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PR053E~1

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UNIVERSIDAD NACIONAL 
AUTÓNOMA DE MÉXICO 
 
 
FACULTAD DE DERECHO 
 
 
DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO 
 
 
PROPUESTA PARA LA ELABORACIÓN DE LAS 
BASES JURÍDICAS PARA LA SEGURIDAD DE LA 
GESTIÓN DEL COMBUSTIBLE NUCLEAR 
GASTADO Y PARA LA GESTIÓN DE LOS 
RESIDUOS Y DESECHOS RADIACTIVOS EN 
MÉXICO 
 
 
 
T E S I S 
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: 
DOCTORA EN DERECHO 
P R E S E N T A 
MTRA. SARA MACIEL SÁNCHEZ 
 
 
 
 
MÉXICO, D.F., 2009 
 
 
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Illegitimi non Carborundum 
 
 
 
a Júpiter 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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INDICE 
 
 
 
 Página 
 
ABSTRACT…………………………………………………………………………………… I 
 
INTRODUCCIÓN DE LA TESIS DOCTORAL ……………………………………… II 
 
 
CAPITULO PRIMERO: ELEMENTOS DEL DERECHO NUCLEAR: SEGURIDAD 
EN FUNCIÓN DEL COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y DE LOS RESIDUOS 
Y DESECHOS RADIACTIVOS 
 
INTRODUCCION DEL CAPÍTULO PRIMERO…………………………………………. 2 
 
1.1 EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO……………………………………………………... 6 
1.2 FUENTES DE RADIACIÓN Y MATERIAL RADIACTIVO……………………… 8 
1.3 PROTECCIÓN FÍSICA………………………………………………………………... 11 
1.4 AUTORIZACION, INSPECCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS 
JURÍDICAS……………………………………………………………………………… 14 
1.5 SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES NUCLEARES DONDE SE GESTIONAN 
COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y /O RESIDUOS Y DESECHOS 
RADIACTIVOS…………………………………………………………………………… 15 
1.6 PROTECCIÓN RADIOLÓGICA……………………………………………………… 19 
1.7 RESPONSABILIDAD NUCLEAR Y SU COBERTURA……………………………. 22 
1.8 PREVISIÓN, PLANEACIÓN, PREPARACIÓN Y ACCIONES A LLEVAR A CABO 
ANTE CASOS DE EMERGENCIA……………………………………………………… 30 
1.9 LAS SALVAGUARDIAS………………………………………………………… 33 
1.10 EL TRANSPORTE DEL MATERIAL RADIACTIVO……………………………… 39 
1.11 COMERCIO INTERNACIONAL EN EL ÁMBITO NUCLEAR…………………… 43 
1.12 EL ÓRGANO REGULADOR EN MATERIA NUCLEAR………………………… 49 
1.13 COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y RESIDUOS Y DESECHOS 
RADIACTIVOS…………………………………………………………………………… 56 
1.13.1 Breves aspectos teóricos y técnicos de la gestión de los residuos y desechos 
radiactivos………………………………………………………………………………… 56 
1.13.1.1 Generación de residuos y desechos radiactivos………………………………… 56 
1.13.1.2 Segregación de residuos y desechos radiactivos………………………………… 61 
1.13.1.3 Acondicionamiento de residuos y desechos radiactivos………………………… 68 
1.13.1.4 Almacenamiento de residuos y desechos radiactivos………………………….. 70 
1.13.1.5 Transportación de residuos y desechos radiactivos……………………………… 78 
1.13.1.6 Evaluación de residuos y desechos radiactivos………………………………… 82 
1.13.1.7 Riesgos asociados a la gestión de los residuos y desechos radiactivos………… 82 
1.13.1.8 Necesidad de regular la gestión de los residuos y desechos radiactivos………… 86 
1.13.1.9 Necesidad de enseñar en el ámbito jurídico la gestión de los residuos y desechos 
radiactivos, así como la legislación vinculada con la misma……………………………… 88 
 
CONCLUSIONES DEL CAPÍTULO PRIMERO………………………………………… 90 
 
 
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CAPITULO SEGUNDO: CONVENCIÓN CONJUNTA SOBRE SEGURIDAD EN LA 
GESTIÓN DEL COMBUSTIBLE GASTADO Y SOBRE SEGURIDAD EN LA 
GESTIÓN DE DESECHOS RADIACTIVOS 
 
 
INTRODUCCIÓN DEL CAPÍTULO SEGUNDO……………………………………….. 96 
 
2.1 PANORAMA ENTORNO A LA CONVENCIÓN CONJUNTA…………………… 99 
2.1.1 Origen de la Convención Conjunta…………………………………………………. 99 
2.1.2 ¿A quienes está dirigida esta Convención? ………………………………………… 101 
2.1.3 ¿Cómo funciona la Convención Conjunta? ………………………………………… 102 
2.1.4 ¿Qué beneficios aporta el ser Miembro de la Convención Conjunta? ……………… 102 
2.1.5 ¿Qué costo trae aparejado ser un País Miembro de la Convención Conjunta? …… 103 
2.1.6 ¿Cuándo debe un país determinado decidir unirse (mediante la adhesión) a la 
Convención Conjunta? …………………………………………………………………… 103 
2.1.7 ¿Cómo se integra la Convención Conjunta? ………………………………………… 104 
2.1.8 Países Miembros de la Convención Conjunta……………………………………….. 105 
 
2.2 ARTÍCULOS DE LA CONVENCIÓN CONJUNTA SOBRE SEGURIDAD EN LA 
GESTIÓN DEL COMBUSTIBLE GASTADO Y SOBRE SEGURIDAD EN LA GESTIÓN 
DE DESECHOS RADIACTIVOS…………………………………………… 107 
2.2.1 Preámbulo…………………………………………………………………………… 108 
2.2.2 Capitulo 1. Objetivos, Definiciones y Ámbito de Aplicación……………………… 110 
2.2.2.1 Articulo 1. Objetivos……………………………………………………………… 110 
2.2.2.2 Articulo 2. Definiciones…………………………………………………………… 110 
2.2.2.3 Articulo 3. Ámbito de Aplicación………………………………………………… 111 
2.2.3 Capitulo 2. Seguridad en la Gestión del Combustible Gastado……………………… 112 
2.2.3.1 Articulo 4. Requisitos Generales de Seguridad…………………………………… 112 
2.2.3.2 Articulo 5. Instalaciones Existentes……………………………………………… 112 
2.2.3.3 Articulo 6. Emplazamiento de las Instalaciones Proyectadas…………………… 112 
2.2.3.4 Articulo 7. Diseño y Construcción de las Instalaciones…………………………… 113 
2.2.3.5 Articulo 8. Evaluación de la Seguridad de las Instalaciones……………………… 113 
2.2.3.6 Articulo 9. Operación de las Instalaciones………………………………………… 113 
2.2.3.7 Articulo 10. Disposición Final Del Combustible Gastado………………………… 114 
2.2.4 Capitulo 3. Seguridad en la Gestión de Desechos Radiactivos……………………… 114 
2.2.4.1 Articulo 11. Requisitos Generales de Seguridad………………………………… 114 
2.2.4.2 Articulo 12. Instalaciones Existentes y Prácticas Anteriores……………………… 115 
2.2.4.3 Articulo 13. Emplazamiento de las Instalaciones Proyectadas…………………… 115 
2.2.4.4 Articulo 14. Diseño y Construcción de las Instalaciones………………………… 116 
2.2.4.5 Articulo 15. Evaluación de la Seguridad de las Instalaciones…………………… 116 
2.2.4.6 Articulo 16. Operación de las Instalaciones……………………………………… 116 
2.2.4.7 Articulo 17. Medidas Institucionales después del Cierre………………………… 117 
2.2.5 Capitulo 4. Disposiciones Generales de Seguridad………………………………… 117 
2.2.5.1 Articulo 18. Implementación de las Medidas……………………………………… 117 
2.2.5.2 Articulo 19. Marco Legislativo y Regulatorio…………………………………… 118 
2.2.5.3 Articulo 20. Órgano Regulador…………………………………………………… 118 
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2.2.5.4 Articulo 21. Responsabilidad del Titular de la Licencia………………………….. 119 
2.2.5.5 Articulo 22. Recursos Humanos y Financieros…………………………………… 119 
2.2.5.6 Articulo 23. Garantía de Calidad………………………………………………… 119 
2.2.5.7 Articulo 24. Protección Radiológica Operacional………………………………… 119 
2.2.5.8 Articulo 25. Preparación para casos de Emergencia……………………………… 120 
2.2.5.9 Articulo 26. Clausura……………………………………………………………… 120 
2.2.6 Capitulo 5. Disposiciones Varias…………………………………………………… 121 
2.2.6.1 Articulo 27. Movimientos Transfronterizos……………………………………… 121 
2.2.6.2 Articulo 28. Fuentes Selladas en Desuso………………………………………… 122 
2.2.7 Capitulo 6. Reuniones de las Partes Contratantes…………………………………… 122 
2.2.7.1 Articulo 29. Reunión Preparatoria………………………………………………… 122 
2.2.7.2 Articulo 30. Reuniones de Revisión……………………………………………… 122 
2.2.7.3 Articulo 31. Reuniones Extraordinarias…………………………………………… 123 
2.2.7.4 Articulo 32. Presentación de Informes…………………………………………… 123 
2.2.7.5 Articulo 33. Asistencia…………………………………………………………… 123 
2.2.7.6 Articulo 34. Informes Resumidos………………………………………………… 124 
2.2.7.7 Articulo 35. Idiomas……………………………………………………………… 124 
2.2.7.8 Articulo 36. Confidencialidad…………………………………………………… 125 
2.2.7.9 Articulo 37. Secretaría…………………………………………………………… 125 
2.2.8 Capitulo 7. Cláusulas y otras Disposiciones Finales………………………………… 126 
2.2.8.1 Articulo 38. Solución de Controversias…………………………………………… 126 
2.2.8.2 Articulo 39. Firma, Ratificación, Aceptación, Aprobación, Adhesión…………… 126 
2.2.8.3 Articulo 40. Entrada en Vigor…………………………………………………… 126 
2.2.8.4 Articulo 41. Enmiendas a la Convención………………………………………… 127 
2.2.8.5 Articulo 42. Denuncia……………………………………………………………… 127 
2.2.8.6 Articulo 43. Depositario…………………………………………………………… 127 
2.2.8.7 Articulo 44. Textos Auténticos…………………………………………………… 127 
 
2.3 REGLAMENTO Y REGLAMENTO FINANCIERO (DE LA CONVENCION 
CONJUNTA) ……………………………………………………………………………… 128 
2.3.1: A. Disposiciones generales………………………………………………………… 129 
2.3.1.1: A.1. Alcance……………………………………………………………………… 129 
2.3.1.2: A.2. Definiciones………………………………………………………………… 129 
2.3.1.3:A.3. Lugar de las reuniones……………………………………………………… 130 
2.3.1.4: A.4. Órdenes del día……………………………………………………………… 130 
2.3.1.5: A.5. Secretaría…………………………………………………………………… 130 
2.3.1.6: A.6. Representación y credenciales……………………………………………… 131 
2.3.1.7: A.7. Reglamento financiero……………………………………………………… 132 
2.3.2: B. Procedimiento preparatorio de las reuniones de revisión……………………… 132 
2.3.3: C. Reuniones de revisión…………………………………………………………… 132 
2.3.3.1: C.1. Cargos……………………………………………………………………… 133 
2.3.3.2: C.2. Órganos subsidiarios………………………………………………………… 134 
2.3.3.3: C.3. Celebración de las reuniones de revisión…………………………………… 135 
2.3.3.4: C.4. Votaciones y elecciones……………………………………………………… 139 
2.3.3.5: C.5. Informes nacionales………………………………………………………… 140 
2.3.3.6: C.6. Idiomas y grabaciones……………………………………………………… 141 
2.3.3.7: C.7. Asistencia a las reuniones…………………………………………………… 142 
2.3.4: D. Reuniones extraordinarias……………………………………………………… 142 
2.3.5: E. Enmienda e interpretación del presente reglamento……………………………… 143 
2.3.6: F. Enmienda e interpretación de las orientaciones………………………………… 143 
 
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2.4 DIRECTRICES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE REVISION (DE LA 
CONVENCION CONJUNTA) …………………………………………………………… 144 
2.4.1: I. Introducción……………………………………………………………………… 144 
2.4.2: II. Antecedentes…………………………………………………………………… 145 
2.4.3: III. Reunión de Organización……………………………………………………… 145 
2.4.4: IV. Estructura de la Reunión de Revisión………………………………………… 146 
2.4.5: V. Adscripción de las Partes Contratantes a los Grupos de Países………………… 148 
2.4.6: VI. El Procedimiento de Revisión de los Grupos de Países………………………… 150 
2.4.7: VII. Obligaciones de las Partes Contratantes como Miembros de un Grupo de 
Países……………………………………………………………………………………… 151 
2.4.8: VIII. Orientaciones a los Miembros de la Mesa del Grupo de Países sobre la forma de 
dirigir una Sesión……………………………………………………………………… 153 
2.4.9: IX. Distribución de los Informes Nacionales y medidas ulteriores………………… 156 
2.4.10: X. Informe Resumido……………………………………………………………… 157 
2.4.11: Anexo: Obligaciones y Cualidades de los Miembros de la Mesa de una Reunión de 
Revisión de la Convención Conjunta…………………………………………………… 160 
 
2.5 DIRECTRICES RELATIVAS A LA FORMA Y ESTRUCTURA DE LOS INFORMES 
NACIONALES……………………………………………………………… 162 
2.5.1: I. Introducción……………………………………………………………………… 163 
2.5.2: II. Consideraciones generales……………………………………………………… 163 
2.5.3: III. Forma y estructura del informe nacional: ……………………………………… 165 
2.5.3.1: Sección A. Introducción………………………………………………………… 165 
2.5.3.2: Sección B. Políticas y prácticas…………………………………………………… 165 
2.5.3.3: Sección C. Ámbito de aplicación………………………………………………… 165 
2.5.3.4: Sección D. Inventarios y listas…………………………………………………… 165 
2.5.3.5: Sección E. Sistema de legislación y regulación…………………………………… 165 
2.5.3.6: Sección F. Otras disposiciones generales relativas a la seguridad……………… 165 
2.5.3.7: Sección G. Seguridad en la gestión del combustible gastado…………………… 166 
2.5.3.8: Sección H. Seguridad en la gestión de desechos radiactivos……………………… 166 
2.5.3.9: Sección I. Movimientos transfronterizos………………………………………… 166 
2.5.3.10: Sección J. Fuentes selladas en desuso…………………………………………… 166 
2.5.3.11: Sección K. Actividades planeadas para mejorar la seguridad…………………… 166 
2.5.3.12: Sección L. Anexos……………………………………………………………… 166 
 
2.6 SINTESIS DE LA PRIMERA REUNIÓN DE ORGANIZACIÓN PARA LA PRIMERA 
REUNIÓN DE REVISIÓN DE LOS INFORMES NACIONALES CON MOTIVO DE LA 
CONVENCIÓN CONJUNTA (del 7 al 9 de abril d 2003) ……………………………… 167 
 
2.7 RESULTADOS DE LA PRIMERA REUNIÓN DE REVISIÓN DE LA CONVENCIÓN 
CONJUNTA (del 3 al 14 de noviembre de 2003) ………………………………………… 169 
2.7.1 Introducción………………………………………………………………………… 170 
2.7.2 Observaciones sobre el logro de los objetivos generales del proceso de la Primera 
Reunión de Revisión de la Convención Conjunta………………………………………… 172 
2.7.3 Observaciones relativas a factores de interés especial……………………………… 173 
2.7.4 Observaciones sobre políticas y prácticas…………………………………………… 175 
2.7.5 Observaciones sobre el ámbito de aplicación……………………………………… 177 
2.7.6 Observaciones sobre inventarios y listas…………………………………………… 177 
2.7.7 Observaciones sobre los sistemas legislativos y reglamentarios…………………… 178 
2.7.8 Observaciones acerca de los artículos 21 a 24 (disposiciones relativas a la seguridad en 
general) ……………………………………………………………………………….. 178 
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2.7.9 Observaciones relativas a la seguridad durante la clausura (artículo 26) …………… 179 
2.7.10 Observaciones relativas a la preparación para casos de emergencia (artículo 25 de la 
Convención Conjunta) ………………………………………………………………….. 180 
2.7.11 Observaciones sobre la seguridad en la gestión del combustible nuclear gastado 
(artículos 4 a 10 de la Convención Conjunta) …………………………………………….. 181 
2.7.12 Observaciones sobre la seguridad en la gestión de desechos radiactivos (artículos 11 a 
17 de la Convención Conjunta) ……………………………………………………… 181 
2.7.13 Observaciones relativas a los movimientos transfronterizos (artículo 27 de la 
Convención Conjunta) …………………………………………………………………… 183 
2.7.14 Observaciones relativas a las fuentes selladas en desuso (artículo 28 de la Convención 
Conjunta) …………………………………………………………………………………… 183 
2.7.15 Observaciones relativas a las actividades proyectadas para mejorar la seguridad… 184 
2.7.16 Cuestiones derivadas de la sesión plenaria y del Grupo de composición abierta sobre 
cuestiones de procedimiento y otras cuestiones……………………………………………… 184 
2.7.17 Otros temas………………………………………………………………………… 185 
2.7.18 Conclusiones y recomendaciones…………………………………………………. 187 
 
2.8 SÍNTESIS DE LA SEGUNDA REUNIÓN DE ORGANIZACIÓN PARA LA PRIMERA 
REUNIÓN DE REVISIÓN DE LOS INFORMES NACIONALES CON MOTIVO DE LA 
CONVENCIÓN CONJUNTA (del 7 al 8 de noviembre de 2005)……. …………………… 188 
 
2.9 RESULTADOS DE LA SEGUNDA REUNIÓN DE REVISIÓN DE LA CONVENCIÓN 
CONJUNTA (del 15 al 24 de mayo de 2006) ……………………………………………… 193 
2.9.1 Introducción………………………………………………………………………… 193 
2.9.2 Observaciones generales…………………………………………………………… 195 
2.9.3 Aspectos normativos y técnicos sobresalientes observados en la segunda reunión de 
revisión…………………………………………………………………………………… 195 
2.9.4 Mejoras para la próxima reunión de revisión……………………………………… 197 
2.9.5 Conclusiones de la segunda reunión de revisión de la Convención Conjunta……… 198 
 
CONCLUSIONES DEL CAPÍTULO SEGUNDO……………………………………… 199 
 
 
CAPITULO TERCERO: ANÁLISIS DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL 
SOBRE EL COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y SOBRE LA GESTIÓN DE 
LOS RESIDUOS Y DESECHOS RADIACTIVOS EN ALGUNOS DE LOS PAISES 
MIEMBROS DE LA CONVENCIÓN CONJUNTA SOBRE SEGURIDAD EN LA 
GESTIÓN DEL COMBUSTIBLE GASTADO Y SOBRE SEGURIDAD EN LA 
GESTIÓN DE DESECHOS RADIACTIVOS Y LA RELACION DE DICHA 
LEGISLACION CON LA CITADA CONVENCION. 
 
 
INTRODUCCION DEL CAPÍTULO TERCERO………………………………………… 201 
 
3.1.-Alemania……………………………………………………………………………… 203 
3.2.- Australia……………………………………………………………………………… 217 
3.3.- Austria…………………………………………………………………………………… 225 
3.4.- Brasil…………………………………………………………………………………… 232 
3.5.- Croacia…………………………………………………………………………………… 235 
3.6.- Dinamarca……………………………………………………………………………… 239 
3.7.- Eslovenia………………………………………………………………………………… 242 
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3.8.- Estonia…………………………………………………………………………………… 248 
3.9.- Finlandia………………………………………………………………………………… 250 
3.10.- Grecia…………………………………………………………………………………… 256 
 
CONCLUSIONES DEL CAPÍTULO TERCERO………………………………………… 259 
 
 
CAPITULO CUARTO: SITUACION JURÍDICA Y DE HECHO EN MEXICO 
SOBRE LA GESTION DEL COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y SOBRE LA 
GESTION DE LOS RESIDUOS Y DESECHOS RADIACTIVOS. LEGISLACION 
MEXICANA VINCULADA A DICHAS GESTIONES. 
 
INTRODUCCIÓN DEL CAPÍTULO CUARTO……………………………………………… 263 
 
4.1 SITUACION DE HECHO Y DE DERECHO EN MEXICO SOBRE LA GESTION DEL 
COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y SOBRE LA GESTION DE LOS RESIDUOS Y 
DESECHOS RADIACTIVOS………………………………………………………………… 265 
 
4.1.1 ENTIDADES ADMINISTRATIVAS MEXICANAS VINCULADAS 
DIRECTAMENTE CON LA GESTION DELCOMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y 
CON LOS RESIDUOS Y DESECHOS RADIACTIVOS…………………………………… 265 
4.1.1.1 Secretaria de Energía (SE) …………………………………………………………… 265 
4.1.1.2 Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS) ………… 267 
4.1.1.3 Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) ………………………… 269 
4.1.1.4 Central Nucleoeléctrica de Laguna Verde (CNLV) ……………………………… 272 
4.1.1.5 La Gestión del Combustible Nuclear Gastado y de los Residuos y Desechos 
Radiactivos en México………………………………………………………………………… 276 
 
 
4.2 SITUACION JURÍDICA EN MEXICO Y LEGISLACION MEXICANA VINCULADA 
A LA GESTION DEL COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y A LA GESTION DE 
LOS RESIDUOS Y DESECHOS RADIACTIVOS ………………………………………… 282 
4.2.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos………………………… 283 
4.2.2 Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados…………………………… 300 
4.2.3 Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares 
en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco) ………………………… 302 
4.2.4 Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (TNP) ………………… 304 
4.2.5 Convención sobre la Pronta Notificación de Accidentes Nucleares…………… 307 
4.2.6 Convención sobre Asistencia en caso de Accidente Nuclear o Emergencia 
Radiológica………………………………………………………………………… 308 
4.2.7 Convención de Viena sobre la Responsabilidad Civil por Daños Nucleares…… 311 
4.2.8 Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares…………………… 313 
4.2.9 Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de 
Desechos y Otras Materias…………………………………………………………… 314 
4.2.10 Convención sobre Seguridad Nuclear…………………………………………… 316 
4.2.11 Ley sobre la Celebración de Tratados…………………………………………… 320 
4.2.12 Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear………… 324 
4.2.13 Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos…………… 328 
4.2.14 Ley que crea la Comisión Federal de Electricidad……………………………… 328 
4.2.15 Ley de la Comisión Reguladora de Energía …………………………………… 330 
4.2.16 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente………………… 331 
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4.2.17 Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares…………………………… 352 
4.2.18 Ley General de Educación……………………………………………………… 358 
4.2.19 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal…………………………… 359 
4.2.20 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental… 369 
4.2.21 Ley Federal de Metrología y Normalización…………………………………… 372 
4.2.22 Ley de Inversión Extranjera…………………………………………………… 373 
4.2.23 Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica…………………………………… 375 
4.2.24 Ley de Ingresos de la Federación………………………………………………… 377 
4.2.25 Ley Federal del Trabajo………………………………………………………… 377 
4.2.26 Ley Minera……………………………………………………………………… 377 
4.2.27 Ley General de Salud…………………………………………………………… 377 
4.2.28 Código Penal Federal…………………………………………………………… 380 
4.2.29 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en 
Materia de Residuos Peligrosos……………………………………………………………… 384 
4.2.30 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en 
Materia de Evaluación del Impacto Ambiental……………………………………………… 386 
4.2.31 Reglamento Interior de la Secretaría de Energía……………………………………… 391 
4.2.32 Reglamento General de Seguridad Radiológica………………………………… 393 
4.2.33 Normas Oficiales Mexicanas…………………………………………………… 396 
 
CONCLUSIONES DEL CAPÍTULO CUARTO……………………………………………… 400 
 
ANEXO I CONSTANCIAS………………………………………………………………… 405 
 
ANEXO II FOTOGRAFÍAS………………………………………………………………… 414 
 
CONCLUSIONES DE LA TESIS DOCTORAL…………………………………………… 471 
 
BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………………… 479 
 
 
 
 
 
Neevia docConverter 5.1
ABSTRACT 
 
 
This Doctoral Research is about one of the branches of Nuclear Law, namely the 
Radioactive Waste Management and the Spent Fuel Management, especially in Mexico and 
its link to the “Joint Convention on the Safety of Spent Fuel Management and on the Safety 
of Radioactive Waste Management”. Considering all the reasons why Mexico should 
become a Member Part (a Contracting Part) of the Joint Convention, keeping in mind the 
rights and the duties that imply to be part of the Joint Convention above mentioned; as well 
as, its rules contained in 3 extra documents; which were named by the International Atomic 
Energy Agency (IAEA) as following: 
1. INFCIRC 602: “Rules of Procedure and Financial Rules”; 
2. INFCIRC 603: “Guidelines regarding the Review Process”; and 
3. INFCIRC 604: “Guidelines regarding the Form and Structure of National 
Reports” 
 
Giving some solutions and advices to the subject. For instance, recommending that: 
1. Mexico be part of the Joint Convention. 
2. Transforming the Mexican Nuclear National Authority from a dependent 
administrative entity of the Ministry of Energy to an independent Mexican entity as 
are already the Mexican Bank, the Electoral Federal Institute or the Mexican 
National Commission of Human Rights (as it is mentioned in the articles 18, 19 and 
20 of the Joint Convention). 
3. Suggesting that besides Mexico has its own law and rules regarding to the 
Radioactive Waste Management and the Spent Fuel Management following the 
articles 18, 19 and 20 of the Joint Convention. 
 
In order to do this Research, I spend ten years of my life. It was necessary to communicate 
in Spanish, English, Russian, German, French, a little of Slovenian, Japanese and Finnish. 
Going to where the experts in nuclear matters are around the world. For example: to the 
International Atomic Energy Agency, to the Nuclear Energy Agency. Visiting to the 
Nuclear Power Plants (NPP´s), Nuclear Authorities and places for radioactive wastes 
disposal in Mexico, Cuba, Spain, France, Austria, Slovenia, Belgium, Switzerland, Finland 
and Japan. Also I graduated in the International School of Nuclear Law; being the only one 
lawyer in Mexico specialized in Nuclear Law. 
 
Giving endless thank for all my education during 20 years to the National Autonomous 
University of Mexico best known as UNAM. 
 
 
 
 
“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU” 
Mexico City, 2009 
Sara Maciel 
saramaciel22@hotmail.com 
 
 I
Neevia docConverter 5.1
 
 
 
INTRODUCCIÓN 
 
Lo que motivó a hacer esta investigación fue el conjunto de diferentes circunstancias 
que convergieron las unas con las otras. La génesis de este trabajo se ubica en las pláticas 
que sostuvimos de manera informal con el Dr. Agustín Martínez Martínez, quién fuera 
catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México 
(UNAM) durante varias décadas en Ciudad Universitaria; con él aprendimos, durante la 
Licenciatura en Derecho, en varios cursos de Derecho Administrativo la importancia 
jurídica de Laguna Verde tanto en nuestro país, como allende fronteras; así como de las 
controversias en el ámbito jurídico que presenta la legislación nuclear. 
 
Nos preocupó enormemente el darnos cuenta que en México, el Derecho Nuclear es 
prácticamente desconocido por quienes estamos inmersos en el ámbito jurídico nacional, 
dada la trascendencia del mismo a nivel mundial. Los abogados en nuestro país estamos 
poco familiarizados con esta rama del derecho. Nosotros consideramos que esta situación 
debiera ser diferente, ya que está de por medio un área estratégica para el desarrollo de 
nuestro país, como lo es el uso de la energía nuclear -considerada estratégica por la 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 28, en el párrafo 
cuarto- de la cual es nuestro deber como abogados saber asesorar y/o tomar decisiones 
vinculadas con el ramo nuclear. 
 
En este trabajo hacemos una breve introducción a la gestión del combustible nuclear 
gastado y de los residuos y desechos radiactivos, analizamos las recomendaciones 
internacionales y las prácticas de los países mas avanzados en la materia, que pueden servir 
como guía para los Estados Unidos Mexicanos. El uso industrial de esta tecnologíarequiere 
la asistencia de instalaciones Nucleoeléctricas (Central Nucleoeléctrica de Laguna Verde 
CNLV), Centros de investigación (Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares ININ) 
Maquixco; además de un sin número de aplicaciones de las tecnologías de la radiación, en 
la industria, medicina, investigación, agricultura, que se conocen genéricamente como 
instalaciones radiactivas. 
 
Estas actividades generan combustible nuclear gastado (en algunos casos) y desechos; 
los cuales, en algunos casos, contienen material radiactivo, constituyendo lo que 
comúnmente se conoce como desechos radiactivos. Su gestión segura es objeto, en todos 
los países desarrollados de un estricto control por parte de los poderes públicos, dentro de 
un marco regulador específico. El cual es menester implementar en los Estados Unidos 
Mexicanos. 
 
Así mismo, considerando que el aspecto ambiental día a día adquiere mayor relevancia, 
y que tanto la gestión del combustible nuclear gastado como la de los residuos y desechos 
radiactivos está íntimamente relacionada con el ambiente debido a que sus isótopos 
radiactivos pueden alcanzar la biósfera; modificando y alterando el ambiente; así como las 
fases de los ciclos biológicos y de los elementos químicos, la salud y carga genética de los 
seres vivos, si éstos son expuestos a grandes dosis de radiación, durante un lapso de tiempo 
 II
Neevia docConverter 5.1
prolongado. Por ello, lo deseable es que dichas gestiones sean efectuadas de manera segura 
en todos los ámbitos, incluyendo desde luego que dicha seguridad sea garantizada 
jurídicamente. 
 
Además de que toda la Comunidad Internacional, mediante la Convención Conjunta 
sobre Seguridad en la Gestión del Combustible Gastado y sobre Seguridad en la Gestión de 
Desechos Radiactivos, se preocupa sobre el tema, dado el riesgo en potencia que implica 
para el ambiente y para las futuras generaciones de seres vivos la gestión del combustible 
nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos. 
 
Los puntos que justifican nuestra investigación doctoral son los siguientes: 
 
• México cuenta con el uranio como recurso para generar energía 
• El uso del uranio, a fin de generar energía requiere que sea seguro y que ésta 
seguridad esté garantizada jurídicamente, ya que implica un riesgo, dado el peligro 
inherente que representa dicho recurso hasta sus desperdicios, es decir, el 
combustible gastado y los residuos y desechos radiactivos. 
• Razones de seguridad nacional en la seguridad del combustible gastado y los 
residuos y desechos radiactivos. 
• Seguridad energética en México 
• Seguridad Humana y ambiental en México. 
• Protección Derechos de futuras generaciones. 
• Riesgos potenciales en el manejo de energía nuclear. 
 
 
Nosotros hemos partido de las siguientes consideraciones: 
 
En México existe un problema de combustible nuclear gastado y de residuos y 
desechos radiactivos que no pueden ser tratados como desechos convencionales 
 
El sistema jurídico mexicano, que es coherente con la práctica internacional, establece 
que las actividades nucleares (por ejemplo la gestión del combustible nuclear gastado y de 
los residuos y desechos radiactivos) deben llevarse a cabo dentro de un marco regulado, 
aun incipiente en nuestro país. 
 
En México no esta plenamente desarrollado un marco regulador para la gestión del y 
de los residuos y desechos radiactivos. Existen referencias internacionales y en derecho 
comparado bien establecidas que pueden resultar muy útiles para definir un marco 
regulador para la gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos 
radiactivos en México. 
 
Los abogados en México no estamos familiarizados con el Derecho Nuclear por ende 
solemos desconocer la gestión segura del combustible nuclear gastado y de los residuos y 
desechos radiactivos. 
 
 III
Neevia docConverter 5.1
En materia de gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos 
radiactivos, la legislación mexicana nacional vigente que regula a dicha gestión son las 
Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y 
Salvaguardias (CNSNS) y, aunque muy brevemente, el Reglamento Interior de la Secretaría 
de Energía y el Reglamento General de Seguridad Radiológica; así como la Ley General 
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, junto con su reglamento en materia 
de evaluación del impacto ambiental. Por lo tanto, nos hemos planteado los siguientes 
cuestionamientos: 
 
¿La legislación anterior mexicana es suficiente para regular la gestión segura del 
combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos? 
¿Cuál es el estado actual en la comunidad internacional, su visión, percepción respecto 
a la gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos? 
¿Qué opina la comunidad internacional sobre la gestión del combustible nuclear 
gastado y de los residuos y desechos radiactivos? 
 
México es un país en vías de desarrollo, su actual generación de energía es basta, si 
México va a seguir desarrollándose requiere de mayor energía, incluso de recurrir al uso de 
energía nuclear, como ya lo ha hecho. Dicho uso implica la generación y acumulación de 
residuos y desechos radiactivos, así como de combustible gastado. Por ende 
¿Qué va a hacer México al respecto?, 
¿Cuál es su política de seguridad energética, humana y ambiental? 
¿Qué tanto está dispuesto México a sacrificar en vistas de los derechos humanos? 
¿Con qué políticas de control y de prevención de riesgos cuenta México? 
 
 
Nos hemos propuesto en esta investigación aplicar todos los conocimientos teóricos 
adquiridos durante los estudios de Licenciatura y Maestría en Derecho con vertiente a la 
Docencia Jurídica aplicados en el Doctorado en Derecho por investigación. Dicho 
Doctorado en Derecho tuvo lugar en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de 
Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en Ciudad 
Universitaria. Para ello, nos hemos planteado los siguientes objetivos: 
 
• Sistematizar todas las reglas en materia de combustible gastado y de residuos y 
desechos radiactivos.(capítulos 3 y 4 de esta investigación) 
• Establecer una propuesta legal en México en la materia (capítulo 4) 
• Establecer la política y la regulación congruente a partir de las reglas 
internacionales y de los compromisos internacionales que tiene México respecto al 
combustible gastado y los residuos y desechos radiactivos. (capítulo 4) 
• Dar las bases/argumentos de la pertinencia de firmar y ratificar la Convención 
Conjunta sobre Seguridad en la Gestión del Combustible Gastado y sobre Seguridad 
en la Gestión de Desechos Radiactivos (capítulo 2) 
• Argumentar jurídicamente el por qué los Estados Unidos Mexicanos deben ser Parte 
Miembro de la Convención Conjunta sobre Seguridad en la Gestión del 
Combustible Gastado y sobre Seguridad en la Gestión de Desechos Radiactivos. 
(capítulo 1 parte final y capítulo 2) 
 IV
Neevia docConverter 5.1
• Crear las bases de las disposiciones jurídicas nacionales pertinentes para cuando los 
Estados Unidos Mexicanos sean Parte Miembro de la Convención Conjunta sobre 
Seguridad en la Gestión del Combustible Gastado y sobre Seguridad en la Gestión 
de Desechos Radiactivos (capítulo 4). 
 
 
Para poder lograr nuestros objetivos hemos recurrido a diferentes métodos de 
investigación jurídica. Ellos son: 
 
 
 
En el capítulo primero: 
• Método deductivo: de lo general, como lo es el derecho nuclear, a lo particular, es 
decir, llegando al tema central de nuestra investigación, eje de la misma, en otras 
palabras, la gestión segura del combustible nuclear gastado y de los residuos y 
desechos radiactivos. 
• Método sistemático: al organizar de manera coherente y comprensible el contenido 
del primer capítulo. 
• Método sintético: a pesar de ser extenso el contenido de este capítulo, tratamos de 
hacerlo lo más breve posible. 
 
En el capítulosegundo: 
• el método histórico: al conocer el devenir histórico de la evolución de la 
Convención Conjunta; incluyendo sus reglamentos y las actualizaciones de los 
mismos; así como todas las reuniones y los sucesos acontecidos en las mismas a la 
luz de la Convención Conjunta. 
• el método inductivo: al partir de lo particular en cada fundamento legal contenido 
en este capitulo a lo general, es decir, argumentar las razones por las que México 
debe ser país miembro de la Convención Conjunta. 
• el método analítico: al comentar cada precepto legal que integra este capitulo, es 
decir, los artículos de la Convención Conjunta y de sus reglamentos; así como de las 
reuniones que han habido hasta el día de hoy con motivo de la Convención 
Conjunta. 
• el método deductivo: partiendo de la Convención Conjunta, pasando por sus 
reglamentos, hasta las reuniones efectuadas con motivo de la Convención Conjunta. 
• el método sistemático: al conformar el contenido del capitulo segundo de una forma 
congruente, coherente, entendible y organizada. 
• El método exegético- hermenéutico: al comentar los artículos de la Convención 
Conjunta, sus reglamentos y las reuniones efectuadas con motivo de la Convención 
Conjunta. 
 
En el capítulo tercero: 
• el método analítico: al pormenorizar en la legislación sobre la gestión segura del 
combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos de algunos 
países miembros de la Convención Conjunta. 
 V
Neevia docConverter 5.1
• el método sintético: al tratar de manera breve cantidad de ordenamientos legales de 
algunos de los países miembros de la Convención Conjunta sobre combustible 
nuclear gastado y residuos y desechos radiactivos. 
• el método sistemático: al ordenar a algunos de los países que integran a la 
Convención Conjunta y explicar su respectiva legislación sobre combustible nuclear 
gastado y residuos y desechos radiactivos; vinculándola con los artículos de dicha 
Convención. 
 
En el capítulo cuarto: 
• el método deductivo: al partir del máximo ordenamiento jurídico nacional hasta 
llegar a las Normas Oficiales Mexicanas. 
• el método analítico: al revisar cada ordenamiento legal de manera particularizada 
• el método sintético: al referirnos de manera sucinta a los temas jurídicos nucleares 
con los que se interrelaciona la legislación mexicana con la gestión segura del 
combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos. 
• el método deductivo: al tratar la legislación nuclear y aspectos jurídicos nucleares 
internacionales cristalizándolos al caso concreto del estado de arte nuclear 
mexicano. 
• el método sistemático: al ordenar la legislación consultada jerárquicamente. 
• El método jurídico al vincular cada legislación con el tema de nuestra investigación. 
 
 
 
También hicimos uso, de igual manera a fin de poder lograr nuestras metas, de 
diferentes técnicas de investigación jurídica. Ellas son: 
 
1.- Técnicas de Investigación: 
 
En el capítulo primero: 
• Entrevistas: con abogados especializados en derecho nuclear en el Organismo 
Internacional de Energía Atómica (OIEA) de las Naciones Unidas, en la sede de 
dicho organismo. Con especialistas en el tema de nuestra investigación de la 
Agencia para la Energía Nuclear de la OECD, en la sede de dicha agencia. Con 
especialistas en el tema de la Escuela Internacional de Derecho Nuclear (sesión 
2003). Con especialistas funcionarios de la Secretaría de Energía en México, con 
funcionarios de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias 
(CNSNS), con especialistas en el tema de la Central Nucleoeléctrica de Laguna 
Verde (CNLV) y del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) en 
México. en la Secretaría de Salud, en la Ciudad de México; en el Instituto de 
Ciencias Nucleares de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en 
la Ciudad de México; en el Hospital “La Raza”, en la Ciudad de México.Entrevistas 
con autoridades encargadas con el tema de nuestra investigación en España, Austria, 
Eslovenia, Francia, Italia, Suiza, Suecia, Bélgica, Finlandia, Cuba y Japón 
acudiendo directamente a sus respectivas sedes. Las entrevistas que sostuvimos 
fueron en castellano, inglés, francés, alemán, ruso, esloveno, parte en finlandés, 
 VI
Neevia docConverter 5.1
parte en japonés. Por lo que asumimos la responsabilidad si hemos errado o mal 
entendido la información obtenida para la elaboración de esta investigación. 
• Investigación de campo: en la especialidad de derecho nuclear impartida en la 
Facultad de Derecho de la Universidad de Montpellier (Francia) en la sesión 2003, 
en instalaciones nucleares, centrales nucleares y lugares donde se gestionan 
combustible nuclear gastado y/o residuos y desechos radiactivos; así como en sus 
respectivos centros de información o bibliotecas en España, Eslovenia, Francia, 
Bélgica, Finlandia, Cuba, Japón y desde luego en México durante casi diez años de 
investigación sobre el tema. Y asistiendo a las conferencias internacionales 
convocadas por el OIEA en las que se dan cita periódicamente los expertos en el 
tema, con quienes nos hemos asesorado he intercambiado puntos de vista de manera 
directa sobre el tema de nuestra investigación. 
 
 
En el capítulo segundo: 
• Entrevistas: con quienes participaron tanto en la elaboración del texto de la 
Convención Conjunta en su momento, como con quienes han participado a nombre 
de sus respectivos países en las reuniones convocadas con motivo de la Convención 
Conjunta, con quienes han fungido como funcionarios de dichas reuniones, así 
como con el responsable directo de esta Convención en el OIEA. 
• Investigación de campo: Debido a la nula bibliografía sobre esta Convención, 
optamos por acudir directamente con las personas físicas involucradas con la 
misma. Por ende, nos trasladamos a donde están las personas físicas que crearon la 
Convención Conjunta para entrevistarlas, yendo donde están las personas físicas 
que fueron funcionarios en las reuniones convocadas con motivo de la Convención 
Conjunta, o bien, que formaron parte de los grupos de países de las reuniones de 
revisión de la Convención Conjunta. Así como asesorándonos directamente con el 
funcionario principal responsable de la Convención Conjunta en el Organismo 
Internacional de Energía Atómica (OIEA) de las Naciones Unidas, quién ha 
revisado nuestras opiniones aquí expresadas, nos ha dilucidado dudas, con quién 
hemos intercambiado puntos de vista y nos ha orientado en todo lo relativo a la 
Convención Conjunta. 
 
En el capítulo tercero: 
 
• Entrevistas: con algunas de las autoridades responsables de la gestión segura del 
combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos de algunos de 
los países miembros de la Convención Conjunta; acudiendo directamente con las 
autoridades responsables de la gestión segura del combustible nuclear gastado y de 
los residuos y desechos radiactivos en algunos países miembros de la Convención 
Conjunta, acudiendo directamente con las autoridades competentes de la Agencia 
para la Energía Nuclear (NEA) de la OCDE y del Organismo Internacional de 
Energía Atómica (OIEA) de las Naciones Unidas. 
 
En el capítulo cuarto: 
 VII
Neevia docConverter 5.1
• Entrevistas: con abogados especializados en el Derecho Nuclear en la Agencia para 
la Energía Nuclear (NEA) de la OCDE, en el Organismo Internacional para la 
Energía Atómica (OIEA) de las Naciones Unidas, Escuela Internacional de Derecho 
Nuclear (sesión 2003) y en Universidades extranjeras. Cabe destacar que en México 
no se consultó abogado especializado en derecho nuclear por no haberlo. Solamente 
una servidora cuenta con diploma oficial internacional como abogada especializada 
en derecho nuclear, expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad de 
Montpellier (Francia). Entrevistas con autoridades mexicanas encargadas de la 
gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos, 
como lo son: Secretaríade Energía, Comisión Nacional de Seguridad Nacional y 
Salvaguardias, Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares y Central 
Nucleoeléctrica de Laguna Verde. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Nuestra investigación la hemos desarrollado de la siguiente manera: 
 
El capítulo primero “Elementos del derecho nuclear: seguridad en función del 
combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos” versa sobre algunas 
generalidades del derecho nuclear explicadas en función del combustible nuclear gastado y 
de los residuos y desechos radiactivos, es decir, dichas gestiones son la columna vertebral 
de éste capítulo; cuyas ramas del derecho nuclear son explicadas brevemente alrededor del 
tema principal de esta investigación. 
 
El capítulo segundo “Convención conjunta sobre seguridad en la gestión del 
combustible gastado y sobre seguridad en la gestión de desechos radiactivos” trata 
pormenorizadamente la razón de ser de éste instrumento legal internacional, no solamente 
su origen y conformación, sino también sus reglamentos y las reuniones que han tenido 
verificativo a la luz de la Convención conjunta; haciendo especial énfasis en los 
compromisos y beneficios que trae aparejado ser país miembro de la misma. 
 
En el capítulo tercero “Análisis de la legislación nacional sobre el combustible nuclear 
gastado y sobre la gestión de los residuos y desechos radiactivos en algunos de los países 
miembros de la convención conjunta sobre seguridad en la gestión del combustible gastado 
y sobre seguridad en la gestión de desechos radiactivos y la relación de dicha legislación 
con la citada convención”. Como su nombre lo indica, se analiza la legislación nacional de 
algunos países que ya son miembros de la Convención conjunta; así como el vínculo entre 
dicha legislación nacional y los compromisos jurídicos que implica ser país miembro de la 
Convención conjunta. 
 
 VIII
Neevia docConverter 5.1
El capítulo cuarto “Situación jurídica y de hecho en México sobre la gestión del 
combustible nuclear gastado y sobre la gestión de los residuos y desechos radiactivos. 
Legislación mexicana vinculada a dichas gestiones” analizamos pormenorizadamente la 
legislación mexicana en materia nuclear desde el máximo ordenamiento legal en los 
Estados Unidos Mexicanos, hasta las Normas Oficiales Mexicanas; así como la legislación 
nacional vinculada con el tema de la investigación. Atreviéndonos a hacer algunas 
sugerencias que consisten en modificar la legislación nuclear mexicana a fin de garantizar 
jurídicamente la gestión segura del combustible nuclear gastado y de los residuos y 
desechos radiactivos. 
 
Hemos anexado algunos documentos que hacen constar nuestra profunda inquietud en 
el tema de la investigación. De igual manera, insertamos algunas imágenes y fotografías, 
con el propósito pedagógico de que sea más clara la visión, en la realidad, de la gestión 
segura del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos. Dichas 
imágenes y fotografías ilustran, lo contenido en el presente trabajo, a fin de que lo 
pormenorizado en la investigación, sea consultado de manera directa. 
 
 
 
 
Cabe mencionar que esta investigación doctoral fue candidata al premio “Inter Jura 
2007” (el cual de manera bianual premia a las mejores investigaciones a nivel mundial en 
materia jurídica nuclear y es convocado por la Asociación Internacional de Derecho 
Nuclear) quedando en finalista. 
 
 
 
 
Durante nuestra investigación contamos con el invaluable apoyo de diferentes 
personas, sin cuya ayuda no hubiésemos podido lograr realizar nuestro trabajo. Deseamos 
expresar nuestro agradecimiento a todas y cada una de ellas, muy especialmente a la 
Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) de la cual me enorgullezco de formar 
parte desde hace 20 años en Iniciación Universitaria (educación secundaria); al CONACYT 
quién financió esta investigación, a la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de 
Derecho de la UNAM; al Dr. Agustín Martínez Martínez, maestro de maestros, amigo 
excepcional; a mi Familia, muy particularmente a mi señor padre Dr. Júpiter Maciel 
Magaña, quién tuvo a bien orientarnos y supervisarnos -con sus cuatro décadas de 
experiencia como Docente- nuestras prácticas cuando impartimos nuestro tema de 
investigación en las aulas de la Facultad de Derecho de la UNAM, en Ciudad Universitaria; 
a mis Maestros y compañeros de la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de 
Derecho de la UNAM; a mis amigos, en especial a la gran maestra Madame Jacqueline 
Vanden Broeck, siempre la llevo en mi corazón, a tí Rosalío López Durán por ser un 
ejemplo a seguir; a tí cupido amado, jamás te olvidaré; al Ing. Carlos Horacio Sánchez 
Ruiz, por toda su paciencia en la elaboración de esta investigación; al Dr. Ruperto Patiño 
Manffer, Director de la Facultad de Derecho de la UNAM. Por todo su apoyo durante 
nuestra investigación; al Mtro. Benito Hernández Jiménez, a Gustavo Guzmán, al Ing. 
Sergio Ajuria Garza, Subdirector de Organismos Internacionales y Europa de la Secretaría 
 IX
Neevia docConverter 5.1
de Energía (México); al personal de la Biblioteca de la Secretaría de Energía; al Ing. Mario 
Mejía López, Jefe del área de Ciclo de Combustible de la Comisión Nacional de Seguridad 
Nuclear y Salvaguardas (CNSNS/ México); al Lic. Mario Iván Pinto Cunille y al Mtro. 
Carlos González Campos del Depto. de Asuntos Jurídicos e Internacionales (CNSNS); al 
personal de la Biblioteca de la CNSNS; al Ing. Raúl Ortiz Magaña, Director General del 
Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ/México); al M. en C. Juan Enrique 
García Ramírez del ININ; a la Maestra Lidia Paredes Gutiérrez del ININ; a los Ingenieros 
Juan Jiménez Domínguez (Jefe del Depto de Desechos Radiactivos), Miguel Emeterio 
Herrera y David Lizcano Cabrera del ININ; al personal de la Biblioteca del ININ; al Ing. 
Severiano Sánchez Uribe, Responsable de la Disposición Final de los Desechos Radiactivos 
de la Central Nucleoeléctrica de Laguna Verde (CNLV/México); a la Ing. Graciela Romero 
Sánchez, Jefa del Centro de Información de la CNLV; al personal del Centro de 
Información de la CNLV; a la Dra. Maricela Verdejo Silva y al Lic. Raúl Ramírez García 
de la Secretaría de Salud (México); al Ing. Alfredo Martínez Becerril del Hospital “La 
Raza” (México); al Ing. Fernando Iturbe Hermann del Instituto de Ciencias Nucleares de la 
UNAM (México); a la maestra Isabel Lorenzo; a la Señora Silvia Falcón; a la Maestra 
Enriqueta Bernal Matus, por su enseñanza; a T. Niedermayr y Evelyne Janisch del 
Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), por todas sus amabilidades; a María 
de Lourdes Vez Carmona y Wolfram Tonhauser de la Sección Jurídica del Organismo 
Internacional de Energía Atómica (OIEA); al personal de la Biblioteca del Organismo 
Internacional de Energía Atómica (OIEA); al Dr. Claudio Pescatore, Administrador 
Principal de la Gestión de los Residuos y Desechos Radiactivos de la Agencia para la 
Energía Nuclear (AEN) de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico 
(OCDE); a Julia Schwartz, Consejera Legal de la AEN; al Dr. en Ciencias Físicas, experto 
del OIEA, Eugenio Gil López del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) España, por su 
orientación, observaciones y correcciones a nuestra investigación; al personal del Centro de 
Información del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN); al Ing. Attilio Raimondi, 
Responsabile Unitá Operativa Organica, Risparmio Energetico e Fonti Rinnovabili, 
Servizio Energia (Italia); al Dr. Öivind Toverud, Office of Nuclear Waste, Swedish Nuclear 
Power Inspectorate, SKI (Suecia); al Dr. Moshe Karen, Head of Ionizing Radiation 
Inspection Sector, Radiation Safety Division, Institute for Environmental Research (Israel); 
a la Dra. Inga Carlman, Institute for Environmental Law, IMIR (Suecia); a Janez Cesarek 
de la Administración de Seguridad Nuclear Eslovena (Eslovenia); a Darinka Kordelc, de la 
Central Nucleoeléctrica “Krsko” (Eslovenia); alpersonal del Centro de Información 
Nuclear “Instituto Josef Stefan” (Eslovenia); al personal del Centro de Investigaciones 
Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) España; al personal de as 
instalaciones “Marcoule” (Francia); a mis Maestros y compañeros de la Escuela 
Internacional de Derecho Nuclear, especialmente a la Dra. Odette Jankowitsch-Prevor 
(Consejera, antigua Jefa de Tecnologías Nucleares, Asuntos entre Organismos de la 
Sección de Coordinación y Política General del Organismo Internacional de Energía 
Atómica (OIEA) y al Dr. Patrick Reyners, Jefe de la Sección Jurídica de la Agencia para la 
Energía Nuclear (AEN) de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico 
(OCDE); al Dr.Kazumasa Hioki responsable de la Convención Conjunta del OIEA 
(Japón), al Dr. Luis Jova, responsable de la Convención conjunta del OIEA coordinador del 
trabajo conjunto en Latino América sobre la Convención Conjunta (Cuba); a Jean Luc, 
Marc Poppe, Satu Sainio y Roland Bienkowski de la Central Nucleoeléctrica de Finlandia 
Olkiluoto 3 (Finlandia). Gracias, especialmente a la Comisión Nacional de Seguridad 
 X
Neevia docConverter 5.1
Nuclear y Salvaguardias (CNSNS) autoridad nacional mexicana en materia nuclear; quién 
ha tenido a bien considerarme como su asesora legal externa en materia nuclear y para 
quién actualmente elaboro el reglamento en materia de salvaguardias y desde luego, toda 
mi gratitud a mis alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma 
de México (UNAM) en Ciudad Universitaria. quienes me han hecho muy acertadas 
observaciones a mi investigación al exponerles el tema en clase. 
 
 
 
México, Distrito Federal, 2009 
Mtra. Sara Maciel Sánchez 
 
 XI
Neevia docConverter 5.1
 
 
1
 
 
CAPITULO PRIMERO 
 
 ELEMENTOS DEL DERECHO NUCLEAR: 
SEGURIDAD EN FUNCIÓN DEL 
COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO 
Y 
DE LOS RESIDUOS Y DESECHOS RADIACTIVOS 
 
 
INDICE 
 
 
INTRODUCCION DEL CAPÍTULO PRIMERO 
 
1.1 EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO 
1.2 FUENTES DE RADIACIÓN Y MATERIAL RADIACTIVO 
1.3 PROTECCIÓN FÍSICA 
1.4 AUTORIZACION, INSPECCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS 
JURÍDICAS 
1.5 SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES NUCLEARES DONDE SE GESTIONAN 
COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y /O RESIDUOS Y DESECHOS 
RADIACTIVOS 
1.6 PROTECCIÓN RADIOLÓGICA 
1.7 RESPONSABILIDAD NUCLEAR Y SU COBERTURA 
1.8 PREVISIÓN, PLANEACIÓN, PREPARACIÓN Y ACCIONES A LLEVAR A CABO 
ANTE CASOS DE EMERGENCIA 
1.9 LAS SALVAGUARDIAS 
1.10 EL TRANSPORTE DEL MATERIAL RADIACTIVO 
1.11 COMERCIO INTERNACIONAL EN EL ÁMBITO NUCLEAR 
1.12 EL ÓRGANO REGULADOR EN MATERIA NUCLEAR 
1.13 COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y RESIDUOS Y DESECHOS 
RADIACTIVOS 
1.13.1 Breves Aspectos Teóricos y Técnicos de la Gestión de los Residuos y Desechos 
Radiactivos 
1.13.1.1 Generación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.2 Segregación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.3 Acondicionamiento de residuos y desechos radiactivos 
1.13.1.4 Almacenamiento de residuos y desechos radiactivos 
1.13.1.5 Transportación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.6 Evaluación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.7 Riesgos Asociados a la Gestión de los Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.8 Necesidad de Regular la Gestión de los Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.9 Necesidad de enseñar en el ámbito jurídico la Gestión de los Residuos y Desechos 
Radiactivos, así como la Legislación vinculada con la misma 
 
CONCLUSIONES DEL CAPÍTULO PRIMERO 
Neevia docConverter 5.1
 
 
2
INTRODUCCION DEL CAPÍTULO PRIMERO 
 
El primer capítulo de nuestra investigación es el marco teórico de la gestión realizada de 
manera segura del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos 
justamente para estar en condiciones de comprender de mejor manera el último inciso de 
este capítulo; el cual trata exclusivamente de la gestión segura antes mencionada. 
 
El objetivo de este capítulo es ubicar dentro del universo del derecho nuclear el lugar que 
ocupa y la importancia que tiene la gestión segura del combustible nuclear gastado y de los 
residuos y desechos radiactivos. 
 
La hipótesis del primer capítulo es: si se conoce la trascendencia de la gestión segura del 
combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos, entonces se 
entenderá la importancia de la misma en México, en especial en lo que a su aspecto legal se 
refiere. 
 
La aportación del capítulo primero es precisar la problemática mexicana en cuanto al 
estado de arte de la gestión del combustible nuclear gastado y de residuos y desechos 
radiactivos que son una realidad en nuestro país, pero con deficiente marco jurídico 
nacional. Cuestión grave, tratándose de un área estratégica en México (señalado así 
expresamente en el artículo 28, cuarto párrafo del máximo ordenamiento legal en los 
Estados Unidos Mexicanos). Además de las probables consecuencias y lo delicado que es la 
gestión del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos radiactivos; tanto para 
las generaciones contemporáneas, como para las futuras generaciones de mexicanos y 
allende fronteras nacionales tanto en su integridad física, es decir, su propia vida (primera 
generación de derechos humanos); como en su medio ambiente (tercera generación de 
derechos humanos); así como en las futuras generaciones (cuarta generación de derechos 
humanos). 
 
Los métodos de investigación jurídica empleados para elaborar el primer capítulo de 
nuestra investigación son: 
• Método deductivo: de lo general, como lo es el derecho nuclear, a lo particular, es 
decir, llegando al tema central de nuestra investigación, eje de la misma, en otras 
palabras, la gestión segura del combustible nuclear gastado y de los residuos y 
desechos radiactivos. 
• Método sistemático: al organizar de manera coherente y comprensible el contenido 
del primer capítulo. 
• Método sintético: a pesar de ser extenso el contenido de este capítulo, tratamos de 
hacer lo más breve posible el contenido del mismo. 
 
Las técnicas de investigación jurídica a las que recurrimos para elaborar el primer capítulo 
de nuestra investigación son: 
• Entrevistas: con abogados especializados en derecho nuclear en el Organismo 
Internacional de Energía Atómica (OIEA) de las Naciones Unidas, en la sede de 
dicho organismo. Con especialistas en el tema de nuestra investigación de la 
Agencia para la Energía Nuclear de la OECD, en la sede de dicha agencia. Con 
especialistas en el tema de la Escuela Internacional de Derecho Nuclear (sesión 
2003). Con especialistas funcionarios de la Secretaría de Energía en México, con 
funcionarios de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias 
Neevia docConverter 5.1
 
 
3
(CNSNS), con especialistas en el tema de la Central Nucleoeléctrica de Laguna 
Verde (CNLV) y del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) en 
México. Entrevistas con autoridades encargadas con el tema de nuestra 
investigación en España, Austria, Eslovenia, Francia, Italia, Suiza, Suecia, Bélgica, 
Finlandia, Cuba y Japón acudiendo directamente a sus respectivas sedes. Las 
entrevistas que sostuvimos fueron en castellano, inglés, francés, alemán, ruso, 
esloveno, parte en finlandés, parte en japonés. Por lo que asumimos la 
responsabilidad si hemos errado o mal entendido la información obtenida para la 
elaboración de esta investigación. 
• Investigación de campo: en la especialidad de derecho nuclear impartida en la 
Facultad de Derecho de la Universidad de Montpellier (Francia) en la sesión 2003, 
en instalaciones nucleares, centrales nucleares y lugares donde se gestionan 
combustible nuclear gastado y/o residuos y desechos radiactivos; así como en sus 
respectivos centros de información o bibliotecas en España, Eslovenia, Francia, 
Bélgica, Finlandia, Cuba, Japón y desde luego en México durante casi diez años de 
investigación sobre el tema. Y asistiendo a las conferencias internacionales 
convocadas por el OIEA n las que se dan cita periódicamentelos expertos en el 
tema, con quienes nos hemos asesorado de manera directa sobre el tema de nuestra 
investigación. 
 
El capítulo primero se integra por trece partes; de las cuales la última, es decir, la número 
trece (con sus respectivos subincisos) es la parte medular del capítulo primero y punto de 
referencia para comprender el resto de nuestra investigación. Las trece partes antes citadas 
son las siguientes. 
 
 
1.1 EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO 
1.2 FUENTES DE RADIACIÓN Y MATERIAL RADIACTIVO 
1.3 PROTECCIÓN FÍSICA 
1.4 AUTORIZACION, INSPECCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS 
JURÍDICAS 
1.5 SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES NUCLEARES DONDE SE GESTIONAN 
COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y /O RESIDUOS Y DESECHOS 
RADIACTIVOS 
1.6 PROTECCIÓN RADIOLÓGICA 
1.7 RESPONSABILIDAD NUCLEAR Y SU COBERTURA 
1.8 PREVISIÓN, PLANEACIÓN, PREPARACIÓN Y ACCIONES A LLEVAR A CABO 
ANTE CASOS DE EMERGENCIA 
1.9 LAS SALVAGUARDIAS 
1.10 EL TRANSPORTE DEL MATERIAL RADIACTIVO 
1.11 COMERCIO INTERNACIONAL EN EL ÁMBITO NUCLEAR 
1.12 EL ÓRGANO REGULADOR EN MATERIA NUCLEAR 
1.13 COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y RESIDUOS Y DESECHOS 
RADIACTIVOS 
1.13.1 Breves Aspectos Teóricos y Técnicos de la Gestión de los Residuos y Desechos 
Radiactivos 
1.13.1.1 Generación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.2 Segregación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.3 Acondicionamiento de residuos y desechos radiactivos 
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4
1.13.1.4 Almacenamiento de residuos y desechos radiactivos 
1.13.1.5 Transportación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.6 Evaluación de Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.7 Riesgos Asociados a la Gestión de los Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.8 Necesidad de Regular la Gestión de los Residuos y Desechos Radiactivos 
1.13.1.9 Necesidad de enseñar en el ámbito jurídico la Gestión de los Residuos y Desechos 
Radiactivos, así como la Legislación vinculada con la misma 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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5
 
CAPITULO PRIMERO 
 
 ELEMENTOS DEL DERECHO NUCLEAR: 
SEGURIDAD NUCLEAR EN FUNCIÓN DEL COMBUSTIBLE 
NUCLEAR GASTADO 
Y 
DE LOS RESIDUOS Y DESECHOS RADIACTIVOS 
 
 
¿Qué es la gestión segura del combustible nuclear gastado y de los residuos y desechos 
radiactivos? la cual es el aspecto primordial en nuestra investigación, para contestar a esta 
interrogante, es menester saber la naturaleza jurídica de dicha gestión; la cual es el derecho 
nuclear, el cual, a su vez, deriva del derecho energético. Este último considerado como una 
de las ramas del derecho administrativo; el cual es considerado como una de las partes del 
derecho público. 
 
A fin de conocer mejor lo que significa la gestión segura del combustible nuclear gastado y 
de los residuos y desechos radiactivos y la trascendencia que tiene esta gestión en nuestro 
país, trataremos de explicar dicha gestión auxiliándonos de algunos aspectos en el ámbito 
nuclear como los que citamos a continuación: 
 
• explotación y beneficio 
• fuentes de radiación y material radiactivo 
• protección física 
• autorización, inspección y cumplimiento de la ley 
• seguridad en las instalaciones nucleares donde se gestionan combustible nuclear 
gastado y /o residuos y desechos radiactivos 
• protección radiológica 
• responsabilidad nuclear y su cobertura 
• previsión, planeación, preparación y acciones a llevar a cabo ante casos de 
emergencia 
• las salvaguardias 
• el transporte del material radiactivo 
• comercio internacional en el ámbito nuclear 
• el órgano regulador en materia nuclear 
• combustible nuclear gastado y residuos y desechos radiactivos 
 
A lo largo del desarrollo del presente capitulo son explicados en función del tema principal 
de la presente investigación; teniendo como punto de referencia la seguridad nuclear, y por 
esta última se entiende como todas las medidas necesarias a fin de prevenir, detectar, y 
responder ante una amenaza o peligro ya sean dolosos o culposos en el ámbito nuclear, que 
puedan poner en riesgo la salud humana y el ambiente.1 
 
 
1 Safety and Security of Radioactive Sources: Towards a Global System for the Continuos Control of Sources 
throught Their Life Cycle. Proceedings of an International Conference, Bordeaux, 27 June-1 July 2005. 
International Atomic Energy Agency (IAEA), 2006, p.p.41-47. 
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6
 
1.1 EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO 
 
La explotación y el beneficio son el inicio del ciclo del combustible nuclear (en contraste la 
última fase es la gestión del combustible nuclear gastado). La explotación es el proceso 
mediante el cual se extraen materiales de la corteza terrestre (extracción de minerales 
preciosos u otros materiales geológicos de la Tierra).2 El beneficio es la operación en virtud 
de la cual los materiales extraídos son depurados para obtener lo valioso de ellos, como 
pueden ser las pepitas de uranio3 y de torio4 en el caso de las actividades vinculadas con el 
sector nuclear.5 
 
El aire en la explotación subterránea en las minas de uranio y torio y en algunas otras minas 
contiene elevados niveles de radon (un radio nucleido gaseoso); el cual puede implicar 
riesgos para la salud. La exposición radiológica resultado de la explotación y del beneficio 
puede presentarse de diferentes formas; incluyendo la inhalación del radon en los productos 
que decaen, la inhalación de polvo en el aire, la exposición directa a los rayos gama y la 
ingestión de material contaminado con radio nucleidos de la operación minera. También los 
residuos de la operación de explotación pueden, si se las deja al descubierto, liberar radio 
nucleidos al medio acuático y aéreo. 
 
En el contexto de la explotación y el beneficio, el propósito de la legislación nuclear es dar 
la certeza jurídica a quienes laboren como mineros, a la población en general (su protección 
como seres humanos, incluso a las futuras generaciones) y el ambiente son protegidos 
adecuadamente de los peligros radiológicos mientras se efectúan la explotación y el 
beneficio. Los desperdicios de las minas de uranio y de torio son una forma de residuos y 
desechos radiactivos, según sea el caso.6 
 
2 La Real Academia Española considera que la “explotación” es “extraer de las minas la riqueza que 
contienen.” La legislación mexicana, en su Ley Minera (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 
26 de junio de 1992. En vigor desde el 24 de septiembre de 1992) dispone en su artículo 3, fracción II que la 
explotación son “las obras y trabajos destinados a la preparación y desarrollo del área que comprende el 
depósito mineral, así como los encaminados a desprender y extraer los productos minerales existentes en el 
mismo”. 
3 México ha dejado de extraer uranio de sus minas desde mayo de 1983, por considerar que cuenta con el 
suficiente para la vida activa de su única central nucleoeléctrica “Laguna Verde”. Solía extraerlo de Los 
Amoles (Sonora), Sierra Peña Blanca (Chihuahua), La Preciosa (Durango), La Coma-Buenavista-El Chapote 
(Nuevo León), Tayata (Oaxaca), UF 1 (Baja California Sur) y Noche Buena (Durango). Uranium 19977, 
Resources,Productionand Demand, Nuclear Energy Agency, OECD, 1997, p.p.237-240. 
CASTAÑEDA Perez, Miguel. La Producción de uranio en México. Recursos Uraníferos, Programa 
Universitario de Energía, Coordinación de la Investigación Científica. Universidad Nacional Autónoma de 
México, 1986,p.p.19-63 y 112. 
4 La Real Academia Española considera que el “beneficio” es la “acción de beneficiar”, es decir, en cuanto a 
las minas significa “extraer de una mina las sustancias útiles. Someter estas mismas sustancias al tratamiento 
metalúrgico cuando lo requieren.” La legislación mexicana, en su Ley Minera (publicada en el Diario Oficial 
de la Federación el 26 de junio de 1992. En vigor desde el 24 de septiembre de 1992) dispone en su artículo 
3, fracción III que el beneficio son“los trabajos para preparación, tratamiento, fundición de primera mano y 
refinación de productos minerales, en cualquiera de sus fases, con el propósito de recuperar u obtener 
minerales o sustancias, al igual que de elevar la concentración y pureza de sus contenidos.” 
 
5 “FortyYears of UraniumResources, Production and Demand in Perspectiva. The Red BookRetrospective”, # 
6096, Nuclear Energy Agency, OECD, 2006, p.p.149-155. 
6 Véase en el presente trabajo el inciso sobre el combustible nuclear gastado y la gestión de los residuos y 
desechos radiactivos. 
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7
 
La explotación es parte de una cadena de actividades que inicia con la planeación de la 
actividad, continúa con la exploración (detectando la presencia de metales radiactivos) y 
posteriormente con la explotación, y una vez que la mina ha sido clausurada, termina con el 
desmantelamiento y la rehabilitación del lugar. 
 
La explotación trae aparejada el uso de gran cantidad de agua; la cual es radiactiva y no se 
debe permitir su desagüe sin supervisión ya que podría afectar al ambiente. Es por esto que 
la legislación no solo debe tipificar la explotación y el beneficio en sí; sino además, todo lo 
que implican, en especial la salud de los seres vivos y el ambiente.7 
 
Es necesario el monitoreo permanente del aire y del agua alrededor de las instalaciones. Se 
debe distinguir entre el agua evacuada de la mina (explotación) y del agua evacuada de la 
instalación de depuración (beneficio) del agua pura; ya que deben ser separadas del agua 
pura, por estar radiológicamente contaminadas. El órgano regulador en materia nuclear 
debe establecer adecuadas medidas de monitoreo. 
 
Existen dos causas principales por las que el aire es contaminado: 
1. el polvo radiactivo, y 
2. el gas radon 
 
El polvo radiactivo deriva de las operaciones de beneficio y de los residuos y desechos 
radiactivos y en menor grado de la perforación subterránea y de la explosión. 
 
El gas radon escapa de las rocas en las minas durante las operaciones de beneficio, las 
minas subterráneas y en el beneficio, la más efectiva protección es la buena ventilación. 
Bajo ciertas condiciones el gas radon puede acumularse en las partes más profundas de la 
explotación abierta mediante un agujero. Es por ello que debe cuidarse el aspecto de la 
ventilación. 
 
Los residuos y desechos en una mina no difieren de otros residuos y desechos radiactivos, 
es por ello que pueden ser tipificados en la misma legislación que otros residuos y desechos 
radiactivos. Sin embargo, los residuos y desechos provenientes de la explotación 
representan grandes cantidades de diferentes materiales radiactivos almacenados en la 
superficie terrestre. La legislación debe asegurar que el titular de la licencia aplica las 
medidas apropiadas para garantizar la seguridad de los trabajadores, del público en general 
y del ambiente, no solo durante la operación de la mina, sino también durante la clausura de 
la misma.8 
 
 
7 Para ejemplificar tanto la explotación como el beneficio se puede consultar el caso concreto de China en 
Nuclear Techniques in the Exploration and Exploitation of Energy and Mineral Resources. Proceedings of a 
Symposium, Viena, 5-8 June 1990.International Atomic Energy Agency (IAEA), p.p.237-244. Y de Portugal, 
Bulgaria, España, Eslovenia, Canada, Polonia, Reino Unidad, Suecia, República Checoslovaquia, Canadá y 
Alemania en Environmental Contamination from Uranium Production Facilities and their Remediation. 
Proceedings o an Internacional Workshop, Lisbon, 11-13 February 2004. Internacional Atomic Energy 
Agency, 2004,p.p.17-251. O bien en Environmental Remediation of Uranium Production Facilities. A Joint 
Report by the OECD Nuclear Energy Agency and the Internacional Atomic Energy Agency, 2002,p.p.16-18. 
8 Véase en el presente trabajo el inciso sobre el combustible nuclear gastado y la gestión de los residuos y 
desechos radiactivos. 
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8
La Convención Conjunta sobre seguridad en la gestión del combustible nuclear gastado y 
sobre seguridades la gestión de desechos radiactivos9 es también aplicable a la explotación 
y beneficio de los residuos y desechos radiactivos provenientes del uranio. 
 
1.2 FUENTES DE RADIACIÓN Y MATERIAL RADIACTIVO 
 
En el inciso de la presente investigación sobre la protección radiológica, se ubica la 
radiación ionizante, misma que bajo ciertas condiciones, es peligrosa para los seres vivos. 
Estos últimos deben ser protegidos de la radiación ionizante. Por lo tanto, es importante 
considerar lo que puede ser fuente de radiación ionizante. Existen dos grandes grupos de 
fuentes: 
1. Material radiactivo. Por ejemplo: material que emite radiación mediante 
decaimiento espontáneo de algunos radio nucleidos, como lo son el combustible 
nuclear gastado y los residuos y desechos radiactivos, y 
2. Equipo diseñado especialmente para generar radiaciones. Por ejemplo equipo 
odontólogo de rayos “x”.10 
 
El material radiactivo emite radiación intermitentemente, mientras que el equipo diseñado 
para emitir radiaciones las emitirá mientras esté funcionando.11 
 
El material radiactivo puede ser clasificado de diferentes maneras, pero para fines legales y 
en general puede ser: 
1. El que es radiactivo por naturaleza. Por ejemplo: el radon y el uranio, o 
2. Los que han sido hechos radiactivos, comúnmente después de exponerlos dentro de 
un reactor. Por ejemplo: radioisótopos con fines médicos, el combustible nuclear 
gastado y residuos y desechos radiactivos. 
 
Algunos tipos de material radiactivo por naturaleza pueden ser usados en un reactor y 
convertirlos, en consecuencia, aun más radiactivos, lo que explica porque el combustible 
nuclear irradiado es una fuente radiactiva mucho más poderosa. 
 
El legislador debe recordar que mientras más artificialmente haya sido irradiado el material 
radiactivo con fines específicos, algún material se habrá contaminado debido a la 
radiactividad. Por ejemplo: el material que como el acero y el concreto usados en la 
construcción de un reactor nuclear. Cuando se debe desmantelar un reactor nuclear, los 
materiales con lo que fue construido un reactor nuclear se consideran como residuos o 
desechos radiactivos, según sea el caso.12 
 
 
 
9 Propuesta principal de la presente investigación; la cual consiste en que México se adhiera a la misma; 
considerando que ya está en vigor desde el 18 de junio de 2001. 
10 Guía práctica para la rápida identificación de fuentes radiactivas y equipos que las contienen. Proyecto 
RLA/9/028 (ARCAL XX). Directrices para el control de fuentes de radiación, Organismo Internacional de 
Energía Atómica, Septiembre 2000, p.p.1-5. 
11 NANSTAD, Randy K. et al. Effects of radiation on materials. 18th International Symposium, ASTM, USA, 
1999, p.p.1077-1086. 
12 Environmental Activitiesin Uranium Mining and Milling. A Joint NEA/IAEA Report, Nuclear Energy 
Agency (NEA)1999, p.20. 
 
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9
Algunos países han encontrado apropiado distinguir el material nuclear, primordialmente el 
uranio y el plutonio de otros materiales radiactivos o de tratar al combustible nuclear de 
manera diferente respecto a otros materiales radiactivos. Mucho depende del objetivo de la 
ley. Desde el punto de vista de la protección radiológica el punto clave está en la dosis13 
que una persona reciba de una actividad determinada. (La dosis consiste en una medida de 
radiación absorbida por una tarjeta).14 
 
Las fuentes de radiación deben ser salvaguardadas a fin de evitar que sean robadas o 
dañadas o prevenir que una persona sin autorización pueda realizar actividades ilegales con 
dichas fuentes. Por ejemplo: la adquisición de fuentes radiactivas por terroristas, quienes 
podrían dispersar las radiaciones mediante algún dispositivo, como puede ser una bomba, 
podría presentarse a fin de amenazar o dañar ala mayor gente posible. El Código de 
Conducta para la Salvaguardia y Seguridad de las Fuentes Radiactivas15 señala algunas 
medidas que deben tomar los países a fin de evitar dicha situación. 
 
Desde el punto de vista de la No Proliferación de Armas Nucleares,16 el material nuclear 
puede ser empleado para elaborar artefactos nucleares explosivos, es decir, armas de 
destrucción masiva. Esto se vincula con la protección física.17 
 
De conformidad con los Estándares Básicos para la Seguridad18 cualquier cosa que pueda 
causar exponerse a la radiación. Por ejemplo: por emitir radiaciones ionizantes o por liberar 
sustancias radiactivas, es fuente de radiación. Este es el sentido en el que término “fuente 
de radiación” ha sido empleado. En la práctica, dicho término ha sido empleado de manera 
más restringida para designar las fuentes radiactivas fuera del ciclo del combustible 
nuclear: combustible nuclear, reactores nucleares y residuos y desechos radiactivos son 
fuentes de radiación, pero las fuentes selladas y las no selladas, así como el equipo que 
genera radiación ionizante sí lo son. Es por esto, que el legislador debe definir 
cuidadosamente los términos usados en la legislación.19 
 
Cuando una fuente radiactiva alcanza el final de su vida útil, se convierte en una fuente en 
desuso. Debe preverse en la ley que sea devuelta a quien la manufacturó para su reciclado. 
Desafortunadamente las fuentes en desuso son casi siempre desechadas. Algunas veces el 
deshacerse de una fuente en desuso termina en accidente. Dicho accidente puede 
presentarse aun en los países que tienen adecuadas leyes nucleares. Un ejemplo del tipo de 
accidente que podría llegar a presentarse es que la población sea irradiada; lo que trae 
 
13 Recommendations for the implementation of title VII of the European Basic Safety Standars Directive (BSS) 
concerning significant increase in exposure due to natural radiation sources. European Commission, 1988, 
p.p.15-18. 
14 Véase el inciso sobre las inspecciones en Safety Assessment Plans for Authorization and Inspection of 
Radiation Sources. Working Material, Draft TECDOC, IAEA, March 1999, p.p.1-9. 
15 Code of Conduct on the Safety and Security of Radioactive Sources, IAEA, Vienna, 2001, p.p.3-14. 
 
16 como más adelante pormenorizaremos 
17 de igual manera, más adelante desglosaremos el tema de la protección física 
18 emitidos por el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) de las Naciones Unidas. 
Véase por ejemplo International Basic Safety Standards for Protection against Ionizing Radiation and for the 
Safety of Radiation Sources, Safety Series No. 115, IAEA, Vienna , 1996, p.p.1-19. 
 
19 Safety of Radiation Generators ans Sealed Radioactive Sources, IAEA Safety Standars for protecting 
people and the environment. Safety Guide No. RS-G-1.10,International Atomic Energy Agency ( IAEA), 
Vienna, 2006, p.p.5-10. 
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10
aparejado consecuencias serias. Es por esto, que el órgano regulador en materia nuclear a 
nivel nacional debe controlar estas fuentes en su territorio nacional. También es esencial 
que el órgano regulador mantenga una comunicación efectiva con quienes tengan licencias 
para este tipo de fuentes. 
 
La devolución de las fuentes selladas en desuso al suministrador de las mismas, como lo 
dispone el artículo 28 de la Convención Conjunta sobre Seguridad en la Gestión del 
Combustible Gastado y sobre la Seguridad en la Gestión de Desechos Radiactivos20 es 
inicialmente una buena idea, pero en la práctica existen algunas dificultades debido a las 
leyes de cada país. Por lo que el legislador debe señalar claramente que es lo que se debe 
hacer cuando las fuentes sean importadas como fuentes en desuso. También, el legislador 
debe asegurarse de que la ley es compatible con las obligaciones legales de los países que 
exportan fuentes, tales como que el suministrador de las fuentes pueda ir al extranjero a 
hacer negocios o que no sea el fabricante de dichas fuentes. Dependiendo de la situación, 
las fuentes en desuso son depuestas en el mismo país en el que fueron empleadas, o bien 
pueden ser devueltas a quien las suministró (un segundo país) o depuestas en un tercer país, 
siempre y cuando exista consentimiento expreso del mismo. 
 
Las fuentes de radiación son empleadas primordialmente en dos ámbitos: el médico y el 
industrial. Las actividades de la medicina y de otros usos de la radiación no nucleares están, 
la mayoría de las veces, a cargo de las Secretarías de Salud, mientras que el uso industrial 
está a cargo de otra Secretaría, como la de Economía, o la del Trabajo. Independientemente 
de la estructura administrativa de un país determinado no justifica el que exista un órgano 
regulador en materia médica y otro en materia industrial. 
 
El órgano regulador nacional en materia nuclear está obligado a estar en contacto con otros 
órganos reguladores de la medicina, industria, agricultura, entre otros. Cada órgano 
regulador es perito en su materia, lo cual puede que complique las relaciones entre los 
órganos reguladores, incluso puede resultar difícil entender los diferentes puntos de vista. 
Los contactos personales entre los miembros de diferentes órganos reguladores quizás sea 
la mejor manera de resolver cualquier conflicto que se pueda presentar. 
 
 
 
 
 
 
 
 
20 El artículo 28 de la Convención Conjunta sobre Seguridad en la Gestión del Combustible Gastado y sobre 
la Seguridad en la Gestión de Desechos Radiactivos se refiere a las fuentes selladas en desuso de la siguiente 
manera: 
“1. Cada Parte Contratante adoptará, en el marco de su legislación nacional, las medidas adecuadas para 
asegurar que la posesión, reelaboración o disposición final de fuentes selladas en desuso tenga lugar de 
manera segura. 
2. Las Partes Contratantes permitirán la readmisión en su territorio de las fuentes selladas en desuso si, en el 
marco de sus leyes nacionales, han aceptado su devolución a un fabricante autorizado para recibir y poseer las 
fuentes selladas en desuso.” Joint Convention on the Safety of Spent Fuel Management and on the Safety of 
Radioactive Waste Management, INFCIRC/546, IAEA,Vienna (1997). 
 
 
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11
1.3 PROTECCIÓN FÍSICA 
 
Las instalaciones nucleares donde se gestionan combustible nuclear gastado y residuos y 
desechos radiactivos deben ser protegidas de cualquier riesgo de robo21 u otro acto ilícito 
(como por ejemplo: terrorismo22 y sabotaje23), ha vuelto imprescindible aplicar medidas 
para proteger el material, la tecnología y/o los servicios nucleares tanto de personas físicas 
como morales, e incluso de otros países. Por ejemplo: el material nuclear robado en un país 
determinado puede ser empleado por terroristas para lograr sus objetivos en otro país; si no 
es que en el mismo país. El sabotaje de alguna instalación nuclear podría tener efectos 
allende fronteras nacionales. Los actos terroristas recientemente acontecidos en Estados 
Unidos, Moscú, Madrid y Londres son muestra del peligro potencial que implican los 
grupos terroristas y son, a su vez, señales de que las medidas de protección física de 
material, instalaciones, tecnología y servicios nucleares necesitan ser mejoradas y 
actualizadas, debido a que se ha incrementado el comercio en el ámbito nuclear (transporte, 
comunicaciones e información técnica). Desde hace poco más de 30 años se han creado 
diferentes tratados internacionales que refuerzan la protección física. 
 
El tratado internacional más importante en materia de protección física es la Convención 
sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares24 hecha en Viena el 26 de octubre en 
1979, con 120 Países Miembros; el cual entró en vigor el 8 de febrero de 1987.25 
Esta Convención se enfoca, primordialmente, en el material nuclear que es objeto de 
comercio y de transporte, pero también contiene preceptos sobre los requisitos

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