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Principios-y-fundamentos-de-la-seguridad-social

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FACULTAD DE 
DERECHO 
 
 
 
U.N.A.M. 
 
 
 
Tesis para obtener el 
Título de Licenciado en 
Derecho 
 
 
 
 
 
“Principios y 
Fundamentos de la 
Seguridad Social” 
 
 
 
 
Seminario de Derecho 
del Trabajo y la 
Seguridad Social 
 
 
 
 
 
 
Asesor: Dr. Alfredo 
Sánchez Castañeda 
 
Alumno: Lizbeth Myriam 
Campos Espinosa 
 
 
 
2006 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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DEDICATORIAS 
 
Doy gracias a Dios por que me 
bendijo con una familia, un hogar y unos 
amigos maravillosos. Y por que me 
permitió concretar ésta meta, llena de 
vida y salud. 
 
 
A mis padres Susy y Michelle, 
por todo el amor, cariño, comprensión, y 
paciencia con el que me formaron; pero 
sobre todo por su inquebrantable 
ejemplo, lleno de sabiduría, éxito y 
fortaleza, con el cual me han guiado 
siempre. Éste logro es suyo por que 
todo se lo debo a ustedes. Mil gracias 
papitos, los amo y admiro. 
 
 
A mi hermano Raymundo, 
cómplice de travesuras y compañero de 
aventuras inmemorables, twin brother 
en la infancia, partner en la 
adolescencia y ahora…. sigues siendo mi 
twin brother. El madurar de la vida 
contigo ha sido más sencillo, tu ejemplo 
de aventura constante y diversión 
continua hacen que mi vida sea más 
feliz. Te amo. 
 
 
A mi hermanita Gabita, “la 
peque”. Siempre he agradecido a la vida 
que te halla puesto en mi camino, por 
que con tu sabiduría nos haces ver el 
mundo desde otra perspectiva, una más 
simple tal vez, pero llena de 
conocimiento. Gracias por ser mi 
hermanita chula, tú también eres parte 
de este logro, siempre me jalaste la 
oreja cuando lo necesité. TQM botona!!! 
 
 
Yunuel, pensé que tal vez 
debería agradecer a tu mamá por esas 
deliciosas lenguas de gato, o tal vez al 
laboratorio de biología, o a la mesa del 
laboratorio?... En fin recapacito, y ésta 
Tesis también es para ti, por ser una 
gran amiga, que da claridad a mis 
pensamientos y un poco de orden a mis 
emociones. Por que con tu sonrisa y 
optimismo haces que mi vida sea más 
sencilla, llenando los espacios de esta 
amistad perfecta. Gracias amibi!!!!!. 
 
 
A Iván Díaz, por que con su 
sentido del humor, su cariño 
incondicional, y su leal amistad, hemos 
logrado grandes cosas. Eres un ejemplo 
de vida, gracias por tu apoyo constante, 
pero sobre todo por llenarnos siempre 
de alegría. Te amo y te admiro. 
 
 
A César Rodríguez, por ser mi 
compañero de juventud, y recorrer a mi 
lado el camino del aprendizaje. Gracias 
por tu amor, por tus enseñanzas; por 
que con tu inteligencia, cariño y 
conocimientos insertas en mi mundo la 
realidad precisa que nos rodea día a día. 
Gracias Chicharito!!!! 
 
 
A Guillermo Borja por que 
después de 10 años de amistad, hoy 
verdaderamente nos reencontramos. 
Conocerte ha sido para mí una fortuna, 
tenerte a mi lado es una bendición que 
le agradezco a la vida. Te amo 
borreguito!!!!! 
 
 
A Víctor, Oliver y Ramón, por 
que siempre tienen el comentario 
simpático, sarcástico y sabio, 
respectivamente, que complementa mi 
vida. Éste logro también es suyo por que 
la risa, el sarcasmo y la sabiduría, son 
los ingredientes necesarios para lograr 
cualquier meta. Los amo mucho amigos!!! 
 
 
A la familia Cruz Guerrero, 
testigo de mi pubertad, adolescencia y 
juventud. Entrañables amigos, gracias 
por abrirme la puerta de su hogar y de 
su corazón; gracias por su apoyo y 
cariño en todo momento. Los quiero 
mucho. 
 
 
A Wendy Michel y Mary Carmen, 
por que con su espiritualidad, bondad y 
luz, llegaron a mi vida contagiándola de 
todo ello, haciendo posible que mis 
logros fueran más tangibles. A pesar del 
corto tiempo, siento que las conozco de 
hace muchos años. Gracias. 
 
 
A mi madrina Lulú, por que su 
paciencia, conocimientos y atenciones 
me permitieron retomar el camino de 
manera exitosa. Gracias 
 
 
A mi familia y amigos que fueron 
y siguen siendo muy importantes en las 
diferentes etapas de mi vida. Gracias. 
 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
 
A la Universidad Nacional Autónoma de México, por formar jóvenes profesionales. 
Gracias Alma Mater, por ti soy quien soy, por todo lo que nos das, por enriquecernos de lo 
más preciado. Sabiduría y humanidad. 
 
 
A la Facultad de Derecho, por inculcarnos el ejemplo de justicia, y conocimiento. 
Fomentando en nosotros el ’hábito constante de desarrollarnos siempre bajo un marco de 
ética y responsabilidad. 
 
 
Al Instituto de Investigaciones Jurídicas, Institución creadora del Derecho y de 
grandes pensadores, tú haces de nuestra Universidad el orgullo jurídico académico. Gracias 
por enriquecernos día a día, por mostrarnos la importancia de estudiar y conocer más allá al 
derecho. Lo que nos aportas es la base de los principios rectores de la justicia. 
 
 
Al Dr. Alfredo Sánchez Castañeda. Gracias Dr. por la oportunidad que me ha dado, 
por haberme enriquecido con sus conocimientos y experiencias, por creer en mí y mi trabajo. 
Sin usted ésta Tesis no hubiera sido posible, es pilar de mi formación como estudiante, 
profesionista y persona. Gracias por su paciencia, lo estimo mucho. 
I 
ÍNDICE COMPLEMENTARIO 
PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL 
INTRODUCCIÓN 
CAPÍTULO 
I. ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 
1.Historia de la Seguridad Social 
A.Sistemas Iniciales de Protección 
B.Las revoluciones europeas y la necesidad de una protección social 
a.La Revolución Industrial 
b.La Revolución Francesa 
c.Alemania 
2.Evolución de la Seguridad Social en México 
A.La Seguridad Social en la Colonia 
a.Cajas de comunidades Indígenas 
b.Cofradías 
c.Pósitos 
d.Montes de Piedad 
B.La Revolución Mexicana y la Seguridad Social 
CAPÍTULO II 
I. NOCIONES EN TORNO A LA SEGURIDAD SOCIAL 
II 
1.Marco Conceptual de la Seguridad social 
A.Derecho Social y Seguridad Social 
B.Justicia social y Seguridad Social 
C.Nacimiento y Características de la Seguridad Social 
D.Objetivos de la Seguridad Social 
E.Concepto de Seguridad Social 
2.Fundamentos de la Seguridad Social 
A.El hombre 
B.La Justicia 
C.El bien común 
D.El factor económico 
CAPÍTULO III 
I. INSTITUCIONES FUNDAMENTALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL: 
ORGANIZACIÓN Y COBERTURA 
1.Un modelo clásico de seguridad social 
A.Instituto Mexicano de la Seguridad Social 
B.Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los 
Trabajadores del Estado 
C.Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas 
2.Un modelo con rasgos Berverianos 
A.El Sistema Nacional de Asistencia Social 
III 
B.Sistemas estatales de seguridad social 
C.Programas institucionales creados para la población en general 
a.IMSS-Oportunidades 
b.El seguro de salud para la familia 
c.Seguridad social para trabajadores mexicanos residentes en el extranjero 
y sus familias con residencia en México 
d.Otros Seguros para núcleos de población con ingresos menores: El 
seguro popular 
3.Las instituciones de seguridad social: viabilidad y cobertura 
A.Crisis de la cobertura y de las instituciones de seguridad social 
B.El reto de los grupos vulnerables 
C.La carencia de una seguridad social para la población 
4.Plan de acción en materia de protección social 
CAPÍTULO IV 
I. LOS PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL 
1.El principio rector de la Seguridad Social 
A.El Derecho de la Seguridad Social 
B.ElDerecho a la Seguridad Social como principio rector 
2.Los principios generales de la Seguridad Social 
A.Solidaridad 
B.Universalidad 
IV 
C.Subsidiariedad 
D.Responsabilidad del Estado y participación 
E.Integración social 
F.Unidad de gestión 
G.Igualdad 
CONCLUSIONES 
BIBLIOGRAFÍA 
5 
 
INTRODUCCIÓN 
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal la 
descripción, análisis y estudio sustancial de los principios y fundamentos 
de la seguridad social. A partir de dicho estudio podremos discernir 
respecto a la existencia de un marco normativo y una estructura 
institucional derivada de los mismos. 
Para introducir el tema se ha considerado importante un análisis 
pertinente a los antecedentes históricos de la seguridad social, así como 
el delinear un marco conceptual de la misma y un estudio en relación a la 
importancia del factor económico de ésta. 
Estudiar los principios y fundamentos de la seguridad social nos 
preemitirá ampliar nuestro panorama teórico practico respecto de la 
sistematización de ésta, dado que no es posible hablar, o siquiera pensar 
en el funcionamiento de cualquier régimen, sin antes haber establecido las 
bases y principios en los cuales dicho sistema se funda. Es decir que el 
resultado de la presente investigación nos permitirá observar la 
importancia que ellos tienen en la estructuración de la materia, así como 
introducir en el lector el interés por los mismos, al observar que el derecho 
a la seguridad social es un derecho mínimo de dignidad humana. 
Un principio parte de la idea de ser una Norma fundamental que 
rige el pensamiento o la conducta, en el caso del tema que nos ocupa, los 
principios regirán el funcionamiento ético y responsable de la Seguridad 
Social, como sistema o régimen, en una sociedad organizada. 
Por su parte los fundamentos de la seguridad social nos otorgan la 
posibilidad de acceder a la máxima expresión de ésta, es decir que de otro 
modo no sería posible el reconocimiento y la dirección exacta de la 
materia. 
Los principios y los fundamentos, que serán estudiados y 
plasmados en este documento de investigación, no tienen otro fin que 
legitimar la acción de la seguridad social, puesto que un sistema de 
Seguridad Social será el idóneo, siempre que parta de éstos, teniendo 
como resultado un óptimo funcionamiento del régimen, que cumplirá con 
sus objetivos primarios, los cuales se centran en alcanzar la dignidad del 
individuo y su familia. 
Las nociones aquí estudiadas se presentan en un orden 
estructurado de manera que puedan ser fácilmente concebidas por el 
lector. Consideramos que los principios aquí estudiados, si bien es cierto, 
no son todos los que existen, fueron plasmados aquellos que creímos más 
precisos de acuerdo al tiempo y espacio que estamos viviendo en la 
actualidad. 
Al final de dicho análisis se pretende contribuir con la ciencia del 
derecho en la búsqueda incansable del mejoramiento de la condición 
humana. 
CAPÍTULO I 
I ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 
El presente capítulo pretende desarrollar de manera cronológica la 
evolución de la Seguridad Social, dividiéndose para su estudio en dos 
partes; la primera se ocupa del marco internacional, particularmente el 
correspondiente a Europa, y la segunda precisa los acontecimientos 
nacionales que marcan la evolución de la materia. 
Historia de la Seguridad Social 
La asociación de individuos en colectividades siempre ha buscado, 
como finalidad primordial, la procuración del bienestar y la dignificación de 
sus miembros. La seguridad social es el resultado de un largo proceso 
histórico, derivado de las exigencias sociales de cubrir sus necesidades 
básicas. En un principio esto sería a cargo de aquellos que tuviesen la 
posibilidad de hacerlo, convirtiéndose más tarde en una obligación. Así la 
historia de la seguridad social es una transferencia progresiva de la 
responsabilidad o de la protección social de los individuos, a personas o a 
grupos más fuertes.1 
La seguridad social se ha formado a lado del derecho del trabajo, 
siempre con el afán de mejorar las condiciones de vida, no sólo del 
trabajador sino del ser humano, logrando simultáneamente que el 
trabajador se mantenga de manera constante hermanado a su empleo, y 
obtenga estabilidad laboral. 
Sistemas Iniciales de Protección 
Es bien sabido que desde siempre las necesidades sociales han 
acosado al individuo, el devenir histórico nos muestra cómo en todos los 
países y épocas el hombre o los hombres, aislados o en grupos, han 
intentado hallar los medios idóneos que les permitieran superar la 
incidencia de esas necesidades sociales.2 
Podemos discernir diferentes sistemas de protección colectiva a 
través del análisis de la historia de las sociedades humanas, quienes en 
sus diferentes modos de organización económico-social, al enfrentarse a 
 
1 F. Netter; LA SEGURIDAD SOCIAL Y SUS PRINCIPIOS; México, Colección de Salud y 
Seguridad Social, Serie Manuales Básicos y Estudios, 1982, p.15. 
2 Almansa Pastor José M., DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, México, Tecnos, 1991, p. 
33. 
sus necesidades primarias, han encontrado en dichos sistemas, el 
bienestar para los miembros de su misma comunidad. 
Almansa Pastor sostiene que, temporal y espacialmente las 
medidas protectoras dependen, en su mayor o menor eficacia, de los 
principios básicos del Estado que los instrumente, así como de la situación 
económicosocial de la colectividad en que se instauren. Advierte como 
claro ejemplo la eficacia de las medidas protectoras desarrolladas en una 
organización política liberal individualista, frente a otra evidentemente 
intervencionista.3 
La construcción de la seguridad social es el resultado de un largo 
proceso que va desde los inicios del XIX, hasta la época presente. La 
cronología que se sigue tradicionalmente consiste en dar cuenta de los 
“sistemas antiguos” de “la prehistoria de la seguridad social” y del 
“nacimiento de la seguridad social” (Jambu-Merlin).4 
Paul Durand ha señalado que la formación histórica del sistema de 
seguridad social ha pasado por tres etapas: la primera es la que él llama 
los Procedimientos Indiferenciados de Garantía, que son: el ahorro 
 
3 Almansa Pastor José M.,Idem, p. 33. 
4 Carrillo Prieto Ignacio, DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, México, Colección Panorama 
Del Derecho Mexicano, Serie A: Fuentes , b) Textos y Estudios Legislativos, Núm. 109, UNAM, 
Mc. Graw Hill, 1997, México, p. 25. 
individual, la mutualidad, el seguro privado, la asistencia pública, y la 
responsabilidad; la segunda es la de los seguros sociales, y la tercera, la 
de la seguridad social. Jean Jaques Dupeyroux, Luís Enrique de la Villa y 
Aurelio Desdentado Bonete admiten también el criterio de Durand.5 
Del ahorro individual o privado podemos señalar que nace como un 
medio para solventar las necesidades futuras, a través de la reserva de 
recursos, teniendo como base una cantidad de dinero derivada de 
aquellos ingresos percibidos por el mismo sujeto, excluyendo así, los de 
cualquier otro. Por lo que se trata de una medida de previsión, individual y 
voluntaria, por cuanto que el ahorrante decide afrontar por sí mismo la 
carga futura que amenazará su seguridad económica.6 El ahorro en 
situaciones de normalidad contribuye a la consolidación de la familia, 
evitando los egresos innecesarios y permitiendo la constitución de una 
reserva que procurará la aplicación de gastos, derivados de hechos 
imprevisibles.7 
Sin embargo, este sistema resultó ineficaz, dado que la capacidad 
de ahorro individual llegaba a ser insuficiente para la complejidad y 
 
5 Citados por: Rendón Vázquez Jorge, DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Lima, Tarpuy, 
1992, p. 17. 
6 Almansa Pastor José M., Op.cit., p. 40. 
7 www.bibliotecajurídica.org/libros/libro.htm,Nugent Ricardo, LA SEGURIDAD SOCIAL, SU 
HISTORIA Y SUS FUENTES, p. 607. 
magnitud de las necesidades que para el individuo derivaban del 
acontecimiento de los riesgos. 
Además del ahorro individual, existió el ahorro colectivo, el cual 
surge con los gremios, agrupaciones de trabajadores de la misma 
profesión; quienes constituían fondos comunes a partir del ahorro 
individual de sus integrantes. En caso de producirse uno de los riesgos, 
sobre una de las personas, éste se aminoraba con el fondo. Dichos fondos 
tenían ciertas desventajas, como el hecho de ser muy rudimentarios, en 
virtud de que sólo participaban algunos miembros, empleando cantidades 
de dinero escasas. Cabe señalar, que era voluntario, quien no lo deseaba 
no participaba. 
Mucho antes de que se admitiera la necesidad de una acción 
comunitaria, la pobreza ya era considerada como una preocupación de 
particulares: fundaciones religiosas proporcionaban tanto refugios 
temporales como sustentos. A partir de estos se fueron elaborando 
legislaciones de beneficencia cuyo objeto era aliviar de cierto modo la 
pobreza, legislaciones que tuvieron el mérito de reconocer la 
responsabilidad del Estado en este campo, sentar el principio de sufragar 
la acción en él con fondos públicos y ser de aplicación universal8.Así el 
punto de partida puede ser la asistencia a los pobres y enfermos, forma 
esencial de cobertura de las necesidades sociales; asistencia directa e 
individual como deber cristiano; asistencia colectiva mediante la fundación 
de hospitales, hospicios, enfermerías o dispensarios, asistencia privada o 
semiprivada de carácter religioso. 
En el siglo XIX con la Revolución Industrial, surgen riesgos 
desconocidos y más graves por trabajar con máquinas o sistemas más 
sofisticados, los cuales llevan al desempleo masivo, debido principalmente 
a los débiles contratos y la pérdida de salud. Otra problemática que se 
presentó, fue que la ideología liberal del momento, hizo que los 
trabajadores se encontraran en una situación de desamparo, provocando 
que riesgos sociales más graves tuvieran un menor apoyo estatal. 
Así la clase obrera comienza a constituir agrupaciones para cubrirse 
de estos riesgos, con esto se forma lo que algunos autores denominan el 
precedente primero y más remoto de la Seguridad Social, que son las 
sociedades de socorros mutuos. Estos operaban mediante la creación de 
asociaciones entre miembros de determinadas colectividades, para asumir 
 
8 Oficina Internacional del Trabajo Ginebra, INTRODUCCIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, 
España, OIT, 1984, p.1. 
ciertos riesgos y contingencias sociales, como la vejez, invalidez, 
enfermedad y muerte, a través de las aportaciones de sus miembros.9 
La mutualidad hace su aparición desde el momento en que 
reducidos grupos de trabajadores de algunas actividades económicas se 
unen con fines de protección mutua, hasta llegar gradualmente a la 
protección de todos los trabajadores por cuenta ajena, y 
consecutivamente al amparo de toda la población contra riesgos y 
contingencias.10 En dicha figura todos los miembros son a la vez 
asegurado y asegurador de los demás, sin perseguir la obtención de lucro 
con su actividad colectiva, inspirándose en el principio de solidaridad, el 
cual sentaría las bases de lo que hoy se denomina seguridad social. 
Frente al ahorro se ofrece la ventaja de la distribución de las necesidades 
sociales de cada individuo en un grupo sobre el que se tiene un mejor 
soporte. Ante la beneficencia, el individuo no sólo tiene un mero interés a 
la protección, sino un derecho subjetivo a exigirla. No obstante el éxito 
generado por la mutualidad, esta tuvo un campo de acción reducido. Los 
pocos recursos de los aportantes, y el hecho de que fuese una figura de 
carácter voluntario (en la que no todos participaban), ocasionaba que la 
cobertura de los riesgos y contingencias también fuesen reducidas. 
 
9 Nugent Ricardo, Op.cit., p. 607. 
10Carrillo Prieto, Op.cit., p.18. 
Al paso de los años, la multiplicación de los riesgos y necesidades 
para la población trabajadora, condujo a que el Estado fijara su atención 
en este movimiento, y planeara una coordinación pública, iniciando así los 
albores de la seguridad social. 
Las revoluciones europeas y la necesidad de una protección social 
Hacia fines del siglo XVIII, tanto la Revolución Industrial como la 
Revolución Francesa transformaron de manera definitiva las estructuras 
sociales y las formas tradicionales de prestación laboral.11 En los albores 
de esta época, las legislaciones eran creadas de modo autoritario por los 
Estados, en ellas la protección para la clase obrera era casi nula, 
haciendo únicamente mención a la protección para el menor, y una 
reducción mínima de la jornada de trabajo. 
Dada la evidente existencia de la opresión a la clase trabajadora, 
surgen movimientos de ideas. Como resultado de estos aparece, en la 
primera mitad del siglo XIX, una etapa de suma trascendencia para la 
seguridad social, dado que el estallido violento de la lucha de clases trae 
aparejado un movimiento legislativo que la marca beneficiosamente, este 
 
11 Grisolia Julio A, DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL, 8ª ed, Buenos 
Aires, De Palma, 2003. p.13. 
trascendental período es denominado como el de las revoluciones 
europeas. 
a. La Revolución Industrial 
La Revolución Industrial se realizó, antes que en ningún otro país, 
en Inglaterra.12 El surgimiento de las nuevas máquinas concibe un período 
de industrialización. En esta tapa los obreros comienzan a migrar hacia las 
grandes fábricas suburbanas produciendo así exceso de mano de obra, 
que se tradujo en abusos infrahumanos. 
Ruiz Moreno entiende a la Revolución Industrial, como el conjunto 
de modificaciones de la estructura económica en los países europeos 
occidentales, y refiere que, en virtud de la mecanización de la industria, el 
desarrollo del comercio y los medios de locomoción, cambia radicalmente 
no sólo el comercio y la industria, sino también las perspectivas 
socioeconómicas fundamentales.13 
La Revolución Industrial trajo cambios inesperados, al transformar 
completamente no sólo la actividad productiva, sino también el régimen de 
 
12 De la Cueva Mario, INTRODUCCIÓN AL DERECHO DEL TRABAJO, Porrúa, México,, p.35. 
13 Ibidem, p. 47. 
protección del operario.14 Los alcances del derecho privado, en materia de 
seguridad, estaban limitados a una protección primaria, dejando de lado lo 
imprescindible para subsistir. 
A pesar de las grandes organizaciones industriales que el 
maquinismo aportó, fue evidente la precaria situación de los obreros y 
operarios en general; multiplicándose tanto los accidentes como los 
riesgos de trabajo; quedando aquellos, a merced de los patrones, dado 
que las leyes protectoras del trabajo, eran prácticamente nulas. 
Afirma Francisco de Ferrari que en este nuevo periodo el asalariado 
se encontraba en una total inseguridad, así como en una completa 
impotencia frente a los nuevos métodos de trabajo, las nuevas formas de 
comercializar la riqueza y la manera impersonal de crearla. Así la idea de 
seguridad social, en realidad nace en ese instante del mundo y, sin duda 
alguna, en esa clase social totalmente despojada.15 Es por ello que 
durante prácticamente todo el siglo XIX, se produjeron movimientos 
sociales, promovidos por el proletariado, con la pretensión de obtener 
normas protectoras. 
 
14 Ruiz Moreno, Ángel G; NUEVO DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Editorial Porrúa, 
México,, 1997, p.46. 
15 Francisco de Ferrari, LOS PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Buenos Aires, 
Argentina, Ediciones de Palma, 1972, p. 12. 
Al acentuarse los índices de mortalidad entremujeres, niños, y 
obreros en general, las discrepancias entre la clase capitalista y la 
proletaria se hicieron inminentes. Además la presión que ejercían los 
socialistas utópicos y científicos así como el levantamiento de la Comuna 
de París, conformaron un hecho de suficiente magnitud como para exigir 
una legislación que contemplara la siniestralidad en el trabajo. 
Con la doctrina de la responsabilidad objetiva o profesional, 
atribuible a Josserand, se dictan las primeras leyes sobre accidentes de 
trabajo. Ante esa realidad surge también, en Inglaterra, la teoría del 
riesgo, defendida por Salleilles16. Dicha teoría responsabiliza al dueño de 
un establecimiento por haber generado el riesgo y repara el daño hasta un 
 
16 “La Tesis de Saleilles, muy semejante a la de Josserand, surge sobre la base del contenido de 
los artículos 1.384 y 1.386 del Código Civil Francés conocida con el nombre de teoría objetiva. 
Parte del supuesto de que el daño causado por un objeto debe ser reparado por su propietario; 
es decir, por aquel que se beneficia, abstracción hecha de toda idea de culpa. ‘La 
responsabilidad deja de tener su fundamento en la culpa del que obra o posee; es decir, en la 
culpa subjetiva; el simple daño causado por una cosa o por un acto, o más simplemente, el 
hecho causado por la culpa objetiva, resulta suficiente para originarlo. 
(...) La teoría de la Responsabilidad Objetiva, precede la del riesgo profesional, basta con 
establecer que se ha producido un daño y buscar el vínculo de causalidad entre el hecho de 
trabajo y ese daño para reclamar, de modo inmediato, la responsabilidad que incumbe al dueño 
de la cosa, en este caso de la empresa, por daños producidos. El propietario responde por el 
solo hecho de ser propietario de la cosa. 
(...) La tesis de Saleilles se basa en que la teoría de la culpa es propia del Derecho Individual; la 
teoría objetiva es, por el contrario, propia del Derecho Social, que considera al hombre como 
parte de una colectividad. Cuando una empresa acepta a un obrero, acepta los riesgos de la 
elección. (Cabanellas, Guillermo; Derecho de los Riesgos del Trabajo, Editores Libreros, Buenos 
Aires, pp. 291- 295) 
De lo anteriormente expuesto, se evidencia que la teoría de la responsabilidad objetiva nace del 
supuesto de que el daño causado por un objeto debe ser reparado por su propietario, no porque 
el dueño haya incurrido en culpa, sino porque su cosa, su maquinaria ha creado un riesgo, sobre 
el cual debe responder, indemnizando al trabajador tanto por el daño material como por daño 
moral. 
determinado monto, esta constituyó un notable avance, ya que en lo 
sucesivo, el empresario que se beneficiaba con la negociación también 
debía responsabilizarse por los daños de quienes estuvieran a su servicio, 
aun cuando no existiera culpa del empresario.17 
En 1948 Inglaterra establece su Seguridad Social Integral, gracias al 
“Plan de Beverdige” presentado en 1942. A través de una política social 
permanente se adquieren experiencias, las cuales son recopiladas y 
plasmadas en dicho plan. Dicha política, de garantías y solvencias, que 
marchaba en contra de la miseria, la desocupación, la enfermedad y la 
ignorancia de las sociedades, es perfeccionada por la “Ley del Seguro 
Nacional”, la cual comprendía: accidentes y enfermedades de trabajo, 
sanidad y atención a la niñez, así como asistencia a los desvalidos. 
b. La Revolución Francesa 
Las ideas difundidas por la Revolución Francesa, así como los 
cambios sociales producidos por la Revolución Industrial, trajeron como 
consecuencia que la inseguridad respecto de los medios de subsistencia y 
la nula protección a la salud alcanzaran a gran parte de la población de la 
época, convirtiéndose en un gravísimo problema social, afectando 
 
17 Nugent Ricardo, Op.cit., p. 609 
directamente a los grupos obreros, quienes se encontraban en total 
desamparo frente a los riesgos, jornadas de trabajo extenuantes, salarios 
miserables y las contingencias sociales que tenían que aceptar para no 
morirse de hambre. La coalición profesional, al igual que la huelga, 
figuraban en el catálogo de los delitos18. No obstante aquellas exigencias 
sociales, que se hacían evidentes en los lugares de trabajo, los patrones 
no se consideraban, en absoluto, con responsabilidad de resolver dichas 
necesidades, puesto que al cubrirlas aumentarían considerablemente los 
gastos de producción. 
Este hecho revolucionario abrió un violento debate entre las luchas 
políticas e ideológicas. Las clases sociales eran muy marcadas, las clases 
populares y urbanas vendían su fuerza de trabajo por un pequeño salario; 
sin embargo la diversidad de condiciones en las que se desenvolvía este 
grupo social, les impedía alcanzar un verdadero sentimiento de clase, 
siendo más sencillo que se manifestara por un alza de precios, que por 
una reivindicación de tipo salarial. 
Los campesinos constituían en Francia más de las tres cuartas 
partes de la población del reino; sin embargo el proceso acelerado de 
 
18 Nugent Ricardo,Ibidem, p. 606. 
industrialización fue desplazando al pequeño propietario y al artesano, 
originando la proletarización del hombre en la ciudad. 
De acuerdo con Pierre Leclerc, la Revolución Francesa no produjo 
cambios importantes en la Seguridad Social de la época; salvo el “Comité 
de la Mendicidad” al cual hace alusión el Duque de la Rochefaucauld: 
“Siempre se ha pensado en darle caridad a los pobres pero nunca en 
hacer valer los derechos del hombre pobre sobre la sociedad y de la 
sociedad sobre él.”19 Y no fue si no hasta finales del siglo XIX cuando 
surgieron el Seguro y la Seguridad Social, para Francia. 
La Revolución Francesa trae como consecuencia importante, una 
enorme resonancia en Europa, desencadenando el movimiento en 
Alemania. 
c. Alemania 
En todos los casos las verdaderas fuerzas combativas eran los 
obreros de las ciudades. Los Seguros Sociales como tal, nacen en 
Alemania, como producto del proceso de industrialización, las fuertes 
luchas de los trabajadores, la presión del clero, así como la de otros 
sectores. 
 
19 Ibidem, p. 15. 
En 1821 durante el gobierno del Káiser Guillermo II, es proclamado 
el primer mensaje imperial de protección al trabajador, en caso de perder 
su base por enfermedad, accidente, vejez o invalidez. 
Bismarck unifica la posición de consagrar los seguros obligatorios 
para supuestos de accidente, enfermedad, muerte y otras consecuencias 
emergentes de los siniestros laborales.20 Es por esto que Bismark es 
considerado como el iniciador o padre de la Seguridad Social, dado el 
impulso de tres leyes, que hasta hoy representan la base de la Seguridad 
Social Universal: Seguro contra enfermedad (1883), Seguro contra 
accidentes de trabajo (1884) y Seguro contra la invalidez y la vejez (1889). 
Años más tarde Marx, quien marcó una época de lucha histórica, 
condena el capitalismo y liberalismo económicos; manifestando la 
necesidad de justicia e igualdad para el proletariado.21 
Evolución de la Seguridad Social en México 
Después de haber analizado brevemente la evolución histórica de la 
Seguridad Social en Europa, es pertinente realizar un análisis a nivel 
 
20 Grisolia Julio A, Op.cit., p. 14. 
21 Esta manifestación se puede encontrar en la obra “El Capital” de Karl Marx y Friedrich Engels, 
publicada en 1867. 
nacional de los diferentes antecedentes y etapas que esta tuvo; a efecto 
de ampliar el panorama histórico de la materia que nos ocupa. 
La Seguridad Social en la Colonia 
Iniciaremos nuestro recorrido en la época Colonial, etapa en la cual 
ya se tienen datos pertinentes de Instituciones de Seguridad Social las 
cuales, a pesar de no contar con la infraestructuranecesaria para su 
óptimo funcionamiento, se registran como fundadoras de una conciencia 
de caridad e interés en las problemáticas sociales de la época. 
De acuerdo con Adolfo Lamas, en la Colonia no existió realmente 
una filosofía social, con bases doctrinarias, particularmente en lo referido a 
previsión y asistencia, sin embargo existe registro de prácticas de 
seguridad social desde la Conquista hasta mediados del siglo XVIII. Es 
durante el siglo XVI cuando éstas son establecidas, debido a los conflictos 
medulares de la época, ocasionados principalmente por las instituciones 
laborales de la Colonia. 22 
Al igual que en Europa, los primeros indicios de asistencia social 
surgen en instituciones religiosas, y fue con el surgimiento de las ideas de 
 
22 Bibliografía fundamental para consultar el tema: Lamas Adolfo, SEGURIDAD SOCIAL EN LA 
NUEVA ESPAÑA , Instituto de Investigaciones Sociales, México, UNAM, 1964, p.7. 
solidaridad por parte de éstas, que simultáneamente la autoridad civil, así 
como el encomendero y el industrial se preocuparon por proporcionar los 
mismos servicios de previsión y asistencia. 
Cabe señalar que al estar a cargo del encomendero o patrono el 
suministro de todo sustento, incluida la ayuda asistencial en caso de 
enfermedad, dicha asistencia era por demás deficiente, al no contar con 
las condiciones adecuadas de servicio, así como carecer de un sistema 
apropiado de supervisión, que garantizara la calidad de los auxilios. 
En razón de estas necesidades surgen las Cofradías de origen 
español, y las cajas de comunidades indígenas, de origen mexicano, las 
cuales representaron una verdadera solución a las contingencias 
cotidianas. Dichas instituciones se caracterizaron por suministrar un 
sistema de contraprestación donde el favorecido depositaba 
periódicamente, de manera anticipada al riesgo, una cuota establecida, la 
cual podía ser cubierta con servicios personales, contribuciones, o bien 
mediante una fracción de su producción. 
Podemos hablar de cuatro grandes instituciones de asistencia y 
protección social, que se desarrollaron durante la Colonia: Cajas de 
Comunidades Indígenas, Cofradías, Pósitos y Montes de Piedad. 
 
d. Cajas de comunidades Indígenas 
Estas cajas, también conocidas como cajas de censos, o bienes de 
comunidad, tienen su origen en la organización comunal de los pueblos 
prehispánicos, pero pudieron ser adoptadas en la Colonia, gracias a su 
practicidad y fácil manejo, para los españoles, quienes contaban con el 
antecedente de la distribución de las tierras y los gastos municipales. 
La finalidad de dichas cajas residía principalmente en el uso de los 
ahorros comunales así como de los intereses de sus propiedades y 
capitales, a modo de fondo de previsión, con el objeto de satisfacer las 
necesidades de la comunidad, haciendo énfasis en el apoyo municipal y 
religioso, dejando en segundo plano la educación, y el cuidado de los 
enfermos. 
La Ley de Carlos II (1655-1670), título IV, libro VI, de la Novísima 
recopilación señala: 
“ …en las cajas de comunidad han de entrar todos los bienes que el 
cuerpo y collección de indios de cada pueblo tuvieren, para que de allí se 
gaste lo preciso en beneficio común de todos.” 
 
Hacia 1785, se le impuso a los indígenas invertir en acciones del 
Banco Nacional de San Carlos, acciones que se colocaron a su vez en la 
Real Compañía de Filipinas, haciendo desvíos de fondos hacia otras 
instituciones con el afán de cubrir las urgencias de la Corona. Dichas 
inversiones demostraron el mal uso que se les comenzó a dar a las cajas. 
Esta fue la causa principal de la liquidación de estas instituciones por falta 
de solvencia.23 
e. Cofradías 
La Real Academia de la Lengua Española define a la Cofradía como 
aquel gremio, compañía o unión de agentes para un fin determinado.24 
Conforme al Derecho Canónico, vigente durante la época colonial, 
se entendía como cofradía: “Reunión de determinado número de fieles 
para dedicarse en común, al ejercicio de obras piadosas y de caridad”.25 
Genaro Estrada, en su introducción a las Ordenanzas de los 
gremios de la Nueva España, se refiere a las Cofradías de la siguiente 
manera: “Los artesanos estaban agrupados, por la religión, en Cofradías, 
por la Ley, en gremios. Las Cofradías eran las sociedades espontáneas 
que la fe mantenía unidas por el culto; los gremios, las clasificaciones de 
oficios que las leyes establecen para reglamentar la producción y los 
 
23 Lamas Adolfo, Idem, p.70. 
24 www.rae.es 
25 www.naya.org.ar 
impuestos respectivos…… cada oficio tenía su cofradía; cada Cofradía su 
Santo Patrono.”26 
Estas sólo podían establecerse bajo la autorización de la diócesis 
respectiva, y ser supervisadas por el párroco. Dada esta situación los 
bienes de las Cofradías aprobados por el obispo se les denominaba, 
bienes eclesiásticos, y como tales inalienables sin previa autorización. Las 
contribuciones, a cargo de los cofrades, eran mensuales y a dichas 
limosnas se les denominaba cornadillo. 
La función principal de las Cofradías fue la asistencia, tanto para los 
aportadores como para los familiares de éstos, en las contingencias que 
se les presentaran, otorgando especial atención a los casos de 
enfermedad y muerte. En la Nueva España todos los hospitales se 
sostenían con los recursos que aportaban las Cofradías. 
Los indígenas mostraron mayor interés en el aumento patrimonial 
hacia las Cofradías, dado que tenían mayor libertad para disponer de 
estos fondos a su conveniencia, siempre que se tratase de fiestas y 
expendios religiosos. A diferencia de las cajas de comunidades indígenas, 
 
26 Francisco del Barrio Lorenzot, abogado de la Real Audiencia y contador de la misma ciudad, 
COMPENDIO DE LOS TRES TOMOS DE LA COMPILACIÓN NUEVA DE ORDENANZAS DE 
LA MUY NOBLE, INSIGNE Y MUY LEAL E IMPERIAL CIUDAD DE MÉXICO, México, 1920, en 
Lamas Adolfo, op.cit., p. 139. 
en las que además de tener los fondos disponibles para autoridades 
civiles, el ahorro comunal era de mayor porcentaje. 
Las Cofradías obtenían sus recursos de diferentes fuentes, entre 
ellas se encontraban: los donativos y legados, los privilegios otorgados por 
la Corona y los gremios, quienes en repetidas ocasiones crearon 
Cofradías gremiales con el fin de constituir un hospital común. Dicho 
antecedente es de particular importancia para la seguridad social y la 
organización sindical. 
Un ejemplo claro del afán asistencial de las Cofradías es 
presentado cuando un visitador informa al virrey de Bucareli y Ursúa sobre 
estas: “Tienen todos los operarios de la fábrica una voluntaria concordia, 
con la que dejando, cada uno, medio real por semana, se visten los 
desnudos y se curan y socorren a los que están enfermos para pagar los 
entierros y sufragios de los que fallecen, y dar auxilio a sus viudas e 
hijos.”27 
La figura de Cofradía desembocó en los Montepíos, figura que 
analizaremos posteriormente. Adolfo Lamas aporta un listado de los 
 
27 Robledo Edgar, EPISTOLARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Primera Edición, México, 1976, 
p. 34 
principales beneficios y prestaciones, que las Cofradías proporcionaban a 
sus miembros: 28 
1. El mantenimiento de hospitales y lugares de asistencia 
médica. 
2. Determinados tipos de ayuda económica para casos de 
enfermedad o vejez. 
3. Ayuda técnica y comercial en el negocio, y ayuda 
económica familiar, en casos de fallecimiento del padre 
de familia. 
4. Determinadas ayudas de tipo general, referidas a 
necesidades temporales o calamidades pasajeras. 
De este modo podemos argumentar la trascendencia de las 
Cofradías para la Seguridad Social, dada la importancia de sus 
aportaciones así como el inicio de una era de principios reguladores de la 
materia quenos ocupa. 
f. Pósitos 
El Pósito en la Nueva España fue el primer procedimiento de 
mutualidad crediticia, que permitió la acumulación de bienes, con el fin de 
resolver los problemas agrícolas. 
 
28 Listado textual de Lamas Adolfo, op.cit., p. 152 
Los Pósitos funcionaban como almacenes comunales, en los que 
los indígenas depositaban el producto de sus cosechas para prevenir 
malas temporadas, y tener derecho a recibir lo indispensable para cubrir 
sus necesidades básicas, como el sustento tanto de ellos como el de sus 
dependientes, principalmente en tiempos de escasez.29 
Muy poco hay que decir de ésta figura, su fin se presentó cuando 
fueron señalados como deficientes e ineficaces, debido a los abusos 
desmedidos que en éstos se realizaban. 
Lo que hay que mencionar es que los Pósitos encierran la aparición 
de un primer ciclo en el espíritu mutualista del aseguramiento en México;30 
dado el predominio innegable del beneficio económico, realizado 
exitosamente, así como la misión pía que alcanzó en su mayoría las 
condiciones esenciales del crédito agrícola.31 
 
29 www.confe-coop.org.mx/coopmex 
30 http://gaceta.diputados.gob.mx , Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1709-I, 
jueves 10 de marzo de 2005, De Las Comisiones Unidas De Hacienda y Crédito Público, y De 
Agricultura y Ganadería, Con Proyecto De Decreto Que Reforma La Ley General De 
Instituciones y Sociedades Mutualistas De Seguros y Expide La Ley Del Fondo De 
Aseguramiento Agropecuario y Rural. 
31 Redonet y López Dóriga, CRÉDITO AGRÍCOLA, HISTORIA, BASE Y ORGANIZACIÓN, 
Madrid, 1924, en Lamas Adolfo, op.cit., p. 198. 
g. Montes de Piedad 
Los Montes de Piedad, a pesar de las transformaciones de la 
sociedad mexicana a través de la historia, han perdurado manteniendo no 
solo su funcionamiento original, sino también su finalidad pía, desde sus 
inicios hasta nuestros días. 
El Monte de Piedad no siempre llevó su administración actual, por el 
contrario tuvo una evolución paulatina con alcances particulares, en 
especial para la Seguridad Social, los cuales analizaremos con detalle en 
el presente apartado. 
Las Cofradías y los Erarios marcaron el origen directo de los Montes 
de Piedad. Rumeau de Armas asegura que las Cofradías sólo sufrieron un 
cambio de nombre, con la pretensión de eliminar de dicha figura la 
influencia religiosa.32 
En cuanto a la definición de esta figura, es necesario aclarar la 
diferencia que existía entre los Montes de Piedad y los Montepíos. Se le 
 
32Rumeau de Armas, Antonio, HISTORIA DE LA PREVISIÓN SOCIAL EN ESPAÑA, Madrid, 
1944, en Lamas Adolfo, op.cit., p.197. 
denominaba Monte de Piedad a las entidades benéficas de crédito, y 
Montepíos a las aseguradoras de los riesgos de la vida.33 
Para la Seguridad Social, los Montepíos significaron uno de los 
principales soportes y fundamentos, dada la creación de verdaderas 
instituciones proveedoras de asistencia social. 
Su prioridad fue asegurar a la esposa e hijos en caso de muerte del 
jefe de familia, ampliándose a seguros de vejez, invalidez y enfermedad; 
llegando sus beneficios a diferentes sectores sociales. A partir del 
momento en que fueron beneficiarios los servidores del Estado, la 
Institución se separa de la iglesia, sin perder sus bases religiosas y de 
caridad, imperantes en la época. 
En la Nueva España, los primeros grupos sociales que gozaron de 
los beneficios de la Institución fueron los militares, siguiéndoles los 
funcionarios públicos. Sin embargo estos inicios de la Seguridad Social no 
tuvieron alcance para las clases más necesitadas, de manera que el 
artesano y el campesino sólo tuvo acceso a las Cofradías y Hermandades 
de Socorro, así como al Sacro Monte de Piedad, el cual funcionaba como 
cajas de préstamo. 
 
33 Ibidem. P.210 
En América existen registros de tres Montepíos que atendían a 
diversos sectores, y en México, operaba además un Sacro Monte de 
Piedad, el cual velaba por las clases sociales mas bajas. 
Los tres Montepíos de los que haremos referencia son: Montepío 
militar, Montepío de Ultramar y Montepío de los Empleados en las 
Escribanías de Cámara, de las Reales Audiencias y en otras Reales 
Oficinas. Del mismo modo hablaremos del Sacro y Real Monte de Piedad. 
El Montepío militar, llegó a ser el más importante en América, 
teniendo como beneficiarios al personal militar de tropa, de ejército y de la 
armada. Veía por viudas, huérfanos y madres viudas de oficiales y 
ministros de cualquier rango.34 
El siguiente Montepío del cual se tienen registros es el Pío de 
Ministros de Audiencia, Tribunales de Cuentas y Oficios de Real 
Hacienda, mejor conocido como Montepío de Ultramar. Su creación se 
atribuye a Carlos III, ésta Institución tenía como beneficiarios a los 
Magistrados, Consejeros y empleados de la administración civil y de 
justicia de la Metrópoli. Cubría a las viudas o pupilos, quienes tenían 
derecho a una pensión calculada en la cuarta parte del sueldo que 
 
34 Real Declaración De Su Majestad De 17 De Junio De 1773 Sobre El Método y Observancia 
Uniforme Con Que Debe Cumplirse. en Lamas Adolfo, op.cit., p. 235. 
percibía el marido o jefe de familia. El salario era calculado sobre el que 
gozaban en la plaza que desempeñaban, sin contar comisiones, ni ayudas 
de costa. 35 
Por último existió el Montepío de los empleados en las Escribanías 
de Cámara, de las Reales Audiencias y en otras Reales Oficinas; creado 
por Carlos III, con la finalidad de asistir y pensionar a empleados de menor 
jerarquía que se desempeñaban en la administración pública, obteniendo 
el mismo beneficio que los Ministros.36 
El Sacro y Real Monte de Piedad de Ánimas fundado en México, 
por Don Pedro Romero de Terreros, hacia el año de 1774, inicia su 
funcionamiento por autorización de Carlos III. En sus inicios el Monte de 
Piedad contaba con un único fondo de $300, 000. m/n, el cual había sido 
otorgado por su fundador, para su funcionamiento. El capital del Monte de 
Piedad, tenía como operación principal, el préstamo en efectivo, sobre 
bienes inmuebles, a cualquier persona. 
 
35 Reaglamento Para El Goierno Del Monte Pío De Viudas y Pupilos De Ministros De Audiencias, 
Tribunales De Cuentas y Oficiales De La Real Hacienda De La Comprebensión Del Virreynato 
De Nueva España, en México, en la Imprenta de Nueva Madrileña de D. Felipe de Zúñiga y 
Ontiveros, 1781, en Lamas Adolfo, op.cit., p. 242. 
36 Reglamento Para El Monte Pío De Viudas y Huérfanos De Los Empleados De Las Escribanías 
De Cámara, De Las Reales Audiencias y En Otras Reales Oficinas Dentro y Fuera De La Capital 
De México, Resuelto Por El Rey, Nuestro Señor, En Real Cédula De 10 De Mayo De 1776 y 
Aprobado En La De 18 De Febrero De 1784, HABANA, 1861, en Lamas Adolfo, op.cit., 257. 
Se establecía, por regla institucional, que por ningún motivo dicha 
institución tendría fines de lucro, o remuneración alguna por sus créditos; 
dejando abierta la posibilidad de que aquellos que fueron beneficiados con 
algún préstamo, pudiesen otorgar, a cambio, una limosna voluntaria, con 
el objeto de sufragar los gastos, y mantener de alguna manera el único 
fondo disponible. Con dichas políticas la pérdida del señero fondo se 
aceleró, sin embargo con la muerte de Romero de Terreros, se hicieron 
las gestiones pertinentes, con el afán de remediar la inminente quiebra del 
Monte. Más tarde en la Independencia de México, el Monte se recupera, 
extendiendo sus operaciones bajo normas financieras más severas, sin 
perder su finalidad asistencial. 
La Revolución Mexicana y la Seguridad Social 
Para poder hablar de la Revolución Mexicana como precursora 
constitucional de la seguridad social, esnecesario analizar la etapa 
prerrevolucionaria, con el fin de entender de manera precisa el contexto 
en el cual se desarrollaron los acontecimientos. 
Hacia el año de 1900, y hasta antes de la Revolución, se tienen 
registros de incipientes medidas de seguridad social. Los Hermanos 
Flores Magón, el 1º de julio de 1906, estando en el exilio, publican el 
Programa del Partido Liberal Mexicano, en San Luís Missouri, EUA. “Sin 
duda alguna fue el documento político mas importante de la época, que 
abarcó toda la problemática social, económica, política y jurídica de la 
nación en los años finales del porfiriato;”37 y dada su trascendencia social 
llegaría a ser incluido en la Constitución de 1917. Claro ejemplo de ello, es 
la proclamación de derechos fundamentales en materia de seguridad 
social tales como: 
• Mejoramiento de la calidad e higiene de los centros de 
trabajo. 
• Seguro de vida a los operarios. 
• Pago de indemnización por accidentes de trabajo. 
• Pensiones por incapacidad.38 
Es así como a partir de las manifestaciones, los ideales sociales, y 
las trascendentes idiosincrasias, la Revolución se hace inminente. La 
inconformidad social, canalizada por un sector burgués que comenzaba a 
ver con malos ojos el porfiriato, dirigida por Francisco I. Madero, trajo 
como consecuencia un movimiento armado. Madero inicia esta lucha con 
el Plan de San Luís, y habiendo ganado las elecciones presidenciales, en 
 
37 Meléndez George, León Magno, INTRODUCCIÓN AL DERECHO DE LA SEGURIDAD 
SOCIAL, México, Universidad Autónoma de Puebla, 2004, p. 34. 
38Listado obtenido en: Robledo Santiago Edgar, EPISTOLARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, 1ª 
edición, México, 1976, p. 60. 
1911 expide las “Leyes sobre Pensiones de indemnización por accidentes 
de trabajo,” procurando así el bienestar de los obreros. Sin embargo todos 
los proyectos son señalados como fraudulentos por Francisco Villa, quien 
se levanta en armas, junto con aquellos que no vieron cristalizadas sus 
expectativas con el movimiento maderista. 
 El 25 de noviembre del mismo año Emiliano Zapata proclama el 
Plan de Ayala, documento que da inicio a la verdadera Revolución Social 
Mexicana, llevando como lema “Tierra y libertad”. 
Para algunos autores el Plan de Ayala no contemplaba acciones en 
materia de seguridad social, dado que no se hace mención expresa de 
dicha problemática; sin embargo Edgar Robledo hace referencia a la 
importante aportación, de dicho documento en la materia, dado que al 
luchar por el reparto de la tierra estableció principios para el óptimo 
funcionamiento de los Ayuntamientos, tales como: vigilar las boticas y 
expendios de medicinas y drogas, así como el profesional comportamiento 
de médicos, farmacéuticos, parteras, flebotomianos y herbolarios. 
Durante los años subsecuentes la seguridad social fue foco de 
atención en diferentes puntos del Estado Mexicano, legislándose sobre la 
materia, en una etapa, hasta hoy conocida como, “el período de la 
revolución democrática constitucionalista”. Llamada así dado que todos 
los principios de derecho social, que surgieron en esos momentos, fueron 
acogidos por nuestra Constitución de 1917. 
Hacia el año de 1911, dada la agitación obrera, Madero crea el 
Departamento del Trabajo, dicha Institución, por demás deficiente, sólo 
ocasionó un mayor descontento social, debido a la falta de diligencia para 
resolver las problemáticas sociales del momento, al grado de ser criticado 
en una sátira de la época, “El cacareado Departamento del Trabajo, vale 
un serenado comino.”39 La presión social se agudizaba por lo que en 1912, 
importantes acontecimientos para la seguridad social fueron concebidos. 
El 25 de marzo el General Orozco proclama, en “El Pacto de la 
Empacadora”, la garantía de condiciones salubres para los obreros. 
Tras la muerte de Madero, el Congreso de Coahuila otorga, el 19 de 
febrero de 1913, a Venustiano Carranza facultades especiales para iniciar 
nuevamente, bajo el cargo de jefe del ejército constitucionalista, un 
movimiento armado, conocido como la segunda etapa de la Revolución 
Mexicana. Mientras tanto el régimen Huertista, calificado de usurpación 
dictatorial, el 27 de mayo propone la creación de la Caja de riesgo 
profesional. En Septiembre del mismo año expide un proyecto de la 
 
39 PERÍODICO EL AHUIZOTE, Clark Ruth, ORGANIZED LABOUR IN MEXICO, The University of 
North California Press, 1934, p.21, en Basurto Jorge, EL PROLETARIADO INDUSTRIAL EN 
MÉXICO (1850-1930) México, UNAM, 1981, p.157. 
primera Ley del Trabajo, la cual guardaba garantías como vivienda para 
los trabajadores y educación para sus hijos, además de incluir un capítulo 
de seguridad social. Sin embargo dicho proyecto es interrumpido dado el 
transitorio régimen Huertista. 
En el siguiente año se registran dos acontecimientos importantes. El 
15 de septiembre un Decreto sobre salario mínimo es promulgado por el 
Gobernador de San Luis, el cual establecía: “….Al trabajador se le 
proporcionará gratuitamente casa habitación que reúna las mejores 
condiciones posibles de higiene y comodidad.”40 El 19 de octubre el 
Gobernador del Estado de Veracruz, Cándido Aguilar, expide un decreto, 
en el cual se proclamaba la obligación de los patrones de asistir, por su 
cuenta, al obrero enfermo por causa laboral, con médicos, alimentos y 
medicamentos; del mismo modo hacía hincapié en la protección de 
aquellos que, por causa de accidente de trabajo, quedasen incapacitados, 
garantizándoles el disfrute del salario asignado, mientras durase la 
incapacidad. 
El año de 1915 no mostró, en su inicio, cambios a este cúmulo 
legislativo, pero el 11 de Diciembre Salvador Alvarado, Gobernador del 
Estado de Yucatán, promulga la Ley del Trabajo del mismo Estado. Esta 
 
40 Robledo Edgar, Op.cit., p. 69 
ley instituye, por primera vez en México, la sociedad mutualista obligatoria 
o seguro social, en la que se reconocían derechos tales como, pensiones 
a la vejez, a la viudez y la orfandad, así como para los accidentes de 
trabajo, todos a cargo del Estado y los Patrones. Importantísima 
aportación que ha perdurado hasta nuestros días. El 25 de Diciembre, 
Nicolás Flores, Gobernador del Estado de Hidalgo, expide la Ley sobre 
Accidentes de Trabajo, para beneficiar a los mineros explotados en 
condiciones insalubres. Finalmente el 28 de Diciembre, Manuel Aguirre 
Berlanga, Gobernador del Estado de Jalisco, propone reformas a la Ley 
del Trabajo, estableciendo el depósito obligatorio de un 5%, para los 
obreros, en un fondo de protección mutua. 
La equidad de género y la no discriminación no podía ser olvidada, 
es por ello que en 1916 la Ley del Trabajo del Estado de Coahuila, 
promulgada por don Gustavo Espinosa Mireles, el 27 de Octubre, 
considera la protección a la mujer en estado de preñez, y la remuneración 
de la asistencia médica y farmacéutica. 
Transcurrida casi una década de ideología y lucha social del pueblo 
mexicano, en 1917 es reflejado el resultado de ello en los debates del 
Congreso constituyente, convocado por Carranza. Consecuentemente el 5 
de febrero es promulgada la Carta Magna, en la cual son insertados los 
fundamentos sociales, siendo así la nación mexicana la primera en darle 
naturaleza constitucional a la seguridad social, con la formulación de los 
artículos 27 y 123. Mario de la Cueva hace referencia a este importante 
acontecimiento histórico de la siguiente manera: “Los hombres que 
hicieron la revolución demandaban un mínimo de justicia en la vida social 
y en las relaciones de trabajo, la esencia de una Constitución es su 
declaración de derechos: ella determina el grado de la dignidad humana. 
El problema de México será el cumplimiento generoso y tal vez la 
superación de sus tres preceptos fundamentales: 3º constitucionalpara 
impartir instrucción a todos los hombres, del artículo 27 Constitucional 
para entregar el campo a los campesinos, que son sus dueños; y el 
artículo 123 Constitucional para hacer del trabajador una persona digna y 
un ciudadano.41 
 
 
41 De la Cueva Mario, op.cit., p. 123. 
CAPÍTULO II 
I NOCIONES EN TORNO A LA SEGURIDAD SOCIAL 
La delimitación conceptual de la Seguridad Social, no ha sido tarea 
fácil para los estudiosos del Derecho. Siendo una materia que guarda en 
ella no sólo derechos sociales, sino también el aseguramiento mínimo del 
individuo, resulta compleja en su definición. 
Al haber estudiado brevemente la historicidad de la Seguridad 
Social, es sencillo percatarse de la evolución que ésta ha tenido, 
provocando mayor dificultad en su axioma, puesto que el definir un 
término implica incluir en él, tanto aquellas características mínimas que 
permitan su fácil comprensión, como el contexto evolutivo en que fue 
desarrollándose. 
A diferencia de otras materias la Seguridad Social se distingue por 
su lucha histórica, que ha trascendido hasta lograrse como hoy la 
conocemos. Es decir, que la Seguridad Social es una expresión lograda 
del pueblo para el pueblo, surgida de necesidades primarias. Así 
explicamos que al contener estas características, que obedecen a la 
exigencia constante de la satisfacción de derechos sociales, no sea un 
medio de control social aplicado por el Estado (como sucede en el caso 
del Derecho Penal), ni un medio de seguridad entre particulares (Derecho 
civil). La materia que nos ocupa tiene la peculiaridad de contener en ella, 
garantías de subsistencia, necesarias para el aseguramiento de la 
dignidad humana. 
1. Marco Conceptual de la Seguridad Social 
Para poder comprender mejor el vocablo que nos ocupa es 
necesario hacer un análisis profundo del contenido de la Seguridad Social. 
Resulta sencillo confundirse entre términos y conceptos, por ello en el 
presente capítulo realizaremos un esbozo conceptual, entre todas las 
locuciones que, a nuestro criterio, se involucran directamente con la 
Seguridad Social. 
Derecho Social y Seguridad Social 
En términos jurídicos ubicamos a la Seguridad Social como parte de 
una rama del Derecho Social. El Derecho social se caracteriza por la 
integración de los fines perseguidos por la sociedad, los cuales se 
resumen en la obtención del mayor bienestar social. Sus alcances se 
ubican por encima de los intereses del Estado, dada su naturaleza de 
solidaridad individuo-Estado.1 De esta reflexión podemos dar una 
 
1 Díaz Lombardo, Francisco, EL DERECHO SOCIAL Y LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL, 
UNAM, México, 1978, p. 51-52. 
definición introductoria. Derecho social: conjunto de preceptos sociales 
encaminados a la integración de una sociedad dirigida a la obtención del 
mayor bienestar social mediante la Justicia Social. 
Los primeros registros que se tienen del Derecho Social como tal, 
surgen una vez que los indicios de protección social son claramente 
expuestos. Es decir, que no podía hablarse de Derecho Social sin antes 
dejar claras las necesidades básicas demandadas por los grupos sociales 
más débiles. Podemos decir entonces que no es más que un producto 
social. 
El antecedente mas lejano que se reconoce del Derecho Social, es 
el “Proyecto de Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano”, 
del 21 de abril de 1793, promulgado por Maximiliano Robespierre;2 en 
diferentes artículos del documento se exponen claramente argumentos de 
Derecho Social. A continuación citaremos, a nuestro criterio los más 
significativos: 
 
2 Mendieta y Núñez, Lucio, EL DERECHO SOCIAL, Porrúa, México,, 1980, p. 96. 
Art. 11. “La sociedad está obligada a subvenir la subsistencia de 
todos sus miembros, ya procurándoles trabajo, ya asegurándoles medidas 
de existencia a quienes no estén en condiciones de trabajar”. 3 
Art. 14 “La sociedad debe favorecer por todos sus medios el 
progreso de la inteligencia, colocando a la instrucción pública al alcance 
de todos los ciudadanos”. 4 
De este modo claramente podemos apreciar el preámbulo del 
Derecho Social plasmado en papel con carácter legislativo. Importante 
aportación universal. 
Carlos García Oviedo afirma que el Derecho Social “tiene por objeto 
resolver el problema social; surgió de la ruptura de los cuadros 
corporativos, del nacimiento de la gran industria y de la formación del 
proletariado, que dio origen, a su vez, a la lucha de clases. Esta lucha es 
el contenido del problema y social debe ser el derecho creado para su 
solución.”5 El mismo autor propone al Derecho Social, como la realización 
de la Justicia Social. 
En México podemos atribuir el nacimiento del término “Derecho 
Social” al jurista Ignacio Ramírez “el Nigromante”, como consecuencia de 
 
3 Martínez Delgado, José, Tesis de licenciatura: PROYECCIÓN HISTÓRICA DE LAS 
DECLARACIONES DE LOS DERECHOS SOCIALES, UNAM, México, 1948, p. 38. 
4 Ibidem. 
5 García Oviedo, Carlos, TRATADO ELEMENTAL DEL DERECHO SOCIAL”, EPESP, Madrid, 
1954, p.11. 
los discursos promulgados el 7 y 10 de julio de 1856, en donde presentó 
nuevos preceptos de protección social para los diferentes sectores del 
país (niños, huérfanos, mujeres y trabajadores), con el afán de incluirlos 
en la Constitución como sujetos de tutela. 6 
Dichas ideas no fructificaron si no hasta el Constituyente de 1917, 
sin embargo el cambio fue significativo, dado que marcó la diferencia 
entre la socialización del derecho, referido a que toda sociedad es sujeto 
de derecho, y el Derecho Social, referido a las clases mas débiles. La 
Constitución de 1917, proclamó la primera declaración de derechos 
sociales en sus artículos, 123 Derecho Social del Trabajo, 27 Derecho 
Social Agrario, y 28 Derecho Social Económico; principalmente. 
Expuestos los puntos importantes a saber del Derecho Social, 
podemos pasar ahora a su definición. 
La Enciclopedia Jurídica Mexicana lo define de la siguiente manera: 
“Conjunto de normas jurídicas que establecen y desarrollan diferentes 
principios y procedimientos protectores, en favor de las personas, grupos 
y sectores de la sociedad integrados por individuos socialmente débiles, 
 
6 Trueba Urbina, Alberto, DERECHO SOCIAL MEXICANO, Porrúa, México,, 1978, p.57- 65. 
para lograr su convivencia con las otras clases sociales, dentro de un 
orden jurídico.” 7 
Aún cuando el Derecho Social está destinado a proteger a los 
socialmente débiles, no es su objeto establecer privilegios sobre el resto 
de la sociedad. Es más propio decir que al proteger a los más débiles, 
ejercita una función integradora, dejando a las sociedades en igualdad de 
circunstancias. 
Justicia social y Seguridad Social 
Consideramos a la Justicia Social como el principio y la finalidad del 
Derecho Social, no podemos concebir una figura sin la otra. Ambas 
persisten en las realidades jurídicas y económicas, con la finalidad 
primaria de reivindicar la dignidad humana. Esto quiere decir que al 
abordar el estudio del derecho social necesariamente, cuando se piensa 
en la noción de justicia, se debe reflexionar en torno a la misma con el 
adjetivo de social. 
La idea de Justicia Social aparece como una respuesta directa a lo 
que en el siglo XIX se denominó "la cuestión social", es decir el creciente 
 
7 Instituto de Investigaciones Jurídicas, Diccionario Jurídico Mexicano, UNAM, Porrúa, México,, 
1987, Tomo A-CH, p. 1040. 
malestar y reclamo de los trabajadores. La aparición del 
constitucionalismo social, el Estado de bienestar y el Derecho del Trabajo, 
forman una unidad socio-política con la idea de Justicia Social. Así se ha 
dicho que la llamada justicia “conmutativa”es la que corresponde entre 
iguales, en tanto que la justicia “social” es la que corresponde entre 
desiguales. 8 
El término "Justicia Social" fue utilizado por primera vez en 1840 por 
el cura siciliano Luigi Taparelli d'Azeglio, quien la definió de la siguiente 
manera: 
“Virtud por la que la sociedad, por sí o por sus miembros, satisface 
el derecho de todo hombre a lo que le es debido por si dignidad de 
persona humana”. 9 
 Años mas tarde recibió prominencia en La Constitutione Civile 
Secondo la Giustizia Sociale, folleto de Antonio Rosmini-Serbati, 
publicada en 1848. 13 años después, John Stuart Mill en su famoso libro 
Utilitarismo le brindó un prestigio casi canónico para los pensadores 
modernos: 
 
8 “JUSTICIA SOCIAL”, Enciclopedia Microsoft® Encarta®, Online 2006, 
http://es.encarta.msn.com © 1997-2006 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos. 
9Michael Novak, Traducción: Adolfo Rivero, DEFINIENDO LA JUSTICIA SOCIAL, 
http://www.neoliberalismo.com/justicia_social.htm. 
"La sociedad debería de tratar igualmente bien a los que se lo 
merecen, es decir, a los que se merecen absolutamente ser tratados 
igualmente. Este es el más elevado estándar abstracto de Justicia Social y 
distributiva; hacia el que todas las instituciones, y los esfuerzos de todos 
los ciudadanos virtuosos, deberían ser llevadas a convergir en el mayor 
grado posible''. 10 
En 1919 se crea la OIT. Su Constitución comienza diciendo: 
"Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en 
la Justicia Social...".11 
Trueba Urbina entiende a la Justicia social como el contenido 
ideológico de una doctrina que tiende a lograr en las relaciones obrero 
patronales y en el sistema económico actual, un trato liberal a los hombres 
que trabajan y una consiguiente distribución de los bienes de acuerdo con 
un profundo sentido humanitario.12 
La lucha contra la distribución desigual de bienes que son de todos, 
la solicitud o preocupación por el bien común, la idea de que justicia 
equivale a paz y la conciencia de ello en los individuos, son componentes 
de un sistema social justo. La justicia toma el valor de equidad con el 
balance de las desigualdades sociales en beneficio de los menos 
 
10Cfr., Michael Novak, Ibidem. 
11 Enciclopedia Microsoft® Encarta®, op.cit. 
12 Trueba Urbina, Alberto, La Nueva Legislación de la Seguridad Social en México, México, 
UNAM, 1998, p. 18-20. 
favorecidos, como preocupación social para el desarrollo humano y de la 
sociedad.13 
Una doctrina social se desarrolla a raíz de situaciones consideradas 
socialmente injustas, basada en: el desarrollo, la solidaridad, la dignidad 
humana y la identidad de cada comunidad. Que en su conjunto forman la 
Justicia Social. 
Existen diversas nociones de Justicia Social, pero como 
característica suprema podemos señalar que “es el instrumento de mayor 
rango del Derecho Social”.14 
Baldomero Argente afirma que la forma apropiada de la Justicia 
Común es la Justicia Social15, y hace una distinción entre el bien social y el 
bien común entendiendo al primero como aquel cuyo fin es la civilización 
de la sociedad, y al segundo como aquel cuyo fin es la convivencia de la 
comunidad. 
 
13 Cfr., Rousseau Jean-Jaques, El Contrato Social, o Principios de Derecho Político ; Discurso 
Sobre las Ciencias y las Artes ; Discurso Sobre el Origen de la Desigualdad, Porrúa, México, 
1992, p. 123. 
14 de Buen Néstor, RAZON DE ESTADO Y JUSTICIA SOCIAL, México, Porrúa1991, pp. 194-
195. 
15 Podemos definir a la Justicia Común, como aquella que debe imperar entre todos los 
individuos. Argente del Castillo, Baldomero, de la Real Academia de Ciencias Morales y 
Políticas, “La Justicia Común y la Social”, Valencia, Fomento de Cultura, 1962, p. 33. 
El conflicto de la definición radica principalmente en el hecho de 
querer delimitar a la Justicia Social como una expresión autónoma de la 
Justicia Común. La Justicia Social forma parte de la Justicia Común. 
La Justicia Social es, pues, aquella que se funda en los derechos 
civiles y políticos de los ciudadanos y que trasciende en Democracia. Las 
exigencias sociales son resueltas en una sociedad democráticamente 
organizada, es decir, bajo el marco igualitario de derechos civiles y 
políticos (sociales). Cabe señalar que entendemos a los derechos civiles 
como aquellos intrísencos al individuo y que se limitan al ciudadano, y a 
los derechos sociales como aquellos otorgados por el gobierno de toda 
sociedad 16 
El objetivo primario de la Justicia Social es garantizar a los 
miembros de una sociedad el equilibrio justo entre lo económico y lo 
social, mediante la atribución de derechos y obligaciones recíprocos de 
aquellos que integran los diferentes grupos sociales en la comunidad.17 
 
16 Ibidem, pp. 183-189 
17 Álvarez del Castillo, Enrique, EL DERECHO SOCIAL Y LOS DERECHOS SOCIALES 
MEXICANOS, Porrúa, México,, 1982, p. 45. 
Baldomero Argente aporta las diferentes especies, que a su criterio 
existen, de Justicia Social:18 
a) Justicia Social Aportatriz: aquella que se da de los individuos 
a la sociedad (de las partes al todo). 
b) Justicia Social Distributiva: aquella que otorga la sociedad a 
sus componentes (del todo a las partes). 
c) Justicia Social Conmutativa: reciprocidad de las partes. 
d) Justicia Social Positiva: aquella establecida en las normas de 
carácter obligatorio. 
e) Justicia Social Universal: Aquella que se aplica de manera 
cosmopolita. 
El breve análisis anteriormente realizado, de Justicia Social, nos 
permite deducir que a pesar de tratarse de una expresión de significados 
sociales, cuenta con grandes contenidos económicos, ya que no podemos 
entenderla solo como un conjunto de normas reguladoras de conductas 
entre los individuos, sino también como un instrumento indispensable para 
la construcción de sociedades mas justas, atendiendo siempre al contexto 
 
18Argente del Castillo, op.cit., p. 191. 
económico, pero sin dejar que éste domine o se imponga al social. La 
búsqueda de una armonía entre capital y trabajo, que limita la explotación 
del segundo por el primero, solo se concibe a través de la identificación de 
la justicia para todos los individuos en identidad de circunstancias. 
 Nacimiento y Características de la Seguridad Social 
El término como tal de “Seguridad Social” nace en Estados Unidos 
de Norte América en donde solo regulaba algunos regímenes. La 
expresión volvió a utilizarse en diversas ocasiones, sin embargo, se 
universalizó cuando es adoptada por la OIT, quien asume la trascendencia 
del vocablo, el cual resume importantes aspiraciones de los individuos.19 
En 1951 La Tercera Conferencia Interamericana de Seguridad 
Social, señaló que “la Seguridad Social nace de realidades sociales y de 
necesidades económicas del individuo, y se traduce en una unidad 
universal de protección bio-socio-económica”.20 
Cuando nos referimos a la Seguridad Social, sabemos que existe 
una relación implícita con el empleo, esta relación no puede ser otra más 
que de solidaridad mutua, dado que “El pleno empleo y la Seguridad 
 
19 Cfr., Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, INTRODUCCIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, 
México, Alfa Omega, 1992, p. 3 
20 Díaz Lombardo, op.cit.,p. 120 
Social son elementos de una política de acción que tiende a liberar al 
individuo de la necesidad, al proporcionarle trabajo y seguridad”.21 
Hablar de Seguridad Social significa reconocer el éxito emanado de 
la lucha realizada por los trabajadores, quienes lograron “Un sistema que 
tiende a proteger al ser humano desde su gestión hasta después de su 
muerte”. 22 Es a raíz de esta lucha que se han creado institucionesque 
sirven a la Seguridad Social, leyes que la normalizan, y esquemas que 
jerarquizan las necesidades.23 
Roberto Baéz Martínez enlista las características propias de la 
Seguridad Social. 
a) Un derecho inalienable del hombre y, por ende no puede 
haber paz ni progreso mientras la humanidad entera no 
encuentre la Seguridad Social. 
b) La garantía de cada ser humano contará con los medios 
suficientes para satisfacer sus necesidades a un nivel 
adecuado de su dignidad. 
 
21 Netter, Francis, LA SEGURIDAD SOCIAL Y SUS PRINCIPIOS, México, IMSS, 1982, p.13 
22 Palabras del Presidente Luís Echeverría, nota obtenida de: Robledo, Santiago, REVOLUCIÓN 
MEXICANA Y SEGURIDAD SOCIAL, Biblioteca para los Trabajadores del Estado Mexicano, 
México, 1975, p.93 
23 Ibidem, p.148 
c) El complejo normativo de leyes específicas que rigen para los 
trabajadores en general, obreros, jornaleros y todo aquel que 
preste un servicio a otro.24 
Objetivos de la Seguridad Social 
La Seguridad Social cuenta con diversos objetivos, enumeraremos 
algunos de ellos, con el afán de llegar a una mejor comprensión del 
significado de la materia que nos ocupa. Sin embargo no debemos olvidar 
que el fin supremo de ésta es, sin duda, el bienestar integral de los 
individuos. 
a) El mantenimiento de la salud, para lograr el desarrollo óptimo 
de las facultades físicas y mentales de los individuos. 
b) Prevención de contingencias que producen mermas, físicas o 
económicas a los individuos. 
c) Cobertura o reparación de gastos ocasionados por las 
eventualidades que alteran el nivel de vida de los individuos. 
d) Evitar que el poder adquisitivo del trabajador se altere, 
proporcionándole en todo momento los medios necesarios 
 
24 Cfr., Baéz Martínez, Roberto, DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, México, Trillas, 1991, 
p.40. 
que le permitan acceder a actividades que vayan acorde con 
su estado físico, experiencia y capacidades.25 
Es importante señalar, que para lograr dichos objetivos es necesaria 
la existencia de fuentes creadoras y reguladoras de este derecho, que por 
sí no podría ser concebido a la vida jurídica. Como principales fuentes de 
la Seguridad Social mencionaremos; la Constitución, Leyes y 
Reglamentos, Decretos, Convenios de Seguridad Social y Convenios de 
corresponsabilidad. 
Concepto de Seguridad Social 
Una vez analizadas algunas características del vocablo, es 
pertinente citar las definiciones que de éste se han escrito. 
El artículo 2º de la Ley del Seguro Social, se refiere a la Seguridad 
Social de la siguiente manera: 
“Artículo 2º La Seguridad Social tiene por finalidad garantizar el 
derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de 
subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual 
y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y 
 
25 Netter, Francis, op.cit., pp. 13-14. 
previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el 
Estado”. 26 
La OIT en su libro Introducción a la Seguridad Social, la define 
como “la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, 
mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones 
económicas y sociales que de otra manera derivarían de la desaparición o 
de una fuerte reducción de sus ingresos como consecuencia de 
enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad profesional, 
desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de 
asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos”.27 
Trueba Urbina la concibe de la siguiente manera “El Derecho de la 
Seguridad Social es el conjunto de disposiciones de derecho social que 
tienen por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia 
médica, a la protección de los medios de subsistencia y los servicios 
sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo”. 28
 
26 LEY DEL SEGURO SOCIAL, texto vigente, Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación 
el 21 de Diciembre de 1995. (En vigor a partir del 1 de julio de 1997. 
27 Oficina Internacional del Trabajo, op.cit.,p. 3. 
28 Trueba Urbina Alberto, op.cit.,p.255. 
Por su parte Gustavo Arce Cano la concibe de la siguiente manera: 
“Instrumento jurídico y económico que establece el Estado para 
abolir la necesidad y garantizar a todos los ciudadanos el ingreso para 
vivir y a la salud a través del reparto equitativo la renta nacional y por 
medio de prestaciones de seguro social, al que contribuyen los patrones, 
los trabajadores y el Estado o alguno de ellos como subsidio, pensiones y 
atención facultativa y de servicios sociales que otorgan de los impuestos 
de las dependencias de aquél quedando amparados contra los riesgos 
profesionales y sociales, principalmente de las contingencias de la falta o 
insuficiencia de ganancias para el sostenimiento de él o de su familia.29 
Para el tratadista Alberto Briceño Ruiz, la Seguridad Social es: 
“El conjunto de instituciones, principios, normas y disposiciones que 
protegen a todos los elementos de la sociedad contra cualquier 
contingencia que pudiera sufrir, y permite la evolución humana en los 
aspectos sicofísico, económico, social y cultural.” 30 
En un lenguaje más técnico la Seguridad Social es considerada 
como un instrumento jurídico del Derecho Laboral, por el cual una 
 
29 Cit. por Tena Suck, Rafael, DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, México, PAC, 1987, p. 
14. 
30 Briceño Ruiz, Alberto, DERECHO MEXICANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, México, Harla, 
1990, p. 28. 
Institución Pública queda obligada, mediante una cuota o prima que pagan 
los patrones, los trabajadores y el Estado, o solo alguno de estos, con el 
objeto de asegurar el bienestar y la salud de los trabajadores.31 
De las nociones antes señaladas consideramos que la más 
adecuada es aquella que señala el tratadista Gustavo Arce. Dicha noción 
resulta la más pertinente en la medida en que desarrolla los puntos 
fundamentales que comprende la Seguridad Social. Tales como los 
sujetos de la Seguridad social objeto de ésta, y como alcanzarlo. 
Fundamentos de la Seguridad Social 
Hablar de Seguridad Social, es reconocer que para lograr su 
máxima expresión es necesario identificar los fundamentos de ésta. Es 
decir, que no podemos continuar nuestro análisis, sin antes establecer 
aquellas bases en las que la Seguridad Social se encuentra cimentada. 
Podemos pensar en un sinnúmero de fundamentos, dado que la 
materia es tan compleja, como las necesidades sociales, sin embargo es 
pertinente hacer un acotamiento a aquellos fundamentos que 
consideramos de mayor relevancia; tales como: el hombre, la justicia, el 
 
31 Escutia Aguilar, Sandra, SEGURIDAD SOCIAL NUEVAS REALIDADES JURIDICAS, Tesis de 
Licenciatura, Universidad Latina, México, 2001, p. 88. 
bien común, y el factor económico. Todos ellos importantes para nuestra 
materia. 
El primer fundamento que abordaremos, sin duda el más 
importante, es el hombre. 
El hombre 
Este es sin duda el fundamento de mayor relevancia para la 
Seguridad Social, no es posible hablar de ella o siquiera imaginarla, sin la 
clara existencia del sujeto, del individuo o de aquél que necesita de su 
protección. El derecho social fija toda su atención en el hombre y su 
condición, en sus necesidades y en la inseguridad a la que está expuesto, 
tanto personal como familiarmente. 32 Así la función del hombre es pieza 
clave para la Seguridad Social, pues es él quien la funda y la dirige. 
La Justicia 
Al igual que el hombre, pero en menor grado, la justicia tiene un 
valor substancial para la Seguridad Social. La justicia es ética, igualdad y 
honradez. Para la Seguridad Social, uno de sus fines supremos

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