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Clase Ord 4542-5403 - Arq Ana Maria Ruiz

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5º SEMINARIO SOBRE POLITICAS URBANAS
GESTION TERRITORIAL Y AMBIENTAL
PARA EL DESARROLLO LOCAL
F.A.U. –U.N.N.E. – 6 y 7 de Junio 2013
Arq. Ana María Ruiz. Integrante del Equipo Técnico de 
Dirección General de Planeamiento Urbano de la
 Municipalidad de Resistencia. 1987-2013.
GESTION DE PROYECTOS DE CAMBIO NORMATIVO
EN AREA CENTRAL DE RESISTENCIA CON INCLUSION
DEL CONCEPTO IMPACTO HIDROLOGICO CERO
ORDENANZAS 4542 Y 5403
De Municipalidad de Resistencia.
• Resistencia, conglomerado mayor del Área Metropolitana Gran Resistencia –
A.M.G.R.-,
• desde la década del ’60, la ciudad tuvo un acelerado proceso de urbanización y 
expansión urbana que se tradujo en una gran demanda de suelo urbano e 
infraestructura apta. 
• Territorio con importantes restricciones físico ambientales.
• El Área Metropolitana Gran Resistencia se asienta en una planicie aluvional de 
relieve chato, lecho mayor del complejo fluvial de los Ríos Paraguay y Paraná en la 
segunda y tercera terraza del valle de inundación de este último. Al Norte el río 
Negro y su sistema de lagunas y el río Tragadero atraviesan el territorio así como al 
sur hace lo propio el riacho Arazá.
• El Ejido Municipal de Resistencia tiene una extensión de 20.196 Has. El área de 
influencia 142.097 has.
.
 A.M.G.R. y poblaciones de la región. 
 Fuente: Plan Estratégico Resistencia 1995. Dccion. Gral. 
 Planeamiento Urbano – Municipalidad de Rsistencia
• la población estimada es cercana a los 300.000 habitantes en la ciudad capital. 
• Índice de urbanización es de 99.6 %
• La ciudad de Resistencia es además capital del estado provincial, y en su territorio 
se asientan los distintos organismos que hacen a los poderes ejecutivo, legislativo y 
judicial.
• Existe una relación funcional directa con Puerto Tirol, Margarita Belén, Colonia 
Benítez, Makallé, Basail, poblaciones que constituyen la región.
• Con la ciudad capital de Corrientes conforman un conurbano cercano a 800.000 
habitantes. 
Índice de Urbanización 99.6 %
Fuente: Elaboración propia. Base Censo Nacional 2001.
 
Fuente: Dirección Gral. Planeamiento Urbano. 
Base Censo 2001 Municipalidad Resistencia.
LA VULNERABILIDAD DEL A.M.G.R.
 Las precipitaciones medias anuales en el Área Metropolitana Gran 
Resistencia, alcanzan los 1.334 mm, de acuerdo a los promedios 
de los últimos 42 años hidrológicos 1955/56 – 1996/97 
(Departamento de Hidráulica, Facultad de Ingeniería, U.N.N.E.). 
 
 Las pendientes son de muy pocos cm/km y las áreas 
impermeables representan alrededor del 70 % en la parte más 
urbanizada de la ciudad. (Pilar, J.V.)
 En la inundación de 1982-83, la mayor del siglo XX, el río Paraná 
alcanzó la cota 50,40m MOP. (Pilar, J.V.)
 Aproximadamente, el 80% del AMGR tiene cota 48m MOP o 
menor. (Pilar, J.V.)
 
La ciudad sufre periódicamente inundaciones de distintas 
características según sea su origen. Dichas inundaciones podrían 
clasificarse en (Depettris, C.A.- Pilar J.V., 2001):
• Las provocadas por las crecidas de los grandes ríos de la 
región (Paraná y Paraguay), 
• Las provocadas por las lluvias de cierta intensidad (por ejemplo 
25 mm en media hora) y agravadas por reducción de la 
capacidad de almacenamiento de los reservorios naturales 
(lagunas)
• Las originadas en una insuficiente capacidad de los conductos 
de drenaje pluviales.
A estas hay que sumar las crecidas del río Negro que cuando se 
produce en forma simultánea con la del río Paraná y a la vez 
precipitaciones, complican al máximo la situación.
 Las inundaciones urbanas pueden ser controladas con medidas de 
dos tipos: 
• ESTRUCTURALES que son esencialmente las obras.
• NO ESTRUCTURALES son medidas que tienden a armonizar la 
convivencia con el problema más que a resolverlo.
 Estando el Área Metropolitana del Gran Resistencia polderizada, es 
imprescindible un manejo adecuado del agua de lluvia dentro del 
perímetro defendido, sobre todo en épocas de crecidas del río 
Paraná. 
La problemática del drenaje pluvial en el A.M.G.R.
• Las bajas pendientes del relieve.
• La existencia del sistema perimetral de defensas contra las crecidas de los 
ríos Paraná y Negro, motivo por el cual el drenaje de los excesos pluviales se 
realiza en gran medida por bombeo.
• El grado de deterioro y/o insuficiencia que presenta gran parte de la red 
existente. 
PROCESO DE DESARROLLO DE NUEVA NORMATIVA.
CONDICIONES DE USO DEL SUELO EN EL CASCO CÉNTRICO DE 
LA CIUDAD DE RESISTENCIA
 
A mediados de los ’90, se había definido como línea estratégica la 
densificación central de Resistencia.
• 1.995- Plan Estratégico Resistencia –PER-. 
• 1998- Diagnóstico Urbano Expeditivo del Área Metropolitana 
Gran Resistencia el Arq. C. O. Scornik 
• 1.998 - Propuesta Integral de Desarrollo de Resistencia y su 
Área de Influencia Sector Sur de Resistencia la Unidad 
Ejecutora de Proyecto de la Municipalidad de Resistencia.
• En vigencia el Código de 
Planeamiento Urbano- Ambiental, 
sancionado en 1980 y modificaciones 
parciales referentes a edificios entre 
medianeras y de perímetro libre, 
subdivisiones mínimas, características 
del centro libre de manzana, en 
distritos centrales y residenciales de 
alta y media densidad, todo ello 
contenido en las Ordenanzas Nº 
1975/90 y 2168/92.
• La Administración Provincial del Agua 
– A.P.A.- a través de su Resolución Nº 
1111 en 1998 estableció restricciones 
al uso del suelo de acuerdo al grado 
de vulnerabilidad hídrica de los 
distintos sectores de la ciudad. Esta 
norma se constituyó para todos los 
técnicos que trabajamos en la 
Municipalidad de Resistencia en una 
herramienta fundamental para ser 
aplicada como medida no estructural 
en el desarrollo urbano de la ciudad.
 
 1999. decisión política del Ejecutivo Municipal: 
revisión de la normativa vigente, para el Área Central 
de Resistencia y propuesta de modificación.
EQUIPO AD-HOC
EQUIPO MUNICIPAL
CONSULTORES EXTERNOS
S.O. y S.P.
DISCUSIÓN Y CONCENSO CON
TECNICOS ASESORES CONCEJO MUNIC.
EXPOSICIONES-DEBATES-CONCENSOS CON 
ACTORES SOCIALES URBANOS CONSTRUCTORES 
DE LA CIUDAD
BASE DE PROYECTO NUEVA NORMA
AJUSTE DE
BASE DE PROYECTO NUEVA NORMA
PROYECTO DE NUEVA 
NORMATIVA 
PARA ZONA CENTRAL
Y RESIDENCIAL MEDIA
Y ALTA DENSIDAD
CONCEJO MUNICIPAL
ORDENANZA Nº 4542
PRINCIPALES ASPECTOS DE 
ORDENANZA Nº 4542
• La nueva norma estableció la base para la determinación de un 
nuevo perfil urbano del casco céntrico de la ciudad con un FOS: 
0.70 para el área de aplicación y FOT determinado por este y 
alturas.
• Incluyo la tipología semi - perímetro libre como intermedia. 
• Redujo alturas de ed. Entre medianeras y admitió mayores en 
perímetro libre.
• Alturas y retiros de frente en función de anchos de calle 
estimulando ocupación en parcelas frentistas a avenidas.
• Incorporó superficies destinadas a áreas complementarias como 
juegos y recreación dentro de los edificios de viviendas colectivas
• Incluyó por primera vez el requerimiento de estacionamientos de 
motos y bicicletas
• Elevo parámetros de cocheras para viviendas colectivas y como 
unidades inescindibles.
• Estableció que remate de edificios debía ser con tecnologías 
envolventes.
• Particularidades sobre veredas, plantación árboles, medianeras, 
accesos y egresos peatonales, vehiculares.
Concejo Municipal aprobó Ordenanza Nº 4542 
Figuras antecedentes del estudio de base para Proyecto Ordenanza 4542.
Archivo D.G.P.U. Municipalidad de Resistencia. 1999.
Figuras antecedentes del estudio de base para 
Proyecto Ordenanza 4542.
Archivo D.G.P.U. Municipalidad de Resistencia. 1999
Figuras antecedentes del estudio de base para 
Proyecto Ordenanza 4542.
Archivo D.G.P.U. Municipalidad de Resistencia. 1999.
Figuras antecedentes del estudio de base para Proyecto Ordenanza 4542.
Archivo D.G.P.U. Municipalidad de Resistencia. 1999.
Maquetas estudio de base para Proyecto Ordenanza 4542.
ArchivoD.G.P.U. Municipalidad de Resistencia. 1999.
CUADRO SINTESIS DE LAS DISTINTAS TIPOLOGÍAS EDILICIAS.
Figuras antecedentes del estudio de base para Proyecto Ordenanza 4542.
Archivo D.G.P.U. Municipalidad de Resistencia. 1999.
SIGLO XXI - CAMBIO DE GOBIERNO MUNICIPAL- 
NUEVA CARTA ORGANICA DE RESISTENCIA- 
ORDENANZA 5403.
• ante el cambio de gobierno local algunos agentes 
sociales productores de la ciudad manifestaban no 
aceptar algunos parámetros establecidos de la 
Ordenanza 4542 de 1 año y medio de antigüedad
• en esta oportunidad convocaba el Concejo 
Municipal 
 para participar en el “Foro de Análisis y Evaluación 
de la Organización Urbanística de la Ciudad”.
CONSEJO 
PROFESIONAL CAMARA CONSTR. SOC. ARQUITECTOS FAC. ARQUITECTURA
DPTO. HIDRAULICA
FAC. INGENIERIA
CAMARA 
INMOBILIARIA
SAMEEP SECHEEP
IPDUV
FORO DE ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LA 
ORGANIZACIÓN URBANÍSTICA DE LA CIUDAD
ORDENANZA
4542.
Propuestas de modificación
DEBATE
NUEVO PROYECTO DE ORDENANZA: ANEXO I : AMPLIACION AREA.- 
ANEXO II : PARAMETROS GENERALES- ANEXO III : FACTORES DE IMPERMEABILIZACION.
 EQUIPO TECNICO
 S.O. y S.P.
COMISION INTERAREAS
DE ESTUDIO Y ADECUACION
ORDENANZA 4542
Los planteos de modificación:
• Liberar el área de aplicación a todas las zonas con infraestructura 
completa, incrementando el volumen edificable con avances en 
laterales, frente, separación entre paramentos, altura y FOS 
medido a partir del basamento.
• Reducir el porcentaje destinado a estacionamiento de autos y 
escindir de las unidades funcionales.
• Sería factible condicionar la ubicación de edificios entre medianeras 
lindantes a edificios existentes de perímetro libre.
• Área de Juegos y Salón de Usos Múltiples a criterio de proyectista.
• Suprimir la exigencia de tratamientos plásticos a las medianeras y 
concepto de envolvente en cubiertas.
 
 Reuniones, discusiones, 
algunos aspectos se compatibilizaron,
 algunos parámetros se ratificaron, 
se efectuaron ajustes por vacíos detectados ,
 se incluyeron nuevos conceptos de hidrología urbana 
de acuerdo a lo establecido en Carta Orgánica 
Municipal.
cambios que se efectuaron a la Ordenanza Nº 4542 
• Se amplio el área de aplicación de los nuevos parámetros.
• Factor de Ocupación del Suelo – FOS- se mantuvo 0.70, no incluyó 
rampas y escaleras pues se introdujeron medidas de mitigación 
tendientes al impacto hidrológico cero.
• Incremento a dos accesos por parcela.
• En los edificios de Perímetro libre, respecto al retiro de fondo, se 
incorporó admitir balcones por delante del paramento exterior que 
sería el de medición del retiro.
• En edificios de perímetro libre y semi-libre, el retiro lateral admitió el 
avance de estructuras y saledizos pero se mantuvieron los 4.00 m 
mínimos.
• Se modificó la definición del plano límite superior, midiéndose 
hasta azoteas dejándose sin efecto el concepto de envolvente de la 
Ordenanza Nº 4542
• Se ajustaron, en las distintas tipologias y en función de vacíos 
normativos detectados en tiempo de aplicación de la Ordenanza 
4542, retiro de fondo, distancia entre paramentos internos, patios 
principales y auxiliares, siempre tendiendo a garantizar buenas 
condiciones de habitabilidad.
• En edificios de perímetro libre y semi-libre se flexibilizó el uso y 
dominio de terrazas y azoteas potenciando su uso comunitario.
• Se incluyeron para terrenos irregulares el tratamiento 
particularizado de cada caso posibilitando que se adopten 
soluciones según análisis técnicos en cada caso.
• Se incorporaron condicionantes a los nuevos edificios, en función 
de los preexistentes linderos a fin de asegurar buenas condiciones 
ambientales para ambos.
• Se dejó sin efecto el tratamiento plástico de medianeras.
• Se redujo un 50% la superficie por unidad para áreas de juegos que 
de 4.00 m2 por departamento, pasaron a 2.00 m2, manteniendo un 
parámetro mínimo de 40.00 m2. 
• En lo relativo a garajes y estacionamientos se estableció el 12 % 
de la superficie total cubierta exclusivamente para automóviles. Con 
este parámetro se redujo el espacio para cocheras y además se 
determinó que no serían unidades inescindibles de las unidades 
habitacionales en los casos de edificios de uso residencial.
• Estacionamientos de motos y bicicletas se redujo el parámetro 
unificando para todas las tipologías en un 5 % de la superficie 
destinada a autos.
NUEVOS PARAMETROS DE HIDROLOGIA URBANA INCLUIDOS 
EN PROYECTO DE ORDENANZA
• 2.000- sanción de la Carta Orgánica Municipal, que en lo referido 
al desarrollo territorial y el medio ambiente, definió el marco legal 
para el desarrollo de la ciudad en el nuevo milenio.
• En su Segunda Parte, Título Primero- Capítulo Octavo: 
CIENCIA Y TECNOLOGÌA, Artículo 50º - Principios y Acciones: 
estableció “El Municipio reconoce la importancia de la ciencia y la 
tecnología como instrumentos adecuados para la promoción 
humana, el desarrollo sostenible y el mejoramiento de la calidad de 
vida. Promoverá, organizará, ejecutará y difundirá acciones de 
investigación, innovación y aplicación científica y tecnológica, en 
coordinación con Universidades e instituciones públicas y/o 
privadas. Asegurará la participación de la comunidad en estos 
procesos y su transferencia e intercambio”. En el Título Segundo 
Capítulo Cuarto-Artículo 103º- Drenajes Pluviales- se prevé la 
adopción de medidas no estructurales que serán “….las 
restricciones correspondientes a la impermeabilización”.
• se habían capitalizado importantes experiencias recogidas en 
oportunidad de realizarse el “Taller de Alternativas del Desarrollo 
Urbano de la ciudad de Resistencia”.( Septiembre 1998); Jornadas 
de Ordenamiento Hídrico del Área Metropolitana Gran Resistencia 
“, organizada por la Administración Provincial del Agua 1998/2000; 
“Curso de Postgrado en Hidrología Urbana” dictado por la Facultad 
de Ingeniería de la UNNE, al que se convocara al personal técnico 
del municipio, y de donde se recogieron sugerencias elaboradas 
y discutidas en esos encuentros.
• El equipo técnico la que desarrolló propuesta normativa, 
respecto a los factores hidrológicos, consideró indispensable 
introducir en este trabajo normas que regulen el manejo de las 
aguas de origen pluvial antes de la salida de cada parcela, de 
manera que generen condiciones de impacto cero en la 
capacidad y funcionamiento del sistema de desagües pluviales 
existentes, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Carta 
Orgánica Municipal.
• La incorporación del Anexo III en la Ordenanza Nº 5403 
aprobada en el mes de Mayo de 2001, estableció “dos 
nuevos indicadores que contribuirían a controlar el 
aumento de la impermeabilización como consecuencia 
de la urbanización. Estos indicadores que responden al 
concepto de Impacto Cero, que significa lograr que “el 
pico del caudal generado no se incremente con el 
aumento de la impermeabilidad del terreno”. (C. 
Depettris- J. Pilar .2000)
• Los nuevos indicadores incluidos en la normativa 
urbana del área de mayor densificación edilicia de la 
ciudad de Resistencia se denominan Factores de 
Impermeabilización y se definen en el Anexo III-
Artículo 1º de la Ordenanza 5403.
• FIS- FACTOR DE IMPERMEABILIZACIÓN DEL SUELO.
 Representa el grado de impermeabilización o superficie no 
absorbente del suelo.
 Este valor resulta de dividir la superficie total conformada por 
cubiertas y pisos, en proyección horizontal, por la superficie total del 
terreno.
• FIT- FACTOR DE IMPERMEABILIZACIÓN TOTAL.
 Representa el grado de impermeabilización o superficie no 
absorbente total. 
 Este valor resulta de dividir la superficie total construida en la 
parcela más la superficie de pisos no cubiertos, por la superficie 
total del terreno.
 Para el cálculo de la superficie total construida se considerará la 
sumatoria de las superficies cubiertas de cada nivel.
Se estableció que
 NO se requiere evaluación hidrológica:
• Cuando se cumpla simultáneamenteFIS ≤ 0.7 Y FIT ≤ 4 
FIS
• Casos en que incrementos de FIS y FIT propuestos no 
superen el 10 % respecto de FIS y FIT antecedente.
Se requiere evaluación hidrológica:
• En aquellos casos que no se encuadren en los 
anteriores valores.
 “ Resulta necesario hacer una consideración de 
importancia para los límites establecidos en estos 
factores, pues si bien el límite para el FIS es de igual 
valor numérico que el FOS, se han tenido en cuenta 
los estudios para determinación de impermeabilidad 
total en cuencas urbanas del Gran Resistencia, 
particularmente las que integran parcial o totalmente 
el Casco Céntrico, ya que en ellas los valores 
obtenidos superan ligeramente el 70 % y por lo tanto 
resulta coherente establecer que a nivel de parcela 
no sea superado dicho valor.” (J. Pilar – C. Depettris 
2000).
• En este sentido en el Artículo 2º - Anexo III - Ordenanza 
5403 se determinó que la evaluación hidrológica debe 
demostrar el “impacto hidrológico cero” en los 
sistemas de desagües pluviales de la ciudad.
• Se considera “impacto hidrológico cero” cuando el pico 
del hidrograma generado con el FIS y FIT propuestos no 
supere el pico del hidrograma generado con el FIS y FIT 
antecedente.
• Para ello se deben prever dentro de cada parcela, 
dispositivos o mecanismos atenuantes del efecto 
producido por precipitaciones intensas.
• Estos dispositivos surgirán como resultado del estudio hidrológico 
de la incidencia de la construcción propuesta, en relación con la 
condición antecedente de la parcela.
• Para el estudio hidrológico se debe tener en cuenta las curvas de 
intensidad, duración, frecuencia –I.D.F.-, elaboradas para la ciudad 
de Resistencia por el Departamento de Hidráulica de la Facultad de 
Ingeniería y adoptadas por la Administración Provincial del Agua.
• Los conceptos de Hidrología Urbana que se incorporaron en el 
Anexo III constituyen la primer medida no estructural adoptada por 
el municipio de Resistencia tendiente a reducir el impacto 
hidrológico ocasionado por la reducción de las áreas permeables 
como consecuencia del crecimiento urbano. 
• “La definición de los factores citados, se basa en su 
analogía con los conocidos FOS Y FOT, que 
tradicionalmente utilizan los Códigos de Planeamiento 
Urbano, pero explicitando claramente un límite tangible 
a la disminución de la capacidad de absorción de un 
terreno en que se va a edificar y, por lo tanto, 
incorporando un concepto hidrológico en un ambiente en 
el que el agua tiene una inseparable relación con las 
actividades humanas.” (J. Pilar – C. Depettris 2000). 
• En el año 2001 cuando el quipo que elaboró el proyecto de 
Ordenanza elevó el mismo al Ejecutivo Municipal este, ante la 
presión de algunos actores que no aceptaban la inclusión de los 
nuevos parámetros de Hidrología Urbana, lo envió al Concejo 
Municipal sin el Anexo III que contenía estos parámetros. El 
carácter participativo que tuvo el proceso de gestación del cambio 
de normativa, que duró ocho (8) meses, hizo que el proyecto 
original de los técnicos de la Municipalidad fuera rescatado, 
discutido y mantenido por la mayoría de los Concejales que 
priorizaron la necesidad de contar con este instrumento normativo 
incluyendo medidas no estructurales, que contribuyen a mitigar el 
impacto hidrológico por lluvias. 
• Resistencia, con esta normativa es pionera en Argentina en la 
aplicación de medidas no estructurales y la inclusión del concepto 
Impacto Hidrológico Cero tendientes a evitar un crecimiento 
desmedido de los volúmenes de escurrimiento superficial.
• En “Inundaciones y Drenaje Urbano - Argentina “Juan 
C. Bertoni, Jorge A. Maza, Carlos U. Paoli, expresan 
“En Argentina se están difundiendo poco a poco ideas 
innovadoras en relación al manejo del drenaje pluvial. 
Las mismas se basan fundamentalmente en el empleo 
de medidas estructurales y no estructurales que 
tienden a minimizar el impacto hidrológico de la 
urbanización.” Estos autores toman como ejemplo a 
nivel nacional la Ordenanza 5403 y la introducción de 
los indicadores FIS y FIT.
• Contar con el Anexo III de la Ordenanza 5403, 
constituye una fortaleza para la ciudad desde el punto 
de vista de su posicionamiento al momento de 
gestionar el otorgamiento de fondos para el desarrollo 
de un plan de drenajes urbano. 
 Las Ordenanzas Nº 4542 y Nº 5403 contienen también otros
 aspectos para no afectación a linderos y respecto al espacio 
público, que contribuyen a la mitigación hidráulica. Estos son:
• Exigencia en medianeras de las Tipologias edificios entre 
medianeras y de perímetro semi-libres, de resolver internamente la 
evacuación de las aguas pluviales.
• En veredas se requiere un sector parquizado que en zona central 
varia entre 1.00 m y 2.00 m, prohibiéndose expresamente cualquier 
borde de cantero o similar que supere la cota de la vereda. Esto 
modificó lo normado en el Reglamento General de Construcciones 
que requería un cordón de 0.15 m. Su eliminación contribuye al 
escurrimiento de la zona impermeabilizada hacia el cantero 
parquizado permeable.
• Incluye la obligación de forestar con especies autóctonas o 
adaptadas. Estas especies contribuyen con su función de 
retardadores hidráulicos.
• En el límite del área de aplicación de la Ordenanza 5403, 
sobre Av. Vélez Sarsfield, la recuperación, como parque 
urbano y a la vez importante reservorio natural, de la 
laguna Argüello ha contribuido enormemente a mejorar las 
condiciones de la cuenca ante eventos pluviales copiosos 
en corto tiempo.
REFLEXIONES 
A once años de vigencia de Ordenanza 5403
EDIFICIOS DE ALTA DENSIDAD
EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS+ DE 
4 NIVELES H. 30 M ALTURA 
108
EDIFICIOS DE PERÍMETRO SEMI-
LIBRE 
15
EDIFICIOS DE PERÍMETRO LIBRE 30
TOTAL EDIFICIOS ALTA DENSIDAD 153
EDIFICIOS DE DENSIDAD MEDIA
EDIFICIOS ENTRE MEDIANERAS DE 
ALTURA IGUAL O MENOR A 4 
NIVELES 
302
1. Densificación de área central. 
455 edificios en área de aplicación 
 Ordenanza 5403.
FUENTE: DCCION. GRAL. CONTROL USOS
 MUNICIPALIDAD RESISTENCIA. 2012
2. La ciudad cuenta con una normativa urbana, que ajustándose a los 
 más modernos criterios de hidrología urbana, contiene medidas 
de mitigación del impacto causado por precipitaciones en una 
ciudad con escasísima pendiente, que constituyen importantísimas 
medidas no estructurales, complementarias a las necesarias obras 
estructurales que deben ejecutarse.
3. El modelo adoptado por Resistencia al ,ser una del primeras ciudades 
del país en contar con los parámetros de FIS y FIT, ha sido valorado en 
innumerables trabajos desarrollados por investigadores y tomado como 
ejemplo en simposios y jornadas de hidrología urbana. 
4. Las Ordenanzas Nº 4542 y Nº 5403 fueron muy debatidas y por la 
diversidad de actores participantes, los intereses de los distintos 
sectores se equilibraron, a pesar de que hubo más de un embate para 
incrementar volúmenes edificables y eliminar justamente las medidas de 
mitigación tendientes al Impacto Hidrológico Cero.
5. Las áreas técnicas de la Municipalidad de Resistencia, encargadas de la 
aplicación de la normativa verifican que en general los proyectistas, 
fundados en cuestiones de rentabilidad y/o de ingeniería financiera, 
desarrollan proyectos que exceden los parámetros de altura, retiros 
de fondo y/o lateral, espacios para cocheras, que en realidad derivan de la 
 pretensión de un “rendimiento” mayor al posible en parcelas que en 
general no superan los 10.00 m de frente. Esto tiene relación directa con 
los exorbitantes valores de la tierra en el mercado inmobiliario y ha dado 
origen a excepciones por parte del Concejo Municipal.
 En muchos casos el concepto de hábitat, calidad espacial y 
funcionalidad, quedan absolutamente subordinados a las leyes de 
mercado y la rentabilidad.
6. La eliminación en la Ordenanza Nº 5403, de lo que normaba la 
Ordenanza Nº 4542, respecto a que los edificios debían incluir 
los espacios de cocheras como unidadescomplementarias 
inescindibles de los departamentos, impactó negativamente 
en la realidad que se puede observar cuando se materializa un 
nuevo edificio de alta densidad que tiene cocheras ociosas o 
rentadas, en tanto en el espacio público permanecen los 
vehículos de muchos de los que allí viven, impactando 
negativamente en el tránsito precisamente de la zona de mayor 
densidad. Esto es evidencia de que el tema debe ser 
reconsiderado. 
7. El objetivo inicial al momento del cambio de normativa en 1999 
de alentar el englobamiento parcelario para el desarrollo de los 
proyectos de edificios de mayor envergadura, lamentablemente 
no se ha logrado, salvo en muy contados casos. Los 
proyectistas, empresas constructoras y promotores de la mayoría 
de los emprendimientos que se dieron en el área de aplicación de 
la Ordenanza 5403 mantuvieron el parcelamiento con 10.00 m 
de frente y superficies originarias del parcelamiento tradicional 
 en “X” predominante en el área. 
8. Los conceptos de Hidrología Urbana contenidos en la 
Ordenanza Nº 5403 fueron ampliados en el año 2007 a la 
Ordenanza Nº 8775 que modificó los parámetros de uso y 
ocupación del suelo en un anillo intermedio al área central. 
Asimismo en el 2009 y 2011 en sendos proyectos de 
Ordenanza para la Zona Norte de Resistencia se profundizó en 
la aplicación de estos conceptos sumándole además el de 
mantener como reservorios artificiales cavas existentes, 
revirtiendo su actual situación de deterioro ambiental, formando 
parte del sistema de drenajes. 
9. Es necesario resaltar la importancia que tiene para una ciudad 
intermedia como Resistencia, contar con un equipo técnico de 
profesionales con absoluta conciencia de la necesidad de 
trabajar interdisciplinariamente y de la incorporación en la 
normativa de medidas no estructurales tanto en lo que refiere 
a vulnerabilidad hídrica por crecidas de ríos como por lluvias en 
una ciudad hidrodependiente. 
10. En oportunidades de realizarse distintos debates sobre la 
normativa vigente, arquitectos proyectistas de edificios que 
se enmarcan en la Ordenanza 5403 han planteado que la misma 
es de aplicación complicada en lo normado respecto a Factores 
de Impermeabilización y medidas de mitigación, sintiéndose 
excluidos al haber quedado esto como el campo exclusivo 
de la ingeniería. 
 En los mismos debates se identificó como necesidad, tanto por 
parte de los profesionales que ejercen la profesión en forma 
independiente como por los que deben aplicar la normativa ,que 
en la formación de los arquitectos de la zona debería 
incluirse estos temas en los contenidos de las materias de la 
Facultad de Arquitectura. Es necesario asegurar el acceso al 
conocimiento más profundo de hidrología urbana y medidas 
no estructurales en la formación de grado de los 
profesionales, como así también en las escuelas técnicas.
11. Así como en la historia del urbanismo los ingenieros 
higienistas del siglo XIX, luego de las epidemias de cólera y 
fiebre amarilla alertaron sobre la necesidad de adoptar 
medidas de saneamiento, que fue la etapa inicial de la 
Hidrología Urbana , y con ello se dieron transformaciones en las 
ciudades; actualmente estamos en una etapa ligada al 
enfoque científico y ambientalista del drenaje urbano 
(Desbordes 1987-J. Bertoni, J. Maza y C. Paoli 2001), en la que 
desde la ingeniería se nos está alertando sobre la necesidad 
de adoptar una nueva visión, a todos y cada uno de los que 
“construimos“ una ciudad con alta vulnerabilidad hídrica, cual es 
la de consolidar la aplicación de las medidas no 
estructurales y de mitigación de los impactos hidrológicos 
por inundación fluvial y pluvial acompañando las medidas 
estructurales.
 Es necesario trabajar interdisciplinariamente, plasmando estos 
conceptos desde el inicio de cada proyecto y no forzar soluciones 
después de ejecutado.
12. La aplicación de lo normado para los espacios públicos 
veredas, es de suma importancia. si bien en cada proyecto se 
requieren adecuaciones en las documentaciones técnicas 
respetando dimensiones de solado, áreas parquizadas, especies 
arbóreas, esto no siempre se materializa de ese modo. Existe 
una clara tendencia a la prevalencia de dar identidad 
particular a cada obra con veredas que no se ajustan a lo 
reglamentado , eliminando muchas veces árboles existentes que 
tapan fachadas y reemplazándolos por especies exóticas que no 
cumplen funciones de retardadores hidráulicos ni de atemperar 
altas temperaturas. En esos casos ha fallado el poder de 
policía local.
13. En el tema veredas se observa con claridad la necesidad de 
revertir urgentemente situaciones de impermeabilización 
total pre-existentes a la normativa actual. Para ello serán 
necesarias concientización de la población sobre la importancia 
del tema y decisión política para adoptar las medidas 
necesarias para esa transformación. 
14.Se evidencia la necesidad de profunda concientización a 
todos los actores sociales, fundamentalmente a los 
profesionales de la arquitectura y la ingeniería, sobre la 
importancia de contar con medidas no estructurales en la 
normativa que regula el modo de ocupación y densificación del 
suelo urbano. Esto adquiere más relevancia si consideramos 
que en los últimos tiempos se han planteado nuevamente 
solicitudes de modificación de la Ordenanza Nº 5403 que 
tienden a incrementar los parámetros de ocupación del 
suelo y tejido urbano, así como a eliminar su anexo III.
Edificios de Perímetro Libre, Semi-perímetro Libre, Entre 
Medianeras.
En Área de aplicación de Ordenanza Nº 5403.
Edificios de Perímetro Libre, Semi-perímetro Libre, Entre 
Medianeras.
En Área de aplicación de Ordenanza Nº 5403.
Edificios Entre Medianeras y Veredas
en Área de aplicación de Ordenanza Nº 5403.
Permeabilidad en Veredas y Espacios Internos de Edificios. Área 
de Aplicación Ordenanza Nº 5403
Reservorio Urbano Parque Laguna Argüello
Canteros Centrales Parquizados.
MUCHAS GRACIAS.
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	LA VULNERABILIDAD DEL A.M.G.R.
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	La problemática del drenaje pluvial en el A.M.G.R.
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	PRINCIPALES ASPECTOS DE ORDENANZA Nº 4542
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	Concejo Municipal aprobó Ordenanza Nº 4542
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	Los planteos de modificación:
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Otros materiales