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. ~~ ...... · .. . - )osué Salgado Benftez Higiene y seguridad industrial DIRECTORIO LIC. MIGUEL ÁNGEL CORREA JASSO Director General LIC. JAIME A: V AL VERDE ARCINIEGA Secretario General DR. JOSÉ ENRIQUE VILLA RiVERA Secretario Académico DR. BONIFACIO EFRÉN PARADA ARIAS Secretario de Apoyo Académico DRA. MARÍA DE LA LUZ PANIAGUA JIMÉNEZ Secretaria de Extensión y Difusión LIC. RICARDO HERNÁNDEZ RAMÍREZ Secretario Técnico LIC. FRANCISCO GUTIÉRREZ VELÁZQUEZ Secretario Ejecutivo de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas ING. MANUEL QUINTERO QUINTERO Secretario Ejecutivo del Patronato de Obras e Instalaciones Josué Salgado Benítez Higiene y seguridad industrial INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL -MÉXICO- Higiene y seguridad industrial Primera edición: 2002 D.R. © 2002 INSTITUTO POLIT~CNICO NACIONAL DirecciÓn de Publicaciones Tresguerras 27, 06040 México DF ISBN 970-18-9680-7 Impreso en México 1 Printed in Mexico A mis padres, porque gracias a su guía y consejos nos inculcaron ese espíritu emprendedor, para poder ser alguien, aun a costa de alejarnos de su lado, pero sin perder nunca el seno del núcleo familiar. Para ellos mi reconocimiento y veneración. A mis hermanos Efraín, Rosalba, Lucilo, Eudoxio, Beatriz y Armando; por su cariño y para quienes siempre he tratado de ser un amigo por todo lo que me han dado. Para ellos esta obra. A mis hijos Zaydy Elizabeth, Nayely, Cinthia Jeannette, Josué Alejandro, Vara ltzel, Brenda Leticia y Diego Armando; todo mi amor por ser mi impulso en la vida y por quienes soy lo que soy. A mi esposa Leticia por estar siempre donde debe, siendo un soporte y parte medular en mi vida, para ella mi reconocimiento y eterno amor. Especialmente para el licenciado Rodolfo Albarrán Vallejo, por él es posible esta obra. INTRODUCCIÓN A LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Al analizar esta unidad vemos que a través de la historia el hombre ha estado inmerso en constantes riesgos de accidentes y enfermedades, unos que ema- nan de la naturaleza y otros provocados por él mismo al tratar de crear sus propios satisfactores. Para poder entender este material, es necesario conocer los diferentes conceptos de higiene y seguridad industrial. Entenderemos lo importante que es tener personal sano dentro de cual- quier organismo social para reducir el índice de ausentismo, asimismo apro- vechar al máximo los recursos que lo integran, evitando con ello enfermedades y accidentes, teniendo como resultado una empresa eficaz y eficiente. ANTECEDENTES HISTÓRICOS A lo largo de la historia, el hombre se ha visto a la par por el accidente bajo las más diversas formas y circunstancias, desde las cavernas hasta las moder- nas empresas y hogares en la actualidad. Al realizar actividades productivas el riesgo atenta contra su salud y bienestar. Conforme se va haciendo más compleja la realización de las actividades de producción, se van multiplican- do los riesgos para el trabajador y se han producido numerosos accidentes y enfermedades. Sin embargo, a pesar de la importancia que representa para el hombre el mantenimiento de condiciones saludables y seguras, cronológicamente ha- blando, el reconocimiento de dichos factores es un hecho muy reciente y se puede llegar a apreciar su evolución por los estudios de higiene y seguridad industrial. En los principios del siglo XVII se desarrolló en Inglaterra el sistema fabril, descuidándose el bienestar físico de los trabajadores. Los accidentes y enfer- medades industriales afectaban a los grupos de trabajo sometidos a largas horas de labores sin protección, con iluminación y ventilación inapropiado. En 1802 nace una ley para proteger la salud y la moralidad de los aprendices y 9 10 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL otros trabajadores de hilanderías y fábricas. En 1841 surge la primera legisla- ción de fábricas francesas, sobre el empleo de niños en las empresas indus- triales, fábricas y talleres que utilizaban fuerza motriz o que trabajaban sin interrupción. En Prusia, las primeras medidas encaminadas a crear un sistema de inspec- ción de fábricas fueron los reglamentos de 1839 sobre el empleo de trabajado- res jóvenes, en 1845 se aconsejó nombraran médicos como inspectores de fábricas. En 1869 la Federación de Alemania del Norte promulgó la protección social de los trabajadores contra los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, en 1872 Prusia introdujo un sistema de inspección tanto para la seguridad como para la higiene del trabajo en general y casi al mismo tiempo los estados industriales de Sajonia y Baden siguieron su ejemplo. En Bélgica la legislación sobre seguridad e higiene del trabajo fue algo distinto; se inspiró en la de la era napoleónica en parte de la legislación sobre inspección y en parte de la legislación para proteger el interés público contra los riesgos o molestias causados por la industria . En 181 O el Gobierno dictó reglamentos para proteger a la sociedad contra los peligros que representa- ban las empresas donde las condiciones de seguridad eran insatisfactorias, insalubres o molestas y los aplicó para promover la seguridad e higiene de los trabajadores, por considerarlos parte de la sociedad . Otros países europeos, incluyendo Dinamarca y Suiza, ya tenían fábricas en 1840, pero sólo hasta 1873 en Dinamarca y en la Confederación Helvética en 1877 aparecieron sistemas eficaces de inspección de fábricas para hacer aplicar las normas sobre seguridad e higiene. En los Estados Unidos fue Massachusetts el primer estado que adoptó una ley para la prevención de accidentes en las fábricas en 1877, en 1886 adoptó una ley para hacer obligatoria la notificación de accidentes. Debido al auge tecnológico, la tarea de los trabajadores se fue haciendo más especializada, por lo que un accidente repercutía directamente en la pro- ducción por las interrupciones sufridas, provocando pérdidas económicas para la empresa, de esta forma los patrones se fueron interesando cada vez más por el control de las causas de los accidentes, así como en reducir los riesgos de las actividades a los que estaban expuestos sus trabajadores. Poco a poco fue más necesario hacer estudios del medio ambiente laboral hasta llegar a lo que se ha manejado como higiene y seguridad industrial. INTRO DUCCIÓ N A LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 1 1 Nuestro país no ha quedado al margen en el hecho de que sus trabajado- res se ven inmersos en condiciones inseguras y de desamparo; sin embargo, estas circunstancias son las que impulsan a los trabajadores unidos a contra- rrestar estas situaciones. La falta de protección al trabajador y la falta de medidas de seguridad e higiene en talleres y establecimientos fabriles dejaron por demás la responsa- bilidad a los patrones por los daños acaecidos en el trabajo . Hasta antes de la revolución de 191 O no existía más protección al trabajo que dos leyes locales. Una de 1904 llamada de José Vicente Villada, para el Estado de México y la otra de 1906 de Bernardo Reyes, en Nuevo León, por las que se reconocieron el accidente del trabajo y la responsabilidad patronal de la indemnización por el mismo. En 1917, se elevaron a rango constitucional las garantías sociales, que quedan plasmadas en el artículo 123, en cuyo inicio se avocó a la legislación de los estados su reglamentación y culminó con la Ley Federal del Trabajo de 1931; sin embargo, por las exigencias del país, dicha ley fue revisada, refor- mada y puesta en vigor el primero de mayo de 1970. El mismo artículo constitucional en su fracción XXIX señalaba la necesidad de establecer un sistema de seguro social, que culminó en 1943, con la promulgación de la ley que creó el Instituto Mexicano del Seguro Social {IMSS) . Encontrándose dentro del plano gubernamental eiiMSS, la Secretaría de Salud, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), además de las dependencias como PetróleosMexicanos (Pemex), Ferrocarriles Nacionales de México (Ferronales) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que cuentan con sus propios departamentos de higiene y seguridad. Sin embargo, la simple legislación en lo referente a los riesgos de trabajo, o a la seguridad social, no son suficientes para que éstos se vean adecuada- mente prevenidos. A pesar del ritmo acelerado de la tecnología, no se ha logrado mucho en el planteamiento del problema de los accidentes de trabajo y de su preven- ción ya que puede afirmarse que 90% de los accidentes que se reg istran son evitables. 12 H IGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Conceptos básicos Para entender la materia de higiene y·seguridad industrial es necesario com- prender los diferentes conceptos que se manejan en ésta, y de tal manera la apliquemos adecuadamente en el campo laboral. Higiene. Es la disciplina que estudia y determina las medidas para conservar y mejorar la salud, así como para prevenir las enfermedades. Higiene industrial. Conjunto de conocimientos técnicos dedicados a recono- cer, evaluar y controlar aquellos factores del ambiente, psicológicos o tensionales que provienen del trabajo y que pueden causar enfermedades o deteriorar la salud. Seguridad en el trabajo . Conjunto de conocimientos técnicos y su aplicación para la reducción, control y eliminación de accidentes en el trabajo por medio de sus causas. Seguridad . Conjunto de normas, obras y acciones, así como los instrumentos técnicos y legislativos requeridos para proteger la vida humana y la pro- piedad del hombre de la acción de fenómenos destructivos, tanto de los provocados por la naturaleza, como los originados por la actividad hu- mana. Accidente de trabajo. Es toda lesión orgánica o perturbación funcional inme- diata o posterior; o la muerte producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente. Accidente. Resultado de una serie de situaciones de peligro previas y que al producirse causan efectos negativos en el personal y material o sistemas de producción. Enfermedad. Alteración de la salud producida por un agente biológico, o al- gún factor físico, químico o ambiental que actúa lentamente, pero en for- ma continua o repetida. Enfermedad profesional. Estado patológico que sobreviene por una causa re- petida durante largo tiempo, como obligada consecuencia de la clase de trabajo que realiza la persona o del medio en que tiene que laborar y que produce en el organismo una lesión o perturbación funcional, permanen- te o transitoria, pudiendo ser originada por agentes químicos, físicos, bio- lógicos, de energía o psicológicos. Enfermedad de trabajo. Es todo estado patológico derivado de la acción con- tinuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. INTRODUCCIÓN A LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Lesión. Daño causado por una herida, golpe o enfermedad. Riesgo . Es la exposición a una posibilidad de accidente. 13 Salud. Es un estado de bienestar completo: físico, mental y social y no sólo la consecuencia de enfermedad o de invalidez. Peligro. Cualquier condición de la que se pueda esperar con certeza lesiones o daños a la propiedad y/o al medio ambiente y es inherente a las causas materiales (soluciones químicas) o equipos (aire comprimido, troqueladoras, recipientes a presión, etc.), que están relacionados direc- tamente con una condición insegura . Riesgo de traba¡o . Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. IMPORTANCIA DE lA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL Al analizar las definiciones anteriores nos damos cuenta que tanto la seguri- dad como la higiene industrial están íntimamente relacionadas, para enten- derlas mejor las representamos gráficamente: SALUD EN EL TRABAJO RIESGOS PROFESIONALES Figura l . Interacción entre la hig iene y la seguri dad industrial Después de estudiar la figura 1 comprendemos que la salud es un recurso con que cuentan los miembros de la organización, y ésta no debe entenderse como la ausencia de enfermedades, sino como un -estado completo de bien- estar físico, mental y social que permita el desarrollo cabal de la personali- 14 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL dad. Hay que reconocer que la salud constituye un derecho de toda persona y no una convicción . Es una obligación moral del gerente, supervisor o jefe, preocuparse por la salud de los miembros de la organización, así como por la protección contra los accidentes, ya que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad, y a la seguridad de su persona. Uno de los recursos más valiosos con que cuenta una empresa es el ser humano, de tal forma que si no los mantiene en condiciones seguras, enton- ces, no podrá obtener la cantidad y calidad de producción requerida. (AMPO DE ACCIÓN DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL Son los procedimientos, técnicas y elementos que se aplican en los centros de trabajo, para el reconocimiento, evaluación y control de los agentes nocivos que intervienen en los procesos y actividades de traba jo, con el objeto de esta- blecer medidas y acciones para la prevención de accidentes o enfermedades de trabajo, a fin de conservar la vida, salud e integridad física de los trabajado- res, así como evitar cualquier posible deterioro al propio centro de trabajo. VENTAJAS DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL Los esfuerzos más comunes para fomentar la seguridad son: eliminar los ries- gos en el trabajo, enseñar al personal a ser precavido, vigilarlo estrechamente para evitar actos peligrosos, y acostumbrar a la gente a tener presente la segu- ridad personal. Debemos ver que una persona cuando se enferma carece de energía para el trabajo, trayendo como consecuencia una baja en sus ingresos, y en su productividad, teniendo por consiguiente un estancamiento económico sin que exista una posibilidad de mejorar su salud, estableciendo un círculo vicioso difícil de salir. Al analizar la siguiente figura concluimos que la seguridad e higiene con- tribuye y propicia el incremento de la productividad, ayuda a evitar accidentes y enfermedades que ponen en riesgo a los trabajadores (véase figura 2) . INTRODUCCIÓN A LA HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 15 1 PRODUCCIÓN 1 1 INGRESOS BAJA 1 l BAJOS i 1 1 ¡ ¡ APATIA AUSENCIA ~ 1 ENEL (FALTA DE MALAS ALIMENTACIÓN EDUCACIÓN TRABAJO ENERG[A) CONDICIONES MAL DEFICIENTE HIGI~NICA~ BALANCEADA l CUIDADOS 1 ENFERMEDAD 1 1 INTENSIVOS j t Figura 2. Factores que influyen en el proceso productivo por una mala salud REPERCUSIONES NEGATIVAS DE LA FALTA DE SEGURIDAD E HIGIENE Cabe señalar que las enfermedades producen ausencias en el trabajo y a su vez disminuye la productividad . Éstas repercuten también en forma negativa en el desarrollo del país de la siguiente manera: a) En la producción sus causas principales son: el ausentismo o sea el costo de lo que no se produce y la energía o apatía que conduce a una baja producción . b) La mortalidad: disminuye el personal económicamente activo de todo el país. e) Gasto que impide dedicar sumas a otros fines. LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Para poder tomar decisiones sobre seguridad e higiene industrial en cual- quier sistema productivo es necesario conocer las leyes, reglamentos y nor- mas, así como las diferentes dependencias de donde emanan y que se encargan de regular su aplicación adecuada. En todo tipo de empresas a través de sus diferentes niveles jerárquicos, es necesario que cuando menos conozcan lo básico sobre higiene y segu ri - dad industrial. En el apartado "M' del artículo 123 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos se contempla este punto, la Ley Federal del Tra- bajo en su título noveno contempla lo referente a la legislación enrelación a los riesgos de trabajo, las leyes deiiMSS e ISSSTE fijarán el grado de riesgo en atención a las medidas preventivas, condiciones de trabajo y demás insegu- ridades de las empresas. Por su parte la Ley General de Salud nos señala las bases y modal idades para tener acceso a los servicios de salud y además se aplica en toda la república por ser de orden público e interés social, así como en las d iferen- tes instituciones y organismos nacionales e internacionales que regu lan este rubro . Todo lo anterior nos ayudará como estudiantes, profesionales y futuros responsables de las diferentes áreas de la empresa, a valorar más al perso- nal, a entender que lo más importante es su seguridad y su salud, que la vida del individuo no tiene precio y que cualquier inversión que se haga pa ra cuidarlo redituará dividendos a la larga, porque contaremos con una empre- sa preocupada por el recurso más valioso que tiene en su estructura, que a la vez es el más complejo, pero será de gran importancia para éste, al darse cuenta de los cuidados por parte de los responsables de las diferentes áreas y se pondrá la camiseta de la empresa trayendo como consecuencia un incre- mento en la productividad. 17 18 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL CoNSTITUCióN PoLíTICA DE Los EsTADos UNIDOs MEXICANOS Lo seguridad e higiene en el trabajo se encuentro contemplado en el aportado ''Pí.' del artículo 123 de lo Constitución Político de los Estados Unidos Mexica- nos (jerarquía jurídico) en sus fracciones XIV y XV. XIV. Los empresarios serán responsables de los occidentes de trabajo y de los enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridos con moti- vo o en ejercicio de lo profesión o trabajo que ejecuten: por lo tonto, los patrones deberán pagar lo indemnización correspondiente, según qué hoyo traído como consecuencia lo muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente poro trabajar, de acuerdo con lo que los leyes determinen. Esto responsabilidad subsistirá aun en el coso de que el patrón contrate al trabajador por un intermediario. XV. El patrón estará obligado o observar, de acuerdo con lo naturaleza de su negocio, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en los ins- talaciones de su establecimiento, y o adoptar los medidos adecuados poro prevenir accidentes en el uso de los máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como organizar de tal formo éste, que resulte lo mayor garantía poro lo salud y lo vida de los trabajadores, y del producto de lo concepción, cuando se trote de mujeres embarazados. Los leyes contendrán, al efecto, los sanciones en codo precedente. El aportado "B" del mismo artículo 123 constitucional fracción XI en sus incisos o y b nos hablo de lo seguridad en los siguientes términos: XI. Lo seguridad social se organizo conforme o los siguientes términos: o) Cubrirá los occidentes y enfermedades profesionales, los enfermeda- des no profesionales y materiales, y lo jubilación, lo invalidez, vejez y muerte. b) En coso de occidente o enfermedad, se conservará el derecho al tra- bajo por el tiempo que determine lo ley. LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL LEY fEDERAL DEL TRABAJO Título IX Referente a la legislación en relación a los riesgos de traba¡o. (Artículo 472 al 515) . 19 Las leyes, respecto a la seguridad e higiene industrial obl igan a los patrones a que pongan en práctica las medidas inherentes. En la actualidad estas leyes se han reformado y adaptado a las exigencias del país en crecimiento . Dentro de la Ley Federal del Trabajo, es el título IX el que se refiere a la legislación con relación a los riesgos de trabajo, se relacionan los más relevantes a continua - ción: a) Riesgos de trabaio son los accidentes y enfermedades a que están ex- puestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo (art. 473). b) Accidente de trabaio es toda lesión orgánica o perturbación funciona l, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejerci - cio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que lo preste (art. 474) . e) Enfermedad del traba¡o es todo estado patológico derivado de la ac- ción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el traba - jo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios (art. 475). d) Las indemnizaciones por riesgo de trabajo que produzcan incapacidades, se pagarán directamente al trabajador (art. 483) . e) El pago de indemnizaciones no podrá ser menor al salario mínimo (a rt . 485). f) Los traba¡adores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a: • Asistencia médica y quirúrgica. • Rehabilitación. • Hospitalización cuando sea necesario. • Medicamentos y material de curación. • Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios (art. 487). g) El patrón queda exceptuado de las obligaciones que determina el artícu- lo anterior, en los casos y con las modalidades siguientes (art. 488): 20 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL • Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de em- briaguez. • Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica. • Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí solo o de acuerdo con otra persona. • Si la incapacidad es el resu ltado de alguna riña o intento de suicidio, etcétera . LEYES DEL IMSS Y DEL ISSSTE Ley deiiMSS El Instituto Mexicano del Seguro Social cada vez extiende más su acción en el país pero esto de ninguna manera invalida las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, por el contrario sigue vigente el régimen sobre el riesgo profesio- nal establecido por la misma ley. El artículo 48 de la Ley del Seguro Social determina que será el instituto el que hará la fijación del grado de riesgo, en atención a las malas medidas preventivas, condiciones de trabajo y demás características que influyen sobre el riesgo particular que existe en cada empresa . Además, especifica que "Los patrones están obligados a cumplir las me- didas para prevenir accidentes de trabajo señaladas en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos." La aplicación de las prestaciones deiiMSS a las personas se dividen en: Asegurado. Trabajador que paga sus cuotas correspondientes. Beneficiario. Cónyuge o concubina (o) del asegurado (a), hijos menores de 16 años o mayores si estudian y de cualquier edad si están incapacitados, y los padres del asegurado si dependen económicamente de él. • Atención médica quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. • Aparatos de ortopedia, en caso de riesgos de trabajo, prótesis. • Rehabilitación . LEGISLACIÓN DE. HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 21 • Traslado de enfermos. • Viáticos de enfermos. • Reintegración de gastos al ser rechazados para atención médica por el instituto. Prestaciones que sólo competen al asegurado: • Salario o subsidio por accidente de trabajo y enfermedades profesiona- les. • Subsidio por enfermedad . • Subsidio antes y después del parto. • Pensión por incapacidad total permanente. • Pensión por incapacidad parcial. • Pensión por invalidez. • Pensión por vejez. • Pensión por cesantía. • Ayuda para gastos de funeral. • Pensión a la viuda del pensionado. • Pensión a la viuda o viudo, etcétera . Ley de/ ISSSTE Para la aplicación de las prestaciones que otorga eiiSSSTE a las personas que lo reciben se dividen en: Trabajador Es toda persona que habiendo cumplido 18 años preste su servicios a las entidades y organismos públicos mencionados, mediante designación legal, siempre y cuando sus sueldos estén contemplados en los presupuestos respec- tivos. Pensionistas Toda persona a quien la Dirección de Pensiones le reconozca tal carácter con anterioridad a la vigencia de esta ley y que el reconocimiento haya sido san - cionado por la SHCP, así como a las que se les otorgue tal carácter con apoyo en esta misma ley.22 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Familiares Derechohabientes: Esposa, o compañera que haya vivido cinco años con el trabajador o pensionista o con la que tuviese hijos; menores de 18 años, padre y madre del trabajador o pensionista si dependen económicamente de él (art. 23, ISSSTE). l. Seguro de enfermedades no profesionales y de maternidad (art. 3, sección 1) . • Licencias en caso de enfermedad no profesional. • Licencias en caso de maternidad. • Asistencia médica. • Asistencia médica domiciliaria . • Atención médica de emergencia. • Servicio de ambulancia. • Servicio de farmacia (medicina) . • Análisis de laboratorio. • Servicio de rayos x. • Médicos especialistas. • Hospitalización. • Intervenciones quirúrgicas. • Traslado de enfermos. • Viáticos de enfermos. • Subsidios por enfermedad. • Prótesis. • Ortopedia. • Atención médica en el embarazo. • Atención médica en el parto. • Subsidio antes del parto. • Subsidio después del parto. • Canastilla para el recién nacido. • Ayuda para lactancia. 11. Seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (art. 3, sec- ción 11). • Licencia en caso de accidente de trabajo. • Licencia en caso de enfermedad profesional. • Pensión por incapacidad permanente parcial. LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 23 • Pensión por incapacidad permanente total. • Indemnización en caso de incapacidad parcial permanente. 111. Servicios de reeducación y readaptación de inválidos (art. 3, sección 111) . XI. Seguro de vejez (art. 3, sección XI). XII. Seguro de invalidez (art. 3, sección XII). XIII. Seguro por causa de muerte (art. 3, sección XIII). • Muerte por riesgo profesional. • Muerte por riesgo no profesional. XIV. Indemnización global (art. 3, sección XIV). LEY GENERAL DE SALUD La presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entida- des federativas en materia de Salubridad General. Es de aplicación en toda la república y sus disposiciones son de orden público e interés social (art. 1 °). El derecho a la protección de la salud tiene las siguientes finalidades (art. 2°): l. El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades. 11. La prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana. 111. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social. IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud . V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población. 24 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud . VIl. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud. En materia de prevención y control de enfermedades y accidentes, y sin perjuicio de lo que dispongan las leyes laborales y de seguridad social en materia de riesgos de trabajo, corresponde a la Secretaría de Salud (art. 133): l. Dictar las normas oficiales mexicanas para la prevención y el control de enfermedades y accidentes. 11. Establecer y operar el sistema nacional de vigilancia epidemiológica, de conformidad con esta ley y las disposiciones que al efecto se expidan. 111. Realizar los programas y actividades que estime necesario para la pre- vención y control de enfermedades y accidentes. IV. Promover la colaboración de las instituciones de los sectores público, so- cial y privado, así como de los profesionales, técnicos y auxiliares para la salud y de la población en general, para el óptimo desarrollo de los pro- gramas y actividades a que se refieren las fracciones 11 y 111. REGLAMENTO Y NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD E HIGIENE DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Rige en todo el territorio nacional y tiene por objeto proveer en la esfera admi- nistrativa a la observancia de la Ley Federal del Trabajo en materia de seguri- dad e higiene y de esta manera lograr disminuir los accidentes y enfermedades que se producen en los centros de trabajo. Los patrones o sus representantes, los sindicatos titulares de los contratos colectivos, los trabajadores, las comisiones de seguridad e higiene, los encar- gados de la seguridad, los supervisores de seguridad y los médicos de las empresas, en su caso, están obligados a cuidar de la estricta observancia de este reglamento en sus respectivos centros de trabajo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y las autoridades competentes de los estados y del Distrito Federal llevarán a cabo los estudios e investiga- ciones en los lugares de trabajo y los exámenes que estimen convenientes a los trabajadores, utilizando los equipos necesarios y los medios que la ciencia LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 25 y la tecnología emplean para identificar y valorar las posibles causas de acci- dentes y enfermedades de trabajo, y para determinar las alteraciones de la salud en los trabajadores, para promover la expedición de las disposiciones correspondientes a establecer las medidas de seguridad e higiene; siendo para ello los títulos siguientes: Título Primero Título Segundo Título Tercero Título Cuarto Título Quinto Título Sexto Título Séptimo Título Octavo Título Noveno Título Décimo Título Décimo Primero Título Décimo Segundo Título Décimo Tercero Artículos Transitorios Disposiciones Generales. De las condiciones de seguridad e higiene en los edificios y locales de los centros de trabajo. De la prevención y protección contra incendios. De la operación, modificación y mantenimiento del equipo industrial. De las herramientas. Del manejo, transporte y almacenamiento de materiales. Del manejo, transporte y almacenamiento de sustancias inflamables, combustibles, explosivas, corrosivas, irritantes o tóxicas. De las condiciones del ambiente de trabajo. Del equipo de protección personal. De las condiciones generales de higiene. De la organización de la seguridad e higiene en el trabajo. De las comisiones consultivas de seguridad e hi- giene en el trabajo. Procedimientos administrativos. 26 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Condiciones de seguridad e higiene en los edificios y locales de los centros de trabajo Los edificios y locales en los centros de trabajo tendrán condiciones de seguri- dad e hig iene adecuados al tipo de actividades que en ellos se desarrolle en lo referente a: techos, paredes, pisos, patios, escaleras fijas, pasadizos, vías y plataformas elevadas y características dimensionales. La prevención y protección contra incendios • Edificios, aislamientos y salidas: salidas normales, de emergencia, pa- sadizos, corredores, rampas, puertas y escaleras de emergencia, deben permitir el desalojo rápido del local de trabajo en caso de incendio y tener las características que determinan los instructivos y normas oficia- les correspondientes. • Los equipos para combatir incendios: Contar con el equipo suficiente y adecuado para extinción de incendios, conexión de servicios municipa- les o almacenamiento de agua suficiente, tomas siamesas en el exterior, las cajas de las mangueras con puertas de vidrio, extinguidores fijos, semifijos o portátiles, sistema de alarma, etcétera. • Simulacros y brigadas, cuerpo de bomberos y cuadrillas contra incen- dios: Efectuar cada seis meses, por lo menos, prácticas de salidas de emergencia (establecer programas de simulacros), adiestrar en el uso de extinguidores, organizar brigadas, cuerpos de bomberos o cuadri-llas contra incendios. La operación, modificación y mantenimiento del equipo • Autorización para la maquinaria: Se requiere inspección previa de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cuando se modifiquen las ins- talaciones o se sustituya la maquinaria, se deberá notificar a las autori- dades del trabajo. • Protección de la maquinaria: Se ap lica a las partes móviles del equipo como bielas, manivelas, engranes, cigüeñales, ejes, flechas, bandas, etcétera. • Equipo e instalaciones eléctricas: Las instalaciones eléctricas de alum- brado y fuerza en los centros de trabajo, además de cumplir con las disposiciones legales y técnicas aplicables, deberán estar dotadas de los dispositivos de seguridad . LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 27 Las herramientas • Las herramientas manuales: Se usarán para los fines específicos, para los que se hayan diseñado. • Las herramientas eléctricas, neumáticas y portátiles: Se utilizarán para su finalidad específica y por personas capacitadas; las herramientas eléctri- cas, neumáticas o portátiles se deberán inspeccionar, limpiar y ser objeto de mantenimiento preventivo por el personal designado por el patrón. Mane;o, transporte y almacenamiento de materiales • Equipo para izar: La máxima carga útil admisible en kilogramos se mar- cará en todos los aparatos para izar, en un lugar destacado que sea claramente visible para el operador. • Los ascensores para carga: Los pozos de los ascensores para carga deberán estar cercados en toda su altura, excepto en las partes corres- pondientes a puertas, ventanas o claraboyas necesarias. Los pozos co- locados en el exterior de los edificios deberán estar cercados hasta una altura no menor de tres metros. Las cabinas deberán tener salidas de emergencia en el techo. • Los montacargas, carretillas y tractores: llevarán marcados en un lugar visible, la carga máxima permisible. Los operadores deberán obtener licencia expedida por las autoridades del trabajo. Las carretillas de mano y monorruedas serán de diseño, los mangos de la carretilla de mano estarán pulidos o cubiertos, los montacargas, tractores y las carretillas autopropulsados deberán estar dotados de los dispositivos de seguridad . • Los transportadores: Los transportadores elevados se cubrirán por ente- ro en los lugares de tránsito o de trabajo. • Sistema de tuberías: Se aplica a duetos, incluyendo válvulas y accesorios utilizados en los centros de trabajo, para el transporte de gases, vapo- res, líquidos, sustancias semilíquidas o plásticas, sin incluir los equipos y aparatos de producción o sus partes integrantes. • La estiba: Para estibar o desestibar materiales en las áreas de trabajo, se contará con espacios destinados y delimitados a ese fin, ventilados o iluminados de acuerdo con lo que dispongan los instructivos que se expidan; no deberá transitar a una velocidad mayor a los 15 km/h y deberán existir señales y guardas. 28 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Mane¡o, transporte y almacenamiento de sustancias inflamables, combustibles, explosivos, corrosivos, irritantes o tóxicos • Las sustancias inflamables y combustibles: deberán ser almacenadas, transportadas y manejadas de tal forma que disminuyan los riesgos de incendios. Quedará prohibido fumar, introducir fósforos u objetos in- candescentes, los tanques de almacenamiento y transporte deben estar conectados eléctricamente a tierra, etcétera. • Las sustancias explosivas: en la materia de explosivos se aplicará lo dispuesto por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Regla- mento, se prohibirá fumar, llevar objetos incandescentes, fósforos y úni- camente tendrá acceso personal autorizado. • Las sustancias corrosivas e irritantes: deberán ser almacenadas, trans- portadas y manejadas de tal manera que se eviten fugas y derrames, los locales deberán estar dotados de regaderas de presión y de lavabos para casos de emergencia. • Las sustancias tóxicas: deberán ser almacenadas, transportadas y ma- nejadas de tal forma que disminuyan los riesgos de intoxicación y los lugares tendrán avisos que indiquen su peligrosidad. Las condiciones del ambiente: son contaminantes del ambiente de trabajo los agentes físicos y los elementos o compuestos químicos o biológicos, capaces de alterar las condiciones del ambiente de trabajo y la salud de los trabajadores: • Ruido y vibraciones. • Radiación ionizante. • Radiaciones electromagnéticas no ionizantes (radio, microondas, láser, infrarroja, visible y ultravioleta). • Contaminantes sólidos, líquidos y gaseosos. • Presiones ambientales anormales. • Condiciones térmicas del ambiente de trabajo (calor, frío, cambios brus- cos de temperatura). • Iluminación. Equipo de protección persona/: Los patrones deben poner a disposición de los trabajadores y éstos deben usar los equipos de protección personal como: • Protección de la cabeza y el oído. • Protección de la cara y ojos. l EGISlACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 29 • Protección respi ratoria . • Protección del cuerpo y de los miembros. Condiciones generales de higiene • De los servicios para el personal: nadie tomará ningún al imento en el sitio de trabajo, las tuberías deberán estar conectadas a las tomas mu- nicipales, existirán bebederos higiénicos de agua potable, agua corriente y desagüe, vestidores, excusados para hombres y mujeres. • Los asientos de trabajo: cómodos, anatómicos y suficientes. • La limpieza: Aseo cuando menos cada 24 horas en maquinaria y equi- po al término de cada turno. La organización de la seguridad e higiene en el trabajo: Corresponde tanto a las autoridades, trabajadores y patrones (imprimir el Reglamento Interno de Traba- jo, integrar las comisiones mixtas de higiene y seguridad, publicar avisos de seguridad e higiene) llevar estadísticas de los accidentes e informar a la STPS. Las comisiones consultivas de seguridad e higiene en el trabajo • Para abatir los riesgos en los centros de trabajo, se organizará la Comi- sión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (dos representantes de la STPS, dos de la Secretaría de Salubridad y Asisten- cia, dos del IMSS, seis representantes de las organizaciones nacionales de trabajadores y seis de la Organización Nacional de Patrones). • En cada entidad federativa se construirá una Comisión Nacional Con- sultiva de Seguridad e Higiene en el trabajo y será presidida por los gobernadores. Procedimientos administrativos • La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá a su cargo la vig ilan- cia del cumplimiento de este reglamento. • La violación o incumplimiento a los preceptos de este reglamento debe- rán ser sancionados administrativamente por la autoridad del trabajo. • Levantada el acta de inspección por la STPS se turnará a la dependencia respectiva a efecto de que sea valorada y calificada. • Al notificar la imposición de una sanción, se hará saber al infractor el derecho que tiene para recurrirla dentro del plazo de quince días hábi- les por escrito y con los justificantes respectivos . 30 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL NoRMAS ÜFICIALES MEXICANAS {INSTRUCTIVO DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO) Algunas de las normas oficiales correspondientes a este reglamento son las siguientes: NOM núm. NOM-001-STPS-1993 NOM núm. 2 NOM-002-STPS- 1993 NOM núm. 3 NOM-003-STPS- 1993 NOM núm. 4 NOM-004-STPS- 1993 NOM núm. 5 NOM-005-STPS- 1993 NOM núm. 6 NOM-006-STPS- 1993 NOM núm. 7 NOM-007 -STPS- 1993 NOM núm. 8 NOM-008-STPS- 1 993 Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los edificios y locales de los centros de trabajo. Relativa a las condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Relativa a la obtención y refrendo de licencias para operadores de grúas y montacargas en los centros de trabajo. Relativa a los sistemas de protección y dispositivos de seguridad en lamaquinaria y equipo de los centros de trabajo. Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el alma- cenamiento, transporte y manejo de sustancias inflamables y combustibles. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para la estiba y desestiba de los materiales en los centros de trabajo. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para la instalación y operación de ferrocarriles en los centros de trabajo. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para la producción, almace- namiento y manejo de explosivos en los centros de trabajo. NOM núm. 9 NOM-009-STPS- 1993 NOM núm. 10 NOM-0 1 0-STPS- 1993 NOM núm. 11 NOM-0 11-STPS-1993 NOM núm. 012 NOM-0 12-STPS- 1993 NOM núm. 013 NOM-0 1 3-STPS- 1 993 NOM núm . 014 NOM-014-STPS-1993 NOM núm. 015 NOM-0 15-STPS- 1993 NOM núm. 016 NOM-0 16-STPS- 1993 LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 31 Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias corrosivas, irritantes y tóxicas en los centros de trabajo. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para los centros de trabajo donde se produzcan, almacenen o manejen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el ambiente laboral. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, almacenen o transporten fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes capaces de producir contaminación en el ambiente laboral. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para los trabajadores que laboren a presiones ambientales anormales. Relativa a las condiciones térmicas ambientales extremas elevadas y abatidas en los centros de trabajo. Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, referente a ventilación. 32 NOM núm. 017 NOM-0 1 7 -STPS- 1993 NOM núm. 018 NOM-0 18-STPS- 1993 NOM núm. 019 NOM-0 19-STPS-1993 NOM núm. 020 NOM-020-STPS- 1993 NOM núm. 021 NOM-021 -STPS-1993 NOM núm. 022 NOM-022-STPS-1993 NOM-023-STPS-1993 NOM-024-STPS-1993 NOM-025-STPS-1993 NOM-026-STPS-1993 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Relativa a los requerimientos y características del equipo de protección personal para los trabajadores. Relativa a los requerimientos y características de regaderas, vestidores y casilleros en los centros de trabajo. Relativa a la constitución, registro y funcionamiento de las comisiones mixtas de seguridad e higiene en el trabajo. Relativa a los requerimientos y características de los botiquines para primeros auxilios en los centros de trabajo. Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran para integrar estadísticas. Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo en donde la electricidad estática represente un nesgo. Relativa a los elementos y dispositivos de seguridad de los equipos para izar en los centros de trabajo. Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo dónde se generen vibraciones. Relativa a los niveles y condiciones de iluminación que deben tener los centros de trabajo. Relativa a la seguridad, colores y su aplicación . NOM-027 -STPS- 1993 NOM-028-STPS- 1993 NOM-029-STPS- 1993 NOM-030-STPS- 1993 NOM-080-STPS- 1993 lEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Relativa a las señales y avisos de seguridad. 33 Relativa a la seguridad, código de colores para la identificación de fluidos conducidos en tuberías. Relativa a la seguridad, equipo de protección respiratoria . Código de seguridad para la identificación de botes y cartuchos purificadores de aire. Relativa a la seguridad, equipo de protección respiratoria. Definiciones y clasificación. Referente a la higiene industrial. Medio ambiente laboral. NoRMAS ECOLÓGICAS La ecología es la ciencia que estudia las relaciones de los seres vivos con su entorno. Los problemas de la contaminación representan desde el punto de vista tecnológico y legal una complejidad mayor aunque los problemas de seguridad ocupacional y su trascendencia es mayor. Para implantar sistemas anticontaminantes se necesitan afectar los procesos, materias primas, destino final del producto, desechos, etc. Esto implica cambios en materias, maqui - naria, estrategias de comercialización, etc., y que no son fáciles de lograr y menos implantarlas en un corto plazo. Cuando una empresa, o las mismas personas contaminamos el ambien- te, afectamos aquello que se encuentra más allá de los límites de nuestra responsabilidad inmediata, y por lo tanto ocasionamos un daño a terceros . Por ello las penas son mayores y pueden llegar al cierre de la empresa e incluso a la pérdida de la libertad del responsable legal de la misma. Las sanciones económicas son más fuertes que por otro tipo de infracciones. Para que la supervivencia de las empresas no se vea amenazada, es ne- cesario contemplar, entre otras, las siguient~s normas ecológicas para no con- taminar la atmósfera, el agua y el suelo. 34 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL NORMAS TÉCNICAS ECOLÓGICAS - CONTROL DE RESIDUOS NATURALES (NTE-CRN) NTE-CRN-00 1 / 92 NTE-CRN-002/ 92 NTE-CRN-003/ 92 NTE-CRN-004/ 92 NTE-CRN-005/ 92 NTE-CRN-006/ 92 NTE-CRN-007 / 92 NTE-CRN-008/ 92 NTE-CRN-009/ 92 NTE-CRN-0 1 0/ 92 NTE-CRN-011/ 92 NTE-CRN-0 12/92 Establece las condiciones para la protección y conservación de suelos forestales. Establece las condiciones para el derribo y extracción de productos forestales. Establece las condiciones en materia de caminos forestales y extracción de productos. Establece las condiciones en materia de conservación de la estructura de los ecosistemas forestales y de impactos acumulados por volúmenes no ejercidos . Establece las condiciones para la protección de las áreas sujetas a cortes de regeneración. Establece las condiciones del plan de cortes que excluye especies foresta les catalogadas como raras, amenazadas y en peligro de extinción. Establece las condiciones para operar campamentos de aprovechamiento forestal. Establece condiciones para el cambio de uso del suelo en terrenos forestales . Establece condiciones para el cambio de uso del suelo de terrenos forestales por agropecuarios . Establece condiciones para el cambio de uso de suelo de terrenos forestales por pecuarios. Establece condiciones para el cambio de uso del suelo de terrenos forestales por agrícolas . Establece las condiciones para el saneamiento forestal de árboles afectados por escarabajos descorteza dores. LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 35 NORMAS TÉCNICAS ECOLÓGICAS - CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LA ATMÓSFERA (NTE-CCAT) NOM- PA-CCAT -001 /93 NOM- PA-CCAT -002/93 NOM- PA-CCAT -005/93 NOM-CCAT -007/93 NOM-CCAT -008/93 NOM-PA-CCAT -006/93 NOM-PA-CCAT -009/93 NOM-PA-CCAT -015/93 Establece los niveles máximos de emisión de bióxido y trióxido de azufre por las plantas productoras de ácido sulfúrico. Establece límites permisibles de emisión de partículas sólidas por la fabricación de cemento. Establece límites permisibles de emisión de partículas de monóxido de carbono y bióxido de azufre, provenientes del proceso de combustión de diese!. Establece los límites permisibles de emisión de partículas de monóxido de carbono, bióxido de azufre y óxidos de nitrógeno que provienen de la combustión de combustóleo. Establece los niveles máximos de emisión de partículas de monóxido de carbono, bióxido de azufre y óxidos de nitrógeno, por combustión de gas natural. Establece los límites máximos permisibles de emisiónde partículas sólidas provenientes de fuentes fijas. Establece niveles permisibles de emisión de bióxido de azufre, neblinas de trióxido de azufre y ácido sulfúrico. Establece límites máximos al 2% de azufre en el combustible líquido que se consume por la industria en la zona metropolitana del valle de México. 36 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL NORMAS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS NOM-PA-CCA-00 1 /93 NOM-PA-CCA-002/93 NOM-PA-CCA-003/93 NOM-PA-CCA-004/93 NOM-PA-CCA-005/93 NOM-PA-CCA-006/93 NOM-PA-CCA-007 /93 Establece límites permisibles y procedimientos para la determinación de contaminantes en descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por controles termoeléctricos. Establece límites máximos y procedimientos para la determinación de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias productoras de azúcar de caña. Establece límites máximos y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de refinación de petróleo crudo y sus derivados. Establece límites permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de fabricación de fertilizantes. Establece límites máximos y procedimientos para determinar los contaminantes en descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de productos plásticos y polímeros sintéticos. Establece niveles permisibles y procedimientos para la determinación de contaminantes en la descarga de aguas residuales provenientes de la industria de fabricación de harinas en cuerpos de agua. Establece límites permisibles y procedimientos para determinar los contaminantes en la descarga de aguas residuales en cuerpos de agua provenientes de la industria cervecera y la malta. lEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 37 NOM-PA-CCA-008/93 NOM-PA-CCA-009 /93 NOM-PA-CCA-010 y 011/93 NOM-PA-CCA-012/93 NOM-PA-CCA-0 1 3/93 NOM-PA-CCA-0 14/93 NOM-PA-CCA-0 15/93 NOM-PA-CCA-0 16/93 Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de fabricación de asbesto de construcción. Establece límites permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias elaboradoras de leche y sus derivados. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias manufactureras de vidrio plano, prensado y soplado. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de fabricación de caucho sintético, llantas y cámaras. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias del hierro y acero. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por empresas de la industria textil. Establece límites permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de celulosa y papel. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de bebidas gaseosas. 38 NOM-PA-CCA-0 17/93 NOM-PA-CCA-0 18/93 NOM-PA-CCA-0 19/93 NOM-PA-CCA-020/93 NOM-PA-CCA-021 /93 NOM-PA-CCA-022/93 NOM-PA-CCA-023/93 NOM-PA-CCA-024 y 025/93 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas res iduales en cuerpos de agua, por industrias de acabados metálicos. Establece niveles perm isibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de laminación, extrusión y estiraje de cobre y sus aleaciones. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de impregnación de productos de aserradero. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de asbestos, textiles, materiales de fricción y selladores. Establece niveles permis ibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de curtido y acabado de pieles. Establece niveles perm isibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de matanza de animales y empacado de vísceras. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias de conservas alimenticias. Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por industrias elaboradoras de papel (celulosa virgen y reciclada) . NOM-PA-CCA-026/93 LEGISLACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 39 Establece niveles permisibles y procedimientos para determinar contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua, por restaurantes u hoteles. Al analizar las leyes, reglamentos y normas que rigen actualmente a las empresas para su supervivencia en nuestro país, en la figura 3 se muestran los niveles de desarrollo que debe seguir una organización en la actualidad (mo- delo desarrollado por el lng. Ángel Cervantes Guerrero). NIVEL 1 Satisfacer necesidades b6sicas Cubrir los requisitos administrativos y operativos de lo legislación mexicano l NIVEL 2 Alcanzar la seguridad jurídica Desarrollar la infraestructura necesaria para mantener y actualizar los aspectos legislativos, administrativos u operativos l NIVEL 3 Mantener el status Crear modelas propios y adaptar modelos internacionales ! NIVEL 4 Autorrealización Integrarse al modelo de calidad total y excelencia, mantener la imagen de la empresa, otorgar servicios al exterior, servir de ejemplo nacional e internacional Figura 3. Niveles de supervivencia en seguridad, higiene y control ambiental de las empresas 40 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL INSTITUCIONES Y ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES México 1 nternaciona les • Secretaría de Salubridad y Asistencia • Secretaría del Trabajo y Previsión Socia l • Instituto Mexicano del Seguro Social • Asociación Mexicana de Higiene y Seguridad, A. C. • Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) • Delegaciones estatales de cada una de las secreta- rías • Universidad Nacional Autónoma de México • Centro Panamericano de Ecología y Salud • Universidades estatales e instituciones tecnológicas • Dirección de Protección Civil (Secretaría de Gober- nación) • Direcciones estatales y municipales de protección civil • Oficina Internacional del Trabajo (Ginebra, Suiza) • Organización Mundial de la Salud (Ginebra, Suiza) • Asociación Internacional de Seguridad Social (México, D.F.) • Oficina Sanitaria Panamericana • Organización de la Salud Pública dependiente de la ONU y de la UNESCO • Occupational Safery and Health Administration (osHA) EUA • National Fire Protection Association (NFPA) EUA • Consejo Nacional de Seguridad (EUA) • Consejo Interamericano de Seguridad (ciAS) EUA • lnternational Atomic Energy Agency (Austria) ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL En esta unidad analizaremos los diferentes tipos de accidentes, las causas que los provocan, así como el grado de daño o lesión,sus consecuencias y costos que se originan. A través de entrenamiento, campañas, videos y equipo de protección requerido según las actividades, se disminuirán en gran medida los accidentes dentro de la empresa . Para poder tomar decisiones inherentes a la seguridad industrial, es nece- sario analizar las actividades que puedan ser causa de accidentes y que se puedan eliminar con un mantenimiento adecuado y señalamientos precisos en las áreas de mayor riesgo. Provocando con ello un lugar seguro para el trabajador. CADENA DEL ACCIDENTE Accidente. Es el suceso eventual, inesperado, no deseado y generalmente des- agradable que interrumpe el dclo normal de un proceso de producción. La situación de peligro potencial engendra ocultamente la posibilidad de un accidente, el cual puede desencadenar otros o producir uno. El accidente puede producir lesiones y daños. Daño. Es el perjuicio ocasionado a los recursos físicos del proceso de fabrica- ción (materiales, maquinaria, herramientas, etcétera). Lesión. Es el perjuicio ocasionado a los recursos humanos (integridad física de los trabajadores). Causas de los accidentes Las consecuencias de los accidentes son importantes, pero sólo se pueden eliminar si conocemos las causas. Es básico buscar los hechos y no las conse- 41 42 HIGIENE Y SEGU RI DAD INDUSTRIAL cuencias . Es decir, hay que analizar cuidadosamente todos los accidentes y no únicamente tener en cuenta los resultados de los mismos, éstos se dividen en : 1. Causas directas o próximas. Dependen del ambiente de trabajo o donde se realizó el accidente y de las condiciones biológicas intrínsecas del pro- pio accidentado y son: a) Condiciones inseguras: Se refieren al mal estado o inadecuada situación del material, del equipo, de las instalaciones o edificios. • Mal estado de las máquinas. • Máquinas sin guardas. • Mecanismos de transmisión sin protección . • Equipo en malas condiciones. • Falta de orden y limpieza . • Condiciones de almacenamiento y distribución . • Herramientas. b) Actos inseguros: Llamados también prácticas peligrosas o inseguras y son las diversas formas de actuar de las personas que pueden ocasionar un accidente o incendio. • Falta de concientización respecto a la peligrosidad del trabajo . • Incumplimiento de las disposiciones sobre seguridad: por dar demasia- da importancia al respeto humano, o por negligencia. • Factores de tipo temperamental y psicológico como : Fa lso orgullo, amor propio, o dinamismo excesivo. • Costumbre y malos hábitos adquiridos en el entorno y que son muy difíciles de cambiar. • Defectos físicos. • Fatiga. 2. Causas remotas o indirectas. Son imposibles de predecir o determinar. Para que se produzca un accidente es necesario que actúe una serie defacto- res conocidos como cadena del accidente, la cual representa la secuencia del accidente desde sus causas remotas hasta sus efectos: CAUSAS REMOTAS ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL -+ CAUSAS PRÓXIMAS = ACCIDENTE-+ LESIÓN O DAÑO Figura 4 . Cadena del accidente Clasificación de los accidentes 43 Es la forma de contacto de la persona lesionada con un objeto, sustancia, exposición o movimiento que causen inmediatamente la lesión. • Golpe contra . • Golpe por. • Atrapado o cogido por en o entre algo. • Caída. • Sobreesfuerzo. • Contacto con temperatura externa. • Inhalación o absorción que produce asfixia o envenenamiento. Consecuencias de los accidentes Todo incidente o accidente trae como consecuencia una serie de repercusio- nes que se agrupan en tres aspectos: 1) Aspecto humano: Se considera la lesión que sufre el obrero, su incapaci- dad para trabajar y, si es muy grave el accidente, la muerte, cuyo costo es del reemplazo, tiempo perdido en preparar, la desmoralización propicia- da en el grupo, etcétera . 2) Aspecto económico: Se me'lcionan todos los gastos del trabajador y la dis- minución de su poder adquisitivo, costos para la empresa, cubiertos por la paga al trabajador, la prima de Seguro Social, más costos indirectos. 3) Aspecto social: Es la consecuencia de los dos puntos anteriores. En el ámbito familiar perjuicios económicos y morales. A nivel empresa, pérdida económica, de personal y de imagen . En el ámbito de sociedad, costo adicional para hacer frente al apoyo de las víctimas a través de asistencias, hospitales, etcétera. 44 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Incapacidades En la mayoría de los casos el accidente no es previsible pero sí prevenible y puede ser leve o grave, es decir, qué tan imposibilitado queda el personal para desempeñar su trabajo : a) Incapacidad temporal: Imposibilidad de trabajar durante un periodo limita- do y que al terminar, deja al lesionado tan apto como antes del accidente. b) Incapacidad parcial permanente: Imposibilidad parcial del cuerpo de un sujeto para efectuar un trabajo y que permanece prácticamente durante toda la vida del lesionado. e) Incapacidad total permanente: Incapacidad plena o de funciones de un lesionado, que permanecen durante toda la vida. d) Muerte: El grado extremo de los accidentes. Costos de los accidentes Están constituidos por elementos como los siguientes: • Tiempo perdido por el trabajador lesionado. • Costo del tiempo perdido por otros trabajadores. • Costo perdido por los supervisores y otros jefes. • Costos del tiempo empleado en proporcionar los primeros auxilios al trabajador. • Costos del daño que el accidente haya producido en la maquinaria, materias primas, herramientas, etcétera. • Costos por la paralización de la producción. • Costo por la disminución del ritmo normal de trabajo producido en otros trabajadores que presenciaron el accidente. PREVENCIÓN DE ACCIDENTE Definidos los riesgos existentes en una planta o empresa y la manera de prote- gerse de ellos, es necesario darlos a conocer a los que van a estar expuestos. El entrenamiento para la prevención de accidentes debe señalar como criterios básicos que la disminución de ellos tiene que ser consecuencia del esfuerzo de todas y cada una de las person.as, y supone dos fases: EsTUDIO Y ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL 45 l. El obrero debe aprender a comportarse y efectuar su trabajo de un modo seguro. 2. Debe ser estimulado a poner en práctica sus conocimientos. Capacitación Para prevenir los accidentes es necesario capacitar al personal que labora en la empresa, destinada a prever los peligros durante el trabajo. Es necesario que el individuo sea instruido y formado para llevar a cabo una tarea o traba- jo adecuadamente con profesionalismo, para que no se presenten accidentes y cuando se den sepa cómo actuar. Adiestramiento Conforme fue ganando terreno la opinión de que en materia de accidentes lo mejor es prevenirlos, cada vez más las personas y las industrias entendieron que el adiestramiento en la promoción de seguridad debe iniciarse en la vida misma del individuo (infancia, escuela, universidad y empresa), donde ad- quieran las habilidades y destrezas para desempeñarse adecuadamente en una tarea o labor. Campañas Las campañas son de mucha utilidad para las organizaciones, porque concientizan al personal para prevenir los accidentes; deben ser constantes en las empresas y deben promover la aportación de ideas sobre seguridad de parte del trabajador, ya que ellos están en contacto directo con los casos. Las campañas pueden ser a través de charlas, conferencias y propaganda, inclu- yendo concursos sobre seguridad . Promoción La seguridad inicia en la cumbre de la empresa y de ésta se extiende a todo el resto. En la empresa todos deben saber que el patrón no sólo se interesa en la marcha de la producción, en la calidad y cantidad, en impedir desperdicios 46 H IGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL de materia prima y de energía y en la buena conservación de las máquinas y herramientas, sino también en la seguridad. Es fundamental que la dirección considereal programa de seguridad, parte del plan general de la empresa y que le preste la misma atención que el programa de control de calidad. a) Papel del asesor o encargado de seguridad: La dirección lo emplea, por lo tanto comparte las responsabilidades de promover la prevención de los accidentes y debe ser capaz de aconsejarlo en todos los asuntos relacio- nados con la seguridad e higiene del trabajo. b) Comités de seguridad: Los comités se forman para fomentar la seguridad mediante la colaboración entre el empleador y los trabajadores, a través de ellas se exponen las políticas de seguridad . e) Análisis de la seguridad del traba¡ador: Mediante el análisis se puede distinguir cada operación de cua lquier tarea, indicar los peligros inheren- tes a la misma y seña lar lo que se debe hacer. d) Instrucciones de seguridad: Se considera otra medida para evitar acciden- tes dentro de la empresa, éstas pueden ser instrucciones de seguridad en la manipulación de materiales, manejo de máquinas y otras operaciones similares. e) Disciplina: El patrón es responsable del medio ambiente en que actúa el traba jador y de la forma en que el trabajo se lleva a cabo en la empresa. En ocasiones el trabajador no observa las reglas de seguridad o no hace uso de los dispositivos de protección puestos a su disposición porque cree que estas reglas o dispositivos no hacen fa lta . Es necesario hacer respetar la disciplina en todo lugar de trabajo, y si el trabajador al actuar de esta manera crea un peligro para sí mismo o sus compañeros, no hay más remedio que tomar medidas disciplinarias. f) Nuevos traba¡adores: Al incorporarse trabajadores nuevos a la empresa, hay que hacerles conocer el nuevo medio en que se desempeñarán en el futuro y exp licarles qué se espera de ellos. Debido a que las estadísticas revelan un número elevado de accidentes entre los nuevos trabajadores porque no se les instruye y forma como debe de ser. Es necesario hacerles hincapié de que si sufren un accidente, se atenderán inmediatamente por el personal de primeros auxi lios. ESTUDIO Y ANÁLISIS DE lA SEGURIDAD INDUSTRIAL 47 Carteles Existe todo tipo de carteles de seguridad y cada uno ayuda a su modo a promoverla . Algunos son humorísticos, otros horripilantes, otros dan consejos de orden general, otros aun demuestran el peligro que entraña una determinada opera- ción, etc., pueden usarse carteles para aconsejar el abandono de malos hábi- tos, para ilustrar las ventajas de trabajar en condiciones de seguridad o para proporcionar información detallada, consejos o instrucciones sobre asuntos es- pecíficos. Algunos carteles estimulan al trabajador apelando a su orgullo, amor propio, efectos, curiosidad o sentido del humor. Existen dos tipos de carteles: a) Cartel positivo: ilustra las ventajas de la prudencia, puede convenir en los momentos en que los trabajadores están preocupados por alguna razón (quizá por conflictos familiares) y su atención se aparta del trabajo. b) Cartel negativo: describe las consecuencias de la imprudencia. Se aplica cuando los trabajadores no se dan cuenta de los peligros a que están ex- puestos, de tal forma que se les muestran los riesgos en forma realista, y que para obtener resultados, se necesita causarles impresiones más profun- das que las que logran los carteles positivos. Algunas personas recomien- dan carteles con fotografía, otros prefieren dibujos; porque la fotografía muestra sucesos reales e ilustra situaciones existentes en la empresa. Videos Un cartel puede dar una sola impresión acerca de un riesgo . Una película cinematográfica, en cambio, narra toda la historia de un accidente, mostran- do el medio circundante, la forma en que surgió la situación peligrosa, cómo sucedió el accidente, cuáles fueron sus consecuencias y cómo podría haberse prevenido. Las películas hechas especialmente con fines educativos son más valiosas que las de propaganda general ; sobre todo si sirven para explicar nuevos dispositivos de trabajos de seguridad o para demostrar nuevos méto- dos de trabajo. EQUIPOS DE PROTECCIÓN Es la forma de contar con las medidas apropiadas de trabajo, que eviten accidentes al trabajador; teniendo la empresa las instalaciones idóneas, la 48 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL maquinaria y equipo ubicado o distribuido adecuadamente con sus respecti- vas protecciones, el personal con las características que requiere la actividad para que valore su función, su vida y la de los demás, respetando el regla- mento de higiene y seguridad industrial. Equipo de protección personal Es el conjunto de dispositivos destinados a proteger las diferentes partes del cuerpo contra posibles lesiones: a) Protección de la cabeza (cascos de seguridad de 14 onzas) . b) Protección de ojos y cara (anteojos, caretas, máscaras para soldar). e) Protección de las vías respiratorias (respiradores, máscaras) . d) Protección contra ruidos (tapones de hule, orejeras) . e) Protección de manos, pies y piernas (zapatos de seguridad, botas de hule, polainas, guantes) . f) Ropa protectora (cuero, asbesto, lona, plomo) . Instalaciones Cuando se preparen planos para construir una nueva fábrica, o para modifi- car una existente, deberán tomarse en cuenta muchos factores que influyen en la seguridad y por ende en la producción, tales como emplazamiento, instala- ciones para manipular y almacenar materiales y equipo, pisos, iluminación, calefacción, ventilación, ascensores, calderas, recipientes bajo presión, insta- laciones eléctricas, maquinaria, servicios de conservación y reparación, y ser- vicio contra incendios. Se deben tener presentes las consideraciones de seguridad en el momen- to preciso de preparar los planos y no después de construir la fábrica . Cuesta mucho menos modificar un plano que un edificio. Una vez puesta en marcha una fábrica, la planificación sigue siendo in- dispensable en distintos momentos para alcanzar el nivel más elevado de seguridad y de eficiencia. ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL 49 Protección en maquinaria y equipo La maquinaria se clasifica en varias categorías como son : motores, transmi- siones, máquinas-herramientas, etc. Dentro de cada una de éstas, hay una enorme diversidad y además los riesgos varían con el tipo de máquina, la función que cumple y la forma de su movimiento mecánico, por lo que es imposible aquí determinar la protección de la maquinaria. Aun el resguardo de una sola máquina es complicado si tiene correas, engranes y diferentes herramientas. Un resguardo adecuado puede no sólo proporcionar la debida protec- ción, sino al propio humano mejorar en calidad y cantidad el trabajo realiza - do con la máquina. Por ello cualquier tentativa encaminada a prevenir los peligros que tiene dicha máquina requiere el conocimiento adecuado de los factores técnicos en juego, y en ocasiones antes de proceder al diseño de un resguardo, debe encontrarse un método eficiente de trabajo. En mayo de 1944 la American Standards Association desarrolló un pa- trón de colores de seguridad para el tiempo de guerra. El 15 de julio de 1945 fue aprobado y en 1953 se le llamó "Patrón americano para colores de seg u- ridad para marcar cualquier peligro físico y para la identificación de ciertos equipos." Rojo. Empleado en la prevención de incendios y simbolizado por un cuad ra- do, se emplea en depósitos de líquidos inflamables, botones de enchufes eléc- tricos, en todas las señales de peligro de incendio y en los medios de combatir los mismos. Anaranjado. Señala alerta y se simboliza por un triángulo. Designa las partes peligrosas de la maquinaria o cualquier parte de un equipo que pueda cortar, aplastar, golpear o lesionar puertas abiertas o cuando cualquier tipo de pro- tección o guarda ha sido quitado. Amarillo. Significa precaución o designa peligro o riesgos físicos como: gol- pearse contra algo, tropezar, caerse, etc. (equipo de construcción, grúas o aparejo de polea a baja altura,equipo para transportar materiales, pilares, columnas o postes contra los que se puede chocar, plataformas de carga y sus vías de acceso). 50 HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Verde. Su símbolo es una cruz y significa seguridad y lugar de colocación de equipos de primeros auxi lios. Su empleo debe ser moderado. Azul. Su símbolo es un disco y es un color básico de precaución, su empleo se limita a: arranque de maquinaria o equipo, uso o traslado del mismo cuando se trabaja con elevadores, escaleras, andamios, calderas, etcétera. Morado. Su símbolo es una elipse púrpura sobre fondo amarillo y significa peligros o riesgos de radiación. Blanco. El blanco, el negro, o su combinación son colores básicos para las marcas o señales de tráfico y manejo de depósitos, almacenes y zonas de desechos. Referente a protección de fluidos se utilizan los siguientes colores: • Rojo: vapores • Verde: agua • Azul: aire • Amarillo: gas • Naranja: óxidos • Lila: lejías • Pardo: aceite • Negro: alquitrán • Gris: vacío • Bandas blancas sobre rojo : vapor recalentado • Bandas verdes sobre rojo: vapor de escape Cuando los colores son empleados adecuadamente: • Disminuyen la fatiga visual. • Mejoran el estado de ánimo del trabajador. • Reducen el índice de accidentes. Cuando los colores tienen un mal contraste o están mal combinados: • Producen fatiga. • Reducen la eficiencia del trabajador. ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL 51 Motivación a los trabaiadores para el uso de protección personal Es indiscutible que lo mejor manera de prevenir los accidentes es eliminar los riesgos o controlarlos lo más cerca posible de su fuente de origen . Cua ndo esto no es factible, puede ser necesario facilitar al trabajador algún tipo de ropa protectora u otro equipo de protección personal. El equipo de protección personal se debe considerar como un último re- curso, porque frecuentemente es molesto llevarlo puesto, debido a que limita la libertad de movimientos del trabajador; por ello no es sorpresa que a veces éste no lo utilice. Es necesario convencer al obrero de que el objeto del equ ipo es impedir que el cuerpo haga contacto con riesgos externos, al mismo tiempo impide también que el calor y la humedad del cuerpo escapen, con la conse- cuencia de que la alta temperatura y el sudor incomoden al trabajador, que se fatiga más fácilmente . Hay que tener presente que el hecho de pedirle a un trabajador que use el equipo de protección personal, constituye una admisión de que existe un riesgo que no es posible prevenir de mejor manera, y que por lo tanto es preocupación constante de la empresa eliminar riesgos que pongan en peli - gro la salud y seguridad del individuo, porque lo más importante es el respeto al ser humano. MANEJO DE MATERIALES Los accidentes de trabajo que se producen en la industria corresponden más o menos a un 25% y se relacionan con el manejo de materiales, debiéndose a: • Forma incorrecta de levantar. • Transporte y almacenamiento de materiales de manera incorrecta . Levantando una carga se pueden producir lesiones por levantamiento in correcto, cargas demasiado pesadas, sujeción incorrecta, sobreesfuerzo pe alcanzar un objeto, falta de equipo protector. Los pasos para evitarlo son : l. Calcular las cargas. 2 . Apoyar firmemente los pies. 3. Situar los pies junto al objeto. 52 HiGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 4 . Inclinarse junto a la carga con los pies flexionados. 5 . Mantener la .espalda bien recta . 6. Sujetar el objeto firmemente con ambas manos. 7. Levantarse despacio enderezando las piernas y al mismo tiempo ba- lanceando la espalda a una posición vertical. Almacenamiento Los materiales son almacenados fuera de los pasillos o áreas de tránsito por- que: • Tienen que estar cerca del lugar de uso. • Deben permitir el fácil acceso a otros materiales. • La vibración de las máquinas no las deben derrumbar. • Nunca se deben pegar a la pared . • Las estibas no deben tener más de 2.15 m de altura si no se tienen medios mecánicos. Transporte Cuando se transporten objetos se deben atender las siguientes instrucciones: • El objeto debe ir pegado al cuerpo. • No debe impedir la visión. • No debe obstaculizar al caminar. Cuando se transporten materiales se deben contemplar los siguientes puntos: • Los objetos largos (vigas, tubos, etc.) : al transportarlos una persona, el extremo delantero se levanta sobre el hombro; cuando lo transportan dos personas se lleva sobre el mismo hombro. • Planchas: se transportan por dos personas, la mano izquierda sopor- tando el peso y la mano derecha sujetando el borde superior. • Transporte en carretillas: ocasionan accidentes por estar sobrecarga- das, mal cargadas y en mal estado. ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL 53 MANTENIMIENTO EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS DE TRABAJO Definidos los riesgos existentes en una planta o empresa y la manera de protegerse de ellos será necesario darlos a conocer a los que van a estar expuestos. Revisión de instalaciones, maquinaria, equipo y herramientas La seguridad es un elemento básico en toda organización por su incidencia directa sobre la productividad del individuo y de la tarea (implicando en ellos lógicamente las máquinas); evita accidentes, pérdida de tiempo, material y equipo. La falta de seguridad se produce por actos inseguros o por condiciones inseguras, la falta de mantenimiento se debe a una mala planeación de ta- reas, por lo anterior se requiere: a) Mantener orden y limpieza en todo lo fábrica . • Objetos y materiales diseminados en el piso. • Equipo fuera de lugar (carretillas, escaleras, extinguidores, etc.) • Mal apilamiento. • Sistema deficiente de eliminación de desechos, se manifiesta por falta de recipientes para desperdicios y desechos. • Paredes, ventanas y lámparas sucias. • Riesgos de incendios. • Peligro de clavos que sobresalen . • Almacenamiento adecuado de las herramientas. • Inspecciones periódicas de maquinaria, equipo y herramientas. • Limpieza y lubricación de maquinaria, equipo y herramienta. • Reemplazo oportuno. ANÁLISIS DE LAS CAUSAS DE LOS ACCIDENTES La formulación de estadísticas sobre accidentes, con el fin de analizar sus cau- sas, ver cuáles son los que ocurren con mayor frecuencia y prever las acciones correctivas de mayor eficacia, son uno de los medios más fecundos en la fun- ción de seguridad industrial. 54 H IGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Métodos de investigación del accidente La investigación de accidentes ayuda para que un programa de prevención de los mismos sea efectivo, porque permite establecer causas y determina medi- das correctivas para evitar su repetición. La investigación debe realizarse lo más pronto posible para obtener datos reales. Si transcurre el tiempo puede deformarse la información . Al real izar la investigación se deben tomar en cuenta los siguientes pasos: • In iciar la investigación lo más rápido posible. • Analizar el caso buscando causas, no culpables. • Interrogar a los testigos del accidente para obtener la mayor informa- ción posible. • Solicitar ayuda cuando se necesite (experto en el área de ingeniería o seguridad industrial) . • Utilizar la información obtenida para determinar la causa real del ac- cidente. • Efectuar las medidas que se consideren pertinentes para evitar la repe- tición del accidente. ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA HIGIENE INDUSTRIAL La salud es el equilibrio que debe existir entre el hombre, su medio ambiente y los agentes existentes en él, y no sólo se define como la ausencia de enfermeda- des sino como el más completo estado de bienestar físico, psíquico y social. Por lo anterior, es necesario conocer lo referente a los agentes contaminan- tes derivados del progreso de trabajo, de las condiciones en que se realizan las actividades y del medio ambiente en que laboran los trabajadores, entendién- dose por "agente" un ente que
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