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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES DIFUSIÓN DE LA CULTURA DE LA LEGALIDAD A TRAVÉS DE INTERNET. EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES. ESTUDIO DE SU PÁGINA WEB. TESINA QUE PARA OBTENER EL TITULO DE LINCENCIADO EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN PRESENTA: CESAR ALEJANDRO SÁNCHEZ CHAO ASESOR: MTRO. PABLO ANTONIO MARTÍNEZ PICHARDO MÉXICO DF. 2007 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. Dedicatoria Quisiera empezar por hacer mención de una idea que me abordo al comenzar a desarrollar este apartado, la dedicatoria, la parte más fácil de este trabajo y a su vez la más difícil, esto quizá porque es la culminación de nuestros estudios hasta un nivel apto para defendernos en la vida, o porque quizá recordamos por todo lo que pasamos para llegar a este momento o por ser esta nuestra primera y quizá única obra. Es difícil pero a la vez agradable poder cerrar este circulo en su totalidad a través de este trabajo, difícil por todos los recuerdos que tengo para la realización de este y agradable porque pude concluir esta etapa al 100%. Además quisiera hacer referencia a los sentidos encontrados que me invaden en este momento, puedo asegurar que es algo que no había podido tener el deleite de sentir. Los sentimientos son variados, desde nostalgia, alegría, incertidumbre, duda, regocijo, enojo. Este trabajo no quisiera dedicarlo a solo unas cuantas personas ya que considero que es el trabajo de mi vida y esto conlleva a que muchas personas influyeron en diferentes aspectos para poder lograr su finalización, así que tratare de generalizar en la dedicatoria pero no sin omitir a nadie. A mis padres Madre quisiera comenzar esta dedicatoria haciendo mención a una nota que todavía conservo la cual tú me entregaste y firmaste con todo el amor que me tienes cuando comenzaba el segundo año de primaria en el Instituto México en la que mencionas que: soy capaz de llevar a cabo todo lo que me proponga. Aunque no lo creas cada vez que me desvelaba estudiando o que sentía presión por algún examen o trabajo tomaba tú nota y la leía no una sino varias ocasiones. Al principio yo era muy pequeño para entender realmente el valor del significado de tus palabras, conforme fui creciendo entendía de manera más clara cada letra que con tu alma y tu corazón expresabas en ese pedazo de papel que ahora me ha hecho el hombre que soy y espero no haberte defraudado, porque gracias a ti y a las adversidades que pasaste para poder ofrecerme una educación de excelencia pude lograr este objetivo. Papá hay una razón que siempre tuve en mente para poder completar esta meta y esas fueron tus palabras haciendo referencia a que lo único que me vas a dejar y lo único que tu siempre me haz exigido ha sido mi titulo universitario para poder defenderme en la vida. Durante este proceso el apoyo que me brindaste fue incondicional y limpio ya que tú no estabas seguro de que lo realizará pero aun así siempre confiaste y creíste en mí para completar esta parte tan importante de mi vida. A mi Familia Hay un dicho que dice la sangre llama y siempre que necesite de alguno de ustedes nunca recibí una negativa, al contrario siempre conté con apoyo y ánimos tanto en el ámbito personal como en el profesional. Siempre han estado conmigo brindándome lo necesario para salir adelante ante cualquier adversidad, ustedes entendieron lo que necesitaba, sacrificaron tiempo por mi proyecto de manera incondicional presenciaron mis cambios de humor y aun así siempre estuvieron conmigo esto no lo hubiera podido conseguir sin ustedes. Hermana siempre estuviste presente durante este proyecto espero que sea de tú agrado. A mis Amigos Al fin se van a poder convertir en inmortales pero en algo bueno no en uno de sus desmanes en los que siempre están metidos. La razón por la que tome la decisión de incluirlos en este trabajo es porque desde pequeños nos conocemos además de que hemos pasado por muchas cosas juntos, tanto buenas como malas, hemos compartido todo tipo de experiencias, además de que siempre de una u otra forma confiaron en mi y me exigieron que terminara este proyecto al igual que sus familias ya que me han aceptado como si fuera parte de ellas, en base a eso es la razón por la que decidí mencionarlos espero que sigamos creciendo y madurando juntos. A mis Profesores Desde que inicie mis estudios tuve todo tipo de experiencias en el ámbito educativo, pero nunca dejaré de reconocer que desde que tengo memoria en todos mis niveles educativos tuve muchas vivencias que pude llevar a cabo en mi vida cotidiana gracias a los conocimientos que todos ustedes me enseñaron. Algunos más exigentes que otros, todos con diferentes expectativas en la vida y con incertidumbre sobre si su trabajo era valorado o utilizado por sus alumnos, pero todos compartían algo el poder aportar y llevar de la mano a través de la enseñanza a una persona que gracias a ustedes es integra y educada en su vida. A mi Universidad Cinco años de mi vida estuve en tu entorno usando tus instalaciones participando en tus eventos, defendiéndote de quienes quisieran cerrar tus puertas y suspender tus actividades, absorbiendo todo el conocimiento y la experiencia que me brindabas, me demostrabas día con día que el que quisiera estudiar tenia tus puertas abiertas para aprovecharlas al máximo. Nunca me fallaste ni me decepcionaste en los conocimientos, profesores y actividades que me brindaste y por eso logre concluir este proyecto. A Dios Todo lo anterior me lo has proporcionado en grandes cantidades facilitándome así la oportunidad de lograr mis metas y proyectos, siempre te pido paciencia y tranquilidad para realizar los proyectos de mi vida tanto profesionales como personales y siempre me haz escuchado por lo que ahora además de dedicarte mis acciones y tus enseñanzas te quisiera dedicar este trabajo. A Mí Por demostrarme que si deseo alcanzar alguna meta la puedo conseguir mientras realmente me lo proponga. INDICE: INTRODUCCIÓN CAPITULO 1 El Derecho y su evolución social 1) ¿Qué es el Derecho? 7 1.1.1Definición 7 2) ¿Qué es el Derecho Penal? 9 1.2.1 Definición y Antecedentes 9 3) ¿Qué es el Derecho Penal Mexicano? 17 1.3.1 Definición y Antecedentes 17 1.3.2 Actualidad 22 CAPITULO 2 Instituciones del Derecho Penal 1) El Poder Judicial 26 2.1.2 Definición 26 2.1.3 Antecedentes Históricos 27 2.1.4 Estructura 28 2) Procuraduría General de la República (PGR) 30 2.2.1 Definición 30 2.2.2 Antecedentes Históricos 30 2.2.3 Estructura 35 3) Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) 36 2.3.1 Definición 36 2.3.2 Antecedentes Históricos 37 2.3.3 Estructura 43 2.3.4 Situación Actual 46 2.3.5 Organigrama 49 2.3.6 Dirección de Servicios Bibliográficos e Informáticos 51 2.3.6.1 Estructura 52 2.3.6.2 Funciones 52 CAPITULO 3 El uso de las nuevas tecnologías de la información en el INACIPE 1) Historia del Internet 54 3.1.1 Antecedentes 55 3.1.2 Página Web57 2) El Internet en el INACIPE 60 3.2.1 Antecedentes 60 3.2.2 Surgimiento de la página Web 62 3.2.3 Forma y contenido de la página Web en el INACIPE 63 3) EL Internet como herramienta de difusión en la cultura de la legalidad 81 3.3.1 Mejoras y Rendimiento 84 3.3.2 Perspectiva 90 CONCLUSIONES 91 BIBLIOGRAFÍA__________________________________________________94 ANEXO 1 98 ANEXO 2 104 ANEXO 3 130 ANEXO 4 139 ANEXO 5 140 ANEXO 6 141 Introducción La difusión de la información a través de los diferentes medios de comunicación es basta y muy variada, el uso de estos medios permite al ser humano enterarse de diferentes temas generales. Cada individuo utiliza la radio, la televisión, o la prensa escrita como fuente de información pero estos medios por lo general abarcan temas de interés particular o en sus espacios tratan de abarcar la mayor cantidad de audiencia posible por lo que difunden temas de interés general, dejando a un lado algunas áreas especificas al descubierto. Ante esta situación y con el surgimiento de las nuevas tecnologías de información como lo es Internet se permite a los usuarios encontrar espacios para difundir información personal, específica y permanente tratando de llegar a la mayor cantidad de individuos posibles. A través de esta tecnología el emisor satisface la necesidad de poder presentar al público su información correspondiente sin que esta se quede truncada o en el olvido. Los costos para difundir información a través de alguno de los medios de comunicación convencionales en muchas ocasiones es elevado y sólo mantiene una permanencia temporal en este espacio, es decir, que si alguna empresa particular, gubernamental o determinado individuo quisiera difundir algún tipo de información a través de la prensa, este anuncio saldría quizá una semana o algunos días y esto solamente en algún periódico en especifico, de igual forma si se quisiera obtener algún espacio o 30 segundos en la televisión esto tendría un costo muy elevado, dependiendo la hora y el canal en el que se difundiría la información y sólo pasaría por un tiempo determinado. Existen entonces 3 conflictos para difundir información a través de los medios de comunicación convencionales, el primero es el costo, el segundo es al público que le va a llegar la información, es decir, quizá no sea absorbido por las personas que nosotros deseamos y tercero la permanencia. Basándome en lo anterior la respuesta a todo el publico que desea fomentar y mantener una difusión de algún tema en especifico se enfoca a utilizar el Internet como salida a la problemática antes mencionada, ya que al contrario de los otros medios, es más barato, permanente, y esta disponible las 24 horas del día, con la ventaja de que podemos atraer al público específico y de alguna manera a un público general, lo que amplia las posibilidades de que la información que estamos presentando llegue a mucho más individuos en un tiempo menor. Esta reciente tecnología (Internet) puede ser catalogada como la gran enciclopedia mundial, o el medio informativo más completo y variado de todos los tiempos, entendiendo este término desde el punto de vista en que el usuario puede encontrar cualquier tipo de información a cualquier hora del día y en cualquier lugar, claro que esto solamente se puede lograr si se cuenta con una computadora y un enlace a Internet. La fuerza o el crecimiento del Internet va en aumento día con día ya que esta tecnología se basa en el uso y creación de páginas Web las cuales contienen toda la información que se esta difundiendo. Estas páginas son creadas por el sin número de usuarios que ya 1 utilizan esta herramienta para expresar opiniones, presentar artículos, dar a conocer su negocio, etc.. Tanto es el crecimiento de esta nueva herramienta que los medios de comunicación convencionales la están utilizando para sus propios fines, un ejemplo de esto es que ya se pueden consultar periódicos en línea, de igual forma se pueden escuchar estaciones de radio e incluso ver diferentes canales de televisión a través de Internet. Otra de las ventajas que tiene Internet es que a sus páginas se les puede insertar video, audio y animación, lo que permite al usuario poder interactuar con la información y de esta forma se logra mantener enfocado al receptor por lo que este acepta más rápido este tipo de comunicación que una comunicación estática en la que el receptor tiene que ver o escuchar una información determinada en un tiempo establecido como lo es el caso de la televisión. Actualmente existen muchas Instituciones tanto privadas como públicas que utilizan esta herramienta para difundir sus actividades; Este es el caso del Instituto Nacional de Ciencias Penales que por sus siglas se le conoce como INACIPE, el cual es organismo descentralizado encargado de capacitar y actualizar a los Agentes de Ministerio Público de la Federación, servidores públicos y peritos profesionales, además de contribuir mediante asesorías a empresas públicas y privadas con el objetivo de mejorar el sistema penal en México. El INACIPE aunque ya contaba con medios para difundir su información tales como sus actividades generales, cursos, congresos nacionales e internacionales, utilizaba carteles y anuncios publicitarios impresos para lograr esta acción, necesitaba incorporar una herramienta que pudiera atender la demanda informática de alumnos, profesores, aspirantes, servidores públicos y público en general, por lo que en el 2003 se dio a la tarea de implementar un programa tecnológico con el fin de atender estas necesidades. Dentro de este programa se encontraba la puesta en marcha de una página Web. La idea de esta página es que siempre estuviera a la vanguardia y que contara con elementos detallados y generales de todas las actividades realizadas por el Instituto y lograr de esta forma poder difundir información referente a las Ciencias Penales de nuestro país. Con el surgimiento de este recurso informático se lograron obtener objetivos importantes, tales como el alcancé a un mayor número de usuarios y por consecuencia el aumento de público tanto Nacional como Internacional, lo que permitió establecer que la página Web del INACIPE fuera una herramienta importante para mantener al día los fundamentos y actividades de la Institución y su consecuente difusión Institucional. Basándose en lo anterior, a través de este trabajo se pretende dar a conocer al lector la transición por la que ha pasado el INACIPE para contar con una página Web y poder utilizarla como su gran medio de difusión y comunicación de actividades en materia penal o específicamente a las Ciencias Penales. De igual forma a través de un estudio hecho de la misma, se estudian los diferentes rubros importantes que se encuentran en este sitio y de esta forma entender la importancia que tiene el Internet y específicamente una página Web como medio de difusión de la información y la infinidad de páginas 2 con las que cuenta este medio tiene muchas ventajas así como limitaciones, pero siempre he considerado que se debe hablar de ambos puntos, ya que en muchos casos diversos usuarios quizá no estén familiarizados con esta herramienta y quizá existan otras que la utilicen sólo como entretenimiento, es decir chatear, utilizar los juegos o realizar apuestas, pero hay otro grupo que pudiera ser el que utiliza el Internet bajo las raíces por las que surgió, las cuales se basan en el hecho de poder intercambiar o presentar de manera casi inmediata información con usuarios de todo el mundo Como se expresa, para poder accesar a esta tecnología es necesario contar con un equipo de computo y los parámetros necesarios para realizar una conexión lo que pone a este medio una limitante en cuanto al alcance del individuo, ya que muchosno cuenta con estas opciones, pero los que si tienen esta posibilidad encuentran en la gran enciclopedia mundial (INTERNET) un medio por el cual pueden informarse de temas específicos o información general. El objetivo de este trabajo es el de poder dar a conocer las acciones de difusión que realiza el INACIPE a través de su página Web, y el objetivo fundamental es presentar ante el lector la estructura de esta página, como funciona y definir los procedimientos de actualización de la misma. Cabe señalar que es de suma importancia ya que hace sólo unos años esta Institución no contaba con esta herramienta de comunicación e información. La comunicación es un factor muy importante para la difusión de estudios, ya que esta permite poder encontrar y establecer los medios necesarios para poder dar a conocer un tema en específico en este caso las ciencias penales. Actualmente no se cuenta con una difusión informativa amplia para este tipo de temas, por lo que es necesario el uso de nuevas herramientas las cuales se mantienen actualizadas día con día. Las distintas herramientas de Internet atienden preferencialmente a las audiencias de dimensiones que podrían considerarse como medianas, permitiendo que los usuarios desarrollen un estrecho contacto. De esa manera, al compartir determinados pasatiempos o mostrar afinidad por ciertas áreas de interés en común, Internet puede llenar el importante espacio que relativamente dejaban abandonado los medios de comunicación convencionales. Es importante destacar que Internet además introduce nuevas pautas de convivencia e integración, desplazando a un segundo término algunas de las difíciles fronteras psicológicas y sociales que se han establecido entre grupos de personas de distintos niveles sociales, económicos o educativos en todo el mundo. Por medio de sus computadoras y, en base a compartir determinado tipo de intereses, los usuarios de Internet pueden relacionarse a través de activos grupos de discusión e intercambio de información, sin considerar siquiera la situación social, educativa o geográfica de las personas que interactúan entre sí. Podría afirmarse que todo usuario de Internet dispone de las condiciones necesarias para desarrollar su propia "prensa". Ese tipo de privilegios convierten a Internet en un medio 3 sumamente atractivo para sus usuarios. A diferencia de los medios de comunicación masiva, el usuario de Internet se constituye como un auténtico emisor. Una de las herramientas que pueden dar una mayor apertura a este tipo de temas como es el caso de las ciencias penales, es el Internet o definiéndolo de una manera mas clara una página Web que contenga información de este tipo, la cual puede brindar de manera veraz y oportuna los diferentes eventos o noticias en materia penal. A través de una página Web se vincula exclusivamente este tipo de asuntos, cabe señalar que la difusión de la información fluye de manera constante y actual, lo que permite al receptor mantenerse al día. Mediante la experiencia laboral concretamente basándolos en la creación y puesta en marcha de una página Web, se busca demostrar que la difusión de diversos eventos, temas y noticias pueden ser aceptados por una mayor cantidad de individuos si se utilizan los medios de comunicación masivos y de reciente surgimiento (Internet) página Web. En materia penal existe muy poca o ningún tipo de difusión vía electrónica por lo que mediante el uso de esta herramienta se puede dar a conocer de manera más clara y oportuna la información. El poco fomento de difusión de la cultura de legalidad en materia penal permite demostrar que mediante la creación de una página propia de contenido especifico y utilizando los diferentes medios para dar a conocer esta página (periódico, trípticos, carteles, hojas informativas) se puede crear una línea directa de comunicación hacia temas poco difundidos. Mediante este proyecto se busca dar a conocer la creación de una página Web en una institución con el fin de dar a conocer temas de poca difusión que a través de otros medios es inoperante o en muchos casos inexistente. En los primeros años de este sexenio el INACIPE no contaba con una página Web propia por lo que utilizaba otros medios para difundir su información, esto pudo quedar en el olvido cuando se empezó a trabajar en un proyecto de desarrollo tecnológico para la Institución lo que permitir poder crear y conservar esta página. Muchas Instituciones, empresas o negocios pueden encontrarse en la misma situación por la que paso el INACIPE. Este trabajo se basa en poder dar a conocer al público la opción de salida que crea mediante la creación de una página Web con el objetivo de difundir información especifica en este caso en materia penal. Muchos usuarios realmente no ven el beneficio que se tiene al contar con un espacio propio de difusión y lo he podido visualizar en carne propia, pero al realizar este escrito pretendo que el lector tenga un panorama más amplio sobre el uso de las nuevas tecnologías de información, ya que aunque deben existir algunas limitantes, lo rescatable y productivo del Internet y la difusión de la información a través de una página Web son invaluables y necesarias para la sociedad. 4 La metodología utilizada para dar entendimiento a este trabajo se basa en el uso de los antecedentes de la Institución, así como en entrevistas realizadas a servidores públicos vinculados al uso y monitoreo de esta página. Las citas expuestas en este trabajo tratan de enfocar la diferencia que existe hoy en día que el Instituto Nacional de Ciencias Penales cuenta con un medio de información actual como lo es una página Web. De igual forma el uso de cuadros sinópticos y organigramas permitirán al lector un recorrido más fluido a través del trabajo y aunado esto con las líneas del tiempo e ilustraciones se podrá dar una lectura más amena y basta del mismo. El estudio realizado a la página Web del INACIPE a través de la toma de imágenes de la misma permitirá al lector poder adentrarse a la página como si estuviera navegando por la misma, lo que brindara una opción más amplia al estudio de sus contenidos. Cabe hacer mención que este no pretende ser un trabajo enfocado hacia la materia de Derecho, aunque si he utilizado antecedentes del mismo tema pero esto ha sido con el fin de adentrar un poco más al usuario dentro de las funciones y situación laboral por la que se rige el INACIPE, pero debe quedar claro que el objetivo del presente es valorar y permitir demostrar que una herramienta como lo es el Internet usándolo de manera adecuada se puede convertir en un medio apto y propicio para difundir tanto información de carácter especifico como general. De esta forma, la estructura del presente estudio se muestra con el análisis sinóptico del origen del Derecho Penal en sus diversas facetas, ya que se considera el tema fundamental de la difusión y la divulgación que lleva a cabo el INACIPE, es decir, los tópicos de las ciencias penales en general, y que podría expresarse que este capitulado pertenece a la rama jurídica solamente, sin embargo, se expone como el antecedente de la propia actividad inherente al INACIPE. En el capitulo II se aborda el estudio de la estructura y organización de las Instituciones encargadas de administrar y ministrar la rama del Derecho Penal las cuales a través de la Ley de Transparencia tiene por obligación el informar mediante cualquier medio las actividades y puntos que se encuentran determinados en el articulo 7 de la misma. De igual forma se presentan los antecedentes históricos, la estructura y objetivos del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) y en caso particular las funciones de sus Secretarías y las de la Dirección de Servicios Bibliográficos e Informáticos, encargada de la actualización y mantenimiento de su página Web. El capitulo III tiene por objetivo describir la importancia de lacomunicación, la divulgación y la difusión de la cultura de la legalidad a través de Internet por medio de una página Web. La historia de la creación de esta página, así como el análisis de la misma, muestra a través del estudio de su estructura, perspectiva y mejoras un panorama de las ventajas con las que se cuenta al utilizar esta nueva herramienta tecnológica para poder lograr una difusión de la información de manera clara y oportuna. 5 El Internet en la actualidad es una herramienta de uso común para un gran número de personas, esto por la facilidad con la que permite al usuario obtener información desde cualquier punto, a cualquier hora, solo utilizando un equipo de cómputo y una conexión de red. Esta tecnología en el caso del INACIPE ha permitido ampliar su acercamiento de manera más oportuna a los maestros, alumnos, servidores públicos y público en general que buscan una o varias opciones en el área de las Ciencias Penales. 6 CAPITULO I 1) ¿Qué es el Derecho? 1.1.1. Definición Orden Jurídico Para poder adentrarnos al tema de la difusión de la cultura de la legalidad en materia penal es importante definir el entorno en el que se adentra este concepto. Es decir, el derecho como tema que genera una gran cantidad de conceptos y definiciones. El derecho como tal regula las relaciones humanas mediante normas impuestas por el Estado bajo un principio ético. La definición propia del Derecho expresa en su conjunto la unión de normas y atribuciones que regulan la vida del hombre en la sociedad, es decir, de reglas que además de imponer deberes, conceden facultades.1 El derecho es la ordenación moral de la vida social y humana orientada a la realización de la justicia, este orden tiene que ver con un sistema de normas obligatorias que rigen las relaciones sociales de los individuos. Estas normas se encuentran fundadas en un principio ético y son impuestas y garantizadas por el poder del Estado. El derecho cuenta con diversas características las cuales son explicadas por García Máynez y confirmadas por Hoffman entre las que se destacan: Unilateralidad y Bilateralidad: La primera hace mención a que frente al sujeto al que se obliga existe otra persona para exigirle el cumplimiento de sus deberes, mientras que la segunda habla de imponer derechos y deberes correlativos, esto significa una relación reciproca o mutua entre las dos partes. Está relación correlativa se pude dar con un ejemplo claro, cuando una persona vende algún objeto y se ha puesto de acuerdo con el comprador sobre el precio el comprador tiene la obligación de pagar el objeto y exigir la entrega del mismo, mientras que el vendedor tiene la obligación de entregar el objeto y exigir el pago del mismo. Interioridad y Exterioridad: La primera es un atributo de la voluntad. Máynez expresa que esto significa que el individuo no solo actúe conforme al deber, sino por el deber. Estos factores tienen que ver con el actuar de manera ética, mientras que la exterioridad se refiere a la realización de un acto pero solo por hacerlo, es decir porque se tiene que actuar de forma determinada, un ejemplo seria que un individuo sabe que robar es un acto penado por la sociedad y no lo realiza exteriormente, es decir no ejecuta la acción, pero interiormente quizá constantemente este convencido de que seria una forma rápida de salir de apuros. 1 Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho, 1995, 45a ed., Porrúa p.36 7 Coercibilidad e Incoercibilidad: La primera se refiere a una norma que se cumple de manera no espontánea e incluso en contra de la voluntad del individuo un ejemplo de esto considero que seria el pago de la tenencia vehicular, ya que se debe realizar un pago obligatorio pero no se da de manera espontánea, es decir que el individuo esta en contra de esta situación. Mientras que la incoercibilidad se refiere al hecho de ejecutar una norma de manera espontánea, la autoridad de medios coercitivos para mantener el orden. Autonomía y Heteronimia: La primera la define Máynez como auto legislación, reconocimiento espontáneo de un imperativo creado por la propia conciencia. Heteronimia es sujeción a un querer ajeno.2 El derecho debe ser adecuado a la idea de justicia, es decir, al sistema de valores éticos sociales que se imponen en una comunidad determinada. Lo que no es justo no es conforme a derecho. Existen 2 grandes apartados o divisiones jurídicas dentro del Derecho, siendo el Derecho positivo y el Derecho natural. El Derecho positivo: se divide y va evolucionando por los diferentes momentos históricos por los que ha pasado en determinado momento. El Estado es el que impone las normas jurídicas con las que se va a regir. El Derecho natural: se refiere al conjunto de principios universales que se encuentran concebidos en la naturaleza del hombre. Entre ambos rubros existen algunas diferencias las cuales se ejemplifican en el siguiente cuadro comparativo. SECTORES JURÍDICOS DERECHO POSITIVO DERECHO NATURAL Es creado por el hombre (procedimiento) Surge de la naturaleza Humana (filosofía) Ordenamiento jurídico: Existe un orden jurídico el cual se puede dividir en 2 rubros generales y de ahí se puede desglosar en apartados individuales, estos son el derecho público y el privado. Es necesario explicar de manera concreta estos conceptos, ya que el derecho penal surge de este orden jurídico. 2 Eduardo García Máynez, op.cit. p.22 8 El Derecho Público: Se define como conjunto de normas que regulan la organización y la actividad del Estado y demás entes públicos disciplinando las relaciones entre los ciudadanos y estas organizaciones políticas. Miguel Acosta Romero considera al Derecho Público como “un conjunto de preceptos jurídicos destinados a la tutela o defensa del ser humano y al cumplimiento de los intereses generales de la comunidad”3 e Ignacio Burgoa define las garantías individuales como “una relación de derecho existente entre el gobernado como persona física o moral y el propio Estado como entidad jurídica.”4 El Derecho privado: Es el que regula las relaciones de los ciudadanos entre sí, existe una situación de igualdad en la relación jurídica. Barrera Graf en su obra la Representación voluntaria del Derecho Privado, hace mención que es “un plexo de normas jurídicas, pero su objetivo consiste en regular los intereses particulares de los individuos, a través de los códigos y leyes que al efecto se dicten.”5 DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO Protege intereses públicos Protege intereses privados El derecho a votar El de la propiedad De estos conceptos del derecho, surgen varias ramas las cuales se encuentran divididas. A grandes rasgos el ordenamiento Jurídico podemos esquematizarlo de la siguiente forma: DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO a) Constitucional a) Civil b) Administrativo b) Mercantil c) Fiscal d) Penal El enfoque que se pretende expresar, el de la difusión de la cultura de la legalidad en materia penal cae en el rubro del Derecho Penal, por lo que a continuación se abarca de manera más profunda esta categoría. 2) ¿Qué es el Derecho Penal? 1.2.1. Definición y Antecedentes Basándonos en el esquema antes anterior de la subdivisión del Derecho, el Derecho Penal pertenece o surge del Derecho Público anteriormente definido. El Derecho Penal es el poder punitivo del Estado, constituyendo la expresión más enérgica del poder, mediante el cual se establecen los delitos y las penas como su legítima consecuencia. 3 Miguel Acosta Romero, Teoría General del Derecho Administrativo, 1975, 2a ed., Porrúa, p.33 4 Ignacio Burgoa Orihuela, Las Garantías Individuales, 1991, 23a ed., Porrúa, p.155 9 5 Jorge Barrera Graf, Representación voluntaria del Derecho Privado, 1967, 1a ed., UNAM, p.13Existen varias tipos de definiciones de lo que es el Derecho Penal, entre ellas, el jurista Luis Jiménez de Asúa, lo define “como el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado”6, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora. Otro destacado jurista, José A. Sainz Cantero define al Derecho Penal como “el sector del ordenamiento jurídico que tutela determinados valores fundamentales de la vida comunitaria, regulando la facultad estatal de exigir a los individuos comportarse de acuerdo con las normas y de aplicar penas y medidas de seguridad a quienes contra aquellos valores atenten mediante hechos de una determinada intensidad”.7 Otros juristas consideran al Derecho Penal como un instrumento de defensa de los valores fundamentales de la comunidad que sólo debe emplearse contra ataques muy graves a esos valores y en una forma controlada y limitada por el ejercicio de la ley. Unificando los puntos de vista antes mencionados podemos entender por Derecho Penal como el rubro o sector que se encarga de establecer normas jurídicas con el fin de mantener un orden social único y mediante estas disposiciones defender los valores y condiciones de la sociedad actual. Estas normas permiten que la sociedad pueda encontrar un poco de tranquilidad en cuanto a la integración social y el orden en sus diferentes sectores. El Derecho Penal a su vez se divide en Derecho Penal Objetivo y Derecho Penal Subjetivo; En México, el destacado Jurista Raúl Carrancá y Trujillo define al primero de ellos, como el “conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación”;8 En sentido subjetivo, el Derecho Penal se identifica con el derecho de castigar, consiste en la facultad del Estado mediante leyes, de conminar la realización del delito con penas y en su caso imponerlas y ejecutarlas, por su parte Eugenio Cuello Calón, considera que “es el derecho del Estado a determinar, imponer y ejecutar las penas y demás medidas de lucha contra la criminalidad”.9 Castellanos Tena señala que ante una excesiva intromisión del poder del Estado en el ámbito de los derechos individuales, es necesario establecer los límites que debe tener el poder Estatal. Estos límites pueden reducirse a la vigencia, no sólo formal, sino también material de dos principios fundamentales: el principio de intervención mínima y el principio de intervención legalizada del poder punitivo del Estado. 6 Luis Jiménez de Asúa, Tratado de Derecho Penal 1, 1992, 6a ed., Losada, p.43 7 José A. Sainz Cantero, Lecciones del Derecho Penal, Parte General, 1, 1990. 3a ed., Bosh Intro. 8 Raúl Carranca Trujillo, Derecho Penal Mexicano, 1999, 20a ed., Porrúa, p.57 10 9 Eugenio Cuello Calón, Derecho Penal I, 1975, 18aed., Bosh, p.1 “El principio de intervención mínima implica que el Derecho Penal sólo debe intervenir en los casos de ataques muy graves en los bienes jurídicos más importantes. Las perturbaciones más leves del orden jurídico son objeto de otras ramas del Derecho. El principio de intervención legalizada sirve para evitar el ejercicio arbitrario e ilimitado del poder Estatal. Este principio supone un freno para una política penal demasiado pragmática que decida acabar a toda costa con la criminalidad y movida por razones defensivas o radicales, sacrifique las garantías de los ciudadanos, imponiéndoles sanciones no previstas ni reguladas por la ley”.10 Las irregularidades hacia este principio se han tratado de erradicar de manera definitiva, ya que en algunas ocasiones este se ejecuta de manera incorrecta poniendo en peligro la integridad ciudadana y el ejercicio del estado hacia el combate contra la delincuencia. “El Derecho Penal protege bienes o valores determinantes para el individuo, constituyendo así la fórmula drástica para que el Estado pueda ejercer materialmente la conminación y coercibilidad cuando se quebrantan dichos valores, en búsqueda del bien común para una buena convivencia social.”11 De igual forma Castellanos Tena señala que existen acontecimientos que pueden transformar la valoración jurídica de los bienes protegidos, el jurista en sus valoraciones debe actuar al margen del sentimiento populista porque las valoraciones sociales ofrecen al jurista todo un contenido sumamente rico de aspiraciones concretas de Justicia que son los datos ideales; pero éstos deben ser purificados por el jurista de lo pasional y excesivo que se halla mezclado con ellos. La valoración jurídica tiene características que la distinguen de la valoración social VALORACIÓN JURÍDICA SOCIAL Racional Mezcla de sentimientos y pasiones Razona la justicia como solución ideal Razona la justicia como solución nueva 12 El surgimiento del derecho penal obedece a la necesidad de regular el comportamiento del hombre en sociedad. El crimen nace con el hombre, cuando todavía no existía un orden jurídico, ni una sociedad organizada; el delito se manifiesta en su más rudimentaria forma al realizar un daño a bienes ajenos. Desde sus inicios el hombre ya desarrollaba conductas que afectaban a sus similares, algunos tomaban el animal cazado por otros con violencia o un hombre peleaba con otro por obtener a una mujer. De ahí la necesidad de regular tales conductas y señalar castigos para lograr el orden y la convivencia. 10 Fernando Castellanos Tena, Lineamientos Elementales del Derecho Penal, 1992, 30a ed, Porrúa, p.72 11 Fernando Castellanos Tena, op.cit. p.74 11 12 Cuadro basado en el libro de Castellanos Tena, op.cit. p.82 En esta parte, interesa, sobre todo, destacar las etapas de evolución por las que ha pasado esta disciplina jurídica como hace mención Alberto Orellana “la evolución de las ideas penales se ha presentado en cinco grandes períodos o etapas: venganza privada; venganza divina; venganza pública; periodo humanitario y etapa científica”.13 Para poder dividir estas etapas se considero definir de manera general el termino de venganza. La venganza significa que el hombre, ante una agresión recibida, obtiene la satisfacción mediante un acto violento. En esta fase, cabe distinguir cuatro subfases. Venganza Privada Es esta etapa fue el impulso de la defensa o la venganza, de todas las actividades provocadas por un ataque injusto. “Todo organismo en presencia de una ofensa reacciona defendiéndose y ofendiendo a la par”.14 El animal responde al ataque con el ataque, de igual forma lo realiza el niño y el hombre primitivo y en esta pugna se aplicaba la ley del mas fuerte. Durante esta época la función punitiva la ejercían los particulares, pues cada particular, cada familia y cada grupo se protege y se hace justicia por si misma, sin embargo, debido a los excesos cometidos por los ofendidos al realizar su “Venganza", surgió lo que se conoce como la Ley del Talión, que no fue otra cosa sino una medida moderadora pues sólo se le reconocía al ofendido el derecho de causar un mal de la misma intensidad al sufrido. “Talión y composición representan un adelanto moral y jurídico para la humanidad”*15, fue poco después que nació la compensación, mediante el cual se autorizaba para que ofendido y ofensor nombraran representantes que moderaran los reclamos recíprocos y acordaran la cantidad del castigo OFENSA = REACCIÓN = VENGANZA DERECHOS = DEBERES Venganza divina Al lado del periodo conocido como venganza privada, se gestó dentro de organizaciones sociales más cultas, el principio teocrático y éste vino a convertirse en fundamento del derecho penal, pues no se castigaba al culpable para satisfacer al ofendido, sino para que aquél expiasela ofensa causada a Dios con su delito. En general, esta época fue manejada por la clase sacerdotal. 13 Alberto Orellana Wiarco, Curso de Derecho Penal parte general, 1999, sin ed., Porrúa p. 39 14 Raúl Carranca y Trujillo, Raúl Carranca y Rivas, Derecho Penal Mexicano, 1999, 20a ed., Porrúa, p.93 15 Raúl Carranca y Trujillo, Raúl Carranca y Rivas, op.cit., p. 94 12 Cabe señalar que dentro de esta época se utilizaba la tortura, el tormento y la incomunicación como medio para obtener una confesión y esta era considerada como la reina de las pruebas. De igual forma se encontraba el tribunal de la Santa inquisición el cual dictaba las sentencias o conseguía las confesiones mediante los actos antes mencionados. DELITO = PECADO PENA = PENITENCIA Venganza Pública “En la edad Media persistieron la venganza privada y la venganza divina, en este periodo se fue fortaleciendo la venganza pública con el desarrollo del poder real”.16 Durante ésta etapa, se empieza a hacer distinción entre delitos privados y públicos, según el hecho lesione de manera directa los intereses de los particulares o el orden público. Con esto se da el transito del derecho a la venganza a favor de una autoridad superior. En la Novísima recopilación existe una ley que señala el transito de la venganza privada a la pública expresivamente: “Teniendo prohibidos los duelos y satisfacciones privadas, que hasta ahora se han tomado los particulares por si mismos, y deseando mantener rigurosamente esta absoluta prohibición, he resuelto para que no queden sin castigo las ofensas y las injurias que se cometieren, y para quitar todo pretexto a sus venganzas, tomar sobre mi cago la satisfacción de ellas, en que no solamente se precederá con las penas ordinarias establecidas por el derecho, sino que las aumentare hasta el último suplicio; y con este motivo prohíbo a todos generalmente, sin excepción de personas, el tomarse por si las satisfacciones de cualquier agravio e injuria , bajo las penas impuestas” (ley 3, tit. 20, Lib. XII)17 Es entonces cuando aparece la etapa llamada "venganza pública", los tribunales juzgan en nombre de la colectividad. Esta fue una inmensa época, de propósitos retributivos y a lo sumo intimidantes, ya que los métodos y las técnicas utilizadas eran inhumanas. Surgen los calabozos, la horca, los azotes y algunos instrumentos de tortura verdaderamente sádicos con el fin de asegurar el dominio de la clase política. Etapa Humanitaria Como respuesta a la fase anterior, surge una reacción humanista en materia penal, de manera que se pretende dar un giro absoluto y radical a la dureza del castigo. 16 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 41 17 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 44 13 Grandes pensadores, filósofos y humanistas, con su obra e ideas, han influido en el derecho penal y ciencias afines. Cesar Beccaria y John Howard, con su valiente y enérgica manifestación de principios humanistas, trataron de devolver al hombre el respeto a su dignidad ya que el poder de definir, elaborar y ejecutar el castigo era el mismo gobierno, y no se tomaba en cuenta la integridad tanto social e individual. En su libro tratado de delitos y penas, Beccaria destaca diversos aspectos, dentro de los que Orellana destaca los siguientes: 1. El fin de las penas es prevenirlas, la pena más que castigar debe impedir nuevos delitos y retraer a los demás a cometerlos. 2. La pena debe ser proporcional al delito, la desproporción engendra injusticia e impunidad. 3. Debe desterrarse el tormento por inhumano e inútil para lograr penas justas. 4. Los procesos deben ser públicos, debe desterrarse el secreto y las penas deben ser prontas. 5. Las penas no deben distinguir a los individuos por su condición social. 6. La pena de muerte debe desterrarse por injusta y no ser útil a efectos preventivos. 18 Estas ideas, expresadas en 1764, se encuentran vigentes, al igual que los principios emanados de la Revolución Francesa, con la cual surge la contemplación y tutela de los derechos del hombre. Etapa Científica En esta etapa se mantienen los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto del delincuente, es decir que enfoca sus estudios a la corrección del delincuente y no a su destrucción. Considera que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino que además se requiere llevar a cabo un estudio de personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es indispensable conocer el porque del crimen, saber cual es el tratamiento adecuado para readaptar al sujeto y sobre todo, prevenir la posible comisión de delitos. En la pena estima que un tratamiento y el sujeto son productos de las propias fallas sociales, con influencias de factores de índole diversa interna y externa. Dentro de esta etapa se pueden nombrar diferentes escuelas, cada una de estas corrientes realiza aportaciones que fungen hasta nuestros días. En los siguientes apartados se desarrolla una sinopsis de las propuestas de cada una de estas corrientes. 18 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. 14 EVOLUCION DE LAS IDEAS PENALES Venganza Privada Venganza Divina Venganza Pública Cesar Beccaria Etapa Humanitaria John Howard Escuela Clásica Escuela Positivista Etapa Científica Escuela Ecléctica Escuela Sociológica Otras escuelas Escuelas Jurídico penales Este tema ofrece un panorama referente a la concepción que diversas corrientes tuvieron respecto a los problemas fundamentales que plantea el derecho penal, cuyo conocimiento es vital para entender las figuras actuales e instituciones jurídico penales. Orellana define el termino de escuela penal como el “conjunto de juristas que en conceptos básicos o fundamentales tienen rasgos de coincidencia, aun cuando su pensamiento en otros temas no sean comunes”.19 Para poder entender mejor la clasificación del Derecho Penal este ha sido dividido en escuelas y estas se encuentran clasificadas en: Escuela Clásica Escuela clásica es una corriente que apareció a raíz de las nuevas ideas surgidas como reacción vigorosa a la anterior y ancestral forma de ver al derecho penal. Esta escuela centra su estudio en el delito, al que se le considera como un ente jurídico y cuyo método de estudio es deductivo; a su vez la responsabilidad se basa en la imputabilidad y está a su vez se fundamenta en el libre albedrío. La pena debe ser dictada de manera rápida, pública y proporcional al delito. 19 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 59 Escuela Positivista 15 Como reacción contraria a la escuela clásica, surge esta corriente, la cual se fundamenta en bases científicas que corresponden a las ciencias naturales, donde se hace mención que solo lo positivo, lo científico y lo material debía tomarse en cuenta para poder hablar de un verdadero conocimiento. Rafael Garófalo, uno de los exponentes de esta etapa propone la definición de derecho natural como “la violación de los sentimientos altruistas de piedad y probidad que posee una sociedad en una medida media”.20 Al delincuente hay que ponerle medidas de seguridad, no penas y estas deben ser determinadas en base a la peligrosidad del delincuente o a lo que pueda llegar a realizar en un futuro, por ello debe de tratarse como a un enfermo. En conjunto esta escuela hace mención que hay que vigilar los factores que se encuentran alrededor del delincuente como la pobreza la ignorancia y el desempleo, se deben establecer actividades recreativas con el fin de que existan factores que prevengan la delincuencia en la sociedad. Escuelas Eclécticas Las escuelas eclécticas aceptan y niegan postulados, tanto de la escuela clásica como de la positivista y excepcionalmente aportan algo propio y significativo. Las principales son: la tercera escuela, la escuela psicológica y la escuela técnico-jurídica.Tercera escuela la principal surge en Italia (Terza Scuola), cuyos principales representantes son Alminea y Carnevale. En Alemania hubo una tercera escuela, que coincide con los postulados de la italiana. Escuela Sociológica Surge en Alemania. También se conoció como la joven escuela, esta manifiesta que el delito es entendido como un hecho casual, posible de ser estudiado bajo un método experimental por las relaciones que existen de causa y efecto. “El delito para esta escuela encuentra su justificación en las orientaciones político – criminales que combatan el fenómeno delictivo desde su perspectiva naturalista – casualista, en su inserción en el análisis lógico y sistemático de la ley”.21 En la actualidad, la legislación penal mexicana conserva rasgos de la escuela clásica en algunos preceptos y de la positiva en otros, aunque puede precisarse que el Código de 1871 manifestó una fuerte influencia de la clásica, el de 1929 de la positiva y el de 1931 (vigente) adopta más una postura ecléctica. 20 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 63 21 Alberto Orellana Wiarco, op.cit. p. 68 16 En el siguiente cuadro se muestran los principales postulados de cada escuela. ESCUELAS CLASICA POSITIVA ECLECTICA SOCIOLOGICA Carrara, Rossi, Roeder Lombroso, Ferri, Garófalo Alimena, Carnevale Franz Von Liszt Libre Albedrío Niega el libre Albedrío Niega el libre Albedrío Delito es un fenómeno natural Responsabilidad Moral Responsabilidad Social El delito es individual y social Se puede examinar experimentalmente Método Deductivo Método Inductivo Método Inductivo Se justifica por razones de política criminal Delito como eje y entidad Jurídica El delincuente es el punto central Se interesa por el delincuente Tiene como fin conservar el orden jurídico Pena proporcional al delito Pena proporcional al estado peligroso Responsabilidad Moral La pena es una necesidad Clasificación de Delitos Clasificación de Delincuentes Delito es un fenómeno social e individual La pena funciona para prevenir y readaptar Predomina criterio de responsabilidad Predomina el criterio peligrosidad Penas para los imputables Eleva a primer grado el Derecho positivo 22 Mediante este cuadro se pueden observar las diferencias o similitudes que tenia una escuela con otra, así como las aportaciones de cada una de estas. 3) ¿Qué es el Derecho Penal Mexicano? En este apartado se pretende dar a conocer al lector como se ha ido gestando el Derecho Penal en México, ya que como se explico anteriormente el Derecho Penal fue abordado y estudiado por diversas escuelas con el fin de poder aportar o actualizar hechos y rubros a este concepto y como se hizo mención el Derecho Penal Mexicano retoma varias aportaciones de las escuelas antes mencionadas. 1.3.1. Definición y Antecedentes El Derecho Penal Mexicano desde su inicios ha sufrido diversos cambios en cuanto a su ejercicio, ya que se remonta desde sus inicios a nuestros antepasados (mayas y aztecas) partiendo a una transición en la época colonial y surgiendo de ésta diferentes modelos hasta el que encontramos hoy en día, el cual se basa en los términos de la Constitución vigente de 1917. 22 Cuadro sinóptico de las escuelas jurídico penales. 17 De esta forma, podemos expresar que Orellana en un aparatado menciona que “al concluir la lucha armada de la Revolución se convoco a un congreso constituyente, del cual emano la constitución de 1917, vigente hasta la fecha, documento que en materia penal recoge las disposiciones que ya aparecían en la Constitución de 1857, con la innovación muy destacada de separar las funciones y el papel del ministerio público como el órgano persecutor de los delitos y las de la autoridad judicial en la imposición de las penas”.23 La Constitución hasta nuestros días ha sufrido una serie de Reformas en diversos códigos los cuales actualmente nos rigen en materia penal. El Derecho Penal Mexicano no es más que esta serie de códigos por los cuales estamos regidos y mediante los que se pretende dar una armonía y un orden social. Al hablar de la historia del Derecho Penal en nuestro México, podemos afirmar que existen muy pocos datos antes de la llegada de los conquistadores, indudablemente los distintos reinos, tenían reglamentaciones sobre la materia penal. Como no existía una unidad política entre los diversos núcleos aborígenes, porque no había una sola nación, resulta más correcto aludir únicamente al Derecho de tres de los pueblos principales encontrados por los europeos poco después del descubrimiento de América, mismos que son el pueblo Maya, el Tarasco y el Azteca. Entre los mayas, las leyes penales, al igual que en los otros reinos, se caracterizaban por su severidad. “Los caciques tenían a su cargo la función de juzgar y aplicaban como penas principalmente la muerte y la esclavitud; la primera se reservaba para los adúlteros, homicidas, incendiarios y raptores, la segunda para los ladrones.”24 En el pueblo maya no usó como pena ni la prisión ni los azotes, pero a los condenados a muerte y a los esclavos fugitivos se le encerraba en jaulas de madera que servían de cárceles, estas sentencias eran inapelables. González Quintanilla en su obra Derecho Penal Mexicano señala que “del pueblo tarasco, se sabe muy poco acerca de sus leyes penales con respecto a los otros núcleos, mas se tiene noticia cierta de la crueldad de las penas. El adulterio realizado con alguna mujer del soberano se castigaba no sólo con la muerte del adultero, sino trascendía a toda su familia, los bienes del culpable eran confiscados. Cuando un familiar del monarca llevaba una vida escandalosa, se le mataba junto con su servidumbre y se le confiscaban los bienes. El hechicero era arrastrado vivo o se le lapidaba. A quien robaba por primera vez, generalmente se le perdonaba, pero si lo hacia de nuevo, se le hacia despeñar, dejando que su cuerpo fuese comido por las aves.”25 23 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 54 24 José Arturo González Quintanilla, Derecho Penal Mexicano, 1991, 5a ed. Porrua p.74 25 Ibidem 18 De mayor importancia resulta el estudio del Derecho Penal de los Aztecas, aún cuando su legislación no ejerció influencia en la posterior, era el reino o imperio de más relieve a la hora de la conquista. Este pueblo no sólo fue el que dominó militarmente la mayor parte de los reinos, sino que impuso o influenció las prácticas jurídicas de todos aquellos núcleos que conservaban su independencia a la llegada de los españoles. Dos instituciones protegían a la sociedad azteca y la mantenían unida, constituyendo el origen y fundamento del orden social: la religión y la tribu. La religión penetraba en los diversos aspectos de la vida del pueblo y para el individuo todo dependía de la obediencia religiosa, el sacerdocio no estuvo separado de la autoridad civil, sino dependiente de ella, con ello ambas jerarquías se complementaban. La sociedad azteca existía para beneficio de la tribu y cada uno de sus miembros debía contribuir a la conservación de la comunidad. Orellana hace mención en que “los aztecas tenían organizado su sistema de administración de justicia encabezada por el rey, por magistrados y jueces. Sus leyes en materia penal, eran severas”.26 El Derecho Penal Azteca revela excesiva severidad, principalmente con relación a los delitos considerados como capaces de hacer peligrar la estabilidad del gobierno o la persona misma del soberano, las penas crueles se aplicaron también a otros tipos de infracciones. “Las penas eran las siguientes: destierro, penas infamantes, perdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, demolición de la casa del infractor, corporales, pecuniarias y la de muerte, que se prodigaba demasiado. Esta última se aplicaba principalmente en las siguientesformas: incineración en vida, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, empalamiento, lapidación, garrote y machacamiento de la cabeza.”27 “El derecho penal mexicano es testimonio de severidad moral, de concepción dura de la vida y de notable cohesión política. El sistema penal era casi draconiano”28 En la época de la colonia, los antecedentes de las legislaciones de los grupos indígenas, en nada influyeron en la aplicación del Derecho Penal, ya que el mismo que se aplicó en la época fue netamente europeo, es decir que con la conquista desaparecieron en su totalidad lo que pudiera conocerse como un ejercicio penal anterior al de la colonia. González Quintanilla hace mención que en esta época se puso en vigor la legislación de Castilla conocido con el nombre de las Leyes de Toro, estas tuvieron vigencia por disposición de las Leyes de Indias, en materia jurídica reinaba la confusión y se aplicaban el Fuero Real, Las Partidas, Las Ordenanzas Reales de Castilla, las de Bilbao, los Autos Acordados, la Nueva y la Novísima Recopilaciones, así como la de Minería, la de Intendentes y la de Gremios. 26 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 47 27 Ibidem. 28 El Derecho Penal de los aztecas, Criminalia, TIII, 1987, p. 228. 19 “La legislación colonial tendía a mantener las diferencias de castas, por ello no debe extrañar que en materia penal haya habido un cruel sistema intimidatorio para los negros, mulatos y castas, como tributos al rey, prohibición de portar armas y de transitar por las calles de noche, obligación de vivir con amo conocido, penas de trabajo en minas y de azotes, todo por procedimientos sumarios. Para los indios las leyes fueron más benévolas, señalándose como penas los trabajos personales, por excusarles los azotes y pecuniarias, debiendo servir en conventos, ocupaciones o ministerios de la colonia y siempre que el delito fuera grave, pues si resultaba leve, la pena sería la adecuada aunque continuando el reo en su oficio y con su mujer, sólo podían los indios ser entregados a sus acreedores para pagarles con su servicio y los mayores de 13 años podían ser empleados en los transportes, donde se careciera de caminos o de bestias de carga; los delitos cometidos contra los indios debían ser castigados con mayor severidad que en otros casos. En la época del México independiente, apenas iniciado el movimiento independentista por Don Miguel Hidalgo y Costilla en 1810, el 17de noviembre del mismo año Morelos decretó, en su cuartel general del Aguacatlillo, la abolición de la esclavitud, confirmando así el anterior Decreto expedido en Valladolid por el Cura de Dolores. En 1824 México toma un régimen de República Federal el cual se basa en el modelo de los Estados Unidos de Norteamérica. Esta Constitución prohíbe que las penas sean trascendentes, es decir que solo se pueden imponer al delincuente pero no a terceras personas como se realizaba anteriormente. La grave crisis producida en todos los órdenes por la guerra de independencia, motivó el pronunciamiento de disposiciones tendientes a remediar en lo posible, la nueva y difícil situación. Se procuró organizar a la policía y reglamentar la portación de armas y el consumo de bebidas alcohólicas, así como combatir la vagancia, la mendicidad, el robo y el asalto. Posteriormente en 1938, se dispuso para hacer frente a los problemas de entonces, que quedaran en vigor las leyes existentes durante la dominación, cabe señalar que la primera codificación de la República en materia penal, fue en el Estado de Veracruz en 1835.”29 La Constitución de 1857 la cual estuvo inspirada en el pensamiento liberal, tuvo que librar muchos obstáculos para cristalizar importantes derechos en el campo penal. Lo más destacable dentro de estas leyes es que se prohíben las penas de mutilación, azotes y tormentos de cualquier especie. Estos apartados tuvieron diversas dificultades para ser acatados en un principio, es decir, no tuvo un efecto inmediato. La Constitución política de los Estados Unidos Mexicano fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día lunes 5 de febrero de 1917 29 José Arturo González Quintanilla, op.cit. p. 80-83 20 “Al concluir la lucha armada de la Revolución se convoco a un congreso constituyente, del cual emano la Constitución de 1917 vigente hasta la fecha, documento que en la materia penal recoge las disposiciones que ya aparecían en la Constitución de 1857”.30 La Constitución de 1917 al igual que la de 1857 no tuvo un efecto inmediato para entrar en vigencia, ya que en nuestro país todavía existía una inestabilidad política. Esta constitución es la que se encuentra en muchos de sus rubros vigente en nuestro país, ya que con el paso de las décadas se han ido haciendo modificaciones en algunos códigos. El Código Penal Federal de 1931 se basa en que ninguna escuela o sistema es valida para fundar un código, pues la realidad es que pueden darse diferentes soluciones practicas. Este código hace mención de que no hay delitos sino delincuentes como lo resalta la escuela ecléctica. Orellana hace mención de que “ha sido tal la cantidad de reformas que ha sufrido este código, que a la fecha comparándolo con su versión inicial puede decirse que es otro código. Se prefirió el camino de las reformas al de implantar un nuevo código”.31 Algunos de estos cambios fueron realizados en los años de 1979 en el que el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) organismo fundado por primera vez en el año de 1976 y el cual tenia dentro de sus objetivos principales “trabajar en tres espacios profesionales y académicos: Criminología, aspectos jurídico-penales y Criminalística”,32 y el cual se analizará de manera más amplia en otro capitulado presentó un código penal actualizado para toda la República, y otro en el año de 1983 en conjunto con la Procuraduría General de la República y la del Distrito Federal. Esto fue a grandes rasgos el devenir histórico del Derecho Penal, tanto en la historia en general como en nuestro país. 30 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 54 31 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 56 32 Sergio García Ramírez, Documento Historia del Inacipe p.5 21 1.3.2. Actualidad El Derecho Penal Vigente Noción del Derecho Penal Basándonos en lo planteado anteriormente el Derecho Penal es el conjunto normativo perteneciente al derecho público interno, que tiene por objeto al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad, para mantener el orden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley. De la noción anterior se colige que el derecho penal pretende preservar un equilibrio que dé seguridad a los miembros de la sociedad. Cada grupo social, según el tiempo y lugar, crea sus propias normas penales, con rasgos propios, los cuales varían conforme se modifican las condiciones sociales. Existen varias nociones de derecho penal que deben distinguirse para su adecuado manejo y comprensión, como derecho penal objetivo, derecho penal subjetivo, derecho penal sustantivo, derecho penal adjetivo, etcétera. Objetivo: “El Derecho Penal es el conjunto de normas jurídicas dictadas por el Estado estableciendo los delitos y sus penas; en una palabra es la ley penal”.33 Subjetivo: “Es la facultad o derecho del Estado para sancionar, para castigar. El Estado como ente soberano y dentro del marco que la propia ley le concede, determina que conductas son delictivas y que penas o medidas de seguridad deben aplicarse al delincuente”34 Sustantivo: “Se refiere a los delitos, penas y medidas de seguridad, es decir a la materia, a la substancias del propio derecho penal”.35 Adjetivo: A este “compete precisar la existencia de los delitos y los responsables y determinar en concreto las penas aplicables”.36 Cabe mencionar que el derecho penal sustantivo es la parte estática, en tanto que el derechopenal adjetivo es la parte dinámica. El Código Penal para el Distrito Federal se ubica en lo que llega a ser el derecho penal sustantivo, mientras que el Código de Procedimientos Penales es el derecho penal adjetivo. 33 Raúl Carranca y Trujillo, Raúl Carranca y Rivas, op.cit., p.26 34 Alberto Orellana Wiarco, op.cit., p. 8 35 Ibidem 36 Francisco Pavón Vasconcelos, Derecho Penal Mexicano, 1999 1a ed. Porrúa, p. 28 22 DERECHO PENAL SUSTANTIVO ADJETIVO Complementa al Derecho Sustantivo Normas relativas al delito Parte estática Parte dinámica Código Penal del DF Código de procedimientos penales DF Se conoce como Derecho Material Se conoce como Derecho Procesal El Derecho Penal con el paso del tiempo ha ido sufriendo algunas variantes dentro de sus ramas, esto con el objetivo de poder crear una especialización más profunda y un estudio más directo a cada uno de los temas que lo competen. El Derecho Penal antes definía su campo de estudio hacia lo que es el delito y el delincuente, pero consideró que existían muchos delitos, al igual que delincuentes, por lo que fue necesario crear ramas que se dedicaran única y exclusivamente a detallar, examinar y estudiar determinados delitos y delincuentes con el fin de poder lograr conclusiones detalladas y soluciones mas apropiadas. El INACIPE pretende lograr este tipo de especializaciones en diferentes materias correspondientes al Derecho y en este caso al derecho penal, introduciendo materias ya sea en maestrías, especializaciones o cursos sabatinos. El siguiente cuadro muestra algunas de las muchas materias que son impartidas por el INACIPE y que corroboran la actualización y especialización en el Derecho y las Ciencias Penales. MATERIAS Especialización Maestría Sabatinos Derecho Penal Victimología Delitos Informáticos Derecho Procesal Penal Criminología Psicología Criminal Criminalística Derecho Penal Derecho Penal Internacional 37 Las Ciencias Penales Las ciencias penales son un conjunto sistemático de conocimientos relativos al delito, al delincuente, a la delincuencia, a la pena y a los demás medios de defensa social contra la criminalidad. La ciencia del derecho penal es una de dichas ciencias y estudia el delito y la pena. Las demás ramas que integran este vasto conjunto e investigan también el delito y la pena, más desde un punto de vista diverso, desde un punto de vista natural y social. Dichas ciencias son la Antropología o Biología criminal, Psicología criminal, con su variante la Criminología, Sociología criminal, Estadística criminal y Política criminal (en un tiempo se le consideraba como una expresión comprensiva de las ciencias penales a la Criminología. 37 Parte del programa de estudios del INACIPE 2006, www.inacipe.gob.mx , cursos y actividades. 23 La irrupción de estas ciencias en el campo jurídico se halla fuertemente influida por factores de carácter individual, endógenos, y por influjos exógenos, influencias del ambiente social y físico. Todos los factores que forman al individuo y el ambiente que le rodea son características de estudio para las ciencias penales, ya que como se explico anteriormente todos estos factores de alguna u otra forma influyen en el desarrollo y comportamiento de la persona, lo que deriva a que se realice el estudio del porque actúan de una forma determinada . La entrada de estas corrientes científicas en el campo del Derecho penal ha aportado nuevas orientaciones surgidas del estudio y observación de la realidad y la vida. Una de las consecuencias más trascendentales, es la apreciación de la personalidad del delincuente es en este punto fuertemente auxiliada por la ciencia moderna de la Criminología, que considera como uno de los elementos básicos de la represión. Referente a la preparación que existe respecto a las Ciencias Penales el Licenciado Álvaro Vizcaíno Zamora Secretario General Académico del INACIPE menciona lo siguiente: “Se ha hecho un esfuerzo importante por avanzar o para preparar a los Agentes del Ministerio Público de la Federación al establecer una maestría en Procuración De Justicia del Distrito Federal que los aspirantes deberán estudiar en dos años, cuando a principios de este sexenio tomaban un simple curso de capacitación que duraba unos meses”.38 Al perito en las ciencias penales de hoy no puede bastarle el mero conocimiento de los códigos y demás leyes penales y de la jurisprudencia, hoy el penalista y no solo el científico (criminalista), sino también el juez, el abogado y los funcionarios llamados a intervenir en la administración de justicia criminal, precisa una preparación mucho más profesional no solamente jurídica sino también biológica, informática y sociológica , es por lo que al profesionista en este ramo precisa de conocer de las ciencias de la criminalística, criminología y sociología . “El Derecho es una Ciencia Social, la sociedad por su propia y especial naturaleza es cambiante y dinámica, y el Derecho en general tiene que adaptarse permanentemente a las necesidades de la sociedad a la que sirve y en ese sentido la actualización debe ser permanente”.39 Por estas razones en México hace ya tiempo que se ha .expuesto la conveniencia de introducir el estudio de estas disciplinas, en el cuadro de enseñanza de las facultades de Derecho tal como se ha realizado en países como los Estados Unidos de Norteamérica, Alemania, Italia, Francia y Suiza todos ellos unificados con un criterio de conocimiento de las ciencias penales más completo. 38 Entrevista al Lic. Álvaro Vizcaíno Zamora, Secretario General Académico del INACIPE, 31-julio-2006 39 Ibidem 24 “Las Ciencias Penales no tendrían razón de ser si estas no se encuentran directas en el marco de desarrollo Nacional, es decir en el desarrollo de México como Nación y por ello requieren ser difundidas y reconocidas por los ciudadanos en la medida que las Ciencias Penales les permitan encontrar soluciones a las controversias que puedan suscitarse entre los particulares o los particulares y el Estado considerando siempre al Derecho Penal y a las Ciencias Penales como un ultimo recurso al que pueden acceder para solucionar las mismas. Estas deben entrar en acción cuando todos los demás recurso para dirimir controversias no han funcionando”.40 En nuestro país existe actualmente INACIPE del cual he mencionado algunas de sus características de manera concreta y definiré de manera mas profunda un poco más adelante, ya que esta institución es fundamental para el estudio, desarrollo y actualización de estas Ciencias en nuestro país. Además de la difusión y cursos de actualización, la rama de la informática ha sido clave para el desarrollo de los agentes del ministerio público o peritos profesionales en nuestro país. A nivel Internacional el lugar que ocupa nuestro país en el ejercicio de las Ciencias Penales es trascendente ya que “estamos en un lugar privilegiado en América Latina, nos encontramos prácticamente a la cabeza. El INACIPE ha ocupado un lugar importante en los Congresos Internacionales y Nacionales, a la fecha se han realizado 11 congresos contando con la participación de mas de 300 congresistas de mas de 30 países distintos de los 5 continentes, cada vez se conoce mas la labor de México con respecto a las Ciencias Penales”.41 Dentro de este capitulo se ha podido observar que el Derecho Penal Mexicano también cuenta con su historia y sus raíces, y a través del tiempo este ha ido evolucionando con el fin de poder adoptar diferentes parámetros y circunstancias que le permitan actuar de una manera más contundente y justa en, lo que permite que mediante las Instituciones se pueda realizar un ejercicio constante de esta materia y poder entenderla de una manera más concisa y amplia en la actualidad del país 40 Entrevista al Lic. Álvaro Vizcaíno Zamora, op.cit. 41 Ibidem 25CAPITULO 2 Instituciones del Derecho Penal 1) Poder Judicial Las Instituciones que ejercen el ejercicio del Derecho Penal en México deben estar constituidas bajo la formación de diferentes factores que permitan realizar el ejercicio de este derecho de manera clara y justa, es decir, debe existir una preparación adecuada y una estructura bien fortificada en lo individual y colectivo para poder realizar de manera correcta las funciones pertinentes. Ante esta situación existen Instituciones como el Instituto Nacional de Ciencias Penales, organismo encargado de fomentar y preparar y actualizar servidores públicos dedicados a ejercer la justicia en México. Este capitulado abarca las raíces, la historia y las actividades de dos Instituciones que participan activamente en la lucha y la búsqueda de la justicia en nuestro país como lo son la Procuraduría General de la República y el INACIPE. 2.1.1. Definición El poder Judicial protege los derechos que otorga la constitución a todos los mexicanos y la realiza mediante el juicio de amparo. Este poder esta integrado por “los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados del Tribunal Electoral, los magistrados de los tribunales de Circuito – Colegiados y Unitarios- y los jueces de Distrito” 42, y actúan cuando surge algún conflicto sobre la aplicación de las leyes. Además son los encargados de interpretar las leyes y decidir quien tiene la razón cuando una persona le exige a otra el cumplimiento de una obligación, o cuando surgen problemas entre las autoridades y los ciudadanos o incluso entre las propias autoridades, esto tiene que ver con la esencia del derecho al debido proceso legal el cual “es el derecho de toda persona a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.”43 De igual forma, el articulo 14 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos menciona que “nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 9 de diciembre de 2005)En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aún por mayoría de razón, pena alguna que no este decretada por una ley exactamente aplicable al delito que se trata.”44 El artículo 16 de la Constitución hace mención de que nadie puede ser molestado sin un escrito de la autoridad competente. 42 Comité de Comunicación Social, ¿Qué es el poder judicial de la Federación?, 1999, p. 18 43 Ricardo Méndez Silva, Derecho Internacional de los Derechos Humanos, 2002, 1a ed. UNAM, p. 349 44 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 14, México 1917. 26 2.1.2. Antecedentes Los órganos constitucionales del estado. La teoría de la división de poderes: Desde que el hombre surgió en la tierra tuvo que esforzarse por convivir con sus semejantes. Para resolver los problemas que se iban presentando invento leyes para regular diversas situaciones como el comercio, el pago de impuestos etc. Desafortunadamente algunos gobernantes abusaron de estas leyes y decidieron que ellos podían crearlas y aplicarlas a su antojo, además de que consideraban que el que estuviera en desacuerdo podía ser juzgado y castigado. Este tipo de arbitrariedades causaron descontento entre los ciudadanos, lo que ocasiono a la larga desorden y revoluciones. La Teoría de la división de poderes esta inspirada en la teoría del gobierno mixto formulada por Aristóteles que decía que la mejor forma de gobierno es la que se le daba poder tanto al monarca cómo a la aristocracia y al pueblo, es decir, se compartía el ejercicio del poder por estos tres elementos. En Francia en el siglo XVII se retomó esta idea del gobierno mixto y la fórmula Montesquieu (Locke en Inglaterra.), empezaron a promover la idea de que el poder no debía concentrarse en una sola persona. Montesquieu con su obra El espíritu de las leyes formula por primera vez La teoría de división de poderes, la cual establece que “para fortalecer una nación, era necesario que existieran diversos órganos del Estado que tuviesen funciones distintas: unos elaborarían las leyes, otros las aplicarían y unos terceros las interpretarían”.45 Esta división de poderes así como la independencia que existe entre estos, constituye la base de un Estado democrático. “En México, nuestra Constitución establece que el poder público, o Supremo Poder de la Federación, se ejerce a través de tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial”.46 Hay una relación de dependencia entre el poder legislativo y ejecutivo. La teoría de los frenos y contra frenos fue elaborada por Montesquieu La cual decía que tenían que colaborar juntos el poder legislativo y ejecutivo dejando a un lado el judicial. Montesquieu corrigió de esta manera su teoría diciendo que entre el poder legislativo y ejecutivo debe de haber una relación. Debe quedar claro que la teoría de la división de poderes existe y fue la que formuló Montesquieu y que la teoría de frenos y contra frenos es una corrección de la anterior ya que no se puede dar el poder legislativo y ejecutivo en estado puro sino que hay una dependencia entre estos dos poderes sin que cada uno tenga una función principal independiente. 45 Comité de Comunicación Social, op.cit. p.14 46 Comité de Comunicación Social, op.cit. p. 14-15 27 En el apartado siguiente me adentrare un poco a la estructura de esta división de poderes, pero cabe resaltar que el que me interesa un poco más es el poder judicial, ya que en el marco histórico que estoy tratando de presentar es el que se ubica de forma más concreta dentro del rubro de las Instituciones del Derecho Penal o Ciencias Penales. El artículo 94 Constitucional habla de la estructura del Poder Judicial al que señala que “se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito. (Reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 1999) La Administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con exepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal en los términos que, conforme a las bases que señala esta Constitución, establezcan las Leyes. (Adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficila de la Federación el 11 de junio de 1999)”.47 2.1.3. Estructura DIVISIÓN DE PODERES EJECUTIVO LEGISLATIVO JUDICIAL Lo ejerce el Presidente de la República. Lo ejercen los Diputados y Senadores. Suprema Corte de Justicia de la Nación como órgano principal de otorgar y ministrar justicia. Es elegido mediante voto popular. Son elegidos mediante el voto. Se considera como un órgano político Nombra Secretarios para que lo apoyen en la ejecución de las Leyes. Existen 500 Diputados y 128 Senadores y conforman el Congreso de la Unión Interpretan las leyes y deciden quien tiene la razón. Nombra al Procurador General de la República. Estudian proyectos de Ley, discuten y aprueban. Utiliza el juicio de Amparo Dirige la política interior y exterior administración civil, militar y la defensa del Estado El Congreso tiene la facultad de reformar Leyes y la Constitución. Protege los derechos que ejerce la Constitución Hacer cumplir las Leyes Elaborar las Leyes Resolver conflictos, sobre la aplicación de las Leyes
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