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Asentamientos Humanos Irregulares: Problemas e Alternativas

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INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL 
ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA 
ERNESTO FERNANDEZ TACHIQUIN 
 
ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
1 
 
ASENTAMIENTOS IRREGULARES 
 
IMPACTOS Y ALTERNATIVAS 
 
 
1.- INTRODUCCION. 6 
 
 
1.1.- DEFINICION DE ASENTAMIENTO IRREGULAR. 6 
 
 
1.2.- MOVIMIENTO SOCIAL; QUE DA ORIGEN A LA OCUPACION DE 
 LOS PREDIOS. 7 
 
 
1.3.- ANTECEDENTES DE EL ORIGEN DE LOS PRIMEROS 
 ASENTAMIENTOS UBICADOS EN EL CERRO DE LA ESTRELLA. 7 
 
 
 
2.- CARACTERÍSTICAS Y VULNERABILIDAD DE LOS ASENTAMIENTOS 
 IRREGULARES. 10 
 
 
2.1 INTRODUCCION A LA PROBLEMÁTICA INTERNA DE LOS 
 ASENTAMIENTOS IRREGULARES. 10 
 
 
2.2 EL TRAZO. 11 
 
 
2.3 INSEGURIDAD LEGAL. 11 
 
 
2.4 ZONAS DE RIESGO POR GEOGRAFIA. 11 
 
 
2.5 RIESGOS SANITARIOS. 11 
 
 
2.6 AREAS VERDES Y ESPACIOS MINIMOS. 11 
 
 
 
3.- PROBLEMÁTICA EXTERNA DE LOS PREDIOS IRREGULARES. 13 
 
 
3.1- IRREGULARIDAD JURIDICA. 13 
 
 
3.2- FALLAS EN EL SUMINISTRO DE LUZ DE A LAS COLONIAS 
 CIRCUNVECINAS. 13 
 
 
3.3- POR FALTA DE RED DE DRENAJE. 14 
 
 
3.4- POR FALTA DE PAVIMENTO. 14 
 14 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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3.5- POR FALTA DE AREAS VERDES Y ESPACIOS MINIMOS. 
 
 
3.6- POR FALTA DE BANQUETAS Y GUARNICIONES. 15 
 
 
3.7.- POR FALTA DE AGUA POTABLE. 15 
 
 
3.8.- CONTAMINACION VISUAL. 16 
 
 
 
4.- ETAPAS DE ESTUDIO DE UN ASENTAMIENTO. 17 
 
 
4.1.- ORGANIZACIÓN DE UN ASENTAMIENTO IRREGULAR EN 
 INVASION. 17 
 
 
4.2.- ORGANIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS QUE FUERON 
 EXPROPIADOS. 18 
 
 
4.3.- VULNERABILIDAD DE LOS ASENTAMIENTOS INFORMALES. 18 
 
 
4.4.- ORIGEN DE LOS ASENTAMIENTOS EN ESTUDIO QUE FUERON 
 EXPROPIADOS. 19 
 
 
 
5.- CLASIFICACION DE LOS ASENTAMIENTOS IRREGULARES. 26 
 
 
5.1.- POR TIPO DE VIVIENDA. 26 
 
 
5.2.- DE ACUERDO A LOS MATERIALES DE CONSTRUCCION Y 
 SERVICIOS CON QUE SE CUENTA. 26 
 
 
5.3.- DE ACUERDO AL NUMERO DE HABITANTES QUE OCUPAN 
 UNA VIVIENDA. 27 
 
 
5.4.- DEFINICIONES. 27 
 
 
5.4.1.- USOS. 27 
 
 
5.4.2.- ZONIFICACION. 27 
 
 
5.5.- CLASIFICACION DE SUELOS DE ACUERDO A LA LEY DE 
 DESARROLLO URBANO. 28 
 
 
5.5.1.- RESERVAS. 28 
 
 
5.5.2.- SUELO URBANO. 28 
 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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5.5.3.- AREAS DE POTENCIAL DE DESARROLLO. 28 
 
 
5.5.4.- AREA CON POTENCIAL DE MEJORAMIENTO. 28 
 
 
5.5.5.- AREA CON POTENCIAL DE RECICLAMIENTO. 28 
 
 
5.5.6.- AREAS DE CONSERVACION PATRIMONIAL. 29 
 
 
5.5.7.- ÁREAS DE INTEGRACION METROPOLITANA. 29 
 
 
5.5.8.- SUELOS DE CONSERVACION. 29 
 
 
5.5.9.- AREAS DE RESCATE. 29 
 
 
5.5.10.- AREAS DE PRESERVACION. 29 
 
 
5.5.11.- AREAS DE PRODUCCION RURAL Y AGROINDUSTRIA. 30 
 
 
5.6.- CLASIFICACION DE ACUERDO A LA ZONIFICACION. 30 
 
 
5.6.1.- EN SUELO URBANO. 30 
 
 
5.6.2.- EN AREAS DE CONSERVACION. 30 
 
 
5.6.3.- EN AREAS DE PRESERVACION. 31 
 
 
5.6.4.- EN AREAS DE PRODUCCION RURAL Y 
 AGROINDUSTRIAL. 31 
 
 
 
6.- OBJETIVOS DEL ANALISIS DE LOS ASENTAMIENTOS IRREGULARES. 32 
 
 
6.1.- MARCO JURIDICO. 32 
 
 
6.2.- CARACTERISTICAS DE LOS PREDIOS SUCEPTIBLES A 
 REGULARIZACION Y ASI APLICAR ACCIONES DE CONTROL 
 DE LOS ASENTAMIENTOS CONSOLIDADOS. 32 
 
 
6.2.1.- LEVANTAMIENTOS DE CENSOS DE LOS 
 HABITANTES YA ASENTADOS EN LA ZONA POR 
 MAS DE 5 AÑOS DE MANERA PACIFICA. 34 
 
 
6.2.2.- CARACTERISTICAS TOPOGRAFICAS PARA 
 DETERMINAR LA FACTIBILIDAD DE SERVICIOS Y LA 
 TRAZA URBANA. 
 
 
 
34 
 
 
6.2.3.- PLANOS DE LA ZONA PARA DETERMINAR LA 34 
 
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 CERCANIA CON VIALIDADES. 
 
 
6.2.4.- FIRMA DE CONVENIOS DE CERO CRECIMIENTO 
 CON AUTORIDADES LOCALES COMO SECRETARIA 
 DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA. 35 
 
 
6.2.5.- CONSTRUCCION DE MUROS PARA EVITAR EL 
 DESDOBLAMIENTO DE LA ZONA. 38 
 
 
6.3.- EL CONTROL DE LOS NUEVOS ASENTAMIENTOS QUE 
 PODRÍAN INVADIR ÁREAS VERDES, PROPIEDADES 
 PRIVADAS BALDIAS, ZONAS FEDERALES O LOCALES ETC. 39 
 
 
6.3.1.- RÁPIDA INTERVENCIÓN DE LAS AUTORIDADES 
 DE GOBIERNO PARA DETERINAR LA SITUACION 
 JURIDICA DE LOS HABITANES. 41 
 
 
6.3.2.- NO PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS BÁSICOS 
 COMO AGUA POTABLE Y DESAZOLVE. 41 
 
 
6.4.- ACCIONES PARA NO PERMITIR NUEVOS 
 ASENTAMIENTOSIRREGULARES EN PARCELAS EJIDALES. 41 
 
 
 
7.- PROYECTO DE TIPO ECOLÓGICO- HABITACIONAL SUSTENTABLE 
 PARA MITIGAR EL IMPACTO AMBIENTAL CAUSADO POR LOS 
 ASENTAMIENTOS IRREGULARES. 42 
 
 
7.1.- FUNDAMENTACION Y DIAGNOSTICO. 42 
 
 
7.1 1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO. 42 
 
 
7.2.- LOCALIZACION Y CARACTERISTICAS TOPOGRAFICAS. 43 
 
 
7.3.- HOJA DE DIAGNOSTICO DE CADA PREDIO. 43 
 
 
7.4.- ESTUDIOS SOCIOECONOMICOS. 50 
 
 
7.5.- CALCULO DE DRENAJE PLUVIAL. 65 
 
 
7.5.1.- INTRODUCCIÓN AL CÁLCULO DEL DRENAJE PLUVIAL. 65 
 
 
7.5.2.- DATOS NECESARIOS PARA LA ELABORACIÓN DE 
 UN PROYECTO. 67 
 
 
7.6.- DRENAJE DE AGUAS NEGRAS. 68 
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7.6.1.- IMPORTANCIA DE UN SISTEMA DE 
 ALCANTARILLADO DE AGUAS NEGRAS. 
 
 
7.6.2.- DATOS NECESARIOS PARA LA ELABORACIÓN DE 
 UN PROYECTO DE SISTEMAS SEPARADDO DE 
 AGUAS NEGRAS. 68 
 7.6 .3.- TRABAJOS PREVIOS AL CALCULO HIDRAULICO. 70 
 
 
 
8.-CONCLUSIONES. 72 
 
 
 
BIBLIOGRAFIA. 76 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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1.- INTRODUCCION. 
1.1.- DEFINICION DE ASENTAMIENTO IRREGULAR. 
Un asentamiento irregular, asentamiento informal, o infravivienda es un lugar donde se establece 
una persona o una comunidad que no esta dentro del margen de los reglamentos o las normas 
establecidas por las autoridades encargadas del ordenamiento urbano. 
Los establecimientos informales (coloquialmente referidos como "invasiones") por lo general son 
establecimientos que abarcan a comunidades o individuos albergados en viviendas auto-construidas 
bajo deficientes condiciones de vida. Toman forma de establecimientos espontáneos sin 
reconocimiento ni derechos legales, expandiendo los bordes de las ciudades en terrenos marginados 
que están dentro de los límites de las zonas urbanas. 
Cabe mencionar que los asentamientos irregulares se denominan de distintas formas en distintos 
países iberoamericanos: 
 Argentina: «villa miseria» 
 Brasil: «favela» 
 Chile: «población callampa» 
 Colombia: «tugurio» 
 Costa Rica: «tugurio» o «precario» 
 Ecuador: «barrio marginal» 
 España: «barrio de chabolas» o «poblado chabolista» 
 Guatemala: «asentamiento» 
 México: «ciudad perdida», «nopal», «colonia popular», «colonia proletaria» 
 Paraguay: «chacarita» 
 Perú: «pueblo joven» o «asentamiento humano» 
 Puerto Rico: «arrabal» 
 Uruguay: «cantegril» 
 Venezuela: «barrio» 
 Jamaica: «trench town» 
Para la presente tesis, hablaremos de una zona de estudio real en espec ífico, 
 En la Ciudad de México D. F. en laDelegación Iztapalapa, se encuentra el Cerro de La Estrella y en 
su parte media poniente se encuentran los asentamientos humanos; denominados CUEVAS DE 
SANTIAGO, MATLALOTZIN, MACLALOTZIN (EL HOYO), MACLALOCHI, MATLALOTZIN (AV 
HIDALGO), LOMA BONITA, 7 FAMILIAS, MATLALOC Y MARAVILLAS conformados por alrededor 
de 700 familias lo cual implica una problemática social muy importante para el Distrito Federa y es 
motivo de estudio 
Abarcaremos los predios mencionados porque cada uno tiene una dinámica social diferente, 
ejemplifican casi en su totalidad los diferentes tipos de movimiento social. 
 
http://es.wikipedia.org/wiki/Persona
http://es.wikipedia.org/wiki/Comunidad
http://es.wikipedia.org/wiki/Reglamento
http://es.wikipedia.org/wiki/Autoridad
http://es.wikipedia.org/wiki/Ordenamiento_territorial
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciudad
http://es.wikipedia.org/wiki/Argentina
http://es.wikipedia.org/wiki/Villa_miseria
http://es.wikipedia.org/wiki/Brasil
http://es.wikipedia.org/wiki/Favela
http://es.wikipedia.org/wiki/Chile
http://es.wikipedia.org/wiki/Poblaci%C3%B3n_callampa
http://es.wikipedia.org/wiki/Colombia
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Tugurio&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Costa_Rica
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Tugurio&action=edit
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Precario&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Ecuador
http://es.wikipedia.org/wiki/Barrio_marginal
http://es.wikipedia.org/wiki/Espa%C3%B1a
http://es.wikipedia.org/wiki/Chabola
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Poblado_chabolista&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Guatemala
http://es.wikipedia.org/wiki/Asentamiento
http://es.wikipedia.org/wiki/M%C3%A9xico
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Ciudad_perdida&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Nopal
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Colonia_popular&action=edit
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Colonia_proletaria&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Paraguay
http://es.wikipedia.org/wiki/Chacarita
http://es.wikipedia.org/wiki/Per%C3%BA
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Pueblo_joven&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Asentamiento_humano
http://es.wikipedia.org/wiki/Puerto_Rico
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Arrabal&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Uruguay
http://es.wikipedia.org/wiki/Cantegril
http://es.wikipedia.org/wiki/Venezuela
http://es.wikipedia.org/wiki/Barrio
http://es.wikipedia.org/wiki/Jamaica
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Trench_town&action=edit
 
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1.2.- MOVIMIENTO SOCIAL QUE DA ORIGEN A LA OCUPACIÓN DE LOS PREDIOS. 
Los asentamientos irregulares son para muchas familias la única opción viable para poder lograr algún 
día el patrimonio de sus hijos y mientras tanto olvidarse de pagar renta, esto a cambio de perder cierto 
confort que les ofrece un fraccionamiento desarrollado con su infraestructura necesaria para lograr la 
mejor calidad de vida, si pero a que costo, el que fuera siempre será demasiado para un sector muy 
importante de la clase trabajadora. 
Un asentamiento irregular se forma cuando un grupo de familias toma posesión de un terreno que no 
cuenta con ningún tipo de servicios urbanos, cuando mucho tendrá un plano lotificado sin ninguna 
validez oficial, con el cual engañan a la gente necesitada asegurando que el fraccionamiento se 
encuentra en trámite de regularización y que el gobierno se comprometió en dotarles de servicios 
básicos, claro tendrán que aportar una cantidad de dinero mensual para continuar con los trámites, 
además del abono del pago de su lote. 
Las familias con la esperanza puesta en el gobierno toman este dicho como la verdad y con mucho 
sacrificio inician la construcción de su vivienda utilizando materiales de desechos industriales. 
Se ha demostrado que la mayoría de los habitantes de estos desarrollos son de origen rural que no 
pueden cumplir con los gastos de arrendamiento, por lo cual se integra a un grupo de invasores de un 
terreno libre de la periferia, iniciándose así el fenómeno. 
Se generan cuando la administración actual y las autoridades de desarrollo urbano no pueden tratar 
las necesidades de la comunidad entera o cuando un grupo de personas requiere de un lugar donde 
vivir pero no disponen de los recursos económicos necesarios para poder adquirir una vivienda de tipo 
"regular". Estas áreas se caracterizan por poseer un nivel muy rápido de desarrollo, no estructurado y 
no planeado. A escala global, los asentamientos informales son un problema significativo, 
especialmente en los países del Tercer Mundo, los cuales albergan a la mayoría de los habitantes 
más desaventajados. 
Un reporte de la Comisión de la Seguridad Social de las Naciones Unidas de 1986 indico que entre un 
30 y un 60% de los residentes de las ciudades más grandes de los países subdesarrollados viven en 
asentamientos irregulares 
 
 
1.3.- ANTECEDENTES DEL ORIGEN DE LOS PRIMEROS ASENTAMIENTOS 
UBICADOS EN EL CERRO DE LA ESTRELLA. 
 
 
 El primer asentamiento en el Cerro de la Estrella es el Pueblo de Culhuacan, que tenía como 
tributario a Iztapalapa, al tener el primero el rango de Señorío, al ser éste el último reducto de 
la cultura Tolteca que existió. 
 
 La declinación del pueblo de Culhuacan se inicia cuando dan refugio a una tribu itinerante, 
salvaje y sin cultura venida, según la historia, del Estado de Nayarit, y que según su tradición 
oral venían en busca de una señal que les indicará en donde establecerse permanentemente, 
este pueblo se hacía llamar Aztecas o Mexicas, y a su llegada al Valle de México, fueron 
http://es.wikipedia.org/wiki/Recurso
http://es.wikipedia.org/wiki/Econom%C3%ADa
http://es.wikipedia.org/wiki/Vivienda
http://es.wikipedia.org/wiki/Naciones_Unidas
http://es.wikipedia.org/wiki/1986
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Pa%C3%ADses_subdesarrollados&action=edit
 
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rechazados por los Señores de Texcoco y Atzcapotzalco, pero no así por los culhuas, 
quienes no solo los aceptaron, sino que además les enseñaron todo lo relativo a su cultura. 
 
 Los Mexicas, en tanto aprendían de los culhuas, continuaron en la búsqueda de la señal 
indicada por sus dioses, y una vez encontrada (el águila posada sobre un nopal devorando 
una serpiente), deciden establecerse en este lugar, pues tal era el mandato de sus dioses; y 
una vez que se consolidó como pueblo iniciaron la conquista de señoríos de los alrededores, 
y aproximadamente en el año 1430 D.C., conquistan al pueblo que les había dado refugio y 
no dejan más que algunos rastros de lo que otrora fuera el pueblo de Culhuacan, quedando 
como tributario de los Mexicas. 
 
 En Época de la Conquista las tierras siguieron en posesión de los grupos étnicos originarios. 
 
 A la llegada de Hernán Cortés el gobernante de Iztapalapa fue Cuitlahuac y a la caída de 
Tenochtitlan fue gobernada por Alonso Ixhuecatocatzin, mediante el cual el poblado estaba 
unido a la ciudad mediante la calzada Ermita. 
 
 Una vez terminado el proceso de la conquista los únicos sobrevivientes son un pueblo de 
agricultores ligados al agua y al cerro dentro de este sincretismo religioso surge la 
escenificación de la Pasión De Cristo en 1843 debido a una epidemia de cólera que azoto a 
los moradores. 
 
 En el transcurso del Siglo XVII, los culhuas e Iztapalapenses son despojados de sus tierras 
del cerro de la Estrella, pero logran sobrevivir en las que aún les quedaban, en la parte media 
y baja, gracias a la agricultura, pues cultivaban maíz y fríjol, así como de la extracción de 
piedra y tezontle de las cuevas existentes en el cerro. 
 
 En el Siglo XVIII, se marca un periodoreligioso con la aparición del “Santo Entierro” en una de 
las cuevas del Cerro de la Estrella, lo que origina la construcción de la Catedral del Señor de 
la Cuevita. 
 
 Posteriormente estas tierras continuaron en posesión comunal protegidos por órdenes 
religiosas como los Agustinos. 
 
 En la época de las Leyes De Reforma se formaron las haciendas. 
 
 En la Revolución las haciendas y tierras comunales se transforman en ejidos y propiedades 
privadas. y así se disemina el Cerro de la Estrella en parcelas. 
 
 Estas parcelas son las que presentan un problema de tenencia de la tierra ya que algunas no 
cuentan con escrituras pero si con títulos de propiedad que en algunos casos son muy 
antiguos los cuales no son reconocidos como legítimos por las normas legales vigentes. 
 
 A esto se suma la falta de acciones de procesos de regularización parcial. 
 
 Durante el siglo XIX el Distrito Federal estaba conformada por 11 municipalidades una de 
ellas Iztapalapa que en 1928 fueron sustituidas por Delegaciones. 
 
 Aquí en 1916 las tierras fueron restituidas a sus propietarios ejidales y en 1930 ya habían 
sido sembradas. 
 
 
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 Lázaro Cárdenas en el año de 1938, emite un decreto que establece una superficie de 
1,100.0 hectáreas del Cerro de la Estrella como Parque Nacional, de las cuales sólo quedan 
100, incluyendo una amplia zona arqueológica, donde aún existen zonas por excavar. 
 
 31 de mayo de 1987 las autoridades del Distrito federal declaran a 143.0 hectáreas como 
Suelo de Conservación Ecológica 
. 
 30 de mayo de 1991 se decreta una parte (superior y una media ) del Cerro de la Estrella 
como Área Natural Protegida. 
 
 2005 se firma con los predios en estudio un CONVENIO DE CERO CRECIMIENTO EN LA 
DELEGACION IZTAPALAPA 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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2.- CARACTERÍSTICAS Y VULNERABILIDAD DE LOS ASENTAMIENTOS 
IRREGULARES. 
Este es un fenómeno internacional que se presenta en América latina hace ya varias décadas, con el 
paso de los años este tipo de asentamientos se ha incrementado. Las autoridades gubernamentales 
se han esforzado por detener dicha proliferación, hasta el punto de orientarlos hacia sitios con uso de 
suelo habitacional y servicios urbanos básicos. 
Los asentamientos irregulares, son característicos en los países en vías de desarrollo y típicamente 
son el producto de una necesidad urgente de obtención de vivienda de las comunidades urbanas de 
escasos recursos económicos. Como tales, se caracterizan por ciertas condiciones : 
1.- Una densa proliferación de viviendas elaboradas con diversos materiales reciclados, 
2.- Por la degradación ambiental que causan en el ecosistema local y, 
3.- Por severos problemas sociales. 
 
 
FOTO No. 1: ASENTAMIENTO EN MEXICO. 
 
 
 
2.1.- INTRODUCCION A LA PROBLEMÁTICA INTERNA DE CADA PREDIO. 
 
Los predios antes mencionados, como muchos otros que existen en nuestro país sufren diversas 
carencias hacia el interior del predio, motivado en su mayoría por ilegalidad jurídica en la que viven, 
dado que la ley prohíbe dotar de servicios con obras consolidadas a los habitantes de estos predios, 
por mencionar algunos de los servicios a los que no tienen derechos son los que se enumeran en los 
siguientes puntos. 
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=En_v%C3%ADas_de_desarrollo&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Vivienda
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Degradaci%C3%B3n_ambiental&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Imagen:Marginacion_mexico04.JPG
 
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2.2.- EL TRAZO. 
El trazo de un asentamiento informal por lo general es de forma irregular. Normalmente este tipo de 
asentamientos carecen de la infraestructura y/o de los servicios básicos tales como: agua potable, 
drenaje, electricidad y teléfono en sus inicios, con el transcurso del tiempo estos asentamientos se van 
dotando de los servicios mediante la autoconstrucción y cooperación comunitaria. 
 
2.3.- INSEGURIDAD LEGAL. 
Sus residentes existen en un estado permanente de inseguridad legal y social ya que viven en 
terrenos sin el consentimiento de sus auténticos dueños y están sujetos a amenazas de desalojo y la 
negación de los servicios municipales tales como agua potable, recolección de basura, alcantarillado, 
pavimentación de calles, transporte público e iluminación, entre otros. 
 
2.4.- ZONAS DE RIESGO POR GEOGRAFIA. 
Frecuentemente se localizan en zonas de riesgo sujetas a la degradación ambiental y peligros; por lo 
que se complica la implementación de los servicios básicos por su falta de planeación y diseño 
urbano, además de su acelerado crecimiento. Los residentes normalmente carecen de suficiente 
preparación educativa y por lo tanto no es común que estén dentro de las actividades económicas 
formales o al nivel del mercado laboral aledaño. 
 
2.5.- RIESGOS SANITARIOS. 
Sus habitantes tienen mayores riesgos de contraer enfermedades y a una mayor mortalidad debido a 
sus niveles de pobreza y la influencia negativa del medio ambiente donde residen. 
 El acceso al equipamiento urbano tal como escuelas, clínicas y atención social esta muy limitado, 
principalmente por la legislación existente, dado que a los asentamientos irregulares no es viable 
suministrarles servicios porque propiciaría la consolidación de los mismos. 
 
2.6.- AREAS VERDES Y ESPACIOS MINIMOS. 
El espacio público abierto puede ser inseguro e insuficiente para las necesidades de la comunidad y la 
disparidad visible entre los asentamientos irregulares y las áreas circundantes puede llevar a 
tensiones sociales y generar delincuencia en todos sus géneros. 
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Irregular&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Infraestructura
http://es.wikipedia.org/wiki/Agua_potable
http://es.wikipedia.org/wiki/Drenaje
http://es.wikipedia.org/wiki/Electricidad
http://es.wikipedia.org/wiki/Tel%C3%A9fono
http://es.wikipedia.org/wiki/Autoconstrucci%C3%B3n
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Inseguridad&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Transporte_p%C3%BAblico
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Mercado_laboral&action=edit
http://es.wikipedia.org/wiki/Habitante
http://es.wikipedia.org/wiki/Enfermedad
http://es.wikipedia.org/wiki/Medio_ambiente
http://es.wikipedia.org/wiki/Escuela
http://es.wikipedia.org/wiki/Cl%C3%ADnica
 
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 Estos mismos factores también pueden incrementar la exclusión social y económica. 
Normalmente no se dejan espacios de áreas verdes en los predios porque simbolizan dinero para el 
fraccionador por lo que se afecta la convivencia armónica de los habitantes del lugar principalmente 
de los niños que no cuentan con espacios para la recreación 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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3.- PROBLEMÁTICA EXTERNA DE LOS PREDIOS IRREGULARES. 
 
 
Los asentamientos irregulares afectan también a las áreas circunvecinas por su estado de 
irregularidad, la cantidad de gente que habita en ellos y por la falta de planeación para la prestación 
de servicios,algunos de estos problemas pueden ser los que se mencionan a continuación. 
 
 
3.1.- IRREGULARIDAD JURIDICA. 
 
En el marcó jurisdiccional del Gobierno del Distrito Federal las condiciones de irregularidades 
determinan una serie de restricciones hacia el interior de la vida de un predio; como puede ser falta de 
escrituración y por ende falta de boleta predial, al no existir pagos de boleta predial se tiene la 
negativa por parte de la compañía de luz para el suministro de energía eléctrica y de igual forma por 
parte del sistema de aguas del Distrito Federal, asimismo se tienen las negativas para el servicio de 
drenaje, pavimento, banquetas y guarniciones por parte de las autoridades delegacionales 
 
 Todos los actos jurídicos relacionados con la transmisión de propiedad de inmuebles o con su 
uso y aprovechamiento deberán contener las cláusulas correspondientes a su utilización, de 
conformidad con los programas. Los fedatarios públicos, en su caso deberán acompañar al 
apéndice de las escrituras las certificaciones en que se acredite lo anterior; en el caso de 
que existan derechos adquiridos en los términos de la fracción siguiente, se deberá 
acompañar la certificación que lo acredite; 
 El reconocimiento de los derechos adquiridos por los propietarios, poseedores, o sus 
causahabientes respecto de los usos del suelo; que de manera legítima y continúa han 
aprovechado respecto de un bien inmueble en su totalidad o en unidades identificables de 
éste; siempre y cuando estén en alguno de los siguientes supuestos: 
 
 
3.2.- FALLAS EN EL SUMINISTRO DE LUZ A LAS COLONIAS CIRCUNVECINAS. 
 
La instalación del suministro de energía eléctrica por parte de Compañía de Luz, se ve imposibilitada 
por la situación jurídica, dado que el servicio solo se presta a predios regularizados, es decir que 
cuenten con uso de suelo, boleta predial y que estén escriturados. 
 
Los transformadores colocados en la zona han sido calculados para una cierta cantidad de casas de 
las colonias aledañas en forma regular, y la conexión irregular de los habitantes de este tipo de 
asentamientos provocan una caída de tensión que deriva en fallas en el suministro en toda la zona por 
falta de voltaje 
 
Lo solucionan los habitantes a través de la colocación de su propio cableado de cada casa, a través 
de cable de calibre no recomendado y suministrando la energía eléctrica desde el transformador 
denominado fuente. 
 
 
Ello provoca pérdidas económicas sustanciales en la economía de los vecinos por descomposturas en 
sus aparatos eléctricos, provoca corrupción, dado que la instalación o conexión al transformador 
 
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provoca ayuda ecónomomica forzosa al personal de la Compañía de Luz y Fuerza para que los 
conecten al transformador. 
 
También genera pérdidas económicas al erario público dado que los recursos no se captan, derivado 
de la falta de suministro de energía eléctrica regularizada. 
 
 
3.3.- POR LA FALTA DE RED DE DRENAJE. 
 
La falta del sistema de alcantarillado, obliga a los habitantes de la zona a construir fosas sépticas. 
 
El uso de fosas sépticas sin control provoca la contaminación de los mantos acuíferos en la zona, que 
tal vez no se vea reflejado en la misma zona debido a que la extracción del agua se puede realizar en 
otras zonas más lejanas pero esto provoca un desequilibrio ecológico muy grande al ecosistema como 
pueden ser los siguientes: 
 
 Contaminación al subsuelo 
 Infecciones respiratorias por fosas sépticas mal construidas donde algunas veces se 
llegan ha desbordar los residuos y permanecen al aire libre 
 
De igual forma no se puede hacer una inversión de este tipo porque legalmente no existe un 
mecanismo de comprobación de gastos en terrenos irregulares. 
 
Otro problema alterno es que varios de los vecinos del lugar por la falta de desazolve de sus fosas 
sépticas desalojan esas aguas negras a la calle, provocando enfermedades respiratorias, estomacales 
y una mala imagen para el entorno social. 
 
 
3.4.- POR LA FALTA DE PAVIMENTO. 
 
 
La inversión en este rubro por parte de los gobiernos se ve imposibilitada; porque legalmente no 
existe un mecanismo de comprobación de gastos en aéreas irregulares. 
 
La falta de pavimentación trae consigo los siguientes problemas: 
 
 Respiratorios 
 Oculares 
 Riesgo, dado que en época de lluvia las zonas se tornan fangosas, impidiendo el acceso 
de las unidades que proporcionan los servicios de desazolve, pipas de agua potable y la 
recolección de basura que son los servicios básicos con los que pueden proporcionar las 
autoridades correspondientes en la zona. Otro efecto alterno es la dificultad que presenta 
el acceso de las unidades de seguridad pública generando un alto índice delictivo. 
 
 
3.5.- POR LA FALTA DE ÁREAS VERDES Y ESPACIOS MÍNIMOS. 
 
Se altera el entorno urbano que es un Conjunto de elementos naturales y construidos que conforman 
el territorio urbano y, que constituyen el marco de referencia y convivencia de los habitantes y 
visitantes, determinado por las característ icas físicas, costumbres y usos que se relacionan entre si. 
 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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La falta de áreas verdes no permite la convivencia de los vecinos con su habitat, desestabiliza la 
armonía de la zona, porque no existen espacios de recreación propios del lugar. 
 
 
Ello provoca la migración esporádica de la gente de la zona a las áreas verdes circunvecinas, con ello 
se crea un conflicto social a largo plazo, dado que cuando existe una colonia ya consolidada, existen 
en ella costumbres y tradiciones, así como el conocimiento de los mismos vecinos que normalmente 
actúan en seguridad de ellos mismos. 
 
La intromisión de gente nueva de los asentamientos irregulares en las zonas ya consolidadas, se 
mezclan otras costumbres y tradiciones , así como modos de vida distintos de las otras personas a los 
que prevalecían en esas colonias previamente establecidas. 
 
La falta de espacios de áreas verdes imposibilita la recarga de los mantos acuíferos en la zona. 
Provocando asimismo una perdida en el ecosistema, dado que no existen árboles suficientes para 
equilibrar el suministro de oxigeno que le corresponde a la zona. 
 
Se altera el entorno urbano que es un conjunto de elementos naturales y construidos que conforman 
el territorio urbano y, que constituyen el marco de referencia y convivencia de los habitantes y 
visitantes, determinado por las características físicas, costumbres y usos, que se relacionan entre si. 
 
 
3.6.- POR LA FALTA DE BANQUETAS Y GUARNICIONES. 
 
 
La mayor parte de las veces no existen en los predios, aunque muchas veces los vecinos con recurso 
propio construyen sus propias guarniciones y banquetas pero sin las dimensiones especificadas. 
 
Ello tiene como consecuencia que el trazo urbano definitivo sea inadecuado, dificultando muchas 
veces el acceso a las zonas habitacionales, ocasionando accidentes a transeúntes, principalmente 
con menores de edad. 
 
 
3.7.- PROBLEMA DE AGUA POTABLE. 
 
El agua es un elemento vital para impulsar el desarrollo del país. Las diversas prácticas urbanas han 
deteriorado la calidad de los mantos freáticos y han disminuido considerablemente la disponibilidad 
de este vital líquido en México. 
 
El agua es un servicio básico que tiene la obligación de proporcionarla el municipio, algunas veces no 
la proporciona por las condiciones irregulares jurídicas en las que se vive en los predios. 
 
Un servicio consolidado de red de agua potable implica una inversión en infraestructura como tubería 
de agua potable, instalaciones a pie de casa para dotar del servicio, en algunos casos tanques 
elevados etc. 
 
Por lo que se dotadel servicio de agua potable a través de pipas, y ello trae consigo las siguientes 
complicaciones: 
 
 Corrupción de los operadores de las pipas; para dotar del vital líquido a los 
habitantes. 
 
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 Infecciones estomacales por una falta de control en la calidad de agua 
suministrada 
 Desperdicio de agua durante el traslado de un punto de abastecimiento al 
punto de suministro y consumo. 
 
 
 
 
 
 
3.8.- CONTAMINACIÓN VISUAL. 
 
Alteración que impide la contemplación y disfrute armónico del paisaje natural, rural y urbano, 
ocasionando impactos negativos importantes en la percepción visual, por la distorsión o cualquier 
forma de transformación del entorno natural, histórico o urbano, que deteriore la calidad de vida de las 
personas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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4.- ETAPAS DE ESTUDIO DE UN ASENTAMIENTO IRREGULAR. 
 
 
4.1 ORGANIZACIÓN DE UN ASENTAMIENTO IRREGULAR EN INVASION. 
 
 
 
FOTO NO. 2: ASENTAMIENTO IRREGULAR EN LA ESTACION FERROVIARIA DE DEL VISO, ARGENTINA. 
Normalmente los asentamientos informales tienen una estructura organizacional definida, que es 
encabezada por los líderes comunitarios. 
Esta organización es una medida que se da como resultado de crear un medio de protección ante las 
presiones de las autoridades locales, que por lo general están en contra de su situación informal y 
puede llevar en muchos casos al desalojo. 
 La organización de un asentamiento irregular se lleva a cabo mediante la generación de una relación 
de solidaridad entre sus vecinos. 
Los establecimientos informales son sistemas sociales dinámicos complejos que experimentan un 
cambio continuo. Al ocupar la tierra informalmente, los residentes están a menudo preparados para 
evadir la ley con la esperanza de mejorar su posición económica. 
Típicamente la dinámica política y social interna esta caracterizada por la solidaridad y/o la 
confrontación. 
Sin embargo, el conflicto interno es inherente en relación a la situación de la comunidad y los agentes 
externos, como las autoridades y los residentes circundantes. 
Una comunidad puede actuar en solidaridad al negociar con las autoridades o al invadir un terreno, la 
solidaridad puede ocurrir durante las negociaciones con las autoridades, pero las disputas pueden 
ocurrir durante la implementación de los programas acordados con las autoridades y durante el 
funcionamiento pleno del mismo establecimiento (Barry y Mayson 2000). 
http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n
http://es.wikipedia.org/wiki/Autoridad
http://es.wikipedia.org/wiki/Solidaridad
http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Residente&action=edit
 
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Para un agente externo, es muy difícil intervenir en los establecimientos informales con los objetivos 
de mejorarlos o procurar que las condiciones físicas, higiénicas y la justicia social prevalezcan. 
Los líderes de la comunidad actúan como guardianes, por lo que las relaciones con las autoridades 
tienden a ser informales, no reguladas. Debido a esto es difícil que las instituciones formales de 
ordenamiento territorial puedan hacer repartos equitativos. Los acuerdos se pueden elaborar sobre 
una base cotidiana. 
Debido a la complejidad de esta situación muchos proyectos de mejoras no logran alcanzar los 
resultados deseados por las autoridades, y muchos observadores critican los proyectos que entregan 
arrendamientos individuales, especialmente la propiedad libre de impuestos. Sin embargo, también 
existen problemas asociados con el uso de formas comunales de arrendamiento (Fourier 1993). 
 
4.2.- ORGANIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS QUE FUERON EXPROPIADOS. 
Estos asentamientos por lo general son tierras que se tienen en posesión desde hace varias décadas 
por los ciudadanos y pueden ser de origen ejidal, o simplemente tierras que fueron compradas hace 
varios años por personas avecindadas de la zona. 
En este tipo de asentamientos no existe algún tipo de normatividad debido a su antigüedad, por lo que 
imposibilita la construcción de espacios habitacionales que presentaron un desdoblamiento 
generacional pasando las tierras del abuelo a los hijos, y de los hijos a los nietos. 
En varios de estos terrenos como es el caso que nos ocupa de predios en estudio del Cerro de la 
Estrella, tienen escrituras o títulos de propiedad que fueron expedidas por los mismos gobiernos para 
dar certeza jurídica a la zona. 
Pero al momento de la separación del Gobierno Federal con el Gobierno del Distrito Federal, este 
último creo nuevas leyes y decretos, y dichos predios fueron afectados por expropiaciones pasando 
de la legalidad jurídica a la irregularidad. 
La organización de estos predios es más concreta y propositiva porque son asentamientos con un 
grado mayor de consolidación, y mayor antigüedad por lo que normalmente luchan por la otorgación 
del CAMBIO DE USO DE SUELO. 
 
4.3.- VULNERABILIDAD DE LOS ASENTAMIENTOS INFORMALES. 
La vulnerabilidad de los asentamientos informales. La urbanización rápida parece ser uno de los 
factores claves en el crecimiento de la vulnerabilidad, en particular en familias de bajos recursos 
dentro de asentamientos informales. 
Los riesgos en el proceso de urbanización dan como resultado una sobrepoblación sobre la tierra 
cuando los migrantes rurales pasan a las ciudades ya pobladas, donde el recién llegado tiene pocas 
alternativas y ocupa tierras inseguras. 
http://es.wikipedia.org/wiki/L%C3%ADder
http://es.wikipedia.org/wiki/Vulnerabilidad
 
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Los riesgos de las amenazas naturales son solo una parte de los peligros que afrontan estas 
comunidades; ya que con frecuencia hay riesgos "normales" mayores y de mayor impacto como son la 
mala nutrición provocando una salud deficiente y la inseguridad citadina. 
 
Un estudio reciente sobre los mantos acuíferos en el Distrito Federal (GDF 2000) señala que esta 
entidad cuenta con 87,000 ha de lo que se denominan suelos de conservación (58% de su territorio), 
compuestos principalmente por zonas montañosas cubiertas de bosques y áreas utilizadas en 
actividades agropecuarias. 
 
Por ello estas zonas despobladas, generalmente están compuestos por bosques, y representan una 
riqueza natural para los grupos de invasores o fraudulentos que lucran con la necesidad de vivienda 
de la población. 
 
Por otra parte se altera la conservación del medio natural, de la flora y fauna silvestres en el territorio 
del Distrito Federal y con ello la restauración de la salubridad de la atmósfera, del agua, del suelo y el 
subsuelo; así como la adecuada interrelación de la naturaleza con los centros de población y la 
posibilidad de su aprovechamiento y disfrute por los habitantes. 
 
 
 
4.4.- ORIGEN DE LOS ASENTAMIENTOS EN ESTUDIO EN EL CERRO DE LA 
ESTRELLA QUE FUERON EXPROPIADOS. 
 
Para el presente caso trataremos de ejemplificarlo a través del siguiente cuadro. 
 
MATLALOTZIN 
ORIGEN 
 
Eran tierras de siembra, fueron dotadas a lugareños por decreto presidencial donde ellos 
obtuvieron del gobierno sus títulos de propiedad y la tierra se fue heredando a los hijos y 
nietos y de esta manera se fue fraccionando 
 
 ANTECEDENTES DE LA PROPIEDAD 
 En el predio se cuenta con escrituras que se adjuntan, el predio 
Matlalotzin fue adquirido por secciones y en diversas fechas, por los 
señores FELIPE MORALES y así la franja originalquedó dividida en 
fracciones, siendo las fechas de adquisición las siguientes: 
 El señor Felipe Morales compra en el año de 1907 y el señor Felipe 
Rosas adquiere en el año de 1954. 
 La propiedad de cada fracción ha ido pasando de generación en 
generación, pero siempre entre miembros de la propia familia, y 
descendientes de su respectivo tronco común, dividiendo las citadas 
fracciones, y documentando la transmisión a través de contratos de 
compraventa, cesiones de derechos o como consecuencia de algún otro 
acto jurídico como la herencia. 
 
 ÁRBOL GENEALÓGICO 
Los propietarios están constituidos en un gran grupo familiar que descienden de 
las personas nombradas anteriormente, las que debido a la mezcla ocurrida en 
cada generación, actualmente son las siguientes: Morales, Nava y Valverde 
 
Resulta importante reiterar que, las familias que en la actualidad ocupan el predio 
 
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20 
 
Matlalotzin son descendientes de los propietarios originales a quienes se ha 
venido citando, de tal forma que las familias que hoy se asientan en el predio son 
en orden de ascendente las siguientes: Morales, Valverde y Nava; que 
descienden de Felipe Morales 
 
 
 
 
 
 
 
MACLOLOTZIN (EL HOYO) ORIGEN 
 
Al ser tierras de siembra, fueron dotadas a lugareños por decreto donde ellos obtuvieron 
del gobierno sus títulos de propiedad y la tierra se fue heredando a los hijos y nietos y de 
esta manera se fue fraccionando. 
 
 
18 febrero de 1954 
 
Se realiza la Escritura del predio. El señor Cornelio Dávila, su asociada la Sra. Marcelina 
Hernández y la señora Julia Hernández comparecen ante el juzgado decimoséptimo del 
Distrito Federal del Ramo Civil manifestando ser dueños de la propiedad llamada 
Maclolotzin el cual adquirió el señor Luís Hernández hace mas de treinta años y a través de 
este órgano se regularizo la compra–venta de dicho terreno. 
 
Así se estipularon las siguientes cláusulas: 
1. El señor Cornelio Hernández y la señora Marcelina Hernández venden el terreno a 
la señora Julia Hernández el cual tiene los siguientes linderos: 
 Al norte: Con veinticuatro metros y cincuenta centímetros con el ejido del Pueblo 
de los Reyes. 
 Al sur: Con veintiséis metros y ochenta centímetros con Ricardo Valverde. 
 Al oriente: Con en ciento treinta metros con Narciso Mosco Rivera y 
 Al poniente: Con ciento treinta metros con Ricardo Santleis Perales. 
 con una superficie de 2034.50m2. 
2. -Se compra en $200 pesos 
3. El terreno tiene al corriente todas sus contribuciones que causa con sus usos, 
costumbres, servidumbres, entradas y salidas con todo lo que tiene y le pertenece 
de hecho y por derecho sin reserva alguna 
 
 
 
17 agosto de 1987. 
 
Con fundamento en los artículos 124 y 130 de la ley de amparo se nos concede el mismo 
para que se mantengan las cosas en el estado en el que están, es decir que los quejosos 
no sean desalojados ni se les prive de su libertad dicho amparo fue dado por la Lic. Ma. del 
Carmen Torres Medina, Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa. 
 
 
18 octubre de 1991. 
 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
21 
 
La COCODER (Comisión Coordinadora para el Desarrollo Rural) hace saber verbalmente 
de la situación jurídica que guarda el inmueble el cual es catalogado como Área De 
Conservación Ecológica. 
 
 
10 febrero 1992 
 
Se solicito a Compañía de luz y Fuerza Del Centro el suministro de luz al predio, el cual fue 
concedido con el número de folio F-236-6-1 por un monto de $·385,000.00 (trescientos 
ochenta y cinco mil pesos 00/100 m. n.). 
 
 
 
 
 
1 junio de 1997. 
 
Se Realizo el pago del PREDIAL ante la Sub-Tesorería de catastro y padrón territorial y en 
la misma fecha se realizo el pago ante Tesorería por un monto de $95.00 (noventa y cinco 
pesos 00/100 m. n.). 
 
 
27 junio de 1997. 
 
Se solicita al Arq. Jaime Aguilar Álvarez, Delegado Político del Departamento del Distrito 
Federal la instalación del drenaje en dicho predio. 
El cual fue instalado a través de la Delegación por el Ing. Gerardo López Salgado, Jefe 
Departamental de Operación Hidráulica en ese mismo año. 
 
 
 
 
CUEVAS DE SANTIAGO 
 
ORIGEN: Compradores de buena fe en los años 70 donde todavía no existía una 
normatividad de usos de suelo 
 
 
MACLALOCHE 
 ORIGEN 
 Estas tierras que eran de siembra, fueron compradas a los lugareños, a los cuales les 
habían sido asignadas mediante decreto, una vez con los títulos de propiedad, la tierra 
se ha ido heredando a los hijos y nietos y de esta manera se fue fraccionando. 
 
 
 ANTECEDENTES DE LA PROPIEDAD MACLALOCHE. 
 
 
13 diciembre de 1880. 
 
El C. Manuel Palacios prefecto político del Distrito de Tlalpan emite la carta de otorgamiento a 
favor de Secundino Silva quien es el abuelo de los actuales poseedores Eduardo Silva y 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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Gonzalo Silva. 
 
 
26 septiembre de1956. 
 
Isaías Silva Fragoso padre del actual poseedor y el señor Juan Silva Valverde celebran el 
contrato privado de cesión de derechos de posesión a favor de la Señora Virginia Sánchez de 
la Garza de Wood y Catalina Samaniego de Weters en donde ceden los primeros los derechos 
de posesión que tenia el predio MACLALOCHE. 
 
 
10 noviembre de 1978. 
 
Venden nuevamente el predio ahora con una superficie de 29,902.72 ms2 el predio Maclaloche 
al señor Isaías Silva Fragoso el cual fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de 
Comercio con fecha 25 de enero de 1974 en el tomo 200 volumen 73, serie A, hojas numero 21 
y número 20, por el que se pagaron derechos por $489,000.00(cuatrocientos ochenta y nueve 
mil pesos 00/100 m. n.) en la boleta No 124568 en enero de 1974. 
 
 
En el año de 1994. 
 
El Lic. Aguilar Álvarez delegado de Iztapalapa les requiere una copia certificada donde se 
adjudique la propiedad del predio misma que se obtuvo del registro público de la propiedad sin 
ningún contratiempo. 
 
 
25 de julio de 1995. 
 
Se nos notifico que se tenía que desalojar el predio en 24 horas, toda vez que si se quería 
expropiar el pedio tenia que indemnizar ante el cual se obtuvo un amparo y la resolución fue a 
favor de los propietarios del predio 
 
 
3 de agosto de1995. 
 
50 personas de la delegación derribaron las viviendas, lesionaron y robaron aparatos electro- 
domésticos. 
 
 
Agosto de 1996. 
 
Se solicita al Lic. Miguel Sosa Acosta la indemnización de los daños ocasionados al predio ya 
que se cuenta con un amparo, solicitud de la cual nunca se tuvo una respuesta. 
 
 
 
 
17 de octubre de 1997. 
 
Se extravía del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del DF el expediente de la 
mencionada propiedad. 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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11 de septiembre de 1998. 
 
Nuevamente se trato de desalojar a los habitantes del predio por órdenes del Lic. Elio 
Villaseñor, Delegado de Iztapalapa. 
 
 
En el año 2001. 
 
Se manda rodear el predio con 50 policías para amedrentar y exigir que se desaloje, acto que 
no se realizó por no traer orden judicial alguna. 
 
 
Febrero 2001 
 
Inspectores de la Delegación Iztapalapa se presentaron en el terreno y expresando 
textualmente que se desalojará o procederían a sacar a los residentes de otra manera. 
Por estas 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
24 
 
constantes amenazas en imposible vivir tranquilamente. 
 
FOTO No 3, No 4Y No. 5: ASENTAMIENTO IREGULAR 
 
 
 
MATLALOTZIN AV. HIDALGO 
 
ORIGEN: Eran tierras de cultivo, fueron dotadas a lugareños por decreto donde ellos 
obtuvieron del gobierno sus títulos de propiedad y la tierra se fue heredando a los hijos y 
nietos y de esta manera se fue fraccionando. 
 
 
 
 
 
LOMA BONITA 
 
ORIGEN: Eran pepenadores del lugar y a los padres se les dio dicho terreno para que 
tuvieran su residencia en el lugar y así se fueron fraccionando y pasando de generación en 
generación. 
 
 
 
7 FAMILIAS 
 
ORIGEN: Fueron un acuerdo donde a estas 7 familias las reubicaron de otro predio . 
 
 
 
MATLALOC 
 
ORIGEN: Eran tierras de cultivo, fueron dotadas a lugareños por decreto donde ellos 
obtuvieron del Gobierno sus títulos de propiedad y la tierra se fue heredando a los hijos y 
nietos y de esta manera se fue fraccionando. 
 
 
MARAVILLAS 
 
ORIGEN: Son compradores de buena fe y víctimas de un fraude ya que le compraron a una 
persona llamada Erasmo Morales que era el propietario pero que no tenia el uso de suelo 
habitacional. 
 
 
OTROS 
 
ORIGEN: Habría que contemplar como breviario otro tipo de origen que son las invasiones. 
Son grupos de personas que al ver un predio baldío se organizan y en un acto de horas lo 
invaden con un número considerable de familias a las cuales difícilmente se les hará frente 
tanto por parte del gobierno como por parte de un particular y normalmente obligan a un 
acto jurídico de juicio o por parte del gobierno a un acto de recuperación administrativa que 
tarda meses o años. 
 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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Dicho proceso tendría 3 vertientes. 
 Cuando el terreno es propiedad del gobierno 
 Cuando el terreno es de propiedad particular y el dueño vive 
 Cuando el terreno es propiedad de un particular y el terreno esta intestado 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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26 
 
 
5.- CLASIFICACION DE LOS ASENTAMIENTOS IRREGULARES. 
 
 
5.1.- POR TIPO DE VIVIENDA. 
 
 Vivienda Particular 
 Casa Particular 
 Departamento en Edificio. 
 Vivienda en Vecindad. 
 Cuarto de Azotea. 
 Refugio. 
 
 
5.2.- DE ACUERDO A LOS MATERIALES DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS CON 
QUE SE CUENTA. 
 
Viviendas particulares habitadas construidas por diferentes tipos de material. 
 
PISOS. 
 Tierra. 
 Cemento Firme. 
 Madera, mosaico y otros. 
 No especificado. 
 
PAREDES. 
 Material de Desecho. 
 Lamina de Cartón. 
 Lamina de Asbesto y Metálica. 
 Carrizo, Bambú y Palma. 
 Embarrado y Bajareque. 
 Madera. 
 Adobe. 
 Tabique, Ladrillo, Block, Piedra, Cantera, Cemento y Concreto. 
 No especificado. 
 
TECHOS 
 Material de Desecho. 
 Lamina de Cartón. 
 Lamina de Asbesto y Metálica. 
 Palma, Tejamanil y Madera. 
 Teja. 
 Losa de Concreto, tabique, Ladrillo y Terrado con Viguería. 
 No especificado. 
 
SERVICIOS DE LOS QUE DISPONEN LAS VIVIENDAS 
 Agua Entubada. 
 Drenaje. 
 Energía Eléctrica. 
 Teléfono. 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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 Calles Pavimentadas. 
 Banquetas. 
 Recolección de Basura. 
 Luminarias. 
 Servicio de Correo. 
 Clínica Médica. 
 Tianguis Ambulante. 
 Centro Comercial. 
 Tienda de Abarrotes. 
 
 
5.3.- DE ACUERDO AL NUMERO DE HABITANTES QUE OCUPAN UNA VIVIENDA. 
 
Se clasifican en viviendas de alta densidad, media o baja densidad de acuerdo al número de 
habitantes que viven por metro cuadrado . 
 
 Un ocupante. 
 Dos ocupantes. 
 Tres ocupantes. 
 Cuatro ocupantes 
 Cinco ocupantes. 
 Seis ocupantes. 
 Siete ocupantes. 
 Ocho ocupantes. 
 Nueve o más ocupantes. 
 
 
5.4.- CLASIFICACION DE ACUERDO A LA LEY DE DESARROLLO URBANO. 
 
 
5.4.1.- USOS. 
 
Los fines particulares a que podrán dedicarse determinadas zonas o predios de la ciudad o centro de 
población. 
 
 
5.4.2.- ZONIFICACION. 
La división del suelo urbano o de conservación en zonas, para asignar usos del suelo específicos o 
una mezcla de ellos, en relación a las características socioeconómicas y de funcionamiento de dichas 
zonas; constituyendo uno de los principales componentes del ordenamiento territo rial. 
La zonificación determinará los usos permitidos y prohibidos, así como los destinos y reservas de 
suelo para las diversas zonas, determinadas en los programas y en el Reglamento de esta Ley, 
además de aquellas que la evaluación de los programas determine necesarias para un adecuado 
funcionamiento y ordenamiento del territorio; dichas zonas podrán ser: 
a) Para Suelo urbano: Habitacional; Habitacional con comercio; Habitacional con oficinas; 
Habitacional mixto; Equipamiento urbano e infraestructura; Industria; Espacios Abiertos; Areas Verdes; 
Centro de Barrio; entre otras. 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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b) Para Suelo de Conservación: Rescate Ecológico; Producción Rural-Agroindustrial; Preservación 
Ecológica; entre otras. 
c) Para Poblados Rurales: Habitacional Rural de Baja Densidad; Habitacional Rural; Habitacional 
Rural con Comercio y Servicios; Equipamiento Rural; entre otras. 
 
 
5.5.- CLASIFICACION DEL SUELO DE ACUERDO A LA LEY DE DESARROLLO 
URBANO. 
 
 
5.5.1.- RESERVAS. 
 
Las áreas o predios de la Ciudad o centro de población que serán utilizados para su crecimiento. 
 
 
5.5.2.- SUELO URBANO. 
 
Constituyen el suelo urbano las zonas a las que el Programa General clasifique como tales, por contar 
con infraestructura, equipamiento y servicios y por estar comprendidas fuera de las poligonales que 
determine el Programa General para el suelo de conservación. 
 
 
5.5.3.- AREAS CON POTENCIAL DE DESARROLLO. 
 
Las que corresponden a zonas que tienen grandes terrenos, sin construir, incorporados dentro del 
área urbana, que cuentan con accesibilidad y servicios donde pueden llevarse a cabo los proyectos de 
impacto urbano que determine el reglamento de esta Ley, apoyados en el programa de fomento 
económico, que incluyen equipamientos varios y otros usos complementarios. 
 
 
5.5.4.- AREAS CON POTENCIAL DE MEJORAMIENTO. 
 
Habitacionales de población de bajos ingresos, con altos índices de deterioro y carencia de servicios 
urbanos, donde se requiere un fuerte impulso por parte del sector público para equilibrar sus 
condiciones y mejorar su integración con el resto del entorno social. 
 
 
5.5.5.- AREAS CON POTENCIAL DE RECICLAMIENTO. 
 
Aquellas que cuentan con infraestructura vial y de transporte y servicios urbanos adecuados 
localizadas en zonas de gran accesibilidad, generalmente ocupadas por vivienda unifamiliar de uno o 
dos niveles con grados de deterioro, las cuales podrían captar población adicional, un uso más 
densificado del suelo, recibir transferencias de potencialidades de desarrollo y ofrecer mejores 
condiciones de rentabilidad. 
 
Se aplican también a zonas industriales, comerciales y de servicios deterioradas o abandonadas 
donde los procesos deben reconvertirse para ser competitivos y evitar impactos ecológicos . 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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5.5.6.- AREAS DE CONSERVACION PATRIMONIAL. 
 
Las que tienen valores históricos, arqueológicos, artísticos y típicos o que forman parte del patrimonio 
cultural urbano, así como las que sin estar formalmente clasificadas como tales, presenten 
características de unidad formal, que requierenatención especial para mantener y potenciar sus 
valores en congruencia con la legislación aplicable al caso. 
 
 
5.5.7.- AREAS DE INTEGRACION METROPOLITANA. 
 
Las ubicadas en ambos lados del límite del Distrito Federal, Estado de México y el Estado de Morelos; 
su planeación debe sujetarse a criterios comunes y su utilización tiende a mejorar las condiciones de 
integración entre ambas entidades. 
 
 
 
5.5.8.- SUELOS DE CONSERVACION. 
Comprende el que lo amerite por su ubicación, extensión, vulnerabilidad y calidad; el impacto en el 
medio ambiente y en el ordenamiento territorial; los promontorios, los cerros, las zonas de recarga 
natural de los mantos acuíferos; las colinas, elevaciones y depresiones orográficas que constituyan 
elementos naturales del territorio de la ciudad y aquel cuyo subsuelo se haya visto afectado por 
fenómenos naturales o por explotaciones o aprovechamientos de cualquier género que representen 
peligros permanentes o accidentales para el establecimiento de los asentamientos humanos. Así 
mismo, comprende el suelo destinado a la producción agropecuaria, piscícola, forestal, agroindustrial 
y turística y los poblados rurales. 
 
5.5.9.- AREAS DE RESCATE. 
Aquellas cuyas condiciones naturales han sido alteradas por la presencia de usos inconvenientes o 
por el manejo indebido de recursos naturales y que requieren de acciones para restablecer en lo 
posible su situación original. 
Las obras que se realicen en dichas áreas se condicionarán a que se lleven a cabo acciones para 
restablecer el equilibrio ecológico. Los programas establecerán los coeficientes máximos de 
ocupación y utilización del suelo para las mismas; 
 
5.5.10.- AREAS DE PRESERVACION. 
Las extensiones naturales que no presentan alteraciones graves y que requieren medidas para el 
control del uso del suelo y para desarrollar en ellos actividades que sean compatibles con la función 
de preservación. 
 
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Sólo podrán realizarse en estas áreas, obras para instrumentar la preservación compatible con los 
objetivos señalados a las mismas, previo dictamen de la Secretaría de Desarrollo Urbano, así como 
de la Secretaria del Medio Ambiente. 
La legislación ambiental aplicable regulará adicionalmente dichas áreas. 
 
5.5.11.- AREAS DE PRODUCCION RURAL Y AGROINDUSTRIAL. 
Las destinadas a la producción agropecuaria, piscícola, turística forestal y agroindustrial. La ley de la 
materia determinará las concurrencias y las características de dicha producción. 
Estas áreas podrán ser emisoras para transferencias de potencialidades de desarrollo en beneficio de 
las mismas, en los términos que definan los programas y el artículo 51 de esta Ley. 
 
5.6.- CLASIFICACION DE ACUERDO A LA ZONIFICACION. 
 
5.6.1.- EN SUELO URBANO. 
a) Habitacional. 
b) Comercial. 
c) Servicios. 
d) Industrial. 
e) Equipamiento e infraestructura. 
f) Espacios abiertos. 
g) Áreas verdes, parques y jardines. 
 
5.6.2.- EN AREAS DE CONSERVACION. 
a) Para las áreas de rescate ecológico. 
1. Habitacional. 
2. Servicios. 
 
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3. Turístico. 
4. Recreación. 
5. Forestal. 
6. Equipamiento e infraestructura. 
 
5.6.3.- EN AREAS DE PRESERVACION. 
a) Piscícola; 
b) Forestal, y 
c) Equipamiento rural e infraestructura. Siempre y cuando no se vulnere y altere la vocación 
del suelo y su topografía. 
 
5.6.4.- EN AREAS DE PRODUCCION RURAL Y AGROINDUSTRIAL. 
a) Agrícola. 
b) Pecuaria. 
c) Piscícola. 
d) Turística. 
e) Forestal. 
f) Agroindustrial. 
g) Equipamiento e infraestructura. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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6.- OBJETIVOS DEL ANALISIS DE LOS ASENTAMIENTOS IRREGULARES. 
 
El objetivo del presente trabajo es realizar un estudio a conciencia de los predios irregulares en 
general. 
 
 El Reglamento de esta Ley, establecerá las clases de los usos y destinos a que se hace referencia, 
así como la especificación de aquellos usos sujetos a licencia de uso del suelo, así como las acciones 
para dar certeza jurídica a los predios que cumplen con el diagnóstico para ser regularizados y así 
obtengan su cambio de uso de suelo a habitacional, y las acciones propuestas para no permitir el 
establecimiento de nuevos asentamientos irregulares. 
 
Fijar las normas básicas para planear, programar y regular el ordenamiento territorial y el desarrollo, 
mejoramiento, conservación y crecimientos urbanos del Distrito Federal con acciones como 
 
 Propiciar el arraigo de la población. 
 Evitar los asentamientos humanos en las áreas de mayor vulnerabilidad. 
 Establecer Políticas e instrumentos para el cumplimiento de los objetivos de los p rogramas. 
 
 
6.1.- MARCO JURIDICO. 
 
La “Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal” publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 
29 de enero de 1996 en su artículo 2º destaca como una prioridad la mejora y calidad de vida de la 
población tanto urbana como rural. 
 
Para ello, es necesario, según consta en el apartado VI de dicho artículo, “evitar los asentamientos 
humanos en la áreas de mayor vulnerabilidad, en las áreas riesgosas y en las áreas de conservación”. 
 
Sin embargo, el suelo de conservación, también definido en esta Ley (artículo 30), se ha seguido 
ocupando, si bien no a los ritmos que la ciudad nos tuvo acostumbrados en decenios pasados, 
especialmente entre los años sesenta y ochenta. 
 
Artículo 4º. La planeación del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial del Distrito Federal 
estarán determinados por su unidad geográfica, su estructura y su participación en la zona 
conurbada, en los términos de los artículos 11 y 12 del Estatuto. 
Artículo 6º. La determinación de los usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques es 
inherente a la función social del derecho de propiedad, de acuerdo con lo previsto en el párrafo 
tercero del artículo 27 Constitucional, con la Ley General de Asentamientos. 
 
 
 
6.2.- CARACTERISTICAS DE PREDIOS SUSCEPTIBLES A REGULARIZACION Y ASI 
APLICAR ACCIONES DE CONTROL DE LOS ASENTAMIENTOS 
CONSOLIDADOS. 
 
Para que un predio sea considerado como consolidado y sea susceptible a su regularización, deberá 
presentar Estructura urbana que esta compuesta por los siguientes elementos: 
 
 
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 Suelo susceptible: establecido en zonas que no presenten riesgo. 
 Cercanía a vialidad y estructura vial: que son un conjunto de calles intercomunicadas con 
vialidades que presenten salida a vialidades ya establecidas. 
 Transporte: indispensable para la gente que no tiene la facilidad de contar con vehículo 
automotor y les permita la salida y entrada del asentamiento. 
 Vivienda consolidada: es decir que presente materiales de concreto en su construcción y 
no están construidas de materiales de reciclamiento como láminas de cartón en paredes y 
techos. 
 Antigüedad de las construcciones: que tengan un origen no de invasión, es decir, que 
hayan sido producto de reubicaciones por parte del mismo gobierno, y no de compras 
fraudulentas y de terrenos que han pasado de generación en generación. 
 Que no se altere el medio ambiente: entre otros, que actúan interrelacionados y que no 
causen impacto urbano trascendente, ni impacto ambiental y que realicen medidas de 
mitigación, que son aquellas condiciones que deben cumplir las personas físicas o 
morales, que construyan, amplíen, reparen o modifiquenuna obra con el fin de prevenir, 
mitigar o compensar las alteraciones o afectaciones al entorno urbano, a la vialidad, a la 
estructura socioeconómica, la infraestructura y/o la imagen urbana; en términos de lo 
dispuesto por los artículos 61 y 61 bis de la presente ley 
 Optimizar el ordenamiento territorial y el aprovechamiento del suelo propiciando la 
regulación, protección, recuperación y conservación de los elementos del paisaje urbano. 
 Aplicación a favor también de los Artículos de la Ley de Desarrollo Urbano respecto a los 
asentamientos que tienen antigüedad: 
LVI. Propietario: Persona física o moral que tiene la propiedad jurídica de un bien 
inmueble o predio, donde se pretenda realizar alguna construcción, o en su caso, 
instalar un anuncio y su estructura; 
LXI. Relotificación: Es la agrupación de inmuebles comprendidos; en un polígono de 
actuación sujeto al desarrollo o al mejoramiento urbano para su nueva división, y en 
su caso una relocalización de los usos de suelo dentro del polígono, ajustada a los 
programas; 
IV. El reconocimiento de los derechos adquiridos por los propietarios, poseedores, o 
sus causahabientes respecto de los usos del suelo; que de manera legítima y 
continúa han aprovechado respecto de un bien inmueble en su totalidad o en 
unidades identificables de éste; siempre y cuando estén en alguno de los siguientes 
supuestos: 
a) Para usos cuyo aprovechamiento se haya iniciado con anterioridad a la 
entrada en vigor de los planes parciales de desarrollo urbano aprobados y 
publicados en el año de 1982, debiendo además cumplir con las disposiciones 
legales vigentes en la fecha en que se inició el uso; incluyendo el Reglamento de 
Construcciones para el Distrito Federal, o 
b) Los derechos adquiridos prescriben por la falta de continuidad en el 
aprovechamiento del uso del suelo que se haya acreditado, durante un periodo 
de un año, sin razón legal para interrumpir este plazo en los términos del Código 
Civil, o por aprovechar el inmueble o unidad identificable de éste con un uso del 
suelo diferente al acreditado. En el caso de prescripción de derechos adquiridos, 
serán aplicables la zonificación y las normas de ordenación que determine el 
 
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ASENTAMIENTOS HUMANOS IRREGULARES 
 
 
 
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programa en vigor en donde se ubique el inmueble o unidad identificable de que 
se trate. 
Artículo 29. El ordenamiento territorial, comprende el conjunto de las disposiciones que tienen 
por objeto establecer la relación entre la distribución de los usos, destinos y reservas del suelo 
del Distrito Federal con los asentamiento humanos, las actividades y derechos de sus habitantes, 
la zonificación y las normas de ordenación, así como la reglamentación en materia de 
construcciones de imagen y paisaje urbano, de equipamiento urbano, de impacto urbano o 
urbano-ambiental y de anuncios. 
 
 
6.2.1.- LEVANTAMIENTOS DE CENSOS DE LOS HABITANTES YA ASENTADOS EN LA ZONA 
POR MAS DE 5 AÑOS DE MANERA PACIFICA. 
La finalidad de aplicar censos estará enfocada a la observación que no ha existido en la zona 
desdoblamientos, reventas de terrenos que traen consigo problemas legales. 
LXIV. Restricción: Limitación o afectación que se impone en los planes y programas 
de desarrollo urbano, las normas de ordenación y los planos oficiales de alineamiento 
y derechos de vía, al uso o aprovechamiento de un predio, para el cumplimiento de los 
objetivos y estrategias de los programas. 
 
6.2.2.- CARACTERISTICAS TOPOGRAFICAS PARA DETERMINAR LA FACTIBILIDAD DE 
SERVICIOS Y LA TRAZA URBANA. 
 
Concientizar a la gente del peligro que representa establecerse en zonas de riesgo, ya que en 
cualquier evento natural puede poner en peligro la integridad física o la vida de las personas, sus 
bienes o el ambiente; como son las zonas de alto riesgo geológico, hidro-meteorológico, físico-
químico, sanitario y social urbano. 
 
Estas características deben ser observadas dado que muchas veces la topografía de la zona 
imposibilita la salida de las aguas negras que en su mayoría trabajan por gravedad al igual que las 
tuberías de agua potable y en caso de requerirse una inversión a bombeo seria incosteable. 
 
 
 
6.2.3.- PLANOS DE LA ZONA PARA DETERMINAR EL POLIGONO DE ACTUACION. 
XLVII. Polígono de actuación: Superficie delimitada del suelo que se determina en los 
Programas, a solicitud de la Administración Pública o de los particulares para llevar a 
cabo las acciones determinadas en esta Ley, permitiendo la realización de proyectos 
urbanos mediante la relocalización de usos de suelo y destinos, así como el 
intercambio de potencialidades del desarrollo urbano; 
 
 
 
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6.2.4.- FIRMA DE CONVENIOS DE CERO CRECIMIENTO CON AUTORIDADES LOCALES 
COMO SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA. 
 
Como ejemplo se transcribe el formato firmado entre los predios del Cerro de la Estrella y la 
Delegación Iztapalapa. 
 
 
CONVENIO DE CRECIMIENTO CERO, QUE CELEBRAN LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, 
A QUIEN SE LE DENOMINARA “EL G.D.F.” REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU TITULAR 
LA DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, ASISTIDA POR EL C. NICOLAS JIMENEZ , DIRECTOR 
GENERAL DE LA COMISION DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO RURAL; COMO 
TESTIGOS, EL M. EN C. MARCELO ARANDA SÁNCHEZ, DIRECTOR DE SISTEMAS DE AREAS 
NATURALES PROTEGIDAS,; POR LA OTRA PARTE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, EN LO 
SUCESIVO “LA DELEGACIÓN” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. VICTOR HUGO 
CIRIGO VASQUEZ, JEFE DELEGACIONAL EN DICHA DEMARCACION, ASISTIDO POR EL LIC. 
RICARDO EVIA RAMÍREZ, DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE GOBIERNO; DIRECTOR 
JURÍDICO EN IZTAPALAPA Y POR LA OTRA LOS HABITANTES DE LOS PREDIOS 
MATLALOTZIN, MACLALOTZIN, MACLALOTZIN “EL HOYO”, MATLALOC, MARAVILLAS Y 
MACLALOCHI A QUIEN EN ADELANTE SE LES DESIGNARA COMO “LOS PREDIOS” AL TENOR 
DE LAS DECLARACIONES, PREVIO DE LOS SIGUIENTES: 
 
 
I.- DECLARA “EL G.D.F.” 
 
I.1.- Que el Distrito Federal es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, 
cuyo titular tiene a su cargo el Gobierno del Distrito Federal de conformidad con los artículos: 122 de 
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 8 fracción II; 67 fracción XXV del 
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 5 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública 
del Distrito Federal y ; 1 y 2 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. 
 
I.2.- Que la Secretaría del Medio Ambiente es una dependencia de la Administración Pública 
Centralizada del Distrito Federal, con atribuciones para establecer las políticas a que deba sujetarse la 
preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente del Distrito Federal, así 
como promover, coordinar y ejecutar estudios y acciones en materia de protección, fomento, 
desarrollo y conservación de los recursos naturales y biodiversidad, así como promover, coordinar, 
fomentar y ejecutar los programas y apoyos necesarios para el desarrollo integral, equitativo y 
sustentable de la zona rural del suelo de conservación del Distrito Federal y Áreas Naturales 
Protegidas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 5, 15 Fracción IV y 26 Fracciones 
XII y XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; así como 199 del 
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y 9 fracción XIV bis, 10 fracción 
II, 91, 92, 95 y 96 de la Ley Ambiental del Distrito Federal. 
 
I.3.- Que su titular fue designada Secretaría del Medio Ambiente por el Lic. Andrés Manuel López 
Obrador, Jefe del Gobierno del Distrito Federal, con fecha 5 de diciembre de 2000 y cuenta con 
facultades para suscribir contratos y conveniosde conformidad con los artículos 16 fracción IV y 26 de 
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26 fracción XVI del Reglamento 
Interior del Distrito Federal. 
 
I.4.- Que para los efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en Plaza de la 
Constitución No. 1, Tercer Piso, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal. 
 
 
 
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36 
 
II.- DECLARA “LA DELEGACIÓN” 
 
II.1. Que es un Órgano Político Administrativo Desconcentrado de la Administración Desconcentrada, 
de la Administración Pública del Distrito Federal con autonomía funcional en acciones de Gobierno, 
facultado para suscribir todo tipo de convenios inherentes al ejercicio de sus atribuciones conforme lo 
establecen los artículos 122 Base Tercera de la Constitución Política de los Estados Unidos 
Mexicanos; 39 fracciones XLV y LXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 117; del 
Estatuto de Gobierno y 120 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. 
 
II.2. Que con la finalidad de implementar acciones de gobierno para la conservación y mantenimiento 
de la zona denominada “Cerro de la Estrella” ha asumido la administración del Área Natural Protegida 
de competencia del Gobierno del Distrito Federal, lo anterior a través del convenio de colaboración 
celebrado el 2 de mayo de 2002 con la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito 
Federal. 
 
II.3. Que señala como domicilio para los efectos del presente, el ubicado en la Calle Aldama No. 63, 
Colonia, Barrio San Lucas, Delegación Iztapalapa. 
 
 
III.- DECLARAN LOS HABITANTES DE LOS PREDIOS. 
 
III.1.- Que han venido ocupando los terrenos a que se refiere el presente convenio, desde hace más 
de 20 años, en virtud de que son propietarios de los mismos. 
 
III.2.- Que a efecto de que personas ajenas a los predios pretendan invadir el Área Natural Protegida, 
declaran estar de acuerdo en otorgar el presente acuerdo de voluntades para que conjuntamente con 
el Gobierno del Distrito Federal se realicen acciones eficaces, y tendientes a contener el avance de la 
mancha urbana como las bardas perimetrales . 
 
III.3.- Que señalan como domicilio para los efectos del presente convenio en la Calle Morelos número 
provisional 129, colonia Tercera Sección de Valle de Luces, Delegación Iztapalapa. 
 
 
IV.- DECLARAN LAS PARTES: 
 
IV.1. Que en virtud del uso del suelo permitido para el Cerro de la Estrella y los constantes daños que 
se han propiciado por asentamientos humanos, incendios, vandalismo, tiro de cascajo y cualquier tipo 
de desechos, entre otros factores de deterioro, se hace urgente la implementación de acciones 
conjuntas, para la protección y vigilancia del Cerro de la Estrella. 
 
IV.2. Que las partes reconocen que en el Cerro de la Estrella se localiza una zona arqueológica que 
cuenta con vestigios de grupos humanos que ahí habitaron a lo largo de 3500 años, durante los 
períodos preclásico, clásico y posclásico; que en la zona se conservan importantes muestras de 
petroglifos, estructuras piramidales y otros restos materiales pertenecientes a las culturas 
Teotihuacanas, Tolteca y Culhua-Mexica; la cual es competencia del Instituto Nacional de 
Antropología e Historia (INAH). 
 
IV.3. Que de acuerdo al censo de viviendas elaborado conjuntamente por la Delegación, CORENA y 
de los habitantes de los asentamientos humanos irregulares objeto de este instrumento, estará 
prohibido el establecimiento de nuevos asentamientos y serán sujetos a las leyes aplicables. 
 
 
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Leídas que fueron las declaraciones por quienes las expresaron y con fundamento en lo dispuesto por 
el artículo 122 Constitucional en relación con los artículos 1, 2 8 fracción II, 67 fracciones XXV, 117 
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 5, 12, 15 fracción IV; 16, 20, 26 y 39 fracciones XLV y 
LXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 7 fracción IV; 56 y 120 del 
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 10 fracción II, 91, 92 bis 5, 93 
bis, 95 y 96 de la Ley Ambiental así como todas las demás aplicables, con plena aceptación de sus 
alcances convienen obligarse en términos de las siguientes: 
 
 
CLÁUSULAS 
 
PRIMERA.- El objeto del presente convenio es que los habitantes de los predios irregulares 
MATLALOTZIN, MACLALOTZIN, MACLALOTZIN “EL HOYO”, MATLALOC, MARAVILLAS Y 
MATLALOCHI implementen acciones conjuntas con el Gobierno del Distrito Federal para contener el 
avance de la mancha urbana sobre el área de preservación ecológica del Cerro de la Estrella, así 
como prevenir y controlar la contaminación ocasionada por el tiro de desechos sólidos, así como 
respetar los usos y destinos del suelo autorizados por las Leyes Ambientales y de Desarrollo Urbano, 
fomentando su preservación y restauración. 
 
 
SEGUNDA.- El “G. D. F.” Se compromete a: 
 
a).- Realizar acciones para la conservación de los recursos naturales del área natural protegida. 
 
b).- Apoyar de acuerdo con la suficiencia presupuestal el desarrollo de obras y acciones orientadas a 
la conservación del área de preservación ecológica. 
 
c).- Vigilar el cumplimiento de dicho instrumento. 
 
d).- Promover la participación ciudadana en el mejoramiento ambiental. 
 
 
TERCERA.- “La Delegación” se compromete a: 
 
a).- Realizar acciones para la protección, preservación y restauración del Área citada en 
referencia. 
 
b).- Participar activamente en los Programas y Proyectos de Conservación, Vigilancia, Cuidado y 
Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Naturales del Cerro de la Estrella. 
 
c).- Utilizar la infraestructura necesaria para las actividades de aprovechamiento sustentable, 
respetando las normas establecidas por la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al 
Ambiente, la Ley Ambiental del Distrito Federal, la Ley de Desarrollo Urbano, el Reglamento 
de Construcciones y todas las demás disposiciones jurídicas aplicables. 
 
 
CUARTA.- Los Habitantes de los asentamientos humanos irregulares se comprometen a: 
 
a).- Mantener sus predios en los términos y condiciones que permitan un desarrollo sustentable 
acorde con el Área Natural Protegida contigua. 
 
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b).- Participar conjuntamente con el G.D.F. y la DELEGACIÓN en la construcción de la barda 
perimetral, y realizar acciones a efecto de contener la mancha urbana. 
 
 
QUINTA.- La vigencia del presente documento será por tiempo indefinido a partir de la firma del 
mismo, pudiendo ser modificado y/o darse por terminado por consentimiento expreso de las partes. 
 
 
SEXTA.- “El G.D.F.” y “LA DELEGACIÓN” tendrán la facultad de verificar si los trabajos objeto del 
presente Convenio de Colaboración se están ejerciendo conforme a los términos convenidos o 
instrucciones recibidas por el mismo. 
 
 
SÉPTIMA.- Toda vez que este documento es producto de la buena fe de las partes, toda controversia 
que pudiera surgir de su interpretación, será solucionada en forma conjunta con “La Delegación”, “El 
G.D.F.”, y los habitantes de los asentamientos humanos irregulares, en apego a los fines que se 
pretenden, mediante las acciones de protección y conservación de la zona en referencia. 
 
 
Leído que fue el contenido del presente instrumento, las partes aceptan que no existe dolo, mala fe o 
vicios ocultos en el mismo, firmando por cuadruplicado los que en el mismo intervienen 
 
 
 
6.2.5.- CONSTRUCCION DE MUROS PARA EVITAR EL DESDOBLAMIENTO DE LA ZONA. 
 
La intención de

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