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GENERALIDADES DEL DERECHO PENAL

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UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO 
LICENCIATURA EN SEGURIDAD PUBLICA 
DERECHO PENAL 
UNIDAD 1 
GENERALIDADES DEL DERECHO PENAL 
ACTIVIDAD 1 
ANTECEDENTES DEL DERECHO PENAL EN MÉXICO 
DOCENTE 
MARIO GARCÍA MONDRAGÓN 
ALUMNO 
LUIS MIKHAIL MARTÍNEZ MORQUECHO 
INTRODUCCIÓN 
Podemos decir que la historia de las normas penales en México se inicia desde la 
época prehispánica en donde aún no estaban codificadas y han evolucionado 
hasta el día de hoy, trayendo con toda esta evolución lo que hoy en día tenemos 
como fundamento de estas en este resumen daremos una pequeña explicación al 
desarrollo y evolución de algunas normas penales 
ÉPOCA PREHISPÁNICA 
En la época prehispánica en el territorio de la triple alianza el cual abarcaba 
México, Texcoco y Tacuba existían sanciones para varios delitos, los cuales hoy 
en día aún se encuentra tipificados, sin embargo la sanción o punibilidad para 
esos delitos en aquella época eran muy grandes, la mayoría se refería a la pena de 
muerte, muchos de los castigos por los delitos de esa época sobrepasaban 
inclusive el delito cometido o aplicaba como en el caso de esclavizar a un niño 
libre, lo que llamamos el ojo por ojo. ya que la pena para este delito era la 
esclavitud. 
también existía la privación de la libertad en el Teililoyan para deudores y reos 
que eran exentos de la pena capital, a pesar de que cada una de las culturas que se 
asentaron en el territorio nacional durante esta época tenían sus propias normas 
penales se puede decir que eran muy similares a las de Texcoco. En esta época 
las normas se conocían a través de las pinturas jeroglíficas, lo cual nos dice que 
no estaban codificadas. existe la venganza privada por lo tanto no siempre 
intervenía un juez ni existían un debido proceso antes de poner las sanciones. las 
sanciones de las que podemos hablar en esta época aparte de la muerte y 
esclavitud antes mencionada eran, la privación de la libertad, los castigos 
corporales, el destierro, la confiscación de bienes o la demolición de la casa del 
infractor, entre otras. En cuanto a la duración de la pena y su forma de ejecución 
dependía totalmente de la clase social del delincuente, muchos historiadores nos 
señalan que la criminalidad en esa época era escasa. 
ÉPOCA COLONIAL 
Después de la conquista se volvió necesario establecer instituciones jurídicas que 
regularan la vida en los nuevos territorios españoles. 
En este periodo, surge la novísima recopilación de 1805 y las 7 partidas los 
cuales fueron los ordenamientos aplicados con frecuencia en la nueva España. 
Las 7 partidas se integraban con una serie de ordenamientos que se encontraban 
sustentados en la tradición romano canónica germánica. Lo cual es el origen de 
nuestro actual sistema jurídico. En esta época el delito es visto desde una 
perspectiva religiosa y política, y la penalidad como una forma de escarmiento, 
en esta época las leyes aplicables y las penas a imponer eran determinadas 
observando la raza del condenado, a los conquistadores se les aplicaba las leyes 
que regían en la península, a los indígenas y negros las nuevas leyes emitidas por 
la nueva España. En eta época las sanciones impuestas podían ser pena de 
muerte, horca , prisión, azotes, destierro, trabajos forzados en arsenales o en 
obras públicas, relegación, prescripción, multa, confiscación, castración de 
negros o marrones, trabajos para los indios y los negros entre otros, de este modo 
se puede decir que le legislación española era elitista desigual e injusta se 
aplicaba mediante un procedimiento, secreto e inquisitiva, ignoraba las garantías 
de defensa y de la persona humana, por lo que podemos ver las leyes en esta 
época eran poco eficaces . 
ÉPOCA INDEPENDIENTE 
Después de la independencia de México en 1821 había problemas entorno a la 
conducta política que se adoptaría, centralismo o federalismo, sin embargo, la 
constitución de Apatzingán podemos encontrar las baces constitucionales para la 
promulgación de las futuras leyes penales tales como el articulo 21: el cual nos 
habla del principio de legalidad o el artículo 23: que habla los fines de la pena. 
Sin embargo, en estos tiempos dado el vacío legal las leyes penales se aplicaron 
de una forma confusa y arbitraria. 
Fue en 1831 cuando se elaboro un bosquejo del código penal para el estado de 
México, pero no llego a hacer expedido. En 1835 se expidió el primer 
ordenamiento penal de nuestra historia el cual fue el código penal de Veracruz y 
tomo como modelo el código español de 1822. 
Antonio Corona elaboro el proyecto de código criminal y penal de 1951 a 1952 el 
cual dio a conocer en 14 de julio de 1953 pero no llego a tener validez. 
En 1957 la constitución se adoptó al sistema federal y se establecieron las bases 
para la emisión de los layes penales, con esto surgió la necesidad de emitir no un 
código penal valido para toda la federación y territorios federales dejándose 
reservado a los estados la facultad para legislar en metería penal y delitos del 
orden común. 
 
 
CÓDIGO PENAL DE 1871 
Antonio Martínez de Castro, José María la Fragua, Manuel Ortiz de Montellano, 
Manuel M. de Zamacona elaboraron el código penal federal y de territorio de 
baja california sobre delitos del fuero común y para toda la república sobre 
delitos contra la federación, promulgado el 7 de diciembre de 1871 el cual 
tomaba como modelo el código penal de 1870 , este código fue conocido como 
código de Martínez de Castro y en él se adoptó la ideología liberal proveniente de 
la declaración universal de los derechos del hombre, este fue el código que reunió 
y sistematizo por primera vez las normas penales dando certeza jurídica a los 
ciudadanos . 
En el imperio de Maximiliano se elaboró el proyecto de código penal pero nunca 
llego a aplicarse y en 1912 se presentó un proyecto de reformas al código penal 
de 1971 que nunca prospero. 
CÓDIGO PENAL DE 1929 
Se termina la revolución y es emitida a la constitución de 1927 en esta época 
Emilio Portes Gil comisiono a José Almaraz, Luis Chico George, Ignacio 
Ramírez Arriaga, Antonio Ramos Pedrueza, Enrique C. Gudiño y Manuel Ramos 
Estrada para que llevaran a cabo la elaboración de un código penal que fuera 
acorde con la situación del país. Surgió el código de Almaraz de 1929, en este 
código queda clara la concepción de bien jurídico tutelado como sustento del 
derecho penal. 
También la distinción entre responsabilidad dolosa y culposa el establecimiento 
de la responsabilidad individual, el principio de legalidad y los fines preventivos 
de la pena sin embargo contenía graves omisiones de contradicciones notorias 
por los cual fue necesario nuevos trabajos de reforma que terminaría con un 
nuevo código penal. 
CÓDIGO PENAL DE 1931 
José ángel Ceniceros, José López Lira, Alfonso Teja Sabre, Luis Galindo y 
Ernesto Garza conformaron la comicios redactora del código penal y se publica 
el 14 de agosto de 1931 el código penal para el distrito y territorios federales en 
materia de fuero común y para toda la república en materia de fuero general y de 
esta dejo de ser aplicable para el distrito federal en la reforma del 23 de 
diciembre de 1974 y con la reforma de 18 de mayo de 1999 quedo como código 
penal general, posterior a la emisión del código penal federal de 1931 se han 
elaborado diversos proyectos como el ante proyecto del código penal de 1949, en 
ante proyecto de 1958 sin envergo no han llegado a tener vigencia entre las 
reformas más importantes del código penal federal de 1931 está la de 1984 y la 
de 1994 que han tratado de ajustarlo a los parámetro de un estado social y de 
derecho . 
EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL A PARTIR DE LA REFORMA 
CONSTITUCIONAL DEL 2008 
A partir del 18 de junio de 2008 se establece la bases de un nuevo sistema en 
materia de seguridad pública y justicia penal el cual implica cambios normativos 
así como estructurales ideológicosde gran importancia los cuales deberán estar 
concluidos a más tardar el 14 de julio de 2016, este nuevo sistema penal 
acusatorio de adoptó en el código penal nacional de procedimientos penales el 5 
de marzo del 2014 con estos nuevos ordenamientos se deben interrelacionar para 
tener la base normativa de nuestro sistema de justicia penal. 
CONCLUSIÓN 
Como podemos darnos cuenta el avance del derecho penal a sido mucho ya que 
en un principio las penas a los delitos eran lo que hoy consideraríamos bárbaras, 
hoy en día la mayoría de ellas han sido abolidas y son consideradas una violación 
a los derechos humanos 
BIBLIOGRAFÍA 
Díaz-Aranda, E. (2014). Lecciones de derecho penal para el nuevo sistema de justicia en 
México. México: IIJ-UNAM. Recuperado de: 
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3805/7.pdf • García, E. (1970). 
Introducción al estudio del Derecho. México: Editorial Jurídica Mexicana. Recuperado de: 
https://bit.ly/3xRj2gP • Zamora, J. (2015). 
Reflexión sociohistórica del nacimiento y evolución de la justicia penal moderna, 
constitución y derechos fundamentales en la justicia penal mexicana. UNAM. Recuperado 
de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4036/27.pdf

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