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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO SEMINARIO DE DERECHO FISCAL Y FINANZAS PÚBLICAS “DE LA INFORMACIÓN, LA TRANSPARENCIA Y LA EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA RECAUDATORIA. LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2007” TESIS QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: LICENCIADO EN DERECHO PRESENTA: ANA CLARA FRAGOSO PEREIDA ASESOR DE TESIS LIC. MIGUEL ÁNGEL RAFAEL VÁZQUEZ ROBLES CIUDAD UNIVERSITARIA MÉXICO D.F. 2008 Neevia docConverter 5.1 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. AGRADECIMIENTOS A IRMA PEREIDA ORTIZ: Quien me llevó de la mano por primera vez a la escuela, enseñándome a vencer mis miedos y amar a Dios A ELIGIO ALBERTO FRAGOSO ORDIANO: Quien me enseñó que todo tiene una razón de ser y me mostró con su ejemplo amar la escuela, la ciencia, la cultura y mi profesión Con amor y agradecimiento por su infinito e incondicional amor, por apoyar y alentarme en todos mis sueños, por enseñarme a confiar en mí, por ser un gran ejemplo como seres humanos, profesionistas y sobre todo por ser los mejores padres y brindarme mi carrera como mayor legado. Gracias por confiar en mí. A ROSAELAINE E IRMA Por ser mis mejores amigas, mis confidentes, cómplices, excelentes críticas... Por ser las mejores hermanas. Con amor y cariño por estar siempre presentes. A MIS AMIGOS: Gilberto, Janet, Liliana, Patricia, Miriam. Quienes a pesar de la distancia siempre escuchan y han estado conmigo. Gracias por alentarme a largo de la carrera y al realizar la tesis. AL LIC. JUAN PABLO DE LA SERNA PERDOMO y LA LIC. LOURDES GALVÁN Con gran admiración y respeto por ser profesionistas de gran vocación, paciencia, dedicación y sencillez. Por todo el apoyo proporcionado para hacer posible y llevar a cabo el presente trabajo. A MIS PROFESORES, con gran admiración y respeto, en especial: AL LIC. MIGUEL ÁNGEL VÁZQUEZ ROBLES Por su gran apoyo y guía en la elaboración del presente trabajo y por su gran labor docente como profesor y como Director del Seminario de Derecho Fiscal y Finanzas Públicas. Gracias por ser un gran ejemplo de dedicación y sencillez SANDRA, KARLA Y MIRIAM Por el apoyo, guía y aliento brindado hasta el momento A LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Máxima casa de estudios. Con amor y cariño por ser una institución que brinda a sus alumnos una formación científica, técnica y humanística que hace libre a todos sus egresados, porque conocimiento es libertad. A LA FACULTAD DE DERECHO Con amor y gratitud por la excelente formación profesional proporcionada. A JESHUA ALBERTO Quien con su llegada dio alegría a mi vida. A DIOS Neevia docConverter 5.1 Í N D I C E PÁGINA INTRODUCCIÓN………………………………………………………….....……......................... III CAPÍTULO I LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO. 1.1 DEFINICIÓN……………………………………………………...…………........... 1 1.1.1 NECESIDADES QUE SATISFACE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO…. 4 1.1.2 RECTORÍA DEL ESTADO Y PLANEACIÓN……...………............................... 6 1.1.2.1 POTESTAD TRIBUTARIA DEL ESTADO………..…………..…............... 14 1.1.2.2 POLÍTICA FISCAL………………………………..…………..…………. 16 1.1.2.3 INGRESOS Y GASTOS PÚBLICOS………...…………………................ 19 CAPÍTULO II: LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2.1 CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA…………………………………………….. 25 2.2 ANTECEDENTES……………………………………………………….................. 29 2.2.1 ORIGEN………………………………………………………...……………. 29 2.2.2 EVOLUCIÓN…………...……………………………………........................ 34 2.3 PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO EN MATERIA DE LEY DE INGRESOS..……………. 35 2.3.1 PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN…….…………………………………………………………... 39 2.4 OBTENCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS INGRESOS………………. 43 2.4.1 INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL ………………………………………. 46 2.4.1.1 IMPUESTOS…………..……………………………………................. 46 2.4.1.2 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS…………………………................... 48 2.4.1.3 DERECHOS……………………………………………….................... 49 2.4.1.4 PRODUCTOS…………………………………………………………… 51 2.4.1.5 APROVECHAMIENTOS…………………………………………………. 53 2.4.2 INGRESOS DE ORGANISMOS Y EMPRESAS…………………………………. 54 2.4.3 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL…………………………............... 54 2.4.4 INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS, ENDEUDAMIENTO PÚBLICO. 55 2.5 FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y ESTÍMULOS FISCALES……………………….. 57 2.6 CONTROL Y EVALUACIÓN DE LOS INGRESOS…………………………………….. 58 I Neevia docConverter 5.1 CAPÍTULO III LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL 3.1 CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA…………………………………….………. 65 3.2 ANTECEDENTES ………………………………………………………................. 77 3.2.1 EL ACCESO A LA INFORMACIÓN EN EL MUNDO………...…………………… 77 3.2.2 EL ACCESO A LA INFORMACIÓN EN MÉXICO…………...…………………… 81 3.3 OBJETO……………………………………………………………………………. 84 3.4 INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (IFAI)…………................. 85 3.5 SUJETOS OBLIGADOS…………………………………………………................ 86 3.5.1 ACCESO A LA INFORMACIÓN EN EL PODER EJECUTIVO FEDERAL…………. 87 3.5.1.1 PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN……………………. 87 3.6 OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA…………………………………….............. 88 3.7 RESPONSABILIDADES Y SANCIONES……………………………………............... 90 CAPÍTULO IV DE LA INFORMACIÓN, LA TRANSPARENCIA, Y LA EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA RECAUDATORIA 4.1 CONCEPTO………………………………………………………………………… 93 4.2 EVOLUCIÓN……………………………………………………………................. 95 4.2.1 CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE TRANSPARENCIA FISCAL….................. 99 4.3 DE LA INFORMACIÓN, LA TRANSPARENCIA Y LA EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA RECAUDATORIA EN MÉXICO…………....…………………………………………. 107 4.3.1 ANTECEDENTES………….…………………………………………………… 107 4.3.2 CONTENIDO……………………….………………………………................. 109 4.3.2.1 DE LA INFORMACIÓN…………………………………………………… 109 4.3.2.2 TRANSPARENCIA…………………………………………..................... 115 4.3.2.3 EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA RECAUDATORIA………………………. 118 4.3.2.3.1 INDICADORES PARA EVALUAR EL DESEMPEÑO EN MATERIA DE EFICIENCIA RECAUDATORIA……………………………………... 121 4.3.2.3.1.1 AVANCE EN EL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES………. 121 4.3.2.3.1.2 INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE AVANCES CONTRA LA EVASIÓN Y ELUSIÓN…………………………………… 122 4.3.2.3.1.3 AVANCES CONTRA EL CONTRABANDO.....……………. 123 4.3.2.3.1.4 PLAN DE RECAUDACIÓN……..………………………... 124 CONCLUSIONES………………………………………………………….……………………... 127 BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………………………….. 140 II Neevia docConverter 5.1 INTRODUCCIÓN El ingreso del Estado es el Estado, por lo tanto un Estado con baja capacidad recaudatoria es un Estado frágil. A lo largo de su historia, el Estado Mexicano se ha caracterizado por tener una baja recaudación fiscal la cual ha sido resultado ó producto de varias deficiencias en su política fiscal, así como de la desconfianza por parte de los gobernados sobre el origen y el destino de los recursos públicos. Dicha situación coloca a México como uno de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, con Producto Interno Bruto más bajo.Dentro de las recomendaciones que han realizado distintos organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y el Fondo Monetario Internacional, se ha señalado que este escenario se debe, entre otras causas y razones, a la falta de transparencia y rendición de cuentas en materia fiscal, factor que crea en la ciudadanía una percepción de que la situación financiera del Estado siempre es la misma y que el aumento en los ingresos públicos no mejora su bienestar. En nuestro sistema jurídico, existe un ordenamiento legal denominado Ley de Ingresos de la Federación, dicho ordenamiento es aprobado por el Poder Legislativo, con vigencia de un año, en la cual se señalan los conceptos bajos los cuales se podrán captar recursos financieros a fin de sufragar el gasto público. Con motivo de la expedición del Código de Buenas Prácticas de Transparencia Fiscal elaborado por el Fondo Monetario Internacional y a fin de avanzar en el proceso de información, transparencia y evaluación de la eficiencia recaudatoria, a partir del ejercicio fiscal de 2001, el Congreso de la Unión adicionó a la Ley de Ingresos de la Federación un nuevo capítulo denominado “De la Información, Transparencia y la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, la Fiscalización y el Endeudamiento”. III Neevia docConverter 5.1 Este capítulo no sólo resultó novedoso, sino fundamental para el logro de un mayor nivel de rendición de cuentas y para dar certidumbre y confianza a la ciudadanía sobre el uso y destino de las finanzas públicas, toda vez que cada uno de los artículos que lo componen, se refieren al suministro y flujo de información y evaluación de la gestión recaudatoria; puesto que en la actualidad la ciudadanía requiere acotar la discrecionalidad en el manejo de información financiera por parte de las autoridades hacendarias con la finalidad de que los contribuyentes tengan la confianza de que sus impuestos se aplicarán para que el Estado pueda cumplir con sus fines, creándose o traduciéndose con ello en un beneficio social. Es conveniente advertir que un Estado existe y subsiste sólo si es capaz de recaudar. De ahí el interés por saber: quién, cómo, cuándo y cuánto contribuye al erario público. Mientras la sociedad no cuente con mecanismos efectivos de transparencia y rendición de cuentas y los que existen funcionen de manera correcta, la ciudadanía estará aún menos dispuesta a pagar impuestos y contribuciones y por lo tanto, la capacidad del Estado de responder a las demandas sociales seguirá siendo limitada. En razón de ello, la solución no se encuentra en crear e inventar nuevos impuestos o incrementar los actuales, sino en vigilar la correcta aplicación de los existentes. Con base a lo anteriormente señalado y dada la necesidad que existe en nuestro sistema tributario de proporcionar la información necesaria al contribuyente respecto del origen y el destino de los recursos públicos; a efecto de que éste se sienta totalmente convencido de que su aportación tributaria es fundamental para que el Estado Mexicano pueda funcionar conforme a los fines que se ha planteado en beneficio de los gobernados, mejorando con ello la recaudación fiscal; se ha elaborado el presente trabajo, mismo que se avoca al análisis del desempeño que se ha venido dando en materia de información, transparencia y evaluación de la eficiencia recaudatoria conforme a las disposiciones contenidas en la Ley de Ingresos de la Federación; en el entendido de que estos requerimientos de transparencia deben ser más que un simple enunciado de buenas intenciones plasmadas en una ley. IV Neevia docConverter 5.1 CAPÍTULO I LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO. “Al tratar del Estado debemos recordar que sus instituciones no son aborígenes, aunque existieran antes de que nosotros naciéramos; que no son superiores al ciudadano; que cada una de ellas ha sido el acto de un solo hombre, pues cada ley y cada costumbre ha sido particular; que todas ellas son imitables y alterables, y que nosotros las podemos hacer igualmente buenas o mejores.” Ralph Waldo Emerson (1803-1882) 1.1 DEFINICIÓN. El ser humano es un ente social que requiere de la convivencia con otros hombres para poder desarrollarse y lograr un crecimiento en su persona, familia y bienes. De esta convivencia surgen determinadas necesidades colectivas que por sí solo no podría satisfacer, por lo que se concibe la existencia de una institución que actúe al servicio del hombre para protegerlo, defenderlo y proporcionarle determinados medios de subsistencia. Surge entonces la figura del Estado. De acuerdo al pensamiento político de cada época, se ha considerado al Estado desde diferentes puntos de vista, así para Jellinek “El Estado es la unidad de asociación dotada originalmente de poder de dominación y formada por hombres asentados en un territorio” 1 mientras que Bodin afirma que “el Estado es un conjunto de familias y sus posesiones comunes gobernadas por un poder de mando según la razón”. 2 Cualquiera que sea la tesis que se adopte sobre la personalidad del Estado, éste tiene a su cargo el ejercicio y cumplimiento de ciertas obligaciones y atribuciones, de las cuales no puede prescindir una sociedad, tales como la justicia, la defensa nacional, seguridad pública, salud, etc. La actividad que realiza el Estado para cumplir con dichas obligaciones es de carácter administrativa, e implica necesariamente de una adecuada planeación política, económica y jurídica, 1 ACOSTA Romero, Miguel; Teoría General del Derecho Administrativos; Ed. Porrúa; 15ª edición; México; 2000; Pág. 102 2 ARNAIZ Amigo, Aurora; Estructura del Estado; Editorial Mc. Graw Hill; 4ª edición; México; 2002; Pág. 5 1 Neevia docConverter 5.1 para ello requiere de manera imprescindible de un sustento económico, el cual debe provenir en su mayor parte de los ciudadanos o gobernados, que son los que directamente se benefician con las obras y servicios de interés público que el Estado realiza. Es decir, por un lado surge el Estado como la institución encargada de coordinar, administrar, satisfacer y garantizar las necesidades sociales, y por otro lado surge el requerimiento de obtener los recursos materiales necesarios para poder llevarlas a cabo. Esta serie de operaciones desarrolladas por el Estado en su carácter de administrador público, integradas por la determinación de las necesidades sociales, la fijación y recaudación de los medios económicos para atenderlas, su administración, así como su debido destino y control, se le conoce como actividad financiera del Estado. Sainz de Bujanda, citando a Pio Ballestero, describe el acto financiero en estos términos: “Comienza en el momento en que el Estado se apropia de las riquezas o bienes producidos por las demás economías y los convierte en ingresos para atender a los gastos que le causará cumplir su deber de atender las necesidades públicas”.3 Giannini señala que el Estado cumple la actividad financiera “para administrar el patrimonio, para determinar y recaudar los tributos, para conservar, destinar o invertir las sumas ingresadas”, y se distingue “de todas las demás en que no constituye un fin en sí misma, o sea en que no atiende directamente a la satisfacción de una necesidad de la colectividad, sino que cumple una función instrumental de fundamental importancia, siendo su normal desenvolvimiento una condición indispensable para el desarrollo de todas las restantes actividades”. 4 Por su contenido y efectos la actividad financiera del Estado constituye un fenómeno económico, político, jurídico y sociológico. Económico porque se trata de la obtención, administración o manejo y empleo de recursos monetarios. 3 SAINZde Bujanda, Fernando; Hacienda y Derecho. Tomo I Introducción al Derecho Financiero de nuestro tiempo. Instituto de Estudios Políticos; España; 1975; Pág. 12 4 DE LA GARZA, Sergio Francisco; Derecho Financiero Mexicano; Editorial Porrúa; 25ª edición; México; 2003; Pág. 6 2 Neevia docConverter 5.1 Político porque forma parte de la actividad del Estado, como entidad soberana, para el cumplimiento y logro de sus fines. Jurídico porque en un Estado de Derecho se encuentra sometida al Derecho Positivo. Sociológico por la influencia que ejerce y los efectos que produce sobre los diversos grupos de la sociedad que operan dentro del Estado. En base a lo anterior podemos señalar que la actividad financiera del Estado conoce tres momentos fundamentales: a) La determinación de necesidades públicas, la obtención de los ingresos públicos, la decisión respecto a la forma de obtenerlos, así como también la investigación sobre cuales serán las consecuencias de esta actividad sobre la economía general. b) La gestión o manejo adecuado de los recursos obtenidos, así como la administración e inversión en atención a las necesidades generales de la población y del Estado. c) La realización de erogaciones para el sostenimiento de las funciones públicas, y la prestación de los servicios públicos. No obstante lo anterior, la actividad financiera no sólo se integra por los ingresos y gastos públicos, sino que además comprende una actividad de gestión y tutela por parte del Estado, lo que implica una actividad inspectora que tiene como fin verificar la congruente correspondencia entre la asignación de recursos y su puesta en práctica, situación que debe darse a conocer públicamente transparentando las gestiones gubernamentales mediante las cuales se lleva acabo la actividad financiera, difundiendo la información que se genere y rindiendo públicamente las cuentas necesarias a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño que se haga de los recursos económicos del país los cuales son sustraídos de la economía privada para la satisfacción de las necesidades públicas. 3 Neevia docConverter 5.1 1.1.1 NECESIDADES QUE SATISFACE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO. Hermann Heller citado por la Dra. Aurora Arnaiz Amigo refiere que “…El sentido del Estado sólo puede ser su función social”5, es decir, el Estado sólo justifica su existencia a través de la gestión del bienestar colectivo, ya que la preservación del bien común constituye la razón misma de ser de los poderes públicos, de conformidad con sus respectivas situaciones históricas. La sociedad tiene que satisfacer, al igual que el hombre en lo individual, necesidades a fin de poder subsistir, primero, y elevarse espiritualmente después, lo cual se puede lograr con los recursos que el Estado percibe por concepto de tributos. O sea, la sociedad tiene necesidades similares a las del hombre individual, sólo que de carácter general en vez de particular; así, tenemos que las necesidades físicas de ellas son también alimento, vivienda, vestido, orden y seguridad, comodidad, servicios públicos, etcétera y en cuanto a las necesidades espirituales, podemos citar escuelas, universidades, museos, campos deportivos, conciertos, etcétera. Respecto a la pregunta de qué tipos de necesidades debe satisfacer el Estado han surgido diferentes escuelas de pensamiento. En primer lugar el liberalismo individualista, concibe al Estado como un “gendarme” cuya actitud debe ser la de “dejar hacer y dejar pasar”, en donde el Estado debe satisfacer únicamente las llamadas necesidades públicas más ingentes y de ninguna manera debe proponerse la satisfacción de las necesidades colectivas, ni mucho menos de las necesidades individuales. Como antitesis de esta teoría, surge el socialismo estadista, en donde se considera que el Estado debe satisfacer todas las necesidades públicas y las colectivas, y aún en determinados casos también las necesidades individuales. Dentro del Marco Histórico en que se generan estas dos teorías surgen la primera y la segunda guerra mundial; dichos conflictos bélicos originan 5 ARNAIZ Amigo, Aurora; Ob. cit. Pág. 123 4 Neevia docConverter 5.1 problemas de carácter político, económico y social, cuya necesidad de solución provoca que el papel del Estado sea modificado, es decir, “sus funciones primordiales de dar satisfacción a las necesidades esenciales de defensa nacional, mantenimiento de la seguridad pública, gestión de las relaciones exteriores, preservación del orden jurídico, regulación monetaria, y excepcionalmente de atender al fomento económico y bienestar social, añadió las de reimplantar la paz social, desarrollar la economía y estabilizarla, equilibrar las condiciones de las diferentes regiones del país, superar las crisis cíclicas, redistribuir la riqueza, y facilitar la movilidad de las clases sociales, así como cumplir sus aspiraciones de bienestar.” 6 Ernesto Flores Zavala menciona que la actividad del Estado, especialmente en lo que se refiere a los servicios públicos ha tenido un incremento constante debido a las siguientes causas: a) Al aumento en el número de las necesidades colectivas, como consecuencia del aumento de volumen de los núcleos de convivencia humana. Mientras mayor es un conglomerado social, mayor es el número de necesidades colectivas que nacen. b) Aumento en la importancia de las necesidades colectivas existentes. Al desarrollarse los núcleos sociales no sólo aumenta el número de sus necesidades colectivas, sino que las existentes se hacen más graves y requieren mayor atención. c) Aumento en el número de las necesidades colectivas que deben ser satisfechas por el Estado. Al evolucionar el pensamiento político se ha impuesto al Estado la obligación de encargarse de la satisfacción de necesidades colectivas, que se habían reservado a la iniciativa privada. d) Incremento de la intervención del Estado en la actividad privada como consecuencia también de las transformación del pensamiento político de las sociedades modernas. 6 CHAPOY Bonifaz, Dolores Beatriz; Planeación, Programación y Presupuestación; Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM; México; 2003, Pág. 1 5 Neevia docConverter 5.1 No obstante lo anterior, no puede darse ninguna norma rígida para resolver el problema de cuáles necesidades deben ser satisfechas por el Estado, sin embargo, el Estado debe de ocuparse de “todas aquellas actividades que conduzcan a la satisfacción de todas aquellas necesidades, muchas veces individuales (como sucede con la salud y la atención médica, a través de los seguros sociales) y muchas veces colectivas, como los de educación en diversos aspectos, cuando por diversas circunstancias las formas sociales inferiores no hayan podido satisfacer esas necesidades”.7 Dalton en Inglaterra, citado por Sainz de Bujanda, manifiesta que “El mejor sistema financiero es aquel que obtiene de las operaciones en que se actúa la máxima ventaja social, y extiende que esa ventaja se logra mejorando la producción y asegurando su distribución en forma notoriamente igualitaria.” 8 1.1.2 RECTORÍA DEL ESTADO Y PLANEACIÓN La actividad financiera de la que se ha venido hablando es realizada por el Estado a través de su Rectoría Económica. Por Rectoría del Estado se entiende “la capacidad jurídica del mismo para conducir la actividad económica del país”9, es decir, es la facultad que posee para intervenir en los procesos económicos a fin de fortalecer la soberanía de la nación, induciendo el crecimiento económico fomentando una justa y equilibrada distribución de la riqueza que permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuyo desarrollo y seguridadprotege la Constitución. Esta Rectoría del Estado no es solamente intervencionismo en la economía, porque no se trata de estimular algún sector o actividad de ésta, sino 7 DE LA GARZA, Sergio Francisco; Ob. Cit. Pág. 12 8 SAINZ de Bujanda, Fernando; Hacienda y Derecho. Tomo I Introducción al Derecho Financiero de nuestro tiempo. Instituto de Estudios Políticos; España; 1975; Pág. 77 9 Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Diccionario Jurídico Mexicano. Tomo P-Z. Porrúa-UNAM; México;2005 6 Neevia docConverter 5.1 de garantizar que el proceso de desarrollo sea integral, esto es, en todos los aspectos y a nivel nacional. Durante el capitalismo, el estado liberal proclamó tres postulados básicos: la libertad de industria, la libertad de comercio y la existencia de un Estado no intervencionista y protector de la libertad económica. Con el desarrollo del mismo se fueron creando contradicciones que acarrearon su decaimiento. Estas contradicciones se manifiestan en la primera Guerra Mundial, la aparición del primer Estado Socialista, la depresión de 1929 y la Segunda Guerra Mundial. Sucesos que pusieron de manifiesto que la complejidad del fenómeno económico contemporáneo, las crecientes demandas sociales y las exigencias del mercado internacional, determinan la necesidad de asegurar un desarrollo equilibrado, constante y sostenido en la economía Nacional. Estos acontecimientos dieron lugar al neocapitalismo en donde el Estado asume nuevas funciones financieras como la promoción de la “equidad” en la distribución del ingreso y de la riqueza; la optimización en la asignación de recursos; así como el crecimiento con estabilización y pleno empleo de los recursos productivos. Con el objeto de que el Estado asuma sus nuevas atribuciones se expande el gasto público y se instituyen nuevos instrumentos para su financiamiento. Es por ello que el Estado se responsabilizó de planear, conducir, coordinar y orientar la actividad económica nacional, y se hizo cargo de la estrategia global del desarrollo económico y social, entendiendo éste como un proceso tendiente a garantizar la igualdad de oportunidades sociales, políticas y económicas a toda la población. En el caso de nuestro país, la Rectoría Estatal del Desarrollo Nacional es una figura jurídica que se incorpora en la Carta Magna en las reformas constitucionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1982. A consecuencia de esta reforma constitucional se modificaron integralmente los textos de los artículos 25 y 26 de la Constitución (su contenido original pasó a 7 Neevia docConverter 5.1 formar parte del 16), además se introdujeron reformas importantes en los artículo 27, 28 y 73. De esta manera se integró lo que algunos designan como “el capítulo económico de la Constitución” puesto que en estos preceptos se encuentran, las bases constitucionales que regulan la actividad económica de nuestro país. El primer y segundo párrafo del artículo 25 de la Constitución, señalan: “Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.” De esta forma la Constitución define cuáles son las responsabilidades del Estado mexicano en cuanto al desarrollo nacional y el papel de la planeación, como instrumento de la política gubernamental, para la obtención de los objetivos del proyecto político estatal. Estas responsabilidades deben estar instrumentadas mediante ordenamientos jurídicos con el objeto de garantizar su cumplimiento y evitar que estos principios tengan un valor puramente declarativo. “Para que así se le conceda un amplio margen de acción para obtener fines concretos, inventariar los recursos, jerarquizar objetivos y metas, a fin de garantizar que las acciones emprendidas contribuyan efectiva y eficazmente a la realización de las prioridades nacionales.”10 La Rectoría del Estado no es exclusiva del Poder Ejecutivo Federal, se trata, esencialmente, de un mandato constitucional que obliga a la totalidad de los Poderes Públicos constituidos, para que mediante actos políticos, jurídicos y de gobierno, se dé cumplimiento al mandato constitucional que ordena la atribución 10 OSORNIO, Corres Francisco Javier; Ob. Cit.; Pág. 18 8 Neevia docConverter 5.1 de ejercer la Rectoría del Estado. En este sentido se le ha conferido al Poder Legislativo de acuerdo a la Constitución, la responsabilidad de legislar en materia económica y social de conformidad con lo dispuesto en las fracciones XXIX-D y XXIX-E del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que señalan: “Artículo 73. El Congreso tiene facultad: … XXIX-D. Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, así como en materia de información estadística y geográfica de interés nacional; XXIX-E. Para expedir leyes para la programación, promoción, concertación y ejecución de acciones de orden económico, especialmente las referentes al abasto y otras que tengan como fin la producción suficiente y oportuna de bienes y servicios, social y nacionalmente necesarios. …” De forma complementaria a la Rectoría del Estado se encuentra la Planeación del Desarrollo, al respecto, Chapoy Bonifaz en su obra titulada “Planeación, Programación y Presupuestación”, señala que: “Planificar es seleccionar entre las opciones disponibles, las que de acuerdo con propósitos coherentemente coordinados y metas concretas establecidas de antemano, den mejores resultados, tomando en cuenta que van a emplearse recursos limitados.” “Un país está inmerso en la planificación del desarrollo cuando ejerce un incesante esfuerzo para patrocinar el progreso económico y social, y por reformar las instituciones que pueden obstaculizarlo. Por ello la planeación es la función de la administración pública que consiste en establecer el marco normativo dentro del cual ha de efectuar sus operaciones; en formular planes, programas y proyectos; y en identificar las medidas, estrategias y recursos necesarios para cumplirlos.” 11 La planeación hace posible establecer políticas coherentes de crecimiento expresadas en términos cualitativos y cuantitativos, lo que facilita tomar decisiones sobre la base de un conocimiento general y objetivo de los hechos, considerando los distintos intereses sociales, e incluyendo los objetivos 11 CHAPOY Bonifaz, Dolores Beatriz; Ob. Cit.; Pág. 1-2 9 Neevia docConverter 5.1 nacionales, regionales, globales y sectoriales, así como los instrumentos para alcanzarlos. La planeación se logra a través de la manipulación de los ingresos y egresos gubernamentales, de la administración de las empresas públicas, y de una calendarización racional de la prestación de los servicios públicos; todos estos elementos encaminados hacia un fin específico determinado por la administración pública. En México, la Planeación del Desarrollo, está instrumentada en el artículo 26 de la norma suprema, esto no significa que antes de ella no hubiera existido planeación, dado que cualquier forma de presupuestación la implica. Esta disposición estableceque el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional la cual deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado en lo concerniente al desarrollo integral del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Poder Ejecutivo es el responsable de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo porque cuenta con dependencias de orientación y apoyo global, y sobre todo porque planear es atribución y obligación del organismo encargado de la administración. En esta materia el Congreso participa expidiendo las leyes que constituyen la base jurídica de la planeación nacional. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le corresponde proyectar la Planeación Nacional del Desarrollo, y vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en esta materia. Dicha Secretaría debe definir las políticas financiera, fiscal y crediticia; procurar el cumplimiento de los objetivos del plan y de los programas al ejercitar sus funciones de planeación, coordinación, evaluación y vigilancia del sistema bancario; verificar que las operaciones en que se haga uso del crédito público prevean el cumplimiento de los objetivos y 10 Neevia docConverter 5.1 prioridades del plan y los programas; y considerar los efectos que en el logro de dichos objetivos y prioridades pueden tener la política monetaria y crediticia, así como los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal. El Maestro Hugo Carrasco Iriarte manifiesta que la planeación debe basarse en los siguientes principios: a) El fortalecimiento de la soberanía, la independencia y la autodeterminación nacionales, en lo político y lo cultural. b) La preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo que la constitución establece, así como en la consolidación de la democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, impulsando su participación activa en la planeación y ejecución de las actividades del gobierno. c) La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos sus aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria. d) El respeto irrestricto de las garantías individuales, así como de las libertades y derechos sociales y políticos. e) El fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional f) El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo en un marco de estabilidad económica y social. Así, el Plan Nacional de Desarrollo es el patrón rector de las acciones que el gobierno federal emprende en el periodo de gestión del presidente que lo elabora. En él se delinean las políticas social, económica, interior y exterior, que establecen el marco para lograr el proyecto de país que persigue el presidente en turno. Para la aplicación del Plan Nacional de Desarrollo, el Ejecutivo cuenta con la Ley de Ingresos de la Federación, el Decreto de Presupuesto de Egresos 11 Neevia docConverter 5.1 de la Federación, los Convenios de Desarrollo Social, los Convenios de Coordinación y los Convenios de Concertación, en el entendido que el Sistema Nacional de Planeación se auxilia de diferentes instrumentos, los cuales son objeto de jerarquización y ordenación temporal y especial, dichos instrumentos se clasifican en: a) Normativos, de mediano plazo b) Instrumentos operativos de corto plazo c) Instrumentos de control d) Instrumentos de evaluación INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA Normativos de mediano plazo Instrumentos de evaluación Instrumentos de Control Instrumentos operativos de corto plazo Plan Nacional de Desarrollo Programas de mediano Plazo Programas Anuales Ley de Ingresos de la Federación Presupuesto de Egresos Convenios únicos de desarrollo Contratos y convenios de concertación Instrumentos Administrativos Informe de Gobierno Informe de Evaluación del PND Cuenta Pública Foros de Consultas Popular Informes Sectoriales Informes Institucionales Informe trimestral de la Situación económica y de las finanzas públicas Informes anuales de los gabinetes especializados Informe mensual de la Comisión Intersecretarial de gasto financiero En la actualidad la Planeación Nacional descansa en dos pilares que se corresponden entre sí estrechamente: a) La planeación de su financiamiento público, y b) La planeación del Gasto Público 12 Neevia docConverter 5.1 Las dos se encuentran íntimamente unidas y se correlacionan tanto en sus metas como en sus objetivos dentro del plan general de gobierno. Ambas constituyen un factor fundamental en la promoción del desarrollo económico y, por consecuencia, en el logro del bienestar de los habitantes del país. El Ingreso y el Gasto Público se influyen y condicionan recíprocamente, por lo que para lograr una mayor eficiencia para la obtención de los ingresos y su aplicación en el gasto público, resulta necesaria la planeación del gasto público y la programación de su financiamiento. Dicha Planeación de Ingreso y Gasto se lleva a cabo a través de los denominados “presupuestos”. En México estas previsiones financieras se realizan a través de dos instrumentos jurídicos: - La Ley de Ingresos de la Federación y - El Presupuesto Federal En razón de lo anterior es necesario señalar que la actividad financiera del estado se encuentra conformada por cuatro rubros, los cuáles deben de llevarse a cabo en orden y con total apego a derecho a efecto de que su resultado se vea reflejado satisfactoriamente al final de cada ejercicio fiscal; dichos rubros son: a) Establecimiento o modificación de las contribuciones previamente planificadas, a través de las cuales el Estado puede allegarse de los recursos económicos que requiere para cumplir con sus obligaciones. b) Los actos y procedimientos tendientes a recaudar de forma eficiente y oportuna, las contribuciones anteriormente señaladas. c) Aplicación de los ingresos federales recaudados para efectuar el Gasto Público. d) Relación Jurídica Tributaria entre el Estado como sujeto activo y los gobernados como sujetos pasivos. 13 Neevia docConverter 5.1 1.1.2.1 POTESTAD TRIBUTARIA DEL ESTADO. El Estado realiza parte de su actividad financiera y rectoría económica en ejercicio de lo que se denomina potestad tributaria del Estado, también conocido como poder tributario, poder fiscal, facultad potestativa e incluso poder de imposición. Esta atribución se le concede al Estado en virtud de un acto de soberanía otorgado por el pueblo para cuidar y robustecer la misma soberanía, frente a otros estados y entre los propios habitantes del país. Desde el punto de vista fiscal esta potestad consiste en el poder jurídico exclusivo del Estado para establecer las contribuciones con las que se van a satisfacer los gastos públicos. Por mandato constitucional, el acto de crear, modificar o suprimir contribuciones, le corresponde al Poder Legislativo, quien a través de un proceso formal de creación de leyes, es el facultado para generar normas mediante las cuales el Estado pueda constreñir a las personas para que le entreguen una porción de sus rentas o patrimonios para cubrir el presupuesto y así atender las necesidades públicas, lo anterior en el entendido que el Estado no podrá ejercer su facultad potestativa sin que medie la existencia de una ley. A esto se le llama principio de legalidad, en donde lascontribuciones sólo serán exigidas a los particulares mediante una disposición de carácter general, abstracta e impersonal. Es decir, es indispensable la existencia de una ley para que el Estado lleve a cabo la práctica de su facultad potestativa y para que, a su vez, los particulares tengan conocimiento de los hechos imponibles que pueden llegar a generar una obligación a su cargo. La potestad para crear contribuciones se instrumenta con la facultad que también tiene para recaudarlas, dicha facultad le corresponde al Poder Ejecutivo, pues éste, en su carácter de administrador fiscal, le corresponde determinar y comprobar cuándo se han producido esos hechos o situaciones que generan la obligación de pagar contribuciones, señalar o determinar la cuantía de los pagos o bien verificar si las prestaciones que han realizado se encuentran ajustadas a las 14 Neevia docConverter 5.1 ley. Esta acción la realiza a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicha dependencia es la competente para recaudar las contribuciones que el Poder Legislativo haya establecido en las leyes fiscales, asimismo deberá entre otras cosas, proyectar y coordinar la planeación nacional de desarrollo; proyectar y calcular los Ingresos de la Federación considerando las necesidades del Gasto Público Federal; utilizar en forma razonable el crédito público; así como estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales. Dentro de un ámbito de distribución de facultades, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realiza su actividad recaudatoria a través de un órgano desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual deberá en todo momento garantizar la correcta aplicación de las leyes fiscales con el fin de lograr una eficiente recaudación. Por su parte el Poder Judicial de la Federación, es quien debe resolver las controversias entre la administración y la ley. Mediante el juicio de amparo, puede decretar la inconstitucionalidad de la expedición o de la ampliación de las leyes que violen las garantías individuales, y a través del mismo procedimiento o por el recurso de revisión fiscal, se revisan las resoluciones que dicte el tribunal fiscal, asegurando la observancia del principio de legalidad que debe cumplir la actividad fiscal del Estado. El poder tributario que ejerce México tanto la Federación como los Estados, a través del Congreso General y de las legislaturas locales, no es absoluto, sino que se encuentra sujeto a limitaciones establecidas en la Constitución Política. Algunas de esas limitaciones tienen el carácter de garantías individuales, o lo que es lo mismo, de derechos subjetivos públicos y constituyen una parte de las limitaciones al poder del Estado, tales como la garantía o principio de legalidad, la garantía de proporcionalidad y equidad y los principios de igualdad y prohibición de leyes privativas. La facultad potestativa, entonces, es el poder inherente a la soberanía que posee el Estado para establecer contribuciones a cargo de los particulares, 15 Neevia docConverter 5.1 quienes tendrán conocimiento de esta obligación a través de una ley, cuya razón se sustenta en la necesidad de cubrir los gastos que el propio Estado realiza en beneficio de la colectividad en general. El concepto y las características dadas son similares a las de la actividad financiera del Estado, pero se diferencian en que la potestad tributaria se encarga solamente de los tributos o contribuciones, mientras que la actividad se ocupa tanto de ingresos tributarios como no tributarios. De conformidad con lo anterior, la facultad del Estado para imponer el pago de tributos por parte de los contribuyentes tiene cuatro características: a) Abstracto: se refiere a que se encuentra en el plano de lo inmaterial, pertenece al Estado, pero ésta no se verá concretada hasta que no se lleve a la práctica; b) Permanente: En razón de que es connatural al Estado y, por derivar de su poder, sólo se extingue con el Estado mismo. En consecuencia, en tanto el Estado subsista, gozará indefectiblemente del poder de gravar. c) Irrenunciable: El Estado no puede desprenderse de ese atributo esencial, pues sin el poder tributario no podría subsistir. d) Indelegable: como facultad que está inmersa en el Estado, no puede traspasarse; hay que tener en cuenta que es posible delegar el ejercicio de esta facultad, mas no puede ser delegada dicha atribución a ningún otro ente. 1.1.2.2 POLÍTICA FISCAL El aspecto político junto con el económico es de gran importancia en el fenómeno financiero. “La actividad financiera es hoy uno de los instrumentos más eficaces y poderosos de ejecución de la voluntad política en el ámbito económico y social. En el primer aspecto, el impuesto, el crédito público y la distribución del gasto se muestran como auxiliares poderosos para reformar la estructura económica y manipular la coyuntura; en el segundo, las nuevas orientaciones 16 Neevia docConverter 5.1 fiscales se enderezan a asegurar una redistribución socialmente justa de renta nacional.” 12 Una vez que el Estado ha establecido las necesidades que deberá cubrir para la sociedad a la que representa, el siguiente paso es la obtención de los medios materiales para cumplir con su función, entonces comienza a planear cuáles son las fuentes de obtención o financiamiento de dichos recursos con los que cuenta, esta Planeación se conoce como Política Fiscal, la cual se desenvuelve dentro del marco constitucional de proporcionalidad y equidad de las contribuciones, que consiste en un trato igual para las mismas capacidades contributivas y en un gravamen proporcionalmente más elevado para quienes más ganan. La actividad financiera traducida en la determinación de necesidades sociales, origina la obtención de recursos económicos suficientes para destinarlos al gasto público del país, por lo que el Estado dentro de su labor financiera tendrá que desarrollar una política fiscal encaminada al financiamiento de tales necesidades, es decir, el Estado debe establecer los lineamientos que orientarán la toma de las principales decisiones para obtener ingresos, administrarlos y gastarlos en la función pública para lograr el bienestar general del país En este sentido, Arrioja Vizcaíno conceptualiza a la política fiscal como “el medio para armonizar las relaciones entre el fisco y los contribuyentes, disciplinando, racionalizando y controlando, al mismo tiempo, la estructura, el crecimiento y la aplicación del presupuesto del Estado, con el objeto de que la recaudación tributaria tenga el único fin deseable y posible: la efectiva redistribución del ingreso nacional mediante un sano financiamiento de todo lo que represente obras y servicios de beneficio social y comunitario”. Carrasco Iriarte determina que “la política fiscal es el arte de decidir las contribuciones que deben existir en un régimen tributario y cómo hay que gastar los recursos obtenidos por medio de ellas, para lograr los fines fundamentales que 12 SAINZ de Bujanda, Fernando; Ob. Cit.; Pág. 76 17 Neevia docConverter 5.1 todo el gobierno quiere alcanzar, y que son la justicia, el orden y el bien común, en un marco de democracia social.”13 El artículo 16, fracción IV párrafo dos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece lo siguiente: “Los criterios generales de política económica explicarán las medidas de política fiscal que se utilizarán para el logro de los objetivos, las estrategias y metas, así como las acciones que correspondan a otras políticas que impacten directamente en el desempeño de la economía. Asimismo, se deberán exponer los costos fiscales futuros de las iniciativas de ley o decreto relacionadas con las líneas generales de políticaa que se refiere este artículo, acompañados de propuestas para enfrentarlos. En los criterios a que se refiere el párrafo anterior se expondrán también los riesgos relevantes para las finanzas públicas, acompañados de propuestas de acción para enfrentarlos.” Los Criterios Generales de Política Económica (CGPE), son las directrices fundamentales que asumirá la política económica y social en un año. Establecen la estrategia, los objetivos y metas macroeconómicas generales que fundamentan la formulación de la Ley de Ingresos de la Federación, el Presupuesto de Egresos de la Federación y los Programas Operativos Anuales, tomando como base variables macroeconómicas tales como el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB), el precio internacional de la mezcla de petróleo mexicano, la plataforma petrolera de exportación, el tipo de cambio y la tasa de interés. Dichos aspectos inciden en el comportamiento esperado de la recaudación de los ingresos presupuestarios. Por ello la política fiscal representa la base sobre la cual descansa todo el programa fiscal del gobierno federal. De esta manera, si el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal realizan estimaciones correctas de estas variables macroeconómicas, entonces, se minimizará el margen de error entre los ingresos estimados al inicio del ejercicio fiscal y los ingresos recaudados (observados) al final del ejercicio fiscal, como consecuencia, el programa de gasto sufrirá pocos cambios. 13 CARRASCO Iriarte, Hugo; Derecho Fiscal I; IURE editores; 2ª edición; México; 2003; Pág. 95 18 Neevia docConverter 5.1 Asimismo, es necesario señalar que al momento de prever e instrumentar la forma en que el Estado se va a allegar de determinados ingresos, sobre todo los de carácter fiscal, es indispensable que se estudie la reacción y comportamiento del contribuyente a efecto de que se realice una labor de educación fiscal que atienda tanto al contribuyente incumplido como al contribuyente cumplido. La labor de educación fiscal no puede ser la misma para todos los países; ni por consiguiente debe utilizarse como modelo la de aquellos cuyos contribuyentes tienen un elevado concepto de la obligación de tributar, ante aquellos cuyos contribuyentes no la tienen. Por ello el fisco, al realizar su política fiscal, debe reconocer que así como hay una reacción y comportamiento injustificado del contribuyente frente al impuesto, también hay o puede haber reacción y comportamiento justificado, por lo que en uno y otro caso, debe buscarse la reducción o eliminación de las causas, atacándolas primero en su origen y después ante el contribuyente, considerando que las “adecuaciones” que en materia de recaudación se requieren no deben enfocarse solamente al contribuyente, si no también al fisco, ya que el comportamiento del personal hacendario tiene una extraordinaria influencia sobre la conducta del contribuyente y sobre todo porque el personal administrativo tiene a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las novedades que se introducen en nuestra legislación. 1.1.2.3 INGRESOS Y GASTOS PÚBLICOS Hemos visto anteriormente que una parte de la actividad financiera del Estado consiste en realizar los gastos o egresos necesarios para que el Estado pueda realizar las funciones que le competen y que para ello requiere de ingresos, la mayor parte de los cuales, en la época moderna, se le proporcionan por medio de los tributos. La existencia de los ingresos públicos se justifica partiendo de la idea de que el Estado para estar en condiciones de sufragar los gastos públicos necesita, entre otros, de elementos de contenido económico. 19 Neevia docConverter 5.1 Se califica de público a todo ingreso que percibe el Estado por el sólo hecho de ser él el sujeto preceptor. El concepto de ingreso público tiene un uso restrictivo, pues bajo tal acepción sólo se comprenden las percepciones monetarias del Estado que tiene como fin primordial servir de medios de cobertura financiera del gasto público. Quedan por tanto excluidas de tal categoría las percepciones in natura, es decir, en especie que, si bien es cierto son susceptibles de valoración económica, no son expresables en unidades monetarias en los sistemas de cuentas nacionales. a) Su fuente puede ser de la explotación de los bienes patrimoniales del Estado o por cualquier otra causa señalada en las disposiciones legales, dentro de las cuales destacan las contribuciones que obtiene de los gobernados; b) El apoyo legal de la percepción de esos ingresos está expresamente regulado en la Ley de Ingresos; c) La finalidad de los ingresos obtenidos, es el cumplimiento de las atribuciones del Estado principalmente la satisfacción de las necesidades colectivas, todo lo cual se contiene en el Presupuesto de Egresos. Giuliani define a los ingresos, como “las entradas que obtiene el Estado preferentemente en dinero, para la atención de las erogaciones determinadas por exigencias administrativas o de índole económico-social.14 En este sentido, las erogaciones a cargo del Estado son atendidas con recursos de variada naturaleza, de índole patrimonial o de derecho privado unos y de derecho público otros, sin excluir algunos que es difícil ubicar exactamente en una u otra categorías. Debiendo determinarse su monto por la magnitud de los servicios públicos que al Estado compete proveer. Varias clasificaciones se han elaborado sobre los ingreso públicos, debiéndose aclarar que si bien falta uniformidad entre ellas, la mayoría coinciden en su esencia. 14 GIULIANI Fonrouge, Carlos M. Derecho Financiero V.I. Ediciones Depalma; 3ra edición; Buenos Aires; 1977; Pág. 194 20 Neevia docConverter 5.1 Ingresos ordinarios y extraordinarios.- Los Ingresos Ordinarios, son aquellos que percibe el Estado regularmente en cada ejercicio fiscal y que en un presupuesto bien establecido deben ser los suficientes para cubrir en su totalidad los gastos públicos ordinarios. Dicho en otras palabras, esta clase de ingresos se obtiene de fuentes impositivas que no se agotan, es decir, que se obtienen de la renta pública normal, también permanente del país y precisamente por ella constituye un ingreso ordinario del Estado. Los Ingresos Extraordinarios, son aquellos que percibe el Estado en circunstancias excepcionales y que sirven para hacer frente a las necesidades imprevistas, como sucede en el caso de las epidemias, catástrofes, etc. Este tipo de ingresos no pueden obtenerse de una manera permanente, porque el origen de ellos es transitorio y contingente, que no se ha de proyectar de una manera constante en el futuro. Ingresos federales, estatales y municipales.- Esta clasificación se justifica, según sea la entidad que conforme a la ley tenga el derecho a percibirlos. Ingresos originarios y derivados.- Los Ingresos Originarios también llamados Ingresos Patrimoniales, son aquellos que tienen su origen en el propio patrimonio del Estado, como consecuencia de su explotación directa o indirecta. Ejemplo: los derivados de la explotación de teatros, museos, tierras y aguas, etc. Los Ingresos Derivados también llamados Ingresos de Derecho Público, son aquellos que percibe el Estado de patrimonios ajenos a los de él, dentro de los que principalmente está el de los particulares y los obtiene como una consecuencia de la imposición unilateral o activa de su soberanía fiscal. Ejemplo: los impuestos, las multas, los empréstitos, etc. Como puede observarse, esta clasificación se funda en la distinción clásica entre el Estado como persona moral de derecho público ó el Estado como persona moral de derecho privado. Ingresos tributarios y no tributarios.- Dentro de los Ingresos Tributarios, quedan comprendidos exclusivamente losimpuestos, las aportaciones de seguridad social, los derechos y las contribuciones especiales. Dentro de los Ingresos No 21 Neevia docConverter 5.1 Tributarios, quedan comprendidos todos los demás ingresos públicos, ya sea que se deriven de un acto de utilidad pública, un acto de derecho público o un acto de derecho privado. En la otra vertiente a la actividad financiera, encontramos al gasto público, el cual es el monto de las erogaciones efectuadas por el Estado para la adquisición de los bienes y el pago de los salarios necesarios para la prestación de los diferentes servicios públicos, para cubrir el servicio de la deuda y para realizar diversos pagos de transferencia –pensiones, jubilaciones, subsidios –. Es entendido como “el empleo de la riqueza nacional, que satisface o debe satisfacer una necesidad colectiva, conforme al plan económico o financiero, proyectado para todo ente público, por lo tanto son públicas aquellas erogaciones que lleva a cabo el Estado para el cumplimiento de sus fines. Erogaciones que dicho sea de paso deben estar legítimamente autorizadas, es decir deben estar contempladas en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Desde el punto de vista económico, los egresos son objeto de una doble clasificación. En atención a su tiempo de duración, se dividen en gastos corrientes y gastos de capital, o bien a su reciprocidad se dividen en gastos efectivos y gastos de transferencia. Gastos corrientes son aquellos gastos normales, necesarios para la prestación de servicios públicos y para el buen funcionamiento del Estado, y que afectan las rentas del mismo, tal es el caso de los sueldos de los funcionarios públicos. Mientras que por gasto de capital, debe entenderse aquellos que afectan a la riqueza de la Nación, y como ejemplo encontramos las inversiones. Asimismo, se entiende por gastos efectivos aquellos que efectúa el Estado para pagar los bienes o servicios que otros le han proporcionado; mientras que son gastos de transferencia aquellos que efectúa sin adquirir a cambio bienes o servicios, tal es el caso de las subvenciones. La importancia de los gastos públicos aumenta constantemente porque el ámbito de una de las funciones tradicionales del Estado, la de proveer un 22 Neevia docConverter 5.1 mínimo de servicios de tipo social, se ha ampliado cada vez más en cuanto a número e importancia de los servicios proporcionados, así como el incremento de los pagos de transferencia. A través de sus gastos el gobierno libera fondos que destina en su mayor parte al consumo –adquisición de bienes y servicios para proporcionar los que presta el propio gobierno–; otra porción, en la forma de gastos de transferencia –pensiones, impuestos negativos, subsidios– aumenta directamente la capacidad de compra de los beneficiarios; y otra parte se destina al crédito a través de las instituciones de crédito propiedad del gobierno. Al ser erogados los ingresos por quienes los perciben, el gasto de los recursos gubernamentales restaura el flujo de ingresos que antes fue extraído en forma de impuestos, restituyendo el poder de compra anterior, si coincide el monto de los impuestos con el de los gastos. La cuestión central de la teoría del gasto público consiste en determinar el nivel de composición adecuado de los distintos renglones, en otras palabras, en distribuir correctamente los recursos disponibles entre necesidades “privadas” y “sociales” y en determinar el grado de distribución de la riqueza. El gasto público federal comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente, inversión física y financiera, y pagos de pasivo o deuda pública realizadas por el poder legislativo, del poder judicial, la administración pública centralizada y paraestatal, los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el gobierno federal, a alguno de los organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria. En la actualidad, todo gasto público debe estar vinculado a planes, programas y objetivos, acordes con los fines específicos que pretenda alcanzar el Estado, asimismo las contribuciones sólo deben ser utilizadas para financiar los gastos públicos del Estado, a través de sus diversos niveles de gobierno, en virtud de los cuales se desarrollan las funciones que la ley establece. 23 Neevia docConverter 5.1 El presupuesto es el medio de que el Estado se sirve para ordenar el mecanismo de sus gastos y de sus ingresos. Los países de Europa continental fundados en el derecho civil, como Francia, tienden a preferir prácticas y procedimientos presupuestarios codificados a alto nivel, congruentes con el firme control administrativo que existe en esos países. Las leyes de presupuesto del Reino Unido siempre se han centrado en los principios del manejo de los fondos públicos, y las regulaciones e instrucciones administrativas reflejan procedimientos presupuestarios detallados. Con todo, últimamente se percibe en algunos países la tendencia a establecer marcos legislativos más integrales que subrayan la responsabilidad gubernamental de asegurar la transparencia y la rendición de cuentas. En Estados Unidos, gran parte de la legislación presupuestaria se refiere a la fijación de metas a mediano plazo mediante el proceso de aprobaciones parlamentarias debido al importantísimo papel que desempeña el Congreso en la conformación y el control del presupuesto. En México, la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) son los instrumentos de política fiscal a través de los cuales el Gobierno Federal ejecuta los programas contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo; son el medio para traducir los planes de desarrollo en programas de acción, sirven también para convertir las metas multianuales de los planes de mediano y largo plazo en objetivos inmediatos. De esta forma el Presupuesto de Egresos, la Ley de Ingresos, la revisión de la Cuenta Pública y los requisitos constitucionales de los impuestos, son los medios de supervisión y organización de la función administrativa pública de crear y cobrar impuestos. En este sentido podemos definir a los ingresos de la federación como los recursos económicos de que se allega el Estado a través de su actividad financiera y potestad tributaria, a efecto de llevar a cabo sus funciones. Por su parte, el gasto público es la erogación que realiza el Estado de los ingresos que previamente ha recaudado para satisfacer las necesidades públicas de un país, las cuales varían dependiendo del sistema jurídico de cada nación. 24 Neevia docConverter 5.1 CAPÍTULO II: LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN El capital no es un mal en sí mismo, el mal radica en su mal uso. Mahatma Gandhi (1869-1948) Los recursos económicos mediante los cuales el Estado Mexicano lleva a cabo su gasto público son señalados anualmente en la Ley de Ingresos de la Federación contemplando las distintas fuentes o renglones que originan los ingresos necesarios para satisfacer el presupuesto anual. 2.1 CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA Mucho se ha escrito en la doctrina mexicana referente a la naturaleza jurídica de la Ley de Ingresos de la Federación, la mayoría de los autores considera que la Ley en cuestión es el ordenamiento jurídico aprobado por el Poder Legislativo, donde se señalan y determinan los conceptos bajo los cuales el Gobierno Federal está autorizado para recaudar recursos financieros en un año determinado, cuantificando lo que se estima percibir por los mismos para hacer frente a los compromisos establecidos en el Presupuesto de Egresos y así ejecutar los programas que integran el Plan Nacional de Desarrollo. De la Garza señala que la ley en mención “constituye por lo general, una mera lista deconceptos por virtud de los cuales puede percibir ingresos el Gobierno, sin especificar, salvo casos excepcionales, los elementos de los diversos impuestos; sujeto, hecho imponible, alícuota, tasa o tarifa del gravamen, y sólo establece que en determinado ejercicio fiscal se percibirán los ingresos provenientes de los conceptos que en la misma se enumera, los que se causan y recaudan de acuerdo con las leyes en vigor.”1 Al respecto Fraga refiere que “en materia de ingresos tributarios, existen dos clases de leyes o disposiciones: “las que fijan el monto del impuesto, los sujetos del mismo y las formas de causarse y 1 DE LA GARZA, Sergio Francisco; Ob. Cit. Pág. 109 25 Neevia docConverter 5.1 recaudarse, y las que enumeran anualmente cuáles impuestos deben causarse” 2. En este sentido podemos señalar que la Ley de Ingresos es una ley general que únicamente enumera las materias sobre las cuales se podrán cobrar impuestos sin especificar la forma en que se van a recaudar, las cuotas, ni los sujetos del impuesto, ya que estos aspectos están contenidos en las leyes específicas que tienen como finalidad regular un tributo, como puede ser el Impuesto al Valor Agregado o el Impuesto Sobre la Renta. Las leyes que regulan cada impuesto señalan los elementos esenciales: objeto, sujeto, cuota, procedimiento de determinación, etc., de manera que es indispensable la existencia de las leyes reglamentarias para que pueda percibirse el ingreso. Esto ha dado lugar a una discusión sobre la naturaleza de la Ley de Ingresos, porque la doctrina francesa la considera como un acto condición que no establece por sí mismo deberes y poderes jurídicos nuevos, sino que sólo permite el ejercicio de la competencia establecida por la leyes especiales. De acuerdo con nuestro sistema legal, por disposición constitucional el Legislativo tiene la obligación anual de decretar cuantas contribuciones sean necesarias para cubrir el Presupuesto. La forma que el Legislativo ha utilizado para aprobar esas contribuciones es haciendo en la Ley de Ingresos una enumeración de las distintas exacciones que deben realizarse durante el año. En este sentido, la Ley de Ingresos tiene valor jurídico pleno y capacidad para innovar el ordenamiento tributario, muestra de ello es que en su primer artículo dispone que en ese ejercicio “la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se enumeran.” Con ello limita la percepción de recursos de la Federación, es decir, la posibilidad legal de cobrar los impuestos federales está supeditada a la aprobación de dicha ley, en el entendido de que si el Congreso negare su aprobación a alguno de los impuestos federales y por ello no se incluyera en la Ley de Ingresos, ello significaría necesariamente que ese mismo impuesto no podría cobrarse en el ejercicio fiscal siguiente, aún cuando se haya cobrado en ejercicios anteriores. 2 PRIEGO Álvarez, Freddy A.; Introducción al Derecho Presupuestario. Naturaleza y efectos jurídicos; Editorial Porrúa; México; 2004; Pág. 183 26 Neevia docConverter 5.1 De esta manera, la Ley de Ingresos establece la obligación principal de pagar los impuestos, derechos y demás conceptos que menciona y, al hacerlo declara vigentes y obligatorias las leyes reglamentarias de cada ingreso que autoriza; estas leyes están limitadas en su vigencia a un ejercicio fiscal, y si no se menciona un ingreso en la nueva Ley de Ingresos, la ley que reglamenta dicho ingreso dejaría de estar en vigor. Al respecto Priego señala que “la Ley previsora de ingresos al decidir cuáles tributos se recaudan y cuáles no, se convierte en una norma imperativa y general que establece periódicamente la obligación de pagar los tributos en ella mencionados al renovarles su vigencia.”3 Si bien es cierto que la Ley de Ingresos constituye un catálogo de impuestos, es necesario señalar que también contiene otras disposiciones de carácter general que tienen por objeto coordinar la recaudación de las contribuciones, ya que el propósito de la aprobación de la Ley de Ingresos por el Congreso, es supervisar y controlar el ingreso fiscal de la Federación y al mismo tiempo, proteger a los gobernados del abuso de la facultad tributaria del gobierno federal, además de asegurar la percepción necesaria de dinero para poder pagar los gastos de la Federación, señalados en el Presupuesto de Egresos. Asimismo, la Ley de Ingresos deberá ser congruente con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que derivan del mismo. Con base en la cual se permite que sean los renglones de entradas en ella contenidos y por el término de vigencia de la ley, los ingresos oficiales del Estado. Los gobernados esperan que los impuestos o cargas fiscales sean sólo las necesarias para obtener los recursos económicos suficientes para pagar los gastos autorizados, no para crear nuevos impuestos ni para incrementar la tasa de los ya aprobados. Es por ello que resulta indispensable que exista un estricto y cuidadoso control de los ingresos y del gasto público, dicha supervisión debe ejercerla la Cámara de Diputados, sin dicho control, el Poder Ejecutivo estaría en posibilidad de gastar en exceso, de incrementar el número de empleados del gobierno federal, de realizar obras innecesarias, dispendiosas o suntuarias y sobre todo, de obligar a los contribuyentes a pagar impuestos injustos, arbitrarios y 3 PRIEGO Álvarez, Freddy A.; Ob. Cit. Pág. 184 27 Neevia docConverter 5.1 excesivos, para obtener el dinero necesario para pagar el gasto creciente de la Federación. En este sentido Orrantia manifiesta que la vigencia anual de la Ley de Ingresos “es una facultad aprobatoria que la Constitución otorga al Congreso para proteger a los gobernados de exacciones fiscales abusivas, mediante la posibilidad de revisar y modificar cada año el proyecto fiscal anual del ejecutivo, con la obligación de aprobar, también cada año, los impuestos federales que podrán cobrarse a los contribuyentes. Es “el poder del cordón de la bolsa” ideado y aplicado por los habitantes de las colonias inglesas de Norteamérica que permitía negociar cada año los gastos del gobierno colonial, que determinaban los impuestos que debían pagarse en el mismo año por los ciudadanos.”4 Cada año el Poder Legislativo debe examinar las necesidades financieras del gobierno federal contenidas en el proyecto de Presupuesto de Egresos respectivo y en el proyecto de Ley de Ingresos, así como la capacidad de pago de los contribuyentes y la situación económica del país, para decidir si otorga a la Federación el derecho a cobrar los mismos impuestos que estuvieron vigentes en el año fiscal que termina, o si es necesario incrementar o reducir la captación fiscal. Se trata de una autorización anual y esta temporalidad representa para los gobernados un importante derecho que ciertamente ayuda a los representantes populares que integran el Congreso, en su negociación política con el Poder Ejecutivo, siempre dispuesto a gastar más de lo que ha gastado el año anterior.5 Es de primordial importancia que las autoridades apliquen los recursos fiscales en el gasto público de una forma fehaciente y pública. 4 ORRANTIA, Arellano Fernando A.; Las Facultades del Congreso Federal en Materia Fiscal; Ed. Porrúa; México; Pág. 149 5 ORRANTIA, Arellano Fernando A; Pág. 150 28 Neevia docConverter 5.1 2.2 ANTECEDENTES 2.2.1 ORIGEN Los impuestos son casi tan antiguos como el hombre, los habitantes de las hordas primitivas pagaban tributo mediante prestaciones personales o en especie a los ancianos de las tribus. Las primeras leyes tributarias existieronen Egipto, en China y en Mesopotamia, sin embargo, los impuestos se imponían a capricho de los soberanos, situación que prevaleció hasta que se comenzaron a prever y autorizar anticipada y periódicamente los ingresos y los gastos del Estado a través del Presupuesto. Aún cuando podemos hallar formas rudimentarias de proyectos de presupuestos públicos en épocas muy remotas, el proyecto de presupuesto tal y como hoy lo entendemos, es un instituto de reciente incorporación. Las previsiones presupuestarias tienen su origen en la Carta Magna que los nobles ingleses hicieron firmar y promulgar a Juan sin Tierra en 1215, en la cual, entre otras disposiciones, se estableció la obligación del soberano de recabar la previa autorización de sus súbditos para imponer gabelas con que hacer frente a las necesidades de la Corona. No obstante lo anterior, el presupuesto moderno hace su aparición a fines del siglo XVIII, y en muchos Estado hasta mediados del siglo XIX. En cada una de las trece colonias inglesas en Norteamérica existía una Asamblea de Representantes o agrupación formal de vecinos, integrada por algunas de las personas más notables, cuya principal función era representar a los ciudadanos de la colonia en las negociaciones que debían realizarse con el Gobernador designado por Londres. La principal de esas negociaciones era la aprobación de los impuestos que en el año siguiente debían pagar los colonos, impuestos que, a imitación de la función del Parlamento inglés, debían ser aprobados por la Asamblea local de representantes de los ciudadanos, no como 29 Neevia docConverter 5.1 consecuencia de una norma jurídica que así lo dispusiera, sino por costumbre derivada de la imitación del sistema fiscal inglés, que como sistema jurídico en general, era esencialmente consuetudinario. Los impuestos que los colonos pagaban para que el gobierno colonial hiciera frente a sus gastos debían, por costumbre, aprobarse cada año, con objeto de poder también anualmente obligar al gobernador a negociar el monto del presupuesto de gastos que determinaba el Presupuesto de Ingresos. Entre los gastos que requerían la aprobación de la Asamblea de Representantes se incluía el sueldo del Gobernador. A esta práctica se le denominó “el poder del cordón de la bolsa” (purse string power) en alusión a la bolsa de piel o de tela en la que en esa época se acostumbraba guardar el dinero que una persona traía consigo, que se abría y cerraba con un cordón en su extremo superior; queriendo significar de esa manera, que si la negociación entre el Gobernador y la Asamblea de Representantes de la colonia no se concluía oportuna y satisfactoriamente , la Asamblea metafóricamente tiraba el cordón que cerraba la abertura de la bolsa del dinero de la colonia y el gobernador no recibía dinero para los gastos del gobierno colonial, y tampoco su sueldo. La Constitución de Estados Unidos de América solamente reglamenta la facultad del gobierno federal para cobrar impuestos, sin embargo la costumbre establecida en el periodo colonial respecto de la aprobación de ingresos y egresos se ha mantenido en su práctica legislativa. El natural deseo de evitar el desembolso fiscal y además, la costumbre recibida de la práctica parlamentaria y política inglesa, fueron determinantes en lo que posteriormente se denominó la Teoría de las Limitaciones y Contrapesos (Checks and Balances) de los poderes de gobierno, conforme a la cual, la autoridad debe tener facultades limitadas, vigiladas por la participación de los otros poderes de gobierno en las mismas facultades. México adoptó la práctica fiscal usada en Estados Unidos sobre la anualidad de la Ley de Ingresos, otorgando al Poder Legislativo una extraordinaria 30 Neevia docConverter 5.1 e importante facultad, la de autorizar cada año los impuestos que podrán cobrarse a los gobernados. Ahora bien, nuestro sistema jurídico recibió teóricamente un legado histórico importante, consistente en la Constitución de Cádiz, conforme a la cual anualmente las Cortes o Poder Legislativo español aprobaría las contribuciones o impuestos aplicables en España y en sus colonias. El artículo 131 de la constitución Política de la Monarquía Española, promulgada en Cádiz el día 19 de marzo de 1812, ordenaba: “131.- Las facultades de las Cortes son: Duodécima: fijar los gastos de la administración pública. Decimatercia: Establecer anualmente las contribuciones e impuestos. Decimacuarta: tomar caudales a préstamo en casos de necesidad, sobre el Crédito de la Nación. Decimaquinta: Aprobar el repartimiento de las contribuciones entre las provincias” Lamentablemente las disposiciones de la Constitución de Cádiz no reflejaron los usos y costumbres fiscales que prevalecieron en la Nueva España durante todo el período colonial. La monarquía absoluta que reinaba en España imponía en todos sus territorios las obligaciones tributarias sin más limitación que la voluntad de la autoridad, de la misma manera que en la misma época en la Europa Continental las diversas monarquías cobraban a sus súbditos impuestos injustos y excesivos. El centralismo propio del gobierno colonial acostumbró a los ciudadanos de todo el territorio de la Nueva España a recibir las obligaciones fiscales como malas noticias llegadas de la ciudad de México, sin posibilidad real de participar en la discusión y aprobación de los impuestos, ni de evitar su cumplimiento. Las actividades productivas de las colonias españolas en América producían un ingreso fiscal que el gobierno español usaba para financiar sus guerras continentales y la ocupación de Flandes, por lo cual se justificaba desde el punto de vista de la autoridad una política fiscal cuyo propósito era fundamentalmente recaudatorio. 31 Neevia docConverter 5.1 La Constitución de Apatzingan de 1814, a pesar de no haber entrado nunca en vigor proclama algunas cuestiones interesantes como son: la obligación de los mexicanos para con la patria consistente en una “pronta disposición a contribuir a los gastos públicos” y la facultad del Congreso para “examinar y aprobar las cuentas de recaudación e inversión de la Hacienda Pública”. Sin embargo, todos los ideales perseguidos por ese Congreso vieron truncadas sus posibilidades de éxito cuando en 1821 se proclama la independencia del Imperio Mexicano. Al lograrse la independencia de México, la nueva administración pública buscó en otras naciones el modelo que podría imitarse para crear un sistema fiscal eficaz, adecuado para el nuevo país que ya no estaba obligado a contribuir a los gastos de su antigua metrópoli. Por esta razón nuestra Constitución tomó algunas normas de la práctica legislativa de Estados Unidos de América, relativas a la creación de un sistema fiscal que cumpliera con los elementos de seguridad jurídica, para evitar el abuso en el cobro de los impuestos, pero también para evitar el dispendio y la negligencia en el gasto público como fórmula complementaria para disminuir en lo posible, la carga impositiva de los ciudadanos. Sin embargo, en el México Independiente lejos de propiciarse un clima de estabilidad idóneo para el desarrollo del país hubo una prolongada lucha por la obtención del poder, donde las instituciones jurídicas fueron inestables, por lo que el concepto de un verdadero Derecho Presupuestario fue una idea que tardó en solidificarse. En 1824 se promulgó la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, sin embargo, ésta no logra una adecuada regulación de las finanzas públicas, solamente llega a conferirle al Congreso General la facultad exclusiva para fijar los gastos y establecer las contribuciones necesarias para cubrirlos, omitiendo la vigencia anual. A partir de las Bases Constitucionales de 1836, se otorgó al Congreso la facultad para “decretar anualmente
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