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Regeneración N 15 [1 Epoca Año I -23 Noviembre 1900-Mexico] - Nora Salinas Sandoval

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AfíO I-*—]* EPÜOA. M Í X I C Ü , NoVígMBBK 23 Í)S 1 TOMO I .— NtíM. 15
PERIÓDICO JUUIÜXCO
La liuerfcwt -le irap.ent* na tiene
límites. <jtití oí rasposo á ** * W» privad»,
[»moral y á U paz púb* ca. (Art. 7.*
lCtUüfón)
Cuando la ItepftbHcat pronuncio tu va*
•obciana, será forzoio «ometene ó di-
mitir.
GAMBETTA,
DIRECTORES;
Cíe Jesús flores Jtfagón.—£ic.Jíntomo j{orcasifas. %f carde flores Jífagón,
Oficinas: Centro Mercantil, 3er. piso, núni. 20. (México, D. F.) Teléfono 264.
jTdministrador: Ricardo flores Jtfagón,
on práctica sus sordas maquinaciones, con
la certidumbre de una impunidad osean-
dalosa: su defensor los salvará, les servirá
do cómplice ó de encubridor,oponiendo su
sabor entro ellos y la justicia, como una
muralla en la que so hará pedazos la vin-
LOS DEFENSORES CLOWNS.
CONDICIONES.
HEEGEKERACIÓNH i»1e los ílíflm 7, 15, 23 y último de c»r!» me>
y (w predo» de aub«crlpo!ón »«n;
Para ía Capital, trimestre adelantado fc 150
l'ara ío« Estado», * id. Já-. . . . . . . . ,,2.00
P«a el Ex ¿ranjero» id, id en ovo - . . . . .*. . . ,» 2.00
Kdmcros sueltos 16 ctv», Número* atracados. 25 ctv«.
Se os tenderá aceptada la subscripción, en caso de que no se de-
vuelva el periódico y se gir&rl |*or e! importe de un trimestre
A lot asantnrteleaabomtó el 15 por ciento. I DcfcnSOrOS (le 8Sa t$K»OC!e, ( l o s a c r o d i U l l
No sa devuelven origina1»»» . ,
ParaIrsanuacíoaenelpawóJico,i»ídan f̂carif<is. j a l gromiO, porqilO h a c d l perder Ú la inst l-
tución todas'sus simpatías; porqun apar-
tándose do su misión clorada y Iionrosa,
descienden al terreno dol crimen para con-
vertir al estupro vergonzoso, al robo cíni-
co y al ase&malo ]>roditorio en otras tan i as
En México se dan casos do complicidad virtudes do sus monguadoK clientes. Para
Intro los reos y sus defensores. El reo y el osos hombres, ol crimen esta justificado,
Defensor forman entonces una sociedad te- tiene razón de sor, tratando de provocador
hobrosa. El roo asesina, roba, estupra; el ó pendenciero al asesinado, de bobalicón ó
defensor lo escuda con su saber y o&ta de idiota al robado y de liviana ó sensual
pronto á demostrar, sin escrúpulos, que su á la estuprada. ;
(¡liento no asesinó, ni robó, ni estupró, que La defensa tiene una alta misión. La de-
«i deíbnso (por criminal quo sea) os un fensa tione quo demostrar, cuando ol reo
miembro útil para la sociedad y tiene de- jos inocente, que ostd limpio de toda man-
cha; tiene que demostrar, cuando baya cir-
Talos defensores son,-]>or fortuna, osca-lcuiistamMas ainnuantcs, en qu» coiibisten
pero existen para vergüenza del foro ésta*; tieno (pío contrabalancear los instin-
ftacional. Abogado.s de las malas causas y tos apasionados y brutales do un Juez par-
le turbios negocios, dislocan la lógica pa~ cíal; tiene que destruir las prevenciones
ía desfigurar los hechos, y, sin rubor, c o n - L u e en el ánimo de los jueces haya provo-
rierten en culpable al ofendido con tal de \m&0 e\ delito de su defenso, por la enor-
ímar unos honorarios, que llevan en sí to- midad del acto; tiene que destruir los pvo-
&s las amarguras de la víctima y la mal- juicios, para, que la ley se aplique en su
lición social. I justo sentido, en fin, debe procurar la ne-
Esos detehsores son una amenaza para renídad del ánimo de los jueces; para quo
sociedad en-que viven, En efecto, con el I no juzguen con odio ni con temor.
defensor, lo» erímínalM pntdtn poner I P#ro cuando el cU&nsor, dejando el
á vivir on olla,
2 REGENERACIÓN.
mino recto de la justicia, opta por el tor-
tuoso do la chicana; cuando desprendién-
dose de la honrosa toga del letrado, opta
por ©1 lentejuelado dominó del clown, y
en vez de clamar justicia,, trata de aniqui-
lar á la víctima vociferando como* histrión
de feria, para conturbar el ánimo de los
jueces & fuerza de gritos, de tontas protes-
tas y de vanos oropeles; cuando no conten-
to de abofetear al texto legal, abofetea ru-
da y cruelmente á la moral y á las buenas
costumbres, comprando á los jueces y tra-
ficando con la justicia como con el cuerpo
de una prostituta, entonces, el defensor
deja de llevar este nombre, que solo ha lle-
vado para escándalo de la sociedad, y des-
prestigiado, caerá al peso de las censuras
de los hombres honrados, para confundirse
en el medio canallesco de su tenebrosa
clientela.
Urge, pues, (no nos referimos á- los
defensores honrados) que haya defensores
y no cómplices, que haya togados y no fan-
toches, que no se ultraje á la justicia ha-
ciendo la apología de los delitos, ni se tuerza
lamentablemente á la ley para hacer resal-
tar la inocencia en un bandido.
Fondos de la Nación para
las fiestas de la Paz.
No teniendo nada práctico que hacer la
Secretaría de Justicia, ha dispuesto uni-
formar mil quinientos alumnos de Lis es-
cuelas públicas, para que hagan evolucio-
nes militares en honor del Presidente en
las fiestas llamadas de la Paz.'
No se aumenta el sueldo á los escribien-
tes laboriosos de los Juzgados, qua desem-
peñan nn trabajo útil y honrado, porque
sé asegura que no hay dinero; pero cuan-
do se traba de halagar al Poder, sobra nu-
merario para vestidos ridículos, que con
disgusto se pondrán los muchachos de las
escuelas primarias.
En muchas de estas escuelas harán falta
útiles indispensables para la enseñanza, y
•1 profeiorado morirá de hambrt, en razón
de su miserable sueldo, jjero esas circuns-
tancias no so toman en cuenta' cuando an-
da de por medio el egoísmo.
Además, los contribuyentes no pagan
los impuestos destinados á instrucción pú-
blica y al ramo de justicia, para que dis-
trayendo los fondos de su objeto, se invier-
tan en fiestas, que si traen provecho á los
que las organizan, ningún beneficio recibo
la Nación con ellas.
Por otra parte, si se trata de" granjearse
la voluntad del Presidente, bueno es que
se gasten los fondos propios y no los ilel
pueblo.
democracia y
- JJuiocracia.
El pueblo, que es el soberano, ó que más
bien dicho, entre nosotros debiera ser el
soberano, puesto que las--autoridades, en"
toda democracia, ema'narrdel pueblo, que
es el único que puede nombrarlas, eso mis-
mo pueblo, ayer tuerte y viril, ahora se vé
sometido por sus mismos servidores.
Del papel de amo, que desempeñaba el
pueblo, ha pasado al de subalterno de sus
autoridades. Este hecho que parecería ini-
cuo aun en los pueblos sobre los que pe-
san los gobiernos más autoritarios, es on-
tre nosotros cosa fácil y hacedera, en vir-
tud del mal tino que siempre ha habido
para imponer autoridades, ya que éstas no
son elegidas por el pueblo.
Como una prueba de la soberbia de las
autoridades, es decir, de los servidores para
con el pueblo, esto es, para con su amo, nos
referiremos á la imprudente frase que diri-
gió el Gobernador del Distrito é los señores
propietarios de coches de alquiler, con mo-
tivo de la riltima huelga, que tanto escan-
dalizó á la sociedad. Dijo el Gobernador:
«Los cocheros y los propietarios que estén
de acuerdo con los huelguistas, deben co-
menzar por mostrarse SUMISOS y OBE-
DIENTES. Después habrá tiempo de co-
rregir el estado de cosas,»
SUMISIÓN y OBEDIENCIA á una dii-
REGENERACIÓN. 3
posición caprichosa, atentoria contra la lis
bertaddel trabajo. SUMISIÓN y OBE-
DIENCIA se exige del pueblo, cuando las
autoridades son las primeras e • no mos-
tiar ni SUMISIÓN ní OBEDIENCIA en
lo que respecta á los derechos de los ciu-
dadanos.
Sumisión y obediencia debo reclamar el
pueblo (el mandante) á las autoridades (sus
mandatarios). Forzoso es que no se con-
fundan los derechos y las obligaciones del
mandante (el que ordena) con los derechos
y obligaciones del mandatario (el que obe-
dece la orden).
El pueblo es el soberano, la autoridad es
BU servidora. El pueblo es el que tiene fa-
cultad de reclamar sumisión y obediencia
á BU servidora.
Es bueno que el Gobernador estudie su
papel, y sobre todo, que lo comprenda pa-
ra que no vuelva a incurrir en desacatos de
lesa democracia. Las democracias necesi-
tan servidores y no amos, para no conver-
tirse en autocracias.
Además, si comprendió el Gobernadorque había de corregirse después el estado
de cosas ¿por qué no lo corrigió desde lue-
go? Pudieron ocurrir infinidad dé desgra-
cias con motivo* de la huelga; pero oso no
importaba, después podía corregirse la dis-
posición absurda de un Regidor, es deci^
después de que hubiera habido muertos,
heridos y se hubiera escandalizado á la so-
ciedad.
No corrigió inmediatamente la disposi-
ción, porque surgió el orgullo, se sobrepu-
so el amor propio, y nada se hubiera con-
seguido, si los huelguistas no hubieran
mostrado resolución al sentirse atacados
por la autoridad en sus más rudimentarios
derechos.
Triste estado social éste en que los go-
bernantes imponen sumisión y obediencia.
importante.
Suplicamos á rjuestros subs-
criptores, focales y foráneos, se
sirvan indicarnos- los yunteros
tfueno hayan recibido,para remi-
tírselos.
jV quien corresponda
En uno de nuestros números pasados
hicimos saber que figura como escribiente
del Juzgado I o Menor de esta capital un
Sr. Pascual Tovar, á quién nadie conoce,
porque nunca concune á la oficina á de-
sempeñar su cometido.
Ahora hemos sabido que ese señor está
impleado como mayordomo do carros del
Ayuntamiento, y quizá por ese motivo no
puede asistir al Juzgado Menor.
El Sr. Duque de Estrada, que figura co-
mo escribiente del Juzgado 6o Menor, so-
o asistió, espoleado por «REGENERA-
CIÓN,» unos cuantos días á esa oficina y
no se lo ha vuelto á ver más por allí.
Bueno es, ya que esos señores no pue-
den desempeñar sus empleos como escri-
bientes» que se les destituya á fin de nom-
brar á otras personas que sean más escru-
pulosas para cumplir con su deber.
Al menos, que el sueldo que les corres-
ponde, y que religiosamente cobran, se
aplique & los demás empleados de sus ofi-
cinas o.i virtud de desempeñar éstos las
labores de aquéllos.
"El Buen Tono" y
la "Bonsack
Machine Company."
OBSERVACIONES DE LOS SRES. LÍOS.
AGUSTÍN VERDUGO, JOBGB VERA ESTANOL
Y MANUEL CALERO Y SIERRA,
Á LA EJECUTORIA DE LA SUPREMA COUTE
DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
NOTA VII.
El Considerando 5o de la ejecutoria re-
procha al señor Magistrado del Segundo
Circuito, que no hubioso examinado por su
orden, primero, las pretensiones del «Buen
Tono,» y en seguida las del señor Butler.
Esto supone que la sentencia de apelación
debe revibar punto por punto la de prime-
ra instancia y siguiendo •! orden de la mi»-
UEGENÉBÁCIÓN.
nía. Nos explicamos—sin dejar pbr eso de
lamentarlo—este nuovo error del señor
Magistrado ponento, quien, acostumbrado
á las rovisiones quo la Corte hace todos los
días de las sentencias pronunciadas por los
Jueces de distrito en los juicios (le ampa-
ro, creo quo de igual manera es do la sobe-
ranía do todo Tribunal- ¡Superior, revisar
on todas sus partos las resoluciones del^in-
ferior, aun on los puntos no recurridos.
Los autores ornen in y el artículo 511 del
Código de Procedimientos Federales, man-
da expresamente quo la sentencia de vis-
ta, debo solamente ocuparse on examinar
los agravios alogados; on consociioncia, el
señor Magistrado de Circuito, no sólo ñor
estaba obligado á pasar sobre la sentencia
recurrida y á examinarla punto por jpunto
y en ol orden do las par bes "do la misma
sontencia, sino que clcbit circunscribirse,
como en efecto lo hizo,á examinar los agra-
•vios propuestos por ol-apelante y decidir,
en vista do ô o examen, si la sontencia re-
currida debía ó no revocarse.
NOTA vrrr,
En el Considerando 6o so haco^al Magis-
trado do Circuito el grave ó infundado re-
procho do haber desnaturalizado los hechos
consignados en autos. Veamos cómo se tra-
ta de justificar est'e reproche.
Se dice en el párrafo A del Consideran-
do, quo por haber declarado la sentencia
de segunda instancia que la de primora dio
al opositor mas do lo que podía pedir (ó
tenía derecho á pedir), falseó los hechos,
porque ajuicio del señor Magistrado ponen-
to, estuco ol opositor en su perfecto dere-
cho para dar á su demanda la extensión
que le pluguiese Es la primera voz que ve-
íaos, quo cuando un Juez ó Magistrado
hace una apreciación legal sobre una cues-
tión jurídica, se le impute que ha falseado
los hechos, sólo porque tal apreciación no
está en consonancia con las miras del supe-
rior. Si ol Magistrado c]e Circuito hubiera
afirmado quo la sontoncia do primera ins-
'tancia dio al opositor más de lo que.pidió,
habría falseado los hechos, porque en los
autos so lee que lo que pidió el opositor
ut? precisamente lo que le concedió e
Juez do primera instancia. Pero el Magis-
rado de Circuito afirma que el opositor pi-
dió más de lo qué legalmeMe podía ó tenia
derecho á pedir, y quo la sontencia de pri-
mora instancia concedió al opositor, no más
de lo que pidió, sino más de lo que tenia
derecho á pedir. En otros términos: el Tri-
bunal de Circuito juzga quo la oposición
do "El Buen Tono" á todos los sistemas do
Butlor, ora ilegal é improcedente, por *o
¡ual,la sentencia do primera instancia, quo
accede á todo lo pedido por "El Buen
Tono,»debe ser revocada. Entonces, al decla-
rar ol Tribunal do Circuito lo quo declaró,
emitió una apreciación sobro una cuestión
jurídica—la de*si «El Buen Tono» tenía ó
no derecho para que se le concediera todo
lo quo pidió en su demanda,—opinando do
de distinta manera quo el señor Magistra-
do ponente; pero ni desconoció, ni desnatu-
ral izó los hechos.
Otro perióaico
denunciado,
«El Reproductor Campechano,-» acaba do
ser víctima de un atropello. Por un sesudo
artículo sobre la deficiente organización de
la policía de Campeche, tueron encarcela-
dos el Director del semanario, D. Salvador
Martínez Alomia y el Colaborador D. Ma-
nuel Gutiérrez Zamora.
La denuncia la efectuó el Agente del
Ministerio Público, reputando ultrajes á
funcionarios públicos las apreciaciones he-
chas acerca de la inorganizada, torpe y ar-
bitraria policía referida.
Nuestro colega protesta contra ese aten-
tado, protesta que también nosotros levan-
tamos con la energía resultante de la exas-
peración que produce el torpe manejo de
unas autoridades que, en vez de corregir
los deíectos que la prensa Tes señala, encar-
celan periodistas, confirmando con sus ac-
tos la triste situación de esta "cafrería de-
mocrática.»
Ya haremos conocer los detalles de este
escandaloso asunto.
REGENEBAGION. 5
Al Sr. Martín
"StTPliCAMOS Á ESTE SKROII, FIJE. BU ATENCIÓN
EN LA SIGUIENTE CARTA:
CÍÓN.*—México
falto de un tráuiite o resolución que yo
deba ciar.
GOÍlZálCZ ObrCHÓíL ^ el Sl< ^artín ftonzúlez Obregón no
se presonta Ji mi Juzgado, será la mayor
prueba .de .quo el rotalüdo publicado por
s,3 es calumnioso, y do que se ha tomado
la publicación de Uds., respetable por um-
«Toluca, Noviembre 11 ele 1900.—Sres- jehos conceptos, como instrumento de desa*
Redactores del periódico «IiECfENEEA-|hogos y venganzas, lanzando, como en otra
ocasión, afrentas quo con verdad no mere-
ce Muy Señores míos: Icemos*
«En el número trece eorrespondiente~al «'Ajn'Oveelio esta oportunidad para ofre-
día siete del pre'sente mes, de su poriódi- cerme como su atento auno, y SS,»~FKAX*
co, he visto publicado, con el rubro de 1 cisco UBIBE.
«QUEJAS» un artículo que se refiere muy
especialmente á mí como Juez 1.° Conci- Esperamos quo el Sr.Goiiz.Uoz Obregón
liador de esta Municipalidad. á V10 s e r e f i e r e e l Sl% B - francisco Uribe,
«Con verdadero escrúpulo, con n i m i o N servirá obsequiar los «lóseos do dichov« i. L" i i i. - i -.funcionario, presoní ¡indos-e al Juzgado 1.°
empeño, he-buscado en los inventarios del ~ ,„ , I rf1 . . - , . , «
T , , , . . . , Conciliador de Toliica, para indicar al Sr.Juzgado, que es a mi cargo, el juicio a que _ .. , . ' t& i o nr i.' n ¿i /̂ t. Juez el asunto de orto so traía-.
se refiere el br. Martín González Obre- «. . , >. .
.. , M..-, , Por nuestra parte, diremos muí, si on
gón. quien suscribe el remitido* a que me •, & v u I- , i ^ i&
r t
J 1 . , . , . , x en dennitiva resulta <or una falsedad lo
refiero, y no existe juicio alguno en que ,
dicho señor haya intervenido, como actor i-, .,. 1 -, m i n
** Conciliador de lomease refiere, y que no
ócomd reo. existe el Sr. Martín González Obregón y
cMe he informado también con varias , . u > i. , . , . , . x , _^ ' I si alguna persona que se oculto tras esepersonas, de distintas clases sociales, y el *?* * * -T • i r *J *
i, ~r ' ^ ,. ^ . ,
 ; J seudónimo para calumniar al referido fun-
Sr. Martin González Obregón, es pérsoH . . , T > n
, n -, . ,,. cionario, seria muy duro nuestro reprochena enteramente desconocida en esta (jiu- i i TT
, , WK- , . - para la persona que ha sorprendido núes-
dad; Hechos que me autorizan suponer, que J , n, ' \ ^ * í, , 3 Z , . tra buena fe asentando hechos falsos,se trata de alguno de esos enemigos gra- ^ , v •, A ! a° _ .• « Esperamos también nosotros, quo el Si\.
tutos, que por desgracia no faltan á un I M a r f c f n amz&lez Qh ón> gi o g e x i g t e >
funcionario pubhco, que.Tahéndfi» de la L ^ k . c a b a l l e r o s i d a d de presentarse
suposición de nombre, de lax mentira v la , « TT -u ' * o « T, , ' „ /- , * J al Sr. uribe, ya este befior suplicamos se
diatriba, lanzan un insulto para vanaglo- . -- . * t i n ,
\ T 1 _ i " * »
u sirva coraumcai'nos lo que en lo futuro
narse en las dulzuras de su ruin vengan- *& acontezca.
la carta a que el tírr Juez; 1.°
HM
«Anhelo,y si á Uds.les os dable^les supli-j TT\T TITTT^DT A 17Tr)TT
co, se presente él que se dice ó es Mar-1 . LJ 1\ i Uií/IDL'U V l lv l l /»
tín Gronzález Obregón á mi Juzgado, y me
indique el juicio de que se trata, pues sil La prensa jalisciense nos anuncia que en
bien hay en mi referido Juzgado algunos Lagos, en las últimas elocciones municipa-
ó juicios pendientes de promo- les, triunfó la candidatura del pueblo, de-
eión, por parte de los litigantes, quienes ixbtando á la oficial,
tienen su derecho expedito para promover Eso han hecho los laguenses, y en cam-
á k hora que quieran, a mí mo es prohibí- bio, nosotros jamás liemos tenido ese rasgó
do por la le'y, exigirles ó estrecharles á do civismo. Aquí, so impone al ptfeblo el
que sigan ün juicio, que tal vez ya no les Ayuntamiento forjado en el laboratorio
conviene 6 no quieren seguir, y en, ese caso, oficial. Antes de la elección, circulan las
ellos son los culpables, no yo que cumplo listas oficiales que norman dichas eleccio-
con la ley, pues repito, no hay ninguno | nes. Pe ahí surgen los Pérez Ctálvezylof
BEOENEBACION.
Icaza, almacigos de amparos de garantías.
De ahí, las huelgas de los cocheros y la
sumisión y obediencia paternalmente acon-
sejados por el Gobernador del Distrito.
Reciban los laguenses nuestras cordiales
felicitaciones.
Corruptelas Siüaloenses.
Concordia, Sin. Octubre 31 de 19Q0.—
Cuando la violación & la ley parte de los
mismos Jueces encargados de aplicarla
con exactitud, y cuando es una preciosa
garantía para el hombre, el que lds Tribu-
nales estarán prontos para administrar
cumplida justicia; es irritante encontrar
funcionarios, quo á desx>echo de toda cen-
sura, se afanen en proceder contra las dis-
posiciones claras y terminantes del legis-
lador. - *
Dos anos hace que este Juzgado de 1*
Instancia está á cargo del Lie. Eduardo
Azpeitia Palomar, los mismos que han
bastado para introducir prácticas viciosas,
con perjuicio de la marcha regular de la
justicia. Ejemplos:
En el procedimiento penal, la ley relati-
va» dispone que el Juez estará acompañado,
en todas las diligencias que practique, de
su Secretario, si lo turiere, 6 de dos testi-
gos de asistencia, que darán fé de todo lo
que en aquellas pase.
En este Juzgado, muy rarísima vez ha-
brá tenido acatamiento tal precepto, pues
«e aconstumbra hacer lo siguiente: como el
Juez ha sistemado despachar solamente de
9 á 1*2 del día, en este tiempo, recibe per-
sonalmente, no siempre, á los procesados
y aín que esté acompañado del Secretario,
(que lo tiene el Juzgado,) practica la dili-
gencia, sirviéndose de mrmeritorio, como
escribiente, ó de un Señor Martínez, que en
dicho despacho se halla extinguiendo una
condesa de varios años.
Como por la tarde dicho Juez duerm
todos los días una larga siesta, entonces,
ya no es él quien practica las diligencias,
sino el Secretario en unión del procesado.
Peta mferifw, con sana lógica, que es*
tas corruptelas no aparecen justificadas
en los autos, debido á que se simula la di-
ligencia como lo previene la ley, firmán-
dose, después de practicadas, por los que
deyioron intervenir en ellas.
Nuestro Código de Procedimientos Pe-
nales, precisa con claridad, cuáles son los
únicos medios do que el acusado pueda va-
erse para obtener su libertad provisional-
Estos medios son la libertad bajo caución
y la libertad bajo protesta.—No hay otros,
—Pues bien, ha hecho práctica dicho Juez,
de sacar de la prisión á procesados, sin ob-
servar las disposiciones del Código sobre
tal libertad, para servirse del trabajo de
dichos procesados como sirvientes domés-
ticos, si bien es cierto, que también los
ocupa en el aseo del Juzgado y mandados
del mismo.
En materia civil/ el citado Juez, descue-
lla por su impericia y por su negligencia.
Dice el artículo 103 del Código de Pro-
cedimientos Civiles, que en los autos se
hará constar el día. en que. comienza á co-
rrer un término y aquel en que debe con-
cluir, y en el siguiente artículo, el 1G4, se
sanciona aquel precepto, con una multa
que se aplicará al Secretario si no lo hicie-
se. ——
' Pues bien, acostumbra el Juez, á pesar
de la constancia que debe existir en los
autos de los términos que corran y de m
conclusión, dictar un proveído, á las peti-
ciones de las partes solicitando el curso
del negocio, poco mas ó menos en los si-
guientes términos: «Certifique la Secreta*
ría si és cierto que há. concluido tal ó cual
término.» . -
Esta irregularidad, prueba el prurito de
entorpecer y dilatar los negocios con me-
nosprecio del precepto constitucional qi»
dice: los Tribunales administrarán pronta
y cumplida justicia; y demuestra la nin-
guna voluntad al estudio por parte del
Juez.
En otra correspondencia seguiré dando
& «REGENERACIÓN» datos del pésimo
servicio del ramo de justicia en este Dis-
trito, que tiene mi Juez inepto, negligen-
te y voluntarioso.
REGENERACIÓN
JIIEZ HE niSTHITD
HDHRAnn.
Nuestro querido Colega «El Deniócra-
ta,» de Hermosillo, Son., nos trae la grata
noticia de que el Sr, Juez de Distrito de
ese Estado, Lie. D. Germán Velasco, am-
paró á D. Belisario Valencia, Director de
iEl Sol,» contra los actos arbitrarios y.
atentatorios del Juez Io de Primera Ins-
tancia de aquella Ciudad, consistentes en
la encarcelación del Sr. Valencia y en el
decomiso do la imprenta.
Estas arbitrariedades fueron originadas
por la querella insubstancial que protno-
rió el Ayuntamiento hermosiflense, que
más se preocupa de ejercitar venganzas
que de cumplir con su deber.
Nos parece que la lección es dura y que
la confirmará la Suprema Corte. Pero lo
sensible é irritante es que esas autoridades
(el Ayuntamiento y el Juez de 1* Instan-
cia) no aprovechen esas lecciones, anima-
das por el favoritismo que les dispensa el
Gobierno impopular de ese Estado tan
oprimido.
Esperamos datos sobre la sentencia del
Sr. Jaez de Distrito.
Jtbusos en
üetela de Ocampo.
Hasta nuestras oficinas llega el clamor
que levanta el infortunado Distrito de
Tétela de Ocampo, Puebla, agobiado desdo
hace veinte años por las arbitrariedades,
que en en el ejercicio de sus * funciones,
comete día á día el Jefe Político de dicho
Distrito.
Los actos de ese funcionario han tenido
«1 sello despótico de los cacicazgos, nada
de provecho ha practicado en el Distrito y
en vez de simpatías, solo ha logrado ro-
dearse de una atmósfera pesada, producida
por el descontento de los buenos ciudada-
nos de Tétela de Ocampo, indignados por
la pésima Administración d« He Jefe* sos-
tenido contra la voluntad del pueblo, por
su protector el Gobernador Mucio Martí-
nez.
Cansado y difuso seria enumerar uno
por uno los actos de qne se quejan los ha-
bitantes de Tétela. Nos concretaremos á
unos cuantos, que bastan para comprender
que no nos inspira la pasión al decir que esr
un mal funcionarioel «Jefe Político.
Ese funcionario encarcela a los que no
pagan la contribución personal, violando,
con tal procedimiento, el art. 17 de la Cons-
titución, violación que hemos demostrado
en números anteriores con respeto al Jeft
Político de Córdoba, Veracrnz, que gusta
también de violar la garantía que otorga
dicho artículo.
Eitos actos los. o jecuta á ciencia y pacien-1
cia de los habitantes de Tétela, que cansa-
dos de tantas expoliaciones, no tienen alien-
tos para protestar contra ellos.
Nos refieren quo un infeliz arriero llama-
do Rafael Moreno, hombre honrado, y tra-
bajador como el que más, faé víctima de un
atentado cometido por el Jefe Político,
quien tal vez por ignorancia, se abrogó
facultades que solamente corresponden á
la autoridad judicial. Parece que Moreno
tenía una pequeña deuda con un individuo
de San Pablo, población del Estado d«
Tlaxcala. Un día que conducía sn atejo,
como siempre lo hacía de una k otra de
las poblaciones en que aprovechan sus ser-
vicios de arriero, fue detenido por unos
agentes del Jefe Político, quien se encon-
traba, á corta distancia ocupado en distrac-
ciones cinegéticas, á que es muy afecto
con peí juicio de la administración del Dis*
trito que mal gobierna, en virtud de per-
der el tiempo en esas distracciones enlugaí
de aprovecharlo para atender los intereses
que se le han confiado. Llevado Moreno á
presencia del funcionario, éste le hi*o sabef
que teniendo una deuda pendiente en Salí
Pablo, tenía que recogerle las muías en
pago de esa misma deuda, como se hizo en
efecto, despojando al infeliz hombre de sus
medios de subsistencia sin haberse trami-
tado ningún juicio.
>. Ignora ese Jefe Político, arbitrario y
voluntarioso, <j«e golo cuando hay ordena.
*EH£»QTÉCA MACKMUl
8 KEGENERACÍOÍsf.
miento judicial quo prevenga- el secuestro
de los bienoírdel deudor, puedo hacerse oso.
Además, para llegar al secuestro y en \ú-
timo resultado, á la adjudicación de los
bienes del deudor, so requiero que se Laya
s abstanciado urr juicio ante autoridad com-
petente, y nada se había substanciado en el
raso (¿no nos ocupa. Este desconocimiento
do las leyes, en una persona que desem-
peña el importantísimo cargo do Jefe Polí-
tico, es peligroso y ocasiona perjuicios, las
más de las veces irreparables. No se pre-
tende que el «Jefo Político sea un doctor en
derecho, pero sí que tenga el criterio sufi-
ciente para apreciar qué asuntos son de su
incumbencia y cuales no.
De cualquier modo, ganarían los habitan-
tes del Distrito do Tétela con la destitu-
ción de ese empleado.
A nuestros
subscriptores.
A las personas quo pagaron nuestro giro
por el trimestre de Agosto á Octubre de
osto año, les giramos ahora únicamente por
los meses do Noviembre y Diciembre para
comenzar el año entrante á girar \)ov sus
trimestres naturales.
A las personas quo pagaron nuestro giro
por el bimestre de Septiembre y Octubre
de este ano, les giramos nuevamente como
A los primeros, esto os, por Noviembre y
Diciembre, para comenzar también por tri-
mestres el año entrante.
A las personas quo han recibido desde
ol número 9, les giramos por el trimestre
de Octubre á Diciembre próximo, conti-
nuando después girándoles por trimestres.
Por último, á las personas que reciban
del número IB en adelante, les giramos por
ol bimestre de Noviembre y Diciembre, pa-
ra comenzar el año entrante por trimestres.
NOTA.—Suplicamos atentamente á las
personas contra quienes giramos, no res-
palden nuestras libranzas con la nota do
que cuando reciban' determinado número
que no se les ha remitido, cubrirán el im-
porte de la subscripción, pues pueden cu-
brirlo y escribirnos acerca de ese asunto,
con la seguridad de que serán atendidas
sus quejas con, toda escrupulosidad.
Un cura como
otros muchos,
Los clérigos no abundan en las cualida-
des quo predican á sus feligreses. La oí ato-
ria tempestuosa y epiléctica del pulpito,
no reza con ellos, y su falta do virtudes
evangélicas, son un contraste con sus decla-
maciones rabiosas predicando la virtud.
Un ejemplo do mansedumbre.El párroco
do Santiago Tlaxala, Distrito de' Tlalne-
pantla, Méx.. se encarga de proporcionár-
noslo. Se le impidió adjudicarse una faja
de terreno, propiedad de los Sres. Gonzá-
lez. Esa^oposición, justa y legítima, indig-
nó al cura, y movido por la candente labor
de sn besícula viliar,so desahogó en impro-
perios contra dichos señores y otros hon-
rados vecinos do aquella población. En su
intrepidez y arrogancia, arrasó también
con la reputación del Primer Regidor del
Ay lint amiento, designándolo pnblicamenta
con el epíteto do ladrón.
La altanería del frailemibiera sido rigo-
rosamente castigada por el Juez que cono-
ció de lá acusación promovida en su con-
tra, si no interviene la caballerosa actitud
del Sr. D. Eduardo del Valle, Jefe Político
de aquel Distrito, que concilio los ánimos,
obligando al párroco á retirar las ofensas
vertidas y allanando, las dificultades moti-
vadas por el terreno en disputa.
Son muy poco apropósito para inspirar
piedad ferviente en sus feligreses, los pro-
cedimientos del colérico y arrogante parro*
co do Santiago Tlaxala.
"€"/ ,€co del Jstmo
y la Suprema Cork
En nuestro núm. 9 defendimos á la Su-
prema Corte de la imputación do ligerea
que el estimado colega "El Eco del Mni
le hacía por haber acordado la consigí*"
ción del Jefe Político y Juez 4© ¿* In&taí"
cía de Tehuantepec, como presuntos t&
ponsablos del tormento que segiín Patro-
cinio Guzmán, se le había aplicado.
REGENERACIÓN. 9
El aprepiablo cologa se ha servido refu-
tar victoriosamente nuestrasaseveraciones.
KoeordemoK hechos. %
, Cuando el colega arrojó á la Corto el dic-
terio de ligora, acudimos á ver el toca res-
pectivo, pues ya los autos habían sido de-
vueltos al Juzgado de Distrito. De ese toca
aparecía que la autoridad rosponsable no
había rendido su informe con justificación,
lo que hacia presumir (art. 800 del Código
de Procedimientos Federales) que el tor-
mento se habia aplicado á Patrocinio Guz-
mán y que la autoridad ejecutora era res-
ponsable de un delito contra las garantías
individuales. La deducción era lógica, pero
las premisas resultaron falsas.. ^
En efecto: cuando Guzmán ocurrió al
Juez de Distrito en solicitud de amparo y,
por ende, la suspensión del acto reclamado,
la autoridad federal, haciendo uso de la
autorización del art. 786 del referido Códi-
go, suspendió de planof sin substancia-
ción previa,el acto reclamado,y ordenóálá
autaridad responsable rindiera el intorme
á'que se refiere el ari.79í),estoes,en cuanto
si fondo de la queja interpuesta, informe
que so rindió debidamente.
Natural era, -pues, que la Corte, al revi-
-ear el auto de suspensión, no encontrándose
en el incidente respectivo el informe de la
autoridad responsable, Io, porque no se pi-
dió el informe á que alude el art. 785 res-
peoto á la suspensión del acto reclamado,
y, 2o, porque el informe que rindió laauto-
ridad responsable en cuanto al fondo del
negocio, no se agregó, porque no debía
agregarse al incidente de suspensión, sino
al cuaderno principal del amparo, que la
Corte, no tuvo á la vista, ni pudo tenerlo,
por no estar á revisión y haberse quedado
en el Juzgado de Distrito. La Corte, pues,
no debió afitmar dogmáticamente, como
lo hizo, que la autoridad responsable no
había rendido informe alguno. Si esa au-
toridad no lo rindió en cuanto á la sus-
pensión, fue porque no se lepidio, y no se
le pidió, por haberse suspendido de plano
el acto reclamado.
Ha estado, pues, en lo justo nuestro es-
timado colega «El Eco del Istmo* al tachar
de ligereza & la Corte y le' agradecemos
quehubiesedestruido nuestro error, motiva-
do por la afirmación de dicho Tribunal,
para el que no abrigábamos duda alguna en
•ate negocio.
En-resumen: Ha cometido la Suprema
Corte una lígerSza y "vamos á decir, por-
quo os forzoso hacerlo, quién lá ha origi-
nado. Litiga en Tehuantepec un tinterillo
Apellidado Valencia, apoyado por un cono-
cido Abogado de Oaxaea. Eso tinterillo
• odia á los funcionarios consignados, y los
odia, porque no puedemedrar cerca do
quienes sus manejos son bien conocidos. I>»
allí ha brotado ose enredo. El Abogado do
Oaxaca, mal informado por eso individuo,
puso on juego su personalidad. La mala at-
mósfera para los funcionarios aludidos, ere
inevitable. Resultados: ese proceso inicuo,
llevado á la exagoración por el Juez de
Juchitán, pobre en elementos intelectua-
les, pues clasificó como DELITO DE TOK-
MENTO, el supuesto delito quo perseguía;
y la arrogancia de Patrocinio Guzmán,
que tuvo por cárcel la Escuela do Tehuan-
tepec, con escándalo de la sociedad de eso
lugar, mientras las autoridades calumnia-
das eran llevadas entre soldados á pié, bajo
un sol candente, de Tehuantepec á Juchi-
tán.
Así como nosotros hemos reconocido
nuestro error, sería conveniente, más bien
dicho, necesario, inevitable, forzoso, que
la Suprema Corte reconozca el suyo y pro-
cure-el remedio á tantas infamias, vejacio-
nes y arbitrariedades originadas por su
intrigas del tinterilloligereza y por las
Valencia.
Agradecemos cordialmento á nuestro
querido colega «El Eco del Istmo,» su ama-
bilidad _al destruir ol error en, que nos ha-
llábamos. Hemos reconocido y reconocere-
mos siempre nuestros errores. En este
punto no conocemos susceptibilidades.
Juez y
Nuestro valiente colega «El Heraldo,»
de Aguascalientes, inserta en sus colum-
nas la sentencia que pronunció el Sr. Jue?,
2.°Penal de dicha Ciudad, Lie. D. Federi-
co M. Sotomayor, con motivo do un pro-
ceso que se siguió á su ex-Dírector Lie. A.
Lomelí á solicitud del Ayuntamiento, que
parece ser tan susceptible ó insubstancial
como el de Hermosilio. Esa sentencia, con-
firmada por ol Tribunal Superior del Es-
tado, absolvió de la querella al Sr. Lie. Lo-
melí, y como sus fundamentos deben ser
conocidos para enseñanza de otro» muchos
Jueces, que por adular encarcelan y deco-
misan impréntaseos publicaremos en nues-
tro próximo número.
Cuando los tribunales todos de la Re-
pública procedan con la independencia y
honradez de los de Aguascalientes, cuando
se juzgue á los periodistas sin que'medi«
la consigna ó la adulación innoble, cuando
se les aplique la ley con justificación com-
pleta. , . . En inútil bordar en el vacío.
10 REGENEBACION.
€1 proceso de "€l
J{ijo del jVhu izote
La calumnia extrajudicial.
El Juez Io Correccional interino, Lie.
Emilio Pérez de León, en su ahinco de lan-
zar una sentencia condenatoria en contra
de los Redactores de «El Hijo del Ahui-
zote,» olvidó los principios elementales de
la materia.
Ya hemos hecho notar la falta de com-
probación de los elementos constitutivos
del delito y las innumerables irregularida-
des cometidas en ese proceso. Vamos aho-
ra á demostrar, quo ha sido inexactamente
aplicada la ley en que se fundó la imposi-
ción de la pena.
- Previene/ el artículo 655 del Código Pe-
nal, que la calumnia extrajudicial, delito
por el que fueron sentenciados los Redac-
tores de «El Hijo del Ahuizote,» tiene la
misma penalidad que el de queja ó acusa-
ción calumniosa, de que trata el capítulo
11, del Lib III, del mismo Código.
Este capítulo establece tres grados en
la comisión del delita que castiga, á saber:
Primero: Que el calumniador se retracte
antes de todo procedimiento j udicial en
contra del calumniado. En este caso se le
impone al calumniador una multa de se-
gunda clase.
Segundo: Que la calumnia se descubra
antes de que se pronuncie sentencia irre-
vooable contra el calumniado ó cuando en
ella sea absuelto y reconocida su inocencia.
En este caso se impone la pena como deli-
to frustrado, porque en efecto * ha llegado
hasta el último acto en que debió verificar-
le su consumación, y ésta no se realizó por
.causas extrañas á la voluntad del agente; y
Tercero: Que el delito llegue hasta su
consumación; es decir, que por sentencia
irrevocable se imponga alguna pena al ca-
lumniado. La misma, en tal caso, corres-
ponde al calumniador.
De este examen se desprende que la ca-
lumnia solo es punible, cuando se consigue
poner en movimiento la acción de la justi-
cia en contra de aquel a quien dolosamen-
te se hace la imputación de un hecho de-
terminado y calificado como delito por la
ley, sabiéndose quo es inocente ó que el
hecho no se ha cometido.
Ahora bien: el artículo 666 en que se
ha fundado el Juez para la imposición de
la pena, requiere que la calumnia se des-
cubra antes de que se pronuncie sentencia
irrtyoeable f> que sea ab«uelto ©1 calumnia-
o. Para llegar á este resultado, es indis-
pensable que se haya abierto en su contra
un proceso, y ninguno se abrió al Gober-
nador -Mercenario, por la imputación que
le hacía «El Hijo del Ahuizote.» No existe
en autos constancia alguna encaminada á
la comprobación de ese elemento indispen-
sable para la penalidad, y el Juez, á quien
la ley estrictamente le prohibe imponer
por simples analogías y por mayoría de
razón, pena alguna que no esté decretada
en una ley exactamente aplicable al caso,
no ha podido desatenderse de aquella cir-
custancia, cuya omisión hace notoriamente
inexacta la aplicación del artículo 666, al
caso por el que fueron sentenciados los Ée-
dactores de *El Hijo del Ahuizote,-» y por
tanto, se ha violado el artículo 14 de la
Constitución.
arbitrarias.
Dice un periódico oficioso:
«El «Boletín mensual de Estadística Mu-
nicipal» nos hace saber que durante el mes
do Agosto próximo pasado, entraron en la
Cárcel de Belem,—entre hombres, muje-
res y niños,—«cuatro mil doscientos cua-
renta y nueve» acusados de faltas y crí-
menes. No llegando la población de la ciu-
dad de México á cuatrocientos mil habi-
tantes, el tanto por ciento que resulta,—
más del cuatro—es bastante elevado.»
En realidad es alarmante ese número
tan crecido de ingresos á la Cárcel de Be-
lem, pero si se formara otra estadística pa-
ra saber cuántos de los aprehendidos se-
rían puestos en libertad, veríamos, que
muchos de ellos saldrían por desvaneci-
miento de datos, otro número igualmente
crecido, por no acusación, otro de las mis-
mas proporciones que, los anteriores, por
no haber delito que perseguir, y otro no
menos numeroso por falta de méritos.
No obstante, los datos de la Estadística
Municipal servirían á los Lombrosos del
país {como donosamente apoda un diario á
los que en México hablan de criminalidad,
bordando en el vacío) para declarar rotun-
damente, que el nuestro, es un país de ca-
níbales.
Lo que deben hacer esos Lombrosos, e*
denunciar, que aquí, se aprehende sin ton
ni son, y que si hay muchas entradas en
Belem, es solo por esas aprehensiones ar-
bitrarias.
11
ÜPTELAS JUDICIALE sospechoso, los tres ó seis mases, yfrecuencia, afios de instrucción; si no se
cumple coa ese precepto legal, la justicia,
todo lo que ultraja y res- | s i n V » ^ ™ « p » í * * *> *« «kütos» p*~
trinjela libertad individual, son los p r 0 J r a se gomi-á de la libertad. De estos dos
eedimientos de nuestros Jueces cuando «•! o a m y ° V e 1 2 ? •
 8 e * n w m 0 B l ? . P o r e l m~
trata de la averiguación de los delitos. f ™ 0 ' E l 1 *"»*>* P ^ cnmphr con las
Nuestros Jueces del ramo penal, tienen l0Jef-' S° B e c e 9 l t a n a **n temperamento der ! mártir.una obsesión» viciosa, como todas las otee
siones que produce la falta de un criterio., ,
éimparoiaL Esa obsesión, es la de les> mo?U™ « a s * " * « * y ****** la
Deben, pues, nuestras autoridades pena
que son delincuentes todos los individuos f ^ F ^ ^ n des ospechosos. La libertad
que desgraciadamente caen bajo las garras mdivual merece todo respeto y es rapten-
iZz «xsu^MM ~~^«,*>w ™>.«^-^i «« i.̂ -.̂ ^ Isiole restringirla sm criterio y sin talento*bien afiladas, aunque manejadas con torpe*
zaf de nuestra Justicia. Inútil, y casi re-
pugnante, les es el sabio principio de que
todo acusado será tenido como inocente,
mientras no sé pruebe que se cometió el
delito que se le imputa y que él lo perpe
tro. Nuestros Jueces elaboran en BU prodi
•
Como al influjo de una evocación han.
gima ftntasfá el delito, j la obsesión les | s u r g ído á U lucha periodística, pletórícoi
hace imputarlo al acusado* ¿ e s a n Os ideales y de firmesconvicciones,
De ahí esa estadística pavorosa de núes- n l l6vos órganos viriles y altivos, que traen
tro Procurador de Justicm, de la que se | l a BBgrQ^ raisión de hacer la luz disipan-
do las tinieblas.
Tenemos á la vista el primer número d©
Men&eimientOt órgano del Club liberal
«Poneiano Arriaga,» de San Luis Potosí
desprende, con la implacable lógica de los
números, que de cien individuos privados
de su libertad, el cincuenta por ciento son
¡s. De ahí ese afán inmoderado de
aprehender sm enterro cuando s* ha c o - | E s t e periódico, eco fiel de los dignos libe-
metido un delito; y de ahí, también, la re- r a ] e s potosinos, tiene un nombre, que- por
pugnaneia que todos sienten en la presen- s í so lO j e s i m a i.eveiaoión: Renacimiento.
em de un Juez que, con la pretensión de Benacimiento, es la nueva vida de los
un Lombroso, pretende descubrir en un ideales de libertad, la, nueva vida délos
rostro inofensivo, los signos característicos principios democráticos, sostenidos por
de un criminal nato hombres abnegados y patriotas <iue traba-
A un individuo, pescador de uno de h a n p o r destruir el indiíerentismo político,
nuestros lagos cercanos, con el aspecto pa- p rocuraad0 que brote nueva y llena de vi-
tnarcal de las tribus lacustres y que el día d a , una generación que no permita la§
en que se había cometido un delito enMé- tmnSg r6siones alas .Leyes de lgforma
b d d d i ^ i t l i i b á l
q g y l g p
xico, gastaba sus energías tendiendo redes, nien^o su inteligencia y su saber á los obs
fué declarado, desde luego, con asombrosa fcinados ataques del clericalismo,
perspicacia, criminal nato. Esa clasificación Menaeimiento, viene á cumplir una mi-
ó l b h b l soeifti d© suma importancia. Arranca-
^ l a careta* á la hipocresía, por medio de
la propaganda do la doctrina liberal, y com-
i l
ocasionó que el pobre hombre vejetase en la
cárcel, los tres meses que duró la instruc-
ción.
Sería muy conveniente, que nuestros j batÍ3r¿; t e n á z y eficazmente contra la gan
Jueces huyeran de sus esa an y
 g
g r e n a q t te 8 e i i a m a política de conciliación
p t t M i i ttropología rudimentaria, que produce muy i p o r o t m p a r t 0 , Renacimiento, empapa
graves, consecuencias. Quizá~ un herido d o m tóg idéalas de la Beforma, combatirá
muera sm auxilios, porque si se le prestan, e i absolutismo en cualquiera de sus for-
puede hacerle sospechoso (á los ojos del m a s ? e l militar ó el monástico, que
Juez), el qî e ejercita sus sentimientos hu-
\ Qaízk no llegue á saberse el j 1357.
de un asesino, porque los que hu-
biesen presenciado la contienda, huyan j @nyi6ndole todas nuestras simpatías
de la Ofcstieia, ©n vesí de acudir á ella y | seándole que su labor, ruda como to
con el pensamiento de los reformistas de
érgíco eolegft
de*
se¿ndole q , e o o da la-
proporcionarla los Mementos de prueba ne-1 bo i, q a a t i o n d e á la regeneración política y
eésarios para satisfacerla. social, sea coronada por el más folia de loi
Ambos casos se han presentado con fre- éxitos
eueneia, y con razón: si se cumple con la
frac. I I del art, 1* del Código Ponal, casi
es secura la permanencia »n la cárcel,
•i1
REGENERACIÓN.
Los Jueces
de Celaya.
<-YA jueves 8 do Noviembre de líXJO.--Sr.
Lie. Jesús Flores Magón.—Centro Mer-
cantil, .'Ser. piso, niíin. "20.—México, D. F .
«Muy Señor mío, estimado compañero y
fino amigo:
«Muy pronto ¡ay! inuoren las ilusiones.
«Los Sros. Jueces del Partido han vuel-
to á su antiguo sistema de no asistencia,
bastante justificada respecto del 1.° por-
que es notorio, que está enfermo.
<'E1 día 1.° del actual, fiesta que no re-
conoce el Estado, no so-abrió por la tardo
el Juzgado primero.
«-Otra tardo, á la sazón que «REGENE-
EACIÓN» publicaba mi carta de 21 de
Octubre próximo pasado, el Srio del Juz-
gado 2.°, dormía sobre su bufete, como un
j usto.
«Así e.s que no tonomos remedio; pero
espero que sí so ponga por el Procurador
de Justicia del Estado, que, según sé, ya
está enterado do lo que pasa.
«'Veremos y diré á Ud.; entre tanto, me
os grato vopotirme de Ud. con toda esti-
mación, afino, amigo, compañero' y S. S.
q. b. s. m.»—(J. ZURIAGA.
Habíamos abrigado la ilusión de que los
tíros. Jueces de Colaya cumplían ya con
su deber; pero la carta de nuestro inteli-
gente amigo el Sr. Lie. Clicerio Zuriaga,
viene á destruirla.
A propósito de este asunto, dice nues-
tro estimado- colega «El Barretero», do
Uuanajuato:
« Por recargo do material no nos había-
mos ocupado do una carta que nos dirige- -
ol Sr. Lie. Manuel Olmedo, Juez de Letras
de oso Partido, en la que nos dice ser del
todo inexacta la noticia que publicamos
respecto á la demora que sufrían los liti-
gantes en ol arreglo do sus negocios por
la apatía de lo> J acces.
« Las razones quo nos da el Lie. Olmo-
do nos convencen, por lo que aseguramos
no ser cierta la noticia quo publicamos res-
pecto al Sr. Lie. Olmedo.
«REGENERACIÓN,» ilustradísimo pe-
1-ió.dico de la Metrópoli, hace también esta
aclaración respecto á la honorabilidad del
Lie. Manuel Oknedo, asegurando que fue
sorprendida su buena fó.
«¡Si así rectificaran todos aquellos de
quienes, se ocupa la prensa, resultarían
ellos mismos beneficiados, pues que su ho-
norabilidad en nada se perjudicaría.»
Debemos hacer constar que nunca he-
mos dicho que babía sido sorprendida nues-
tra buena fé! El Sr. Lie. Zuriaga nos infor-
mó que dichos Jueces no cumplían con su
deber y así lo hicimos constar. Después,
nuestro apreciable informante nos mani-
festó, que los Sres. Jueces mencionados
concurrían al despacho de sus oficinas y
publicamos ' la carta del Sr. Lie. Zuriaga,
comentándola en el sentido de que nos
agradaba ver que dichos funcionarios aten-
tliesen nuestras indicaciones". Ahora,por la
carta transcripta, puede verse que aquellos
funcionarios han desatendido de nuevo sus
obligaciones.
No ha sido, pues, sorprendida nuestra
buena fé. Los hechos relatados han sido
exactos y' proceden de un caballero de re-
conocida honorabilidad, como lo es el Sr.
Lie. Zuriaga.
Debemos también manifestar t que los
Sres. Jueces* de Cólaya se han mostrado en
este asunto excesivamente susceptibles;
pero por desgracia, esa susceptibilidad no
se ha dirigido á corregir sus defectos, sino
á procurar inferir molestias al Sr. Lie. Zu-
riaga, ya excusándose en sus negocios, ya
dirigiéndose en queja al Sr. Procnrador do
Justicia del Estado ó al Sr. Gobernador.
Afortunadamente estos dos funcionónos,
sabrán corregir a sus_ inferiores y hacer
justicia á la rectitud y no escaso valor ci-
vil del Sr. Zuriaga, que se preocupa, y
con razón, del adelanto y prosperidad de
Celaya en el orden judicial.
Sección de Consultas.
£aponemos á disposición de
todas las personas que se sirvan
consultarnos alguqa cuestiórj Be
derecho, ya sea que ella surja,
ó no, en la secuela de un juicio.
Jíuestro servicio es enteramen-
te gratuito.
POR QUÉ '
IJO asistí rencos á
la procesión de la paz.
Como pudiera interpretarse por un acto
de discolería nuestra negativa, franca y, sin
reticencias, á tomar participación en la Pro-
cesión de la Paz el 1.° del entrante Diciem-
bre, creemos de nuestro deber explicar,
por qué '«REGENERACIÓN» ha asumi-
do una actitud retraída respecto de dicha
fiesta.
Desde luego diremos, y así «0 lo maní-
BEGENERACION 13
fosfcaraos á los caballeros comisionados por
el Círculo de Amigos del Presidente,, cuan-
do se presentaron en nuestras Oficinas á
hacernos la invitación* que nuestras con-,
vicciones eran ontoramento contrariasen la
idea de los feste^s de Diciembre, en vir-
tud de profesar n jsotros el credo democrá-
tico y tener dichos festejos el carácter y
sabor do festivales monárquicos.
Por otra parte, siendo nosotros partida-
rios de la alternabilidad del Poder, por ser
ol principio más liberal, por ser el quo san-
cionaron nuestros reformistas y por ser
también el móvil que impulsó á nuestros
]ladres á sostener con su sangre ol Plan de
Tuxtepec, no creemos consecuente ni hon-
rado, ahogar nuestras convicciones libera-
les, para aceptar lasofertas del Círc.ilo de
Amigos, á quienes mueven más la ambi-
ción y el egoismo,que la admiración since-
ra y leal.
Huelga decir, que no sintiendo nosotros
regocijo ni placer con la nueva toma de
posesión del Gobierno, por el Círal. Díaz,
h iríamos desairado papel caminando entro
la alharaquienta turba adulona, como un
cadáver en medio de un festín.
Si se tratara de honrar la memoria do
nuestros héroes con manifestaciones de
simpatía hacia sus obra beneméritas; si so
tratara de clobrar los gran des días, do nues-
tra Patria (5 de Febrero, 5 de Mayo y K!
de Septiembre) ó bien que so celebrara al-
guna victoria en el campo del saber .y del
talento, gustosos prestaríamos nuestro in-
significante contingente para honrar un
hecho de trascendencia provechosa para
nuestra querida Patria; pero cuando se tra-
ta de celebrar actos contrarios á las convic-
ciones del pueblo, reclutando para ello
elementos disímbolos, que contrarios on
principios, convergen en un mismo punto,
por egoísmo y nada más; liberales y con-
servadores, nacionales y extranjeros acor-
des en un mismo sentimiento, el de adu-
lar, el do hacer méritos (servicios políticos)
para atraerse la atención del Poder, no por
t-us virtudes cívicas, tampoco por su talen-
to, sino por su idiosincracia á todo lo que
¡significa sonreír, aplaudir y gesticular
dando gracias, entonces, como ahora lo he-
mos hecho con fraqueza y dignidad, rehu-
saremos toda invitación, que aceptándola,
tendríamos que esconder de vei'güenza el
rostro por toda la vida, al haber cambiado
por un pedazo de papel, nuestras convic-
ciones democráticas.
quo nos hemos impuesto, publicamos lo
siguiente:
«Prisión do Belcm, Nov. '1° do IÍK.U
vSeúoros Redactores del periódico «HK-
C-ENElí ACIÓN.»
J>roscntos.
Muy señores míos:
«En el último número dol periódico quo
Ostá bajo su acortada Dirección, so om-uen-
ti-a un entrefilot que bajo ot rubio úo
«Atentado á la libertad individual,» s>o mo
hacon iui])utaciones, supaniéndosemo el
responsable de la detención inmotivada que
sufrieron los hermanos Cesáreo. José y To-
más Monroy, llamando á la voz la atención
do la Socrotaría do Justicia, á efecto do
que en lo suooáivo so oviien atropello-) de
esa naturaleza.
«Tongo la profunda convicción, do quo
los hechos quo ustodos refieren en su perió-
dico fueron tomados de fuento perfecta-
mente extraña á las prácticas judiciales,
supuosto que, do acuerdo con lo que pro-
viene la Ley do la materia, no soy yo
quien pueda mandar á la prisión á ningu-
na persona, sino solo soy ol Sub-Alcaido
de la prisión do Belcm, encargado do cum- ,
pliinentar las disposiciones dictadas por
.los funcionarios encargados do la Admi-
nistración do Justicia.
«Además los hermanos Mouroy fueron
directamente consignados á la prisión por
el Ministerio Público en turno, el día 17
drtl actual, llevándolos á la Alcaidía la
propia escolta que s ̂ los presentó y tocan-'
do al empleado Señor dorostiaga, darlos
entrada en los libros respectivos:no tenien-
do yo conocimiento de la detención sino
por conducto del Señor Lie. Hidalgo Car-
pió, Defensor do los Monroy, á quienes
mandé poner en libertad tan luego como
tuve noticia do que en su contra no exis-
tía determinación alguna.
Para corroborar ol hecho anteriormente
indicado, adjunto á ustedes Ja contestación
á una carta-que sobre ol particular dirijí
al citado Soñor I >eí'ensor; espero, pues, (jo
la reconocida justificación do ustedes, quo
se servirán ordenar la publicación do estas
piezas, por sor de estricta justicia, quo
cada quien sea responsable do los actos quo
ejecute.
«Aprovecho la oportunidad para poner-
me á sus órdenes como su afino, y S. S.
FERMÍX ARTEAGA.»
Cartf del Sr. formin Arteaga.
Para satisfacer el programa imparcial
La carta á quo so refiere el Sr. Arteaga
es la siguiente:
«Su casa. Noviembre 2 de 1.01)0.—Sr.
Dn. Fermín Arteaga.
Muy estimado y fino amigo:
- «Contostando »u grata de hoy, en la
HEMEROTECA NAClOMAi
14 REGENERACIÓN.
q ue m© pide, por ser de justicia, aclare yo
la intervención que tuvo Ud. en la prisión
de mis clientes José, Tomás y Cesáreo
Monroy,tengo el gnstode manifestarle,que
debido al interés y eficacia de Ud. tan lue-
go como por mi conducto supo qne los re-
feridos Monroy, estaban presos, sin que en
su contra se hubiese dictado auto de deten-
ción alguno, los referidos individuos fueron
puestos en absoluta é inmediata libertad;
eonstándome además, que al empleado Sr.
Gorostiaga, tocó tomar conocimiento del
hecho naciendo personalmente las anotacio-
nes en los registros respectivos.
«Quedando. Ud. enlibertad para hacer de
esta aclaración, el uso que más le convenga,
sabe puedo ordenar á su agradecido amigo
que bien lo aprecia.—Lie. F. H. CABPIO.»
arbitrariedades
eij
Otra vez más, vamos á ocuparnos del
Estado de Veracruz. Hasta el fastidio he-
mos consignado actos contrarios á la ley,
que han sido .llevados á cabo en esa enti-
dad federativa^ que ha tenido la mala suer-
te de soportar autoridades impuestas con-
tra la voluntad de los ciudadanos.
Recordarán nuestros lectores, que en el
número 12 de «REGENERACIÓN apare-
ció una carta subscripta por el Señor Lie,
Luís G. Otero en la que dicho señor de-
nunció con raro y plausible valor civil,
algunos procedimientos nada correctos (en
materia oficial) del Juez de 1* instancia
de Túxpam, Ismael Iríarte y Drusina.
En dicha carta sedocia, que el juez Dru-
sina no aplicaba la ley sino su capricho.
Tal denuncia de actos oficiales no ajus-
tados á la ley, merecería la aprobación de
todo gobernante que deseara depurar su
administración de_cuanto elemento nqcivo
hubiera para su buen prestigio.. Pero en
nuestro país no sucede tal cosa, y especial-
mente en el Estado de Veracruz, pues he-
mos sabido, que en virtud de la denuncia
que hizo ©1 Sr. Lie. Otero, so lia separado
á 4ste del empleo que desempeñaba á con-
ciencia en Túxpam, como no desempeña
©1 suyo el Juez Drusina.
Es© resultado era de esperarse, en un
Estado en que los jueces se tutean con el
Gobernador, como se nos ha dicho que
acontece con Drusina y Dehesa, deben
atenderse más las indicaciones del cama-
rada, que del hombre que cumpliendo con
un deber de ciudadano, sabe decir con fir-
meza en dónde hay úlceras p¿ra que se las
trí
De ser cierta la noticia que tenemos, da-
mos el pésame á los veracruzanos en vir-
tud, de hab/rse dado muerte á sus legíti-
mos derechos, entre ellos, denunciar actos
arbitrarios.
De hoy en adelante, la arbitrariedad y
el abuso arrojarán la máscara en el Esta-
do de Veracruz, y no habrá ciudadano que
se atreva á señalarlos, sin qUe en el acto
sea víctima de injustas y brutales perse-
cuciones,
Los Jueces
Municipales.
Nuestro ilustrado colega «La Evolu-
ción,* de Durango, hace en un artículo
bien meditado, nniy discretas y justas ob-
servaciones acerca de los Jueres Munici-
pales no retribuidos por el Gobierno. Esas
observaciones son exactamente aplicables
á nuestros Jueces de Paz.
Tiene razón el colega al afirmar que la
mala organización de esos empleos, la ca-
rencia de criterio, ya no jurídico, social
cuando menos, en sus servidores y el desa-
pego para ejercer sus funciones judiciales,
influirán muy directamente en la pésima
marcha de la administración de justicia.
Mientras no se remunere, cuando menos
decentemente, ya que no con holgura, á
esos empleados, la modesta categoría del
cargo y Ja ninguna ventaja que proporcio-
na, su desempeño, alejará de él á todos los
que posearrun criterio medianamente ins-
truido y que ptidie)'an ser aptos para ad-
ministrar justicia. Tendrá que continuar
como candidato una personalidad humilde,
si.no moralmente, KÍ en lo que se refiere á
sus aptitudes intelectuales, personalidad
que no comprende ni aprecia las atribu-
ciones que le son propias y que descuida
el cumplimiento de sus obligaciones para
satisfacer sus imperiosas necesidades.
La distribución equitativa de la justi-
cia, es una función que solo pueden com-
prenderla los cerebros ilustrados. Los ce-
rebros rudimentarios, casi inorgánicos; de
los rudos Jueces Municipales, no tienen
ni podrántener el ejercicio inteleetnal su-
ficiente para resolver cuestiones jurídicas,
aunque sea empíricamente. El fallo con-
forme á la conciencia humana, es una hue-
ca fórmula primitiva, fosilificada en nues-
tra institución judicial. Esa fórmula, ar-
caica, es el más repugnante semillero de
arbitrariedades y vejaciones. Ella debe
traducirse ahora por un cerebro que', aun-
que medítnumwiU ilustrado, te «ntrogu*
REGENERACIÓN. 16
con frecuencia & sanos ejercicios de lógica
y se fortifique con un buen acopio do ex-
periencia y observación. La experiencia y
la observaciónestán divorciadas de los ce-
rebros rudos y de las difíciles y lentas
concepciones rudimentarias.
Creemos, con nuestro colega, que el úni-
co remedio posible es el de la retribución
de esos servicios. Esa retribución, traerá
como inevitable consecuencia, la selección
en el personal, y ese personal seleccionado
evitará los ultrajes que ahora sufre la jus-
ticia.
JJbusos en C/j/apas.
Muy quejosos se muestran los vecinos
d«» Pichucaíco con sus autoridades! El
Prefecto Enrique Zepeda y el Juez Estra-
da Martínez, han establecido un cacicazgo
repugnante. Lo peor del caso, es que algu-
nos hacendados de ese lugar, poco escru-
pulosos, procuran rodear de prestigio á
osos individuos, para ejercitar impunemen-
te actos ilegales, como es el de esclavizar
á su 3 dependientes y medrar al amparo de
autoridades nocivas.
El Sr. Gobernador del Estado, de quien
tenemos buenas referencias, sabrá corregir
los abusos implantados en esa entidad -fe-
derativa por las administraciones pasadas
que, poco escrupulosas y demasiado com-
placientes, desoían las justas quejas de las
víctimas de tropelías irritantes.
de Circuito de esta Capital, entre el enton-
es Magistrado D. Andrés Horcasitas y el
Promotor Fiscal D. Isidro Montiel y Duar-
e, si un auto de sobreseimiento quo causa
(jecutoria, es la líltima palabra do un jui-
io, y por consiguionte, si abrir de nuevo
a averiguación, sería juzgar dos veces por
1 mismo delito. Remitimos á Ud.á esa tlis-
¡usión, que fue agotada por completo sobre
1 punto que TJd. nos consulta,
Sr. José María Trejo,—C. Porfirio Diaa.
h
SECCIÓN DE CONSULTAS
Sr. Lie. D. Edilberto Duarte.—Ticul,
Yuc.
Entendemos que la disposición que
prohibe á los hermanos consanguíneos ser
acusadores entre sí, no autoriza un sobre-
seimiento cuando se trata de delitos que
se persiguen de oficio.. Consecuentes con
esta iutorpretación, decidimos la consulta
de Ud. en los siguientes términos:
I. No podía el Juez desechar de plano
la acusación que mutuamente se hacían los
hermanos por lesiones, pues tenía obliga-
ción de perseguir de oficio el delito.
II. Dada nuestra anterior resolución, no
tiene caso el segundo punto de la consulta.
III. Repetimos que nuestra opinión es,
que no ha sido, correcto fundamento para
sobreseer, la fracción II del art. 132 del
Código de Procedimientos Penales, porqu<
el delito objeto de la averiguación es d
aquellos que se persiguen de oficio.
IV. Fue muy discutido *n «1 Tribunal
Ia Consulta.
Es evidente que en materia civil ningún
auto puede quedar reservado para una de
las partes. La notificación ha de hacerse
leyéndose íntegro el auto y si no se hace
en la forma que la ley lo determina, da lu-
gar al incidente de nulidad.
2* Consulta.
En nuestro número 5, en la sección de
i Corruptelas judiciales,» puede Ud.encon-
jrar expresada ampliamente nuestra opi-
nión sobre el punto que nos consulta. Cree-
mos que la rebeldía acusada en forma, hace
perder el derecho para objetar la planilla
y debe aprobarse tal como fue presentada.
Sr. Lie. Wenceslao A. Yáfiez, Juez 3o
de lo Criminal de Zacatecas.
La criminalidad de las lesiones que pro-
ducen la muerte, cuando evidentemente se
causaron sin el pi*opósito de llegar á ese
fatalresultado, presenta muy serias dificul-
tades. La perversidad del agente y la in-
tensidad, digámoslo así, de su voluntad cri-
minal, no puede medirse por el resultado
material de las heridas, porque equival-
dría á hacer responsable al acusado de la
débil constitución de la víctima, do las im-
prudencias del enterólo ó de la impericia
del médico, etc.; pero no debe concluir-
se de esto, que las lesiones que han tenido
un reultado fatal, no deben reprimirse más
severamente que las que no tuvieron resul-
tados dignos de tomarse en consideración.
Es evidente que el delito se vuelve más
grave cuando ol perjuicio es mayor.
El legislador, en presencia de esas difi-
cultades, tiene que elegir entre estos dos
extremos: ó deja al juez el cuidado de to-
mar en consideración en cada caso las cir-
cunstancias en que se cometió el delito,
reduciendo á dos clases las lesiones: graves
y leves; ó al contrario, restringe las atribu-
ciones del juez y entra el legislador á hacer
el examen de cada lesión según su grave-
dad, y en este caso, el Juez no tiene que
ocuparse en consideraciones sobre, las cir-
cunstancias antes dichas.
La legislación patria optó por el segun-
do ñstema, como «• r« eltnuntut» »n Its
HEMEROTECA NACIONAL
M É X I C O
16 REGENERACIÓN.
clasificaciones que hace entre heridas que
pusieron ó pudieron poner en peligro la
vida, las que duraron más de quince días
para su curación, las que dejaron cicatriz
perpetua y notable en parte visible, etc.
El juoz, sean cualesquiera las consuras que
puedan dirigirse al sistema adoptado por
el Código, tiene que aceptarlo y aplicar
la pena que señala en cada caso. Si el herí»
do falloce duranto los dos primero-; meses
do su enfermedad, debo calificar el delito
como homicidio.
Creomos qu© en el caso que Ud. se sirve
consultarnos, el procesado causó involun-
tariamente la muerte de su víctima, á quien
solo pretendió causarle una lesión no mor-
tal, y en consecuencia, la penalidad está
comprendida en los preceptos del art. 557
del Código Penal. Nos parece que, si Ud.
pronuncia su fallo en este sentido, será per-
fectamente legal su procedimiento.
Muy agradecidos por haber deseado Ud.
oir previamente nuestra opinión.
CAMBIO DE BUFETE.—Los Sres.
Lies. Luis Gutiérrez Otero y Emilio Váz-
quez so han servido avisarnos en atenta
esquela, que han cambiado su butete de la
casa núm. 9 do Santa Teresa á la núm. 2^
del Hospicio de San Nicolás.
Agradecemos tan amable atención.
•
FOLLETO.—El Sr. Lie. Antonio Ea-
mírez González se ha servido enviarnos el
que contieno el informe, que produjo anbe
el Tribunal Superior de Michoacán, en el
incidente de personería promovido por la
Sra. María Sotelo en el juicio hipotecario
que le sigilo el Sr. Lie. José Espinosa.
Agradecemos la remisión de dicho folle-
to, que hornos leido con agrado, tanto por
los interesantes problemas jurídicos que
contiene, como por la forma galana y flui-
da de su texto.
OBRA ÚTIL.—El Sr. Tomás V.^Gó-
mez, Director del Liceo de Varones y Es-
cuela Normal de Profesores de Guadalaja-
ra, se ha servido obsequiarnos con un
ejemplar de la octava edición de su obra
titulada «Nociones Elementales de Gramá-
tica Castellana.»
Las varias ediciones de esta obra, acre-
ditan su utilidad. Presenta'las doctrinas
bajo un método claro y une á la teoría al-
gunos ejercicios prácticos, para la mejor
eompremión d« aquella. Es una obra, #n
la que se aprenderé, sin pasar por. las as-
perezas de los antiguos métodos.
Agradecemos debidamente ol obsequio.
INSOLENCIA CLERICAL.—En la pa-
rroquia do Santa María la1 Redonda, iba á
contraer matrimonio el Sr. Antonio Can-
soco con la Srita M. Concepción Torres.
Cuando llegaron ni templo, &e sorprendio-
ron.,al ver que la misa había comenzado.
Cuando ésta concluyó, ol cura les hizo sa-
bor que ya no los podía casar y que, vol-
vieran aí día siguiente.
El Sr. Can&eco, comedido y cortos, in-
dicó al fraile que so le seguirían grande»
por juicios si se difería esa ceremonia, á
la que habían concurrido á la hora indica-
da. El altanero fraile contestó con frases
duras, que no pudo soportar ol Sr. Canso-
co, quien se dirigió á la Comisaria respec-
tiva en donde entabló formal acusación
contra el envalentonado cura.
No es ol primer caso somojanto. Otro»
muchos han acaecido.Esperamos qne nues-
tras autoridades castigarán al instílente.
Es curioso que esos ensotanádos, des-
pués da que%e los paga, y con exceso, »e
nieguen & prostar un servicio á que están
obligados y profioran insolencia» dignas
do un cochero.
FALTA UN BUZÓN EX BELEM. -
Nos dicen que en la esquina de la Calle
del Bosque, frente al Palacio do Justicia
Penal, habia un buzón quo era de suma u-
tilidad, pues que en él se depositaba gran
parte cte la correspondencia dirigida á los
presos de Belem. .
Ese buzón se mandó retirar por la ofici-
na de Correos respectiva, so ignora por
qué causa.
Como de la colocación cíe un buzón en
las inmediaciones de la Cárcel, se haría
ahorrar /tiempo á las personas que tienen
necesidad de depositar su correspondencia,
y que en la actualidad tienen que hacerlo
en la Oficina Sucursal, que se encuentra á
considerable distancia'de Belem, bueno se-
ría que se llevara á efecto la mejora colo-
cando ol buzón en la Plazuela del mismo
nombre.
LIBRO DE MELCHOR OCAMPO.
POLÉMICAS RELIGIOSAS <n que traz» la obwde
la Reforma «•»<& su Credo religioso y po1 itieo y w le
prelir.e nn fin trúgi o por »ir el Apóstol de las ideas
que informan la Constitución de 18S7 y a* Leyes de
Reforma.
Precio (adelantarlo) # 1.50
Para pedido*: F. VÁZQUEZ, México, calle de iacuDa
número 25.'
Ti?. LITSBABIA, BETXEMTTAB 8.—
	r0225.pdf
	r0226.pdf
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