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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO SEMINARIO DE SOCIOLOGIA GENERAL Y JURIDICA EL ABANDONO DE MENORES, CAUSAS Y CONSECUENCIAS SOCIALES T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN DERECHO PRESENTA: JOSÉ DE LA LUZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ ASESOR: MARÍA AMPARO ZUÑIGA GURRÍA CIUDAD UNIVERSITARIA. MÉXICO, 2008 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. D E D I C A T O R I A S A MI PAPA Por su gran cariño y amor, por haberme hecho un hombre de bien, y con su ejemplo ser honesto y dedicado a mi profesión. A MI MAMA Por su inmenso amor, y por creer siempre en mi, y apoyarme en lo momentos difíciles A MIS HERMANOS OLGA, JESUS, JULISSA Y JULIO Por su gran cariño y estar a mi lado siempre Los quiero mucho A MI ESPOSA OLI Por su compresión, por su apoyo en los momentos adversos y por su gran amor. A MI HIJITA OLIVITA Por su dulzura y su amor, y por ser tan tierna, y por que algún día no muy lejano sea una gran profesionista, y … AL LIC. AURELIO DE AVILA Y ROMERO Y A LA MAESTRA AMPARO ZUÑIGA GURRIA. Por haberme dado los primeros consejos como Profesionista y enseñarme a ser una persona responsable y amar esta profesión, muchas gracias. AL LIC. ALESSANDRO RUBIO MAGAÑA Por su amistad y su confianza para desarrollarme profesionalmente A LA LIC. VIRGINIA PARRA TREJO Por su amistad y invaluable colaboración y apoyo para terminar este ciclo profesional. A MI UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO. Por haberme dado la oportunidad de pertenecer y haber estudiado en esta gran casa de estudios. A MI FACULTAD DE DERECHO Por haberme dado los conocimiento por medio de los grandes catedráticos A TODOS MIS AMIGOS Por haberme dado su amistad y por el apoyo que me dieron, muchas gracias. EL ABANDONO DE MENORES, CAUSAS Y CONSECUENCIAS SOCIALES I N D I C E INTRODUCCION. CAPITULO I.- LA FAMILIA Y LA SOCIEDAD ACTUAL. Págs. 1 Aspectos Jurídicos de la Familia. 4 2 Los Sujetos del Derecho de Familia. 9 3 El Objeto del Derecho de Familia. 13 4 Aspecto Social de la Familia. 17 5 Relaciones Entre Padres e Hijos. 22 6 Características de la Familia. 28 CAPITULO II.- EL MENOR. 1 Desde el Punto de Vista Jurídico. 32 2 Desde el Punto de Vista Social. 36 3 La Violación de los Derechos del Menor. 40 4 La Esclavitud de los Menores. 42 2 5 La Convención Internacional sobre los Derechos del Menor. 43 6 Delincuencia de Menores y Influencia de la Familia en la Delincuencia. 48 CAPITULO III.- CAUSAS Y EFECTOS 1 Punto de Vista Jurídico. 55 2 Punto de Vista Social. 59 3 Maltrato de Menores. 63 4 Factores de Agresión. 66 5 El Agresor. 68 6 El Ministerio Público Frente al Niño Maltratado. 69 7 Detección de Casos de Maltrato. 70 8 Inspección Ministerial. 71 9 Consecuencia del Abandono y del Maltrato a Menores. 72 10 Comportamiento de Niños Callejeros. 79 3 CAPITULO IV.- ESTRUCTURA JURIDICA DE LOS MENORES ABANDONADOS. INSTITUCIONES Y LEYES QUE PROTEGEN A LOS MENORES 1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 82 2 Ley General de Salud. 86 3 Los Derechos del Menor en el Código Civil del Distrito Federal. 93 4 Código Penal para el Distrito Federal. 97 5 Ley de Asistencia y Prevención a la Violencia Intrafamiliar (L. A. P.) 102 6 Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 114 7 Los Derechos del Niño Ante la Procreación. 117 8 Derechos del Menor. 119 9 Convención de los Derechos del Niño. 122 RESUMEN Y CONCLUSIONES. 128 BIBLIOGRAFIA. 133 I N T R O D U C C I O N Es esta época de cambios sociales tan importantes debemos luchar intensamente por la conservación de la familia. Estos cambios han llevado muchas veces a que se separen los cónyuges; pero aún si ésta no esta integrada por ambos padres, da de todas formas el sentido de familia a la relación de los hermanos con la madre o el padre y con abuelos, tíos, primos. La familia es la unidad primaria de la sociedad y ésta tiene que sobrevivir a las presiones externas que se están ejerciendo sobre ella. El menor debe ser criado en el seno de una familia en donde se le demuestre su valor y sus derechos y obligaciones; en donde encuentre los ejemplos femenino y masculino. Pero sobre todo donde encuentre los principios de autoridad en sus padres que le hagan capaz de servir a la sociedad y asimismo. El menor debe desarrollarse dentro de un régimen de cariño en donde se les estimule y refuercen sus actitudes positivas y se le reprenda y castiguen sus actitudes negativas. Los problemas de los menores tienen que ver con el desarrollo de esta generación y no son comparables con los 2 problemas nuestros, o con los de nuestros padres. No es que los menores sean malos, lo que sí son, es diferentes. Pero si vamos a ayudarlos tenemos que tener muy presente que los padres también somos personas que tenemos sentimientos; la idea de que podemos ser perfectos es totalmente equivocada y también poco existe la familia perfecta. La realidad de miles de niños que han hecho de la calle su hogar, su escuela, su sitio de trabajo y muy frecuentemente sus espacios de frustración, soledad y muerte, debería despertarnos de nuestro letargo fantasioso que nos impide reconocer que detrás de cada niño abandonado hay una familia abandonada, un embarazo no deseado, una madre sometida y un grupo social marginado y, por ende, decadente. El niño es socialmente un ente que recopila diferentes influencias de acuerdo con el ambiente cultural en que evoluciona, en consecuencia, el niño pobre y abandonado a su propia suerte desde temprana edad, se encuentra en una situación de desventaja frente a aquel que biológica y emocionalmente creció con cuidados y amor, por lo que opciones de modelos de comportamiento para formarse, desarrollarse y enfrentarse a la vida, son las que ofrecemos a los menores abandonados. 3 El futuro de México requiere un presente de niños con mentes sanas, con interiores que no sean un cúmulo de frustraciones y palabras temerosas; niños que afronten el riesgo de lanzarse, de crear y hallar; niños libres que puedan revisar y cuestionar su mundo y su ambiente, niños que griten para evitar que los mayores nos quedemos dormidos. QUE TODOS LOS NIÑOS DEL MUNDO PUEDAN JUGAR, CANTAR, Y CRECER ALEGRES Y CONTENTOS, Y QUE NO HAYA MAS NIÑOS TRISTES . JOSE MARTI 4 EL ABANDONO DE MENORES, CAUSAS Y CONSECUENCIAS SOCIALES CAPITULO I.- LA FAMILIA Y LA SOCIEDAD ACTUAL 1.- ASPECTO JURIDICO DE LA FAMILIA. La familia ha sido de interés para diversas disciplinas como la sociología, antropología, economía, política, etc. De igual forma los juristas la han estudiado con la finalidad de expedir leyes y reglamentos acordes a la misma. En Roma la familia se organizó bajo un régimen patriarcal monogámico, y en el centro se colocaba la autoridad del marido, fundada en el culto a los muertos, el paterfamilias era a la vez sacerdote del culto doméstico y magistrado para resolver los conflictos entre los miembros de la casta, en donde el jefe de la parentela era el único dueño del patrimonio familiar, por lo que ésta constituía así una unidad religiosa, política y económica que se fusionaba en el parentesco. 5 La familia en el derecho moderno se considera como núcleo natural, económico y jurídico es decir, que al existir la uniónentre el hombre y la mujer los sentimientos se hacen presentes, ayudando a que la unión sea sólida y de ayuda mutua. “Para Sara Montero Duhalt, la familia es el grupo humano primario natural e irreductible, que se forma por la unión de la pareja hombre-mujer. La familia puede estar constituida de muy diferentes formas dependiendo de diversos factores; la cultura, la clase social, la época o el lugar sobre la tierra a que nos referimos en un momento dado. Sin embargo, son dos de las formas más comunes de integración del núcleo familiar en razón de los miembros que lo componen. Así se habla de familia extensa, cuando en la misma se incluye, además de la pareja y sus hijos, a los ascendientes de uno o de ambos de sus miembros, a los descendientes en segundo y ulterior grado, a los colaterales hasta el quinto grado, a los afines o a los adoptivos. Opuesta a la anterior, surge la llamada familia conyugal cuyos 6 componentes estrictos son únicamente el hombre, la mujer y sus hijos”. (1) “Continúa la misma autora diciéndonos: Por lo que hace a nuestro derecho constituyen familia los cónyuges, los concubinos, los parientes en línea recta ascendiente o descendiente sin limitación de grado, ya sean surgidos dentro o fuera del matrimonio, los colaterales hasta el cuarto grado, los afines, y el adoptante entre si”. (2) “Por lo que respecta a la familia extensa, el maestro Galindo Garfías nos comenta: La familia es el conjunto de personas en un sentido amplio (parientes) que proceden de un progenitor o tronco común; sus fuentes son el matrimonio, la filiación y en casos excepcionales la adopción. En cuanto al sentido restringido del concepto de familia tenemos que desde el punto de vista jurídico el concepto de familia, ha sido recogido sólo en un sentido más estrecho y comprende únicamente a los padres y ascendientes en línea recta y el colateral, hasta el cuarto grado (padres, abuelos, hermanos, tíos, primos, sobrinos)”. (3) 1 Montero Duhalt Sara.- Derecho de Familia, Editorial Porrúa, S. A., 1º Edición; México 1984, pág. 2. 2 Montero Duhalt Sara.- Derecho de Familia, Editorial Porrúa, págs. 8 y 9. 3 Galindo Garfías Ignacio.- Derecho Civil, Editorial Porrúa, S. A., México, pág. 425. 7 “Veamos entonces estas dos clasificaciones de familia ya sea en sentido extenso o restringido. El amplio es aquella que proviene de un mismo tronco común, abarcando parientes en línea recta y colateral hasta el cuarto grado, que tienen lazos de sangre común también y de cuyas fuentes se mencionan el matrimonio y en algunos casos a la adopción. Cabe aclarar que si bien es cierto que el origen de la familia es el matrimonio, no olvidemos que es ésta la forma civil, religiosa y tradicional de formar una familia; pero no es la única. Ya que existe otra figura jurídica distinta al matrimonio que también forma familia, y que es el concubinato. Las personas que están al servicio doméstico de una casa, no forman en un aspecto jurídico lo que podríamos denominar como familia; no depende de un mismo tronco común, no tienen lazos consanguíneos con las personas que trabajan. Por lo tanto no pertenecen a la familiar. Por lo tanto los requisitos para formar parte de una familia son depender de un tronco común, dependencia de tipo económico y sobre todo moral hacia la misma familia. 8 En cuanto al nuevo integrante de la familia civilmente, por adopción, este tiene un lazo directo entre la persona o personas que lo adoptaron. Ya que jurídicamente adquiere todos los derechos y obligaciones de un hijo concebido de matrimonio”. (4) “Según Julían Bonnecase, citado por el maestro Rojina Villegas nos dice: Por derecho de familia entendemos el conjunto de reglas de derecho, de orden personal y patrimonial, cuyo objeto exclusivo principal, accesorio o indirecto, es presidir la organización, vida y disolución de la familia”. (5) Entonces podemos concluir diciendo que el derecho de familia es la rama particular del derecho que regula las relaciones familiares, surgidas éstas por el matrimonio, concubinato o parentesco. El derecho de familia regula y protege jurídicamente a la familia. Es el conjunto de reglas jurídicas que regulan la constitución, existencia y disolución de la familia. 4 Rojina Villegas.- Compendio de Derecho Civil (introducción, personas y familia), Edit. Porrúa S. A., México 1984, pág. 449 5 Rojina Villegas Rafael.- Compendio de Derecho Civil (introducción, personas y familia), Edit. Porrúa, S. A., México 1984, pág. 204. 9 2.- LOS SUJETOS DEL DERECHO DE FAMILIA. “Para el maestro Rojina Villegas los sujetos de derecho de familia son: I. Los parientes por consanguinidad, afinidad y adopción; II. Las personas que ejerzan la patria potestad o tutela, y III. Los concubinarios. Entonces los sujetos del derecho de familia que cita Rojina Villegas en los que se encuentran los parientes (por consanguinidad, afinidad o adopción), los cónyuges, las personas que ejercen la patria potestad o tutela; también debe mencionarse a los concubinarios, dado que algunos sistemas y especialmente nuestro Código Civil vigente reconoce ciertas consecuencias jurídicas al concubinato, tanto entre las partes como con relación a los hijos habidos en el mismo”. (6) 6 Rojina Villegas.- Compendio de Derecho Civil (introducción, personas y familia), Edit. Porrúa, S. A., México 1984, pág. 228 10 Cabe hacer mención que no sólo son personas físicas las que intervienen en el derecho de familia; sino también personas morales como lo son el Consejo Tutelar para Menores, los Tribunales de lo Familiar y el Ministerio Público. Nuestro Código Civil nos menciona en su Título Sexto los sujetos del derecho y dice: Art. 292.- La Ley sólo reconoce como parentesco los de consanguinidad, afinidad y civil. Como se mencionó anteriormente las personas morales sujetos del derecho de familia, nos lo menciona el Código Civil en su Titulo Noveno, Capítulo XV donde se reglamenta una figura muy importante para vigilar y proteger a los hijos sus derechos y obligaciones, este es el llamado Consejo Local de Tutelas y los encargados de aplicar este, tan importante derecho familiar son los Jueces Pupilares (jueces familiares), como lo señalan los artículos: Art. 631.- En cada demarcación territorial del Distrito Federal habrá un Consejo Local de Tutelas compuesto de un Presidente y de dos Vocales, que durarán un año en el 11 ejercicio de su cargo, serán nombrados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o por quien él autorice al efecto o por los jefes delegacionales, según el caso, en el mes de enero de cada año, procurando que los nombramientos recaigan en personas que tengan un modo honesto de vivir y que se hayan destacado por su interés en la protección de los menores. Los miembros del Consejo no cesarán en sus funciones aún cuando haya transcurrido el término para el que fueron nombrados, hasta que tomen posesión las personas que hayan sido designadas para el siguiente período. Art. 632.- El Consejo Local de Tutelas es un órgano de vigilancia y de información, que, además de las funciones que expresamente le asignen varios de los artículos que preceden, tienen las obligaciones siguientes: I.- Formar y remitir a los Jueces de lo Familiar una lista de las personas de la localidad que, por su aptitud legal y moral, pueden desempeñar la tutela, para que de entre ellas se nombren los tutores y curadores, en los casos que estos nombramientos correspondan al Juez; 12 II.- Velar porque los tutores cumplan sus deberes, especialmente en lo que se refiere a la educación y asistencia; dando aviso al Juez de lo Familiar de las faltas u omisiones que notare; III.- Avisar al Juez de lo Familiar cuando tengan conocimiento de que los bienes de un incapacitado están en peligro, a fin de que dicte las medidas correspondientes; IV.- Investigar y poner en conocimiento del Juez de lo Familiar que incapacitados carecen de tutor,con el objeto de que se hagan los respectivos nombramientos; V.- Cuidar con especialidad de que los tutores cumplan la obligación que les impone la fracción II del artículo 537; VI.- Vigilar el Registro de Tutelas a fin de que sea llevado en debida forma. Como vemos, es necesario la intervención de otros sujetos que cumplan funciones necesaria y especiales; en las cuales la ley descarga toda su fuerza para hacer cumplir estas disposiciones y no perjudicar a los menores y a los incapacitados además de velar, cuidar y proteger sus intereses. La existencia de tribunales especiales en derecho de familia es una verdadera necesidad, dada la conflictiva tan particular que de ellos se dirime, tan alejada de los simples intereses patrimoniales que son la materia exclusiva de los tribunales de lo civil. 13 3.- EL OBJETO DEL DERECHO DE FAMILIA. “Sara Montero Duhalt, nos dice que, lo que importa realmente, es que el derecho de familia, ya sea dentro o fuera del ordenamiento civil, responda a las verdaderas necesidades del interés del núcleo familiar y de cada uno de sus componentes. La protección a los menores de edad, a la madre soltera, a los ancianos, a los incapacitados y a los desvalidos, la atención a la problemática particular de la mujer dentro de la familia y a la madre y al padre que responden solos, sin pareja, del cuidado y atención de los infantes, son los renglones más importantes que debe contemplar y regular justamente el derecho de familia sustantivo, procesal e institucional administrativo”. (7) “Para Rojina Villegas es evidente que el derecho moderno de familia tiene por objeto lograr una solidaridad más estrecha y perfecta entre los distintos miembros de la familia”. (8) Otro punto muy importante en la familia es el de los alimentos, en el que nuestro Código Civil nos regula en su Título Sexto Capítulo II. 7 Sara Montero Dualt.- Op. Cit. pág. 91 8 Rojina Villegas Rafael.- Op. Cit. pág. 232 14 “El maestro Rojina Villegas nos da la definición de alimentos y nos dice los alimentos constituyen una de las consecuencias principales del parentesco y abarcan de acuerdo con el artículo 308 del Código Civil la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad. Respecto de los menores comprenden, además, los, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales. Los alimentos también se presentan como una consecuencia del matrimonio, estatuyendo al efecto el artículo 302, lo siguiente: Art. 302.- Los cónyuges están obligados a proporcionarse alimentos. La ley determinará cuando queda subsistente esta obligación en los casos de separación, divorcio, nulidad de matrimonio y otros que la ley señale. Los concubinarios están obligados en términos del artículo anterior. En cuanto al parentesco por adopción, dado que crea los mismos derechos y obligaciones que el parentesco legítimo entre padre e hijo, se crea sólo entre adoptante y adoptado el derecho y la obligación de darse recíprocamente alimentos, 15 según las necesidades del acreedor y las posibilidades económicas del deudor. Entonces podemos definir el derecho de alimentos diciendo que es la facultad jurídica que tiene una persona denominada alimentista, para exigir a otra lo necesario para subsistir, en virtud del parentesco sanguíneo, del matrimonio del divorcio en determinados casos. En nuestro derecho, la obligación de dar alimentos se puede satisfacer de dos maneras: 1.- Mediante el pago de una pensión alimenticia; 2.- Incorporando el deudor en su caso al acreedor para proporcionarlos elementos necesarios en cuanto a comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad. Dentro de las características que nos menciona el autor Rojina Villegas de la obligación alimentaria tenemos: 1.- Es una obligación recíproca; 16 2.- Es personalísima; 3.- Es intransferible; 4.- Es inembargable el derecho correlativo; 5.- Es imprescriptible; 6.- Es instransigible; 7.- Es proporcional; 8.- Es divisible; 9.- Crea un derecho preferente; 10.- No es compensable ni renunciable; 11.- No se extingue por el hecho de que la prestación sea satisfecha”. (9) 9 Rojina Villegas Rafael.- Ob. Cit. págs. 263 - 264. 17 4.- ASPECTO SOCIAL DE LA FAMILIA. De los agentes socializadores, el primero y más importante es la familia, debido a su influencia temprana en la formación del individuo, ya que es la realidad social más cercana a toda persona y de la cual dependerá buena parte del desarrollo humano de cada uno de sus miembros. Podemos decir que dentro de la familia, ya sea en mayor o menor grado se realizan numerosas funciones, ya sea del tipo económico, afectivo, religiosos, de protección y de identificación del menor, los cuales contribuyen a desarrollar y formar su personalidad. Pero veamos que definición del concepto de familia nos dan diversos autores. “Sánchez Azcona considera a la familia como, el núcleo primario y fundamental para proveer las necesidades básicas del hombre y sobre todo de los hijos, quienes por su carácter independiente deben encontrar plena respuesta a sus carencias, como requisitos para lograr un óptimo resultado en su proceso de crecimiento y desarrollo. 18 Si definimos a la familia como una asociación que se caracteriza por una relación sexual lo suficientemente precisa y duradera para proveer a la procreación y crianza de los hijos, encontramos que el grupo familiar gira en torno de la legitimación de la vida sexual entre los padres y de la formación y cuidado de los hijos. La familia ha demostrado históricamente ser el núcleo indispensable para el desarrollo del hombre, el cual depende de ella para su supervivencia y su crecimiento”. (10) “El maestro Sánchez Cordero nos dice que la familia es un grupo de individuos regidos por un hecho biológico, la unión de sexos tienden a la procreación y que hacen descender a los individuos de un progenitor común”. (11) Se ha mencionado muchas veces que la familia es la verdadera célula de la sociedad, base y piedra angular del ordenamiento social, porque tiene la misión de asegurar la reproducción e integración de la humanidad a través de las generaciones ya que es donde se forman y desarrollan los sentimientos de solidaridad, las tendencias altruistas, las fuerzas y virtudes que necesitan, para mantenerse saludables y prósperos. 10 Sánchez Azcona, Jorge- “Familia y Sociedad” Cuadernos de Joaquín Mortiz, 1º Ed. México 1974, pág. 15. 11 Sánchez Cordero.- Introducción al Derecho Mexicano.- Derecho Civil, UNAM, 1981, pág. 104. 19 “Para Mario Ongay la familia consiste en, todas las personas que viven o han vivido bajo el mismo techo, al menos por un tiempo significativo en la vida de sus miembros”. (12) “Luis Leñero nos dice que, la familia es una unidad social que refleja en sí misma los grandes problemas de la sociedad global en la que vivimos. Es además una unidad de relaciones humanas que dependen de miles de influencias externas y que se relacionan prácticamente con todos los problemas y dimensiones de la vida humana”. (13) “Tocavén nos dice la familia es la base y estructura fundamental de la sociedad, porque en ella se realizan los más altos valores de la convivencia humana. Es por ello la unidad básica de desarrollo y experiencia, de realización y fracaso y también la unidad básica de la enfermedad y salud. Se puede considerar a la familia como una especie de unidad de intercambio, los valores que se intercambian son amor y bienes materiales. La era de la familia es socializar al niño y fomentar el desarrollo de su entidad”. (14) 12 Ongay, Mario.- La familia de las clases medias en México, Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales UNAM, México 1981, pág. 5. 13 Leñero Otero, Luis.- LA familia, Instituto Mexicano de Estudios Sociales, Edit. Edicol, S. A.,1ª Ed. México 1976, pág. 11. 14 Tocavén, Roberto. Menores Infractores, Edición Mimeografiada, México 1973. Pág. 38 – 39. 20 “El maestro Recasens Siches, dice que hay que darse cuenta claramente que la familia constituye una institución creada y configurada por la cultura (Religión, Moral, Costumbres y Derechos). En la configuración y regulación moral, religiosa, social y jurídica de la familia, intervienen consideraciones sobre la moralidad de los individuos, sobre los intereses materiales y espirituales de los niños, y sobre la buena constitución y el buen funcionamiento de la sociedad. En una u otra forma en casi todas las culturas y civilizaciones, ha dominado la idea de que la sociedad será como sean las familias. Si las familias están bien establecidas, bien ordenadas y funcionan bien, ellas serán la fuente de bienestar, grandeza y prosperidad social. La motivación radical de la familia en todas las variadas formas que éstas presentan en la historia consiste en la necesidad de cuidar, alimentar y educar a la prole”. (15) 15 Recasens Siches, Luis.- Tratado Geneal de Sociología, Decimoséptima edición, Editorial Porrúa, S. A., México, pág. 466. 21 “Para Betty Yorburg, la familia es un grupo que se compromete con relaciones sociales sancionadas, duraderas y exclusivas que están basadas en el matrimonio, descendencia, adopción”. (16) De las definiciones anteriores podemos observar que son diversos los factores que intervienen para puntualizar el significado de la palabra familia son: convivencia, residencia común, procreación de hijos, cooperación económica y moral. La familia no sólo es un producto biológico natural, sino que es un producto de la cultura del hombre para ir modificándola y adoptándola a su época que le toca vivir para el mejor desenvolvimiento de la familia. Lo más importante es que la familia es y seguirá siendo la base de la sociedad. Por lo tanto para nosotros el concepto de familia es el grupo de personas que descendiendo de un mismo tronco común o lazo de sangre, tienen relaciones de diversos tipos como pueden ser las afectivas, las de dependencia, convivencia, de ayuda mutua, etc., y cuyo objetivo fundamental es satisfacer las necesidades básicas de todos sus miembros. 16 Yorburg Betty.- El futuro de la familia, traducción Aurora Merino Villar, Edit. Edamex, S. A., México 1985, pág. 59. 22 5.- RELACIONES ENTRE PADRES E HIJOS. “Las relaciones regulan la corriente emocional, facilitan algunos canales de desahogo emocional e inhiben otros, la configuración familiar como su dirección, alienta algunos impulsos individuales y subordina otros. (Del mismo modo que estructura la forma y escala de oportunidades para la seguridad). Si existe una familia con padres físicamente sanos, es lógico esperar una niño sano físicamente pero sí, psicológicamente los padres muestran en sus relaciones alteraciones neuróticas, tanto el niño como el ambiente familiar, van a estar sometidos a agresiones emocionales que, en un momento dado, van a modificar en forma negativa la personalidad del niño y la estructura y clima emocional de la familia. El grupo familiar efectúa la tarea de socializar al niño y moldea el desarrollo de su personalidad, determinando así, en gran parte, su destino moral. 23 Las relaciones entre padres e hijos y especialmente entre madre e hijo varón se deterioran a causa de las numerosas tensiones y conflictos cuando los padres son divorciados. En comparación con los padres casados, los divorciados muestran ser menos enérgicos en su disciplina, menos afectuosos, ejercen menos control sobre sus hijos, hacen menos demandas de madurez y no se comunican bien con sus hijos. Las madres divorciadas muestran menos reacciones positivas ante la conducta de sus hijos y utilizan más técnicas negativas (como son las órdenes negativas, las prohibiciones y la oposición a peticiones). Las madres en sus relaciones con sus hijos de quienes tienen en alto aprecio asimismo, aceptan y apoyan más a sus hijos y expresan su aceptación a través de manifestaciones cotidianas de preocupación y afecto. Estas madres hacen cumplir también consecuentemente las reglas establecidas y prefieren las recompensas y no el trato correctivo para modificar la conducta de sus hijos, castigos adecuándose se les imponen cuando es necesario, comúnmente a través de los padres. En los hogares prevalece la libertad de discusión de modo que los hijos consideran que participan en los asuntos familiares; por consiguiente se ha habituado a tener confianza en sus propias opiniones. 24 En cambio los padres de quienes carecían de confianza en sí mismos, consideran a sus niños como cargas, se muestran duros e irrespetuosos en su trato y no los orientan en nada, y se muestran inconsecuentes en su disciplina, castigándolos severamente. Las reacciones de los menores entre sus padres se generalizan a otras personas y situaciones fuera del hogar, los hijos varones de madres solas son más antisociales e impulsivos, menos capaces de controlarse, más rebeldes a la autoridad de los adultos, suelen carecer de un sentido de responsabilidad social y ser menos capaces de aplazar la satisfacción inmediata. Al formular juicios morales, lo que les preocupa primordialmente es la probabilidad de que los descubran o de que los castiguen por lo que hacen. Las mujeres dependen mucho menos que los varones al reaccionar ante el divorcio de sus padres de una manera agresiva y antisocial”. (17) También podemos decir que el afecto exagerado de los padres cuando tienen sólo un hijo y éste tarda en llegar, llega a convertirse en el consentido de la familia gozando de un cariño exagerado, demasiadas alabanzas. Estos niños 17 Henry Mussen, Paul.- Ob. Cit., págs. 60 - 61. 25 están preparados intelectualmente en forma inadecuada y pueden ser tímidos, miedosos, retraídos y algunos con desviaciones sexuales. Igualmente si tiene protección exagerada, madres están todo el tiempo con sus hijos sin permitirles jugar con otros niños. Los síntomas de estos niños son la negativa a alternar con otros y un comportamiento irresponsable, generalmente intentan controlar cada situación y se niegan a someterse a cualquier autoridad. Cuando al niño los padres no le niegan ninguna cosa o deseo dentro de los limites de las entradas económicas de la familia, no les restringen e ninguna de sus autoridades, esto trae como consecuencia un niño que responde con timidez, miedo, reserva y cobardía. El desafecto de los padres o la indiferencia o el dedicar poco tiempo para el menor, la incompatibilidad entre el padre y la madre en el hogar o cuando hay padrastro, puede conducir al niño a un sentimiento de inseguridad; todo niño necesita el interés, el estimulo y guía de sus padres. Los síntomas de inseguridad son expresiones de su propia consecuencia; es asustadizo, prefiere estar solo. Este niño puede desarrollar malos hábitos. 26 Podemos concluir diciendo que el sistema familiar es la serie de los roles o papeles que desempeñen cada uno de sus miembros del seno familiar. Las relaciones entre los miembros de una familia están mezcladas con celos, envidias y competencia. Esto hace a la familia un organismo lleno de emociones irracionales y a veces incontrolables. Los favoritismos, la distribución de privilegios reales o imaginarios, los castigos, la distribución del poder, la atención etcétera, traen como resultado a la rivalidad, no todo es negativo sino que también hay aspectos que benefician a los miembros de la familia. La seguridad emocional, el sentimiento de pertenecer a una familia y la identidad con ella misma. La familia mexicana en general; es bastante dispareja en sus relaciones ya que la distribución de privilegios y castigos y el favoritismo están a la orden del día. Esta falta de equidad otorga a los padres, la manera de disciplinar a los hijos y busca en elloscompensaciones personales. La educación en el hogar, de esta forma se convierte en el primer modelo de chantaje y corrupción en la mente del niño. Las mujeres aprenden aún más técnicas debido a nuestras actitudes culturales. 27 Los padres ante dicha actitud, ceden con facilidad y hasta la estimula posteriormente, esta niña seducirá al maestro, al jefe de la oficina, al policía de tránsito, para evitar infortunios y obtener resultados favorables en casi todos los casos. Por esto las relaciones entre los padres e hijos deben ser de una equidad por ambas partes, los padres deben comprender a sus hijos y darles el buen ejemplo, queriéndolos, tratando de estar el mayor tiempo con ellos, oírlos en sus problemas y aconsejándolos, con el fin de que los hijos sientan el apoyo de sus padres y haya una unidad y buena comunicación entre los miembros de la familia por parte deben ser cariñosos, respetuosos y corresponder a la confianza que los padres depositen en ellos, esto traerá una unión entre los que formen la familia. 28 6.- CARACTERISTICAS DE LA FAMILIA. A pesar de que haya una variedad tan grande de tipos familiares, todos éstos tienen una especie de notas comunes, las cuales hacen posible hablar de la familia en términos generales. “Podemos expresar que la familia constituye la institución moral social, porque la socialización del individuo comienza en la familia y sigue desenvolviéndose bajo la influencia predominante de la familia durante los años infantiles. La motivación esencial de la familia consiste en el hecho de que cuando los hijos han nacido necesitan de cuidados, asegurados en su existencia y en su educación. La familia debe proveer a la satisfacción de las necesidades integrales del hombre; sienta las bases de la supervivencia física del individuo; es a través de esta experiencia familiar, de la comunicación, como los miembros de la familia deben de ir desarrollando lo esencial de cada uno de ellos, al encontrar el refugio y la alimentación material y anímica que permite darle un sentido existencial humanista a su vida. 29 La familia en todas, o por lo menos en la mayor parte de sus formas tiene las características siguientes: a) Una relación sexual continuada; b) Una forma de matrimonio o institución equivalente, de acuerdo con lo que establece y se mantiene la relación sexual; c) Deberes y derechos entre los esposos y entre los padres y los hijos; d) Un sistema de nomenclatura que comprende modo de identificar el parentesco; e) Disposiciones económicas entre los esposos y con especial referencia a las necesidades relativas a la manutención educación de los hijos, y f) Generalmente un hogar aunque no es indispensablemente necesario que este sea lo mejor adaptado o con las mejores condiciones. 30 Estos atributos así como sus finalidades se dan con peculiaridades específicas, dependiendo de tradiciones, religión, orden jurídico y político, etc. También podemos decir que hay características de familias desorganizadas como son: a) Aquéllas en que los factores básicos de la familia (padres, padrastros, abuelos, etc.), al cambiar provocan desorganización, por su separación o divorcio, o la agregación de un padrastro ocasionales o permanentes. b) Aquéllas en que los factores no básicos de la familia (hijos o parientes), han tomado funciones centrales (económicas o morales), y se alejan, o cuando viven en otro núcleo familiar y se agregan al primero, aumentando su influencia, sin comprender sus necesidades. c) Aquéllas en que, sin tomar alimentos, ni dormir en la misma casa, los parientes o amigos pasan un gran lapso de tiempo en ella y toman parte de los problemas de la familia. 31 d) Aquéllas en que, sin haber cambios de constitución familiar, se presentan formas inadecuadas de organización como son: 1.- Por falta de trato suficiente, de disciplina y control de los hijos; 2.- Por haber elementos materiales inadecuados en cantidad, orden o limpieza; 3.- Por el desempeño de labores inadecuadas, y 4.- Por interferencia de vicios o delincuencia”. (18) Lo anterior va creando y fortaleciendo una interdependencia material y emotiva entre quienes integran la familia. Se forma un sentimiento de pertenencia, el nosotros al frente del yo individual y son estos procesos los que hacen que la familia se desintegre. 18 Bolio y Arciniegas, Esnesto.- Relaciones entre padres e hijos, Editorial Trillas, 1º Ed. México 1984, págs. 469, 470 32 CAPITULO II.- EL MENOR 1.- DESDE UN PUNTO DE VISTA JURIDICO. “La determinación de una edad cronológica fija como punto a partir del cual se espera de todos los menores un sentido de responsabilidad adulta, incluso dentro de un marco cultural específico, es necesariamente una medida arbitraria, aunque quizá necesaria para que la estructura legal proteja a los menores de edad de la plena aplicación de la ley penal y de las sanciones que esto trae consigo. Estaríamos de acuerdo en que existe una edad abajo de la cual se es absolutamente inimputable, no puede existir el más mínimo juicio de reproche, no puede haber reacción penal ni forma alguna de juicio o intervención. El problema de la corrección en atención al menor debe quedar absolutamente en manos de la familia, y sólo ante la falta total de ésta podría pensarse en la intervención de institución pública o privada. 33 Esta edad de total irresponsabilidad ha variado según las épocas y los pueblos; en el Imperio Romano era hasta los 7 años, en que el infans (niño) era equiparado al furiosus (loco total). En algunas civilizaciones fue la de 8 años, edad en que se debía asistir a la escuela, así en la India y Egipto, en tanto que en Esparta y Atenas se consideró a los 7 años. En la edad media, el derecho germánico impone los 8 años, en tanto que las partidas amplían hasta los 10.5; si fuese menor de 10 años el menor, entonces no podrían acusarlo de ningún yerro que tuviese. La tradición románica de los siete años reforzada por la tradición cristiana y principalmente católica, es la que ha tenido mayor suerte y ha sido adoptada por un mayor número de países. En los sistemas jurídicos que reconozcan el concepto de mayoría de edad penal, su comienzo no deberá fijarse a una edad demasiado temprana, habida cuenta de las circunstancias que acompañan a la madurez emocional, mental e intelectual. 34 Entonces por menor tenemos que es Toda persona, niño o joven que con arreglo al sistema jurídico respectivo, debe ser tratado por una infracción de manera diferente que los adultos. Como se observa, los conceptos son claros y puede aplicarse a cualquier país; por menor se entenderá que aún no es penalmente responsable como adulto, delito es el acto y omisión que sancionan las leyes penales, y menor delincuente es todo aquel al que se le ha comprobado la comisión de un delito. El marco jurídico del menor se ubica dentro del contexto predeterminado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comprendiendo situaciones jurídicas que determinan el estado de los menores en su vida familiar y en sus relaciones culturales, económicas y sociales. Para que esto se cumpla es indispensable tutelar el desarrollo armónico normal en condiciones de libertad y dignidad, atendiendo al interés de la sociedad, garantizándole sus derechos humanos y de acuerdo con la convención sobre los derechos del niño menor”. (19) 18 Rodríguez Manzanera, Luis.- Criminalidad de Menores, Edit. Porrúa, S. A., México 1987, 1ª Ed., pág. 333. 35 “En 1973 se celebro el Primer Congreso Nacional sobre el Régimen Jurídico del Menor, que fue un fecundo Congreso Nacional”, y en el que participaron los más brillantes tratadistas nacionales y algunos extranjeros, y se sentaron las bases para la reforma integral de los tribunales para menores del Distrito Federal. El 26 de Diciembre de 1973 fue aprobada en definitiva la Ley que crea los Consejos Tutelares para MenoresInfractores del Distrito Federal, que sería publicada en el Diario Oficial de la Federación del 2 de Agosto de 1974, iniciando su vigencia treinta días después. (Actualmente llamado Consejo Tutelar para Menores Infractores del D.F.)”. (20) “García Ramírez dice cuando hablamos del Derecho de los Menores, y lo hacemos en el marco de una sociedad juvenil como ésta, no nos referimos, por cierto, a un Derecho Menor, si no tal vez, como se ha dicho al mayor de todos: al que se vuelva, para preservarla, sobre la mayoría, al que suma a sus estatutos particulares, escasos todavía y preferentemente pendiente de los infractores. El derecho del menor, introduce una problemática que está más cercana a la Legislación Educativa y a lo que se ha llamado “Derecho Social.” 19 Revista Mexicana de Prevención y Readaptación Social No 11.- “Una Reforma Integral de los Tribunales para Menores del Distrito Federal”, ponencia de la Secretaría de Gobernación, México 1973, pág. 21. 36 Por esto García Ramírez considera que el “derecho de menores y dentro de este el de los infractores, pasó a formar un capítulo del derecho social, y así lo han recogido, diversas Instituciones contemporáneas”. (21) 2.- DESDE EL PUNTO DE VISTA SOCIAL. "El menor desde el punto de vista sociológico, es una persona inmadura, propiamente comprende la vida humana desde el nacimiento hasta la adolescencia”, entonces al menor lo podemos definir como aquélla persona humana que se encuentra en el periodo de la vida comprendido entre el nacimiento y el principio de la pubertad. Aquí se menciona que el menor es una persona humana, esto en comparación con la distinción jurídica que se hace entre personas físicas y personas morales”. (22) “La función social de la Familia es el primero y más importante, debido a su influencia temprana en la formación del individuo, ya que es la realidad social más cercana a toda persona y de la cual dependerá buena parte del desarrollo humano de cada uno de sus miembros. 21 García Ramírez, Sergio.- Editorial Porrúa, S. A., México 1988, pág. 207. 22 Osorio y Nieto, César Augusto.- El niño maltratado, 2ª Ed. Editorial Trillas, 1985, pág. 12. 37 En mayor o menor grado, dentro de la familia se realizan numerosas funciones de tipo económico, afectivo, religioso de protección y de identificación cuales contribuyen a desarrollar su personalidad ya que la marca de su influencia continuará presente a lo largo de la vida del individuo. Se puede hacer hincapié en que la influencia de la familia hará posible el surgimiento de conductas antisociales, a tal punto la relación del delincuente con su familia, que se plantea la posibilidad de una familia criminó gena. Se dice que el menor se desarrolla dentro de la institución familiar, y si ésta no cumple su misión, aquel será perjudicado. Se ha demostrado que cuando hay gran infelicidad entre los padres aumenta la posibilidad de que los hijos cometan actos delictuosos y que los niños criados en hogares felices son menores que difícilmente pueden ser delincuentes, situación que es diferente de los que proceden de hogares infelices. Entonces se llega a la conclusión que si hay discordia matrimonial tiende a exponer al niño a influencias delictivas, tal 38 vez debido a un rechazo, descuido o porque se mira la falta de respeto a los padres y por tanto la fuerza de autoridad”. (23) “El maestro Solís Quiroga nos dice que un menor infractor es aquel que comete hechos violatorios de reglamento o de leyes penales, independientemente de que sean o no registrados por las autoridades, o de que los hechos sean ocasionales o habituales, cabe mencionar que no son menores infractores todos los consignados, entre los cuales hay frecuentemente algunos a quienes solo debe protegerse sin que se les atribuya falta alguna. Para esto, la familia produce sus propias normas de conducta, pero al crecer el infante va adquiriendo su individualidad donde se va determinando su propia conducta”. (24) Si nos referimos al extracto social de los desvalidos es fácil creer que un individuo que creció entre el mal ejemplo, la desorganización social y familiar, así como la pobreza, llegue a delinquir más que otro menor que haya crecido dentro de otro ambiente familiar, es decir padres responsables y sanos. Es necesario mencionar sobre el desconocimiento de las leyes que muestran los menores, pues en muchas ocasiones 23.-De la Garza, Fidel.- La Cultura del Menor Infractor, Editorial Trillas, México 1987, pág. 13 39 24 Solis Quiroga, Héctor.- Introducción a la Sociología Criminal Instituto de Investigaciones Sociales, U.N.A.M., México 1962, pág. 78. las normas que rigen fuera del hogar le son ajenos, hasta quedar enterados de que alguna persona le ha sido aplicada, sólo algunos hogares que están adaptados socialmente podrán transmitir al menor esas normas que rigen a la sociedad, y que son las leyes que se aplican a quienes la violan. La valoración del menor no sólo es producto de su propia evolución, sino que también tomando en consideración la influencia ejercida por el medio a través del ejemplo y del trato recibido, influyendo peculiarmente la forma de reaccionar de cada menor. “Donald R. Taft, dice el menor no entra en la familia como un ser social, sino que se adapta a la vida colectiva tras de hacerlo en la vida familiar, en ella aprende que debe respetar los derechos de otros y se entrena para conducirse bien o mal. No sólo es la familia el primero, sino el más importante, fuerte y homogéneo grupo al que el niño gusta de pertenecer y donde, en consecuencia puede desarrollar sus aptitudes para cooperar o no”. (25) 40 25 Taf Donald R.- Criminología, The Maemillan, Co. New York 1985, págs. 185 - 185 3.- LA VIOLACION DE LOS DERECHOS DEL MENOR. “Podemos decir que los mayores peligros y problemas que tienen la infancia son el tráfico de menores, esclavitud de los niños de países pobres, las adopciones con fines lucrativos y trasplantes de órganos. El Tráfico de Menores.- Es un problema real, grave y cuyas dimensiones precisas todavía se desconoce, ya que ningún gobierno se ha ocupado seriamente del asunto. En México, como en todos los países subdesarrollados, el tráfico de menores es producto de la pobreza y de la injusticia social, por eso es que se ha gravado en la medida en que en nuestro país se agudizan las desigualdades y aumentan las carencias de la mayoría de la población. Existe un flujo de niños que son llevados del sur al norte para fines siempre injustificados y en gran cantidad de casos con fines criminales, es decir, son llevados con engaños algunos de ellos para explotarlos en el trabajo, otros para sustraerles sus órganos para venderlos a persona de dinero que los necesitan y así salvar sus vidas a costa de niños abandonados y engañados. 41 El tráfico de menores es una agresión a la infancia de los países pobres que cabe en la categoría de esclavitud. El grupo de trabajo sobre las formas contemporáneas de esclavitud de la O.N.U se reunió y una buena parte de sus deliberaciones se concentró en la cuestión de la prostitución infantil, la pornografía infantil y la venta de menores. De esta reunión resultó un Programa de Acción preliminar a nivel internacional que, a juicio de las Organizaciones Internacionales más prestigiadas, resultan todavía una respuesta débil frente a un problema tan grave. Los niños ilegalmente separados de sus padres son utilizados para otros propósitos diferentes que algunas veces se suponen como las falsas adopciones, la explotación en el trabajo y la explotación sexual (incluyendo la pornografía). La violación de los derechos del niño durante el proceso de adopción y las transferencias de numerosos niños hacia países industrializados constituyen problemas mayores que se deben enfrentar con toda energía política, con objetividad y con la decisión de proteger a nuestros niños al precio que sea”.(26) 26 Solis Quiroga Héctor.- Ob. Cit. Pág. 95. 42 4.- LA ESCLAVITUD DE LOS MENORES. "En la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño que se celebra en Ginebra, señala que cada año un millón de niños en todo el mundo sufre situaciones de esclavitud. El punto de vista de la Convención menciona seis puntos o formas de esclavitud que padecen los menores en todo el mundo. 1.- La venta de los infantes para su posterior adopción. 2.- La prostitución de menores ligada con el comercio del sexo. 3.- La pornografía con participación de niños. 4.- La explotación de mano de obra infantil (En México, por ejemplo en el Distrito Federal hay 5000 cerillos explotados por las tiendas de autoservicio). 5.- La participación obligada de infantes en acciones criminales (conflictos armados, narcotráfico). 6.- La utilización de bebés y menores de edad para el trasplante de órganos”. (27) 43 27 Solis Quiroga Héctor.- Ob. Cit, Pág. 96. 5.- LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL MENOR. “Desde 1924 en Ginebra se tomo en consideración el bienestar de los niños, enunciando una protección total para éstos, posteriormente se dio la Declaración del Niño, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1959, reconociéndose en la Declaración Universal de Derechos Humanos que enuncia que toda persona tiene derechos y libertades sin distinción alguna, por motivos de raza, color, posición económica o cualquier otra condición, por ello la familia es la base fundamental de la sociedad, un medio natural para el crecimiento y bienestar de todos los miembros, en particular para todos los niños, quienes deberán recibir la protección y asistencia necesaria para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad. Los niños deberán disfrutar en condiciones necesarias para la formación de un criterio propio, del derecho de expresar su opinión libremente de todos los asuntos que les afecten. No serán objeto de ataques en su honra, física y mental y mucho menos de golpes o violaciones. 44 De esta manera la Convención define que todo ser humano menor de 18 años, es un menor, después de este tiempo la ley podrá ser aplicada ante cualquier conducta indebida que afecten sus derechos. En México, el Centro Mexicano de los Derechos de la Infancia, A. C., Cemedin, considera que a pesar del abandono que les hace deambular como fantasmas multitudinarios en nuestras ciudades, a pesar de la pobreza que convierte a nuestros niños en espectros, las adopciones internacionales no constituyen ni la única, ni la mejor opción de vida para los niños y jóvenes. Ciertamente el tráfico de menores es resultado de las condiciones de miseria económica y humana que nos ha tocado vivir. La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño es un verdadero instrumento de protección de la niñez, siendo importante que la sociedad civil la conozca y vele por su cumplimiento, destacándose lo siguiente: I.- El derecho a la igualdad independientemente de la raza, la religión, la nacionalidad o el sexo. 45 II.- El derecho a protección especial para su pleno desarrollo físico, intelectual, moral, espiritual y social de manera sana y normal. III.- El derecho a un nombre y a una nacionalidad. IV.- El derecho a nutrición, vivienda y servicios médicos adecuados. V.- El derecho a atención especial, en caso de ser impedido. VI.- El derecho al amor, la compresión y la protección. VII.- El derecho a la enseñanza gratuita, al juego y a la recreación. VIII.- El derecho a hallarse entre los primeros que reciban socorro en caso de desastre. 46 IX.- El derecho a la protección contra toda forma de negligencia, crueldad y explotación. X.- El derecho a la protección contra toda forma de discriminación y el derecho a ser educado en un espíritu de amistad, paz y tolerancia universales. De la Carta Latinoamericana sobre los derechos del Menor: A fines de 1988, representantes de las organizaciones no gubernamentales por la niñez en Latinoamérica se reunieron en Buenos Aires para analizar la convención y proponer algunas modificaciones y agregados al texto, elaboraron una “Carta Latinoamericana de los Derechos de la Infancia”, que pretende ser un regulador para justificar la convención a las particularidades de nuestros países. Precisamente con respecto de la Adopción Internacional la carta dice: 47 Nosotros, los hijos de Latinoamérica queremos que la adopción sea la forma de darle una familia al menor, capaz de brindarle afecto y la seguridad necesaria para que pueda desarrollarse plenamente presentando su identidad en su medio social comunitario y étnico. Queremos que se garantice a los niños adoptados, los mismos derechos que a los niños biológicos y que se agoten todos los recursos para mantenerlos dentro de su familia biológica. Queremos que las autoridades judiciales brinden el máximo de garantías para que los niños conozcan a su familia de origen, mantengan a los hermanos unidos y permanezcan en su país natal. Queremos que los Estados ofrezcan un cuidadoso control sobre el bienestar de los niños adoptados, especialmente si éstos fueran llevados fuera del país. Y nos oponemos a cualquier política social que comprende la adopción internacional”. (28) 28 DIF, Tratamiento Social del Menor.- México 1987, págs. 21 - 24. 48 6.- DELINCUENCIA DE MENORES Y INFLUENCIA DE LA FAMILIA EN LA DELINCUENCIA. Se ha mencionado con anterioridad que los factores familiares tienen una gran importancia en la vida humana general y, como es natural en la producción de la delincuencia. Todo ser humano tiene su origen natural y cultural en la familia, como forma natural de vida que influye fuertemente en el resto de su existencia, el niño no entra a la familia como un ser social, sino que se adapta a la vida colectiva tras de hacerlo a la vida familiar. En ella aprende que debe respetar los derechos de otros y se entrena para conducirse bien o mal. No sólo es la familia el primero sino el más fuerte grupo al que el niño gusta de pertenecer y donde en consecuencia, puede desarrollar sus aptitudes para cooperar o no. Las dificultades familiares, por intimidad tienen una gran significación, y este grupo es el canal por el cual el menor de bien capaz de vivir moral o anormalmente dentro de las características de su medio, donde aprende a respetar los derechos y propiedades de otros y a ser cortés, a tener buenas maneras, a ser veraz y confiable, los valores son inspirados por la familia en el menor, la familia enseña al menor las cosas, pero por fuerza aprende los convencionalismos sociales que 49 corresponden a los que el mundo espera de cada uno; se hacen ciertas cosas porque las desean los demás y no por la propia convicción. “El maestro Solís Quiroga, opina que cuando el individuo esta totalmente integrado a la sociedad a través de sus propias experiencias y del entrenamiento en su casa, la cortesía implica ya al hombre como un ser social, pues cuando es verdadero significa reconocimiento de las necesidades, deseos y derechos de otros. Todo eso representa la mejor calidad humana y requiere que el niño crezca en las mejores condiciones; es decir, no necesita sólo haber sido deseado por sus padres, sino ser amado realmente, esto significa que los padres le deben dar atenciones, sacrificios, consuelo, consejo, resolución de problemas, ayuda, comprensión, tener una seguridad económica, afectiva y de pertenencia. El papel de la madre era hasta hace poco, el más importante de la familia y ha ido perdiendo relevancia debido a las largas horas que pasa fuera del hogar trabajando, se diluyen en la atención del teléfono, la radio, la televisión y las visitas; los alimentos ya casi no se toman a la misma hora por todos los miembros de familia. El hogar de la ciudad les quita 50 espacio a los menores para jugar dentro de la casa y los envía a la calle.Otro problema para desintegración de la familia es la comida comprada en restaurantes y cocinas pública, disminuye el papel socializador de la hecha en casa con la cooperación de todos”. (29) “El maestro Rodríguez Manzanares nos da como referencia sobre la Delincuencia Juvenil todos los aspectos socialmente más peligrosos. En ella se encuentra toda la gama de criminalidad, desde el pequeño robo hasta el homicidio agravado. Se tiene ya fuerza para los delitos a las personas (lesiones, homicidios), y la capacidad para los delitos sexuales, (violación estupro). La violencia juvenil es muy diferente en la actualidad en primer lugar por el uso de armas, en segundo por el tipo de armas, en tercero por la causa que en muchos casos ni siquiera existía, es decir a veces era por gusto, cuanto que se pelea con ventaja numérica. Esta delincuencia se extendió a todas las clases sociales, a todas las partes de la ciudad, aunque limitaba al sexo masculino y a los jóvenes. 29 Solis Quiroga, Héctor.- Jurisdicción a la Sociología Criminal, Instituto de Investigaciones Sociales, U.N.A.M., D.F., 1962, pás. 156 - 157. 51 La reacción de la sociedad no se hizo esperar, logrando el apoyo de la familia, la escuela y los propios jóvenes, el problema comenzó a declinar y a desviarse a una verdadera delincuencia. Los jóvenes actualmente se unen en bandas, se uniforman, se pelean contra todas las bandas, roban automóviles para pasear, roban cualquier casa para comprar bebidas alcohólicas y hacen escándalos, malbaratando lo que roban para poder comprarse la droga o enervantes y así escapar de la vida que llevan. Al ser detenidos y llevados al Consejo Tutelar para Menores (anteriormente Tribunal para Menores), eran puestos en libertad ya que los respectivos familiares se hacían responsables y pagaban los daños. En los setentas, aparecería una modalidad de la más alta peligrosidad; “los porros”. En esta época hay dos nuevas variantes que se van generalizando: el uso de las armas de fuego en lugar de las contundentes y punzo cortantes, y el uso de las drogas”. (30) 30 Rodríguez Manzanares, Luis.- Criminalidad de Menores, Edit. Porrúa, S. A., México 1987, págs. 218 - 219. 52 Las características más sobresalientes de la delincuencia son: a) Objeto Delictivo.- Que se va a obtener con los delitos que se van a efectuar. b) Gravedad.- Son cada vez más frecuentes los delitos graves. c) Método.- La violencia generalmente afectada en pandilla. d) Delincuencia.- Aumenta el número de hijos de familias. e) Ambiente.- Ha dejado de ser un fenómeno individual, para convertirse en un fenómeno colectivo. Se llega a la conclusión entre las conductas antisociales de los menores, son cometidas en su mayoría después de los 14 años; por otra parte el núcleo de mayor peligrosidad son los jóvenes de 16 y 17 años que acaparan más del 50% del total criminógeno. Las mujeres son más precoces que los hombres, aunque la mitad de aquellas delinquen entre los 16 y los 18 años. Esto nos indica la necesidad de una atención más temprana. 53 La delincuencia juvenil se ha formado tradicionalmente porque se ponía más atención en el daño causado que en el causante. Los menores de edad son capaces de cometer ciertos actos típicos, como los adultos, pero para calificarse de delito es indispensable que se reúnan otros elementos, ya que el acto debe ser antijurídico; es decir que al causar un daño, sea en oposición a las normas culturales implícitas en la ley penal o que ataquen un bien jurídicamente protegido por la propia ley. “Según Donald Taft, el delincuente es a menudo el menor que no aprendió en su hogar lo que normalmente es requerido por la sociedad, y que no aprendió que los demás tienen derechos y que nunca tuvo el placer que implica la cooperación y la ayuda mutua. Por lo que la delincuencia del menor es un síntoma de que el menor fue víctima de los errores de los adultos y de un largo proceso de abandono. Cuando los niños no han encontrado satisfacción a sus necesidades básicas en el hogar y no tienen lazos emocionales suficientemente fuertes para imitar su patrón cultural o el prototipo de alguien en particular, fácilmente se convierte en delincuente, particularmente si ello acontece en las etapas tempranas de edad. 54 Alguna de las fuentes familiares de tensiones emocionales y frustraciones son las siguientes: 1.- Cierta privación de satisfacciones físicas (como dinero para los gastos personales). 2.- Cierto sentimiento de celo (particularmente entre hermanos). 3.- Deseos de revancha ante una injusticia de los padres, sea real o imaginaria. 4.- Sentimiento de ser rechazado o no deseado. 5.- Falta de confort emocional en el hogar. Es por esto que la familia tiene un papel y un contacto muy importante y caso exclusivo con el menor, durante la época de la mayor plasticidad y dependencia, continúa durante varios años jugando una excepcional e importante papel para determinar los patrones de conducta que el menor exhibirá en el exterior”. (31) 31 Taft Donald R.- Ob. Cit., pág. 185. 55 CAPITULO III.- CAUSAS Y EFECTOS 1.- PUNTO DE VISTA JURIDICO. “Al que abandona a un niño incapaz de cuidarse así mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, si no resultare daño alguno privándolo además de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuera ascendiente o tutor del ofendido”, (Art. 335 Código Penal para el Distrito Federal)”. (32) Por menor entendemos, una persona humana desde su nacimiento hasta la iniciación de la edad púber. En este delito no se señala una edad especial para limitar la protección legal a los niños, empleando el legislador la frase “niño incapaz así mismo”, que permite mayor elasticidad en la aplicación de la norma sancionadora. Esta denominación general contiene cinco diversas formas de delito que son: Abandono de Hogar o de Deberes Familiares, Abandono de Niños o Enfermos, Omisión de Auxilio a los que se encuentran en Peligro, Abandono de Víctimas por Atropellamiento y Exposición de Menores. 32 Código Penal.- Ediciones Delma, Primera Edición México 2001. 56 “El rasgo común de los distintos delitos de abandono, es la situación de desamparo más o menos grave, en que se coloca a ciertas personas en estado de necesidad; las diferencias entre tipos enumerados se establecen examinando los posibles sujetos activos o pasivos de la infracción, la forma de realización de cada uno de los delitos, la posibilidad de sus consecuencias lesivas, y, sobre todo, observando las distintas clases de desamparo previstos en las especiales definiciones; en Abandono de Hogar o Deberes Familiares de los familiares es primordialmente económico: incumplimiento de las prestaciones alimentarias, en el abandono de niños o enfermos, el desamparo consiste en la violación de los deberes de custodia; en los abandonos de personas en estado de peligro y de atropellados, el desamparo radica en la ausencia oportuna del auxilio personal, por último en la exposición de menores, el desamparo es moral. La clasificación de los abandonados como delitos contra la vida e integridad corporal, es incorrecta, porque si bien algunos de ellos pueden producir como consecuencia final de desamparo una alteración de la salud, y aún la misma muerte, los daños de lesiones y homicidios no son constitutivos de los abandonos. Estos se sancionan formalmente por si mismos, cuando reúne los elementos especiales de sus distintas definiciones, sin esperar que, como resultado final, se registre un daño fisiológico a la integridad de las personas. En más, 57 uno de estos delitos, la exposición de menores, presupone la entrega del niño en una casa expósito, excluyendo de toda posibilidad de daño corporal al sujeto pasivo, por recibir este inmediatamente asistencia, en ocasiones superiores a la que le daban sus incumplidores padres o custodios.Por la ausencia de daño inmediato y por la posibilidad grave de que este se origine, los delitos de abandono caben dentro del grupo denominado delitos de peligro. Los abandonados, de personas potencialmente peligrosas se sancionan en sí mismo con el propósito de prevenir males posteriores en la persona de los abandonados. Por una mejor explicación distinguiremos dos clases de consecuencias: a) Unas inmediatas, rápidas y fácilmente, que según el tipo de abandono pueden ser el desamparo económico, el desamparo moral o la omisión de auxilio: todas ellas revelan por sí solas los propósitos del autor y son suficientes para el delito y; b) Otras teológicas, finalistas, como las lesiones consecutivas al abandono que, a la inversa de las anteriores, pudieron no ser queridas por el sujeto 58 activo, lo que no impiden pueda serles imputables legalmente conforme al artículo 9 del Código Penal del Distrito y Territorios (correspondientes al artículo 7 de nuestra Legislación), que preceptúa que la presunción de intencionalidad no se destruirá aunque el acusado pruebe que no se propuso a causar el daño que resultó, si este fue consecuencia necesaria y notaria del hecho u omisión en que consistió el delito; o si el imputado previó o pudo prever esa consecuencia por ser efecto ordinario del hecho o confusión y está al alcance del común de las gentes, o si se resolvió a violar la Ley, fuere cual fuere el resultado. Asimismo el artículo 339 del Código Penal del Distrito y Territorios, correspondiente al 304 de nuestra Legislación, prevé que si del abandono de niños o enfermos o del abandono del hogar resultaré alguna lesión o la muerte, se presumirá éstas como premeditadas para los efectos de aplicar las sanciones que estos delitos corresponden, cuando se cause un daño constitutivo de otra infracción la tarea de investigador deberá limitarse a investigar y comprobar las constitutivas características del tipo del delito de abandono de personas de que se trate, aplicando la sanción formalmente y regulando a su arbitrario por el menor o mayor peligro corrido por la víctima; pero cuando el sujeto pasivo del abandono sufre una 59 consecuencia lesiva catalogada también como delito, lesiones y homicidio, entonces la pesquisa judicial deberá encaminarse a buscar las constitutivas de la nueva infracción y aplicar en sus casos las reglas de los artículos 9 y 339 del Código de la materia para el Distrito y Territorios y sus correspondientes 7 y 304 de nuestra Legislación y las de acumulación o concurrencias de infracciones a que se refieren los artículos 58 y 64 del Código Penal del Distrito y su correlativo en nuestra Legislación, es el artículo 52, los delitos de abandono de personas, de hecho, son de aquellos que no pueden realizarse en grado de tentativa, porque es muy difícil averiguar la intención finalista, el propósito definitivo que anima al transgresor y, porque siendo los actos preparativos en las omisiones obscuros y confusos, sería muy aventurado determinar a través de los una definida criminal”. (33) 2.- PUNTO DE VISTA SOCIAL. El problema de los menores abandonados implica uno de los puntos esenciales de la sociedad. La investigación de sus causas y sus efectos deben naturalmente ocupar un lugar preponderante ya que sólo del conocimiento y de la valorización precisa de esas causas podrán desprenderse las soluciones del problema. 33 Revista Punto, Año VII, México, D.F., del 12 de febrero de 1990. 60 Estos menores que al encontrarse al margen de la sociedad están irremisiblemente condenados a convertirse con el tiempo en elementos francamente antisociales. Ellos son, al mismo tiempo candidatos seguros a llenar más tarde las cárceles, los manicomios y los hospitales; la delincuencia, los padecimientos mentales y la toxicamanía, tienen con mucha frecuencia, como causa determinante de su aparición y desarrollo condiciones especiales desfavorables para el individuo, durante la infancia. Las causas de ingresos de los menores abandonados al Consejo Tutelar para Menores son por robo, homicidio, riña, vagancia e indisciplina. “El Dr. Solís Quiroga, una de las personas que mejor conoce el problema de los menores abandonados dice: El estado económico de la familia constituye uno de los ejes más importantes y a veces el más, de la situación moral, social higiénica y cultural de la misma. La lucha por la vida, cuando reviste una forma ruda, se convierte en el único objeto de las actividades y entonces no 61 hay tiempo, ni energías, ni deseos de desenvolvimiento espiritual. En estas condiciones las influencias determinantes obran fácilmente. En los hogares de los menores delincuentes, en la mayoría de ellos la miseria es el escenario donde se desarrollan dramas silenciosos que agotan a la familia y que dan como consecuencia que a la miseria económica se superponga la miseria moral y como uno de sus productos la delincuencia. Otro factor que interviene directamente sobre el porvenir social del menor, es el medio en que vive y que está estrechamente ligado y es en consecuencia directa del factor económico. Se ha visto que una gran parte de los menores carecen totalmente de hogar y de familiares y viven en la vía pública, en la miseria más absoluta implorando la caridad, dedicados a la vagancia o trabajando en las calles y en los mercados como canasteros, vendedores ambulantes, boleros, periodiqueros y en la actualidad en cada esquina se ve a los menores limpiando parabrisas haciendo piruetas o vestidos de payasos o drogándose. 62 Otro gran problema desfavorable es el alcoholismo, que obra antes de su nacimiento es un antecedente de orden patológico que con frecuencia origina taras mentales, entre los cuales la epilepsia, retardados mentales, tiene un lugar preponderante. Se dice que en un 50% hay un retardo considerable en los menores y esto se comprende que es como consecuencia del alcoholismo de los padres y de la mala alimentación así como de pésimas condiciones higiénicas en que se desarrollan. Este hecho tiene graves impactos en los sujetos pasivos (menor). Entre los factores del abandono pueden señalarse el desajuste emocional, la excesiva juventud de los padres, su impreparación económica, la falta de educación sexual en el caso de la madre soltera. El abandono se presenta en diversas formas y situaciones: por la muerte de uno de los cónyuges, porque el padre o la madre llegan a dormir después de una ausencia de todo el día; porque el padre o la madre salen de la ciudad a trabajar a otra parte; porque los padres salen a pasear juntos haciendo un viaje más o menos largo sin llevar a los hijos; porque el hijo cumplió trece o catorce años de edad y se le manda a trabajar en la vía pública o en trabajos inconvenientes moralmente insalubres o peligrosos; por la separación o el divorcio. 63 Una de las causas más complejas es el de las madres solteras y se debe principalmente a la falta de educación sexual, a la excesiva juventud y a la falta de apoyo familiar oportuno”. (34) 3.- MALTRATO DE MENORES. “El problema del maltrato de menores se encuentra en tres niveles de relación que son: 1.- La relación que emerge sobre el manejo del abuso y abandono de menores y casos de menores que han sido oficialmente etiquetados como delincuentes. 2.- La relación causal entre haber sido abandonado, maltratado y posteriormente etiquetado como delincuente. 3.- La relación que se crea como resultado de la adjudicación de un status como delincuente u ofensor. 34 Solis Quiroga Héctor.- Ob. Cit., pág. 143. 64 Podemos decir que hay dos clases de maltratos físicos: una activa caracterizada por golpes y agresión corporal y una pasiva en la que se omiten cuidados esenciales para la salud del menor. En cuanto al maltrato activo, se ha distinguido entre abuso físico en general, síndrome del niño golpeado. El síndrome del niño golpeado, es una cuadro clínico causadopor una patología mental familiar que hace víctima al niño en la época de su vida en que se encuentra más indefenso, aprovechándose de su incapacidad de comunicación para canalizar hacia él una agresión largamente reprimida. Las agresiones más comunes son los golpes, utilizando manos, pies y objetos contundentes (reatas, cuerdas, varas, palos fuetes, etc.). Las lesiones predominan o al menos afectan en la cabeza y cara. Hay una alta incidencia de quemaduras (cigarros, planchas, hierros, etc.). 65 Jaime Marcovich, realizó una muy completa investigación sobre 686 casos comprobados de maltrato a menores, internados en el Hospital Infantil del Distrito Federal. De estos el 18.2% de los casos presentaba trastornos serios de inanición y desnutrición causadas por el abandono y el castigo consistente en encerrar al menor sin alimentos por tiempo prolongado. Los casos estudiados por Marcovich eran graves, y sólo 307 sobrevivieron, es decir que 379, o sea el 55.2% falleció a causa del maltrato sufrido”. (35) “Entre las causas directas de muerte encontramos: ahorcamiento, heridas con objetos punzón cortantes, heridas de bala y otras varias, en esta puede encontrarse y va desde congelamiento en el refrigerado hasta suspensión de las manos, pasado desde luego por golpes, asfixia con bolsas de plástico, quemaduras, lanzamiento a los animales, lapidación. La mayoría de las razones por la que los menores son golpeados son principalmente: 35 Riojas Davila, Ubaldo.- Aspectos Clínicos y Radiológicos en el Síndrome del Niño Golpeado, Maltrato Físico al Niño, I.M.S.S., México 1981, pág. 12. 66 a) Por pedir comida; b) Imposibilidad de manutención; c) No tener dinero; d) Llorar; e) Desobedecer; f) Hacer travesuras”. (36) 4.- FACTORES DE AGRESION. “Para Foncerrada, el origen de la crueldad o maltrato de menores en su sentido más amplio puede ser: 1.- Crueldad inspirada en conceptos exagerados de disciplina y en base a sus funciones que resultan ser sujetos profundamente inadecuados e irresponsables, alcohólicos, drogadictos, criminales o delincuentes, débiles mentales y sicóticos. 36 Revista Proceso No. 134, México, Mayo 1979. 67 2.- Actos de Violencia y Negligencia cometidos por padres o adultos ejerciendo rígidas interpretaciones de la autoridad y de normas y reglas de conducta. 3.- Crueldad patológica cuyos obscuros origines mentales o psicológicos son muy difíciles de identificar y todavía más de tratar; sujetos con caras intensas de hostilidad o mecanismos deficientes de inhibición de la misma. 4.- La crueldad más intangible de todos, es la crueldad oficial o la organizada, aquellas que se comenten intencionalmente por ignorancia, por insensibilidad o por omisión en la falta de cumplimiento de la misma que protege adecuadamente al menor”. (37) El maltrato a los menores no es un problema social singular y aislado; como la mayoría de los problemas sociales está estrechamente relacionado con otros problemas que afectan en general al individuo y a su familia. Así se ha dicho que el maltrato va relacionado con habitación y gran movimiento de población, la mayoría de los padres que viven 37 Foncerrada, Miguel.- El Maltrato Físico al Niño, I.M.S.S., México, págs. 13 – 14. Revista 68 con su familia en un solo cuarto, o porque carecen de el teniendo un padrastro que en ocasiones llega a violarlos o los maltratan es porque tienen cuatro o más hijos menores, o el que la madre no le cree a sus hijos y le da la razón a su compañero. 5.- EL AGRESOR. “En la mayoría de los casos la agresión viene por parte de la madre, que interviene dos veces más que el padre, porque trabaja y es quien más convive con ellos, también agrede el padrastro, la madrastra, los hermanos mayores y otros parientes. Muchos de aquellos padres que se van involucrando en maltrato a menores, son personas que han perdido el control de su agresividad e impulsos destructivos debido a una variedad de razones socioeconómicas y ambientales. Se encuentra en que algunos agresores tienen como antecedente más frecuente; embarazos indeseados, madre soltera, matrimonio de adolescentes, padres con problemas económicos, padres que de niños a su vez fueron víctimas de maltrato, padres sádico que hacen víctima al niño de lesiones”. (38) 38 Rodríguez Manzanarez, Luis.- Op. Cit., pág. 209. 69 Algunos padres usan una fuerza física excesiva cuando quieren disciplinar a sus hijos y en casos extremos, los lesionan intencionalmente; a veces gravemente o incluso mortalmente al pegarles, quemarlos, empujarlos o tirarlos al suelo o bien a asfixiarlos. En muchos casos la brutalidad de los padres no cumple ningún propósito disciplinario. Más bien de válvula de escape para su propia y profunda cólera, sus sentimientos de frustración y desdicha; reacciones a las condiciones intolerables de su propia vida. Por desgracia, el maltrato de menores está muy difundido y parece estar aumentando en proporciones alarmantes. 6.- EL MINISTERIO PUBLICO FRENTE AL NIÑO MALTRATADO. “El Ministerio Público debe iniciar su función investigadora partiendo de un hecho que razonablemente puede considerarse delictivo, en el caso de los malos tratos a los menores mediante la averiguación previa, determina si efectivamente los daños que presentan los niños son el resultado de conductas dolosas y si éstas son atribuibles a determinada persona. Mediante la Averiguación previa del Ministerio Público, detecta, investiga y en su caso comprueba el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad. 70 El Ministerio Público debe practicar determinadas actividades especiales en la investigación de los casos de maltrato, pues si bien las consecuencias de estas conductas son generalmente lesiones y homicidio, las circunstancias propias en que se realizan tales hechos, hacen necesario que el investigador se conduzca en forma especial ante estos casos. La investigación que realiza el Ministerio Público de los malos tratos a los niños, implica una serie de cuestiones médico-legales es necesario buscar, observar y descubrir minuciosa y detalladamente las huellas, indicios o evidencias de maltratamiento físico que se encuentran en el cuerpo del menor agredido y dentro de este orden de actividades es de singular importancia la descripción que se haga del menor maltratado, en especial de sus lesiones externas”. (39) 7.- DETECCION DE CASOS DE MALTRATO. Podemos afirmar que el Ministerio Público puede detectar estos hechos solo mediante una observación cuidadosa y profunda que le permite asociar y relacionar los diversos indicios de maltratamiento, mismos que pueden referirse específicamente a la lesión, al aspecto general del menor agredido o a las características del adulto agresor. 39 Osorio y Nieto César Augusto.- Op. Cit., pág. 12. 71 En el caso de que, como consecuencia de malos tratos, se produzcan lesiones al menor, el Ministerio Público debe practicar determinadas diligencias para investigar tal delito. Las diligencias son las que se deben realizar en cualquier caso de lesiones, con la particularidad de que en éstas se debe hacer un llamado a la Dirección General de Servicios Sociales para que tomen las medidas tutelares y preventivas correspondientes. 8.- INSPECCION MINISTERIAL. “Cuando la inspección ministerial se aplique a los casos de maltratamiento infantil abarcará el estudio de todo el cuerpo del niño; se le examinará y observará cuidadosamente para finalmente describir minuciosamente en el acta todas las huellas o vestigios que haya dejado el maltrato, tal como lo dispone el artículo 95 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. En todo caso de lesiones es necesario el auxilio pericial, en atención a que las situaciones de lesiones requieren conocimientos especializados para la correcta apreciación de ellas, razón por la cual se hace necesario el concurso de peritos. Esta necesidad la establecen los
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