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INSTRUMENTOS FINANCIEROS NIIF Y NIC

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INSTRUMENTOS FINANCIEROS
NIIF Y NIC
José Verona Baluarte
Director General
Giovanni Verona Baluarte
Gerente General
Abelardo Delgado Cárdenas
Jefe de Imagen&Comunicaciones
Diana Estupiñan Porras
Editora
Gary Fiestas Arroyo
Diana Estupiñan Porras
Diseño y Diagramación
Jazmin Ramírez Guzmán
Jessica Navarro Martinez
Fernando Parra Ruiz
Redacción
Ca. Los Ñandúes 193
Urb. Limatambo - Surquillo
Dirección
221-8999 / 995953058
Teléfono
www.grupoverona.com
Web
informes@grupoverona.com
Correo
05 IntroducciónInstrumentos Financieros
10 NIC 2Inventarios o existencias
34 NIC 16Propiedad, planta yequipo
44 NIC 40Propiedades de inversión
54 NIIF 13Medición del valor razonable
63 NIIF 15Ingresos de actividades ordinarias provenientes de contratos con 
clientes
77 NIIF 16Arrendamientos
85 CINIIF 23La incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las 
ganancias
88 ANEXOPlan Contable
ÍN
DI
CE
21 NIC 12Impuesto a lasganancias
INTRODUCCIÓN
6
Si bien es cierto que los países son soberanos y tie-
nen la autonomía para establecer la normativa que 
regula las actividades que realizan las empresas en 
su territorio, también hay que aceptar que en el 
mundo globalizado actual es peligroso mantener 
una visión cerrada y local del mundo financiero. Es 
por ello que las Normas Internacionales de Informa-
ción Financiera (NIIF) nacen como una alternativa 
para estandarizar la información contable y financie-
ra, permitiendo así erosionar las diferencias sustan-
ciales que existían en materia contable en los países 
del mundo.
Los agentes económica en general se debaten en 
medio de innumerables ocupaciones y responsabi-
lidades, por lo que constantemente manifiestan que 
es difícil para ellos destinar el tiempo suficiente para 
adquirir conocimientos técnicos acerca de las NIIF 
(IFRS por sus siglas en ingles) , además en torno a 
este tema suelen surgir muchos problemas para su 
entendimiento y aplicación.
Gracias a la aplicación de las NIIF como instrumentos, 
ahora los Estados Financieros son más transparentes y 
comparables.
Las NIIF son un conjunto de normas de obligatoria 
aplicación en la contabilidad para que la información 
financiera no solo sea comprendida en el Perú, sino en 
todos los países que las utilizan.
INSTRUMENTOS
FINANCIEROS
Plan contable
Actualización de NIIF y NIC
Es por ello que Grupo Verona quiere que esta situa-
ción sea cosa del pasado. Con este libro, de forma 
sencilla y sin tantas horas de estudio tendrás a la 
mano las políticas, estimaciones, criterios de recono-
cimiento y modelos de presentación que necesitas 
para ser un experto. Te ofrecemos una herramienta 
que será en tu básica para que encuentres solución 
a todas tus consultas.
6
7
Las NIIF aportan un lenguaje universal a los negocios 
y sus finanzas. Consisten en un sistema unificado, 
estándar y homogéneo que genera beneficios implícitos.
Las NIIF se basan en principios y no en reglas, 
incrementando así el juicio profesional que debe utilizar 
la gerencia y el financiero de la entidad.
Esta publicación cuenta con una incorporación di-
dáctica, que te permitirá entender con mayor facili-
dad la regulación y la técnica contable que debe ser 
aplicada por las empresas.
Está dirigida a quienes quieren actualizarse con los 
últimos cambios en cuanto a estándares internacio-
nales de información financiera.
Aunque las normas seguirán evolucionando en la 
medida que evolucionan los negocios, de acuerdo 
a los cambios de la economía mundial, es vital para 
cualquier negocio mantenerse actualizado acerca de 
este tema.
El inicio de la era de la globalización sin duda fue un 
gran motor para que se diera un paso a la estandari-
zación de los estados financieros.
Actualmente no se puede estudiar lo básico del 
mundo de la contabilidad sin pensar en las Normas 
Internacionales de Información Financiera.
Estas normas, emitidas por el International Accoun-
ting Standards Board (IASB), se aplican en más de 
cien países en el mundo a los que constantemente 
se suman más y más países. Pero ¿qué son las NIIF? 
Las NIIF son normas de estándares internacionales 
para la contabilidad que:
“Se emiten para proporcionar a los inversores, otros 
participantes de los mercados de capitales mundiales 
y otros usuarios de la información financiera, informa-
ción transparente y comparable en los estados finan-
cieros y en otra información financiera.”
El IASB es la organización que establece las Normas 
Internacionales de Información Financiera que se 
aceptan en todo el mundo como estándares técnicos 
contables, que incluye tanto a las NIIF, NIC y sus 
interpretaciones.
(IFRS por sus siglas en inglés)
A través de estos lineamientos se establecen los re-
quisitos de reconocimiento, medición, presentación 
e información a revelar acerca de hechos económi-
cos que afectan a las entidades y que se reflejan en 
el conjunto de estados financieros.
A partir del año 2001 el IASB adoptó todas las NIC y 
continuó su desarrollo, denominando a las nuevas 
normas «Normas Internacionales de Información 
Financiera» (NIIF).
8
Estas normas facilitan la comparación y análisis que 
requieren las empresas para reportar estados finan-
cieros, utilizando las mismas reglas; posibilitando 
que exista uniformidad considerable en los infor-
mes financieros entre las entidades que adoptan es-
tos conceptos, lo que permite lograr un consecuen-
te efecto positivo en la evaluación, por parte de los 
usuarios, bien se trate de inversionistas (actuales o 
futuros), entidades bancarias, proveedores, clientes, 
empleados y entes reguladores (como SUNAT).
Las normas contables dictadas por el IASC entre 1973 y 
2001, reciben el nombre de «Normas Internacionales de 
Contabilidad» (NIC).
Según el Ministerio de Economía y Finanzas las Nor-
mas Internacionales de Información Financiera (NIIF) 
permiten que los análisis de estados financieros de 
una compañía se muestren bajo tres principios:
• Transparencia para los usuarios,
• Suministro de un punto de partida correcto para la 
contabilización,
• Su aplicación por un costo que no supere sus bene-
ficios
Sabías qué: Las NIIF son pronunciamientos obligatorios 
y comprenden:
1. Normas NIIF
2. Normas NIC
3. Interpretaciones desarrolladas por el Comité de 
Interpretaciones de las NIIF (Interpretaciones CINIIF) o 
su organismo predecesor, el Comité de Interpretaciones 
(Interpretaciones SIC®)
Entre las ventajas que surgen con la adopción de las 
NIIF se tienen:
• La empresa puede presentar sus estados financieros 
en las mismas condiciones que sus competidores ex-
tranjeros, haciendo más fácil las comparaciones. 
• Las empresas con filiales en los países que requieren 
o permiten las NIIF pueden ser capaces de utilizar len-
guaje contable a escala.
• Ayuda a los inversores y participantes de los merca-
dos de capitales de todo el mundo a tomar sus deci-
siones.
• Obtención de capital en el extranjero.
8
9
Según el marco conceptual, las NIIF no están diseñadas 
para realizar reportes impositivos, por tanto es necesario 
que las autoridades tributarias de cada país sienten 
las bases sobre las que una entidad debe calcular su 
impuesto sobre las ganancias y los valores patrimoniales 
por las cuales debe declarar sus activos y pasivos.
Las entidades que buscan desarrollarse y crecer en el 
ámbito internacional necesariamente deben utilizar 
estos estándares de contabilidad y prepararse para 
contar con una mejor calidad en su información 
financiera. 
La adopción y aplicación de esta herramienta finan-
ciera no solo impacta sobre aspectos contables de 
las empresas, además se observan resultados en 
áreas como recursos humanos, tecnología, finanzas, 
administración, logística y procesos.
SUSTITUCIONES 
RECIENTES
en la NIIF
Debes tener en cuenta los siguientes cambios recien-
tes que se llevaron a cabo en la normativa:
NUEVA NIIF SUSTITUYE VIGENCIA
NIIF 15 Ingresos 
de Actividades 
Ordinarias
NIC 11, NIC 18, 
CINIIF13, 15, 18
y SIC 31
Enero 2018
NIIF 16 
ArrendamientosNIC 17, CINIIF 4, SIC 
15 y 27 Enero 2019
Sabías qué: Es necesario que existan normas contables 
únicas porque de no aplicar la uniformidad se dificulta 
a los inversores, analistas y otros usuarios comparar 
fácilmente los informes financieros de empresas que 
operan en diferentes países, aunque sea dentro del 
mismo sector.
Por ello se requiere una evaluación integral en cuan-
to a la adopción de estos principios contables, para 
que puedan ser administrados y controlados efec-
tivamente y por tanto las ventajas de su aplicación 
se materialicen. Es importante entender que las nor-
mas internacionales deben ser adoptadas tal como 
son emitidas por el IASB, sin ningún tipo de modifi-
cación, solo así se garantiza un marco contable que 
garantice la transparencia y que favorezca la com-
paración entre países y el desarrollo de un mercado 
integrado de capitales. La presente publicación es 
una guía para comprender y actualizarte, como una 
lectura de alta calidad complementaria a las normas.
En el Perú, las empresas deben preparar y presentar 
su información financiera siguiendo las Normas 
Internacionales de Información Financiera (NIIF), por ser 
ellas las que representan el lenguaje de los negocios en 
el mundo, son reconocidas y exigidas por los diversos 
organismos supervisores, tales como el Consejo 
Normativo de Contabilidad (CNC), la Superintendencia 
del Mercado de Valores (SMV), la Superintendencia 
Nacional de Aduana y Administración Tributaria (SUNAT), 
así como también, por los gremios de la profesión 
contable.
Este material se compone de dos partes. La primera 
parte tiene como objetivo explicar el significado y últi-
mas modificaciones de las NIIF, NIC y CNIIF, basados en 
el Marco Conceptual de los mencionados instrumen-
tos. La segunda parte presenta el Plan Contable 2020.
9
11
NIC 2: INVENTARIOS
O EXISTENCIAS
El objetivo de los Estados Financieros (EE.FF.) es pro-
porcionar información acerca de la situación finan-
ciera, el rendimiento y los flujos de efectivo de una 
entidad. Estos son útiles para la toma de decisiones 
económicas de una amplia gama de usuarios, quie-
res no se encuentran en condiciones de exigir infor-
mes a la medida de sus necesidades específicas de 
información.
Todo tipo de empresas, sean industriales, comer-
ciales o de servicios, tienen existencias o inventarios 
son necesarios para la realización normal de sus 
actividades. En la realidad frecuentemente surgen 
interrogantes al respecto: ¿Cómo se contabilizan las 
existencias? ¿Se contabiliza de una manera uniforme 
para todas las empresas? ¿Hay un solo método de 
costeo? ¿Cuáles son las bases de medición?, estas y 
otras dudas se responderán a lo largo de este texto.
Partiremos del objetivo de la norma. Como especifi-
ca la NIC 2, su objetivo es determinar el tratamiento 
contable de los inventarios, los costos atribuibles a 
los inventarios, así como proporcionar fórmulas de 
costos para valorizar los inventarios.
Antes de ahondar en el contenido de esta NIC, es im-
portante primero conocer algunos conceptos, que 
servirán para su aplicación en los EE.FF, suministran-
do directrices acerca de las fórmulas que se utilizan 
para atribuir costes a las existencias.
VALORACIÓN DE LAS EXISTENCIAS
Gastos: Son los decrementos en el patrimonio neto 
de la empresa, sea en forma de salidas, disminucio-
nes en el valor de los activos, de reconocimiento o 
aumento de los pasivos siempre que no tengan su 
origen en distribuciones, monetarias o no, a los so-
cios propietarios.
Reconocimiento de Activos: Los activos deben 
reconocerse en el balance, cuando sea probable la 
obtención de beneficios o rendimientos futuros para 
la empresa, y siempre que estos últimos puedan va-
lorarse con fiabilidad. 
Reconocimiento de Pasivos: Los pasivos deben 
reconocerse cuando sea probable que, a su venci-
miento, y para liquidar la obligación, deban entregar-
se o cederse recursos que incorporen beneficios o 
rendimientos económicos futuros y siempre que se 
puedan valorar con fiabilidad. 
Reconocimiento de Ingresos: El reconocimiento de 
un ingreso tiene lugar como consecuencia de un in-
cremento de los recursos de la empresa, y siempre 
que su cuantía pueda determinase con fiabilidad. 
Reconocimiento de Gastos: El reconocimiento de 
un gasto tiene lugar como consecuencia una dismi-
nución de recursos en la empresa, y siempre que su 
cuantía pueda valorarse o estimarse con fiabilidad.
12
El Costo Histórico o Costo de un activo: El precio de 
adquisición es el importe en efectivo y otras partidas 
equivalentes pagadas o pendientes de pago, más el 
valor razonable de las demás contraprestaciones in-
curridas en el momento de su adquisición, así como 
otros costos en los que se haya incurrido para darles 
su condición y ubicación actuales, debiendo estar to-
das ellas relacionadas con esta y ser necesarias para 
la puesta del activo en condiciones operativas.
Costo histórico o costo de un pasivo: es el valor 
que corresponda a la contrapartida recibida a cam-
bio de incurrir en la deuda o, en algunos casos, la 
cantidad de efectivo y otros líquidos equivalentes 
que se espera entregar para borrar una deuda en el 
curso normal del negocio.
Valor Neto Realizable (VNR): Es el precio estimado 
de venta de un activo en el curso normal de la explo-
tación, menos los costes estimados para terminar 
su producción y los necesarios para llevar a cabo la 
venta.
VNR
Precio estimado de
venta de un activo
Costo estimado
para su producción
Gasto estimado
para llevar a cabo su venta
Ejemplo de VNR:
Tomando como referencia el caso de inventarios en 
que se tiene 100 televisores a un precio de venta de 
S/.3000 c/u, a los cuales aún falta añadir el precio del 
embalaje del producto a un costo de S/. 100 c/u, consi-
derando además como gasto de venta un estimado del 
5% del precio de venta. ¿Cuál es el VNR?
En el momento de vender el inventario su valor seria:
3000-100-5%x3000= S/.2750 es el VNR de cada uno
Multiplicamos S/.2750 X 100 televisores = S/. 275000
12
13
DETERMINACIÓN DEL COSTO
La NIC 2 especifica tres componentes del costo
1. Los Costos de adquisición: Comprenden el 
precio de compra, los aranceles de importación 
y otros impuestos (que no sean posteriormen-
te recuperables), los fletes, el almacenamiento 
y otros costos directamente atribuibles a la ad-
quisición de las mercaderías, los materiales o los 
servicios. Los descuentos comerciales, las reba-
jas y otras partidas similares se deducirán para 
determinar el costo adquisición.
• Los costos de adquisición se determinan después 
de descontar los descuentos comerciales, reba-
jas, etc. 
• Si el arreglo de compra contiene un elemento de 
financiamiento implícito, por ej., una diferencia 
entre el precio de compra para condiciones nor-
males de crédito, la diferencia se reconoce como 
un gasto por interés durante el período de finan-
ciamiento (no se suma al costo de los inventarios).
Ejemplo de costos de adquisición:
En el caso que una empresa se dedica a la venta 
de automóviles, y cada auto se fabrica de acuer-
do a las especificaciones del cliente, por lo que 
construirlo toma un periodo de 2 meses. La em-
presa solicita un préstamo al banco para finan-
ciar la elaboración del auto, en tal caso los gastos 
por intereses del préstamo que ha sido usado 
para la elaboración del vehículo, forman parte 
de su costo.
COSTO DE ADQUISICIÓN
Precio de adquisición
Derechos aduaneros y el IGV no recuperable
Transporte, almacenamiento y otros costos 
directamente atribuibles a la adquisición de las 
existencias
Descuentos comerciales y rebajas del precio
13
14
2. Costos de transformación: Comprende los 
costos directamente relacionados con las unida-
des producidas. También los costos indirectos, 
variables o fijos, en los que se haya incurrido 
para transformar las materias primas en pro-
ductos terminados. La distribución de los costos 
indirectos fijos a los costos de transformación 
se basará en la capacidad normal de trabajo de 
los mediosde producción. La capacidad normal 
es la producción que se espera conseguir en cir-
cunstancias normales, considerando el prome-
dio de varios períodos y teniendo en cuenta la 
pérdida de capacidad por operaciones previstas 
de mantención.
3. Otros costos: Incurridos para dar a las Existen-
cias la condición y ubicación actuales.
Los inventarios juegan un papel importante en las 
entidades comercializadoras e industriales, incluso en las 
de servicio.
Sabías qué: La NIC 2 describe los requisitos para el 
reconocimiento del inventario como activo y como 
gasto, así como la medición de los inventarios y sus 
divulgaciones.
¿CUÁL ES LA DEFINICIÓN QUE APORTA LA NIC 2?
Esta norma explica:
• El tratamiento que se le debe dar a las existencias 
• La cantidad de costo que será reconocido como activo 
y el tratamiento hasta que los correspondientes ingre-
sos ordinarios sean reconocidos.
• Las pautas para determinar ese costo, así como para el 
posterior reconocimiento como un gasto del ejercicio.
¿QUÉ DEBEMOS SABER DE INVENTARIOS?
Aquellos activos que se mantienen para la venta en 
el curso normal de los negocios, trabajo en proceso, 
materias primas y suministros a ser consumidos en el 
proceso de producción o en la prestación de servicios 
son inventarios.
Por tanto, se puede afirmar que según la definición 
de la norma un inventario es un activo. Recordemos 
que un activo es un recurso controlado por la entidad, 
producto de sucesos pasados y que en un futuro ge-
nerarán beneficios económicos.
COSTO DE TRANSFORMACIÓN 
DIRECTOS E INDIRECTOS
Costos directos de producción: Mano de obra directa y 
materiales.
Gastos indirectos de fabricación, fijos o variables, en 
los que se haya incurrido para transformar las materias 
primas en productos terminados
14
15
CARACTERÍSTICAS DE LOS ACTIVOS:
• Poseído para su posterior venta en el curso normal 
de operaciones de la empresa: se puede dar tanto en 
empresas comerciales como en industriales, en estas 
en forma de productos terminados.
• En proceso de producción que posteriormente se 
venderá: se da en empresas industriales como pro-
ductos en proceso.
• En forma de materiales o suministros, para ser consu-
midos en el proceso de producción, o en prestación 
de servicios.
Los Inventarios que forman parte del activo corrien-
te del balance son: 
• Aquellos que se poseen para ser vendidos en el curso 
normal de la operación. 
• Los que están en proceso de producción con miras a 
esa venta.
• Todas las formas de materiales o suministros, que se-
rán consumidos en el proceso de producción o pres-
tación de servicios.
 
Según lo definen GARCIA BENAU, María Antonia, 
VICO MARTINEZ, Antonio, en su libro Introducción a 
la Contabilidad Financiera, un activo es aquel “Bien, 
derecho y otros recursos controlados económicamente 
por la empresa, resultantes de sucesos pasados de los 
que se espera que la empresa obtenga beneficios o 
rendimientos económicos en el futuro”.
Mantenidos para la venta en el 
curso normal de las operaciones
En proceso de producción para 
concretarse en venta
En forma de materiales o 
suministros, para ser consumidos 
en el proceso de producción, o en 
la prestación de servicios
ACTIVOS
Según lo determina la NIC 2, los inventarios deben ser 
medidos al menor valor entre el Costo y el Valor Neto 
Realizable.
16
¿QUÉ ACTIVOS SE CONSIDERAN PARTE DEL 
INVENTARIO? 
Se debe considerar como existencia todos los acti-
vos (incluso aquellos bienes de los cuales no se tiene 
la propiedad, pero si el control económico), siempre 
y cuando permita a la empresa la obtención de be-
neficios o rendimientos económicos en el futuro.
En síntesis, se puede decir que se incluyen en exis-
tencias todos los elementos que se encuentren físi-
camente en la empresa, con las siguientes excepcio-
nes:
• Los recibidos en consignación.
• Los recibidos en depósito.
• Los que estén pendientes de aprobar su compra.
• Y en general se exceptúan todos aquellos cuyos ries-
gos derivados de la propiedad no sean de la empresa. 
• Los elementos en poder del proveedor, pero 
sobre los que se mantienen riesgos de su pro-
piedad. 
• Los que estén en consignación en poder de los 
clientes.
• Los que se hayan entregado en depósito por 
cualquier razón: almacenaje, reparación, proce-
samiento, etc. 
• Los que se encuentren en tránsito hacia un clien-
te que no se hayan transferido los riesgos. 
• Los que se encuentren en tránsito hacia la em-
presa y se hayan transferido los riesgos.
¿CUÁL ES EL ALCANCE? 
Esta Norma será de aplicación a todas las existencias, ex-
cepto a:
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA NIC 2?
• Establecer el tratamiento contable de los inventarios.
• Orientar en la determinación del costo y su posterior 
registro como gasto, incluyendo los ajustes para refle-
jar el Valor Neto de Realización (VNR)
• Orientar en las formulas de costeo usadas para asig-
nar costos a los inventarios
TODOS LOS INVENTARIOS 
EXCEPTO:
NO ES DE APLICACIÓN EN LA 
MEDICIÓN DE LOS INVENTARIOS 
MANTENIDOS POR
Instrumentos financieros. Productos de minería.
Activos biológicos.
La obra en curso, proveniente 
de contratos de construcción, 
incluyendo los contratos de 
servicio.
Productos agrícolas.
Intermediarios que comercian con 
materias primas cotizadas, 
siempre que midan sus inventarios 
al valor razonable menos costos 
de venta.
17
¿CÓMO SE REALIZA LA MEDICIÓN DE LOS INVENTARIOS?
Los inventarios deben ser medidos al costo o al valor neto realizable, según cual sea menor.
¿CUÁLES SON LOS MÉTODOS DE VALORACIÓN 
INICIAL?
En el caso de las existencias que no son intercambia-
bles, los costos se atribuyen de forma específica a los 
elementos concretos del inventario.
En el caso de elementos intercambiables, el coste se 
determina usando el método de primeras entradas, 
primeras salidas (FIFO) o el coste medio ponderado, 
el método LIFO (últimas entradas, primeras salidas) 
no está permitido.
EL COSTO INCLUYE EL COSTO NO INCLUYE
Costos de adquisición, incluyendo los impuestos no recuperables, el 
transporte y manipulación Residuos anormales
Costos de transformación directamente relacionados con las unidades 
de producción, tales como la mano de obra directa. Adicionalmente, 
distribución sistemática de los costos indirectos de producción, 
variables o fijos.
Gastos de almacenamiento (salvo que sea necesario para el proceso 
de producción)
Algunos costos por prestamos – NIC 23 Gastos generales de administración que no están relacionados con la producción
Otros costos que se incurran para su condición y ubicación esperados Costos de venta
Algunos costos por intereses
Diferencias en cambio por la financiación de la producción de los 
mismos
ÍTEMS 
INTERCAMBIABLES
ÍTEMS NO 
INTERCAMBIABLES
PEPS- FIFO Identificación específica de costos individuales
Costo promedio ponderado
FORMULAS DEL CÁLCULO DE COSTO
• Identificación específica: Este método común-
mente se utiliza para existencias que tienen ca-
racterísticas distintas, por lo que es importante 
separar cada una de ellas. Por ejemplo en el 
caso de automóviles los hay con distintos reque-
rimientos y por ende se usara este método.
• PEPS: Significa primero en entrar, primero en 
salir, en este caso se asume que los inventarios 
primeros en consumirse o venderse son los que 
entraron primero, por ende en el inventario final 
quedaran existencias que recientemente han 
entrado a costos actuales.
• Promedio ponderado: El costo de los artículos 
se determina a través del promedio ponderado 
del costo del inventario inicial, con el inventario 
que recién ha entrado a almacén. 
¿SE PUEDE UTILIZAR DIFERENTE FORMULA DE 
COSTO PARA LOS INVENTARIOS?
Sí se puede, siempre que se trate de diferentes cla-
ses o categorías, por ejemplo se utiliza el método 
PEPS para materia prima y el promedio ponderado 
para materiales auxiliares.
18
UNA EMPRESA CON DOMICILIO EN LIMA 
APERTURA UNA SUCURSAL EN AREQUIPA. 
¿PUEDE USAR OTRO MÉTODO DE COSTO DE 
MATERIA PRIMA, PARA LA SUCURSAL QUE ESTÁ 
EN AREQUIPADISTINTA A LA DE LIMA?
La respuesta es no, ya que aunque el inventario este 
en diferente zona geográfica no se puede aplicar 
otra fórmula de costo para una misma clase de in-
ventario.
¿CUÁLES SON LOS MÉTODOS DE VALORACIÓN 
POSTERIOR?
En caso que los activos pierdan su valor, bien sea por 
daños, mermas u obsolescencia, los inventarios no 
valdrán lo mismo.
Por ejemplo, si se tiene un stock de zapatos en inven-
tario, que estaban de moda la temporada pasada, 
cuyo costo de individual es de S/80, sin embargo en 
el mercado actualmente su valor ha descendido a 
S/.60; no tendría sentido registrar los zapatos al cos-
to de S/.80 sabiendo que solo se obtendrán S/.60. 
Por ello la norma dispone que “no se deben registrar 
los activos en los libros por encima del importe que 
se espera obtener a través de su venta o uso”.
Se debe calcular el Valor Neto Realizable (VNR) y 
compararlo con el Costo del inventario, si en esa 
operación el costo del inventario supera el VNR se 
debe hacer un ajuste por desvalorización.
¿QUÉ SUCEDE EN EL CASO DE LAS MATERIAS 
PRIMAS?
En caso que el costo de reposición de las materias 
primas sea menor que el costo que se registró cuan-
do se adquirieron ¿se debe hacer ajuste por desvalo-
rización? La respuesta depende si el producto termi-
nado al cual se va incorporar esta materia prima, su 
costo supera el VNR, en ese caso si se debe hacer el 
ajuste por desvalorización. Pero en caso que el costo 
no supere el VNR del producto terminado al cual se 
va a incorporar, no se debe hacer ajuste por desva-
lorización.
¿CUÁL ES LA INFORMACIÓN QUE DEBE SER 
REVELADA?
• Las políticas contables adoptadas para la valo-
ración de las existencias, incluyendo la fórmula 
de valoración de los costes que se haya utilizado
• El Importe total en libros de las existencias, y los 
importes parciales según la clasificación que re-
sulte apropiada para la entidad
18
19
• El importe en libros de las existencias que se 
contabilicen por su valor razonable menos los 
costes de venta .
• El importe de las existencias reconocido como 
gasto durante el ejercicio.
• El importe de las rebajas de valor de las existen-
cias que se haya reconocido como gasto en el 
ejercicio, de acuerdo con el de la NIC 2.
• El Importe de las reversiones en las rebajas de 
valor anteriores, que se haya reconocido como 
una reducción en la cuantía del gasto por exis-
tencias en el ejercicio, de acuerdo con el párrafo 
de la NIC 2.
• Las Circunstancias o eventos que hayan pro-
ducido la reversión de las rebajas de valor, de 
acuerdo con el referido de la NIC 2.
• El importe en libros de las existencias pignora-
das en garantía del cumplimiento de deudas.
¿CÓMO SE REALIZA EL RECONOCIMIENTO 
COMO GASTO?
Algunas entidades han adoptado un formato para la 
presentación del resultado del ejercicio en el que se 
presentan los importes, diferentes a la cifra de coste 
de las existencias, reconocido como gasto durante 
el ejercicio.
Cuando las existencias sean enajenadas, el importe 
en libros de las mismas se reconocerá como un gas-
to del ejercicio en el que se reconozcan los corres-
pondientes ingresos ordinarios. El importe de cual-
quier disminución de valor, hasta alcanzar el valor 
neto realizable, así como todas las demás pérdidas 
en las existencias, se reconocerá en el periodo en 
que ocurra la disminución o la pérdida.
¿QUÉ SIGNIFICA EL COSTO DE UNA PÉRDIDA DE 
INVENTARIO?
Los costos que se producen de una pérdida de in-
ventario son el resultado de su costo de compra, 
costo de conversión y otros costos incurridos, a fin 
de llevar el inventario a su ubicación y estado actual. 
El importe de cualquier rebaja de valor, hasta alcan-
zar el valor neto realizable, así como todas las de-
más pérdidas en los inventarios, será reconocido en 
el periodo en que ocurra la rebaja o la pérdida. El 
importe de cualquier reversión de la rebaja de va-
lor que resulte de un incremento en el valor neto 
realizable, se reconocerá como una reducción en el 
valor de los inventarios, que hayan sido reconocidos 
como gasto, en el periodo en que la recuperación del 
valor tenga lugar.
19
20
¿EL VNR ES IGUAL AL VALOR RAZONABLE?
No, no es lo mismo. El VNR es un valor o una can-
tidad clara de lo que la entidad espera obtener, el 
beneficio; por tanto, es un monto específico. En cam-
bio el valor razonable muestra el ingreso que se ge-
neraría en el mercado en una venta no forzada en 
un momento dado, de una transacción que se daría 
realmente.
¿LOS TERRENOS PUEDEN SER EXISTENCIAS?
Eso va a depender del fin para el que se tienen los te-
rrenos, es decir, si se tienen para una posterior ven-
ta como parte de la actividad del negocio, sí se con-
sidera existencia. Ejemplo: Venta de departamentos 
en un condominio.
¿QUÉ COSTOS NO FORMAN PARTE DEL COSTO 
DE LOS INVENTARIOS?
• Cantidades anormales de desperdicio de mate-
riales: no se puede considerar el costo de la in-
eficiencia, eso iría a gastos del periodo. 
• Costos de almacenamiento innecesario; a me-
nos que sí lo sean, como en el caso del alma-
cenamiento de la materia prima a usarse en el 
proceso productivo. 
• Costos indirectos de administración que no ha-
yan contribuido a dar la ubicación y condición 
actual de los inventarios. 
• Costo de Ventas.
COSTOS EXCLUÍDOS DE 
LOS INVENTARIOS:
Importes anormales de desperdicios, mano de 
obra u otros costos de producción.
Costos de almacenamiento, al menos que sean 
necesarios durante el proceso de producción
Costos indirectos de administración que no 
contribuyen a dar los inventarios su condición y 
ubicación actual
Costos de venta
¿CÓMO SE MIDEN LOS COSTOS DE LOS 
INVENTARIOS PARA UN PRESTADOR DE 
SERVICIOS?
En este caso el inventario se mide por los costos que 
supone su producción, esto es la Mano de obra di-
recta y los Costos indirectos de fabricación. Estos son 
los costos que están directamente relacionados con 
la prestación del servicio por ende forman parte del 
costo del inventario. Los gastos administrativos y de 
ventas que no están directamente relacionados con 
el servicio irán a gasto del periodo.
20
21
22
El objetivo de esta norma es establecer el trata-
miento contable del impuesto a las ganancias. Uno 
de los principales problemas que surge cuando se 
contabiliza el impuesto a la renta es cómo tratar las 
consecuencias actuales y futuras de la recuperación 
(liquidación) del valor en libros de los activos o pasi-
vos que se han reconocido en el Estado de Situación 
Financiera de la empresa, las transacciones y otros 
sucesos del periodo corriente que han sido objeto 
de reconocimiento en los estados financieros.
Después del reconocimiento, por parte de la empre-
sa de cualquier activo o pasivo está inherente la ex-
pectativa de que recuperará dicho activo o liquidará 
el pasivo, por los valores en libros que se plasman en 
las partidas correspondientes. Cuando la recupera-
ción sea probable o la liquidación de los valores con-
tabilizados de lugar a pagos fiscales futuros mayores 
o menores de los que se tendrían, si esa recupera-
ción o liquidación no tuviera consecuencias fiscales, 
la Norma exige que la empresa reconozca un pasivo 
o activo por el impuesto diferido.
Esta norma demanda que las empresas contabilicen 
los resultados fiscales de las transacciones y otros 
sucesos de la misma manera que se contabilizan 
dichas transacciones o sucesos económicos. Siendo 
así, los efectos fiscales de transacciones y otros su-
cesos que se reconocen en el resultado del periodo 
se deben registrar también en los resultados. Ahora 
bien, para las transacciones y otros sucesos recono-
cidos fuera del resultado (ya sea en otro resultado 
integral o directamente en el patrimonio), cualquier 
efecto impositivo relacionado, también se reconoce 
fuera del resultado (ya sea en otro resultado integral 
o directamente en el patrimonio).
De forma similar, el reconocimiento de los activos 
y pasivos por impuestos diferidos en una combina-
ción de negocios afectará al importe de las ganan-
cias quesurjan en esa combinación de negocios o al 
importe reconocido de una compra en condiciones 
muy ventajosas. Esta Norma también desarrolla el 
reconocimiento de activos por impuestos diferidos 
que aparecen ligados a pérdidas y créditos fiscales 
no utilizados, así como la presentación del impuesto 
a la renta en los estados financieros, incluyendo la 
información a revelar sobre los mismos.
La presente Norma se aplica en la contabilización del 
impuesto a las ganancias, y para efectos de la mis-
ma, el término impuesto a la renta incluye todos los 
impuestos, ya sean nacionales o extranjeros, que se 
relacionan con las ganancias sujetas a gravamen. El 
impuesto a la renta incluye también a otros tributos, 
tales como las retenciones a los dividendos, que se 
pagan por parte de una empresa subsidiaria, aso-
ciada o negocio conjunto, cuando distribuyan las ga-
nancias a la empresa que informa.
Resulta importante destacar que esta Norma no 
menciona los métodos de contabilización de las ayu-
das gubernamentales, ni de los créditos fiscales por 
inversiones. Sin embargo, se ocupa de la contabiliza-
ción de las diferencias temporarias que pueden pro-
ceder de tales ayudas o deducciones fiscales.
NIC 12: IMPUESTO A 
LAS GANANCIAS
23
En esta Norma se utilizan términos técnicos, los cua-
les son: 
• Ganancia contable: es la ganancia neta o la pér-
dida neta del periodo antes de deducir el gasto 
por el impuesto a las ganancias.
• Ganancia o pérdida fiscal: es la ganancia o pér-
dida de un periodo, calculada de acuerdo con las 
reglas establecidas por la Administración Tribu-
taria, sobre la que se calculan los impuestos a 
pagar o a recuperar.
• Gasto o ingreso por el impuesto a las ganan-
cias: es el importe total que, por tal concepto, se 
incluye al determinar la ganancia o pérdida neta 
del periodo, conteniendo tanto el impuesto co-
rriente como el diferido.
• Impuesto corriente: es la cantidad a pagar o 
recuperar por el impuesto a la renta relativo a la 
ganancia o pérdida fiscal del periodo. 
• Pasivos por impuestos diferidos: son las canti-
dades de impuestos sobre las ganancias a pagar 
en periodos futuros, relacionadas con las dife-
rencias temporarias imponibles.
• Activos por impuestos diferidos: son las can-
tidades de impuestos sobre las ganancias a re-
cuperar en periodos futuros, relacionadas con:
• Las diferencias temporarias deducibles; 
• La compensación de pérdidas obtenidas en periodos 
anteriores, que todavía no hayan sido objeto de de-
ducción fiscal
La compensación de créditos no utilizados proce-
dentes de periodos anteriores.
• Las diferencias temporarias son las que exis-
ten entre el valor en libros de un activo o pasivo 
en el estado de situación financiera y su base fis-
cal. Las diferencias temporarias pueden ser:
• Diferencias temporarias imponibles: las cuales son 
aquellas diferencias temporarias que dan lugar a 
cantidades imponibles al determinar la ganancia o 
pérdida fiscal correspondiente a periodos futuros, 
cuando el importe en libros del activo sea recupe-
rado o el del pasivo sea liquidado;
• Diferencias temporarias deducibles: son aquellas 
diferencias temporarias que dan lugar a cantida-
des que son deducibles al momento de determi-
nar la ganancia o pérdida fiscal correspondiente a 
periodos futuros, cuando el importe en libros del 
activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.
• La base fiscal de un activo o pasivo es el impor-
te atribuido, para efectos fiscales, a dicho activo 
o pasivo.
23
24
La base fiscal de un activo viene dada por el impor-
te que será deducible de los beneficios económicos 
que, para efectos fiscales, obtenga la empresa en el 
futuro, cuando recupere el valor según libros de di-
cho activo. En este sentido, si esos beneficios econó-
micos no tributan, la base fiscal del activo será igual 
a su valor según libros.
Ahora bien, la base fiscal de un pasivo vendrá a ser 
igual a su valor según libros menos cualquier impor-
te que, eventualmente, sea deducible para efectos 
fiscales respecto de tal partida en periodos futuros. 
Cuando se trate de ingresos de actividades ordina-
rias que se reciben de forma anticipada, la base fiscal 
del pasivo correspondiente es su importe en libros, 
menos cualquier eventual importe de ingresos de 
actividades ordinarias que no resulte imponible en 
periodos futuros.
RECONOCIMIENTO DE PASIVOS Y ACTIVOS POR 
IMPUESTOS CORRIENTES
El impuesto corriente, que corresponda al presente 
periodo y a los anteriores, se debe reconocer como 
un pasivo en la medida en que no haya sido liquida-
do. Si la cantidad ya fue pagada, que corresponda al 
periodo presente y a los anteriores, y excede el im-
porte a pagar por esos períodos, el exceso debe ser 
reconocido como un activo.
El monto a cobrar, el cual corresponda a una pérdi-
da fiscal, si ésta puede ser retrotraída para recuperar 
las cuotas corrientes satisfechas en periodos ante-
riores, debe ser reconocido como un activo. Ahora 
bien, cuando una pérdida fiscal sea utilizada para 
recuperar el impuesto corriente pagado en periodos 
anteriores, la empresa debe reconocer tal derecho 
como un activo, en el mismo periodo en el que se 
produce dicha pérdida fiscal, puesto que es proba-
ble que la empresa obtenga el beneficio económico 
que se derive de tal derecho, y además este benefi-
cio puede ser medido de forma fiable.
RECONOCIMIENTO DE PASIVOS Y ACTIVOS POR 
IMPUESTOS DIFERIDOS
• Diferencias temporarias imponibles:
Se debe reconocer un pasivo fiscal por causa de 
cualquier diferencia temporaria imponible a no ser 
que la diferencia haya nacido por: 
1. El reconocimiento inicial de una plusvalía; 
2. El reconocimiento inicial de un activo o pasivo 
en una transacción que:
· No es una combinación de negocios
· En el momento en que fue realizada no afectó ni 
a la ganancia contable ni a la ganancia o pérdida 
fiscal. 
No obstante, se debe reconocer un pasivo diferido 
de naturaleza fiscal por las diferencias temporarias 
imponibles que estén relacionadas con las inversio-
nes de la empresa en subsidiarias, sucursales y aso-
ciadas, o con participaciones en negocios conjuntos. 
Ahora bien, todo reconocimiento de un activo con-
lleva inherentemente la suposición de que su valor 
según libros se recuperará, en forma de beneficios 
económicos, que la empresa recibirá en periodos 
futuros.
Cuando el valor según libros exceda a su base fiscal, 
el monto de los beneficios económicos imponibles 
excederá al importe fiscalmente deducible de ese 
activo. Esta diferencia será una diferencia tempora-
ria imponible, y a su vez la obligación de pagar los 
impuestos correspondientes en futuros periodos 
vendrá a ser un pasivo por impuestos diferidos. A 
medida que la empresa recupere el importe en li-
bros del activo, la diferencia temporaria deducible irá 
revirtiendo y, por tanto, dicha empresa tendrá una 
ganancia gravable. Esto hace posible que los benefi-
cios económicos salgan de la empresa en forma de 
pagos de impuestos. Por ello, esta normativa exige el 
reconocimiento de todos los pasivos por impuestos 
diferidos, salvo en determinadas circunstancias.
25
Ahora bien, ciertas diferencias temporarias nacen 
cuando los gastos o los ingresos se registran contable-
mente en un período, pero se computan fiscalmente 
en otro. Dichas diferencias temporarias son conocidas 
también con el nombre de diferencias temporales. Las 
siguientes son diferencias temporarias imponibles y 
que por tanto dan lugar a pasivos por impuestos di-
feridos: 
a) Los ingresos por intereses ganados produc-
to de actividades ordinarias, que se incluyen 
en la ganancia contable en proporción al tiem-
po transcurrido, pero pueden, en algunos re-
gímenes fiscales, ser computados fiscalmente 
en el momento en que se cobran. La base fiscal 
de cualquier cuenta por cobrar reconocida en 
el Estado de Situación Financiera procedente 
de tales ingresos de actividades ordinarias es 
cero, puesto que los ingresos por actividades 
ordinarias correspondientes no afectarána la 
ganancia fiscal hasta que sean cobrados.
b) Las cuotas de depreciación utilizadas para 
determinar la ganancia o pérdida para efectos 
fiscales, podrán ser diferentes a las calculadas 
para efectos contables.
c) Los costos de desarrollo pueden ser capi-
talizables y amortizables en periodos poste-
riores, a efectos de determinar la ganancia 
contable, pero deducidos fiscalmente en el 
periodo en que se hayan producido. Estos 
costos de desarrollo capitalizados tienen una 
base fiscal igual a cero, debido a que ya han 
sido deducidos por completo de la ganancia 
fiscal. La diferencia temporaria es el resultado 
de restar el valor según libros de los costos de 
desarrollo y su base fiscal nula.
La diferencia temporaria es aquella diferencia entre 
el valor según libros del activo y su base fiscal, que 
será igual al costo original menos todas las deduccio-
nes relacionadas con el citado activo que hayan sido 
permitidas por las normas fiscales, para determinar la 
ganancia fiscal del período actual y de los anteriores. 
En estas condiciones surge una diferencia temporaria 
imponible, la cual producirá un pasivo por impues-
tos diferidos cuando la depreciación con efecto fiscal 
sea acelerada (si la depreciación fiscal es menor que 
la registrada contablemente, surgirá una diferencia 
temporaria deducible, que producirá un activo por im-
puestos diferidos).
25
26
Las diferencias temporarias también pueden surgir 
cuando: 
a) Los activos identificables adquiridos y los pasi-
vos asumidos en una combinación de negocios, 
se reconocen por sus valores razonables y no se 
realizan ajustes equivalentes para efectos fisca-
les.
b) Se eleva el valor de los activos pero no se rea-
lizan fiscalmente los ajustes.
c) Se origine una plusvalía en una combinación 
de negocios.
d) La base fiscal de un activo o pasivo, al momen-
to de reconocerse por primera vez, no concuer-
da con el importe inicial.
e) El importe de las inversiones en subsidiarias, 
sucursales y asociadas o el de la participación en 
negocios conjuntos, es diferente de la base fiscal 
de las mismas partidas.
COMBINACIONES DE NEGOCIOS
Salvo casos especiales, los activos identificables ad-
quiridos y pasivos reconocidos en una combinación 
de negocios se tienen que reconocer de acuerdo a 
sus valores razonables a la fecha de adquisición. En 
este sentido las diferencias temporales aparecen 
cuando las bases fiscales de los activos identificables 
adquiridos y los pasivos identificables reconocidos 
no se modifiquen producto de la combinación de 
negocios o lo hagan de forma diferente. Un ejemplo 
de esto es cuando surge una diferencia temporal im-
ponible, la cual da origen a un pasivo por impuestos 
diferidos, en el caso de que el importe según libros 
de un activo determinado se incrementa hasta su va-
lor razonable tras la combinación, pero la base fiscal 
del activo sea costo del propietario anterior. Ahora 
bien, el pasivo por impuestos diferidos que resulten 
afectará a la plusvalía.
ACTIVOS CONTABILIZADOS POR SU VALOR 
RAZONABLE
Las Normas Internacionales de Información Finan-
ciera (NIIF) requieren que los activos se contabili-
cen con su valor razonable o que sean revaluados. 
En ciertos países, la revaluación o reexpresión del 
valor del activo para aproximarlo a su valor razona-
ble, afecta a la ganancia o pérdida fiscal del período. 
Como consecuencia de esto, se podría ajustar de la 
misma manera la base fiscal del activo y no se gene-
raría ninguna diferencia temporaria. En otras juris-
dicciones, la re-expresión o revaluación de un activo 
no afecta la ganancia fiscal del periodo en que una u 
otra se llevan a efecto y por ende no se debe ajustar 
la base fiscal.
RECONOCIMIENTO INICIAL DE UN ACTIVO O 
PASIVO
Cuando se procede a reconocer inicialmente un ac-
tivo o pasivo pueden surgir diferencias temporarias, 
por ejemplo si una parte o la totalidad del costo de 
un activo no es deducible a efectos fiscales; la con-
tabilización de esta diferencia temporaria depende 
de la naturaleza de la transacción que haya llevado 
al reconocimiento inicial del activo o pasivo. En una 
combinación de negocios, una empresa reconocerá 
cualquier pasivo o activo por impuestos diferidos, 
esta situación afecta al importe con el que se reco-
noce la plusvalía o la ganancia por una compra en 
condiciones ventajosas. 
27
Si la transacción afecta a la utilidad contable o a la 
ganancia fiscal, una empresa reconocerá cualquier 
activo o pasivo por impuestos diferidos y se recono-
cerá el correspondiente ingreso o gasto por impues-
to diferido en el resultado del periodo. Ahora bien, si 
la transacción que se realiza no es una combinación 
de negocios, y no afecta a la ganancia contable ni a la 
utilidad fiscal, la empresa podría reconocer el corres-
pondiente activo o pasivo por impuestos diferidos y 
se debe ajustar el valor según libros del activo o del 
pasivo por el mismo importe. Dichos ajustes podrán 
volver menos transparentes los estados financieros. 
Es por ello que esta Norma no admite a las empre-
sas reconocer el mencionado activo o pasivo por im-
puestos diferidos, bien sea al momento del registro 
inicial o posteriormente. Adicionalmente, las empre-
sas no reconocerán tampoco a medida que el activo 
se deprecie, los cambios subsiguientes en el activo 
o el pasivo por impuestos diferidos que no se haya 
registrado inicialmente.
DIFERENCIAS TEMPORARIAS DEDUCIBLES
Se debe reconocer un activo por impuestos diferi-
dos, a causa de todas las diferencias temporarias de-
ducibles, en medida que resulte probable que la em-
presa disponga de ganancias fiscales a futuro contra 
las que cargar dichas diferencias temporarias dedu-
cibles, a menos que el activo por impuestos diferidos 
aparezca por causa del reconocimiento inicial de un 
activo o pasivo en una transacción, que no es una 
combinación de negocios y al momento en que fue 
realizada no afectó ni a la ganancia contable ni a la 
utilidad o pérdida fiscal. Sin embargo, se debe re-
conocer un activo por impuestos diferidos, para las 
diferencias temporarias deducibles asociadas con 
inversiones en empresas subsidiarias, sucursales y 
asociadas, así como con participaciones en negocios 
conjuntos.
Detrás del reconocimiento de cualquier pasivo está 
inherente la expectativa de que la cantidad corres-
pondiente será liquidada, en futuros periodos, por 
medio de una salida de recursos que incorporen 
beneficios económicos. Cuando los recursos salgan 
efectivamente de la empresa, una parte o la totali-
dad de sus importes pueden ser deducibles para la 
determinación de la utilidad fiscal, en periodos pos-
teriores al del reconocimiento del pasivo. En estos 
casos se originará una diferencia temporaria entre 
el importe en libros del citado pasivo y su base fiscal. 
Por consiguiente, aparecerá un activo por impuestos 
diferidos, con respecto a los impuestos sobre las ga-
nancias que se recuperarán en periodos posteriores, 
cuando sea posible la deducción del pasivo para de-
terminar la utilidad fiscal. De forma similar, si el valor 
según libros de un activo es menor a su base fiscal, la 
diferencia entre ambos montos dará lugar a un acti-
vo por impuestos diferidos respecto a los impuestos 
sobre las ganancias que se recuperarán en periodos 
posteriores.
La reversión de las diferencias temporarias dedu-
cibles da lugar, como su propio nombre indica, a 
reducciones en la determinación de las ganancias 
fiscales de futuros periodos. Sin embargo, los benefi-
cios económicos, en forma de reducciones en pagos 
de impuestos, llegarán a la empresa sólo si es ca-
paz de obtener ganancias fiscales suficientes como 
para cubrir las posibles deducciones. Por lo tanto, 
la empresa reconoce activos fiscales por impuestos 
diferidos, sólo si es probable que disponga de esos 
beneficios fiscales futuros contra los que cargar las 
deducciones por diferencias temporarias.
28
PÉRDIDAS Y CRÉDITOS FISCALES NO 
UTILIZADOS
Se debe reconocer un activo por impuesto diferido, 
siempre que se puedancompensar con utilidades 
fiscales de periodos posteriores, pérdidas o crédi-
tos fiscales no utilizados, en la medida en que sea 
probable la disponibilidad de ganancias fiscales a 
futuro contra las cuales cargar dichas pérdidas o cré-
ditos fiscales no utilizados. Los criterios que serán 
utilizados para el reconocimiento de los activos por 
impuestos diferidos, que nacen de la posibilidad de 
compensar las pérdidas y créditos fiscales no utiliza-
dos, son los mismos que los que se utilizan para re-
conocer activos por impuestos diferidos que surgen 
de las diferencias temporarias deducibles. 
Sin embargo, la existencia de pérdidas fiscales que 
no fueron utilizadas, pueden ser catalogadas como 
evidencia para suponer que a futuro no se dispon-
drá de utilidad fiscal. Por ende, cuando una empresa 
posee en su historial pérdidas recientes, procederá a 
reconocer un activo por impuestos diferidos el cual 
surge de pérdidas o créditos fiscales no utilizados, 
sólo si se dispone de una cantidad suficiente de di-
ferencias temporarias imponibles, o si bien existe al-
guna evidencia que sea convincente de que a futuro 
dispondrá de utilidad fiscal contra las cuales cargar 
dichas pérdidas o créditos.
Cuando la empresa evalúe la probabilidad de dispo-
ner de utilidades fiscales contra las cuales cargar las 
pérdidas o créditos fiscales no utilizados puede to-
mar en consideración uno de estos criterios:
a) Si la empresa posee suficientes diferencias 
temporarias imponibles, relacionadas con la 
misma administración tribunal, y referidas a la 
misma empresa fiscal que pueden dar lugar a 
montos imponibles, en cantidad suficiente como 
para cargar contra ellos las pérdidas o créditos 
fiscales no utilizados, antes de que el derecho de 
utilización expire.
b) Si es probable que la empresa posea utilida-
des fiscales antes de que prescriba el derecho de 
compensación de las pérdidas o créditos fiscales 
no utilizados.
c) Si las pérdidas fiscales, las cuales no han sido 
realizadas por causas identificables, cuya repeti-
ción es improbable.
d) Si la empresa dispone de oportunidades de 
planificación fiscal, mediante la cual vaya a ge-
nerar ganancias fiscales en los periodos en que 
las pérdidas o créditos fiscales puedan ser utili-
zados. 
Por último, en medida de que no sea probable dis-
poner de ganancias fiscales contra las que cargar 
las pérdidas o créditos fiscales no utilizados, no se 
procederá a reconocer los activos por impuestos di-
feridos.
RECONSIDERACIÓN DE ACTIVOS POR 
IMPUESTOS DIFERIDOS NO RECONOCIDOS
Cuando finalice el periodo del que se informa, una 
empresa evaluará nuevamente los activos por im-
puestos diferidos no reconocidos. En ese momen-
to, la empresa debe proceder a registrar un activo 
de esta naturaleza, anteriormente no reconocido, 
siempre que sea probable que las futuras utilidades 
fiscales permitan recuperar el activo por impuestos 
diferidos. Un ejemplo de esto puede ser una mejo-
ra en el rendimiento y desarrollo de las ventas, lo 
cual puede hacer más probable que la empresa sea 
capaz de generar ganancias fiscales en cuantía sufi-
ciente como para cumplir los criterios de su recono-
cimiento.
29
INVERSIONES EN SUBSIDIARIAS, SUCURSALES Y 
ASOCIADAS, Y PARTICIPACIONES EN NEGOCIOS 
CONJUNTOS
Surgen diferencias temporarias cuando el valor se-
gún libros de las inversiones financieras en subsidia-
rias, sucursales y asociadas, o de las participaciones 
en negocios conjuntos sea diferente de su base fiscal 
(que en ocasiones coincide con el costo). Estas dife-
rencias pueden nacer en variadas circunstancias, ta-
les como: 
a) Por la existencia de utilidades no distribuidas 
en las subsidiarias, sucursales, asociadas o nego-
cios conjuntos.
b) Por las diferencias de cambio, cuando la con-
troladora y su subsidiaria estén situadas en dife-
rentes países.
c) Por una disminución en el valor según libros 
de las inversiones en una asociada, como conse-
cuencia de haber disminuido el costo recupera-
ble de la misma. En los estados financieros con-
solidados, la diferencia temporaria puede ser 
diferente de la diferencia temporaria registra-
da en los estados financieros individuales de la 
controladora, sí ésta contabiliza, en sus estados 
financieros, la inversión al costo o por su valor 
revaluado.
Una empresa debe reconocer un pasivo por im-
puestos diferidos en todos los casos de diferencias 
temporarias gravables asociadas con inversiones en 
subsidiarias, sucursales y asociadas, o con participa-
ciones en negocios conjuntos, a menos que se den 
simultáneamente las siguientes condiciones: 
a) La controladora, inversora o participante sea 
capaz de controlar el momento de la reversión 
de la diferencia temporaria.
b) Y es probable que la diferencia temporaria no 
se revierta en un futuro previsible.
Puesto que la controladora o inversora tiene la ca-
pacidad de establecer la política de dividendos de su 
subsidiaria, será capaz también de controlar el mo-
mento de la reversión de las diferencias temporarias 
asociadas con la inversión (entre las que figurarán 
no sólo las diferencias temporarias derivadas de uti-
lidades no distribuidas, sino también las relaciona-
das con eventuales diferencias de conversión). Ade-
más, con frecuencia podría ser muy difícil estimar la 
cuantía de impuestos a pagar cuando las diferencias 
temporarias se reviertan. Por tanto, cuando la con-
troladora haya estimado que tales ganancias no se-
rán objeto de distribución en un futuro previsible, 
no procederá a reconocer un pasivo por impuestos 
diferidos. Las mismas consideraciones se aplican en 
el caso de las sucursales.
Los pasivos y activos no monetarios de una empresa 
se deben medir en su moneda funcional. Ahora bien, 
si las pérdidas o ganancias fiscales de la empresa (y 
por lo tanto, la base fiscal de sus activos y pasivos no 
monetarios) son calculados en una moneda distinta, 
las variaciones en la tasa de cambio darán lugar a 
diferencias temporarias, que producen el reconoci-
miento de un pasivo o de un activo por impuestos 
diferidos. El impuesto diferido resultante se carga o 
abona al resultado del periodo.
29
30
Una empresa debe reconocer un activo por impues-
tos diferidos, para todas las diferencias temporarias 
deducibles procedentes de inversiones en subsidia-
rias, sucursales y asociadas, o de participaciones en 
negocios conjuntos, sólo en la medida que sea pro-
bable que: 
• Las diferencias temporarias se reviertan en un 
futuro previsible;
• Se disponga de ganancias fiscales contra las cua-
les puedan utilizarse las diferencias temporarias.
MEDICIÓN
Los pasivos y activos corrientes fiscales, ya sea que 
procedan del periodo presente o de períodos an-
teriores, serán medidos por las cantidades que se 
espere pagar o recuperar de la Administración Tri-
butaria, utilizando la normativa y tasas impositivas 
vigentes, o cuyo proceso de aprobación esté prácti-
camente terminado, al final del periodo sobre el que 
se informa.
Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben 
medirse empleando las tasas fiscales que se espera 
sean de aplicación en el período en el que el activo se 
realice o el pasivo se cancele, basándose en las tasas 
y leyes fiscales que al final del periodo sobre el que 
se informa hayan sido aprobadas o prácticamente 
terminado el proceso de aprobación. La medición 
de los pasivos por impuestos diferidos y los activos 
por impuestos diferidos debe reflejar las consecuen-
cias fiscales que se derivarían de la forma en que la 
empresa espera, al final del periodo sobre el que se 
informa, recuperar o liquidar el valor según libros de 
sus activos y pasivos.
RECONOCIMIENTO DE IMPUESTOS CORRIENTES 
Y DIFERIDOS:
Partidas reconocidas en el resultado
Los impuestos corrientes y los impuestos diferidos 
deben ser reconocidos como ingreso o gasto, por lo 
cual deben ser incluidos en el resultado, excepto a 
que hayan surgido de:
• Una transacción que se reconoce, en el mismo 
periodo o en otro diferente, fuera del resultado; 
bien sea en otroresultado integral o directa-
mente en el patrimonio;
• Una combinación de negocios.
La mayoría de los pasivos y de los activos por im-
puestos diferidos surgirán cuando los ingresos y 
gastos, que se incluyen en la utilidad contable de 
un determinado periodo, se computen dentro de la 
utilidad fiscal en otro diferente. El correspondiente 
impuesto diferido se debe reconocer en el resultado 
del periodo. Un ejemplo de ello es:
• Los ingresos de actividades ordinarias por inte-
reses, regalías o dividendos, que se reciban al 
final de los períodos a los que corresponden, 
y se computen en el resultado contable de for-
ma proporcional al tiempo que ha transcurrido 
hasta el cierre, pero se incluyan en la ganancia o 
pérdida fiscal cuando sean cobrados;
• Los costos de activos intangibles, que se hayan 
capitalizado y se amorticen posteriormente, 
mientras que se deducen para efectos fiscales 
en el mismo periodo en que se hayan incurrido. 
31
El valor según libros de los activos y pasivos por 
impuestos diferidos puede cambiar, inclusive cuan-
do no haya cambiado el importe de las diferencias 
temporarias correspondientes, esto puede suceder 
como resultado de:
• Un cambio en las tasas o en las normativas fis-
cales.
• Una reestimación de la recuperabilidad de los 
activos por impuestos diferidos;
• Un cambio en la forma en que se espera recupe-
rar el valor según libros de un activo.
PARTIDAS RECONOCIDAS FUERA DEL 
RESULTADO 
Los impuestos corrientes y los impuestos diferidos 
deben ser reconocidos fuera del resultado si se rela-
cionan con partidas que se reconocen, en el mismo 
periodo o en otro diferente, fuera del resultado. Por 
lo tanto, los impuestos corrientes y los impuestos 
diferidos que se relacionan con partidas que se re-
conocen, en el mismo periodo o en otro diferente:
• En otro resultado integral,
• Directamente en patrimonio,
Las Normas Internacionales de Información Finan-
ciera (NIIF) requieren o consienten que determina-
das partidas se reconozcan en otro resultado inte-
gral. Como por ejemplo:
• Un cambio en el valor según libros que proce-
de de la revaluación de las propiedades, planta 
y equipo.
• Diferencias de cambio que surjan de la conver-
sión de los estados financieros de un negocio 
extranjero.
Ahora bien, las Normas Internacionales de Informa-
ción Financiera (NIIF), admiten o requieren que cier-
tas partidas sean acreditadas o cargadas en forma 
directa al patrimonio de la empresa, por ejemplo:
• Ajustes al saldo inicial de las utilidades acumula-
das las cuales procedan de un cambio en la polí-
tica contable, que se aplique retroactivamente o 
de la corrección de algún error.
• Cuando los montos surgen del reconocimiento 
inicial del componente de patrimonio de un ins-
trumento financiero compuesto.
31
32
IMPUESTOS DIFERIDOS QUE SURGEN DE UNA 
COMBINACIÓN DE NEGOCIOS
En una combinación de negocios pueden surgir dife-
rencias temporarias, en este sentido, una empresa 
debe reconocer cualquier activo que resulte de im-
puestos diferidos (en medida en que cumplan con 
los requisitos de reconocimiento), o cualquier pasivo 
resultante de impuestos diferidos, tales como acti-
vos y pasivos identificables a la fecha de adquisición.
Es posible que el beneficio de las pérdidas fiscales 
compensables a futuro, o de otros activos por im-
puestos diferidos no satisfaga los diversos criterios 
para su reconocimiento por separado cuando una 
combinación de negocios se registra inicialmente. 
Las empresas deben reconocer los beneficios por 
impuestos diferidos adquiridos que surjan luego de 
la combinación de negocios en la siguiente forma:
• Los beneficios por impuestos diferidos de la em-
presa adquirida y reconocidos dentro del perio-
do de medición que procedan de información 
sobre hechos y circunstancias que existían en la 
fecha de adquisición deben aplicarse para redu-
cir el valor según libros de cualquier ganancia re-
lacionada con esa adquisición. Si el valor según 
libros de esa ganancia es nulo, cualquier ganan-
cia por impuestos diferidos debe reconocerse 
en el resultado.
• Cualquier otro beneficio por impuestos diferi-
dos adquiridos que se realice debe reconocerse 
en el resultado, siempre y cuando la norma no 
requiera expresamente que se registre fuera del 
resultado.
IMPUESTOS CORRIENTES Y DIFERIDOS 
SURGIDOS DE PAGOS BASADOS EN ACCIONES
En ciertas jurisdicciones fiscales, la empresa puede 
deducir el monto asociado con una remuneración 
pagada a través de acciones, en opciones sobre ac-
ciones o en otros instrumentos representativos del 
patrimonio de la propia empresa. El monto de esa 
deducción podrá ser diferente del gasto de la remu-
neración asociada acumulada, y puede surgir de pe-
riodos anteriores. Un ejemplo de esto surge cuando 
en algunas jurisdicciones fiscales, la empresa puede 
reconocer el gasto por consumo de servicios reci-
bidos de un empleado como contrapartida por las 
opciones sobre acciones concedidas, y no recibir los 
beneficios de la citada deducción fiscal hasta que la 
opción sobre las acciones sean ejercidas, de forma 
que la medición de la deducción se basa en el precio 
que posean las acciones de la empresa en la fecha 
de ejercicio.
La diferencia entre la base fiscal de los servicios que 
se reciban de los empleados hasta la fecha (que es 
el importe que la Administración Tributaria permiti-
rá como deducción en futuros periodos), y el valor 
según libros igual a cero, será una diferencia tem-
poraria deducible, la cual da origen a un activo por 
impuestos diferidos. Ahora bien si el monto que las 
autoridades fiscales permiten deducir en periodos 
futuros no se conoce al final del periodo, debe de 
estimarse a partir de la información disponible. Por 
ejemplo, si el monto que la Administración Tributa-
ria permite deducir en futuros periodos depende del 
precio de las acciones de la empresa en una fecha 
futura, el cálculo de la diferencia temporaria dedu-
cible debe basarse en el precio de las acciones de la 
empresa al finalizar el periodo.
33
COMPENSACIÓN
Una empresa puede compensar los activos y pasivos 
por impuestos si y solo si: 
a) Tiene el derecho de exigir legalmente la com-
pensación de los importes reconocidos.
b) Tiene la intención de liquidar el monto neto, 
realizar el activo y cancelar el pasivo a la vez.
Ahora bien, aunque los activos y pasivos corrien-
tes de naturaleza fiscal se evalúen y se reconozcan 
de forma separada, se compensan en el Estado de 
Situación Financiera y están sujetos a los mismos 
criterios establecidos para los instrumentos finan-
cieros. Una empresa tendrá un derecho reconocido 
legalmente para compensar activos corrientes por 
impuestos con pasivos corrientes de la misma na-
turaleza, cuando los mismos se relacionen con im-
puestos sobre las ganancias correspondientes a la 
misma autoridad fiscal, y ésta permita a la empresa 
pagar o recibir un solo monto que cancele la situa-
ción neta existente.
En los estados financieros consolidados, un activo 
fiscal cuya naturaleza sea corriente en una empre-
sa, se debe compensar con un pasivo corriente fiscal 
de otra empresa del grupo económico, si y sólo si, 
las empresas correspondientes poseen (reconocido 
legalmente) el derecho de pagar o recibir una sola 
cantidad que cancele la situación neta, en el caso de 
que tales empresas tengan la intención de hacer o 
recibir el pago neto o recuperar el activo y pagar si-
multáneamente el pasivo.
Una empresa puede compensar activos por impues-
tos diferidos con pasivos por impuestos diferidos si 
y sólo si: 
a) Tiene reconocido legalmente el derecho de 
compensar, frente a la Administración Tributa-
ria, los montos reconocidos en esas partidas; y
b) Los activos y los pasivos por impuestos diferi-
dos derivan del impuesto a la renta correspon-
diente a la misma Administración Tributaria que 
recaen sobre:
· La misma empresa o contribuyente.
· Diferentes empresas o contribuyentes para efectos 
fiscales que pretenden liquidar los activos y pasivos 
fiscales corrientespor su monto neto, ya sea reali-
zar los activos y pagar los pasivos simultáneamente, 
en periodos futuros en los que se espere liquidar o 
recuperar cantidades significativas de activos o pa-
sivos por los impuestos diferidos.
33
34
Con el fin de evitar la necesidad de establecer un 
calendario detallado de los momentos en que cada 
una de las diferencias temporarias se revertirá, las 
empresas están obligadas a compensar activos y pa-
sivos por impuestos diferidos de la misma empresa 
o contribuyente, si y sólo si, se relacionan con el im-
puesto a la renta gravable por la misma Administra-
ción Tributaria, siempre y cuando la empresa tenga 
reconocido su derecho a compensar los activos co-
rrientes por impuestos diferidos con pasivos corrien-
tes de la misma naturaleza.
Pueden existir circunstancias en todo caso raras en 
la práctica, en las que la empresa puede tener re-
conocido legalmente el derecho de compensar, y la 
intención de liquidar, en términos netos, las deudas 
fiscales de unos periodos determinados, pero no de 
otros. En este sentido, puede requerirse una progra-
mación temporal detallada con el fin de determinar 
si el pasivo por impuestos diferidos, de una empresa 
o contribuyente producirá un incremento en el pago 
de impuestos en el mismo periodo en que un activo 
por impuestos diferidos de otra empresa o contribu-
yente vaya a producir una disminución en los pagos 
de la segunda empresa.
GASTOS O INGRESOS POR EL IMPUESTO A LAS 
GANANCIAS
Gasto o ingresos por el impuesto a las ganancias 
relativo a las ganancias o pérdidas de las activida-
des ordinarias:
El ingreso o gasto por impuestos, relacionado con el 
resultado de las actividades ordinarias, deberá pre-
sentarse en el Estado de Resultados Integral. Si una 
empresa presenta los componentes del resultado 
en un Estado de Resultados separado tal como lo 
describe la norma que regula la presentación de los 
estados financieros; presentará el gasto o ingreso 
por impuestos relacionado con el resultado de acti-
vidades ordinarias en ese estado separado.
Diferencias de cambio en los activos o pasivos por 
impuestos diferidos en moneda extranjera:
Las Normas Internacionales de Contabilidad esta-
blecen el reconocimiento como ingreso o gastos 
de ciertas diferencias en el tipo de cambio, pero no 
especifican si dichas diferencias deben ser presen-
tadas en el Estado de Resultado integral. En conse-
cuencia, cuando las diferencias cambiarías de los ac-
tivos y pasivos por impuestos diferidos extranjeros 
se reconozcan en el Estado de Resultado Integral, 
estas diferencias se pueden clasificar como gasto o 
ingreso por impuestos diferidos, si se considera que 
esa presentación es más útil para los usuarios de los 
estados financieros.
36
NORMA 
INTERNACIONAL DE 
CONTABILIDAD 16: 
Propiedades, Planta y Equipo
El objeto de esta norma es establecer el tratamiento 
contable de las propiedades, planta y equipo, para que 
los usuarios de los estados financieros conozcan la in-
formación acerca de las inversiones que la empresa tie-
ne en su inmobilizado material; así como los distintos 
cambios que se hayan producido en estas inversiones. 
Ahora bien, los principales problemas que se presen-
tan al momento de reconocer contablemente las pro-
piedades, planta y equipo son las contabilización de los 
activos, así como la determinación del valor en libros 
las depreciaciones y pérdidas por el deterioro que se 
deben reconocer.
Esta norma debe aplicarse para la contabilización de to-
dos los elementos de las propiedades, planta y equipo, 
excepto cuando la misma permita o exija un tratamien-
to contable diferente. En este sentido, esta norma no 
se aplicará a:
a) Las propiedades, planta y equipo que sean clasi-
ficadas como mantenidas para la venta.
b) Los activos biológicos que estén relacionados 
con la actividad agrícola.
c) Al reconocimiento y medición de los activos para 
la explotación y evaluación.
d) Las inversiones en derechos mineros, explora-
ción y extracción de minerales, petróleo, gas natu-
ral y otros recursos no renovables similares.
Sin embargo, la presente norma es de aplicación a los 
elementos de propiedades, planta y equipo que se utili-
cen para desarrollar y/o mantener a:
a) Los activos biológicos relacionados con la activi-
dad agrícola.
b) Las inversiones en derechos mineros, explora-
ción y extracción de minerales, petróleo, gas natu-
ral y otros recursos no renovables similares.
Los elementos de las propiedades, planta y equipo se 
reconocerán como activo si:
a) Es probable que la empresa obtenga beneficios 
económicos que se deriven de ellos a futuro; y
b) El costo del elemento pueda medirse con fiabi-
lidad.
En este orden de ideas, las piezas de repuesto y el equi-
po auxiliar se registran habitualmente como parte de 
los inventarios, y se reconocen en el resultado del pe-
riodo cuando se consumen. Sin embargo, las piezas de 
repuesto importantes y el equipo de mantenimiento 
permanente, que la empresa se disponga a utilizar du-
rante más de un periodo, cumplen normalmente las 
condiciones para ser calificados como elementos de la 
propiedad, planta y equipo. De igual manera, si las pie-
zas de repuesto y el equipo auxiliar sólo pudieran ser 
utilizados con relación a un elemento de propiedades, 
planta y equipo, se contabilizarán como propiedades, 
planta y equipo.
La presente norma no establece una unidad de medi-
ción para el reconocimiento, es decir, no expresa en 
qué consiste una partida de propiedades, planta y equi-
po. Por lo cual, se requiere la realización de juicios para 
aplicar los criterios de reconocimiento a las circunstan-
cias específicas de cada empresa.
La empresa debe evaluar, de acuerdo con el principio 
de reconocimiento, todos los costos de las propieda-
des, planta y equipo en el momento en que se incurre 
en ellos. Estos costos abarcan tanto aquéllos en los que 
se ha incidido inicialmente para obtener o construir 
una partida de propiedades, planta y equipo, como los 
costos incurridos posteriormente para añadir, sustituir 
parte de o mantener el elemento correspondiente.
37
COSTOS INICIALES
Ciertos elementos de propiedades, planta y equipo 
pueden ser adquiridos por motivos de seguridad o 
de índole medioambiental; aunque la adquisición 
de estos no aumente los beneficios económicos que 
proporcionan las partidas de propiedades, planta y 
equipo existentes, suele ser necesaria para que la 
empresa logre obtener los beneficios económicos 
derivados del resto de los activos. Dichos elementos 
de propiedades, planta y equipo satisfacen las condi-
ciones para su debido reconocimiento como activos, 
porque permiten a la empresa obtener beneficios 
económicos adicionales del resto de sus activos, res-
pecto a los que hubiera obtenido si no los hubiera 
adquirido. 
Un ejemplo de lo anterior se evidencia en la indus-
tria química, una empresa puede instalar nuevos 
procesos de fabricación para cumplir ciertas norma-
tivas medioambientales, relativas a la producción y 
almacenamiento de productos químicos; recono-
ciendo entonces como parte de propiedades, plan-
ta y equipo las mejoras efectuadas en la planta, a 
medida que sean recuperables, sin ellas la empresa 
resultaría inhabilitada para producir y vender esos 
productos químicos. Sin embargo, el valor en libros 
que resulte de tales activos y otros relacionados con 
ellos se revisará para comprobar la existencia de de-
terioro del valor.
COSTOS POSTERIORES
De acuerdo a los criterios de reconocimiento de ac-
tivos antes mencionados, la empresa no reconocerá 
en el valor en libros de un elemento de propiedades, 
planta y equipo, los costos que se deriven del man-
tenimiento diario del elemento. Dichos costos se de-
ben reconocer en el resultado cuando se incurra en 
ellos. En este sentido, los costos de mantenimiento 
diario principalmente están compuestos por mano 
de obra y los consumibles, que a su vez pueden in-
cluir costos de componentes pequeños. El objetivo 
de estos desembolsos de dinero usualmente sedes-
criben como “reparaciones y conservación” de ele-
mentos de propiedades, planta y equipo.
Ahora bien, algunos componentes de elementos 
de propiedades, planta y equipo a menudo deben 
ser reemplazados a intervalos de tiempo regulares. 
Por ejemplo, un horno de una panadería puede ne-
cesitar más de una revisión y cambios después de 
operar cierta cantidad de horas; caso similar pasa 
con los componentes interiores de una aeronave, 
como asientos, etc., que por su uso se hace necesa-
rio sustituirlos varias veces a lo largo de la vida útil 
de la aeronave. En concordancia con los criterios de 
reconocimiento, la empresa debe reconocer en el 
valor según libros de los elementos de propiedades, 
planta y equipo el costo de sustitución de parte de 
dicho elemento cuando se incurran en estos.
MEDICIÓN EN EL MOMENTO DEL 
RECONOCIMIENTO
Se medirán por su costo todos aquellos elementos 
de propiedades, planta y equipo que cumplan las 
condiciones para ser reconocidos como un activo.
38
COMPONENTES DEL COSTO
El costo de los elementos de propiedades, planta y 
equipo está compuesto por:
a) El precio de adquisición, incluyendo: aranceles 
de importación, impuestos indirectos no recupe-
rables que graven la compra; después de dedu-
cir los descuentos o rebajas.
b) Todos aquellos costos directamente imputa-
bles a la ubicación del activo en el lugar y en las 
condiciones necesarias para que pueda operar 
de la forma prevista por la gerencia.
c) La estimación inicial de los costos de des-
mantelamiento y retiro del elemento, así como 
también la rehabilitación del lugar sobre el que 
se asienta. La obligación en que incurre una 
empresa cuando adquiere el elemento o como 
consecuencia de haber utilizado dicho elemento 
durante un determinado periodo, con propósi-
tos distintos al de producción de inventarios du-
rante tal periodo.
Por ejemplo, son costos atribuibles directamente:
a) Costos de beneficios a los empleados, que 
procedan directamente de la construcción o ad-
quisición de un elemento de propiedades, plan-
ta y equipo.
b) Costos de preparación del emplazamiento fí-
sico.
c) Costos de entrega inicial y los de manipulación 
o transporte posterior.
d) Costos de instalación y montaje.
e) Costos de comprobación de que el activo fun-
ciona apropiadamente, después de deducir los 
montos netos de la venta de cualesquiera ele-
mentos producidos durante el proceso de ins-
talación y puesta a punto del activo, tales como 
muestras producidas mientras se probaba el 
equipo.
f) Honorarios profesionales.
Los siguientes desembolsos no forman parte del cos-
to de un elemento de propiedades, planta y equipo:
a) Costos de apertura de una nueva instalación 
productiva.
b) Costos de introducción de un producto o ser-
vicio nuevo, incluyendo los costos de publicidad 
y promociones.
c) Costos de apertura del negocio en una nueva 
localización o dirigirlo a un nuevo segmento de 
clientela, incluyendo los costos de formación del 
personal.
d) Costos de administración y costos indirectos 
generales.
El reconocimiento de los costos en el valor en libros 
de un elemento de propiedades, planta y equipo 
terminará cuando dicho elemento se encuentre en 
el lugar y condiciones necesarias para operar de la 
forma prevista por la gerencia. Por ello, los costos 
incurridos por la utilización o por la reprogramación 
del uso de un elemento no se incluirán en el valor en 
libros del elemento correspondiente.
38
39
Los siguientes costos no se deben incluir en el valor 
según libros de un elemento de propiedades, planta 
y equipo:
a) Costos en los que se incurran cuando un ele-
mento, que sea capaz de operar de la forma pre-
vista por la gerencia, aún tiene que ser puesto 
en marcha o está operando por debajo de su 
capacidad plena;
b) Pérdidas operativas iniciales, como las incu-
rridas mientras se desarrolla la demanda de los 
productos que se elaboran con el elemento;
c) Costos de reubicación o reorganización de 
parte o de la totalidad de las operaciones de la 
empresa.
El costo de un activo construido por la propia em-
presa se debe determinar utilizando los mismos 
principios que si fuera un elemento de propiedades, 
planta y equipo adquirido. Si la empresa se encarga 
de fabricar activos similares para la venta en el cur-
so normal de operación, el costo del activo será el 
mismo que tengan el resto de los que se produzcan 
para la venta, por tanto se eliminará cualquier ga-
nancia interna para obtener el costo de adquisición 
de los activos.
MEDICIÓN DEL COSTO
El costo de los elementos de propiedades, planta y 
equipo es el precio equivalente en efectivo a la fe-
cha del reconocimiento. Alguno de estos elementos 
pueden haber sido adquiridos a cambio de uno o 
varios activos no monetarios, o de una combinación 
de activos monetarios y no monetarios; el costo se 
medirá por su valor razonable, a menos que la tran-
sacción de intercambio no tenga carácter comercial 
o no pueda medirse con fiabilidad el valor razonable 
del activo recibido ni el del activo entregado. Dichos 
elementos se deben medir de esta forma incluso 
cuando la empresa no pueda dar de baja inmedia-
tamente el activo entregado, ahora bien, si la partida 
adquirida no se mide por su valor razonable su costo 
será el valor en libros del activo entregado.
La empresa debe determinar si una transacción de 
intercambio es de carácter comercial a través de la 
consideración de la medida en que se espera que 
cambien sus flujos de efectivo a futuro como resul-
tado de la transacción. Ahora bien, se dice que una 
transacción de intercambio es de naturaleza comer-
cial si: 
a) Los factores (riesgo, calendario y monto) de 
los flujos de efectivo del activo recibido diferente 
de la configuración de los flujos de efectivo del 
activo transferido.
b) El valor específico para la empresa, de la parte 
de sus actividades afectadas por la permuta, se 
ve modificado como consecuencia del intercam-
bio.
c) La diferencia identificada en (a) o en (b) es sig-
nificativa al compararla con el valor razonable de 
los activos intercambiados.
Al determinar si una permuta tiene carácter comer-
cial, el valor específico para la empresa de la parte 
de sus actividades afectadas por la transacción de-
berá tener en cuenta los flujos de efectivo después 
de impuestos. El resultado de estos análisis puede 
ser claro sin que una empresa tenga que realizar cál-
culos detallados.
MEDICIÓN POSTERIOR AL RECONOCIMIENTO
La empresa seleccionará como política contable el 
modelo del costo o el modelo de revaluación, y apli-
cará esa política a todos los elementos que compon-
gan una clase de propiedades, planta y equipo.
40
MODELO DEL COSTO
Posteriormente a su reconocimiento como activo, 
un elemento de propiedades, planta y equipo se 
debe registrar por su costo restando la depreciación 
acumulada y el monto acumulado de las pérdidas 
por deterioro del valor.
MODELO DE REVALUACIÓN
Posteriormente a su reconocimiento como activo, 
los elementos de propiedades, planta y equipo cuyo 
valor razonable pueda medirse con seguridad se 
deben contabilizar por su valor revaluado, que es su 
valor razonable, al momento de la revaluación, me-
nos la depreciación acumulada y el monto acumula-
do de las pérdidas por deterioro de valor que haya 
sufrido. Las revaluaciones se deben hacer con regu-
laridad, con el fin de asegurar el valor en libros, para 
que no difiera significativamente del que podría de-
terminarse utilizando el valor razonable al final del 
periodo sobre el que se informa.
Habitualmente, el valor de los terrenos y edificios 
se determinará a partir de una tasación en el mer-
cado, realizada por tasadores competentes profe-
sionalmente. El valor razonable de los elementos de 
planta y equipo será normalmente su valor de mer-
cado. Cuando no se evidencie un valor de mercado, 
a consecuencia de la naturaleza específica del ele-
mento de propiedades, planta y equipo y porque el 
elemento rara vez es vendido, la empresa tiene que 
estimar el valor razonable a través de

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