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1 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Programa de Maestría y Doctorado en Urbanismo Desarrollo Inmobiliario Importancia de la participación del sector privado en la construcción y operación del Centro Cultural Mexiquense Bicentenario Tesis que para optar por el grado de Maestría en Urbanismo Presenta Metzli Valle Muciño Director de Tesis Dr. Fernando Palma Galván Ciudad Universitaria, Ciudad de México junio de 2018 Margarita Texto escrito a máquina Programa de Maestría y Doctorado en Urbanismo Margarita Texto escrito a máquina Margarita Texto escrito a máquina UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. 2 A Jesús, gracias por todo tu apoyo 3 ÍNDICE INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................... 4 CAPÍTULO 1. POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA EN MÉXICO ................. 7 1.1. Del México independiente al post revolucionario. ......................................................... 7 1.2. Influencias internacionales de la década de los ochenta y noventa en México ........... 13 CAPÍTULO 2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA EN MÉXICO .................................................................... 16 2.1. Clasificación y Características de las APP en México .................................................... 18 2.2. Tres experiencias de Proyectos para la Prestación de Servicios. .................................. 30 CAPÍTULO 3.- ESTUDIO DEL PROYECTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CENTRO CULTURAL MEXIQUENSE ............................................................................................................................. 40 3.1. Necesidades sociales ..................................................................................................... 47 3.2. Políticas y necesidades culturales ................................................................................. 50 3.3. Legalidad y Normatividad del PPS ................................................................................. 54 3.4. Breve análisis financiero del proyecto .......................................................................... 58 3.5. Evaluación final del proyecto ........................................................................................ 61 CONCLUSIONES ......................................................................................................................... 66 Bibliografía ........................................................................................................................................ 68 ANEXOS ......................................................................................................................................... 72 4 INTRODUCCIÓN El mantenimiento de la infraestructura cultural en México es un requerimiento básico y urgente para el país ya que contamos con múltiples bienes culturales, 34 de ellos reconocidos por la UNESCO; este reto exige cuantiosos recursos financieros y una enorme capacidad institucional y de gestión. Durante la última década se ha hablado mucho de la importancia de las Asociaciones Público Privadas (APP) para el desarrollo de infraestructura y hemos sido testigos de diversas carreteras realizadas bajo este esquema, sin embargo es menos conocido que se han realizado también inversiones de infraestructura social en APP, la intención de esta investigación es tener un panorama general de este tipo de asociaciones y profundizar en el estudio de un Proyecto de Prestación de Servicios en el ámbito cultural, específicamente del Centro Cultural Mexiquense Bicentenario para después, realizar una evaluación del mismo y presentar observaciones en relación a la información encontrada. Durante las décadas de los años 40, 50, 60 y parte de los 70 se vio con recelo el endeudamiento, se promovió el ahorro y la inversión productiva en infraestructura, pero después del abuso de estatización de empresas y del déficit gubernamental se presentaron dos grandes devaluaciones en 1876 y 1982 que ocasionaron la internacionalización de los problemas económicos y que exigieron la adopción de tendencias y regulaciones extranjeras, posteriormente en los años 90 comenzó en el mundo una tendencia de reducción en el involucramiento del Estado en la economía y, por lo tanto, una participación del sector privado en el financiamiento y provisión de bienes, como infraestructura, y servicios públicos bajo la premisa de: si el sector público no cuenta con los recursos suficientes, hay que generar entonces alternativas para no detener el desarrollo por medio de la financiación privada ya que puede ser para muchos proyectos de infraestructura y servicios públicos una alternativa viable, no sólo por el acceso a recursos privados para la inversión, sino principalmente por las ventajas que el sector privado puede ofrecer en términos de eficiencia, innovación y calidad en el servicio. En México se comenzó con este tipo de alianzas entre el sector público y el privado con los Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva con Registro Diferido en el Gasto Público (PIDIREGAS), posteriormente en el 2012 se crea la Ley de Asociaciones Público – 5 Privadas, un instrumento jurídico que dotaba de certeza legal a la iniciativa privada que pretendía asociarse con el gobierno para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios de largo alcance, en las siguientes paginas se proporcionará información sobre la clasificación y características de las Asociaciones Público Privadas (APP) en México así como las leyes que las regulan y los usos que se les han dado. En el ámbito de infraestructura social se han desarrollado 3 proyectos culturales, todos de grandes magnitudes y altos costos; comenzando con el Centro Cultural Mexiquense Bicentenario (2009) ubicado en Texcoco, Estado de México con un costo de $3,508 millones de pesos a pagarse en un periodo de 21 años, el Gran Museo del Mundo Maya (2011) en Mérida con un costo de $4,641 millones (Santana, 2012) a pagarse en 21 años y finalmente, en el año 2016 se inauguró el Museo Internacional del Barroco en Puebla con un costo de $7,300 millones de pesos a pagar durante 23 años (Hernández, 2016). En el presente trabajo se profundizará en el análisis del Proyecto de Prestación de Servicios (PPS) Centro Cultural Mexiquense Bicentenario (CCMB) que pretendía beneficiar a 3.5 millones personas directas y hasta 6.2 millones de habitantes indirectos que habitan en los municipios de la zona oriente del Estado de México, quienes carecían de espacios de exposición y espectáculos así como de bibliotecas públicas regionales; en la zona de Texcoco, donde se encuentra implantado el CCMB hay valores tangibles e intangibles que se deben promover, sin embargo a primera vista el programa arquitectónico no parece estar a escala de las necesidades de la región, resultando un proyecto demasiado grande con déficit de usuarios. Al revisar los criterios que se deben tomar para la aprobación de este tipo de PPS encontramos que se debe demostrarque las propuestas son susceptibles de generar un beneficio social neto bajo supuestos razonables y que, aún con la legislación aplicable al caso se logran realizar proyectos que resultan poco exitosos en el ámbito socio-cultural al que están destinados. El ejercicio financiero que se realizó para tratar de tener una idea de los beneficios económicos que puede recibir el inversionista privado al participar en este tipo de proyectos 6 demuestra un beneficio moderado para el socio privado, sin embargo, hay datos que resultan controversiales, como el costo de construcción del inmueble. En este acercamiento a los PPS se puede observar que a pesar de todas las dependencias que se involucran en la puesta en marcha de un proyecto de Asociación Público Privada, de todos los elementos que se tienen que evaluar para su autorización y sobre todo del costo final de los proyectos, los beneficios directos a la población no son satisfactorios de acuerdo al monto de inversión y su posterior mantenimiento. 7 CAPÍTULO 1. POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA EN MÉXICO 1.1. Del México independiente al post revolucionario. En este capítulo hablaremos de la política que se ha seguido en México con relación a la inversión y desarrollo de su infraestructura, para comenzar a hablar de ello definiremos el concepto de infraestructura y posteriormente describiremos brevemente las políticas de inversión que se han seguido para su implementación. El concepto infraestructura es un vocablo compuesto, integrado por “infra” que significa debajo, y estructura, derivado del latín “structura”, de “structus” = construido, y “ura” = resultado, por lo que la palabra se puede utilizar en diversas materias. En el ambiente de la edificación nos referiríamos a la parte construida, por debajo del suelo, como sostén de estas, por extensión se utiliza a todo lo que sirve de sustento o andamiaje para que se desarrolle una actividad. En las ciudades, la infraestructura son los elementos que permiten que la población pueda desarrollar sus actividades, como el sistema de desagüe, de agua potable, de tendido de luz eléctrica, de recolección de residuos, de comunicaciones, de edificios públicos (escuelas, hospitales). En los medios de comunicación, la infraestructura, es la base material que posibilita que la información circule ya sea a través de la voz, de la imagen o del dato, a veces en conexión con otras infraestructuras de servicios, como ocurre con la electricidad. Dentro de la infraestructura comunicacional, tenemos las redes de satélites o la fibra óptica para grandes distancias. En Sociología una infraestructura es la que sustenta la organización social, su desarrollo y sus cambios. “La infraestructura puede ser definida como las estructuras físicas y organizativas, redes o sistemas necesarios para el buen funcionamiento de una sociedad y su economía. La infraestructura puede ser física o social, con las dos categorías definidas así: • La infraestructura física constituye instalaciones públicas que unen partes de la ciudad y proporcionan los servicios básicos que la ciudad necesita para el funcionamiento, como la red de caminos, las redes de agua, iluminación, etc. 8 • La infraestructura social y económica incluye facilidades tales como hospitales, parques y jardines, centros comunitarios, librerías, entretenimiento e instalaciones para hacer compras, y edificios educativos.” (International Recovery Platform Secretariat, s.f., p. 2) En recientes fechas el nivel de desarrollo de infraestructura en México se encuentra por debajo de otros países de América Latina como Chile, Panamá y Costa Rica y ni hablar de sus socios comerciales como Alemania, Estados Unidos, Canadá, Francia, China y España, en materia de infraestructura, a principios de 2018 México se ubicó en la posición 51 de un total de 137 países, con un valor de 4.4 puntos de un máximo de 7 (World Economic Forum, 2018, p. 13). Para poder tener un panorama completo de la infraestructura en el país es necesario tener antecedentes de como se ha invertido en ella a lo largo de la historia, ya que es un elemento que se va construyendo a la par que el país evoluciona, por lo que comenzaremos con un breve resumen de las políticas de inversión que se han llevado a cabo desde el México independiente hasta nuestros días. A partir de que se da la independencia de México comienza una lucha ideológica entre dos modelos a seguir en la materia que nos ocupa: el liberal, que propaga por que el gobierno participe en la inversión y desarrollo del país; y el modelo conservador, donde se insta a que la iniciativa privada realice la infraestructura, durante 47 años el país es gobernado alternadamente por liberales y conservadores hasta que llega al poder Porfirio Díaz en 1876 y hasta su salida en 1910 “la inversión extranjera se concentraba en desarrollar infraestructura para atender las actividades tradicionales: las industrias extractivas, la energía eléctrica y los transportes” (Wionczek, 1967, p. 4). En lo que respecta al ámbito cultural y de acuerdo con Brenda Ramírez (Ramírez Praga, 2016, pp. 17-19) en este periodo “podemos identificar que la estrategia de reproducción cultural se sustenta sobre una importante estructura de capital simbólico de élites, auspiciada por el capital cultural que otorgan la creación de museos nacionales, bibliotecas, recintos propios para la enseñanza de las bellas artes y la presentación de ellas. De igual manera, el Estado representa el custodio y administrador único de los bienes patrimoniales, 9 bajo símbolos como la Ley sobre exploraciones arqueológicas de 1896 y la Ley relativa a los monumentos arqueológicos de 1897”, en este periodo se erigieron las primeras versiones de museos y hemerotecas, además de aumentar el acervo bibliográfico y editar publicaciones culturales. Después de la Revolución siguen estallando guerras y guerrillas por todo el país por lo que el desarrollo de la Nación se detiene hasta la llegada del gobierno de Plutarco Elías Calles (1924 a 1928) cuando se da una reconstrucción nacional y financiera que sienta las bases para adoptar los fundamentos de un modelo que se gestiona en occidente, conocido como Estado Benefactor. En este periodo de 1917 a 1935 se crean diversas instituciones culturales como el Departamento Universitario de Bellas Artes, el Departamento de Bienes Nacionales, la Secretaría de Educación Pública, el Departamento de Educación y Cultura para la raza indígena, la Dirección de Misiones Culturales, la Dirección de Bienes Nacionales, los Centros Populares de Arte para los Trabajadores donde se fomentaba la educación artística que capacitaba a los trabajadores para mejorar sus salarios y recibir mayor compensación en la vida, entre otros. Así encontramos que durante la década de los años 40 las políticas culturales se fueron traduciendo en ofrecer bienes y servicios bajo el soporte de instituciones mexicanas que promovieran la “cultura mexicana” con el fin de respaldar la ideología del Estado mexicano mediante una sola identidad (Ramírez Praga, 2016, p. 24). De acuerdo a Ricardo Pozas (Pozas Horcasitas, s.f., pp. 353-354) “entre 1945 y 1973, en los países centrales de Europa, se desarrolló el modelo de Estado Benefactor, modalidad teórica e ideológica que rediseñó las funciones del Estado liberal con fuerte intervención en la economía y amplia política social frente al desempleo y la pobreza….La política social del Estado benefactor estaba asentada en la concepción keynesiana del complemento de la inversión pública y privada con las que construían la economía mixta, diseñada como coparticipación del sector público y privado. La participación del Estado en la economía implicaba una fuerte inversión en la infraestructura y en las empresas caracterizadas como estratégicas de la economía nacional, conlas cuales se ejercía la dirección de la demanda, la inversión y el empleo en su dimensión más general” y tomando estos preceptos en 10 México se instaura el Modelo Nacional Revolucionario como política de desarrollo que, de acuerdo con Jaime Vélez (Vélez Hernández, 1977, p. 7), es un modelo que “está en proceso de formación y no se ha concretado en formas tan claras como el modelo socialista o capitalista pero al igual que en el modelo socialista, el Estado y las inversiones públicas se convierten en el verdadero motor del desarrollo como consecuencia de que en los países donde se desarrolla este modelo, no se ha creado todavía una clase media capitalista lo suficientemente poderosa como para disponer de recursos suficientes para realizar la inversión necesaria, que facilite el paso de una economía atrasada en una economía moderna. La nacionalización se limita al capital extranjero o a parte de él y moviliza el escaso capital autóctono hacia la inversión productiva, útil para el desarrollo. Esta nacionalización no es el resultado, en general, de un programa económico, sino de conflictos políticos con las potencias capitalistas que hacen que resulte ser un medio necesario de emancipación política y de afirmación de la independencia. El modelo socialista y el nacional revolucionario tienen en común que el desarrollo económico no es un proceso espontáneo, como en el modelo capitalista clásico, sino que es el resultado consciente de la planificación que tuvo su origen en la economía socialista pero que, en mayor o menor medida, se ha comunicado a todos los países capitalistas.” Durante las 5 décadas siguientes (1920 – 1970) se sigue la política del Modelo Nacional Revolucionario, donde se llevan a cabo grandes inversiones no sólo en materia de infraestructura petrolera y eléctrica, si no en todos los ámbitos (industrial, social, productivo, etc) ya que el Estado comienza a crear y adquirir empresas de todo tipo aumentando de la siguiente forma: en los años de 1920 – 1940 llegaron a existir 36 empresas paraestatales, entre 1941 y 1954 unas 144 y entre 1955 y 1970 unas 272 (Marichal, 2003, p. 1), durante todo este tiempo se vio con recelo el endeudamiento, se 11 promovió el ahorro y la inversión productiva en infraestructura y posibilitó remontar en los mercados internacionales la mala impresión de un país poco serio e incumplido en sus obligaciones financieras (Rivadeneyra, 2016, p. 131) los gobiernos de Plutarco Elías Calles, Lázaro Cárdenas, Manuel Ávila Camacho, Adolfo Ruiz Cortines, Adolfo López Mateos y Gustavo Díaz Ordaz construyeron instituciones, mecanismos y negociaciones que dieron estabilidad a la nación, pero todo ello se acabó en los siguientes dos sexenios; cualquier empresa con pérdidas se vendía al gobierno llegando a contar en 1982 con 1,155 empresas paraestatales (Marichal, 2003, p. 1), tal circunstancia estaba plenamente justificada, pues en el entendimiento de la época el Estado debía invertir por su cuenta en proyectos de desarrollo para favorecer el empleo abierto y la redistribución del ingreso, o bien, en aquellos campos cuya rentabilidad era magra, o por la necesidad de desembolsar fuertes cantidades no recuperables en el corto plazo. A ello se agregaba la idea de crear en lo interno la demanda de bienes y servicios producidos por las nuevas empresas estatizadas. La demanda efectiva era reducida o nula, por lo incosteable que era y, por ende, el Estado debía de llevar a cabo tal actividad aún cuando fuese deficitaria, en términos económicos y más por el principio de derrame económico que por el rendimiento financiero que produjese (Rivadeneyra, 2016, p. 111). En estos sexenios se presentaron las devaluaciones de 1976 y 1982 en las administraciones de Luis Echeverría y José López Portillo donde se promovió un déficit gubernamental impresionante y un endeudamiento internacional irreflexivo, escandaloso e impagable. Durante este ciclo el financiamiento directo a la creación artística es uno de los primeros aspectos que son considerados como obligaciones de los organismos públicos responsables de la cultura a partir de la segunda mitad del siglo XX, de esta manera se incorpora el financiamiento a la creación, se añade la importancia de incluir en los presupuestos públicos el gasto en la manutención de instituciones encargadas de la difusión artística. Se agregarán, posteriormente, aspectos relacionados al interés por la masificación de los bienes culturales, la lógica del apoyo a las cadenas productivas vinculadas a sectores específicos de la cultura, el desarrollo de infraestructura, la inclusión del aspecto cultural dentro de las estrategias de desarrollo, entre otros ámbitos (Ramírez Praga, 2016, p. 27) 12 En el difícil periodo de los años 80 la internacionalización de los problemas económicos locales motivó la intromisión y la exigencia de cambios estructurales en la sociedad; la adopción de tendencias y regulaciones extranjeras; la entrada de México al mundo globalizado en un entorno en el que se pasó del subdesarrollo económico y social a la crisis y de ésta, a la dependencia de las instituciones y organismos financieros internacionales. Como indica Eduardo Rivadeneira “al igual que en la crisis de 1975-1976, se ideó una serie de “reformas” que debían instaurarse. El Fondo Monetario Internacional a través del Banco Mundial, estructuró las principales líneas de trabajo para el gobierno del presidente Miguel de la Madrid, con la salvedad de que en esta ocasión los controles serían ejercidos directamente desde el exterior a través del financiamiento internacional el cual quedó supeditado al cumplimiento puntual de los compromisos pactados para prevenir y, en su caso, evitar golpes de timón como la nacionalización bancaria y el control de cambios generalizado que tomó por sorpresa a dichos organismos internacionales, los cuales son francamente contrarios a tales prácticas y, en su criterio, fueron decisiones socializantes, poco recomendables en los países de libre empresa.” (Rivadeneyra, 2016, p. 142). En los informes de sus misiones se diseñaron las recomendaciones para desmantelar las instituciones creadas por el Estado Mexicano, acabar con la capitalización del mismo, sus activos en infraestructura, la privatización de sus servicios, así como la necesidad de introducir un cambio en la política nacional así, en el sexenio de 1983 – 1988 se introdujeron una serie de herramientas de control del gasto; que constituyeron la pauta del cambio para modificar la estructura del sistema político, económico y social del país, además de iniciar el cumplimiento a los compromisos internacionales contraídos por México. De esta manera se iniciaron procesos para abatir la inflación e inestabilidad cambiaria mediante una estrategia que persiguió modificar la política fiscal, de precios, la minimización de los subsidios y, evitar trabas al comercio exterior, sobre todo en el caso de las importaciones (Rivadeneyra, 2016, pp. 151-152). De esta manera se genera el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) que se centra en atraer la inversión extranjera para convertir al país en maquilador. 13 De esta manera el cambio impactó en tres órdenes: 1. La desincorporación de las empresas paraestatales. 2. Liberación comercial y desregulación económica. 3. Reforma estructural de largo plazo en lo político, económico, financiero y en derechos humanos. La reforma jurídica que implicó el cambio estructural fue muy amplia. Es posible dividirla en dos momentos: el primero que ajustó la legislación a las exigencias inmediatas de los organismos internacionales como condición para reiniciar la apertura de los financiamientos de corto plazo y preparó el camino para el segundo momento, definido como de cambio estructural y profundo en los órdenes económico, social y político para transformaciónde la nación mexicana. En el ámbito cultural estos cambios de concepción teórica y práctica involucraron transformaciones en la estructura del sector educativo bajo el mandato de la Secretaría de Educación Pública, que desde su creación es el organismo superior de cultura. En este periodo se dio principio a la descentralización a través del Programa de Descentralización de Bienes y Servicios Culturales a cargo del CONACULTA por lo que a inicios de la década de los 90 se expandió la idea de invertir en la cultura desde el apoyo de empresas privadas. 1.2. Influencias internacionales de la década de los ochenta y noventa en México Durante la década de los 80, el síndrome de los elevados costos, la improductividad y la crisis de credibilidad se apoderaron de la mayoría de los gobiernos en diferentes latitudes del planeta, pues los efectos económicos de la gran crisis petrolera cimbraron la economía internacional, que vivió momentos de inestabilidad y escaso crecimiento, ello afectó la capacidad de los Estados nacionales, sus posibilidades para continuar creciendo, a la vez que el sostenimiento de la empresa pública demandaba cada vez más recursos, que, por otro lado eran escasos o inexistentes. Tal circunstancia obligó a iniciar programas de 14 privatización de empresas públicas que, durante el periodo del llamado “Estado de Bienestar”, proveían de infraestructura y servicios públicos financiados en su totalidad por el gobierno: las carreteras, hospitales, agua potable, educación, cultura, seguridad nacional, transporte, telecomunicaciones, energía, salud, entre muchas otras, eran responsabilidades del Estado y esto requería de una creciente inversión, conforme el modelo económico se agotaba, el “Estado de Bienestar” -y por lo tanto el sector público- se enfrentaba a presiones presupuestales derivadas de un crecimiento excesivo del gasto, lo que obligaba al Estado a endeudarse, aumentar impuestos, tomar medidas de racionamiento, etc (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 2016, p. 2). Con la llegada de personajes políticos identificados con la corriente económica neoclásica, como Margaret Thatcher en el Reino Unido y Ronald Reagan en Estados Unidos, comenzó en el mundo una tendencia de reducción en el involucramiento del Estado en la economía y, por lo tanto, una participación activa del sector privado en el financiamiento y provisión de bienes, como infraestructura, y servicios públicos. Esta tendencia era impulsada, en parte por el anhelo de mayor eficiencia y en parte por motivos ideológicos. A fines de la década de 1970 y principios de los ochenta se hacen las primeras licitaciones en el que las autoridades locales debían de otorgar concesiones de servicios al mejor postor, que generalmente era una empresa privada. En 1992, surgen las Iniciativas de Financiamiento Privado (PFI por sus siglas en inglés), las cuales permitían la asociación o joint ventures (empresa conjunta) del sector público con la iniciativa privada para financiar y operar proyectos, en los que se transfería riesgo genuino a los privados y se garantizaba el mejor valor por dinero (VFM), es decir, el mejor beneficio por el menor costo (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 2016, p. 3), a partir de entonces, se acuña el concepto de Asociaciones Público Privadas o Public Private Partnership (APP o PPP, por sus siglas en inglés), el gobierno británico consideraba que “los sectores público y privado tenían distintos, pero complementarios, atributos en un mundo cambiante, en el que se necesitaban alcanzar las crecientes expectativas de los clientes de servicios públicos… y que la mejor manera de alcanzar estos objetivos residía en la combinación de los dos sectores.” “El gobierno cree que en muchos casos una estructura robusta para proveer servicios públicos sostenibles de alta calidad, se puede crear juntando 15 lo mejor de los sectores privado y público a través de una asociación” (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 2016, p. 3). La modalidad británica PFI ha servido de base para la implementación de modalidades propias en Canadá, Japón, Australia, Sudáfrica, Irlanda, Portugal, Países Bajos, Nueva Zelanda, Rusia, República Checa. Países como España y Francia han reconocido también la modalidad británica como un mecanismo eficaz y eficiente para la contratación de servicios públicos (incluida la infraestructura física inherente), especialmente en el área de la infraestructura social. 16 CAPÍTULO 2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA EN MÉXICO No existe una definición universalmente aceptada de lo que debe entenderse por Asociación Público Privada (APP) y ello se debe a que el término ha sido utilizado para caracterizar de distintas maneras, en distintos lugares y desde muy diversos ángulos, cierto universo de actividad económica que involucra la participación de los sectores social y privado para la provisión y financiamiento de infraestructuras públicas tradicionalmente a cargo del Estado y, por otra parte, la forma de esa participación ha estado en constante evolución; para complementar la definición hay que aclarar que el término asociación público-privada es un concepto genérico y no un tipo de contrato. Existe un común denominador en el uso del término APP y es la presencia de una o varias entidades que representan los intereses del Estado, a las que podemos denominar conceptualmente como “entidad pública” y la presencia de una o varias entidades de los sectores social y/o privado, a las que podemos denominar conceptualmente como “entidad privada”. La entidad pública y la entidad privada constituyen los sujetos de una APP, y no es posible que exista una APP en la que no coexistan ambos sujetos. Otro común denominador en el uso del término APP es su objeto mediato ya que en última instancia siempre tendrán por objeto satisfacer un conjunto de necesidades colectivas, que corresponde o ha correspondido tradicionalmente atender al Estado mediante el aprovechamiento de las capacidades y habilidades que pueden aportar los sujetos de la APP. En este sentido nos referimos a: • Infraestructura económica: obras públicas (activos fijos) destinados a promover y facilitar la producción de bienes y servicios de los sectores productivos de la sociedad. Entre estas obras de manera enunciativa mas no limitativas se cuentan: o Obras de comunicaciones y transportes (carreteras interurbanas, caminos rurales, puentes y túneles, vialidades urbanas, sistemas de transporte colectivo, facilidades portuarias y aeroportuarias, centros intermodales, etc.) 17 o Sistemas de generación de energía eléctrica o Obras de irrigación o Centros turísticos integrales • Infraestructura social: obras públicas (activos fijos) destinadas principalmente a promover el bienestar y la calidad de vida de las personas. Incluyen, entre otras: o Educación y cultura (escuelas, bibliotecas, auditorios, centros culturales, museos, centros comunitarios de aprendizaje, centros de capacitación para el trabajo, etc.) o Recreación y deporte (parques, jardines, polideportivos) o Ciencia y tecnología o Salud o Urbanización, imagen urbana y vivienda (desarrollos urbanos integrales sustentables, sistemas eficientes de alumbrado público, mercados, etc.) o Agua, alcantarillado y saneamiento (plantas de agua potable, plantas de tratamiento de aguas residuales domésticas y efluentes, sistemas de drenaje, sistemas urbanos de recuperación de aguas pluviales, etc.) o Asistencia social (guarderías infantiles, orfanatos, centros de retiro para adultos mayores) o Manejo y disposición de residuos sólidos (sistemas y equipos de recolección, estaciones de separación y transferencia, plantas de reciclaje, rellenos sanitarios, sistemas de confinamiento, etc.) • Infraestructura gubernamental:obras públicas (activos fijos) destinados a llevar a cabo funciones de gobierno, tales como seguridad nacional, seguridad pública, procuración y administración de justicia, legislación, entre otras. 18 Antecedentes México En México, uno de los antecedentes de participación del sector privado en proyectos de inversión de largo plazo surge en 1995 con los llamados Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva con Registro Diferido en el Gasto Público (PIDIREGAS) durante la administración de Ernesto Zedillo. Esta figura se utilizó para desarrollar proyectos de infraestructura energética de Petróleos Mexicanos (PEMEX) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Al inicio de la década de los noventa se implementaron las primeras concesiones de carreteras, las cuales enfrentaron múltiples complicaciones financieras derivadas de la crisis de 1994, lo cual llevó a muchas de ellas a la quiebra y a un posterior rescate del gobierno. Es hasta el año 2004, que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (en adelante, el “DOF”) las reglas para operar los Proyectos de Prestación de Servicios (PPS), una de las primeras formas de APP. La regulación de éstos se realizaba mediante acuerdos por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), quien los aprobaba, y por la Secretaría de la Función Pública (SFP), quien supervisaba los recursos federales involucrados. Finalmente, en 2012 se crea la Ley de Asociaciones Público-Privadas, un instrumento jurídico que dotaba de certeza legal a la iniciativa privada que pretendía asociarse con el gobierno para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios de largo alcance. 2.1. Clasificación y Características de las APP en México Dependiendo de la forma legal que adopte la asociación correspondiente, es decir, del tipo de instrumento jurídico mediante el cual la entidad pública se asocie con la entidad privada, de acuerdo con Derek M. Woodhouse (Woodhouse, 2010, p. 6), en México las APP pueden clasificarse en cuatro categorías. 19 Empresas público - privadas o mixtas, que comprenden a las empresas de participación estatal ya sea mayoritaria o minoritaria, a los fideicomisos públicos, y a las empresas sin personalidad jurídica de participación mixta: Contratación tradicional, que comprende la contratación de obra pública, servicios relacionados con la obra pública, arrendamientos, adquisiciones, suministros o servicios; Régimen de concesiones, que comprende a las actividades sujetas a concesión, permiso, autorización o licencia mediante las cuales el Estado delega o faculta a una persona del sector privado para que explote un bien o servicio a cargo del Estado; y Contratación integral, que comprende la contratación a largo plazo de servicios que requiere la autoridad contratante para poder dar un mejor cumplimiento a su objeto o función y que para ser prestados puede resultar necesario realizar diversas actividades como el diseño, el financiamiento, la construcción, la puesta en marcha, la operación y el mantenimiento de cierta infraestructura básica y la provisión de ciertos servicios auxiliares A continuación, se presenta la descripción de las particularidades de las cuatro categorías de APP Cuadro 1. PARTICULARIDADES DE LAS CUATRO CATEGORÍAS DE APP Tipo de APP Empresa público-privada o mixta Tipo de contrato Contratos de asociación en participación Contratos de fideicomiso Cualquier otro acuerdo de voluntades que tenga por objeto la consecución conjunta de un mismo fin Leyes que regulan la APP (enunciativas, mas no limitativas) − Ley Orgánica de la Administración Pública Federal − Ley Federal de Entidades Paraestatales − Ley General de Sociedades Mercantiles − Ley General de Sociedades Cooperativas − Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito 20 − Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil − Código de Comercio − Código Civil Federal − Leyes Orgánicas de la Administración Pública de las Entidades Federativas y sus municipios − leyes de entidades paraestatales y paramunicipales en los estados − códigos civiles de las entidades federativas Usos Tuvo un importante desarrollo en la década de los años setenta y primera parte de los ochenta, actualmente es poco utilizado en México sin embargo hay una creciente tendencia en países europeos para aprovechar esta clase de esquemas Tipo de APP Contratación tradicional Tipo de contrato Contratos específicos (de obra pública, de arrendamiento, de adquisición o de servicios) mediante los cuales las entidades privadas se obligan a realizar una actividad determinada como prestar algún servicio, proveer cierto equipo, suministrar determinado producto, arrendar bienes muebles o inmuebles, realizar una obra, restaurar un inmueble, llevar a cabo trabajos de exploración, etc. Leyes que regulan la APP (enunciativas, mas no limitativas) − ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas − ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios también existen leyes en materias específicas que prevén o establecen reglas especiales para cierto tipo de contrataciones, como es el caso de: 21 Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia de Petróleo y la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos, las cuales establecen un régimen de excepción para cierto tipo de contrataciones. Usos Es sin duda el esquema de APP que mejor se conoce y más se utiliza en México para poder aprovechar la capacidad y los recursos de los sectores social y privado. En la gran mayoría de los casos, el tipo de asociación generada por esta clase de contratos corresponderá a una APP en sentido amplio y no a una APP en sentido estricto. Tipo de APP Régimen de Concesiones Tipo de contrato Expedición de permiso, autorización o licencia mediante la cual la entidad pública faculta a una entidad privada para realizar ciertas actividades que por su importancia compete regular al Estado. Como la prestación de un servicio público, la explotación directa de un bien de dominio público o ambas actividades conjuntamente, de esta manera el Estado conserva la facultad de dirigir y supervisar la actividad que la persona o empresa privada realizará por su cuenta y riesgo. Leyes que regulan la APP (enunciativas, mas no limitativas) − Ley General de Bienes Nacionales − leyes que regulan la explotación de − bienes del dominio público y la prestación de servicios públicos en las distintas entidades federativas; una extensa gama de leyes federales en materias específicas como: 22 − Ley de Aguas Nacionales − Ley Minera − Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica − Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia de Petróleo − Ley Aduanera − Ley de Aeropuertos − Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal − Ley de Puertos − Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario − Ley Federal de Telecomunicaciones − Ley Federal de Radio y Televisión − Ley de Vías Generales de Comunicación − Ley de Pesca − Ley General de Salud − Ley Federal de Seguridad Privada y, una gama aún mayor de leyes estatales y municipales en materias específicas. Usos El régimen de concesiones ha sido utilizado en México por muchos años y constituye una herencia importante del sistema jurídico francés, español y romano. A diferencia de otros países, el régimen de concesiones no es un esquema novedoso en México, donde es considerada como un acto unilateral del Estado y se encuentra sujeto a un régimen especial y a reglas del derecho civil 23 Tipo de APP Contratación Integral Tipo de contrato Bajo este rubro se encuentran los esquemas conocidos como PIDIREGAS (proyectos de inversión con diferimiento en el registro del gasto) que se han utilizado en el sector energía bajo diversasmodalidades, entre ellas: obra pública financiada, contratos llave en mano, contratos de construcción-arrendamiento-transferencia, contratos de compraventa de capacidad y energía con productores independientes y contratos de servicios múltiples. También podemos agrupar en este género a los contratos de prestación de servicios de largo plazo para plantas de tratamiento de agua y a los proyectos para prestación de servicios (PPS), que también utilizan la figura de contratos de prestación de servicios de largo plazo, pero se encuentran sujetos a una serie de reglas que asegurar una mayor transferencia de riesgos al sector privado y la posibilidad de que las inversiones realizadas no sean consideradas como deuda pública. Leyes que regulan la APP (enunciativas, mas no limitativas) − Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Algunas leyes en materias específicas establecen reglas especiales para cierto tipo de contrataciones integrales, como es el caso de la − Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en el que se regulan los contratos para la adquisición de capacidad y energía eléctrica generada por particulares. Usos En las últimas dos décadas se ha ido gestando a nivel mundial una nueva modalidad de APP cuya formalización requiere de la contratación pública de una serie de 24 funciones y actividades que de manera integral quedan a cargo de una entidad privada y que tienen por objeto proveer directamente cierta infraestructura básica o servicio al público en general, o bien, proveer a una entidad pública los elementos necesarios para que sea esa entidad quien provea la infraestructura básica o el servicio público y con ello pueda dar un mejor cumplimiento a su objeto o función. Fuente: Elaboración propia con base en (Woodhouse, 2010, pp. 7-10) Como se puede observar en el cuadro anterior la contratación tradicional se encuentra dentro de un esquema APP, sin embargo, para este trabajo se considerará el esquema de contratación integral en el formato de Proyecto de Prestación de Servicios PPS donde hay transferencia al sector privado de proyectos de inversión que tradicionalmente han sido ejecutados o financiados por el sector público, además de considerar la ejecución y el financiamiento por parte del sector privado, presentando dos características importantes: • Un mayor énfasis en la provisión del servicio y en su financiamiento por parte del sector privado; y, • Una transferencia significativa de riesgos al sector privado. Proyectos para Prestación de Servicios (PPS) El gobierno federal actualmente impulsa las APP donde se “establece una relación contractual de largo plazo, entre instancias del sector público y del sector privado, para la prestación de servicios al sector público, mayoristas, intermediarios o al usuario final y en los que se utilice infraestructura provista total o parcialmente por el sector privado con objetivos que aumenten el bienestar social y los niveles de inversión en el País” (SHCP, 2017). 25 Los PPS se fundamentan en el objetivo de prestar servicios públicos de calidad a los usuarios de manera oportuna, eficiente y sostenible en un plazo largo, mediante una relación contractual entre un ente público y un ente privado (inversionista desarrollador) en virtud de la cual este último participa, en mayor o menor medida, en el diseño, construcción, operación, mantenimiento y conservación de la infraestructura y su equipamiento indispensable para ello. Hay que destacar que el plazo será tan largo como se requiera para amortizar el capital (incluido el rendimiento) del inversionista desarrollador y la deuda (incluido el costo financiero) en su caso contratada por este último con cargo al propio proyecto. Basándonos en el “Libro Verde sobre la Colaboración Público – Privada y el Derecho Comunitario en Materia de Contratación Pública y Concesiones (Comisión Europea, 2004)”, los elementos que distinguen a las APP que nos ocupan son: 1. La duración de los contratos: Los contratos deben ser de largo plazo (generalmente el plazo varía entre 15 y 30 años) entre el sector público y el privado para el desarrollo de infraestructura. No se tratará de la privatización de servicios públicos o activos, ni de deuda. 2. Los montos de inversión: El sector privado debe participar de algún modo en la financiación, donde la inversión debe ser de al menos 15 millones de dólares* (incluyendo inversión, y el valor actual de la operación y mantenimiento por la duración del proyecto) 3. Riesgos: el desarrollo de la infraestructura deberá implicar riesgos importantes que pueden ser mejor administrados por un inversionista proveedor, es indispensable que haya una adecuada distribución de riesgos entre el sector público y el sector privado. 4. Ejecución: El ente privado deberá encargarse del diseño, financiamiento y construcción, además de tener un papel fundamental en el mantenimiento y explotación (operación) de la infraestructura. *Esto, de acuerdo a lo analizado en proyectos realizados en México del año 2005 a 2010 26 Como se mencionó anteriormente, de acuerdo a las actividades o funciones transferidas contractualmente por el ente público al ente privado, puede haber diversas modalidades o tipos de PPS. Las que se abordarán para el estudio de opciones de inversión en este trabajo son las que responden a formas de contrato del tipo: “Construir, operar y transferir”, esto es: asociaciones público – privadas en las que el ente privado asume todas las actividades relativas a las fases de construcción y operación (mantenimiento y conservación incluidos) de la infraestructura, hasta su transferencia o reversión al ente público al vencimiento del plazo del contrato. En esta modalidad tipo se asume que: i) el ente privado financia, en mayor o en menor medida, la inversión inicial requerida; ii) el financiamiento del ente privado es una mezcla de capital propio y deuda del proyecto; y, iii) los ingresos del proyecto, en la etapa de operación, proceden en su mayoría de cuotas o tarifas a los usuarios. “Transferir, construir, operar y transferir”, esto es: asociaciones público - privadas en las que el ente privado asume todas las actividades relativas a las fases de i) construcción para el mejoramiento de infraestructura ya existente y que con ese motivo el ente público transfiere al ente privado; ii) construcción, en su caso, de infraestructura complementaria de la ya existente y mejorada; iii) operación (mantenimiento y conservación incluidos) de la infraestructura (la mejorada y, en su caso, la complementaria), hasta su transferencia o reversión al ente público al vencimiento del plazo del contrato. En esta modalidad tipo se asume que: i) el ente privado financia, en mayor o en menor medida, la inversión inicial requerida; 27 ii) el financiamiento del ente privado es una mezcla de capital propio y deuda del proyecto; y, iii) los ingresos del proyecto, en la etapa de operación, proceden en su mayoría de cuotas o tarifas a los usuarios. “Diseñar, construir, financiar y operar”, esto es, asociaciones público -privadas en las que el ente privado asume todas las actividades relativas a las fases de diseño, construcción y operación (mantenimiento y conservación incluidos) de la infraestructura, hasta su transferencia o reversión, en su caso, al ente público al vencimiento del plazo del contrato. En esta modalidad tipo se asume que: i) el ente privado financia, en mayor o en menor medida, la inversión inicial requerida; ii) el financiamiento del ente privado es una mezcla de capital propio y deuda del proyecto; y, iii) los ingresos del proyecto, en la etapa de operación, proceden en su mayoría de pagos periódicos del ente público (“financiamiento público”), por disponibilidad y/o uso de la infraestructura;y iv) los pagos (la retribución) que realiza el ente público al ente privado están ligados, en todo o en parte, a la disponibilidad, cantidad y calidad de los servicios efectivamente prestados, conforme a los términos convenidos en el respectivo contrato. Desde la perspectiva de los ingresos generados a partir de su operación por una infraestructura pública en la modalidad de APP, podemos distinguir dos tipos de proyectos APP tarifables y no tarifables, definiéndose de la siguiente manera. Proyectos tarifables: Proyectos en APP que, durante la etapa de operación, generan sus ingresos con base en el cobro de cuotas o tarifas a los usuarios. La propia naturaleza de la infraestructura, así como el marco jurídico aplicable y decisiones de política pública, determinan la modalidad tarifable de un proyecto. Por ejemplo, una carretera, por su 28 naturaleza y teniendo en cuenta que el marco jurídico aplicable lo permite, puede ser un proyecto tarifable. Los proyectos tarifables, a su vez, pueden tener, en términos generales, dos modalidades: a) Proyectos autofinanciables, esto es, proyectos en los que el cien por ciento de los ingresos durante su etapa de operación provienen del cobro de cuotas o tarifas a los usuarios, y resultan suficientes para sufragar el total de costes de operación y amortización de los capitales y deudas invertidos. b) Proyectos no autofinanciables, esto es, proyectos cuyos ingresos por cuotas o tarifas que se cobrarán a los usuarios durante la etapa de operación se estiman insuficientes para sufragar el total de costes de operación y amortización de los capitales y deudas invertidos, por lo que el ente público contratante complementará, conforme a los términos y mecanismo de pago contractualmente convenidos, dichos ingresos. Proyectos no tarifables: Proyectos en APP que, durante la etapa de operación, no generan sus ingresos con base en el cobro de cuotas o tarifas a los usuarios, por lo que el 100% del ingreso por los servicios prestados proviene de los pagos que realiza el ente público contratante, pagos que, como se ha dicho antes, pueden estar ligados a la disponibilidad y/o uso (demanda), así como a la calidad, de los servicios efectivamente prestados por el ente privado. Al igual que los proyectos tarifables, la propia naturaleza de la infraestructura, así como el marco jurídico aplicable y decisiones de política pública, determinan la modalidad no tarifable de un proyecto. Por ejemplo, un centro penitenciario, por su naturaleza, puede ser un proyecto no tarifable. Proyectos realizados bajo el esquema PPS Al año 2016, el gobierno de México ha realizado muchos proyectos en PPS, de los que destaco once Proyectos para Prestación de Servicios: siete proyectos carreteros, tres hospitales regionales de alta especialidad y una universidad politécnica 29 Cuadro 2. PROYECTOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN ENTIDADES FEDERATIVAS 2005 – 2010 Año del Proyecto Entidad Proyecto Receptor del Servicio Valor del proyecto (millones de pesos) Plazo (años) 2016 Puebla Museo Internacional del Barroco Gobierno del Estado 7,300 23 2009 Estado de México Hospital Regional de Alta Especialidad Zumpango, Estado de México 7,038 25 2009 Estado de México Prolongación de Av. Solidaridad - Las Torres Gobierno del Estado 5,800 25 2011 Yucatán Gran Museo del Mundo Maya Gobierno del Estado 4,641 21 2009 Estado de México Centro Cultural Mexiquense Instituto Mexiquense de la Cultura 3,508 21 2008 Nuevo León Arco vial sureste Gobierno del Estado 2,500 ND 2006 San Luis Potosí Universidad Politécnica de San Luis SEP 1,978 20 2009 Durango 10 tramos carreteros Gobierno del Estado 1,256 20 2005 Oaxaca Ciudad Judicial 1,200 ND 2008 Zacatecas Ciudad Gobierno 1,200 ND 2009 Estado de México Puente vehicular de las avenidas Prolongación Madero y James Watt Cuautitlán, Estado de México 860 25 30 2005 Oaxaca Ciudad Gobierno Gobierno del Estado 626 ND 2008 Nuevo León Ampliación de la Av. Lincoln Garza García, Nuevo León 575 12 2008 Hidalgo Planta de tratamiento de efluentes Comisión de Agua y Alcantarillado del Municipio de Tepeji del Río de Ocampo 66.1 18 Fuente: Elaboración propia con base en (Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, 2011, p. 10), ( Jiménez Gómez - Tagle, 2014), (Hernández, 2016) y (Santana, 2012) Para la realización de la tabla aquí presentada, se hace meritorio mencionar que no fue sencillo encontrar información de Proyectos de Prestación de Servicios posteriores al 2010, para los proyectos anteriores a esta fecha se pueden encontrar múltiples análisis y estudios de justificación por proyecto, además de auditorías realizadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) 2.2. Tres experiencias de Proyectos para la Prestación de Servicios. El propósito de la implementación de las APP es suplementar las prácticas convencionales de financiamiento al combinar diferentes fuentes de recursos, reduciendo las presiones sobre el presupuesto público. Esto depende del desarrollo de los instrumentos en el sistema financiero local y el acceso a mercados extranjeros. Algunas de las fuentes que podrían emplearse para soportar las APP son: • Participación accionaria; • Bonos anticipatorios de rendimientos esperados; • Bonos de infraestructura; • Créditos bancarios para infraestructura estatal; 31 • Emisión de bonos, garantizados por los cargos directos esperados, por el uso o provisión del servicio (cuotas, peajes); • Otras fuentes de recursos tradicionalmente destinadas a las agencias públicas, que pueden ponerse a disposición de los inversionistas proveedores: arrendamientos, ingresos por el empleo de otras instalaciones, peajes sombra. En los siguientes casos de estudio observaremos la mezcla de diferentes herramientas de patrocinio público y deuda comercial privada, así como los beneficios o desventajas del trabajo conjunto de la iniciativa privada y el sector público. Las primeras dependencias que se involucraron en la implementación de Proyectos de Prestación de Servicios fueron la Secretaría de Salud, la de Comunicaciones y Transportes y la Secretaría de Educación Pública en 2002. En los sectores de Salud y Educación no existía experiencia previa en la implementación de este tipo de proyectos, lo que hizo obligada la coordinación del gobierno federal (SHCP) y la banca de desarrollo (BANOBRAS) en la revisión técnica y financiera de los PPS para dichos sectores. Adicionalmente debe consignarse la participación de la Secretaría de la Función Pública, la Presidencia de la República y los gobiernos de los estados en donde se ubicarían los proyectos. En particular, BANOBRAS apoya el financiamiento a los proveedores o contratistas que liciten bajo el esquema PPS, también brinda garantías financieras que fortalezcan la estructura de financiamiento y contribuyen a una mejor calidad crediticia. Caso de estudio 1. Hospital Regional del Bajío y su Unidad de Apoyo Cronológicamente, el primer proyecto que se concretó fue el del Hospital Regional del Bajío y su Unidad de Apoyo, ubicado en León, Guanajuato, con un esquema de diseño, construcción, equipamiento, operación y mantenimiento, cuya licitación fue presentada el 10 de marzo de 2005, el fallo se publicó el 20 de octubre del mismo año y resultó ganadora la empresa española Acciona, S.A., el contrato se celebró a veinticinco años. En este proyecto hay financiamientos tanto del Banco Mundial como del Banco Interamericano de 32 Desarrollo. El monto de la inversión inicial privada en valor presente al año 2017 es de $905,900,000 pesos, el valor total del contrato en el 2005 fue de 4,642.6 millones de pesos. Dado su carácter regional, los beneficiarios se estiman en 5 millones depersonas, con sus 184 camas, 40 de las cuales pertenecen al área de pediatría y las restantes para adultos; además de contar con unidades de apoyo de hemodiálisis, cirugía de corta estancia, rehabilitación y oncología (Exterior, 2017). Inicialmente el hospital comenzaría a prestar servicios a mediados de diciembre de 2006, posteriormente la fecha se recorrió a febrero de 2007; por lo que se puede apreciar en redes sociales, hasta la fecha los usuarios tienen buena referencia de este proyecto, como lo expresado por José Adolfo Torres Rojo en el mes de abril de 2018 “Asistí al Hospital a realizarme unos análisis. El trato por parte del personal y los médicos fue excelente. Instalaciones modernas. Estéticas e higiénicas”, de la misma manera se expresa Jesús Nathaniel Champion Hernández en comentarios de Google “Muy buen hospital. Excelente atención, médicos profesionales, La mayor parte de la gente trata de hacer lo mejor posible su trabajo”. La Secretaría de Salud lo etiquetó como primera generación, porque representó su primera experiencia con el esquema PPS. En términos económicos de proyecto, el ahorro potencial del Proyecto bajo el esquema Proyecto de Prestación de Servicios es del 17.6% ante el PDR (Proyecto de Referencia) y 33% ante la propuesta económica que presentó el Inversionista Proveedor, ACCIONA, S.A. (España). Caso de estudio 2. Nuevo Campus de la Universidad Politécnica de San Luis Potosí En la Secretaría de Educación Pública se identificaron como áreas de oportunidad la construcción de centros de educación superior y centros deportivos de alto rendimiento. En julio de 2004, la SEP solicitó a la SHCP la autorización para el proyecto PPS “Nuevo Campus de la Universidad Politécnica de San Luis Potosí”, la cual se obtuvo en noviembre del mismo año cuando se inició el proceso de autorización del contrato para la construcción, operación y mantenimiento de la UPSLP. En este caso, el proyecto consiste en la construcción del campus en el terreno de la UPSLP, en donde se le otorga al inversionista proveedor el derecho a usar el terreno, con ciertas 33 limitaciones, para el diseño, construcción y mantenimiento de 18 inmuebles del campus, estacionamiento, y adecuación y desmantelamiento de instalaciones provisionales, en cuatro fases. El proyecto incluye el diseño, construcción, suministro de equipos, financiamiento, mantenimiento y operación por un período de 20 años. Se construyó en dos etapas diferentes, para hacer frente a la demanda esperada y se encuentra actualmente en funcionamiento. La SEP presentó un documento “Análisis costo beneficio” donde se compararon los costos del proyecto PPS contra un Proyecto de Referencia (PDR), de conformidad con el Título IV del Acuerdo, con el resultado siguiente: Cuadro 3. COMPARACIÓN DEL PDR Y EL PPS Concepto PDR PPS Variación Costo esperado 1,422,700,000 1,385,000,000 37,700,000 FUENTE: Análisis costo beneficio a precios de marzo de 2006, proporcionado por la SEP. (Social, 2015) De acuerdo con el documento anterior, el PPS representó un ahorro para la SEP de $37,700,000 pesos, ya que el costo a precios del 2006 estaba por debajo del costo obtenido en el PDR. El financiamiento del contrato PPS se realizó con recursos de Concesionaria Universidad Politécnica de San Luis Potosí, S.A. de C.V. (CUP) más un financiamiento bancario contratado por la concesionaria de $398,410,000 pesos. La contraprestación total en valor presente neto al 2016 descontado al 12% en términos reales es de $1,095,500,000 (Secretaría de Hacienda y Credito Público, 2015) De igual manera que el caso del Hospital Regional del Bajío ACCIONA fue patrocinador y proveedor de capital principal (así como el contratista principal a través de ACCIONA infraestructuras y operadora), la participación en el proyecto fue vendida recientemente, aunque ACCIONA ha conservado las operaciones del activo, a la fecha la UPSLP presenta buenas opiniones por parte de los usuarios en redes sociales y de acuerdo al informe del resultado de la fiscalización superior de la cuenta pública 2015 “la Secretaría de Educación Pública cumplió con las disposiciones legales y normativas que son aplicables en la materia, 34 en particular con los compromisos establecidos en el contrato para prestación de servicios a largo plazo para el Proyecto para Prestación de Servicios denominado “Nuevo Campus de la Universidad Politécnica de San Luis Potosí”, cuyo resultado fue contar con la infraestructura propicia para el trabajo universitario, además de permitir a la universidad alcanzar una matrícula de alrededor de 5,250 alumnos e incrementar la oferta educativa en apoyo a las necesidades y exigencias del desarrollo de esa entidad federativa, con el compromiso de pagar los servicios correspondientes durante la vigencia del contrato” (Social, 2015). Caso de estudio 3. Proyecto para Prestación de Servicios del Hospital Regional de Alta Especialidad de Ixtapaluca y Unidad de Apoyo, en el Estado de México La información que se presenta de este caso de estudio se extrae del informe de la Auditoría Superior de la Federación (Social, 2013). El PPS del Hospital Regional de Alta Especialidad de Ixtapaluca y Unidad de Apoyo consiste en la construcción, equipamiento, operación y mantenimiento de un hospital regional ubicado a la altura del km 34.5 de la carretera México-Puebla, en el municipio de Ixtapaluca, Estado de México. La vigencia del contrato es por 25 años, durante el cual el inversionista proveedor estará a cargo de la administración, mantenimiento y reparación de los inmuebles, los muebles y el equipo del hospital, por lo que mantendrá las instalaciones en condiciones óptimas y llevará a cabo la reposición de mobiliario (excepto el equipo médico o el relacionado con tecnologías en información) según sea necesario. Los servicios de salud serán proporcionados exclusivamente por la Secretaría de Salud. Su puesta en operación beneficiará a 5.4 millones de personas en los estados de México e Hidalgo. En el caso de este proyecto se presentaron tres convenios modificatorios con los que se ampliaron los plazos de entrega 175 días además de presentarse un aumento de $79,567,400 al costo de los servicios pactados debido a que la Secretaría de Salud solicitó a la iniciativa privada ampliar el servicio de terapia intensiva neonatal con el proyecto de obra 35 ya avanzado. Cabe señalar que, derivado de las ampliaciones, el costo de construcción, equipamiento y mobiliario y equipamiento informático aumentó de $6,409,430 de pesos. Con el fin de verificar que el PPS del proyecto genera beneficios netos iguales o mayores que los que se obtendrían de realizarse bajo el esquema de obra pública tradicional o de cualquier otro medio, la Secretaría de Salud envió el estudio “Proyecto de Prestación de Servicios Hospital Regional de Alta Especialidad de Ixtapaluca y Unidades de Apoyo” de octubre de 2007, que presentó a la SHCP para la primera autorización del proyecto, en el estudio realizado por Grupo Funcional Desarrollo Social se presenta un comparativo entre los costos totales del Proyecto de Referencia (PDR) y los del PPS, que indica que cuando el proyecto se realiza mediante el segundo esquema el Gobierno Federal obtiene un ahorro estimado de $722,726,000 pesos en valor presente neto. Cuadro 4. COSTO TOTAL DEL PROYECTO EN TÉRMINOS DE VALOR PRESENTE NETO (Miles de pesos) Costo base total PDR PPS Variaciones % Costo de obra y de adquisición de equipo 1,714,713.0 1,581,492.0 7.8 Riesgo retenido 534,913.0 243,113.0 54.6 Costos adicionales: Costo de plantilla laboral 2,187,024.0 1,985,208.0 9.2 Mantenimiento de equipo médico 44,178.0 40,102.0 9.2 Medicinas, prod. químicos y otros 1,023,255.0 928,830.0 9.2 Servicios básicos 35,905.0 32,592.0 9.2 Pagos de FINFRA N/A 5,925.0 100.0 Subtotal costos adicionales3,290,362.0 2,992,657.0 9.1 36 Costo Total 5,539,988.0 4,817,262.0 13.1 Diferencia PDR-PPS 722,726.0 FUENTE: Secretaría de Salud, Proyecto de Prestación de Servicios PPS Hospital Regional de Alta Especialidad de Ixtapaluca y Unidades de Apoyo, México, octubre 2007. Como se aprecia en el cuadro anterior, el ahorro se debe principalmente al menor costo por riesgo retenido, que disminuyen en poco más de 50.0% cuando el proyecto se ejecuta mediante el esquema PPS. Otros rubros importantes de menor costo son la adquisición de medicinas, productos químicos y otros, y la operación de las unidades médicas de apoyo, los cuales fueron estimados por la SS considerando los costos promedio de cinco hospitales, ubicados en Chihuahua, Torreón, Acapulco, Querétaro y Tamaulipas. En el estudio también se señala que el costo de la plantilla laboral es menor, debido a que el IP puede alcanzar un ahorro de 35.0% sobre la planta administrativa. En este caso no se pudo obtener información sobre el inversionista proveedor para completar la información del caso de estudio. Por lo que se pudo obtener hasta ahora se destaca que este proyecto tuvo varias irregularidades que fueron realizadas por la auditoria superior de la federación, como la observación de 213 bienes sin utilizar en terapia intermedia; 1,647 en hospitalización del primero, segundo, tercero y cuarto piso; 96 en Embarazo de Alto Riesgo; 362 bienes de quirófanos; además, la no utilización del tercer y cuarto piso de hospitalización, 10 quirófanos y el área de embarazo de alto riesgo y un Sistema Integral de Radioterapia con Acelerador Lineal por la falta de licencia de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS), por lo cual se presentó una subutilización de áreas y equipo médico, considerando, que de 246 camas sólo se habilitaron 40 (lo que representó una capacidad utilizada del 16.3%) y con un pago al 100.0% al inversionista proveedor por 388,151.9 miles de pesos, con incumplimiento en las metas referentes a la prestación de servicios médico- quirúrgicos, ambulatorios, hospitalarios y de atención médica que debió proporcionar el HRAEI conforme a las funciones establecidas en su decreto de creación. 37 El pasivo que se generó por la formalización de este Proyecto de Prestación de Servicios de 2013 a 2034 por 12,053,167.1 miles de pesos, no se encuentra reconocido como deuda en la Cuenta Pública, a pesar de ser un esquema de financiamiento, no se ha reconocido en la información financiera de la SSA ni del Hospital como una obligación a largo plazo. De acuerdo a lo presentado en estos tres casos de estudio se puede decir que a pesar de las bondades que se buscan obtener con estas asociaciones se pueden esperar inconvenientes derivados de la mala planeación de la instancia pública que los promueve (como lo muestra el caso de estudio 3), aun cuando la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) establece que todos los proyectos de inversión deben registrarse en la Cartera de Proyectos de la SHCP para demostrar, en base al análisis costo-beneficio que el proyecto genera beneficios netos iguales o superiores a los que se obtendrían en caso de que los servicios se proporcionasen a través de la inversión presupuestaria. De acuerdo al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 2007) se pueden debe tener cuidado con los siguientes puntos: • El costo del financiamiento de la infraestructura pública, a través de un PPS, podría ser superior al del esquema tradicional de deuda pública. El sector privado requiere una tasa de retorno superior a la tasa requerida por el sector público. Esta diferencia impacta en las finanzas públicas y en la capacidad gubernamental para mantener y expandir los servicios existentes; • Si bien, la inyección de recursos privados permite satisfacer necesidades y proveer servicios públicos, que podrían haberse pospuesto o no atendido en el corto plazo, también en el largo plazo se acumulan pasivos durante la vida del contrato; • Dado que se trata de contratos de largo plazo, superiores a quince años, en la contraparte privada se podrían observar cambios en las estrategias de inversión, en la organización, en la propiedad o en la junta directiva y; • Finalmente, las APP emergen cuando un inversionista privado o el gobierno identifica una oportunidad, no necesariamente responden a necesidades urgentes plenamente identificadas, en este caso, el sector privado los desarrolla con un costo extra. 38 Es decir, los contratos PPS pueden producir resultados no previstos y reducir la capacidad del gobierno de proveer servicios adecuados. En cuanto a la reducción del riesgo financiero del sector público (al transferir la deuda y el riesgo al sector privado, mejorando el balance público), se consigue el efecto deseado, pero a corto plazo. El empleo de los recursos privados incrementa el nivel de exposición a los pasivos contingentes, en caso de incumplimiento del contrato de servicio, es decir, cuando el sector privado no es capaz de proveer los servicios esenciales contratados, el sector público se ve forzado a actuar como garante. Por ello aumenta el riesgo del sector público, al tiempo que la habilidad para reducirlo directamente disminuye; el sector público permanece como el proveedor de última instancia, en aquellos casos en que el sector privado experimenta pérdidas y abandona el contrato, el sector público debe intervenir para mantener los servicios. A pesar de contar con casos no exitosos en su totalidad, el gobierno federal apuesta fuertemente a las APP y a partir del Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y Protección de la Economía Familiar pactado entre el gobierno federal y la iniciativa privada en enero de 2017, se acordó impulsar los proyectos de inversión programados para el 2017 y 2018. El 9 de marzo de 2017 se anunció un paquete de obras por $240,000 millones de pesos, buena parte de ese monto será para infraestructura del desarrollo del sur – sureste del país, otra parte para modernizar los puertos y otro tipo de infraestructura del resto de México. Entre los proyectos que la SHCP evalúa para licitar bajo la ley de APP, con los 33,000 millones de pesos que dispuso para el presente año, figura un centro penitenciario, que sería el primero de la actual administración, y la integración de escuelas de nivel básico. Los proyectos de infraestructura incluyen obras del sector carretero que ya ha dado a conocer la SCT (González, 2017). • Centro penitenciario que incluiría su construcción, equipamiento y mantenimiento • Un paquete de rehabilitación de escuelas de la SEP, que se sumaría al programa Escuelas al Cien. • Dos proyectos de infraestructura hidráulica en el nuevo aeropuerto a cargo de Conagua • Dos nuevas carreteras, que serían las primeras que se construyan con la nueva ley 39 • Cuatro proyectos de conservación de carreteras. • Cuatro hospitales del ISSSTE. 40 CAPÍTULO 3.- ESTUDIO DEL PROYECTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CENTRO CULTURAL MEXIQUENSE El 30 de septiembre de 2011 fue inaugurado el Centro Cultural Mexiquense Bicentenario (CCMB) por el entonces gobernador del Estado de México, Enrique Peña Nieto en el municipio de Texcoco (imagen XX). El conjunto forma parte de las 10 principales obras de infraestructura del sexenio 2005 – 2011 y fue realizado bajo el esquema PPS, promovido por el Instituto Mexiquense de Cultura (IMC) en el año 2008, la construcción de cerca de 35,000 m2 cubiertos se desarrolló durante los años 2010 y 2011 sobre un terreno de 17 hectáreas y cuenta entre otros elementos con: un auditorio; un teatro cubierto que combina usos con sala de conciertos y otro teatro al aire libre; una biblioteca; museo; talleres; una plaza central; un muro de expresión artística; un circuito escultórico; ciclopistas;jardines; áreas verdes y senderos ecológicos. A primera vista el CCMB pareciera un conjunto cultural demasiado grande para el mercado cultural plausible de la zona en la que está implantado (imagen 3) y por otro lado el público desconoce el funcionamiento de los PPS, por lo que la intención de este análisis es realizar una evaluación de los orígenes sociales, políticas, culturales y legales que dieron lugar al proyecto y en base a ellas realizar una crítica de la relación ganar – ganar que promueven las APP. Imagen 1. Vista del acceso al CCMB. 41 Imagen 2. El inmueble se localiza en la carretera federal Texcoco – Los Reyes en el acceso al pueblo de Coatlinchán. Imagen 3. La carretera federal Texcoco – Los Reyes cuenta en ambos sentidos con comercio local (Google maps) y paramentos de baja altura. 42 Imagen 4. El CCMB se repliega al interior del predio, lo cual beneficia en que su geometría no irrumpa de inmediato en el contexto que en su mayoría es rural y de pobreza moderada según datos de CONEVAL (Google maps). 43 Imagen 5. La vialidad que se aprecia al fondo de la imagen corresponde al circuito exterior mexiquense, otra de las obras de infraestructura importantes del sexenio 2005 – 2011, detrás de él se encuentra el CCMB. El terreno que alberga al CCMB tiene una fuerte carga paisajística. Alejandro Rivadeneyra nos dice que cuando fue al sitio por primera vez el impacto más fuerte que tuvo fue la imagen de los volcanes. “Me tocó un día en el que se veían magníficos”. De acuerdo con el arquitecto, la geometría está inspirada en la obra del maestro Gunther Gerzso, la obra en sí ofrece recorridos que van más allá de la oferta cultural del conjunto que conjuga diversas texturas, remates, taludes, colores y vistas reconfortantes de los volcanes en días limpios. Se crearon cuerpos de agua habitados por carpas que son aprovechados por las aves migratorias y que complementan la experiencia del recorrido. El color terracota del conjunto salió de la misma tierra del lugar “Tomé un puño de tierra –dice Rivadeneyra– y así se decidió el tono. Con ello buscamos que el edificio se integrara al contexto y por ende se adueñara del lugar”. El CCMB está inserto en un contexto urbano cuya población es primordialmente joven y de bajos recursos. Es por ello que el espacio fue concebido no sólo como un centro cultural sino como un parque público. 44 Imagen 6. Recorridos para apreciar los diversos cuerpos de agua Imagen 7. Vista del teatro / Sala de conciertos 45 Imagen 8. Teatro al aire libre Imagen 9. La conjunción de materiales, alturas y geometrías brindan espacios contemporáneos 46 Imagen 10. Vista del interior del teatro Imagen 11. La capacidad del teatro es de 1200 espectadores 47 Imagen 12. Vista peatonal del pasillo de acceso al conjunto, se aprecia el edificio administrativo, al fondo los talleres y en la lejanía el circuito exterior mexiquense 3.1. Necesidades sociales De acuerdo al informe de Transparencia Mexicana con el CCMB “se buscaba dar atención a 3.5 millones de beneficiarios directos, y hasta a 6.2 millones de habitantes indirectos que habitan en los municipios de la zona oriente del Estado de México” (Transparencia Mexicana, 2011, p. 3); como no se contaba con el nombre de los municipios se realizó un estimado de acuerdo al sistema normativo de equipamiento urbano de educación y cultura de la Secretaría de Desarrollo Social (Secretaría de Desarrollo Social, 1999) donde se especifica que los usuarios de este tipo de equipamiento deberán localizarse a una distancia cuyo tiempo de recorrido sea menor a 60 min; considerando esto se calculó que los municipios beneficiados son: 48 Cuadro 5.- Municipios beneficiados con el CCMB Municipio Clave Población 2015 Tiempo de recorrido en automóvil particular 1. Acolman 02 152,506 55 min 2. Atenco 11 62,392 20 min 3. Chalco 25 343,701 57 min 4. Chiautla 28 29,159 25 min 5. Chicoloapan 29 204,107 18 min 6. Chiconcuac 30 25,543 28 min 7. Chimalhuacán 31 679,811 25 min 8. Cocotitlán 22 14,414 59 min 9. Ecatepec de Morelos 33 1,677,678 47 min 10. Ixtapaluca 39 495,563 43 min 11. La Paz 70 293,725 21 min 12. Nezahualcóyotl 58 1,039,867 33 min 13. Otumba 65 35,274 67 min 14. Papalotla 69 3,963 34 min 15. Tecámac 81 446,008 63 min 16. Temamatla 83 12,984 68 min 17. Teotihuacan 92 56,993 59 min 18. Tepetlaoxtoc 93 30,680 30 min 19. Texcoco 99 240,749 10 min 20. Tezoyuca 100 41,333 28 min 21. Tlalmanalco 103 47,390 58 min 22. Valle de Chalco Solidaridad 122 396,157 45 min TOTAL 6,329,997 Fuente: Elaboración propia con base en INEGI (INEGI, 2015) y Google Maps (Google Maps, 2018) 49 Lo que nos da un estimado de 5,063,997 beneficiarios indirectos considerando al 80% de la población de los veintidós municipios dentro del área de influencia (imagen 13) Imagen 13. Municipios considerados dentro del área de influencia del CCMB Fuente: Elaboración propia con base en INEGI (INEGI, 2015) y Google Maps (Google Maps, 2018) Cabe mencionar que el cálculo se realizó considerando que los usuarios llegarían al centro cultural en transporte privado ya que no se cuenta con información del transporte público disponible para trasladarse al sitio. Alternativamente se consultó el Sistema de Información Cultural (SIC) (Cultura, 2018) para detectar la cobertura de espacios culturales (centro cultural, auditorio, biblioteca regional, biblioteca pública municipal, museo y teatro) dentro de la zona, donde encontramos que 50 todos los municipios cuentan con centro cultural y bibliotecas públicas municipales; Texcoco, Nezahualcóyotl, La Paz, Ecatepec de Morelos, Papalotla, Tepetlaoxtoc y Otumba cuentan con auditorios, solo los municipios de Texcoco, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Valle de Chalco Solidaridad, Acolman, Tepetlaoxtoc, Otumba y Teotihuacan cuentan con uno o varios museos y finalmente solo Texcoco cuenta con espacio teatral dentro de su demarcación. Para mayor detalle en esta información consultar el anexo 1 “cuadro cultura oriente Edomex”. Esta información nos indica que efectivamente existía una fuerte carencia de espacios de exposición y espectáculos en la zona de influencia del CCMB, así como de bibliotecas públicas regionales, pero no se considera que se careciera de casas de cultura, las cuales brindan espacios para talleres de diversos tipos (danza, teatro, artes plásticas, pintura infantil, etc) ya que en todos los municipios estaba cubierta esta demanda. 3.2. Políticas y necesidades culturales Se realizó la búsqueda de las políticas en relación con la cultura que se seguirían en el plan de desarrollo del Estado de México 2005 – 2011 (Gobierno del Estado de México, 2005, p. 52) y en el apartado “V. Cultura para enriquecer la educación y vigorizar la identidad” encontramos solo vagas referencias de ampliación a los servicios bibliotecarios y a la generación de oferta cultural y programas a los diversos grupos de población, así como la promoción de enseñanza de las Bellas Artes entre la población infantil, por lo que podemos deducir que el proyecto se gestó a mediados de este periodo de gobierno ya que tampoco se encuentra referencia al CCMB en los compromisos firmados con la población. De la misma manera en el Programa Nacional de Cultura 2007 -20012 del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes tampoco se habla de la creación de ningún centro cultural o museo de grandes magnitudes (Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 2007) De acuerdo con Georgina DeCarli colaboradora de la UNESCO en la revista Cultura y Desarrollo, el objetivo de un centro cultural es “promover los valores culturales entre los miembros de la comunidad donde se localiza. Se estructura en torno a espacios amplios
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