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FACULTAD DE DERECHO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA
DE MÉXICO
ASESOR DE TESIS: LIC. JESÚS ANLÉN LÓPEZ
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE:
LICENCIADA EN DERECHO
P R E S E N T A :
MARLENE JESSICA CABALLERO VALENCIA
“LA FILOSOFÍA SISTEMÁTICA DE THOMAS
HOBBES EN SUS IMPLICACIONES POLÍTICAS
Y JURÍDICAS.”
T E S I S
SEMINARIO DE TEORÍA GENERAL DEL ESTADO
MÉXICO, D.F. 2010
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
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respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
A Dios. 
 Por permitirme ver concluido un proyecto tan importante en mi vida personal y académica; 
además de ser mi protección y fortaleza en todo momento. 
 
A mi madre. 
Por ser la esencia y parte fundamental de mi existencia, en la cual se conjugan todos los 
valores y enseñanzas que han fomentado en mí, la seguridad y la tenacidad para alcanzar 
todos mis propósitos. 
 
A mi hijo Francisco. 
Por ser la luz de mis ojos, en la cual se proyecta el afán incesante de lucha y la nitidez de mi 
ser. Siendo mi mayor deseo el que logre superarse profesionalmente sin olvidar los valores 
inherentes a toda persona. 
 
A la Universidad Nacional Autónoma de México. 
Por su compromiso tan fuerte y arraigado en forjar mi formación académica; así como en 
mantener en mí, la responsabilidad de luchar por mi país. 
 
A mi asesor, Lic. Jesús Anlén López 
Por darme una dirección adecuada en este proyecto, producto de la experiencia, lo cual se 
traduce en la comprensión e interrelación entre el mundo del ser y el deber ser; siendo 
elementos vitales en la máxima a alcanzar, que es el valor de la justicia. 
 
A mis abuelos Delia y Juvencio. 
Por ser unos padres ejemplares para mí, de los cuales aprendo cada día la madurez y 
experiencia que se reconocen en su manera de conducirse ante la vida misma. 
 
A mis tías Nélida, Janeth. Maribel y Marisel. 
Por todo el apoyo incondicional que he recibido de su parte ante cualquier circunstancia en 
que me encuentre; esperando sientan este logro personal como la culminación del ejemplo 
de rectitud y comprensión que me han legado. 
A mis primos: David, Angélica, Andrés, Ximena, Karen y José Manuel. 
Esperando que este logro personal, que es de suma importancia para mí, sea una 
motivación y un aliciente en el sendero por el que se dirijan sus vidas. 
 
A mi hermano Jesús Alberto. 
Por todo el apoyo que he recibido en la conclusión de este proyecto; deseando que esto 
signifique en su vida un espíritu de fortaleza y constancia para enfrentar a la vida misma y 
sus problemáticas de por sí tan complejas. 
 
Al Ingeniero Alberto Flores Vargas. 
Porque siempre inculcó en mi formación académica y personal, una actitud positiva y un 
reconocimiento en las capacidades y esfuerzos por alcanzar mis objetivos. 
 
A mis tíos Andrés, Alejandro y Luis: 
Porque siempre creyeron en mi capacidad y compromiso para enfrentar con entereza un 
proyecto tan importante. 
 
A todos ellos y a las personas que confiaron en mi capacidad y en el tesón con que me 
comprometí a concluir este proyecto, les ofrezco todo mi agradecimiento, pidiéndole a Dios 
que los cuide y proteja durante el curso de su vida, el cual deseo que sea benéfico y 
próspero. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ÍNDICE 
 
INTRODUCCIÓN 1 
 
CAPÍTULO I. CONTEXTO HISTÓRICO SOCIAL DE LOS SIGLOS XVI Y XVII 
EN LA VIDA Y OBRA DE THOMAS HOBBES. 
 
1.1.Enemigos contra los que mantuvo fuertes tensiones: 
 1.1.1.Iglesia de Inglaterra (Fundadora de la Comunión Anglicana). 4 
 1.1.2.Universidad de Oxford. 7 
1.2.División política que confronta dos bandos: 
 1.2.1.Monárquicos. 10 
 1.2.2.Parlamentarios. 12 
 1.2.3.Defensa del absolutismo monárquico. 14 
1.3.Reacción ante la Filosofía Escolástica. 17 
1.4.Traducción a Tucídides (1628). Obra que critica el sistema 
democrático. 22 
1.5.Influencia del estoicismo. 33 
1.6.Influencia del epicureísmo. 39 
1.7.Naturalismo atomista de Galileo. 43 
1.8.Base del atomismo antiguo, a través de Bacon y Gassendi. 45 
1.9.Concepción metafísica naturalista del mundo 
(Demócrito y Lucrecio). 50 
1.10.Influencia del iusnaturalismo 52 
1.11.Materialismo mecanicista. Se inspira en Galileo y Descartes. 55 
 1.11.1. Contacto con el cartesianismo. 57 
 1.11.2. Crítica al dualismo antropológico cartesiano. 58 
 1.11.3. Método analítico sintético de Descartes. 60 
1.12.Doctrina materialista del siglo XVII 62 
1.13.Determinismo y método racionalista de carácter matemático y 
geométrico. 64 
 
CAPÍTULO II. CONDUCTA PASIONAL DEL HOMBRE, GENERADORA DE UNA 
CONFLICTIVIDAD PERMANENTE (O DE UNA INCONFORMIDAD SOCIAL). 
 
2.1. La competencia y el principio de economía. 67 
2.2. La desconfianza y el miedo como signos de una muerte violenta. 73 
2.3. La gloria del reconocimiento. 75 
2.4. El deterioro social como parte del egoísmo individual. 80 
2.5. Predisposición hacia la insociabilidad. 85 
2.6. Apetito de los placeres sensuales. 88 
 
CAPÍTULO III. DOMINACIÓN DE LAS PASIONES DEL HOMBRE EN SU CONDUCTA 
SOCIAL E IMPORTANCIA DE LA RACIONALIZACIÓN. 
 
3.1. Control pasional a través de un sentido objetivo. 92 
3.2. La pasión de acuerdo a la voluntad. 96 
3.3. Conducta pasional encaminada a la sociabilidad. 104 
3.4. Uso adecuado de la razón dentro de la conducta pasional. 107 
3.5. Importancia de la racionalización enfocada al control social. 109 
3.6. Derecho racional como principio de obediencia al orden establecido. 114 
 
CAPÍTULO IV. TRANSICIÓN DEL ESTADO DE NATURALEZA AL ESTADO CIVIL 
DENTRO DEL CONTRATO SOCIAL. 
 
4.1. Estado de naturaleza. Tiene dos características naturales y contradictorias. 
 4.1.1. El egoísmo e instinto de conservación. 117 
 4.1.2. Debilidad y necesidad de unir fuerzas. 120 
4.2. Las Leyes de la Naturaleza. 122 
4.3. Igualdad de hecho y competencia. 135 
4.4. El reconocimiento mutuo. 143 
4.5. Realizar un acuerdo conforme a los dictámenes de la razón. 146 
4.6. Estipular un convenio para crear condiciones de seguridad. 152 
4.7. El poder común como objetivo del acuerdo fundador del Estado. 155 
4.8. Pacto Unión: ¿transición del estado de guerra al estado de paz? 157 
4.9. ¿El estado de naturaleza es pacífico o belicoso? 160 
4.10. ¿Los hombres al estar sujetos a las pasiones, son por naturaleza enemigos 
entre sí? 161 
 
CAPÍTULO V. INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y SU CORRELACIÓN 
CON LA JUSTIFICACIÓN DEL ESTADO. 
 
5.1. Institucionalización del Estado por razones de seguridad. 164 
5.2. La paz y el bienestar social como fin del Estado. 172 
5.3. El Pacto y el cálculo de utilidades. 177 
5.4. Pacto Unión: deber de obediencia. 180 
5.5. Derecho de resistencia: problema de la obligación política. 189 
5.6. El Estado como producto de la voluntad racional. 196 
5.7. Modelo dicotómico entre el estado de naturaleza (o sociedad) y el Estado 
(o Sociedad Civil). 205 
5.8. Estado Civil. Unión y racionalidad en las acciones humanas – en la conducta 
 humana. 214 
5.9. El principio de legitimación y el consentimiento. 222 
5.10. Leyes Civiles y conducta humana. 228CAPÍTULO VI. EL ESTADO COMO INSTRUMENTO DE DOMINACIÓN Y 
 EL PROCESO DE CONCENTRACIÓN DEL PODER. 
 
6.1. Lucha en pos del reconocimiento mutuo. 233 
6.2. Utilización de mecanismos de convencimiento. 236 
6.3. Obediencia vs libertad. 241 
6.4. Binomio poder – libertad. 244 
 6.4.1. Insidia del poder. 244 
 6.4.2. Defensa de la libertad. 250 
 6.4.3. Uso mesurado de la libertad y el poder. 253 
6.5. Forma de poder legal y racional. 257 
6.6. El pacto como fundamento al poder estatal. 260 
6.7. Estado potencia – Estado razón. 266 
6.8. El prestigio y el reconocimiento como características del poder. 269 
6.9. Relación entre miedo y las actitudes de protección. 270 
6.10. Poder amenazador y capacidad de producir daño físico. 270 
6.11. El poder en el proceso de sociabilización. 271 
 
CONCLUSIONES. 272 
 
BIBLIOGRAFÍA. 276 
 
 
 
 
 
 
 
 
 1
INTRODUCCIÓN 
 
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo delimitar las implicaciones 
políticas y jurídicas que se generan en la filosofía sistemática de Thomas Hobbes. El 
objetivo específico es reconocer cómo es que influye la filosofía del autor en cuestión, a 
fin de desarrollar las vertientes en el orden político - jurídico, el cual es establecido con la 
creación de la institución del Estado. 
 
He realizado a lo largo de la tesis un estudio comparativo de varios autores de distintas 
épocas que junto con el pensamiento de Hobbes, hacen una reiteración sobre aspectos 
esenciales en su filosofía como son: la conducta pasional, la condición natural de guerra, 
las relaciones conflictuales y la búsqueda incesante de poder y reconocimiento, el uso del 
poder legítimo establecido, la relación entre la libertad y la obligación política, entre otras 
cuestiones. 
 
Con Hobbes se genera la separación de la Iglesia con el Estado, producto de la 
necesidad de instituir un orden político – jurídico. La condición natural del hombre y el uso 
de su facultad racional, es la que permite que se forje el criterio de la necesidad de 
establecer un poder político legítimamente constituido y la importancia del mismo; lo cual 
radica en evitar la confrontación y el estado natural de guerra de todos contra todos. 
 
Es debido a la formación del contractualismo y al consentimiento de constituir al Estado 
en representación del poder soberano, como se puede dar la obediencia y el compromiso 
a la obligación política. Dichos aspectos son los ejes de las implicaciones políticas y 
jurídicas que se dan en la creación del Estado. 
 
Al momento en que hablamos de implicaciones políticas y jurídicas, esto trae consigo el 
realizar un estudio minucioso, en que por etapas, así es como se da la sistematización de 
la filosofía de Hobbes, de analizar primeramente el estado o condición natural del hombre, 
en donde se encuentra inmersa la necesidad de integración social, y posteriormente la 
creación de la Sociedad Civil. La sociabilidad constituye la base por medio de la cual se 
establecerá el Estado como una necesidad, para que por medio del Pacto Social se de 
una racionalización de la conducta humana con miras a la preservación y conservación de 
la condición del hombre en pos del beneficio social. 
 2
Si bien es cierto que dentro de la actitud egoísta del hombre por satisfacer sus deseos y 
placeres dentro de la conducta pasional, lo que busca es el beneficio propio; ante lo que 
una vez conformada la cohesión social, se debe otorgar un compromiso con respecto a la 
obligación política de someterse al orden político representado en la figura del poder 
soberano, así como el acatamiento a una normatividad jurídica determinada. 
 
Con la formación de pactos y acuerdos establecidos consensualmente, es como se da 
una negociación política, la cual permite que se instituya el Estado y la obediencia a su 
normatividad jurídica a partir de la convivencia cordial y pacífica. El obligarse 
políticamente implica la no resistencia a los postulados jurídicos contemplados a partir de 
la creación del Estado. 
 
Cuando hablamos de las implicaciones políticas y jurídicas contempladas con la creación 
de la institución del Estado, me estoy refiriendo a la importancia que tiene la transición del 
estado natural de guerra en que se ubica el hombre en un primer plano, para hablar 
posteriormente de su proyección al nivel contractual de creación del poder político y su 
respectivo orden normativo. Lo anterior proyecta una dinámica de la que se parte de la 
actitud egoísta en busca del beneficio propio hacia la integración del bienestar social, lo 
cual desencadena en una convivencia pacífica. 
 
El análisis sobre los planteamientos de Hobbes, es lo que determina sistemáticamente 
cómo es que el hombre se conforma en su “estado de naturaleza” y cómo es que se da la 
transición a la Sociedad Civil en la dinámica de su convivencia social con sus 
congéneres. 
 
El planteamiento del problema por el que intento darle solución con el análisis 
pormenorizado de la filosofía de Hobbes, es el siguiente: 
 
¿Cuáles son las implicaciones políticas y jurídicas que se dan con la transición del estado 
natural del hombre a la Sociedad Civil y cómo es que se dan paulatinamente las mismas 
con la conformación e integración del Estado? 
 
La respuesta a dicha interrogante la tenemos en la dinámica sistemática mediante la cual 
observamos que el hombre utiliza de forma racional y correcta su desenvolvimiento y las 
 3
estrategias que considera pertinentes para comprometerse políticamente con una 
Sociedad Civil y su respectivo Pacto Social; lo cual se traslada a la formación del Estado, 
teniendo consigo la representación de un poder legal y racional que se da en la figura del 
soberano en pos del bienestar social. 
 
Mi hipótesis es la siguiente: Si la condición natural en la que se encuentra el hombre lo 
hace vivir en una convivencia conflictiva y en la necesidad de fortalecer una integración 
social, entonces la constitución del Estado atiende a una serie de implicaciones políticas y 
jurídicas que tiende a la obediencia y obligación político – jurídica. 
 
A partir de un análisis pormenorizado sobre todos los aspectos que integran a la filosofía 
de Hobbes, es como se da una sistematización política y jurídica de su importancia dentro 
de la institucionalización del Estado y de atender a las necesidades del hombre, como es 
el bienestar social. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 4
CAPÍTULO I. CONTEXTO HISTÓRICO SOCIAL DE LOS SIGLOS XVI Y XVII EN LA 
VIDA Y OBRA DE THOMAS HOBBES. 
 
Hobbes nace el 5 de abril de 1588 en Welsport, cerca de Malmesbury (Wittshire) y muere 
el 4 de diciembre de 1679. En este capítulo se hará un estudio pormenorizado y 
descriptivo sobre los antecedentes histórico – sociales de los siglos XVI y XVII, los cuales 
influyeron decisivamente en la obra y en la filosofía política de Thomas Hobbes. Estos 
aspectos se analizarán con detalle a lo largo de este capítulo y serán el fundamento 
para tratar otras cuestiones específicas. 
No solamente se pretenderá llegar al análisis de dichos antecedentes, sino de igual 
manera en una reflexión crítica sobre las principales fuentes, entender básicamente la 
filosofía política de dicho autor. 
 
1.1. Enemigos contra los que mantuvo fuertes tensiones: 
1.1.1. Iglesia de Inglaterra (Fundadora de la Comunión Anglicana). 
 
Por cuanto hace a la fundación del Anglicanismo, tenemos: 
 
“La iglesia anglicana existe en Inglaterra desde el siglo XVI. Está extendida por 
todo país donde la conquista ha llevado la lengua inglesa. Desde la aparición de la 
Reforma en el continente, una buena parte de cristianos ingleses simpatizaron con 
la nueva doctrina. Pero no se hizo protestante más que en el concepto puramente 
civil; en el religioso tuvo y mantiene en la actualidad la pretensión de contar conuna paternidad directa en los apóstoles, pretendiendo constituir un término medio 
entre el catolicismo y el protestantismo. Ha presentado desde el inicio de su 
aparición, una estructura compleja, y sobre todo hoy, que la integran tendencias 
las más heterogéneas. En Inglaterra tiene el título de Iglesia de Inglaterra (Church 
of England); jamás se denomina protestante, a pesar de que el juramento del 
soberano habla de la "religión reformada protestante establecida por la ley. En 
1539, Enrique VIII motivó la separación de Inglaterra á la obediencia del papa, 
pues impuso á los católicos su famoso bill llamado de los Seis Artículos, 
substituyendo la autoridad de aquél por la suya. Tan radical proceder fue efecto de 
negarse el papa á conceder á Enrique la declaración de nulidad de su matrimonio 
con Catalina de Aragón, para casarse con Ana Bolena. 
 5
Dos son los factores que dieron nacimiento al anglicanismo, ambos enfrente uno 
de otro desde el principio: el elemento conservador, tradicionalista, sacerdotal, 
que, inspirándose en la Iglesia griega, aceptaba todas las instituciones 
sancionadas por los concilios ecuménicos, y deseaba conservar la continuidad 
entre el antiguo y nuevo establecimiento religioso en Inglaterra; y el elemento 
reformador, biblicista, puritano, que, inspirado en el calvinismo suizo y francés, 
intentaba reducir la Iglesia á la pureza de doctrina del Nuevo Testamento y al 
estado de sencillez cristiana de los tiempos apostólicos. Ambos partidos llegaron 
por fin a una vida de concordia, pero por largo tiempo estuvieron en lucha violenta. 
En los siglos XVI y XVII, trabajaron por excluirse mutuamente con el fin de 
establecer la unidad de institución. Enrique VIII conservó hasta su muerte el 
espíritu de universalidad en la agrupación religiosa de que se había proclamado 
jefe. Eduardo VI la informó con carácter protestante. María Tudor restableció el 
antiguo régimen católico-romano al subir al trono en 1553; la mayoría del clero 
aceptó sin vacilación el restablecimiento (…) Isabel I de Inglaterra constituyó 
definitivamente la Iglesia anglicana, la Iglesia establecida por la ley. El movimiento 
teológico representado por Whitgift, Bancroit, Hooker y Bilson la amoldó bien al 
espíritu nacional. Los puritanos la combatieron rudamente, lo mismo que las 
sectas disidentes, por juzgar atentatoria á la libertad de conciencia la doctrina de la 
sucesión apostólica y por aversión al pontificado. Estas contiendas entre 
episcopales y puritanos se continuó durante el curso del siglo XVII”.1 
 
Se dio el exterminio de puritanos durante el reinado de Isabel I de Inglaterra y los 
primeros Estuardos; ante lo que: 
 
“…Desde la Revolución de 1688, los antiguos partidos reaparecieron con las 
denominaciones de altos eclesiásticos (high churchmen), que se formaban un muy 
alto concepto de la iglesia tradicional, y atribuían á la Iglesia anglicana un origen 
apostólico y divino, y por lo mismo un valor absoluto y exclusivo; y bajos 
eclesiásticos (…) que tenían de la Iglesia tradicional una idea inferior y no 
 
1 Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo - Americana. Madrid, Edit. Espasa- Calpe, 1982. Tomo V. 
p.p. 564-565. 
 6
concedían á sus instituciones más que un origen humano, un valor relativo y una 
superioridad de solas circunstancias...” 2 
 
Las tendencias racionalistas se hicieron presentes en la filosofía que proclama la libertad 
de conciencia. 
El metodismo influyó en el anglicanismo, en donde se protege en sentido calvinista los 
dogmas de la predestinación absoluta y la reprobación particular; fue en ese momento en 
que se introdujo el socinianismo. 
La influencia evangélica dentro de la Iglesia anglicana: 
 
 “…dominó, por lo menos moralmente, el primer cuarto del siglo XIX en la Iglesia 
anglicana; pero el entusiasmo de estos cristianos humanitarios no logró por mucho 
el éxito apetecido. Pasaron pocos años, y volvieron á notarse en la Iglesia inferior 
dos tendencias peligrosas; la de un crecido grupo de individuos ignorantes, que 
reducían todas las prácticas y reglas religiosas á la observancia del domingo, y 
tenía la Biblia por el único libro de toda la filosofía y de toda la ciencia; otra, la de 
los que siguieron el movimiento racionalista, nacido en el seno del protestantismo 
alemán, y no faltó lugar para el escepticismo y la indiferencia…”3 
 
La influencia racionalista en el anglicanismo se debió a: 
 
“…Votos autorizados, entre ellos las asambleas provinciales de York y Cantorbery 
de 1854 y 1855, proclamaron la independencia de la Iglesia anglicana. En 1861 
apareció con la firma de algunos profesores de Oxford, en la publicación Ensayos 
y Revistas, una doctrina marcadamente racionalista con puntos fundamentales de 
hermenéutica y teología que influyó en el anglicanismo…”4 
 
La contribución del radicalismo se debió a: 
 
“…restablecer su independencia sin doblar la cerviz ante Roma, procurar la unión 
de las tres grandes comuniones cristianas y restaurar la genuina liturgia de la 
primitiva Iglesia. La obra última del doctor Pulsey, El Eurevicon, dice que la unión 
 
2 Ibidem. p.p. 564-565. 
3 Ibidem. p. 565. 
4 Ibidem. p. 566. 
 7
de las tres grandes Iglesias cristianas, sin reconocer jamás la infalibilidad 
pontificia, es preferible al cisma. Los trabajos de los angli-católicos tendieron sobre 
todo á establecer la antigua liturgia, y por eso se llamaron ritualistas. Debido á 
ellos, se introduce en la Iglesia anglicana oficios nunca en ella conocidos y 
ceremonias del culto católico…”5 
 
El soberano en cuanto a su consagración, tiene como términos fijados en 1689: 
 
"guardar las leyes de Dios, la verdadera profesión del Evangelio y la religión 
reformada protestante establecida por la ley, y conservar inviolablemente el 
establecimiento de la Iglesia unida de Inglaterra y de Irlanda, así como la doctrina, 
el culto, la disciplina y el gobierno de esta Iglesia".6 
 
El Estado se presenta así como algo artificial, opuesto a la naturaleza humana, pero 
susceptible de garantizar la supervivencia de todos a costa de la pérdida de su autonomía 
y libertad. Aunque Hobbes estuvo a favor de la libertad religiosa e ideológica y favoreció el 
proceso de secularización de Europa, no obstante defendió el poder absoluto del Estado, 
a cuyos intereses ha de subordinarse toda minoría. Hobbes representa el orden propio del 
conservadurismo, en el cual el todo social armonioso ha de estar por encima y subordinar 
cualquier acción u apetencia individual. 
 
De acuerdo a la filosofía de Thomas Hobbes, para este autor era de especial importancia 
ocuparse del estudio de los cuerpos, de sus propiedades y de su origen; por tanto quedan 
fuera de ella los temas teológicos (Dios, los ángeles, lo Eterno, lo Increado, lo “Supra-
Racional”. Siendo los aspectos anteriormente mencionados, un principal enfrentamiento 
entre la Iglesia Anglicana y los grandes ejes temáticos de su pensamiento político. 
 
1.1.2. Universidad de Oxford. 
 
Por cuanto hace a la Universidad de Oxford y Cambridge, indisolublemente unidas y 
relacionadas, tenemos: 
 
 
5 Ibidem. p. 566. 
6 Ibidem. p. 568. 
 
 8
“… La historia de las dos universidades inglesas durante el siglo XVI y siguientes 
centurias ha presentado en gran parte riesgos que contrastan vigorosamente con 
los de las Universidades continentales. Ambas sufrieron mucho por la confiscación 
de sus tierras y rentas durante el período de la Reforma, pero, por lo demás, 
gozaron en general, de una notable inmunidad de las peores consecuencias de la 
lucha civil y política y de la guerra. Ambas fueron principalmente centros de 
enseñanza teológica, pero su íntima conexión con el Estado y con la Iglesia de 
Inglaterra y las modificaciones introducidas en sus constituciones impidieronque 
se convirtiesen en palestras de fieras luchas políticas como las que distrajeron á 
las Universidades protestantes de Alemania. La influencia del Renacimiento y las 
enseñanzas de Erasmo que recibió durante algún tiempo en ambas Universidades, 
tuvieron notables consecuencias en Oxford y Cambridge...”7 
 
Con respecto a la formación y desarrollo de las Universidades de Oxford y Cambridge: 
 
“…los estatutos isabelinos de 1570 y los carolinos de 1636, respectivamente, se 
gobernaron hasta la promulgación de nuevos Códigos en 1858. La fidelidad con 
que ambas Universidades se adhirieron á la causa real durante la guerra civil hizo 
que el partido puritano las mirase con prevención y ambas, en tiempos del 
Commonwealth, estuvieron durante un corto período en gran peligro, á causa del 
recelo contra ellas, que culminó en el Nominated Parliament (Julio á Diciembre de 
1653), de la educación universitaria en general, que tendía a fomentar el espíritu 
litigioso respecto á las creencias religiosas…”8 
 
Fue a causa de Guillermo Dell, el maestro del Caius College, que se consideró la 
abolición de las dos Universidades, puesto que se dio la substitución de métodos 
anticuados por el debido establecimiento de escuelas de enseñanza superior en toda 
Inglaterra. 
 
La influencia de la filosofía cartesiana, después de la Restauración, hizo de Cambridge el 
 
 
7 Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo – Americana. Madrid, Edit. Espasa-Calpe, 1982. Tomo LXV. 
p. 1174. 
8 Ibidem. p. 1174. 
 9
centro de un movimiento cuya consideración fue el reflejo de un amplio desarrollo de las 
matemáticas. 
El desenvolvimiento de la filosofía baconiana y la eminencia de pensadores como Isaac 
Barrow (1673-77), maestro del Trinity, Isaac Newtom (profesor de 1669 a 1702) y su 
sucesor Guillermo Whiston (profesor en 1702-11); hicieron de las ciencias exactas 
durante el siglo XVIII, el establecimiento de la reputación de Cambridge, como una 
escuela de ciencia matemática. 
 
El efecto que produjo la ruptura entre Inglaterra y Francia en cuanto a sus relaciones 
culturales, fue: 
 
“...La conclusión natural es que la ruptura de relaciones entre Inglaterra y París en 
1167 originó la formación del Studium de Oxford, integrado, indudablemente, en 
sus principios por los estudiantes llegados de París…”9 
 
Por cuanto hace a la Universidad de Cambridge: 
 
“…aunque nació algo después que la de Oxford, puede razonablemente creerse 
que nació en el mismo siglo que aquélla. Probablemente unas clases que daban 
los canónigos de la iglesia de San Gil se desenvolvieron gradualmente hasta 
convertirse en studium. En 1112 los canónigos se establecieron en el nuevo 
priorato de Barnwell, ampliando allí su obra educativa. En 1209, un grupo de 
estudiantes, procedentes de Oxford se estableció en Cambridge y en 1224 los 
Franciscanos se establecieron también en la ciudad, y poco después de medio 
siglo imitaron su ejemplo los Dominicos. En ambas Universidades inglesas, como 
en París, los mendicantes y otras órdenes religiosas eran admitidos á los grados 
universitarios, privilegio que hasta 1337 no les fué concedido en otra Universidad. 
Consiguientemente su interés é influencia en estos y por estos tres centros 
docentes fué muy grande. En 1231 y 1233 ciertas letras pontificias prueban 
satisfactoriamente que por aquel tiempo la Universidad de Cambridge era ya una 
corporación organizada con un cancelario á su frente, dignatario nombrado por el 
obispo de Ely con objeto de que garantizase los títulos y gobernase el studium. En 
1229 y 1231 el número de estudiantes aumentó considerablemente con los 
 
9 Ibidem. p. 1175. 
 10
procedentes de París y Oxford. Cambridge, á su vez perdió muchos escolares por 
emigraciones de los estudiantes propios motivadas por diversas causas.; y en 
1261 y luego en 1381 los habitantes de la ciudad incendiaron los archivos de la 
Universidad…”10 
 
1.2. División política que confronta dos bandos: 
 
1.2.1. Monárquicos. 
 
Con especial referencia a la monarquía feudal inglesa en el período de la Edad Media, 
tenemos que: 
 
“Las dinastías normanda y angevina crearon un Estado monárquico de una 
autoridad y eficacia sin comparación posible en toda la Europa occidental. La 
fuerza de la monarquía medieval inglesa fue, precisamente, lo que permitió sus 
ambiciosas aventuras territoriales en el continente, a costa de Francia. La guerra 
de los Cien Años, durante la cual varios reyes ingleses y sus respectivas 
aristocracias intentaron conquistar y dominar grandes zonas de Francia 
atravesando una peligrosa barrera marítima, representó una empresa militar única 
en la Edad Media y fue el signo agresivo de la superioridad organizativa del Estado 
insular. A pesar de ello, la monarquía medieval más fuerte de Occidente produjo 
finalmente el absolutismo más débil y de más corta duración. Mientras Francia se 
convertía en la patria del Estado absolutista más formidable de Europa occidental, 
Inglaterra experimentó una variante del poder absolutista particularmente limitada 
en todos los sentidos. La transición de la época medieval a los primeros tiempos 
de la moderna correspondió en la historia inglesa - a pesar de todas las leyendas 
locales sobre una "continuidad" sin rupturas - a un cambio profundo y radical en la 
mayor parte de los rasgos más característicos de la anterior evolución feudal…”11 
 
Una característica de esta monarquía feudal fue básicamente: 
 
 
10 Ibidem. p. 1175. 
11 ANDERSON, Perry. El Estado Absolutista. Trad. Santos Juliá. 14 a ed. México, Edit. Siglo XXI, 1996, p. 
110 
 11
 “…una centralización concurrente del poder real y de la representación nobiliaria 
dentro del sistema político medieval...”12 
Las asambleas de los Estados medievales, no se contraponen a la autoridad monárquica, 
por el contrario, es una condición previa y necesaria para su desarrollo. La importancia y 
necesaria relación del Parlamento en el poder monárquico, se vislumbró de la siguiente 
manera: 
 
“El reinado de Enrique IV preparó gradualmente la aparición de una "nueva 
monarquía" en Inglaterra. Durante el último régimen lancasteriano, las facciones 
aristocráticas habían desarrollado y manipulado de forma prominente los 
Parlamentos para sus propios fines, mientras que los soberanos de la Casa de 
York se habían esforzado, en medio de la anarquía reinante, por concentrar y 
reforzar una vez más el poder de las instituciones centrales de la monarquía. 
Enrique VII, que era lancasteriano por parentesco, desarrolló esencialmente la 
práctica administrativa de York. Antes de las guerras de las Rosas, los 
parlamentos eran prácticamente anuales y lo volvieron a ser durante la primera 
década de reconstrucción después de Bosworth. Pero cuando aumentó la 
seguridad interior y se consolidó el poder de los Tudor, Enrique VII desechó esa 
institución: desde 1497 a 1509 - los últimos doce años de su reinado - sólo la 
volvió a reunir una vez más. El gobierno monárquico centralizado se ejercía a 
través de una pequeña camarilla de consejeros personales y hombres de 
confianza del monarca”.13 
 
Para comprender cómo es que se constituyó el absolutismo inglés durante los siglos XVI y 
XVII, es necesario observar el contexto internacional de la Europa durante el 
Renacimiento; ante esto tenemos: 
 
“…Mientras el Estado Tudor se estaba construyendo con todo éxito en el interior, 
la posición geopolítica de Inglaterra en el exterior había experimentado, lenta y 
silenciosamente, un cambio radical. En la época lancasteriana, el poder exterior 
inglés podía igualar o superar al de cualquier otro país del continente, debido a la 
naturaleza avanzada de la monarquía feudal en Inglaterra. Pero a principios del 
 
12Ibidem. p. 111. 
13 Ibidem. p. p. 115-116. 
 12
siglo XVI, el equilibrio de fuerzas entre los principales Estados occidentales se 
había transformado por completo. España y Francia - víctimas de la invasión 
inglesa en la época anterior - eran ahora monarquías dinámicas y agresivas que 
se disputaban entre sí la conquista de Italia. Las tres monarquías habían 
alcanzado una consolidación interna muy semejante; pero fue precisamente esto 
lo que permitió que las ventajas naturales de las dos grandes potencias pasaran a 
ser decisivas por vez primera. La población de Francia era cuatro o cinco veces 
superior a la de Inglaterra. España, por su parte, tenía dos veces la población de 
Inglaterra, por no hablar de su imperio americano y de sus posesiones europeas. 
Esta superioridad demográfica y económica aumentó por la necesidad geográfica 
que ambos países tenían de desarrollar ejércitos de tierra modernizados, sobre 
una base permanente, para la perpetua guerra de la época…”14 
 
Es básico comprender la comparación y preponderancia militar de las nuevas potencias 
continentales para situar a la monarquía inglesa. El ataque a Francia en 1543 por parte de 
Enrique VIII, es una consecuencia decisiva para el destino de la monarquía inglesa. 
 
1.2.2. Parlamentarios. 
 
Con respecto al poder personal del monarca le siguieron inmediata y correlativamente, las 
instituciones colectivas de la clase dominante feudal: los parliaments. Por lo que hace a 
estas instituciones: 
 
“…sólo había una asamblea que coincidía con las fronteras del propio país y no 
varias asambleas para las diferentes provincias, y dentro de la asamblea no existía 
la división tripartita de nobles, clérigos y burgueses que prevaleció por lo general 
en el continente. Desde el tiempo de Eduardo III en adelante, los caballeros y las 
ciudades estaban representados en el Parlamento inglés juntamente con los 
barones y los obispos. El sistema bicameral de Lores y Comunes fue una 
evolución posterior, que no dividió al Parlamento según una línea estamental, sino 
que básicamente supuso una decisión intraclasista dentro de la nobleza. Una 
monarquía centralizada produjo una asamblea unificada...”15 
 
14 Ibidem. p.p. 119-120. 
15 Ibidem. p. p. 111-112. 
 13
Los parlamentos unitarios cuya reunión se produjo en Londres, no alcanzó un nivel 
estricto y cuidadoso de control fiscal ni derechos de convocatoria regular; más sin 
embargo, aseguró una limitación al poder legislativo real, lo cual fue importante en la 
época del absolutismo, puesto que: 
 
“…después de Eduardo I se aceptó que ningún monarca podía decretar nuevas 
leyes sin el consentimiento del Parliament. Desde el punto de vista estructural, 
este veto correspondía estrechamente a las exigencias objetivas del poder de la 
clase noble. En efecto, debido a que la administración real centralizada fue, 
geográfica y técnicamente, más fácil desde el principio en Inglaterra que en 
ninguna otra parte, hubo proporcionalmente menos necesidad de que estuviera 
equipada con autoridad para introducir nuevos decretos, autoridad que no se 
podía justificar por peligros intrínsecos de separatismo regional o de anarquía 
ducal. Así, mientras los verdaderos poderes ejecutivos de los reyes medievales 
ingleses fueron normalmente mucho mayores que los de los monarcas franceses, 
nunca consiguieron, por esa misma razón, la relativa autonomía legislativa de la 
que finalmente gozaron estos últimos…”16 
 
Otro rasgo notable del feudalismo inglés fue la fusión entre la monarquía y la nobleza en 
el plano judicial y administrativo local. 
Por lo que hace a los tribunales populares prefeudales, tenemos que los sheriffs, quienes 
presidían los tribunales de los condados eran cargos no hereditarios nombrados por el 
rey; pero procedían de la gentry local y no de una burocracia central. Por cuanto hace 
específicamente a los tribunales, tenemos lo siguiente: 
 
“…Los tribunales, por su parte, conservaban algunos vestigios de su carácter 
original, como asambleas jurídicas populares en las que los hombres libres de la 
comunidad rural aparecían ante sus iguales. El resultado fue bloquear tanto el 
desarrollo de un sistema comprehensivo de bailli, magistrado de una justicia real 
profesionalizada como el de una haute justice baronial extensiva. En lugar de ello, 
en los condados apareció una autoadministración aristocrática no pagada, que 
más tarde evolucionaría hasta los Justice of the Peace de la primera época 
moderna. En el período medieval, los tribunales de condado coexistían con los 
 
16 Ibidem. p. 112. 
 14
tribunales feudales y con algunas franquicias señoriales de tipo feudal ortodoxo, 
iguales a las que se podían encontrar en todo el continente. Al mismo tiempo, la 
nobleza inglesa de la Edad Media era una clase tan militarizada y depredadora 
como cualquier otra en Europa…”17 
 
La integración política y la solidez que es representada en la figura de la monarquía feudal 
inglesa, constituyó una capacidad administrativa con el fin de organizar su patrimonio y 
agrupar su nobleza. Finalmente: “Una generación de guerra civil terminó, finalmente, con 
la fundación de la nueva dinastía Tudor en 1458, en los campos de Bosworth.”18 
 
1.1.3. Defensa del absolutismo monárquico. 
 
La dinastía Tudor a comienzos del siglo XVI fue el reflejo de la construcción de un 
absolutismo inglés. 
Durante la monarquía Tudor, fue con Wolsey, con quien la administración del Estado no 
percibió ningún cambio institucional considerable; puesto que el cardenal únicamente 
concentró poderes para la Iglesia en su propia persona, como parte del legado papal en 
Inglaterra; teniendo vital importancia para el rey como para el ministro el ocuparse de 
asuntos con otras naciones. 
Como suceso importante durante este período, tenemos: 
 
“…Las limitadas campañas bélicas contra Francia, en 1512-14 y 1522-25, fueron 
los principales acontecimientos de este período…”19 
 
La situación política de Inglaterra durante este período histórico fue el reflejo de la crisis 
matrimonial de 1527-28, cuya decisión del rey Enrique VIII de divorciarse de su esposa 
española Catalina de Aragón, implicó la separación con el papado, afectando de igual 
forma a la sucesión interna y transformando la situación política de Inglaterra; se trataba 
de conseguir apoyo político nacional contra Clemente VII y Carlos V. 
Ante esta situación política por la que atravesaba Inglaterra, tenemos que: 
 
 
17Ibidem. p. 113. 
18 Ibidem. p. 115. 
19 Ibidem. p. 117. 
 15
”…Enrique convocó lo que habría de convertirse en el Parlamento más largo de la 
historia, para movilizar en su favor a la clase terrateniente en su disputa con el 
papado y con el imperio y para asegurar su aprobación de la incautación política 
de la Iglesia por el Estado en Inglaterra. Esta revitalización de una institución 
olvidada no fue, en absoluto, una capitulación constitucional de Enrique VIII o 
Thomas Cromwell, que fue su planificador político en 1531; no significó un 
debilitamiento del poder real, sino más bien un nuevo impulso para realzarlo. Los 
Parlamentos de la reforma no sólo incrementaron en gran medida el patronazgo y 
la autoridad de la monarquía, al transferirle el control de todo el aparato 
eclesiástico de la Iglesia, sino que además, bajo la guía de Cromwell, suprimieron 
la autonomía de las franquicias señoriales al privar a los señores del poder de 
designar a los Justices of the Peace; integraron a los señoríos fronterizos en los 
condados, e incorporaron a Gales legal y administrativamente al reino de 
Inglaterra…”20 
 
La burocracia central cuya reorganización y ampliación fue llevada a cabo por Cromwell, 
fue la base por la cual se creó un Consejo Privado de carácter regular, el cual: 
 
 “…fue institucionalizadoformalmente como organismo ejecutivo interno de la 
monarquía, y desde ese momento pasó a ser el centro de la máquina del Estado 
Tudor. Un Statute of Proclamations, destinado claramente a conferir a la 
monarquía poderes legislativos extraordinarios, emancipándola en el futuro de su 
sujeción al Parlamento, fue neutralizado finalmente por los Comunes. Este desaire 
no impidió a Enrique VIII, naturalmente, llevar a cabo purgas sanguinarias de 
ministros y magnates, ni crear un sistema policíaco secreto de delación y 
detenciones sumarias. El aparato estatal de represión aumentó sin cesar durante 
todo el reinado. La forma en que Enrique VIII hizo uso del Parlamento - del que 
esperó y recibió pocas molestias - fue confiadamente legalista: era un medio 
necesario para sus propios fines reales…”21 
 
 
 
 
20 Ibidem. p.p. 117-118. 
21 Ibidem. p.p. 118-119. 
 16
Con la extinción del linaje Tudor en 1603 y la llegada de la dinastía Estuardo es como se 
gesta una nueva situación política fundamental para la monarquía. 
En el período de Jacobo I, es cuando se establece la unión de Escocia a Inglaterra; ante 
lo que el impacto escocés fue decisivo en el absolutismo inglés. 
Un aspecto importante de la monarquía inglesa es que: 
 
“…tendió una vez más a acercarse a la alta nobleza, infundiendo nuevo vigor a la 
jerarquía formal de cuna y rango dentro de la aristocracia por medio de la 
concesión de privilegios a los pares, una vez que había pasado el peligro de un 
militarismo nobiliario en Inglaterra…”22 
 
Mediante la búsqueda por obtener ingresos impositivos con capacidad de sostener al 
Estado mismo, fuera del control ejercido por el Parlamento, se produjo: 
 
“…la revitalización de los derechos de tutela, los estipendios por transferencia de 
títulos caballerescos, el uso de prerrogativas regias, la multiplicación de los 
monopolios y la inflación de honores. Fue especialmente en estos años cuando la 
venta de cargos se convirtió por vez primera en una fuente importante de ingresos 
reales - del 30 al 40 por 100-, y simultáneamente, la remuneración de los títulos de 
cargos en una parte importante del gasto estatal. Todos estos dispositivos se 
mostraron inadecuados: su profusión sólo sirvió para enemistar a la clase 
terrateniente, que en su mayor parte estaba dominada por una aversión puritana 
hacia la nueva corte y hacia la nueva Iglesia…”23 
 
Los efectos que produjo el absolutismo inglés se vieron reflejados en la crisis por el 
particularismo aristocrático y antes de alcanzar su madurez, fue derribado por una 
revolución burguesa. 
Si retomamos las concepciones de derecho “divino” o “natural”, podemos percibir que no 
ha existido u “absolutismo” o poder “absoluto” en sentido estricto, puesto que tomando en 
cuenta la teoría de la soberanía de Bodin - quien dominó el pensamiento político europeo- 
observamos que él analiza la contradicción del absolutismo. Ante lo que Bodin establece 
lo siguiente: 
 
 
22 Ibidem. p. 138. 
23 Ibidem. p. 139 
 17
“La soberanía de un monarca no se altera ni disminuye en modo alguno por la 
existencia de los Estados; por el contrario, su majestad es más grande e ilustre 
cuando su pueblo le reconoce como soberano, incluso si en esas asambleas los 
príncipes, no deseosos de enemistarse con sus súbditos, conceden y permiten 
muchas cosas a las que no habrían consentido sin las peticiones, plegarias y 
justas quejas de su pueblo...”24 
 
La monarquía absoluta de Occidente estuvo siempre, de hecho, doblemente limitada: por 
la persistencia de los organismos políticos tradicionales que estaban por debajo de ella y 
por la presencia de la carga excesiva de una ley moral situada por encima de ella. 
 
La estructuración de la monarquía absoluta se ha visto limitada por organismos políticos 
que aún cuando se encuentran debajo de esta figura política, se han visto proyectados e 
integrados por la figura de las clases nobles en vínculo con el aparato estatal. 
 
1.3. Reacción ante la Filosofía Escolástica. 
 
La Escolástica significa “la filosofía de la escuela; aquel saber cultivado mediante la lectio 
o la disputatio en las escuelas”25. El problema fundamental de carácter teológico y 
filosófico que fue una constante en la Escolástica, fue el de llegar a la comprensión de la 
verdad revelada. Esto sólo es posible de lograrse mediante el raciocinio, para llegar a la 
verdad religiosa, para lograr de esta forma su demostración y aclaración. Es decir, “…se 
apega estrictamente a dogmas de la iglesia cristiana y su intención es encontrar 
racionalmente los fundamentos metafísicos de esos dogmas…”26 
 
En el pensamiento de esta filosofía escolástica no existe una confrontación entre la 
verdad filosófica y la verdad revelada; puesto que cuando ambas proceden de Dios, 
implican su necesaria correlación, entre lo que conforma a la razón y la Revelación. 
 
 
24 Ibidem. p. 46. 
 
25 MADRID ESPINOZA, Alfonso. Introducción a la Filosofía del Derecho y de la Política. 2ª ed. 
México, Edit. Fontamara, 2004. p. 99. 
26 Ibidem. p. 100. 
 18
Los problemas teológicos de la Escolástica se basan en el conocimiento del ser absoluto, 
de la esencia y existencia de los objetos exteriores, del mundo fáctico; es en relación con 
lo que Hobbes definiría en su materialismo mecanicista. 
 
De acuerdo al filósofo Hegel, existe una falta de libertad con respecto a la esencia de los 
pensamientos que todo ser humano tiene en el sentido de la concepción del mundo 
fáctico que le rodea. Esta falta de libertad consiste en que el contenido de todo 
pensamiento parte de una doctrina eclesiástica, cuyo fundamento refleja la existencia de 
los objetos que se encuentran en el exterior. 
Otro elemento o característica de esta doctrina eclesiástica de acuerdo al autor en 
mención, también se ubica en que tiene su base o fundamento en premisas absolutas, 
cuya idea pensante de todo sujeto, se representa en la forma exterior. Es la proyección 
racional a pensar sin dejar a un lado a la especulación. 
Otro elemento es que existe una contraposición inevitable entre la doctrina eclesiástica y 
la mundanidad en que se ve inmerso el hombre en su actuar cotidiano y de manera 
concomitante y correlativa existe la racionalidad, en la cual el sentido común del hombre 
lo proyecta a la búsqueda del contenido propio del pensamiento formal. 
 
Santo Tomás de Aquino es el máximo representante de esta corriente filosófica y es de 
suma importancia, la incorporación que realizó de la metafísica Aristotélica a la Teología 
Cristiana. Ante esto, tenemos lo siguiente: 
 
“Para concluir que el conocimiento de las esencias y de Dios es la ocupación más 
propia del hombre, porque la contemplación de la verdad es la contemplación de 
Dios, que es pensamiento puro”.27 
 
A lo anterior, cabe mencionar que tanto la verdad filosófica como la verdad revelada, 
tienen como fundamento; que ambas parten de Dios y por dicho motivo no puede existir 
contradicción entre ambas, ni un conflicto categórico entre la razón y la Revelación. 
Todo conocimiento fáctico sólo es posible ser percibido, de acuerdo a la filosofía 
escolástica, tomando como base a lo trascendente, al ser absoluto, inmutable y eterno 
que se representa en la figura de Dios. El punto medular de esta filosofía es que la razón 
 
27 Ibidem. p. 101. 
 19
puede entender y describir lo que sucede en la naturaleza, pero la forma y esencia de 
este mundo fáctico, esa es una cuestión que sólo parte de lo trascendente, de Dios. 
 
De acuerdo a la visión contemplativa que estipula Santo Tomás de Aquino, se busca 
entender y describir el mundo fáctico a partir de la premisa de la razón, cuya explicación 
sólo es concebida a partir de la Revelación. Dicho autor retomade la filosofía griega, 
como es el caso de Aristóteles, la distinción entre las acciones moralmente buenas y 
malas; lo cual proyecta un análisis ético- aristotélico. 
Tomás de Aquino menciona la existencia de leyes naturales, humanas y divinas o 
eternas. Ante lo que establece de acuerdo a la ley eterna, lo siguiente: 
 
“Hemos dicho ya que la ley no es otra cosa sino el dictamen de la razón práctica 
de parte del soberano que gobierna una sociedad perfecta. Pero es claro que, 
siendo el mundo gobernado por la providencia divina, toda la comunidad del 
universo está regida por la razón de Dios y, por consiguiente, la misma razón que 
gobierna todas las cosas tiene carácter de ley, siendo de Dios como soberano del 
universo. Y ya que la razón divina no concibe nada en el tiempo, sino sólo en la 
eternidad, de ahí se sigue que hemos de llamar eterna a dicha ley”.28 
 
El origen y esencia de todas las cosas que tienen su manifestación que proyectan en el 
mundo fáctico, es la ley de la razón divina, es de acuerdo a los postulados absolutos e 
inmutables que son establecidos por Dios a través de la ley eterna; es la fuerza que ejerce 
la razón divina sobre el entorno social del hombre. 
 
Por lo que hace a la ley natural, Tomás de Aquino, la concibe de la siguiente forma: 
 
“De ahí que el hombre participa de la razón eterna, por la cual se inclina 
naturalmente al debido orden de sus actos y de su fin. Y tal participación de la ley 
eterna en la criatura racional es lo que llamamos ley natural. Y es que la luz 
natural, por la cual discernimos el bien y el mal, no es otra cosa sino la impresión 
de la luz divina en nosotros. De ahí resulta claro que la ley natural no es otra cosa 
sino la participación de la ley eterna en la criatura racional”.29 
 
28 Ibidem. p. 103. 
29 Ibidem. p. 103. 
 20
De acuerdo a lo anterior, el hombre lleva implícito en su condición natural, la inclinación a 
obedecer postulados divinos, cuya relación con el aspecto racional tiende al adecuar la 
conducta del hombre con las virtudes y también la proyección de su actuar dirigido a 
evitar el daño y el mal que ocasiona una conducta inapropiada y desapegada de la 
condición ético – valorativa. 
Por lo que hace a la ley humana, Tomás de Aquino refiere lo siguiente: 
 
“…en la razón especulativa a partir de principios indemostrables conocidos 
naturalmente, se derivan las conclusiones de las diversas ciencias, cuyo 
conocimiento no es en nosotros natural sino adquirido por el esfuerzo de la razón; 
de la misma manera a partir de los preceptos de la ley natural, que son los 
principios comunes e indemostrables, la razón humana ha de proceder a obtener 
leyes más particulares. Y estas determinaciones particulares encontradas según el 
proceso de la ley humana, se llaman leyes naturales”.30 
 
Podemos observar que la filosofía escolástica coloca a la racionalidad como un aspecto 
fundamental que determina el conocimiento tanto de los fenómenos que ocurren en el 
mundo fáctico, como las circunstancias que motivan el actuar del hombre y lo conducen a 
una vida apegada a las virtudes. 
 
Un aspecto tratado por Santo Tomás de Aquino, que me parece tiene estrecha relación 
con la filosofía de Thomas Hobbes y que no es contradictoria con la misma, es que Santo 
Tomás de Aquino advierte la necesidad de la ley humana, pues la virtud exige cierta 
disciplina a los apetitos, a las pasiones y a los instintos del hombre, y es cuando la ley 
humana interviene como correctiva y encausadora de los hábitos virtuosos. La ley 
humana o la ley positiva, tiene su origen en la ley natural y por tanto está conforme con 
las normas de la razón. 
 
Las leyes humanas concretas (ley positiva) sólo son justas si se orientan hacia el logro del 
bien común. 
 
 
 
30 Ibidem. p. 104. 
 21
Por otra parte, Santo Tomás también alude a lo que llama la ley divina, que se hace 
necesaria que el hombre se ordena al fin de la felicidad eterna y que excede a las 
facultades humanas naturales. El Derecho positivo o humano encuentra su fundamento 
en la ley eterna. 
Santo Tomás también hace referencia a las virtudes, en el que aparece la virtud de la 
justicia como reguladora de todas las relaciones entre los hombres. 
En su Tratado de la Justicia menciona: 
 
“... pues solemos llamar obra justa a aquella que responde a demandas de otro; 
por ello, el objeto de la justicia queda determinado por lo que en sí es justo, o sea 
por el derecho”.31 
 
Santo Tomás también concibe a los regímenes injustos y perversos cuando se dirigen 
únicamente a satisfacer el bien privado del gobernante; ante lo que establece que el mejor 
régimen es el de uno solo, siempre y cuando sea justo, de lo contrario al ser injusto se 
convierte en la peor forma de gobierno. Por tanto, tenemos: 
 
“Así como el régimen de un rey es el mejor, así el de un tirano es el peor. Y la 
fuerza de un gobernante injusto busca el mal de la multitud cuando vuelve hacia su 
propio bien aquello que debería ser para el bien común, lo que no es raro, pues el 
hombre despojado de razón, se deja arrastrar por el instinto, como la bestia, 
cuando gobierna. Por eso dice Salomón: “Sobre el pueblo han echado el león 
rugiente, el oso sediento y el príncipe tirano. Por eso los hombres se esconden de 
los tiranos”.32 
 
La unión de las leyes positivas o del Estado en conjunción con la ley natural, es de 
acuerdo a Santo Tomás de Aquino, el promover el bien común, apuntando a un derecho a 
la resistencia que tiene la sociedad en contra de la tiranía; se busca promover el bienestar 
de los ciudadanos y sus necesidades a fin de preservar la paz y el bien común. 
 
La filosofía política de Thomas Hobbes, reacciona ante la Filosofía Escolástica, en el 
sentido de que dicho autor tiene por característica dentro de su pensamiento, al 
 
31 Ibidem. p. 106. 
32 Ibidem. p. 108. 
 22
materialismo mecanicista; es decir, la importancia de la racionalidad para confrontar el 
sentido material de la vida y del mismo modo llevar a cabo en forma adecuada el poder y 
crear así una normatividad jurídica que busque el bien común. 
 
Hobbes utiliza el racionalismo dentro de su materialismo mecanicista, sólo para dar 
continuidad al uso de la razón en la explicación y análisis del mundo fáctico, pero 
contrariamente a la filosofía escolástica, no busca la verdad a través de dogmas 
religiosos, lo cual es una característica que hace a su filosofía distintiva del 
Escolasticismo. 
 
1.4. Traducción a Tucídides (1628). Obra que critica el sistema democrático. 
 
Tucídides (460-c. 400 a. C.). Autor de la Historia de la Guerra del Peloponeso. 
Para adentrarnos a la importancia de la traducción realizada por Hobbes con respecto al 
historiador Tucídides en cuanto se refiere a su obra “Historia de la guerra del 
Peloponeso”, es necesario hacer un breve análisis referente a dicho autor griego, ante lo 
que se establece lo siguiente: 
 
“En el año 404 a. C. termina la gran guerra sostenida entre Atenas y Esparta y sus 
aliados respectivos. Fue una dura contienda, cuyo final, imprevisible en sus 
comienzos, representó la derrota aplastante de Atenas y el hundimiento de su 
imperio marítimo. La paz definitiva, tras la guerra civil que vivió Atenas, comportó 
una amplia amnistía de la que se aprovechó el que debía ser gran historiador de 
la guerra: Tucídides. 
Educado en la mejor pedagogía de su tiempo, Tucídides, hijo de una de las 
familias más distinguidas de Atenas, fue, asimismo, político y militar. 
En 424 había sido elegido estratego, una de los cargos de mayor responsabilidad 
y prestigio. Pero, fracasado en la misión que se le había encomendado, cuando 
Brásidas realiza su fulminante y victoriosa ofensiva en Tracia, es Tucídides 
condenado al destierro. Obligado, pues,por una dura necesidad, se ve 
imposibilitado de participar en la cada vez más dura contienda. A esa inactividad 
forzosa debemos una de las obras más importantes y significativas que haya 
producido la mente humana: la Historia de la guerra del Peloponeso, en la que su 
 23
autor debió, según confesión propia, trabajar ya desde los inicios del conflicto, pero 
sobre todo, a raíz de su exilio”.33 
 
Con respecto al método utilizado por el historiador griego en mención, Tucídides, tenemos 
que en la introducción de la obra “Historia de la guerra del Peloponeso”, se anuncia su 
tesis básica: 
 
“…la guerra del Peloponeso es la mayor que ha sostenido el mundo helénico, y 
estalló por el temor de Esparta a la creciente potencia de Atenas. Y, sobre todo, 
analiza el mecanismo que llevó a Grecia a un dualismo peligroso que sólo podía 
desembocar en un conflicto general. Y, además: quiere poner de manifiesto que la 
guerra, en sus dos fases, es una guerra única, cuyo verdadero sentido ha 
escapado a todos sus contemporáneos”.34 
 
Podemos observar como un medio que señala los móviles básicos de la dinámica que 
pone en marcha los acontecimientos, a los elementos racionales, cuya función 
contemplan los discursos; aspectos que se ubican en la “Historia de la guerra del 
Peloponeso”. 
 
Tucídides describe las causas de los males que aquejan a Grecia en la guerra entre 
Atenas y Esparta, lo cual es considerado de la siguiente manera: 
 
“La causa de todos esos males – escribe el historiador – era el deseo de poder 
inspirado por la ambición, y, como resultado de estas pasiones, al surgir las 
rivalidades de partido, el fanatismo… Y así, a consecuencia de las sediciones, la 
maldad tomó en Grecia toda clase de formas: la ingenuidad, que es el elemento 
básico de la hidalguía, desapareció, convertida en el hazmerreír, y se impusieron 
los antagonismos y la falta de confianza”. Y antes había dicho ya, a propósito de 
los mismos hechos: “Llegaron incluso, para justificar sus actos, a cambiar el 
sentido moral de sus palabras: la audacia irreflexiva era tenida como el valor 
 
33 ALSINA, José. TUCÍDIDES: Historia, ética y política. España, Edit. Rialp, 1981. p.p. 25-27. 
34 Ibidem. p.p. 36-37. 
 24
propio del camarada leal; la vacilación prudente, excusa del cobarde; la prudencia, 
máscara del infeliz”.35 
 
Como constantes de las causas que provocaron o movieron a los espartanos a la guerra 
contra los atenienses, tenemos: al Poder, imperio y guerra, cuyos aspectos son muestra 
de su narración; puesto que el deseo incesante de poder como Hobbes posteriormente 
definiría, al igual que la necesidad de tener un imperio por parte de Atenas utilizando 
como medio a la guerra, son ejes centrales del enfrentamiento entre estas potencias – 
Atenas y Esparta –. 
 
Tucídides comienza su narración de la guerra misma considerando sus causas. La causa 
más auténtica: a su parecer – era la de los atenienses, que al engrandecerse y provocar 
temor, movieron a los espartanos a la guerra. 
 
Se realizará un breve análisis sobre la organización, estructura y el sistema político en 
que se desarrolla Atenas y Esparta, para poder adentrarnos concretamente a las causas 
y efectos que dicha guerra trajo consigo en lo que se refiere a la democracia y 
aristocracia. 
 
• Atenas: 
En la Polis griega el hombre se desenvolvía en una libertad que consistía en la capacidad 
que el mismo tenía en cuanto a la formación de leyes soberanas; esto indica que el 
hombre griego servía a su polis en donde su principal fin u objetivo era buscar el bien 
común a través de la organización política. 
Atenas dentro de su comunidad de cultura político- religiosa, buscó a través de la 
democratización de sus instituciones, alcanzar el bien de la comunidad. 
Por cuanto hace a las instituciones democráticas en Atenas tenemos: 
 
“Toda iniciativa democrática encontraba resistencia frente al Areópago. Entiéndese 
por Areópago el cuerpo de linaje antiguo compuesto de exarcontes que 
detentaban dignidad vitalicia, en épocas primarias sus poderes políticos eran 
relevantes, tenían la custodia de la ley y la moralidad pública; tras las reformas de 
Efialtes y Pericles, que dieron al pueblo la supremacía, el Areópago perdió sus 
 
35 Ibidem. p. 65. 
 25
poderes tradicionales pasándolos al Consejo de los Quinientos, a la asamblea y a 
los tribunales populares, no obstante, su prestigio era reconocido al formar parte 
de comisiones especiales donde se investigaban faltas graves contra la 
organización política, tenía poderes extraordinarios ante emergencias públicas…”36 
 
Como instituciones políticas atenienses se tienen: 
- Arcontado. Cuyas funciones específicas fueron: 
• Supervisión de la elección de magistrados; 
• Juicios familiares; 
• Asistir a huérfanos y viudas; 
• Cuidar de la religión. 
• Juzgar en procesos religiosos; 
• Resolver demandas de metecos (extranjeros); etc. 
- Estrategas. Su magistratura fue de mayor importancia. Sus funciones eran: estar al 
frente del ejército y la armada, de igual forma tenían la facultad de firmar tratados 
en nombre de la polis. 
- La Bulé. Era un organismo legislativo conformado por quinientos hombres mayores 
de treinta años y su función era formular proyectos de ley que eran enviados a la 
Ecclesia para su debate. La Bulé o Consejo de Quinientos (primer magistratura), 
tenía un comité de cincuenta ciudadanos consejeros (pritanae) con el objeto de 
que todos los miembros ejercieran por un tiempo definido la Pritanía. El Pritaneo 
era el “magistrado principal de algunas polis griegas”.37 
- Ecclesia: “suprema jurisdicción pública formada por todos los varones libres 
mayores de veinte años. Su función principal era legislativa, ya que votaban los 
proyectos de ley que enviaba la Bulé después de una minuciosa deliberación…”38 
Las decisiones que llevaba a cabo la Ecclesia por cuanto trataba de aspectos 
determinados, eran remitidos al Consejo para su posterior ejecución, pero también 
se daba el caso de que dicha resolución formara parte de la constitución (nomos); 
ante esto, era enviada para su examen a la comisión de los Dicastas o corte de los 
Nomothétai. 
 
36 GONZÁLEZ GONZÁLEZ, María de la Luz. Valores del Estado en el pensamiento político. México, 
Edit. UNAM, 1994. p. 50. 
37 Ibidem. p. 51. 
38 Ibidem. p. 52. 
 26
- Heliastai. Tribunales con grandes jurados populares cuya competencia eran 
asuntos civiles y criminales, fueron quienes mantuvieron el control de la 
democracia ateniense; llevaban a cabo sus sentencias en nombre del pueblo. Sus 
integrantes eran propuestos por el Demos y designados por sorteo. Ante esto el 
tribunal popular tenía una distribución en diez tribunales (Dikasterios). El arconte 
presidía el tribunal y vigilaba el procedimiento, contemplándose causas públicas y 
privadas. 
 
Todas las instituciones anteriormente mencionadas propiciaron la constitución de una 
democracia directa en un reiterado control del pueblo; en donde las jurisdicciones y 
atribuciones de los funcionarios tenían respectivas limitaciones. 
 
En tanto que Atenas fue una polis poderosa y económicamente desarrollada, como parte 
de la democracia directa en los siglos V y IV, salió en defensa de las instituciones 
democráticas; en tanto que en Esparta, se apoyaba el sistema de la aristocracia, en 
contraposición a la democracia directa. 
Por cuanto hace a la democracia, afirmaba Pericles (gobernante ateniense): 
 
“porque la administración de la República no pertenece ni está en pocos sino en 
muchos. Por lo cual de cualquier estado o condición que sea, si tiene algún 
conocimiento de virtud, tan obligado está a procurar el bien y la honra de la ciudad 
como los otros, y no será nombrado para ningún cargo ni honrado, ni acatado por 
sulinaje o solar, sino tan sólo por su virtud y bondad...”39 
 
La democracia ateniense (470- 461 a.C.), basada en el principio de igualdad de todos los 
ciudadanos, no tenía precedentes. Por cuanto hace a esta democracia ateniense, el autor 
David Grene, establece: 
 
“Un tercer punto de comparación… es el sistema ateniense de gobierno en 
relación con la administración. Los arcontes, en número de nueve, y, en teoría, los 
gobernantes, eran, a mediados del siglo V, casi insignificantes: eran elegidos, por 
sorteo entre todos los ciudadanos, y ni siquiera los atenienses, con su fanática 
insistencia en los derechos universales para todos los ciudadanos, deseaban una 
 
39 Ibidem.. p. 19 
 27
administración elegida por un medio tan azaroso. Los arcontes administraban las 
fiestas religiosas y algunas formalidades públicas. 
El poder real de gobierno residía en el cuerpo de los Diez Estrategos, que eran 
elegidos y colaboraban con el Consejo de los Quinientos, que era elegido 
mediante un sistema mixto de elección y sorteo… 
Tal era, en rápido esquema, la democracia ateniense en la época de Tucídides. En 
términos de adhesión formal a los principios de uno o dos partidos – el de los 
muchos y el de los pocos – todo parece indicar que la filiación política de Tucídides 
resulta fácil de describir. Su punto de vista sobre los méritos de los dos bandos 
parecen, a primera vista, muy claros: él mismo se declara abiertamente a favor de 
una oligarquía moderada cuando elogia la constitución conservadora de 
Terámenes, que estuvo poco tiempo vigente en el año 411 a. C. Enumera los 
defectos de la democracia como determinante del destino de su patria; 
explícitamente, cuando habla de la volubilidad y la oposición contra Pericles, y, 
después del debate sobre la campaña de Sicilia, cuando el fracaso de la 
expedición se atribuye a la democracia. 
Resumiendo, podríamos decir que veía la democracia ateniense como una de las 
principales razones del fracaso de la ciudad para ganar la guerra; que apoyaba 
alguna forma de cambio de gobierno que pusiera el poder en manos de unos 
pocos, de una élite presumiblemente más inteligente que la masa codiciosa y 
estúpida que fue la fuente de la autoridad desde la muerte de Pericles hasta la 
revolución de los Cuatrocientos; y descubre la enorme diferencia que había entre 
la democracia periclea y los últimos tiempos sólo en el supremo y hábil control 
puesto en manos del propio Pericles”.40 
 
A la manera de narrar Tucídides la guerra del Peloponeso y de describir el sistema 
democrático, podemos observar que para él, ésta forma de gobierno no era la adecuada 
de llevarse a cabo en Atenas. 
Con respecto a la confrontación que existe entre el proceso narrativo de la historia y el 
poder, el autor A. Woodhead, citando a Tucídides, establece: 
 
 
 
40 Op. Cit. TUCÍDIDES: Historia, ética y política. p.p. 286-287. 
 28
“El imperio ateniense es sólo una manifestación del poder en el mundo de 
Tucídides. Lo que ahora nos interesa, por ello, no es la actitud personal del 
historiador ante tales manifestaciones, los sistemas políticos como democracia y 
oligarquía, las personalidades políticas como Pericles o Cleón, o las instituciones 
como los tribunales populares o los consejos representativos. Más bien nos 
interesa su actitud ante la naturaleza del poder que ejercían esos sistemas, esas 
personalidades o esos órganos de gobierno, con su interpretación de los contextos 
en los cuales actuaban…”41 
 
También con respecto al poder, en palabras del autor A. Woodhead, tenemos lo 
siguiente: 
 
“El efecto del poder en quien lo detenta no es, ciertamente, que lo corrompe. Basta 
decir que la posesión del poder predispone a quien lo posee a un cierto número de 
reacciones y a una determinada aproximación a la política. De hecho, los 
atenienses llegan a decir a los espartanos, casi de un modo explícito, cuál ha sido 
su efecto sobre sí mismos. Y eso mismo resuena en alguna parte, cuando Pericles 
lo afirma en otra situación: “Tres profundos motivos nos impiden ceder en nuestra 
situación: el honor, el temor y el propio interés”. La conservación del poder es vital 
no sólo por el peligro de que pase a manos de aquéllos a expensas de quienes se 
detentaba, sino porque es provechoso para quienes lo ejercen, y porque ven que 
su dignidad se ve aumentada gracias a él. Los honores comportan asimismo 
cargas, como el propio Pericles recuerda en su último discurso, pero los 
atenienses no deben evitar esas cargas porque hay que esperar razonablemente 
que soportarán esa honrosa posición que les enorgullece…”42 
 
Por lo que se refiere al imperialismo ateniense, durante el siglo V a.C. la evolución de la 
democracia en Atenas estuvo íntimamente ligada con el creciente imperialismo en el 
extranjero. Los elementos dedicados al comercio y a la industria, que se beneficiaban del 
incremento y del comercio marítimo constituían la importancia de la asamblea. La 
afirmación por parte de Atenas de que la justicia siempre actúa en nuestro favor está 
contenida en la idea misma de justicia, ya que pensamos en la justicia como el bien 
 
41 Ibidem. p.p. 295-296. 
42 Ibidem. p. 299. 
 29
común, y el bien común incluirá nuestro propio bien. La base del interés parte de la 
justicia. 
 
La tesis ateniense reconoce que no siempre puede encontrarse un bien común o una 
coincidencia de intereses, en cada situación entre los hombres. En los casos en que no 
puede haber esta coincidencia, nos vemos obligados, a buscar nuestro propio bien, tan 
distinto del de los demás. O mejor dicho: “ninguna auténtica justicia puede oponerse al 
poder de nuestro natural deseo de encontrar nuestro propio bien”.43 
 
Lo anterior, de acuerdo a la tesis imperialista de Atenas es, en gran medida, resultado de 
su preocupación por la justicia y por la nobleza, pues fueron estas cuestiones las que les 
exigieron dar una defensa a su imperio. 
 
Para Pericles, la superioridad de Atenas se debe al simple cálculo egoísta – “cálculos de 
ventajas”, como prueba de su notable superioridad sobre los simples cálculos de pérdidas 
y ganancias; además de su loable moderación en el uso del poder sobre sus súbditos. 
Los atenienses veían el honor o la gloria que esperaban de su imperio, no sólo como un 
gran bien para ellos, sino como una “noble superioridad”. 
Por lo que toca al aspecto de los valores del hombre en su relación directa con la 
república y el bien común, Pericles señala que: 
 
“La grandeza de nuestra ciudad se debe a la virtud y esfuerzos de los que por ella han 
muerto y en pocos pueblos de Grecia hay justo motivo de igual vanagloria. A mi 
parecer, el primero y principal juez de la virtud del hombre es la vida buena y virtuosa, 
y el postrero que la confirma es la muerte honrosa...”44 
 
Con la referencia anterior, la cual es la atracción fúnebre pronunciada por Pericles por los 
caídos en el primer año de la guerra del Peloponeso (430 a. C.), se tiene a la más alta 
defensa oratoria del sistema democrático ateniense. Dicho autor menciona a esta forma 
de gobierno, como aquella en la que la justicia es igual para todos, y los más meritorios 
 
43 Historia de la Filosofía Política. Leo Strauss y Joseph Cropsey (compiladores). Trad. Leticia García 
Urriza, et. al. México, Edit. F.C.E., 1996. p. 30. 
44 TUCÍDIDES. Historia de la Guerra del Peloponeso. Introd. de Edmundo O’ Gorman. 6ª ed. México, 
Edit. Porrúa, 2003. Lib. II Cap. VII. p. 107. 
 30
son preferidos en las elecciones para los cargos públicos, con independencia de su 
posición social. 
 
• Esparta: 
Por cuanto se refiere a la política espartana, tenemos lo siguiente: 
 
“El sistema político espartano, era aristocrático, en ella se conservó el gobiernode un 
monarca como jefe supremo en tiempos de guerra, juez y sacerdote en épocas de 
paz. 
Con la hegemonía de Esparta se le obligó a Atenas a elegir un gobierno local de 
carácter oligárquico y pro espartano constituido por diez miembros (decarquía). 
La otra tendencia se concretó en la nueva relación de Esparta con las ciudades- 
estado miembros de la Liga Peloponésica, con las que ya mantenía un estrecho 
contacto. En todas ellas impuso un gobierno pro oligárquico e intervino abiertamente 
en sus asuntos internos violando el principio de autonomía política”.45 
 
El carácter aristocrático de la cultura griega, representado por Esparta, era tan agudo que 
algunos atenienses negaban abiertamente la validez de las ideas democráticas. A lo que: 
 
 “... excesiva pasión ejercida sobre los ricos en beneficio de una multitud ignorante 
 y deshonesta, contra la lentitud y la ineficacia de la acción popular, y contra el celo 
 democrático en pro del imperialismo”.46 
 
A lo anterior, el discurso de Pericles era una defensa contra las acusaciones de sus 
contemporáneos, según los cuales los hombres más capacitados se veían alejados de los 
cargos por la desconfianza popular y un profundo conformismo había caído sobre la vida 
privada por voluntad de las masas. En el siglo IV a. C., los filósofos políticos como Platón 
y Aristóteles atacaban con bases teóricas el concepto de que las personas de buena fama 
y los pobres pudieran ser políticamente iguales. 
 
45 BRAVO, Gonzalo. Historia del mundo antiguo. Una introducción crítica. 2ª reimpr., España, Edit. 
Alianza, 2002. p. 297. 
46 STARR, Chester G. Historia del mundo antiguo. Trad. De Esther Benítez. España, Edit. Akal, 1974. p. 
339. 
 31
Podemos observar que existe una justificación natural del poder en la necesidad, ya que 
el que vence a otro le ha de mandar y ser su señor, siendo lo ocurrido por Esparta ante 
Atenas. 
 
En lo que se refiere a Esparta con respecto a la organización político- social, existía la 
diarquía, representando los dos linajes reales de los agiadas y las euripóntidas, los cuales 
de acuerdo al derecho hereditario ocupaban la doble magistratura. Esta autoridad se fue 
debilitando hasta llegar a ser simples funcionarios, reduciéndose su función judicial al 
derecho familiar. Tenemos también a: 
 
- Éforo: “magistrado que contrapesaba el poder de los reyes y el senado. En 
Esparta existieron cinco éforos de elección popular”.47 
- La Gerusia: “asamblea de ancianos o senado, compuesto de veintiocho dorios 
vitalicios”.48 Era una especie de senado o asamblea cuya integración se 
encontraba conformada por veintiocho ancianos de linaje, los cuales eran 
elegidos entre los ciudadanos mayores de sesenta años, en donde tenían 
facultades judiciales en procesos políticos. 
- La Apella: Era una asamblea del ejército; cuya reunión era conformada para 
nombrar a los jefes de la ciudad; aprobando o desechando las propuestas de la 
Gerusia y las de los éforos, siendo estos los magistrados más poderosos de 
Esparta cuyo apoyo fue llevado a cabo por el pueblo y por el Consejo de la 
Nobleza. Su competencia de la Apella fue la jurisdicción civil cuando los reyes se 
encontraban en combate; las funciones de control y censura en aspectos de la 
vida pública; así como se formó un Consejo de Vigilantes que dominaba 
absolutamente la ciudadanía. 
 
Lo anterior nos permite observar la necesidad de situar un proceso narrativo en donde se 
establece la importancia de conformar un adecuado sistema político (oligarquía y 
democracia); los cuales son ejes centrales del poder, cuyos personajes y circunstancias 
integran una unidad política. 
 
 
47 Op. Cit. Valores del Estado en el pensamiento político. p. 56. 
48 Ibidem. p. 56. 
 32
En otro sentido, Tucídides maneja el concepto de libertad y determinismo en su estrecha 
relación con la democracia, de la siguiente forma: 
 
“La naturaleza humana se consume en la fuerza elemental de sus inclinaciones y 
vive con una pleonexía desenfrenada mientras no se ve cohibida por algún 
obstáculo: actúa tanto en el individuo como en las asociaciones más amplias…En 
la vida privada se la pueda encauzar en cierto modo, pero nunca suprimirla del 
todo…Por el contrario, en la vida de los pueblos, donde se trata de alcanzar o de 
perder lo más importante, el impulso natural se muestra tanto más fuerte cuanto 
que aquí no se la puede mantener en sus límites acudiendo a una instancia 
superior. A pesar de las bellas palabras con las que el fuerte pretende disfrazarse, 
o el débil salvarse, nada vale ni el derecho ni la equidad, ni la piedad, ni el sentido 
de solidaridad; nada la piedad, ni la compasión; vale sólo el principio del interés 
particular…El político tiene que luchar contra las pasiones y caprichos de la masa; 
se ve colocado ante la presión de las situaciones provocadas por los procesos que 
han tenido lugar, y a cada momento se ve abocado a situaciones cambiantes, 
causadas por el destino y que él no ha podido prever”.49 
 
El tema fundamental del estudio que hace Tucídides de la guerra, es la justicia, o la 
justicia en su relación con las compulsiones: 
 
“La causa de estos levantamientos fue el deseo de gobernar, arraigado en el 
deseo de gobernar, arraigado en el deseo de adquirir y el afán de obtener honores, 
pero después de un tiempo la violencia pareció cobrar vida propia.”50 
 
Las guerras del Peloponeso, trajeron consigo la agudización de las contradicciones de la 
sociedad griega, la lucha política se reflejaba en la pugna entre corrientes ideológicas, 
básicamente en el plano filosófico que ponderaba las bondades de la democracia o los 
beneficios de la aristocracia. 
 
La importancia de la justicia ante el egoísmo y la violencia, son rasgos fundamentales que 
con respecto a la Guerra del Peloponeso, enmarcan el sentido de la naturaleza humana, 
 
49 Op. Cit. TUCÍDIDES: Historia, ética y política. p.p. 306-307. 
50Op. Cit. Historia de la Filosofía Política. p. 28. 
 33
misma que puede rebasar en cuanto se tenga oportunidad, el frágil límite de la ley y por 
consecuencia, de la justicia. Aspectos que son retomados posteriormente por Thomas 
Hobbes no sólo en los valores éticos y en las virtudes del ser humano, sino de igual 
forma, en su preferencia por el sistema aristocrático y todo lo que el mismo conlleva. 
 
1.5. Influencia del estoicismo. 
 
El pensamiento estoico nace en Atenas en el siglo III, y su desarrollo se dirige hasta el 
tiempo del Imperio Romano. 
Para los estoicos, la metafísica es el fundamento de su teoría del conocimiento y de la 
moral que tratan de proyectar en su visión del mundo. 
 
El racionalismo político del siglo XVII fue un rejuvenecimiento de las ideas estoicas. El 
neoestoicismo pasó de Italia a Francia, a los Países Bajos, de éstos a Inglaterra y a sus 
colonias americanas. Como aspectos fundamentales de las ideas estoicas, se 
expresaban la esencia del hombre y el carácter mismo de la razón humana. Fue la razón 
quien proclamó primeramente su poder y su derecho a regir la vida social del hombre. 
 
La significación práctica de esta corriente de pensamiento se ve reflejada en los siglos 
XVII y XVIII. A partir de entonces, la teoría de los derechos naturales del hombre no fue 
una ética valorativa abstracta, sino el fundamento de la acción política en un entorno 
social. 
La importancia de la doctrina estoica, versa en función del desenvolvimiento en los 
conflictos éticos y políticos del mundo moderno. 
 
Como primer punto se tratará la cuestión de la metafísica estoica, la cual retoma al mismo 
tiempo, aspectos de la física y la teología; puesto que ellos concebían al Universo como 
una sola sustancia. 
 
Para ellos Dios y la naturaleza eran una y la misma cosa, de tal manera que en el

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