y calidad del material, el estado de la herramienta y útiles que el patrón, en su caso, proporcione para ejecutar la obra, y el tiempo por el que los pondrá a disposición del trabajador, sin que pueda exigir cantidad alguna por concepto del desgaste natural que sufra la herramienta como consecuencia del trabajo. En el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos. 4 El salario por unidad de obra tiene ventajas y desventajas, ya que si bien estimula al trabajador para obtener una mayor remuneración,en cambio puede originar que los artículos producidos no sean de la mejor calidad, pues para hacer más, se descuidan los detalles de un buen trabajo. 2.4.3. Salario por comisión Se establece una modalidad semejante al salario por unidad de obra, pues se calcula un porcentaje sobre ventas realizadas, por ejemplo, y esto constituye lo que deba pagarse. Surge de la combinación del salario por unidad de tiempo y por unidad de obra, consiste en fijar la tarea o cantidad normal de trabajo que debe ejecutar el obrero dentro de su jornada normal, establecer para ésta un salario fijo o de base y retribuir por separado cada unidad laborada que exceda de la tarea, lo que produce el efecto de que el trabajador más diligente o más hábil obtiene, además de su salario regular, una suma adicional, llamada bonificación o comisión. Este sistema es visto con simpatía por los trabajadores; siendo recomendable que antes de implantarlo el patrón estudie cuidadosamente lo que debe ser la tarea normal, pues si fija una baja cantidad, después se producen resultados muy 4 Artículo 85 Ley Federal del Trabajo Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 10 inconvenientes ya que, trabajadores que ocupan puestos de poca importancia dentro del escalafón general, pueden obtener salarios muy elevados, creándose un desequilibrio en el tabulador de la empresa. 2.4.4. Salario a precio alzado Se combinan los salarios por unidad de tiempo y por unidad de obra y la retribución se paga en función de la obra que el patrón se proponga ejecutar. 2.5. CONTRATO Para que exista una relación laboral, deberá existir un contrato que ampare dicha relación entre patrón y trabajador. Es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos, o más personas, que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa. El contrato es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones, sólo para las partes contratantes y sus causahabientes. 2.5.1. Tipos de Contratos De acuerdo a la Nueva La Ley Federal del Trabajo, nos señala que la duración de las relaciones de trabajo podrá ser por obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrán estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado. El señalamiento de una obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza. http://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo http://es.wikipedia.org/wiki/Voluntad Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 11 El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos siguientes: I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar; II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y III. En los demás casos previstos por esta Ley. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 12 CAPÍTULO 3 ASPECTOS GENERALES DE LA LEY DEL IMSS Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 13 CAPÍTULO 3. ASPECTOS GENERALES DE LA LEY DEL IMSS 3.1. INSCRIPCIÓN AL REGISTRO PATRONAL Entre las obligaciones que señala la Ley, deberán registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles. La inscripción patronal es el trámite que debe efectuar toda persona física o moral cuando establezca una relación laboral y se deberá hacer de la siguiente manera: En todos los casos el patrón debe presentar lo siguiente: Pre-registro en la página del IMSS (www.imss.gob.mx) y llenar la Solicitud de Número de Registro Patronal, al finalizar nos dará una pre alta patronal desde internet, así como la fecha y la hora en la que se deberá presentar en la Subdelegación con los siguientes requisitos: 3.1.1. Personas Morales Registro Federal de Contribuyentes. Comprobante del domicilio del centro de trabajo. Escritura pública o acta constitutiva. Poder notarial para actos de administración del representante legal. Identificación oficial del representante legal. Registro Federal de Contribuyentes del representante legal. Clave Única de Registro de Población del representante legal. Tratándose de los patrones siguientes, además de lo anterior deberán presentar: Para Sindicatos: Resolución de registro emitida por la autoridad laboral competente, emitido por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local. http://www.imss.gob.mx/ Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 14 Para patrones del campo: Permiso Único de Siembra expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). Para patrones que soliciten un Registro Patronal por Clase: Proporcionar el domicilio del (los) centro (s) de trabajo, en donde sus trabajadores realicen sus labores y en caso de tener más de un centro de trabajo, solicitar el (los) formato (s) necesario (s) en la Subdelegación que corresponda. 3.1.2. Personas Físicas Registro Federal de Contribuyentes. Comprobante del domicilio del centro de trabajo. Identificación oficial del patrón. Clave Única de Registro de Población del patrón. En caso de contar con representante legal, además de lo anterior deberá presentar: Poder notarial para actos de administración del representante legal. Identificación oficial del Representante Legal. Registro Federal de Contribuyentes del Representante Legal Clave Única de Registro de Población del Representante Legal. Tratandose de los patrones siguientes, además de lo anterior deberán presentar: Para patrones del campo: Permiso Único de Siembra expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). Para patrones que soliciten un Registro Patronal por Clase: Proporcionar el domicilio del (los) centro (s) de trabajo, en donde sus trabajadores realicen sus labores y en caso de tener más de un centro de trabajo, solicitar el (los) formato (s) necesario (s) en la Subdelegación que corresponda. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 15 3.2. REGÍMENES DEL IMSS El régimen legal del Seguro Social en México tiene entre sus finalidades el garantizar la salud de la población al través de la asistencia médica, así como la protección de los medios económicos de subsistencia de los asegurados en los casos y los términos previstos específicamente en la Ley, que conste de la prestación de servicios sociales tendientes a lograr el bienestar, habiéndose ampliado en la nueva LSS el aspecto de la seguridad social al otorgamiento de una pensión garantizada por el estado, al cumplirse los requisitos legales exigidos para ello. Nuestro Seguro Social ha pretendido y aun pretende conseguir, los siguientes propósitos: I. La protección al salario, en donde los distintos esquemas de protección, a través de los subsidios, pensiones, ayuda y demás prestaciones económicas, resulta ser un complemento del ingreso del asegurado. II. Lateoría subjetiva del riesgo o contingencia social, a que están expuestos todos los trabajadores y otros sujetos de aseguramiento, buscando ampliar su cobertura real amparando no solo a los empleados, sino a otros grupos sociales, realicen o no labores productivas. III. El interés social, en tanto que su régimen legal tiende a evitar la miseria al proteger la economía familiar del asegurado. IV. El interés público, porque se protege a grandes sectores de la colectividad, al intervenir el estado por medio de un ente paraestatal, para prevenir los riesgos de la pérdida de capacidad de trabajo de los obreros y la salud de otros grupos sociales protegidos. V. La aplicación limitada de la Ley, desde el momento en que el régimen del Seguro Social no se aplica de una manera general a todos los individuos de Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 16 la sociedad, sino solo a aquellos grupos que en su Ley se establecen como sujetos de aseguramiento obligatorio o voluntario. VI. Un servicio público nacional, tomando en consideración que la seguridad social se encomienda a una institución descentralizada, que se financia tripartitamente con las aportaciones del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los propios patrones, que si bien constituyen en principio una carga tributaria, finalmente todos, en mayor o menor grado reciben los beneficios del servicio. VII. El carácter obligatorio del servicio, en tanto que se garantiza su estabilidad, permanencia y cumplimiento por parte del IMSS de sus tareas y responsabilidades, en beneficio directo de su población derechohabiente, con independencia de que también dicho carácter obligatorio se extiende tanto a los sujetos de aseguramiento, como a los obligados a la tributación para el adecuado financiamiento del Instituto. Los dos regímenes que contiene la Ley del Seguro Social son: 1. Régimen Obligatorio 2. Régimen Voluntario En la Ley del Seguro Social de 1943, solo se reconocía el Régimen Obligatorio, el cual contemplaba cuatro ramas específicas, las cuales eran: a) El seguro de riesgos de trabajo; b) El de enfermedades generales y maternidad; c) El de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte; y d) El de guardería para hijos de aseguradas. Fue hasta el 1° de Mayo de 1992 que se creó otra rama para este Régimen Obligatorio, la cual fue: Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 17 El seguro de retiro, que formara parte del SAR, conjuntamente con la aportación patronal al INFONAVIT Lo realmente trascendente de esta legislación entro en vigor hasta el 30 de junio de 1997, es el haber incorporado al fin un régimen voluntario, conformado por dos grupos específicos: El seguro facultativo y Los seguros adicionales Mismos que sumados a otras figuras jurídicas tales como la incorporación voluntaria y la propia continuación voluntaria en el régimen obligatorio, constituyeron un enorme avance en los esquemas de protección al rebasar a los trabajadores y su núcleo familiar, extendiéndose a otros sectores sociales desprotegidos no necesariamente vinculados a una relación laboral. 3.2.1. Régimen Obligatorio Está regulado en la Ley del Seguro Social en el Artículo 11, este régimen es el que tiene más asegurados y derechohabientes en el país, el cual se integra por las siguientes ramas: Riesgos de trabajo Enfermedades de maternidad Invalidez y vida Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Guarderías y prestaciones sociales. Los sujetos de aseguramiento en este régimen, según el artículo 12 de La Ley del Seguro Social nos indica: Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: Las personas que se encuentran vinculadas a otras, de manera permanente o eventual, por una relación de trabajo cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 18 económica del patrón y aun cuando este, en virtud de alguna Ley especial, este exento del pago de impuestos o derechos. Los miembros de sociedades cooperativas de producción; y, Las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que esta misma Ley señala.5 3.2.2. Régimen Voluntario Este régimen está regulado en el artículo 13 de la LSS, en este nos señala que voluntariamente, podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen voluntario: Los trabajadores en industrias familiares y los independientes como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados. Los trabajadores domésticos Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios. Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio; y, Los trabajadores al servicio de las administradoras públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras Leyes o decretos como sujetos de seguridad social. Mediante convenio con el Instituto se establecerán las modalidades y fechas de incorporación al régimen obligatorio, de los sujetos de aseguramiento comprendidos en este artículo. Dichos convenios deberán sujetarse al reglamento que al efecto expida el Ejecutivo Federal. 5 Artículo 12 Ley del Seguro Social Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 19 3.3. OBLIGACIONES DE LOS PATRONES ANTE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Los patrones, sin distinción de ninguna especie, están obligados en los términos del artículo 15 de la nueva LSS a cumplir cabal y oportunamente con una serie de requisitos, contemplados de manera expresa y concreta en dicho dispositivo legal. Los patrones están obligados a: I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el IMSS, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de los plazos no mayores de 5 días hábiles, conforme las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos. II. Llevar registros, tales como nóminas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el número de días trabajados y los salarios percibidos por sus trabajadores, además de otros datos que exijan la presente Ley y sus reglamentos. Es obligatorio conservar estos registros durante los cinco años siguientes al de su fecha. III. Determinar las Cuotas Obrero-Patronales a su cargo y enterar su importe al IMSS. IV. Proporcionar al Instituto los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo establecidas por esta Ley y los reglamentos que correspondan. V. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Instituto, las que se sujetarán a lo establecido por esta Ley, el Código Fiscal de la Federación y los reglamentos respectivos; y, VI. Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los periodos de pagos establecidos. Asimismo deberán cubrir las Cuotas Obrero- Patronales, aún en caso de que no sea posible determinar el o los Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 20 trabajadores a quienes se deban aplicar, por incumplimiento del patrón de las obligaciones previstas en la fracciones anteriores, en cuyo caso su monto se destinará a servicios de beneficencia colectivos para los trabajadoresde la industria de la construcción, en los términos de esta Ley. Sin perjuicio de que aquellos trabajadores que acrediten sus derechos, se les otorguen las prestaciones diferidas que le correspondan, con cargo a este fondo. VII. Cumplir con las obligaciones que les impone el capítulo sexto del Título II de esta Ley, en relación con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. VIII. Cumplir con las demás disposiciones de esta Ley del S.S y sus reglamentos; y, IX. Expedir y entregar, tratándose de trabajadores eventuales de la ciudad o del campo, la constancia de días cotizados, de acuerdo con lo que establezca el reglamento de afiliación. Las disposiciones contendidas en las fracciones I, II, III y IV no son aplicables en los casos de construcción, ampliación o reparación de casas habitación, cuando los trabajos se realicen en forma personal por el propietario, o bien, por cooperación comunitaria, debiéndose comprobar el hecho, en los términos del reglamento respectivo. La información a que se refieren las fracciones I y II, podrá proporcionarse en dispositivos magnéticos o de telecomunicaciones en los términos que señala el Instituto. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 21 3.4. CUOTAS OBRERO-PATRONALES “Son la suma total de dinero aportado al Instituto Mexicano del Seguro Social por los Trabajadores, Patrones y la cuota social que aporta el Gobierno Mexicano”. Las aportaciones al IMSS (Cutas Obrero-Patronales) se consagran el artículo 31 Fracción IV y 123 Fracción XXIX de la CPEUM y en el artículo 2 Fracción I del CFF. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las Leyes.6 Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. En relación a las Aportaciones de Seguridad social estas se definen de la siguiente manera: Aportaciones de Seguridad Social: Son las contribuciones establecidas en Ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.7 La primera obligación del Estado en relación con el derecho al trabajo como derecho social es promover las condiciones para que ese derecho pueda ser ejercido. Los derechos de los trabajadores en México derivan del el Título Sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos “Del Trabajo y de la Previsión Social”, que recoge el artículo 123, eje central de la legislación mexicana sobre el derecho de los trabajadores y Seguridad Social. En el artículo 123, la máxima Ley de nuestro país garantiza el derecho a que toda persona deberá tener la oportunidad de un trabajo digno, las condiciones mínimas del contrato de trabajo, la jornada laboral de 8 horas diarias con un día de 6 Artículo 31 Fracción IV Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 7 Artículo 2 Fracción I Código Fiscal de la Federación Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 22 descanso obligatorio a la semana; establece el salario mínimo; las características del trabajo nocturno, los derechos laborales de las mujeres (como las licencias por embarazo y la lactancia); el derecho de los trabajadores a asociarse en sindicatos y a declarar huelgas en defensa de sus derechos; la obligación de los patrones de proporcionar capacitación y seguridad social a sus trabajadores, entre otros aspectos. La finalidad última del artículo 123 es garantizar a todo mexicano el goce de un trabajo en condiciones dignas. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de Invalidez, de Vejez, de Vida, de Cesación Involuntaria del Trabajo, de Enfermedades y Accidentes, de Servicios de Guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.8 Para que el estado pueda proporcionar dicha Seguridad Social, es necesario que tanto trabajador como patrón contribuyan con las Cuotas Obrero-Patronales. 3.4.1. Determinación de las Cuotas Obrero-Patronales Para su determinación se toman en cuenta, el Salario Base de Cotización del trabajador, el Salario Mínimo del Distrito Federal, el Salario Mínimo del área geográfica del asegurado y los porcentajes que fija la Ley del Seguro Social. El pago cubre los cinco seguros que ofrece el IMSS bajo el régimen obligatorio. La LSS nos señala en su artículo 15 Fracción III que el patrón está obligado a determinar las cuotas obrero patronal a su cargo y enterar su importe al Instituto. El patrón al efectuar el pago de salarios a sus trabajadores, deberá retener las cuotas que a éstos les corresponde cubrir. Cuando no lo haga en tiempo oportuno, sólo podrá descontar al trabajador cuatro cotizaciones semanales acumuladas, quedando las restantes a su cargo. 8 Artículo 123 Fracción XXIX Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 23 El patrón tendrá el carácter de retenedor de las cuotas que descuente a sus trabajadores y deberá determinar y enterar al Instituto las Cuotas Obrero- Patronales, en los términos establecidos por esta Ley y sus reglamentos. En el artículo 39 de la LSS nos señala que las Cuotas Obrero-Patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente. 3.4.1.1. Salario Base de Cotización El Salario Base de Cotización (SBC) es el salario con el cual cada trabajador está registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, se utiliza para calcular las Cuotas Obrero-Patronales para que los trabajadores y sus familias reciban los beneficios que presta el Seguro Social. El SBC se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: Los instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa y otros similares; I. El ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad semanal, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; si se constituye en forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de dos veces al año, integrará salario; tampoco se tomarán en cuenta las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales de carácter sindical; Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 24 II. Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores por concepto de cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; III. Las cuotas que en términos de esta Ley le corresponde cubrir al patrón, las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y las participaciones en las utilidades de la empresa; IV. La alimentación y la habitacióncuando se entreguen en forma onerosa a los trabajadores; se entiende que son onerosas estas prestaciones cuando el trabajador pague por cada una de ellas, como mínimo, el veinte por ciento del salario mínimo general diario que rija en el Distrito Federal; V. Las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta por ciento del salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal; Las empresas ofrecen diferentes prestaciones que afectan la determinación del SBC, pero lo más usual al momento de contratar al personal es ofrecer las prestaciones mínimas de Ley (Aguinaldo, Vacaciones y Prima Vacacional) las cuales se encuentran contenidas en la LFT. 3.4.1.2. Salario Diario Integrado El Salario Diario Integrado (SDI) es un concepto que se maneja en la LFT, y se usa para darle a conocer al trabajador cuanto es su salario completo, sobre todo para efectos de separación de empleo. El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 25 3.4.2. Porcentajes Aplicables a las Cuotas Obrero-Patronales Los porcentajes aplicables para el Cálculo de las COP se encuentran en varios artículos de la Ley del Seguro Social, en donde se mencionan como sigue: La Cuota Fija la paga el patrón y es 20.4% de un salario mínimo del Distrito Federal. Para los asegurados cuyo Salario Base de Cotización sea mayor a 3 veces el salario mínimo del DF el patrón paga 1.1% del excedente y el obrero 0.4% del excedente. Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedad y maternidad el patrón paga el 0.7% y el obrero el 0.25% sobre el Salario Base de Cotización. El Seguro de Invalidez y Vida el patrón paga el 1.75% y el obrero el 0.625% del salario base de cotización Del ramo del retiro al patrón el 2% del Salario Base de Cotización. Del ramo Cesantía en Edad Avanzada y Vejez el patrón corresponde 3.150% y al obrero el 1.125% del Salario Base de Cotización. Guarderías y prestaciones sociales el patrón paga el 1% sobre el salario base de cotización. Gastos médicos para pensionados al patrón le toca el 1.05% y al obrero el 0.375% del Salario Base de Cotización. Por riesgo de trabajo, este varía según la siniestridad de la empresa el primer año es una cuota que le asignan según el giro de la empresa y cada año en el mes de febrero se presenta la declaración de riesgo de trabajo y este porcentaje puede variar según la siniestridad que haya tenido la empresa. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 26 Las prestaciones en especie del seguro de enfermedad y maternidad, se financiarán en la forma siguiente: Por cada asegurado se pagará mensualmente una cuota diaria patronal equivalente al trece punto nueve por ciento de un salario mínimo general diario para el Distrito Federal, Para los asegurados cuyo salario base de cotización sea mayor a tres veces el salario mínimo general diario para el Distrito Federal; se cubrirá además de la cuota establecida en la fracción anterior, una cuota adicional patronal equivalente al seis por ciento y otra adicional obrera de los dos por ciento, de la cantidad que resulte de la diferencia entre el salario base de cotización y tres veces el salario mínimo citado: El gobierno federal cubrirá mensualmente una cuota diaria por cada asegurado, equivalente a trece punto nueve por ciento de un salario mínimo general para el Distrito Federal, a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, la cantidad inicial que resulte se actualizará trimestralmente de acuerdo a la variación del INPC. Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se financiarán con una cuota del uno por ciento sobre el Salario Base de Cotización, que se pagará de la forma siguiente: 1. A los patrones les corresponderá pagar el setenta por cuento de dicha cuota. 2. A los trabajadores les corresponderá pagar el veinticinco por ciento de la misma. 3. Al Gobierno Federal le corresponderá pagar el cinco por ciento restantes. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 27 TABLA DE PORCENTAJES APLICADOS EN LA DETERMINACIÓN DE LAS CUOTAS OBRERO-PATRONALES Seguro o Ramo Artículo LSS Tipo de prestación Patrón Trabajador Estado Base para cálculo Enfermedades y maternidad 106 fra. I En especie (cuota fija) 20.40% 0.0% 0.0% SMGD DF 106 fra. II En especie 1.10% 0.40% 0.0% SBC menos 3VSMDF 106 fra. III En especie 0.00% 0.00% 13.9% SMGD DF 107 En dinero 0.70% 0.25% 0.05% SBC 25 En especie de pensionados 1.05% 0.375% 0.075% SBC Guarderías y prestaciones sociales 211 En especie 1.00% 0.0% 0.0% SBC Invalidez y Vida 147 y 148 En dinero 1.75% 0.625% 0.125% SBC Retiro 168 fra. I En dinero 2% 0.0% 0.0% SBC Cesantía y Vejez 168 fra. II y III En dinero 3.150% 1.125% 0.225% SBC Infonavit 29 fra. II* Crédito 5.00% SBA Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 28 CAPÍTULO 4 EL IDSE (IMSS DESDE SU EMPRESA) Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 29 CAPÍTULO 4. EL IDSE (IMSS DESDE SU EMPRESA) 4.1. ANTECEDENTES Y SURGIMIENTO Como podemos ver el IMSS regula las bases para la inscripción a su sistema, las obligaciones que tienen los trabajadores así como los regímenes que se encuentran en La Ley del Seguro Social, por ello y a través de los años la tecnología ha ido modificando nuestra forma de vida, las nuevas tendencias hoy en día hacen de nuestra vida cotidiana algo más cómodo. Es por ello que el IMSS implemento un sistema electrónico que nos sirviera de ayuda para el mejor cumplimiento de las obligaciones de los patrones y así también poder tener una base de datos, el cuál fue el IDSE (IMSS desde su empresa). Hoy en día las computadoras se han vuelto una herramienta indispensable para la realización de las actividades cotidianas, laborales y escolares. Las cuales traen consigo un sin número de ventajas que nos facilitan en todo momento nuestro trabajo. Es por ello que las computadoras son indispensables en cualquier empresa. El Instituto Mexicano del Seguro Social evoluciono abriendo sus puertas a las empresas que trabajan actualmente con el intercambio electrónico de datos a través de EDI, con esta tecnología el Instituto ha implementado el Sistema IMSS desde su empresa (IDSE), para los movimientos afiliatorios por reingresos, modificaciones de salarios y bajas de los trabajadores y así poder ser reportados directamente desde la computadora de la empresa a la computadora del IMSS. El sistema inicio su fase de prueba piloto en el mes de Septiembre de 1996, lográndose comunicación con 7 empresas, de las cuales 5 eran corporativas y cubrían un total de 103 empresas registradas, a la fecha se encuentra implantado a nivel nacional y casi todas las empresas se encuentran registradas. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 30 El propósito de este sistema, es la simplificación del procedimiento de presentación y trámite de movimientos afiliatorios, mediante procesos totalmente automatizados que permitan la comunicación directa entre el IMSS y las empresas a través de las computadoras y por consiguiente, mantener información actualizada en la base de datos. BENEFICIOSEl Instituto espera hacer extensivos los beneficios del sistema a los patrones para: Facilitar la presentación de movimientos afiliatorios, evitando el servicio de mensajeros, tiempos perdidos en grandes filas para complicados trámites en un horario de ventanilla fijo y restringido, así como los rechazos de avisos. Simplificar el procedimiento de reporte de movimientos afiliatorios, disminuyendo los índices de error y aclaraciones al patrón. Garantizar que la información de las grandes bases de datos del Instituto este al día con la actualización de las empresas que se integran al programa, minimizando la posibilidad de error. Reducir las cargas de trabajo al depender solamente de procedimientos automatizados que evitan el manejo de papel y error humano. Promover la participación activa de los patrones en la simplificación y modernización de los servicios del IMSS. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 31 4.2. REQUSITOS PARA LA INSCRIPCIÓN AL SISTEMA 1. Acudir al Departamento de Supervisión de Afiliación Vigencia de la Delegación del IMSS a la que corresponde la empresa de acuerdo con su domicilio Legal o donde realiza sus trámites normalmente, para inscribirse al programa a través de la firma de un convenio de trabajo con el Instituto, en el caso de corporativos se puede elegir un punto central para la incorporación al programa. 2. Obtener las especificaciones, mapas y programas de enlaces en su caso, que entrega el Instituto de acuerdo con los requerimientos de la empresa y en función de su infraestructura de cómputo con que cuenta. 3. Contar con un mínimo de 100 trabajadores, salvo que la empresa considere que puede ser beneficioso aun contando con un número menor. 4. Tener instalado y en funcionamiento el software para intercambio electrónico de datos (EDI) y conocer ampliamente los beneficios que otorga. 5. Contar con el servicio de Red Van que hasta ahora es el único medio que reporta altos niveles de seguridad, confiabilidad y confidencialidad en la transmisión de la información. 6. Realizar el procedimiento de homologación el registro de sus trabajadores suscritos al IMSS, con el propósito de ratificar que se están realizando los movimientos en beneficios de los trabajadores, es decir que tanto las bases de datos de la empresa como en el Instituto reside la misma información. 7. Cubrir el procedimiento de prueba inicial, para así obtener la certificación del IMSS y poder enviar la información de trabajo en forma normal. 8. Con el IDSE y su Firma Digital se puede realizar sus trámites al IMSS y acceder a diversos servicios por medio de Internet. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 32 4.2.1. Firma Digital La obtención de la Firma Digital nos brinda los siguientes beneficios: Facilita la presentación de movimientos afiliatorios al ampliar el horario para su recepción, ya que los podrá realizar más fácilmente desde la comodidad de su oficina durante las 24 hrs. del día, los 365 días del año y sin tener que acudir a las ventanillas del IMSS. Optimización en la entrega de información, ya que disminuye los tiempos en los movimientos afiliatorios, así como en las consultas de las emisiones mensuales y bimestrales. Es totalmente confiable ya que no corre ningún riesgo y se reduce la posibilidad de extravió de papeles, ya que existe la garantía de confidencialidad y seguridad de las transacciones que realice con el IMSS. Simplifica el procedimiento, se disminuye el índice de errores y aclaraciones, en virtud de que se efectúa una homologación, entre la información de usted y la del IMSS. Reduce las cargas administrativas de trabajo ya que la información fluye de la computadora de usted a la del IMSS. Evita posibles capitales constitutivos así como la imposición de multas por no cumplir a tiempo. Abate costos operativos para las empresas por ser un servicio gratuito. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 33 4.3. MÓDULOS DEL SISTEMA Los servicios que están disponibles en el IDSE son: Afiliación, Emisión, Confronta, Dapsua, SATIC y el Programa de primer empleo, para ingresar a cada uno de los módulos que contiene el IDSE es necesario contar con un Certificado Digital, el usuario y la contraseña. AFILIACIÓN En el módulo de afiliación nos permite la captura de los movimientos afiliatorios como lo son reingresos, modificaciones de salarios y bajas. Importar, es decir cargar desde un archivo los movimientos afiliatorios (DISPMAG). Consultar el status de movimientos afiliatorios enviados. Cada que realizamos un movimiento el sistema nos emite un acuse en envió y un acuse de aceptación. EMISIÓN En este módulo podremos consultar la emisión mensual de cuotas IMSS y bimestral de RCV e INFONAVIT, Así como descargar la emisión mensual y bimestral en formato para Excel, Visor, archivos para SUA y PDF, Consultar el resumen de saldos, Consultar el detalle por trabajador. CONFRONTA La confronta es el proceso de comparación de la información que la empresa tiene registrada en el SUA con la información que tiene el IMSS y que la empresa recibe en la emisión mensual y bimestral. En este módulo podremos comparar el pago del SUA contra la emisión del IMSS, así poder evitar diferencias y requerimientos innecesarios por parte de la Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 34 autoridad, este nos emite los reportes que nos permiten ver los resultados de la comparación por diferentes conceptos. DAPSUA En este módulo nos permite enviar a través de internet la Determinación de Prima de Riesgo de la empresa, esta se deberá generar en el programa SUA para poder ser enviado a través de esta aplicación en el IDSE. Los patrones deberán presentarla durante el mes de febrero. SISTEMA DE AFILIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (SATIC) 1. Registro de obras y de subcontratistas. 2. Envío de relación mensual de trabajadores. 3. Presentación de incidencias de obra. PROGRAMA PRIMER EMPLEO (PPE) El Programa de Primer Empleo (PPE) se inscribe en la estrategia integral del Gobierno del Presidente Felipe Calderón para incentivar la creación de empleos permanentes y bien remunerados en la economía formal, junto a iniciativas como el apoyo a jóvenes emprendedores y el impulso a las pequeñas y medianas empresas. A través de este programa, el Gobierno Federal apoyará a las personas físicas o morales para generar nuevos empleos permanentes, a través de un subsidio aplicado a la parte de las Cuotas Obrero-Patronales que les corresponde pagar a los empleadores al dar de alta a los trabajadores ante el IMSS. Al utilizar los servicios de este sitio, usted deberá estar de acuerdo con los lineamientos operativos del Programa. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 35 Este portal le brinda la facilidad de inscribirse al Programa Primer Empleo, registrar, dar seguimiento y realizar la solicitud de subsidio de los trabajadores que inscriba al programa. Los servicios que actualmente se ofrecen son: Solicitud de Inscripción del Patrón Solicitud de Registro de Trabajadores Consultar situación de la: Solicitud de Inscripción Solicitud de Registro de Trabajadores Solicitud de Subsidio Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 36 CAPÍTULO 5 EL SATIC Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadoresde la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 37 CAPÍTULO 5. EL SATIC (SISTEMA DE AFILIACIÓN PARA LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN) Todo inicio el 4 de Marzo de 2008, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el DOF el decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la construcción por Obra o Tiempo Determinado, publicado el 22 de Noviembre de 1985. El Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción (SATIC), mediante el cual los patrones presentan los formatos por internet. Formatos simplificados que requieren el mínimo de información necesaria para el adecuado seguimiento del aseguramiento de los trabajadores de la construcción. Los formatos Simplificados que creó el Instituto son: a) SATIC 01 REGISTRO DE OBRA b) SATIC 02 AVISO DE REGISTRO DE OBRA SUBCONTRATADA c) SATIC 03 AVISO DE INCIDENCIA DE OBRA d) SATIC 04 AVISO DE CANCELACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN e) SATIC 05 RELACIÓN MENSUAL DE TRABAJADORES f) SATIC 06 AVISO PARA INFORMAR LA SUBCONTRATACIÓN Pero el 11 de Agosto se publicó otro Acuerdo en donde se establecía que el Instituto Mexicano del Seguro Social no exigirá a los patrones dedicados a la actividad de la construcción, la presentación en dispositivo magnético de la documentación prevista en el primer párrafo del artículo 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado. Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 38 El Decreto publicado el 04 de Marzo del 2008 en el Diario Oficial de la Federación es el que a continuación se muestra: DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 251, fracciones IV, XIII, y XXXVII, de la Ley del Seguro Social, y 13, 27, 31, 39 y 40, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente: DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DELREGLAMENTO DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO PARA LOS TRABAJADORES DE LACONSTRUCCIÓN POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO. ARTÍCULO ÚNICO. SE REFORMAN los artículos 1 , párrafo segundo; 4, 5, párrafos primero, fracciones I y III, y tercero; 6; 9; 12; 14, párrafo segundo; 16, actual párrafo tercero; 17, y 19; así como la denominación de los Capítulos II "De la Afiliación" y III "De la Notificación del Domicilio de la Obra"; SE ADICIONAN los artículos 12 A y 12 B, y SE DEROGAN los artículos 1, tercer párrafo; 5, segundo párrafo, pasando los actuales tercer y cuarto párrafos a ser segundo y tercer párrafos; 7; 11; 15, y 16, segundo párrafo, pasando el actual tercer párrafo a ser segundo párrafo, del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, para quedar como sigue: "Artículo 1. Para los efectos del presente reglamento, serán aplicables las definiciones establecidas en el artículo 5 A de la Ley del Seguro Social, así como las siguientes: I. Patrón dedicado a la actividad de la construcción: las personas físicas o morales que encuadren dentro de los supuestos previstos en las fracciones II y III del artículo 5 de este reglamento, y II. Obra de construcción: cualquier trabajo que tenga por objeto crear, construir, instalar, conservar, reparar, ampliar, demoler o modificar inmuebles, así como la instalación o incorporación en ellos de bienes muebles necesarios para su realización o que se le integren y todos aquellos de naturaleza análoga a los supuestos anteriores. (Tercer párrafo) Se deroga. Artículo 4. Las disposiciones de este reglamento, para efectos de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 15 de la Ley, no son aplicables en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, por aquellos trabajos realizados por su propietario en forma personal o con ayuda de familiares, o bien, cuando se lleven a cabo por cooperación comunitaria, sin retribución alguna, debiéndose comprobar estos hechos a satisfacción del Instituto, conforme a cualquier medio de prueba reconocido por la Ley. Artículo 5. Son patrones obligados a cumplir con las disposiciones de la Ley y sus reglamentos: I. Los propietarios de las obras de construcción, que directamente o a través de intermediarios contraten a los trabajadores que intervengan en dichas obras, salvo lo dispuesto en el artículo 4 de este reglamento. Se presume que la contratación se realizó por los propietarios de las obras, a no ser que acrediten tener celebrado contrato para la ejecución de éstas, ya sea a precio alzado o bajo el sistema de precios unitarios, con personas físicas o morales establecidas que cuenten para Estudio del Sistema de Afiliación para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, SATIC (IMSS) 39 ello con elementos propios y en cuyo contrato se consigne el nombre, denominación o razón social del contratista, el domicilio fiscal y el registro patronal otorgado por el Instituto; II. ... III. Las personas físicas o morales establecidas que cuenten con elementos propios y que celebren contratos con las personas señaladas en la fracción inmediata anterior, para la ejecución de parte o partes de la obra contratada por éstas. En este caso, las personas comprendidas en la fracción II, tendrán la obligación de avisar de la subcontratación de parte o partes de la obra al Instituto, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se haya celebrado el contrato, en el formato autorizado para tal efecto, mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, por el Instituto. (Segundo párrafo) Se deroga. El propietario de la obra de construcción o el contratista, son obligados solidarios en el pago de las cuotas obrero patronales que se causen a cargo del contratista o del subcontratista a que se refieren las fracciones II y III de este artículo, respectivamente, en el supuesto de que no acrediten la celebración del contrato de intermediación a que se refiere la fracción I de este artículo, o bien, proporcionen datos que resulten falsos. ... Artículo 6. Los patrones que se dediquen permanente o esporádicamente a la actividad de la construcción y que contraten trabajadores para obra o tiempo determinado, deberán registrarse en el Instituto con tal carácter y se autoclasificarán, para los efectos del seguro de riesgos de trabajo, en los términos del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Artículo 7. Se deroga. CAPITULO II De la lnscripción de los Trabajadores Artículo 9. Los patrones deben presentar al Instituto los avisos de inscripción, baja y modificación de salario de los trabajadores que contraten por obra o tiempo determinado, dentro de los cinco días hábiles siguientes en términos de la Ley y sus reglamentos, en los formatos impresos, autorizados y publicados en el Diario Oficial de la Federación por el Instituto, o a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, para lo cual deberán utilizar el número patronal de identificación electrónica como llave pública de sistemas criptográficos en sustitución de su firma autógrafa, en la forma y términos a que se refieren los artículos
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