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AfíO I-*—]* EPÜOA. M Í X I C Ü , NoVígMBBK 23 Í)S 1 TOMO I .— NtíM. 15 PERIÓDICO JUUIÜXCO La liuerfcwt -le irap.ent* na tiene límites. <jtití oí rasposo á ** * W» privad», [»moral y á U paz púb* ca. (Art. 7.* lCtUüfón) Cuando la ItepftbHcat pronuncio tu va* •obciana, será forzoio «ometene ó di- mitir. GAMBETTA, DIRECTORES; Cíe Jesús flores Jtfagón.—£ic.Jíntomo j{orcasifas. %f carde flores Jífagón, Oficinas: Centro Mercantil, 3er. piso, núni. 20. (México, D. F.) Teléfono 264. jTdministrador: Ricardo flores Jtfagón, on práctica sus sordas maquinaciones, con la certidumbre de una impunidad osean- dalosa: su defensor los salvará, les servirá do cómplice ó de encubridor,oponiendo su sabor entro ellos y la justicia, como una muralla en la que so hará pedazos la vin- LOS DEFENSORES CLOWNS. CONDICIONES. HEEGEKERACIÓNH i»1e los ílíflm 7, 15, 23 y último de c»r!» me> y (w predo» de aub«crlpo!ón »«n; Para ía Capital, trimestre adelantado fc 150 l'ara ío« Estado», * id. Já-. . . . . . . . ,,2.00 P«a el Ex ¿ranjero» id, id en ovo - . . . . .*. . . ,» 2.00 Kdmcros sueltos 16 ctv», Número* atracados. 25 ctv«. Se os tenderá aceptada la subscripción, en caso de que no se de- vuelva el periódico y se gir&rl |*or e! importe de un trimestre A lot asantnrteleaabomtó el 15 por ciento. I DcfcnSOrOS (le 8Sa t$K»OC!e, ( l o s a c r o d i U l l No sa devuelven origina1»»» . , ParaIrsanuacíoaenelpawóJico,i»ídan f̂carif<is. j a l gromiO, porqilO h a c d l perder Ú la inst l- tución todas'sus simpatías; porqun apar- tándose do su misión clorada y Iionrosa, descienden al terreno dol crimen para con- vertir al estupro vergonzoso, al robo cíni- co y al ase&malo ]>roditorio en otras tan i as En México se dan casos do complicidad virtudes do sus monguadoK clientes. Para Intro los reos y sus defensores. El reo y el osos hombres, ol crimen esta justificado, Defensor forman entonces una sociedad te- tiene razón de sor, tratando de provocador hobrosa. El roo asesina, roba, estupra; el ó pendenciero al asesinado, de bobalicón ó defensor lo escuda con su saber y o&ta de idiota al robado y de liviana ó sensual pronto á demostrar, sin escrúpulos, que su á la estuprada. ; (¡liento no asesinó, ni robó, ni estupró, que La defensa tiene una alta misión. La de- «i deíbnso (por criminal quo sea) os un fensa tione quo demostrar, cuando ol reo miembro útil para la sociedad y tiene de- jos inocente, que ostd limpio de toda man- cha; tiene que demostrar, cuando baya cir- Talos defensores son,-]>or fortuna, osca-lcuiistamMas ainnuantcs, en qu» coiibisten pero existen para vergüenza del foro ésta*; tieno (pío contrabalancear los instin- ftacional. Abogado.s de las malas causas y tos apasionados y brutales do un Juez par- le turbios negocios, dislocan la lógica pa~ cíal; tiene que destruir las prevenciones ía desfigurar los hechos, y, sin rubor, c o n - L u e en el ánimo de los jueces haya provo- rierten en culpable al ofendido con tal de \m&0 e\ delito de su defenso, por la enor- ímar unos honorarios, que llevan en sí to- midad del acto; tiene que destruir los pvo- &s las amarguras de la víctima y la mal- juicios, para, que la ley se aplique en su lición social. I justo sentido, en fin, debe procurar la ne- Esos detehsores son una amenaza para renídad del ánimo de los jueces; para quo sociedad en-que viven, En efecto, con el I no juzguen con odio ni con temor. defensor, lo» erímínalM pntdtn poner I P#ro cuando el cU&nsor, dejando el á vivir on olla, 2 REGENERACIÓN. mino recto de la justicia, opta por el tor- tuoso do la chicana; cuando desprendién- dose de la honrosa toga del letrado, opta por ©1 lentejuelado dominó del clown, y en vez de clamar justicia,, trata de aniqui- lar á la víctima vociferando como* histrión de feria, para conturbar el ánimo de los jueces & fuerza de gritos, de tontas protes- tas y de vanos oropeles; cuando no conten- to de abofetear al texto legal, abofetea ru- da y cruelmente á la moral y á las buenas costumbres, comprando á los jueces y tra- ficando con la justicia como con el cuerpo de una prostituta, entonces, el defensor deja de llevar este nombre, que solo ha lle- vado para escándalo de la sociedad, y des- prestigiado, caerá al peso de las censuras de los hombres honrados, para confundirse en el medio canallesco de su tenebrosa clientela. Urge, pues, (no nos referimos á- los defensores honrados) que haya defensores y no cómplices, que haya togados y no fan- toches, que no se ultraje á la justicia ha- ciendo la apología de los delitos, ni se tuerza lamentablemente á la ley para hacer resal- tar la inocencia en un bandido. Fondos de la Nación para las fiestas de la Paz. No teniendo nada práctico que hacer la Secretaría de Justicia, ha dispuesto uni- formar mil quinientos alumnos de Lis es- cuelas públicas, para que hagan evolucio- nes militares en honor del Presidente en las fiestas llamadas de la Paz.' No se aumenta el sueldo á los escribien- tes laboriosos de los Juzgados, qua desem- peñan nn trabajo útil y honrado, porque sé asegura que no hay dinero; pero cuan- do se traba de halagar al Poder, sobra nu- merario para vestidos ridículos, que con disgusto se pondrán los muchachos de las escuelas primarias. En muchas de estas escuelas harán falta útiles indispensables para la enseñanza, y •1 profeiorado morirá de hambrt, en razón de su miserable sueldo, jjero esas circuns- tancias no so toman en cuenta' cuando an- da de por medio el egoísmo. Además, los contribuyentes no pagan los impuestos destinados á instrucción pú- blica y al ramo de justicia, para que dis- trayendo los fondos de su objeto, se invier- tan en fiestas, que si traen provecho á los que las organizan, ningún beneficio recibo la Nación con ellas. Por otra parte, si se trata de" granjearse la voluntad del Presidente, bueno es que se gasten los fondos propios y no los ilel pueblo. democracia y - JJuiocracia. El pueblo, que es el soberano, ó que más bien dicho, entre nosotros debiera ser el soberano, puesto que las--autoridades, en" toda democracia, ema'narrdel pueblo, que es el único que puede nombrarlas, eso mis- mo pueblo, ayer tuerte y viril, ahora se vé sometido por sus mismos servidores. Del papel de amo, que desempeñaba el pueblo, ha pasado al de subalterno de sus autoridades. Este hecho que parecería ini- cuo aun en los pueblos sobre los que pe- san los gobiernos más autoritarios, es on- tre nosotros cosa fácil y hacedera, en vir- tud del mal tino que siempre ha habido para imponer autoridades, ya que éstas no son elegidas por el pueblo. Como una prueba de la soberbia de las autoridades, es decir, de los servidores para con el pueblo, esto es, para con su amo, nos referiremos á la imprudente frase que diri- gió el Gobernador del Distrito é los señores propietarios de coches de alquiler, con mo- tivo de la riltima huelga, que tanto escan- dalizó á la sociedad. Dijo el Gobernador: «Los cocheros y los propietarios que estén de acuerdo con los huelguistas, deben co- menzar por mostrarse SUMISOS y OBE- DIENTES. Después habrá tiempo de co- rregir el estado de cosas,» SUMISIÓN y OBEDIENCIA á una dii- REGENERACIÓN. 3 posición caprichosa, atentoria contra la lis bertaddel trabajo. SUMISIÓN y OBE- DIENCIA se exige del pueblo, cuando las autoridades son las primeras e • no mos- tiar ni SUMISIÓN ní OBEDIENCIA en lo que respecta á los derechos de los ciu- dadanos. Sumisión y obediencia debo reclamar el pueblo (el mandante) á las autoridades (sus mandatarios). Forzoso es que no se con- fundan los derechos y las obligaciones del mandante (el que ordena) con los derechos y obligaciones del mandatario (el que obe- dece la orden). El pueblo es el soberano, la autoridad es BU servidora. El pueblo es el que tiene fa- cultad de reclamar sumisión y obediencia á BU servidora. Es bueno que el Gobernador estudie su papel, y sobre todo, que lo comprenda pa- ra que no vuelva a incurrir en desacatos de lesa democracia. Las democracias necesi- tan servidores y no amos, para no conver- tirse en autocracias. Además, si comprendió el Gobernadorque había de corregirse después el estado de cosas ¿por qué no lo corrigió desde lue- go? Pudieron ocurrir infinidad dé desgra- cias con motivo* de la huelga; pero oso no importaba, después podía corregirse la dis- posición absurda de un Regidor, es deci^ después de que hubiera habido muertos, heridos y se hubiera escandalizado á la so- ciedad. No corrigió inmediatamente la disposi- ción, porque surgió el orgullo, se sobrepu- so el amor propio, y nada se hubiera con- seguido, si los huelguistas no hubieran mostrado resolución al sentirse atacados por la autoridad en sus más rudimentarios derechos. Triste estado social éste en que los go- bernantes imponen sumisión y obediencia. importante. Suplicamos á rjuestros subs- criptores, focales y foráneos, se sirvan indicarnos- los yunteros tfueno hayan recibido,para remi- tírselos. jV quien corresponda En uno de nuestros números pasados hicimos saber que figura como escribiente del Juzgado I o Menor de esta capital un Sr. Pascual Tovar, á quién nadie conoce, porque nunca concune á la oficina á de- sempeñar su cometido. Ahora hemos sabido que ese señor está impleado como mayordomo do carros del Ayuntamiento, y quizá por ese motivo no puede asistir al Juzgado Menor. El Sr. Duque de Estrada, que figura co- mo escribiente del Juzgado 6o Menor, so- o asistió, espoleado por «REGENERA- CIÓN,» unos cuantos días á esa oficina y no se lo ha vuelto á ver más por allí. Bueno es, ya que esos señores no pue- den desempeñar sus empleos como escri- bientes» que se les destituya á fin de nom- brar á otras personas que sean más escru- pulosas para cumplir con su deber. Al menos, que el sueldo que les corres- ponde, y que religiosamente cobran, se aplique & los demás empleados de sus ofi- cinas o.i virtud de desempeñar éstos las labores de aquéllos. "El Buen Tono" y la "Bonsack Machine Company." OBSERVACIONES DE LOS SRES. LÍOS. AGUSTÍN VERDUGO, JOBGB VERA ESTANOL Y MANUEL CALERO Y SIERRA, Á LA EJECUTORIA DE LA SUPREMA COUTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. NOTA VII. El Considerando 5o de la ejecutoria re- procha al señor Magistrado del Segundo Circuito, que no hubioso examinado por su orden, primero, las pretensiones del «Buen Tono,» y en seguida las del señor Butler. Esto supone que la sentencia de apelación debe revibar punto por punto la de prime- ra instancia y siguiendo •! orden de la mi»- UEGENÉBÁCIÓN. nía. Nos explicamos—sin dejar pbr eso de lamentarlo—este nuovo error del señor Magistrado ponento, quien, acostumbrado á las rovisiones quo la Corte hace todos los días de las sentencias pronunciadas por los Jueces de distrito en los juicios (le ampa- ro, creo quo de igual manera es do la sobe- ranía do todo Tribunal- ¡Superior, revisar on todas sus partos las resoluciones del^in- ferior, aun on los puntos no recurridos. Los autores ornen in y el artículo 511 del Código de Procedimientos Federales, man- da expresamente quo la sentencia de vis- ta, debo solamente ocuparse on examinar los agravios alogados; on consociioncia, el señor Magistrado de Circuito, no sólo ñor estaba obligado á pasar sobre la sentencia recurrida y á examinarla punto por jpunto y en ol orden do las par bes "do la misma sontencia, sino que clcbit circunscribirse, como en efecto lo hizo,á examinar los agra- •vios propuestos por ol-apelante y decidir, en vista do ô o examen, si la sontencia re- currida debía ó no revocarse. NOTA vrrr, En el Considerando 6o so haco^al Magis- trado do Circuito el grave ó infundado re- procho do haber desnaturalizado los hechos consignados en autos. Veamos cómo se tra- ta de justificar est'e reproche. Se dice en el párrafo A del Consideran- do, quo por haber declarado la sentencia de segunda instancia que la de primora dio al opositor mas do lo que podía pedir (ó tenía derecho á pedir), falseó los hechos, porque ajuicio del señor Magistrado ponen- to, estuco ol opositor en su perfecto dere- cho para dar á su demanda la extensión que le pluguiese Es la primera voz que ve- íaos, quo cuando un Juez ó Magistrado hace una apreciación legal sobre una cues- tión jurídica, se le impute que ha falseado los hechos, sólo porque tal apreciación no está en consonancia con las miras del supe- rior. Si ol Magistrado c]e Circuito hubiera afirmado quo la sontoncia do primera ins- 'tancia dio al opositor más de lo que.pidió, habría falseado los hechos, porque en los autos so lee que lo que pidió el opositor ut? precisamente lo que le concedió e Juez do primera instancia. Pero el Magis- rado de Circuito afirma que el opositor pi- dió más de lo qué legalmeMe podía ó tenia derecho á pedir, y quo la sontencia de pri- mora instancia concedió al opositor, no más de lo que pidió, sino más de lo que tenia derecho á pedir. En otros términos: el Tri- bunal de Circuito juzga quo la oposición do "El Buen Tono" á todos los sistemas do Butlor, ora ilegal é improcedente, por *o ¡ual,la sentencia do primera instancia, quo accede á todo lo pedido por "El Buen Tono,»debe ser revocada. Entonces, al decla- rar ol Tribunal do Circuito lo quo declaró, emitió una apreciación sobro una cuestión jurídica—la de*si «El Buen Tono» tenía ó no derecho para que se le concediera todo lo quo pidió en su demanda,—opinando do de distinta manera quo el señor Magistra- do ponente; pero ni desconoció, ni desnatu- ral izó los hechos. Otro perióaico denunciado, «El Reproductor Campechano,-» acaba do ser víctima de un atropello. Por un sesudo artículo sobre la deficiente organización de la policía de Campeche, tueron encarcela- dos el Director del semanario, D. Salvador Martínez Alomia y el Colaborador D. Ma- nuel Gutiérrez Zamora. La denuncia la efectuó el Agente del Ministerio Público, reputando ultrajes á funcionarios públicos las apreciaciones he- chas acerca de la inorganizada, torpe y ar- bitraria policía referida. Nuestro colega protesta contra ese aten- tado, protesta que también nosotros levan- tamos con la energía resultante de la exas- peración que produce el torpe manejo de unas autoridades que, en vez de corregir los deíectos que la prensa Tes señala, encar- celan periodistas, confirmando con sus ac- tos la triste situación de esta "cafrería de- mocrática.» Ya haremos conocer los detalles de este escandaloso asunto. REGENEBAGION. 5 Al Sr. Martín "StTPliCAMOS Á ESTE SKROII, FIJE. BU ATENCIÓN EN LA SIGUIENTE CARTA: CÍÓN.*—México falto de un tráuiite o resolución que yo deba ciar. GOÍlZálCZ ObrCHÓíL ^ el Sl< ^artín ftonzúlez Obregón no se presonta Ji mi Juzgado, será la mayor prueba .de .quo el rotalüdo publicado por s,3 es calumnioso, y do que se ha tomado la publicación de Uds., respetable por um- «Toluca, Noviembre 11 ele 1900.—Sres- jehos conceptos, como instrumento de desa* Redactores del periódico «IiECfENEEA-|hogos y venganzas, lanzando, como en otra ocasión, afrentas quo con verdad no mere- ce Muy Señores míos: Icemos* «En el número trece eorrespondiente~al «'Ajn'Oveelio esta oportunidad para ofre- día siete del pre'sente mes, de su poriódi- cerme como su atento auno, y SS,»~FKAX* co, he visto publicado, con el rubro de 1 cisco UBIBE. «QUEJAS» un artículo que se refiere muy especialmente á mí como Juez 1.° Conci- Esperamos quo el Sr.Goiiz.Uoz Obregón liador de esta Municipalidad. á V10 s e r e f i e r e e l Sl% B - francisco Uribe, «Con verdadero escrúpulo, con n i m i o N servirá obsequiar los «lóseos do dichov« i. L" i i i. - i -.funcionario, presoní ¡indos-e al Juzgado 1.° empeño, he-buscado en los inventarios del ~ ,„ , I rf1 . . - , . , « T , , , . . . , Conciliador de Toliica, para indicar al Sr.Juzgado, que es a mi cargo, el juicio a que _ .. , . ' t& i o nr i.' n ¿i /̂ t. Juez el asunto de orto so traía-. se refiere el br. Martín González Obre- «. . , >. . .. , M..-, , Por nuestra parte, diremos muí, si on gón. quien suscribe el remitido* a que me •, & v u I- , i ^ i& r t J 1 . , . , . , x en dennitiva resulta <or una falsedad lo refiero, y no existe juicio alguno en que , dicho señor haya intervenido, como actor i-, .,. 1 -, m i n ** Conciliador de lomease refiere, y que no ócomd reo. existe el Sr. Martín González Obregón y cMe he informado también con varias , . u > i. , . , . , . x , _^ ' I si alguna persona que se oculto tras esepersonas, de distintas clases sociales, y el *?* * * -T • i r *J * i, ~r ' ^ ,. ^ . , ; J seudónimo para calumniar al referido fun- Sr. Martin González Obregón, es pérsoH . . , T > n , n -, . ,,. cionario, seria muy duro nuestro reprochena enteramente desconocida en esta (jiu- i i TT , , WK- , . - para la persona que ha sorprendido núes- dad; Hechos que me autorizan suponer, que J , n, ' \ ^ * í, , 3 Z , . tra buena fe asentando hechos falsos,se trata de alguno de esos enemigos gra- ^ , v •, A ! a° _ .• « Esperamos también nosotros, quo el Si\. tutos, que por desgracia no faltan á un I M a r f c f n amz&lez Qh ón> gi o g e x i g t e > funcionario pubhco, que.Tahéndfi» de la L ^ k . c a b a l l e r o s i d a d de presentarse suposición de nombre, de lax mentira v la , « TT -u ' * o « T, , ' „ /- , * J al Sr. uribe, ya este befior suplicamos se diatriba, lanzan un insulto para vanaglo- . -- . * t i n , \ T 1 _ i " * » u sirva coraumcai'nos lo que en lo futuro narse en las dulzuras de su ruin vengan- *& acontezca. la carta a que el tírr Juez; 1.° HM «Anhelo,y si á Uds.les os dable^les supli-j TT\T TITTT^DT A 17Tr)TT co, se presente él que se dice ó es Mar-1 . LJ 1\ i Uií/IDL'U V l lv l l /» tín Gronzález Obregón á mi Juzgado, y me indique el juicio de que se trata, pues sil La prensa jalisciense nos anuncia que en bien hay en mi referido Juzgado algunos Lagos, en las últimas elocciones municipa- ó juicios pendientes de promo- les, triunfó la candidatura del pueblo, de- eión, por parte de los litigantes, quienes ixbtando á la oficial, tienen su derecho expedito para promover Eso han hecho los laguenses, y en cam- á k hora que quieran, a mí mo es prohibí- bio, nosotros jamás liemos tenido ese rasgó do por la le'y, exigirles ó estrecharles á do civismo. Aquí, so impone al ptfeblo el que sigan ün juicio, que tal vez ya no les Ayuntamiento forjado en el laboratorio conviene 6 no quieren seguir, y en, ese caso, oficial. Antes de la elección, circulan las ellos son los culpables, no yo que cumplo listas oficiales que norman dichas eleccio- con la ley, pues repito, no hay ninguno | nes. Pe ahí surgen los Pérez Ctálvezylof BEOENEBACION. Icaza, almacigos de amparos de garantías. De ahí, las huelgas de los cocheros y la sumisión y obediencia paternalmente acon- sejados por el Gobernador del Distrito. Reciban los laguenses nuestras cordiales felicitaciones. Corruptelas Siüaloenses. Concordia, Sin. Octubre 31 de 19Q0.— Cuando la violación & la ley parte de los mismos Jueces encargados de aplicarla con exactitud, y cuando es una preciosa garantía para el hombre, el que lds Tribu- nales estarán prontos para administrar cumplida justicia; es irritante encontrar funcionarios, quo á desx>echo de toda cen- sura, se afanen en proceder contra las dis- posiciones claras y terminantes del legis- lador. - * Dos anos hace que este Juzgado de 1* Instancia está á cargo del Lie. Eduardo Azpeitia Palomar, los mismos que han bastado para introducir prácticas viciosas, con perjuicio de la marcha regular de la justicia. Ejemplos: En el procedimiento penal, la ley relati- va» dispone que el Juez estará acompañado, en todas las diligencias que practique, de su Secretario, si lo turiere, 6 de dos testi- gos de asistencia, que darán fé de todo lo que en aquellas pase. En este Juzgado, muy rarísima vez ha- brá tenido acatamiento tal precepto, pues «e aconstumbra hacer lo siguiente: como el Juez ha sistemado despachar solamente de 9 á 1*2 del día, en este tiempo, recibe per- sonalmente, no siempre, á los procesados y aín que esté acompañado del Secretario, (que lo tiene el Juzgado,) practica la dili- gencia, sirviéndose de mrmeritorio, como escribiente, ó de un Señor Martínez, que en dicho despacho se halla extinguiendo una condesa de varios años. Como por la tarde dicho Juez duerm todos los días una larga siesta, entonces, ya no es él quien practica las diligencias, sino el Secretario en unión del procesado. Peta mferifw, con sana lógica, que es* tas corruptelas no aparecen justificadas en los autos, debido á que se simula la di- ligencia como lo previene la ley, firmán- dose, después de practicadas, por los que deyioron intervenir en ellas. Nuestro Código de Procedimientos Pe- nales, precisa con claridad, cuáles son los únicos medios do que el acusado pueda va- erse para obtener su libertad provisional- Estos medios son la libertad bajo caución y la libertad bajo protesta.—No hay otros, —Pues bien, ha hecho práctica dicho Juez, de sacar de la prisión á procesados, sin ob- servar las disposiciones del Código sobre tal libertad, para servirse del trabajo de dichos procesados como sirvientes domés- ticos, si bien es cierto, que también los ocupa en el aseo del Juzgado y mandados del mismo. En materia civil/ el citado Juez, descue- lla por su impericia y por su negligencia. Dice el artículo 103 del Código de Pro- cedimientos Civiles, que en los autos se hará constar el día. en que. comienza á co- rrer un término y aquel en que debe con- cluir, y en el siguiente artículo, el 1G4, se sanciona aquel precepto, con una multa que se aplicará al Secretario si no lo hicie- se. —— ' Pues bien, acostumbra el Juez, á pesar de la constancia que debe existir en los autos de los términos que corran y de m conclusión, dictar un proveído, á las peti- ciones de las partes solicitando el curso del negocio, poco mas ó menos en los si- guientes términos: «Certifique la Secreta* ría si és cierto que há. concluido tal ó cual término.» . - Esta irregularidad, prueba el prurito de entorpecer y dilatar los negocios con me- nosprecio del precepto constitucional qi» dice: los Tribunales administrarán pronta y cumplida justicia; y demuestra la nin- guna voluntad al estudio por parte del Juez. En otra correspondencia seguiré dando & «REGENERACIÓN» datos del pésimo servicio del ramo de justicia en este Dis- trito, que tiene mi Juez inepto, negligen- te y voluntarioso. REGENERACIÓN JIIEZ HE niSTHITD HDHRAnn. Nuestro querido Colega «El Deniócra- ta,» de Hermosillo, Son., nos trae la grata noticia de que el Sr, Juez de Distrito de ese Estado, Lie. D. Germán Velasco, am- paró á D. Belisario Valencia, Director de iEl Sol,» contra los actos arbitrarios y. atentatorios del Juez Io de Primera Ins- tancia de aquella Ciudad, consistentes en la encarcelación del Sr. Valencia y en el decomiso do la imprenta. Estas arbitrariedades fueron originadas por la querella insubstancial que protno- rió el Ayuntamiento hermosiflense, que más se preocupa de ejercitar venganzas que de cumplir con su deber. Nos parece que la lección es dura y que la confirmará la Suprema Corte. Pero lo sensible é irritante es que esas autoridades (el Ayuntamiento y el Juez de 1* Instan- cia) no aprovechen esas lecciones, anima- das por el favoritismo que les dispensa el Gobierno impopular de ese Estado tan oprimido. Esperamos datos sobre la sentencia del Sr. Jaez de Distrito. Jtbusos en üetela de Ocampo. Hasta nuestras oficinas llega el clamor que levanta el infortunado Distrito de Tétela de Ocampo, Puebla, agobiado desdo hace veinte años por las arbitrariedades, que en en el ejercicio de sus * funciones, comete día á día el Jefe Político de dicho Distrito. Los actos de ese funcionario han tenido «1 sello despótico de los cacicazgos, nada de provecho ha practicado en el Distrito y en vez de simpatías, solo ha logrado ro- dearse de una atmósfera pesada, producida por el descontento de los buenos ciudada- nos de Tétela de Ocampo, indignados por la pésima Administración d« He Jefe* sos- tenido contra la voluntad del pueblo, por su protector el Gobernador Mucio Martí- nez. Cansado y difuso seria enumerar uno por uno los actos de qne se quejan los ha- bitantes de Tétela. Nos concretaremos á unos cuantos, que bastan para comprender que no nos inspira la pasión al decir que esr un mal funcionarioel «Jefe Político. Ese funcionario encarcela a los que no pagan la contribución personal, violando, con tal procedimiento, el art. 17 de la Cons- titución, violación que hemos demostrado en números anteriores con respeto al Jeft Político de Córdoba, Veracrnz, que gusta también de violar la garantía que otorga dicho artículo. Eitos actos los. o jecuta á ciencia y pacien-1 cia de los habitantes de Tétela, que cansa- dos de tantas expoliaciones, no tienen alien- tos para protestar contra ellos. Nos refieren quo un infeliz arriero llama- do Rafael Moreno, hombre honrado, y tra- bajador como el que más, faé víctima de un atentado cometido por el Jefe Político, quien tal vez por ignorancia, se abrogó facultades que solamente corresponden á la autoridad judicial. Parece que Moreno tenía una pequeña deuda con un individuo de San Pablo, población del Estado d« Tlaxcala. Un día que conducía sn atejo, como siempre lo hacía de una k otra de las poblaciones en que aprovechan sus ser- vicios de arriero, fue detenido por unos agentes del Jefe Político, quien se encon- traba, á corta distancia ocupado en distrac- ciones cinegéticas, á que es muy afecto con peí juicio de la administración del Dis* trito que mal gobierna, en virtud de per- der el tiempo en esas distracciones enlugaí de aprovecharlo para atender los intereses que se le han confiado. Llevado Moreno á presencia del funcionario, éste le hi*o sabef que teniendo una deuda pendiente en Salí Pablo, tenía que recogerle las muías en pago de esa misma deuda, como se hizo en efecto, despojando al infeliz hombre de sus medios de subsistencia sin haberse trami- tado ningún juicio. >. Ignora ese Jefe Político, arbitrario y voluntarioso, <j«e golo cuando hay ordena. *EH£»QTÉCA MACKMUl 8 KEGENERACÍOÍsf. miento judicial quo prevenga- el secuestro de los bienoírdel deudor, puedo hacerse oso. Además, para llegar al secuestro y en \ú- timo resultado, á la adjudicación de los bienes del deudor, so requiero que se Laya s abstanciado urr juicio ante autoridad com- petente, y nada se había substanciado en el raso (¿no nos ocupa. Este desconocimiento do las leyes, en una persona que desem- peña el importantísimo cargo do Jefe Polí- tico, es peligroso y ocasiona perjuicios, las más de las veces irreparables. No se pre- tende que el «Jefo Político sea un doctor en derecho, pero sí que tenga el criterio sufi- ciente para apreciar qué asuntos son de su incumbencia y cuales no. De cualquier modo, ganarían los habitan- tes del Distrito do Tétela con la destitu- ción de ese empleado. A nuestros subscriptores. A las personas quo pagaron nuestro giro por el trimestre de Agosto á Octubre de osto año, les giramos ahora únicamente por los meses do Noviembre y Diciembre para comenzar el año entrante á girar \)ov sus trimestres naturales. A las personas quo pagaron nuestro giro por el bimestre de Septiembre y Octubre de este ano, les giramos nuevamente como A los primeros, esto os, por Noviembre y Diciembre, para comenzar también por tri- mestres el año entrante. A las personas quo han recibido desde ol número 9, les giramos por el trimestre de Octubre á Diciembre próximo, conti- nuando después girándoles por trimestres. Por último, á las personas que reciban del número IB en adelante, les giramos por ol bimestre de Noviembre y Diciembre, pa- ra comenzar el año entrante por trimestres. NOTA.—Suplicamos atentamente á las personas contra quienes giramos, no res- palden nuestras libranzas con la nota do que cuando reciban' determinado número que no se les ha remitido, cubrirán el im- porte de la subscripción, pues pueden cu- brirlo y escribirnos acerca de ese asunto, con la seguridad de que serán atendidas sus quejas con, toda escrupulosidad. Un cura como otros muchos, Los clérigos no abundan en las cualida- des quo predican á sus feligreses. La oí ato- ria tempestuosa y epiléctica del pulpito, no reza con ellos, y su falta do virtudes evangélicas, son un contraste con sus decla- maciones rabiosas predicando la virtud. Un ejemplo do mansedumbre.El párroco do Santiago Tlaxala, Distrito de' Tlalne- pantla, Méx.. se encarga de proporcionár- noslo. Se le impidió adjudicarse una faja de terreno, propiedad de los Sres. Gonzá- lez. Esa^oposición, justa y legítima, indig- nó al cura, y movido por la candente labor de sn besícula viliar,so desahogó en impro- perios contra dichos señores y otros hon- rados vecinos do aquella población. En su intrepidez y arrogancia, arrasó también con la reputación del Primer Regidor del Ay lint amiento, designándolo pnblicamenta con el epíteto do ladrón. La altanería del frailemibiera sido rigo- rosamente castigada por el Juez que cono- ció de lá acusación promovida en su con- tra, si no interviene la caballerosa actitud del Sr. D. Eduardo del Valle, Jefe Político de aquel Distrito, que concilio los ánimos, obligando al párroco á retirar las ofensas vertidas y allanando, las dificultades moti- vadas por el terreno en disputa. Son muy poco apropósito para inspirar piedad ferviente en sus feligreses, los pro- cedimientos del colérico y arrogante parro* co do Santiago Tlaxala. "€"/ ,€co del Jstmo y la Suprema Cork En nuestro núm. 9 defendimos á la Su- prema Corte de la imputación do ligerea que el estimado colega "El Eco del Mni le hacía por haber acordado la consigí*" ción del Jefe Político y Juez 4© ¿* In&taí" cía de Tehuantepec, como presuntos t& ponsablos del tormento que segiín Patro- cinio Guzmán, se le había aplicado. REGENERACIÓN. 9 El aprepiablo cologa se ha servido refu- tar victoriosamente nuestrasaseveraciones. KoeordemoK hechos. % , Cuando el colega arrojó á la Corto el dic- terio de ligora, acudimos á ver el toca res- pectivo, pues ya los autos habían sido de- vueltos al Juzgado de Distrito. De ese toca aparecía que la autoridad rosponsable no había rendido su informe con justificación, lo que hacia presumir (art. 800 del Código de Procedimientos Federales) que el tor- mento se habia aplicado á Patrocinio Guz- mán y que la autoridad ejecutora era res- ponsable de un delito contra las garantías individuales. La deducción era lógica, pero las premisas resultaron falsas.. ^ En efecto: cuando Guzmán ocurrió al Juez de Distrito en solicitud de amparo y, por ende, la suspensión del acto reclamado, la autoridad federal, haciendo uso de la autorización del art. 786 del referido Códi- go, suspendió de planof sin substancia- ción previa,el acto reclamado,y ordenóálá autaridad responsable rindiera el intorme á'que se refiere el ari.79í),estoes,en cuanto si fondo de la queja interpuesta, informe que so rindió debidamente. Natural era, -pues, que la Corte, al revi- -ear el auto de suspensión, no encontrándose en el incidente respectivo el informe de la autoridad responsable, Io, porque no se pi- dió el informe á que alude el art. 785 res- peoto á la suspensión del acto reclamado, y, 2o, porque el informe que rindió laauto- ridad responsable en cuanto al fondo del negocio, no se agregó, porque no debía agregarse al incidente de suspensión, sino al cuaderno principal del amparo, que la Corte, no tuvo á la vista, ni pudo tenerlo, por no estar á revisión y haberse quedado en el Juzgado de Distrito. La Corte, pues, no debió afitmar dogmáticamente, como lo hizo, que la autoridad responsable no había rendido informe alguno. Si esa au- toridad no lo rindió en cuanto á la sus- pensión, fue porque no se lepidio, y no se le pidió, por haberse suspendido de plano el acto reclamado. Ha estado, pues, en lo justo nuestro es- timado colega «El Eco del Istmo* al tachar de ligereza & la Corte y le' agradecemos quehubiesedestruido nuestro error, motiva- do por la afirmación de dicho Tribunal, para el que no abrigábamos duda alguna en •ate negocio. En-resumen: Ha cometido la Suprema Corte una lígerSza y "vamos á decir, por- quo os forzoso hacerlo, quién lá ha origi- nado. Litiga en Tehuantepec un tinterillo Apellidado Valencia, apoyado por un cono- cido Abogado de Oaxaea. Eso tinterillo • odia á los funcionarios consignados, y los odia, porque no puedemedrar cerca do quienes sus manejos son bien conocidos. I>» allí ha brotado ose enredo. El Abogado do Oaxaca, mal informado por eso individuo, puso on juego su personalidad. La mala at- mósfera para los funcionarios aludidos, ere inevitable. Resultados: ese proceso inicuo, llevado á la exagoración por el Juez de Juchitán, pobre en elementos intelectua- les, pues clasificó como DELITO DE TOK- MENTO, el supuesto delito quo perseguía; y la arrogancia de Patrocinio Guzmán, que tuvo por cárcel la Escuela do Tehuan- tepec, con escándalo de la sociedad de eso lugar, mientras las autoridades calumnia- das eran llevadas entre soldados á pié, bajo un sol candente, de Tehuantepec á Juchi- tán. Así como nosotros hemos reconocido nuestro error, sería conveniente, más bien dicho, necesario, inevitable, forzoso, que la Suprema Corte reconozca el suyo y pro- cure-el remedio á tantas infamias, vejacio- nes y arbitrariedades originadas por su intrigas del tinterilloligereza y por las Valencia. Agradecemos cordialmento á nuestro querido colega «El Eco del Istmo,» su ama- bilidad _al destruir ol error en, que nos ha- llábamos. Hemos reconocido y reconocere- mos siempre nuestros errores. En este punto no conocemos susceptibilidades. Juez y Nuestro valiente colega «El Heraldo,» de Aguascalientes, inserta en sus colum- nas la sentencia que pronunció el Sr. Jue?, 2.°Penal de dicha Ciudad, Lie. D. Federi- co M. Sotomayor, con motivo do un pro- ceso que se siguió á su ex-Dírector Lie. A. Lomelí á solicitud del Ayuntamiento, que parece ser tan susceptible ó insubstancial como el de Hermosilio. Esa sentencia, con- firmada por ol Tribunal Superior del Es- tado, absolvió de la querella al Sr. Lie. Lo- melí, y como sus fundamentos deben ser conocidos para enseñanza de otro» muchos Jueces, que por adular encarcelan y deco- misan impréntaseos publicaremos en nues- tro próximo número. Cuando los tribunales todos de la Re- pública procedan con la independencia y honradez de los de Aguascalientes, cuando se juzgue á los periodistas sin que'medi« la consigna ó la adulación innoble, cuando se les aplique la ley con justificación com- pleta. , . . En inútil bordar en el vacío. 10 REGENEBACION. €1 proceso de "€l J{ijo del jVhu izote La calumnia extrajudicial. El Juez Io Correccional interino, Lie. Emilio Pérez de León, en su ahinco de lan- zar una sentencia condenatoria en contra de los Redactores de «El Hijo del Ahui- zote,» olvidó los principios elementales de la materia. Ya hemos hecho notar la falta de com- probación de los elementos constitutivos del delito y las innumerables irregularida- des cometidas en ese proceso. Vamos aho- ra á demostrar, quo ha sido inexactamente aplicada la ley en que se fundó la imposi- ción de la pena. - Previene/ el artículo 655 del Código Pe- nal, que la calumnia extrajudicial, delito por el que fueron sentenciados los Redac- tores de «El Hijo del Ahuizote,» tiene la misma penalidad que el de queja ó acusa- ción calumniosa, de que trata el capítulo 11, del Lib III, del mismo Código. Este capítulo establece tres grados en la comisión del delita que castiga, á saber: Primero: Que el calumniador se retracte antes de todo procedimiento j udicial en contra del calumniado. En este caso se le impone al calumniador una multa de se- gunda clase. Segundo: Que la calumnia se descubra antes de que se pronuncie sentencia irre- vooable contra el calumniado ó cuando en ella sea absuelto y reconocida su inocencia. En este caso se impone la pena como deli- to frustrado, porque en efecto * ha llegado hasta el último acto en que debió verificar- le su consumación, y ésta no se realizó por .causas extrañas á la voluntad del agente; y Tercero: Que el delito llegue hasta su consumación; es decir, que por sentencia irrevocable se imponga alguna pena al ca- lumniado. La misma, en tal caso, corres- ponde al calumniador. De este examen se desprende que la ca- lumnia solo es punible, cuando se consigue poner en movimiento la acción de la justi- cia en contra de aquel a quien dolosamen- te se hace la imputación de un hecho de- terminado y calificado como delito por la ley, sabiéndose quo es inocente ó que el hecho no se ha cometido. Ahora bien: el artículo 666 en que se ha fundado el Juez para la imposición de la pena, requiere que la calumnia se des- cubra antes de que se pronuncie sentencia irrtyoeable f> que sea ab«uelto ©1 calumnia- o. Para llegar á este resultado, es indis- pensable que se haya abierto en su contra un proceso, y ninguno se abrió al Gober- nador -Mercenario, por la imputación que le hacía «El Hijo del Ahuizote.» No existe en autos constancia alguna encaminada á la comprobación de ese elemento indispen- sable para la penalidad, y el Juez, á quien la ley estrictamente le prohibe imponer por simples analogías y por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada en una ley exactamente aplicable al caso, no ha podido desatenderse de aquella cir- custancia, cuya omisión hace notoriamente inexacta la aplicación del artículo 666, al caso por el que fueron sentenciados los Ée- dactores de *El Hijo del Ahuizote,-» y por tanto, se ha violado el artículo 14 de la Constitución. arbitrarias. Dice un periódico oficioso: «El «Boletín mensual de Estadística Mu- nicipal» nos hace saber que durante el mes do Agosto próximo pasado, entraron en la Cárcel de Belem,—entre hombres, muje- res y niños,—«cuatro mil doscientos cua- renta y nueve» acusados de faltas y crí- menes. No llegando la población de la ciu- dad de México á cuatrocientos mil habi- tantes, el tanto por ciento que resulta,— más del cuatro—es bastante elevado.» En realidad es alarmante ese número tan crecido de ingresos á la Cárcel de Be- lem, pero si se formara otra estadística pa- ra saber cuántos de los aprehendidos se- rían puestos en libertad, veríamos, que muchos de ellos saldrían por desvaneci- miento de datos, otro número igualmente crecido, por no acusación, otro de las mis- mas proporciones que, los anteriores, por no haber delito que perseguir, y otro no menos numeroso por falta de méritos. No obstante, los datos de la Estadística Municipal servirían á los Lombrosos del país {como donosamente apoda un diario á los que en México hablan de criminalidad, bordando en el vacío) para declarar rotun- damente, que el nuestro, es un país de ca- níbales. Lo que deben hacer esos Lombrosos, e* denunciar, que aquí, se aprehende sin ton ni son, y que si hay muchas entradas en Belem, es solo por esas aprehensiones ar- bitrarias. 11 ÜPTELAS JUDICIALE sospechoso, los tres ó seis mases, yfrecuencia, afios de instrucción; si no se cumple coa ese precepto legal, la justicia, todo lo que ultraja y res- | s i n V » ^ ™ « p » í * * *> *« «kütos» p*~ trinjela libertad individual, son los p r 0 J r a se gomi-á de la libertad. De estos dos eedimientos de nuestros Jueces cuando «•! o a m y ° V e 1 2 ? • 8 e * n w m 0 B l ? . P o r e l m~ trata de la averiguación de los delitos. f ™ 0 ' E l 1 *"»*>* P ^ cnmphr con las Nuestros Jueces del ramo penal, tienen l0Jef-' S° B e c e 9 l t a n a **n temperamento der ! mártir.una obsesión» viciosa, como todas las otee siones que produce la falta de un criterio., , éimparoiaL Esa obsesión, es la de les> mo?U™ « a s * " * « * y ****** la Deben, pues, nuestras autoridades pena que son delincuentes todos los individuos f ^ F ^ ^ n des ospechosos. La libertad que desgraciadamente caen bajo las garras mdivual merece todo respeto y es rapten- iZz «xsu^MM ~~^«,*>w ™>.«^-^i «« i.̂ -.̂ ^ Isiole restringirla sm criterio y sin talento*bien afiladas, aunque manejadas con torpe* zaf de nuestra Justicia. Inútil, y casi re- pugnante, les es el sabio principio de que todo acusado será tenido como inocente, mientras no sé pruebe que se cometió el delito que se le imputa y que él lo perpe tro. Nuestros Jueces elaboran en BU prodi • Como al influjo de una evocación han. gima ftntasfá el delito, j la obsesión les | s u r g ído á U lucha periodística, pletórícoi hace imputarlo al acusado* ¿ e s a n Os ideales y de firmesconvicciones, De ahí esa estadística pavorosa de núes- n l l6vos órganos viriles y altivos, que traen tro Procurador de Justicm, de la que se | l a BBgrQ^ raisión de hacer la luz disipan- do las tinieblas. Tenemos á la vista el primer número d© Men&eimientOt órgano del Club liberal «Poneiano Arriaga,» de San Luis Potosí desprende, con la implacable lógica de los números, que de cien individuos privados de su libertad, el cincuenta por ciento son ¡s. De ahí ese afán inmoderado de aprehender sm enterro cuando s* ha c o - | E s t e periódico, eco fiel de los dignos libe- metido un delito; y de ahí, también, la re- r a ] e s potosinos, tiene un nombre, que- por pugnaneia que todos sienten en la presen- s í so lO j e s i m a i.eveiaoión: Renacimiento. em de un Juez que, con la pretensión de Benacimiento, es la nueva vida de los un Lombroso, pretende descubrir en un ideales de libertad, la, nueva vida délos rostro inofensivo, los signos característicos principios democráticos, sostenidos por de un criminal nato hombres abnegados y patriotas <iue traba- A un individuo, pescador de uno de h a n p o r destruir el indiíerentismo político, nuestros lagos cercanos, con el aspecto pa- p rocuraad0 que brote nueva y llena de vi- tnarcal de las tribus lacustres y que el día d a , una generación que no permita la§ en que se había cometido un delito enMé- tmnSg r6siones alas .Leyes de lgforma b d d d i ^ i t l i i b á l q g y l g p xico, gastaba sus energías tendiendo redes, nien^o su inteligencia y su saber á los obs fué declarado, desde luego, con asombrosa fcinados ataques del clericalismo, perspicacia, criminal nato. Esa clasificación Menaeimiento, viene á cumplir una mi- ó l b h b l soeifti d© suma importancia. Arranca- ^ l a careta* á la hipocresía, por medio de la propaganda do la doctrina liberal, y com- i l ocasionó que el pobre hombre vejetase en la cárcel, los tres meses que duró la instruc- ción. Sería muy conveniente, que nuestros j batÍ3r¿; t e n á z y eficazmente contra la gan Jueces huyeran de sus esa an y g g r e n a q t te 8 e i i a m a política de conciliación p t t M i i ttropología rudimentaria, que produce muy i p o r o t m p a r t 0 , Renacimiento, empapa graves, consecuencias. Quizá~ un herido d o m tóg idéalas de la Beforma, combatirá muera sm auxilios, porque si se le prestan, e i absolutismo en cualquiera de sus for- puede hacerle sospechoso (á los ojos del m a s ? e l militar ó el monástico, que Juez), el qî e ejercita sus sentimientos hu- \ Qaízk no llegue á saberse el j 1357. de un asesino, porque los que hu- biesen presenciado la contienda, huyan j @nyi6ndole todas nuestras simpatías de la Ofcstieia, ©n vesí de acudir á ella y | seándole que su labor, ruda como to con el pensamiento de los reformistas de érgíco eolegft de* se¿ndole q , e o o da la- proporcionarla los Mementos de prueba ne-1 bo i, q a a t i o n d e á la regeneración política y eésarios para satisfacerla. social, sea coronada por el más folia de loi Ambos casos se han presentado con fre- éxitos eueneia, y con razón: si se cumple con la frac. I I del art, 1* del Código Ponal, casi es secura la permanencia »n la cárcel, •i1 REGENERACIÓN. Los Jueces de Celaya. <-YA jueves 8 do Noviembre de líXJO.--Sr. Lie. Jesús Flores Magón.—Centro Mer- cantil, .'Ser. piso, niíin. "20.—México, D. F . «Muy Señor mío, estimado compañero y fino amigo: «Muy pronto ¡ay! inuoren las ilusiones. «Los Sros. Jueces del Partido han vuel- to á su antiguo sistema de no asistencia, bastante justificada respecto del 1.° por- que es notorio, que está enfermo. <'E1 día 1.° del actual, fiesta que no re- conoce el Estado, no so-abrió por la tardo el Juzgado primero. «-Otra tardo, á la sazón que «REGENE- EACIÓN» publicaba mi carta de 21 de Octubre próximo pasado, el Srio del Juz- gado 2.°, dormía sobre su bufete, como un j usto. «Así e.s que no tonomos remedio; pero espero que sí so ponga por el Procurador de Justicia del Estado, que, según sé, ya está enterado do lo que pasa. «'Veremos y diré á Ud.; entre tanto, me os grato vopotirme de Ud. con toda esti- mación, afino, amigo, compañero' y S. S. q. b. s. m.»—(J. ZURIAGA. Habíamos abrigado la ilusión de que los tíros. Jueces de Colaya cumplían ya con su deber; pero la carta de nuestro inteli- gente amigo el Sr. Lie. Clicerio Zuriaga, viene á destruirla. A propósito de este asunto, dice nues- tro estimado- colega «El Barretero», do Uuanajuato: « Por recargo do material no nos había- mos ocupado do una carta que nos dirige- - ol Sr. Lie. Manuel Olmedo, Juez de Letras de oso Partido, en la que nos dice ser del todo inexacta la noticia que publicamos respecto á la demora que sufrían los liti- gantes en ol arreglo do sus negocios por la apatía de lo> J acces. « Las razones quo nos da el Lie. Olmo- do nos convencen, por lo que aseguramos no ser cierta la noticia quo publicamos res- pecto al Sr. Lie. Olmedo. «REGENERACIÓN,» ilustradísimo pe- 1-ió.dico de la Metrópoli, hace también esta aclaración respecto á la honorabilidad del Lie. Manuel Oknedo, asegurando que fue sorprendida su buena fó. «¡Si así rectificaran todos aquellos de quienes, se ocupa la prensa, resultarían ellos mismos beneficiados, pues que su ho- norabilidad en nada se perjudicaría.» Debemos hacer constar que nunca he- mos dicho que babía sido sorprendida nues- tra buena fé! El Sr. Lie. Zuriaga nos infor- mó que dichos Jueces no cumplían con su deber y así lo hicimos constar. Después, nuestro apreciable informante nos mani- festó, que los Sres. Jueces mencionados concurrían al despacho de sus oficinas y publicamos ' la carta del Sr. Lie. Zuriaga, comentándola en el sentido de que nos agradaba ver que dichos funcionarios aten- tliesen nuestras indicaciones". Ahora,por la carta transcripta, puede verse que aquellos funcionarios han desatendido de nuevo sus obligaciones. No ha sido, pues, sorprendida nuestra buena fé. Los hechos relatados han sido exactos y' proceden de un caballero de re- conocida honorabilidad, como lo es el Sr. Lie. Zuriaga. Debemos también manifestar t que los Sres. Jueces* de Cólaya se han mostrado en este asunto excesivamente susceptibles; pero por desgracia, esa susceptibilidad no se ha dirigido á corregir sus defectos, sino á procurar inferir molestias al Sr. Lie. Zu- riaga, ya excusándose en sus negocios, ya dirigiéndose en queja al Sr. Procnrador do Justicia del Estado ó al Sr. Gobernador. Afortunadamente estos dos funcionónos, sabrán corregir a sus_ inferiores y hacer justicia á la rectitud y no escaso valor ci- vil del Sr. Zuriaga, que se preocupa, y con razón, del adelanto y prosperidad de Celaya en el orden judicial. Sección de Consultas. £aponemos á disposición de todas las personas que se sirvan consultarnos alguqa cuestiórj Be derecho, ya sea que ella surja, ó no, en la secuela de un juicio. Jíuestro servicio es enteramen- te gratuito. POR QUÉ ' IJO asistí rencos á la procesión de la paz. Como pudiera interpretarse por un acto de discolería nuestra negativa, franca y, sin reticencias, á tomar participación en la Pro- cesión de la Paz el 1.° del entrante Diciem- bre, creemos de nuestro deber explicar, por qué '«REGENERACIÓN» ha asumi- do una actitud retraída respecto de dicha fiesta. Desde luego diremos, y así «0 lo maní- BEGENERACION 13 fosfcaraos á los caballeros comisionados por el Círculo de Amigos del Presidente,, cuan- do se presentaron en nuestras Oficinas á hacernos la invitación* que nuestras con-, vicciones eran ontoramento contrariasen la idea de los feste^s de Diciembre, en vir- tud de profesar n jsotros el credo democrá- tico y tener dichos festejos el carácter y sabor do festivales monárquicos. Por otra parte, siendo nosotros partida- rios de la alternabilidad del Poder, por ser ol principio más liberal, por ser el quo san- cionaron nuestros reformistas y por ser también el móvil que impulsó á nuestros ]ladres á sostener con su sangre ol Plan de Tuxtepec, no creemos consecuente ni hon- rado, ahogar nuestras convicciones libera- les, para aceptar lasofertas del Círc.ilo de Amigos, á quienes mueven más la ambi- ción y el egoismo,que la admiración since- ra y leal. Huelga decir, que no sintiendo nosotros regocijo ni placer con la nueva toma de posesión del Gobierno, por el Círal. Díaz, h iríamos desairado papel caminando entro la alharaquienta turba adulona, como un cadáver en medio de un festín. Si se tratara de honrar la memoria do nuestros héroes con manifestaciones de simpatía hacia sus obra beneméritas; si so tratara de clobrar los gran des días, do nues- tra Patria (5 de Febrero, 5 de Mayo y K! de Septiembre) ó bien que so celebrara al- guna victoria en el campo del saber .y del talento, gustosos prestaríamos nuestro in- significante contingente para honrar un hecho de trascendencia provechosa para nuestra querida Patria; pero cuando se tra- ta de celebrar actos contrarios á las convic- ciones del pueblo, reclutando para ello elementos disímbolos, que contrarios on principios, convergen en un mismo punto, por egoísmo y nada más; liberales y con- servadores, nacionales y extranjeros acor- des en un mismo sentimiento, el de adu- lar, el do hacer méritos (servicios políticos) para atraerse la atención del Poder, no por t-us virtudes cívicas, tampoco por su talen- to, sino por su idiosincracia á todo lo que ¡significa sonreír, aplaudir y gesticular dando gracias, entonces, como ahora lo he- mos hecho con fraqueza y dignidad, rehu- saremos toda invitación, que aceptándola, tendríamos que esconder de vei'güenza el rostro por toda la vida, al haber cambiado por un pedazo de papel, nuestras convic- ciones democráticas. quo nos hemos impuesto, publicamos lo siguiente: «Prisión do Belcm, Nov. '1° do IÍK.U vSeúoros Redactores del periódico «HK- C-ENElí ACIÓN.» J>roscntos. Muy señores míos: «En el último número dol periódico quo Ostá bajo su acortada Dirección, so om-uen- ti-a un entrefilot que bajo ot rubio úo «Atentado á la libertad individual,» s>o mo hacon iui])utaciones, supaniéndosemo el responsable de la detención inmotivada que sufrieron los hermanos Cesáreo. José y To- más Monroy, llamando á la voz la atención do la Socrotaría do Justicia, á efecto do que en lo suooáivo so oviien atropello-) de esa naturaleza. «Tongo la profunda convicción, do quo los hechos quo ustodos refieren en su perió- dico fueron tomados de fuento perfecta- mente extraña á las prácticas judiciales, supuosto que, do acuerdo con lo que pro- viene la Ley do la materia, no soy yo quien pueda mandar á la prisión á ningu- na persona, sino solo soy ol Sub-Alcaido de la prisión do Belcm, encargado do cum- , pliinentar las disposiciones dictadas por .los funcionarios encargados do la Admi- nistración do Justicia. «Además los hermanos Mouroy fueron directamente consignados á la prisión por el Ministerio Público en turno, el día 17 drtl actual, llevándolos á la Alcaidía la propia escolta que s ̂ los presentó y tocan-' do al empleado Señor dorostiaga, darlos entrada en los libros respectivos:no tenien- do yo conocimiento de la detención sino por conducto del Señor Lie. Hidalgo Car- pió, Defensor do los Monroy, á quienes mandé poner en libertad tan luego como tuve noticia do que en su contra no exis- tía determinación alguna. Para corroborar ol hecho anteriormente indicado, adjunto á ustedes Ja contestación á una carta-que sobre ol particular dirijí al citado Soñor I >eí'ensor; espero, pues, (jo la reconocida justificación do ustedes, quo se servirán ordenar la publicación do estas piezas, por sor de estricta justicia, quo cada quien sea responsable do los actos quo ejecute. «Aprovecho la oportunidad para poner- me á sus órdenes como su afino, y S. S. FERMÍX ARTEAGA.» Cartf del Sr. formin Arteaga. Para satisfacer el programa imparcial La carta á quo so refiere el Sr. Arteaga es la siguiente: «Su casa. Noviembre 2 de 1.01)0.—Sr. Dn. Fermín Arteaga. Muy estimado y fino amigo: - «Contostando »u grata de hoy, en la HEMEROTECA NAClOMAi 14 REGENERACIÓN. q ue m© pide, por ser de justicia, aclare yo la intervención que tuvo Ud. en la prisión de mis clientes José, Tomás y Cesáreo Monroy,tengo el gnstode manifestarle,que debido al interés y eficacia de Ud. tan lue- go como por mi conducto supo qne los re- feridos Monroy, estaban presos, sin que en su contra se hubiese dictado auto de deten- ción alguno, los referidos individuos fueron puestos en absoluta é inmediata libertad; eonstándome además, que al empleado Sr. Gorostiaga, tocó tomar conocimiento del hecho naciendo personalmente las anotacio- nes en los registros respectivos. «Quedando. Ud. enlibertad para hacer de esta aclaración, el uso que más le convenga, sabe puedo ordenar á su agradecido amigo que bien lo aprecia.—Lie. F. H. CABPIO.» arbitrariedades eij Otra vez más, vamos á ocuparnos del Estado de Veracruz. Hasta el fastidio he- mos consignado actos contrarios á la ley, que han sido .llevados á cabo en esa enti- dad federativa^ que ha tenido la mala suer- te de soportar autoridades impuestas con- tra la voluntad de los ciudadanos. Recordarán nuestros lectores, que en el número 12 de «REGENERACIÓN apare- ció una carta subscripta por el Señor Lie, Luís G. Otero en la que dicho señor de- nunció con raro y plausible valor civil, algunos procedimientos nada correctos (en materia oficial) del Juez de 1* instancia de Túxpam, Ismael Iríarte y Drusina. En dicha carta sedocia, que el juez Dru- sina no aplicaba la ley sino su capricho. Tal denuncia de actos oficiales no ajus- tados á la ley, merecería la aprobación de todo gobernante que deseara depurar su administración de_cuanto elemento nqcivo hubiera para su buen prestigio.. Pero en nuestro país no sucede tal cosa, y especial- mente en el Estado de Veracruz, pues he- mos sabido, que en virtud de la denuncia que hizo ©1 Sr. Lie. Otero, so lia separado á 4ste del empleo que desempeñaba á con- ciencia en Túxpam, como no desempeña ©1 suyo el Juez Drusina. Es© resultado era de esperarse, en un Estado en que los jueces se tutean con el Gobernador, como se nos ha dicho que acontece con Drusina y Dehesa, deben atenderse más las indicaciones del cama- rada, que del hombre que cumpliendo con un deber de ciudadano, sabe decir con fir- meza en dónde hay úlceras p¿ra que se las trí De ser cierta la noticia que tenemos, da- mos el pésame á los veracruzanos en vir- tud, de hab/rse dado muerte á sus legíti- mos derechos, entre ellos, denunciar actos arbitrarios. De hoy en adelante, la arbitrariedad y el abuso arrojarán la máscara en el Esta- do de Veracruz, y no habrá ciudadano que se atreva á señalarlos, sin qUe en el acto sea víctima de injustas y brutales perse- cuciones, Los Jueces Municipales. Nuestro ilustrado colega «La Evolu- ción,* de Durango, hace en un artículo bien meditado, nniy discretas y justas ob- servaciones acerca de los Jueres Munici- pales no retribuidos por el Gobierno. Esas observaciones son exactamente aplicables á nuestros Jueces de Paz. Tiene razón el colega al afirmar que la mala organización de esos empleos, la ca- rencia de criterio, ya no jurídico, social cuando menos, en sus servidores y el desa- pego para ejercer sus funciones judiciales, influirán muy directamente en la pésima marcha de la administración de justicia. Mientras no se remunere, cuando menos decentemente, ya que no con holgura, á esos empleados, la modesta categoría del cargo y Ja ninguna ventaja que proporcio- na, su desempeño, alejará de él á todos los que posearrun criterio medianamente ins- truido y que ptidie)'an ser aptos para ad- ministrar justicia. Tendrá que continuar como candidato una personalidad humilde, si.no moralmente, KÍ en lo que se refiere á sus aptitudes intelectuales, personalidad que no comprende ni aprecia las atribu- ciones que le son propias y que descuida el cumplimiento de sus obligaciones para satisfacer sus imperiosas necesidades. La distribución equitativa de la justi- cia, es una función que solo pueden com- prenderla los cerebros ilustrados. Los ce- rebros rudimentarios, casi inorgánicos; de los rudos Jueces Municipales, no tienen ni podrántener el ejercicio inteleetnal su- ficiente para resolver cuestiones jurídicas, aunque sea empíricamente. El fallo con- forme á la conciencia humana, es una hue- ca fórmula primitiva, fosilificada en nues- tra institución judicial. Esa fórmula, ar- caica, es el más repugnante semillero de arbitrariedades y vejaciones. Ella debe traducirse ahora por un cerebro que', aun- que medítnumwiU ilustrado, te «ntrogu* REGENERACIÓN. 16 con frecuencia & sanos ejercicios de lógica y se fortifique con un buen acopio do ex- periencia y observación. La experiencia y la observaciónestán divorciadas de los ce- rebros rudos y de las difíciles y lentas concepciones rudimentarias. Creemos, con nuestro colega, que el úni- co remedio posible es el de la retribución de esos servicios. Esa retribución, traerá como inevitable consecuencia, la selección en el personal, y ese personal seleccionado evitará los ultrajes que ahora sufre la jus- ticia. JJbusos en C/j/apas. Muy quejosos se muestran los vecinos d«» Pichucaíco con sus autoridades! El Prefecto Enrique Zepeda y el Juez Estra- da Martínez, han establecido un cacicazgo repugnante. Lo peor del caso, es que algu- nos hacendados de ese lugar, poco escru- pulosos, procuran rodear de prestigio á osos individuos, para ejercitar impunemen- te actos ilegales, como es el de esclavizar á su 3 dependientes y medrar al amparo de autoridades nocivas. El Sr. Gobernador del Estado, de quien tenemos buenas referencias, sabrá corregir los abusos implantados en esa entidad -fe- derativa por las administraciones pasadas que, poco escrupulosas y demasiado com- placientes, desoían las justas quejas de las víctimas de tropelías irritantes. de Circuito de esta Capital, entre el enton- es Magistrado D. Andrés Horcasitas y el Promotor Fiscal D. Isidro Montiel y Duar- e, si un auto de sobreseimiento quo causa (jecutoria, es la líltima palabra do un jui- io, y por consiguionte, si abrir de nuevo a averiguación, sería juzgar dos veces por 1 mismo delito. Remitimos á Ud.á esa tlis- ¡usión, que fue agotada por completo sobre 1 punto que TJd. nos consulta, Sr. José María Trejo,—C. Porfirio Diaa. h SECCIÓN DE CONSULTAS Sr. Lie. D. Edilberto Duarte.—Ticul, Yuc. Entendemos que la disposición que prohibe á los hermanos consanguíneos ser acusadores entre sí, no autoriza un sobre- seimiento cuando se trata de delitos que se persiguen de oficio.. Consecuentes con esta iutorpretación, decidimos la consulta de Ud. en los siguientes términos: I. No podía el Juez desechar de plano la acusación que mutuamente se hacían los hermanos por lesiones, pues tenía obliga- ción de perseguir de oficio el delito. II. Dada nuestra anterior resolución, no tiene caso el segundo punto de la consulta. III. Repetimos que nuestra opinión es, que no ha sido, correcto fundamento para sobreseer, la fracción II del art. 132 del Código de Procedimientos Penales, porqu< el delito objeto de la averiguación es d aquellos que se persiguen de oficio. IV. Fue muy discutido *n «1 Tribunal Ia Consulta. Es evidente que en materia civil ningún auto puede quedar reservado para una de las partes. La notificación ha de hacerse leyéndose íntegro el auto y si no se hace en la forma que la ley lo determina, da lu- gar al incidente de nulidad. 2* Consulta. En nuestro número 5, en la sección de i Corruptelas judiciales,» puede Ud.encon- jrar expresada ampliamente nuestra opi- nión sobre el punto que nos consulta. Cree- mos que la rebeldía acusada en forma, hace perder el derecho para objetar la planilla y debe aprobarse tal como fue presentada. Sr. Lie. Wenceslao A. Yáfiez, Juez 3o de lo Criminal de Zacatecas. La criminalidad de las lesiones que pro- ducen la muerte, cuando evidentemente se causaron sin el pi*opósito de llegar á ese fatalresultado, presenta muy serias dificul- tades. La perversidad del agente y la in- tensidad, digámoslo así, de su voluntad cri- minal, no puede medirse por el resultado material de las heridas, porque equival- dría á hacer responsable al acusado de la débil constitución de la víctima, do las im- prudencias del enterólo ó de la impericia del médico, etc.; pero no debe concluir- se de esto, que las lesiones que han tenido un reultado fatal, no deben reprimirse más severamente que las que no tuvieron resul- tados dignos de tomarse en consideración. Es evidente que el delito se vuelve más grave cuando ol perjuicio es mayor. El legislador, en presencia de esas difi- cultades, tiene que elegir entre estos dos extremos: ó deja al juez el cuidado de to- mar en consideración en cada caso las cir- cunstancias en que se cometió el delito, reduciendo á dos clases las lesiones: graves y leves; ó al contrario, restringe las atribu- ciones del juez y entra el legislador á hacer el examen de cada lesión según su grave- dad, y en este caso, el Juez no tiene que ocuparse en consideraciones sobre, las cir- cunstancias antes dichas. La legislación patria optó por el segun- do ñstema, como «• r« eltnuntut» »n Its HEMEROTECA NACIONAL M É X I C O 16 REGENERACIÓN. clasificaciones que hace entre heridas que pusieron ó pudieron poner en peligro la vida, las que duraron más de quince días para su curación, las que dejaron cicatriz perpetua y notable en parte visible, etc. El juoz, sean cualesquiera las consuras que puedan dirigirse al sistema adoptado por el Código, tiene que aceptarlo y aplicar la pena que señala en cada caso. Si el herí» do falloce duranto los dos primero-; meses do su enfermedad, debo calificar el delito como homicidio. Creomos qu© en el caso que Ud. se sirve consultarnos, el procesado causó involun- tariamente la muerte de su víctima, á quien solo pretendió causarle una lesión no mor- tal, y en consecuencia, la penalidad está comprendida en los preceptos del art. 557 del Código Penal. Nos parece que, si Ud. pronuncia su fallo en este sentido, será per- fectamente legal su procedimiento. Muy agradecidos por haber deseado Ud. oir previamente nuestra opinión. CAMBIO DE BUFETE.—Los Sres. Lies. Luis Gutiérrez Otero y Emilio Váz- quez so han servido avisarnos en atenta esquela, que han cambiado su butete de la casa núm. 9 do Santa Teresa á la núm. 2^ del Hospicio de San Nicolás. Agradecemos tan amable atención. • FOLLETO.—El Sr. Lie. Antonio Ea- mírez González se ha servido enviarnos el que contieno el informe, que produjo anbe el Tribunal Superior de Michoacán, en el incidente de personería promovido por la Sra. María Sotelo en el juicio hipotecario que le sigilo el Sr. Lie. José Espinosa. Agradecemos la remisión de dicho folle- to, que hornos leido con agrado, tanto por los interesantes problemas jurídicos que contiene, como por la forma galana y flui- da de su texto. OBRA ÚTIL.—El Sr. Tomás V.^Gó- mez, Director del Liceo de Varones y Es- cuela Normal de Profesores de Guadalaja- ra, se ha servido obsequiarnos con un ejemplar de la octava edición de su obra titulada «Nociones Elementales de Gramá- tica Castellana.» Las varias ediciones de esta obra, acre- ditan su utilidad. Presenta'las doctrinas bajo un método claro y une á la teoría al- gunos ejercicios prácticos, para la mejor eompremión d« aquella. Es una obra, #n la que se aprenderé, sin pasar por. las as- perezas de los antiguos métodos. Agradecemos debidamente ol obsequio. INSOLENCIA CLERICAL.—En la pa- rroquia do Santa María la1 Redonda, iba á contraer matrimonio el Sr. Antonio Can- soco con la Srita M. Concepción Torres. Cuando llegaron ni templo, &e sorprendio- ron.,al ver que la misa había comenzado. Cuando ésta concluyó, ol cura les hizo sa- bor que ya no los podía casar y que, vol- vieran aí día siguiente. El Sr. Can&eco, comedido y cortos, in- dicó al fraile que so le seguirían grande» por juicios si se difería esa ceremonia, á la que habían concurrido á la hora indica- da. El altanero fraile contestó con frases duras, que no pudo soportar ol Sr. Canso- co, quien se dirigió á la Comisaria respec- tiva en donde entabló formal acusación contra el envalentonado cura. No es ol primer caso somojanto. Otro» muchos han acaecido.Esperamos qne nues- tras autoridades castigarán al instílente. Es curioso que esos ensotanádos, des- pués da que%e los paga, y con exceso, »e nieguen & prostar un servicio á que están obligados y profioran insolencia» dignas do un cochero. FALTA UN BUZÓN EX BELEM. - Nos dicen que en la esquina de la Calle del Bosque, frente al Palacio do Justicia Penal, habia un buzón quo era de suma u- tilidad, pues que en él se depositaba gran parte cte la correspondencia dirigida á los presos de Belem. . Ese buzón se mandó retirar por la ofici- na de Correos respectiva, so ignora por qué causa. Como de la colocación cíe un buzón en las inmediaciones de la Cárcel, se haría ahorrar /tiempo á las personas que tienen necesidad de depositar su correspondencia, y que en la actualidad tienen que hacerlo en la Oficina Sucursal, que se encuentra á considerable distancia'de Belem, bueno se- ría que se llevara á efecto la mejora colo- cando ol buzón en la Plazuela del mismo nombre. LIBRO DE MELCHOR OCAMPO. POLÉMICAS RELIGIOSAS <n que traz» la obwde la Reforma «•»<& su Credo religioso y po1 itieo y w le prelir.e nn fin trúgi o por »ir el Apóstol de las ideas que informan la Constitución de 18S7 y a* Leyes de Reforma. Precio (adelantarlo) # 1.50 Para pedido*: F. VÁZQUEZ, México, calle de iacuDa número 25.' Ti?. LITSBABIA, BETXEMTTAB 8.— r0225.pdf r0226.pdf r0227.pdf r0228.pdf r0229.pdf r0230.pdf r0231.pdf r0232.pdf r0233.pdf r0234.pdf r0235.pdf r0236.pdf r0237.pdf r0238.pdf r0239.pdf r0240.pdf
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