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Retos del Gobierno Municipal en México

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INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS 
SUPERIORES DE MONTERREY 
EGAP GOBIERNO Y POLÍTICA PÚBLICA 
CIUDAD DE MÉXICO 
LOS RETOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL EN MÉXICO: EFICIENCIA EN LA 
GESTIÓN PÚBLICA. 
~hEGAP® 
Gobierno y Política Pública 
TECNOLÓGICO DE MONTERREY 
Jt. TKNOI..OOCO 
• DE MONTERREY 
Biblioteca 
~ CiUeaddl Mlxlco 
Jaiber Seir Pineda Antonio 
 
Proyecto de Investigación Aplicada 
Maestría en Administración Pública y Política Pública 
Asesor: Dr. Óscar de los Reyes Heredia 
Noviembre 2013 
Resumen ejecutivo 
El presente trabajo surge de la inquietud por demostrar el principal problema que presentan 
los municipios en la actualidad: la falta de una gestión eficiente eón estructuras 
profesionalizadas, lo cual reduce la posibilidad de contar con ayuntamientos que ofrezcan a 
la ciudadanía calidad, transparencia y eficacia en la provisión de bienes y servicios 
públicos. 
Para contribuir al desarrollo social y humano de México, resulta imprescindible que 
los gobiernos municipales estén mejor preparados frente a los retos que representan los 
distintos cambios que se originan en el ámbito nacional e internacional y que impactan, de 
algún modo u otro, a la esfera local. Por tal motivo, se presenta en este documento una 
investigación que recoge las experiencias de seis Presidentes municipales de la región del 
Istmo de Tehuantepec, del Estado de Oaxaca, a partir de las cuales se detectaron algunas 
debilidades que no permiten una eficiente gestión de gobierno. Asimismo, se revisa la 
bibliografía especializada que servirá como sustento teórico a esta investigación y que 
permita proponer algunas acciones estratégicas de mejora. 
A partir de la información recabada, se realizan algunas propuestas que quedarán a 
disposición de los gobiernos locales para generar mejores condiciones de eficiencia en el 
gobierno municipal. En primer término, un modelo de gobierno a disposición de los 
ayuntamientos para generar mejores condiciones de gestión pública a partir de la gestión 
estratégica municipal. 
Junto a las propuestas antes mencionadas se distinguen también la Agenda local 
incluyente y corresponsabilidad social, Transparencia municipal como quehacer de un 
gobierno abierto y responsable y la Oficina ciudadana de control y vigilancia para que el 
ciudadano cuente con una herramienta para conocer qué está haciendo su gobierno y haga 
público los documentos generados al interior. Finalmente, la generación de Gobiernos 
municipales en red a través de la creación del Foro Intermunicipal y de Cooperación para 
el Desa"ollo local (FICDEL) y el Laboratorio de Innovación Municipal. 
Agradecimientos y reconocimientos. 
A mis amados padres, Lucelia Antonio y Delfina Pineda, los seres más valiosos con quienes 
siempre he contado al momento de emprender cualquier proyecto de vida. Gracias padres, su 
apoyo para mí ha sido fundamental para terminar con éxito este logro profesional. Les debo más 
que la vida, mi gratitud hacia ustedes no tiene fin. 
Un especial reconocimiento merece el Programa de Becas para Indígenas (PROBEPI) que a través 
del Centro de Investigación y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) me hizo 
merecedor de la beca que, de manera conjunta con el Concejo Nacional de Ciencia y Tecnología 
(CONACYT), me permitió estudiar un posgrado de alto nivel. Quedo eternamente agradecido con 
esta valiosísima oportunidad que me han otorgado para seguirme formando y preparando. Éste 
valioso aporte que me han dado me hace reafirmar mi compromiso social y humanista en favor de 
mi país y de estas instituciones que ya forman parte de mí. 
A mis queridos hermanos, William y Karen, con quienes he compartido parte de mi vida y mi 
tiempo y que, pese a la distancia física, han permanecido siempre conmigo. Nuestros lazos de 
hermandad, unión y fortaleza nos mantendrán siempre juntos. 
A todas las personas que me brindaron su apoyo, en especial al grupo CIESAS-PROBEPI integrado 
por María Antonieta Gallard, Marina Cadaval, Blanca Ceballos, Michel y Karla, son parte de este 
logro que hoy veo materializado. 
Al Doctor Óscar de los Reyes Heredia, por su valioso acompañamiento y asesoramiento durante el 
tiempo que trascurrió la redacción de esta tesis. Su compromiso y sus conocimientos fueron 
determinantes para concluir este proyecto. 
A cada uno de los Presidentes municipales entrevistados. 
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0.u.ao ~ ~ 
ÍNDICE 
INTRODUCCIÓN------------------------------- 4 
l. EL MUNICIPIO EN MÉXICO: ORIGEN Y DESARROLLO 
1.1 Origen del municipio en México --------------------------------- 10 
1.2 Reformas municipales ------------- 19 
1.3 Funciones y atribuciones de los Ayuntamientos ------- ------- 24 
1.4 Cambios y transformaciones del municipio: 1983-1999 -- 27 
2. LOS RETOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL: DIAGNÓSTICO DEL 
PROBLEMA 
2.1 Diagnóstico de las deficiencias en el Ayuntamiento municipal ------------ 29 
2.2 Profesionalización del Ayuntamiento municipal ---------- 38 
2.3 Eficiencia gubernamental municipal 41 
2.4 Gobernanza municipal 48 
3. EFICIENCIA EN EL GOBIERNO MUNICIPAL: GESTIÓN ESTRATÉGICA 
MUNICIPAL 
3.1 Gestión estratégica municipal y Cabildo competitivo------- 52 
3.2 Agenda local incluyente y corresponsabilidad social ----- 61 
3.3 Transparencia en el gobierno municipal --------------- 65 
3.4 Foro Intermunicipal y de Cooperación para el Desarrollo Local 68 
3.5 Laboratorio de Innovación Municipal -- 74 
CONCLUSIONES--------------------- 82 
BIBLIOGRAFÍA---------------------------- 89 
ANEXOS----·------------------------- 91 
INTRODUCCIÓN 
En México todas las personas son habitantes de algún municipio (salvo los casos de los 
ciudadanos del Distrito Federal), éste es el espacio donde llevan a cabo todas su actividades 
cotidianas, donde socializan, donde trabajan, donde se congregan, donde aprenden a tener 
un sentido de origen y de pertenencia, donde se ciudadanizan y donde se percibe que lo 
colectivo y lo público les pertenece y, por lo tanto, donde nace el interés por contribuir con 
la vida municipal, mejorándola, resguardándola y apropiándose de todos los espacios 
públicos locales. 
Antes que al gobierno estatal o federal, los habitantes recurren a sus gobiernos 
municipales para demandar el cumplimiento de sus derechos o para cumplir con sus 
obligaciones. Los gobiernos locales son los que están al alcance de los ciudadanos; por lo 
tanto, el ciudadano ve en este orden de gobierno la única posibilidad real de tener un 
acercamiento directo con su autoridad para poder hablarles de frente, no así con el gobierno 
estatal o federal que se perciben inaccesibles. Es en el municipio donde se identifican las 
necesidades más urgentes de la población; por esta cercanía, se considera que sus gobiernos 
cuentan con información de primera mano sobre las preferencias e inconformidades de las 
personas y se da una mayor interacción entre el gobierno y la sociedad, misma que debería 
dar origen a una mejor relación y una consecuente cooperación. 
El municipio está estrechamente ligado al desarrollo en México, no se puede 
concebir de otro modo el avance y el desarrollo de las naciones si sus células primarias se 
mantienen inertes. Son los municipios la vitalidad de los países, representan una 
organización política fundamental y son el núcleo de los deseos de mayores libertades y de 
mejor democracia, es donde nace el pueblo y donde se desarrolla. 
El estudio de esta célula fundamental es por demás necesano, el gobierno 
municipal, encabezado por los Ayuntamientos, es el responsable de guiar al sistema 
gubernativo y de la administración hacia los caminos de un buen gobierno enfocado al 
ciudadano. Pero ¿Por qué este nivel de gobierno no es generador de desarrollo local? ¿Cuál 
es el perfil de sus gobernantes? ¿En qué medida son generadores de cambios, 
trasformaciones y desarrollo social? 
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo115 define 
al municipio libre en México, al mismo tiempo que, faculta y obliga a las administraciones 
4 
públicas municipales del país a ser promotoras de crecimiento y desarrollo a través del 
suministro eficiente de servicios públicos. Sin embargo se sigue observando que éstos no 
han logrado ser verdaderos pivotes del desarrollo local dado que los cabildos municipales y 
la estructura administrativa están conformados, en la mayoría de los casos, por personas 
que no están capacitadas para ejercer y ejecutar responsabilidades para las que han sido 
electas o designadas, lo cual ocasiona que en los municipios se carezca de un gobierno de 
resultados, se desc.onozca la importancia de generar políticas públicas precisas y la ausencia 
de un gobierno innovador que utilice instrumentos que pueda generar mejores condiciones 
de bienestar. 
Frente a estas deficiencias, resulta imprescindible que los municipios cuenten con 
una estructura gubernamental y administrativa especializada en la atención y la solución de 
problemas de orden público que su cargo les obliga a resolver para coadyuvar a hacer más 
eficiente la administración pública municipal y generar los resultados que los ciudadanos 
esperan de su gobierno. 
Se reconoce que en México los municipios muestran una clara posición de debilidad 
dentro de la estructura gubernamental mexicana; es preciso indicar que ha habido reformas 
que se han dado a lo largo del tiempo para dotar a los municipios de mayores niveles de 
fortaleza y capacidades, pero aún no se ha logrado resolver las deficiencias que les impide 
alcanzar un papel activo en la generación de desarrollo y de condiciones que los lleve a 
hacer aportes mayúsculos en términos de generación de satisfactores sociales. 
Podría pensarse que, al ser los municipios la demarcación geográfica más pequeña 
del país, espacios más compactos, con gobiernos que atienden a una cantidad más reducida 
de personas equivaldría a contar con gobiernos con mayor capacidad de respuesta para 
solucionar de manera eficiente las urgencias sociales. Sin embargo, ¿Por qué en algunos 
casos las necesidades sociales en algunos municipios son perfectamente cubiertas y en otras 
ni siquiera las más elementales son resueltas? ¿Cuáles son los problemas que enfrentan los 
municipios? ¿Cuáles las posibles soluciones? ¿Qué hacer para tener gobiernos locales de 
calidad? 
El logro de este objetivo podría cumplirse en la medida que los municipios cuenten 
con cabildos conformados por personas competentes, capaces de diseñar políticas públicas 
enfocadas a resolver los problemas que correspondan a cada una de las regidurías que 
5 
componen el cabildo dentro de la administración pública municipal. Otro factor sería la 
incorporación de la gestión estratégica municipal para construir una administración pública 
local que defina propósitos y objetivos claros y un gobierno de resultados. Asimismo, a 
través de la incorporación de algunas estrategias e instrumentos de innovación 
gubernamental se podría alentar a que los municipios mostraran condiciones de eficiencia y 
de resultados. 
La autoridad municipal goza ante la opinión pública de bajos niveles de confianza y 
en ocasiones se manifiesta que éstas no son funcionales a las necesidades sociales. Frente a 
esto, la reconstrucción de la autoridad municipal es necesaria para contar con gobiernos que 
generen bienestar social, esto estaría dado siempre y cuando el gobierno local generara 
resultados tangibles para la ciudadanía, logre hacer más con menos recursos, tenga 
transparencia en el uso y manejo del dinero público, abocado a la rendición de cuentas 
como quehacer de un gobierno responsable y totalmente abierto a sus ciudadanos. 
Aunado a esto, sería deseable que los gobiernos municipales observen conductas de 
inclusión social, hagan uso de instrumentos y mecanismos de innovación gubernamental 
para mejorar su desempeño interno y se vea reflejado hacia afuera, generen un incremento 
de los bienes y espacios públicos y logren crear una nueva cultura social basada en el 
pluralismo colectivo, entendida ésta como el reconocimiento que debe existir por parte de 
los gobiernos locales, de la existencia de distintas ideologías, posiciones, opiniones, 
número de actores y culturas dentro una misma demarcación territorial y, que a partir de 
este reconocimiento, se logre articular y encausar los espacios de cooperación, fuerzas y 
disposición de esa diversidad de agentes para generar bienestar colectivo para el disfrute de 
todos. 
Los problemas que se plantean en esta investigación son las siguientes: la 
administración pública municipal tiene poco nivel de eficiencia para dar solución a los 
problemas sociales y responder de manera efectiva a las demandas ciudadanas, esto 
causado en gran medida por tener Ayuntamientos con regidurías ocupadas por personas sin 
experiencia en la gestión pública, donde la improvisación más que la generación de 
resultados positivos es una constante, gobiernos que muestran deficiencias en el 
conocimiento del diseño de políticas públicas, gobiernos que resuelven a partir de la 
inmediatez más que a partir de estrategias. 
6 
La falta de gobiernos municipales estrategas con estructuras profesionalizadas, 
reduce la posibilidad de contar con gobiernos municipales sólidos donde éste otorgue a la 
ciudadanía una gestión con calidad, eficiente y eficaz. Esta situación podría devenir al 
surgimiento de descontento y conflictos sociales, lo cual podría significar riesgos de 
ingobernabilidad en el municipio, mismos que podrían convertirse en problemas de índole 
nacional. 
Para evitar la escalada de los problemas y conflictos sociales y acceder a mejores 
condiciones de desarrollo, es necesario contar con gobiernos eficientes en su gestión que 
produzcan con eficacia, esto significa que toda la estructura del gobierno municipal debería 
contar con un cuerpo de funcionarios profesionales formados para resolver las necesidades 
más urgentes de la población. Sería deseable contar con estructuras administrativas 
profesionales en este nivel de gobierno que sean capaces de ordenar y jerarquizar los 
problemas y planear políticas públicas para cumplir con el mandato constitucional de 
conducir a los municipios al goce de mejores niveles de desarrollo. 
En esta investigación se tratará de encontrar las respuestas a los siguientes 
cuestionamientos que han surgido a partir de la identificación de este problema: ¿A qué 
libertad se refiere cuando se habla de municipios libres en México? ¿A qué grado y en qué 
sentido se le ha dotado de autonomía al municipio libre? ¿Habrá factores que impidan el 
ejercicio pleno de esta libertad y autonomía municipal? ¿Por qué en el nivel municipal se 
observan niveles de crecimiento y desarrollo social muy bajo? ¿Con qué mecanismo se 
podría lograr la eficiencia gubernamental a nivel municipal? ¿Qué instrumentos y 
estrategias podrían adoptar los ayuntamientos municipales para conseguir mejorar la 
eficiencia gubernamental y generar resultados positivos? 
Los objetivos que se persiguen en esta investigación se generan a partir de que se 
cree que una sociedad no puede funcionar ni lograr desarrollarse con gobiernos municipales 
ineficientes o incapaces de incentivar la capacidad de producción de su sociedad. Entonces, 
un primero objetivo sería lograr que los municipios tengan un cabildo profesional para 
alcanzar la eficiencia en la tarea de gobierno, esto podría ayudar a contar con un gobierno 
municipal que defina propósitos y objetivos de resultado a través de la gestión estratégica 
para contribuir a alcanzar, de forma paulatina, mayores niveles de desarrollo social y 
7 
mejores posibilidades de desarrollo económico y de producción, factores nodales para tener 
mejores niveles de progreso. 
Al contar con funcionarios públicos municipales especializados en la solución de 
asuntos públicos, el gobierno local asumiríauna responsabilidad profesional y social 
tendiente a lograr un gobierno de resultados, así como mayores niveles de respaldo y 
confianza social, necesario esto frente a un panorama caracterizado por la complejidad en la 
atención de demandas sociales influenciados por factores endógenos y exógenos que 
dificulta cada vez más la tarea de gobierno, por tal motivo se piensa que es necesario 
estructurar al gobierno municipal dotándolo de algunos instrumentos para un mejor 
desempeño. De este modo, cada uno de los funcionarios del gobierno elaboraría planes y 
estrategias de políticas públicas para solucionar problemas con mayor efectividad y menos 
recursos, lo cual se traduciría en mayores niveles de legitimidad social y mayor capacidad 
de generar beneficios tangibles a la sociedad. Asimismo, lograr pasar de tener municipios 
ineficientes a municipios eficientes ocupados en la atención y solución de las demandas 
sociales, fijando para ello una agenda de política municipal para el desarrollo social que 
contribuya al desarrollo municipal. 
Durante esta investigación se revisarán distintas fuentes bibliográficas que abordan 
estudios sobre municipios, tal como la que presenta Enrique Cabrero y David Arellano en 
su obra Los gobiernos municipales a debate y la obra de Humberto Martínez Polo titulada 
Administración Pública Comunitaria y Gobierno local en México; para el tema de gobierno 
y administración se apoyará en la obra de Jaime Espejel Mena titulada Los fundamentos 
político-administrativos de la gobernanza y la obra del Doctor Luis F. Aguilar Villanueva 
titulado Gobernanza y gestión pública; así mismo, se revisará la obra coordinada por 
Socorro Arzaluz, Tonatiuh Guillén y Pablo Rojo titulado Gobierno local efectivo. Para el 
tema de reinvención del gobierno y adopción de mecanismos de cambio se consultará la 
obra de David Osborne y Peter Plastrik titulado La reducción de la burocracia, cinco 
estrategias para reinventar el gobierno. 
La metodología seguida para la elaboración de esta investigación se basó en la 
metodología cualitativa a través del uso de dos métodos de investigación y recopilación de 
información: una investigación basada en la revisión de libros y artículos que abordan los 
temas que aquí se plantean; asimismo, una investigación cualitativa utilizando la 
8 
herramienta de la entrevista presencial y la observación no participante para obtener 
información que sirvió para sustentar lo aquí planteado. Éstas se realizaron a un total de 
seis Presidentes municipales de la Región de Istmo de Tehuantepec en el Estado de Oaxaca. 
La estructura de este trabajo de investigación se compone de tres capítulos que 
integran la investigación toral, las conclusiones a las que se llega en esta investigación, 
anexos informativos y la bibliografia. 
En el primer capítulo se hace una revisión del origen del municipio para dar cuenta 
de dónde y por qué surge. Posteriormente, tratar de conocer cómo se estableció el 
municipio en México y las principales transformaciones que ha tenido a través de las 
reformas constitucionales, esto para conocer su composición y cuáles son sus prerrogativas. 
En el segundo capítulo se tratará de conocer cuáles son los retos de la 
administración pública local, se conocerá también la opinión basada en la experiencia de 
seis Presidentes municipales del Estado de Oaxaca y se identificarán las debilidades que 
presentan para posteriormente ofrecer algunas recomendaciones dirigidas a superarlas. 
Finalmente, en el tercer capítulo se tratará el tema de la eficiencia en la 
administración pública municipal a través de la gestión estratégica; en esta sección se hará 
la aportación de algunas propuestas que quedarán a disposición de los Presidentes 
municipales para que sean implementados en sus municipios para generar gobiernos locales 
más eficientes que rindan mejores resultados. 
9 
1 EL MUNICIPIO EN MÉXICO: ORIGEN Y DESARROLLO 
1.1 Origen del municipio en México 
Para conocer el origen de lo que hoy es el municipio, necesariamente tendríamos que 
remitimos a escudriñar el pasado. La finalidad es precisar la fuente de lo que hoy configura 
la forma primaria de organización político-social de los individuos para posteriormente 
conocer la situación actual de este importante sistema de organización surgida de la 
necesidad de protección que vino a configurar lo que actualmente es un orden de gobierno 
facultado para asegurar el buen funcionamiento social, político y administrativo. 
Los antecedentes remotos de la organización de los gobiernos locales datan de la 
época proto-histórica del hombre de Grimaldi o de Cromagnon; tiempo desde el cuál, los 
hombres fueron acumulando experiencias, conocimientos e ideas a partir de los cuales 
fueron estableciendo sus prioridades y necesidades básicas para asegurar su supervivencia. 
Una de estas, seguramente, fue la necesidad de la seguridad. Fue con base en esto que se 
instituyeron los primeros grupos, hordas, clanes y tribus hasta configurar las familias y 
finalmente el Estado (Quintana, 1995, págs. 27-28). 
Siguiendo al mismo autor, se afirma que las pnmeras grandes civilizaciones 
humanas se dieron en la región conocida como Mesopotamia, con los pueblos Sumerios o 
Caldeos, Acadios y Babilonios. La vida en ciudades como Ur, Uruk, Lagash, Asur, Nínive 
y Babilonia fue compleja, sus necesidades de organización urbana, que algunos autores -
como Posada- denominan premunicipal, se vieron enfrentadas a complicadas regulaciones 
morales, religiosas y jurídicas. 
Un claro ejemplo de estas formas de organización y control de los individuos fue la 
que la civilización egipcia llevó a cabo en ciudades como Thinis, Menfis y Tebas; grandes 
capitales de diversas dinastías gobernantes, ejemplo de la compleja vida urbana que 
desarrollaron los egipcios, mismas que dejaron grabadas en inscripciones jeroglíficas que 
describen los pasajes de gobierno, del trabajo, los rituales, las costumbres, las leyes, etc. 
(Quintana, 1995, pág. 27). 
Cabe destacar que las formas de organización llevadas a cabo por las primeras 
hordas y posteriormente por las grandes civilizaciones fueron dadas a partir de la necesidad 
de tratar de asegurar la supervivencia de las primeras asociaciones humanas y para ello fue 
10 
necesario establecer ciertos tipos de normas que las personas del grupo debían observar 
irrestrictamente. Fue esta asociación primaria la que fue configurando las bases de las 
grandes civilizaciones que fueron surgiendo y estableciéndose en distintos puntos del 
mundo, cada una instaurando su sistema de ordenamiento humano con base a sus 
experiencias pasadas y las necesidades que en su momento fueron requeridas para asegurar 
el orden interno, el control, la conquista y la expansión territorial. 
Otra importante civilización de la que se puede estudiar su estructura y organización 
política y social fue la Griega, la cual representa hasta nuestros días una fuerte influencia y 
aportación de principios que actualmente da forma a distintos pilares de la organización 
político-social universal, tales como: la filosofia, la política y la democracia, que pronto 
configuró el andamiaje del pensamiento occidental, aún vigentes. 
La ciudad griega o Polis representaba para los griegos el gran espacio donde debían 
converger los principios de justicia y virtud para el funcionamiento de la vida de la ciudad, 
si bien es cierto que en Grecia no existió propiamente el municipio como el que conocemos 
actualmente, sí existió el demos o barrios de la Polis, con algunas autoridades y 
funcionarios particulares. Entonces, la Polis griega con su demos podría considerarse como 
la precursora de la organización municipal que siglos más tarde florecería después en el 
gran imperio de los romanos (Ibídem: 29-30). 
Por otra parte, fue en Roma donde ya se puede ubicar la figura del municipio como 
una institución político-administrativa. Su razónde existir se debió principalmente a que el 
Imperio no podía asumir la atención de los asuntos locales cotidianos como asuntos sus 
prioritarios pero sí debía haber un orden y control interno, por lo cual, los municipios se 
erigieron como la institución formal que se habría de hacer cargo de las necesidades 
locales. Tan importante resultó ser esta institución para el Imperio que al mismo tiempo que 
se encargaba de tales asuntos se debía encargar también de exigir a los habitantes 
obediencia política y el pago de impuestos, todo pensado para mantener el Imperio en 
orden y vigilado. 
Siguiendo a Quintana, se afirma que las fases en que inicia el surgimiento de las 
entidades municipales romanas, surgen con las primeras aventuras el incursiones de Roma 
en tierras de la península Itálica, en el siglo IV a.c. Por los últimos años de la monarquía 
romana se inicia el uso del concepto municeps referido primero a los habitantes de las 
11 
ciudades no latinas pero que tenían pacto con Roma. Posteriormente se iría generalizando el 
uso del término municipium, sobre todo con el Imperio en donde se propicia una amplia 
proliferación de estas organizaciones (Ibídem: 31-32). 
La organización del municipio romano se explica del siguiente modo. El municipio 
comprendía a la ciudad principal, así como una extensión muy variable de terreno 
(territorium), en donde se asentaban algunos núcleos de población, tales como aldeas 
(vicz), grupos de casas diseminadas (pagi), centros de reunión (conciliabula Jora) y 
fortificaciones (castel/a), todos sometidos a la autoridad municipal. 
El pueblo del municipio (populus municipio) se componía en primer lugar de los 
munícipes o ciudadanos que habían nacido en la circunscripción. Sólo los munícipes tenían 
la plenitud de derechos de la ciudad. Los incolae o domiciliados, estaban obligados a pagar 
las cargas (munera) pero no podían desempeñar cargos de curiales. Finalmente los 
transeúntes u hospites, estaban ajenos a la vida municipal. 
Se tiene entonces al Imperio Romano como fuente que dio origen al municipio 
como institución formal investido de facultades para organizar y mantener el control local y 
vigilar al mismo tiempo el cobro de impuestos y obligaciones de obediencia social. 
Asimismo, existía una separación ordenada de funciones que habría que observarse para el 
correcto funcionamiento del sistema en los que los funcionarios debían otorgar una fianza 
como garantía de su honradez, al tiempo que existían severas sanciones para los malos 
manejos de los recursos del Municipio. 
Posteriormente, con la conquista de más territorios por parte del Imperio Romano, 
la península Ibérica fue abarcada, quedando en manos de los romanos. A este respecto 
señala Mommsen que "la antigua y rica ciudad comercial de Gades (Cádiz), cuyo régimen 
municipal había transformado César, a tono con los tiempos, siendo pretor, obtuvo ahora 
del emperador (Augusto) el derecho pleno de municipalidad itálica" (Mommsen, pág. 20). 
De ese modo, el municipio se asienta en España como forma político-administrativa 
herencia del Imperio Romano, acerca de ello, Mommsen precisa que "Bajo Augusto, 
existían en toda España cincuenta Municipios con derecho de plena ciudadanía; 
aproximadamente otros cincuenta habían recibido hasta entonces el ius latium y se hallaban 
equiparados a los otros en su régimen interior" (Ídem). 
12 
España a su vez, recibió influencias de otras culturas que vinieron a enriquecer la 
estructura municipal existente, la influencia de los árabes se hizo notoria a partir de ese 
entonces y se mantendría hasta nuestro tiempo. La ocupación de siete siglos que va del año 
711 al 1492 D.C., aportó elementos a la organización general de la sociedad española. La 
dominación árabe fue sumamente cambiante, generalmente se admiten tres grandes etapas: 
La de los emiratos dependientes del Califato de Bagdad; la del Califato Español; y la de los 
llamados Reinos de Taifas. De los cuales, múltiples figuras típicamente árabes se 
conservaron aún después del término de conquista. El término más importante es el de 
ALCALDE (al'kade) que en su etimología original significa juez. Alguacil (al'wasir) 
gendarme o policía. Alhóndiga (alfondiga) bodega de granos. Alfaqui (al'faquih) jurista, 
abogado, encargado de atender diversos asuntos del municipio de Castilla y de León, entre 
otros (Quintana, 1995, págs. 36-39). 
Todo lo anterior como el antecedente previo a la aparición del primer municipio en 
tierras americanas, nos permite conocer las bases y las razones del establecimiento del 
municipio como la institución más importante y cercana a los habitantes de los pueblos, 
todo entendido como un proceso de construcción institucional y ordenamiento político-
administrativo para normar y regular la convivencia social. 
En México, el municipio remonta su existencia a partir del año 1519 cuando en la 
Villa Rica de la Veracruz Hemán Cortés estable el primer Ayuntamiento en el continente 
Americano dotado con personalidad jurídica, política y con una estructura organizacional 
para su funcionamiento (SEGOB, 2013). 
Tiempo después Cortés establece el segundo Ayuntamiento en Coyoacán, éste sería 
el primer ayuntamiento metropolitano. No se conoce la fecha exacta de su fundación dado 
que los documentos que contenían esa información se extraviaron, pero actualmente se 
conservan documentos fechados el día 8 de marzo de 1524, para esta fecha ya funcionaba el 
Ayuntamiento de Coyoacán (Palacios, 1987). 
En este periodo, la dominación que el imperio ejercía sobre la Nueva España era tal 
que la sujeción tanto política como administrativa estaba ceñida a todas las leyes que 
emanaban de España. Incluso hasta que fue redactada la Constitución de 1824, los 
Ayuntamientos se regían por las Leyes de Partidas, Leyes de la Novísima Recopilación, 
13 
Leyes de Indias, Constitución política de la Monarquía Española de 1812 y los Decretos 
emanados de las Cortes Generales y Extraordinarias de Cádiz (Ibídem: 148). 
En este tiempo, el Ayuntamiento era la organización política y administrativa que 
normaba la vida de los habitantes aunque en condiciones de ineficiencia y altos niveles de 
corrupción. Los municipios y el ayuntamiento, como forma de delimitación geográfica y 
organización política, resultaron ser algo nuevo para los habitantes de las tierras 
novohispanas, pues a decir de Vallarta Plata, la influencia de su conformación estaba dado 
por el municipio romano y español vigentes en España más la suma de algunas 
características de la formas de organización propias de las poblaciones originarias, lo que 
devino en una singular conformación en estas latitudes dada la mezcla cultural entre uno y 
otro sistemas. (V allarta, 2002, pág. 549) 
Originalmente, los primeros municipios existentes debieron su razón de ser para 
llevar a cabo el trazo de las poblaciones, así como la regulación de la vecindad con los 
españoles. El municipio en México adoptó las características propias del municipio 
español. Posterior al periodo de Conquista, el municipio en México se configuró como la 
célula primaria de gobierno en todo el territorio. Cabe resaltar que pese a esto, el municipio 
no contó con totales poderes ni facultades para llevar a cabo funciones más allá que las que 
el poder central establecía; esto favoreció al establecimiento de un sistema centralista cuyos 
poderes absolutos caían en manos del monarca, mismo que mermaba la posición de ente 
gubernativo primario del municipio. 
Otro cambio significativo, que marcaría una nueva etapa del rol del municipio en el 
territorio nacional fue el que se dio durante el periodo sucesivo a la Independencia. La 
corona española dejó de ser la batuta sobre cuyas órdenes caminaban los territorios 
conquistados para adoptar ahora un curso de vida cuyas riendas sería dirigida por los 
criollos emancipados de la corona, una élite de criollos que a partir de ese entoncesfueron 
conquistando el poder en distintos ayuntamientos, mismos que con el tiempo se 
convertirían en motín para el acceso al poder, a las riquezas y con ello el surgimiento de 
formas corruptas del manejo de los asuntos públicos. 
El Plan de Iguala de 1821 reconoció la institución municipal, por el contrario, la 
Constitución de 1824 no reconoció al municipio pero dejó la libertad para que los Estado de 
la naciente Federación legislara sobre este asunto. Por otra parte, con la Constitución de 
14 
1837, de corte centralista, los ayuntamientos fueron eliminados, por lo que las poblaciones 
fueron administradas por jueces de paz, prefectos y subprefectos (Ibídem: 550-551 ). 
Tras los efectos del Plan de Ayutla que entre otras cosas exigía un gobierno 
republicano y democrático y con la Constitución de 1857, el sistema municipal vuelve a ser 
retomado, dejando la labor de su reestructura a los gobiernos estatales, mismo que en el 
párrafo primero se lee lo siguiente: Los municipios adoptarán para su régimen interior la 
forma de gobierno republicano, representativo y popular. Sin embargo, la Constitución de 
1857 no concedió a los municipios plena autonomía en su gobierno. 
En esta época, los Estados eran encabezados por prefectos, una especie de 
gobernador, colocados por el Presidente de la república, quien para tener el control político 
centralizaba el poder decidiendo quién lo representaría en los Estados; a su vez, los 
prefectos nombraban a los alcaldes en los municipios, por lo cual, los ayuntamientos 
quedaban sin capacidad de toma de decisiones puesto que el prefecto era quien decidía la 
suerte de la población (Ibídem). Luego entonces, el municipio como célula primaria de 
trasformación, desarrollo y democracia nacional sufrió ataduras a causa del sistema político 
que imperaba en ese tiempo y su papel como espacio vital para el desarrollo y la 
democracia fue suprimida, por lo que su peso en el mapa de configuración del poder 
nacional era nulo. 
Posteriormente, el 10 de abril de 1865, de acuerdo con el estatuto provisional del 
imperio mexicano, el país quedó dividido en departamentos, cada departamento en Distritos 
y cada Distrito en Municipalidades. A la vez que se establecía que cada población tendría 
una administración municipal propia a cargo de Alcaldes, mismos que presidirían los 
ayuntamientos (Palacios, 1987). 
Años después, en 1876, Porfirio Díaz Mori lanza el Plan de Tuxtepec, que entre 
otras, reconoce la desaparición por completo del poder municipal al agrupar a los 
Ayuntamientos en Demarcaciones Administrativas que se llamaron Partido, Distrito, 
Jefatura o Cantón; y sus dirigentes, jefes políticos, fueran los agentes del Gobierno del 
Centro, lo que equivalía que los Ayuntamientos eran simples dependientes de los 
Gobernadores (Ídem). 
Posterior a este periodo, se comienza a gestar un proceso revolucionario que 
cambiaría -en términos constitucionales- el entramado de poder y control que sufrían los 
15 
municipios y ayuntamientos por parte de los jefes políticos. A este respecto, Palacios 
Alcocer señala que dentro del programa del Partido Liberal de 1906 se plantean como 
Reformas Constitucionales la supresión de los jefes políticos y la reorganización y 
robustecimiento del Poder Municipal. En 1912, Pascual Orozco proponía la supresión de 
los Jefes Políticos para ser sustituidos por Presidentes Municipales. 
Fue el 12 de diciembre de 1914 cuando Venustiano Carranza establece la libertad 
municipal como Institución Constitucional, promulgando para este efecto la Ley del 
Municipio Libre el 25 de diciembre de ese mismo año. Esta ley constituyó el antecedente 
del artículo 115 Constitucional y tuvo la importancia de reconocer en los municipios la 
base de nuestra organización política, otorgándoles autonomía de los que se encontraban 
privados a causa de los Prefectos y los Jefes Políticos (Ídem). 
Después de un largo y sinuoso recorrido las que poblaciones, prefecturas, Distritos 
y departamentos que posteriormente se convertirían en municipios, fueron ocupando un 
sitio fundamental para dar sustento a la Federación, pues el Presidente Carranza reconoció 
en ellas el núcleo fundacional sobre el que se sustentaría el desarrollo democrático de la 
República Mexicana, aludiendo a esto, en diciembre de 1916 reunido el Congreso 
Constituyente, el Presidente pronunció entre otras cosas lo siguiente: "el Municipio 
Independiente es, sin disputa, una de las grandes conquistas de la Revolución, como que es 
la base del Gobierno Libre, conquista que no solo dará libertad política a la vida Municipal, 
sino que también le dará independencia económica; puesto que tendrá fondos y recursos 
propios para la atención de todas las necesidades, sustrayéndose así la voracidad insaciable, 
que de ordinario han demostrado los gobernadores, y una buena Ley Electoral que tendrá a 
estos completamente alejados del voto público y que castigue con severidad toda tentativa 
para violarlo". 
Pese al establecimiento normativo de que los municipios contarían con recursos 
propios para llevar a cabo sus funciones, la realidad mostraba una cara diferente, los buenos 
deseos y anhelos de contar con municipios totalmente libres fue sólo una aspiración no 
lograda, pues en enero de 1917 se desató una gran polémica precisamente sobre las 
cuestiones referentes al tema de la administración, el financiamiento de los municipios y 
sus facultades hacendarías. La madrugada del 31 de enero de ese mismo año, la propuesta 
de que los municipios fueran el recaudador primario de los ingresos públicos de la nación y 
16 
que sólo sus excedentes, una vez cubiertas sus necesidades, se vertieran a los Estados, fue 
aprobada (Ídem). Una vez más, los municipios no contaban en la práctica con plena 
autonomía de gestión económica, pues prácticamente todos los recursos estaban 
concentrados en la federación y los estados, y los recursos para los municipios más bien 
eran residuales, con lo que no se podía dar cumplimiento al airoso deseo de contar con 
municipios modernos y capaces de desarrollar estructuras eficientes para el desarrollo 
nacional. 
El proceso revolucionario en México, fue sin duda un momento que significó 
cambios para los municipios, cambios que se vieron reflejados en la Constitución de 1917 
que incorporó la figura del municipio libre, la elección popular en los municipios para 
quitar jefes políticos y eliminar autoridades intermedias, tal como lo señala el artículo 115; 
que a la letra se puede leer del siguiente modo: 
Los estados adoptarán para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, 
representativo y popular, teniendo como base de su división territorial y de su 
organización política y administrativa el municipio libre, conforme a las bases siguientes: 
l cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular 
directa y no habrá autoridad intermedia entre este y el gobierno del Estado. 
Texto original1 (Biblioteca jurídica UNAM) 
Pese a esto, los municipios continuaron sometidos al control de los Estados por 
cuestiones políticas y falta de pericia gubernamental de los gobiernos municipales. Un 
problema que hasta nuestro tiempo se sigue observando. 
Éste mismo artículo inviste a los municipios de plena potestad para administrar 
libremente su hacienda, esto en un acto de autonomía municipal, se leía en el texto lo 
siguiente: 
JI Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de las 
contribuciones que señalen las legislaturas de los Estados y que, en todo caso, 
serán las suficientes para atender sus necesidades (Ídem) 
A este respecto, como bien señala Vallarta Plata, a pesar de que el artículo 115 
preveía la autosuficiencia de recursos para las tareas del gobierno y la administración 
1 Texto original de la Constitución de 1917 y de las reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación 
del 5 de febrero de 1917 al1 º de junio del 2009. 
17 
municipal, la realidad era que los recursos se iban centralizando fundamentalmente en el 
nivel federal. (Vallarta, 2002) Se observa entonces que, el municipio desde su 
fortalecimiento como figura de gobierno autónomo, plasmado en el texto constitucional fue 
conquistando una posición de pleno reconocimiento y con facultades plenas, sin embargo el 
municipio y más precisamente los ayuntamientos nunca pudieron ejercer un nivel de 
autonomía política ni económica que les permitiera desarrollar por sí mismos todos los 
planes que tuvieran como fin último el desarrollo de sus habitantes. 
La cuestión política sobrepasaba los intereses comunes y desde los albores del 
municipio, se fue construyendo más bien una concepción del municipio como hijo del 
Estado y nieto de la Federación, en el que la sumisión fue el componente central y como 
consecuencia favoreció a que los municipios no pudieran construir una estructura fuerte y 
profesional de administración pública que fuera capaz de cumplir las necesidades del 
municipio y el de los habitantes. En otras palabras, el municipio quedaba más que en la 
periferia de los intereses centrales del gobierno, peor aún si se trataba de un municipio 
rural, pues éste no representaba prácticamente ningún adepto en términos de intereses 
políticos mucho menos económicos, ni del Estado ni de la federación. 
Actualmente, el municipio mexicano es la demarcación territorial compuesta por un 
territorio, una población, un gobierno y recursos propios, constitucionalmente libres y 
soberanos. Al mismo tiempo puede ser visto como un nivel de gobierno y como célula 
político-administrativa del Estado mexicano; es también el espacio geográfico donde las 
familias construyen su patrimonio, donde las empresas se establecen y donde se forman los 
vínculos socio-culturales propios que definen e identifican a sus habitantes. 
Resulta apropiado mencionar que México es un país donde el pluralismo ideológico 
y cultural están presentes desde la historia hasta la actualidad donde convergen una serie de 
culturas distintas entre sus municipios que enriquecen y distingue al país sobre otros y, en 
ocasiones, hace compleja la tarea de entender qué es México, pues México son todos sus 
municipios y comprender eso resulta dificil ya que cada municipio presenta rasgos y 
características diversas que los distingue entre todos los demás. Cada municipio cuenta con 
una forma de organización política y social uniforme, pero también existen municipios con 
formas de organización tradicionales donde los usos y costumbres han sido considerados 
18 
como propios para su organización interna, esto conforme a la realidad que se vive en cada 
una. 
Conviene señalar que en México existe un total de 2,440 municipios2, de los cuales 
3 I de ellos son municipios capitales de Estados; asimismo, es preciso reconocer que entre 
los municipios mexicanos prima una gran heterogeneidad, pues entre todos prevalecen 
grandes niveles de desigualdades y atrasos en materia de desarrollo económico, humano, 
educativo y tecnológico, con distintos niveles de ingresos económicos, número de 
población, características socioculturales diversas, entre otras. Esto significa que en 
México, los municipios pueden distinguirse o separarse para su estudio en: municipios 
metropolitanos, municipios urbanos, semiurbanos y municipios rurales, según la 
clasificación que hace Eduardo López Sosa (López, 1984). 
1.2 Reformas municipales 
El municipio es un orden de gobierno que junto con los órdenes estatal y federal comparten 
una serie de responsabilidades primarias para alcanzar diversos objetivos, uno de los 
principales son: mantener la paz y cohesión social, garantizar los derechos constitucionales 
y encaminar sus recursos hacia el logro del desarrollo económico y el progreso social. Se 
consideran estos como fundamentales aunque hay muchos otros que se estiman necesarios 
para completar el universo de elementos que conducen a los países hacia el desarrollo 
integral. 
El mun1c1p10 en México ha ocupado un sitio de baja importancia política y 
económica caracterizada entre otras cuestiones, por: la primacía del orden federal de 
gobierno, la verticalidad de la toma de decisiones políticas, la centralización de los recursos 
económicos en éste orden, presencia de estructuras autoritarias o caciquismos, baja 
capacidad para dar respuesta de manera eficiente y eficaz las demandas sociales, bajo nivel 
de eficiencia administrativa y gestión de los recursos públicos, entre otros. Ésta posición de 
los municipios en México ha ayudado a la idea de que la capacidad de creación de valor 
público, crecimiento y generación de bienestar sea concebida como nula o prácticamente 
imposible, por lo que se ve a los órdenes estatal y federal como los grandes solucionadores 
2 Cifra según la Enciclopedia de los Municipios y Delegaciones de México, SEGOB, disponible en: 
http://www.e-local.gob.mx/ 
19 
de conflictos y generadores de políticas en el país; con esto, de algún modo u otro, se ha 
limitado las posibilidades de que los municipios participen de forma más activa en la 
construcción de nación deseables para México. 
Contando con que lo anterior resultaba ser un gran problema y que por lo tanto 
merecía ser atendido, se han llevado a cabo una serie de reformas tendientes a fortalecer a 
los municipios de México. 
Posterior a 1917, año en que se fundó la Constitución que hasta hoy sigue vigente, 
las reformas municipales han iniciado a partir del año de 1928, contando un total de siete 
reformas que de algún modo u otro toca a los municipios (Palacios, 1987, págs. 155-156), a 
saber: 
1. 20 de Agosto de 1928: se adicionó a la fracción III lo referente al número de 
representantes en las Legislaturas locales. 
2. 29 de Abril de 1933: se asentó el principio de la No Reelección; por lo tanto, se 
adicionó un texto en la fracción I donde se indica a los gobernadores, presidentes 
municipales, regidores y síndicos de los Ayuntamientos, electos popularmente y de 
manera directa que no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. 
3. 8 de Enero de 1943: se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma que 
amplió el término de cuatro a seis años; periodo que no excederán en duración los 
gobernadores. 
4. 12 de Febrero de 1947: se llevó a cabo la primera reforma en materia municipal, 
esto se efectuó tan sólo para dar participación a la mujer en las elecciones 
municipales. Las funciones de los Ayuntamientos fueron considerados entonces 
como la célula primaria de la votación femenina, que después fue reconocida en 
toda su extensión nacional. 
5. 6 de Febrero de 1976: para intensificar nuestro sistema federal a base de fortalecer a 
las entidades federativas, dentro de una verdadera política de racionalización en la 
distribución de la población a lo largo del territorio nacional; a través de la debida 
regulación y ordenamientos humanos y mediante la necesaria coordinación entre 
Federación, Estados y Municipios se adicionaron al citado precepto constitucional 
las fracciones IV y V. 
20 
6. 6 de Diciembre de 1977: se dispuso que los pnnc1p10s de la representación 
proporcional se adoptaran en la elección de los ayuntamientos de municipios que 
tuvieran una población de trescientos mil o más habitantes o que por el número de 
los integrantes de su cabildo así lo ameriten. El texto que se agregó al final de la 
fracción III dice: -De acuerdo con la legislación que se expida en cada una de las 
entidades federativas, se introducirá el sistema de diputados de minoría en la 
elección de las legislaturas locales y el principio de representación proporcional en 
la elección de los ayuntamientos y municipios cuya población sea de 300 mil o más 
habitantes 11. 
7. 3 de Febrero de 1983: Texto constitucional conocido y vigente a la fecha. 
Posterior a la reforma de 1983 se han dado a partir de entonces,cinco reformas 
constitucionales al artículo 115 (SCJN, 2013) que a continuación se muestran: 
8. 17 de marzo de 1987: se modificó la fracción VIII quedando del siguiente modo: 
"las Leyes de los Estados introducirán el principio de representación proporcional 
en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios. La relación de trabajo 
entre los municipios con sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las 
legislaturas de los Estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de esta 
Constitución y sus disposiciones reglamentarias ". 
9. 23 de Diciembre de 1999: reformas y adiciones más destacadas después de las que 
se dieron en 1983. 
10. 14 de agosto del 2001: se añade un último párrafo a la fracción tercera, 
donde se estipula que las comunidades indígenas, dentro del ámbito municipal, 
podrán coordinarse y asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la 
Ley. 
11. 18 de junio del 2008: se reformó la fracción VII, quedando del siguiente 
modo: "la policía preventiva estará al mando del presidente municipal en los 
términos de la Ley de Seguridad Pública del Estado. Aquélla acatará las órdenes 
que el Gobernador del Estado le transmita en aquellos casos que éste juzgue como 
de fuerza mayor o alteración grave del orden público ". 
12. 24 de Agosto del 2009: Se reforma el párrafo cuarto del inciso c) de la 
fracción IV del artículo 115, quedando del siguiente modo: -bas legislaturas de los 
21 
Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán 
sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los 
ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles, y deberán incluir en los 
mismos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los 
servidores públicos municipales, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de 
esta Constitución ". 
Durante el periodo presidencial de Miguel de la Madrid Hurtado, en el año de 1982, 
el artículo 115 constitucional sufrió cambios que fueron publicados posteriormente en el 
Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983. La intención fue revitalizar a los 
municipios otorgándole mayores facultades políticas, jurídicas, económicas y 
administrativas. 
Se reestructuraron en su totalidad las fracciones: II, III, IV y V correspondientes al 
municipio y a los ayuntamientos u órganos encargados de la parte administrativa municipal, 
al tiempo que se adicionaron las fracciones VI, VII, VIII, IX y X. La finalidad era fortalecer 
a los municipios que frente a los grandes municipios del país se encontraban en una 
situación de desventaja. Las modificaciones y adiciones pretendieron vigorizar la hacienda 
municipal, su autonomía política, así como aquellas facultades que debido a la 
centralización existente en esa época, corrieron a cargo de los Estados y la Federación. 
La pretensión fue que el municipio como el gobierno más cercano de los ciudadanos, 
debería contar con más autonomía política, económica, jurídica y administrativa, en 
resumen, lograr contar con verdaderos órganos representativos donde las decisiones 
políticas tendientes al beneficio social pudiera surgir precisamente en los municipios para 
fortalecer el desarrollo y conseguir un mayor nivel de pertenencia de los ciudadanos con su 
municipio. En otras palabras, contar con verdaderos municipios libres. 
El contenido de la reforma constitucional del artículo 115, así como las adiciones se 
contempló lo siguiente (Ibídem: 153-154): 
1. Se consagra un procedimiento uniforme para la suspensión desaparición o 
revocación de ayuntamientos o de alguno de sus miembros cuando exista causa 
grave prevista en la Ley, otorgándose al derecho de audiencia y requiriéndose un 
quórum de votación que constituya garantías de exacta y correcta aplicación, dando 
22 
con esto confianza a los ciudadanos para exigir a sus gobernantes que cumplan con 
sus obligaciones. 
2. Se reconocen facultades a los ayuntamientos para expedir los Bandos de Policía y 
Buen Gobierno y los reglamentos circulares y disposiciones administrativas de 
observancia general; es decir, los Municipios y su vida social habrán de estar 
basados en leyes, normas y procedimientos específicos que reglamenten derechos y 
obligaciones. 
3. Se definen los servicios públicos que los Municipios deben prestar, mismos que 
podrán desarrollarse con el auxilio de los Estados, y se establece un sistema flexible 
para dividir las competencias entre los Estados y los Municipios, pudiendo para la 
realización de los mismos coordinarse y/o asociarse; lo que obliga a la Federación o 
al propio Estado a que si es menester que intervengan por razones de importancia 
nacional o estatal, tendrá que hacer a través de la Legislatura local, y así 
salvaguardar la vida municipal sin deteriorar su tradición, cultura y capacidad de 
decisión. 
4. Se determinan las fuentes de ingreso específicas e intransferibles a favor de los 
municipios y se reconoce la potestad de que los presupuestos de egresos sean 
aprobados por los Ayuntamientos con base en la disponibilidad de sus ingresos; esto 
lo fortifica económicamente y le da posibilidades reales de planear su desarrollo 
económico y social. 
5. Se garantiza la integración plural de la totalidad de los Ayuntamientos del país 
conforme al principio de representación proporcional, respetando, fortaleciendo y 
alentando el ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos. 
6. Se faculta a las Legislaturas locales de los Estados para que normen las relaciones 
de trabajo entre las Entidades Federativas, los municipios y sus trabajadores con 
base en el artículo 123 Constitucional. 
Referente a estas modificaciones y adiciones, Alcocer comenta que esta reforma vino a 
fortalecer al municipio en los ámbitos económico, político, jurídico y administrativo, con lo 
cual se da un paso hacia delante que posibilita la descentralización nacional y la vuelta al 
federalismo que entre otras, consagra la redistribución de competencias entre los tres 
órdenes de gobierno. Asimismo, dice que fueron dos las vertientes que le permitirían al 
23 
Ayuntamiento asumir con plenitud las nuevas facultades y atribuciones derivadas del 
Artículo 115 Constitucional: suficiencia financiera y capacidad administrativa, y que por lo 
tanto, el reto sería la adecuada instrumentación de las medidas necesarias. 
Después de haber revisado las reformas constitucionales en materia municipal, se 
puede decir que en un periodo de tiempo de noventa y seis años ( l 917-2013), un periodo de 
tiempo relativamente corto pero muy sustancial en términos de cambios y evoluciones 
como las que a lo largo de este periodo se ha venido manifestando debido a: los cambios 
sociales, las evoluciones y transformaciones impuestas por las tecnologías de la 
información y comunicación, los cambios en el entorno ambiental, los cambios en los 
patrones de relaciones socio-políticas y los cambios culturales que han trasformado por 
completo la dinámica local volviéndola muchas veces propensa a debilidades a causa de 
cualquiera de las antes mencionadas, por lo que habría que ir adaptando los esquemas de 
participación social en la construcción permanente de nuevos municipios adecuados al 
entorno y realidad causadas por esos cambios, la modificación y adecuación de las leyes 
para efectos de responder adecuadamente a los nuevos modos de dinámica local. 
Si bien el municipio se ha, visto fortalecida gracias a estas reformas y disposiciones 
constitucionales, queda fortalecer principalmente dos aristas: 1. Su capacidad 
administrativa y de gestión, a través de reformas constitucionales que obligue a los 
ayuntamientos municipales a adoptar instrumentos de gobierno tendientes a dar resultados 
positivos, como son: mayores niveles de profesionalización de órgano colegiado o cabildo 
para que la toma de decisiones pueda ser mucho más eficiente, la eficiencia y la eficaciaen 
la provisión de bienes y servicios públicos, la adopción de instrumentos tecnológicos para 
eficientar la atención a los usuarios y; 2. En materia de finanzas, tendientes a mejorar la 
recaudación de impuestos, así como el ejercicio óptimo de los recursos económicos 
federales y propios que signifiquen el incremento de beneficio para la sociedad. 
1.3 Funciones y atribuciones de los ayuntamientos 
El texto constitucional de 1917, en su artículo 115 correspondiente al municipio, fija las 
atribuciones que deben observar, sus prerrogativas, obligaciones, a la vez que permite el 
espacio para que cada municipio incorpore, conforme a sus necesidades, otros instrumentos 
para alcanzar los objetivos que las administraciones consideren. 
24 
En seguida se hará una síntesis de lo que el artículo 115 constitucional fija como 
funciones propias a los municipios: 
El texto constitucional expresa en la fracción I que los Estados adoptarán, para su 
régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, en la cual, la 
base de su división territorial y de su organización política y administrativa es el Municipio 
Libre. Por lo tanto, el Municipio concentra una serie de importantes funciones de los cuales 
valerse para poder desarrollar un desempeño autónomo, un ejercicio pleno de funciones, un 
ordenamiento administrativo interno y llevar a cabo distintas actividades políticas y de 
gobierno que sean considerados para un buen ejercicio público. 
Lo mismo que sucede en todo el país con Presidentes de la República, 
Gobernadores, Senadores y Diputados; los Presidentes municipales, regidores y síndicos no 
podrán ser electos para el periodo inmediato. Esto es el principio de No Reelección 
generalizado. 
La fracción 11 expresa que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica 
y manejarán su patrimonio conforme a la Ley. Algo importante a destacar es que en esta 
misma fracción se reconoce a los ayuntamientos las facultades para aprobar los Bandos de 
Policía y Buen Gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de 
observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la 
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y 
servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. 
Lo antes mencionado resulta particularmente importante ya que se refiere a la 
sustancia de la organización político-administrativa dentro del municipio, particularmente 
con los Bandos de Policía y Buen Gobierno, pues fija una especie de ruta o destino por la 
cual debe transitar el municipio, en ella se inscriben las funciones, disposiciones, 
reglamentos y mecanismos de cómo debe funcionar tanto la administración pública 
municipal así corno todos los elementos de los que se auxilia para cumplir los objetivos 
planteados en ellas. 
Asimismo, hace referencia a que los ayuntamientos deberán asegurar la 
participación ciudadana y vecinal. No establece los mecanismos y formas para lograr este 
objetivo, por lo cual se infiere que son los propios municipios quienes fijarán los medios a 
través de los cuales se dé cumplimiento a este mandato constitucional. 
25 
Acerca de las funciones y servicios públicos de los municipios, este mismo artículo 
en la fracción III señala las siguientes responsabilidades que el municipio se encargará de 
administrar y proveer los siguientes servicios: 
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas 
residuales; 
b) Alumbrado público; 
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; 
d) Mercados y centrales de abasto; 
e) Panteones; 
f) Rastro; 
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento; 
h) Seguridad pública y; 
i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones 
territoriales y socio-económicas de los municipios, así como su capacidad 
administrativa y financiera. 
Continúa la misma fracción señalando: los municipios, previo acuerdo entre sus 
ayuntamientos, podrán asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el 
mejor ejercicio de las funciones que les correspondan. 
A este respecto, cabría señalar que existe una gran oportunidad para que la 
cooperación entre los municipios se lleve a cabo con el fin de generar mayores niveles de 
integración, cooperación y generación de lazos de trabajo que permitan lograr mayores 
beneficios sociales. Éste es sin duda un campo abierto pero aún no explorado en el trabajo 
local correspondiente a los municipios y que serviría mucho dado los retos que plantean los 
grandes cambios del presente siglo XXI caracterizados por una mayor complejidad en la 
atención, tratamiento y respuesta a problemas comunes o de interés general. 
Otro aspecto importante que se considera en esta fracción del artículo 115 es la 
inclusión de las comunidades indígenas dentro del ámbito municipal quienes podrán 
coordinarse y asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la ley. Sin embargo 
lo ambiguo de esta disposición no deja claro cómo y a través de qué instrumentos se llevará 
a cabo la coordinación y asociación así como los medios, apoyos, recursos y demás que 
26 
sirvan a alcanzar este fin. Recordemos que en México, la población indígena ocupa un alto 
porcentaje poblacional establecida principalmente en los municipios rurales mexicanos. 
El municipio a través de los ayuntamientos lleva a cabo la organización de la vida 
social ejerciendo funciones reglamentarias para establecer el orden y asegurar la paz social, 
planear y ejecutar políticas públicas encaminadas a mejorar la situación social para elevar 
los índices de desarrollo local, administrar los recursos públicos así como también 
incrementarlos, asegurar la correcta provisión de servicios públicos, ejercer el uso correcto 
y eficiente de recursos públicos, encausar sus esfuerzos a la tenencia de buenos niveles de 
seguridad pública e impartición de justicia y asegurar la prevalencia de la democracia y la 
participación cívica ciudadana para la conformación de municipios consolidados. 
1.4 Cambios y trasformaciones del municipio: 1983-1999 
A partir de la reforma de 1983, el municipio en México se vio fortalecido en el texto 
constitucional, dicho fortalecimiento debió haber generado que los municipios se valieran 
de la autonomía municipal para potenciar sus capacidades económicas y generar una mayor 
capacidad de eficiencia gubernamental local; sin embargo, en su quehacer cotidiano no se 
vio reflejado tal fortalecimiento dado que se continúa obsen1ando un alto grado de 
dependencia de los municipios con sus gobiernos estatales, el cuerpo colegiado que integra 
el cabildo, en su mayoría, se conforma por personas no calificadas para desempeñar la 
función correspondiente, esto se da principalmente en los ayuntamientos rurales, lo cual 
representa serios riegos de no crecimiento y fortalecimiento de la vida social en aspectos 
económicos, de derechos, de responsabilidades, culturales, educativos, humanos, entre 
otros. 
Las reformas al artículo 115 emprendidas en favor del municipio durante el 
gobierno de Miguel de la Madrid Hurtado consideró al municipio como el eje fundamental 
del desarrollo y de las transformaciones sociopolíticas del país (Vallarta, p. 560), así como 
fortalecer su organización y estructura dándole mayores libertades y medios para ser 
autosuficiente. Esto significó que los municipios participarían de una forma más activa, 
precisa y organizada en el desarrollo nacional, abonando con ello al progreso en todos los 
aspectos. 
27 
Otra reforma importante al artículo 115 fue la que se dio en 1999, con ella (sostiene 
Vallarta) el municipio urbano juega un papel determinante en el desarrollo económico y 
social y se le dota de autonomía política y financiera, lo que permite ir recreando un 
municipio acorde con el desarrollointegral del país y cada vez más cercano al modelo 
moderno de municipio. 
A este respecto surgen algunas cuestiones de gran importancia porque se reconoce 
que son los municipio urbanos los que sí han jugado un rol destacado en el desarrollo 
económico y social nacional, no así los municipios rurales que son los que más existen en 
el país, por lo tanto, ¿de qué modernidad municipal se habla? Una modernidad al que los 
municipios rurales no han podido tener acceso, una modernidad que no toca al 
ayuntamiento municipal en poblaciones rurales, una desigualdad enorme entre los que 
viven en los municipios urbanos más desarrollados y los que no, lo cual provoca un 
ensanchamiento de la brecha de desigualdad nacional. 
Humberto Polo Martínez (Polo Martínez, 2012, pág. 75) señala que "los estados 
nacionales en las condiciones actuales de la globalidad resultan demasiado pequeños para 
controlar y dirigir los flujos globales de poder, riqueza y tecnología del nuevo sistema, y a 
la vez demasiado grandes para realmente representar con eficiencia la pluralidad de 
intereses sociales y las identidades culturales de sus sociedades, de ahí que el resurgimiento 
del gobierno local se focalice en el municipio como una institución facilitadora y promotora 
de acciones para el mejoramiento y desarrollo de su territorio. Cierto es que el municipio 
deberá, por lo tanto, funcionar como motor de desarrollo y crecimiento nacional. 
Con las reformas de 1983 y 1999 el municipio en México adquiere mayor vitalidad 
y poder, el ayuntamiento municipal se constituyó como la institución de gobierno más 
próxima al ciudadano, con la posibilidad de escuchar y recoger las demandas sociales y 
resolverlas con mucha mayor rapidez. Sin embargo, en México no todos los municipios 
poseen la capacidad administrativa, financiera, tecnológica y de gestión para llevar a cabo 
estas funciones, los que producen el tipo de resultados deseados son los municipios 
urbanizados y los municipios metropolitanos que concentran una capacidad administrativa, 
de gestión, financiera y tecnológicos que sí les permite realizar de modo asequible las 
funciones propias de un gobierno. 
28 
2 LOS RETOS DEL GOBIERNO MUNICIPAL: DIAGNÓSTICO DEL 
PROBLEMA 
2.1 Diagnóstico de las deficiencias en el ayuntamiento municipal 
El presente capítulo pretende mostrar algunas de las deficiencias más comunes en el órgano 
colegiado del gobierno municipal -Ayuntamiento municipal- que ocasiona la falta de 
eficiencia en el ejercicio de gobierno causado a la vez por la falta de una estrategia de 
gestión pública municipal. 
Para iniciar, debemos responder una pregunta básica ¿Qué es el Ayuntamiento? La 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en el artículo 115 que los 
Ayuntamientos son el gobierno de los municipios, estos integrados por un Presidente 
Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. En palabras de Carlos 
Norberto Valero Flores, el Ayuntamiento es "la máxima autoridad de gobierno en los 
municipios, encargado de la administración general de las actividades de los ciudadanos y 
de organizar los servicios que satisfagan sus urgencias, es por tanto, el elemento 
constitutivo del municipio (Valero Flores, 2008, pág. 39). 
En este trabajo de investigación, el Ayuntamiento es la máxima autoridad de 
gobierno de los municipio que está conformada por un órgano colegiado integrado por un 
Presidente Municipal electo mediante la votación directa de los habitantes del municipio y 
el número de regidores y síndicos que la ley determine, los cuales duran en su cargo tres 
años sin posibilidad de reelección inmediata y cuya función es lograr un desarrollo integral, 
equilibrado y sostenido de la sociedad a través de la generación de políticas públicas, así 
como la construcción, el crecimiento, la conservación y el mejoramiento de los espacios 
públicos para una mejor calidad de vida. 
Para la ubicación de las fragilidades en el ayuntamiento municipal se recurrirá a las 
fuentes de información bibliográfica disponibles que abordan este aspecto; asimismo, se 
llevó a cabo una investigación cualitativa con la ayuda de la entrevista de investigación 
como herramienta principal para tener algunos ejemplo de casos empíricos. Estas fueron 
aplicadas a autoridades municipales de primer orden, específicamente a Presidentes 
municipales, el modo empleado fue cara a cara, en la que cada uno de los Presidentes 
contestó un total de veintiséis preguntas, mismas de las que pudo surgir una o más 
29 
preguntas subsecuentes, esto dependiendo de las respuestas que daban y la necesidad de 
formular alguna otra para profundizar al respecto, por lo tanto, se trató de una entrevista 
semi estructurada. 
La entrevista fue aplicada a un total de seis Presidentes municipales, una de las 
cuales era de género femenino, el resto del género masculino. Todos los Presidentes 
municipales entrevistados pertenecen a la región del Istmo de Tehuantepec, en el Estado de 
Oaxaca. 
Los Presidentes municipales entrevistados pertenecen a las siguientes poblaciones: 
Santo Domingo Tehuantepec, Heroica Juchitán de Zaragoza, El Espinal, Asunción 
Ixtaltepec, San Jerónimo Ixtepec y San Pedro Comitancillo3. Asimismo se llevó a cabo una 
investigación cualitativa con la herramienta denominada: observación no participante, esto 
con la finalidad de que a través de la observación se pudiera percibir algunas actitudes, 
comportamientos y reacciones de la autoridad municipal en el municipio San Mateo del 
Mar para conocer un trabajo habitual y cotidiano y al mismo tiempo identificar problemas. 
Partiendo de lo anterior se procederá a ofrecer los elementos que algunos autores 
han identificado como problemas principales en los gobiernos locales, mismos que pueden 
ocasionar ineficiencia en el ejercicio de gobierno. 
Humberto Polo (2012: 97) plantea que el diseño institucional del gobierno local 
representa diversas complicaciones que influyen en el modus vivendi municipal. A este 
respecto cita a Blanca Acedo, quien destaca cuatro características que el marco legal 
propicia: 
1. Elección por el mecanismo de la planilla bloqueada y cerrada ( circunscripción 
única); 
2. Sólo tienen derecho a registrar planilla los partidos políticos nacionales o estatales; 
3. Duración del periodo de gobierno de tres años; e 
4. Impedimento de la reelección inmediata de los miembros del cabildo. 
Lo antes citado hace referencia a deficiencias ocasionadas por el diseño jurídico que 
se establece tanto en la Constitución Política como por las leyes electorales nacionales. Por 
supuesto que estas tienen que ver con impedimentos para el correcto funcionamiento del 
3 En la parte de Anexos podrá encontrar el perfil informativo de cada uno de los municipios, así como el de 
los Presidentes municipales entrevistados. 
30 
gobierno local, especialmente lo señalado en los puntos tres y cuatro que más adelante 
merecerá un mayor nivel de atención. 
La necesidad de hacer más eficiente el ejercicio del gobierno local parte de la idea 
de que es en este orden de gobierno que las personas encuentran mayores posibilidades de 
acercamiento y contacto con su gobierno para plantear la solución de sus exigencias. Por lo 
tanto, es necesario que el ayuntamiento funcione de forma idónea y que para ello, cuente 
con un modelo de gestión pública estratégica que permita concentrar una serie de planes, 
acciones y estrategias a partir de las cuales el gobierno accione sus fuerzas para responder 
eficientemente los intereses de los habitantes. 
Por otra parte, Rosaura Salgado San Juan (Salgado, 1996) menciona que para el diseño de 
políticas, el gobierno municipal debe tomar en cuenta cuatro realidades: 
1. El del entorno mundial y regional; para considerar cómo impactan las 
megatendencias como la globalización y la regionalización al ámbito local; 
2. El entorno nacional; para considerar los lineamientosque el gobierno federal ha 
fijado en el Plan Nacional de Desarrollo y que deben ser aterrizados con 
congruencia en el nivel local, asimismo, cuestiones como el manejo presupuesta! y 
el equilibrio de las finanzas públicas; 
3. El entorno estatal; se debe tomar en cuenta el proyecto estatal contenidos en el Plan 
Estatal de Desarrollo, para que exista congruencia entre lo que plantee el Estado y 
lo que plantee el municipio; finalmente, 
4. El entorno y la realidad municipal; conocer la realidad local para plantear una 
estrategia de gobierno encaminado a cumplir los objetivos y prioridades que se fijen 
en el Plan de Desarrollo Municipal. 
Para llevar a cabo este análisis, Salgado señala que el Presidente municipal junto con 
sus expertos deben tomar en cuenta estos aspectos para fomentar la innovación y la calidad 
de los servicios públicos (Ibíd.: 38). A este respecto, se apunta que los ayuntamientos cuyos 
presidentes fueron entrevistados, no cuentan con una visión de largo plazo para planear el 
gobierno con estrategia, entre otras, porque el periodo de gobierno únicamente es de tres 
años, porque existen restricciones económicas o sencillamente porque son ellos quienes a 
partir de la intuición o la negociación con otros actores toman las decisiones sin consulta 
previa de expertos. 
31 
Al respecto se señala lo siguiente: durante la entrevista realizada al Presidente 
municipal de Santo Domingo Tehuantepec, mencionó que la planeación que su gobierno 
lleva a cabo es la que se ofrece en campaña electoral a la población, en este caso, no 
mencionó sobre una estrategia de gobierno con visión de largo plazo o de resultados ni 
alguno otro con un enfoque distinto al que se ofreció en campaña electoral. Se identifica 
entonces la carencia de un enfoque de gobierno que contemple un modelo estratégico para 
configurar el quehacer gubernamental. 
Por otra parte, el Presidente municipal de El Espinal a este respecto señaló que la 
estrategia que su gobierno sigue fue la de mejorar el estatus económico de sus habitantes. 
En este caso, se puede identificar que existe un objetivo de gobierno pero no una estrategia 
para lograrlo, pues en toda la entrevista no refirió cuáles serían los métodos para lograrlo. 
El Presidente municipal de Asunción Ixtaltepec refirió que su administración tiene 
como estrategia una visión comunitaria, participativa y centrada en resultados. Respecto a 
esto se reconoce que existe un conocimiento sobre el enfoque estratégico de la 
administración pública municipal, sin embargo reconoció que la falta de capacitación y 
compromiso social de la gente que labora en el municipio impide que se cumpla la 
estrategia que el Presidente presenta, una de las razones que dio fue que ha detectado que 
miembros del cabildo tienen otros compromisos (se infiere que por compromiso se está 
1 
refiriendo a otros trabajos que esas personas desempeñan en algún otro sitio) y que llegan a 
ocupar un puesto en el municipio debido, entre otras, a compromisos políticos adquiridos 
por haber participado en campaña. Otro problema existente que reconoció el Presidente 
municipal fue que la ausencia de capacitación y compromiso del gobierno estatal para 
coadyuvar a realizar esas tareas que considera fundamentales para un buen ejercicio de 
gobierno están ausentes. 
Asimismo, refirió que las personas que ocupan un puesto en la administración 
municipal adquieren responsabilidades pero que con el tiempo se van apartando de ellas. 
Frente a esto se piensa que la ausencia de capacitación que les ayude a generar habilidades 
y el adiestramiento necesarios para su cargo deviene en ineficiencias; asimismo, sin la 
existencia de incentivos que los aliente a crear más valor público los miembros del cabildo 
no se ven animados para generar bienestar público; por otro lado, la carencia de 
penalidades en caso de no llevar a cabo cierto nivel de impacto positivo para cada regiduría 
32 
ayuda a que los regidores no se preocupen por cumplir impactos positivos o el resultado de 
su cargo sea raquítico. 
Otros autores que hacen referencia a este aspecto son Enrique Cabrero y David 
Arellano; para ellos, el gobierno y la administración pública municipal presentan un 
panorama de fragilidad institucionalizada, adolece en sus estructuras de gobierno. Por lo 
tanto, el ayuntamiento como instancia colectiva de gobierno no está diseñada para enfrentar 
los retos que hoy por hoy requieren enfrentar los espacios locales y las ciudades, adolece de 
representatividad de los grupos ciudadanos, no responde con la eficacia esperada a las 
demandas de la población, y no tiene los soportes técnicos y fiscales suficientes para 
conducir con visión de largo plazo el desarrollo local y urbano (Cabrero, Enrique y 
Arellano, David, 2011, pág. 29). 
Los autores plantean también que algunas de las causas que origina esta situación de 
fragilidad puede deberse a la existencia de periodos excesivamente cortos de gobierno, la 
inexistencia de la reelección inmediata, misma que deviene en que los gobiernos 
municipales transcurran en lapsos totalmente insuficientes para consolidar cualquier 
proyecto de mediana trascendencia. Continúan sosteniendo que, frente a esta situación, el 
actual diseño institucional propicia que los actores locales (presidentes municipales, 
regidores, funcionarios e incluso ciudadanos) sean adversos a dinámicas de cooperación y 
por lo general no estén dispuestos a construir una acción pública sostenida y comprometida 
(lbíd., 30). 
A este respecto, durante la entrevista se formuló la siguiente pregunta: Comente acerca 
de la reelección inmediata ¿sería preciso? ¿Por qué sí o por qué no? 
El Presidente municipal de San Pedro Comitancillo ilustró del siguiente modo la 
situación que se presenta al momento de gobernar para hacer referencia a que tres años 
resultan insuficientes y por lo tanto no se logra avanzar significativamente en el 
cumplimiento de las exigencias sociales que crece año con año: se lleva tres años en 
aprender el "teje y maneje" de la forma en cómo se bajan recursos y cómo realizar 
gestiones ante el gobierno estatal o federal, pero resulta que ya vamos de salida. 
Lo referido por este Presidente ejemplifica una realidad muy clara: se confirma que es 
insuficiente tres años para llevar a cabo grandes trasformaciones o se puedan aplicar 
políticas públicas ambiciosas porque muchas veces éstas requieren de más tiempo para 
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concretarse y resulta que si el Presidente deja alguna obra o política pública inconclusa, el 
siguiente Presidente puede decidir no darle continuidad porque muchas veces no comparte 
o no está de acuerdo en el proyecto de su predecesor. Se añade además el factor de partido 
político contrario como motivo de que este caso se dé con mayor frecuencia. 
Por otra parte, el Presidente municipal de El Espinal refirió que tanto la reelección 
inmediata como la ampliación del periodo de gobierno serían oportunas para que de ese 
modo el presidente en tumo tuviera la posibilidad de concluir sus obras iniciadas. También 
reconoció que cuando entran en funciones, el primer año lo ocupan para aprender, el 
segundo para echar a andar proyectos y el tercero para preparar la entrega de la 
administración, lo cual nos habla de que con un periodo de tres años de gobierno y con una 
serie de deficiencias profesionales, burocráticas y la existencia de grupos con los cuales hay 
que negociar se dificulta satisfacer muchas de las demandas sociales y los planes de 
gobierno muchas de las veces no se concretan. 
Por su parte, el Presidente de Asunción Ixtaltepec manifestó su acuerdo por la 
ampliación del periodo de gobierno que el de la reelección inmediata y además por la 
revocación de mandato como mecanismo para que el ejercicio de gobierno municipal se 
lleve a cabo o de lo contrario se efectúe el cese inmediato de los funcionarios ante la 
ausencia de resultados positivos. 
El Presidente

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