Logo Studenta

La-actuacion-sindical-en-la-industria-maquiladora-de-la-zona-fronteriza-norte--caso-Mexico

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

FACULTAD [lE DERECHO
SEtv1iNAR IQ DE DERECHO DEL TRABAJO
Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
L:\I\'ERSIDi\D :\ACIO."\Al
DE iVIEXICO
AUTO:\'Oi\1A
"LA ACTUACION SINDICAL EN LA
INDUSTRIA MAQUILADORA DE LA ZONA
FRONTER IZA NORTE (CASO MEXICO)"
T E s 1 s
2005
QUE PARA OBTENER EL TITULO DE:
.L : C E N C I A D O E N DER ECHO
P R E S E oE.~ :
GUILLERMO AR Lo~_~f~ Z* ~~,Ir~ /t, *
~ "v.~~G? .. .,,,,1 • si)
m ~~~. ~ "'9:I~ ~
o ,~r-~,: '~:. t,i'i:w. ~::o , \ .J _ " ,I: l l r. ....rn ' 'f. ,', ,- /"~ I 2
.-\ ~~'W:Sf,.jJ O
ASESOR': DR. JaSE ~La8Si~ !<tff¡
<)~ «,-0 /
~.tA MEN'é.S ~ /-'
"
CIUDAD UNIVERSITARIA, MEXICO, D, F.
Neevia docConverter 5.1
FACULTAD DE DERECHO
SEMINARIO DE DERECHO DEL TRABAJO
Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
'm '/L!<:'I DAlJ NA" I '~¡;AL
Avl'.'I"MA 1'1
¡" \ U .I"!)
ING. LEOPOLDOSILVA GUTIERREZ
DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRACION
ESCOLAR DE LA U.N.A.M.
PRESENTE
Muy dist ingu ido Señor Director:
El alumno: GUILLERMO ARGUELLO VAzQUEZ, con número de cuenta 94165050,
inscrito en el Seminario de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social a mi cargo, ha
elaborado su tesis profesional ir.titulada: "LA ACTUACiÓN SINDICAL EN LA
INDUSTRIA MAQUILADORA DE LA ZONA FRONTERIZA NORTE. CASO MEXICO",
bajo la dirección del Dr. JOSE DÁVALOS MORALES, para obtener el título de
Licenciado en Derecho.
La Lic. L1L1A GARCiA MORALES, en el oficio con fecha 20 de septiembre de 2005, me
manifiesta haber aprobado y revisado la referida tesis; por lo que, con apoyo a los
articulos 18, 19, 20 Y28 del vigente Reglamento de Exámenes profesionales suplico a
usted ordenar la realización de los trámites tendientes a la celebración del Exámen
Profesionaldel alumno referido.
~. ;...•,
ft1~n (11 me n te
"POR MI RAt.A)iA~LARÁ EL EspíRITU·
Ciudad Universitarfa;Q.¡;~. a 30 de septiembre2005.
~. ~~« ('1. ' - " .., _. " • .
!"tl ,r. , . . ', : LA
LIC. PO-~)RlQ!!lA~T GUERRERO
~l::fo¡' del Seminario
NOTA DE LA SECRETARIA GENERAL: El alumno deberá iniciar el trámite para su titulación
dentro de los seis meses siguientes (contados de dla a dIal a aquél que le sea entregado el
presente oficio, en el entendido de que transcurrido dicho lapso, caducará la autorizac ión que
ahora se le concede para someterse nuevamente sino en el caso de que el trabajo recepcional
conserva su adualidad y siempre que la oportuna iniciación del trámite para la celebración del
examen haya sido impedido por circunstancia grave , todo lo cuál calificará la Secretaria General de
la Facuitad.
c.c.p-Sernínario.
c.c.p-Alurnno.
Neevia docConverter 5.1
A DIOS PAQRE
AMI MAMI
Quien siempre me ha dedicado y
entregado incondicionalmente ca da dla
de su vida. con el único objeto de
hacerme feliz y forjar en mi aquellos
principios y v alores Que me han h echo
alcenzar todos mis sueños. Te quiero
mucho mami
AMI PAPA
A MIS HERMANOS
Rañta . Mary y v ento . con quienes he
corrpando todos aquellos momentos
buenos y malos. así como aqueJlas
noches de desvelo en que su apoyo fue
incondicional y que finalmente son
especialmente ino lvidables a su lado.
motivo por el cual me siento muy
orgulloso de cada uno de ellos .
. PQr haberme dado la bendi ción más
grande de este mundo al dejarme
nacer y crecer a lado de mis padres:
así cumo por permitirme disfrutar cada
instante de mi vida con grandes
momentos inoMdabfes.
A Quien a pesar de las adversidades que
hemos tenido. siempre se esforzó por
procurarme de todo lo que he
necesitado a lo largo de mi vida y Que
aun cuando han sido muy pocos losd ias
compartitios siempre es mi ejemplo él
seguir
A MI UNIVERSIDAD NACIONAL
AUTONOMA DE M EXI C O
Por abrirme desinteresadamente sus
puertas y darm e la oport unidad de
ingresar a sus aulas, con la única
finalidad de forjar en mi a un mejor
proresionista y mexicano c on valores y
principios universitarios.
A MI HONORABLE
FACULTAD DE DERECHO
Oue me brindo. bajo su más humilde
vocación de serv icio , los conocimientos
necesarios para Se! un buen
uréversuano y estoeante de leyes.
siempre bajo los principios morales más
preciados.
Neevia docConverter 5.1
A MIS PROFESORES Quienes siempre bajo un amo r
universitario y dedicaci ón incom parable
me trasmit ieron sus conoc imientos,
enseñanzas y experiencias
académicas, procurando en todo
momento dar lo mejor para mí.
En especial al Dr. JOS E DAVAlOS,
quien con una gran vocación de
servicio, esmero y ded icación
incondicional me apoyó en la
realización. dirección y supervi sión de
este trabajo de invest igación.
A ELlZABETH
Ouien me dejo compartir a su lado toda
mi vida universitaria y a quien le estoy
entera mente agradecido por todas las
cosas buenas, bellas y hermosas que
me enseño a lo largo de todo estos
afias , y a quien le dedico y comparto
est e mome nto tan especial para mi.
A MIS AMIGOS
AL LICENCIADO NAHUM
Quien a pesar del poco tiempo de
conocerme deposito un voto de
confianza en mi, al haberme dado la
oport unidad de concluir el presente
trabajo de invest igación brindándome
todo el apoyo necesario para su
rea lización.
Ricardo, Miguel Ángel , Juan Antonio,
Juan Car1os, Diana, con quienes he
compa rtido mis triunfos y derrotas, a lo
largo de varios años y que siempre han
estado con migo incondicionalme nte.
A NORMA LETICIA Quien de manera incondicional
me ha entregado todo su apoyo,
tiempo y atención, al colaborar
desinteresadamente en la revisión de
este trabaj o
Neevia docConverter 5.1
I N D ICE
PAGINA
INTRODUCCiÓN 1
CAPITULO 1. MARCO TEORICO CONCEPTUAL
1.1 . Concepto de sindicato 5
1.1.1 Desde el punto de vista doctrinal. 6
1.1.2 Desde el punto de vista legal. 9
1.2. Significado de sindicalismo 10
1.3. Definición de asociación 12
1.4. Acepción de industria y empresa 13
1.5. Concepto de industria maquiladora 18
1.6. Significado de zona fronteriza 19
1.7. Definición de contrato y convenio 21
1.7.1. El contrato 22
1.7.2. El convenio " 24
1.8. Contratos laborales .25
1.8.1 . Contrato individual de trabajo 26
1.8.2. Contrato colectivo de trabajo 29
1.8.3. Contrato-ley 31
1.9. Convenios y acuerdos colectivos 34
CAPITULO 11. MARCO ' HI5TORICO REFERENCIAL DE LA INDUSTRIA
MAQUILADORA EN MÉXICO
2.1. Aspectos generales 36
Neevia docConverter 5.1
2.2. Programa informal de contratación de braceros 38
2.3. Programa binacional de contratación de braceros de 1942 40
2.4. Renegociación del programa binacional de contratación de
braceros en 1964 .45
2.5. Programa de industrialización fronteriza (P.I.F.) de 1965 .46
2.6. Aparición de las primeras maquiladoras .48
2.7. Etapas de evolución industrial de las maquiladoras en México 50
2.7.1. Primera fase de industrialización (1965-1975) 51
2.7.2. Segunda fase de industrialización (1975-1985) 54
2.7.3. Tercera fase de industrialización (1985-1995) 57
2.8. Las maquiladoras en el año 2000 59
CAPITULO 111. LA INDUSTRIA MAQUILADORA DE EXPORTACiÓN
3.1. La industria maquiladora de exportaci ón 61
3.2. Regulación jurídica de la industria maquiladora de exportación 65
3.3. Organización y funcionamiento de la industria maquiladora
de exportación 73
3.4. Objetivos de la maquiladora de exportación 77
3.5. Decisiones de recursos humanos 78
3.6. Decisiones de localización de la planta 79
3.7. Decisiones operativas diarias y de producción 81
3.8. Tipos de maquiladoras 84
3.8.1 . De primera generación 86
3.8.2. De segunda generación 88
3.8.3. De Tercera generación 89
3.9. Política laboral en la industria maquiladora 91
3.10. Tipos de trabajadores en las maquiladoras 93
Neevia docConverter 5.1
CAPITULO IV. SINDICATOS Y MAQUILADORAS EN LA FRONTERA
NORTE DE MÉXICO
4.1. Organización y funcionamiento de los sindicatos dentro
de las maquiladoras de la frontera norte de México 97
4.2. Efectos y consecuencias de los contratos colectivos de protección
y la subordinación sindical en la industria maquiladora 102
4.3. Mecanismos de represión de los movimientos sindicales dentro
de las maquiladoras 106
4.4. Intervención de los partidos politicos en la formación de sindicatos
en las maquiladoras 109
4.5. Actuación de las maquiladorasen la solución de conflictos
laborales 111
4.6. Efectos y consecuencias de la explotación laboral en
las maquiladoras 113
4.7. Factores que contribuyen al establecimiento de las maquiladoras
en la frontera 115
4.8. Proyecto ce reforma a la Ley Federal del Trabajo y la nueva cultura
laboral. 117
CONCLUSIONES 122
BIBLIOGRAFíA. 130
Neevia docConverter 5.1
INTRODUCCiÓN
Como es sabido, muchos son los problemas que aquejan a la nación mexicana,
sin embargo, dentro de todos ellos hay una problemática que en lo particular me
creó el interés necesario para realizar un estudio y análisis de la misma, la cual
se refiere a la falta de una verdadera defensa y representación sindical de los
trabajadores frente a la industria maquiladora establecida en la frontera norte de
México.
Si bien es cierto, esta industria maquiladora de exportación ha
contribuido enormemente al desarrollo de la frontera norte de nuestro pais, sin
embargo el costo económico, ambiental y laboral de su establecimiento y
operación en territorio nacional ha sido en detrimento de los sectores más
desprotegidos de la reglón.
En virtud de lo anterior y ante esta problemática que ha enfrentado la
nación mexicana, especialmente los trabajadores que residen en la frontera
norte de México, es como en este trabajo de tesis expongo cuatro capítulos
mediante los cuales daré un panorama de la interacción de la operación de la
industria maquiladora y la actuación sindical dentro de ésta en nuestro país.
En el capitulo uno de esta tesis explicaré los conceptos que, a mi
consideracíón, son necesarios para el entendimiento del tema que nos ocupa,
como por ejemplo, el significado de sindicato, asociación, industria, empresa,
maquiladoray zona fronteriza, entre otros más.
La parte correspondiente al capítulo dos, versa sobre aquellos hechos y
circunstancias que son considerados los primeros antecedentes que de alguna
manera motivaron la aparición de la industria maquiladora en México. También
Neevia docConverter 5.1
desarrollaré cada una de las etapas del desarrollo evolutivo que la industria
maquiladora ha tenido en el territorio nacional.
El capítulo tres, refiere sobre lo que es la industria maquiladora de
exportación, su organización, funcionamiento, objetivos, regulación jurídica y los
tipos de maquiladoras que existentes, así como la política laboral aplicada por
las plantas maquiladoras establecidas en México y el tipo de trabajadores
contratados en éstas.
Por lo que respecta al capítulo cuatro, presento un análisis del impacto
laboral que ha tenido en nuestro país el establecimiento de la industria
maquiladora de exportación, en cuanto a la utilización de contratos colectivos
de protección, mecanismos de represión de las plantas maquiladoras en
perjuicio de sus trabajadores, la actuación de éstas en la solución de los
conñictcs laborales y la participación sindical dentro de las maquiladoras.
En el mismo sentido desarrollo algunos temas como los relacionados con
la explotación laboral de la clase trabajadora en las maquiladoras y la
intervención de partidos políticos en la fonnación de sindicatos en las
maquiladoras, así como el proyecto de refonna a la Ley Federal del Trabajo y la
nueva cultura laboral en México.
El desarrollo de este trabajo de tesis está basado en el método del
doctrinario Dieterich, el cual refiere que debe contener un objetivo principal ,
consiste en el análisis detallado de la actuación que tienen los sindicatos con
respecto a la defensa de los derechos de sus miembros en las maquiladoras de
la frontera norte de nuestro país, a efecto de detenninar el grado de
representatividad sindical existente en la zona de la frontera norte de México.
2
Neevia docConverter 5.1
Este objetivo central será estudiado mediante un análisis sistemático, por lo
que resulta necesario citar y definir algunos conceptos básicos, indispensables '
para una mejor comprensión del tema y cuyo objeto de estudio , en el caso que
nos ocupa, son los sindicatos y la industria maquiladora establecida en la región
fronteriza norte de México.
De conformidad con este método nuestro objeto de estudio debe contar
con una ubicación en el espacio físico geográfico, el cual se refiere a la zona
fronteriza norte de nuestro pais; y una delimitación en el tiempo, esta
delimitación comprende un espacio de tiempo de 40 años aproximadamente,
contados a partir del año de 1964, fecha en que se da entrada a este tipo de
industria maquiladora a nuestro pais, y hasta nuestros días.
Como en toda investigación metodológica se cuenta con objetivos
espec tñcos, que son:
·lo Explicar la aparición de la industria maquiladora de exportación en
territorio nacional, periodos de desarrollo y circunstancias que
contribuyeron a su establecimiento y operación.
•:. Estudiar la organización y funcionamiento de las maquiladoras de
exportación, así como su regulación jurídica en territorio nacional,
especialmente en la frontera norte de México.
•:. Analizar la organización y funcionamiento de los sindicatos
existentes en la frontera norte de México, dentro de las plantas
maquiladoras de la zona fronteriza.
•:. Establecer los efectos y consecuencias de la aplicación de las
políticas de f1exíbilidad laboral como factor detenninante en la
explotación laboral.
.:. Detenninar si el empleo de una nueva cuttura laboral y una
reforma a la Ley federal del Trabajo son una opción viable que
3
Neevia docConverter 5.1
contribuirá al desarrollo económico nacional y qué tanto
beneficiará a la clase trabajadora mexicana.
•:. Comprender y analizar las perspectivas de desarrollo de la
industria maquiladora, así como la necesidad de un nuevo
sindicalismo más representativo e mdepenctsnte.
En igual sentido, la hipótesis de esta investigación es la siguiente:
Si el gobiemo mexicano se mantiene bajo una política laboral flexible,
que vele en mayor grado por los intereses y beneficios que puedan obtener las
empresas maquiladoras establecidas en el territorio nacional, especialmente en
la frontera norte de nuestro país, como una vía necesaria para la atracción de
nuevas maquiladoras (inversión extranjera) en el territorio nacional, y si aunado
a eso, los sindicatos mantienen una subordinación total de sus agremiados ante
las empresas maquilajoras, entonces la clase trabajadora de este sector
industrial sufrirá un gran perjuicio en cuanto a sus derechos y condiciones
laborales, como efecto de la poca o nula representación y defensa de sus
derechos laborales por parte de los sindicatos a los que pertenecen.
Como consecuencia de lo anterior, los trabajadores mexicanos se
reorganizarán creando organizaciones sindicales independientes, más fuertes y
eficientes en la defensa de sus derechos laborales.
4
Neevia docConverter 5.1
CAPITULO l. MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL
En la diversidad del mundo del derecho podemos encontrar ; una amplia
variedad de tendencias jurídicas , teorías, hipótesis, e ínterpretaciones en
relación al contenido de un vocablo, palabra, ley e incluso de la doctrina misma,
toda vez que el derecho no es estático, sino más bien, es una ciencia dinámica,
que cambia de acuerdo a las necesidades de la sociedad para mantener la
convivencia y el respeto mutuo entre sus habitantes.
Es evidente que tanto jurista s, legisladores, jueces y rnaqistraoos se
esfuerzan por encontrar una interpretación exacta de los términos juríd icos
utilizados en el derecho, ya que cada palabra lleva consigo un significado propio
y diferente con respectó a otras y el sentido de esta interpretación dependerá
de su propia naturaleza.
En virtud lo anterior, a continuación explicare brevemente algunos de los
conceptos básicos que contribuirán a un mejor entendimiento del tema de tesis
que expongo, de tal manera que su comprensión sea más fácil y sencilla.
1.1.- Concepto de sindicato
Algunos autores apoyan sus afirmaciones sobre lo que la ley establece, sin
rebasar el límite jurídico que ella misma enmarca;algunos otros van más allá de
s
Neevia docConverter 5.1
una simple interpretación de esta naturaleza, analizan a profundidad lo que el
legislador trató de decir al crear una norma, basando sus razonamientos en la
doctrina, en la costumbre, en la jurisprudencia y en la ley misma, buscando un
significado o mterpretacíón exacta de las palabras utilizadas en el mundo
jurídico.
Así, por ejemplo, el término sindicato es definido, analizado e
interpretado desde dos puntos de vista: el doctrinal y el de la ley; en ambos
casos se expresa una idea clara de lo que se puede entender por sindicato.
La finalidad de uno u otro punto de vista es el mismo, definir el ténmino
sindicato, a fin de que el trabajador, el patrón, el legislador y la sociedad en
general, tengan una idea clara del vocablo como tal, como institución y como
instrumento de negociación y representación demro del ámbito laboral.
Sería preferible, desde un punto de vista ecléctico, dar una definición que
sea equitativa o equilibrada en su contenido, que sin dejar a un lado la
definición que hace la propia ley y tomando en cuenta lo que la doctrina seña la
al respecto, describa a esta institución sin dejar duda alguna en quien la
interprete.
1.1.1. Desde el punto de vis ta doctrinal
Desde este punto de vista los estudiosos del derecho analizan profundamente
el origen de una institución, de un objeto, de un vocablo jurídico, etc., de tal
manera que su significado se vea fundamentado en sus orígenes.
6
Neevia docConverter 5.1
Guillermo Cabanellas, en su Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual
señala que: "La raiz idiomática de sindicato, derivada de síndico y de su
equivalencia latina Syndicus, se encuentra en el griego síndicos, vocablo
compuesto de otros dos más que significaban "con justicia". " 1
Con estas palabras se hacia referencia a aquélla persona que habia sido
designadapara representar los intereses de un grupo de individuos.
"La voz síndico, retuvo en las lenguas romanas, el concepto de
procuración y representación. Por traslación del representante y los
representados, surgió el Syndicat francés, del cual es traducción adoptada
Sindicato". 2
A lo largo del tiempo esta institución se le han dado diversos términos
que van desde los colegios, corporaciones, grupos, uniones, círculos y
asociaciones.
Para el jurista Borrell Navarro, la acepción sindicato "...es la junta de
sindicos encargada de cuidar los intereses de una corporación, denominando
como síndico al liquidador de una quiebra, pero también le da la acepción de
una agrupación formada para la defensa de los intereses comunes y la
considerancomo sinónimo de federación, gremio, sociedady unión." 3
Ricardo Villarreal Molina, en su obra "Diccionario de Términos Juridicos",
señala que la voz sindicato refiere a la "...asociación permanente y autónoma
sin fin de lucro, de trabajadores por cuenta ajena para el progreso económico y
, CABANELLAS, GuiUe/lTlo. DiccionarioEnciclopédico de Derecho Usual, Tomo VII. 2' Edición. Ed~orial
Heliasta BuenosAires, 1981. p. 436.
" Idem,
a BORRELL NAVARRO, Miguel. AnálisisPrácticoy Jurisprudencial dei Derecho del TrabaioMexicano. S'
Edición. Ed~onal Sista. México, 1996. p. 434.
7
Neevia docConverter 5.1
social de sus miembros, especialmente para el mantenimiento y mejora de sus
condiciones de trabajo, a través de la contratación colectiva."
Este autor describe al sindicato como una asociación permanente,
autónoma y sin fines de lucro, sin variar el objeto de uno de los fines que como
tal debe tener, es decir, el mantenimiento y mejora de las condiciones de
trabajo.
Algo diferente es lo que Juan Palomar expresa en su ·Diccionario para
Juristas", en donde refiere que el Sindicato es una "...Junta de síndicos.
Asociación formada para la defensa de los intereses económicos y sociales
comunes a todos los asociados, en especial la que forman para la defensa de la
clase obrera." 5
Sin embargo, Guillermo Cabanellas señala que •...toda orqa.nización o
asociación profesional compuesta o integrada por personas que, ejerciendo
oficio o profesiones iguales, u oficios o profesiones similares o conexos, se
unen para el estudio y protección de los interés que así se comparten.
Cualquier entidad profesional que tenga por objeto la defensa de los intereses
comunes de la actividad laboral de sus miembros, puede llamarse sindicato." 6
En mi opinión, un sindicato es aquella asociación que en apego a lo
establecido por nuestra ley suprema y la legislación laboral, llevan acabo
trabajadores o patrones, con el fin de analizar, defender, mejorar o mantener
sus intereses económicos, laborales y sociales dentro de una relación laboral
existente ya individual o colectiva.
'VILLARREAL MaLINA, Ricardo. et Al. Diccionario de Términos Jurldioos. Edrtorial Comunes . Granada ,
1999. p. 477.
' PALOMAR DE MIGUEL, Juan . Diccionario para Juristas. Tomo 11. Edrtorial Porrúa. México. 2000. p.1456
' CABANELLAS, Guillermo. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Op. cit p. 436
8
Neevia docConverter 5.1
1.1.2. Desde el punto de vista legal
El antecedente genérico de la figura laboral sindicato, tiene su fundamento en el
artículo 123, fracción XVI, de le. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, la cual señala que tanto los trabajadores como los empresarios
tendrán derecho a coaligarse en defensa de sus respectivos intereses formando
sindicatoso asociaciones.
Asimismo, el párrafo primero, del artículo 5, de la Constitución Política
Mexicana, referente a la libertad de trabajo o profesión que tiene cada persona,
señala que a ninguna persona se le podrá impedir que se dedique a la
profesión, industria, comercio o trabajo que desee, siempre que éstos sean
lícitos.
De la misma forma, el párrafo primero, del artículo 9, de nuestra
Constitución Política Federal, expresa que no se podrá coartar el derecho de
asociarse o reunirse con cualquier objeto lícito.
De manera comparativa, nuestro Código Civil define lo que es una
asociación, al expresar que cuando varios individuos convienen en reunirse, de
manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no
esté prohibido por la ley y que no tenga el carácter preponderantemente
económico, constituye una asoclacíón."
Nuestra Ley Federal del Trabajo, en su articulo 356, expresa lo que se
entiende por sindicato, el cual a la letra dice:
1 Cfr. BORREll NAVARRO, Miguel. Análisis Prácticoy Jurisprudencial del Derecho del Trabaio Mexicano.
Op. d . p. 434
9
Neevia docConverter 5.1
Articulo356.- "Sindicato es la asociación de trabajadores o patronos, constitu ida
para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos
intereses".
Asimurno, la constitución de un sindicato no sólo abarca los fines de
estudio, mejoram iento y defensa de sus propios intereses, tanto del trabajador,
como del patrón, sino que, va más allá de estos fines, pues se describe como
una institución creada para armonizar ambos intereses, logrando asi un
equilibrio entre los derechos de una de las partes con las obligaciones de la
otra."
Como quedó apuntado en párrafos anteriores, para efectos legales ,
nuestra legislación laboral-expresa una definición de lo que debe entenderse
por Sindicato, con el objeto de evitar variaciones en su interpretación y
entendimiento, precisando el fin ultimo del sindicato, para impedir caer en las
confusiones que trabajadores, patrones, directivos sindicales y la misma
sociedad tienen en la comprensión de la función sindical.
1.2. Significado de sindicalismo
El instrumento de lucha por excelencia que tiene la clase obrera, para lograr la
conquista de mejores condiciones de trabajo es el sindicato, a través de éste,
los trabajadores asumen la defensa, análisis y mejoramiento de sus condiciones
laborales, pero cuando esa defensa se realiza en compañia de varios
sindicatos, debidamente organizados y concientes de luchar por su existencia,
se esta en presenc ia del llamado sindicalismo.
• Cfr.DELGAD O MOYA" Rubén . El Derecho Social del Presente. Edrtorial Porrúa . México . 1997. p.469
10
Neevia docConverter 5.1
Juan Palomar, señala que el sindicalismo es una forma de organización obrera,
debidamente estructurada por medio de los sindicatos."
Ricardo Villareal, expresa que el sindicalismo además de ser un sistema
de organización obrera por medio de sindicatos, este puede ser de tres clases
diferentes: laboral, pragmático o revolucionario.10
Al sindicalismo algunos doctrinarios lo describen de dos maneras:
.:. Como Sistema de Organización Obrera
.:. Como Sistema Doctrinal
En el primer caso , el sindicalismo viene a ser un sistema de organización
obrera por medio de sindicatos de trabajadores que, con tal carácter, puqnan .
por la conservación de los sindicatos obreros en la vida orgánica de la nac. ón,
En el segundo caso, el sindicalismo puede verse como un sistema
doctrinal que considera a los sindicatos obreros como el fundamento de la
organización económica y social de un país y que como tal puede ofrecer una
serie de objeciones .
En conclusión, el sindicalismo refleja la formación de una conciencia de
la naturaleza social del hombre y de su interés por dar respuesta a las
necesidades o exigencias sociales, para enfrentar a aquellos sectores de la
población que ejercen el monopolio de la fuerza y el poder, convirtiéndose en
una serie de grupos u organizaciones fuertes y coherentes, debidamente
estructurados e integrados por trabajadores dispuestos a luchar por la defensa
de sus intereses comunes.
' Cfl. PALOMAR DE MIGUEL, Juan . Diccionario oara Juristas . Tomo 11. Op . en. p.1155
" Cfr. VILlARREAL MOLlNA, Ricardo. El. al. pieeionario de Términos Jurldieos. Op. en. p.477
11
Neevia docConverter 5.1
1.3. Definición de asociación
El hombre por naturaleza tiende a unirse con otros hombres para alcanzar sus
fines, siempre que el esfuerzo individual no es suficiente para cumplirlos; esta
unión se manifiesta de distintas formas , dentro de las cuales se encuentra la
asociación.
Doctrinalmente, la asociación es considerada como un derecho natural,
en razón de ser una consecuencia de la sociabilidad del ser humano, ya que el
hombre por naturaleza tiende a ser sociable, a vivir en sociedad para lograr la
obtención de ciertos fines que requieren de un mayor esfuerzo y que en lo
indiviC:ual no podr ía alcanzar por si sólo.
La Enciclopedia Jurid ica Omeba señala que la Asociaciór. es la acción y
efecto de asociarse, o sea, de unirse dos o más personas con una finalidad
determinada que puede ofrecer muy diversos aspectos o intenciones: polil icas,
religiosas, benéficas, cultorales, profesionales , mercantiles, etc."
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos considera al
derecho de asociación como una garantía individual, al reconocer que no se
podrá coartar el derecho de asociarse para cualquier objeto lícito.
De la misma forma, la legislación civil le atribuye la calidad de personas
morales a las asociaciones y reconoce su existencia como tales siempre que su
objeto sea lícito, reafirmando así esa característica particular que nuestra ley
suprema expresa como una garantía individual.
" Clr. Enciclopedia Jurldlca Omeba. Alina Bitbol. Tomo VI. Apéndice. Ed~orial Driskil S. A.. Buenos AIres,
1990. p. 842
12
Neevia docConverter 5.1
En consecuencia, será asociación cuando su objeto sea lícito y sin fines de
lucro, en el caso contrario estamos en presencia de las llamadas sociedades
mercantiles, las cuales tienen una finalidad meramente lucrativa; sin embargo,
cuando esa asociación tiene un objeto encaminado a la defensa de los
intereses gremiales se encuentra relacionada con I<AS llamadas asociaciones
profesionaleso laborales.
El derecho agrega a esta figura juridica un sentido amplio y un sentido
restringido. En el primer caso, comprende toda agrupación de personas físicas,
realizada con cierto propósito de permanencia, para el cumplimiento de una
finalidad cualquiera y de interés común para los asociados, siempre que su
objeto sea lícito, ejemplo de ello son los sindicatos, las sociedades y cualquier
tipo de manifestación de asoclacíón."
En el sequr.do caso, atribuye a la palabra asociación una interpretación
de tipo restringido, la cual se entiende de dos formas: como asociación de
interés público y como asociación de interés privado, un ejemplo son las
corporaciones de tipo político, religioso, económico, cultural, deportivo, entre
otras.
1.4. Acepción de Industriay empresa
Cuando hacemos referencia a una negociación comercial, generalmente se
usan como sinónimos los términos Industria y Empresa, siendo que ambas
palabras tienen un significado distinto en razón de su propia naturaleza.
" Cfr. FERNÁNDEZ DE LEÓN, Gonzalo. DiccionarioJurídiCO. Tomo 1, 3' . Edición. EdicionesContabilidad
Moderna. BuenosAires. 19n. p.ll0
13
Neevia docConverter 5.1
Juan Palomar. en su Obra denominada "Diccionano para Juristas", da varios
significados del vocablo Industria. de los cuales se aprecian los siguientes:
"Industria es la destreza, maña o artificio para hacer una cosa. Conjunto
de operaciones materiales que se ejecutan para obtener, transformar o
transportar uno o varios productos naturales. Suma y conjunto de las industrias
de un mismo o de varios géneros de todo un país o de varios de él.,,13
El Diccionario de la Real Real Academia Española, da exactamente las
misma definiciones. pero agrega aquélla que le refiere como una industria
destinada a estas operaciones.
La voz Industria viene de la voz "St.-uere· que quiere decir construir.
ediñcar: así se entiende por industria a aquel conjunto de trabajo humano con
los inventos, descubrimientos y aplicaciones que producen utilidad en muchos
otros campos distintos del económico."
El Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. expresa que Industria es
la •...ciencia. habilidad, destreza de la persona que ejerce una profesión. arte u
oficio. Conjunto de operaciones materiales ejecutadas para obtener, transformar
perfeccionar o transportar uno o varios productos naturales o sometidos ya a
otro proceso fabril o preparetorío.' "
También tendrá tantas acepciones como aplicaciones tenga, según se
considere como actividad laboral o como sistema de producción.
" PALOMAR DE MIGUEL, Juan. Diccionario para Juristas Tomo 1. Op en p. 821
.. Cfr. CABAN ELLAS , GuÜlermo. Diccionario EnciclopédiCO de Derecho Usual. Tomo IV. Op. cit. p. 625
" Ibidem. p. 398 .
14
Neevia docConverter 5.1
En el lenguaje jurídico, la economía no deja de ser participe en la formación del
concepto que nos ocupa, "...necesario es considerarla simult áneamente como
fenómeno económico, al mismo tiempo que como conjunto de actividades que
en orden a la producción es inspirador o sujeto de importantes relaciones
insntucionales de orden jurídico.." ' 6
Así, se entiende por Industria al conjunto de operaciones materiales
ejecutadas para la obtención, transformación o transporte de una o varios
productos naturales, como también, la suma o conjunto de quienes se
consagran a la transformación de los primeros materiales en objetos de
inmediata aplicación a las necesidades de la vida económica.
Generalmente se utiliza para hacer referencia al conjunto de aquellas
actividades económicas realizadas cor, el propósito de poner en circulación
bienes, ya sea extrayendo prodoctos de la propia naturaleza, es decir,
transformándolos en su estado natural, o bien, transformando éstos o
modificándolos.
El término Industria no debe confundirse con la palabra Empresa, toda
vez que son diferentes en su significado ; ya que la industria puede o no ser
integrada por la empresa y cuya diferencia es el tener actividades de trabajo
humano, pero aplicadas a la transformación de materiales.
Asimismo, la empresa, es concebida como un ente capaz de incrementar
la producción a gran escala para servir a un mercado de amplio consumo y
como fines de la empresa se pueden considerar la producción de bieneso la
prestación de servicios.
" Enciclopedia Jurídica Omeba. Tomo xv. Editorial Drisklil SAoBuenos Aires, 1990. p. 619
15
Neevia docConverter 5.1
Proviene del latín "Inprehesa· que significa toma o conquista y representa una
acción esforzada o conjunta, designio, finalidad o intención. Puede considerarse
como su antecedente a la palabra "Hacienda", que refiere el intento o designio
de hacer alguna cosa.
Si bien es cierto, el vocablo Empresa puede ser ubicado dentro del
campo de la economía, sin embargo, en el derecho comercial o laboral, también
se ha tratado de dar una definición que explique su origen, naturaleza y
elementos que la integran.
Bajo esta afirmación, el artículo 16, de la Ley Federal del Trabajo,
expresa lo que en términos laborales debe considerarse como una empresa:
ARTíCULO 10.- "Para efectos de normas de trabajo , se entiende por empresa
la unidad económica de producción o distribución de bienes o
servicios...•
De igual forma, la doctrina no deja de ser participe en esta interminable
tarea por definir a la empresa de la manera más exacta posible, de tal suerte
que su interpretación sea acorde con lo que refleja su propia naturaleza y según
la materia de que se trate.
Gonzalo Femández de León, menciona que la empresa viene a ser
aquella actividad realizada por el comerciante, ya de manera individual o social,
a través de los elementos patrimoniales (bienes muebles e inmuebles) y
personales (trabajadores, empleados, etc.) necesarios, toda vez que dichos
elementos al ser debidamente integrados forman la empresa en sí. 17
11 Clr. FERNÁNDEZ DE LEÓN, Gonza lo. Diccionano Jurldico . oo. cit pp. 261-262.
16
Neevia docConverter 5.1
Aunque el jurista trata de conceptuar a la empresa dejando a un lado los
conceptos económicos referidos al término en cuestión, muchas veces, si no es
que siempre y en la gran mayoría de los casos. éstos forman parte del punto de
partida de su investigación. Ejemplo de lo anterior, es nuestra propia ley laboral,
la cual considera a la empresa como una unidad económica de producción o
distribución de bienes o servicios.
A través del derecho laboral se reglamentan las relaciones empresa-
personal. de tal forma que la injerencia que tiene el derecho del trabajo en la
formación de un concepto meramente jurídico. aunque no del todo alejado de
los conceptos económicos de la empresa. es muy amplia.
No siempre hay una definición estrictamente jurídica de este vocablo. sin
embargo, se puede dar una aproximación del mismo. Generalmente se olvida
que la empresa constituye un conjunto de medios de muy diverso orden.
destinados a un fin determinado por el empresario. teniendo como meta la
producción.
En el Diccionario Jurídico Omeba se define a la empresa como una
•Asociación científica industrial o de otra índole, creada para realizar obras
materiales. negocios o proyectos de importancia, concurriendo de manera
económica a los gastos que orígina y participando también todos sus miembros
de las ventajas del reporte.... ...organización de personal. capital y trabajo con
una finalidad lucrativa ya de carácter privado. en que se persigue la obtención
de una ganancia por cada uno de los socios o accionistas; o bien, de carácter
oficial, en que se propone realizar un servicio público o cumplir con otra
finalidad beneficiosa para el interés genera!".' 8
.. CASANEU.A5, GuÜlermo. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Tomo IV. oc. cit p.426.
17
Neevia docConverter 5.1
1.5. Concepto de industria maquiladora
En la mayoría de los diccionarios jurídicos e incluso en el Diccionario de la
Lengua Española de la Real Academia Española, no existe la palabra "Industria
Maquiladora" como tal, puesto que se trata de una palabra compuesta por dos
vocablos: Industria y Maquiladora.
En el caso del ténnino Industria podemos adoptar el significado expuesto
en el punto anterior y al cual se ha hecho referencia.
Ahora bien, en el caso de la palabra Maquiladora se pueden encontrar
expresiones similares tales como: maquila, maquíiar y maquilero, las cuales,
tienen semejanza con la palabra Maquiladora, sin embargo, al entender cada
ur.a de ellas, podemos razonar y expresar una idea general de lo que se
entiende por Maquiladora.
Maquiladora, proviene del idioma aragón "Makila", que se refiere a la
medida de capacidad y se define como la • porciór'l de grano, harina, aceite
que corresponde al molinero por la molienda , o también, medida con que se
maquila." 19
También puede definirse como la acción y efecto de maquilar, aunque
algunos la describan como el precio que se cobra por trillar o beneficar los
granos ajenos, o bien. realizar todo el proceso de importar al país materias
primas para después exportarlas, una vez que se han convertido en producto
acabado"
rs Diccionario de LenguaEspañola. RealAcademia Española. Tomo 11. Vigésimo primera edición. Madrid,
1992. p.1319
20 Cfr. PALOMAR DE MIGUEL, Juan. DiccionariO paraJuristas. Tomo 11. Op. cit. p. 965
18
Neevia docConverter 5.1
Por maquilero, según el Diccionario de la Lengua Española de la Real
Academia Española, se entiende que "...es el molino que funciona cobrando
maquila. Perteneciente o relativo a la maquila. El encargado de cobrar la
maquila.' 21
De acuerdo a las definiciones anteriores, por maquiladora se entiende al
conjunto de trabajo humano de uno o varios géneros, de toda una región o de
todo un país, que mediante un conjunto de operaciones materiales debidamente
ejecutadas sobre materias primas importadas se obtienen, transforman o
perfeccionan uno o varios productos que al estar terminados, son exportados a
otros paises.
1.6. Significado de zona fronteriza
Es poco usual encontrar en algún diccionario jurídico el termino Zona
Fronteriza, ya que no se le encuentra como tal, por lo que debe buscarse el
significado de los vocablos Zona, Frontera y Fronteriza, toda vez que se trata de
una expresión compuesta por dos palabras diferentes.
Al respecto, el término Zona Fronteriza proviene del latín "Zona' y este a
su vez del griego "Zone" que quiere decir faja, ceñidor, lista o fajo.22
Algunos juristas lo definen como la existencia grande de terreno, o bien,
como aquella extensión grande de terreno con limites determinados por razones
politicas, administrativas, entre otras.
" Diccionario de la Lengua Española . Real Academia Españoja . Tomo 11. Op. CI p.1319.
22 CI,- PALOMAR DE MIGUEL, Juan . Dicciona rio para Juristas. Tomo 11. Op cit. p 1659
19
Neevia docConverter 5.1
Si bien es cierto, no todos los diccionarios describen lo que es una Zona
Fronteriza, pero Juan Palomar la define como "aquella parte del territorio de un
Estado, que se haya en las fronteras con otro." 23
La Real Academia Española expresa que Zona es una "...Iista o faja.
Cualquier parte o superficie encuadrada entre ciertos límites. Extensión
considerable de terreno que tiene forma de banda o fajo...,,24
Rafael de Pina señala, de manera muy escueta, que Zona Fronteriza es
la "...parte de territorio de un Estado, situado en su frontera con otro".25
El artículo 136, de la Ley Aduanera, expresa que se considera como
i ranja fronteriza al territorio comprendido entre la línea divisoria internacional y
la línea paralela ubicada a una distancia de veinte kilómetrol> hacia el interior
del país. Por región fronteriza se entenderá al terntor.o que determine el
Ejecutivo Federal.
Por su parte, el artículo 4" , de la Ley del Impuesto al Valor Agregado ,
señala que se considera como región fronteriza, además de la franja fronteriza
de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias intemacionales del norte y sur
del país, todo el territorio de los Estados de Baja Califomia, Baja California Sur
y Quintana Roo, el Municipio de Cananea, Sonora, así como la región parcial
del Estado de Sonora comprendida entre los siguientes limites: al norte: la línea
divisoria internacional desde el cauce del Rió Colorado hasta el punto situado
en esa línea a 10 kilómetrosal oeste delMunicipio de Plutarco Elías Calles; de
ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10
" ídem. p. 1659
" Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española. Op. ct . pp. 2128-2129
es DE PINA, Rafael. Diccionario de Derecho. Pornia México, 1991. p. 507
20
Neevia docConverter 5.1
kilómetros al este de Puerto Peñasco; de ahí siguiendo el cause de ese rio,
hacia el norte hasta encontrar la linea divisoria internacional.
A manera de conclusión, una Zona Fronteriza debe entenderse como
aquella extensión de terreno con límites territoriales determinados por el propio
Estado, ya de manera política, o bien, de manera administrativa y que colinda
con los límites territoriales de otro Estado.
1.7. Definición de contratoy convenio
Generalmente los términos juridicos de contrato y convenio suelen ser
considerados como sinónimos, sin embargo, jurídicamente cada uno tiene su
naturaleza y características propias, sin omitir que entre ellos existen algunas
similitudes.
En ambos casos, se tiene que cumplir con ciertos requisitos para la
existencia y validez de los mismos, tales como el objeto, el consentimiento o
voluntad, los cuales, son establecidos como necesarios para su existencia,
porque sin ellos, no habría contrato o convenio. Estos requisitos se encuentran
reguladospor nuestro Código Civil en sus artículos 1794 y 1795.
Un punto que parece ser controversial con las definiciones dadas por
nuestro Código Civil, es la palabra "Acuerdo", la cual, en ambos casos el
legisladorla emplea al describir lo que se entiende por Contrato y Convenio.
Luis Muños, en su obra jurídica "Teoria General del Contrato", señala
que existe una confusión entre los tratadistas, al expresar que:
21
Neevia docConverter 5.1
•...confieren al acuerdo una función normativa y le conciben como una
figura distinta del contrato que regula en abstracto y debe tener eficacia
respecto de sujetos que no lo estipularon..., ...en el acuerdo, ...las
voluntades de quienes intervienen son paralelas y se dirigen al único y
mismo resultado, de manera qu-; no se combinan, mientras que en el
contrato las voluntades no son paralelas, ya que los intereses de las
partes son, al menos inicialmente, opuestos o contrapuestos, por ser un
instrumento quesirvepara componer esa oposición o ccntraposición. ""
Las partes involucradas quieren, como resultado, la creación de nonmas,
de tal suerte que no puede observarse la existencia inicial de intereses
opuestos o contrapuestos en su celebración , ya que ambos desean la
celebración del mismo, caso contrario ocurre cuando se está celebrando un
contrato en donde, al momento de su celebración, se inicia la manifestación de
los intereses particulares de cada una de las partes.
De esta fonma, ni el convenio , ni el contrato y mucho menos el acuerdo
son sinónimos, dado que cada uno mantiene su naturaleza y características
propias que los hacen diferentes entre sí, encargándose cada uno de ellos de
una relación jurídica distinta entre las partes y manteniendo su propio ámbito de
aplicación.
1.7.1. El contrato
La voz contrato proviene del latín "Con/rac/us". Tiene diversos significados , en
algunos casos suele ser llamado como negocio jurídico bilateral y patrimonial
ínter vivos, en algunos otros se entiende como aquel documento que contiene
" MUÑOZ, LUIs. Teorla Genera l del Contrato. Primera Edición. Cárdenas Edrtor. México . 1973 . p. 2
22
Neevia docConverter 5.1
el negocio en si, o bien, aquel documento en el cual se contienen las cláusulas
convenidas por las partes que a través de la celebración del contrato crean o '
transmiten derechos y obligaciones.
Autores como Juan Palomar, señalan que por contrato debe entenderse
aquel acuerdo entre dos o más personas sobre una declaración de voluntad
común, destinada a reglar sus cerecnos."
Zamora y Valencia, expresa que el contrato debe entenderse como un
acto jurídico, que consiste en el acuerdo de voluntades conforme a lo dispuesto
por un supuesto para producir las consecuencias del derecho consistentes en
creación o transmisión de derechos y obligaciones de contenido pammoniat"
Sin embargo, nuestra legislación civil en su articulo 1793, señ;·Ja que los
convenios mediante los cuales dos o más personas produce') o trasfieren
obligaciones y derechos son considerados contratos.
Una de las características más sobresaliente en el contrato es aquélla
que consiste en crear o transferir derechos y obligaciones , en cambio en el
convenio, es la creación, transmisión, modificación o extinción de una
obligación, pero no asi un derecho.
Como se ha señalado en el punto que antecede, el convenio y el contrato
son distintos, aun cuando por equivocación o desconocimiento, son utilizados
como sinónimos, sin embargo, ha quedado demostrada la diferencia que existe
entre uno y otro, de tal forma que al convenio se le considera como el genero y
al contrato se le considera como la especie, sin menoscabo de que ambos son
especies de actos jurídicos.
27 Cfr. PALOMAR DE MIGUEL , Juan. Diccionario para Juristas. Tomo 1. Op. cit. p. 380.
" e ll. ZAMORA y VALENCIA " Miguel Añg el. Contratos Civiles. Porrúa. México. 1996. p. 24
23
Neevia docConverter 5.1
1.7.2. El convenio
Nuestro Código Civil en su artículo 1792 expresa que un convenio es el acuerdo
de dos o más personas destinado a crear, transferir. modificar o extínguir una
obligación.
El convenio por su propia naturaleza crea, transfiere, modifica o extingue
una obligación. pero en ninguno de los casos podrá hacer lo mismo con
respecto a un derecho. porque en esa materia, dejaría de ser un convenio para
transformarse en un contrato.
La doctrina mexicana señala que el convenio es analizado de dos formas
t:lstintas, una en sentido estricto y otra en sentido amplio.
•:. El convenio, en sentido estricto, es el acuerdo de voluntades de
dos o más personas para modificar o extinguir derechos y
obligaciones.
•:. El convenio, en sentido amplio, es el acuerdo de voluntades de
dos o más personas para crear, trasmitir, modificar o extinguir
obligaciones.
Algunos autores consideran que el convenio cuenta con una
caracteristica más, que pocas veces es estudiada y analizada, ya que no sólo
crea, transfiere, modifica o extingue una obligación, sino que también pacta la
conservación de un derecho o de una obligación entre las partes que concurren
en la celebración de un convenio.
24
Neevia docConverter 5.1
1.8. Contratos laborales
La legislación civil de nuestro país regula los diversos contratos y convenios
celebrados entre dos o más personas, para la creación, modificación, trasmisión
o extinción de derechos y obligaciones.
En materia laboral sucede algo similar, ya que es la Ley Federal del
Trabajo la encargada de regular los contratos que en esta materia son
celebrados entre los patrones y los trabajadores.
De esta manera en el derecho laboral nos encontramos con la presencia
de varios contratos como lo son:
.:. El Contrato Individual de Trabajo
.:. El Contrato Colectivo de Trabajo
.:. El Contrato Ley,
.:. Los Acuerdos y Convenios Colectivos.
Cada uno cuenta con características propias que los diferencian uno de
otro, no obstante que la finalidad común de estos contratos es la protección de
los derechos laborales y condiciones laborales de la clase trabajadora, algunos
de manera particular, otros de manera colectiva y algunos más a nivel nacional.
Los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones se ven regulados
en este tipo de contratos en los que la ley otorga, a cada una de las partes, la
seguridad jurídica y laboral necesaria para el desarrollo y existencia de una
relación laboral sustentable entre el patrón y el trabajador.
25
Neevia docConverter 5.1
1.8.1. Contrato individual de trabajo
Como se menciono en párrafos anteriores, el contrato de trabajo se deriva de
los contratos civiles, aunque su clasificación no se encuentra comprendida
dentro de éstos, ya que su naturalezaes completamente diferente, pues
responden a una necesidad del desarrollo industrial de nuestro país, que al
paso del tiempo demandó la presencia de más trabajadores.
Algunos estudiosos del derecho trataron de encuadrar al contrato laboral
dentro de los contratos civiles, sin que, al respecto, su esfuerzo rindiera fruto
alguno. Sin embargo algunas de las características o elementos de los
contratos civiles son aplicables a los contratos laborales, sin dejar de iado que
se trata de dos instituciones diferentes.29
Lo que da lugar a la existencia de las consecuencias que derivan de la
relación obrero patronal, es el vínculo jurídico laboral que se produce cuando
una persona ofrece su capacidad laborante y otra persona la aprovecha en su
beneficio quedando el primero de estos subordinado a las ordenes del segundo.
Esta relación individual de trabajo puede existir con o sin la presencia del
contrato individual de trabajo y no sustituye al contrato laboral, sino que lo
complementa.
Al respecto, el Doctor José Dávalos señala que •...Ia esencia del
contractualismo en el derecho del trabajo radica en la afirmación de que el
vínculo que se establece entre el trabajador y el patrón estará necesariamente
zs Cfr. GUERRERO, Euquerio . Manual del Derecho del Trabaio 18' edición. Ed"orial Porrúa, México.
1994. p. 29
26
Neevia docConverter 5.1
originado por un acuerdo de voluntades, aunque ese vinculo en algunos casos
sea expreso y en otros tácito o aún supuesto." 30
Previo a la existencia de este vínculo obrero patronal debe originarse un
acuerdo de voluntades entre el patré.l y el trabajador, a fin de que uno preste su
servicio y el otro lo aproveche otorgando un pago al trabajador en virtud del
trabajo realizado.
Nuestra Ley Federal del Trabajo , en su artículo 20, manifiesta que la
relación de trabajo es la prestación de un trabajo personal subordinado a una
persona, mediante el pago de un salario, cualquiera que sea el acto que le dio
origen.
Cabe mencionar, que la prestación de un servicio a una persona sin su
consenümiento no determina la relación laboral, ya que, en el contrato de
trabajo no puede quedar a voluntad de una de las partes del mismo, toda vez
que es necesaria la voluntad y el consentimiento del patrón al aceptar la
contratación de una persona para la prestación de un servlcto."
A este acuerdo de voluntades entre el patrón y el trabajador para la
prestación de los servicios laborales, en el derecho del trabajo mexicano se le
conoce como contrato individual de trabajo.
La misma ley laboral define lo que se entiende por contrato individual de
trabajo, al mencionar en su artículo 20, párrafo segundo, que:
lO DAVALOS,José. Derechodel Trabajo.7' Edición. Editorial Porrúa. México. 1997. p. 107
" Cfr. BORRELL NAVARRO, Miguel. Análisis Práctico y Jurisprudencial del Derechodel Trabajo
Mexicano. Op. cit pp.157-158
27
Neevia docConverter 5.1
Contrato Individual de Trabajo cualquiera que sea su forma o denominación,
es aquél por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo
personal subordinado mediante el pago de un salario.
Doctrinalmente es definido como "...aquél en virtud del cual una persona
física que se denomina trabajador, se obliga a prestar a otra persona, que
puede ser fisica o moral, que se denomina patrón, un trabajo personal
subordinado, mediante el pago de un salario..."32
Autores como Mario de la Cueva, señalan que el contrato de trabajo es
"...aquél por el cual una persona, mediante el pago de una retribución
correspondiente, subordina sus esfuerzos de trabajo al servicio de los fines de
la empresa"."
Cabe mencionar que en el contrato individual de trabajo, es necesario
que dicho servicio o trabajo se preste bajo la dirección y dependencia de la
persona que se beneficia con ellos, pues el sólo hecho de la prestación de los
servicios profesionales, no es elemento exclusivo del contrato individual de
trabajo regulado por la ley laboral. sino que es un elemento común a todo
contrato de trabajo.
De lo anterior podemos concluir que un contrato individual de trabajo es
aquel mediante el cual una persona física se obliga a prestar su capacidad
laboral y fuerza de trabajo, para la realización de determinados actos,
previamente pactados con otra persona, ya sea física o moral, denominada
patrón, quien a su vez se obliga a entregar un pago deierminado, generalmente
en dinero, a cambio de la realización de esos actos para su beneficio.
32 Ibídem. p. 159
33 DE LA CUEVA. Mario. Derecho Mexicano del Trabajo. 12' edición. Tomo 1. Ed~or ial Porrúa. México.
1996. p. 404
28
Neevia docConverter 5.1
1.8.2. Contrato colectivo de trabajo
Uno de los logros más importantes alcanzados por la clase trabajadora es el
derecho de asociación. el cual es reconocido actualmente en nuestra
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como una garantía
individual y que se materíaliza a través de la formación de sindicatos.
Con la constitución de sindicatos la clase trabajadora obtuvo mejores
condiciones de trabajo, ya que el sindicato es considerado como el instrumento
más adecuado para el estudio, mejoramiento y defensa de los derechos de los
trabajadores, por ende, a él le corresponde la titularidad en la celebración del
Contrato Colectivo de Trabajo.
A lo largo d¿,1 tiempo esta institución ha recibido diferentes
denominaciones, desde aquélla que le califica como contrato de paz social.
concordato de trabajo, tratado intersindical, reglamento corporativo, acuerdo
corporativo, pacto normativo, reglamento intersindical, reglamento colectivo de
trabajo, capitulaciones colectivas, pacto de trabajo, hasta aquélla que le
denomina como contrato de tarifa, esta última en razón de que establece los
salarios que van a regir en la relación obrero-patronal.34
Originalmente al contrato colectivo se le definía como un acuerdo de
voluntades de carácter privado y que servía para regular la situación interna
existente en la empresa respecto del patrón y el trabajador, sn embargo, esta
concepción cambio.
,. Cfr. DE BUEN L.. Néstor. Derecho del Trabajo. Tomo 11. Derecho Individual. Derecho Colectivo.
Undécima EdICión. Edrtorial Porrúa . México . 1996 p.788
29
Neevia docConverter 5.1
Algunos autores le definen como el conjunto de disposiciones que establecen y
reglamentan las relaciones obrero patronales en las empresas, de forma
congruente con las etapas y necesidades económicas y sociales de la
comunidad donde se celebra.
En lo particular, cada autor le atribuye la denominación que obtiene como
resultado de su propio análisis, sin embargo en nuestra legislación laboral se
optó por mantener la denominación de contrato colectivo de trabajo.
De esta forma, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 386, señala que
Contrato Colectivo de Trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios
sindicatos de trabajadores y uno o varios patronos o uno o varios sindicatos de
patronos, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe
prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos
Finalmente, como lo señala el Doctor José Dávalos, en su obra titulada
"Tópicos Laborales", esta negociación colectiva •...es una medida de equilibrio
entre los factores de la producción, que consiste en que trabajadores y patrones
se sientan frente a frente para decidir el orden laboral que regirá en el
establecimiento, empresa o rama de la industria. Es decir para determinar
conjuntamente las condiciones de trabajo a que se sujetará la prestación del
servicio·.35
A manera de conclusi ón, el contrato colectivo de trabajo es el convenio
celebrado entre el o Jos sindicatos legalmente establecidos y reconocidos por la
ley y el o los patrones de una empresa, en donde previo acuerdo entre las
partes, se establecen las condiciones bajo las cuales deberán realizarse los
trabajos con los que dicha empresa se beneficiará y cuyas condiciones de
" DÁVALOS, José. Tópicos Laborales Derecho IndividualColectivo y Procesal. Trabajos Especif lCos.
~undad Social Perspectivas. 3' edición. Pornia . México, 2000. pp. 323-324
30
Neevia docConverter 5.1
trabajo se hacen constar por escrito, sin transgredir los derechos mínimos que
los trabajadores y los patrones tienen garantizados en nuestra legislación '
laboral.
1.8.3. Contrato ley
Inicialmenteel contrato-ley fue considerado como un instrumento esencial para
la protección y mejoramiento de las condiciones de trabajo de los obreros, al
mismo tiempo que los empresarios o patrones manifestaron su desagrado por
este tipo de contratos, toda vez que producían una desigualdad entre las
empresas grandes y las pequeñas.
Por otro lado, los líderes sindica.as calificaron al contrato-ley como un
instrumento mediante el cual pierden control y autonomía sindical,
subordinándose a decisiones totalmente ajenas a las de su directiva.
Algunos autores manifiestan su inconformidad por la celebración de este
tipo de contratos, ya que en la actualidad son muy pocos los contratos que se
encuentran vigentes y más raros aún, los beneficios que producen a las
pequeñas empresas.
Esta institución dentro del derecho laboral ha sido un poco controvertida
no sólo por su utilidad, sino también, por su denominación, ya que en un
principio se le conoció como Convención-Ley y en algunas ocasiones como una
especie de contrato colectivo, aunque en nuestra legislación laboral se le
conoce como contrato-ley.
31
Neevia docConverter 5.1
Los contratos-ley, aunque son parecidos a los contratos colectivos y ambos son
fuentes formales del derecho laboral, distan mucho de ser iguales, al grado que
nuestro derecho laboral, debido a la importancia que cada uno tiene, les regula
en dos capítulos distintos.
Las diferencias existentes entre uno y otro contrato son pocas pero muy
especificas; dentro de estas diferencias se encuentran las siguientes:
.:. El contrato-ley va encaminado a ser aplicado en las distintas
ramas económicas, en tanto el contrato colectivo, es aplicado en
una o varias empresas determinadas.
•:. El contrato ley, no sólo es obligatorio para las industrias existentes
el momento de su celebración, sino también a aquéllas que son
creadas con posterioridad a su celebración.
•:. El contrato-ley nace no sólo de la voluntad de las partes, sino que
también requiere de una declaración de autoridad a cargo del
Presidente de la República o del Gobemador del Estado de que se
trate; en cambio, el contrato colectivo surge desde que se da el
acuerdo entre las partes.
•:. En el contrato-ley la validez depende de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación o en el Periódico Oficial de la
Entidad Federativa, en tanto que la validez del contrato colectivo
comienza desde que éste es depositado en la Junta de
Conciliación y Arbitraje correspondiente.
32
Neevia docConverter 5.1
Las definiciones doctrinales que tratan de explicar lo que se entiende por
contrato-ley, son muy pocas. por esa razón muchos estudiosos del derecho se '
apegan a la definición que nuestra ley laboral señala al respecto.
Sin embargo. ,.Jacos son los autores que dan una definición de lo que es
un contrato-ley, en lo general optan por la establecida en nuestra ley laboral.
Al respecto. el Doctor José D ávalos, señala que un "...Contrato-Leyes un
convenio en el que se establecen las condiciones según las cuales deben
prestarse los trabajos en una rama determinada de actividad (industria,
comercio o servicios).... obligatorio para todas las empresas del mismo sector,
las existentes y las futuras, y su aplicación territorial puede abarcar un Estado.
una región económica o toda la República".36
No muy lejos de esta definición nuestra Ley Federal del Trabajo. en su
artículo 404. señala que contrato-leyes el convenio celebrado entre uno o
varios sindicatos de trabajadores y varios patrones. o uno o varios sindicatos de
patrones. con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe
prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria y declarado
obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas
económicas que abarquen una o más de dichas Entidades o en todo el territorio
nacional.
Para efectos de interpretación jurídica y cuestiones laborales. en lo
personal considero que debemos apegamos a la definición que nos da la Ley
Federal del Trabajo, sin embargo. debería agregarse a esa definición el hecho
de que esa declaración de obligatoriedad es emitida por parte del Presidente de
la Repúblicao el Gobemador de la Entidad Federativa de que se trate.
"¡bid, m p. 327
33
Neevia docConverter 5.1
1.9. Convenios y acuerdos colectivos
En base a lo que he dejado establecido en párrafos anteriores respecto de los
convenios y contratos, nos atrevemos a decir que los convenios son
considerados como el género, en tanto que los contratos son la especie, ya en
materia laboral como en materia civil.
De las convenciones laborales se desprenden los tres contratos descritos
con antelación, sin embargo se pueden dar ciertos acuerdos dentro de las
negociaciones que se realizan en su elaboración.
En ciertas ocasiones el "Acuerdo", suele confundirse con el negocio
colectivo, el cual se caracteriza por su unilateralidad, en donde las volur.ades
de las partes no son paralelas, marcando así, una diferencia especia' respecto
del acuerdo, consistente en que las diversas voluntades exteriorizadas son del
mismo contenido y paralela o convergentemente dispuestas se suman para
alcanzar un fin común, con lo que las declaraciones de voluntad no son
dirigidas a un destinatario determinado, pero si a terceros, exceptuando a los
sujetos que intervienen en su elaboración.
Esta confusión entre los estudiosos del derecho otorga al acuerdo una
función normativa, en consecuencia es vista como una figura distinta del
contrato, la cual se encarga de regular en abstracto y debe tener eficacia
respecto de aquellos sujetos que no lo estipularon.
Finalmente las voluntades expresadas por quienes intervienen en la
celebración de los acuerdos son paralelas, pues a diferencia del contrato el cual
sirve de instrumento para negociar los intereses contrapuestos, dicha voluntad
es dirigida a un mismo resultado, sin que se llegue a una combinación entre
34
Neevia docConverter 5.1
ellas, en tanto en el contrato las voluntades o intereses de las partes son, al
menos inicialmente, opuestos.
En la práctica los acuerdos y convenios colectivos son celebrados entre
el sindicato y el patrón o empresa, para la solución de problemas de aplicación,
interpretación, integración de vacíos en los contratos colectivos, contratos ley o
en la ley misma, o que son complementarios , suspensivos, modificativos o
extintivos de derechos y obligaciones o de relaciones de trabajo individuales o
colectivas.
Generalmente son utilizados en la solución de conflictos que tiene que
ver con conmutación de sanciones, condic iones de trabajo de un departamento
o sección, jubilaciones anticipadas, dedaración de estados de incapacidad con
causa de pensión, entre otros asuntos más.
Neevia docConverter 5.1
CAPITULO ,l. MARCO HISTORICO REFERENCIAL DE LA INDUSTRIA
MAQUILADORA EN MÉXICO
En ei mundo del derecho no sólo es necesario manejar una serie de conceptos
básicos para el entendimiento de un tema, sino también profundizar en las
referencias históricas del mismo.
Estos antecedentes históricos, serán los que de alguna manera nos
proporcionaran los elementos necesarios para conocer y entender los hechos y
circunstancias que dieron origen a los problemas o conflictos que actualmente
acontecen en nuestro país, para con ello estar en posibilidad de proponer la
mejor solución de éstos.
As í por ejemplo, en este capítulo explicaré la problemática que originó su
aparición en la frontera norte del territorio nacional , su desarrollo y evolución en
sus diferentes etapas de esta industria maquilera en México, así como los
factores que afectaron y contribuyerona su subsistencia en nuestro país en los
inicios del años dos mil.
2.1. Aspectos generales
La Industria Maquiladora desde su aparición en nuestro país y hasta nuestros
días, ha tenido un desenvolvimiento muy importante y una influencia
36
Neevia docConverter 5.1
considerable en la economía nacional, no sólo por las fuentes de trabajo que se
generan cuando se instalan nuevas maquiladoras en nuestro país, sino también
por la fuente de ingresos (inversión extranjera directa) que representa, desde el
punto de vista económico.
Inicialmente su aparición fue considerada meramente transitoria y
justificada con la terminación del llamado Programa Binacional de Contratación
de Braceros, celebrado entre México y los Estados Unidos de Norte América
durante la Segunda Guerra Mundial (1944) y su aplazamiento hasta finales de
1964.
Basadas en la utilización de la mano de obra no calificada y con bajos
salarios, en las zonas más pobres de nuestro país, se iníció I¡¡ actividad
productiva de las Maquiladoras en México.
Al paso de los años, los gobiemos en tumo les han visto como un mal
necesario para el desarrollo y transformación nacional, ya que a pesar de los
estragos laborales y ecológicos que se generan en algunos casos, su estancia
contribuye al crecimiento de algunos sectores, principalmente en materia de
exportación, asi como a la disminución de las cifras de desempleo en la frontera
norte de nuestro país.
Su crecimiento no ha sido permanente desde 1965 y hasta la fecha, pues
quizás el período de crecimíento más importante se produjo en los años 80's ,
en el sexenio del expresidente Miguel De la Madrid, en donde se generaron y
establecieron las bases económico-jurídicas que contribuyeron y permitieron a
la Industria Maquiladora de Exportación, alcanzar un alto crecimiento y
desarrollo empresarial.
37
Neevia docConverter 5.1
Sin embargo, su transformación, evolución y desarrollo tecnológico poco a poco
fue aprovechando no sólo la mano de obra no calificada, sino que también la
mano de obra calificada (técnica) y actualmente aquella de altos conocimientos
profesionales o científicos.
En sus orígenes, bajo el llamado régimen de industrialización fronteriza ,
el capital extranjero fue de un 100% en las maquiladoras de la frontera norte de
nuestro país y sus principales inversionistas inicialmente provenían de los
Estados Unidos de Norte América.
Años después las inversiones provenientes de paises como Alemania y
Japón incursionaron en México, en poco tiempo tomaron la delantera en cuanto
al nivel de inversiones realizadas en el terrítorío nacional; actualmente los
países asiáticos como Japón, Corea y Honk Hong mantienen el liderazgo en el
crecimiento y desarrollo de la industria maquiladora nacional en sus diferentes
ramas industriales.
2.2. Programa infonnal de contratación de braceros
Una vez concluida la Revolución Mexicana en 1910, nuestro país inició un
periodo de acoplamiento no sólo político sino también económico. puesto que el
desgaste económico-social que había dejado la revolución entre el pueblo
mexicano fue devastador, ya que los niveles de pobreza aumentaron
considerablemente durante la época.
38
Neevia docConverter 5.1
A pesar de que más de dos millones de campesinos perdieron su vida en la
Revolución Mexicana de 1910, el gobiemo nunca les proporcionó los medios
necesarios para sobrevivir trabajando sus tierras en los campos rurales."
Como resultado de la falta de apoyo económico para la reactivaci óu de
las actividades agrícolas en los campos mexicanos, los cuales, cada vez eran
menos productivos, surgió entre los campesinos la necesidad de buscar nuevas
formas de subsistencia.
Sin embargo, al iniciarse la Primera Guerra Mundial, los ojos del gobierno
estadounidense fueron puestos inmediatamente en nuestro país, ya que su
fuerza laboral había sido enlistada en las tropas militares para combatir en la
guerra y los campos agrícolas estadounidenses necesitaban ser trabajados .
Así se pensó en un programa b.acero que colmara las necesidades de
mano de obra del gobierno norteamericano y a su vez establecer una
alternativa de empleo al pueblo de Méx ico.
A través de la celebración de este programa entre México y los Estados
Unidos de Norte América, nuestros connacionales fue ron reclutados libremente
y sin restricción alguna en la frontera norte de nuestro país, bajo una reserva
existente en la Ley de Inmigración de 1917, aun cuando no se permitía el uso
de trabajo temporal por contrato ."
El Programa Informal de Braceros suscrito durante la Primera Guerra
Mundial, entre México y los estados Unidos de Norte América, es considerado
31 El Movimiento Masivo de losBraceros. YNo'W.farmworkers.org/pbracero.html
31Cfr. DRISCOLL, Bárbara A. El Programa de Braceros: I Una Poderosa Estrategia Bilateral? Número 12 ,
sep-dic.1986. p. 135. Art ículo obtenido en httpJr.w.w.institutomoraedu.mxlsecuencialpdI/12112 09 .001
39
Neevia docConverter 5.1
el primer antecedente que se tiene con respecto a la contratación de braceros
por el gobierno estadounidense.
Las actividades principales, en las que inicialmente fue empleada la
mano de obra mexicana, fueron la agricultura y los ferrocarriles; sin embargo,
los resultados derivados de la celebración de este programa informal de
braceros fueron totalmente lamentables.
La contratación era realizada de forma totalmente libre y sin restricción
alguna, entre los empleadores y los braceros mexicanos, dejándolos
enteramente desprotegidos ante los abusos y excesos de explotación de los
empleadores estadounidenses.
La falta de contratos formales, supervisión y defensa del gobierno
mexicano hacia los braceros mexicanos y sus empleadores estadounidenses,
trajo como consecuencia que a la culminación de este primer programa bracero
se diera una expatriación forzada de Estados Unidos, dejando, en muchos
casos, a miles de mexicanos despojados?"
2.3. Programa binaclonal de contratación de braceros de 1942
Como consecuencia del inicio de la Segunda Guerra Mundial en 1942, los
Estados Unidos de América, afrontaron por segunda vez una serie de
necesidades comerciales y militares, debido a que los nacionales
estadounidenses fueron enviados a combatir por su patria, dejando
desprotegido el sector agricultor estadounidense.
" Ibidem. p. 133
40
Neevia docConverter 5.1
Ante la necesidad de la fuerza laboral que el campo americano exigía
nuevamente, se pensó en la celebración de un acuerdo laboral entre México y .
los Estados Unidos de Norte América, cuya finalidad fue el empleo de braceros
mexicanos en el campo y en la industria ferroviaria americana.
Fue así, como en el año de 1942 se iniciaron las negociaciones
correspondientes para la celebración de un Programa Binacional de
Contratación de Braceros entre los Estados Unidos de Norte Américay México,
el cual contribuiría a satisfacer las necesidades que ambas naciones tenían
como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial.
Ante la postura americana de un programa de inmigración sin
restricciones, nuestro país inicialmente defendió de manera radical los derechos
de los trabajadores mexicanos que prestarían sus servicios en 6: vecino país
del norte, ya que la intención fundamental fue no repetir los estragos del
programa informal de braceros que estuvo vigente durante la Primera Guerra
Mundial.
Finalmente, a mediados del año de 1942 se logró la aplicación de dicho
programa, con la participación de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, la
Comisión de Fuerza de Trabajo para la Guerra (War Manpower Commission) y
el Departamento de Agricultura, aun cuando la entonces vigente Ley de
Inmigración de 1917 sancionaba el uso de trabajo temporal por contrato."
Tan pronto se dio inicio en 1942 a dicho programa, se generaron grandes
concentraciones de braceros e indocumentados mexicanos que viajaban hacia
la frontera norte para ser reclutados por los miembros estadounidenses
encargados de la contratación.
'" Ibldem. pp. 135-136
41
Neevia docConverter 5.1
Las contrataciones laborales de los braceros mexicanos se llevaron acabo bajo
la supervisión de autoridades estadounidenses. y mexicanas, quienes
desplegaron una serie de inspectores que constataban las condiciones
laborales en que se desarrollaban las actividades de los trabajadores
mexicanos.
Los convenios de contratación de trabajadores mexicanos que eran
empleados en las labores agrícolas de los campos estadounidenses, se
basaban en recomendaciones que versaban sobre:
.:. Las garantias fundamentales. No discriminación, no empleo en
el servicio militar, otorgamiento de garantías de transporte,
alimentos, hospedaje y repatriación, entre otras.
•:. La formalidad de los contratos. Celebración bajo supervisión del
Gobiemo Mexicano, redactión en castellano, contratación del
empleador y el sub-empleador observando las bases
fundamentales.
•:. Las condiciones de admisión. Verificación por una autoridad
sanitaria mexicana sobre las condiciones físicas y sanitarias
necesariasen el lugar de empleo del trabajador.
.:. Gastos de transporte. Garantía de gastos de trasporte, comida y
hospedaje desde su lugar de origen a su lugar de empleo y el
regreso, flete de equipaje, entre otros.
•:. Trabajo y salario. Pago mínimo de salarios por hora; pago de
salario menor en caso de trabajadores de bajo rendimiento
ordinario por cuestión de edad y sexo; autorización de cambios de
empleo, no cobro de comisiones a empleados; prohibición de
trabajo a menores de 14 años; libertad para adquirir bienes de
consumo personal; igualdad en servicios de habitación, servicios
42
Neevia docConverter 5.1
sanitarios y atención médica, garantía por riesgos de trabajo, entre
otras.
-:- Fondo de ahorro. Responsabilidades de depósito, guarda y
custodia de los Fondos de Ahorro Campesino por parte de la
Agencia del Gobiemo de los Estados Unidos, para su posterior
transferencia al Banco de Crédito Agrícola de México, así como
responsabilidades de devolución.
-:- Cantidad de trabajadores empleados. Reporte oportuno de la
cantidad de trabajadores necesarios para satisfacer la demanda
de mano de obra.
-:- Negociación binacional. Participación bilateral en el empleo de
trabajadores no agrícolas, cooperación binacional en su
elaboración contractual, denuncia de los arreglos binacionales con
90 dias de anticipación y fonnalización de negociaciones.
Desde el inicio de las negociaciones binacionales, nuestro pais lucho por
la obtención de un trato justo y equitativo de los trabajadores mexicanos que
prestarían sus servicios en los Estados Unidos de Norte América, sin embargo,
al paso de los días la defensa del gobierno mexicano perdió fuerza, de tal forma
que la contratación de braceros tuvo algunas modificaciones.
Aun cu~ndo se renegociaron los puntos de las contrataciones de mano
de obra mexicana, el aparato legal de las negociaciones realizadas por parte
del gobierno estadounidense se mantuvo regido bajo tres principios
fundamentales:
-:- La contratación.de gobierno a gobierno, con el otorgamiento de
garantías que respetaran los derechos y la dignidad de los
trabajadores mexicanos en el vecino pais del norte.
43
Neevia docConverter 5.1
.:. La celebración de contratos y el establecimientos de
responsabilidades entre los sub-empleadores , los trabajadores y la
Farm Security Admin istration (Administración de Seguridad para el
Campo), la cual fue sustitu ida por la War Food Administration
(WFA) y, ésta a su vez, por el Departamento de Agricultura
Estadounidense (U.S.D.A).
•:. Los términos de la contratación de braceros por parte del gobierno
estadounidense."
Años más tarde la contratación de trabajadores mexicanos dejo de ser
responsabilidad de los gobiernos negociadores , las cuestiones financieras y
legales pasaron a manos de los empleadores agrícolas estadounidenses,
quienes al just ificar la necesidad de mano de obra ante la oficina de empleo de
los estadounidenses, negociaban libre y directamente la cont.atací ón de los
braceros mexicanos.
Algunas leyes estadounidenses que coadyuvaron en el desarrollo de las
contrataciones de mano de obra mexicana fueron : la Ley Pública 45 de 1947 y
la Ley Publica 78 de 1951, en la que se estableció el Acuerdo Internaciona l
sobre Trabajos Migratorios, conocido como el Programa de Braceros, mediante
la cual se intentaba controlar la inmigración de trabajadores agrícolas para su
contratación temporal en territorio estaoounídense .?
., lbidem, pp,138 - 139
" CIL SANTIAGO QUIJADA, Guadalupe . "La Industria Maquiladora de Ciudad Juárez". Artículo obtenido
enhttp://docentes.uad.mx/rquinterlcronicas/maguilas.html
44
Neevia docConverter 5.1
2.4. Renegociac ión del programa blnaclonal de contratación de braceros
en 1964
En los años 60's, el programa de Braceros iniciado en 1942, tomo otros matices
distintos a los iniciales, debido al deterioro de las renegociaciones entre México
y los Estados Unidos de Norte América, al descenso en la actividad
agropecuaria estadounidense, a los controles salariales, al aumento de trámites
administrativos y los costos que éstos representaban para los empleadores.
Para 1962, los cambios drásticos que se presentaron en las
negociaciones de las contrataciones, así como el desempleo de los braceros
mexicanos, originaron que se aplicaran programas de deportación masiva de
mexicanos indocumentados y a ún de aquéllos que tenían legal estancia en
territorio estadounidense.
Finalmente, en 1964 el Programa Bracero ya no fue renegociado y
renovado por ambos paises, por lo que ante esa negativa de los dos gobiemos,
las consecuencias se vieron reflejadas en las cifras de pobreza y marginación
que se incrementaron en la frontera norte de México.
Fue asi como la mayoría de los trabajadores mexicanos deportados, de
los Estados Unidos de América a México, no regresaron a sus lugares de
origen, sino más bien, se establecieron en la frontera norte del territorio nacional
y con eUo la población de la región fronteriza del país se incremento generando
un gran número de desempleados mexicanos.
Estas deportaciones masivas se realizaron de manera discrecional y sin
el pago de los descuentos realizados al sueldo que percibían los trabajadores
mexicanos empleados en los campos agrícolas estadounidenses, los cuales en
4S
Neevia docConverter 5.1
principio fueron destinados a un fondo de ahorro campesino y reenviados al
entonces Banco de Crédito Agrícola de México. 43
2.5. El programa de industrialización fronteríza (P.I.F.) de 1965
Derivado de 'a culminación del llamado Programa de Contratación de Braceros
aplicado durante la Segunda Guerra Mundial en 1942 y su aplazamiento hasta
1964, fecha en la que se dio por terminada su vigencia. los problemas de
desempleo. pobreza y marginación en la frontera norte de México, se
incrementaron a niveles alarmantes.
Ante la~ consecuencias de la terminación del Programa Bracero. nuestro
país apl ic ó una serie de estrategias cuya finalidad fue la absorción del
desempleo existente en la zona fronteriza, de esta forma se dio inicio al llamado
Programa de la Industria Maquiladora con el cual se inició el establecimiento de
las primeras plantas maquiladoras en territorio mexicano.
Como consecuencia de la culminación de la guerra, el descenso en la
contratación de braceros y la poca afluencia turística a nuestro país. a partir de
los años 60's. el gobierno federal inicio una serie de programas que
pretendieron la reactivación económica de la zona fronteriza. ejemplo de ello lo
fue el Programa Nacional Fronterizo (PRONAF, 1961).
" El 27 de abril de 2005. se aprobó por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. la creación
de un fideicomiso cuyo objetivo es el pago de los descuentos Que por razón de su trabajo, les fueron
realizados a los trabajadores mexicanos porel fondode ahorro campesino de una agencia del gobierno de
los Estados Unrdos. en razón de que dichos descuentos fueron posteriormente

Continuar navegando