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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MÉXICO FALCULTAD DE DERECHO SEMINARIO DEL DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA T E S I S PARA OBTENER EL TÍTULO DE: L I C E N C I A D O E N D E R E C H O P R E S E N T A : C L A U D I A R V I Z U S Á N C H E Z ASESOR DE TESIS: LIC. MARTHA RODRÍGUEZ ORTÍZ CIUDA DUNIVERSITARIA D.F. 2007 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. AGRADECIMIENTOS A Dios, por sus inigualables bendiciones. A mi madre , mujer intachable Ejemplo mismo de la entrega y dedicación A ,mi Padre, mi más grande ejemplo de superación. A, Roberto, mi esposo, quien con su amor, paciencia y apoyo ha contribuido para la culminación de esta etapa de mi vida. A, Lila, quien en los momento más difíciles de mi existencia , ha estado conmigo, inyectándome siempre de entusiasmo y ganas de vivir. A Maricela, Rosy, Arturo, Lyz, Aldo y Alberto, hermanos míos quienes de una u otra forma han contribuido en cada logro de mi vida. A, la Universidad Nacional Autónoma De México por la oportunidad De formar parte de ella A la Lic. Martha Rodríguez Ortiz Por su valioso apoyo en la Elaboración de este proyecto Dedico esta tesis a Sarah, hija mía y fuente de mi inspiración, esperando contribuir en su formación como ser humano y sirviéndole de ejemplo en su formación profesional. RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA INTRODUCCIÓN CAPÍTULO PRIMERO MARCO CONCEPTUAL Y GENERALIDES I.1 Derecho Del Trabajo…………………………………………………..…………..1 I.2 Sujetos De La Relación De Trabajo……………………………………..…..….3 I.3 Relación De Trabajo Individual……………………………………………...…..5 I.4 Relación De Trabajo Colectiva………………………………………………......7 I.5 Sindicato……………………………………………………………………..….……8 I.6 Condiciones De Trabajo……………………………………………………….....11 I.7 Reglamento Interior De Trabajo…………………………………………………13 I.8Ambiente De Trabajo………………………………………………………………..13 I.9Equidad………………………………………………………………………………..14 I.10Códigos De Conducta………………………………………………….................16 I.11Responsabilidad Social Corporativa…………………………..........................17 CAPÍTULO SEGUNDO MARCO JURÍDICO DENTRO DE LAS RELACIONES LABORALES 2.1 Obligaciones Patronales…………………………………………………..…........19 2.2 Prohibiciones A Los Patrones ……………………………………………...........33 2.3 Obligaciones De Los Trabajadores……………………………………………….37 2.4 Prohibiciones A Los Trabajadores………………………………………………..43 2.5 Derechos De Los Sindicatos………...……………………………………………..47 2.6 Obligaciones Sindicales…………………………………….……………………….48 2.7 Prohibiciones Sindicales…………………………………….……………..……….49 CAPÍTULO TERCERO CONTENIDO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA 3.1 La Responsabilidad Social Corporativa Hoy………………………...........51 Actores Sociales O Grupos De Interés…………………………………55 3.3. Principios Rectores……………………………………………………………….... 60 3.4.Aspectos indispensables al momento de pensar en Responsabilidad Social.……………………………………………………………........70 CAPÍTULO CUARTO AUDITORIAS SOCIALES 4.1 Inspecciones Laborales……………………………………………………….…...108 4.2 Inspección Social…...………………………………………………………………120 4.3 Criterios Para Diseñar Mediciones………………………………………..........122 4.4 Legislación…………………………………………………………………….........130 Concusiones……………………………………………………..………………………135 BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………………...138 2 INTRODUCCIÓN La problemática social como el desempleo, salarios bajos, discriminación, bajo nivel educativo, criminalidad, falta de vivienda, hacinamiento, etc. ha rebasado desde hace tiempo a nuestros gobernantes, no obstante que se han creado numerosos organismos no gubernamentales para ayudar a combatir la problemática social descrita, sin embargo, aún y con la colaboración de estos organismos no ha sido suficiente para erradicar o por lo menos disminuir los cada vez más graves problemas sociales, que nos afectan a todos. Es por ello que hoy es necesario que toda la sociedad colabore con nuestros gobernantes, así como con los organismos no gubernamentales en la lucha contra los graves problemas sociales. Es tiempo pues de que las empresas contribuyan al bienestar social, tanto de sus trabajadores como del público en general, de ahí que consideramos que la Responsabilidad Social Corporativa, deberá ser obligatoria para todas la empresas ya sean micro, pequeñas, medianas o hasta los grandes monopolios. Al presentar la presente investigación pretendemos que La mentalidad de los patrones cambie y entienda que en la medida que contribuyan a resolver la problemática social en esa medida, la productividad se irá incrementando y con ello sus ganancias. Con esta obra se 3 II pretende pues que las empresas contribuyan al bienestar social y con ello a la preservación del ser humano. Esta obra consta de cuatro capítulos, en el primero se establecen los conceptos claros de los temas ha desarrollar, mismos que nos permitirán un mejor entendimiento del presente trabajo. El segundo capítulo nos permite adentrarnos a las obligaciones y prohibiciones de los sujetos de las relaciones de trabajo, patrón, trabajador y sindicato. El tercer capítulo nos hace una clara explicación de lo que es la Responsabilidad Social Corporativa y como debemos entenderla, así como, los beneficios de practicarla mismos que se traducirán en el bien común. Toda vez que nuestra propuesta es que la Responsabilidad Social Corporativa sea de carácter obligatoria para todas las empresas, el cuarto capítulo nos señala quien revisara que se lleve a cabo esta disposición así como, la forma de medir las acciones tomadas por cada empresa. Durante esta investigación se utilizaron los métodos inductivo, deductivo, analítico, sociológico, histórico y comparativo. 4 CAPÍTULO PRIMERO MARCO CONCEPTUAL Y GENERALIDADES 1.1 Derecho del Trabajo Hablar de derecho al trabajo nos lleva a pensar no solo en derechos sociales, si no también en los derechos humanos, a aquellos derechos que son inherentes al ser humano. El derecho al trabajo, es la posibilidad de tener un ingreso, una remuneración que le permita al hombre vivir libre y dignamente. “La Declaración Universal de los derechos humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 1 de diciembre de 1948, dentro de los derechos y libertades connaturales al género humano, establece en los artículos 23 y 24, como derechos de los hombres y mujeres que trabajan los siguientes: derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a una protección contra el desempleo, a igual salario para trabajo igual, a una remuneración conforme a la dignidad humana, a sindicalizarse para la defensa de sus intereses, al descanso, a disfrutar del tiempo libre, a una jornada máxima, y a vacaciones periódicas pagadas”.1 1 DÁVALOS. José.Tópicos Laborales. Porrúa. México. 19992.p.4 5 Por su parte la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 2 y 3 nos señala “Las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justicia socialen las relaciones entre trabajadores y patrones. El trabajo es un derecho y un deber sociales, no es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. Tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como la Ley Federal del Trabajo, coinciden en que las normas que integran el derecho del trabajo deben ser equitativas, deben contribuir a la libertad y dignidad humana. Doctrinariamente Eugenio Pérez Botija entiende el derecho del trabajo como “El conjunto de normas y principios que regulan las relaciones de empresarios y trabajadores y de ambos con el estado a los efectos de la protección y tutela del trabajo”.2 Por su parte el Lic. Mario de la Cueva, establece que “Derecho del trabajo en su aceptación más amplia es una congerie de normas que a cambio del trabajo humano, intentan realizar el derecho del hombre a una existencia que sea digna de la persona humana”.3 2 SOTO ÁLVAREZ, Clemente. Prontuario de Derecho del Trabajo. Limusa. México. 1998. p.60 3 DE LA CUEVA Mario. Derecho Mexicano del Trabajo, editorial Porrúa, tomo I, décimo segunda edición, México 2001, p. 263. 6 Por nuestra parte entendemos al derecho del trabajo como el conjunto de normas y principios reguladoras de las relaciones laborales y buscadoras de equidad, libertad y dignidad humana. 1.2 Sujetos de la Relación de Trabajo En las relaciones individuales de trabajo, los sujetos son los trabajadores y los patrones, y de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo se entiende por: “Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral un trabajo personal subordinado”. De la definición anterior se puede resumir que trabajador puede ser cualquier persona física, ya sea varón o mujer ya que tanto nuestra Carta Magna, como la propia Ley Federal del Trabajo, establecen que ambos son iguales y tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones, sin embargo existen disposiciones especiales para las mujeres que tienen como finalidad proteger la maternidad, mismas que se encuentran consagradas en el título quinto de la Ley Federal del Trabajo. Ya se mencionó que cualquier hombre o cualquier mujer pueden ser sujetos de una relación de trabajo, sin embargo existen normas limitadoras cuando nos referimos a menores de edad. 7 El artículo 174 L.F.T., establece “Los mayores de catorce y menores de dieciséis años deberán obtener un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo y someterse a los exámenes médicos que periódicamente ordene la inspección del trabajo”. Artículo 177 L.F.T. “El trabajo de los mayores de catorce años y menores de dieciséis queda sujeto a vigilancia y protección especiales de la inspección del trabajo”. Estos preceptos buscan proteger a los menores a fin de que no sean objeto de abusos, ni de explotamiento por parte de los patrones. Así mismo en artículo 175 del mismo ordenamiento jurídico establece “Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores: I De dieciséis años en: a) Expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato. b) Trabajos susceptibles de afectar su moralidad o sus buenas costumbres. c) Trabajos ambulantes, salvo autorización especial de la Inspección de Trabajo. d) Trabajos subterráneos o submarinos. e) Labores peligrosas o insalubres. f) Trabajos superiores a sus fuerzas y los que pueda impedir o retardar su desarrollo físico normal. 8 g) Establecimientos no industriales después de las diez de la noche. h) Los demás que determinen las leyes. II. De dieciocho años, en: Trabajos nocturnos industriales. Por su parte y de acuerdo a la L.F.T. “Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores…”. El artículo 10 de la L.F.T, nos define lo que debemos entender por patrón,” es la persona física moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores”. Ahora bien en las relaciones colectivas de trabajo se puede establecer que se dan entre el patrón y la colectividad obrera representada para su sindicato. 9 I.3 Relación de Trabajo Para adentrarnos de lleno a este tema es necesario entender el concepto de relación de trabajo y de acuerdo al artículo 20 L.F.T., “se entiende por relación de trabajo cualquiera que sea el acto que le de origen , la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona mediante el pago de un salario”. Para comprender mejor la naturaleza de la relación laboral nos remitiremos a 2 corrientes juristas: Teoría Contractualista “La teoría contractualista se originó en la tradición civilista, pues los códigos civiles reglamentaban el contrato de trabajo, en el cual imperaban los principios de igualdad de las partes y de autonomía de la voluntad”.4 De lo anterior podemos concluir que conforme a esta corriente se considera al contrato de trabajo como un acuerdo de voluntades entre el trabajador y el patrón, sin embargo la corriente RELACIONISTA o ANTI CONTRACTUALISTA de 1919 la naturaleza de 4 TRUEBA URBINA,Alberto y TRUEBA BARRERA Jorge. Ley Federal del trabajo comentada. octogésima edición, Porrúa, México, 2001, p.33 10 la relación cambia, en virtud de que la constitución de este año entra a proteger al trabajador, puesto que era la parte más débil, toda vez que por encima de la voluntad de las partes están las leyes favorecedoras de los trabajadores. “Es por esto que entre el contrato y la relación no hay discrepancia, pues el contrato de trabajo no puede ser sustituido por la relación, de trabajo como figura autónoma ya que el propio contrato se manifiesta a través de la relación laboral”.5 Así mismo el segundo y tercer párrafo del artículo 20 de la multicitada ley nos dice “Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario”. “La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.” Por lo anteriormente analizado podemos resumir que relación individual de trabajo es la prestación de un trabajo subordinado a una persona a cambio de un salario y se rige por un contrato individual de trabajo, donde se establecen las condiciones de trabajo. 5 Ibidem. p. 34 11 1.4 Relación de Trabajo Colectiva En este tema es menester recurrir a nuestra L.F.T, en su artículo 386, para entender que el contrato colectivo de trabajo “es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.” De lo anterior podemos deducir que el contrato colectivo debe contener las condiciones laborales, así mismo es importante señalar que este contrato deberá celebrarse por escrito, por triplicado entregándose un ejemplar a cada una de las partes. Así la relación colectiva de trabajo es la prestación de varias personas de un trabajo subordinado a una persona a cambio de un pago, regido por un contrato colectivo de trabajo. 12 I.5 Sindicato “El sindicato se explica comotodo tipo de organización profesional constituida por los trabajadores o los patrones para la defensa y promoción de sus respectivos intereses.”6 Para nuestra Ley Federal del Trabajo en su artículo 356 “Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses”. De acuerdo a este precepto tanto los sindicatos de trabajadores como el de los patrones persiguen diferentes fines, la asociación de los trabajadores persigue y lucha por mejorar las condiciones económicas y laborales mientras que la asociación de los patrones su objetivo es la defensa de sus derechos patrimoniales. El sindicato esta regulado por principios mismos que han sido clasificados por varios autores, nosotros nos referiremos a la clasificación que hace Roberto Charis Gómez: • Principio de libertad sindical.- Es la libertad de integrarme o no a un sindicato. 6 SANTOS AZUELA, Héctor, Derecho del Trabajo, McGRAW-HILL Interamericana, Editores, México, 1999 P .58 13 • Principio de exclusividad.- Esto es que el sindicato solo puede estar integrado por trabajadores o por empresarios y no deberán ser mixtos, pues los intereses se contraponen. • Principio de unidad.- Este se refiere a la existencia de sindicatos únicos por categoría profesional, sindicatos únicos por ramas de la producción, unificación bajo entidades superiores y sin perder su personalidad jurídica propia de unidades sindicales, de exclusivo derecho de representación ante determinados supuestos a la unión de varias agrupaciones sindicales de segundo a tercer grado. • Principio de autonomía sindical.- El sindicato debe tener autonomía ante los gobiernos, a través de sus autoridades, no faculadas a intervenir. • Principio de democratividad.- Este principio postula la atribución de iguales derechos e igual tutela jurídica de estos a todos los miembros del ente profesional, postula igualmente la consagración del régimen de las mayorías y minorías en la actividad sindical, interna y externa, postula también la provisión de cargas por elección mediante sistemas de representación proporcional. En resumen este principio defiende la juridicidad , interna de la vida sindical, teniendo como finalidad preferente el garantizar la personalidad del miembro sindical frente a los órganos colectivos . • Principio de pluralismo sindical.- Libertad de los sindicatos para determinar la circunscripción territorial, sobre la que ha de 14 actuar y la libertad de crear agrupaciones, es decir federaciones para algunos esta dentro de la estabilidad de los sindicatos. Además del sindicato la ley reconoce las coaliciones y de acuerdo al artículo 355 L.F.T. “Coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de sus patrones para la defensa de sus intereses comunes”. De ahí es importante mencionar las principales diferencias entre coalición y sindicato. Y de acuerdo al jurista Héctor Santos Azuela las principales diferencias entre coalición y sindicato son las siguientes: COALICIÓN Es una agrupación temporal No necesita registro Tiene un fin limitado que es la simple defensa de los intereses de quienes la forman. SINDICATO Es una asociación permanente Precisa ser registrado Cuenta con un fin muy amplio, que además de la defensa comprende elestudio y mejoramiento del interéscolectivo. 15 I.6 Condiciones de Trabajo Nuestra Ley Federal no, establece lo que son condiciones de trabajo puesto que lo único que nos menciona en su artículo 56 “Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta ley.” Este precepto legal se inspira en el artículo 123 constitucional y se refiere básicamente a que las condiciones de trabajo inferiores a las marcadas por la ley serán nulas. Así podemos observar que ni nuestra Carta Magna, ni nuestra legislación laboral establecen, alguna definición de las llamadas condiciones de trabajo, sin embargo en la doctrina surgen varios juristas que dan varias propuestas y uno de ellos es el Lic. De La Cueva, quien al referirse a condiciones de trabajo, las entiende como: “Las normas que fijan los requisitos para la defensa de la salud y la vida de los trabajadores en los establecimientos y lugares de trabajo y las que determinan las prestaciones que deben percibir los hombres por su trabajo.7 7 SOTO ÁLVAREZ, Clemente. Prontuario de Derecho del Trabajo, Limusa, México, 1998, p.95 16 Considero que esta definición de condiciones de trabajo es acertada, sin embargo falta un elemento primordial en esta definición que es la dignidad, de tal manera que las condiciones laborales estarían pendientes siempre de estos 3 elementos que serían la vida, la salud y la dignidad humana, proponiendo de esta manera que condiciones de trabajo son las normas reguladoras de la protección de la vida, la salud y la dignidad de los trabajadores en área laboral, así como las disposiciones que establecen las prestaciones para los trabajadores. Por la propuesta anterior debemos deducir que las condiciones de trabajo están relacionadas con jornada de trabajo, días de descanso, vacaciones, salario, utilidades, aguinaldo, capacitación o adiestramiento, seguridad e higiene, etc. I.7 Reglamento Interior de Trabajo La Ley Federal del Trabajo, define reglamento interior de trabajo, como “el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajadores en una empresa o establecimiento” y el contenido del reglamento de acuerdo al articulo 423 L.F.T., versará en las horas de entrada, inicio y fin de jornada, días y horas para la limpieza del establecimiento, días y lugares de pago, normas para prevenir riesgos, exámenes médicos, permisos, disposiciones disciplinarias. 17 I.8 Ambiente de Trabajo De acuerdo al Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo el Medio Ambiente de Trabajo “ Es el conjunto de elementos materiales inherentes e inducidos por el hombre que interactúan en el centro de trabajo”. Nosotros creemos que ambiente de trabajo son las condiciones o circunstancias en las que labora una persona diariamente. Hablar de ambiente de trabajo es tan basto que profundizaremos este tema durante el desarrollo del presente trabajo. 1.9 Equidad La equidad se refiere a dos principios fundamentales: • Para trabajo igual, salario igual. • Para trabajo igual, prestaciones iguales. El párrafo segundo del artículo 3ero de la Ley, señala “No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo, religioso, doctrina política o condición social.” 18 De lo anterior se desprende que todo individuo podrá trabajar en igualdad de condiciones con respecto a cualquier otra persona que desempeñe actividades similares en la misma empresa. “Los beneficios de igualdad en las condiciones de trabajo pueden trascender fuera de una sola empresa y favorecer también a trabajadores, de otra. Esto cada vez se hace más patente en los contratos colectivos de trabajo, los trabajadores de una empresa exigen condiciones iguales a las de los trabajadores de otra empresa,localizada en la misma área geográfica.”8 Así mismo en el art. 56 L.F.T., establece “Las condiciones de trabajo en ningún caso podrán se inferiores a las fijadas en esta ley, y deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias por motivo de raza, nacionalidad, sexo, edad, credo religioso o doctrina política salvo las modalidades expresamente consignadas en esta ley.” “Clasificación de las condiciones de trabajo el ordenamiento de ellas se hace en consideración a las funciones y finalidades de las normas que las contienen: • De naturaleza individual pues se forma con las normas sobre las condiciones que deben aplicarse a cada trabajador, muchos de los cuales se dirigen a la preservación de la salud y la vida. 8 DÁVALOS, José, Derecho del Trabajo I, 6 edición, Porrúa, México, 1996, p.180 19 • De naturaleza colectiva, y tiene como objeto la adopción de medidas preventivas de la salud y la vida de los hombres. • Naturaleza colectiva social se disfrutan en forma conjunta, como centro de recreo o asistencial o una biblioteca.”9 La igualdad jurídica significa que el sistema de normas otorga sin exclusión el mismo trato (deberes y derechos) a todas las personas a las que se dirige, en otras palabras dar trato idéntico a los iguales jurídicamente, es decir a quienes la norma ubica en la misma posición y trato diferente a los que se encuentran en una situación jurídica distinta.”10 1.10 Códigos de Conducta “Los códigos de conducta deben ser documentos en los que están contenidos los objetivos, metas y anhelos del grupo. Por ello, cada código debe ser distinto a los demás y cada organización debe preparar el suyo”11. Los códigos de conducta, son aquellos en los que se expone cual es el compromiso que adquiere la empresa en su forma de conducirse en relación a aspectos, como, el medio ambiente, la sociedad, los clientes, los proveedores y el que más queremos destacar, las condiciones de trabajo de los trabajadores de la propia empresa, que representan el valor más importante de la misma. 9 DE LA CUEVA, Mario, El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo, décimo octava edición, porrúa 2001,p.266. 10 CRUZ GREGG, Angélica y SANROMAN ARANDA, Roberto, Fundamentos de Derecho Positivo Mexicano, 2da. Edición, Thomson, México, p.4 11 www.coparmex.org.mx/contenidos/publicaciones/entorno/2002/may02/d.htm 20 “Un código de conducta es una declaración expresa de la política, los valores, de los principios en que se inspira el comportamiento de una empresa en lo que atañe al desarrollo de sus recursos humanos, a su gestión medio ambiente y a su interacción con los consumidores, los clientes, los gobiernos y las comunidades en las que desarrolla su actividad.”12 1.11 Responsabilidad Social Corporativa Este concepto de Responsabilidad Social Empresarial o Corporativa surge en Estados Unidos a finales de los 50 y principios de los 60. “Consiste en que las empresas mismas definan, unilateral y voluntariamente, políticas sociales y ambientales mediante instrumentos alternativos que no sean ni acuerdos colectivos, ni legislación, y que ofrezcan en búsqueda de sus metas, asociarse a actores múltiples.”13 Contrario a lo que se piensa comúnmente la Responsabilidad Social Corporativa ó Responsabilidad Social Empresarial (RSC ó RSE, respectivamente) va más allá de prácticas puntuales ocasionadas o motivadas por el marketing, las relaciones públicas u otros beneficios empresariales, la RSE es una filosofía corporativa adoptada por la alta dirección de una empresa para actuar en beneficio de sus propios trabajadores, sus familias y el entorno social en las zonas de su influencia. 12 www.ioe-emp.org/ide-emp_spani/pdf_1/codes_spa.pdf. 13 www.jussemper.org/inicio/resources/rscimplicacionesso.pdf. 21 Se le considera como un conjunto integral de políticas, prácticas y programas que se instrumentan en toda la gama de operaciones corporativas y en los procesos de toma de decisiones y que significa poner en marcha un sistema de administración con procedimientos, controles y documentos. “La RSE se define como los comportamientos de negocio basado en valores éticos y principios de transparencia que incluyen una estrategia de mejoramiento continuo en la relación entre la empresa y sus partes”, relación que incluye clientes, proveedores, socios, consumidores, medio ambiente, comunidades, el gobierno y la sociedad en general, “corresponde a una estrategia de negocios enfocada a incrementar la rentabilidad competitiva y la sostenibilidad, sirviendo como parte de un nuevo modelo de desarrollo sostenible. El concepto de RSE puede incorporar derechos humanos, medidas de anticorrupción, el medio ambiente, condiciones laborales y actividades dentro de comunidades por medio de alianzas con organizaciones de sociedad civil” 14 14 Oem.com.mx/elsoldeméxico/notas.asp?urinota=310106horizonte 22 CAPÍTULO SEGUNDO MARCO JURÍDICO DENTRO DE LAS RELACIONES LABORALES 2.1. Obligaciones Patronales “Las obligaciones a cargo del patrón se pueden clasificar atendiendo a la naturaleza de su objeto, en dos grupos: obligaciones simples y obligaciones complejas a) Obligaciones simples • De dar • De hacer • De no hacer • De tolerar” 15 De acuerdo al artículo 132 de la L.F.T., establece las obligaciones de los patrones Obligaciones de Dar Fracción II.- Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento. 15 DÁVALOS, José, Derecho del Trabajo I, novena edición, Porrúa, México 1999, p.258 23 Esta obligación se refiere a pagar el salario pactado en tiempo y forma, lugar y modo de acuerdo a la ley. Así mismo se refiere al pago de indemnización de 3 meses de salario, así como aquellos pagos que establece el artículo 50 del mismo ordenamiento jurídico. Fracción III.- Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes siempre que aquellos no se hayan comprometido a usar herramienta propia. El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran útiles, instrumentos y materiales de trabajo. Fracción IV.- Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador, siempre que deban permanecer en el lugar en que prestan los servicios, sin que sea lícito al patrón retenerlas a título de trabajo deberá hacerse siempre que el trabajador lo solicite. Esta disposición obliga al patrón a proporcionar al trabajador un local para que este guarde sus útiles y herramientas propias. 24 Fracción V.- Mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos, la misma disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo. Fracción XII.- Establecer y sostener las escuelas “Artículo 123 constitucional”, de conformidad con lo que dispongan las leyes y la Secretaría de Educación Pública. La constitución en el párrafo tercero, fracciónXII, de su artículo 123, establece: las negociaciones situadas fuera de las poblaciones están obligadas a establecer escuelas. La corte ha interpretado tal disposición como que la obligación de establecer y sostener escuelas es únicamente para las empresas situadas fuera de las poblaciones. Fracción XIV.- Hacer por su cuenta, cuando empleen más de cien o menos de mil trabajadores, los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los estudios técnicos, industriales o prácticos, en centros especiales, nacionales o extranjeros de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de estos en atención a sus aptitudes, cualidades y dedicación por los mismos trabajadores y el patrón cuando tengan a su servicio más de mil trabajadores deberán sostener 3 becarios en las condiciones señaladas. El patrón sólo 25 podrá cancelar la beca cuando sea reprobado el becario en el curso de un año o cuando observe mala conducta pero en estos casos deberán prestar sus servicios al patrón que los hubiese becado durante un año por lo menos. Ese artículo contempla una contradicción con el artículo 40 .L.F.T., toda vez que este señala que los trabajadores en ningún caso estarán obligados a prestar sus servicios por más de un año. Fracción XIX.- Proporcionar a sus trabajadores los medicamentos profilácticos que determine la autoridad sanitaria en los lugares donde existan enfermedades tropicales o endémicos cuando exista peligro de epidemia. Fracción XX.- Reservar cuando la población fija un centro rural de trabajo exceda de doscientos habitantes, un espacio de terreno no menor de cinco mil metros cuadrados para el establecimiento de mercados públicos, edificios, para los servicios municipales y centros recreativos, siempre que dicho centro de trabajo este una distancia no menor de cinco kilómetros de la población próxima. Esta disposición en la práctica no se cumple. Fracción XXI.- Proporcionar a los sindicatos si lo solicitan en los centros rurales de trabajo, un local que se encuentre desocupado para que instalen sus oficinas, cobrando la renta correspondiente. 26 Si bien es sabido que la Ley Federal del Trabajo, se expidió con una tendencia de protección a los trabajadores, por lo que la disposición arriba referida no es la excepción, en virtud de que con esta obligación impulsa sin duda al sindicato. Obligaciones de Hacer Fracción VII.- Expedir cada quince días a solicitud de los trabajadores una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido. Fracción VIII.- Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa dentro del término de 3 días una constancia escrita relativa a sus servicios. El contenido de esta fracción es lo que se conoce como carta de servicio. Fracción XI.- Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior, los puestos de nueva creación, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse. Esta fracción se refiere a la existencia de puestos de nueva creación ya sea de vacantes definitivas y temporales, el patrón tendrá la obligación de dar conocimiento al sindicato titular del contrato colectivo de trabajo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior. 27 Fracción XVIII.- Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos e instrumentos de seguridad e higiene. Fracción XXII.- Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas sindicales ordinarias, siempre que se compruebe que son las previstas en el articulo 110 fracción VI. El patrón esta obligado a hacer las deducciones del pago de cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los sindicatos. Fracción XXIII.- Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de caja de ahorro de conformidad con lo dispuesto el artículo 110, fracción IV. Este se refiere a que el patrón tiene la obligación de realizar las deducciones del pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro, siempre que los trabajadores manifiesten expreso y libremente su conformidad y que no sean mayores del treinta por ciento del excedente del salario mínimo, fracción IV L.F.T. Fracción XXVIII.- Participar en la integración y funcionamiento de las comisiones que deban formarse en cada centro de trabajo de acuerdo con lo establecido por la ley. 28 Obligaciones de Tolerar Estas obligaciones imponen al patrón tolerar situaciones art.132. Fracción II.- Conocer a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados electorales y censales a que se refiere el artículo 5 de la Constitución cuando estas actividades deban cumplirse dentro de las horas de trabajo. Fracción X.- Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo para desempeñar una comisión accidental o permanente de su sindicato o del estado siempre que avisen con la oportunidad debida y que el número de trabajadores comisionados no sea tal que perjudique la buena marcha del establecimiento, el tiempo pedido podrá descontarse al trabajador a no ser que lo compense con un tiempo igual de trabajo efectivo. Cuando la comisión sea de carácter permanente el trabajador o trabajadores podrán volver al puesto que ocupaban conservando todos sus derechos siempre y cuando regresen a su trabajo dentro del término de seis años los substitutos tendrán el carácter de internos considerándolos como de planta después de seis años. Fracción XXXIV.- Permitir la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo practiquen en su establecimiento para cerciorarse del cumplimiento de las normas de trabajo y darles los informes que a ese efecto sean indispensables, cuando lo soliciten los patrones podrán exigir a los 29 inspectores o comisionados que les muestren sus credenciales y les den a conocer las instrucciones que tengan. Obligaciones Complejas “Son obligaciones complejas aquellas en las que se reúnen varias obligaciones simples para lograr un fin común”.16 Y están consagradas en el articulo 132 L.F.T. Fracción I.- Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas de establecimientos. Fracción XIII.- Colaborar con las autoridades del trabajo y de educación de conformidad con las leyes y reglamentos a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores. Fracción XV.- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores en los términos del capítulo III Bis de este capítulo. Esta obligación de los patrones fue elevada a rango constitucional en la fracción XII art 123, el cual señala “las empresas cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria determinará 16 DÁVALOS, José, Derecho del Trabajo, segunda edición, Porrúa, México 1988,p.261 30 los sistemas métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación. “Las técnicas modernas han venido señalando la necesidad de que los patronos adiestran a su propio personal y lo capacitan para desempeñar mejor el trabajo que leha sido asignado, a aquel que corresponda a los puestos inéditos superiores. Se ha encontrado como un medio muy adecuado para obtener la cooperación de los trabajadores el facilitarles los conocimientos necesarios a fin de que aumente la productividad en su labor y puedan sin mayor trastorno en el trabajo ocupar puestos de superior categoría con las consiguientes mejoras en sus salarios”.17 Fracción XVI.- Instalar de acuerdo con los principios de seguridad e higiene las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares en que deban ejecutarse las labores para prevenir riesgos de trabajo y perjuicios al trabajador, así como adoptar las medidas necesarias para evitar que los contaminantes excedan los máximos permitidos en los reglamentos e instructivos que expidan las autoridades competentes. Para estos efectos deberán modificar, en su caso, las instalaciones en los términos que señalen las propias autoridades. 17 GUERRERO, Euquerio, Manual de Derecho del Trabajo, décimo séptima edición, Porrúa, México 1990, p.224 31 El patrón al establecerse esta sujeto a las leyes y reglamentos que protegen la higiene de las instalaciones, de tal manera que es obligación del patrón velar y evitar que se perjudique la salud de sus trabajadores por conveniencia de ambos, así como de la productividad. Fracción XVII.- Ampliar las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo y en general, en los lugares en que deban ejecutarse las labores y disponen en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables que señalen los instructivos que se expidan, para que se presten oportunamente y eficazmente los primeros auxilios, debiendo dar desde luego aviso a la autoridad competente de cada accidente que ocurra. El patrón está obligado a fijar y difundir los reglamentos de higiene y seguridad en lugar visible en los lugares donde se preste el trabajo. El patrón deberá observar medidas preventivas de accidentes o enfermedades profesionales a un cuado este inscrito en el seguro social, si el patrón no adoptará las medidas de las que hemos hablado deberá hacer un mayor pago de la cuota por concepto de seguro de riesgos profesionales, así mismo el patrón tiene la obligación de dar aviso a las autoridades laborales de los accidentes que ocurran en la negociación. 32 Fracción XXV.- Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los equipos y útiles indispensables. Toda vez que cualquier práctica cultural o deportiva contribuye al desarrollo físico y moral y esto se traduce en mayor productividad. Fracción XXVI.- Hacer las deducciones previstas en las fracciones IV del articulo 97 y VII del articulo 110, y enterar los descuentos a la institución bancaria acreedora o en su caso al fondo de fomento y garantía para el consumo de los trabajadores, esta obligación no convierte al patrón en deudor solidario del crédito que se haya concedido al trabajador. Fracción XXVII.- Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos. Esta obligación del patrón esta consagrada en nuestra carta magna, estableciendo que “ Las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieran adquirido por relación de trabajo, en el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día de media hora cada uno para amamantar a sus hijos. 33 Por su parte el art. 166 de la L.F.T señala “Cuando se ponga en peligro la salud de la mujer o la del producto, ya sea durante el estado de gestación o el de lactancia y sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones y derechos no se podrá utilizar su trabajo en labores insolubles o peligrosas trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales o de servicio después de las diez de la noche, así como en horas extraordinarias”. Lo anterior se refiere a que durante el período de lactancia el patrón no deberá utilizar a la trabajadora en esfuerzos físicos considerables como empujar, levantar o tirar grandes pesos, ni de pie durante largo tiempo, así como tampoco en operaciones trepidatorias. Así mismo el patrón está obligado a respetar el reposo durante seis semanas anteriores y seis posteriores al parto con goce de salario integro. Y recibirá en el término no mayor a un año para incorporarse a sus labores también tendrá la obligación de proporcionar un período de lactancia de dos reposos extraordinarios por día, cada uno de media hora para amamantar estos períodos de media hora, deberán ser dentro de la jornada laboral normal sin reducción del salario. 34 2.1 Prohibiciones al Patrón ( Obligaciones de No Hacer ) Estas obligaciones implican prohibiciones para el patrón mismos que están establecidos en la fracción VI, art. 132 y 133, L.F.T. Fracción VI.- Guardar a los trabajadores la debida consideración absteniéndose de mal trato de palabra o de obra. ARTICULO 133 Fracción I.- Negarse a aceptar trabajadores por razón de edad o de su sexo. Fracción II.- Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o lugar determinado. Esta prohibición surge a raíz de las tiendas de raya en el siglo XVII en la era industrial resultaba necesaria que las industrias se establecían en ocasiones, lejos de los centros de población, y los trabajadores por razones naturales se desplazaban a los lugares en que se encontraban los yacimientos, lugares carentes de mercados, comercios donde abastecerse de los artículos de primera necesidad, por tal razón los patrones abrieron tiendas en los lugares de trabajo o cerca de ellos. 35 Esta práctica pronto llevó a los patrones a otorgar crédito a los obreros con el propósito de lucrar y el objetivo primordial que era el de ayudar a trabajador a subsistir se perdió, de tal manera que el patrón comenzó a lucrar y a otorgar créditos a los trabajadores y a descontar de su salario, comprometiéndose estos por meses y hasta años. Fracción III.- Exigir o aceptar dinero de los trabajadores como gratificación porque los admita en el trabajo o por cualquier otro motivo que se refiera a las condiciones de este. Fracción IV.- Obligar a los trabajadores por coacción o por cualquier otro medio a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezcan, o que voten por determinada candidatura. Fracción V.-Intervenir en cualquier forma en el régimen interno del sindicato. Fracción VI.-Hacer o autorizar colectas o suscripciones en los establecimientos y lugares de trabajo. Fracción VII.- Ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes. Fracción VIII.- Hacer propaganda política o religiosa dentro del establecimiento. 36 Es decir el patrón deberá abstenerse de hacer cualquier clase de propaganda política y religiosa. Fracción IX.- Emplear el sistema de “poner en el índice “a los trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para que no se les vuelva a dar ocupación. “La razón de ser de esta prohibición es decarácter histórico. En el siglo pasado cuando algunos obreros se constituían en líderes para exhortar a sus compañeros a unirse y defenderse contra los abusos que cometían algunos patrones, estos tomaban nota del nombre de los agitadores, los despedían y formaban una lista con ellos. Esta práctica era contraria al principio de libertad de expresión y de pensamiento y equivalía a dar muerte civil a los trabajadores inconformes que luchaban por su mejoramiento, todos los tratadistas la conocen como “Poner en el índice.”18 Fracción X.- Portar armas en el interior de los establecimientos ubicados dentro de las poblaciones. Fracción XI.- Presentarse en los establecimientos en estado de embriaguez o bajo la influencia de un narcótico o droga enervante. 18 Ibidem.p.242 37 2.2. Obligaciones de los Trabajadores Al igual que con los patrones dentro de las obligaciones de los trabajadores existe una clasificación a la que hace alusión Néstor deBuen: Obligaciones de Dar, mismas que se encuentran consagradas en el artículo 134 L.F.T: Fracción VI.- Restituir al patrón los materiales no usados. Obligaciones de Hacer art.132 Fracción IV.- Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos. Fracción V.- Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o fuerza mayor de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo. La ausencia de un trabajador sin aviso previo causa serios trastornos, además de ser una falta de respeto para con el patrón, por tal razón queda como obligatorio dar aviso de la inasistencia. Fracción VI.- “………. Conservar en buen estado los instrumentos y útiles que les haya dado para el trabajo, no siendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor o por mala calidad o defectuosa construcción. 38 Es necesario que los trabajadores conserven en buen estado sus útiles e instrumentos, toda vez que es muy común que al sentirles ajenos hagan mal uso de ellos, no obstante que la ley exonera de responsabilidad a los trabajadores cuando estos sean de mala calidad o defectuosos, consideramos que en este caso el trabajador deberá advertirlo de manera oportuna. Fracción VIII.- Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo. Esta obligación de prestar auxilios no solamente es necesaria por humanidad, si no que además en caso de cualquier incumplimiento a esta el trabajador posiblemente estará incurriendo en el delito de abandono de personas en estado de necesidad. Fracción X.- Integrar los organismos que establezca esta ley. Esta fracción se refiere básicamente a las comisiones mixtas. Fracción XI.- Poner en cocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas. Fracción XII.- Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses y 39 vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones. Creemos que el legislador tenía razón, toda vez que el que mejor se da cuenta de las deficiencias en las instalaciones o del peligro es el trabajador. 2.4. Prohibiciones a los Trabajadores ( Obligaciones de No Hacer ) Fracción XIII.- Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos o cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo, que desempeñen, así como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la empresa. Esta fracción se refiere a no divulgar los secretos de la empresa. Articulo 135 L.F.T. Fracción I.- Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo, o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe. “La seguridad en el trabajo es un ideal tan noble y elevado que para su logro deben conjugarse los esfuerzos de la empresa, de los representantes sindicales y de los trabajadores”.19 19 GUERRERO, Euquerio, Manual de Derecho del Trabajo, vgésima tercera edición, Porrúa, México, 2003. 40 Fracción II Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón. Es tan necesaria la asistencia ininterrumpida del trabajador a su jornada que la ley prohíbe expresamente las faltas injustificadas o sin permiso de ahí que con cuatro faltas o más se sanciona al trabajador con la pena más alta de rescisión de contrato. Fracción III.- Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada. Por lo anterior podemos concluir que si el trabajador se apodera de objetos de la empresa estaría cometiendo una falta de probidad. Fracción IV.- Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante salvo que exista prescripción médica antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentarle la prescripción suscrita por el médico. La violación a estas normas producirá la rescisión de contrato inminente. Fracción VI.- Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza de este lo exija, se exceptúan de esta 41 disposición las punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo. El legislador planteo prevenir actos de violencia al no permitir el ingreso de armas exceptuando las que se consideran como herramientas de trabajo, así mismo dentro de esta excepción se encuentran los trabajadores que tienen a su cargo la vigilancia del centro de trabajo y que deban contar con un arma para la defensa. Fracción VII.- Suspender las labores sin autorización del patrón. Esta fracción se refiere a la prohibición de paros ilegales, salvo que la consecuencia sea causa justificada. Fracción VIII.- Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo. En la práctica esta fracción se viola frecuentemente tada vez que es común que los trabajadores organicen colectas en el caso de un fallecimiento o para actos religiosos que frecuentemente están autorizados por el patrón. Fracción IX.- Usar los útiles y herramientas suministradas por el patrón para objeto distinto de aquel a que están destinados. 42 Esta fracción se refiere obviamente también cuando estos útiles se hacen para fines personales. Fracción X.- Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento. El hacer propaganda en el lugar de trabajo provoca indisciplina además “el centro de trabajo lugar indicado para desempeñar las labores y que para ello se dispone del tiempo convenido, por lo que el destinatario a otros fines, en horas de labor implica falta de probidad ya que se va a cobrar un salario utilizando el tiempo de trabajo en objetivos diferentes”.20 b) Obligaciones Complejas “Las obligaciones complejas son aquellas en las que se reúnen varias obligaciones simples o sea que se juntan las de hacer, no hacer, dar o tolerar.21 Art. 134. Fracción I.-Cumplir las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades competentes y los que indiquen los patrones para la seguridad y protección personal de los trabajadores.20 GUERRERO, Euquerio, Manual de Derecho del Trabajo, vigésima trcer edición, Porrúa, México, 2003, p.247. 21 DÁVALOS, José, Derecho del Trabajo I, quinta edición, Porrúa, México 1994, p.264. 43 Fracción II.- Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patrones para la seguridad y protección personal de los trabajadores. Fracción III.- Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente al trabajo. Fracción VII.-Observar buenas costumbres durante el servicio. Esta fracción sin lugar a dudas es por motivos éticos, además nos sirve para evitar indisciplina, es de carácter moral y social. Fracción X.- Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable. El trabajador enfermo que asiste a laborar disminuye su capacidad de trabajo, y como consecuencia su productividad, además de que puede agravar su padecimiento de tipo profesional y causar perjuicio a su organismo y eleva la responsabilidad del patrón. 44 e) El deber de fidelidad “En realidad la fidelidad expresa aquella obligación que todo trabajador tiene , sea o no depositario de la confianza del patrón de actuar en su trabajo y aún en su vida particular en términos que no causen daños al patrón.22 Este deber se refiere a la honestidad e interés que pone el trabajador en sus actividades cotidianas, así como el respeto en el trato hacia el patrón a la no divulgación de secretos o información, es decir a todo aquello que no atente contra el patrón ni cause perjuicio al contrario. “Las obligaciones en que se manifiestan principalmente este deber de lealtad son las siguientes: a) Guardar los secretos de la empresa. b) Abstención de actos de competencia. c) Obligación de trabajar eficientemente. d) Obligación humanitaria de asistencia. e) Obligación de actuar con honestidad 22 DE BUEN L.,Néstor, Derech del Trabajo, tomo segundo, décima edición, Porrúa, México, 1994,p.388. 45 2.5. Derechos Sindicales “Los derechos de los sindicatos pueden dividirse en derechos directos y derechos reflejos: Los primeros derivan del derecho estatutario y de los beneficios logrados por la actividad de los sindicatos, en tanto los segundos son las prerrogativas que la ley otorga a los trabajadores sindicados respecto de quienes no lo son”23 El jurista Mario de la Cueva propone un catálogo de derechos que poseen los sindicatos: a) Derecho a participar en la vida del sindicato. b) Derivado del anterior, el de concurrir a las asambleas. c) La facultad de votar todas las decisiones de la asamblea y la aptitud de ser votado para cualquier puesto sindical. d) El derecho a desempeñar el cargo para el que fue elegida la persona. e) El derecho de exigir el cumplimiento puntual de los estatutos y reglamentos sindicales. f) Relacionado con el anterior el de exigir la rendición de cuentas. g) Cada uno de los sindicados tienen la facultad de exigir la intervenci ón del sindicato ante el empresario o las autoridades del trabajo, a fin de que reclamen el cumplimiento cabal de sus derechos de los contratos- ley. 23 DE LA CUEVA, Mario, El Nuevo Derecho Mexicano del Trabjo, segundo tomo, séptima edición, Porrúa, México, 1993, p.353. 46 2. Derechos Reflejos a) Las cláusulas de preferencia sindical. 2.6. Obligaciones de los Sindicatos El articulo 377 L.F.T., señala que son obligaciones de los sindicatos: I Proporcionar los informes que les soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se refieran exclusivamente a su actuación como sindicatos. II Comunicar a la autoridad ante la que estén registrados, dentro de un término de diez días, los cambios de su directiva y las modificaciones de los estatutos, acompañando por duplicado copia autorizada de las actas respectivas, y III Informar a la misma autoridad cada 3 meses, por lo menos de las altas y bajas de sus miembros. “Las disposiciones anteriores le permiten a la autoridad que conozca el funcionamiento del sindicato, para evitar en muchas ocasiones que pueda desviarse de su autentico rumbo social, pero entiéndase bien que tales obligaciones no implican ninguna facultad para que las autoridades intervengan en la vidad interior de los sindicatos porque esto sería atentar contra la libertad sindical.”24 24 TRUEBA URBINA, Alberto, y TRUEBA URBINA, Jorge, Ley Federal del Trabajo. Octogésima segunda edición, Porrúa, México, 2001, p.181 y182 47 El articulo 371 LF.T., establece que dentro de los estatutos del sindicato estarán las obligaciones y derechos de los asociados de ahí que se puede resumir que la obligación principal del sindicato es la de cumplir el derecho de la comunidad. Así pues se deducen que existen obligaciones concretas de los sindicatos tales como: a) “Cumplir con los deberes paralelos a los de los ciudadanos: Concurrir a las asambleas, votar las desiciones, desempeñar pulcramente las comisiones que se les confieran por la asamblea o por la directiva sindical de conformidad con los estatutos. b) Acatar los acuerdos de las asambleas y de la directiva, dictados en los términos estatutarios. c) Pagar las cuotas sindicales ordinarias.”25 25 DE LA CUEVA, Mario, El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo, tomo segundo, séptima edición, Porrúa, México, 1993, p.354 y355. 48 2.7. Prohibiciones de los Sindicatos Art. 378 L.F.T. Queda prohibido a los sindicatos: I Intervenir en asuntos religiosos. II Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro. Así mismo la doctrina deduce otra prohibición Realizar acto alguno en perjuicio de la comunidad, la violación de este principio es uno de los motivos más frecuentes de expulsión. 49 CAPÍTULO TERCERO CONTENIDO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA 3.1 La Responsabilidad Social Corportiva Hoy Anteriormente las personas esperaban que todos los problemas sociales fueran resueltos exclusivamente por el gobierno, sin embargo debido a la ineficiencia estatal y a los malos resultados obtenidos por este, el campo de lo social pasó a depender no solo del estado si no también de organizaciones civiles. Así entendemos que en el campo social, donde se manifiestan los problemas que padece la sociedad civil en relación con sus condiciones de vida, y donde se aplican políticas que pretenden resolverlos, estos problemas sociales que el estado enfrenta son el desempleo, subempleo, salarios bajos, falta de capacitación, analfabetismo, bajo nivel académico, hacinamiento en viviendas, carencia de servicios básicos como agua potable, drenaje, energía eléctrica, enfermedades y muertes evitables, inseguridad, etcétera, de ahí que existan empresas sociales, definiéndose estas como: “La empresa social : es una entidad no lucrativa o del gobierno que opera como una empresa en la forma en que obtiene sus recursos, también conocidos como empresas de riqueza comunitaria, estas entidades generadoras de recursos no son ni 50 puramente filantrópicas, ni exclusivamente comerciales, sirven a dos aspectos esenciales: uno definido por su misión social y otro por su motivación de ser redituable”26 Si bien es cierto que parala gran mayoría de las empresas lo que buscan es un lucro, la sociedad espera de ellas que aún cuando no sean sociales, si por lo menos aporten una pequeña parte de su fuerza en apoyo social. “Hoy destacadas compañías reconocen que su propia salud no puede ser mejor que la de la sociedad en la que operan. Contribuir a esa salud a través de diversos medios de ayuda gratuita es un buen negocio La actividad filantrópica cuidadosamente planteada y relacionada con el interés propio de la compañía, no sólo es un valioso instrumento para las comunicaciones, sino que además crea una relación sensible con la comunidad. Sin embargo aún cuando podamos observar grandes beneficios en practicar la filantropía corporativa no ha faltado quien se oponga a ella como el economista y profesor Milton Friedman quien atrajo mucha atención en varios círculos, argumentando: “que el ejecutivo que gasta una gran porción de los ingresos de su compañía en propósitos sociales está en efecto, robando ese dinero a los accionistas. Friedman pensaba que nada podía servir más para destruir el sistema de empresa privada que una aceptación real de la doctrina de responsabilidad social, es decir del concepto de que las corporaciones 26 SEGOVIA, Shirley, SEGOL, Eli,, Interés Común, Bien Común, traducción Beltrán Felix, Edith Oxford, México, 2001, p. 198 51 tienen la obligación de participar en una forma social positiva en la comunidad y el país en el que viven y trabajan, más allá de la sola producción de utilidades. La lógica simple del profesor de que la gerencia de una compañía no tenía derecho a gastar dinero para propósitos distintos del de producir utilidades tuvo un cierto atractivo. Parte de este atractivo pudo haber sido su valor de choque por tener la osadía de seguir que hacer bien era malo. Sin duda algunos de los ejecutivos de espíritu más avaro encontraron justificación a sus instintos naturales abrazando la filosofía”.27 Razonamientos como el anterior eran arrastrados por diversas accionistas que apoyándose a tales ideas llegaban a creer que la única moral y ética a la que debían obedecer era la de producir utilidades para los accionistas. El argumento en contra de la filantropía corporativa fue luego relacionado por algunas personas quienes señalaron que una corporación no es más que una ciudadana de papel, y que esta no era otra cosa más que una invención legal , la cual habilitaba al individuo para invertir sin el riesgo de un fracaso que pudiera menoscabar sus activos personales . Es más esta ciudadana de papel estaba libre de la moralidad humana podía vivir y continuar desempeñando su función, la cual era básicamente obtener una utilidad siempre y cuando lo hiciera de manera legal y fuera capaz de responder a las 27 F GARBETT, Tomas, Imagen Corporativa, como crearla y Proyectarla, edt. Legis, Bogotá Colombia, p.99 y 100. 52 necesidades de la sociedad, sin tener que responder por compromisos éticos o morales como los ciudadanos reales. Sin embargo y afortunadamente pese a los argumentos en contra de la responsabilidad social en los últimos tiempos se ha proliferado esta tendencia y más aún la mayoría de los casos lo han hecho con la autorización de los propios accionistas y esto ha sido gracias a la creciente conciencia de que las corporaciones solo pueden tener éxito en la medida en que operen en una sociedad saludable, educada, culturalmente madura y prospera. La filantropía debe tenerse en cuenta en todo examen de la misión corporativa, durante la planeación estratégica y como herramienta de comunicaciones, porque es no sólo una poderosa forma de comunicarse, sino además un componente básico para la creación de una cultura corporativa en la medida en que la corporación desee involucrarse en ella, y en la medida en que sea percibida por sus empleados, clientes y accionistas, así como la comunidad. Evidentemente va a ser mayor el respeto y la actividad favorable expresados hacia la compañía que sale a ayudar pero ese es solo el principio. La gente es generosa con quines a su vez demuestran generosidad. Las personas asociamos la forma en que una compañía se comporta y esas ayudas forman parte de su propio patrón de conducta, la gente se relaciona con su trabajo si la compañía en la que trabaja es generosa, 53 probablemente ella ayude a los demás dentro de la compañía y en su vida comunitaria. El hacer cosas buenas es contagioso. En ciertas formas la filantropía también puede ser uno de los medios más efectivos de llegar a grupos, objetivos particulares, eventos culturales selectos, haciendo que estos grupos importantes volteen hacia ella asumiendo una actitud favorable hacia esta. 3.2. Actores Sociales o Grupos de Interés Los actores sociales o grupos de interés tienen expectativas respecto al comportamiento de la empresa, si estas expectativas no se cumplen, dichos actores pueden llegar a penalizarla bien sea por medios legales o mediante la negativa a contribuir al logro de los objetivos de la empresa, por ejemplo la renuncia de un cliente a comprar sus productos o haciendo críticas públicas o con opiniones negativas sobre productos o servicios de la empresa en los medios de comunicación. Recordemos pues que “ la responsabilidad social de la empresa puede definirse como el conjunto de obligaciones que la empresa tiene para con la sociedad.”28 28 TENA, Joaquín, El Entorno de la Empresa, Eada Gestion, 19992, Barcelona p. 97. 54 De todo lo anteriormente expuesto podemos afirmar que una corporación que práctica la responsabilidad social atiende a 5 públicos distintos: Los dueños, los empleados, los clientes, los residentes de los vecindarios locales de la compañía y la sociedad en general. A los públicos arriba referidos se hallan preocupados de diferentes maneras por lo inadecuado de las actuales soluciones gubernamentales. al problema social y por la supervivencia de la corporación como entidad económica. A los dueños de las empresas les preocupa la supervivencia de la compañía como entidad económica con el incremento de los costos y la declinación de las utilidades como resultado de problemas sociales y con las crecientes demandas por la intervención pública en la administración de las empresas para asegurar la responsabilidad social, la corporación como forma organizacional se ve amenazada con su extinción bien sea a consecuencia de una improductividad que al final de cuentas se traduzca en quiebra o por su absorción por parte del gobierno, como resultado de reglamentos cada vez más numerosos y sofocantes. A los dueños de las empresas también les preocupa como individuos lo inadecuado de los esfuerzos que se han hecho para resolver los problemas sociales, en virtud de que la calidad y seguridad de sus vidas se ven amenazadas como dueños o accionistas, les desasosiega la ineficacia cada 55 vez mayor y la reducida productividad de las empresas, todo ello originado por problemas sociales no resueltos. Los problemas sociales elevan el costo de hacer negocios, redudiciendo por ende las ganancias para los accionistas. El crimen ocasiona la elevación de tarifas de seguro y de los costos de operación . El abuso de las drogas hace subir los costos de mano de obra y administración de personal.La contaminación ambiental también hace crecer los costos de producción debido a los constantes clamores por una tecnología más libre de contaminantes, todo ello en conjunto significa que los problemas sociales reducen las utilidades. A los clientes de las corporaciones les preocupan enormemente los problemas sociales, no resueltos pues temen una decadencia en localidad y disponibilidad de los productos y servicios, como los costos de realizar negocios los impulsan los problemas sociales, muchos de tales costos, tendrá que soportarlos el consumidor en la forma de precios más altos, inferior calidad o ambas cosas ala vez. Además conforme aumente la reglamentación gubernamental, la disponibilidad de una gran variedad de artículos y servicios declinará correspondientemente y con las corporaciones en su totalidad baja la variedad, calidad y disponibilidad de productos y servicios típicamente se 56 convertirá en monopolio absoluto del gobierno en lo tocante a artículos para el consumidor y servicios. A los empleados les preocupan los importantísimo problemas sociales de pobreza, crimen, abuso de drogas, conflictos raciales, injusticia social y contaminación ambiental, así como el sobre calentamiento de la tierra, ya que estos problemas afectan directamente la calidad y seguridad de sus propias vidas. Al mismo tiempo, también les angustia lo relativo a la supervivencia de la empresa, no necesariamente por el amor que le tengan, sino porque abrigan serios temores respecto a la inseguridad reconseguir sus ingresos económicos, y quizás también psíquicos en alguna parte. Si las corporaciones dejaran de existir hasta el mismo cambio a un empleo socialista enteramente gubernamental significaría multitud de cambio y el desquiciamiento de muchas vocaciones y carreras, para no mencionar las muchas nuevas compulsiones que se impondría a los empleados por parte de un patrón autócrata y omnipotente. Los residentes de los vecindarios locales de las corporaciones también sienten preocupación respecto a la actitud que tomen estos en lo tocante a problemas sociales en parte porque también son miembros de los otros tres públicos a que hemos aludido anteriormente, empleados, dueños y consumidores; pero además porque los efectos de las actividades de la 57 corporación se derraman en sus propias vidas y propiedades. El pequeño propietario, cuya casa se encuentra cerca de una planta química sufre directamente la negligencia por parte de esa planta para resolver los problemas sociales de contaminación, desempleo, salubridad y habitaciones. Además si las compañías locales son improductivas y se ven obligadas a salir del negocio ello afectará enormemente la base impositiva de la comunidad con una consecuente disminución en los servicios municipales. Por último al público en general le preocupa muchísimo la solución de los problemas sociales con la participación de la industria pues alienta pocas esperanzas de que el gobierno haga todo el trabajo por sí solo y a causa del desasosiego general en lo tocante a estabilidad supervivencia y crecimiento del sistema económico tradicional del país. “En general las exigencias a las que deben hacer frente las empresas en cuanto a la calidad del producto o servicio, seguridad en su utilización, el plazo de entrega etc. Se han incrementado. El consumidor con nuevas instituciones que le respaldan se defiende de los abusos reales o supuestos de los oferentes de bienes o servicios”29 29 Ibìdem. p. 96. 58 3.3 Principios Rectores de la Responsabilidad Social Corporativa Las corporaciones pueden seleccionar los temas sociales que les interesen como ejemplo: Económicos.- Como la rentabilidad y con ello la satisfacción de los propietarios, satisfacción y lealtad de los clientes, estabilidad financiera. Ecológicos.- Como pueden ser contribuir a la limitación y control de la contaminación, tratamiento de residuos, mejora en el entorno. Personales.- Retribución económica a los empleados, capacitación entrenamiento y educación. Seguridad e higiene en los trabajos Productos.- Calidad, innovación y mejora del producto. Conexión con la sociedad.- Actividades en lacomunidad, contribución al bienestar social, educación, artes, contribución a la saludy bienestar. Imagen pública . Servicio público o privado.- Valoración de lo que la entidad entrega a su entorno, facilidad de acceso al producto o servicio, , calidad. 59 Legitimidad de las acciones empresariales.- Contratación equitativa, sexo, procedencia social, minusvalidos, etc.,. Ética empresa y entorno.- Otra de las posibilidades que puede ayudar a revisar el conjunto de las opciones estratégicas o de las decisiones de cualquier nivel con que se enfrente la empresa se encuentra en el ámbito ético los valores éticos, refiriéndonos a lo bueno y lo malo en el comportamiento humano y sus resultados. Estas creencias cambian en el tiempo y son distintas para los distintos grupos sociales y que en muchas circunstancias podemos traducir en grupos de interés. Al mismo tiempo, existe un conjunto de esas creencias que son ampliamente compartidas por muchas culturas. En toda la problemática arriba señalada es justamente donde entra nuestra materia de estudio que es la Responsabilidad Social Corporativa, en este apartado haremos un análisis de los compromisos que cada día más empresas adoptan en diferentes ámbitos para contribuir con los problemas sociales que hoy nos atañen a todos. Estos elementos comunes pueden hallarse en las declaraciones y textos constitucionales más difundidos en , muchos países. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, podría ser un ejemplo, por lo tanto, la ética esta en la sociedad, en las creencias y comportamientos de todas las personas que la forman, no solo de los directivos y empleados de las 60 empresas, se trata de un hecho del entorno como tal puede recibir muy diverso tratamiento. En México no existe una Ley que reglamente o defina que claramente es la Responsabilidad Social Corporativa, por consiguiente será para nuestro estudio si una empresa debe aplicar medios objetivos a su comportamiento social, es necesario establecer normas que sean generalmente aceptadas y de ahí extensamente aplicables. Puede decirse que existe un acuerdo difundido entre la mayoría de las industrias, de las distintas ramas a consenso en que las corporaciones son responsables por lo siguiente: “1.- Obedecer las leyes más importantes en forma muy particular aquellas que imponen también sanciones morales, que generalmente se aceptan como buenas como las que se refieren al asesinato, esclavitud y hurto. 2.- Trato humano a los empleados. 3.- Negociación honrada, veraz y justa con otras empresas, consumidores y empleados. 4.- Veracidad en los informes financieros. 5.- Respeto por el espiritu, así como por la letra de los contratos, suministrando así una razonable calidad cantidad de producto o servicio por el precio estipulado. 6.- Producir o cuando menos tratar de proporcionar una ganancia justa a los inversionistas sobre su inversión en forma de utilidades. 7.- Igual oportunidad de empleo aunque sea únicamente en puestos a nivel de entrada. 61 Existe un acuerdo mayoritario ( entre la generalidad de las industrias y en casi todas las ubicaciones de la responsabilidad de las empresas incluye estos puntos: 8.- Contabilización interna y presupuestos de capital de todos los desembolsos mayores incluyendo
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