Logo Studenta

Gestion-social-tarea-de-los-diputados-como-representantes-populares

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA 
DE MÉXICO 
________________________________________________ 
FACULTAD DE DERECHO 
SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCINAL Y AMPARO 
 
 
“GESTIÓN SOCIAL, TAREA DE LOS DIPUTADOS COMO 
REPRESENTANTES POPULARES”. 
 
 
T E S I S 
QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE: 
LICENCIADO EN DERECHO 
P R E S E N T A: 
ARIEL CRUZ FERNÁNDEZ 
 
 
ASESOR: LIC. FELIPE ROSAS MARTÍNEZ 
 
MÉXICO, CIUDAD UNIVERSITARIA JUNIO DE 2006 
 
 
 
 
UNAM – Dirección General de Bibliotecas 
Tesis Digitales 
Restricciones de uso 
 
DERECHOS RESERVADOS © 
PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL 
 
Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal 
del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). 
El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea 
objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para 
fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo 
mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, 
reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el 
respectivo titular de los Derechos de Autor. 
 
 
 
 ÍNDICE 
 
INTRODUCCIÓN 
 
CAPITULO I Antecedentes Históricos y Legales del Congreso de los Estados 
Unidos Mexicanos. 
 Página 
1.1 El Poder Legislativo en la Época Prehispánica ................................... 1 
1.2 Época Colonia ..................................................................................... 2 
1.3 Constitución de Cádiz ......................................................................... 4 
1.4 Los Sentimientos de la Nación ............................................................ 6 
1.4.1 Acta de Instalación del Primer Congreso ...................................... 7 
1.5 Constitución de Apatzingán ................................................................ 9 
1.6 Documentos Constitucionales de 1814 a 1824 ................................... 12 
1.6.1 Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba .................................... 12 
1.6.2 Acta de Independencia .................................................................. 13 
1.6.3. Bases Constitucionales de 1822 .................................................. 15 
1.6.4 Reglamento Provisional Político del Imperio mexicano ................. 16 
1.6.5 Plan de Constitución de 1823 ........................................................ 17 
1.6.6 Acta Constitutiva de la Federación ................................................ 17 
1.7 Constitución Federal de 1824 ............................................................. 18 
1.8 Las Siete Leyes Constitucionales ....................................................... 20 
1.9 Bases Orgánicas de 1843 ................................................................... 22 
1.10 Constitución Liberal de 1857 .............................................................. 24 
1.11 El Congreso en la Constitución de 1917 ............................................ 26 
1.11.1 El Representante Popular ........................................................... 31 
 
 
 
 
CAPITULO II Funciones del Poder Legislativo y la Representación Popular de 
la Cámara de Diputados 
 
2.1 Facultades del Poder Legislativo ...................................................... 33 
 2.2.1 Facultades como Congreso de la Unión .................................... 35 
 2.1.2 Facultades como Cámara de Senadores ................................... 68 
 2.1.3 Facultades como Cámara de Diputados .................................... 76 
 2.1.3.1 Facultades de Representación ................................... 84 
2.2 Funciones de los Diputados .............................................................. 88 
 2.1.2 Funciones Legislativas ............................................................... 91 
 2.2.2 Funciones Jurisdiccionales ........................................................ 93 
 2.2.3 Funciones Financieras ............................................................... 94 
 2.2.4 Funciones de Control ................................................................ 95 
 
CAPITULO III Gestión Social Tarea del Representante Popular 
 
3.1 Marco Conceptual ........................................................................... 98 
 3.1.1 Soberanía Popular ................................................................... 98 
 3.1.1.1 Legitimación Política .................................................. 100 
 3.1.2 Poder, Mandato y Representación ........................................... 102 
 3.1.3 Actividades Parlamentarias ...................................................... 104 
 3.1.3.1 Gestión Social ............................................................ 104 
3.2 Los Diputados como Representantes Populares ............................ 106 
 3.2.1 Relación Jurídica entre los Diputados y sus Electores .............. 108 
3.3 Gestión Social ................................................................................. 111 
 3.3.1 Que Implica la Gestión Social .................................................. 111 
 3.3.2 Comité de Información, Gestoría y Quejas de la 
 Cámara de Diputados ...................................................................... 112 
 3.3.2.1 Fundamento Legal ..................................................... 114 
 3.3.2.2 Estructura .................................................................. 114 
 3.3.2.3 Funcionamiento ............................................................ 115 
 
CAPITULO IV Sistema Nacional de Gestión, una Propuesta Viable 
 
4.1 Fundamentos, Principios, Bases Rectoras y Estructura .................. 119 
4.2 Objetivos y metas ............................................................................ 126 
4.3 Servicios y beneficios ...................................................................... 128 
4.4 Cifras estadísticas de los logros alcanzados ................................... 129 
 
ANEXO 1 ................................................................................................ 131 
 
ANEXO 2 .............................................................................................. 139 
 
 
CONCLUSIONES .................................................................................. 148 
 
BIBLIOGRAFÍA 
 
 
 1
INTRODUCCIÓN 
 
La finalidad que motivo la realización de este trabajo, es la obtención del 
grado de Licenciado en Derecho, investigación que lleva por titulo “La Gestión 
Social, Tarea de los Diputados como Representantes Populares”; dando a conocer 
un enfoque de la representación popular que desempeñan y deben realizar los 
Diputados a través de la Gestión Social. 
 
Desde los primeros documentos constitucionales que rigieron la vida 
política de nuestro país, se ha contemplado al Poder Legislativo como uno de los 
Poderes Públicos de mayor importancia en la vida constitucional de nuestra 
nación, en virtud de ser el encargado de la elaboración de las normas jurídicas 
que deberán regir la conducta de nuestra sociedad, así como representar los 
intereses del pueblo a través de la Cámara de Diputados; mandato constitucional 
que debería cumplirse con base en los artículos 39, 40, 41, 50 y 51 de nuestra 
carta magna, pero que desgraciadamente no se ha llevado a cabo en el verdadero 
sentido de la palabra, toda vez que, la Cámara de Diputados, se ha avocado 
exclusivamente a desarrollar las funciones legislativas, jurisdiccionales, financieras 
y de control, dejando en segundo término, la atención y seguimiento de las 
peticiones y demandas ciudadanas, el trabajo a favor de la sociedad, el 
acercamiento con el electorado etc. en pocas palabras, se han olvidado de una 
representación realdel pueblo, siendo que tanto ésta como las anteriores, forman 
parte de la actividad de representación política a la que los obliga y faculta nuestra 
Constitución; es por ello, que la gestión social, implica una tarea primordial para 
lograr la armonía y el bienestar común, traducido en el mejoramiento económico, 
social y cultural del pueblo, generando también para los Diputados una 
legitimación real por el pueblo que debe presentarse en todo país que se 
considere Democrático. 
 
Por lo anterior, en el presente trabajo realizo un estudio, en el cual pretendo 
demostrar que la gestión social, traducida como el conjunto de actividades, 
 2
estrategias, mecanismos y servicios, cuya finalidad exclusiva, es la atención 
oportuna, el seguimiento y solución de las peticiones y demandas de la sociedad, 
es una tarea primordial que deben desarrollar los Diputados en su calidad de 
representantes del pueblo. 
Para llegar a tal fin, desarrollo y analizo el trabajo en cuatro capítulos. 
 
En el capítulo uno, hago un recorrido por la historia de nuestro Poder 
Legislativo mexicano, empezando por las primeras épocas en las que ya se 
contemplaba una organización política, siguiendo por los incipientes documentos 
constitucionales que se aplicaban en nuestro país y que contemplaban la 
representación del pueblo a través de los Diputados, posteriormente se analizan 
los documentos que rigieron durante el proceso de independencia de nuestra 
nación, mostrando de que manera consideraban al Poder Legislativo y en concreto 
a la Cámara de Diputados; concluyendo con el Congreso de la Unión, 
contemplado en nuestra actual Constitución Política de los Estados Unidos 
Mexicanos, de 1917, y las funciones de representación popular que se establecen 
a favor de los Diputados. 
 
En el siguiente capitulo, abordo el análisis de las funciones del Poder 
Legislativo, y la representación popular de la Cámara de Diputados, inicio 
desarrollando las facultades que dicho Poder tiene como Congreso de la Unión, es 
decir, como órgano bicameral, las que ejercen ambas Cámaras en forma separada 
y sucesiva y las que corresponden al propio Congreso de la Unión en su carácter 
de asamblea única; continuo con las facultades exclusivas del Senado de la 
República, como órgano de elección popular, siguiendo con las facultades que 
constitucionalmente se atribuyen de manera exclusiva a la Cámara de Diputados y 
la facultad de representación popular con la que cuenta ésta. En esa línea, 
detallamos las funciones que los Diputados llevan a cabo en su quehacer político y 
a las cuales se han avocado de manera casi exclusiva. 
 
 3
El capitulo tercero, lo dedico al estudio y análisis de la gestión social y la 
representación popular de los Diputados. Desarrollo primeramente de manera 
conceptual los elementos esenciales, indicando lo que se entiende por soberanía 
popular, legitimación política, poder, mandato, representación y actividades 
parlamentarias, la implicación con la gestión social y la actividad que desarrollan 
los Diputados. Se examina la naturaleza de los Diputados como representantes 
populares, la relación jurídica que existe entre éstos y sus electores, el concepto 
de gestión social de acuerdo a lo que actualmente algunos Diputados y actores 
políticos llevan a cabo, su implicación, así como la actividad de gestión social que 
el Comité de Información Gestoría y Quejas realiza a favor de la ciudadanía, su 
estructura, fundamento legal y funcionamiento real. 
 
Por último, en el capitulo cuarto, mostramos el gran avance que algunos 
Diputados Federales y en concreto el Grupo Parlamentario del Partido 
Revolucionario Institucional ha logrado en materia de Gestión Social dentro de la 
Cámara de Diputados, a través de la creación de un programa vanguardista 
denominado Sistema Nacional de Gestión Social y Atención a la Demanda, con el 
fin de lograr esa vinculación necesaria entre electores y representantes, 
atendiendo de manera oportuna las demandas y peticiones de la ciudadanía en 
general; señalo los fundamentos en los que se basa dicho programa, principios, 
bases rectoras, estructura, objetivos, metas, servicios con los que cuenta y los 
beneficios que ha dado a la sociedad, independiente de la afiliación partidista. lo 
que demuestra que la gestión social es una tarea esencial que todos los Diputados 
deben y pueden desarrollar para lograr consolidar un verdadero país democrático. 
CAPITULO I Antecedentes Históricos y Legales del Congreso de los Estados 
Unidos Mexicanos 
 
1.1 El Poder Legislativo en la Época Prehispánica 
 
En lo que actualmente es el territorio nacional, durante diferentes períodos 
cronológicos habitaron múltiples pueblos de diferentes grados de civilización, esto 
antes de la conquista, los regímenes sociales en que estaban organizados eran 
muy rudimentarios y solo se basaban en la costumbre. 
 
Todo lo que regía la vida de estos pueblos eran leyes primitivas que se basaban 
en un derecho consuetudinario, todo lo anterior se basa en la interpretación de 
códices y el estudio de usos sociales ya desaparecidos, en virtud de falta de 
derecho estatutario o exacto. 
 
“No se conoce documento prehispánico alguno dónde estén registradas las 
disposiciones legales u otro tipo de normas que regían la vida de los pueblos 
indígenas. Todas las Noticias que nos han llegado al respecto fueron recogidas 
por cronistas y estudiosos de la época colonial,”1es poco lo que se conoce del 
derecho y la legislación entre las culturas aborígenes y siempre es tardío, en 
realidad corresponde a los años anteriores a la conquista. Debe partirse, por tanto, 
del examen minucioso de los datos arqueológicos y el género de vida que revelan, 
para inferir así cómo pudo haber sido el derecho prehispánico y por consiguiente 
nuestro Poder Legislativo como tal, en diferentes períodos de su historia. 
Tomando en consideración lo que indica el autor Carlos Cravioto, podemos 
señalar que en la época prehispánica, se practicó el sistema de discutir en 
asambleas tribales los asuntos comunes, y de establecer ciertas normas de 
convivencia. Dichas asambleas estaban integradas por los representantes de las 
 
1 Los Sentimientos de la Nación. MUSEO LEGISLATIVO. 4ª Edición, México, Talleres Gráficos de la 
Cámara de Diputados, 2002, LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. 
Pág.13. 
 
tribus que, en la mayoría de los casos eran también los jefes de las mismas; entre 
sus facultades figuraban para ciertos funcionamientos, las electivas. “En 
Tenochtitlan el órgano legislativo estaba formado por el tlatocan, Supremo 
Consejo que constituía un cuerpo con funciones muy diversas: legislativas, 
administrativas y judiciales simultáneamente. Originalmente lo formaban todos los 
jefes del Calpulli con sus asistentes de policía, los principales sacerdotes y los 
delegados de los barrios. El Tlatocan, se reunía regularmente, cada doce días, y 
en pleno cada ochenta,”2 lo que podría considerarse como antecedente de lo que 
actualmente se conoce como período de sesiones. 
 
1.2. Época Colonial 
 
Sobre los estratos del mundo prehispánico, la conquista abrió paso a la 
colonización, y ésta trajo consigo instituciones y formas de vida diferentes. 
“Gradualmente, se produjo uno de los elementos más singulares de nuestra 
historia: el mestizaje, fenómeno que resulto de la amalgama físico cultural 
española, indígena y negra.”3 
 
La conquista de los españoles hizo desaparecer los diferentes estados autóctonos 
al someterlos al imperio de la corona española, al ser sometidos produjo como 
consecuencia la imposición de un régimen jurídico y político sobre el espacio 
territorial y sobre el elemento humano que integraban las formas estatales y de 
gobierno en que dichos pueblos se encontraban estructurados, los pueblos 
aborígenes en la medida en que fueron sojuzgadospor la conquista, dejaron de 
ser estados para convertirse en el elemento humano de dicha organización que 
los unió al Estado Español y sus respectivos territorios bajo un solo imperio y 
dominio, se conjuntaron para formar geográficamente la nueva España. 
 
 
2 CRAVIOTO CÓRTES, Carlos, Idea y Génesis de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. 
México: Cámara de Diputados, LV Legislatura,1994, Págs. 30, 31. 
 
3 Los Sentimientos de la Nación. MUSEO LEGISLATIVO. op cit. Pág. 19. 
Durante la Colonia, aunque había órganos locales en América que resolvían los 
problemas de la vida cotidiana, las leyes -propiamente cedulas reales, autos, 
provisiones, o bien, cualquier resolución de su majestad, impresa y publicada, en 
materia simple y de cierta importancia- emanaron de la Corona y eran dictadas a 
través del Consejo Real y Supremo de las Indias y tendieron siempre a favorecer 
los intereses de España sobre sus dominios. 
 
La Nueva España, al igual que otras colonias de ultramar, tuvo un sistema general 
de instituciones políticas compuesto por un dispositivo central-peninsular, 
representado por el rey, sus secretarios y el Consejo de Indias; otro dispositivo 
central americano, integrado por el virrey y la(s) Audiencia(s); un dispositivo 
provincial y distrital, con los gobernadores y corregidores o alcaldes mayores; y un 
dispositivo local, constituido por los cabildos y sus oficiales.4 
 
“La Audiencia fue considerada como cuerpo legislativo, ya que revisaba y 
aprobaba las ordenanzas que se daban a las poblaciones de América, así como la 
de constituirse en Real Acuerdo, para dictar todas las leyes que se considerasen 
necesarias para el buen funcionamiento de la Colonia”.5 
 
La legislación criolla se constituyo con la legislación municipal que formaban las 
ordenanzas de los cabildos, una especie de reglamento que se discutía cada año 
y se redactaba por una comisión de vecinos; las funciones legislativas de los 
Ayuntamientos se referían a expedir normas y disposiciones de observancia 
general para regular diversos aspectos de la vida local. 
1.3 Constitución de Cádiz 
 
La invasión napoleónica en España en 1808 y la abdicación del rey, provocaron 
que algunas colonias influidas por los ideales liberales aprovecharan esta 
situación para tratar de definir su situación política, al no reconocer la autoridad 
 
4 Ibid. Pág. 21 
5 CRAVIOTO CÓRTES, Carlos, op. cit., Pág. 31. 
de José I, hermano de Napoleón, quien ocupaba el trono en lugar de Fernando 
VII. En la Nueva España, dicho desconocimiento fue realizado por el Ayuntamiento 
de la Ciudad de México, órgano considerado como aquel que más se acercaba a 
una auténtica representación de la voluntad e intereses populares, lo cual 
representó el primer paso para la emancipación política, sin lograr tener éxito en 
su totalidad. 
 
Este intento por alcanzar la soberanía dejo una profunda huella; con el tiempo, 
nuevas oportunidades se presentarían para manifestar el descontento, las Cortes 
de Cádiz fueron la segunda fase en este camino a la liberación. La convocatoria 
para las elecciones ante estas Cortes, se publicó en 1809 y en ella se ordenaba la 
elección de Diputados por cada uno de los quince Ayuntamientos y las dos 
provincias internas. Un cuerpo representativo, formado por 16 miembros acudió a 
España con el fin de defender los intereses de la Nueva España. 
 
“Las Cortes de Cádiz, de 1810-1812 van a elaborar un amplio código, impregnado 
de las nuevas ideas liberales. En sus reuniones indiciadas a partir del 24 de 
septiembre de 1810, diéronse cita un gran número de americanos y de liberales 
españoles, quienes estaban influidos por las ideas dominantes y quienes tomaron 
de los modelos mas cercanos, las constituciones francesas de 1791 
principalmente y de la de 1793 y de la de 1795, no solo los principios doctrinales, 
sino las fórmulas institucionales.”6 
 
En las Cortes de Cádiz se reveló la injusticia política que obstaculizaba el 
desarrollo natural de los pueblos que habían quedado bajo el reino de la península 
y se expusieron cuestiones tan determinantes como la libertad de imprenta, las 
leyes de elecciones para ayuntamientos y diputaciones provinciales, la separación 
de la autoridad militar de cualquier intervención judicial, el respeto a los derechos 
individuales y las bases del sistema social. El documento emanado de ese 
 
6 TORRE VILLAR DE LA, Ernesto, El Constitucionalismo Mexicano y su origen, Universidad Nacional 
Autónoma de México, México 1978. Pág. 203. 
ejercicio legislativo, fue la Constitución de Cádiz, denominada Constitución 
Política de la Monarquía Española, promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812 
y en la Nueva España el 30 de septiembre del mismo año, aunque su vigencia fue 
breve tuvo gran influencia en las subsecuentes constituciones del México 
independiente, “establecía que la facultad para expedir las leyes residía en las 
Cortes con el rey, dichas cortes eran reuniones de todos los Diputados 
representantes de la nación, integrados por asambleas deliberantes, 
representativas, unicamerales, y con funciones legislativas”.7 
 
Como puede notarse desde esta época ya se consideraba a los Diputados 
representantes de la nación y los cuales eran nombrados por los ciudadanos. 
Posteriormente, con el retorno de Fernando VII al trono español en 1814, se 
vuelve al absolutismo que prevalecía, implicando la cancelación del esfuerzo 
liberal y la abolición de la Constitución, así como, la disolución de las Cortes e 
inclusive encarcelamiento de algunos Diputados. Cádiz significó sólo un aspecto 
del ansia de libertad que prevalecía en los territorios hispanoamericanos. Lo 
importante de la Constitución, fueron las ideas liberales que prevalecieron y que 
en ella se busco establecer que la soberanía residiera originalmente en el 
pueblo, esencial para determinar la representación popular que actualmente 
tienen los Diputados. Asimismo, esta Constitución, junto con las francesas y las 
Declaraciones norteamericanas, van a servir de antecedente inmediato de muchas 
constituciones hispanoamericanas de los primeros años, así como de la 
Constitución de Apatzingán y de los demás documentos constitucionales de 
nuestra Nación. 
 
1.4 Los Sentimientos de la Nación 
 
La Nueva España había elegido otra vía para lograr las condiciones de igualdad. 
El 16 de septiembre de 1810, encabezados por el cura don Miguel Hidalgo y 
 
7 CRAVIOTO CÓRTES, Carlos, op. cit. Pág. 32. 
Costilla, los americanos despertaron a la lucha por la independencia; fue entonces 
cuando las posibilidades de una nueva nación comenzarían a surgir. 
 
El movimiento encausado por Hidalgo en sus inicios, parecía que se dirigía contra 
el mal Gobierno de Fernando VII, pero con el tiempo fue extendiéndose y adquirió 
impulsos legislativos, que tuvieron como resultado la expedición de diferentes 
decretos o bandos que denotaron una manifestación clara de las tendencias 
ideológicas de los Insurgentes, el más importante es sin duda alguna el que 
declaró abolida la esclavitud y suprimida exacción que pesaba sobre las Castas, 
expedido por Hidalgo el 06 de diciembre de 1810. Por su parte José María 
Morelos y Pavón, continuó con la lucha emancipadora que dejó trunca Miguel 
Hidalgo, pretendiendo hacerla culminar en una verdadera organización 
Constitucional. 
 
El documento que Morelos crea para tal fin, se conoce como Los Sentimientos de 
la Nación, o 23 puntos dados por Morelos para la Constitución. 
 
 
 
 
 
1.4.1 Acta de Instalación del Primer Congreso Mexicano 
 
Documento considerado a la vez como “Acta de Instalación de la Corporación de 
Chilpancingo y como Acta de instalación del Primer Congreso de Anáhuac, emitida 
el 13 de septiembre de 1813;con el cual se congrego a todos los electores de la 
provincia de Tecpan para votar por el representante, encargado de formar el 
cuerpo deliberante de la nación.”8 Se considera que la instalación del Primer 
Congreso Mexicano, dió lugar al inicio de la historia de nuestro Poder Legislativo y 
de la característica representativa de nuestros Diputados, en virtud de que las 17 
 
8 Ibid. Pág. 33 
provincias que conformaban el país estaban representadas por 17 Diputados 
respectivamente. “El 13 de septiembre, que impropiamente se ha considerado 
como la fecha de inauguración del Congreso, fue día destinado a organizar 
diversas comisiones y a tomar el juramento, como diputado por la provincia de 
Tecpan al Dr. José Manuel Herrera. La verdadera apertura, el acto grandioso y 
solemne, tuvo lugar el 14 de septiembre de 1813. Ante una concurrencia 
expectante, curiosa y entusiasmada,”9 el Congreso de Chilpancingo se inauguró 
con un discurso leído por Morelos, en el se perfiló la línea que habría de definir el 
rumbo de la revolución insurgente. Los Sentimientos de la Nación, nombre con 
que se conoce el documento, consigan las disposiciones de orden político, 
económico y social que deberían considerarse en la futura legislación nacional. 
 
La realización del primer Congreso significó un intento por lograr la separación de 
España y la capacidad de una Nación para gobernarse así misma. “Entre los 23 
puntos dados por Morelos, destacaron la declaración de la independencia, la 
preservación de la religión católica, el ejercicio de la soberanía, división de 
poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el otorgamiento para los americanos, 
la condena de los gobiernos tiránicos, la capacidad del Congreso para hacer 
leyes,”10 entre otros. Entre los puntos más importantes que hasta nuestros días ha 
trascendido y que nos importa de acuerdo al tema abordado en este trabajo, es el 
establecido en el punto 5º, el cual señalaba que la soberanía dima 
inmediatamente del pueblo, el que quiere depositarla en sus representantes 
dividiendo los poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, eligiendo las provincias 
sus vocales, y éstos a los demás, que deberían ser sujetos sabios y de probidad, 
lo que podríamos considerar como el precedente directo del artículo 39 de nuestra 
actual Constitución. 
• América es libre e independiente de España y de toda otra nación gobierno 
o monarquía. 
 
9 LEMOINE VILLICAÑA, Ernesto, Zitacuaro, Chilpancingo y Apatzingán; Tres grandes momentos de la 
Insurgencia, Editorial Archivo General de la Nación, 1963. Pág.425. 
10 NUESTRAS CONSTITUCIONES, Documentos Mexicanos 1913-1917, Los Sentimientos de la Nación, 
Mueso Legislativo, México, Talleres Gráficos de la Cámara de Diputados, LVIII Legislatura de la Cámara de 
Diputados. Pág. 11. 
• Que la patria no será del todo libre y nuestra, mientras no se reforme el 
gobierno. 
• Que en la nueva legislación no se admita tortura. 
• Que la esclavitud se proscriba para siempre y lo mismo la distinción de 
castas quedando todos iguales. 
 
El punto número doce, trascendente en nuestra historia legislativa estipulaba que 
“como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso, 
deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo moderen la opulencia y la 
indigencia”, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre que mejore sus 
costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto. 
En este punto se concreta el pensamiento social de Morelos. “En esta declaración 
parecen estar comprendidos los principios fundamentales que forman a nuestro 
constitucionalismo social del siglo XX; pues, sin proponérselo, pero recogiéndola 
por necesaria, tal vez, el Congreso Constituyente de 1916-1917, hace suya esta 
declaración que muy probablemente no conocía y nuestra constitución de 1917 
dará cabida, en lo que tiene de más noble, a todos los principios que aquélla 
contiene.”1 
 
“En el resto del documento se recogen emotivamente, sin orden lógico, los 
lineamientos de los elementos constitucionales. Es decir se trata de emociones 
patrióticas, del gran prócer Morelos.”2 
El paso dado por Morelos sentó las bases que deberían de definir y puntualizar la 
concepción de soberanía en la Nación, este documento notable por su claridad, 
revela el ideario de la independencia resumido por Morelos, es la suma insurgente 
que muestra los aspectos de renovación política, social y económica que mas 
preocupaba en ese tiempo. 
 
 
1 SAYEG HELU, Jorge, Introducción a la Historia Constitucional de México, 6ª Edición, México, Editorial 
PAC S.A. de C.V., 2000, Págs. 32, 33. 
2ARNAÍZ AMIGO, Aurora, Derecho Constitucional Mexicano, 2ª Edición, México, Editorial Trillas S. A de 
C.V., 1990, Pág. 22. 
“El día 6 de noviembre de 1813 desde Chilpancingo, el Congreso expediría el acta 
solemne de la declaración de independencia de la América septentrional, en la 
que apoyándose naturalmente en una concepción rotunda y absolutamente 
democrática que desembocaba en el derecho de autodeterminación, declaraba 
haber recobrado el ejercicio de su soberanía usurpado; que en tal concepto queda 
rota para siempre jamás y disuelta la dependencia del trono español; que es el 
arbitro para establecer las leyes que le convenga para el mejor arreglo y felicidad 
interior, para hacer la guerra y paz y establecer alianza con los monarcas y 
repúblicas del antiguo Continente.”3 
 
1.5 Constitución de Apatzingán. 
 
La finalidad esencial del Congreso de Chilpancingo fue elaborar el proyecto de 
Constitución, el cual entre persecuciones y las precarias condiciones en las que se 
encontraban, se dan prisa para dar por terminado dicho proyecto, por lo que, “El 
22 de octubre de 1814, al fin, la pequeña y deteriorada imprenta de Apatzingán, 
sacaba a la luz el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, 
en 22 capítulos repartidos en 242 artículos,”14conocido también como Constitución 
de Apatzingán. Con la promulgación de este decreto, puede decirse que culmina 
la obra legislativa del Congreso de Chilpancingo. 
“Este documento no llegó a estar vigente, ya que los Diputados que los discutieron 
y juraron, no tuvieron otra representación, que la atribuida a ellos por Morelos, por 
lo que carecían de investidura legal para formular una Constitución. 
Redactado por Andrés Quintana Roo, Carlos María Bustamante y José Manuel 
Herrera, entre otros,”15 se integró por 22 capítulos y doscientos cuarenta y dos 
artículos, sin títulos. Dividida en dos grandes secciones: la primera denominada 
principios o elementos constitucionales, comprendía seis capítulos los cuales 
abarcaron cuarenta y un artículos, en los cuales se legisló sobre religión, 
soberanía, ciudadanía, definición y características de la ley, derechos del hombre 
 
3 SAYEG HELU, Jorge, op. cit. Pág. 35. 
14 LEMOINE VILLICAÑA, Ernesto, op cit.. Pág. 431. 
15 NUESTRAS CONSTITUCIONES. Documentos Mexicanos 1913-1917. op. cit. Págs. 15, 16. 
y obligaciones de los ciudadanos; la segunda conocida como forma de gobierno, 
se compuso de veinte capítulos y reglamentó la organización, funcionamiento y 
relación de los Poderes Públicos entre sí. 
 
Estableció que la América Mexicana era libre, que eran mexicanos todos los 
nacidos en América; que el Poder se dividiría en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. 
El Legislativo estaría representado en una sola Cámara de Diputados. Los ideales 
consagrados en este documento consignaban ya la emancipación total de España 
y otorgaban a los habitantes la libertad necesaria para ilustrarse, trabajar y 
progresar sin restricción alguna. 
 
Abordando lo relativo al Poder Legislativo, éste estaba normado por los siguientes 
preceptos: 
• La soberanía reside originariamente en el puebloy su ejercicio en la 
representación nacional, compuesta por Diputados elegidos por los 
ciudadanos. 
• El cuerpo representativo de la soberanía del pueblo llevará el nombre de 
Supremo Congreso Mexicano, se compondrá de diputados elegidos, uno 
por cada provincia, e iguales en autoridad. 
• Los Diputados serán inviolables por sus opiniones y en ningún tiempo podrá 
hacérseles cargo de ellas.16 
 
El Supremo Congreso se componía de Diputados elegidos uno por cada provincia, 
con igualdad en autoridad, lo que muestra el principio de que los Diputados son 
los representantes de la nación al ser elegidos por el pueblo, elemento 
trascendente en nuestro trabajo, en virtud, de que es necesario establecer a partir 
de que momento el Diputado, es responsable de sus acciones frente a sus 
electores. 
 
 
16 CRAVIOTO CÓRTES, Carlos, op cit. Pág. 34. 
Las atribuciones del Congreso eran muy amplias y comprendían elegir a los 
integrantes del Supremo Gobierno y del Supremo Tribunal de Justicia, a los 
funcionarios civiles y militares, examinar y discutir los proyectos de ley, 
interpretarlas y derogarlas, entre otras. 
 
Sin embargo, nació, cuando el país se encontraba todavía bajo la tutela española; 
y no habiendo podido aún, triunfar militarmente la facción que la expidió, no 
llegaría a tener, pues, la vigencia deseable. Como lo manifiesta el autor Jorge 
Sayeg: “El hecho de haber promulgado la Constitución antes del triunfo material, 
llevó a los insurgentes a dar mayor énfasis, a los ideales políticos que perseguía el 
movimiento. Y, asimismo, la eficacia de la Constitución de Apatzingán, al no 
depender sino de las armas independentistas, se halló circunscrita a los propios 
insurgentes y a los territorios por ellos ocupados. Ello es suficiente, no obstante, 
parta afirmar su validez y vigencia en la historia de México, como nuestra primera 
carta fundamental.”17 
 
1.6. Documentos constitucionales de 1814 a 1824 
 
1.6.1 Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba 
 
Iguala y Córdoba vendrían a reemplazar, así, esas otras dos poblaciones de 
nuestra patria: Chilpancingo y Apatzingán, mudos testigos de aquél, genuino 
movimiento libertador, que Hidalgo, continuado por Morelos, había extendido y 
organizado magistralmente. 
 
“Muy lejos del trazo liberal de Apatzingán, y más lejos aún de las tendencias socio-
liberales de Chilpancingo, en Iguala se perfila ya, la imagen falsificada de la patria 
mexicana y se acentúa ésta en Córdoba.”18 
 
 
17 SAYEG HELU, Jorge, op. cit. Pág. 37. 
18SAYEG HELU, Jorge, El Constitucionalismo Social Mexicano, 2ª Edición, México, Editorial UNAM, 
INHERM, 1987. Pág.196. 
Con la muerte de Morelos y la disolución del Congreso, se abre una nueva etapa 
en la vida nacional. En 1820, con la restauración de la Constitución liberal de 
Cádiz de 1812, se restableció la monarquía constitucional, lo cual trajo nuevas 
restricciones al rey, y redujo el poder de la iglesia, posibilitó la colonización 
extranjera en territorios hispanoamericanos y liberalizó el comercio. 
En la Nueva España el Virrey Juan Ruiz de Apodaca proclamó la Constitución y, 
con ello, la posibilidad de ejercer la representatividad. Agustín de Iturbide, del 
bando realista fue considerado como el personaje idóneo para acercarse al 
caudillo insurgente Vicente Guerrero y plantear la emancipación como la vía ideal 
para contrarrestar el constitucionalismo liberal hispano. Iturbide y Guerrero 
acordaron en el Plan de Iguala, la independencia bajo la forma de un gobierno 
monárquico constitucional, tal como lo indica Fernández Ruiz, al señalar que “el 
jefe del ejército realista designado para combatir la insurgencia en el sur del país, 
Agustín de Iturbide elaboró un plan de independencia que, con la aprobación de 
Vicente Guerrero y otros jefes insurgentes, proclamo en iguala el veinticuatro de 
febrero de 1821, conforme a un esquema de monarquía moderada regulada por 
una constitución que elaborarían las Cortes cuyos Diputados deberían elegirse 
bajo ese concepto. Fernando VII o alguien de su dinastía o de otra reinante, sería 
el emperador.”19 
 
A su vez, los tratados de Córdoba del 24 de agosto de 1821, instalaban la Junta 
Provisional, la cual gobernaría interinamente conforme a las leyes vigentes en 
todo lo que no se opusiera al Plan de Iguala y mientras las Cortes formaran la 
Constitución del Estado. 
 
El Poder Legislativo, por consiguiente, residió en las Cortes, y mientras éstas se 
integraban, se dejaba provisionalmente a cargo de una Junta de gobierno, a fin de 
que la regencia, depositaria provisional del Ejecutivo, no reuniera en sí ambos 
poderes. 
 
 
19 FERNÁNDEZ RUÍZ, Jorge, Poder Legislativo, México, Editorial Porrúa, UNAM, 2003, Pág.132. 
 1.6.2 Acta de Independencia 
 
Como ha quedado señalado en puntos precedentes, el 24 de agosto de 1821, 
O´Donojú, Teniente General de los Ejércitos de España; e Iturbide, primer Jefe del 
Ejército Imperial Mexicano de las Tres Garantías; firmaron los Tratados celebrados 
en la Villa de Córdoba. Estos tratados reconocían al Plan de Iguala y, por lo tanto, 
la Independencia de México, así como el fin de la dominación española, además 
de la existencia del Imperio Mexicano como Nación Soberana e Independiente. 
Asimismo, contemplaban las disposiciones del Plan de Iguala relativas a la forma 
de gobierno del nuevo país. 
 
O´Donojú, designado como intermediario para entregar la capital sin 
derramamiento de sangre, entabló negociaciones con el general Novella quien, 
después de prolongadas pláticas, reconoció la autoridad de O´Donojú y le entregó 
el mando de la guarnición real el día 13 de septiembre. El Ejército Trigarante, al 
mando de Iturbide, hizo su entrada triunfal en la Ciudad de México el 27 de 
septiembre de 1821. 
 
El primer acto de la Junta Provisional Gubernativa, consistió en decretar el Acta de 
Independencia del Imperio Mexicano (28 de septiembre de 1821), en uno de 
cuyos párrafos estipulaba: 
 
 "La nación mexicana que por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni 
libre el uso de la voz, sale hoy de la opresión en que ha vivido. 
 
Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la 
empresa eternamente memorable que un genio superior a toda admiración y 
elogio, por el amor y gloria de su patria, principió en Iguala, prosiguió y llevó al 
cabo arrollando obstáculos casi insuperables. 
 
Restituida, pues, cada parte del Septentrión al ejercicio de cuantos derechos le 
concedió el Autor de la naturaleza, y reconocen por inenajenables y sagrados las 
naciones cultas de la tierra, en libertad de constituirse del modo que más 
convenga a su felicidad, y con representantes que puedan manifestar su 
voluntad y sus designios, comienza a hacer uso de tan preciosos dones, y 
declara solemnemente por medio de la junta suprema del imperio, que es nación 
soberana e independiente de la antigua España, con quien en lo sucesivo no 
mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha en los términos que 
prescribieren los tratados: que entablará relaciones amistosas con las demás 
potencias, ejecutando respecto de ellas, cuantos actos pueden y están en 
posición de ejecutar las otras naciones soberanas: que va a constituirse con 
arreglo a las bases que en el plan de Iguala y los tratados de Córdova, 
estableció sabiamente el primer jefe del ejército imperial de las tres garantías: y 
en fin, que sostendrá a todo trance y con el sacrificio de los haberes y vidas de 
sus individuos (si fuere necesario) esta solemne declaración, hecha en la capital 
del imperio a 28 de septiembre de 1821, primero de la independencia mexicana.- 
(...firmas...)" "Tendrálo entendido la regencia, mandándola imprimir, publicar y 
circular.- México, 6 de octubre de 1821, primero de la independenciade este 
imperio. 20 
 
“Las funciones que de hecho asumió esta Junta calificada de soberana y 
provisional, fueron esencialmente legislativas, es decir, de órgano 
predominantemente legislativo, el primero que expidió normas para todo el país, 
sin que se le pusiera tacha alguna a su intrínseca soberanía.”21 
La Junta Tendría exclusivamente el ejercicio de la expresión nacional hasta la 
reunión de las Cortés, tendría todas las facultades que estuvieran declaradas a las 
Cortés, por la Constitución Política de la monarquía española, en todo lo que no 
contradijera a los tratados de Córdoba. 
 
 1.6.3. Bases Constitucionales de 1822 
 
De acuerdo con las Bases Constitucionales aceptadas por el Segundo Congreso 
mexicano, del 24 de febrero de 1822, el Poder Legislativo tenía las siguientes 
 
20 ARNAÍZ AMIGO, Aurora, op. cit. Págs. 37, 38. 
21 BARRAGÁN BARRAGÁN, José, Introducción al Federalismo, México, UNAM, 1972, Pág.5. 
características: la soberanía nacional residía en el Congreso, el cual se 
componía de una sola Cámara integrada por Diputados representantes de la 
nación, reservándose éste el ejercicio del Poder Legislativo en toda su extensión. 
“Este documento político acentúa su apego al Estado-Iglesia, que se mantiene 
ininterrumpidamente en México desde su incorporación al occidente cristiano. En 
su corta redacción se declara la soberanía nacional y el gobierno monárquico 
moderado constitucional que se denominará imperio mexicano: En consecuencia 
declaran que la religión católica apostólica romana será la única del Estado con 
exclusión de otra alguna. 
La misma declaración de fe, presente y venidera, se repetirá en el siguiente 
reglamento provisional político del imperio mexicano promulgado el 10 de enero 
(1823), acordado el 18 de diciembre de 1822.”22 
 
 1.6.4. Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano 
 
En noviembre de 1822 Iturbide, con el carácter de emperador, forma la Junta 
Nacional Instituyente, la cual tuvo como funciones la de redactar un proyecto de 
Constitución, convocar a un nuevo Congreso que resolviera acerca de dicho 
proyecto, y legislar provisionalmente, sin embargo, solo pudo formular el proyecto 
de reglamento denominado Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano. 
 
Emitido el 18 de diciembre de 1822, establecía la Junta Nacional Instituyente, 
como el Órgano en el que residía el Poder Legislativo, se establecía la división de 
poderes, los cuales eran incompatibles en una misma persona o corporación. 
Dicho proyecto no llega aprobarse, en virtud de que paralelamente a estos 
trabajos, comenzaron a surgir una serie de levantamientos a favor del Congreso 
anteriormente disuelto y opuestos a las disposiciones autoritarias de Iturbide. 
Frente a esta situación, el emperador señaló que la Junta se encargaría 
únicamente de elaborar la convocatoria al nuevo Congreso, y no la redacción de la 
Constitución, al tiempo que abdicó para salvar la difícil situación a la que se 
 
22 ARNAÍZ AMIGO, Aurora, op. cit. Pág. 39 
enfrentaba. La disolución de la Junta y el restablecimiento del Congreso fueron 
inmediatos. Éste, por su parte, aprovechó para desconocer la autoridad del 
Ejecutivo, anuló la elección del emperador, rechazó la supuesta abdicación y 
confirmó su destitución. 
 
1.6.5 Plan de Constitución de 1823 
 
El 8 de noviembre de 1823 al inicio de las labores legislativas del nuevo Congreso, 
se designó una comisión para elaborar el Plan de Constitución Política de la 
Nación Mexicana. En el Congreso, los representantes defendían las opciones 
viables para la organización de México, por lo que, este plan no alcanzó a ser 
discutido por el Congreso, pero influyó en cierta medida en la Constitución Federal 
de 1824. 
En la Base Tercera de dicho Plan, señalaba que el Cuerpo Legislativo o Congreso 
Nacional se componía de Diputados inviolables por sus opiniones, solo un 
antecedente de lo que actualmente es el fuero legal. 
 
El Congreso Nacional se componía de Diputados y paralelamente consignaba el 
funcionamiento de un Senado compuesto por individuos elegidos por los 
Congresos provinciales, pero sin facultades definidamente legales. 
 
1.6.6. Acta Constitutiva de la Federación 
 
El primer paso para otorgar un cuerpo legal a la Nación fue el Acta Constitutiva de 
la Federación, aprobada el 31 de enero de 1824, en la que se establecieron los 
lineamientos para conformar el Estado Mexicano; así México, paso de ser una 
monarquía a una república federal. 
 
El Poder Legislativo estaba contemplado en el artículo 10 de mencionada Acta, el 
cual se depositaba en una Cámara de Diputados y en un Senado, que 
compondrían el Congreso General. 
 
En ella se establece por primera vez como tal, el sistema bicameral, tanto la 
Cámara de Diputados como el Senado, componían el Congreso General. La 
primera de ellas con una representación nacional y el segundo con una 
representación de las entidades. 
 
“La comisión de Diputados encargada de elaborar esta Acta señalaba que debía 
contener ya la forma terminada de gobierno definitiva y el firme establecimiento de 
éste, por tal motivo, este texto, del Acta, no podría sino ser fundamental, y ello 
mismo debía servir de base a los trabajos posteriores que realizaría dicha 
Comisión. Contemplaba ya, principios tales como, el de la declaración de que la 
nación mexicana es libre, es soberana por sí misma y es independiente para 
siempre de España, señalaba ya la forma de gobierno de republica representativa 
popular federal, entre otros, tenía el carácter de supremacía, al menos mientras se 
elaboraba y promulgaba la Constitución, fue fundamental porque sirvió de base a 
la propia Constitución Federal de 1824.”23 
 
1.7 Constitución Federal de 1824 
 
Como producto del debate legislativo, en el seno del Congreso Constituyente 
surgió la primera Constitución Federal. El 04 de octubre de 1824 se da a conocer 
a la Nación Mexicana. La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, 
fue la primer carta de tipo federal y sistema bicameral; documento que estuvo 
vigente sin alteraciones hasta 1835. 
 
Esta Constitución, estuvo integrada por siete Títulos, subdivididos en secciones, y 
de 171 artículos. Estableció en su artículo 4º que “la nación mexicana adopta para 
su gobierno la forma de república representativa popular federal,”24 divide a 
México en diecinueve Estados y cinco Territorios, facultó a cada Estado para 
 
23 BARRAGÁN BARRAGÁN, José, Principios sobre el Federalismo Mexicano:1824, México, Departamento 
del Distrito Federal, 1984, Pág.86. 
24 ARNAÍZ AMIGO, Aurora, op. cit. Pág. 50. 
elegir a un Gobernador con Asambleas Legislativas propias, los Estados serían 
independientes, libres y soberanos en su administración y gobierno interior, 
mientras que el Poder Supremo de la Nación estaría dividido en Legislativo 
compuesto por dos cámaras; la de Diputados y la de Senadores, el Ejecutivo se 
depositaba en una sola persona, el Presidente de la República y un 
Vicepresidente, y Judicial, el cual se atribuía a la Suprema Corte de Justicia. 
 
El Poder Legislativo Federal se depositaba en un Congreso General. Este se 
dividía en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores. La Cámara de 
Diputados se integraba con representantes, elegidos en su totalidad cada dos 
años, por los ciudadanos de los estados, en elección indirecta. En cuanto a la 
Cámara de Senadores, ésta se compondría de dos Senadores por cada Estado, 
elegidos por mayoría absoluta de votos por sus legislaturas y renovados por mitad 
cada dos años. Cada Cámara calificaba las elecciones de sus respectivos 
miembros. 
 
Un antecedente del período de sesiones y de lo que es la Comisión Permanente 
que actualmente funciona en nuestra Cámara de Diputados lo señalo este 
documento alindicar que “el Congreso General se reunirá anualmente, del 1º de 
enero al 15 de abril, en sesiones diarias, las cuales podrán prorrogarse hasta por 
treinta días. Durante sus recesos habrá un Consejo de Gobierno, compuesto por 
un Senador de cada Estado.”25 
Para determinar la relación entre el legislador y el cuerpo electoral en la 
Constitución de 1824, es viable retomar la idea del autor Jorge Fernández, al 
considerar que: “En el constituyente de 1823-1824 se advierte en muchos de sus 
miembros los resabios del esquema feudal de representación política, y por otra 
parte la influencia estadounidense, la que al final se impone para establecer 
implícitamente que los Diputados, elegidos por la ciudadanía, serían 
 
25 CRAVIOTO CÓRTES, Carlos, op. cit. Pág 36. 
representantes del pueblo, y los Senadores, designados por las legislaturas, 
serían representantes de los Estados.”26 
 
1.8. Las Siete Leyes Constitucionales de 1836 
 
Desde la caída del Primer Imperio empezaron a gestarse dos corrientes políticas: 
la federalista, republicana y de inspiración democrática; y la centralista, 
monárquica y defensora de privilegios. 
 
El cambio en el rumbo de la política de López de Santa Anna traería resultados 
funestos para la República. En efecto, Santa Anna que debió haber definido las 
reformas liberales impulsadas en el breve periodo de gobierno de Gómez Farías, 
por el contrario, se declaró a favor del partido conservador. Santa Anna deroga la 
legislación reformista impulsada por Don Valentín Gómez Farías, produciendo un 
grave retroceso al conservadurismo, al mismo tiempo se asentaba un duro golpe 
al federalismo. 
 
El Congreso Federal se reunió en 1835, integrado en su mayoría por elementos 
conservadores, algunos de los cuales propusieron, en ejercicio de facultades 
extraconstitucionales, revisar la Constitución de 1824, omitiendo el plazo 
establecido para su reforma, y otros opinaron que el Congreso tuviera sólo 
carácter convocante. 
El 23 de octubre de 1835, el Congreso aprobó la ley constitutiva que con el 
nombre de Bases para la Nueva Constitución Mexicana, pone fin al sistema 
federal, en estas bases el ejercicio del Poder Legislativo residiría en un Congreso 
de representantes de la nación, dividido en dos cámaras, una de Diputados y otra 
de Senadores, los cuales serían elegidos popular y periódicamente; instaurando 
como consecuencia el régimen conservador centralista, prefiguró el contenido de 
la inmediata Constitución de las Sietes Leyes, la primera promulgada en diciembre 
de1835, la segunda en abril de 1836 y las cinco restantes en diciembre de ese 
 
26 FERNÁNDEZ RUÍZ, Jorge, op. cit. Pág. 173. 
mismo año. Dividida en siete estatutos, se caracterizó porque en ella se establece 
que el sistema gubernativo de la nación era el republicano representativo popular, 
el Poder se dividiría en cuatro: Ejecutivo, Legislativo -compuesto por dos cámaras: 
de Diputados y de Senadores- Judicial y Conservador controlador de los otros 
tres. La división territorial se establecía con base en departamentos dejando a un 
lado la antigua división por estados, sus gobernantes serían designados por el 
gobierno central y las llamadas juntas departamentales serían elegidas 
popularmente. 
 
La tercera de las siete leyes constitucionales, fue la que se ocupó del Poder 
Legislativo, estableciendo la regulación de su elección, organización y 
atribuciones. 
 
El Poder Legislativo se hallaba depositado en el Congreso General, el cual se 
componía de las tradicionales dos cámaras: de Diputados y de Senadores; pese a 
que estos últimos no serían más representantes de las distintas entidades que 
integraban el territorio nacional. “El Senado, íntima y esencialmente ligado al 
sistema federal, en tanto tendía a evitar la desigualdad, ante la necesidad de 
conceder a Estados grandes y pequeños, representación igual en la participación 
del gobierno nacional, al aparecer en 1936, tuvo que revestir, pues, una modalidad 
diferente. Se conservaba sólo como cámara revisora, a la cual no estaba permitido 
revisar leyes; y en la revisión de los proyectos de éstas.”27Se limitaba, además, el 
número de sus miembros integrantes, a 24 senadores. A diferencia del Diputado 
que podría considerarse representante del pueblo, el Senador de la república 
centralista carecía de vinculación con la ciudadanía, dada su designación ayuna 
de participación del electorado, siendo elegidos por las juntas departamentales. 
 
1.9 Las Bases Orgánicas de 1843 
 
 
27 SAYEG HELÚ, Jorge, El Constitucionalismo Social Mexicano, op. cit. Pág.280. 
Las revueltas internas entre federalistas del Partido Liberal y centralistas del 
Partido Conservador no cesaron, esta lucha se incrementó con la bancarrota del 
erario, la separación de Texas, la Guerra con Francia, el descontento popular por 
las arbitrariedades de Santa Anna y la posibilidad de que éste intentara establecer 
una monarquía constitucional. Así surgieron nuevamente pronunciamientos 
federalistas para establecer la Constitución de 1824, mientras que los centralistas, 
querían cambiar el implicado mecanismo de la Constitución de 1836, para 
conservar el régimen unitario. 
 
Con el objeto de convocar a un nuevo Congreso y elegir un Presidente 
Provisional, en el mes de septiembre de 1841, López de Santa Anna declara las 
Bases de Tacubaya. Como resultado de las elecciones de Diputados que se 
efectuaron en abril de 1842, el pueblo eligió a un importante número de 
representantes de tendencia liberal, “predominaron los abogados; los militares y 
los sacerdotes, en una proporción menor, las demás clases, propietarios, mineros 
comerciantes, estuvieron escasamente representados, sin embargo es de resaltar 
el espíritu cívico de estos diputados y su convicción de que las diferencias podrían 
dirimirse por la vía del dialogo;”28en su mayoría interesados en regresar al régimen 
federalista. En 1843, durante el gobierno dictatorial de Antonio López de Santa 
Anna, se nombró la Junta Nacional Legislativa que sancionaría una nueva Carta 
Constitucional bajo el título de Bases de Organización Política de la República 
Mexicana de 1843. 
Constitución compuesta de 11 títulos y 202 artículos, establecía la República 
Centralista, pero suprimió el Supremo Poder Conservador y reiteró la intolerancia 
religiosa; “prescribía como organización política de la nación, la República 
Representativa y Popular. El Ejecutivo, por su parte, recuperaba fuerza y la 
República quedaba dividida en departamentos con un gobernador designado por 
el Presidente, al tiempo que continuaba prescribiendo la supervivencia de fueros y 
privilegios para la Iglesia y el ejercito.”29Se depositaba el Poder Legislativo en un 
 
28 NORIEGA ELIÚ, Cecilia, El Constituyente de 1842, México, UNAM, Instituto de Investigaciones 
Históricas, 1986, Pág. 13. 
29 LOS SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN, Museo Legislativo, Op. cit. Pág.28. 
Congreso dividido en dos Cámaras, y en el Presidente de la República por lo que 
respecta a la sanción de las leyes. 
 
Además se impedía el acceso de las clases populares a los cargos de elección 
popular, puesto que los mismos solamente podían ser cubiertos por aquellos cuya 
posición económica los ubicaba entre las clases pudientes. Por ejemplo, “para ser 
diputado se requería tener una renta anual efectiva superior a los mil doscientos 
pesos. Un candidato al Senado requería tener una renta anual no inferior a los dos 
mil pesos, debiendo en el caso de agricultores, mineros, propietarios o 
comerciantes y fabricantes, tener además una propiedad raíz que no bajara de 
cuarenta mil pesos.”30 
 
El Senado adquirió un carácter clasista, puesto que la tercera parte de éste estaba 
constituida por individuos que erandesignados por la Cámara de Diputados, el 
Presidente de la República y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siempre y 
cuando hubieren sobresalido en el campo civil, castrense o eclesiástico, además 
de haber tenido con anterioridad algún cargo público, las restantes dos terceras 
partes del Senado, eran seleccionadas por las asambleas departamentales de 
entre grupos de agricultores, propietarios o comerciantes, es decir, de gente que 
tuviese un poder económico mayor al común de la sociedad. 
Esta constitución estuvo vigente durante tres años, los mismos años de luchas 
entre federalistas y centralistas y la permanente amenaza extranjera, así como la 
invasión y guerra con Estados Unidos. 
 
1.10. Constitución Liberal de 1857 
 
La Constitución de 1857 tiene sus antecedentes en las leyes reformistas que 
promovieron los liberales al triunfo de la Revolución de Ayutla, que derrocó a la 
dictadura Santanista: la llamada ley Juárez, del 25 de noviembre de 1855, que 
suprimió la facultad de los tribunales especiales de las corporaciones militares y 
 
30 CALZADA PADRÓN, Feliciano, Derecho Constitucional. México, Editorial Harla, 1999. Pág.78. 
eclesiásticas para ventilar asuntos civiles; la Ley Lerdo, de junio de 1856, que 
desamortiza los bienes de las corporaciones religiosas y civiles, y la Ley Iglesias, 
del 27 de enero de 1857, mediante la cual se suprimió el pago de obvenciones 
parroquiales bajo coacción civil.31 
 
“El sistema para elegir al constituyente del 56: fue muy criticado ya que los 
ciudadanos elegían a los electores primarios y éstos a los secundarios, que a su 
vez nombraban a todos los Diputados de la entidad federativa correspondiente; 
sistema que de acuerdo, a la crítica que hace Emilio Rabasa a la constitución del 
57, se derivó de la constitución centralista de 1843, hecha exprofesamente para 
dar a Santa Anna el mayor poder que fuera posible,”32 sin embargo, un número 
considerable de liberales ocupó tal cargo, permitiendo su predominó en el 
Constituyente, y por consiguiente en la Constitución. 
 
El 5 de febrero de 1857 se juró la Constitución compuesta por 8 títulos y 120 
artículos, en la cual se consagro la igualdad de los ciudadanos ante la ley a través 
de las garantías individuales, se superó la intolerancia religiosa, quedando 
implícita la libertad de cultos, instituyó el derecho de propiedad y se dio el triunfo 
definitivo del sistema federal. El sistema de gobierno establecido era de carácter 
Republicano, Representativo y Federal, dividido en 3 poderes; Ejecutivo, 
Legislativo (compuesto por una sola cámara, la de Diputados) y Judicial, se 
destacó la prohibición expresa de reelegir de modo sucesivo a los encargados del 
Poder Ejecutivo tanto en la Unión como en los Estados. 
 
Al recoger el antecedente de la Constitución de Apatzingán, la Constitución de 
1857 logró que los Poderes de la Unión fueran del ejercicio de la soberanía 
popular, la cual residía originariamente en el pueblo. Todo poder público 
dimana del pueblo y se instituye para su beneficio; el pueblo ejerce su 
 
31 NUESTRAS CONSTITUCIONES, Documentos Mexicanos 1813-1927, op. cit. Pág. 43. 
32 COSIO VILLEGAS, Daniel, La Constitucional de 1857 y sus Críticos, México, Editorial Hermes, 1973, 
Pág. 123. 
soberanía por medio de los Poderes de la Unión en los casos de su 
competencia, y en los estados por lo que toca a su régimen interior. 
 
Respecto al Poder Legislativo, el artículo 51 de dicha Constitución, le daba las 
características de un cuerpo colegiado, formado por una Asamblea denominado 
Congreso de la Unión, con funciones deliberantes para los efectos del proceso 
legislativo, y de control sobre ciertos actos del Ejecutivo. “Su función esencial era 
la formación de las leyes, pues la iniciativa de éstas las compartía con el 
Presidente de la Unión y las legislaturas de los estados. Fungía como legislatura 
local en lo que atañe al Distrito Federal y territorios.”33 
 
La Cámara de Diputados como único integrante del Poder Legislativo se componía 
de representantes elegidos popularmente en su totalidad cada dos años. Se 
elegía un Diputado por cada cuarenta mil habitantes, o fracción superior a veinte 
mil. Debía celebrar dos períodos de sesiones cada año, entre los cuales 
funcionaba una diputación permanente, compuesta por un Diputado por cada 
estado y territorio. Desaparece el Bicamerismo, suprimiéndose la existencia del 
Senado y por consiguiente la representación de las Entidades Federativas. Una 
sola Cámara, la de Diputados, sería la integrante del Congreso de la Unión. 
 
“La Constitución del 57 creó un Poder Legislativo altamente fuerte y un Ejecutivo 
desmedrado y vacilante; el congreso tenía facultades excesivas, pero 
equivocadas, toda vez que se ocupaba de cosas insignificantes, cuya atención 
traía consigo el abandono de las fundamentales; porque se ocupaba de negocios 
que, aun estando a su alcance, requerían una solución pronta, como resolver 
todos los casos de revalidación y de equivalencia de estudios, no teniendo tiempo 
suficiente para ocuparse de los asuntos propios y dignos de la importancia de un 
Congreso.”34 
 
 
33 CRAVIOTO CÓRTES, Carlos, op. cit. Págs. 39, 40. 
34 COSIO VILLEGAS, Daniel, op. Cit. Págs.154,155. 
1.11. El Congreso en la Constitución de 1917 
 
La Revolución Mexicana culminó con la promulgación de la primera Constitución 
del mundo que acuño los derechos sociales. Esta Constitución tomó las ideas 
federalistas que se habían manifestado desde la Carta Magna de 1824 y que se 
había consolidado en la de 1857. 
 
“Esta Constitución, jurada por Venustiano Carranza el 5 de febrero de 1917, 
establece que nuestro país es una República Democrática y Federal.”35 Deposita 
el Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos, en un Congreso General, 
que estará integrado por dos Cámaras, una de Diputados, como representantes 
del pueblo, y otra, de Senadores, representante de los estados integrantes de la 
Federación. 
 
A través de fórmulas breves y claras, da cuenta de nuestra decisión de habernos 
constituido en lo que actualmente somos, en ella se establece el marco referencial 
y fundamento de nuestras instituciones, así como las características que nos 
definen como Estado y las normas que nos guían en nuestro proyecto de Nación. 
 
Por ello, en congruencia, la Constitución abarca tres cuestiones fundamentales: 
1º La organización del Estado; 2º Las prerrogativas y garantías de los habitantes -
en particular la de los ciudadanos- y 3º Los derechos sociales, como 
reconocimiento de que todo Estado basa su vigencia y viabilidad no sólo en el 
respeto al individuo particularmente considerado, sino en el respeto, apoyo y 
protección de amplios sectores de la sociedad.36 
 
Está formada por 9 títulos y 136 artículos; los 29 primeros acuñan los derechos 
fundamentales del hombre o garantías individuales y forman la parte dogmática; 
los artículos 27 y 123 consagran las garantías sociales y los restantes regulan el 
 
35 NUESTRAS CONSTITUCIONES, Documentos Mexicanos 1813-1917, op. cit. Pág. 47 
36 UGALDE CAMACHO Orlando, “Revisión de las Facultades Exclusivas de las cámaras de Senadores y de 
Diputados”, Estudios Parlamentarios del Congreso, México, año I, número 3, mayo-junio 1996, Pág. 13. 
capítulo geográfico, la forma de gobierno, la división de poderes, la distribución de 
facultades entre los órganos federal y local, la supremacía de la Constitución y su 
inviolabilidad, y reciben el nombre de parte orgánica. 
 
El Congreso de la Unión esta contemplado en el Título Tercero, Capítulo II del 
Poder Legislativo. De acuerdo con nuestra Constitución vigente, el Supremo Poder 
de la Federación, es decir, el Poder Público del Estado Federal Mexicano, se 
encuentradividido para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Nuestro 
Poder Legislativo, depositado en un Congreso General integrado por una Cámara 
de Diputados y una Cámara de Senadores. 
 
Ambas Cámaras han sufrido diversos cambios, en base a los documentos 
constitucionales que han regido la vida política de nuestro país, en cuanto al 
número de integrantes, renovación y otras cuestiones, pero, el origen popular no 
ha cambiado; los Diputados son los Representantes de la Nación y los Senadores, 
representantes de los estados que integran la Federación. 
 
La Cámara de Diputados actualmente está integrada, de acuerdo al artículo 51 
de nuestra Constitución, por 500 Diputados representantes de la Nación, electos 
popularmente en su totalidad cada tres años y no podrán ser reelectos para el 
período inmediato al de su desempeño. 
 
Por cada Diputado propietario se elegirá un suplente, que integrará la Cámara en 
las ausencias temporales o definitivas y en caso de fallecimiento del Diputado 
propietario. 
 
De las quinientas personas que componen la Cámara de Diputados, trescientas 
son electas por el principio de mayoría relativa, de acuerdo con la distribución de 
los distritos electorales uninominales y doscientas por el principio de 
representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en 
circunscripciones plurinominales. A los primeros se les identifica como Diputados 
de mayoría y a los restantes como Diputados de representación proporcional. Las 
diferencias que existen en la forma de elección no se refleja en la investidura ni 
desempeño de sus atribuciones porque ambos tienen las mismas facultades y 
obligaciones como miembros de la Cámara de Diputados. 
 
La elección de Diputados de mayoría relativa requiere de dividir el territorio 
nacional en 300 distritos electorales, que se denominan uninominales, porque en 
ellos se disputa un solo cargo de diputado federal. La demarcación territorial de 
estos distritos se obtiene dividiendo la población total del país entre el número de 
distritos. Y la distribución de los distritos electorales uninominales entre las 
entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de 
población, sin que la representación de la población de un Estado pueda ser 
menor de dos Diputados de mayoría. 
El principio de mayoría consiste en asignar cada una de las curules a repartir entre 
los candidatos que hayan obtenido la mayor cantidad de votos en cada una de las 
circunscripciones o divisiones territoriales electorales en que se divide el país. La 
característica principal de este sistema, es fincar la victoria electoral por una 
simple diferencia de votos a favor del candidato más favorecido. En la mayoría 
relativa se logra el triunfo por la simple pluralidad de votos, aunque estos no 
lleguen a la mitad o incluso con la diferencia mínima de un voto. 
 
Para la elección de los 200 Diputados de representación proporcional y el Sistema 
de Listas Regionales, se constituirán 5 circunscripciones electorales 
plurinominales en el país. El Código Federal de Instituciones y Procedimientos 
Electorales (COFIPE), determina la forma de establecer la demarcación territorial 
de estas circunscripciones; así mismo, la elección de estos Diputados se sujetará 
a las bases establecidas por el artículo 54 Constitucional. 
 
La representación proporcional es el principio de asignación de curules por medio 
del cual se atribuye a cada partido o coalición un número de escaños proporcional 
al número de votos emitidos a su favor a nivel nacional. 
La introducción del principio de proporcionalidad en nuestro sistema de elección 
de diputados, de acuerdo a diversos estudiosos de la materia, obedece a la 
necesidad de dar una representación más adecuada a todas las corrientes 
políticas relevantes que se manifiestan en la sociedad, así como garantizar, en 
una forma más efectiva, el derecho de participación política de la minoría. 
 
A esta Cámara le fue asignada la representación del pueblo y la atribución 
fundamental de elaborar las leyes. Esa representatividad cobra especial 
importancia en el estado federal porque cada Estado o provincia tiene un número 
variable de Diputados federales en relación a su población, a diferencia de la 
Cámara de Senadores donde es el mismo número de individuos por cada entidad 
federativa sin considerar las diferencias territoriales y poblacionales de los 
Estados. 
 
El Senado aparece en México con la Constitución Federal de 1824, bajo el influjo 
de las ideas federalistas norteamericanas. En el Constituyente de 1857 la 
atmósfera no fue grata para el Senado y se decidió por el unicamarismo hasta 
1874 cuando se restaura a instancia de Don Sebastián Lerdo de Tejada. 
 
Con el constituyente de 1917 se consolida el establecimiento del bicamarismo en 
México, quedando contemplado el Senado en el artículo 50 y 56 de nuestra carta 
fundamental, inicialmente se dió una representación paritaria por cada Estado y el 
Distrito Federal, mediante elección directa, renovándose cada cuatro años, 
posteriormente en 1933 el encargo aumento a seis años, y en 1986 se modifica el 
mecanismo de renovación de la Cámara de Senadores, siendo por mitad cada tres 
años, y así le siguieron diversas modificaciones mas. 
 
Pero es hasta el 22 de agosto de 1996, cuando por decreto se reforma totalmente 
el artículo 56 constitucional, determinando que la Cámara de Senadores se 
integrará por 128 Senadores de los cuales, en cada Estado y el Distrito Federal, 
dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno 
asignado por la primera minoría. Se determina la forma en que se elegirá a los 
Senadores de primera minoría. Para esta asignación, los partidos políticos 
contendientes registran en cada entidad federativa una lista con dos fórmulas de 
candidatos. Cada fórmula se integra con un candidato a Senador propietario y otro 
para la suplencia. De esta manera, obtienen la victoria las dos fórmulas que 
alcanzan mayor cantidad de votos y el partido que logra la mayor cantidad de 
votos sin haber triunfado en una de esas fórmulas se beneficiará con el tercer 
Senador propietario y su suplente. La asignación sin embargo, no se hace 
caprichosamente ya que corresponde a la formula de candidatos que encabece la 
lista presentada por el partido político que represente la primera minoría. 
 
Habrá 32 Senadores elegidos según el principio de representación proporcional 
mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal 
nacional, determinándose también que la Cámara de Senadores se renovará en 
su totalidad cada seis años. 
 
Los elegidos por el principio de representación proporcional, mediante el sistema 
de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal que comprende la 
totalidad del territorio nacional, es decir, para competir por los 32 escaños del 
Senado de la República que restan después de haber aplicado las reglas de los 
dos Senadores electos por el principio de mayoría y del tercero Senador que se 
aplica a la primera minoría, en cada estado; los 32 curules restantes se distribuirán 
según votación que obtengan los partidos políticos y de acuerdo con las listas de 
candidatos propietarios y suplentes que los partidos registren en esas listas; 
deben ser originarios o vecinos, con residencia efectiva de más de 6 meses 
anteriores a la fecha de la lección. 
 
1.11.1 El representante Popular 
 
Podríamos preguntarnos, ¿Quién representa los intereses e ideales del pueblo, de 
acuerdo con nuestra Constitución?; la respuesta la encontramos en el artículo 51 
de la misma, al señalar que la Cámara de Diputados se integrará con 
representantes de la Nación, pero como sabemos, la Nación es solo la forma 
organizada del pueblo; es decir, cuando esta comunidad (refiriéndome a pueblo) 
evoluciona en sus sistemas de organización, de identidad yde gobierno, nace lo 
que se conoce como Nación. Por lo tanto, los Diputados deben ser considerados 
los representantes del pueblo, y son ellos quienes deberán representar los 
intereses e ideales de toda la población. 
Para reafirmar lo anterior, el artículo 39 Constitucional establece que la soberanía 
nacional reside esencial y originalmente en el pueblo; el cual a través del ejercicio 
del derecho de voto, elige mediante el sufragio popular a los miembros del Poder 
Legislativo, y en concreto a los miembros de la Cámara de Diputados, poniendo 
en marcha el sistema representativo y democrático que consagra nuestra 
Constitución. 
 
Los integrantes de la Cámara de Diputados no actúan por sí y para si, sino en 
beneficio y en nombre de otros; son representantes y su ser o existencia como 
tales implica la existencia de sujetos diferentes, que son los representados. Por lo 
tanto, las acciones y decisiones del representante produce sus efectos en los 
representados, un ejemplo claro del efecto de las decisiones que toman los 
Diputados, es el presupuesto de Egresos de la Federación, en el rubro de 
educación, al otorgar mayor o menor recursos económicos a las Universidades 
Públicas, generará que haya un mayor o menor acceso a la educación superior de 
jóvenes que deseen continuar con su preparación académica; así también, los 
decretos y leyes que se aprueban anualmente, pueden llegar a generar un efecto 
positivo o negativo en la sociedad, para ello, los Diputados tienen el deber político 
y social de conocer directamente la problemática que aqueja verdaderamente a la 
sociedad y como consecuencia generar leyes acordes a la realidad que se vive. 
 
El principio de representación, implica que el representante tiene una voluntad 
propia y libre, como nuestros Diputados, pero está al servicio del representado y lo 
que haga y diga en su calidad de representante, debe ser dicho y hecho en bien 
del representado, la Cámara de Diputados como Poder Público dimana del pueblo 
y se instituye para beneficio de éste; principio que no todos los Diputados 
Federales han tomado en cuenta. 
 
 
CAPITULO II Funciones del Poder Legislativo y la Representación Popular de 
la Cámara de Diputados 
 
En el siguiente capitulo analizo brevemente las funciones del Poder 
Legislativo Federal, y la representación popular con la que cuenta la Cámara de 
Diputados; desarrollo primeramente, las facultades que tiene como Congreso de la 
Unión, es decir, cuando actúa como órgano bicameral, cuando las Cámaras 
trabajan en forma separada pero sucesivamente, y las que le corresponden como 
asamblea única, las cuales solo mencionaremos, con el fin de no ampliarnos 
demasiado, continúo con las facultades que de manera exclusiva tiene el Senado 
de la República, en su carácter de Cámara integrante del Congreso de la Unión, y 
la Cámara de Diputados. En este sentido, detallamos las funciones que los 
Diputados desarrollan en su quehacer político y parlamentario, y a las cuales se 
han avocado casi de manera exclusiva. 
 
2.1. FACULTADES DEL PODER LEGISLATIVO 
 
Una vez analizados brevemente los antecedentes de nuestro Poder Legislativo 
Mexicano, abordaremos las Facultades conferidas a éste por nuestra Carta 
Magna. 
 
No pocos han sido los criterios conforme a los cuales se han clasificado las 
funciones de los órganos legislativos, ya que éstos actúen dentro del marco de 
sistemas parlamentarios, o que lo hagan dentro de regímenes presidencialistas 
como el nuestro.37 
 
En nuestro país, el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio, en 
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, nuestro Poder Legislativo se deposita en un 
Congreso General, el que de acuerdo con el artículo 50, así como los 
subsiguientes del capítulo II Título Tercero de la Constitución Política de los 
 
37 SAYEG HELU, Jorge, El Poder Legislativo Mexicano, op cit. Pág158. 
Estados Unidos Mexicanos, se integra por dos Cámaras una de Diputados y otra 
de Senadores, la primera integrada por quinientos representantes de la nación, 
electos cada tres años y la segunda compuesta por ciento veintiocho Senadores 
representantes de las entidades federativas y el Distrito Federal, electos cada seis 
años; así mismo, la propia Constitución establece todos los requisitos, formas, 
procedimientos y atribuciones que han de cumplirse para que se ejerciten a 
cabalidad las facultades reservadas a la expresión soberana de la Nación, 
manifiesta en el Poder Legislativo. 
 
Depositario de la soberanía nacional, el Congreso de la Unión se compone de dos 
Cámaras: la de Diputados, representante del pueblo mismo, y la de Senadores, 
que representa a los estados miembros del Pacto Federal. Con funciones 
particulares y comunes, ambas son producto del sistema democrático que nos 
rige, y su elección se efectúa mediante el voto popular y con diversos candidatos, 
correspondientes a varios partidos políticos.38 
 
La distribución de competencias entre las Cámaras es una consecuencia del 
sistema bicamarista y constituye un mecanismo más de limitaciones al poder 
federal, que ya las tenia por virtud del sistema federal y de división de poderes. 
“Así pues, el poder público se fracciona por tres conceptos: por la distribución de 
competencias entre la Federación y los Estados; por la distribución de 
competencias entre los tres Poderes Federales y por la distribución de 
competencias entre las Cámaras de la Unión.”39 
 
 
 
 
2.1.1 FACULTADES COMO CONGRESO DE LA UNIÓN 
 
 
38 CALZADA PADRÓN, Feliciano, Derecho Constitucional, Editorial Harla, México, 1990, Pág.29. 
39 TENA RAMÍREZ, Francisco, Derecho Constitucional Mexicano, Trigésima Edición, Porrúa, México, 
1996, Pág. 296. 
El Congreso de la Unión es el órgano bicameral en el que se deposita el Poder 
Legislativo Federal, o sea, la función de imperio del Estado mexicano consistente 
en crear normas jurídicas abstractas, generales e impersonales llamadas “leyes” 
en sentido material. “El Poder Legislativo mexicano, encarnado en la figura del 
Congreso General, es el órgano responsable, a través del procedimiento 
legislativo, de producir las normas legales que expresan la voluntad del pueblo 
mexicano, y que se constituyan, en razón de su origen y procedimiento de 
elaboración, en las normas primordiales del ordenamiento jurídico mexicano, 
únicamente sometidas a la constitución.”40Como mencionamos, primeramente la 
facultad o función principal del Poder Legislativo es la facultad legislativa, 
transformada en la creación de normas jurídicas que conocemos con el nombre de 
leyes o decretos tal y como lo señala la Constitución Política de los Estados 
Unidos Mexicanos, en su carácter genérico, abstracto e impersonal y de ámbito 
nacional, las cuales resultan esenciales para agilizar el desarrollo y progreso de 
nuestro país. 
El Congreso de la Unión tiene una competencia federal expresa y limitada: es 
decir, deja a las entidades federativas la atribución de legislar en materias que 
constitucionalmente no hayan sido consagradas en favor del Poder Legislativo 
Federal, tal es el caso de las materias civil y penal, entre otras. 
 
Con esa delimitación, los constituyentes de 1917 se aseguraron que el Poder 
Legislativo Federal no se excediera en sus atribuciones constitucionales, lo que 
provocó que en esta época pueda cumplirse el principio federal de distribución de 
competencias entre la Federación y los Estados miembros de la República. 
 
Ahora bien, es necesario realizar el análisis breve de las atribuciones legislativas 
del Congreso de la Unión, al que le compete legislar sobre materia económica; 
financiera; hacendaria; de división territorial; de guerra; de seguridad interior y 
 
40 MORA DONATO, CECILIA, Estructura Orgánica y Funcional del Poder Legislativo Mexicano,

Otros materiales