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FACULTAD DE DEREOIO
SEMINARIO DE DERECHO DEL TRABAJO
Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
UNIVERSIDAD . NACIONAL
DE MEXICO
AUTONOMA
" DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO PARA DIRIMIR
LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS
SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL"
T E s 1 s
TITULO DE:
DERECHO
N T A
GARClA CUEVAS
QUE PARA OBTENER EL
LICENCIADA ' EN
P R E S E
MYRNA GEORGINA
CIUDAD UNIVERSITARIA
Neevia docConverter 5.1
FACULTAD DE DERECHO
SEMINARIO DE DERECHO DEL TRABAJO
Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
VEIYoDAD N Ac:,IONAL
A'J}W'MA IT
J.\[)Uc:,O
ING. LEOPOLDO SILVA GUTIERREZ
DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRACION
ESCOLAR DE LA U.N.A.M.
P RE S E NTE
Muy distinguido Señor Director:
La alumna: MYRNA GEORGINA GARCIA CUEVAS, con número de cuenta 93298281,
inscrita en el Seminario de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social a mi cargo, ha
elaborado su tesis profesional intitulada : "DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO
PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS
SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL", bajo la dirección del Lic.
LUIS MONSALVO VALDERRAMA , para obtener el titulo de Licenciada en Derecho .
La Lic. JUAN PABLO MORAN MARTINEZ, en el ofi cio con fec ha 19 de mayo de 2005.,
me manifiesta haber aprobado y revisado la referi da tesis; por lo que, con apoyo a los
articulas 18, 19, 20 Y 28 del vigente Reglamento de Exámenes profesionales suplico a
usted ordenar la realización de los trámites tend ientes a la celebración del Exame n
Profesional de la alumna referida.
n t e
A EL ESPIRITU·
., 3 de junio 2005.
NOTA DE lJ\ SECRETARIA GENERAL: La alumna deberá iniciar el trámite para su titulación
dentro de los seis meses siguientes (contados de dia a dial a aquél que le sea entregado el
presente oficio, en el entendido de que transcurrido dicho lapso, caducará la autorización que
ahora se le concede para someterse nuevamente sino en el caso de que el trabajo recepcional
conserva su actua lidad y siempre que la oportuna iniciación del trámite para la celebración del
examen hayasido impedidoporcircunstanciagrave, todo lo cuál calificará la Secretaria General de
la Facultad.
c.c.p.-Seminario.
c.c.p.-Alumno (a).
Neevia docConverter 5.1
A mi hijo Maximiliano, mi gran
músico, por ser el aire que me
mantiene en pie.
A mi esposo Alberto Hernández
Aguilar, por amarme,
consentirme, estar a mi lado en
los momentos dificiles y en una
palabra hacer que mi vida esté
completa y colmada de felicidad.
A mis padres Mirna y Carlos, por
su apoyo incondicional, cuidado,
cariño y esfuerzo para hacer de
mi una persona con valores y
éxito.
Neevia docConverter 5.1
A mis hermanos Paola, Cinthya,
Anaisa y Carlos, por ser mis
amigos , complices y sobre todo
por estar siempre disponibles
para mi, los amo.
Al Lic. Luis Mansalva Valderrama ,
por su valiosa aportación,
dedicación y paciencia en el
desarrollo de la presente
invest igación.
A las Licenciadas Rosa Elia
Camarena Medrano y Georgina
García Escamilla, por confiar en
mi y compartirme sus
conocimie ntos producto de su
vasta exper iencia, gracias.
Neevia docConverter 5.1
Al Mtro. Femando Agíss Bitar, por
ser un buen líder, darme ánimos
para salir adelante en mi
profesión y sobre todo, por
escucharme.
A mis amígos Elizabeth Ramírez,
Yadyra Benítez, Carolina Arana,
Feman do Medina, Héctor
Bautista. Ramón Femández,
Alfredo Vertíz y Víctor
Esparragoza, por saber compartír
sus alegrías, tristezas y ser las
personas con las que puedo
pensar en voz alta.
Al Líe. Miguel Ángel Ramírez
Uribe, por obsequiarme su
valioso tiempo e ideas, pero
sobre todo, por hacer agradable
mi investigación.
Neevia docConverter 5.1
A todos mis maestros de la
Facultad de Derecho, que
contribuyeron en gran parte a la
culminación de mi carrera.
A la Universidad Nacional
Autónoma de México, por ser un
instrumento fundamental del
progreso; permitir que la
ignorancia se aloje en su seno y
transformarla en conocimiento ,
además, por haberme acogido en
sus instalaciones todos estos
años, que jamás olvidare.
Neevia docConverter 5.1
DE LA SENTENCIA DICTADA EN El JUICIO PARA DIRIMIR lOS
CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE l OS SERVIDORES DEL
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
íNDICE
INTRODUCCiÓN .
CAPíTULO 1
Del Instituto Federal Electoral
1.1 Antecedentes.
1.1.1 Época ColoniaL ................................................. 1
1.1.2 Época Independiente...................... 8
1.1.3 l a Reforma............................................................................. 27
1.1.4 Porfiriato............................................................................................ 42
1.1.5 Época Revolucionaria y Postrevolucionar ia........... 44
1.2 Naturaleza Juridica...................................... 60
1.3 Organos que lo conforman............... 63
1.4 Marco Juríd ico:
1.4.1 Constitución Poli tica de los Estados Unidos Mexicanos ... 67
1.4.2 Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales........ 71
1.4.3 Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del
Instituto Federal ElectoraL................................... 77
1.4.4 Reglamento Interior del Instituto Federal ElectoraL ........ 82
1.4.5 ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
ElectoraL....................... 84
1.4.6 ley Federal del Trabajo .................................................................... 85
1.4.7 l ey Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.................. 93
CAPíTULO 2
Del Tribunal Electoral del Poder Jud ic ial de la Federación
2.1 Antecedentes.
2.1.1 Contencioso Político. 97
2.1.2 Contencioso Mixto Jurisdiccional y Polit ico........ 99
2.1.3 Contencioso Jurisdiccional 1993 y 1996 a la fecha 102
2.2 Naturaleza Juridica 105
2.3 Integración 107
2.4 Marco Juridico:
Neevia docConverter 5.1
2.4.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...... 110
2.4.2 ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación............... 112
2.4.3 Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación.... 113
CAPíTULO 3
Del juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los
servidores del Instituto Federal Electoral
3.1 l a creación del sistema de medios de impugnación en materia
electoral y su evolución hasta nuestro dias.......................................... 120
3.2 Del juicio para dirimir los conñictos o diferencias laborales de
los servidores del Instituto Federal ElectoraL ..................................... 131
3.3 De la presentación de la demanda............................... 141
3.4 De la contestación de la demanda........... 155
3.5 De la substanciación de la audiencia de conciliación, admisión y
desahogo de pruebas y alegatos.... ............... 169
3.6 De la sentencia.............................. 183
3.7 De la aclaración de la sentencia........................................................... 191
3.8 Del incumplimiento de la sentencia y la problemática que representa
la ejecución de la misma........................... 194
CAPíTULO 4
De la defi niti vidad de la sentencia dictada en el juicio para dirimir los
conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal
Electoral
(Argumentos a favor y en contra)
4.1 El sentido de las resoluciones emitidas por la Sala Superior de 1998 a
2004 196
4.2 Justificación de que la sentencia dictada en este procedimiento
especial sea definitiva pero no inatacable 212
4.3 De las resoluciones emitidas por el Tribunal y las Juntas de
Conciliación y Arbitraje. 219
4.4 la procedencia del juicio de garantias en contra de los laudos dictados
en materia laboral..... 225
4.5 Propuestas para modificar la regulación de las sentencias dictadas en
el juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los
servidores del Instituto Federal ElectoraL ............................................... 234
Neevia docConverter 5.1
CONCLUSiONES 241
BIBLIOGRAFíA.......................................................... 246
ANEXOS 253
Neevia docConverter5.1
INTRODUCCiÓN
La evolución de las instituciones electorales ha sido producto de los constantes
cambios sociales, abusos de poder, y de la cómoda manera de reforma r las
leyes; cuestiones éstas que siempre han sido de gran controversia entre los
grupos de poder. Por ello resulta trascendente destacar la creación tanto del
Instituto Federal Electoral como del Tribunal Electoral del Poder Judici al de la
Federación, como organismos electorales que han venido a darle certeza ,
credibilidad y eficiencia a la función estatal de organizar las elecciones, tarea
que por disposición constitucional recae en el primero , fungiendo como
organismo jurisdiccional en la materia el segundo.
Al respecto, es de señalarse que los servidores del Instituto Federal Electoral no
se encuentran regulados ni por el apartado A ni por el B del articulo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , toda vez que la propia
norma suprema concede facultades al órgano superior del Instituto, es decir, el
Consejo General, para que reglamente las relaciones laborales, pugnándose
por la salvaguarda de los principios rectores de independencia, imparcialidad,
objetividad, certeza y profesionalismo, que no logran aparejarse al espíritu de
aquellos reguladores del Derecho Laboral en México, y que con independencia
del nombre que se le dé al trabajador, ya sea, servidor, empleado. prestado r de
Neevia docConverter 5.1
servicio . ya sea de base o de confianza. tiene a su favor las prerrogativas
rectoras que norman la relación de trabajo.
El lema propuesto resulta trascendente toda vez que las resoluciones dictadas
por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
en los juicios para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores
del Instituto Federal Electoral son incompletas, vagas e inoperantes al no estar
fundadas en preceptos aplicables o análogos. sino en meros criterios
sostenidos por cada Magistrado en forma particular .
Consideramos que vale la pena estudiarlo, porque no está nada explorada esta
materia, a pesar de versar sobre relaciones laborales; además de que al
crearse la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
Electoral, se le dio el tratamiento de materia netamente electoral, hecho de
suma trascendencia que igualmente se analiza en el aparta do correspondiente
del presente trabajo.
Asi pues, de la investigación del tema se proponen aportar experiencias
practicas obtenidas a través del litigio de la materia , con el objeto de demostrar
la escasa requlación con que se resuelven los juicios laborales de los
servidores del Instituto.
11
Neevia docConverter 5.1
Para desarrollar lo antes expuesto, en los Capitulas I y 11. se establecen
cuestiones relacionadas con el Instituto Federal Electoral y el Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación, respectivamente . como su naturaleza
juridica. estructura orgánica y marco jurídico que en materia laboral delimita sus
atribuciones con el objeto de que sirvan de marco referencial que sustente
nuestra hipótesis.
Por cuanto hace al Capitulo 111 . se analiza y explica lo relativo a la creación del
sistema de medios de impugnación en materia electoral, además de que aborda
de manera puntual el procedimiento que se sigue en el juicio para dirimir los
conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal
Electoral.
Además. en donde se puede advertir la disparidad de criterios sustentados por
la autoridad competente para dilucidar el juicio laboral.
Respecto al Capitulo IV. se consagra el sentido de las resoluciones emitidas por
la Sala Superior de 1998 a 2004; además la propuesta de que la sentencia
emitida en el juicio laboral sustanciado por el Tribunal Electoral sea definitiva,
pero no inatacable.
Asimismo. se establece que a pesar de tratarse de trabajadores del Instituto. y
ser éste un organismo autónomo con regulación propia, sus normas no deben
iii
Neevia docConverter 5.1
estar alejadas de lo establecido en el procedimiento laboral contemplado en la
Ley Federal del Trabajo y que resulta aplicab le por ana logia.
Por último, se realizan a manera de conclusiones, las aportaciones personales
derivadas de la investigación del tema.
IV
Neevia docConverter 5.1
CAPíTULO 1
Del Instituto Federal Electoral
El Instituto Federal Electoral surgió entre otras cuestiones , a causa de que tanto
105 ciudadanos como los representantes de los partidos políticos no estaban
conformes con la organización electoral prevaleciente al considerar que no se
habia propiciado que el desempeño de las funciones electora les se hiciera con
la especialización necesaria para la ejecución de diversas activ idades y
operaciones electorales. Por ello se empieza a propagar la idea de que las
instancias ejecutivas y técnicas de 105 organismos encargados de las
elecciones debian estar a cargo de personal profesional calificado que
proporcionara un servicio imparcial y autónomo.
1.1 Antecedentes
La evolución del Derecho Electoral Mexicano . se divide en 5 etapas, que a
continuación se enuncian :
1.1.1 Época Colonial
la organización política de la Nueva España derivaba de las culturas
Mesoamericanas e Ibéricas. La forma de gobierno provincial en términos de su
estructura, sus modalidades, su teoria y sus reglas rectoras debían muy poco a
Neevia docConverter 5.1
la cultura indigena porque eran casi en su totalidad importación de la práctica
castellana, tal como habia ido evolucionando a fines de la Edad Media y
principios de la Moderna.
En la Nueva España se creó un virreinato; en el cual el virrey era el director
representante del Monarca y la Real Audiencia, era el organismo encargado de
la impartición de justicia. A medida que se amplió el territorio conquistado
fueron surgiendo reinos y provincias, a cargo de gobernadores y entidades
políticas más pequeñas que se asignaron a corregidores y a alcaldes mayores.'
Durante los primeros cincuenta años de realizada la conquista de la Nueva
España, rigieron de hecho los encomenderos ." El gobierno de éstos se
encontraba hasta cierto punto limitado por el gobernador real que residia en la
Ciudad de México.
La Corona castellana. con el fin de evitar que en la Nueva España se arraigara
un nuevo feudalismo o régimen señorial hereditario, erigió la primera Audien cia
como tribunal real, la que trataria de arrebatar a los encomenderos la
jurisdicción adquirida y los convertiría, en meros rentistas con derecho de
percibir tributo, pero sin ejercer funciones jurisd iccionales o administrativas.
I OJESTO MARTiN EZ PORCAYO, José Fernando. Evolución y Perspectiva del Derech o
Electoral Mexicano. Tesis de Posgrado para obtener el liIulo de Doctor en Derecho, UNAM,
México, 1988, pp.6 -18.
1 Eran aquellos soldados de Hernán Cortés a quienes se habia premiado por sus servicios con
tierras y encomiendas de indios que pagaban tributo y proveian servicios y mano de obra.
2
Neevia docConverter 5.1
A medida que las encomiendas eran confiscadas o revertian a la Corona, los
ministros reales procuraban mantenerlas en cabeza real para que los tributos y
demás rentas beneficiaran al fisco. También era preciso que en cada pueblo de
cierta importancia hubiera un administrador , por lo que empezaron a enviarse
mandatarios reales con el liIulo de Corregidor, y en algunos casos, con el de
Alcalde Mayor. En la Nueva España, tanto el Corregidor como el Alcalde Mayor
gozaron de atributos más amplios que los usuales en la península, ya que
funcionaron como delegados reales en los cuatro ramos del gobierno :
administración, justicia , guerra y hacienda."
Para 1570, el sistema central del gobierno en la Nueva España, se encontraba
consolidado, existían unas setenta alcaldías mayores y más de doscientos
corregimientos en poder de funcíonarios nombrados por la Corona.
Como las Alcaldías Mayores comprendian extensos terr itorios, se subdividieron
las Provincias en Distritosmenores, a cargo de un oficial (teniente), que ejercía
el poder en nombre del Alcalde Mayor (quien lo designaba).
Con la Ordenanza de Intendentes, en el último tercio del siglo XVIII se
introdujeron las Intendencias, que crearon oficiales intermedios entre el
gobierno superior de la Ciudad de México y el gobierno de las provincias con
) OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando. Op.cit. p.B.
Neevia docConverter 5.1
funciones de control y supervisión . El cargo de Gobernador Provincial , ya fuese
a título de Alcalde Mayor, con el de Corregidor o con el de Gobernador
propiamente , fue visto como negocio, el gobierno de los territorios se
consideraba como una empresa de explotación. Los funcionarios provinciales
eran nombrados por el Virrey, con la obligación de pasar el juicio de residencia
al fin de su periodo, lapso que fue ampliándose primero hasta llegar a dieciséis
meses, renovables por otro periodo adicional, después hasta tres años , y llegó
hasta cinco años la duración del nornbrarnrento."
Aún y cuando los puestos debian ser otorgados tomando en consideración los
servicios y méritos de los pretendientes, como premio por calidad de buenos
vasallos, en realidad se tomaban en cuenta los lazos de amistad, familia y de
patrón-cliente , lo que trajo como consecuencia que los visitadores mandados de
la peninsula acusaran a los oidores de la Audiencia y a los virreyes de preferir a
sus parientes y a sus paniaguados en los nombramientos; aparejada a esta
práctica, surgió otra. que fue la de vender los puestos.
En los ocasos del siglo XVIII, la institución de la Monarquia es severamente
cuestionada a través de pensadores como Montesquieu y Rousseau que junto
con otros enciclopedistas y con los filósofos del constitucionalismo
norteamericano. siembran nuevas ideas de libertad, igualdad y participación
• Ibidem.• pp.6-12.
4
Neevia docConverter 5.1
que producen como fruto , primero la Independencia de las Colonias Británicas
en América y posteriormente , la Revolución Francesa.
La Nueva España asimila esta evolución emancipadora, por lo demás común a
todo el Continente. Según Roeder, el pacto colonial resultaba: "de la manía del
monopolio en las formas más comprensivas y más absurdas concebidas por el
ingenio humano: monopolio comercial, con la exclusión no sólo de las naciones
extranjeras, sino del mismo comercio intercolonial; monopolio industrial, con la
supresión de todo artefacto capaz de competir con las exportaciones del
mercado metropolitano ; monopolio administrativo, en manos de los europeos ,
con la exclusión no sólo de los naturales del pais , sino de su propia prole nacida
en la Colonia; monopolio de privilegios, con la consecuente división de familiar
en clases, y de clase en castas, conforme a su origen o a su color, cada una
celosa de la otra y todas destinadas, por sus divisiones, a sostener el sistema
social y la clase gobernante; y por último, el monopolio de la educación ,
confiado a la Iglesia y sujeto a censura..."5
Para el año de 1808 Napoleón invade España, apresa a la familia borbona y
pone el trono español en manos de su hermano; lo que trae aparejada grandes
repercusiones en la Nueva España, en donde el Virrey Ilurrigaray convoca a
Juntas, reunidas en la Ciudad de México, en donde se formularon las preguntas
relativas a cuáles órdenes de la península debían ser obedecidas, si debía la
' ROEDER, Ralph. Juárez v su México. Fondo de Cultura Económica, México, 1972, p.33.
5
Neevia docConverter 5.1
Nueva España ayudar a las Juntas españolas en su lucha contra los franceses
y cómo debia gobernarse México en ausencia del Rey. A lo que la Asamblea
prefirió conservar la Colonia en el fideicomiso y en estado de animación
suspendida, hasta la vuelta de los dias normales. Sin embargo , la semilla de la
autonomía mas no de la independencia se sembró en los pobladores de la
Nueva España, toda vez que la Asamblea aprobó la soberanía provisional de la
Colonia. 6
El 4 de octubre de 1809, se celebró en la Nueva España la primera elección
política, en la que se eligieron representantes a la Junta de Sevilla , teniendo
como finalidad hacer más fuertes los lazos de unión de las Colonias con la
metrópoli española .
Se acordó que cada provincia eligiera tres individuos de notoria probidad ; una
vez electos, por sorteo se proponía uno al Real Acuerdo, donde a su vez
seleccionaba una terna, de la que por sorteo resultaba el que sería diputado por
la Nueva España ante la Junta de Sevilla.
El Decreto de la Junta Central Gubemativa de Sevilla de 1° de enero de 1810,
contenia la instrucción para el nombramiento de diputados por las provincias
españolas a las Cortes Generales y Extraordinarias que se instalaron en la isla
de león el 24 de septiembre siguiente; estableció un sistema electoral de varios
" OJESTO MARTINE Z PORCAYO. José Fernando. Op. cit., p.l1.
6
Neevia docConverter 5.1
grados. en cada uno de los cuales las asambleas de electores se les
denominaba Juntas. Este Decreto puede considerársele como el origen de las
Juntas Electorales con el significado de asambleas de electores."
Estos acontecimientos precipitaron el movimiento de Independencia , deseado
por gran parte de la población de la Colonia en la Nueva España. Mientras que
sucedia esto, en España se establecía una Junta gubernativa que convocaría a
la integración de Cortes Generales y Extraordinarias con el objeto de dotar a la
Metrópoli y a las Colonias de un régimen constitucional. El 14 de febrero de
1811, se convocó a elecciones para diputados en las Colonias .
Lo que trajo consigo las Cortes Generales fue la liberal Constitución Política de
la Monarquia Española, promulgada el 19 de marzo de 1812, conocida como
Constitución de Cádiz. La cual concedió a la Colonia el derecho de acreditar
diputados a las Cortes Generales de la Metrópoli.
Asimismo, las propias Cortes Generales junto con las Extraordinarias
Españolas dieron un paso adelante expidiendo un Decreto para la formación del
Ayuntamiento el 23 de mayo de 1812, con el que se pretendió terminar con la
venta de puestos y acabar con los jefes y caudillos perpetuos . Al amparo de
este ordenamiento se celebró la elección de munícipes en la Nueva España.
' Ibid.• p.13.
7
Neevia docConverter 5.1
Venegas, el 5 de diciembre de 1812, consultando previamente a la audiencia ::-
suspendió el articu lo 310 de la Constitución, sobre la libertad de imprenta: el 14
anuló las elecciones del ayuntamiento de la Ciudad de México y ordenó que
continuara el cabildo hered itario. Venegas y la Audiencia ignoraron la
Constitución y dieron, en realidad, un golpe de estado virreina!. E11° de marzo
de 1813, llegó la noticia a Veracruz, del ascenso a Virrey de Calleja, quien de
inmediato estableció un régimen militar.
Del marco referencial señalado podemos concluir que : la Constitución de Cádiz
nació, como dice Roeder, "de la audacia, del apremio y de la emancipación del
desastre, una vez expulsados los invasores franceses y repatriado s los
barbones, la Constitución fue impuesta al Rey, quien la aprobó
provisionalmente y la repudió tan pronto como se vio afianzado en el trono. Se
volvió en España al absolutismo sin freno por algunos años más; pero la
invasión napoleónica, despertando las fuerzas populares con la defensa de la
patria, dejó a cambio de una conquista fugaz otra más duradera: y en 1820 una
rebelión militar obligó al Rey a reestablecer la Constitución. ,8
1.1.2 Época Ind ependiente
En la Colonia continuaba el movimiento de independencia iniciado por Hidalgo,
cuya lucha duró seis meses , y quien fue apresado tras desastrosas derrotas.
' ROEDER. Ralph. Op, ci t., p.61 .
8
Neevia docConverter 5.1
La segunda oleada de independencia fue encabezada por Don José María
Morelos y Pavón, quíen comprendió la vulnerabilidad de la causa y en 1813
reunió un Congreso en Chilpancingo para redactar una Constitución .
A través de esta Constitución demanda la elegibilidad exclusiva delos
americanos para los puestos públicos; entre otras cuestiones , asienta la
abolición de la esclavitud en todas sus formas. Ideales que se plasmaron en el
Decreto para la libertad de la América Mexicana, que en materia electoral , se
encontraba fuertemente influenciado por la Constitución Española de 1812.
Estableció el voto indirecto de tercer grado con elecciones parroquiales, de
partido y de provincia para diputados. Disponía que la calificación definitiva de
estas elecciones las haria el Supremo Congreso. Los diputados asi electos
nombrarian a los miembros del Supremo Gobierno. los del Supremo Tribunal de
Justicia, a los Jueces de Residencia, a los de las Corporaciones y a los Fiscales
de la segunda."
Para el año de 1820 la rebelión obligó al Rey de España, a volver a jurar la
Constitución Gaditana de 1812, imponiéndole el régimen de Monarquia
Constitucional; acontecimiento que fue causa de la consumación de la
Independencia.
• OJESTO MART1NEZ PORCAYO. José Fernando . Op. cit ., p.18.
9
Neevia docConverter 5.1
En esta época, la única fuerza armada se encontraba en las montañas del sur,
acaudilladas por el discípulo de Morelos, Vicente Guerrero, quien continuaba
con una tenaz oposición. Agustín de Iturbide en esa época fue invitado a
participar en una confabulación para lograr la autonomía de la Colonia, y
conservar las prerrogativas que tenian y se veian amenazadas por la vigencia
de la Constitución Española y de algunos Decretos de las Cortes que
pretendian acabar con el Clero Secular.
Para lograr el éxito del plan, Monteagudo logró que el Virrey le diera el mando
de un ejército a Iturbide, formado ex profeso para acabar con Guerrero, sin
embargo, al no estar a la altura de este último, acudió a la diplomacia para
alcanzar el resultado deseado. Propusieron a Guerrero la unión de sus armas
en la causa común de independizar la Colonia , pacto al que se le conoció con el
nombre de Plan de Iguala . Conforme a los términos del pacto, Guerrero e
Iturbide se dieron la mano para proclamar la Independencia con base en tres
garantías: la unión de los europeos y los americanos, el reconocimiento
exclusivo de la religión católica, y la creación de una monarquía moderada con
la denominación de Imperio Mexicano. De esta manera, los dos bandos se
abrazaron en Iguala y el 27 de septiembre de 1821, Iturbíde entró triunfante a la
Ciudad de México .
El 24 de agosto de 1821, se firmó el Tratado de Córdoba entre Iturbide y
O'Donojú, el cual ampliaba y confirmaba el Plan de Iguala , el que entre otras
10
Neevia docConverter 5.1
cuestiones estableció: otorgar por igual, ciudadanía a todos los nativos de
México; crear puestos en la burocracia que toda la ciudadan ía pudiera ocupar;
destruir las restricciones que España habia impuesto a la economía mexicana.
Tanto el Plan como el Tratado proclamaban la Constitución de Cádiz y estuvo
vigente como Ley Fundamental hasta diciembre de 1922. 10
Poco después de la entrada del Ejército Trigarante a la Ciudad de México, se
formó la Junta Provisional Gubernativa prevista en el Plan de Iguala , la cual
convocó a un Congreso Nacional Constituyente para que estab leciera el marco
legal del nuevo país.
En estas circunstancias, el 17 de noviembre de 1821 se expide la convocatori a
para el primer Congreso Constituyente mexicano, que entre sus puntos
sobresalientes señaló que: la elección de diputados era indirecta , de quinto
grado; el procedimiento era, primero la elección de Ayuntamientos;
posteriormente, los miembros de los Ayuntamientos nombrarían a los electores
de partido, éstos a su vez a los electores de provincia, quienes finalmente
elegian a los diputados."
La convocatoria requería ciertas cualidades en los candidatos a Diputados,
puesto que contaria con sujetos instruidos en los ramos más importantes .
n Ibid., p.22.
11 Ibid.. p.24.
1I
Neevia docConverter 5.1
Además prov eía que los diputados trabajar ian en dos Salas, de este modo las
propuestas por una Sala serian revisadas por la otra .
La Junta Soberana Provisional Gubernativa explicaba la estructura y concepto
de la autonomía del país de la siguiente manera: la independencia significa
instituciones mexicanas: un monarca residente. una Constituc ión escrita, tres
separadas ramas de gobierno y un Congreso representativo ; también implica la
negativa a tolerar la dependencia politica de España o de cualquier otra nación.
La unión significa que habría un príncipe español en un trono mexicano, y que
también los ciudadanos tendrán los mismos derechos. privilegios. obligaciones
y posiciones sin importar el origen naclonat."
De esta manera, el Primer Congreso Mexicano se convocó el 24 de febrero de
1822; los delegados fueron reclutados de entre las corporacio nes, iglesia,
ejército, agencias de gobierno, la Barra de Abogados , el gremio de mineros , el
Consulado, las clases y la gente. Las elecciones se verificaron con perfecta
calma. 13
En ese mismo mes y año, las Cortes Españolas anularon el tratado de Córdoba,
desconocieron la firma del Virrey Don Juan de O'Donojú y rehusaron
categóricamente enviar un príncipe Barbón y aceptar a México como un Estado
o: Citado por Ibid.. p.25.
" RIVA PAlACIO. Vicente, coordinador Jul io Zárate . México a través de los siglos. Cumbres,
tomo VII , México, p.52.
12
Neevia docConverter 5.1
independiente. Ante tal situación el 18 de mayo de 1822, un pronunciamiento
proclamó la Independencia absoluta de México y nombró a Iturbide emperador.
Ya para el 31 de Octubre de ese mismo año, Iturbide emitió un decreto en el
que disponia la disolución de la Asamblea Constituyente, creó una Junta con el
nombre de Instituyente, compuesta por dos diputados por algunas provincias y
de uno por otras , reservándose él mismo hacer la elección . Esta Junta estaria
encargada de elaborar la Constitución y de organizar las elecciones.14
Ahora bien, la Junta estableció un Reglamento Provisional Politico del Imperio
Mexicano el 21 de febrero de 1823, que dec la que el Poder Legislat ivo residia
en la Junta Nacional Instituyente la que elaboraría una Constitución,
derogándose la Constitución de Cádiz.
La caída de Iturbide amenazaba con destruir a la naciente sociedad mexicana;
muchas de las provincias pretendian lograr su independencia; la anarquia
reinaba por todas partes; sin embargo, el Poder Ejecutivo pudo colocarse a la
altura de los acontecimientos.
En medio de tantas sublevaciones y rebeldías la opinión dominante era la
formación de un nuevo Congreso, lo que dio paso a la reacción republicana
.. Ibid., infra, nota 23, p.85.
Neevia docConverter 5.1
~
estableciendo el 17 de julio de-1823 un decreto que instituía las bases para la
elección. El 30 de octubre de 1823 cerró sus sesiones y ese mismo dia se
reunió en Juntas preparatorias, instalándose con toda solemnidad el 7 de
noviembre de 1823.
El primer ordenamie nto dictado por el Congreso fue el Acta Constitutiva de la
Federación, en donde establecia que sus funciones se limitarían a la
organización de la Hacienda Pública. Aún cuando el Congreso pretendió
adoptar el sistema republicano federal aparecieron dos tendencias que
dominarian el Congreso : los centralistas y los federalistas.
El segundo fruto de este Congreso fue el Decreto que consideraba urgente
organizar la admin istración de justicia general. Estableciendo al respecto que la
Corte se compondria de once ministros, distribuidos en tres Salas y de un fiscal,
el nombramiento sería perpetuo; señalándose como requisito para ser ministro:
estar instruido en la ciencia del derecho, tener 35 años cumplidos, ser natural y
ciudadano de la República, nacido en cualquier parte de la América. y con
vecindad de 5 años en el territorio de la Federación. La elección deberia
realizarse el1 o de diciembre de 1824. 15
" Documentos Constitucionales y Legales relativos a la (unción iudiciaI1810-1917. Suprema
Corte de Justicia de la Nación, tomo 1, México, 1997, pp.127 Y sigs .
14
NeeviadocConverter 5.1
Después de esto, el Congreso se dio a la tarea de formular una Constitución
definitiva; proyecto que fue votado el 3 de octubre de 1824, el cual es un claro
ejemplo del individualismo liberal, fundamentado en la igualdad de todos los
hombres ante la ley, asi como la identidad de derechos y oportunidades en la
vida polilica , mediante la abolición de cuantos privilegios pudieran favorecer a
un determinado grupo de la sociedad.
En materia electoral , la Constitución de 1824 dispusó que el Poder Legislativo
se depositaria en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores. Los
primeros durar ían en su encargo dos años y serian elegidos por las Juntas
Electorales, mientras que los segundos, eran elegidos por Juntas Locales, para
un periodo de 4 años. Con esta Constitución vigente, se celebraron elecciones,
resultando electos: Don Guadalupe Victoria y Don Nicolás Bravo .
El tercer Congreso Constitucional, expidió el 12 de julio de 1830 nuevas reglas
para la elección de Diputados y Ayuntamientos, entre las que destacan : el
establecimiento de un procedimiento más eficaz para empadronar a los
. ciudadanos; el Ayuntamiento designaba a un comisionado por manzana o
sección, el que un mes antes de la elección entregaba a los ciudadanos, que
tuvieran derecho a sufragar, un documento que tendría el carácter de boleta y
15
Neevia docConverter 5.1
de documento de identificación . Contra los actos del comisionado procedia
recurso ante la Junta de manzana. 16
Los órganos electorales eran la Junta Electoral de Manzana o sección ,
integrada por nueve vecinos más el comisionado; y las Juntas Secundarias
presididas por el Gobernador o Jefe Politico y todos los electores primarios .
El 21 de enero de 1833, se instaló un Consejo privado de Gobierno y en febrero
se celebraron elecciones para diputados y para el 20 de marzo se instaló la
primera Junta preparatoria, ya reunidas las dos Cámaras, se procedió a abrir
los testimonios de las actas de elección hechas por los Estados para los cargos
de Presidente y Vicepresidente de la República, eligiéndose a Antonio López de
Santa Anna, como Presidente, ya Valentin Gómez Farias, Vicepresidente .
Santa Anna a causa de su inexperiencia politica se retiro temporalmente,
dejando el poder en manos de Gómez Farias, quién con apoyo del Congreso
promueve la separación de la Iglesia y el Estado, logrando desatar el pánico
entre los conservadores: lo que provocó que Santa Anna regresara a asumir el
poder, solicitando dejar sin efectos las leyes y decretos expedidas por el
Congreso.
"' Ibid.. p.37.
16
Neevia docConverter 5.1
El 9 de julio de 1834, se expidió la convocatoria para elegir Diputados al
Congreso General para 1835, la cual consagró la posibilidad de que las
legislaturas ampliaran las facultades de los diputados electos con la finalidad de
reformar la Constitución . El proyecto fue arduamente discutido y el 15 de
diciembre de 1835, fueron presentadas las bases constitucionales, expedidas
por el Congreso, que funcionaron hasta 1836 y terminaron con la vigencia de la
Constitución de 1834. 17
Estas bases consagran como religión única la católica, apostólica y romana;
dispone sobre los derechos que legítimamente les corresponden a los
individuos que se encuentran en el territorio nacional; declara como sistema el
republicano, representativo. señala la división de poderes; al Legislativo lo
divide en dos Cámaras ; establece el centralismo cuya base serían los
Departamentos, que estaria n bajo la dirección de Gobernadores designados por
el Supremo Poder Ejecutivo a propuesta de las Juntas Departamentales.
En relación con esto, fue expedida la Ley sobre elecciones de Diputados al
Congreso General y de los individuos que compongan las Juntas
Departamentales el 30 de noviembre de 1836, en la cual se introducieron
novedades, como la de que para ser diputado se requeria de una renta anual
de $1,500 pesos proveniente del capital fijo; además que los ciudadanos que no
" Ibid., p.42 .
17Neevia docConverter 5.1
hubiesen recibido la boleta podían inconformarse ante el comisionado y si éste
no resolvía o lo hacia en contrario podia acudir en queja ante la Junta electoral
de sección , la que en definitiva otorgaba la boleta o eliminaba al elector no
elegible; asi como que los cargos electorales serian obligatoríos y se
sancionaria a quien se negare a prestarlo, además de los que no se
presentarán a votar. Se regulan como delitos electorales: la falsificacíón de
boletas o alteración de los resultados de la votación; la portación de armas en
las Juntas electorales; entre otros más. Las sanciones las impondría el Juez de
primera mstancla."
El 30 de diciembre de 1836, el Congreso aprobó las Leyes Const itucionales de
la República Mexícana, también conocidas como las Siete Leyes, las que
establecieron un sistema central dividiendo a la República en Departamentos,
Distritos y Partidos. Instauró el voto directo para la elección de diputados,
además de que ahora serian calificadas por el Senado.
El 10 de enero de 1841 dio inicio nuevamente el periodo de sesiones del
Congreso Constitucional , que tenía como principal tarea aprobar reformas a la
Constitución.
Para el 8 de agosto, el 4 y 9 de septiembre de ese año, tres jefes del ejército:
Mariano Paredes, Valencia y Santa Anna , mediante los planes elaborados por
" Ibid., p.44 .
IX
Neevia docConverter 5.1
ellos en Guadalajara, la Ciudadela y Perote, respectivamente, convocaban a la
elección de un Congreso Nacional extraordinario, que tendría la tarea exclusiva
de reformar la Constitución, pidiéndose el desconoc imiento de Bustamante ,
como Presidente de la República.19
Estos tres militares se reunieron el 28 de septiembre de 1841, reconociendo a
Santa Anna como Genera l en Jefe y firmaron el Plan denominado Las Bases de
Tacubaya, por el que declaraba haber cesado los poderes supremos con
excepción del Judicial; se resolvía convocar a una junta de personas,
designadas por Santa Anna, a fin de elegir Presidente Provisional, quien tendr ía
todas las facultades necesarias para la organización de todos los ramos de
administración pública, y se convocaría a un nuevo Congreso dentro de los dos
meses siguientes, el que facultado ampliamente, se encargaría de constituir a la
Nación.
Para cumplir con la obligación que le imponía el articulo 4" de las Bases de
Tacubaya, el Gobierno Provisional ordenó que la Junta Consu ltiva hiciera una
Ley de eleccíones. La Junta a su vez, nombró una comisión especial
compuesta de cinco ciudadanos que se dedícarían a redactar y a proponer el
proyecto de convocatoria. De conformidad con estas bases. se publicó el 10 de
diciembre de 1841 la convocatoria para el Congreso Consti tuyente. que
l" TENA RAMI REZ. Felipe. Leyes fundamentales de México 1808-1809. Porrúa , México , 1989,
p.251.
19
Neevia docConverter 5.1
establecía que se nombrar la un diputado por cada 70 000 habitantes o fracción
mayor de 35 000, previas rogaciones públicas en las Catedrales y Parroquias.
Para ser Diputado se requeria ser ciudadano mayor de 25 años; nacido en el
Departamento o avecinado en él por dos años; disponer de un capital, giro o
industria que produjera por lo menos 51,500.00 mensuales; se debería preferir
en igualdad de circunstancias a los casados, viudos o cabezas de familia; la
elección seguia siendo indirecta en comicios primarios, secundarios y de
Departamento.
El 18 de marzo de 1843 terminó la Junta su proyecto para la organización
política de la República Mexicana, denominándosele Bases Constitucionales o
Bases Orgánicas, las que tuvieron vigencia más de tres años y se determinó
que el territorio de la República se dividiría en Departamentos, Partidos y
Municipalidades; que la ciudadanía se obtenía a los 18 años, siendo casado,
21 años siendo soltero y que tuvieran una renta anual de $200 pesos por lo
menos, procedentes de capital físico, industrial o trabajo personal honesto (para
el año de1850 no sólo se exigia la mayoria de edad, sino también saber leer).
20
x HERNÁNDEZ OCTAV IO, A. et al. La lucha del Pueblo Mexicano por sus derecll os
cons/itucionales: en México a través de sus Constituciones. Cámara de Diputados, México,
1967, pp. 129 Y 130
20
Neevia docConverter 5.1
Desde marzo de 1845, existia un estado de guerra no declarado con Estados
Unidos. El 14 de septiembre de 1845 el Congreso declaró Presidente
Constitucional a José Joaquín de Herrera que protestó el dia siguiente .
Al Plan de San Luis se unió el General Valencia, Presidente del Consejo de
Gobierno, lo que provocó que el dia último del año de 1845, el Presidente de la
República, General José Joaquin de Herrera, dignamente abandonara el
Palacio Nacional.
El 30 de noviembre de 1846, dieron principio las juntas preparatorias del
Congreso. resultando en ellas que los puros contaban con una mayoria de dos
tercios. Sin embargo, los moderados contaban con que al integrase el Pleno
del Congreso, ellos contarian con la mayor ía. Rejón, quien en efecto dominaba
estas juntas del Congreso, hábilmente resolvió llamar a los suplentes y el dia 3
de diciembre el Congreso se declaró en sesión permanente hasta que se
reuniera el quórum, lo que sucedió el día 5 y hasta el dia 6 se instaló el
Congreso."
El 24 de diciembre de 1846, Gómez Farías se hizo cargo del gobierno, toda vez
que Santa Anna se encontraba en San Luis Potosí al mando del ejército que
21 OJESTO MARTiNEZ PORCAYO, José Fernando. Op. cil., p.67.
21Neevia docConverter 5.1
combatiría a los americanos , limitándose a asegurar que el sistema federal
sería practicado fielmente.
En la sesión de abril de 1847, la Comisión de Constitución presentó a la
Asamblea su dictamen, firmado por Rejón, Cardoso y Zubieta , asi como el voto
particular suscrito por Mariano Otero. El proyecto de mayor ía pedia se
declarara vigente la Constitución de 1824. En materia electoral, el propio
Legislador Otero explica su posición "desde 1832 ha venido diciéndose entre
nosotros que la Constitución debe arreglar los derechos del ciudadano. Esta
materia deberia regular la Constitución Federal y no dejarse a las constituciones
de los estados"."
El derecho a la ciudadanía , trae aparejada para Otero, "el derecho a votar en
las elecciones populares, el derecho de reunión, el derecho de petición , y la
prerrogativa de pertenecer a la Guardia Nacional".23
Se introduce un capi tulo de garantías índividuales y medios que aseguran su
inviolabilidad. Es importante hacer notar que durante los escasos 6 años que
estuvo vigente el Acta de Reformas, se presentaron algunos casos de
inconstitucionalidad de leyes, entre ellas, uno en materia electoral que fue un
" OÑATE. Santiago. El acta de reformas de 1847. en Derechos del Pueblo Mexicano. México a
través de sus Constituciones. XLVI, Legislatura de la Cámara de Diputados , México 1967. lomo
1, p.25. Citado por OJESTO MARTINEZ PORCAYO. José Fernando. Op.cit., p.70.
l .' Ibid.. p.27. Citado por OJESTO MARTiNEZ PORCAYO, José Fernando. Op.cit. , p.71.
22
Neevia docConverter 5.1
Decreto del Congreso de la Unión, por el que se declararon nulos los articulas
2, 4, 5 Y6 del Reglamento que expidió el gobernador del Estado de México con
base en la Ley de Elecciones del 16 de octubre de 1848, aprobado por el
Congreso del mismo Estado. Una vez sancionada el Acta de Reformas, volvió
a asumir el Poder Ejecutivo Santa Anna con el doble carácter de Presidente y
jefe de todo el ejército el propio 20 de mayo de 1847.
Estando el ejército norteamericano posesionado de Puebla y a punto de
avanzar sobre la Ciudad de México, se publicó el 3 de junio de 1847 el Decreto
para la Elección de los Supremos Poderes Constitucionales de la Unión,
Legislativo y Ejecutivo.
Decreto que estableció que las elecciones primarias se verificarlan el 29 de
agosto y las secundarias el 12 de septiembre; que la elección de Senadores y
de Presidente se realizarían en Colegios secundarios de los Estados y del
Distrito; que en caso de que en los Estados no pudiese celebrarse la elección
por causa de la invasión, concurrirían a la Cámara de Diputados sus actuales
representantes.
En agosto de 1847, el ejército norteamericano empezó a ocupar las partes
aledañas de la ciudad, el dia 20 inició su ataque sobre Padierna, prosiguió en el
Molino del Rey, Churubusco, Chapultepec, Garitas de Belem y San Cosrne y,
por último, la Ciudadela, lugares todos en donde el ejército extranjero derrotó a
23
Neevia docConverter 5.1
las fuerzas nacionales, que abandonaron la ciudad a su suerte el 14 de
septiembre de 1847.
El Presidente Anaya debía dejar el poder el 8 de enero de 1848, pero al no
estar reunído el Congreso, el puesto volvió a recaer en el Presidente de la
Corte, de conformidad con el articulo 97 de la Constitución.
El Gobierno firmó el2 de febrero de 1848 el Tratado de Guadalupe Hidalgo. por
el que México perdió además de Texas, el terreno entre las Nueces y el Bravo,
el territorio de Nuevo México y toda la Alta California. En virtud de este Tratado
y el armisticio celebrado el 29 de febrero de 1848, el Gobierno Mexicano
convocó a elecciones de diputados y Presidente en los puntos que no habían
sido efectuados. El nuevo Congreso abrió sus sesiones el 7 de mayo de 1848,
y ratificó el Tratado el 24 de ese mes; así rnlsrno, el Congreso declaró que la
elección del Presidente recayó en Don José Joaquín de Herrera. 24
En 1849 el Decreto para la elección de los Supremos Poderes en donde se
estableció que las elecciones se verificarían conforme a la ley de 3 de junío de
1947, se adicionó con la circular respecto a los días en que deben verificarse
las elecciones de diputados.
" OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando. Op. cit., p.74.
24
Neevia docConverter 5.1
Posteriormente, el 19 de mayo de ese mismo año, el propio Herrera expidió un
Decreto para elecciones de Ayuntamientos que dispuso: mientras se daba una
Ley para Elecciones de Ayuntamientos para el Distrito y Territorios Federales se
harían las elecciones con arreglo a la Ley de 12 de julio de 1830, con la
variación de que seria requisito que en las elecciones prímarias y secundarias
los ciudadanos tuvieran 20 años.
El Congreso recién instalado en enero de 1850,Ianzó las bases para la elección
de Presidente y Senadores que deberían celebrarse las primarias el segundo
domingo de agosto, las secundarias el segundo domingo de septiembre, y las
de las legislaturas para Presidente el 4 de octubre.
Dichas bases decretaban que las elecciones se harían conforme a la Ley de 3
de junio de 1847. En efecto, el 4 de octubre de 1850 terminaron en la capital
los actos electorales, resultando favorecido el General Mariano Arista por 142
votos contra 90 que recayeron en Don Nicolás Bravo candidato del partido
conservador. A las dos semanas de la elección, de 13 Estados, 8 habian
sufragado por Arista.
El gobierno, previniéndose en contra de un acontecimiento, similar al que habia
sucedido en la elección municipal del Distrito Federal anterior, en donde Alamán
manípuló de tal manera el padrón electoral, que se repartieron boletas sólo a los
partidarios del grupo conservador, expidió a través del Secretario de
25
Neevia docConverter 5.1
Relaciones, Lacunza, un Decreto que dispuso que el Colegio Electoral que
había elegido Presidente de la República, el 4 de octubre se volvería a reunir
para la elección de Ayuntamientos.
El 8 de enero de 1851 ambas Cámaras se reunieron para hacer la computación
de votos de Presidente, señalando que: los votos que para Presidente de la
República expidieron los Estados son válidos (18 Estados); es nula la elección
del Estado de Coahuila; no se tomarán en consideración los votos del Estado
de Durango y territorio de Tlaxcala; declarando Presidente Constitucional al
General Mariano Arista .25
Desde el momento en que éste entró al gobierno, existió gran renuencia por
parte de los conservadores agrupados en el partido monarquista del Congreso.el cual no le autorizó las medidas necesarias para sanear la Hacienda Pública
que se encontraba en gran crisis al no poder cubrir las obligaciones de la deuda
externa con Inglaterra, Francia y España, y tampoco la deuda interna.
En 1852, se instaló el nuevo Congreso en cual también era contrario al gobierno
de Arista : además que la administración se encontraba en bancarrota , nadie
quería aceptar las carteras y quienes lo hacian a los pocos meses renunciaban
" Ibid ., p.eo.
26
Neevia docConverter 5.1
ante la imposibilidad de imponer orden y obtener recursos para desarrollar las
funciones del gobiemo.
El 5 de enero de 1853, ante el descrédito y ataques que habia sufrido la
Magistratura , presentó su renuncia al cargo , volviendo la Presidencia Interina a
manos del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Las
Cámaras del Congreso se reunieron y admitieron la renuncia del Presidente y
posteriormente . hicieron la elección del mismo conforme a lo dispuesto por los
artículos 96 y 99 del acta de reformas ; recayendo el nombramiento de
Presidente de la República en Don Juan Bautista Cevallos .
Una vez en el poder, su ministerio se presentó a la Cámara popular solicitando
facultades extraordinarias a efecto de que el Ejecutivo pudiese gobernar,
conservando la paz. En ese mismo mes, dio un golpe de Estado, a través del
Decreto de esa fecha, que mencionaba: Que cesará inmediatamente en sus
funciones y por voluntad de la Nación el actual Poder Legislativo , convocándose
a un Congreso extraordinario, el cual no podía durar más de un año y su
función principal seria la de reformar la Constitución actual.
1.1.3 La Reforma
Santa Anna con el paso del tiempo se fue convirtiendo en un dictador
intolerante, por 10 cual expulsó del pais a un grupo de liberales (Don Melchor
27
Neevia docConverter 5.1
Ocampo, Don Ponciano Arriaga, Don José María Mata y Don Pablo Benito
Juárez) que coincidieron en Nueva Orleans y comenzaron a colaborar con la
revolución que se iniciaba en el Estado de Guerrero.
En 1853, la rebelión encabezada por el General Juan Álvarez en Guerrero,
empezó a ganar terreno, agrupaba hombres y armamento, realizaba alianzas
con algunos militares del gobierno, sin embargo, no se atrevía aún a romper
con Santa Anna. El rompimiento definitivo se dio porque Santa Anna envió una
rebelión en Guerrero con instrucciones secretas, para el General Pérez
Palacios, con el pretexto de reforzar la milicia estatal en contra de una supuesta
invasión, pero que en realidad tenía por objeto aprehender a los Generales
Álvarez y Moreno. A lo cual, Álvarez contestó mandando encancelar a los jefes
del ejército del gobierno.26
Santa Anna, sintiendo que su poder disminuía, expidió una circular el Ministro
de Gobernación. la cual dispuso que en vista del alzamiento del General
Álvarez y del espíritu sedicioso que cundia en Guerrero, Michoacán y
Tamaulipas, se ponía en cierta duda la confianza que los mexicanos tenían en
él. Se convocaba a Juntas populares en las que bajo la presidencia de los
gobernadores, prefectos, sub-prefectos y demás autoridades politicas, todos los
mexicanos de cualquier clase y condición que sean, que estén en pleno
ejercicio de sus derechos. expresen con plena y absoluta libertad, cual es su
2. Idid., p.85.
2R
Neevia docConverter 5.1
voluntad únicamente sobre los puntos siguientes: 1. Si el actual Presidente
había de continuar en el mando supremo y con las mismas amplias facultades,
y 2. En caso de que no continúe ejerciendo las mismas amplias facultades. a
quién entregaria inmediatamentey, desde luego, el mando."
Este plebiscito se llevaría a cabo el 1 de diciembre de ese año de 1854, y las
actas que se levantaran serian remitidas a los gobemadores, quienes las
enviarían al Consejo del Estado, el cual recabaría los pliegos y las abriria el 10
de febrero del año siguiente.
Al respecto, hubo algunos que votaron por la negativa y toda vez que en ese
caso era necesario dar el voto por otro candidato, también algunos lo hicieron
por el General Juan Álvarez y conforme a la circular pusieron su nombre;
elecciones, a las cuales Santa Anna contestó con la orden de mandar presos y
se juzgaran como conspiradores a los que habian dado su voto por el General
Álvarez.
Al mismo tiempo, las tropas de gobierno seguían sufriendo dolorosos reveses y
para fines de 1855 no existia un sólo Departamento donde no se hubiese
protestadoabiertamente contra la tiranía dictatorial.
21 Ibid., p.88.
29
Neevia docConverter 5.1
En julio, Comonfort derrota las fuerzas gobernantes en Jalisco y de paso logra
la adhesión de Colima; estos acontecimientos, junto a las tentativas de una
conspiración en la capital, provocan que Santa Anna abandone la Presidencia.
Ante esta situación, los generales de la guarnición de la capital , al verse sin jefe
se adhieren el dia 13 de agosto tardíamente al Plan de Ayutla, y convocan a
una junta de representantes de los Departamentos, la cual el dia 14 de agosto,
nombró como Presidente de la República al General Martín Carrera, quien
nunca fue reconocido definitivamente, aun cuando dictó medidas prudentes
que, en gran parte evitaron la continuación de la revolución pero no pudo
resolver la cuestión militar. En este momento existían cuatro fuerzas políticas
que pretendían adueñarse del gobierno. Por más esfuerzos e invitaciones que
Carrera hizo a estos grupos para que se reunieran en el pueblo de Dolores, no
logró su asentamiento. Circunstancias que lo obligaron a renunciar a la
Presidencia de la República, que se le había otorgado el 12 de septiembre de
1855. La guarnición de México a través del General Díaz de la Vega, lanzó un
manifiesto al día siguiente en el que establecía su total adhesión al Plan de
Ayutla y su lealtad al gobierno derivado de ese Plan y el que la Nación quisiese
dar.
Posteriormente, Comonfort logró los convenios de Lagos, por los cuales Haro,
Tamaríz y Doblado reconocieron el Plan de Ayutla. La junta procedió a la
JO
Neevia docConverter 5.1
elección, la cual recayó en el General Juan Á1varez, por 13 votos en contra de 7
divididos entre Vidaurri, Comonfort y Ocampo.
El General Á1varez, en cumplimiento del articulo 5 del Plan de Ayutla.- convocó
el 17 de octubre de 1855, a un Congreso extraordinario para que constituyera
libremente a la Nación bajo la forma de República, democrática y
representativa. Las elecciones seria reguladas por la Ley de diciembre de
1841, con las modificaciones que introducía este Decreto. El sistema seguía
siendo indirecto en juntas primarias, secundarias y de Estado. Una innovación
fue que establecieron que no tendrían derecho a votar, aquellos que
pertenecieran al clero secular y seglar.
Para ser diputado se requería ser mayor de 25 años, pertenecer al Estado
seglar, poseer un capital, giro o industria honesta que le produzca con qué
subsistir. El articulo 64 de este Decreto señaló el principio de la autocalificación
de la legalidad de las elecciones diciendo que: todas las dudas que se ofrezcan
acerca de las elecciones serán resueltas por las juntas respectivas, menos
cuando se trate de impedimento físico para ser diputado."
Inmediatamente después de haberse instalado en la Ciudad de México,
Álvarez, el 23 de noviembre de 1855, promulgó una ley de administración de
" GARCIA OROZCO, Antonio. Legislación Electoral Mexicana 1812-1988. Tercera edición,
Meo Editores, México , 1989, pp.186-189.
31
Neevia docConverter 5.1
justicia, conocida como la Ley Ju árez, que contenía las aspiraciones del partido
liberal, en cuanto a la supresión de privilegios tanto al clero como a la milicia.
La reacción del clero y de la milicia no se hizo esperar, las protestas llovieron y .
hasta el Supremo Tribunal de Justicia reclamó, ya que no fue oído en la
confección de una ley que le incumbía principalmente. Sin embargo, Comonfort
mostró su lealtad para con su colega el Ministro de Justicia y la Ley Juárez pasó
a ser cosa juzgada.
Auny cuando el grupo conservador era un enemigo importante del gobierno de
Álvarez, su verdadera debilidad derivaba de lo heterogéneo de su gabinete
formado por puros y moderados que imponían una verdadera imposibilidad de
movimiento a la marcha de la administración. Estas circunstancias lo obligaron
a renunciar a la Presidencia temporalmente, nombrando en su lugar como su
sucesor al General Ignacio Comonfort. Éste tomó el poder en medio de una
multitud de brotes de militares inspirados por el partido de los conservadores,
teniendo sobre todo matices religiosos.
En esos días el suceso político más importante fue la apertura del Congreso
Constituyente, sucedida el 18 de febrero de 1856, después de derrotar a las
fuerzas reaccionarias en Puebla; el 31 de marzo de ese mismo año, expidió un
Decreto interviniendo los bienes eclesiásticos de aquélla diócesis; primer paso
en el camino a la reforma. En el mes de mayo se provocó un enfrentamiento
32
Neevia docConverter 5.1
entre el Congreso y el gobierno de Comonfort; la discrepancia radicaba en el
hecho de que el Congreso determinó que se nulificaran los ascensos y
despachos militares otorgados en el gobierno de Santa Anna. El gobierno se
opuso a tal medida puesto que el Presidente tenia la política de pretender
atraerse al ejército para convertirlo en instrumento de su plan de gobierno. La
cuestión fue resuelta en la sesión del Congreso del 8 de mayo de 1856, en la
que se votó por el dictamen de la comisión de guerra, sufriendo el gobierno una
desastrosa derrota.P
Con una falta total de oportunidad, el Presidente Comonfort, en uso de las
facultades que le otorgaba el Plan de Ayutia de acuerdo con su consejo de
ministros, expidió el 15 de mayo el Estatuto Orgánico Provisional de la
República Mexicana, el que tuvo el carácter de Constitución Provisional.
Por un lado, promovió el descontento en el Congreso toda vez que era de corte
centralista, siendo el federalismo un dogma de fe del partido liberal mayoritario
en este órgano, lo que produjo gran malestar en los Estados toda vez que les
disminuía sus derechos, dejándolos en un estado de minoría de edad, sujetos a
tutela del gobierno central; y por último estaba en vísperas de ser discutido en
el Congreso el proyecto de Constitución.
,.,OJE5TO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando . Op. cit, p.96.
33
Neevia docConverter 5.1
Tales circunstancias motivaron en la sesión del 4 de junio de 1856, la
declaración de insubsistencia de dicho estatuto; por otro lado, una gran mayoría
de Estados ni siquiera lo publicaron, mostrando fehacientemente el repudio a
ese documento, que en realidad no tuvo la ocasión de convertirse en derecho
vigente.
El gobierno de Comonfort continuó cumpliendo con las aspiraciones de reforma
y el 26 de junio de 1856 promulgó la ley sobre la desamortización de fincas
rústicas o urbanas de las corporaciones civiles o eclesiásticas, conocida como
la Ley Lerdo. Teniendo por objeto una venta forzada, en la que las
corporaciones civiles y religiosas tenían que hacer de sus bienes inmuebles a
favor de los arrendatarios o de otros, quienes se obligaban a pagarlas en cortos
plazos y el bono de interés y réditos legales.
El proyecto de constitución conten ía innovaciones importantes puesto que
Iimítaban el ejercicio del Poder Ejecutivo, suprimía al Senado, permitía la
tolerancia religiosa y afirmaba los principios federativos y democráticos.
Congruente con las disposiciones electorales contenidas en la Constitución el
Congreso, 5 dias antes de clausurar sus sesiones, expidió la Ley Orgánica
Electoral el12 de febrero de 1857, en el que por primera vez se estableció con
notorio avance la demarcación territorial en materia de elecciones, como forma
específica de este tipo de actos.
34
Neevia docConverter 5.1
En esta ley, ya se prevé en el artículo 55, los requisitos de procedencia de la
reclamación de nulídad," la cual podia ser promovida por cualquier individuo
mexicano que solicite la nulidad de las elecciones y que pida la declaración
correspondiente a la junta a quien toque fallar, o al Congreso en su caso;
debiendo promoverse por escrito antes del dia en que se deba resolver acerca
de los expedientes y credenciales respectivas y el denunciante se contraerá a
determinar y probar la infracción expresa en la Ley.
La jura de la Constitución provocó ciertos levantamientos en diversas partes del
pais, así como la orden de la Iglesia que declaraba ilicito el juramento de la
nueva Constitución, y la prohibición de administrar sacramentos y sepultar
eclesiásticamente a quienes la hubiesen jurado declarándolos excomulgados.
La elección para diputados se verificó, incurriendo la mayoría en individuos
liberales puros. La Presidencia recayó en Comonfort, no obstante que el club
progresista, formado también por puros, había buscado como candidato a Don
Sebastián Lerdo de Tejada, quien declinó su candidatura considerando sus
pocas probabilidades de éxito. El puesto de Presidente de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación se otorgó a Don Benito Juárez.
1<1 Que bien podría ser considerado el primer antecedente de los medios de impugnación
actualmente previstos en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
Elecloral.
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Neevia docConverter 5.1
El Congreso se instaló el 8 de octubre 1857 y el Ejecutivo y Judicial el 10 de
diciembre de ese mismo año. Ante el creciente número de levantamientos el
Congreso otorgó en sesiones de los días 2 y 3 de noviembre de 1857,
facultades extraordinarias al Presidente Comonfort.
La idea de Comonfort acerca de que con la Constitución no era posible
gobernar fue adquiriendo fuerza: la que culminó con el pronunciamiento de
Tacubaya. encabezado por el General Zuloaga y en el que solicitaba el
desconocimiento de la Constitución; a este Plan se adhirió la guarnición de la
capital y el Gobernador del Distrito Federal.
Inmediatamente después de este golpe de Estado, las fuerzas conservadoras,
la Iglesia y el propío Zuloaga presionaron a Comonfort para que derogara la Ley
Juárez y sobre todo, la Ley Lerdo y devolvieran sus propiedades a la Iglesia.
Comonfort se niega y la brigada de Zuloaga se pronuncia desconociéndolo
como Presidente. Ese mismo día, el Presidente dictador volvió a declarar
reestablecida la Constitución de 1857.
Por su parte, los liberales se debatieron entre dos posiciones extremas: la
primera, en la búsqueda de una alianza que produjera recursos y
reconocimiento extranjero con los Estados Unidos que estuvo a punto de
lograrse a través de los Tratados de Mclane Ocarnpo, que afortunadamente no
fueron ratificados por el Congreso americano. por las propias circunstancias de
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Neevia docConverter 5.1
su guerra civil, y la segunda, por la consolidación de la refonna liberal a través
de medidas radicales como naturalización de los bienes eclesiásticos,
establecimiento del matrimonio, y registros civiles, secularización de panteones,
hospitales y establecimientos de beneficencia, libertad de cultos y otros.
La guerra civil o de los tres años llega a su fin con la derrota de Miramón el 22
de diciembre de 1860, en San Miguel Calpulalpan. El General González Ortega
entró después de este triunfo a la Ciudad de México el 1° de enero de 1861,
haciéndolo con posterioridad el dia 11 del propio mes y año, el Presidente
Juárez.
El 9 de mayo de 1861, se instaló el Congreso y con él, la esperanza de que
reestablecido el orden constitucional, el país entrase en un periodo de paz. El
11 de junio declaró Presidente Constitucional a Don Benito Juárez, en cuyas
elecciones sólo participó el partido liberal, sin embargo, la reacción continuaba
en pie; aunado esto a la interrupción de las relaciones con España, Francia e
Inglaterra que hacían previsibles una intervención extranjera."
.\1 OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando. Op. cit., p.114.
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Neevia docConverter 5.1
Por su parte, los Estados Unidos que vela a nuestro país como su traspatio, en
septiembrede 1861, estableció que una intervención europea sería vista como
un entrometimiento en los negocios domésticos de Am éríca."
En enero de 1862, las escuadras extranjeras se estacionaron en Veracruz. El
gobierno de Juárez manifiesta el 23 de ese mismo mes, que reconocería las
reclamaciones justas , con lo cual quedan conformes los plenipotenciarios y
Españoles y se retiran de aguas mexicanas. Sin embargo, el gobierno francés
de Napoleón IIJ prosigue en su empeño e invade el pais. Situación que provoca
que para el 31 de mayo, el gobierno de Juárez abandone la Ciudad de México y
el 10 de julio se apruebe la monarquia hereditaria de un principe católico .
El 10 de abril del siguiente año, Maximilíano acepta la Corona y celebra los
Tratados de Miramar; en contra de todas las previsiones de los conservadores,
quienes estaban seguros que la monarquia reestableceria los privilegios de la
Iglesia.
En 1865, el emperador expidió una ley para la elección de Ayuntamientos, de
corte liberal avanzado. Por primera vez se trata de implantar en nuestro país el
principio democrático del voto directo .
J2 Lo cual resulta muy parecido a lo señalado por fa Doctrina Momoe que disponia "América.
para los americanos".
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Neevia docConverter 5.1
Juárez siempre estuvo seguro de que el Imperio de Maximiliano no duraría.
Arrinconado en el norte del país, esperó pacientemente a que la guerra de
secesión de los Estados Unidos terminase, confiado que el país vec ino le
prestaria su ayuda. Al evacuar a los ejércitos franceses de nuestro territorio en
marzo de 1867, la guerra continuó entre el ejército Juarista y el Imperial al
mando de Miramón, Márquez y Mejía, finalmente , el triunfo del ejército nacional
se dio en la ciudad de Querétaro, en donde Maximiliano es capturado el 15 de
mayo de ese año y fusilado el1 9 de junio.
Con la Constitución de 1857, no se podía gobernar, según había dicho
Comonfort y tal situació n era una realidad; la preponderancia del Legislat ivo
hacia imposible y paralizaba la acción del Ejecutivo; la interpretación de la
interpelación parlamentaria al ministerio, se entendia en el sentido inglés más
que en el sentido de la Constitución norteamericana y un reproche a un Ministro
era un voto de censura al Presidente; el Poder Judicial al ser de carácter
electivo, perdia las cualidades éticas y de sabiduría que requeria para
desarrollar su labor equilibradora entre los poderes e imped ia a éste ser el fiel
intérprete de las mejores tendencias y principios que deberían regular la vida de
la sociedad mexicana.
En relación con la convocatoria, ésta disponía que las elecciones se verificarían
con arreglo a la Ley Orgánica Electoral de 12 de febrero de 1857, con la adición
de la reforma que se realizaria en el plebiscito, el cual no fue aceptado , porque
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Neevia docConverter 5.1
la opinión general consideró impolítico que cuando apenas se iba a ensayar el
ejercicio de la Constitución se le desacatara en el procedimiento para ser
revisada. El resultado de la elección favoreció al gobierno.
El cuarto Congreso Constitucional se reunió el 8 de diciembre de 1867 y su
objetivo primordial radicaba en conocer hasta que punto se daba cumplimiento
a las leyes de reforma y para ello pidió constantemente datos al gobierno.
Antes de llevarse a cabo las elecciones para el quinto Congreso Constitucional,
el Sr. Iglesias, Secretario de Gobernación, por instrucciones del Presidente de
la República Don Benito Juárez, expidió una circular en donde desmiente los
rumores sobre la injerencia que el gobierno federal (a través de agentes) ,
tendría en las próximas elecciones.
El 5 de mayo de 1869, el Congreso expidió un Decreto en el cual se estableció
que para la renovación de los Poderes Federales se observaría la Ley Orgánica
Electoral de 1857. Este Congreso se encargó de realizar varias reformas
constitucionales, en especial sobre la creación de la segunda Cámara del Poder
Legislativo, es decir, la de Senadores.
El 8 mayo de 1871, emitió un Decreto reformando la Ley Electoral de 1857; la
idea fundamental de esta disposición electoral, fue la de evitar cualquier acto
atentatorio contra de la pureza del sufragio, para lo cual estableció un
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verdadero catálogo de delitos electorales, que correspondería sancionar al Juez
de Distrito respecnvo."
La tormenta que se venia presagiando desde el restablecimiento del orden
constitucional, se desató con gran fuerza sobre el país. En vísperas de las
elecciones de los poderes federales se produjo una asonada militar en uno de
los puestos más importantes del Golfo. El Congreso otorgó facultades
extraordinarias al Presidente Juárez quien sofocó la asonada con gran derrama
de sangre.
Después de la elección, la insurrección de todos los elementos militares y
polllicos de descontento tomó importancia, sin embargo, para mediados de
1872, el gobierno de Juárez había desarmado esta nueva revuelta civil. La
muerte inesperada del Presidente, llevó a Don Sebastián Lerdo de Tejada a la
Presidencia.
Éste expidió un decreto que reformaba el articulo 34 de la Ley Electoral de
1857, con la intención de prohibir la elección para diputados a quienes hubiesen
desempeñado el puesto de Presidente de la República, Secretario de Despacho
o Magistrado de la Suprema Corte de Justicia.
JJ OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando . oe. cít., pp.122 y123.
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Neevia docConverter 5.1
1.1.4 El Porfi riato
Al concluir su periodo de. Presidente de la República, Sebastián Lerdo de
Tejada contiende nuevamente por el puesto y logra ser reelecto, lo que provoca
que el General Fidencio Hernández se levante en armas a favor de Porfirio
Díaz.
La guerra entre Diaz y Lerdo terminó en noviembre de 1876 con la batalla de
Tecoac, asumiendo la Presidencia José Maria Iglesias, Presidente de la
Suprema Corte. pero esto no dejó contentos a muchos que decían que no era él
quien debía ocupar la Presidencia, por lo cual se convocó a elecciones y se
eligió a Porfirio Díaz, el cual ya mostraba gran ambición por el poder y gobernó
por el periodo para el que fue designado; pero con la reforma conslilucional
llevada a cabo de conformidad con el Plan de Tuxtepec, que habia tomado
como bandera la no reelección. se provocó que para el siguiente periodo no se
reeligiera, apoyando en su candidatura a su amigo General Manuel González,
quien obtuvo la Presidencia de la República. 34
Ya en el poder, expidió el decreto por el cual el Congreso de la Unión reformaba
la Ley Orgánica Electoral de 1857, que consistió en derogar los artículos 45, 46,
47, 48 Y 49 relativos a la elección del Presidente de la Suprema Corte de
,. Ibid., pp.128-129 .
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Justicia de la Nación, además de que ahora debia ser nombrado por los
Ministros de la Corte por mayoria absoluta de votos.
En 1884 el General Diaz es reelecto Presidente de la República, informando
que la sucesión se había efectuado sin ningún incidente , lo mismo que en las
gubernaturas de los Estados, prueba de que la paz estaba definitivamente
consolidada y que las instituciones democráticas se iban arraigando en las
costumbres del pueblo.
Para esa época existía el impedimento para que el Presidente de la República
pudiese ser reelecto para el periodo inmediato, lo cual fue modificado a través
de la reforma constitucional de 31 de octubre de 1887, que permitirla a Diaz
reelegirse por el periodo de 1888-1892.
Diaz, todavia en el poder expidió el 18 de diciembre de 1901, una nueva Ley
Electoral que derogaba las leyes de 1857 y sus reformas de 1872, 1873, 1874 Y
1882.
Para 1904, Diaz empezó a ver las dificultades inherentes a su sucesión, por lo
cual se limitó a crear la vicepresidencia, que encomendó a su amigo Corral. La
reforma antes referida, consistió principalmente en ampliar el periodo
presidencial, previendo ahora que el Presidente y Vicepresidente entrarian a
ejercer sus funciones el 10 de diciembre y durarian en su encargo seis años.43
Neevia docConverter 5.1
1.1.5 Época Revolucionaria y Postrevolucionaria
En esta etapa aparece Francisco 1. Madero, el cual propon ía la acción de un
partido independiente que encauzaria las energías de la Nación por el camino
de la democracia y luchara en los comicios, aun sin esperanzas de triunfo.
Realizadas las elecciones, Madero las pierde, resultando ganadores
nuevamente Diaz y Corral, tal suceso hizo que desconociera los resultados de
la elección e iniciara con base en el Plan de San Luis, la Revolución de 20 de
noviembre de 1910, movimiento que obtuvo la victoria y logró que Diaz
abandonara la Presidencia.
Para las nuevas elecciones se organizaron varios partidos politicos: El Reyista
que postulaba como su candidato al antiguo jefe porfirista Bernardo Reyes; el
Antirreleccionista y el Constitucionalista Progresista que apoyaban a Madero,
aunque se dividieron en cuanto a la Vicepresidencia en la que el primero se
inclinaba por Vázquez Gómez y el segundo por Pino Suárez, quien triunfó en
virtud del apoyo de Madero.
Francisco 1. Madero obtiene la victoria en las elecciones inmediatas y asume el
poder el 6 de noviembre de 1911, una vez en el cargo promulgó el 28 de
noviembre de 1911, la reforma constitucional a los articulos 78 y 109, en los
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Neevia docConverter 5.1
que se estableció que el Presidente y Vicepresidente, fueran reelegidos, o que
el Presidente fuera reelecto Vicepresidente o viceversa, con la salvedad que no
fuera para el periodo inmediato.
El 19 de diciembre de 1911, Madero promulgó una nueva Ley Electoral, que
disponía lo relativo a la intervención de los partidos polilicos y candidatos en el
proceso electoral; así como la fijación de las reglas más claras que para la
solución de los conflictos."
En materia electoral se concedió intervención al Poder Judicial como órgano
electoral. Precisamente uno de tantos movimientos produjo el Plan Polltico
Social, de marzo de 1911, que entre sus pretensiones políticas proponía el voto
directo, la no reelección y la reorganización municipal, que seguramente influyó
en el ánimo del Presidente Madero, quien el 22 de mayo de 1912 reforma la Ley
Electoral de 1911, que entre sus principales novedades introdujo la elección
directa de Senadores y Diputados.
El 9 de febrero de 1913, un gnupo de militares del ejército federal inicíó en la
Ciudad de México el movimiento conocido como el Cuartelazo de la Ciudadela,
que pretendía liberar a los Generales Reyes y Díaz, apresados por levantarse
en contra del gobierno y para el dia 18 de ese mismo mes y año, el General
" Ibid., p.141.
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Neevia docConverter 5.1
Victoriano Huerta encargado del mando de las fuerzas que defendian al
gobierno de Madero, pactó con los rebeldes la traición al Presidente, al que
apresó junto con el Vicepresidente y posteriormente fueron asesinados.
Carranza fue logrando aceptación general, no obstante sus antecedentes
porfiristas, el 26 de marzo de 1913 en Coahuila, lanzó el Plan de Guadalupe,
por el que desconocia al General Victoriano Huerta como Presidente de la
República, así como al Poder Judicial de la Federación y a los gobernadores
que reconocian a los Poderes Federales. Se nombraba como primer jefe del
ejército a Venustiano Carranza, quien al ocupar la Ciudad de México se
encargaria del Poder Ejecutivo y convocaría a elecciones generales.
Consumado el movimiento revolucionario, Don Venustiano Carranza, en su
calidad de primer jefe del ejército constitucionalista encargado del Poder
Ejecutivo de la República, con base en el articulo 4° reformado, expidió el día
20 de septiembre de 1916, un decreto de Ley Electoral para que se verificaran
elecciones de Diputados al Congreso Constituyente.
Como innovación en esta ley, se estableció que sería la autorídad municipal y
no los partidos politicos o candidatos independientes. los que mandarian
imprimir boletas que serian igual al número de empadronados más un 25% para
las omisiones o reposiciones que hubieren. Las boletas se imprimirían con
numeración progresiva del número 1 en adelante. Las boletas se deberían
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Neevia docConverter 5.1
repartir a los empadronados antes del día de la elección; además que los
ciudadanos podian votar más de una vez; que si la casilla electoral se instalase
en lugar diverso al señalado por la autoridad municipal o de distinta manera a la
establecida por la ley, se tendria por nulo todo lo que actuase.
Don Venustiano Carranza en su carácter de primer jefe del ejército encargado
del Poder Ejecutivo, al dia siguiente de la promulgación de la Constitución,
expidió el 6 de febrero de 1917, la convocatoria a elecciones extraordinarias de
Presidente de la República, Diputados y Senadores al Congreso de la Unión
que deberian celebrarse el segundo domingo de marzo de 1917; asi como la
Ley Electoral que habría de regularlas.
Carranza fue designado Presidente en virtud de las elecciones y aunque su
periodo de gobiemo comenzó el t" de mayo de 1917, se computó desde ello
de diciembre de 1916 de acuerdo con el articulo 3° transitorio constitucional.
El 2 de julio de 1918, el Presidente Carranza promulgó la Ley para la Elección
de los Poderes Federales que la propia Constitución anunciaba, la cual
establecía que las elecciones se celebrarían los años terminados en cero o cifra
par el primer domingo de julio; además, prevé una sistematización de la
formación de los padrones electorales, que garantizarian su objetividad.
47Neevia docConverter 5.1
La ley reglamentaba da posibilidad de reclamar contra inexactitudes del padrón,
con base en las reglas siguientes : al todo elector de una sección o
representantes de partido, podía pedir la supresión de un ciudadano
indebidamente inscrito, los interesados, sus representantes y los de los partidos
políticos podian solicitar la inscripción de los omitidos o pedir la rectificación de
errores en el nombre del elector; b) las reclamaciones podían presentarse ante
los Consejos Municipales, y e) el Consejo respectivo debia resolver por turno y
por mayoria de votos cada una de las reclamaciones en vista de las pruebas
aportadas, haciéndolo del conocimiento de los interesados.
Otros medios de impugnación que se podían interponer, procedian en los
siguientes casos: a) los electores que indebidamente no hubieran obtenido su
credencial, podían acudir al Consejo municipal exponiendo su queja para que
se les extendiera si el motivo de la reclamación era comprobado; b) los que
hubieran llegado a la edad de ciudadania o que hubieran sido habilitadas en el
ejercicio de sus derechos políticos, podlan exigir ante el Presidente municipal
sus credenciales aportando pruebas a fin de fundar su petición; e) recusar a los
instaladores de las casillas electorales. ante el Ayuntamiento, y d) los partidos
políticos y candidatos independientes podian acudir ante el Consejo de lista
electoral o Distrito Electoral al que perteneciera la autoridad municipal
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Neevia docConverter 5.1
responsable, para exigir el registro de credenciales de sus representantes en
caso de negativa. 36
Antes de que terminara su periodo presidencial, Venustiano Carranza impulsó
la candidatura de Don Ignacio Bonilla, lo que produjo el malestar de Alvaro
Obregón quien aspiraba a la Presidencia y mediante el Plan de Agua Prieta, se
revela el 23 de abril de 1920; dicho Plan desconocía a los poderes existentes,
pero mantenia vigente la Constitución de 1917.
El 25 de mayo de 1920, Don Adolfo Huerta en su calidad de jefe interino del
ejército, expide un Decreto que establece que si bien la soberanía nacional
reside en el pueblo, ésta ha dado su sanción al Plan de Agua Prieta; con
fundamento en el mismo se desconoce a Carranza como Presidente y las
facultades de la Comisión Permanente y al Congreso de la Unión, salvo las de
nombrar Presidente Provisional; y se convocó a sesiones extraordinarias,
resultando electo Adolfo de la Huerta.
Siendo Presidente Constitucional, Álvaro Obregón, se adicionó el

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