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FACULTAD DE DEREOIO SEMINARIO DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL UNIVERSIDAD . NACIONAL DE MEXICO AUTONOMA " DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL" T E s 1 s TITULO DE: DERECHO N T A GARClA CUEVAS QUE PARA OBTENER EL LICENCIADA ' EN P R E S E MYRNA GEORGINA CIUDAD UNIVERSITARIA Neevia docConverter 5.1 FACULTAD DE DERECHO SEMINARIO DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL VEIYoDAD N Ac:,IONAL A'J}W'MA IT J.\[)Uc:,O ING. LEOPOLDO SILVA GUTIERREZ DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRACION ESCOLAR DE LA U.N.A.M. P RE S E NTE Muy distinguido Señor Director: La alumna: MYRNA GEORGINA GARCIA CUEVAS, con número de cuenta 93298281, inscrita en el Seminario de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social a mi cargo, ha elaborado su tesis profesional intitulada : "DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL", bajo la dirección del Lic. LUIS MONSALVO VALDERRAMA , para obtener el titulo de Licenciada en Derecho . La Lic. JUAN PABLO MORAN MARTINEZ, en el ofi cio con fec ha 19 de mayo de 2005., me manifiesta haber aprobado y revisado la referi da tesis; por lo que, con apoyo a los articulas 18, 19, 20 Y 28 del vigente Reglamento de Exámenes profesionales suplico a usted ordenar la realización de los trámites tend ientes a la celebración del Exame n Profesional de la alumna referida. n t e A EL ESPIRITU· ., 3 de junio 2005. NOTA DE lJ\ SECRETARIA GENERAL: La alumna deberá iniciar el trámite para su titulación dentro de los seis meses siguientes (contados de dia a dial a aquél que le sea entregado el presente oficio, en el entendido de que transcurrido dicho lapso, caducará la autorización que ahora se le concede para someterse nuevamente sino en el caso de que el trabajo recepcional conserva su actua lidad y siempre que la oportuna iniciación del trámite para la celebración del examen hayasido impedidoporcircunstanciagrave, todo lo cuál calificará la Secretaria General de la Facultad. c.c.p.-Seminario. c.c.p.-Alumno (a). Neevia docConverter 5.1 A mi hijo Maximiliano, mi gran músico, por ser el aire que me mantiene en pie. A mi esposo Alberto Hernández Aguilar, por amarme, consentirme, estar a mi lado en los momentos dificiles y en una palabra hacer que mi vida esté completa y colmada de felicidad. A mis padres Mirna y Carlos, por su apoyo incondicional, cuidado, cariño y esfuerzo para hacer de mi una persona con valores y éxito. Neevia docConverter 5.1 A mis hermanos Paola, Cinthya, Anaisa y Carlos, por ser mis amigos , complices y sobre todo por estar siempre disponibles para mi, los amo. Al Lic. Luis Mansalva Valderrama , por su valiosa aportación, dedicación y paciencia en el desarrollo de la presente invest igación. A las Licenciadas Rosa Elia Camarena Medrano y Georgina García Escamilla, por confiar en mi y compartirme sus conocimie ntos producto de su vasta exper iencia, gracias. Neevia docConverter 5.1 Al Mtro. Femando Agíss Bitar, por ser un buen líder, darme ánimos para salir adelante en mi profesión y sobre todo, por escucharme. A mis amígos Elizabeth Ramírez, Yadyra Benítez, Carolina Arana, Feman do Medina, Héctor Bautista. Ramón Femández, Alfredo Vertíz y Víctor Esparragoza, por saber compartír sus alegrías, tristezas y ser las personas con las que puedo pensar en voz alta. Al Líe. Miguel Ángel Ramírez Uribe, por obsequiarme su valioso tiempo e ideas, pero sobre todo, por hacer agradable mi investigación. Neevia docConverter 5.1 A todos mis maestros de la Facultad de Derecho, que contribuyeron en gran parte a la culminación de mi carrera. A la Universidad Nacional Autónoma de México, por ser un instrumento fundamental del progreso; permitir que la ignorancia se aloje en su seno y transformarla en conocimiento , además, por haberme acogido en sus instalaciones todos estos años, que jamás olvidare. Neevia docConverter 5.1 DE LA SENTENCIA DICTADA EN El JUICIO PARA DIRIMIR lOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE l OS SERVIDORES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL íNDICE INTRODUCCiÓN . CAPíTULO 1 Del Instituto Federal Electoral 1.1 Antecedentes. 1.1.1 Época ColoniaL ................................................. 1 1.1.2 Época Independiente...................... 8 1.1.3 l a Reforma............................................................................. 27 1.1.4 Porfiriato............................................................................................ 42 1.1.5 Época Revolucionaria y Postrevolucionar ia........... 44 1.2 Naturaleza Juridica...................................... 60 1.3 Organos que lo conforman............... 63 1.4 Marco Juríd ico: 1.4.1 Constitución Poli tica de los Estados Unidos Mexicanos ... 67 1.4.2 Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales........ 71 1.4.3 Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal ElectoraL................................... 77 1.4.4 Reglamento Interior del Instituto Federal ElectoraL ........ 82 1.4.5 ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia ElectoraL....................... 84 1.4.6 ley Federal del Trabajo .................................................................... 85 1.4.7 l ey Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.................. 93 CAPíTULO 2 Del Tribunal Electoral del Poder Jud ic ial de la Federación 2.1 Antecedentes. 2.1.1 Contencioso Político. 97 2.1.2 Contencioso Mixto Jurisdiccional y Polit ico........ 99 2.1.3 Contencioso Jurisdiccional 1993 y 1996 a la fecha 102 2.2 Naturaleza Juridica 105 2.3 Integración 107 2.4 Marco Juridico: Neevia docConverter 5.1 2.4.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...... 110 2.4.2 ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación............... 112 2.4.3 Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.... 113 CAPíTULO 3 Del juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral 3.1 l a creación del sistema de medios de impugnación en materia electoral y su evolución hasta nuestro dias.......................................... 120 3.2 Del juicio para dirimir los conñictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal ElectoraL ..................................... 131 3.3 De la presentación de la demanda............................... 141 3.4 De la contestación de la demanda........... 155 3.5 De la substanciación de la audiencia de conciliación, admisión y desahogo de pruebas y alegatos.... ............... 169 3.6 De la sentencia.............................. 183 3.7 De la aclaración de la sentencia........................................................... 191 3.8 Del incumplimiento de la sentencia y la problemática que representa la ejecución de la misma........................... 194 CAPíTULO 4 De la defi niti vidad de la sentencia dictada en el juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral (Argumentos a favor y en contra) 4.1 El sentido de las resoluciones emitidas por la Sala Superior de 1998 a 2004 196 4.2 Justificación de que la sentencia dictada en este procedimiento especial sea definitiva pero no inatacable 212 4.3 De las resoluciones emitidas por el Tribunal y las Juntas de Conciliación y Arbitraje. 219 4.4 la procedencia del juicio de garantias en contra de los laudos dictados en materia laboral..... 225 4.5 Propuestas para modificar la regulación de las sentencias dictadas en el juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal ElectoraL ............................................... 234 Neevia docConverter 5.1 CONCLUSiONES 241 BIBLIOGRAFíA.......................................................... 246 ANEXOS 253 Neevia docConverter5.1 INTRODUCCiÓN La evolución de las instituciones electorales ha sido producto de los constantes cambios sociales, abusos de poder, y de la cómoda manera de reforma r las leyes; cuestiones éstas que siempre han sido de gran controversia entre los grupos de poder. Por ello resulta trascendente destacar la creación tanto del Instituto Federal Electoral como del Tribunal Electoral del Poder Judici al de la Federación, como organismos electorales que han venido a darle certeza , credibilidad y eficiencia a la función estatal de organizar las elecciones, tarea que por disposición constitucional recae en el primero , fungiendo como organismo jurisdiccional en la materia el segundo. Al respecto, es de señalarse que los servidores del Instituto Federal Electoral no se encuentran regulados ni por el apartado A ni por el B del articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , toda vez que la propia norma suprema concede facultades al órgano superior del Instituto, es decir, el Consejo General, para que reglamente las relaciones laborales, pugnándose por la salvaguarda de los principios rectores de independencia, imparcialidad, objetividad, certeza y profesionalismo, que no logran aparejarse al espíritu de aquellos reguladores del Derecho Laboral en México, y que con independencia del nombre que se le dé al trabajador, ya sea, servidor, empleado. prestado r de Neevia docConverter 5.1 servicio . ya sea de base o de confianza. tiene a su favor las prerrogativas rectoras que norman la relación de trabajo. El lema propuesto resulta trascendente toda vez que las resoluciones dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los juicios para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral son incompletas, vagas e inoperantes al no estar fundadas en preceptos aplicables o análogos. sino en meros criterios sostenidos por cada Magistrado en forma particular . Consideramos que vale la pena estudiarlo, porque no está nada explorada esta materia, a pesar de versar sobre relaciones laborales; además de que al crearse la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se le dio el tratamiento de materia netamente electoral, hecho de suma trascendencia que igualmente se analiza en el aparta do correspondiente del presente trabajo. Asi pues, de la investigación del tema se proponen aportar experiencias practicas obtenidas a través del litigio de la materia , con el objeto de demostrar la escasa requlación con que se resuelven los juicios laborales de los servidores del Instituto. 11 Neevia docConverter 5.1 Para desarrollar lo antes expuesto, en los Capitulas I y 11. se establecen cuestiones relacionadas con el Instituto Federal Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, respectivamente . como su naturaleza juridica. estructura orgánica y marco jurídico que en materia laboral delimita sus atribuciones con el objeto de que sirvan de marco referencial que sustente nuestra hipótesis. Por cuanto hace al Capitulo 111 . se analiza y explica lo relativo a la creación del sistema de medios de impugnación en materia electoral, además de que aborda de manera puntual el procedimiento que se sigue en el juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral. Además. en donde se puede advertir la disparidad de criterios sustentados por la autoridad competente para dilucidar el juicio laboral. Respecto al Capitulo IV. se consagra el sentido de las resoluciones emitidas por la Sala Superior de 1998 a 2004; además la propuesta de que la sentencia emitida en el juicio laboral sustanciado por el Tribunal Electoral sea definitiva, pero no inatacable. Asimismo. se establece que a pesar de tratarse de trabajadores del Instituto. y ser éste un organismo autónomo con regulación propia, sus normas no deben iii Neevia docConverter 5.1 estar alejadas de lo establecido en el procedimiento laboral contemplado en la Ley Federal del Trabajo y que resulta aplicab le por ana logia. Por último, se realizan a manera de conclusiones, las aportaciones personales derivadas de la investigación del tema. IV Neevia docConverter 5.1 CAPíTULO 1 Del Instituto Federal Electoral El Instituto Federal Electoral surgió entre otras cuestiones , a causa de que tanto 105 ciudadanos como los representantes de los partidos políticos no estaban conformes con la organización electoral prevaleciente al considerar que no se habia propiciado que el desempeño de las funciones electora les se hiciera con la especialización necesaria para la ejecución de diversas activ idades y operaciones electorales. Por ello se empieza a propagar la idea de que las instancias ejecutivas y técnicas de 105 organismos encargados de las elecciones debian estar a cargo de personal profesional calificado que proporcionara un servicio imparcial y autónomo. 1.1 Antecedentes La evolución del Derecho Electoral Mexicano . se divide en 5 etapas, que a continuación se enuncian : 1.1.1 Época Colonial la organización política de la Nueva España derivaba de las culturas Mesoamericanas e Ibéricas. La forma de gobierno provincial en términos de su estructura, sus modalidades, su teoria y sus reglas rectoras debían muy poco a Neevia docConverter 5.1 la cultura indigena porque eran casi en su totalidad importación de la práctica castellana, tal como habia ido evolucionando a fines de la Edad Media y principios de la Moderna. En la Nueva España se creó un virreinato; en el cual el virrey era el director representante del Monarca y la Real Audiencia, era el organismo encargado de la impartición de justicia. A medida que se amplió el territorio conquistado fueron surgiendo reinos y provincias, a cargo de gobernadores y entidades políticas más pequeñas que se asignaron a corregidores y a alcaldes mayores.' Durante los primeros cincuenta años de realizada la conquista de la Nueva España, rigieron de hecho los encomenderos ." El gobierno de éstos se encontraba hasta cierto punto limitado por el gobernador real que residia en la Ciudad de México. La Corona castellana. con el fin de evitar que en la Nueva España se arraigara un nuevo feudalismo o régimen señorial hereditario, erigió la primera Audien cia como tribunal real, la que trataria de arrebatar a los encomenderos la jurisdicción adquirida y los convertiría, en meros rentistas con derecho de percibir tributo, pero sin ejercer funciones jurisd iccionales o administrativas. I OJESTO MARTiN EZ PORCAYO, José Fernando. Evolución y Perspectiva del Derech o Electoral Mexicano. Tesis de Posgrado para obtener el liIulo de Doctor en Derecho, UNAM, México, 1988, pp.6 -18. 1 Eran aquellos soldados de Hernán Cortés a quienes se habia premiado por sus servicios con tierras y encomiendas de indios que pagaban tributo y proveian servicios y mano de obra. 2 Neevia docConverter 5.1 A medida que las encomiendas eran confiscadas o revertian a la Corona, los ministros reales procuraban mantenerlas en cabeza real para que los tributos y demás rentas beneficiaran al fisco. También era preciso que en cada pueblo de cierta importancia hubiera un administrador , por lo que empezaron a enviarse mandatarios reales con el liIulo de Corregidor, y en algunos casos, con el de Alcalde Mayor. En la Nueva España, tanto el Corregidor como el Alcalde Mayor gozaron de atributos más amplios que los usuales en la península, ya que funcionaron como delegados reales en los cuatro ramos del gobierno : administración, justicia , guerra y hacienda." Para 1570, el sistema central del gobierno en la Nueva España, se encontraba consolidado, existían unas setenta alcaldías mayores y más de doscientos corregimientos en poder de funcíonarios nombrados por la Corona. Como las Alcaldías Mayores comprendian extensos terr itorios, se subdividieron las Provincias en Distritosmenores, a cargo de un oficial (teniente), que ejercía el poder en nombre del Alcalde Mayor (quien lo designaba). Con la Ordenanza de Intendentes, en el último tercio del siglo XVIII se introdujeron las Intendencias, que crearon oficiales intermedios entre el gobierno superior de la Ciudad de México y el gobierno de las provincias con ) OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando. Op.cit. p.B. Neevia docConverter 5.1 funciones de control y supervisión . El cargo de Gobernador Provincial , ya fuese a título de Alcalde Mayor, con el de Corregidor o con el de Gobernador propiamente , fue visto como negocio, el gobierno de los territorios se consideraba como una empresa de explotación. Los funcionarios provinciales eran nombrados por el Virrey, con la obligación de pasar el juicio de residencia al fin de su periodo, lapso que fue ampliándose primero hasta llegar a dieciséis meses, renovables por otro periodo adicional, después hasta tres años , y llegó hasta cinco años la duración del nornbrarnrento." Aún y cuando los puestos debian ser otorgados tomando en consideración los servicios y méritos de los pretendientes, como premio por calidad de buenos vasallos, en realidad se tomaban en cuenta los lazos de amistad, familia y de patrón-cliente , lo que trajo como consecuencia que los visitadores mandados de la peninsula acusaran a los oidores de la Audiencia y a los virreyes de preferir a sus parientes y a sus paniaguados en los nombramientos; aparejada a esta práctica, surgió otra. que fue la de vender los puestos. En los ocasos del siglo XVIII, la institución de la Monarquia es severamente cuestionada a través de pensadores como Montesquieu y Rousseau que junto con otros enciclopedistas y con los filósofos del constitucionalismo norteamericano. siembran nuevas ideas de libertad, igualdad y participación • Ibidem.• pp.6-12. 4 Neevia docConverter 5.1 que producen como fruto , primero la Independencia de las Colonias Británicas en América y posteriormente , la Revolución Francesa. La Nueva España asimila esta evolución emancipadora, por lo demás común a todo el Continente. Según Roeder, el pacto colonial resultaba: "de la manía del monopolio en las formas más comprensivas y más absurdas concebidas por el ingenio humano: monopolio comercial, con la exclusión no sólo de las naciones extranjeras, sino del mismo comercio intercolonial; monopolio industrial, con la supresión de todo artefacto capaz de competir con las exportaciones del mercado metropolitano ; monopolio administrativo, en manos de los europeos , con la exclusión no sólo de los naturales del pais , sino de su propia prole nacida en la Colonia; monopolio de privilegios, con la consecuente división de familiar en clases, y de clase en castas, conforme a su origen o a su color, cada una celosa de la otra y todas destinadas, por sus divisiones, a sostener el sistema social y la clase gobernante; y por último, el monopolio de la educación , confiado a la Iglesia y sujeto a censura..."5 Para el año de 1808 Napoleón invade España, apresa a la familia borbona y pone el trono español en manos de su hermano; lo que trae aparejada grandes repercusiones en la Nueva España, en donde el Virrey Ilurrigaray convoca a Juntas, reunidas en la Ciudad de México, en donde se formularon las preguntas relativas a cuáles órdenes de la península debían ser obedecidas, si debía la ' ROEDER, Ralph. Juárez v su México. Fondo de Cultura Económica, México, 1972, p.33. 5 Neevia docConverter 5.1 Nueva España ayudar a las Juntas españolas en su lucha contra los franceses y cómo debia gobernarse México en ausencia del Rey. A lo que la Asamblea prefirió conservar la Colonia en el fideicomiso y en estado de animación suspendida, hasta la vuelta de los dias normales. Sin embargo , la semilla de la autonomía mas no de la independencia se sembró en los pobladores de la Nueva España, toda vez que la Asamblea aprobó la soberanía provisional de la Colonia. 6 El 4 de octubre de 1809, se celebró en la Nueva España la primera elección política, en la que se eligieron representantes a la Junta de Sevilla , teniendo como finalidad hacer más fuertes los lazos de unión de las Colonias con la metrópoli española . Se acordó que cada provincia eligiera tres individuos de notoria probidad ; una vez electos, por sorteo se proponía uno al Real Acuerdo, donde a su vez seleccionaba una terna, de la que por sorteo resultaba el que sería diputado por la Nueva España ante la Junta de Sevilla. El Decreto de la Junta Central Gubemativa de Sevilla de 1° de enero de 1810, contenia la instrucción para el nombramiento de diputados por las provincias españolas a las Cortes Generales y Extraordinarias que se instalaron en la isla de león el 24 de septiembre siguiente; estableció un sistema electoral de varios " OJESTO MARTINE Z PORCAYO. José Fernando. Op. cit., p.l1. 6 Neevia docConverter 5.1 grados. en cada uno de los cuales las asambleas de electores se les denominaba Juntas. Este Decreto puede considerársele como el origen de las Juntas Electorales con el significado de asambleas de electores." Estos acontecimientos precipitaron el movimiento de Independencia , deseado por gran parte de la población de la Colonia en la Nueva España. Mientras que sucedia esto, en España se establecía una Junta gubernativa que convocaría a la integración de Cortes Generales y Extraordinarias con el objeto de dotar a la Metrópoli y a las Colonias de un régimen constitucional. El 14 de febrero de 1811, se convocó a elecciones para diputados en las Colonias . Lo que trajo consigo las Cortes Generales fue la liberal Constitución Política de la Monarquia Española, promulgada el 19 de marzo de 1812, conocida como Constitución de Cádiz. La cual concedió a la Colonia el derecho de acreditar diputados a las Cortes Generales de la Metrópoli. Asimismo, las propias Cortes Generales junto con las Extraordinarias Españolas dieron un paso adelante expidiendo un Decreto para la formación del Ayuntamiento el 23 de mayo de 1812, con el que se pretendió terminar con la venta de puestos y acabar con los jefes y caudillos perpetuos . Al amparo de este ordenamiento se celebró la elección de munícipes en la Nueva España. ' Ibid.• p.13. 7 Neevia docConverter 5.1 Venegas, el 5 de diciembre de 1812, consultando previamente a la audiencia ::- suspendió el articu lo 310 de la Constitución, sobre la libertad de imprenta: el 14 anuló las elecciones del ayuntamiento de la Ciudad de México y ordenó que continuara el cabildo hered itario. Venegas y la Audiencia ignoraron la Constitución y dieron, en realidad, un golpe de estado virreina!. E11° de marzo de 1813, llegó la noticia a Veracruz, del ascenso a Virrey de Calleja, quien de inmediato estableció un régimen militar. Del marco referencial señalado podemos concluir que : la Constitución de Cádiz nació, como dice Roeder, "de la audacia, del apremio y de la emancipación del desastre, una vez expulsados los invasores franceses y repatriado s los barbones, la Constitución fue impuesta al Rey, quien la aprobó provisionalmente y la repudió tan pronto como se vio afianzado en el trono. Se volvió en España al absolutismo sin freno por algunos años más; pero la invasión napoleónica, despertando las fuerzas populares con la defensa de la patria, dejó a cambio de una conquista fugaz otra más duradera: y en 1820 una rebelión militar obligó al Rey a reestablecer la Constitución. ,8 1.1.2 Época Ind ependiente En la Colonia continuaba el movimiento de independencia iniciado por Hidalgo, cuya lucha duró seis meses , y quien fue apresado tras desastrosas derrotas. ' ROEDER. Ralph. Op, ci t., p.61 . 8 Neevia docConverter 5.1 La segunda oleada de independencia fue encabezada por Don José María Morelos y Pavón, quíen comprendió la vulnerabilidad de la causa y en 1813 reunió un Congreso en Chilpancingo para redactar una Constitución . A través de esta Constitución demanda la elegibilidad exclusiva delos americanos para los puestos públicos; entre otras cuestiones , asienta la abolición de la esclavitud en todas sus formas. Ideales que se plasmaron en el Decreto para la libertad de la América Mexicana, que en materia electoral , se encontraba fuertemente influenciado por la Constitución Española de 1812. Estableció el voto indirecto de tercer grado con elecciones parroquiales, de partido y de provincia para diputados. Disponía que la calificación definitiva de estas elecciones las haria el Supremo Congreso. Los diputados asi electos nombrarian a los miembros del Supremo Gobierno. los del Supremo Tribunal de Justicia, a los Jueces de Residencia, a los de las Corporaciones y a los Fiscales de la segunda." Para el año de 1820 la rebelión obligó al Rey de España, a volver a jurar la Constitución Gaditana de 1812, imponiéndole el régimen de Monarquia Constitucional; acontecimiento que fue causa de la consumación de la Independencia. • OJESTO MART1NEZ PORCAYO. José Fernando . Op. cit ., p.18. 9 Neevia docConverter 5.1 En esta época, la única fuerza armada se encontraba en las montañas del sur, acaudilladas por el discípulo de Morelos, Vicente Guerrero, quien continuaba con una tenaz oposición. Agustín de Iturbide en esa época fue invitado a participar en una confabulación para lograr la autonomía de la Colonia, y conservar las prerrogativas que tenian y se veian amenazadas por la vigencia de la Constitución Española y de algunos Decretos de las Cortes que pretendian acabar con el Clero Secular. Para lograr el éxito del plan, Monteagudo logró que el Virrey le diera el mando de un ejército a Iturbide, formado ex profeso para acabar con Guerrero, sin embargo, al no estar a la altura de este último, acudió a la diplomacia para alcanzar el resultado deseado. Propusieron a Guerrero la unión de sus armas en la causa común de independizar la Colonia , pacto al que se le conoció con el nombre de Plan de Iguala . Conforme a los términos del pacto, Guerrero e Iturbide se dieron la mano para proclamar la Independencia con base en tres garantías: la unión de los europeos y los americanos, el reconocimiento exclusivo de la religión católica, y la creación de una monarquía moderada con la denominación de Imperio Mexicano. De esta manera, los dos bandos se abrazaron en Iguala y el 27 de septiembre de 1821, Iturbíde entró triunfante a la Ciudad de México . El 24 de agosto de 1821, se firmó el Tratado de Córdoba entre Iturbide y O'Donojú, el cual ampliaba y confirmaba el Plan de Iguala , el que entre otras 10 Neevia docConverter 5.1 cuestiones estableció: otorgar por igual, ciudadanía a todos los nativos de México; crear puestos en la burocracia que toda la ciudadan ía pudiera ocupar; destruir las restricciones que España habia impuesto a la economía mexicana. Tanto el Plan como el Tratado proclamaban la Constitución de Cádiz y estuvo vigente como Ley Fundamental hasta diciembre de 1922. 10 Poco después de la entrada del Ejército Trigarante a la Ciudad de México, se formó la Junta Provisional Gubernativa prevista en el Plan de Iguala , la cual convocó a un Congreso Nacional Constituyente para que estab leciera el marco legal del nuevo país. En estas circunstancias, el 17 de noviembre de 1821 se expide la convocatori a para el primer Congreso Constituyente mexicano, que entre sus puntos sobresalientes señaló que: la elección de diputados era indirecta , de quinto grado; el procedimiento era, primero la elección de Ayuntamientos; posteriormente, los miembros de los Ayuntamientos nombrarían a los electores de partido, éstos a su vez a los electores de provincia, quienes finalmente elegian a los diputados." La convocatoria requería ciertas cualidades en los candidatos a Diputados, puesto que contaria con sujetos instruidos en los ramos más importantes . n Ibid., p.22. 11 Ibid.. p.24. 1I Neevia docConverter 5.1 Además prov eía que los diputados trabajar ian en dos Salas, de este modo las propuestas por una Sala serian revisadas por la otra . La Junta Soberana Provisional Gubernativa explicaba la estructura y concepto de la autonomía del país de la siguiente manera: la independencia significa instituciones mexicanas: un monarca residente. una Constituc ión escrita, tres separadas ramas de gobierno y un Congreso representativo ; también implica la negativa a tolerar la dependencia politica de España o de cualquier otra nación. La unión significa que habría un príncipe español en un trono mexicano, y que también los ciudadanos tendrán los mismos derechos. privilegios. obligaciones y posiciones sin importar el origen naclonat." De esta manera, el Primer Congreso Mexicano se convocó el 24 de febrero de 1822; los delegados fueron reclutados de entre las corporacio nes, iglesia, ejército, agencias de gobierno, la Barra de Abogados , el gremio de mineros , el Consulado, las clases y la gente. Las elecciones se verificaron con perfecta calma. 13 En ese mismo mes y año, las Cortes Españolas anularon el tratado de Córdoba, desconocieron la firma del Virrey Don Juan de O'Donojú y rehusaron categóricamente enviar un príncipe Barbón y aceptar a México como un Estado o: Citado por Ibid.. p.25. " RIVA PAlACIO. Vicente, coordinador Jul io Zárate . México a través de los siglos. Cumbres, tomo VII , México, p.52. 12 Neevia docConverter 5.1 independiente. Ante tal situación el 18 de mayo de 1822, un pronunciamiento proclamó la Independencia absoluta de México y nombró a Iturbide emperador. Ya para el 31 de Octubre de ese mismo año, Iturbide emitió un decreto en el que disponia la disolución de la Asamblea Constituyente, creó una Junta con el nombre de Instituyente, compuesta por dos diputados por algunas provincias y de uno por otras , reservándose él mismo hacer la elección . Esta Junta estaria encargada de elaborar la Constitución y de organizar las elecciones.14 Ahora bien, la Junta estableció un Reglamento Provisional Politico del Imperio Mexicano el 21 de febrero de 1823, que dec la que el Poder Legislat ivo residia en la Junta Nacional Instituyente la que elaboraría una Constitución, derogándose la Constitución de Cádiz. La caída de Iturbide amenazaba con destruir a la naciente sociedad mexicana; muchas de las provincias pretendian lograr su independencia; la anarquia reinaba por todas partes; sin embargo, el Poder Ejecutivo pudo colocarse a la altura de los acontecimientos. En medio de tantas sublevaciones y rebeldías la opinión dominante era la formación de un nuevo Congreso, lo que dio paso a la reacción republicana .. Ibid., infra, nota 23, p.85. Neevia docConverter 5.1 ~ estableciendo el 17 de julio de-1823 un decreto que instituía las bases para la elección. El 30 de octubre de 1823 cerró sus sesiones y ese mismo dia se reunió en Juntas preparatorias, instalándose con toda solemnidad el 7 de noviembre de 1823. El primer ordenamie nto dictado por el Congreso fue el Acta Constitutiva de la Federación, en donde establecia que sus funciones se limitarían a la organización de la Hacienda Pública. Aún cuando el Congreso pretendió adoptar el sistema republicano federal aparecieron dos tendencias que dominarian el Congreso : los centralistas y los federalistas. El segundo fruto de este Congreso fue el Decreto que consideraba urgente organizar la admin istración de justicia general. Estableciendo al respecto que la Corte se compondria de once ministros, distribuidos en tres Salas y de un fiscal, el nombramiento sería perpetuo; señalándose como requisito para ser ministro: estar instruido en la ciencia del derecho, tener 35 años cumplidos, ser natural y ciudadano de la República, nacido en cualquier parte de la América. y con vecindad de 5 años en el territorio de la Federación. La elección deberia realizarse el1 o de diciembre de 1824. 15 " Documentos Constitucionales y Legales relativos a la (unción iudiciaI1810-1917. Suprema Corte de Justicia de la Nación, tomo 1, México, 1997, pp.127 Y sigs . 14 NeeviadocConverter 5.1 Después de esto, el Congreso se dio a la tarea de formular una Constitución definitiva; proyecto que fue votado el 3 de octubre de 1824, el cual es un claro ejemplo del individualismo liberal, fundamentado en la igualdad de todos los hombres ante la ley, asi como la identidad de derechos y oportunidades en la vida polilica , mediante la abolición de cuantos privilegios pudieran favorecer a un determinado grupo de la sociedad. En materia electoral , la Constitución de 1824 dispusó que el Poder Legislativo se depositaria en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores. Los primeros durar ían en su encargo dos años y serian elegidos por las Juntas Electorales, mientras que los segundos, eran elegidos por Juntas Locales, para un periodo de 4 años. Con esta Constitución vigente, se celebraron elecciones, resultando electos: Don Guadalupe Victoria y Don Nicolás Bravo . El tercer Congreso Constitucional, expidió el 12 de julio de 1830 nuevas reglas para la elección de Diputados y Ayuntamientos, entre las que destacan : el establecimiento de un procedimiento más eficaz para empadronar a los . ciudadanos; el Ayuntamiento designaba a un comisionado por manzana o sección, el que un mes antes de la elección entregaba a los ciudadanos, que tuvieran derecho a sufragar, un documento que tendría el carácter de boleta y 15 Neevia docConverter 5.1 de documento de identificación . Contra los actos del comisionado procedia recurso ante la Junta de manzana. 16 Los órganos electorales eran la Junta Electoral de Manzana o sección , integrada por nueve vecinos más el comisionado; y las Juntas Secundarias presididas por el Gobernador o Jefe Politico y todos los electores primarios . El 21 de enero de 1833, se instaló un Consejo privado de Gobierno y en febrero se celebraron elecciones para diputados y para el 20 de marzo se instaló la primera Junta preparatoria, ya reunidas las dos Cámaras, se procedió a abrir los testimonios de las actas de elección hechas por los Estados para los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República, eligiéndose a Antonio López de Santa Anna, como Presidente, ya Valentin Gómez Farias, Vicepresidente . Santa Anna a causa de su inexperiencia politica se retiro temporalmente, dejando el poder en manos de Gómez Farias, quién con apoyo del Congreso promueve la separación de la Iglesia y el Estado, logrando desatar el pánico entre los conservadores: lo que provocó que Santa Anna regresara a asumir el poder, solicitando dejar sin efectos las leyes y decretos expedidas por el Congreso. "' Ibid.. p.37. 16 Neevia docConverter 5.1 El 9 de julio de 1834, se expidió la convocatoria para elegir Diputados al Congreso General para 1835, la cual consagró la posibilidad de que las legislaturas ampliaran las facultades de los diputados electos con la finalidad de reformar la Constitución . El proyecto fue arduamente discutido y el 15 de diciembre de 1835, fueron presentadas las bases constitucionales, expedidas por el Congreso, que funcionaron hasta 1836 y terminaron con la vigencia de la Constitución de 1834. 17 Estas bases consagran como religión única la católica, apostólica y romana; dispone sobre los derechos que legítimamente les corresponden a los individuos que se encuentran en el territorio nacional; declara como sistema el republicano, representativo. señala la división de poderes; al Legislativo lo divide en dos Cámaras ; establece el centralismo cuya base serían los Departamentos, que estaria n bajo la dirección de Gobernadores designados por el Supremo Poder Ejecutivo a propuesta de las Juntas Departamentales. En relación con esto, fue expedida la Ley sobre elecciones de Diputados al Congreso General y de los individuos que compongan las Juntas Departamentales el 30 de noviembre de 1836, en la cual se introducieron novedades, como la de que para ser diputado se requeria de una renta anual de $1,500 pesos proveniente del capital fijo; además que los ciudadanos que no " Ibid., p.42 . 17Neevia docConverter 5.1 hubiesen recibido la boleta podían inconformarse ante el comisionado y si éste no resolvía o lo hacia en contrario podia acudir en queja ante la Junta electoral de sección , la que en definitiva otorgaba la boleta o eliminaba al elector no elegible; asi como que los cargos electorales serian obligatoríos y se sancionaria a quien se negare a prestarlo, además de los que no se presentarán a votar. Se regulan como delitos electorales: la falsificacíón de boletas o alteración de los resultados de la votación; la portación de armas en las Juntas electorales; entre otros más. Las sanciones las impondría el Juez de primera mstancla." El 30 de diciembre de 1836, el Congreso aprobó las Leyes Const itucionales de la República Mexícana, también conocidas como las Siete Leyes, las que establecieron un sistema central dividiendo a la República en Departamentos, Distritos y Partidos. Instauró el voto directo para la elección de diputados, además de que ahora serian calificadas por el Senado. El 10 de enero de 1841 dio inicio nuevamente el periodo de sesiones del Congreso Constitucional , que tenía como principal tarea aprobar reformas a la Constitución. Para el 8 de agosto, el 4 y 9 de septiembre de ese año, tres jefes del ejército: Mariano Paredes, Valencia y Santa Anna , mediante los planes elaborados por " Ibid., p.44 . IX Neevia docConverter 5.1 ellos en Guadalajara, la Ciudadela y Perote, respectivamente, convocaban a la elección de un Congreso Nacional extraordinario, que tendría la tarea exclusiva de reformar la Constitución, pidiéndose el desconoc imiento de Bustamante , como Presidente de la República.19 Estos tres militares se reunieron el 28 de septiembre de 1841, reconociendo a Santa Anna como Genera l en Jefe y firmaron el Plan denominado Las Bases de Tacubaya, por el que declaraba haber cesado los poderes supremos con excepción del Judicial; se resolvía convocar a una junta de personas, designadas por Santa Anna, a fin de elegir Presidente Provisional, quien tendr ía todas las facultades necesarias para la organización de todos los ramos de administración pública, y se convocaría a un nuevo Congreso dentro de los dos meses siguientes, el que facultado ampliamente, se encargaría de constituir a la Nación. Para cumplir con la obligación que le imponía el articulo 4" de las Bases de Tacubaya, el Gobierno Provisional ordenó que la Junta Consu ltiva hiciera una Ley de eleccíones. La Junta a su vez, nombró una comisión especial compuesta de cinco ciudadanos que se dedícarían a redactar y a proponer el proyecto de convocatoria. De conformidad con estas bases. se publicó el 10 de diciembre de 1841 la convocatoria para el Congreso Consti tuyente. que l" TENA RAMI REZ. Felipe. Leyes fundamentales de México 1808-1809. Porrúa , México , 1989, p.251. 19 Neevia docConverter 5.1 establecía que se nombrar la un diputado por cada 70 000 habitantes o fracción mayor de 35 000, previas rogaciones públicas en las Catedrales y Parroquias. Para ser Diputado se requeria ser ciudadano mayor de 25 años; nacido en el Departamento o avecinado en él por dos años; disponer de un capital, giro o industria que produjera por lo menos 51,500.00 mensuales; se debería preferir en igualdad de circunstancias a los casados, viudos o cabezas de familia; la elección seguia siendo indirecta en comicios primarios, secundarios y de Departamento. El 18 de marzo de 1843 terminó la Junta su proyecto para la organización política de la República Mexicana, denominándosele Bases Constitucionales o Bases Orgánicas, las que tuvieron vigencia más de tres años y se determinó que el territorio de la República se dividiría en Departamentos, Partidos y Municipalidades; que la ciudadanía se obtenía a los 18 años, siendo casado, 21 años siendo soltero y que tuvieran una renta anual de $200 pesos por lo menos, procedentes de capital físico, industrial o trabajo personal honesto (para el año de1850 no sólo se exigia la mayoria de edad, sino también saber leer). 20 x HERNÁNDEZ OCTAV IO, A. et al. La lucha del Pueblo Mexicano por sus derecll os cons/itucionales: en México a través de sus Constituciones. Cámara de Diputados, México, 1967, pp. 129 Y 130 20 Neevia docConverter 5.1 Desde marzo de 1845, existia un estado de guerra no declarado con Estados Unidos. El 14 de septiembre de 1845 el Congreso declaró Presidente Constitucional a José Joaquín de Herrera que protestó el dia siguiente . Al Plan de San Luis se unió el General Valencia, Presidente del Consejo de Gobierno, lo que provocó que el dia último del año de 1845, el Presidente de la República, General José Joaquin de Herrera, dignamente abandonara el Palacio Nacional. El 30 de noviembre de 1846, dieron principio las juntas preparatorias del Congreso. resultando en ellas que los puros contaban con una mayoria de dos tercios. Sin embargo, los moderados contaban con que al integrase el Pleno del Congreso, ellos contarian con la mayor ía. Rejón, quien en efecto dominaba estas juntas del Congreso, hábilmente resolvió llamar a los suplentes y el dia 3 de diciembre el Congreso se declaró en sesión permanente hasta que se reuniera el quórum, lo que sucedió el día 5 y hasta el dia 6 se instaló el Congreso." El 24 de diciembre de 1846, Gómez Farías se hizo cargo del gobierno, toda vez que Santa Anna se encontraba en San Luis Potosí al mando del ejército que 21 OJESTO MARTiNEZ PORCAYO, José Fernando. Op. cil., p.67. 21Neevia docConverter 5.1 combatiría a los americanos , limitándose a asegurar que el sistema federal sería practicado fielmente. En la sesión de abril de 1847, la Comisión de Constitución presentó a la Asamblea su dictamen, firmado por Rejón, Cardoso y Zubieta , asi como el voto particular suscrito por Mariano Otero. El proyecto de mayor ía pedia se declarara vigente la Constitución de 1824. En materia electoral, el propio Legislador Otero explica su posición "desde 1832 ha venido diciéndose entre nosotros que la Constitución debe arreglar los derechos del ciudadano. Esta materia deberia regular la Constitución Federal y no dejarse a las constituciones de los estados"." El derecho a la ciudadanía , trae aparejada para Otero, "el derecho a votar en las elecciones populares, el derecho de reunión, el derecho de petición , y la prerrogativa de pertenecer a la Guardia Nacional".23 Se introduce un capi tulo de garantías índividuales y medios que aseguran su inviolabilidad. Es importante hacer notar que durante los escasos 6 años que estuvo vigente el Acta de Reformas, se presentaron algunos casos de inconstitucionalidad de leyes, entre ellas, uno en materia electoral que fue un " OÑATE. Santiago. El acta de reformas de 1847. en Derechos del Pueblo Mexicano. México a través de sus Constituciones. XLVI, Legislatura de la Cámara de Diputados , México 1967. lomo 1, p.25. Citado por OJESTO MARTINEZ PORCAYO. José Fernando. Op.cit., p.70. l .' Ibid.. p.27. Citado por OJESTO MARTiNEZ PORCAYO, José Fernando. Op.cit. , p.71. 22 Neevia docConverter 5.1 Decreto del Congreso de la Unión, por el que se declararon nulos los articulas 2, 4, 5 Y6 del Reglamento que expidió el gobernador del Estado de México con base en la Ley de Elecciones del 16 de octubre de 1848, aprobado por el Congreso del mismo Estado. Una vez sancionada el Acta de Reformas, volvió a asumir el Poder Ejecutivo Santa Anna con el doble carácter de Presidente y jefe de todo el ejército el propio 20 de mayo de 1847. Estando el ejército norteamericano posesionado de Puebla y a punto de avanzar sobre la Ciudad de México, se publicó el 3 de junio de 1847 el Decreto para la Elección de los Supremos Poderes Constitucionales de la Unión, Legislativo y Ejecutivo. Decreto que estableció que las elecciones primarias se verificarlan el 29 de agosto y las secundarias el 12 de septiembre; que la elección de Senadores y de Presidente se realizarían en Colegios secundarios de los Estados y del Distrito; que en caso de que en los Estados no pudiese celebrarse la elección por causa de la invasión, concurrirían a la Cámara de Diputados sus actuales representantes. En agosto de 1847, el ejército norteamericano empezó a ocupar las partes aledañas de la ciudad, el dia 20 inició su ataque sobre Padierna, prosiguió en el Molino del Rey, Churubusco, Chapultepec, Garitas de Belem y San Cosrne y, por último, la Ciudadela, lugares todos en donde el ejército extranjero derrotó a 23 Neevia docConverter 5.1 las fuerzas nacionales, que abandonaron la ciudad a su suerte el 14 de septiembre de 1847. El Presidente Anaya debía dejar el poder el 8 de enero de 1848, pero al no estar reunído el Congreso, el puesto volvió a recaer en el Presidente de la Corte, de conformidad con el articulo 97 de la Constitución. El Gobierno firmó el2 de febrero de 1848 el Tratado de Guadalupe Hidalgo. por el que México perdió además de Texas, el terreno entre las Nueces y el Bravo, el territorio de Nuevo México y toda la Alta California. En virtud de este Tratado y el armisticio celebrado el 29 de febrero de 1848, el Gobierno Mexicano convocó a elecciones de diputados y Presidente en los puntos que no habían sido efectuados. El nuevo Congreso abrió sus sesiones el 7 de mayo de 1848, y ratificó el Tratado el 24 de ese mes; así rnlsrno, el Congreso declaró que la elección del Presidente recayó en Don José Joaquín de Herrera. 24 En 1849 el Decreto para la elección de los Supremos Poderes en donde se estableció que las elecciones se verificarían conforme a la ley de 3 de junío de 1947, se adicionó con la circular respecto a los días en que deben verificarse las elecciones de diputados. " OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando. Op. cit., p.74. 24 Neevia docConverter 5.1 Posteriormente, el 19 de mayo de ese mismo año, el propio Herrera expidió un Decreto para elecciones de Ayuntamientos que dispuso: mientras se daba una Ley para Elecciones de Ayuntamientos para el Distrito y Territorios Federales se harían las elecciones con arreglo a la Ley de 12 de julio de 1830, con la variación de que seria requisito que en las elecciones prímarias y secundarias los ciudadanos tuvieran 20 años. El Congreso recién instalado en enero de 1850,Ianzó las bases para la elección de Presidente y Senadores que deberían celebrarse las primarias el segundo domingo de agosto, las secundarias el segundo domingo de septiembre, y las de las legislaturas para Presidente el 4 de octubre. Dichas bases decretaban que las elecciones se harían conforme a la Ley de 3 de junio de 1847. En efecto, el 4 de octubre de 1850 terminaron en la capital los actos electorales, resultando favorecido el General Mariano Arista por 142 votos contra 90 que recayeron en Don Nicolás Bravo candidato del partido conservador. A las dos semanas de la elección, de 13 Estados, 8 habian sufragado por Arista. El gobierno, previniéndose en contra de un acontecimiento, similar al que habia sucedido en la elección municipal del Distrito Federal anterior, en donde Alamán manípuló de tal manera el padrón electoral, que se repartieron boletas sólo a los partidarios del grupo conservador, expidió a través del Secretario de 25 Neevia docConverter 5.1 Relaciones, Lacunza, un Decreto que dispuso que el Colegio Electoral que había elegido Presidente de la República, el 4 de octubre se volvería a reunir para la elección de Ayuntamientos. El 8 de enero de 1851 ambas Cámaras se reunieron para hacer la computación de votos de Presidente, señalando que: los votos que para Presidente de la República expidieron los Estados son válidos (18 Estados); es nula la elección del Estado de Coahuila; no se tomarán en consideración los votos del Estado de Durango y territorio de Tlaxcala; declarando Presidente Constitucional al General Mariano Arista .25 Desde el momento en que éste entró al gobierno, existió gran renuencia por parte de los conservadores agrupados en el partido monarquista del Congreso.el cual no le autorizó las medidas necesarias para sanear la Hacienda Pública que se encontraba en gran crisis al no poder cubrir las obligaciones de la deuda externa con Inglaterra, Francia y España, y tampoco la deuda interna. En 1852, se instaló el nuevo Congreso en cual también era contrario al gobierno de Arista : además que la administración se encontraba en bancarrota , nadie quería aceptar las carteras y quienes lo hacian a los pocos meses renunciaban " Ibid ., p.eo. 26 Neevia docConverter 5.1 ante la imposibilidad de imponer orden y obtener recursos para desarrollar las funciones del gobiemo. El 5 de enero de 1853, ante el descrédito y ataques que habia sufrido la Magistratura , presentó su renuncia al cargo , volviendo la Presidencia Interina a manos del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Las Cámaras del Congreso se reunieron y admitieron la renuncia del Presidente y posteriormente . hicieron la elección del mismo conforme a lo dispuesto por los artículos 96 y 99 del acta de reformas ; recayendo el nombramiento de Presidente de la República en Don Juan Bautista Cevallos . Una vez en el poder, su ministerio se presentó a la Cámara popular solicitando facultades extraordinarias a efecto de que el Ejecutivo pudiese gobernar, conservando la paz. En ese mismo mes, dio un golpe de Estado, a través del Decreto de esa fecha, que mencionaba: Que cesará inmediatamente en sus funciones y por voluntad de la Nación el actual Poder Legislativo , convocándose a un Congreso extraordinario, el cual no podía durar más de un año y su función principal seria la de reformar la Constitución actual. 1.1.3 La Reforma Santa Anna con el paso del tiempo se fue convirtiendo en un dictador intolerante, por 10 cual expulsó del pais a un grupo de liberales (Don Melchor 27 Neevia docConverter 5.1 Ocampo, Don Ponciano Arriaga, Don José María Mata y Don Pablo Benito Juárez) que coincidieron en Nueva Orleans y comenzaron a colaborar con la revolución que se iniciaba en el Estado de Guerrero. En 1853, la rebelión encabezada por el General Juan Álvarez en Guerrero, empezó a ganar terreno, agrupaba hombres y armamento, realizaba alianzas con algunos militares del gobierno, sin embargo, no se atrevía aún a romper con Santa Anna. El rompimiento definitivo se dio porque Santa Anna envió una rebelión en Guerrero con instrucciones secretas, para el General Pérez Palacios, con el pretexto de reforzar la milicia estatal en contra de una supuesta invasión, pero que en realidad tenía por objeto aprehender a los Generales Álvarez y Moreno. A lo cual, Álvarez contestó mandando encancelar a los jefes del ejército del gobierno.26 Santa Anna, sintiendo que su poder disminuía, expidió una circular el Ministro de Gobernación. la cual dispuso que en vista del alzamiento del General Álvarez y del espíritu sedicioso que cundia en Guerrero, Michoacán y Tamaulipas, se ponía en cierta duda la confianza que los mexicanos tenían en él. Se convocaba a Juntas populares en las que bajo la presidencia de los gobernadores, prefectos, sub-prefectos y demás autoridades politicas, todos los mexicanos de cualquier clase y condición que sean, que estén en pleno ejercicio de sus derechos. expresen con plena y absoluta libertad, cual es su 2. Idid., p.85. 2R Neevia docConverter 5.1 voluntad únicamente sobre los puntos siguientes: 1. Si el actual Presidente había de continuar en el mando supremo y con las mismas amplias facultades, y 2. En caso de que no continúe ejerciendo las mismas amplias facultades. a quién entregaria inmediatamentey, desde luego, el mando." Este plebiscito se llevaría a cabo el 1 de diciembre de ese año de 1854, y las actas que se levantaran serian remitidas a los gobemadores, quienes las enviarían al Consejo del Estado, el cual recabaría los pliegos y las abriria el 10 de febrero del año siguiente. Al respecto, hubo algunos que votaron por la negativa y toda vez que en ese caso era necesario dar el voto por otro candidato, también algunos lo hicieron por el General Juan Álvarez y conforme a la circular pusieron su nombre; elecciones, a las cuales Santa Anna contestó con la orden de mandar presos y se juzgaran como conspiradores a los que habian dado su voto por el General Álvarez. Al mismo tiempo, las tropas de gobierno seguían sufriendo dolorosos reveses y para fines de 1855 no existia un sólo Departamento donde no se hubiese protestadoabiertamente contra la tiranía dictatorial. 21 Ibid., p.88. 29 Neevia docConverter 5.1 En julio, Comonfort derrota las fuerzas gobernantes en Jalisco y de paso logra la adhesión de Colima; estos acontecimientos, junto a las tentativas de una conspiración en la capital, provocan que Santa Anna abandone la Presidencia. Ante esta situación, los generales de la guarnición de la capital , al verse sin jefe se adhieren el dia 13 de agosto tardíamente al Plan de Ayutla, y convocan a una junta de representantes de los Departamentos, la cual el dia 14 de agosto, nombró como Presidente de la República al General Martín Carrera, quien nunca fue reconocido definitivamente, aun cuando dictó medidas prudentes que, en gran parte evitaron la continuación de la revolución pero no pudo resolver la cuestión militar. En este momento existían cuatro fuerzas políticas que pretendían adueñarse del gobierno. Por más esfuerzos e invitaciones que Carrera hizo a estos grupos para que se reunieran en el pueblo de Dolores, no logró su asentamiento. Circunstancias que lo obligaron a renunciar a la Presidencia de la República, que se le había otorgado el 12 de septiembre de 1855. La guarnición de México a través del General Díaz de la Vega, lanzó un manifiesto al día siguiente en el que establecía su total adhesión al Plan de Ayutla y su lealtad al gobierno derivado de ese Plan y el que la Nación quisiese dar. Posteriormente, Comonfort logró los convenios de Lagos, por los cuales Haro, Tamaríz y Doblado reconocieron el Plan de Ayutla. La junta procedió a la JO Neevia docConverter 5.1 elección, la cual recayó en el General Juan Á1varez, por 13 votos en contra de 7 divididos entre Vidaurri, Comonfort y Ocampo. El General Á1varez, en cumplimiento del articulo 5 del Plan de Ayutla.- convocó el 17 de octubre de 1855, a un Congreso extraordinario para que constituyera libremente a la Nación bajo la forma de República, democrática y representativa. Las elecciones seria reguladas por la Ley de diciembre de 1841, con las modificaciones que introducía este Decreto. El sistema seguía siendo indirecto en juntas primarias, secundarias y de Estado. Una innovación fue que establecieron que no tendrían derecho a votar, aquellos que pertenecieran al clero secular y seglar. Para ser diputado se requería ser mayor de 25 años, pertenecer al Estado seglar, poseer un capital, giro o industria honesta que le produzca con qué subsistir. El articulo 64 de este Decreto señaló el principio de la autocalificación de la legalidad de las elecciones diciendo que: todas las dudas que se ofrezcan acerca de las elecciones serán resueltas por las juntas respectivas, menos cuando se trate de impedimento físico para ser diputado." Inmediatamente después de haberse instalado en la Ciudad de México, Álvarez, el 23 de noviembre de 1855, promulgó una ley de administración de " GARCIA OROZCO, Antonio. Legislación Electoral Mexicana 1812-1988. Tercera edición, Meo Editores, México , 1989, pp.186-189. 31 Neevia docConverter 5.1 justicia, conocida como la Ley Ju árez, que contenía las aspiraciones del partido liberal, en cuanto a la supresión de privilegios tanto al clero como a la milicia. La reacción del clero y de la milicia no se hizo esperar, las protestas llovieron y . hasta el Supremo Tribunal de Justicia reclamó, ya que no fue oído en la confección de una ley que le incumbía principalmente. Sin embargo, Comonfort mostró su lealtad para con su colega el Ministro de Justicia y la Ley Juárez pasó a ser cosa juzgada. Auny cuando el grupo conservador era un enemigo importante del gobierno de Álvarez, su verdadera debilidad derivaba de lo heterogéneo de su gabinete formado por puros y moderados que imponían una verdadera imposibilidad de movimiento a la marcha de la administración. Estas circunstancias lo obligaron a renunciar a la Presidencia temporalmente, nombrando en su lugar como su sucesor al General Ignacio Comonfort. Éste tomó el poder en medio de una multitud de brotes de militares inspirados por el partido de los conservadores, teniendo sobre todo matices religiosos. En esos días el suceso político más importante fue la apertura del Congreso Constituyente, sucedida el 18 de febrero de 1856, después de derrotar a las fuerzas reaccionarias en Puebla; el 31 de marzo de ese mismo año, expidió un Decreto interviniendo los bienes eclesiásticos de aquélla diócesis; primer paso en el camino a la reforma. En el mes de mayo se provocó un enfrentamiento 32 Neevia docConverter 5.1 entre el Congreso y el gobierno de Comonfort; la discrepancia radicaba en el hecho de que el Congreso determinó que se nulificaran los ascensos y despachos militares otorgados en el gobierno de Santa Anna. El gobierno se opuso a tal medida puesto que el Presidente tenia la política de pretender atraerse al ejército para convertirlo en instrumento de su plan de gobierno. La cuestión fue resuelta en la sesión del Congreso del 8 de mayo de 1856, en la que se votó por el dictamen de la comisión de guerra, sufriendo el gobierno una desastrosa derrota.P Con una falta total de oportunidad, el Presidente Comonfort, en uso de las facultades que le otorgaba el Plan de Ayutia de acuerdo con su consejo de ministros, expidió el 15 de mayo el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana, el que tuvo el carácter de Constitución Provisional. Por un lado, promovió el descontento en el Congreso toda vez que era de corte centralista, siendo el federalismo un dogma de fe del partido liberal mayoritario en este órgano, lo que produjo gran malestar en los Estados toda vez que les disminuía sus derechos, dejándolos en un estado de minoría de edad, sujetos a tutela del gobierno central; y por último estaba en vísperas de ser discutido en el Congreso el proyecto de Constitución. ,.,OJE5TO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando . Op. cit, p.96. 33 Neevia docConverter 5.1 Tales circunstancias motivaron en la sesión del 4 de junio de 1856, la declaración de insubsistencia de dicho estatuto; por otro lado, una gran mayoría de Estados ni siquiera lo publicaron, mostrando fehacientemente el repudio a ese documento, que en realidad no tuvo la ocasión de convertirse en derecho vigente. El gobierno de Comonfort continuó cumpliendo con las aspiraciones de reforma y el 26 de junio de 1856 promulgó la ley sobre la desamortización de fincas rústicas o urbanas de las corporaciones civiles o eclesiásticas, conocida como la Ley Lerdo. Teniendo por objeto una venta forzada, en la que las corporaciones civiles y religiosas tenían que hacer de sus bienes inmuebles a favor de los arrendatarios o de otros, quienes se obligaban a pagarlas en cortos plazos y el bono de interés y réditos legales. El proyecto de constitución conten ía innovaciones importantes puesto que Iimítaban el ejercicio del Poder Ejecutivo, suprimía al Senado, permitía la tolerancia religiosa y afirmaba los principios federativos y democráticos. Congruente con las disposiciones electorales contenidas en la Constitución el Congreso, 5 dias antes de clausurar sus sesiones, expidió la Ley Orgánica Electoral el12 de febrero de 1857, en el que por primera vez se estableció con notorio avance la demarcación territorial en materia de elecciones, como forma específica de este tipo de actos. 34 Neevia docConverter 5.1 En esta ley, ya se prevé en el artículo 55, los requisitos de procedencia de la reclamación de nulídad," la cual podia ser promovida por cualquier individuo mexicano que solicite la nulidad de las elecciones y que pida la declaración correspondiente a la junta a quien toque fallar, o al Congreso en su caso; debiendo promoverse por escrito antes del dia en que se deba resolver acerca de los expedientes y credenciales respectivas y el denunciante se contraerá a determinar y probar la infracción expresa en la Ley. La jura de la Constitución provocó ciertos levantamientos en diversas partes del pais, así como la orden de la Iglesia que declaraba ilicito el juramento de la nueva Constitución, y la prohibición de administrar sacramentos y sepultar eclesiásticamente a quienes la hubiesen jurado declarándolos excomulgados. La elección para diputados se verificó, incurriendo la mayoría en individuos liberales puros. La Presidencia recayó en Comonfort, no obstante que el club progresista, formado también por puros, había buscado como candidato a Don Sebastián Lerdo de Tejada, quien declinó su candidatura considerando sus pocas probabilidades de éxito. El puesto de Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se otorgó a Don Benito Juárez. 1<1 Que bien podría ser considerado el primer antecedente de los medios de impugnación actualmente previstos en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Elecloral. 35 Neevia docConverter 5.1 El Congreso se instaló el 8 de octubre 1857 y el Ejecutivo y Judicial el 10 de diciembre de ese mismo año. Ante el creciente número de levantamientos el Congreso otorgó en sesiones de los días 2 y 3 de noviembre de 1857, facultades extraordinarias al Presidente Comonfort. La idea de Comonfort acerca de que con la Constitución no era posible gobernar fue adquiriendo fuerza: la que culminó con el pronunciamiento de Tacubaya. encabezado por el General Zuloaga y en el que solicitaba el desconocimiento de la Constitución; a este Plan se adhirió la guarnición de la capital y el Gobernador del Distrito Federal. Inmediatamente después de este golpe de Estado, las fuerzas conservadoras, la Iglesia y el propío Zuloaga presionaron a Comonfort para que derogara la Ley Juárez y sobre todo, la Ley Lerdo y devolvieran sus propiedades a la Iglesia. Comonfort se niega y la brigada de Zuloaga se pronuncia desconociéndolo como Presidente. Ese mismo día, el Presidente dictador volvió a declarar reestablecida la Constitución de 1857. Por su parte, los liberales se debatieron entre dos posiciones extremas: la primera, en la búsqueda de una alianza que produjera recursos y reconocimiento extranjero con los Estados Unidos que estuvo a punto de lograrse a través de los Tratados de Mclane Ocarnpo, que afortunadamente no fueron ratificados por el Congreso americano. por las propias circunstancias de 36 Neevia docConverter 5.1 su guerra civil, y la segunda, por la consolidación de la refonna liberal a través de medidas radicales como naturalización de los bienes eclesiásticos, establecimiento del matrimonio, y registros civiles, secularización de panteones, hospitales y establecimientos de beneficencia, libertad de cultos y otros. La guerra civil o de los tres años llega a su fin con la derrota de Miramón el 22 de diciembre de 1860, en San Miguel Calpulalpan. El General González Ortega entró después de este triunfo a la Ciudad de México el 1° de enero de 1861, haciéndolo con posterioridad el dia 11 del propio mes y año, el Presidente Juárez. El 9 de mayo de 1861, se instaló el Congreso y con él, la esperanza de que reestablecido el orden constitucional, el país entrase en un periodo de paz. El 11 de junio declaró Presidente Constitucional a Don Benito Juárez, en cuyas elecciones sólo participó el partido liberal, sin embargo, la reacción continuaba en pie; aunado esto a la interrupción de las relaciones con España, Francia e Inglaterra que hacían previsibles una intervención extranjera." .\1 OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando. Op. cit., p.114. 37 Neevia docConverter 5.1 Por su parte, los Estados Unidos que vela a nuestro país como su traspatio, en septiembrede 1861, estableció que una intervención europea sería vista como un entrometimiento en los negocios domésticos de Am éríca." En enero de 1862, las escuadras extranjeras se estacionaron en Veracruz. El gobierno de Juárez manifiesta el 23 de ese mismo mes, que reconocería las reclamaciones justas , con lo cual quedan conformes los plenipotenciarios y Españoles y se retiran de aguas mexicanas. Sin embargo, el gobierno francés de Napoleón IIJ prosigue en su empeño e invade el pais. Situación que provoca que para el 31 de mayo, el gobierno de Juárez abandone la Ciudad de México y el 10 de julio se apruebe la monarquia hereditaria de un principe católico . El 10 de abril del siguiente año, Maximilíano acepta la Corona y celebra los Tratados de Miramar; en contra de todas las previsiones de los conservadores, quienes estaban seguros que la monarquia reestableceria los privilegios de la Iglesia. En 1865, el emperador expidió una ley para la elección de Ayuntamientos, de corte liberal avanzado. Por primera vez se trata de implantar en nuestro país el principio democrático del voto directo . J2 Lo cual resulta muy parecido a lo señalado por fa Doctrina Momoe que disponia "América. para los americanos". 38 Neevia docConverter 5.1 Juárez siempre estuvo seguro de que el Imperio de Maximiliano no duraría. Arrinconado en el norte del país, esperó pacientemente a que la guerra de secesión de los Estados Unidos terminase, confiado que el país vec ino le prestaria su ayuda. Al evacuar a los ejércitos franceses de nuestro territorio en marzo de 1867, la guerra continuó entre el ejército Juarista y el Imperial al mando de Miramón, Márquez y Mejía, finalmente , el triunfo del ejército nacional se dio en la ciudad de Querétaro, en donde Maximiliano es capturado el 15 de mayo de ese año y fusilado el1 9 de junio. Con la Constitución de 1857, no se podía gobernar, según había dicho Comonfort y tal situació n era una realidad; la preponderancia del Legislat ivo hacia imposible y paralizaba la acción del Ejecutivo; la interpretación de la interpelación parlamentaria al ministerio, se entendia en el sentido inglés más que en el sentido de la Constitución norteamericana y un reproche a un Ministro era un voto de censura al Presidente; el Poder Judicial al ser de carácter electivo, perdia las cualidades éticas y de sabiduría que requeria para desarrollar su labor equilibradora entre los poderes e imped ia a éste ser el fiel intérprete de las mejores tendencias y principios que deberían regular la vida de la sociedad mexicana. En relación con la convocatoria, ésta disponía que las elecciones se verificarían con arreglo a la Ley Orgánica Electoral de 12 de febrero de 1857, con la adición de la reforma que se realizaria en el plebiscito, el cual no fue aceptado , porque 39 Neevia docConverter 5.1 la opinión general consideró impolítico que cuando apenas se iba a ensayar el ejercicio de la Constitución se le desacatara en el procedimiento para ser revisada. El resultado de la elección favoreció al gobierno. El cuarto Congreso Constitucional se reunió el 8 de diciembre de 1867 y su objetivo primordial radicaba en conocer hasta que punto se daba cumplimiento a las leyes de reforma y para ello pidió constantemente datos al gobierno. Antes de llevarse a cabo las elecciones para el quinto Congreso Constitucional, el Sr. Iglesias, Secretario de Gobernación, por instrucciones del Presidente de la República Don Benito Juárez, expidió una circular en donde desmiente los rumores sobre la injerencia que el gobierno federal (a través de agentes) , tendría en las próximas elecciones. El 5 de mayo de 1869, el Congreso expidió un Decreto en el cual se estableció que para la renovación de los Poderes Federales se observaría la Ley Orgánica Electoral de 1857. Este Congreso se encargó de realizar varias reformas constitucionales, en especial sobre la creación de la segunda Cámara del Poder Legislativo, es decir, la de Senadores. El 8 mayo de 1871, emitió un Decreto reformando la Ley Electoral de 1857; la idea fundamental de esta disposición electoral, fue la de evitar cualquier acto atentatorio contra de la pureza del sufragio, para lo cual estableció un 40 Neevia docConverter 5.1 verdadero catálogo de delitos electorales, que correspondería sancionar al Juez de Distrito respecnvo." La tormenta que se venia presagiando desde el restablecimiento del orden constitucional, se desató con gran fuerza sobre el país. En vísperas de las elecciones de los poderes federales se produjo una asonada militar en uno de los puestos más importantes del Golfo. El Congreso otorgó facultades extraordinarias al Presidente Juárez quien sofocó la asonada con gran derrama de sangre. Después de la elección, la insurrección de todos los elementos militares y polllicos de descontento tomó importancia, sin embargo, para mediados de 1872, el gobierno de Juárez había desarmado esta nueva revuelta civil. La muerte inesperada del Presidente, llevó a Don Sebastián Lerdo de Tejada a la Presidencia. Éste expidió un decreto que reformaba el articulo 34 de la Ley Electoral de 1857, con la intención de prohibir la elección para diputados a quienes hubiesen desempeñado el puesto de Presidente de la República, Secretario de Despacho o Magistrado de la Suprema Corte de Justicia. JJ OJESTO MARTINEZ PORCAYO, José Fernando . oe. cít., pp.122 y123. 41 Neevia docConverter 5.1 1.1.4 El Porfi riato Al concluir su periodo de. Presidente de la República, Sebastián Lerdo de Tejada contiende nuevamente por el puesto y logra ser reelecto, lo que provoca que el General Fidencio Hernández se levante en armas a favor de Porfirio Díaz. La guerra entre Diaz y Lerdo terminó en noviembre de 1876 con la batalla de Tecoac, asumiendo la Presidencia José Maria Iglesias, Presidente de la Suprema Corte. pero esto no dejó contentos a muchos que decían que no era él quien debía ocupar la Presidencia, por lo cual se convocó a elecciones y se eligió a Porfirio Díaz, el cual ya mostraba gran ambición por el poder y gobernó por el periodo para el que fue designado; pero con la reforma conslilucional llevada a cabo de conformidad con el Plan de Tuxtepec, que habia tomado como bandera la no reelección. se provocó que para el siguiente periodo no se reeligiera, apoyando en su candidatura a su amigo General Manuel González, quien obtuvo la Presidencia de la República. 34 Ya en el poder, expidió el decreto por el cual el Congreso de la Unión reformaba la Ley Orgánica Electoral de 1857, que consistió en derogar los artículos 45, 46, 47, 48 Y 49 relativos a la elección del Presidente de la Suprema Corte de ,. Ibid., pp.128-129 . 42 Neevia docConverter 5.1 Justicia de la Nación, además de que ahora debia ser nombrado por los Ministros de la Corte por mayoria absoluta de votos. En 1884 el General Diaz es reelecto Presidente de la República, informando que la sucesión se había efectuado sin ningún incidente , lo mismo que en las gubernaturas de los Estados, prueba de que la paz estaba definitivamente consolidada y que las instituciones democráticas se iban arraigando en las costumbres del pueblo. Para esa época existía el impedimento para que el Presidente de la República pudiese ser reelecto para el periodo inmediato, lo cual fue modificado a través de la reforma constitucional de 31 de octubre de 1887, que permitirla a Diaz reelegirse por el periodo de 1888-1892. Diaz, todavia en el poder expidió el 18 de diciembre de 1901, una nueva Ley Electoral que derogaba las leyes de 1857 y sus reformas de 1872, 1873, 1874 Y 1882. Para 1904, Diaz empezó a ver las dificultades inherentes a su sucesión, por lo cual se limitó a crear la vicepresidencia, que encomendó a su amigo Corral. La reforma antes referida, consistió principalmente en ampliar el periodo presidencial, previendo ahora que el Presidente y Vicepresidente entrarian a ejercer sus funciones el 10 de diciembre y durarian en su encargo seis años.43 Neevia docConverter 5.1 1.1.5 Época Revolucionaria y Postrevolucionaria En esta etapa aparece Francisco 1. Madero, el cual propon ía la acción de un partido independiente que encauzaria las energías de la Nación por el camino de la democracia y luchara en los comicios, aun sin esperanzas de triunfo. Realizadas las elecciones, Madero las pierde, resultando ganadores nuevamente Diaz y Corral, tal suceso hizo que desconociera los resultados de la elección e iniciara con base en el Plan de San Luis, la Revolución de 20 de noviembre de 1910, movimiento que obtuvo la victoria y logró que Diaz abandonara la Presidencia. Para las nuevas elecciones se organizaron varios partidos politicos: El Reyista que postulaba como su candidato al antiguo jefe porfirista Bernardo Reyes; el Antirreleccionista y el Constitucionalista Progresista que apoyaban a Madero, aunque se dividieron en cuanto a la Vicepresidencia en la que el primero se inclinaba por Vázquez Gómez y el segundo por Pino Suárez, quien triunfó en virtud del apoyo de Madero. Francisco 1. Madero obtiene la victoria en las elecciones inmediatas y asume el poder el 6 de noviembre de 1911, una vez en el cargo promulgó el 28 de noviembre de 1911, la reforma constitucional a los articulos 78 y 109, en los 44 Neevia docConverter 5.1 que se estableció que el Presidente y Vicepresidente, fueran reelegidos, o que el Presidente fuera reelecto Vicepresidente o viceversa, con la salvedad que no fuera para el periodo inmediato. El 19 de diciembre de 1911, Madero promulgó una nueva Ley Electoral, que disponía lo relativo a la intervención de los partidos polilicos y candidatos en el proceso electoral; así como la fijación de las reglas más claras que para la solución de los conflictos." En materia electoral se concedió intervención al Poder Judicial como órgano electoral. Precisamente uno de tantos movimientos produjo el Plan Polltico Social, de marzo de 1911, que entre sus pretensiones políticas proponía el voto directo, la no reelección y la reorganización municipal, que seguramente influyó en el ánimo del Presidente Madero, quien el 22 de mayo de 1912 reforma la Ley Electoral de 1911, que entre sus principales novedades introdujo la elección directa de Senadores y Diputados. El 9 de febrero de 1913, un gnupo de militares del ejército federal inicíó en la Ciudad de México el movimiento conocido como el Cuartelazo de la Ciudadela, que pretendía liberar a los Generales Reyes y Díaz, apresados por levantarse en contra del gobierno y para el dia 18 de ese mismo mes y año, el General " Ibid., p.141. 45 Neevia docConverter 5.1 Victoriano Huerta encargado del mando de las fuerzas que defendian al gobierno de Madero, pactó con los rebeldes la traición al Presidente, al que apresó junto con el Vicepresidente y posteriormente fueron asesinados. Carranza fue logrando aceptación general, no obstante sus antecedentes porfiristas, el 26 de marzo de 1913 en Coahuila, lanzó el Plan de Guadalupe, por el que desconocia al General Victoriano Huerta como Presidente de la República, así como al Poder Judicial de la Federación y a los gobernadores que reconocian a los Poderes Federales. Se nombraba como primer jefe del ejército a Venustiano Carranza, quien al ocupar la Ciudad de México se encargaria del Poder Ejecutivo y convocaría a elecciones generales. Consumado el movimiento revolucionario, Don Venustiano Carranza, en su calidad de primer jefe del ejército constitucionalista encargado del Poder Ejecutivo de la República, con base en el articulo 4° reformado, expidió el día 20 de septiembre de 1916, un decreto de Ley Electoral para que se verificaran elecciones de Diputados al Congreso Constituyente. Como innovación en esta ley, se estableció que sería la autorídad municipal y no los partidos politicos o candidatos independientes. los que mandarian imprimir boletas que serian igual al número de empadronados más un 25% para las omisiones o reposiciones que hubieren. Las boletas se imprimirían con numeración progresiva del número 1 en adelante. Las boletas se deberían 46 Neevia docConverter 5.1 repartir a los empadronados antes del día de la elección; además que los ciudadanos podian votar más de una vez; que si la casilla electoral se instalase en lugar diverso al señalado por la autoridad municipal o de distinta manera a la establecida por la ley, se tendria por nulo todo lo que actuase. Don Venustiano Carranza en su carácter de primer jefe del ejército encargado del Poder Ejecutivo, al dia siguiente de la promulgación de la Constitución, expidió el 6 de febrero de 1917, la convocatoria a elecciones extraordinarias de Presidente de la República, Diputados y Senadores al Congreso de la Unión que deberian celebrarse el segundo domingo de marzo de 1917; asi como la Ley Electoral que habría de regularlas. Carranza fue designado Presidente en virtud de las elecciones y aunque su periodo de gobiemo comenzó el t" de mayo de 1917, se computó desde ello de diciembre de 1916 de acuerdo con el articulo 3° transitorio constitucional. El 2 de julio de 1918, el Presidente Carranza promulgó la Ley para la Elección de los Poderes Federales que la propia Constitución anunciaba, la cual establecía que las elecciones se celebrarían los años terminados en cero o cifra par el primer domingo de julio; además, prevé una sistematización de la formación de los padrones electorales, que garantizarian su objetividad. 47Neevia docConverter 5.1 La ley reglamentaba da posibilidad de reclamar contra inexactitudes del padrón, con base en las reglas siguientes : al todo elector de una sección o representantes de partido, podía pedir la supresión de un ciudadano indebidamente inscrito, los interesados, sus representantes y los de los partidos políticos podian solicitar la inscripción de los omitidos o pedir la rectificación de errores en el nombre del elector; b) las reclamaciones podían presentarse ante los Consejos Municipales, y e) el Consejo respectivo debia resolver por turno y por mayoria de votos cada una de las reclamaciones en vista de las pruebas aportadas, haciéndolo del conocimiento de los interesados. Otros medios de impugnación que se podían interponer, procedian en los siguientes casos: a) los electores que indebidamente no hubieran obtenido su credencial, podían acudir al Consejo municipal exponiendo su queja para que se les extendiera si el motivo de la reclamación era comprobado; b) los que hubieran llegado a la edad de ciudadania o que hubieran sido habilitadas en el ejercicio de sus derechos políticos, podlan exigir ante el Presidente municipal sus credenciales aportando pruebas a fin de fundar su petición; e) recusar a los instaladores de las casillas electorales. ante el Ayuntamiento, y d) los partidos políticos y candidatos independientes podian acudir ante el Consejo de lista electoral o Distrito Electoral al que perteneciera la autoridad municipal 48 Neevia docConverter 5.1 responsable, para exigir el registro de credenciales de sus representantes en caso de negativa. 36 Antes de que terminara su periodo presidencial, Venustiano Carranza impulsó la candidatura de Don Ignacio Bonilla, lo que produjo el malestar de Alvaro Obregón quien aspiraba a la Presidencia y mediante el Plan de Agua Prieta, se revela el 23 de abril de 1920; dicho Plan desconocía a los poderes existentes, pero mantenia vigente la Constitución de 1917. El 25 de mayo de 1920, Don Adolfo Huerta en su calidad de jefe interino del ejército, expide un Decreto que establece que si bien la soberanía nacional reside en el pueblo, ésta ha dado su sanción al Plan de Agua Prieta; con fundamento en el mismo se desconoce a Carranza como Presidente y las facultades de la Comisión Permanente y al Congreso de la Unión, salvo las de nombrar Presidente Provisional; y se convocó a sesiones extraordinarias, resultando electo Adolfo de la Huerta. Siendo Presidente Constitucional, Álvaro Obregón, se adicionó el
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