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M6_U3_A2_AMMS_CUADRO DESCRIPTIVO

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Contenido
INTRODUCCIÓN:	2
DESARROLLO	4
ELEMENTOS DEL IMPUESTO:	5
CLASIFICACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES:	6
CONCLUSIÓN:	8
REFERENCIAS:	9
INTRODUCCIÓN:
El Estado es el encargado del correcto funcionamiento y el adecuado manejo de los recursos, como se ha venido observando en el transcurso del módulo, podemos tener por seguro que el Gobierno a través de sus distintas organizaciones prevé de bienes y servicios a la población, y que es por ello por lo que a través del presupuesto de la federación organiza los recursos obtenidos para el pago de erogaciones.
De igual forma se ha aprendido que para que dicho presupuesto tenga bases que lo sustenten se debe evaluar el egreso, que es el pago para el cumplimiento de las obligaciones de un periodo fiscal, así como los ingresos federales, que son las contribuciones, pagos de derechos e impuestos que pagan tanto las empresas como las personas físicas; es por este ultimo que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través del Sistema de Administración Tributaria se encarga de la determinación liquidación y recaudación de dichos impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales. 
El poder tributario al ser una facultad otorgada a través de la Constitución es permanente, es decir, no tiene un plazo límite, dicho poder no puede ser trasladado, aunque si puede ser trasladado el ejercicio de éste.
Sin embargo, existen otros órganos y organismos que no forman parte de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público que tienen carácter de autoridad fiscal recaudadora. En el ámbito federal podemos rescatar que los principales entes encargados de la recolección de impuestos son: 
ORGANISMO DESCONCENTRADO DE LA SHCP:
Sistema de Administración Tributaria (SAT)
ORGANISMOS FISCALES AUTONOMOS:
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Instituto Nacional para el Fondo a la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT)
ORGANO DESCONCENTRADO DEL SEMARNAT:
Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).
Teniendo en cuenta dicha información tomaremos como punto de partido al Sistema de Administración Tributaria para la identificación de las contribuciones y sus características, así como los elementos que requieren, Cabe recordar que una forma de clasificar a los ingresos del sector público presupuestario es: ingresos tributarios y no tributarios
DESARROLLO
El SAT es un órgano desconcentrado de la SHCP, tiene como responsabilidad aplicar la legislación fiscal y aduanera a fin de que las personas físicas y morales contribuyan de forma proporcional y equitativa al gasto público. Es el encargado de asegurar que los contribuyentes realicen la tarea de cumplir con las disposiciones tributarias y aduaneras. Por ello, puede realizar auditorías, inspecciones, 9 revisiones, etc., a los contribuyentes.
Asimismo, el SAT tiene la obligación de facilitar, incentivar, generar y proporcionar la información necesaria para que los contribuyentes cumplan voluntariamente con el pago de impuestos y demás contribuciones. De este modo, las principales atribuciones del SAT son: recaudar, determinar y liquidar en su caso, los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y sus accesorios de acuerdo con la legislación aplicable y conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte, en conclusión, podemos decir que el SAT ostenta la parte medular de las funciones fiscales de la SHCP.
Una vez teniendo clara la funcionalidad del SAT se debe aclarar la interrogante ¿Qué es un impuesto?, esta obligación consiste en entregar una cantidad de dinero al Estado a través de los órganos y organismos de recaudación fiscal anteriormente mencionados, dicha cantidad es establecida mediante la determinación de la obligación fiscal, en la que se realiza una operación matemática en la que se deducen tasas determinadas por la ley. Dicho pago debe ser realizado dentro de una fecha establecida por el órgano responsable.
ELEMENTOS DEL IMPUESTO:
	SUJETO
	puede ser de dos tipos: sujeto activo y sujeto pasivo. 
El sujeto activo es aquel que tiene el derecho de exigir el pago de tributos. es toda persona física o moral que tiene la obligación de pagar impuestos en los términos establecidos por las leyes
De tal forma en México los sujetos activos son: la Federación, los estados y los municipios
	OBJETO
	Es la actividad o producto que la Ley señala como el motivo del gravamen, de tal manera que se considera como el hecho generador del impuesto
	FUENTE
	monto de los bienes o de la riqueza de una persona física o moral de donde provienen las cantidades necesarias para el pago de los impuestos. De tal forma las fuentes resultan ser el capital y el trabajo
	BASE
	monto gravable sobre el cual se determina la cuantía del impuesto, por ejemplo: el monto de la renta percibida, número de litros producidos, el ingreso anual de un contribuyente, otros
	UNIDAD
	Es la parte alícuota, específica o monetaria que se considera de acuerdo con la ley para fijar el monto del impuesto. Por ejemplo: un kilo de arena, un litro de petróleo, un dólar americano, etc.
	COUTA
	cantidad en dinero que se percibe por unidad tributaria, de tal forma que se fija en cantidades absolutas. En caso de que la cantidad de dinero percibida sea como porcentaje por unidad entonces se está hablando de tasa
Con objeto de cubrir el gasto público y demás obligaciones a su cargo, el Estado percibirán en cada ejercicio fiscal ingresos por la recaudación de impuestos, derechos, aportaciones de mejoras, productos, aprovechamientos, así como ingresos derivados de la coordinación hacendaria, e ingresos provenientes de financiamientos, establecidos en la Ley de Ingresos, es decir, ninguna contribución podrá recaudarse si no está prevista en la Ley de Ingresos correspondiente.
CLASIFICACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES:
Las contribuciones establecidas en el Código Financiero de México se clasifican en: 
	CONTRIBUCIÓN
	DESCRIPCIÓN
	IMPUESTOS
	Son los establecidos en el Código Financiero de México que deben pagar las personas físicas y morales, que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por el mismo, y que sean distintas a las señaladas en las fracciones II y III de este artículo. 
	DERECHOS
	De acuerdo con el artículo 2º, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación: "Derechos son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes ¿Qué son los derechos? DERECHO FISCAL 122 del dominio público de la nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando, en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado".
	APORTACIONES DE MEJORAS
	A cargo de las personas físicas y morales, que, con independencia de la utilidad general, obtengan un beneficio diferencial particular derivado de la realización de obras públicas o de acciones de beneficio social.
son las establecidas a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas", se establece en el artículo 2º, fracción III, del Código Fiscal de la Federación
	PRODUCTOS
	Son las contraprestaciones por los servicios que presten el Estado y los municipios en sus actividades de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento y enajenación de sus bienes de dominio privado, que estén previstos en la Ley de Ingresos
	APROVECHAMIENTOS
	Ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal
	ACCESORIOS DE LAS CONTRIBUCIONES
	Son los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización por devolución de cheques, y participan de la naturalezade la suerte principal, cuando se encuentren vinculados directamente a la misma.
CONCLUSIÓN:
La política económica contiene aspectos generales y muy importantes sobre las finanzas públicas y la administración tributaria, dentro de esta podemos esclarecer los distintos tipos de contribuciones que el sujeto, es decir las empresas y personas físicas debemos aportar al estado para que atravesó de estos recursos den pie al cumplimiento de los objetivos de un ejercicio fiscal.
Dentro de las contribuciones que más resaltan están los impuestos que son recursos que los sujetos pasivos otorgan al sector público para financiar el gasto público.
Durante esta actividad se obtuvo conocimiento de la Secretaria de Administración Tributaria, que es el principal órgano encargado de la recaudación de las contribuciones, así como la importancia que este tiene para la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.
Ahora que se ha comprendido las contribuciones tributarias que las empresas y personas físicas deben aportar al estado, podemos tener fundamentos para dar seguimiento a la contabilidad gubernamental y poder atenderla de forma apropiada.
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REFERENCIAS:
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Centro de Estudios de las Finanzas Publicas (2005). El Ingreso Tributario en México. Recuperado el 30 de mayo del 2020, de https://www.cefp.gob.mx/intr/edocumentos/pdf/cefp/cefp0072005.pdf
Crespo, E. (2016). Que son los tributos y tipos: impuestos, contribuciones y tasas. Recuperado el 29 de mayo de 2020, de https://www.bbva.com/es/los-distintos-tipos-de-tributos-impuestos-contribuciones-y-tasas/
 Derecho Fiscal (s/f). Clasificación de las contribuciones según el Código Fiscal de la Federación y sus accesorios. Recuperado el 30 de mayo de 2020, de
http://gc.initelabs.com/recursos/files/r157r/w12858w/DchoFiscal_Unidad3.pdf
Facultad de Economía UNAM (2018). Elementos del Impuesto. Recuperado el 30 de mayo de 2020, de http://www.economia.unam.mx/secss/docs/tesisfe/BonillaLI/cap1.pdf
Ponce, M. (s/f) CARRERA DE DERECHO TRIBUTARIO, ELEMENTOS PERSONALES DEL DERECHO TRIBUTARIO ADMINISTRATIVO. Recuperado el 29 de mayo de 2020, de http://www.carreradederecho.mx.tripod.com/carreradederecho/id14.html
Prodecon (2018). Lo que todo contribuyente debe saber. La facultad del Estado para cobrar contribuciones. Recuperado el 29 de mayo de 2020 de https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/Cultura%20Contributiva/publicaciones/junio6/files/downloads/todo_loq_contribuyente_junio%5B2%5D.pdf
SAT, (2010). Características del Impuesto. Recuperado el 31 de mayo de 2020, de http://m.sat.gob.mx/fichas_tematicas/reforma_fiscal/Paginas/caracteristica_impuesto.aspx
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UnadM, (2020). Módulo 6, Naturaleza de las finanzas públicas y contabilidad gubernamental. Unidad 3, Ley de Ingresos. Recuperado el 29 de mayo del 2020, de https://ca.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/CFP/M6_VNFPC/U3/descargables/M6_U3_Contenidos.pdf
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