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UNIVERSIDAD LASALLISTA BENAVENTE F A C U L T A D D E D E R E C H O Con estudios incorporados a la Universidad Nacional Autónoma de México CLAVE: 879309 LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS PENSIONES VITALICIAS QUE RECIBEN LOS EX PRESIDENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. T E S I S QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN DERECHO P R E S E N T A : JOSÉ MARÍA CARMONA GUTIÉRREZ ASESOR: LIC. JOSÉ JESÚS GARCÍA SEGURA Celaya, Guanajuato. Noviembre 2008 Neevia docConverter 5.1 UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. DEDICATORIA. Con cariño para mi mamá, Blanca Margarita Gutiérrez González por estar ahí para mí por tanto tiempo, a pesar del sufrimiento. Sin ti nunca hubiera podido llegar a donde estoy. Descansa en paz y cuídame siempre. GRACIAS… AGRADECIMIENTOS. Agradezco a mi papá, José Luis Carmona de Alva por haberme apoyado tanto durante mis estudios, y por darme los medios para estudiar y terminar la Licenciatura. A mi abuelo Lic. José María Gutiérrez Martínez, por haberme alentado a estudiar Derecho y haberme apoyado tanto. Eres una gran persona, te admiro mucho y te quiero. A mi abuela María Teresa González Pérez, gracias por creer en mí y por todo el cariño que me has dado, te quiero mucho. A Gabriela Morales Morales, por estar conmigo y darme su amor y apoyo, estando a su lado soy feliz. Te amo… Gracias Lic. José Jesús García Segura, por su tiempo y compartir conmigo sus conocimientos. Le tengo un gran respeto y admiración. Neevia docConverter 5.1 ÍNDICE ÍNDICE. INTRODUCCIÓN. CAPÍTULO I.- EL ESTADO. ................................................................................................ 1 1.1 CONCEPTO DE ESTADO. ............................................................................................... 1 1.1.1 EL ESTADO COMO CONCEPTO EN SU ACEPCION MÁS AMPLIA................ 2 1.1.2 CONCEPTO SOCIAL DEL ESTADO. .................................................................... 4 1.1.3 CONCEPTO JURIDICO DEL ESTADO. ................................................................. 5 1.2 ELEMENTOS DEL ESTADO. .......................................................................................... 7 1.2.1ANÁLISIS DE LOS ELEMENTOS DEL ESTADO. ................................................ 8 1.2.2 LA POBLACIÓN DEL ESTADO. ............................................................................ 9 1.2.3 EL TERRITORIO DEL ESTADO. ......................................................................... 11 1.2.4 EL PODER DEL ESTADO. .................................................................................... 12 1.3 CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO............................................................................. 14 1.3.1 LA PERSONALIDAD MORAL DEL ESTADO. ................................................... 14 1.3.2 LA SOBERANÍA DEL ESTADO. .......................................................................... 16 1.3.3 EL ESTADO Y EL DERECHO .............................................................................. 17 1.4 LAS FUNCIONES DEL ESTADO. ................................................................................. 18 1.5 LOS FINES DEL ESTADO. ............................................................................................ 23 CAPÍTULO II.- FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES CONCERNIENTES A LA INVESTIGACIÓN ................................................................ 27 2.1 PARTE DOGMÁTICA. ................................................................................................... 27 2.1.1 DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES. ............................................................. 27 A) ARTÍCULO 13 ......................................................................................................... 27 B) ARTÍCULO 25 ......................................................................................................... 28 2.2 PARTE ORGÁNICA. ....................................................................................................... 30 2.2.1 DE LOS MEXICANOS. .......................................................................................... 30 A) ARTÍCULO 31 .......................................................................................................... 30 2.2.2 DE LOS CIUDADANOS MEXICANOS. .............................................................. 31 A) ARTÍCULO 34 .......................................................................................................... 31 B) ARTÍCULO 35. ......................................................................................................... 31 Neevia docConverter 5.1 C) ARTÍCULO 36 .......................................................................................................... 31 2.2.3 DE LA SOBERANÍA NACIONAL Y DE LA FORMA DE GOBIERNO............. 32 A) ARTÍCULO 39 .......................................................................................................... 32 B) ARTÍCULO 40 .......................................................................................................... 32 2.2.4 DE LA DIVISIÓN DE PODERES. ......................................................................... 33 A) ARTÍCULO 49 .......................................................................................................... 33 2.2.5 DEL PODER LEGISLATIVO. ............................................................................... 34 A) ARTÍCULO 50 .......................................................................................................... 34 2.2.6 DE LAS FACULTADES DEL CONGRESO. ........................................................ 34 A) ARTÍCULO 73 .......................................................................................................... 34 B) ARTÍCULO 74 .......................................................................................................... 35 C) ARTÍCULO 75 .......................................................................................................... 38 2.2.7 DEL PODER EJECUTIVO. .................................................................................... 38 A) ARTÍCULO 80 .......................................................................................................... 38 B) ARTÍCULO 89 .......................................................................................................... 38 2.2.8 PREVENCIONES GENERALES. .......................................................................... 41 A) ARTÍCULO 126 ......................................................................................................... 41 B) ARTÍCULO 127 ......................................................................................................... 41 CAPÍTULO III.- LA DIVISIÓN DE PODERES ............................................................... 43 3.1 ANTECEDENTESHISTÓRICOS DE LA DIVISIÓN DE PODERES........................... 43 3.1.1 ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA DIVISIÓN DE PODERES EN MÉXICO. 47 3.2 PODER LEGISLATIVO. ................................................................................................. 50 3.2.1 CÁMARA DE DIPUTADOS. ................................................................................. 52 A) FACULTADES DE LA CÁMARA EN MATERIA HACENDARIA. .................... 53 3.3 PODER EJECUTIVO. ...................................................................................................... 55 3.3.1 TITULAR DEL PODER EJECUTIVO. .................................................................. 56 CAPÍTULO IV.- EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN ............ 58 4.1 BASES DOCTRINARIAS DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS. ................................ 58 4.1.1 DEFINICIÓN DE PRESUPUESTO. ....................................................................... 58 4.1.2 NATURALEZA JURÍDICA DEL PRESUPUESTO. ............................................. 59 Neevia docConverter 5.1 4.1.3 PRINCIPIOS QUE RIGEN AL PRESUPUESTO................................................... 60 A) UNIVERSALIDAD ................................................................................................... 60 B) ESPECIALIDAD ....................................................................................................... 60 C) ANUALIDAD ........................................................................................................... 61 D) UNIDAD ................................................................................................................... 62 E) PLANEACIÓN .......................................................................................................... 62 F) EXACTITUD ............................................................................................................. 62 G) CLARIDAD............................................................................................................... 63 H) EXCLUSIVIDAD ..................................................................................................... 63 I) PREVISIÓN ................................................................................................................ 63 J) PUBLICIDAD ............................................................................................................ 64 K) PERIODICIDAD ....................................................................................................... 64 4.2 PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO. ............................................................................................................. 64 4.3 MEDIOS DE CONTROL DEL PRESUPUESTO. ........................................................... 66 4.3.1 CONTROL POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.................... 66 4.3.2 CONTROL LEGISLATIVO. .................................................................................. 66 4.3.3 LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN. ......................................... 68 CAPÍTULO V.- LAS PENSIONES VITALICIAS DE LOS EX PRESIDENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ................................................................... 75 5.1 ORIGEN DE LAS PENSIONES VITALICIAS ............................................................... 76 A) LUIS ECHEVERRÍA ................................................................................................ 76 B) MIGUEL DE LA MADRID ...................................................................................... 76 5.2 CARACTERÍSTICAS DE LAS PENSIONES VITALICIAS. ........................................ 77 5.3 SITUACIÓN JURÍDICA ACTUAL................................................................................. 84 5.4 ANÁLISIS CONSTITUCIONAL. ................................................................................... 87 CONCLUSIONES. ANEXOS. BIBLIOGRAFÍA Neevia docConverter 5.1 INTRODUCCIÓN Este estudio acerca de las pensiones vitalicias que reciben los ex presidentes de los Estados Unidos Mexicanos al terminar su mandato y cuyo monto y características se tratarán a lo largo de esta investigación, tiene como objetivo hacer un análisis de éstas y determinar si son inconstitucionales o se encuentran apegadas a derecho. Para lograr lo anterior, realizaremos un estudio que nos permita conocer los factores y elementos que afectan el objeto de estudio de la presente investigación como son: el Estado, los procedimientos que dieron origen a las pensiones vitalicias, los procedimientos que las confirman y los que puedan modificarlas o anularlas, además de los funcionarios públicos que están a cargo de otorgarlas año con año. Debido a los montos que se manejan para cubrir estas pensiones millonarias, los cuales son tomados del erario público, además del costo en recursos humanos que conllevan y que inevitablemente provienen de la Administración Pública Federal y de las Fuerzas Armadas del país y aunado a esto, encontramos la situación de que estas pensiones vitalicias se manejan de manera poco clara y bastante alejada de la transparencia con la que debe actuar todo Estado que tiene respeto por su pueblo; lo que ha provocado controversia, tanto entre los especialistas del Derecho como entre el pueblo mexicano en general. Por último y con el fin de tratar el tema de esta investigación, se realizará un estudio constitucional que nos permita determinar si existe inconstitucionalidad en el otorgamiento de las pensiones vitalicias que reciben los ex presidentes de México. Neevia docConverter 5.1 CCAAPPÍÍTTUULLOO II EELL EESSTTAADDOO.. Siendo que el Estado es el responsable directo de aprobar y destinar los recursos de los cuales están dotadas las pensiones vitalicias que reciben los ex presidentes de nuestro país, es importante que analicemos al propio Estado desde diferentes puntos de vista; tales como su naturaleza jurídica, sus características y su función entre otros aspectos. Por supuesto que debido a la naturaleza de esta investigación, no corresponde a sus objetivos el llegar a un conocimiento completo del Estado, analizándolo de una manera exhaustiva, sino por el contrario en este capítulo, aspiramos a conseguir una clara idea de lo que es el Estado conociéndolo de una manera general, pero sin adentrarnos en su historia, tipos, funcionamiento y otras cuestiones que no son indispensable conocer para entender el contenido de la presente investigación. 1.1 CONCEPTO DE ESTADO. A continuación realizaremos un estudio, iniciando con los conceptos de Estado que tienen diferentes autores, incluso analizando las acepciones de la palabra “estado” para así tratar de acercarnos a su realidad, estudiando los conceptos de lo general a lo particular, y pasando por los diferentes matices que es necesario conocer, para entender el concepto de Estado en toda su complejidad y sin caer en falsos supuestos. Siendo que el Estado es una realidad que nos afecta, que podemos Neevia docConverter 5.1 percibir porque nos rodea y al mismo tiempo formamos parte de él, existiendo de manera objetiva más allá de todo subjetivismo. Pero el Estado resulta ser más complejo que lo que alcanzamos a percibir con los sentidos por lo que es necesario hacer un estudio de la doctrina, para lograr darnos una idea más precisa de lo que realmente es el Estado, cuales son los alcances de este precepto y finalmente que significa para nosotros encontrarnos dentro de él. Para iniciar, transcribiré a continuación lo que el diccionario de derecho de Pina Varadefine como Estado: “Sociedad jurídicamente organizada para hacer posible, en convivencia pacífica, la realización de la totalidad de los fines humanos. Puede definirse también como la unidad de un sistema jurídico que tiene en sí mismo el propio centro autónomo y que está en consecuencia provisto de la suprema cualidad de persona en sentido jurídico.”1 1.1.1 EL ESTADO COMO CONCEPTO EN SU ACEPCIÓN MÁS AMPLIA. El concepto del Estado deberá comprender, no lo que haya sido el Estado sino lo que es, mediante la interpretación racional de los datos reales. No se trata de obtener una concepción subjetiva del Estado, sino una interpretación que corresponda a la realidad, válida para todos, el concepto de lo que es esencialmente el Estado. “En su acepción gramatical amplia “Estado” equivale a manera de ser o de estar las cosas; es lo distinto del cambio. En ciencia política, el “Estado” también expresa una situación, algo que permanece dentro del cambio: la manera de ser o de estar políticamente. En un sentido amplio Estado es la 1 DE PINA VARA RAFAEL. DICCIONARIO DE DERECHO. 32ª ed. Ed. Porrúa. México. 2003. p.276. Neevia docConverter 5.1 manera de ser o de estar construida políticamente una comunidad humana. En un sentido vulgar, no científico, se dan dos amplias acepciones al Estado; por una parte se le considera como una estructura social y se refiere a preceptos parciales, a ficciones, tales como el pueblo. El segundo sentido amplio y vulgar del Estado es referirlo al fenómeno de poder del Estado sobre la sociedad y se hace referencia al gobierno. De acuerdo con Francisco Porrúa Pérez la definición analítica previa del Estado sería: "El Estado es una sociedad humana establecida en el territorio que le corresponde, estructurada y regida por un orden jurídico, que es creado, definido y aplicado por un poder soberano, para obtener el bien público temporal, formando una institución con personalidad moral y jurídica."2 Realizando un análisis de la definición anterior tenemos que: la sociedad humana está formada por las personas que viven en un lugar específico y que se relacionan unas con otras, formando distintos grupos sociales; como son en primer término la familia, que es el núcleo en el que se desarrolla el individuo. Conforme el ser humano crece su naturaleza le permite seguir asociándose en grupos más diversos, lo que también es fomentado por la sociedad en la que vive, a través de instituciones como son las escuelas, los clubes, etc. Estas agrupaciones son utilizadas por el hombre para conseguir un fin específico. Además el hombre también se asocia con sus semejantes de una manera más amplia, para que a través de su cooperación en sociedad, limitando voluntariamente sus libertades, estableciendo sus derechos y sus correlativas obligaciones constituya el grupo social denominado Estado. Al hacer esto se crean entre los individuos relaciones de tipo político. Lo anterior nos lleva al estudio de otro concepto de Estado, desde el punto 2 PORRÚA PÉREZ FRANCISCO. TEORÍA DEL ESTADO. 37ª ed. Ed. Porrúa. México. 2003. p.p.26-27. Neevia docConverter 5.1 de vista sociológico. 1.1.2 CONCEPTO SOCIAL DEL ESTADO. Para obtener el concepto social del Estado es necesario partir de su base, la cual está formada por una serie de hechos que constituyen relaciones humanas, las cuales a su vez están formadas por actos del hombre. El Estado desde este punto de vista está formado por el actuar de los hombres, lo que lo convierte en una creación humana, pero que es dinámica, cambiante, fluye a la par de los actos del hombre, los cuales son tan cambiantes como su estado anímico. Es en este momento que nos encontramos con que en este fluir existen hombres que tienen una relación de mando para con los demás, pero que a su vez tienen relaciones de subordinación para con otros, y de igualdad con unos más. Todas estas relaciones se dan dentro de un territorio común, que no es más que la superficie física donde se encuentra asentada esta sociedad. Debido a que la base del Estado es tan variable y mutable como lo son las relaciones humanas, es necesario fijar un criterio de unificación que nos permita concebir esas variables relaciones humanas como una unidad. El criterio que utilizaremos es el de la unificación en relación con el fin, el cual aplicado a nuestro tema nos indica que conociendo el fin de las relaciones humanas que estudiamos podemos agruparlas y entenderlas como una unidad. “Los mismos fines perseguidos por la comunidad de hombres que se agrupan políticamente los unifica, hace nacer una unidad colectiva o de asociación, y así, puede considerarse al Estado como unidad de asociación. Esta unidad está limitada por los fines que son peculiares al Estado; fuera de ellos, sólo encontramos al hombre en su individualidad Neevia docConverter 5.1 libre. Pero cuando se unifica con los demás persiguiendo un fin político, forma el Estado."3 "El Estado, a través del orden jurídico, da fuerza a las demás asociaciones que se encuentran dentro del mismo, e igualmente, en consecuencia, absorbe a los individuos que se encuentran dentro del radio de su poder. Entonces, este criterio teleológico, o de la finalidad perseguida, sí nos sirve como criterio unificador de la variedad de las relaciones humanas que se encuentran en la base del Estado; no obstante que tomadas aisladamente sean diferentes y varíen, tienen la nota esencial característica de estar encaminadas a la realización del mismo fin."4 En consecuencia el Estado es la unidad de asociación dotada originariamente del poder de dominación y formada por hombres asentados en un territorio. 1.1.3 CONCEPTO JURÍDICO DEL ESTADO. Para abordar este tema, es preciso auxiliarnos de la comparación que realiza el maestro Georg Jellinek, al utilizar el concepto de corporación para explicar al Estado desde el punto de vista jurídico, siendo éste sujeto de derecho al igual que la corporación, la cual está formada por hombres, los cuales constituyen una voluntad de asociación, cuya voluntad directora está asegurada por los miembros de la asociación misma. De esta manera nos damos cuenta de las características de la corporación, la cual busca un objetivo, a través de la voluntad de sus miembros, los cuales la dirigen a su voluntad y mejor entendimiento, para lograr un fin que es común a todos ellos. También es importante tomar en cuenta que el concepto de corporación es totalmente jurídico, por lo que no es perceptible en el 3 IBÍDEM. p.p. 195-196. 4 IBÍDEM. p. 196. Neevia docConverter 5.1 mundo real, se trata de una ficción jurídica para dotar a una asociación de personalidad jurídica. A continuación analizáremos la opinión de Porrúa Pérez quien también se refiere al concepto de corporación que explicamos anteriormente, para definir al Estado en los siguientes términos: "El concepto de Estado no es completo si no lo referimos al orden jurídico. El Estado se auto limita sometiéndose al orden jurídico que lo estructura y da forma a su actividad. El Estado es sujeto de derechos y deberes, es persona jurídica, y en este sentido es también una corporación ordenada jurídicamente. El sustrato de esta corporación lo forman hombres que constituyen una unidad de asociación, unidad que persigue los mismos fines y que perdura como unidad a influjo y por efecto del poder que se forma dentro de la misma. Esta personalidad jurídica del Estado no es una ficción; es un hecho que consiste en que el ordenamiento jurídico le atribuye derechos y deberes, que crean en el hombre la personalidad jurídica y en los entes colectivos la personalidad moral."5 Lo anterior nos lleva a la conclusiónde que el orden jurídico, al regular la actividad del Estado, es absolutamente necesario para que el Estado se rija de la manera más exacta a su observancia. En nuestro país encontramos dentro de este orden jurídico en primer término a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que es Ley Suprema; por lo que es de suma importancia identificar si el Estado está actuando más allá de las facultades que la Constitución le ha otorgado. De otra manera el Estado podría actuar de manera discrecional, y pasar por encima de los derechos individuales de las personas o actuar en beneficio de un individuo o grupo de individuos, en vez de realizar los fines para los que ha sido instituido. Más adelante analizaremos más a fondo a la Constitución, siendo 5 IBÍDEM. p. 197 Neevia docConverter 5.1 importante por el momento resaltar que los órganos del Estado, únicamente pueden actuar dentro de lo establecido por la ley. Como concepto jurídico define Jellinek al Estado como “ La corporación formada por un pueblo, dotada de un poder de mando originario y asentada en un determinado territorio; o, para aplicar un término muy en uso, la corporación territorial dotada de un poder de mando originario."6 1.2 ELEMENTOS DEL ESTADO. Para encontrar los elementos que conforman al Estado, seguiremos la doctrina de Porrúa Pérez, quien nos dice que es necesario complementar el concepto anterior de Jellinek, observando la realidad del Estado actual y en base a estas observaciones descubrir los componentes que integran el concepto de Estado. La enumeración de estas notas o elementos del Estado, en forma coordinada nos proporcionan la definición analítica del concepto de Estado, quedando de la siguiente manera: “El Estado es una sociedad humana, asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público temporal de sus componentes.”7 Ahora bien, procederemos al análisis de la definición anterior para sustraer los que serían los elementos del Estado: 6 JELLINEK GEORG. TEORÍA GENERAL DEL ESTADO. T.II. Ed. Oxford. México. 1999. p. 107 7 PORRÚA PÉREZ FRANCISCO. TEORÍA DEL ESTADO. 37ª ed. Ed. Porrúa. México. 2003. p.198. Neevia docConverter 5.1 La presencia de una sociedad humana. Un territorio, que es base permanente de esa sociedad. Un poder soberano, en el núcleo de esa sociedad. Un orden jurídico que es creado definido y aplicado, y además estructura a esa sociedad. Un fin común que está encaminado a la realización del bien público temporal. Además encontramos las siguientes características esenciales del Estado: Soberanía, como cualidad del poder, pero así mismo también del Estado. Personalidad moral y jurídica del Estado, capaz de tener derechos y obligaciones. Sumisión al derecho; el Estado se encuentra regulado en su estructura y funcionamiento por el orden jurídico. 1.2.1 ANÁLISIS DE LOS ELEMENTOS DEL ESTADO. Los elementos del Estado son tres: el territorio, la población y el poder. En este apartado nos referiremos a los elementos anteriores al Estado, esto es, los elementos que fueron indispensables para que el Estado surgiera, estos elementos previos o anteriores al Estado son un cierto número de hombres que viven en un territorio determinado. Por lo que nos referimos al elemento humano, indispensable para la conformación de cualquier Estado y en segundo término al territorio, que sea fijo y común a este grupo de hombres. Además encontramos como elemento del Estado al Poder, el cual reside en el pueblo y actúa dentro del territorio del Estado. 1.2.2 LA POBLACIÓN DEL ESTADO. Neevia docConverter 5.1 Analizaremos en primer término al elemento humano; esto es la población, el pueblo. Sin embargo ahora nos encontramos con el problema de definir y delimitar al pueblo, debido a que no todas las personas que habitan en el territorio de un Estado forman parte de él. Lo que nos lleva a analizar el concepto de nacionalidad, la cual refleja la pertenencia a un Estado o Estados determinados, ahora para conocer qué es lo que da este sentido de pertenencia a un Estado cabe tomar en cuenta los aspectos de las personas que se han reunido, y tenerlas como un conjunto buscando las características que les dan esa unidad, tales como; un lenguaje común, una raza, una religión, la búsqueda de un mismo fin, etc. Pero nos encontramos que cada caso es diferente. En la actualidad existen variedad de Estados que tienen una población que habla varios idiomas de manera indistinta, la libertad de culto permite que se profesen varias religiones y además actualmente encontramos países con variedad de razas de personas que conforman su población. Además existen personas originarias de un Estado que se adhieren a otro con objeto de buscar la consecución de los fines de ese Estado. A continuación se hará mención del concepto de Nación de Posada, que dice: Nación es forma, entre otras, de agrupación social, política, sociedad de sociedades, total o completamente producto de la historia, permanentemente establecida en territorio propio y formada merced a la unidad de raza, fusión de razas distintas o predominio de una, a la existencia de un idioma único o dominante y a la comunidad de intereses y de cultura, y que se expresa mediante una conciencia colectiva en la idea de la patria, en la aspiración o sostén de la autonomía y en la afirmación de la personalidad jurídica constituyendo el Estado. Cabe aquí analizar si Estado y Nación son lo mismo, si forman una dualidad. Gracias al estudio hecho de la doctrina de Porrúa Pérez, hemos Neevia docConverter 5.1 llegado a la conclusión de que debido a que la Nación no es sino una abstracción de las características especiales que distinguen a un grupo de hombres. Lo que la mantiene en el plano de un hecho social, que se encuentra en cada uno de los individuos que internamente se consideran pertenecientes y tienen conciencia de patria, lo que los identifica como miembros de una unidad que es la nación. Sin embargo la Nación no tiene la característica de ser persona moral, independiente de los individuos que la componen. No así el Estado que tiene personalidad moral y jurídica propia. Basándonos en lo anterior, cabe señalar que el vocablo que mejor expresa al elemento del Estado es el término “pueblo” el cual nos da idea de una historia común, una tradición y una misma cultura, que va mas allá de lo demográfico y nos presenta una idea más fuerte de unidad. Después de las anteriores reflexiones es preciso citar a González González, en su concepto de pueblo: ”El pueblo es congregación natural, anímica, esencialmente política, comunidad ordenada, basada en un orden que emana de él mismo que la autoridad sanciona; así, el pueblo es unidad ordenada según su propia naturaleza, por una autoridad que no es simplemente precepto rector, sino mas bien concertadora de fuerzas y asociaciones libres y voluntarias, por ello, la unidad del pueblo es complicada, porque inclina a integrarse en una progresión gradual de grupos menores, que lo estructuran en una multiplicidad de facetas, las cuales tienen que dar cumplida satisfacción a la naturaleza social del hombre”.8 1.2.3 EL TERRITORIO DEL ESTADO. 8 GONZÁLEZ GONZÁLEZ MA. DE LA LUZ. VALORES DEL ESTADO EN EL PENSAMIENTO POLÍTICO. 2ª ed. Ed. McGraw-Hill. México. 1997. p.221. Neevia docConverter 5.1 El Territorio, es el lugar físico donde estará ubicado el pueblo, este elemento es importante debido a que es decisivo para la formación y conservación del Estado.Cabe aclarar que el territorio es un elemento necesario para el Estado, sin importar su mayor o menor extensión, siempre y cuando el Territorio exista, para que se pueda desarrollar la vida de su pueblo y por lo tanto la existencia del Estado. Este territorio no es solamente el suelo donde se ubica la población sino que también se compone por la superficie terrestre, el subsuelo, la atmósfera y el mar territorial, comprendiendo en el mismo la plataforma continental, en los términos que marque el Derecho Internacional. Conocer lo anterior es de suma importancia debido a que una de las funciones del Territorio, es la de fijar límites físicos al ámbito de actividad de cada Estado; entonces ningún otro Estado puede aplicar su actuar dentro del territorio de otro, sin el permiso del Estado afectado, así como tampoco pueden existir dos Estados en el mismo territorio. Así se relaciona el Territorio para con otros Estados. Pero su función interna es indispensable para la vida de su pueblo, constituyendo el asiento físico de su población, la fuente fundamental de los recursos naturales que han de satisfacer las necesidades de su población. “El Estado, dentro de su territorio, está capacitado para vigilar a los habitantes que se encuentren dentro del mismo. El dominio de un espacio determinado le permite controlar a la población, le permite considerar a esa población, como población del mismo Estado.”9 El territorio de un Estado está regido por el Derecho Internacional, y el mismo Estado tiene el derecho de protegerlo en caso de alguna invasión de un Estado externo, al efectuar esta defensa puede ser que el Estado, logre conservar su territorio y seguir ejerciendo sus funciones, o puede ser que pierda su territorio, lo que significaría que ya no tendría donde hacer 9 PORRÚA PÉREZ FRANCISCO. TEORÍA DEL ESTADO. 37ª ed. Ed. Porrúa. México. 2003. p.279. Neevia docConverter 5.1 valer su poder, debido a que un nuevo Estado ocuparía su lugar, y sin un territorio donde cumplir su misión el Estado vencido desaparece, por lo que de su territorio también depende su independencia. Así se entiende la importancia del territorio, la cual se da debido a que actúa como un vínculo entre el pueblo y el poder. 1.2.4 EL PODER DEL ESTADO. A continuación analizaremos otro de los elementos constitutivos del Estado que es el Poder del Estado; debido a que todo Estado sin importar su extensión, riqueza, poder militar o político, necesariamente debe ejercer un poder, para lograr dar dirección, dirigiéndola a alcanzar los fines del Estado. El poder que ejerce un Estado es llamado poder de dominación, es un poder irresistible, debido a que puede mandar de un modo incondicionado y puede ejercitar la coacción para que se cumplan los mandatos. “El poder del Estado, cuantitativamente, es el resultado de todas las acciones políticamente relevantes, internas y externas, la suma de todas las energías o fuerzas internas de la organización y comprende tanto el núcleo que ejerce el poder en el Estado, a los que lo apoyan y a los que se oponen, como al poder constituyente. Cualitativamente se caracteriza por ser el poder supremo de dominación. El poder en el Estado comprende, por una parte, el poder originario o constituyente, que reside en el pueblo o en la nación, y el poder derivado o poder de autoridad, del que se encuentran investidos en conjunto los órganos o individuos para el cumplimiento de la actividad funcional del Estado. Por último, el poder del órgano, o poder de autoridad, es un poder Neevia docConverter 5.1 de dominación derivado, cuya esfera de actividad y competencia específica resulta determinada por el ordenamiento jurídico en la organización.”10 No debemos olvidar que el pueblo es el titular del poder político, sin embargo dicho poder es ejercido por una institución gobernante, ya que la realización del bien público postula la necesidad de una autoridad. Este bien público debe ser determinado en su contenido por dicha autoridad que deberá establecerlo y hacerlo cumplir a través de su poder de dominio, mientras que el pueblo deberá realizar las actividades correspondientes a su libertad controlada, así se logra entender la distinción entre gobernantes y gobernados. En el plano internacional la autoridad representa al Estado; pero la función primordial de la autoridad se enfoca en su aspecto interno, hacia el gobierno del propio Estado, que es la dirección general de las actividades de los ciudadanos en vista del bien público en todos sus aspectos y hacia su Administración; que es la función organizadora de los servicios públicos de dirección, ayuda y suplencia de la actividad de los particulares. Estas dos tareas se implican mutuamente. El Gobierno es imposible sin la administración y esta requiere un gobierno que asuma la dirección de los servicios públicos en qué consiste. 1.3 CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO. Habiendo estudiado los elementos que forman al Estado, constituyéndolo como una unidad, ya que, no obstante su naturaleza compleja es un ente único, nos damos cuenta que dicha unidad presenta diferentes características propias y especiales de la figura del Estado. Estas 10 CARLOS FAYT. DERECHO POLÍTICO. 4ª. ed. Ed. Abeledo Perrot. Buenos Aires. 1976. P. 218. Neevia docConverter 5.1 características o cualidades especiales constituyen los caracteres esenciales del Estado, son los rasgos que lo caracterizan y precisamente son esenciales ya que sin estos no se puede entender una sociedad estatal. 1.3.1 LA PERSONALIDAD MORAL DEL ESTADO. Una de las características más importantes del Estado, es que tiene personalidad moral. El diccionario de derecho De Pina Vara define a la persona moral de la siguiente manera: “Entidad formada para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a la que el derecho objetivo reconoce capacidad para tener derechos y obligaciones.” Y como personalidad: “Idoneidad para ser sujeto de derechos y obligaciones.”11 La personalidad del Estado lo hace apto para ser sujeto de derechos y obligaciones, es una realidad que debe armonizar la manera de ser del todo; por ello su personalidad es moral, diferente a los elementos que lo conforman, por tener una voluntad y un poder propios. Es a dicha personalidad a la que se le atribuyen los actos que el poder del órgano, o poder de autoridad cumple en el ejercicio de sus funciones; por ello el Estado acepta obligaciones y logra derechos los cuales no cambian por el hecho de que cambien los hombres que detentan el poder derivado; tiene una personalidad independiente de las personas que forman parte del mismo Estado. En este sentido, el Estado escapa a la percepción de nuestros sentidos, aunque si podemos percibir sus elementos o sus manifestaciones, no lo podemos palpar o identificar en la realidad exterior, es una ficción a la que 11 DE PINA VARA RAFAEL. DICCIONARIO DE DERECHO. 32ª ed. Ed. Porrúa. México. 2003. p.276. Neevia docConverter 5.1 la ley ha dotado de derechos y obligaciones, atribuyéndole una personalidad diferente a la de los hombres que lo integran. Estos derechos y obligaciones son cambiantes, de acuerdo a los tiempos, la cultura y las diferentes necesidades de la gente que se encuentra dentro de ese Estado, el cual irá evolucionando a fin de poder cumplir con su cometido, a través del ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. El Estado es persona jurídica, debido a que es reconocido por el ordenamiento jurídico vigente, por lo que puede intervenir en relaciones jurídicas, ostentándose con la calidad de sujeto de las mismas. Neevia docConverter 5.1 1.3.2 LA SOBERANÍA DELESTADO. La soberanía es un atributo del poder del Estado, y es precisamente el Estado, actualmente la institución o ente de mayor jerarquía, lo que representa un respeto a ese poder, a través de la soberanía, el cual es un concepto más que jurídico de naturaleza política, que ha evolucionado para convertirse en un concepto de índole jurídica. Es por eso que la jerarquía superior del Estado, aplica no sólo para el grupo humano que se encuentra dentro del mismo, sino también para otros grupos humanos e incluso Estados que sean externos a éste, de tal manera que no pueden inmiscuirse en asuntos internos del Estado en cuestión. La soberanía es una cualidad inherente al Estado, desde el momento en que forma parte de su misma naturaleza y de su propia realidad; se encuentra enfocada hacia la actividad estatal. “Existe jerarquía, y en lo alto de esta jerarquía, en la cúspide del poder, se encuentra la soberanía. La jerarquía de las órdenes, está determinada por la jerarquía de los fines. El fin más alto que le es dado alcanzar a una comunidad social, que es el bien público, sólo puede obtenerse empleando en el desarrollo de la actividad encaminada a conseguirlo un poder del mismo rango: un poder supremo. Neevia docConverter 5.1 El poder soberano corresponde al Estado en vista del bien público, que le incumbe realizar, tiene su fundamento y su potencia derivados de esa finalidad. Pero, a la vez, su competencia se encuentra delimitada por el marco impuesto, igualmente, por su fin específico. “12 Cabe aclarar que el Estado es soberano sólo dentro del campo mismo de la esfera en que debe desarrollar su actividad, más allá de esta esfera no puede existir la soberanía. El delimitar esta esfera de acción del Estado no ha sido fácil, y sin una clara delimitación es difícil apreciar si un Estado se encuentra ejerciendo su soberanía o por el contrario se encuentra invadiendo la esfera de otro Estado. 1.3.3 EL ESTADO Y EL DERECHO. El Estado es un ente complejo que presenta diversos aspectos; entre estos se encuentra un conjunto de hombres produciendo, creando y definiendo un orden jurídico. En consecuencia el Estado y el Derecho se encuentran en una relación de todo a parte. El Derecho es una de las partes sustanciales del Estado, porque no se concibe a éste sin Derecho, ni al Derecho como realidad positiva separándolo del Estado dentro de una realidad existencial, ya que son paralelos. El papel que desempeña el Derecho dentro del Estado, es encauzar al Estado en sus funciones dentro de un sistema normativo. El Derecho limita al Estado, pues regula las instituciones de éste y el funcionamiento de las 12 PORRÚA PÉREZ FRANCISCO. TEORÍA DEL ESTADO. 37ª ed. Ed. Porrúa. México. 2003. p. 362. Neevia docConverter 5.1 mismas. Lo que viene a constituir una autolimitación del Estado, pues es él, el creador del Derecho. Al unir al Estado con el Derecho, tenemos al Estado de Derecho, que es el Estado moderno. Enmarcando a la soberanía de una manera objetiva, existen límites que provienen de la misma naturaleza del Estado, que se derivan de su fin y su misión, estos límites son establecidos, son precisados por el Derecho, al cual el Estado se encuentra sujeto y al que no puede renunciar sin apartarse de su misma constitución esencial. “Si por Derecho se entiende una norma superior que se imponga al Estado en virtud de su propio valor, norma superior que se deriva del Derecho natural, sea una regla de Derecho, o bien, provenga esa norma del bien público, sin lugar a dudas afirmamos que el Estado está sometido al Derecho. Toda su actividad ha de desarrollarse precisamente dentro de los canales señalados por esas normas, como una manera de ser que deriva de su naturaleza.”13 1.4 LAS FUNCIONES DEL ESTADO. El Estado constituye una organización social, está dotado en su realidad de un conjunto institucional de estructuras jurídico políticas. Esas estructuras serán el objeto de estudio de este tema. Los actos de los gobernantes que detentan el poder derivado, en el ejercicio de sus funciones, no son considerados como actos individuales de éstos, sino como actos que emanan de la voluntad del Estado, y que realiza el Estado mismo en el ejercicio de sus funciones. Por lo tanto la 13 IBÍDEM. p. 375. Neevia docConverter 5.1 actividad del Estado se manifiesta a través de la actuación de sus gobernantes, que actúan dentro de la estructura del Estado, más precisamente a través de los órganos del Estado que son estructuras que tienen la misión de llevar a cabo la actividad estatal. Estos órganos en su conjunto integran el gobierno y la administración del Estado, y tienen diferentes categorías, así como diversa función y por lo tanto también tienen diferente estructura, atendiendo a su función. Una construcción tan complicada como la del Estado, puede ser considerada desde distintos puntos de vista, y por esto es válido someterla a diversas clasificaciones, atendiendo a los diferentes fenómenos como también a las funciones de los órganos. La estructura del Estado se compone de órganos, por el hecho de que constituye un ser de esa naturaleza, y que se caracteriza por estar estructurado de forma organizada, compuesto por una pluralidad de órganos. Para su clasificación han sido divididos en: órganos inmediatos y órganos mediatos. En el Estado, de manera necesaria, existen unos órganos cuya naturaleza es de tal orden que determinan la existencia del Estado, estos órganos son denominados inmediatos; porque su carácter de órganos es una consecuencia inmediata de la constitución de la asociación misma que es el Estado. La actividad del Estado sólo puede tener lugar, sólo puede manifestarse por medio de estos órganos inmediatos. Los órganos inmediatos pueden ser formados por grupos de personas físicas con atributos de poder, derivado directamente de la misma Constitución como en el Estado Mexicano, los titulares del poder ejecutivo o del poder legislativo. La calidad de órganos inmediatos queda fijada por el orden jurídico estructural del Estado, que fija las condiciones de elección o de sucesión en el poder, constituyendo la institución misma y dando vida a esos órganos del Estado. Neevia docConverter 5.1 Los órganos inmediatos se pueden clasificar en: creadores y creados, primarios y secundarios, dependientes e independientes, normales o extraordinarios; en función de su relación con los demás órganos o la función que desempeñan. Los órganos inmediatos presentan una característica fundamental y es que no están sometidos al poder de mando de otro órgano en el ejercicio pleno de las funciones que le son propias. Son órganos mediatos del estado aquellos cuya situación no proviene de un modo inmediato de la Constitución, sino en una comisión individual. Estos órganos son responsables y están subordinados a un órgano inmediato de una manera directa o indirecta. El orden jurídico se encarga de precisar la estructura de los órganos y definir los derechos y las obligaciones de las personas físicas a quienes se atribuye la titularidad de sus funciones. Estos titulares no se confunden con el órgano mismo cuyas funciones desarrollan. Para un recto funcionamiento de los órganos del Estado, es preciso que su actividad sea coordinada y ordenada en atención a dos principios: la competencia y la jerarquía. La competencia es la esfera particular de atribuciones que corresponde a cada órgano, el orden jurídico se encarga de delimitar las respectivas esferas de competencia de los órganos. La jerarquía se entiende como el ordenamiento por grados de varios órganos diferentes de acuerdo con sus competencias especificas, subordinados los unos a los otros con objeto de coordinar suactividad en vista del fin unitario del Estado, disciplinándose así los poderes y los deberes. No se concibe un Estado sin jerarquía, ni ésta sin obediencia. La jerarquía significa la obediencia de una autoridad respecto de otra de grado superior. Este deber de obediencia no es absoluto, si no que tiene límites los cuales están establecidos en la legislación del Estado. Neevia docConverter 5.1 “Para poder realizar sus fines, el Estado tiene que actuar, tiene que desarrollar su actividad, la cual fundamentalmente corresponde a su estructura orgánica. Esa actividad se desarrolla de acuerdo con el contenido propio de las funciones atribuidas a sus órganos inmediatos, y así en la vida del Estado encontramos las siguientes funciones fundamentales: En toda organización estatal tiene que existir una actividad encaminada a formular las normas generales que deben, en primer término estructurar al Estado, y en segundo término, reglamentar las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, y las relaciones de los ciudadanos entre sí; esto es la función legislativa. La función jurisdiccional está encaminada a tutelar el ordenamiento jurídico definiendo la norma precisa que aplicar en los casos particulares. La tercera función esencial del Estado es actuar promoviendo la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos y fomentando el bienestar y el progreso de la colectividad. Se trata de la función administrativa en la cual se encuentra comprendida la función gubernamental o de alta dirección del Estado.”14 “La función legislativa es definida por Groppali como: la actividad del Estado que tiende a crear el ordenamiento jurídico y que se manifiesta en la elaboración y formulación, de manera general y abstracta, de las normas que regulan la organización del Estado, el funcionamiento de sus órganos, las relaciones entre el Estado y ciudadanos y las de los ciudadanos entre si.”15 “La función legislativa se divide en: función legislativa ordinaria y función legislativa constituyente. La primera produce legislación ordinaria, que 14 IBÍDEM. p. 392. 15 IBÍDEM. p. 398. Neevia docConverter 5.1 regula las relaciones de los particulares entre sí, o regula la estructura de los órganos mediatos del Estado. La segunda se da cuando su objetivo consiste en la elaboración de las normas que han de regir la estructura fundamental del Estado.”16 La función jurisdiccional es la actividad del Estado encaminada a tutelar el ordenamiento jurídico, está dirigida a obtener en los casos concretos la declaración del derecho y la observación de la norma jurídica pre- constituida, mediante la resolución con base en la misma, de las controversias que surjan por conflictos de intereses, tanto entre particulares como entre estos y el poder público, y mediante la ejecución coactiva de las sentencias. La función administrativa se dirige a satisfacer una necesidad concreta o a obtener el bien o la utilidad que la norma jurídica deba garantizar. El objeto de la administración pública es la satisfacción de los intereses colectivos. Lo característico de los actos administrativos es un obrar, a través de actos administrativos que son siempre de naturaleza revocable. Esta función administrativa tiene por contenido fundamental las actividades del poder ejecutivo, que son complejas, y comprende la actividad propiamente ejecutiva, y la función gubernamental o administrativa, que cuida de los asuntos del Estado y tiende a la satisfacción de los intereses y necesidades de la colectividad. Corresponde también al poder ejecutivo la función política de coordinación de los varios poderes del gobierno y la alta dirección del Estado. 1.5 LOS FINES DEL ESTADO. 16 IBÍDEM. p. 399. Neevia docConverter 5.1 “El maestro Jellinek dice a este respecto, que el Estado está justificado para hoy y para el futuro, es que existe en él la exigencia de que ha de acompañarlo en su vida un contenido material justificable; el Estado en su forma concreta, en la variedad de sus manifestaciones, sólo aparece justificado mediante los fines que ejecuta.”17 Esto significa que el Estado se justifica porque las notas que se encuentran en su naturaleza tienen validez permanente, por lo que el Estado se justifica, si su actividad se dirige hacia la obtención de la teleología peculiar que especifica su realidad. Uno de los fines más importantes del Estado, consiste en que debe lograr la conservación del bienestar de los individuos. Desde luego el Estado tiene ciertas limitaciones para lograrlo, las que analizamos a continuación: “La simple reflexión psicológica nos enseña que el Estado no puede producir nada que sea obra de la vida interior humana como la moralidad, el arte o la ciencia; porque el Estado sólo dispone de medios exteriores; lo que sí puede hacer éste, es darles condiciones exteriores favorables bajo las cuales puedan desenvolverse esas actividades vitales, que son completamente independientes de él. Tampoco puede el Estado dominar la vida física, no le es posible ofrecer a su pueblo salud o longevidad, pero en cambio si puede favorecer todas estas exigencias mediante medidas positivas o negativas. Finalmente, le es imposible producir bienes económicos directamente, sólo puede suprimir obstáculos que dificulten la actividad económica. Si el Estado sobrepasa estos límites, que son los suyos naturales, entonces puede él solo obrar como un freno. 17 IBIDEM. p. 446. Neevia docConverter 5.1 El círculo de la actividad esencial del Estado, sólo puede pues, encontrarse en aquello que atañe a las acciones humanas comunes y extrínsecas y de lo que con ellas pueda alcanzarse.”18 La soberanía se opone a la intervención de poderes extranjeros, dentro de la esfera jurisdiccional del Estado. Entonces un fin esencial del Estado es realizar esa defensa internacional, debe mantener la independencia. Esta finalidad indiscutiblemente justifica al Estado. La actividad del Estado, debe encaminarse hacia la conservación de la paz, del orden en el interior, debido a que es indispensable para la convivencia armónica de los seres humanos. Es por esto que como actividad que corresponde exclusivamente al Estado, hay que considerar la protección de la comunidad y sus miembros, y por consiguiente, la defensa del territorio contra todo ataque exterior. Esta actividad y el fin que la motiva jamás han faltado al Estado. Además se considera como fin de todo Estado independiente, el sostenimiento y el aumento de su prestigio internacional. Los medios de que se sirve el Estado para realizar estos fines son el sostenimiento de las fuerzas armadas del ejército, que es el principal guardián y protector del Estado, tanto en su interior como en su exterior, también se hace uso de las fuerzas policiacas para mantener el orden necesario. Por lo que estas finalidades justifican al Estado. El Estado debe establecer un orden jurídico, a través del cual se propone el mantenimiento de los bienes individuales y sociales más importantes. El poder, la seguridad y el derecho concebidos como fin, tienen necesidad del Estado para extender su actividad sobre las funciones inmediatas con 18 JELLINEK. Op. cit. p. 148. Neevia docConverter 5.1 que pueden satisfacerse estos fines. Es necesario ante todo pensar en crear los medios económicos para dar cumplimiento a tales fines. Toda actividad del Estado tiene un fin último, que es cooperar a la evolución progresiva; en primer lugar de sus miembros, no sólo actuales sino futuros, y además colaborar a la evolución de la especie, haciendo más presente la conciencia de la solidaridad enlos pueblos. “Si sintetizamos los fines particulares de que hemos hablado resulta lo siguiente: que el Estado ha de hacer de la afirmación de su propia existencia, de la seguridad y el desenvolvimiento de su poder, establecer el derecho y ampararlo, y favorecer a la cultura, problemas que sólo a él corresponden. El pensamiento que dirige la determinación de este fin, se encuentra en el reconocimiento de que toda organización conforme a un plan encaminada a atender los intereses solidarios del pueblo, en tanto que haya menester de una dirección central y pueda ser satisfecha su necesidad por medios exteriores, sólo es posible que sea llevada a cabo por los grandes factores sociales dotados de los más altos medios de poder o sea, precisamente, el Estado. Estos fines se dividen en exclusivos del Estado y concurrentes; conforme a los cuales, las funciones que le corresponden, en el primer caso son exclusivas del Estado, y en el otro sólo son compartidas por él.”19 Hay, pues, tres géneros de intereses solidarios, de los cuales ha de cuidar el Estado, a saber: individuales, nacionales y humanos. Desde el punto de vista de la justificación teleológica, el Estado tiene para nosotros hoy, el carácter de asociación de un pueblo, poseedora de una personalidad jurídica soberana que de un modo sistemático y centralizador, valiéndose de medios exteriores, favorece los intereses solidarios individuales, nacionales y humanos en la dirección de una evolución progresiva y común. 19 IBÍDEM. p. 156. Neevia docConverter 5.1 CCAAPPÍÍTTUULLOO IIII FFUUNNDDAAMMEENNTTOOSS CCOONNSSTTIITTUUCCIIOONNAALLEESS CCOONNCCEERRNNIIEENNTTEESS AA LLAA IINNVVEESSTTIIGGAACCIIÓÓNN.. Por la propia naturaleza de esta investigación, existen preceptos Constitucionales que es necesario estudiar, ya que son el fundamento supremo, que le dan fuerza a las instituciones del Estado y al Estado mismo, estructuran su funcionamiento y dictan como se ha de regir y dirigir el Estado en las tareas que le son propias. A continuación se cita parte de los preceptos de nuestra Carta Magna, que es Ley suprema de toda la Unión, y que se encuentran relacionados con esta investigación, por lo que son de importancia primordial y de gran interés para el correcto desarrollo de nuestro estudio. Cabe aclarar que no se estudiarán en su totalidad los preceptos constitucionales, sino únicamente en lo que estén relacionados con el presente estudio, realizando un breve análisis de cada uno. 2.1 PARTE DOGMÁTICA. 2.1.1 DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES. A) Artículo 13. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Neevia docConverter 5.1 Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda. Claramente este artículo Constitucional, establece la restricción de que toda remuneración por servicios públicos debe estar fijada en la ley; estableciendo la prohibición de que el Estado otorgue emolumentos o compensaciones sino están expresamente previstas en una ley, aplicable al caso concreto. En el caso de las pensiones vitalicias que estudiamos, su origen se encuentra en un decreto presidencial, que de ninguna manera se puede confundir con una Ley, sin embargo éstas se otorgan por voluntad del Titular del Poder Ejecutivo en turno, como veremos mas adelante. B) Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución. Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación. El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el Artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan. Asimismo podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo. Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las Neevia docConverter 5.1 modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente. La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios. La ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, en los términos que establece esta Constitución. Este precepto Constitucional, le confiere la obligación al Estado de lograr un desarrollo nacional, que sea integral y sustentable, y expresa como medio de consecución de este objetivo, el fomento del crecimiento económico, el empleo y una justa distribución del ingreso y la riqueza; sin embargo existe una clara inequidad, entre las pensiones que reciben los servidores públicos al servicio del Estado y las pensiones vitalicias que les son otorgadas a los ex mandatarios, al concluir su periodo de 6 años como titulares del Ejecutivo Federal, las cuales no tienen punto de comparación con ninguna otra pensión que sea otorgada por la prestación de servicios públicos, a algún otro funcionario al servicio del Estado. Neevia docConverter 5.1 2.2 PARTE ORGÁNICA. 2.2.1 DE LOS MEXICANOS. A). Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Este artículo nos interesa en virtud de que, como se sabe, todos los mexicanos tenemos la obligación de contribuir al gasto público, de manera proporcional y equitativa; por lo tanto, los mexicanos proporcionamos y aseguramos el sostenimiento económico del Estado, de sus instituciones y de las actividades que realiza, mas sin embargo, cabe preguntarse si este precepto Constitucional tiene alcances más allá de esta esfera, llegando incluso a establecer una obligación de asegurar un alto nivel de vida para el funcionario público de mayor jerarquía, aun después de que haya terminadosu mandato, y para el resto de su vida, y más aun haciendo este beneficio extensible a su viuda, para después de su muerte. Cierto es que existe la obligación del Estado de proteger a las personas, que después de una vida de servicio, su condición física va menguando, y tienen una dificultad para allegarse los medios para su manutención, por lo que se les otorga una pensión para ayudar a su diario sostenimiento, mas sin embargo existe una innegable diferencia entre esto y asegurar un alto nivel de vida, proporcionando todos los medios necesarios para que un ser humano no se preocupe del aspecto económico por el resto de su vida. Esta situación se ve agravada debido a que el ciudadano mexicano, después de haber cumplido durante toda su vida con esta obligación que le impone la Constitución, esas contribuciones sirvan para asegurar la calidad Neevia docConverter 5.1 de vida de otra persona, mientras que él se encuentra prácticamente desamparado en la etapa final de su vida, tratando de sobrevivir con una mísera pensión, que no es suficiente para satisfacer las necesidades básicas de un ser humano. Traduciéndose lo anterior en una flagrante injusticia en contra del pueblo mexicano. 2.2.2 DE LOS CIUDADANOS MEXICANOS. A). Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años, y II. Tener un modo honesto de vivir. B). Artículo 35. Son prerrogativas del ciudadano: II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley; C). Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República: IV. Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los Estados, que en ningún caso serán gratuitos; Los artículos constitucionales anteriores, fijan quienes tienen la calidad de ciudadanos y sus prerrogativas. Según el principio de igualdad consagrado en la Carta Magna, se debe tratar iguales a los iguales, por lo tanto todos los ciudadanos son iguales, y deben ser tratados de igual manera, entonces se viola este principio cuando el Presidente de la República deja su cargo y se convierte en un ciudadano más de la nación, sin embargo no es tratado como al resto de los ciudadanos ya que el Gobierno se encarga de su manutención, allegándole recursos, tanto económicos como humanos, para satisfacer sus necesidades y aun mas sus lujos. Neevia docConverter 5.1 La Constitución nos establece, que los cargos de elección popular serán remunerados, para lo que se establecen otras leyes secundarias, que tienen por objeto regular dicha remuneración, mas sin embargo actualmente no existe una ley que regule las pensiones vitalicias que reciben los ex presidentes de la República, por lo que éstas se encuentran fuera de la normatividad. 2.2.3 DE LA SOBERANÍA NACIONAL Y DE LA FORMA DE GOBIERNO. A). Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. Este artículo hace referencia a que el Poder Público se instituye para beneficio del pueblo, por lo que podemos argumentar, que en efecto se debe utilizar para el beneficio del pueblo en general y no de un grupo social o de un individuo en particular. B). Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental. Neevia docConverter 5.1 Analizando el artículo 39 como el artículo 40 constitucional, es evidente que al crearse el Estado mexicano en forma republicana federal, por voluntad del pueblo, se le ha dado a esa organización una finalidad única en beneficio del pueblo. Como el Estado persigue un solo objetivo, tiene personalidad propia y exclusiva, sin menoscabo de la que caracteriza a las entidades federativas en lo relativo a sus regímenes interiores. 2.2.4 DE LA DIVISIÓN DE PODERES. A). Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo en el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar. Los términos del artículo 49 constitucional recogen la tradición que data desde nuestros primeros ordenamientos constitucionales surgidos del movimiento de independencia y, específicamente, lo previsto en el artículo 9 del Acta Constitutiva de la Federación. De acuerdo con nuestra Constitución, el “Supremo Poder de la Federación”, es decir, el poder público del Estado Federal mexicano, se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El conjunto de competencias asignadas a los órganos federales mencionados es el “Supremo Poder de la Federación”. 2.2.5 DEL PODER LEGISLATIVO. Neevia docConverter 5.1 A). Artículo 50. El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores. 2.2.6 DE LAS FACULTADES DEL CONGRESO. A). Artículo 73. El Congreso tiene facultad: VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto. X. Para legislar en toda la República sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, industria cinematográfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos, intermediación y servicios financieros, energía eléctrica y nuclear y para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123; XI. Para crear y suprimir empleos públicos de la Federación y señalar, aumentar o disminuir sus dotaciones. XIV. Para levantar y sostener a las instituciones armadas de la Unión, a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Nacionales, y para reglamentar su organización y servicio. XV. Para dar reglamentos con objeto de organizar, armar y disciplinar la Guardia Nacional, reservándose a los ciudadanos que la forman, el nombramiento respectivo de jefes y oficiales, y a los Estados la facultad de instruirla conforme a la disciplina prescrita por dichos reglamentos. XXIV. Para expedir la Ley que regule la organización de la entidad de fiscalización superior de la Federación y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales; XXIX-H. Para expedir leyes que instituyan tribunales de lo contencioso- administrativo, dotados de plena autonomía para dictar sus fallos, y que tengan a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública federal y los particulares, así como para imponer sanciones a los servidores públicos por responsabilidad administrativa que determine la ley, estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento, los procedimientos y los recursos contra sus resoluciones; Neevia docConverter 5.1 XXX. Para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión. Este artículo Constitucional nos marca que el Congreso de la Unión es el órgano competente para crear, eliminar o modificar las pensiones vitalicias que reciben los ex presidentes de nuestro país. Sin embargo, se trata de un tema quepor su propia naturaleza y el manejo que se le da a la política y las influencias en nuestro país; se ha dificultado su análisis. Incluso lo faculta para fincar la responsabilidad administrativa y la sanción correspondiente a los servidores públicos. B). Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados: II. Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la entidad de fiscalización superior de la Federación, en los términos que disponga la ley; IV. Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo, así como revisar la Cuenta Pública del año anterior. El Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, debiendo comparecer el secretario de despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. La Cámara de Diputados deberá aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de noviembre. Cuando inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, el Ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 15 del mes de diciembre. No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias, con ese carácter, en el mismo presupuesto; las que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del Presidente de la República. La revisión de la Cuenta Pública tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los Neevia docConverter 5.1 criterios señalados por el Presupuesto y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas. Para la revisión de la Cuenta Pública, la Cámara de Diputados se apoyará en la entidad de fiscalización superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la Ley. La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión dentro de los diez primeros días del mes de junio. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos, así como de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven; V. Declarar si ha o no lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delito en los términos del artículo 111 de esta Constitución. Conocer de las imputaciones que se hagan a los servidores públicos a que se refiere el artículo 110 de esta Constitución y fungir como órgano de acusación en los juicios políticos que contra éstos se instauren. VI. Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas. La revisión de la Cuenta Pública la realizará la Cámara de Diputados a través de la entidad de fiscalización superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la Ley. En el caso de la revisión sobre el cumplimiento de los objetivos de los programas, dicha entidad sólo podrá emitir las recomendaciones para la mejora en el desempeño de los mismos, en los términos de la Ley. La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada a la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril del año Neevia docConverter 5.1 siguiente. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación en los términos de la fracción IV, último párrafo, de este artículo; la prórroga no deberá exceder de 30 días naturales y, en tal supuesto, la entidad de fiscalización superior de la Federación contará con el mismo tiempo adicional para la presentación del informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública. La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 30 de septiembre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del informe del resultado de la entidad de fiscalización superior de la Federación, a que se refiere el artículo 79 de esta Constitución, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la entidad de fiscalización superior de la Federación, seguirá su curso en términos de lo dispuesto en dicho artículo. La Cámara de Diputados evaluará el desempeño de la entidad de fiscalización superior de la Federación y al efecto le podrá requerir que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización; Aunque el monto destinado a las pensiones materia de nuestro estudio, debería estar claramente especificado dentro del presupuesto de egresos, específicamente en el apartado de pensiones, este aparece en ceros. Lo que va en contra de la naturaleza misma de este documento. Por lo tanto pudiera ser que los fondos con los que son provistas las pensiones vitalicias, se encuentren encubiertos en algún otro rubro, o se contengan en alguna partida secreta de las que hace mención el artículo anterior. Lo cierto es que el beneficio económico se sigue otorgando, tan es así que los mismos ex presidentes han aceptado públicamente recibir estas pensiones vitalicias. Tampoco es claro, como es que al realizarse la revisión de la cuenta pública, no sale a relucir el gasto millonario que se hace en estas pensiones. Lo que es seguro es que se trata de no darles transparencia, para que el pueblo mexicano no se entere de las características de estas pensiones. C). Artículo 75. La Cámara de diputados, al aprobar el presupuesto de egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un Neevia docConverter 5.1 empleo que este establecido por la ley; y en caso de que por cualquiera circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en el presupuesto anterior o en la ley que estableció el empleo. El artículo que precede, es una disposición que busca proteger los derechos adquiridos de un servidor público, que por alguna razón o circunstancia se omitiera fijar la correspondiente retribución en el presupuesto de egresos, por lo que, de no aparecer en el presupuesto actual, protege ese empleo a través de las medidas señaladas. Lo anterior limita a la Cámara de Diputados, ya que al no incluir un empleo establecido en ley, en el presupuesto, este quedaría sin fondos para cubrir dicho gasto, lo que ocasionaría la desaparición de esa plaza, facultad que como hemos visto pertenece al Congreso, como lo dicta el artículo 73, fracción XI. 2.2.7 DEL PODER EJECUTIVO. A). Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominara "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos". Este artículo
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