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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MÉXICO 
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES 
 
 
 
 
 
 
 
 
DIFUSIÓN DE LA CULTURA DE LA LEGALIDAD A TRAVÉS DE 
INTERNET. EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES. 
ESTUDIO DE SU PÁGINA WEB. 
 
TESINA 
 
QUE PARA OBTENER EL TITULO DE 
LINCENCIADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN 
 
PRESENTA: 
CESAR ALEJANDRO SÁNCHEZ CHAO 
 
ASESOR: 
MTRO. PABLO ANTONIO MARTÍNEZ PICHARDO 
 
 
 
MÉXICO DF. 2007 
 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
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Dedicatoria 
Quisiera empezar por hacer mención de una idea que me abordo al comenzar a desarrollar 
este apartado, la dedicatoria, la parte más fácil de este trabajo y a su vez la más difícil, esto 
quizá porque es la culminación de nuestros estudios hasta un nivel apto para defendernos en 
la vida, o porque quizá recordamos por todo lo que pasamos para llegar a este momento o 
por ser esta nuestra primera y quizá única obra. Es difícil pero a la vez agradable poder 
cerrar este circulo en su totalidad a través de este trabajo, difícil por todos los recuerdos que 
tengo para la realización de este y agradable porque pude concluir esta etapa al 100%. 
Además quisiera hacer referencia a los sentidos encontrados que me invaden en este 
momento, puedo asegurar que es algo que no había podido tener el deleite de sentir. Los 
sentimientos son variados, desde nostalgia, alegría, incertidumbre, duda, regocijo, enojo. 
 
Este trabajo no quisiera dedicarlo a solo unas cuantas personas ya que considero que es el 
trabajo de mi vida y esto conlleva a que muchas personas influyeron en diferentes aspectos 
para poder lograr su finalización, así que tratare de generalizar en la dedicatoria pero no sin 
omitir a nadie. 
 
A mis padres 
 
Madre quisiera comenzar esta dedicatoria haciendo mención a una nota que todavía 
conservo la cual tú me entregaste y firmaste con todo el amor que me tienes cuando 
comenzaba el segundo año de primaria en el Instituto México en la que mencionas que: soy 
capaz de llevar a cabo todo lo que me proponga. Aunque no lo creas cada vez que me 
desvelaba estudiando o que sentía presión por algún examen o trabajo tomaba tú nota y la 
leía no una sino varias ocasiones. Al principio yo era muy pequeño para entender realmente 
el valor del significado de tus palabras, conforme fui creciendo entendía de manera más 
clara cada letra que con tu alma y tu corazón expresabas en ese pedazo de papel que ahora 
me ha hecho el hombre que soy y espero no haberte defraudado, porque gracias a ti y a las 
adversidades que pasaste para poder ofrecerme una educación de excelencia pude lograr 
este objetivo. 
 
Papá hay una razón que siempre tuve en mente para poder completar esta meta y esas 
fueron tus palabras haciendo referencia a que lo único que me vas a dejar y lo único que tu 
siempre me haz exigido ha sido mi titulo universitario para poder defenderme en la vida. 
Durante este proceso el apoyo que me brindaste fue incondicional y limpio ya que tú no 
estabas seguro de que lo realizará pero aun así siempre confiaste y creíste en mí para 
completar esta parte tan importante de mi vida. 
 
A mi Familia 
 
Hay un dicho que dice la sangre llama y siempre que necesite de alguno de ustedes nunca 
recibí una negativa, al contrario siempre conté con apoyo y ánimos tanto en el ámbito 
personal como en el profesional. Siempre han estado conmigo brindándome lo necesario 
para salir adelante ante cualquier adversidad, ustedes entendieron lo que necesitaba, 
sacrificaron tiempo por mi proyecto de manera incondicional presenciaron mis cambios de 
humor y aun así siempre estuvieron conmigo esto no lo hubiera podido conseguir sin 
ustedes. Hermana siempre estuviste presente durante este proyecto espero que sea de tú 
agrado. 
 
A mis Amigos 
 
Al fin se van a poder convertir en inmortales pero en algo bueno no en uno de sus desmanes 
en los que siempre están metidos. La razón por la que tome la decisión de incluirlos en este 
trabajo es porque desde pequeños nos conocemos además de que hemos pasado por muchas 
cosas juntos, tanto buenas como malas, hemos compartido todo tipo de experiencias, 
además de que siempre de una u otra forma confiaron en mi y me exigieron que terminara 
este proyecto al igual que sus familias ya que me han aceptado como si fuera parte de ellas, 
en base a eso es la razón por la que decidí mencionarlos espero que sigamos creciendo y 
madurando juntos. 
 
A mis Profesores 
 
Desde que inicie mis estudios tuve todo tipo de experiencias en el ámbito educativo, pero 
nunca dejaré de reconocer que desde que tengo memoria en todos mis niveles educativos 
tuve muchas vivencias que pude llevar a cabo en mi vida cotidiana gracias a los 
conocimientos que todos ustedes me enseñaron. Algunos más exigentes que otros, todos con 
diferentes expectativas en la vida y con incertidumbre sobre si su trabajo era valorado o 
utilizado por sus alumnos, pero todos compartían algo el poder aportar y llevar de la mano a 
través de la enseñanza a una persona que gracias a ustedes es integra y educada en su vida. 
 
A mi Universidad 
 
Cinco años de mi vida estuve en tu entorno usando tus instalaciones participando en tus 
eventos, defendiéndote de quienes quisieran cerrar tus puertas y suspender tus actividades, 
absorbiendo todo el conocimiento y la experiencia que me brindabas, me demostrabas día 
con día que el que quisiera estudiar tenia tus puertas abiertas para aprovecharlas al máximo. 
Nunca me fallaste ni me decepcionaste en los conocimientos, profesores y actividades que 
me brindaste y por eso logre concluir este proyecto. 
 
A Dios 
 
Todo lo anterior me lo has proporcionado en grandes cantidades facilitándome así la 
oportunidad de lograr mis metas y proyectos, siempre te pido paciencia y tranquilidad para 
realizar los proyectos de mi vida tanto profesionales como personales y siempre me haz 
escuchado por lo que ahora además de dedicarte mis acciones y tus enseñanzas te quisiera 
dedicar este trabajo. 
 
A Mí 
 
Por demostrarme que si deseo alcanzar alguna meta la puedo conseguir mientras realmente 
me lo proponga. 
 
INDICE: 
 
INTRODUCCIÓN 
CAPITULO 1 
El Derecho y su evolución social 
1) ¿Qué es el Derecho? 7 
1.1.1Definición 7 
2) ¿Qué es el Derecho Penal? 9 
1.2.1 Definición y Antecedentes 9 
3) ¿Qué es el Derecho Penal Mexicano? 17 
1.3.1 Definición y Antecedentes 17 
1.3.2 Actualidad 22 
CAPITULO 2 
Instituciones del Derecho Penal 
1) El Poder Judicial 26 
2.1.2 Definición 26 
2.1.3 Antecedentes Históricos 27 
2.1.4 Estructura 28 
2) Procuraduría General de la República (PGR) 30 
2.2.1 Definición 30 
2.2.2 Antecedentes Históricos 30 
2.2.3 Estructura 35 
3) Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) 36 
2.3.1 Definición 36 
2.3.2 Antecedentes Históricos 37 
2.3.3 Estructura 43 
2.3.4 Situación Actual 46 
2.3.5 Organigrama 49 
2.3.6 Dirección de Servicios Bibliográficos e Informáticos 51 
2.3.6.1 Estructura 52 
2.3.6.2 Funciones 52 
 
 
 
CAPITULO 3 
El uso de las nuevas tecnologías de la información en el INACIPE 
1) Historia del Internet 54 
3.1.1 Antecedentes 55 
3.1.2 Página Web57 
2) El Internet en el INACIPE 60 
3.2.1 Antecedentes 60 
3.2.2 Surgimiento de la página Web 62 
3.2.3 Forma y contenido de la página Web en el INACIPE 63 
3) EL Internet como herramienta de difusión en la cultura de la legalidad 81 
3.3.1 Mejoras y Rendimiento 84 
3.3.2 Perspectiva 90 
 
CONCLUSIONES 91 
BIBLIOGRAFÍA__________________________________________________94 
 
ANEXO 1 98 
 
ANEXO 2 104 
 
ANEXO 3 130 
 
ANEXO 4 139 
 
ANEXO 5 140 
 
ANEXO 6 141 
 
 
 
 
Introducción 
 
La difusión de la información a través de los diferentes medios de comunicación es 
basta y muy variada, el uso de estos medios permite al ser humano enterarse de 
diferentes temas generales. Cada individuo utiliza la radio, la televisión, o la prensa 
escrita como fuente de información pero estos medios por lo general abarcan temas de 
interés particular o en sus espacios tratan de abarcar la mayor cantidad de audiencia 
posible por lo que difunden temas de interés general, dejando a un lado algunas áreas 
especificas al descubierto. 
 
Ante esta situación y con el surgimiento de las nuevas tecnologías de información como 
lo es Internet se permite a los usuarios encontrar espacios para difundir información 
personal, específica y permanente tratando de llegar a la mayor cantidad de individuos 
posibles. A través de esta tecnología el emisor satisface la necesidad de poder presentar 
al público su información correspondiente sin que esta se quede truncada o en el olvido. 
 
Los costos para difundir información a través de alguno de los medios de comunicación 
convencionales en muchas ocasiones es elevado y sólo mantiene una permanencia 
temporal en este espacio, es decir, que si alguna empresa particular, gubernamental o 
determinado individuo quisiera difundir algún tipo de información a través de la prensa, 
este anuncio saldría quizá una semana o algunos días y esto solamente en algún 
periódico en especifico, de igual forma si se quisiera obtener algún espacio o 30 
segundos en la televisión esto tendría un costo muy elevado, dependiendo la hora y el 
canal en el que se difundiría la información y sólo pasaría por un tiempo determinado. 
 
Existen entonces 3 conflictos para difundir información a través de los medios de 
comunicación convencionales, el primero es el costo, el segundo es al público que le va 
a llegar la información, es decir, quizá no sea absorbido por las personas que nosotros 
deseamos y tercero la permanencia. 
 
Basándome en lo anterior la respuesta a todo el publico que desea fomentar y mantener 
una difusión de algún tema en especifico se enfoca a utilizar el Internet como salida a la 
problemática antes mencionada, ya que al contrario de los otros medios, es más barato, 
permanente, y esta disponible las 24 horas del día, con la ventaja de que podemos atraer 
al público específico y de alguna manera a un público general, lo que amplia las 
posibilidades de que la información que estamos presentando llegue a mucho más 
individuos en un tiempo menor. 
 
Esta reciente tecnología (Internet) puede ser catalogada como la gran enciclopedia 
mundial, o el medio informativo más completo y variado de todos los tiempos, 
entendiendo este término desde el punto de vista en que el usuario puede encontrar 
cualquier tipo de información a cualquier hora del día y en cualquier lugar, claro que 
esto solamente se puede lograr si se cuenta con una computadora y un enlace a Internet. 
 
La fuerza o el crecimiento del Internet va en aumento día con día ya que esta tecnología 
se basa en el uso y creación de páginas Web las cuales contienen toda la información 
que se esta difundiendo. Estas páginas son creadas por el sin número de usuarios que ya 
1 
 
utilizan esta herramienta para expresar opiniones, presentar artículos, dar a conocer su 
negocio, etc.. 
Tanto es el crecimiento de esta nueva herramienta que los medios de comunicación 
convencionales la están utilizando para sus propios fines, un ejemplo de esto es que ya 
se pueden consultar periódicos en línea, de igual forma se pueden escuchar estaciones 
de radio e incluso ver diferentes canales de televisión a través de Internet. 
 
Otra de las ventajas que tiene Internet es que a sus páginas se les puede insertar video, 
audio y animación, lo que permite al usuario poder interactuar con la información y de 
esta forma se logra mantener enfocado al receptor por lo que este acepta más rápido este 
tipo de comunicación que una comunicación estática en la que el receptor tiene que ver 
o escuchar una información determinada en un tiempo establecido como lo es el caso de 
la televisión. 
 
Actualmente existen muchas Instituciones tanto privadas como públicas que utilizan 
esta herramienta para difundir sus actividades; Este es el caso del Instituto Nacional de 
Ciencias Penales que por sus siglas se le conoce como INACIPE, el cual es organismo 
descentralizado encargado de capacitar y actualizar a los Agentes de Ministerio Público 
de la Federación, servidores públicos y peritos profesionales, además de contribuir 
mediante asesorías a empresas públicas y privadas con el objetivo de mejorar el sistema 
penal en México. 
 
El INACIPE aunque ya contaba con medios para difundir su información tales como sus 
actividades generales, cursos, congresos nacionales e internacionales, utilizaba carteles 
y anuncios publicitarios impresos para lograr esta acción, necesitaba incorporar una 
herramienta que pudiera atender la demanda informática de alumnos, profesores, 
aspirantes, servidores públicos y público en general, por lo que en el 2003 se dio a la 
tarea de implementar un programa tecnológico con el fin de atender estas necesidades. 
Dentro de este programa se encontraba la puesta en marcha de una página Web. 
 
La idea de esta página es que siempre estuviera a la vanguardia y que contara con 
elementos detallados y generales de todas las actividades realizadas por el Instituto y 
lograr de esta forma poder difundir información referente a las Ciencias Penales de 
nuestro país. 
 
Con el surgimiento de este recurso informático se lograron obtener objetivos 
importantes, tales como el alcancé a un mayor número de usuarios y por consecuencia 
el aumento de público tanto Nacional como Internacional, lo que permitió establecer 
que la página Web del INACIPE fuera una herramienta importante para mantener al día 
los fundamentos y actividades de la Institución y su consecuente difusión Institucional. 
 
Basándose en lo anterior, a través de este trabajo se pretende dar a conocer al lector la 
transición por la que ha pasado el INACIPE para contar con una página Web y poder 
utilizarla como su gran medio de difusión y comunicación de actividades en materia 
penal o específicamente a las Ciencias Penales. De igual forma a través de un estudio 
hecho de la misma, se estudian los diferentes rubros importantes que se encuentran en 
este sitio y de esta forma entender la importancia que tiene el Internet y específicamente 
una página Web como medio de difusión de la información y la infinidad de páginas 
2 
 
con las que cuenta este medio tiene muchas ventajas así como limitaciones, pero 
siempre he considerado que se debe hablar de ambos puntos, ya que en muchos casos 
diversos usuarios quizá no estén familiarizados con esta herramienta y quizá existan 
otras que la utilicen sólo como entretenimiento, es decir chatear, utilizar los juegos o 
realizar apuestas, pero hay otro grupo que pudiera ser el que utiliza el Internet bajo las 
raíces por las que surgió, las cuales se basan en el hecho de poder intercambiar o 
presentar de manera casi inmediata información con usuarios de todo el mundo 
 
Como se expresa, para poder accesar a esta tecnología es necesario contar con un 
equipo de computo y los parámetros necesarios para realizar una conexión lo que pone a 
este medio una limitante en cuanto al alcance del individuo, ya que muchosno cuenta 
con estas opciones, pero los que si tienen esta posibilidad encuentran en la gran 
enciclopedia mundial (INTERNET) un medio por el cual pueden informarse de temas 
específicos o información general. 
 
El objetivo de este trabajo es el de poder dar a conocer las acciones de difusión que 
realiza el INACIPE a través de su página Web, y el objetivo fundamental es presentar 
ante el lector la estructura de esta página, como funciona y definir los procedimientos de 
actualización de la misma. Cabe señalar que es de suma importancia ya que hace sólo 
unos años esta Institución no contaba con esta herramienta de comunicación e 
información. 
 
La comunicación es un factor muy importante para la difusión de estudios, ya que esta 
permite poder encontrar y establecer los medios necesarios para poder dar a conocer un 
tema en específico en este caso las ciencias penales. Actualmente no se cuenta con una 
difusión informativa amplia para este tipo de temas, por lo que es necesario el uso de 
nuevas herramientas las cuales se mantienen actualizadas día con día. 
 
Las distintas herramientas de Internet atienden preferencialmente a las audiencias de 
dimensiones que podrían considerarse como medianas, permitiendo que los usuarios 
desarrollen un estrecho contacto. De esa manera, al compartir determinados 
pasatiempos o mostrar afinidad por ciertas áreas de interés en común, Internet puede 
llenar el importante espacio que relativamente dejaban abandonado los medios de 
comunicación convencionales. 
Es importante destacar que Internet además introduce nuevas pautas de convivencia e 
integración, desplazando a un segundo término algunas de las difíciles fronteras 
psicológicas y sociales que se han establecido entre grupos de personas de distintos 
niveles sociales, económicos o educativos en todo el mundo. 
Por medio de sus computadoras y, en base a compartir determinado tipo de intereses, 
los usuarios de Internet pueden relacionarse a través de activos grupos de discusión e 
intercambio de información, sin considerar siquiera la situación social, educativa o 
geográfica de las personas que interactúan entre sí. 
Podría afirmarse que todo usuario de Internet dispone de las condiciones necesarias para 
desarrollar su propia "prensa". Ese tipo de privilegios convierten a Internet en un medio 
3 
 
sumamente atractivo para sus usuarios. A diferencia de los medios de comunicación 
masiva, el usuario de Internet se constituye como un auténtico emisor. 
Una de las herramientas que pueden dar una mayor apertura a este tipo de temas como 
es el caso de las ciencias penales, es el Internet o definiéndolo de una manera mas clara 
una página Web que contenga información de este tipo, la cual puede brindar de manera 
veraz y oportuna los diferentes eventos o noticias en materia penal. 
A través de una página Web se vincula exclusivamente este tipo de asuntos, cabe 
señalar que la difusión de la información fluye de manera constante y actual, lo que 
permite al receptor mantenerse al día. 
 
Mediante la experiencia laboral concretamente basándolos en la creación y puesta en 
marcha de una página Web, se busca demostrar que la difusión de diversos eventos, 
temas y noticias pueden ser aceptados por una mayor cantidad de individuos si se 
utilizan los medios de comunicación masivos y de reciente surgimiento (Internet) 
página Web. 
 
En materia penal existe muy poca o ningún tipo de difusión vía electrónica por lo que 
mediante el uso de esta herramienta se puede dar a conocer de manera más clara y 
oportuna la información. 
 
El poco fomento de difusión de la cultura de legalidad en materia penal permite 
demostrar que mediante la creación de una página propia de contenido especifico y 
utilizando los diferentes medios para dar a conocer esta página (periódico, trípticos, 
carteles, hojas informativas) se puede crear una línea directa de comunicación hacia 
temas poco difundidos. 
Mediante este proyecto se busca dar a conocer la creación de una página Web en una 
institución con el fin de dar a conocer temas de poca difusión que a través de otros 
medios es inoperante o en muchos casos inexistente. 
 
En los primeros años de este sexenio el INACIPE no contaba con una página Web 
propia por lo que utilizaba otros medios para difundir su información, esto pudo quedar 
en el olvido cuando se empezó a trabajar en un proyecto de desarrollo tecnológico para 
la Institución lo que permitir poder crear y conservar esta página. 
 
Muchas Instituciones, empresas o negocios pueden encontrarse en la misma situación 
por la que paso el INACIPE. Este trabajo se basa en poder dar a conocer al público la 
opción de salida que crea mediante la creación de una página Web con el objetivo de 
difundir información especifica en este caso en materia penal. 
 
Muchos usuarios realmente no ven el beneficio que se tiene al contar con un espacio 
propio de difusión y lo he podido visualizar en carne propia, pero al realizar este escrito 
pretendo que el lector tenga un panorama más amplio sobre el uso de las nuevas 
tecnologías de información, ya que aunque deben existir algunas limitantes, lo 
rescatable y productivo del Internet y la difusión de la información a través de una 
página Web son invaluables y necesarias para la sociedad. 
 
4 
 
La metodología utilizada para dar entendimiento a este trabajo se basa en el uso de los 
antecedentes de la Institución, así como en entrevistas realizadas a servidores públicos 
vinculados al uso y monitoreo de esta página. Las citas expuestas en este trabajo tratan 
de enfocar la diferencia que existe hoy en día que el Instituto Nacional de Ciencias 
Penales cuenta con un medio de información actual como lo es una página Web. 
 
De igual forma el uso de cuadros sinópticos y organigramas permitirán al lector un 
recorrido más fluido a través del trabajo y aunado esto con las líneas del tiempo e 
ilustraciones se podrá dar una lectura más amena y basta del mismo. 
 
El estudio realizado a la página Web del INACIPE a través de la toma de imágenes de 
la misma permitirá al lector poder adentrarse a la página como si estuviera navegando 
por la misma, lo que brindara una opción más amplia al estudio de sus contenidos. 
 
Cabe hacer mención que este no pretende ser un trabajo enfocado hacia la materia de 
Derecho, aunque si he utilizado antecedentes del mismo tema pero esto ha sido con el 
fin de adentrar un poco más al usuario dentro de las funciones y situación laboral por la 
que se rige el INACIPE, pero debe quedar claro que el objetivo del presente es valorar y 
permitir demostrar que una herramienta como lo es el Internet usándolo de manera 
adecuada se puede convertir en un medio apto y propicio para difundir tanto 
información de carácter especifico como general. 
 
De esta forma, la estructura del presente estudio se muestra con el análisis sinóptico del 
origen del Derecho Penal en sus diversas facetas, ya que se considera el tema 
fundamental de la difusión y la divulgación que lleva a cabo el INACIPE, es decir, los 
tópicos de las ciencias penales en general, y que podría expresarse que este capitulado 
pertenece a la rama jurídica solamente, sin embargo, se expone como el antecedente de 
la propia actividad inherente al INACIPE. 
 
En el capitulo II se aborda el estudio de la estructura y organización de las Instituciones 
encargadas de administrar y ministrar la rama del Derecho Penal las cuales a través de 
la Ley de Transparencia tiene por obligación el informar mediante cualquier medio las 
actividades y puntos que se encuentran determinados en el articulo 7 de la misma. 
 
De igual forma se presentan los antecedentes históricos, la estructura y objetivos del 
Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) y en caso particular las funciones de 
sus Secretarías y las de la Dirección de Servicios Bibliográficos e Informáticos, 
encargada de la actualización y mantenimiento de su página Web. 
 
El capitulo III tiene por objetivo describir la importancia de lacomunicación, la 
divulgación y la difusión de la cultura de la legalidad a través de Internet por medio de 
una página Web. 
 
La historia de la creación de esta página, así como el análisis de la misma, muestra a 
través del estudio de su estructura, perspectiva y mejoras un panorama de las ventajas 
con las que se cuenta al utilizar esta nueva herramienta tecnológica para poder lograr 
una difusión de la información de manera clara y oportuna. 
 
5 
 
El Internet en la actualidad es una herramienta de uso común para un gran número de 
personas, esto por la facilidad con la que permite al usuario obtener información desde 
cualquier punto, a cualquier hora, solo utilizando un equipo de cómputo y una conexión 
de red. 
 
Esta tecnología en el caso del INACIPE ha permitido ampliar su acercamiento de 
manera más oportuna a los maestros, alumnos, servidores públicos y público en general 
que buscan una o varias opciones en el área de las Ciencias Penales. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6 
 
CAPITULO I 
 
1) ¿Qué es el Derecho? 
1.1.1. Definición 
 
Orden Jurídico 
 
Para poder adentrarnos al tema de la difusión de la cultura de la legalidad en materia 
penal es importante definir el entorno en el que se adentra este concepto. Es decir, el 
derecho como tema que genera una gran cantidad de conceptos y definiciones. 
 
El derecho como tal regula las relaciones humanas mediante normas impuestas por el 
Estado bajo un principio ético. 
 
La definición propia del Derecho expresa en su conjunto la unión de normas y 
atribuciones que regulan la vida del hombre en la sociedad, es decir, de reglas que 
además de imponer deberes, conceden facultades.1 El derecho es la ordenación moral 
de la vida social y humana orientada a la realización de la justicia, este orden tiene que 
ver con un sistema de normas obligatorias que rigen las relaciones sociales de los 
individuos. Estas normas se encuentran fundadas en un principio ético y son impuestas 
y garantizadas por el poder del Estado. 
 
El derecho cuenta con diversas características las cuales son explicadas por García 
Máynez y confirmadas por Hoffman entre las que se destacan: 
 
Unilateralidad y Bilateralidad: La primera hace mención a que frente al sujeto al que 
se obliga existe otra persona para exigirle el cumplimiento de sus deberes, mientras que 
la segunda habla de imponer derechos y deberes correlativos, esto significa una relación 
reciproca o mutua entre las dos partes. 
 
Está relación correlativa se pude dar con un ejemplo claro, cuando una persona vende 
algún objeto y se ha puesto de acuerdo con el comprador sobre el precio el comprador 
tiene la obligación de pagar el objeto y exigir la entrega del mismo, mientras que el 
vendedor tiene la obligación de entregar el objeto y exigir el pago del mismo. 
 
Interioridad y Exterioridad: La primera es un atributo de la voluntad. Máynez expresa 
que esto significa que el individuo no solo actúe conforme al deber, sino por el deber. 
 
Estos factores tienen que ver con el actuar de manera ética, mientras que la exterioridad 
se refiere a la realización de un acto pero solo por hacerlo, es decir porque se tiene que 
actuar de forma determinada, un ejemplo seria que un individuo sabe que robar es un 
acto penado por la sociedad y no lo realiza exteriormente, es decir no ejecuta la acción, 
pero interiormente quizá constantemente este convencido de que seria una forma rápida 
de salir de apuros. 
 
 
1 Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho, 1995, 45a ed., Porrúa p.36 
7 
 
Coercibilidad e Incoercibilidad: La primera se refiere a una norma que se cumple de 
manera no espontánea e incluso en contra de la voluntad del individuo un ejemplo de 
esto considero que seria el pago de la tenencia vehicular, ya que se debe realizar un 
pago obligatorio pero no se da de manera espontánea, es decir que el individuo esta en 
contra de esta situación. Mientras que la incoercibilidad se refiere al hecho de ejecutar 
una norma de manera espontánea, la autoridad de medios coercitivos para mantener el 
orden. 
 
Autonomía y Heteronimia: La primera la define Máynez como auto legislación, 
reconocimiento espontáneo de un imperativo creado por la propia conciencia. 
Heteronimia es sujeción a un querer ajeno.2 
 
El derecho debe ser adecuado a la idea de justicia, es decir, al sistema de valores éticos 
sociales que se imponen en una comunidad determinada. Lo que no es justo no es 
conforme a derecho. 
 
Existen 2 grandes apartados o divisiones jurídicas dentro del Derecho, siendo el 
Derecho positivo y el Derecho natural. 
 
El Derecho positivo: se divide y va evolucionando por los diferentes momentos 
históricos por los que ha pasado en determinado momento. El Estado es el que impone 
las normas jurídicas con las que se va a regir. 
 
El Derecho natural: se refiere al conjunto de principios universales que se encuentran 
concebidos en la naturaleza del hombre. 
 
Entre ambos rubros existen algunas diferencias las cuales se ejemplifican en el siguiente 
cuadro comparativo. 
 
SECTORES JURÍDICOS 
DERECHO POSITIVO DERECHO NATURAL 
Es creado por el hombre (procedimiento) Surge de la naturaleza Humana (filosofía) 
 
 
Ordenamiento jurídico: 
 
Existe un orden jurídico el cual se puede dividir en 2 rubros generales y de ahí se puede 
desglosar en apartados individuales, estos son el derecho público y el privado. Es 
necesario explicar de manera concreta estos conceptos, ya que el derecho penal surge de 
este orden jurídico. 
 
 
 
 
 
 
 
2 Eduardo García Máynez, op.cit. p.22 
8 
 
El Derecho Público: Se define como conjunto de normas que regulan la organización y 
la actividad del Estado y demás entes públicos disciplinando las relaciones entre los 
ciudadanos y estas organizaciones políticas. 
 
Miguel Acosta Romero considera al Derecho Público como “un conjunto de preceptos 
jurídicos destinados a la tutela o defensa del ser humano y al cumplimiento de los 
intereses generales de la comunidad”3 e Ignacio Burgoa define las garantías 
individuales como “una relación de derecho existente entre el gobernado como 
persona física o moral y el propio Estado como entidad jurídica.”4 
 
El Derecho privado: Es el que regula las relaciones de los ciudadanos entre sí, existe 
una situación de igualdad en la relación jurídica. 
 
Barrera Graf en su obra la Representación voluntaria del Derecho Privado, hace 
mención que es “un plexo de normas jurídicas, pero su objetivo consiste en regular 
los intereses particulares de los individuos, a través de los códigos y leyes que al 
efecto se dicten.”5 
 
DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO 
Protege intereses públicos Protege intereses privados 
El derecho a votar El de la propiedad 
 
De estos conceptos del derecho, surgen varias ramas las cuales se encuentran divididas. 
A grandes rasgos el ordenamiento Jurídico podemos esquematizarlo de la siguiente 
forma: 
 
DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO 
a) Constitucional a) Civil 
b) Administrativo b) Mercantil 
c) Fiscal 
d) Penal 
 
El enfoque que se pretende expresar, el de la difusión de la cultura de la legalidad en 
materia penal cae en el rubro del Derecho Penal, por lo que a continuación se abarca de 
manera más profunda esta categoría. 
 
2) ¿Qué es el Derecho Penal? 
1.2.1. Definición y Antecedentes 
 
Basándonos en el esquema antes anterior de la subdivisión del Derecho, el Derecho 
Penal pertenece o surge del Derecho Público anteriormente definido. 
 
El Derecho Penal es el poder punitivo del Estado, constituyendo la expresión más 
enérgica del poder, mediante el cual se establecen los delitos y las penas como su 
legítima consecuencia. 
 
3 Miguel Acosta Romero, Teoría General del Derecho Administrativo, 1975, 2a ed., Porrúa, p.33 
4 Ignacio Burgoa Orihuela, Las Garantías Individuales, 1991, 23a ed., Porrúa, p.155 
9 
 
5 Jorge Barrera Graf, Representación voluntaria del Derecho Privado, 1967, 1a ed., UNAM, p.13Existen varias tipos de definiciones de lo que es el Derecho Penal, entre ellas, el jurista 
Luis Jiménez de Asúa, lo define “como el conjunto de normas y disposiciones 
jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado”6, 
estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la 
responsabilidad del sujeto activo, asociando a la infracción de la norma una pena 
finalista o una medida aseguradora. 
 
Otro destacado jurista, José A. Sainz Cantero define al Derecho Penal como “el sector 
del ordenamiento jurídico que tutela determinados valores fundamentales de la 
vida comunitaria, regulando la facultad estatal de exigir a los individuos 
comportarse de acuerdo con las normas y de aplicar penas y medidas de seguridad 
a quienes contra aquellos valores atenten mediante hechos de una determinada 
intensidad”.7 
 
Otros juristas consideran al Derecho Penal como un instrumento de defensa de los 
valores fundamentales de la comunidad que sólo debe emplearse contra ataques muy 
graves a esos valores y en una forma controlada y limitada por el ejercicio de la ley. 
 
Unificando los puntos de vista antes mencionados podemos entender por Derecho Penal 
como el rubro o sector que se encarga de establecer normas jurídicas con el fin de 
mantener un orden social único y mediante estas disposiciones defender los valores y 
condiciones de la sociedad actual. Estas normas permiten que la sociedad pueda 
encontrar un poco de tranquilidad en cuanto a la integración social y el orden en sus 
diferentes sectores. 
 
El Derecho Penal a su vez se divide en Derecho Penal Objetivo y Derecho Penal 
Subjetivo; En México, el destacado Jurista Raúl Carrancá y Trujillo define al primero 
de ellos, como el “conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, 
determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta 
de las mismas a los casos de incriminación”;8 En sentido subjetivo, el Derecho Penal 
se identifica con el derecho de castigar, consiste en la facultad del Estado mediante 
leyes, de conminar la realización del delito con penas y en su caso imponerlas y 
ejecutarlas, por su parte Eugenio Cuello Calón, considera que “es el derecho del 
Estado a determinar, imponer y ejecutar las penas y demás medidas de lucha 
contra la criminalidad”.9 
 
Castellanos Tena señala que ante una excesiva intromisión del poder del Estado en el 
ámbito de los derechos individuales, es necesario establecer los límites que debe tener el 
poder Estatal. Estos límites pueden reducirse a la vigencia, no sólo formal, sino también 
material de dos principios fundamentales: el principio de intervención mínima y el 
principio de intervención legalizada del poder punitivo del Estado. 
 
 
 
 
6 Luis Jiménez de Asúa, Tratado de Derecho Penal 1, 1992, 6a ed., Losada, p.43 
7 José A. Sainz Cantero, Lecciones del Derecho Penal, Parte General, 1, 1990. 3a ed., Bosh Intro. 
8 Raúl Carranca Trujillo, Derecho Penal Mexicano, 1999, 20a ed., Porrúa, p.57 
10 
 
9 Eugenio Cuello Calón, Derecho Penal I, 1975, 18aed., Bosh, p.1 
 
“El principio de intervención mínima implica que el Derecho Penal sólo debe 
intervenir en los casos de ataques muy graves en los bienes jurídicos más 
importantes. Las perturbaciones más leves del orden jurídico son objeto de otras 
ramas del Derecho. 
 
El principio de intervención legalizada sirve para evitar el ejercicio arbitrario e 
ilimitado del poder Estatal. Este principio supone un freno para una política penal 
demasiado pragmática que decida acabar a toda costa con la criminalidad y movida 
por razones defensivas o radicales, sacrifique las garantías de los ciudadanos, 
imponiéndoles sanciones no previstas ni reguladas por la ley”.10 
 
Las irregularidades hacia este principio se han tratado de erradicar de manera definitiva, 
ya que en algunas ocasiones este se ejecuta de manera incorrecta poniendo en peligro la 
integridad ciudadana y el ejercicio del estado hacia el combate contra la delincuencia. 
 
“El Derecho Penal protege bienes o valores determinantes para el individuo, 
constituyendo así la fórmula drástica para que el Estado pueda ejercer materialmente 
la conminación y coercibilidad cuando se quebrantan dichos valores, en búsqueda del 
bien común para una buena convivencia social.”11 
 
De igual forma Castellanos Tena señala que existen acontecimientos que pueden 
transformar la valoración jurídica de los bienes protegidos, el jurista en sus valoraciones 
debe actuar al margen del sentimiento populista porque las valoraciones sociales 
ofrecen al jurista todo un contenido sumamente rico de aspiraciones concretas de 
Justicia que son los datos ideales; pero éstos deben ser purificados por el jurista de lo 
pasional y excesivo que se halla mezclado con ellos. La valoración jurídica tiene 
características que la distinguen de la valoración social 
 
VALORACIÓN 
JURÍDICA SOCIAL 
Racional Mezcla de sentimientos y pasiones 
Razona la justicia como solución ideal Razona la justicia como solución nueva 
12 
El surgimiento del derecho penal obedece a la necesidad de regular el comportamiento 
del hombre en sociedad. 
 
El crimen nace con el hombre, cuando todavía no existía un orden jurídico, ni una 
sociedad organizada; el delito se manifiesta en su más rudimentaria forma al realizar un 
daño a bienes ajenos. 
 
Desde sus inicios el hombre ya desarrollaba conductas que afectaban a sus similares, 
algunos tomaban el animal cazado por otros con violencia o un hombre peleaba con otro 
por obtener a una mujer. De ahí la necesidad de regular tales conductas y señalar 
castigos para lograr el orden y la convivencia. 
 
10 Fernando Castellanos Tena, Lineamientos Elementales del Derecho Penal, 1992, 30a ed, Porrúa, p.72 
11 Fernando Castellanos Tena, op.cit. p.74 
11 
 
12 Cuadro basado en el libro de Castellanos Tena, op.cit. p.82 
En esta parte, interesa, sobre todo, destacar las etapas de evolución por las que ha 
pasado esta disciplina jurídica como hace mención Alberto Orellana “la evolución de 
las ideas penales se ha presentado en cinco grandes períodos o etapas: venganza 
privada; venganza divina; venganza pública; periodo humanitario y etapa 
científica”.13 
 
Para poder dividir estas etapas se considero definir de manera general el termino de 
venganza. La venganza significa que el hombre, ante una agresión recibida, obtiene la 
satisfacción mediante un acto violento. En esta fase, cabe distinguir cuatro subfases. 
 
Venganza Privada 
 
Es esta etapa fue el impulso de la defensa o la venganza, de todas las actividades 
provocadas por un ataque injusto. “Todo organismo en presencia de una ofensa 
reacciona defendiéndose y ofendiendo a la par”.14 El animal responde al ataque con 
el ataque, de igual forma lo realiza el niño y el hombre primitivo y en esta pugna se 
aplicaba la ley del mas fuerte. 
 
Durante esta época la función punitiva la ejercían los particulares, pues cada particular, 
cada familia y cada grupo se protege y se hace justicia por si misma, sin embargo, 
debido a los excesos cometidos por los ofendidos al realizar su “Venganza", surgió lo 
que se conoce como la Ley del Talión, que no fue otra cosa sino una medida 
moderadora pues sólo se le reconocía al ofendido el derecho de causar un mal de la 
misma intensidad al sufrido. “Talión y composición representan un adelanto moral y 
jurídico para la humanidad”*15, fue poco después que nació la compensación, 
mediante el cual se autorizaba para que ofendido y ofensor nombraran representantes 
que moderaran los reclamos recíprocos y acordaran la cantidad del castigo 
 
OFENSA = REACCIÓN = VENGANZA 
 
DERECHOS = DEBERES 
 
Venganza divina 
 
Al lado del periodo conocido como venganza privada, se gestó dentro de organizaciones 
sociales más cultas, el principio teocrático y éste vino a convertirse en fundamento del 
derecho penal, pues no se castigaba al culpable para satisfacer al ofendido, sino para 
que aquél expiasela ofensa causada a Dios con su delito. En general, esta época fue 
manejada por la clase sacerdotal. 
 
 
 
 
 
 
13 Alberto Orellana Wiarco, Curso de Derecho Penal parte general, 1999, sin ed., Porrúa p. 39 
14 Raúl Carranca y Trujillo, Raúl Carranca y Rivas, Derecho Penal Mexicano, 1999, 20a ed., Porrúa, p.93 
15 Raúl Carranca y Trujillo, Raúl Carranca y Rivas, op.cit., p. 94 
12 
 
Cabe señalar que dentro de esta época se utilizaba la tortura, el tormento y la 
incomunicación como medio para obtener una confesión y esta era considerada como la 
reina de las pruebas. De igual forma se encontraba el tribunal de la Santa inquisición el 
cual dictaba las sentencias o conseguía las confesiones mediante los actos antes 
mencionados. 
 
DELITO = PECADO 
 
PENA = PENITENCIA 
 
 Venganza Pública 
 
“En la edad Media persistieron la venganza privada y la venganza divina, en este 
periodo se fue fortaleciendo la venganza pública con el desarrollo del poder 
real”.16 
 
Durante ésta etapa, se empieza a hacer distinción entre delitos privados y públicos, 
según el hecho lesione de manera directa los intereses de los particulares o el orden 
público. Con esto se da el transito del derecho a la venganza a favor de una autoridad 
superior. 
 
En la Novísima recopilación existe una ley que señala el transito de la venganza privada 
a la pública expresivamente: “Teniendo prohibidos los duelos y satisfacciones 
privadas, que hasta ahora se han tomado los particulares por si mismos, y deseando 
mantener rigurosamente esta absoluta prohibición, he resuelto para que no queden 
sin castigo las ofensas y las injurias que se cometieren, y para quitar todo pretexto a 
sus venganzas, tomar sobre mi cago la satisfacción de ellas, en que no solamente se 
precederá con las penas ordinarias establecidas por el derecho, sino que las 
aumentare hasta el último suplicio; y con este motivo prohíbo a todos generalmente, 
sin excepción de personas, el tomarse por si las satisfacciones de cualquier agravio e 
injuria , bajo las penas impuestas” (ley 3, tit. 20, Lib. XII)17 
 
Es entonces cuando aparece la etapa llamada "venganza pública", los tribunales juzgan 
en nombre de la colectividad. Esta fue una inmensa época, de propósitos retributivos y a 
lo sumo intimidantes, ya que los métodos y las técnicas utilizadas eran inhumanas. 
Surgen los calabozos, la horca, los azotes y algunos instrumentos de tortura 
verdaderamente sádicos con el fin de asegurar el dominio de la clase política. 
 
Etapa Humanitaria 
 
Como respuesta a la fase anterior, surge una reacción humanista en materia penal, de 
manera que se pretende dar un giro absoluto y radical a la dureza del castigo. 
 
 
 
 
 
16 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 41 
17 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 44 
13 
 
Grandes pensadores, filósofos y humanistas, con su obra e ideas, han influido en el 
derecho penal y ciencias afines. Cesar Beccaria y John Howard, con su valiente y 
enérgica manifestación de principios humanistas, trataron de devolver al hombre el 
respeto a su dignidad ya que el poder de definir, elaborar y ejecutar el castigo era el 
mismo gobierno, y no se tomaba en cuenta la integridad tanto social e individual. 
 
En su libro tratado de delitos y penas, Beccaria destaca diversos aspectos, dentro de los 
que Orellana destaca los siguientes: 
 
1. El fin de las penas es prevenirlas, la pena más que castigar debe impedir 
nuevos delitos y retraer a los demás a cometerlos. 
2. La pena debe ser proporcional al delito, la desproporción engendra injusticia 
e impunidad. 
3. Debe desterrarse el tormento por inhumano e inútil para lograr penas justas. 
4. Los procesos deben ser públicos, debe desterrarse el secreto y las penas deben 
ser prontas. 
5. Las penas no deben distinguir a los individuos por su condición social. 
6. La pena de muerte debe desterrarse por injusta y no ser útil a efectos 
preventivos. 18 
 
Estas ideas, expresadas en 1764, se encuentran vigentes, al igual que los principios 
emanados de la Revolución Francesa, con la cual surge la contemplación y tutela de los 
derechos del hombre. 
 
Etapa Científica 
 
En esta etapa se mantienen los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza 
científicamente respecto del delincuente, es decir que enfoca sus estudios a la 
corrección del delincuente y no a su destrucción. 
 
Considera que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino que además se requiere 
llevar a cabo un estudio de personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es 
indispensable conocer el porque del crimen, saber cual es el tratamiento adecuado para 
readaptar al sujeto y sobre todo, prevenir la posible comisión de delitos. En la pena 
estima que un tratamiento y el sujeto son productos de las propias fallas sociales, con 
influencias de factores de índole diversa interna y externa. 
 
Dentro de esta etapa se pueden nombrar diferentes escuelas, cada una de estas corrientes 
realiza aportaciones que fungen hasta nuestros días. En los siguientes apartados se 
desarrolla una sinopsis de las propuestas de cada una de estas corrientes. 
 
 
 
 
 
 
18 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. 
 
14 
 
EVOLUCION DE LAS IDEAS PENALES 
 
Venganza Privada 
 
Venganza Divina 
 
Venganza Pública 
 
 Cesar Beccaria 
Etapa Humanitaria 
 John Howard 
 
 Escuela Clásica 
 Escuela Positivista 
Etapa Científica Escuela Ecléctica 
 Escuela Sociológica 
 Otras escuelas 
 
 Escuelas Jurídico penales 
 
Este tema ofrece un panorama referente a la concepción que diversas corrientes tuvieron 
respecto a los problemas fundamentales que plantea el derecho penal, cuyo 
conocimiento es vital para entender las figuras actuales e instituciones jurídico penales. 
 
Orellana define el termino de escuela penal como el “conjunto de juristas que en 
conceptos básicos o fundamentales tienen rasgos de coincidencia, aun cuando su 
pensamiento en otros temas no sean comunes”.19 
 
Para poder entender mejor la clasificación del Derecho Penal este ha sido dividido en 
escuelas y estas se encuentran clasificadas en: 
 
Escuela Clásica 
 
Escuela clásica es una corriente que apareció a raíz de las nuevas ideas surgidas como 
reacción vigorosa a la anterior y ancestral forma de ver al derecho penal. 
 
Esta escuela centra su estudio en el delito, al que se le considera como un ente jurídico y 
cuyo método de estudio es deductivo; a su vez la responsabilidad se basa en la 
imputabilidad y está a su vez se fundamenta en el libre albedrío. 
 
La pena debe ser dictada de manera rápida, pública y proporcional al delito. 
 
 
 
 
 
19 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 59 
Escuela Positivista 
15 
 
 
Como reacción contraria a la escuela clásica, surge esta corriente, la cual se fundamenta 
en bases científicas que corresponden a las ciencias naturales, donde se hace mención 
que solo lo positivo, lo científico y lo material debía tomarse en cuenta para poder 
hablar de un verdadero conocimiento. 
 
Rafael Garófalo, uno de los exponentes de esta etapa propone la definición de derecho 
natural como “la violación de los sentimientos altruistas de piedad y probidad que 
posee una sociedad en una medida media”.20 
 
Al delincuente hay que ponerle medidas de seguridad, no penas y estas deben ser 
determinadas en base a la peligrosidad del delincuente o a lo que pueda llegar a realizar 
en un futuro, por ello debe de tratarse como a un enfermo. 
 
En conjunto esta escuela hace mención que hay que vigilar los factores que se 
encuentran alrededor del delincuente como la pobreza la ignorancia y el desempleo, se 
deben establecer actividades recreativas con el fin de que existan factores que 
prevengan la delincuencia en la sociedad. 
 
Escuelas Eclécticas 
 
Las escuelas eclécticas aceptan y niegan postulados, tanto de la escuela clásica como de 
la positivista y excepcionalmente aportan algo propio y significativo. Las principales 
son: la tercera escuela, la escuela psicológica y la escuela técnico-jurídica.Tercera escuela la principal surge en Italia (Terza Scuola), cuyos principales 
representantes son Alminea y Carnevale. En Alemania hubo una tercera escuela, que 
coincide con los postulados de la italiana. 
 
Escuela Sociológica 
 
Surge en Alemania. También se conoció como la joven escuela, esta manifiesta que el 
delito es entendido como un hecho casual, posible de ser estudiado bajo un método 
experimental por las relaciones que existen de causa y efecto. 
 
“El delito para esta escuela encuentra su justificación en las orientaciones político 
– criminales que combatan el fenómeno delictivo desde su perspectiva naturalista – 
casualista, en su inserción en el análisis lógico y sistemático de la ley”.21 
 
En la actualidad, la legislación penal mexicana conserva rasgos de la escuela clásica en 
algunos preceptos y de la positiva en otros, aunque puede precisarse que el Código de 
1871 manifestó una fuerte influencia de la clásica, el de 1929 de la positiva y el de 1931 
(vigente) adopta más una postura ecléctica. 
 
20 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 63 
21 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 68 
 
 
 
16 
 
En el siguiente cuadro se muestran los principales postulados de cada escuela. 
 
 
ESCUELAS 
CLASICA POSITIVA ECLECTICA SOCIOLOGICA 
Carrara, Rossi, 
Roeder 
Lombroso, Ferri, 
Garófalo 
Alimena, Carnevale Franz Von Liszt 
Libre Albedrío Niega el libre 
Albedrío 
Niega el libre 
Albedrío 
Delito es un 
fenómeno natural 
Responsabilidad 
Moral 
Responsabilidad 
Social 
El delito es 
individual y social 
Se puede examinar 
experimentalmente 
Método Deductivo Método Inductivo Método Inductivo Se justifica por 
razones de política 
criminal 
Delito como eje y 
entidad Jurídica 
El delincuente es el 
punto central 
Se interesa por el 
delincuente 
Tiene como fin 
conservar el orden 
jurídico 
Pena proporcional 
al delito 
Pena proporcional 
al estado peligroso 
Responsabilidad 
Moral 
La pena es una 
necesidad 
Clasificación de 
Delitos 
Clasificación de 
Delincuentes 
Delito es un 
fenómeno social e 
individual 
La pena funciona 
para prevenir y 
readaptar 
Predomina criterio 
de responsabilidad 
Predomina el 
criterio peligrosidad
Penas para los 
imputables 
Eleva a primer 
grado el Derecho 
positivo 
22 
Mediante este cuadro se pueden observar las diferencias o similitudes que tenia una 
escuela con otra, así como las aportaciones de cada una de estas. 
 
3) ¿Qué es el Derecho Penal Mexicano? 
 
En este apartado se pretende dar a conocer al lector como se ha ido gestando el Derecho 
Penal en México, ya que como se explico anteriormente el Derecho Penal fue abordado 
y estudiado por diversas escuelas con el fin de poder aportar o actualizar hechos y 
rubros a este concepto y como se hizo mención el Derecho Penal Mexicano retoma 
varias aportaciones de las escuelas antes mencionadas. 
 
1.3.1. Definición y Antecedentes 
 
El Derecho Penal Mexicano desde su inicios ha sufrido diversos cambios en cuanto a su 
ejercicio, ya que se remonta desde sus inicios a nuestros antepasados (mayas y aztecas) 
partiendo a una transición en la época colonial y surgiendo de ésta diferentes modelos 
hasta el que encontramos hoy en día, el cual se basa en los términos de la Constitución 
vigente de 1917. 
 
 
22 Cuadro sinóptico de las escuelas jurídico penales. 
17 
 
De esta forma, podemos expresar que Orellana en un aparatado menciona que “al 
concluir la lucha armada de la Revolución se convoco a un congreso constituyente, 
del cual emano la constitución de 1917, vigente hasta la fecha, documento que en 
materia penal recoge las disposiciones que ya aparecían en la Constitución de 1857, 
con la innovación muy destacada de separar las funciones y el papel del ministerio 
público como el órgano persecutor de los delitos y las de la autoridad judicial en la 
imposición de las penas”.23 
 
La Constitución hasta nuestros días ha sufrido una serie de Reformas en diversos 
códigos los cuales actualmente nos rigen en materia penal. El Derecho Penal Mexicano 
no es más que esta serie de códigos por los cuales estamos regidos y mediante los que se 
pretende dar una armonía y un orden social. 
 
Al hablar de la historia del Derecho Penal en nuestro México, podemos afirmar que 
existen muy pocos datos antes de la llegada de los conquistadores, indudablemente los 
distintos reinos, tenían reglamentaciones sobre la materia penal. Como no existía una 
unidad política entre los diversos núcleos aborígenes, porque no había una sola nación, 
resulta más correcto aludir únicamente al Derecho de tres de los pueblos principales 
encontrados por los europeos poco después del descubrimiento de América, mismos que 
son el pueblo Maya, el Tarasco y el Azteca. 
 
Entre los mayas, las leyes penales, al igual que en los otros reinos, se caracterizaban por 
su severidad. “Los caciques tenían a su cargo la función de juzgar y aplicaban como 
penas principalmente la muerte y la esclavitud; la primera se reservaba para los 
adúlteros, homicidas, incendiarios y raptores, la segunda para los ladrones.”24 
 
En el pueblo maya no usó como pena ni la prisión ni los azotes, pero a los condenados a 
muerte y a los esclavos fugitivos se le encerraba en jaulas de madera que servían de 
cárceles, estas sentencias eran inapelables. 
 
González Quintanilla en su obra Derecho Penal Mexicano señala que “del pueblo 
tarasco, se sabe muy poco acerca de sus leyes penales con respecto a los otros 
núcleos, mas se tiene noticia cierta de la crueldad de las penas. El adulterio 
realizado con alguna mujer del soberano se castigaba no sólo con la muerte del 
adultero, sino trascendía a toda su familia, los bienes del culpable eran confiscados. 
 
Cuando un familiar del monarca llevaba una vida escandalosa, se le mataba junto 
con su servidumbre y se le confiscaban los bienes. El hechicero era arrastrado vivo o 
se le lapidaba. A quien robaba por primera vez, generalmente se le perdonaba, pero si 
lo hacia de nuevo, se le hacia despeñar, dejando que su cuerpo fuese comido por las 
aves.”25 
 
 
 
 
23 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 54 
24 José Arturo González Quintanilla, Derecho Penal Mexicano, 1991, 5a ed. Porrua p.74 
25 Ibidem 
18 
 
De mayor importancia resulta el estudio del Derecho Penal de los Aztecas, aún cuando 
su legislación no ejerció influencia en la posterior, era el reino o imperio de más relieve 
a la hora de la conquista. Este pueblo no sólo fue el que dominó militarmente la mayor 
parte de los reinos, sino que impuso o influenció las prácticas jurídicas de todos 
aquellos núcleos que conservaban su independencia a la llegada de los españoles. 
 
Dos instituciones protegían a la sociedad azteca y la mantenían unida, constituyendo el 
origen y fundamento del orden social: la religión y la tribu. La religión penetraba en los 
diversos aspectos de la vida del pueblo y para el individuo todo dependía de la 
obediencia religiosa, el sacerdocio no estuvo separado de la autoridad civil, sino 
dependiente de ella, con ello ambas jerarquías se complementaban. 
 
La sociedad azteca existía para beneficio de la tribu y cada uno de sus miembros debía 
contribuir a la conservación de la comunidad. 
 
Orellana hace mención en que “los aztecas tenían organizado su sistema de 
administración de justicia encabezada por el rey, por magistrados y jueces. Sus 
leyes en materia penal, eran severas”.26 
 
El Derecho Penal Azteca revela excesiva severidad, principalmente con relación a 
los delitos considerados como capaces de hacer peligrar la estabilidad del gobierno o la 
persona misma del soberano, las penas crueles se aplicaron también a otros tipos de 
infracciones. “Las penas eran las siguientes: destierro, penas infamantes, perdida de 
la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, 
demolición de la casa del infractor, corporales, pecuniarias y la de muerte, que se 
prodigaba demasiado. Esta última se aplicaba principalmente en las siguientesformas: incineración en vida, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, 
empalamiento, lapidación, garrote y machacamiento de la cabeza.”27 
 
“El derecho penal mexicano es testimonio de severidad moral, de concepción dura 
de la vida y de notable cohesión política. El sistema penal era casi draconiano”28 
 
 En la época de la colonia, los antecedentes de las legislaciones de los grupos indígenas, 
en nada influyeron en la aplicación del Derecho Penal, ya que el mismo que se aplicó en 
la época fue netamente europeo, es decir que con la conquista desaparecieron en su 
totalidad lo que pudiera conocerse como un ejercicio penal anterior al de la colonia. 
 
González Quintanilla hace mención que en esta época se puso en vigor la legislación de 
Castilla conocido con el nombre de las Leyes de Toro, estas tuvieron vigencia por 
disposición de las Leyes de Indias, en materia jurídica reinaba la confusión y se 
aplicaban el Fuero Real, Las Partidas, Las Ordenanzas Reales de Castilla, las de Bilbao, 
los Autos Acordados, la Nueva y la Novísima Recopilaciones, así como la de Minería, 
la de Intendentes y la de Gremios. 
 
26 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 47 
27 Ibidem. 
28 El Derecho Penal de los aztecas, Criminalia, TIII, 1987, p. 228. 
 
19 
 
“La legislación colonial tendía a mantener las diferencias de castas, por ello no debe 
extrañar que en materia penal haya habido un cruel sistema intimidatorio para los 
negros, mulatos y castas, como tributos al rey, prohibición de portar armas y de 
transitar por las calles de noche, obligación de vivir con amo conocido, penas de 
trabajo en minas y de azotes, todo por procedimientos sumarios. 
 
Para los indios las leyes fueron más benévolas, señalándose como penas los trabajos 
personales, por excusarles los azotes y pecuniarias, debiendo servir en conventos, 
ocupaciones o ministerios de la colonia y siempre que el delito fuera grave, pues si 
resultaba leve, la pena sería la adecuada aunque continuando el reo en su oficio y 
con su mujer, sólo podían los indios ser entregados a sus acreedores para pagarles 
con su servicio y los mayores de 13 años podían ser empleados en los transportes, 
donde se careciera de caminos o de bestias de carga; los delitos cometidos contra los 
indios debían ser castigados con mayor severidad que en otros casos. 
 
En la época del México independiente, apenas iniciado el movimiento 
independentista por Don Miguel Hidalgo y Costilla en 1810, el 17de noviembre del 
mismo año Morelos decretó, en su cuartel general del Aguacatlillo, la abolición de la 
esclavitud, confirmando así el anterior Decreto expedido en Valladolid por el Cura de 
Dolores. 
 
En 1824 México toma un régimen de República Federal el cual se basa en el modelo 
de los Estados Unidos de Norteamérica. Esta Constitución prohíbe que las penas sean 
trascendentes, es decir que solo se pueden imponer al delincuente pero no a terceras 
personas como se realizaba anteriormente. 
 
La grave crisis producida en todos los órdenes por la guerra de independencia, 
motivó el pronunciamiento de disposiciones tendientes a remediar en lo posible, la 
nueva y difícil situación. Se procuró organizar a la policía y reglamentar la portación 
de armas y el consumo de bebidas alcohólicas, así como combatir la vagancia, la 
mendicidad, el robo y el asalto. Posteriormente en 1938, se dispuso para hacer frente 
a los problemas de entonces, que quedaran en vigor las leyes existentes durante la 
dominación, cabe señalar que la primera codificación de la República en materia 
penal, fue en el Estado de Veracruz en 1835.”29 
 
La Constitución de 1857 la cual estuvo inspirada en el pensamiento liberal, tuvo que 
librar muchos obstáculos para cristalizar importantes derechos en el campo penal. Lo 
más destacable dentro de estas leyes es que se prohíben las penas de mutilación, azotes 
y tormentos de cualquier especie. Estos apartados tuvieron diversas dificultades para ser 
acatados en un principio, es decir, no tuvo un efecto inmediato. 
 
La Constitución política de los Estados Unidos Mexicano fue publicada en el Diario 
Oficial de la Federación el día lunes 5 de febrero de 1917 
 
 
 
 
29 José Arturo González Quintanilla, op.cit. p. 80-83 
20 
 
 
“Al concluir la lucha armada de la Revolución se convoco a un congreso 
constituyente, del cual emano la Constitución de 1917 vigente hasta la fecha, 
documento que en la materia penal recoge las disposiciones que ya aparecían en la 
Constitución de 1857”.30 
 
La Constitución de 1917 al igual que la de 1857 no tuvo un efecto inmediato para entrar 
en vigencia, ya que en nuestro país todavía existía una inestabilidad política. Esta 
constitución es la que se encuentra en muchos de sus rubros vigente en nuestro país, ya 
que con el paso de las décadas se han ido haciendo modificaciones en algunos códigos. 
 
El Código Penal Federal de 1931 se basa en que ninguna escuela o sistema es valida 
para fundar un código, pues la realidad es que pueden darse diferentes soluciones 
practicas. Este código hace mención de que no hay delitos sino delincuentes como lo 
resalta la escuela ecléctica. 
 
Orellana hace mención de que “ha sido tal la cantidad de reformas que ha sufrido este 
código, que a la fecha comparándolo con su versión inicial puede decirse que es otro 
código. Se prefirió el camino de las reformas al de implantar un nuevo código”.31 
 
Algunos de estos cambios fueron realizados en los años de 1979 en el que el Instituto 
Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) organismo fundado por primera vez en el 
año de 1976 y el cual tenia dentro de sus objetivos principales “trabajar en tres 
espacios profesionales y académicos: Criminología, aspectos jurídico-penales y 
Criminalística”,32 y el cual se analizará de manera más amplia en otro capitulado 
presentó un código penal actualizado para toda la República, y otro en el año de 1983 en 
conjunto con la Procuraduría General de la República y la del Distrito Federal. 
 
Esto fue a grandes rasgos el devenir histórico del Derecho Penal, tanto en la historia en 
general como en nuestro país. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
30 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 54 
31 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 56 
32 Sergio García Ramírez, Documento Historia del Inacipe p.5 
21 
 
1.3.2. Actualidad 
El Derecho Penal Vigente 
 
Noción del Derecho Penal 
 
Basándonos en lo planteado anteriormente el Derecho Penal es el conjunto normativo 
perteneciente al derecho público interno, que tiene por objeto al delito, al delincuente y 
a la pena o medida de seguridad, para mantener el orden social mediante el respeto de 
los bienes jurídicos tutelados por la ley. 
 
De la noción anterior se colige que el derecho penal pretende preservar un equilibrio 
que dé seguridad a los miembros de la sociedad. 
 
Cada grupo social, según el tiempo y lugar, crea sus propias normas penales, con rasgos 
propios, los cuales varían conforme se modifican las condiciones sociales. 
 
Existen varias nociones de derecho penal que deben distinguirse para su adecuado 
manejo y comprensión, como derecho penal objetivo, derecho penal subjetivo, derecho 
penal sustantivo, derecho penal adjetivo, etcétera. 
 
Objetivo: “El Derecho Penal es el conjunto de normas jurídicas dictadas por el 
Estado estableciendo los delitos y sus penas; en una palabra es la ley penal”.33 
 
Subjetivo: “Es la facultad o derecho del Estado para sancionar, para castigar. El 
Estado como ente soberano y dentro del marco que la propia ley le concede, 
determina que conductas son delictivas y que penas o medidas de seguridad deben 
aplicarse al delincuente”34 
 
Sustantivo: “Se refiere a los delitos, penas y medidas de seguridad, es decir a la 
materia, a la substancias del propio derecho penal”.35 
 
Adjetivo: A este “compete precisar la existencia de los delitos y los responsables y 
determinar en concreto las penas aplicables”.36 
 
Cabe mencionar que el derecho penal sustantivo es la parte estática, en tanto que el 
derechopenal adjetivo es la parte dinámica. 
 
El Código Penal para el Distrito Federal se ubica en lo que llega a ser el derecho penal 
sustantivo, mientras que el Código de Procedimientos Penales es el derecho penal 
adjetivo. 
 
 
 
 
 
33 Raúl Carranca y Trujillo, Raúl Carranca y Rivas, op.cit., p.26 
34 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 8 
35 Ibidem 
36 Francisco Pavón Vasconcelos, Derecho Penal Mexicano, 1999 1a ed. Porrúa, p. 28 
 
22 
 
 
DERECHO PENAL 
SUSTANTIVO ADJETIVO 
Complementa al Derecho Sustantivo Normas relativas al delito 
Parte estática Parte dinámica 
Código Penal del DF Código de procedimientos penales DF 
Se conoce como Derecho Material Se conoce como Derecho Procesal 
 
El Derecho Penal con el paso del tiempo ha ido sufriendo algunas variantes dentro de 
sus ramas, esto con el objetivo de poder crear una especialización más profunda y un 
estudio más directo a cada uno de los temas que lo competen. 
 
El Derecho Penal antes definía su campo de estudio hacia lo que es el delito y el 
delincuente, pero consideró que existían muchos delitos, al igual que delincuentes, por 
lo que fue necesario crear ramas que se dedicaran única y exclusivamente a detallar, 
examinar y estudiar determinados delitos y delincuentes con el fin de poder lograr 
conclusiones detalladas y soluciones mas apropiadas. 
 
El INACIPE pretende lograr este tipo de especializaciones en diferentes materias 
correspondientes al Derecho y en este caso al derecho penal, introduciendo materias ya 
sea en maestrías, especializaciones o cursos sabatinos. El siguiente cuadro muestra 
algunas de las muchas materias que son impartidas por el INACIPE y que corroboran la 
actualización y especialización en el Derecho y las Ciencias Penales. 
 
MATERIAS 
Especialización Maestría Sabatinos 
Derecho Penal Victimología Delitos Informáticos 
Derecho Procesal Penal Criminología Psicología Criminal 
Criminalística Derecho Penal Derecho Penal Internacional 
37 
 
Las Ciencias Penales 
 
Las ciencias penales son un conjunto sistemático de conocimientos relativos al delito, al 
delincuente, a la delincuencia, a la pena y a los demás medios de defensa social contra 
la criminalidad. La ciencia del derecho penal es una de dichas ciencias y estudia el 
delito y la pena. 
 
Las demás ramas que integran este vasto conjunto e investigan también el delito y la 
pena, más desde un punto de vista diverso, desde un punto de vista natural y social. 
 
Dichas ciencias son la Antropología o Biología criminal, Psicología criminal, con su 
variante la Criminología, Sociología criminal, Estadística criminal y Política criminal 
(en un tiempo se le consideraba como una expresión comprensiva de las ciencias 
penales a la Criminología. 
 
37 Parte del programa de estudios del INACIPE 2006, www.inacipe.gob.mx , cursos y actividades. 
23 
 
La irrupción de estas ciencias en el campo jurídico se halla fuertemente influida por 
factores de carácter individual, endógenos, y por influjos exógenos, influencias del 
ambiente social y físico. Todos los factores que forman al individuo y el ambiente que 
le rodea son características de estudio para las ciencias penales, ya que como se explico 
anteriormente todos estos factores de alguna u otra forma influyen en el desarrollo y 
comportamiento de la persona, lo que deriva a que se realice el estudio del porque 
actúan de una forma determinada . 
 
La entrada de estas corrientes científicas en el campo del Derecho penal ha aportado 
nuevas orientaciones surgidas del estudio y observación de la realidad y la vida. 
 
 Una de las consecuencias más trascendentales, es la apreciación de la personalidad del 
delincuente es en este punto fuertemente auxiliada por la ciencia moderna de la 
Criminología, que considera como uno de los elementos básicos de la represión. 
 
Referente a la preparación que existe respecto a las Ciencias Penales el Licenciado 
Álvaro Vizcaíno Zamora Secretario General Académico del INACIPE menciona lo 
siguiente: “Se ha hecho un esfuerzo importante por avanzar o para preparar a los 
Agentes del Ministerio Público de la Federación al establecer una maestría en 
Procuración De Justicia del Distrito Federal que los aspirantes deberán estudiar en 
dos años, cuando a principios de este sexenio tomaban un simple curso de 
capacitación que duraba unos meses”.38 
 
Al perito en las ciencias penales de hoy no puede bastarle el mero conocimiento de los 
códigos y demás leyes penales y de la jurisprudencia, hoy el penalista y no solo el 
científico (criminalista), sino también el juez, el abogado y los funcionarios llamados a 
intervenir en la administración de justicia criminal, precisa una preparación mucho más 
profesional no solamente jurídica sino también biológica, informática y sociológica , es 
por lo que al profesionista en este ramo precisa de conocer de las ciencias de la 
criminalística, criminología y sociología . 
 
“El Derecho es una Ciencia Social, la sociedad por su propia y especial naturaleza es 
cambiante y dinámica, y el Derecho en general tiene que adaptarse 
permanentemente a las necesidades de la sociedad a la que sirve y en ese sentido la 
actualización debe ser permanente”.39 
 
Por estas razones en México hace ya tiempo que se ha .expuesto la conveniencia de 
introducir el estudio de estas disciplinas, en el cuadro de enseñanza de las facultades de 
Derecho tal como se ha realizado en países como los Estados Unidos de Norteamérica, 
Alemania, Italia, Francia y Suiza todos ellos unificados con un criterio de conocimiento 
de las ciencias penales más completo. 
 
 
 
 
38 Entrevista al Lic. Álvaro Vizcaíno Zamora, Secretario General Académico del INACIPE, 31-julio-2006 
39 Ibidem 
 
 
24 
 
 
“Las Ciencias Penales no tendrían razón de ser si estas no se encuentran directas en 
el marco de desarrollo Nacional, es decir en el desarrollo de México como Nación y 
por ello requieren ser difundidas y reconocidas por los ciudadanos en la medida que 
las Ciencias Penales les permitan encontrar soluciones a las controversias que 
puedan suscitarse entre los particulares o los particulares y el Estado considerando 
siempre al Derecho Penal y a las Ciencias Penales como un ultimo recurso al que 
pueden acceder para solucionar las mismas. Estas deben entrar en acción cuando 
todos los demás recurso para dirimir controversias no han funcionando”.40 
 
En nuestro país existe actualmente INACIPE del cual he mencionado algunas de sus 
características de manera concreta y definiré de manera mas profunda un poco más 
adelante, ya que esta institución es fundamental para el estudio, desarrollo y 
actualización de estas Ciencias en nuestro país. Además de la difusión y cursos de 
actualización, la rama de la informática ha sido clave para el desarrollo de los agentes 
del ministerio público o peritos profesionales en nuestro país. 
 
A nivel Internacional el lugar que ocupa nuestro país en el ejercicio de las Ciencias 
Penales es trascendente ya que “estamos en un lugar privilegiado en América Latina, 
nos encontramos prácticamente a la cabeza. El INACIPE ha ocupado un lugar 
importante en los Congresos Internacionales y Nacionales, a la fecha se han 
realizado 11 congresos contando con la participación de mas de 300 congresistas de 
mas de 30 países distintos de los 5 continentes, cada vez se conoce mas la labor de 
México con respecto a las Ciencias Penales”.41 
 
Dentro de este capitulo se ha podido observar que el Derecho Penal Mexicano también 
cuenta con su historia y sus raíces, y a través del tiempo este ha ido evolucionando con 
el fin de poder adoptar diferentes parámetros y circunstancias que le permitan actuar de 
una manera más contundente y justa en, lo que permite que mediante las Instituciones se 
pueda realizar un ejercicio constante de esta materia y poder entenderla de una manera 
más concisa y amplia en la actualidad del país 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
40 Entrevista al Lic. Álvaro Vizcaíno Zamora, op.cit. 
41 Ibidem 
 
 
 
25CAPITULO 2 
 
Instituciones del Derecho Penal 
1) Poder Judicial 
 
Las Instituciones que ejercen el ejercicio del Derecho Penal en México deben estar 
constituidas bajo la formación de diferentes factores que permitan realizar el ejercicio de 
este derecho de manera clara y justa, es decir, debe existir una preparación adecuada y una 
estructura bien fortificada en lo individual y colectivo para poder realizar de manera 
correcta las funciones pertinentes. Ante esta situación existen Instituciones como el 
Instituto Nacional de Ciencias Penales, organismo encargado de fomentar y preparar y 
actualizar servidores públicos dedicados a ejercer la justicia en México. 
 
Este capitulado abarca las raíces, la historia y las actividades de dos Instituciones que 
participan activamente en la lucha y la búsqueda de la justicia en nuestro país como lo son 
la Procuraduría General de la República y el INACIPE. 
 
2.1.1. Definición 
 
El poder Judicial protege los derechos que otorga la constitución a todos los mexicanos y la 
realiza mediante el juicio de amparo. Este poder esta integrado por “los ministros de la 
Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados del Tribunal Electoral, los 
magistrados de los tribunales de Circuito – Colegiados y Unitarios- y los jueces de 
Distrito” 42, y actúan cuando surge algún conflicto sobre la aplicación de las leyes. 
 
Además son los encargados de interpretar las leyes y decidir quien tiene la razón cuando 
una persona le exige a otra el cumplimiento de una obligación, o cuando surgen problemas 
entre las autoridades y los ciudadanos o incluso entre las propias autoridades, esto tiene que 
ver con la esencia del derecho al debido proceso legal el cual “es el derecho de toda 
persona a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, 
para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier 
acusación contra ella en materia penal.”43 
 
De igual forma, el articulo 14 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos 
menciona que “nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o 
derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el 
que se cumplan las formalidades esenciales, en el que se cumplan las formalidades 
esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. 
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 9 de 
diciembre de 2005)En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple 
analogía y aún por mayoría de razón, pena alguna que no este decretada por una ley 
exactamente aplicable al delito que se trata.”44 El artículo 16 de la Constitución hace 
mención de que nadie puede ser molestado sin un escrito de la autoridad competente. 
 
42 Comité de Comunicación Social, ¿Qué es el poder judicial de la Federación?, 1999, p. 18 
43 Ricardo Méndez Silva, Derecho Internacional de los Derechos Humanos, 2002, 1a ed. UNAM, p. 349 
44 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 14, México 1917. 
26
 
 
 
2.1.2. Antecedentes 
Los órganos constitucionales del estado. 
 
La teoría de la división de poderes: 
 
Desde que el hombre surgió en la tierra tuvo que esforzarse por convivir con sus 
semejantes. Para resolver los problemas que se iban presentando invento leyes para regular 
diversas situaciones como el comercio, el pago de impuestos etc. Desafortunadamente 
algunos gobernantes abusaron de estas leyes y decidieron que ellos podían crearlas y 
aplicarlas a su antojo, además de que consideraban que el que estuviera en desacuerdo 
podía ser juzgado y castigado. Este tipo de arbitrariedades causaron descontento entre los 
ciudadanos, lo que ocasiono a la larga desorden y revoluciones. 
 
La Teoría de la división de poderes esta inspirada en la teoría del gobierno mixto formulada 
por Aristóteles que decía que la mejor forma de gobierno es la que se le daba poder tanto al 
monarca cómo a la aristocracia y al pueblo, es decir, se compartía el ejercicio del poder por 
estos tres elementos. 
 
En Francia en el siglo XVII se retomó esta idea del gobierno mixto y la fórmula 
Montesquieu (Locke en Inglaterra.), empezaron a promover la idea de que el poder no 
debía concentrarse en una sola persona. 
 
Montesquieu con su obra El espíritu de las leyes formula por primera vez La teoría de 
división de poderes, la cual establece que “para fortalecer una nación, era necesario que 
existieran diversos órganos del Estado que tuviesen funciones distintas: unos 
elaborarían las leyes, otros las aplicarían y unos terceros las interpretarían”.45 
 
Esta división de poderes así como la independencia que existe entre estos, constituye la 
base de un Estado democrático. “En México, nuestra Constitución establece que el poder 
público, o Supremo Poder de la Federación, se ejerce a través de tres poderes: Ejecutivo, 
Legislativo y Judicial”.46 
 
Hay una relación de dependencia entre el poder legislativo y ejecutivo. La teoría de los 
frenos y contra frenos fue elaborada por Montesquieu La cual decía que tenían que 
colaborar juntos el poder legislativo y ejecutivo dejando a un lado el judicial. 
 
Montesquieu corrigió de esta manera su teoría diciendo que entre el poder legislativo y 
ejecutivo debe de haber una relación. Debe quedar claro que la teoría de la división de 
poderes existe y fue la que formuló Montesquieu y que la teoría de frenos y contra frenos es 
una corrección de la anterior ya que no se puede dar el poder legislativo y ejecutivo en 
estado puro sino que hay una dependencia entre estos dos poderes sin que cada uno tenga 
una función principal independiente. 
 
 
 
45 Comité de Comunicación Social, op.cit. p.14 
46 Comité de Comunicación Social, op.cit. p. 14-15 
27 
 
 
 
En el apartado siguiente me adentrare un poco a la estructura de esta división de poderes, 
pero cabe resaltar que el que me interesa un poco más es el poder judicial, ya que en el 
marco histórico que estoy tratando de presentar es el que se ubica de forma más concreta 
dentro del rubro de las Instituciones del Derecho Penal o Ciencias Penales. 
 
El artículo 94 Constitucional habla de la estructura del Poder Judicial al que señala que “se 
deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de 
Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en 
Juzgados de Distrito. (Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la 
Federación el 11 de junio de 1999) 
 
La Administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con 
exepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estarán a cargo del Consejo de la 
Judicatura Federal en los términos que, conforme a las bases que señala esta 
Constitución, establezcan las Leyes. (Adicionado mediante Decreto publicado en el 
Diario Oficila de la Federación el 11 de junio de 1999)”.47 
 
2.1.3. Estructura 
DIVISIÓN DE PODERES 
EJECUTIVO LEGISLATIVO JUDICIAL 
Lo ejerce el Presidente de 
la República. 
Lo ejercen los Diputados y 
Senadores. 
Suprema Corte de Justicia 
de la Nación como órgano 
principal de otorgar y 
ministrar justicia. 
Es elegido mediante voto 
popular. 
Son elegidos mediante el 
voto. 
Se considera como un 
órgano político 
Nombra Secretarios para 
que lo apoyen en la 
ejecución de las Leyes. 
Existen 500 Diputados y 
128 Senadores y 
conforman el Congreso de 
la Unión 
Interpretan las leyes y 
deciden quien tiene la 
razón. 
Nombra al Procurador 
General de la República. 
Estudian proyectos de Ley, 
discuten y aprueban. 
Utiliza el juicio de Amparo 
Dirige la política interior y 
exterior administración 
civil, militar y la defensa 
del Estado 
El Congreso tiene la 
facultad de reformar Leyes 
y la Constitución. 
Protege los derechos que 
ejerce la Constitución 
Hacer cumplir las Leyes Elaborar las Leyes Resolver conflictos, sobre 
la aplicación de las Leyes

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