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GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F Guadalajara, Jalisco, a los 06 seis de octubre del año 2015 dos mil quince.--------------------------------------------------------------------------------------------- Visto para resolver lo actuado dentro del Procedimiento Sancionatorio No. 11/2015-F, seguido en contra del servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, filiación PECA821001794, con clave presupuestal 071251E028100.0167343, con adscripción en la Escuela Primaria "José Ma. Morelos y Pavón", clave de centro de trabajo 14DPR0426D y clave presupuestal 076712E028100.0144993 con adscripción en la Escuela Primaria "Antonio Gómez Horta" , clave de centro de trabajo 14DPR4132S, quien se desempeña como maestro frente a grupo, por actos de hostigamiento y acoso sexual en contra de la menor 1 - _".,.i::.,l\L'E, incurriendo con ello en el incumplimiento de Id:; oOligaciones -previstas en las fracciones 1, VI, VII, XVIII del artículo 61 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco.----------- R E S U L T A N D O: 1 ).- El 11 once de marzo de 2015 dos mil quince, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Educación del Estado de Jalisco, se tuvo por recibido el oficio número DGC/488/2015, fechado el 29 veintinueve de enero del mismo año y suscrito por el C. Vicente Vargas López, Director General de Contraloría, por el que remite el sumario de actuaciones dentro del procedimiento de investigación administrativa bajo el expediente número 625/DCS/2014, seguido en contra del servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, quien se desempeña como profesor frente a grupo en la Escuela Primaria "José Ma. Morelos y Pavón", clave de centro de trabajo 14DPR0426D y en la Escuela Primaria "Antonio Gómez Horta", clave de centro de trabajo 14DPR4132S, procedimiento que lo integran las siguientes actuaciones: 1. La denuncia que por escrito fue presentada el día 02 dos de octubre de 2014 dos mil catorce, por la C. \., '~'Rrv~:, f-r,t, ._;-- -Jo :~~¡ ~-_ '.~ en la Dirección General de Contraloría de la Secretaria de Educación Jalisco, en contra del servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS por presunto~ ~r~os de acoso sexual y amenazas contra la menor:; .>:: Si: \! :, hija de la quejosa, escrito que se acompaña de una copia simple de la denuncia presentada el día 19 de mayo del año 2014 ante la Fiscalía General del Estado por la misma denunciante; copia simple de la Queja número 6079/2014-V de fecha 23 de mayo de 2014 admitida por la Quinta Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos presentada por los mismos hechos antes referidos, copia simple de los oficios 791/2014 Y 901/2014 suscritos por el C. Fernando Puga Paredes agente del Ministerio Público Investigador dirigidos al Director del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y al Director del Centro de Atención y Protección a Ofendidos, Víctimas y Testigos del Delito, respectivamente, relativos a la Averiguación previa 3637/2014; 2. Diligencia de comparecencia de la C. ¡ ',', ,de fecha 17 diecisiete de octubre de 2014 dos mil catorce en la Dirección General de Contraloría de la Secretaria de Educación Jalisco. en la cual se anexan: Fotocopia simple de la identificación oficial de la C . • l!', • Cedula 3615577 expedida por la Secretaría de Educación Pública; Acta de nacimiento original número 192 ciento noventa y dos del año 2000 dos mil, de la oficialía número 2 dos de Atequiza, en el municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco, acreditando la quejosa el entronque filial con la menor .. Reporte de evaluación de la menor IDRADE expedido por la Escuela Secundaria Técnica No. 44; Escrito de fecha 25 veinticinco de septiembre de 2014 dos mil catorce, en hoja membretada por el Centro de Orientación ---- ------------------------------------------------------------------------------------------~ maciasc Resaltado Naturista y Terapias Complementarias, signado por la TA. CARMEN SÁNCHEZ CORTÉS, con Cedula Profesional_5_944016, constatando atención psicológ'-- -,- ...... "" ... nr _ _ . 3. La declaración de la menor J _ _ _ de fecha 17 diecisiete de octubre del 2014 dos mil catorce, en la oficinas que ocupa Dirección General de Contraloría de la Secretaria de Edur.adñn .Ialisco. ante la presencia de los C.C. I I padres de-la menor ~en comento, acreditando la relación filial con el acta de nacimiento referida; 4. Acuerdo de Inicio de fecha 23 veintitrés de octubre del año 2014 dos mil catorce, suscrito por el C. VICENTE VARGAS LÓPEZ, Director Gene~al de Contraloría, facultando al LIC. FERNANDO JOSÉ MALDONADO VELEZ, Encargado de la Dirección de Control y Seguimiento, para dirigir la indagatoria correspondiente al caso; 5. Acuerdo de Avocamiento de fecha 24 veinticuatro de octubre de 2014 dos mil catorce, signado por el LIC. FERNANDO JOSÉ MALDONADO VÉLEZ, acatando la instrucción del punto antes mencionado; 6. Acuerdo de Recepción de Documentos fechado el día 29 veintinueve de octubre del año 2014 dos mil catorce, al cual se agregan copias certificadas de la averiguación previa número 3637/2014 de la Agencia de Ministerio Público, investigador No. 2 de la Subdelegación Regional Zona 12 Centro de El Salto, Jalisco, de la Fiscalía del Estado; consistente en 42 fojas. 7. Acuerdo de Recepción de Documentos de fecha 13 de noviembre del año 2014 dos mil catorce, al cual se agregan, acuse de oficio D.G.C.l1833/2014, dirigido a la MTRA. MARIA DEL CONSUELO SEGOVIA REYNOSO, encargada de la Dirección de Psicopedagogía, acuse de oficio D.G.C.l1834/2014, dirigido a la MTRA. VANESSA ISABEL RIVAS DIAZ DE SANDI, Directora General de Personal; acuse de Oficio D.G.C.l1836/2014, dirigido al LIC. BERNARDO DIÉGUEZ LOMElÍ, Visitador Adjunto Adscrito a la Quinta Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Jalisco; todos de fecha 03 tres de noviembre de 2014 dos mil catorce, signados por el C. VICENTE VARGAS LÓPEZ, Director General de la Contraloría de la Secretaria de Educación Jalisco; 8. Acuerdo de Recepción de Documentos de fecha 21 veintiuno de noviembre del año 2014 dos mil catorce, al cual se anexan el oficio DGP/007868/2014, de fecha 10 de noviembre de 2014 dos mil catorce, signado por la MTRA. VANESSA ISABEL RIVAS DíAZ DE SANDI, en su calidad de Directora General de Personal de la Secretaria de Educación Jalisco, en contestación al oficio D.G.C.l1834/2014; de igual forma el acuse de oficio D.G.C.l1835/2014, de fecha 03 tres de noviembre de 2014 dos mil catorce, dirigido al LIC. JOSÉ DE JESÚS RODRíGUEZ RODRíGUEZ, Delegado Regional de la Secretaria de Educación Región Centro 3, signado por el C. VICENTE VARGAS LÓPEZ, Director General de Contraloría de la Secretaria de Educación Jalisco; así mismo, Oficio 2302/2014, de fecha 18 dieciocho de noviembre de 2014, dirigido al C. VICENTE VARGAS LÓPEZ, signado por el LIC. JOSÉ DE JESÚS RODRíGUEZ RODRíGUEZ; derivados del mismo acuse de oficio 343/2014 de fecha 13 trece de noviembre de 2014, suscrito por el LIC. ALEJANDRO URIBE CORONEL, Asesor Jurídico de la Delegación Regional Centro 3, dirigido a la SRA. Y MTRA. NORMA PATRICIA ANDRADE PEREZ en el que a vista firma de enterada, con acuse de fecha 14 catorce de noviembre de 2014; 9. Acuerdo de Recepción de documentos de fecha 25 veinticinco de noviembre de 2014 dos mil catorce, al cual se agregan escrito de fecha 20_veinte de noviembre de 2014 dos mil catorce signado por la C. . - . jO. Acuerdo de Recepción de Documentos de fecha 27 veintisiete de noviembre del año 2014 dos mil catorce, al cual se agregan, Oficio 2440/2014-V de fecha 13 trece de noviembre de 2014 dos mil catorce, signado por el LIC. BERNARDO DIÉGUEZ LOMELI, en su calidad de Visitador adjunto de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, a través del cual da contestación al Oficio D.G.C.l1836/2014, consistente en 29 veintinueve fojas debidamente certificadas;11. Resolución de fecha 08 ocho de diciembre de 2014 dos mil catorce, suscrito por el C. VICENTE VARGAS LÓPEZ, Director General de Contraloría, en compañía de sus testigos de asistencia en el que se decretq la procedencia de la queja instaurada por la C. _ .. \ GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F ; 12. Oficio DGC/488/2015, de fecha 29 veintinueve de enero de 2014 dos mil catorce, dirigido al MAESTRO JUAN PAULO DÁVALOS NAVARRO, Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Educación Jalisco y signado por el C. VICENTE VARGAS LÓPEZ, Director General de Contraloría, en cumplimiento del Artículo 85, párrafo segundo, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estad o de J a I isco. -------------------------------------------------------------------------- 2).- Con motivo de lo anterior y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 90, 91 fracción 111, 92, 94 Y 95 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículos 1,2, 3,61, fracciones 1, VI, VII Y XVIII, 62, 63, 67 fracción 11, 87, fracción 1, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, con fecha 01 primero de julio del 2015 dos mil quince, acordé iniciar el Procedimiento Sancionatorio en contra del servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, por lo anterior ordené notificar y requerir al encausado, así como nombré al personal que estime conveniente para la correcta prosecución del presente procedimiento.--------------------------- 3).- Con fecha 08 ocho'de julio del año 2015 dos mil quince, mediante oficio 202/2015, se solicitó información al departamento de Recursos Humanos de la Delegación Regional de la Secretaría de Educación Centro 3, respecto a la situación laboral del C. JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, recibiendo respuesta al mismo, mediante escrito de fecha 10 diez de julio del presente año, signado por el Lic. Alejandro de la Torre Méndez, Jefe del departamento de Personal de la Delegación Regional de la Secretaría de Ed ucación Centro 3. ---------------------------------------------------------------------------- 4).- Con fecha 17 diecisiete de julio del año 2015 dos mil quince, mediante oficio 157/2015, de fecha 15 quince de julio del mismo año, fue debida y legalmente notificado el C. JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, respecto del presente procedimiento sancionatorio, para que rindiera informe y ofreciera las pruebas que estimara pertinentes para su defensa.---------------- 5).- El día 23 veintitrés de julio del año 2015 dos mil quince, en la Delegación Regional de la Secretaría de Educación Centro 3, se recibió el informe por escrito presentado por el C. José Antonio Pérez Contreras, que consta de tres hojas simples, con respecto a los hechos denunciados en su contra.---------------------------------------------------------------------------------------------- 6).- Con fecha 14 catorce de agosto de 2015 dos mil quince, se recibió en la Delegación Regional de la Secretaría de Educación Centro 3, el escrito consistente en 3 tres hojas a una sola cara, mediante el cual ofrece el encausado, los elementos de prueba en las que funda y motiva sus señalamientos, consistiendo en 12 fojas que integran: a) Documental Pública, consistente en cinco copias fotostáticas debidamente certificadas de la averiguación previa número 3637/2014, medio por el cual los C.C. _. wZ • o padres de la menor . o'·", conceden el más amplio perdón al C. José Antonio Pérez Contreras; b) Documental Privada, consistente en cinco escritos, signados por los C.C. Profr. Alejandro Ramón augusto Gómez, Profr. Ubaldo Morales Núñez, María Teresa Galván Flores, Silvia Gloria Asencio, Miguel Rosario López Pedroza, Dolores Valadez Carrillo; c) Visto lo anterior se tienen por presentadas en tiempo y forma, por acuerdo signado el 17 diecisiete de agosto del año 2015 por el Lic. Alejandro Uribe Coronel, Asesor Jurídico de la Regional de la Secretaría de Educación Centro 3 y se determina el día 02 dos de septiembre del año 2015 para el desahogo de las mismas. -------------- 7).- Por lo anterior, el 02 dos de septiembre del año 2015 dos mil quince, en el local que ocupa la Delegación Regional de la Secretaría de Educación Centro 3, se desahogó la audiencia establecida en el artículo 87, fracción III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, en la que se desahogaron las pruebas ofrecidas y se expresaron los alegatos de las partes. Así mismo, se recibió oficio signado por la C. Norma Patricia Andrade Pérez, denunciante y madre de la menor afectadél.------------------------------------------------------------------------------------------- 8).- Finalmente con fechél 07 siete de septiembre del año 2015 dos mil quince, fue cerrada lél instrucción del presente procedimiento, ordenándose délrme viStél pélrél emitir el correspondiente resolutivo, de conformidéld en lo establecido por el élrtículo 87, fracción V, de lél Ley de Responsabilidéldes de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus ~unicipios.---------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO 1.- La Secretaría de Educación del Estado de Jéllisco, por conducto del suscrito, como su Titular, resulta competente Oélrél conn.~Ar de lél denuncia presentada por la C._~:~'·~ ,} ,~,,-, '~:·:,"'CE: pr'~[:z, méldre de I~ menor u __ . _: ~ ',l' ":{.Y ji. en contrél del servidor público JOS E ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, por incumplir con sus obligaciones previstéls en lélS frélcciones 1, VI, VII, XVIII del élrtículo 61 de lél Ley de Responsélbilidéldes de los Servidores Públicos del Estado de Jéllisco; élsí como instélurélr, ventilélr el presente procedimiento, delegar facultades parél téll efecto y resolverlo de conformidéld él lo dispuesto por los élrtículos 90, 91, fracción 111, 92, 94, 95 106, 107, de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 07 y 15 de la Ley Orgánicél del Poder Ejecutivo del Estéldo de Jéllisco, 8, fracción XVII del Reglélmento Interno de la Secretaríél de EduCélción del Estado de Jalisco; 3, fracción IX, 62, 63, 67, fracción 11, 68 Y 87 de lél Ley de Responsélbilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jéllisco.----------- 11.- Hél quedado élcreditéldél lél céllidad de servidor público del C. JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, filiación PECA821001794, quien se desempeña como maestro frente a grupo de primaria, ostentando la clave presupuestal 071251E028100.0167343 con adscripción en la Escuela Primariél "José Mél. Morelos y Pavón", clave de centro de trabajo 14DPR0426D y clélve presupuestal 076712E028100.0144993 con adscripción en la Escuelél Primélriél "Antonio Gómez HOrtél" , clave de centro de trabajo 14DPR4132S, mediante oficio de fechél 10 diez de julio del élño 2015 dos mil quince, signéldo por el Lic. Alejandro de la Torre ~éndez, Jefe del Depélrtamento de Personal de la Delegélción Regional de lél Secretélríél de Ed UCél ció n Centro 3. ---------------------------------------------------------------------------- 111.- La falta imputada éll servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, consistente en no cumplir con lél máximél diligenciél el servicio que se le ha encomendado, debido a que no observó buenél conductél, ni tréltó con respeto, diligencia y rectitud a las personéls con quien tiene relélción con motivo de sus funciones, como lo es en particular el faltar el respeto a la menor. ,':! iA l\r·1C¡~"·:':"' :, incurriendo en agravio, desviación y abuso de autoridéld, éll élmenélZélr y aCOSélr sexuéllmente él lél éllumna en comento, no salvaguardando la legalidéld, honréldez, leélltéld, imparciéllidéld y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, célrgo o comisión, que se le .- GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F ha encomendado, ya que en su calidad de maestro de primaria adscrito a la Escuela Primaria "JoséMa. Morelos y Pavón", clave de centro de trabajo 14DPR0426D y clave presupuestal 076712E028100.0144993 con adscripción en la Escuela Primaria "Antonio Gómez Horta", clave de centro de trabajo 14DPR4132S, faltó a las obligaciones previstas en las fracciones 1, VI, VII, XVIII del artículo 61 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, por lo que obra dentro del presente p roced i m ie nto: ----------------------------------------------------------------------------------- 1. La denuncia Que mediante escrito presentó la C .... ' ::', ~,' '. ,~j ':"~~L 1, de fecha 02 dos de Octubre de 2014 dos mil catorce, así como su ampliación de declaración llevada a cabo ante el C.vICENTE VARGAS LÓPEZ, Director General de Contraloría, que al texto señala: -------------------------------------------------------------------------------------------- "Que el día 21 del mes de mayo mi hija menor fue objeto de acoso sexual por parte del profesor José Antonio Pérez Contreras, el cual labora en la escuela primaria federal José María Morelos y Pavón con clave del centro de trabajo 14DPR426D, ubicada en la localidad de Buenavista, en el municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jal. Y fue precisamente dentro de este plantel escolar donde fue objeto de proposiciones indecorosas y amenazas de parte del mismo profesor antes señalado para que mi hija accediera a estas proposiciones como las que eran de que la quería abrazar a la fuerza, besarla y que tomara de la mano al profesor aun en contra de voluntad así como que fuera su novia de este maestro cabe señalar que este profesor amenazaba a mi hija diciéndole que le acusaría a mi hija con mi esposo de nombre -'~t¿;, ,) ',' ,-~J Y el cual labora en la escuela antes descrita e incluso mi esposo era en ese momento el profesor de mi hija en el sexto grado y este profesor José Antonio Pérez Contreras abusaba de la confianza pues se decía amigo de mi esposo por lo que le advertía a mi menor hija que la acusaría diciéndole que él sabía que mi hija andaba con un novio y le recalcaba que mi esposo le haría más caso a él que a mi menor hija, es el caso que en noviembre del 2013 mi hija durante la tarde ya estando en mi casa comenzó a llorar angustiada y me platicó todo lo que aquí narro y de inmediato se lo expuse a mi marido y fue a buscar al profesor José Antonio a su casa para cuestionar lo dicho por mi hija y este maestro negó las acusaciones de manera agresiva y diciéndole a mi marido que le llevara a mi hija para que él hablara con ella y de inmediato le dijo que no que para eso tenía sus padres y el profesor José Antonio se metió gritando ,:,rn.c;erías y amenazas en su casa. El caso es que hasta la fecha mi hija .jr,~, ,.':',' fue atacada psicológicamente y físicamente agredida por unas compañeras de su mismo salón de 1 UF" de la Secundaria Técnica #44de la localidad de Atequiza, Jal., pagadas por las indicaciones del Profesor José Antonio Pérez C.para seguirla amenazando que por haber dicho a sus papas lo sucedido e intimidando así como acosada sexualmente por él mismo cuando la veía en las cal/es de mi casa por tal razón seguía mi hija angustiada, l/orando y con miedo de ir a la escuela para no seguir siendo objeto de BULL YNG por sus compañeras y por temor a encontrarse con el profesor antes descrito, ya que este es una persona que estuvo en un centro de rehabilitación por sus adicciones a las drogas, por lo que optamos por presentar la denuncia de carácter criminal en contra del profesor José Antonio Pérez Contreras, el cual labora en la escuela primaria federal José María Morelos y Pavón con clave del Centro de Trabajo 14DPR0426D, ubicadaen la localidad de Buenavista, en el municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jal.Ante la Fiscalía Central del Estado de Jalisco, por el delito ya descrito en el punto expositora, y dicha denuncia se radicó bajo la averiguación previa número 3637/2014 en la Agencia de Ministerio Público de El Salto, Jalisco, y está se lleva ahí, esto lo podrá usted corroborar solicitando copias debidamente certificadas de la averiguación previa número 3637/2014, por medio de oficio signado por usted C: Director General de la Contraloría." ------------------------------------------------------------------ As í mismo ma n ifestó: ----------------------------------------------------------------- "Me presenfn n0Y ~; propio derecho y en representación de mi hija Ji __ -:_l.: .• ::...;: ... ~.::;¿, acredito mi filiación con mi hija, con la partida de nacimiento número 192, del año 200 de la Oficialía NO.2 de Atequiza, Municipio de Ixtlahuacán de los membrillos, por lo que ratifico en todo y cada uno de los puntos de mi escrito de fecha 02 dos de octubre de 2014 dos mil catorce, presentado ante esta Dirección General de Contraloría de la Secretaría de Educación Jalisco, el día 02 dos de octubre de 2014 dos mil catorce; así mismo señalo que es mi intención hacer una ampliación del mismo escrito, por lo que manifiesto: después de lo que sufrió mi hija -:: __ -:' .: _ -. señalado en el escrito de fecha 02 dos de ,octubre de 2014 dos mil catorce, señalado, por los acosos del maestro JOSE ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, de cuarto grado de la Escuela Primaria Federal José María Morelos y Pavón, con clave de centro de trabajo 14DPR0426D, ubicada en la localidad de Buena vista, en el Municipio delxtlahuacande los Membrillos, Jalisco, después de que terminó los estudios de primaria, mi hija se encontraba estudiando en la Secundaria Técnica No. 44, con clave de centro de trabajo 14DST0041L, en el turno matutino, en el grupo F, ubicada en Atequiza, Jalisco, pero el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CON TRERA S. mandaba golpear y amenazar a mi hija ,'·1~';~-f.. '" • t·~ ~~.·1-· ':ravés de compañera de grupo de mi hija, ya que mi hija nos comentó a mediados de octubre de 2013 dos mil trece, que sus compañeras de salón la molestaban, por lo que yo le preguntaba que porque la molestaban, a lo que ella me contestaba que no sabía el porque la molestaban, pero en a principios de noviembre de dos mil trece, mi hija JOYCE SILVA ANDRADE me comentó, que sus compañeras de la Escuela Secundaría Técnica 44, le decían "eres una puta, de seguro tuvíste que ver con el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ cONTRERAS, eres una perra y que la mandaba amenazar con sus compañera", a lo que le pregunte a mi hija, el porque eran esas agresiones y fue cuando mi hija JOYCE SILVA ANDRADE, me comento lo que señalo en mi escrito de fecha 02 dos de octubre de 2014 dos mil catorce, que presente ante esta dirección, hechos que sucedieron cuando mi hija estudiaba la primaria, lo por que también me comentó mi hija ·:·..E; '. 4'¡";i ',:C'I'.' , que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ cONTRERAS, en varias ocasiones a la hora del desayuno, recreo y las idas al baño la quería meter a la fuerza a su salón de la Escuela Primaria Federal José María Morelos y Pavón, con clave de centro de trabajo 14DPR0426D, ubicada en la localidad de Buena vista, en el Municipio de Ixtlahuacan de los Membrillos, Jalisco; que en otra ocasión una compañera de mi hija nombre ROSA, le dijo que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, la estaba buscando, pero que mi hija no quería ir con el, pero que cuando mi hija tuvo que ir al baño, se encontró con el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, y que el le dijo a mi hija, que por que no le hacia caso, ya que era su novio, a lo que mi hija me comenta que le dijo al maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, yo no le hago caso a los drogadicto, y que la reacción del maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ cONTRERAS, fue de levantar su mano, como para golpear a mi hija, y que mi hija salió corriendo, y como fue a la hora del receso, se fue con sus compañeras, donde estaba llorando y que en eso se acerco el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ cONTRERAS, y le dijo que si le decía a su papá, de lo que había sucedido, mataría a su papá; una vez que me comento eso, le pregunte que el porque el decíaque eran novio, a lo que mi hija me dijo, que supuestamente tenían un contrato, que supuestamente en tres meses mi hija JOYCE SILVA E tenia que hacer lo que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, le dijera y que en ese tiempo serian novios. También mi hija me comento que en la clausura de /a Primaria José Maria More/os y Pavón, '-' GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARíA DE EDUCACiÓN P.S. 11/2015-F el día 05 cinco de julio de 2013, que le comento al maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CON TRERA S, ya no quería seguír con el contrato, debido a que ella no quería saber nada de el y que la dejara en paz, y que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ cONTRERAS le dijo, que se iba a arrepentir, por haberlo despreciado todos eses meses y que iba a matar a su papá, y que mi hija solo hizo en retirarse de con el. Por lo que cuando lIeao mi esposo de trabajar, le comenté lo que mi hija.' -:. me acababa de comentar, a lo que mi esposo OCTAVIO SILVA TAPIA, fue a platicar con el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, a efecto de saber porque había hecho tal cosa, por lo que cuando rearesó mi esposo, me comentó que la había dicho, le llevara a mi hija • ;~ - -,ue para que hablara con ella, a lo que mi esposo le comento que no había necesidad de llevarla, debido que el era su padre y ella es menor de edad, y mi esposo le comento que ya dejara en paz a mi hija, que ya sabía lo que estaba haciendo, y me comento mi esposo que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, dijo que eran puras mentiras lo que se decía, y a lo que mi esposo me comenta que le dijo, que el le creía a nuestra hija y no a el por su reputación, y que después se metió a su casa, vociferando leperadas, por lo que me dice mi esposo que después de que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, se metió a su casa el se retiro del lugar. Quiero señalar que mi hija ya no quería asistir a clases por miedo de que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ cONTRERAS, esto en la Escuela Secundaria 44, le fuera hacer algo en represalia de que nos había dicho lo que sucedía, debido por las amenazas que le hacia llegar con sus compañeras de grupo de la Escuela Secundaria 44, incluso no quería salir a la calle a jugar con sus amigas, por el temor de encontrarse al maestro JOSÉ ANTONln PÉD.F7f;ONTRERAS, esto debido a que sobn _" le la misma , (;Uéll se encuentra a la vuerta- de mi casa, vive el hermano del maestro JuSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, al grado de que mi hija dejo de asistir a clases, en el ultimo ciclo escolar 2013- 2014dela Escuela Secundaria Técnica 44, también se nos enfermo por el miedo que tenía en ir a clases, esto por las amenazas y golpes que le propinaban sus compañera, de salón, esto a ordenes del rnR~-'t::tro JOSÉ ANTONIOPÉREZ cONTRERAS en virtud de que mi hija • < '·:.;nJ)E, no perdiera sus estudio, decidimos de llevarla a su escuela y recogerla a la hora de la salida, para evitar que le hiciera algún daño, esto debido a que en ocasiones el maestro la había seguido después de clases, cuando el maestro no tiene nada que hacer en la secundaria. El día 13 trece de julio del presente año, ese día el hermano del maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, como lo señale vive a la vuelta de nuestra casa, nos amenazo con una pistola, esto cuando íbamos llegando a nuestro hogar, diciéndonos que retiráramos la denuncia que pusimos en su contra ante el Ministerio Público de Ixtalhuacan de los membrillos, esto en relación al acoso que sufrió mi hija por parte del maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS. Por lo que tengo miedo por la seguridad de mi hija, así como la de mi familia, debido a que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ cONTRERAS, pueda hacer algo en contra de mi hija o mi familia. Por lo oue decidimos cambiarla de Escuela, actualmente se encuentra mi hija . , - estudiando el presente ciclo escolar 2014-2015 en la t=scuela ::::iecunaana Ignacio L Val/arta, con clave de centro de trabajo 14EST00191, ubicada en la calle Juan Baltasar Padilla No. 1, en la localidad de Atotonilquillo, en el municipio de Chápala, Jalisco. Quiero señalar que solicite copias certificadas de lo actuado ante el Ministerio Publico que lleva la denuncia en contra del maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, misma que se derivo al Salto, por todas las anomalías que había en ella. Por lo que me comprometo hacer llegar las mismas, una vez que se me otorguen las mismas. Debido a que en ella se encuentran elementos de prueba que acrediten mi dicho. De lo sucedido nos vimos en la necesidad de llevar a mi hija a terapia psicológica, por lo que ha sufrido. También quiero señalar que presentamos una denuncia ante derechos humanos, sobre tal situación. Así mismo solicito que se anexen a la presente los documentos que exhibo en estos momentos, para los efectos legales que haya a lugar".-- Denuncia a la que se otorga valor probatorio indiciario, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 266 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, de aplicación supletoria en el presente asunto por disposición expresa del artículo 71 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, ya que la misma se encuentra relacionada con otros medios probatorios que la hacen verosímil y que a continuación se describen.----------------------------------- 2. Lo declarado por la menor ._ _ __ -~ ~~. ,;:';: . .:\-F, ante la presencia de la C . ::'--y el C. OCTAVIO SILVA TAPIA, en su carácter de padres de la menor en comento, en la comparecencia del día 23 veintitrés de octubre del año 2014 dos mil catorce, testimonio que se reproduce a la letra yexpresó:-------------------------------------- "Cuando estaba estudiando la primaria en la Escuela "JOSE MARIA MORELOS y PA VON, misma que se encuentra ubicada en la colonia Buenavista, cuando estaba en sexto año, mi papá OCT A VIO era mi maestro, y el maestro PEPE, daba clases en cuarto grado, en la misma escuela, a la hora del recreo, a veces cuando iba al baño, a desayunar o cuando tenía que ir a sacar copias con papá, el maestro PEPE a partir del 10 diez de enero de 2013 dos mil trece, me empezó a acosar, diciéndome "estas bien hermosa, que chula te estas poniendo y que me iba a robar en el caballo", esto me lo decía a cada rato y pasando uno de sus brazos por mis hombros, a lo que yo hacia por quitarme. En Febrero del 2014 dos mil catorce el maestro PEPE, me empezó a insinuar que fuéramos novios, diciéndome "que si quería ser su novia", y continuaba diciéndome "estas bien h~rmosa, que chula te estas poniendo y que me iba a robar en el caballo". El día 21 veintiuno de mayo de 2013 dos mil trece, yo estaba junto con mis compañeras - ~ - .. -. ¡:. , , estábamos en el recreo que era de 11 de la mañana a 11 :30 de la mañana, llego el maestro PEPE, y me dijo "JOY, quiero hablar muy seriamente contigo, a solas", mi reacción fue de sorpresa, a lo que le dije "de que quiere hablar conmigo", mis compañeras se fueron de conmigo, a lo que el maestro PEPE me dijo, "le vaya decir a tu papá que tienes novio", yo le dije "pues dígale", y el maestro dijo "que si te importa que le diga a tu papá, que su hija de tan solo 12 doce años, tiene un novio y que ese novio se la hacia como quería, pobrecito de tu papa, va a sentir una gran vergüenza de su hija la preferida que la tiene en un pedestal", empecé a temblar ya que si tenia miedo que le dijera a mi papá, ya que mi papá no sabia que yo tenia novio, y el maestro PEPE platicaba mucho con mi papa, por lo que en ese momento el maestro PEPE me dijo "para que veas que yo si te amo, te tengo un contrato", a lo que yo le dije "de que se trata el contrato", el me dijo "que durante tres mese yo tendría que andar con el, y que durante esos tres meses yo tendría que hacer lo que el quería, y que si aceptaba el contrato, que después de los tres meses el me iba a dejar de molestar", yo por miedo a que le dijera a mi papá, le dije que si aceptaba el contrato pero que yo no iba a hacer lo que elquería, me dijo lino le tienes que decir nada a nadie de lo del contrato", el maestro se fue, y me agarre llorando, se acerco mi compañera ::,4,¡Fu··, y me preguntó que tenia, y le platique a ella lo que sucedió. Después de eso el maestro PEPE, le pedía raite a mi papa, para llevarlo Atequiza, el lo hacia aldrede, ya que el veía que yo me asustaba cuando el se subia al carro de mi papá, esto sin saber mi papa de lo que estaba pasando. En una ocasión cuando el maestro PEPE, se subió al carro, le pregunte a mis papas que porque le daban raite, y mi mama me dijo que porque no tenia carro, que porque me asustaba, pero yo no le dije nada. Seguido me decía que fuera GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F con el a su salón de clases, el cual siempre estaba vacio cuando el me decía eso, en una ocasión mi papa escucho, y me dijo que no le hic;era caso. A mediado de junio estábamos en el recreo, y mi compañero ',,--: ~. ~ -- -, me dijo que el maestro PEPE, me estaba buscando, y le dije a mi compañera que le dijera al maestro PEPE, que yo no iba a ir con el, y al minuto llego mi compañera " ¡' '. me dijo que le corriera, que el maestro PEPE me estaba esperando y le dije que le dijera al maestro que yo no iba a ir, pero en ese momento me dieron ganas de ir al baño, y como ya no me podía aguantar, fui, pero para ir al baño tenia que pasar por la Dirección, y en ese momento el maestro PEPE me salió de repente y me dijo "no ves que te estoy hablando, a mi me tienes que hacer caso, porque soy tu novio", yo le dije "si en algunas ocasiones no le hago caso a mis papas, porque le tengo que hacer caso a un drogadicto", entonces levanto la mano para quererme golpear, por lo que me cubrí la cara y me dijo "a mi me tienes que respetar porque las mujeres a mi me respetan", a lo que le dije que ya estaba cansada de sus amenazas y le dije "le vaya decir a mi papa toda la verdad", por lo que me fui cQrriendo a una banca donde estaban mis compañeras '- ,'- ~ -', .; _.- por lo que empecé a llorar, pero el maestro PEPE se fue detrás de mi, y cuando llego y enfrente de mis compañeras me pregunto que porque estaba llorando, y la dije que le iba a decir a mi papa toda la verdad para que viera lo hipócrita que era, estando mis compañeras I . ;' ',,_)! f\·~. dijo "si le dices a tu papa; yo lo vaya matar", por lo que le dije que "no le hiciera nada a mi papa, no le vaya decir nada a mi papa", yen eso se fue para su salón, ya que dieron el toque para que acabara el recreo, pero se fue burlándose. El 04 cuatro de julio de 2013 dos mil trece, no hubo clases, ya que fue el ensaño de la clausura, donde también ensayamos el vals, pero me tenía que regresar con mis papas, me fui al lugar de mi papa, y cuando estaba yo con mi papá, llego el maestro PEPE, y le pidió a mi papá que si le daba una copia del programa de cuarto, y mi papá le dijo que si, cuando mi papá se paro por las copias el maestro PEPE, me pregunto lime has a extrañas", a lo que le dije que lino", y me dijo que "no te vaya dar tiempo de extrañarme, ya que te vaya robar en mi caballo". el 05 cinco de julio de 2013 d9s mil trece, en la clausura de clases, yo le dije al maestro I~ _::'>. .70 quiero seguir con el contrato" y me dijo "pero porque", y le dije "yo ya no quiero seguir con ese contrato, yo ya no quiero saber nada de ti " Y me dijo "te vas a arrepentir por haberme despreciado durante todo este tiempo", por lo que lo deje hablando y me fui con mis papas. De todo esto mis papas no sabían nada, solo mi prima, . ya que se lo platicaba cuando la veía, ya que le tengo mucha confianza, es de mi edad, ella me decía que se lo dijera a mi papá, ya que no se valía que mi papá lo consideraba su amigo, pero yo por miedo no se lo decía. A principios de septiembre cuando ya estaba estudiando la secundaria en la Técnica 44, y como no tenia con quien platicar de confianza, se me hizo muy fácil decirles lo que me había pasado con el maestro PEPE de la primaria, a mis compañeras fI ",-: " =--:. ,. . .- • ~, (' .. - i~ 1.--'-1 .,,'. - l-. r~,,:r~ . . ~ .. ," ~_.~:-~ . ____ .. 1', ,,;,-',: -desde esa vez, .:',',::._' -"pféZ'Ó a cambiar mucho, fue cuando me empezaba a gritar ''puta, eres una zorra, te metiste con el maestro PEPE". Por lo que yo le decía a ,'- '_.'1 Je no me dijera eso enfrente de mis compañeros, ya que ellos no sabían, pero ella se lo empezó a decir a todos mis compañeros. El día 15 quince de septiembre de 2013 dos mil trece, fue a mi casa a pedirles permiso a mis papas, para ir a la plaza, por las fiestas patronales, pero mi papa no me dejo ir con ella, y en eso se fue mi papá a trabajar, cuando regreso de trabajar mi papá nos dijo que nos cambiáramos para ir a la plaza, ya estando en la plaza, mi compañera " nos encontró y les volvió a pedir permiso a mis papás para que me dejaran ir a dar la vuelta, y mi papá no me dio permiso, y (- I se fue, pero mi papá la siguió, y cuando regreso nos dijo que la niña estaba con el maestro PEPE, y que ella estaba tomando NewMix con el maestro. Ese mismo día como a las 9 de la noche en la plaza, nos encontró mi prima lIa les pido permiso a mis papás para ir a dar la vuelta, y mis papás si me dejaron ir, por lo que fuimos por una nieve, estando en la peletería, yo afuera la estaba esperando, y en ese momento paso el maestro PEPE arriba de su caballo, y me dijo "adiós hermosa, no quieres ir a dar la vuelta conmigo en el caballo", me dio miedo, yo no le dije nada y me metía la peletería con mi prima, y no le dije nada a nadie porque tenia mucho miedo. El día 17 diecisiete de septiembre de 2013 dos mil trece, ya en la escuela, mi compañera ne dijo que· me estaba buscando el 15 de septiembre de 2013 dos mil trece. Dor que se lo pidió el maestro PEPE, por lo que cuando me acerque a j':. - '.", le pregunte que si era cierto lo que me había dicho:, que' el maestro PEPE le había dicho que me buscara y lo que me dijo mi papá, de que ella estaba con el maestro PEPE tomando NewMix, y ella me respondió "~i A.~ cierto. porque algún problema". A partir de entonces mis compañeras iV,~, \. :-.<::ft· < y ':~':l' ~~, me agredían de forma verbal diciéndome, "eres una puta, te metiste con el maestro, eres una zorra" y a veces física, en una ocasión el maestro de Asignatura estatal, escucho lo que me decían, y me preguntó que porque me decían eso, por lo que le comente lo que había pasado, y el me dijo que se lo comentara a mis papás, pero yo le dije que tenía miedo de decirle a mis papás , ya que el maestro PEPE me había amenazado. También cuando salía de la secundaria, me encontraba al maestro PEPE, el en su camioneta y cada vez que me lo encontraba me decía "adiós chula" , lo mismo que me decía en la primaria me lo repetía, Entonces yo ya quería que mis compañera E, y el maestro PEPE me dejaran de molestar, por lo que a principios de noviembre decidí platicárselo a mi mamá, por lo que mi mamá me dijo, que porque no se lo había dicho desde un principio, por lo que le dije que el maestro PEPE me tenía amenazada, cuando llego mi papá en la noche, fue cuando mi mamá le dijo a mi papá, entonces fue cuando mi papá fue a hablar con el maestro, y mi papa le dijo que me dejara de molestar, Al día siguiente en la secundaria se acerco mi compañera me dijo, 'ya fuiste de pinche mitotera, a decirle a tus papás lo que te hacemos y lo que el maestro supuestamente te hacía en la primaria". En el mes de de febrero de 2014 dos mil catorce, mi papa fue a platicar con la mamá de DULCE, por lo que me hacia, pero no se en que quedaron, por lo que estando en la Secundaria en el salón ingles a la hora del recreo, se me acerco ¡ y me empezó a gritar "eres una punta y te metiste con el maestro PEPE", por lo que le dije, "yo no quiero tener problemas contigo", a lo que me dijo "pues los vas a tener", entonces en ese momento me agarro del cabello y me lo jalo, cuando hacia eso, vi que saco algo de su bolsa del pantalóndel pans, por lo que cuando pude ver bien, era una navaja, la cual quiso enterrármela, pero como no se animaba, lo que hice fue también agarrarla del cabello y golpearla en su cara, y ella se callo y la navaja se le zafo de las mano, y en eso ella se paro y me quiso dar una cachetada, pero como tengo mas fuerza que ella la pude detener y no la deje que me golpeara, y me grito "ahora si me vas a conocer", y se fue corriendo con la maestra . ' - juien es la encargada de meter reportes, citatorios y de la conducta de los alumnos de la Escuela Secundaria Técnica 44. Siguieron las agresiones, pero en el mes de abril del 2014 dos mil catorce, estando en el salón de clases mi compañera l._ •.. ,c,,'. "', I dijo "te pido una disculpa, por todo lo que te he hecho en todos estos meses", a lo que le dije que si la disculpaba, pero que solo me dijera que porque me había atac~r:lo de esa manera, a lo que me dijo "yo, junto con,'" ,,;, fe ,-" '; ! nos reuníamos cada viernes en una caballeriza del maestro PEPE, y nos decia que te teníamos que hacerte la vida de cuadritos, a . - j" ",. y a mi, nos encargaban de que tu te pelearas con todos mis compañeros del salón y que hicieran ver que el maestro PEPE es la victima, y que hicieran que yo me peleara con mi prima J.~.EXA,· y era la "Jncargada de decirme las amenazas te mandaba e maestro PEPE; , ".t- era la encargada de golpearte y gritarte cosas", por lo que yo le pregunte a'.1iRrAM ('fOIl] porque me tenian tanto odio, para hacerme eso, y ella me responr;;¡v'el maestro PEPE nos paga dinero $100 o $150 pesos por semana, y nos fomentaba sentimientos malos en contra GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F tuya", en eso momentos se acero NORMA y me dijo que "es cierto todo lo que te esta diciendo /", a lo que les dije que si estaban dispuestas de ir con mis papás para decirles lo que me dijeron y me contestaron que "NO", que porque el maestro PEPE las tenía amenazadas de decir que el/as eran las que lo habían ido a buscar a el y no el a el/as, después de eso me dejaron de molestar, ese mismo día cuando l/egue a mi casa le comento lo que sucedió a mi mamá, Una semana después de eso, me confesó ella ya tenia una relación con el maestro PEPE y que el le había dicho que me hiciera daño, ella lo confeso por que dijo aue vin al maestro PEPE besándose con la prima de ., de nombre .' y por eso me confesaba que lo que había hecho era por que se lo había pedido el maestro PEPE, ese día cuando llegue a mi casa con mi mamá me preguntó que como me había ido, y le dije lo que me dijo Dulce, por lo que me dijeron mis papá que ya era el momento de que metiéramos una denuncia. Después de que presentamos la demanda, volvieron las agresiones hacia a mi, pero ahora todas mis compañeras del salón, me cerraban la puerta, me roban mi dinero, mi material lo hacían perdidizo, esto para que mis maestros me reprobaran. El día 17 diecisiete de junio del 2014 dos mil catorce, cuando entre a la clase de Artes, como esa ves traía lodo en los tenis, el maestro me dijo que me saliera a limpiarme, en eso estaba parada en la puerta prima de y me dijo que porque le habíamos metido demanda al maestro PEPE, el ya te esta esperando afuera para date tu levantón, ese mismo día a la hora del recreo me fui al baño para hablarle a mi mamá, para que fuera a recogerme, ya que no quería estar en la Secundaria, pero me siguieron todas mis compañeras del salón, y me empezaron a decir que me saliera de la Secundaria, y que me fuera corriendo a mi casa que para que el maestro no me diera mi levantón, por lo que me tuve que esperar hasta la salida hasta que llegaran mis papás por mi. Quiero mencionar que para este ciclo escolar 2014-2015, ya me encuentro estudiando en otra Secundaria, que es la Secundaria Ignacio L Val/arta que se encuentra en Atotonilquillo, estando en la hora del recreo se me acerco un compañero de nombre , el me dijo que era novio de mi excompañera de la Técnica 44, y que le había dicho que me hicieran BULL YNG, pero el me dijo que le comentó a su mamá y que su mamá le dijo que "no se metiera en problemas conmigo", que porque ese problema era entre y yo".--------------------------------------------------------- 3. Con la declaración de la menor q u e refie re: ---------------------------------------------------------------------------------------- "Que si conozco a ; desde hace cinco años ya que somos coinpañeras desde la primaria, y estuvimos estudiando juntas en la ESCUELA PRIMARIA JOSE MARIA MORELOS y PA VON, la cual se encuentra dentro del poblado de Buena Vista, en el municipio de Ixtlahuacan de los Membrillos, Jalisco, ya que estábamos en el mismo salón de 6 sexto '~", por lo que me tocó ver y escuchar en repetidas ocasiones el maestro JOSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS, que cuando pasaba junto a • ya que nos juntábamos en el patio cívico, y cuando salíamos al recreo, el maestro JOSE ANTONIO, pasaba junto a y le decía de cosas como que estaba bien bonita, bien chula, y en repetidas ocasiones le manda hablar el maestro JOSE ANTONIO esto con sus Alumnas a , para que fuera con él a la Dirección, esto fue durante todo el ciclo escolar del año 2013 dos mil trece, por lo que yo le pregunte a '_ _ __ , que por que el maestro le mandaba hablar seguido a la Dirección y . - ~,me platicó que el maestro JOSE ANTONIO, le había dicho que quería ser su novio y que si __ , no quería le iba a ser algo a su papa, en una ocasión no recuerdo bien el día pero fue a principios del mes de Enero, del año 2013 dos mil trece, al estar ensayando para la escolta esto en el patio de la escuela _ y otros compañeros de quien no se sus nombres, llego el maestro JOSE ANTONIO, el cual tomo del hombro a ~ _ diciéndole que estaba bien chula y bien guapa".---------------------------------- Declaraciones las anteriores que se admiten de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco, de aplicación supletoriael presente asunto por disposición expresa en el numeral 71 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, y que adquiere valor probatorio pleno, pues deriva de un acontecimiento que el susceptible conocer a través de sus sentidos y no por inducciones ni referencias de otros, sin ser necesario de un conocimiento especial para advertirlo, además sus declaraciones son precisas y claras, estableciendo circunstancias de tiempo, modo y lugar, sin que haya mediado para ello fuerza, imposición de miedo, engaño o error; además, de encontrarse lo declarado adminiculado con los demás medios de prueba que obran en el sumario.------------------------------------------------------------ De igual forma es atendible la tesis:------------------------------------------------------- "TESTIGO MENOR DE EDAD. VALOR DE SU DECLARACIÓN. La minoría de edad del declarante no invalida por sí misma el valor probatorio que a su testimonio le corresponda según las circunstancias del caso, pues a lo que debe atenderse es si el menor de edad tiene capacidad para comprender los hechos sobre los cuales versa su declaración y si éstos fueron susceptibles de ser apreciados por sus sentidos, tomando en cuenta además que los mismos hayan sido narrados de una manera clara y precisa. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 257/89. -Sergio Márquez Escobedo.-23 de agosto de 1989.- Unanimidad de votos.-Ponente: Amoldo Nájera Virgen.-Secretario: Enrique Crispín Campos Ramírez. Amparo en revisión 170/90.-Pedro Guzmán Salazar y otros.-5 de junio de 1990.-Unanimidad de votos.- Ponente: Gustavo Calvillo Rangel.-Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo directo 399/96.-Baldomero Cortés Atilano.-21 de agosto de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: Clementina Ramírez Moguel Goyzueta.-Secretaria: Laura Ivón Nájera Flores. Amparo en revisión 578/96.-José Eduardo Alfaro Pérez.-21 de noviembre de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: Antonio Meza Alarcón.-Secretario: Héctor Enrique Hemández Torres .Amparo directo 535/98.-Miguel Nolasco Juárez.-27 de agosto de 1998.-Unanimidad de votos.-Ponente: Carlos Loranca Muñoz.-Secretario: Gonzalo Carrera Molina. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 1082, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI. 20. J/149; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 1082".------------------------------------ 4.- La copia certificada del oficio número UCF/02711/2014/12CE/PS/01, de fecha 02 dos de Julio del año 2014 dos mil catorce, signado por la Licenciada en Psicología J~ _. _. _ _ ________ , 1, Perito en Psicología Forense del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, mediante el cual emite Dictamen Psicológico en el que concluye: -- ..... la menor _ __ _._." _________ , al momento de la evaluación, presenta afectación en su estado psicológico y emocional con manifestaciones de angustia, ansiedad, desconfianza, miedo, zozobra y temor permanente ante la incertidumbre de daño moral en su integridad personal y a la de su familia como consecuencia directa de los hechos que se denuncian e investigan, causándole un deterioro que le altera y limita el desempeño, desarrollo y curso de sus conductas, actividades y hábitos cotidianos, naturales y normales. Determinándose que manifiesta daño moral y psicológico en su GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P .5. 11/2015-F persona, como consecuencia de agresiones que dañan su moralidad e integridad de forma directa por los hechos cometidos en su agravio ... "- Dictamen Psicológico que tiene valor probatorio de conformidad en lo dispuesto por el artículo 271 y 272 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, y que reúne los requisitos señalados dentro del artículo 220 y 221 de la Ley Adjetiva antes mencionada.---------------------------- 5. Con el escrito de fecha 25 veinticinco de septiembre de 2014 dos mil catorce, en hoja membretada por el Centro de Orient~rión Naturista y Terapias Complementarias, signado por la - ..! _~_ ;on I ~_, - - .. - . - mediante el cual se hace mención que la menor, . ~ue refiere:--------------------- "Por medio de la presente misiva hago constar que la niña._ , ____ J de 13 (trece) años de edad está acudiendo a este Centro a recibir ayuda psicológica a partir del 30 de agosto del presente año, donde se le está atendiendo del trauma de acoso y amenazas de un adulto maestro de la escuela donde cursaba su 6° grado de Educación Primaria. Lo cual comunicó a petición de sus padres para los efectos legales correspondientes". ------------------------------------------------------------------------------ Escrito que se admite como material probatorio, por el texto implícito en el mismo y el valor que confiere al dicho de la menor afectada, de conformidad al ordinal 274 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco.------------------------------------------------------------------------------- 6. Así mismo obra el oficio 2440/2014-V de fecha 13 de noviembre de 2014, signado por el Licenciado Bernardo Diéguez Lomelí, Visitador Adjunto de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, se recibieron 29 veintinueve copias debidamente certificadas, correspondientes a la queja 6079/2014-V interpuesta ante la Quinta Visitaduría General de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco por la C. Ao._ - - - - • _ en representación de su menor hija _. ___ . en contra del C. JOSE ANTONIO PÉREZ CONTRERAS. De lo que se desprende en foja 22 veintidós, la entrevista realizada por el personal comisionado Lic. _ omelí visitador adjunto _ _ . _ ,ambos adscritos a la Quinta Visitaduría General, resalta parte de la conclusión que al texto dicta: --------------------------------------- "En la entrevista realizada con la menor de edad •. se advierten indicadores de hostigamiento sexual por parte del profesor José Antonio Pérez Contreras, mismos que se consignan a lo largo de la entrevista; así también se advierten indicadores de posible estrés postraumático y depresión manifiestos en múltiples signos como son: aislamiento, trastornos de hábitos alimenticios y del sueño, falta de motivación y concentración, hipervigilancia, pesadillas y ansiedad generalizada.'~----------------------------------------------------------------------------------- Medio de prueba previsto por los arábigos 271 y 272 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco aplicado de manera supletoria a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco. ------------------------------------------------------------------------------ Así mismo, se manifiesta que con fecha 17 diecisiete de julio del año 2015 dos mil quince, el C. JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS fue debido y legalmente notificado de la instauración del procedimiento en su contra, así como se le enteró de los hechos que se le imputan, al igual se le hizo saber del término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación para rendir su informe en el que diera contestación a los hechos denunciados en su contra y hecho lo anterior, ofreciera pruebas, las cuales podría presentar en un plazo de quince días hábiles siguientes; mencionado lo anterior, mediante acuerdo de fecha 27 veintisiete de julio del año en curso, signado por el Lic. Alejandro Uribe Coronel, Asesor Jurídico de la Delegación Regional de la Secretaría de Educación Centro 3, se tiene por recibido el informe recibido el 23 vientres de julio del año 2015 dos mil quince, presentado en tiempo y forma por el C. JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, servidor público encausado, así como se le tiene señ.alado como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones en la puerta con el ,- .... ----~~_. - . .. . 'iza en el Municipio de j _-_.--- ___ _- •. : I os, Jalisco. Dicho lo anterior, en su informe presentado el día 03 tres de febrero del año 2015 dos mil quince, el encausado manifestó textualmente lo siguiente: -------------------- "Durante el ciclo escolar del año 2014 llegue a impartir clases a esta comunidad de Buenavista en la escuela José Ma. Morelos y Pavón. en donde me correspondió impartir clases al grupo de 4 o teniendo una buena relación de conducta hacia el alumnado y comportamiento hacia ellos y también con los mismos maestros que elaboramos dentro de este plantel educativo y de mas personas que elaboran dentro del mismo, en lo que me corresponde durante este ciclo escolar ciempre lleve una buena relación con el alumnado y maestros que la boramos dentro del mismo por lo que a mi metoma de sorpresa ese tipo de acusación hacia mi persona por lo cual niego categóricamente ese tipo de acusación, estando dentro de este plantel ya anteriormente mencionado a la hora del recreo me la pasava con los papas de la niña sentado platicando con ellos mismos y otros maestros que se integraban a nuestra platica en donde la niña me mencionaba en presencia de su papá el cual era el maestro de su misma hija mencionando que estaba muy guapo que se behia ermoso en su caballo me lo saluda maestro, y yo menciónaba emprencia de ellos mismos que esta va bien que yo se lo saludaba el papá de nombre maestro de de la niña - '---de nunca nunca mencionaba nada ni la mamá de .. Nunca mencionaba nada e incluso ellos mismo me dieron rraite barias ocaciones hasta mi pueblo, pero despues paso el tiempo y empesarón los problemas al regresar a otro año escolar fue dondo yo medi cuenta dp. la dicha queja o acusación en mi contra de la mna haci como el cambio de actitud de sus padres hacia mi persona atal grado de sentirme retado a nivel de los golpes, y al conocer que eciste la queja y denuncia en mi contra y conoser su contenido niego categorica y rotundamente cada uno de los echos ahínarrados ya que como mencione con anterioridad siempre huvo una distancia ennorme entre la niña y yo, además de considerarme una persona onesta, umilde y respetuosa todo esto se puede demostras con el dicho de mis compañeros maestro y personal que laboró dentro de dicho plantel. Por lo cual me beo comprometió a solisita resuelva lo conducente conforme a la documentación ofrecida de mi parte y si lacre necesario solisitar el testimonio de mis compañeros se realice esto para que mi dicho se robustesca y veracidad salga a relucir". --------------------- Argumentos de defensa que resultan insuficientes para desvirtuar las imputaciones hechas en su contra, advirtiéndose que el servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS se remite a señalar la negativa de los hechos, sin embargo su dicho no se encuentra robustecido con algún medio de prueba idóneo lo cual no es suficiente para desvirtuar la queja en su contra de conformidad con la tesis siguiente: ------------------------------------------- "NEGATIVA DE LA COMISIÓN DEL HECHO Y NEGATIVA DEL CARGO. DISTINCIÓN Y EFECTOS DE LA. La negativa, del sujeto activo, de haber cometido determinado hecho implica la afirmación expresa de haberse abstenido de realizarlo, y es específica; en cambio, la negativa del cargo GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F imputado, del mismo sujeto, es genérica e insuficiente para desvirtuarlo, si no está apoyada en otros elementos probatorios que la hagan verosímil." SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO. Octava Época, Semanario Judicial de la Federación, Tomo: XII, Agosto de 1993, página: 487. Amparo directo 130/93. María Bernarda Arroyo Barrios o Asunción Barragán. 3 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.----------- Así mismo, robusteciendo lo anterior, con fecha 14 catorce de agosto del año 2015 dos mil quince, el encausado JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, compareciendo en tiempo y forma, mediante escrito presentó las pruebas que considero convenientes en relación a la denuncia, siendo 12 doce fojas útiles, mismas que fueron desahogadas en audiencia de fecha 02 dos de septiembre del año 2015 dos mil quince, cumpliéndose a cabalidad con lo establecido en el artículo 87, fracción 111, precisando lo anterior, se dio cuenta del acuerdo de instauración que signe con fecha 01 primero de junio del año 2015 dos mil quince, mediante el cual se estableció la incoación del presente Procedimiento Sancionatorio, se procedió a dar lectura al informe que presentó el servidor público encausado JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, mismo que ratificó en todos y cada uno de sus términos; así mismo __ se .constato la presencia de los C.C. ¡ í J - ·~Z. ~IL' :z A~t:.t;Nt;IU, MIGUt::.L ROS} __ _ - -~...,. PEDROZA y D_OI) - - - - _.Jstigos a favor del enr "" .~-~- L _. l".ldoseles notificado en tiempo y forma, se preciso de igual fOI --'1u<:: la SRA.' .' J no se presentó, desconociendo los motivos por los cuales no pudo asistir a dicha audiencia; se recibieron las pruebas presentadas en escrito de fecha 14 catorce de agosto del año 2015 dos mil quince, mismo que ratifica en todos y cada uno de sus términos, consistente en 12 fojas útiles, acto continuo se procedió al desahogo de las pruebas, siendo las siguientes:--------------------------------------- 1).- DOCUMENTAL PUBLlCA.- consistente en cinco copias fotostáticas debidamente certificadas de la averiguación previa número 3637/2014, medio por el cual los C.C. :~_.... - r' -'-'~--- - o Silvia Tapia, padres de la menor. conceden el más amplio perdón al C. José Antonio Pérez Contreras y su ratificación ante la agencia de ministerio público investigador 11 de El Salto, Jalisco.--------- Documental Pública que tiene valor probatorio de conformidad en lo dispuesto por los artículos 271 y 272 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, de aplicación supletoria al presente procedimiento por disposición expresa de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del estado de Jalisco y sus Municipios.--------------------------------------- 2).- DOCUMENTAL PRIVADA: consistente en escrito de fecha 16 dieciséis de agosto del año 2015 dos mil quince, signado por el profesor ALEJANDRO RAMÓN AUGUSTO GÓMEZ SÁNCHEZ, y que refiere al texto: "El que suscribe profesor Ramón Augusto Gómez Sánchez compañero de trabajo del Maestro Jose Antonio Perez Contreras en la Ese. Primo "Jose Ma. Morelos y Pa von " y he visto su desempeño frente al grupo con respeto hacia sus alumnos así como re§{!.onsable para ejercer su labor profesional. Ademas de vecinos ,u - ( la ~ --¡ ---.." comunida, mencionando e. de fecha 16 de a~ lo escribí de mi puro ___ •••• ____ _ 1 ... ,.-: dido: "en estos momentos se me pone a la vista el escrito '0 del 2015, el cual ratificó en todos sus términos ya que letra ". ---------------------------------------------------------------- 3).- DOCUMENTAL PRIVADA: consistente en escrito de fecha 16 dieciséis de agosto del año 2015 dos mil quince, signado por el profesor UBALDO MORALES NUÑEZ, y que refiere al texto: "El que suscribe profesor Ubaldo Morales Núñez compañero de trabajo del profesor José Antonio Perez Contreras en el mismo centro de trabajo y he observado su desempeño frente al grupo con respeto hacia los alumnos y bastante responsable para ejercer su profesión. Además vecinos ya que habitamos en la misma población de Atequiza y su comportamiento en la comunidad también es de respeto hacia los demás ciudadanos de la comunidad. . .3<' 1 --- - •• _~ -- •• • . lencionando el-aludido: "se me pone a la vista el escrito de fecha 16 de agosto del año en curso, el cual lo ratificó en todos sus términos ya que lo escribí de mi puño y letra". ----------------------------------------------------------------------------------------------- 4).- DOCUMENTAl PRIVADA: consistente en escrito signado por la C. r _ .. __ ." y que refiere al texto: "La que suscribe María Teresa Galvan Flores, vecina originaria de esta población ( . _ ~ .~ __ ._. qué conozco al C. José Antonio Pérez Contreras, conocido de toda la vida. Manifiesto que se ha conducido con respeto ante los vecinos y la comunidad". La cual no se presentó, no obstante de haber sido legal y debidamente notificada, recibiendo ella personalmente dicha notificación la cual obra en actuaciones para su debida constancia. ------------- 5).- DOCUMENTAL PRIVADA: consistente en escrito de fecha 13 trece de agosto . . ti.". 'Jn1!'i dos mil quince, signado por la C. : . . . ~~. ,~_, . y que refiere al texto: "La que suscribe . . __ .. ' __ originaria y vecina de este lugar, CI i" ~ ~ por medio de la presente hago saber a quien corresponda que conozco al C. José Antonio Pérez Contreras de toda su vida ya que vive exactamente frente a mi domicilio, por lo que con todo conocimiento expongo que es una persona que se conduce con respeto al tratar con los vecinos y en general con los habitantes de la comunidad". Además manifiesta lo siguiente: "ratifico el escrito de fecha 13 de agosto de 2015 a favor del maestro José Antonio Pérez Con trera s, ya que lo escribí de mi puño y letra, lo conozco desde que nació es una persona que yo nunca he visto que falte el respeto a la gente, muchachas ni nada en pocas palabras muy respetuoso y trabajador".-------------------------------------------------- 6).- DOCUMENTAL PRIVADA: consistente en escrito de fecha 13 trece de agosto de 2015 dos mil quince, signado por el C. M' , - ~. ______ ', y que refiere al texto: "El que suscribe /l'- ) - - __ 'a, vecino y originario de este lugar, con domicilio ( . . _- -- _ la población mencionada, hago constar a quien corresponda que conozco al C. José Antonio Pérez Contreras, amigo y conocidos de toda la vida de parte de su familia y la mia, manifiesto que es una persona que se ha conducido con respeto ante los vecinosy la comunidad ". Además manifiesta lo siguiente: "el escrito de fecha 13 de agosto del año en curso, lo ratifico ya que yo lo escribí de mi puño y letra a favor del maestro José Antonio Pérez Contreras, ya que siempre ha sido respetuoso con roaos los vecinos y nunca ha habido ningún problema".-------- 7).- DOCUMENTAL PRIVADA: consistente en escrito de fecha 13 trece de agosto de 2015 dos mil quince, signado por la C. I \¡ .. - __ .... __ ~, y que refiere al texto: "La que suscribe _ .. __ ' .. __ .~ _-' _ con domicilio en . _ ._ ._, . _ 3g0 constar, a quien corresponda que GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARiA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F conozco al C. José Antonio Pérez Contreras, amigo y conocido de toda la vida, de parte de su familia y la mia, manifiesto que es una persona que se ha conducido con respeto ante ante los vecinos y la comunidad ". Además manifiesta lo siguiente: "se me pone a la vista el escrito de fecha 13 de agosto del 2015, el cual lo ratifico por haberlo escribo de mi puño y letra a favor del maestro José Antonio Pérez Contreras, ya que lo conozco desde niño a sus papas igual por ser vecinos y el maestro Antonio es muy amable ". ------------------------------------------------------------------------------------------- Dicho lo anterior, no habiendo más pruebas a desahogar, el servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, expresó sus alegatos, manifestando lo siguiente: 'yo José Antonio niego categóricamente los hechos señalados a mi persona, en donde yo laborando en la escuela José Maria Morelos y Pavon en el ciclo escolar 2013-2014, donde yo me la pasaba con el maestro Octavio y la maestra norma patricia en el recreo su hija /leaaba en Dresencia de ellos dos mandándoles saludos a mi hijo . _ _ _} años de edad, por esas razones niego los hechos que .:>r::-me imputan, teniendo como prueba a los maestros que laboran en ese plantel educativo, también manifiesto que en lo legal y que se llevó en la fiscalía ya se tiene un arreglo el cual presente en tiempo y forma con lo cual solvente dicha situación, así pues pido C. Secretario de Educación que es este procedimiento sancionatorio quede sin efectos legales en contra de mi persona, por las razones antes señaladas y durante todo el proceso del mismo ". -------------------------------------------------------------------------------------------- En relación con la denunciante la C. L, la cual fue debida y oportunamente notificada para dicha expreslon de alegatos, se hizo presente dejando por escrito dichos alegatos, los cuales obran en las actuaciones del presente procedimiento y que consiste en oficio de tres fojas, tamaño oficio, por una sola cara, medio por el cual manif!esta: ... "indico en este momento que la suscrita i '- _ presenté queja formal en contra ae maestro JOSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS, al igual que acudí a las instancias correspondientes, manif"",tando en este momento que tanto . mi esposo ' _ :;omo la suscrita, presentamos ante el Agente del Ministerio público Investigador del Salto, Jalisco, escrito de conciliación previsto por la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, y que celebramos mi esposo _ / yo, padres de la menor con el maestro JOSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS, ya que los hechos que denuncié dentro de la Averiguación Previa número 3637/2014, son viables para solucionarse a través de los mecanismos dispuestos en la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, en razón de que los delitos materia de la Averiguación Previa aludida, NO son de las conductas típicas limitadas por el numeral 5 fracción I de la Ley previamente citada" ... 'yen dicho convenio presentado ante el ministerio Publico del Salto Jalisco, mi esposo . y yo, le otorgamos el más amplio perdón tanto civil como· penalmente a favor de JOSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS, esto porque como ya lo dije antes, mi esposo y la suscrita llevamos a cabo convenio previsto por la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, con el maestro JOSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS , y le otorgamos el más amplio perdón tanto civil como penalmente a favor de JaSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS, además de que se cubrió la reparación del daño a mi entera satisfacción" ... Así mismo solicita: 1) "se me s reconozca el carácter con el cual comDarezco en los términos del presente escrito; 2) "Se me tenga a la suscrita I - otorgando el más amplio perdón tanto civil como penalmente y administrativamente a favor del maestro JOSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS, esto es en razón al convenio señalado en el presente escrito, y como quedó señalado en líneas anteriores , ya que los hechos que nos ocupan se encuadran dentro de lo establecido en los términos del artículo 3, 5 fracción 1, y demás relativos y aplicables de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco; 3) ... "se advierte que los hechos que constan y existen en la misma, pudieron haber Tipificado /licito que es perseguible sólo por QUERELLA de la parte Ofendida, y que obra en actuaciones los desistimientos por parte de los denunciantes, quienes somos las personas que legítimamente pudiéramos formularla, por lo que dicha al Indagatoria al igual que este PROCEDIMIENTO SANCIONA TORIO se queda sin materia, y sin el requisito esencial de PROCEDIBILlDAD, ya que como lo dije antes, le OTORGUE y LE OTORGO EN ESTE MOMENTO EL MÁS AMPLIO PERDON TANTO CIVIL COMO PENALMENTE Y ADMINISTRATIVAMENTE A FA VOR DE JOSE ANTONIO PEREZ CONTRERAS, por lo que el presente queda sin materia, lo anterior con fundamento en los artículos 73 del Código Penal vigente en el Estado, 100, 102 Y 109 fracción 111 del Código de Procedimientos Penales de la Entidad, le solicito que el presente Procedimiento Sanciona torio, sea archivado en los términos de la ley, y en lo previsto por los artículo 102 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco, y en los demás articulos y leyes aplicables en la materia"; 4) ... "SOLICITO EL SOBRESEIMIENTO del presente Procedimiento Sanciona torio numero P.S. 11/2015-F, lo anterior de conformidad con el artículo 19 LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO." Con los anteriores elementos, los que relacionados entre sí de una manera lógica y jurídica, nos arrojan que el servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, filiación PECA821001794, con clave presupuestal 071251E028100.0167343, con adscripción en la Escuela Primaria "José Ma. Morelos y Pavón", clave de centro de trabajo 14DPR0426D y clave presupuestal 076712E028100.0144993 con adscripción en la Escuela Primaria "Antonio Gómez Horta", clave de centro de trabajo 14DPR4132S, quien se desempeña como maestro frente a grupo, realizó actos de hostigamJ~nto y acoso sexu~1 en contra de la menor incurriendo con ello en el incumplimiento de las obligaciones previstas en las fracciones 1, VI, VII, XVIII del artículo 61 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y con su conducta inadecuada no salvaguardó la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargc:> o c?misión. Lo anterior resulta así, en virtud de las siguientes conSideraCiones: ------------------------------------------------------------------------------- La fracción primera, textualmente indica: "Cumplir con la maxlma diligencia el servicio que le sea encomendado, y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de su empleo, cargo o comisiónj ... ". El incumplimiento de la máxima a diligencia en el servicio que se le ha encomendado al profesor JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, en su calidad de maestro frente a grupo, con adscripción en la Escuela Primaria "José Ma. Morelos y Pavón", clave de centro de trabajo 14DPR0426D y quien cuenta con la clave presupuestal 076712E028100.0144993, con adscripción en la Escuela Primaria "Antonio Gómez Horta~~, __~lave de centro de trabajo 14DPR4132S, se refleja al acosar a la menor alumna de ~a Escuela antes descrita y donde labora el servidor público encausado, ya que éste faltó al decoro, debido a que en diversas ocasiones el multicitado encausado le decía a la menor que estaba bien chula, hermosa, y se la iba a robar en su caballo, amenazándola al referirle que si le decía a su papá lo sucedido, mataría al papá de la menor. Hostigamiento, que siguió aun a pesar de que la menor ya se encontraba cursando el primer grado en la Secundaria Técnica No. 44 de la localidad de Atequiza, Jalisco. Con tal proceder el docente dejo a un lado maciasc Resaltado GOBIERNO DE JALISCO PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACiÓN P.S.11/2015-F el propiciar la formación integral, el promover los valores éticos, de igualdad y equidad de género, así como su alta responsabilidad social. No se aparta el establecer que la conducta reprochada implica un abuso indebido de su labor de maestro, resultando evidente que se aprovecho su cargo dentro de la Escuela Primaria "José Ma. Morelos y Pavón" y no obstante de ello, siguió con sus conducta faltando totalmente al objetivo primordial de la educación, que es promover en el educando su desarrollo integral, que desarrolle en forma optima sus capacidades y con ello pueda continuar con sus estudios. -- Con respecto a la obligación incumplida, contenida en la fracción VI, del citado artículo 61 de la Ley Disciplinaria respectiva, que textualmente señala: "Observar buena conducta. tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación, con motivo de sus funciones;... Resulta evidente que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, no observo buena. conducta, ni trató con respeto y rectitud a la menor pues valiéndose de su condición de maestro, la amenazó y hostigó dentro y fuera del plantel donde labora, obligándola a realizar actos en contra de su voluntad, como es realizar un contrato verbal para que anduviera con él, amenazándola con matar a su progenitor, utilizar a otras menores para continuar con actos indebidos en la secundaria donde ingresó, faltándole con ello al respeto y actuando si n la rectitud deb id a. ------------------------------------------------------------- Referente al incumplimiento de la fracción VII, del artículo 61 de la Ley de la materia, que dicta: "Observar en la dirección de sus inferiores jerárquicos las debidas reglas de trato, y abstenerse de incurrir en agravio, desviación o abuso de autoridad; ... " Es tangible que el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS ofendió a la alumna J . ya que aun sin ser su maestro frente a grupo, pero siendo docente de la escuela donde estudiaba la menor, se aprovechó de ello para romper las debidas reglas de trato, incurriendo con ello en agravio de la menor afectada, pues la obligó a que anduviera con él para que hiciera lo que se le pidiera y en diversas ocasiones incurrió en agravio al decirle hermosa, y que se la iba a robar en su caballo, además considerando que estando dentro de su centro escolar donde se debe sentir segura y protegida, se dio inicio y se cometió la falta.----------------------------------------------------------- Finalmente, por lo que advierte la fracción XVIII, del supradicho artículo 61 de la Ley de la materia, que textualmente señala: "Abstenerse de cualquier acto u omlslon que implique incumplimiento de las disposiciones jurídicas relacionadas con el servicio público;" .. . Con motivo de las conductas ejercidas por el profesor JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERA?, Que se insiste consistieron en acosar y amenazar a la menor J se concreta que el referido docente infringe varias disposiciones legales relacionadas con el servicio público que tiene asignado; así, en esencia incumple con lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley de Educación del Estado de Jalisco que dice: "Los trabajadores de la Educación, para el desempeño de sus funciones se ajustarán a lo establecido en los reglamentos de esta ley y en el manual de funciones correspondiente a su responsabilidad. "Circunstancias que deducen que el servidor público JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, no se ajustó a lo que contempla el Manual de Organización del Nivel de Educación Primaria en el que precisamente se advierte que el Profesor de Educación Primaria tendrá como propósito "contribuir a la formación integral del alumno, facilitando su proceso de aprendizaje con base en sus necesidades e intereses, desarrollando en este las competencias necesarias para lograr el perfil de de egreso de la Educación Básica, de acuerdo con el Plan y Programas de Estudio de Educación Primaria". Teniendo como función, dentro de la Dimensión Organizacional, punto 5: "Promover los fundamentos filosóficos y educativos que sustenta el Artículo Tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos". Propósitos y restricciones a los que faltó el maestro JOSÉ ANTONIO PÉREZ CONTRERAS, al quebrantar la relación de respeto que por deber existe entre docente y alumno, así como para la Institución a la cual presta sus servicios, aunado a ello de conformidad en lo dispuesto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en su Artículo 1°, en sus fracciones 1, II Y 111, que a la letra dictan: "ARTICULO 1. La presente Leyes de orden público, interés social y observancia general en el territorio nacional, y tiene por objeto: l. Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; en los términos que establece el artículo 10. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 11. Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte; 111. Crear y regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a efecto de que el Estado cumpla con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido vu Inerados; ------------------------------------------------------------------------ A mayor abundamiento resulta aplicable la jurisprudencia cuyo rubro y texto a continuación se transcriben: "SERVIDORES PÚBLICOS. SU RESPONSABILIDAD ADMINISTRA TIVA SURGE COMO CONSECUENCIA DE LOS ACTOS U OMISIONES PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN QUE RIGE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y SU RELACIÓN CON EL ESTADO. La responsabilidad administrativa de los servidores públiCOS surge como consecuencia de los actos u omisiones -que se definan ya sea por la propia legislación bajo la cual se expidió el nombramiento del funcionario, la ley que rige el acto que se investigó, o bien, por las que se contemplan en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos- pues, de no considerarse así, bastaría que el ordenamiento jurídico respectivo no previera las obligaciones o deberes que a cada funcionario le corresponden, para dejar impunes prácticas contrarias a la legalidad, honradez, imparcialidad, economía y eficacia que orientan a la administración pública y que garantizan el buen servicio público, bajo el principio unitario de coherencia entre la actuación de los servidores públicos y los valores constitucionales conducentes, sobre la base de un correlato de deberes generales y la exigibilidad activa de su responsabilidad. Tan es así que la propia Constitución Federal, en su artículo 109, fracción 111, párrafo primero, dispone que se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban
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