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División de Ciencias Sociales y Administrativas Contrato de arrendamiento HABITACIÓN Contrato de arrendamiento respecto del “inmueble ubicado en __________ que celebran por una parte ___________, a quien en lo sucesivo se le denominará como “EL ARRENDADOR”, y por la otra parte _______________ a quien en lo sucesivo se le denominará como “EL ARRENDATARIO”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas: D E C L A R A C I O N E S DECLARA “EL ARRENDADOR” A) Que es legítima propietaria y pacífica poseedora del inmueble objeto del presente contrato. B) Que está dispuesta a dar en arrendamiento “El inmueble” objeto del presente contrato, de acuerdo a los términos y condiciones del presente contrato. DECLARA “EL ARRENDATARIO” A) Que es su deseo tomar en arrendamiento el inmueble referido en la primera declaración. 1. DECLARA “EL FIADOR” A) Ser una persona física con plena capacidad jurídica y económica para obligarse en los términos del presente contrato. B) Que es su deseo constituirse en fiador y deudor solidario de todas y cada una de las obligaciones contraídas por “EL ARRENDATARIO” en virtud del presente contrato. C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “EL ARRENDADOR” concede a “EL ARRENDATARIO” el uso temporal del inmueble ubicado en ____________; colonia ___________; delegación ___________; código postal _______, Distrito Federal, número de cuenta predial_________, en buen estado y a su entera satisfacción, con el fin de usarlo como casa habitación. División de Ciencias Sociales y Administrativas Contrato de arrendamiento SEGUNDA.- RENTA: “EL ARRENDATARIO” pagará a “EL ARRENDADOR” por concepto de renta en forma mensual la cantidad de $________ (________ 00/100 M.N.), por adelantado los primeros ____ días de cada mes. TERCERA.- DURACIÓN. El presente contrato tendrá una duración de ____ año para ambas PARTES, contados a partir del día ____ de octubre del año 2005 al ______ de _________de 2006. Para el caso de que haya concluido el término forzoso de este contrato de arrendamiento, el mismo tendrá el carácter de voluntario para los contratantes, y sólo podrá darse por terminado previo aviso que en forma personal e indubitable haga EL ARRENDADOR a EL ARRENDATARIO para que un término de 15 (quince) días se desocupe el inmueble, renunciando los contratantes al término establecido en el artículo 2478 del Código Civil, y si llevándose a cabo por la parte ARRENDADORA el aviso antes mencionado, EL ARRENDATARIO no lo cumple dentro del término establecido, pagará como pena convencional por tal incumplimiento el importe de un mes de renta CUARTA.- PLAZO FORZOSO. El presente contrato tendrá una duración forzosa de un año para EL ARRENDATARIO, en caso de que no sea respetada por cualquier circunstancia “EL ARRENDATARIO” y en su caso “EL FIADOR” como solidario responsable, pagarán el cien por ciento de las mensualidades de renta restantes a completar el término forzoso del arrendamiento, y pactando los contratantes que la infracción a lo estipulado en esta cláusula ocasionará una pena convencional del importe de un mes de renta). QUINTA.- LUGAR Y FORMA DE PAGO La renta deberá ser cubierta por “EL ARRENDATARIO” por mensualidades adelantadas dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, en el domicilio de “EL ARRENDADOR” ubicado _________ _________. La falta de pago puntual de las rentas causará intereses moratorios del 5% por ciento mensual sobre saldos insolutos y en caso de falta de pago absoluto de una o más rentas, el “ARRENDATARIO” pagará a la parte “ARRENDADORA” el importe de un mes de renta como pena convencional por dicho incumplimiento, y siendo además tal conducta, causa de rescisión del contrato. División de Ciencias Sociales y Administrativas Contrato de arrendamiento Conviene expresamente “EL ARRENDATARIO” en que todo mes de arrendamiento es forzoso y que lo pagará íntegro aun y cuando únicamente ocupe la localidad un solo día y que por falta de pago de dos o más mensualidades, podrá “EL ARRENDADOR” solicitar su desocupación, rescindiendo el contrato. “EL ARRENDATARIO” en ningún caso y por ningún concepto podrá retener parte o la totalidad de la renta a su cargo, sino que la pagará íntegramente, en el plazo estipulado. SEXTA.- DESTINO DE LA LOCALIDAD “EL ARRENDATARIO” no podrá hacer otro uso de la localidad arrendada más que para el de casa habitación, tal y como se mencionó en la primera cláusula del presente instrumento, la violación a esta cláusula ocasionará una pena convencional de un mes de renta, así como la rescisión del contrato. Para los efectos del artículo 2448 “H” del Código Civil para el Distrito Federal, EL ARRENDATARIO declara que vivirá con su familia. SÉPTIMA.- MODIFICACIONES A LA LOCALIDAD. “EL ARRENDATARIO” no podrá sin consentimiento expreso de EL ARRENDADOR y dado por escrito, variar la forma de la localidad arrendada. Una vez autorizadas las modificaciones, las partes acuerdan que todas las mejoras, remodelaciones y demás que realice “EL ARRENDATARIO” serán a beneficio del inmueble y corriendo a costa de este último los gastos inherentes a estos trabajos, no existiendo obligación para “EL ARRENDADOR” de contribuir para tales efectos. OCTAVA.- GARANTÍA Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas por “EL ARRENDATARIO”, éste se obliga a dejar en depósito la cantidad correspondiente a un mes de renta siendo esta cantidad de $______ (____________ pesos 00/100 M.N.), misma que le será devuelta una vez de haberse comprobado la total liquidación de las obligaciones a su cargo, tales como agua, luz, teléfono y demás servicios, debiéndose constatar que no se produjeron daños a la propiedad, salvo los de uso normal. El depósito se incrementará en el porcentaje de la renta. NOVENA.- FIADOR. División de Ciencias Sociales y Administrativas Contrato de arrendamiento También para seguridad y garantía en el cumplimiento de todo lo estipulado en el presente instrumento, las persona física de nombre ____________, con domicilio en ______ No. _____, colonia_____, código postal_____, delegación__________, México, Distrito Federal, se constituyen como obligados solidarios de todas y cada una de las obligaciones contraídas por “EL ARRENDATARIO”, para lo cual da en garantía el inmueble ubicado en ___________ No. ____, colonia_________, código postal________, delegación_________, México, Distrito Federal, según escritura número ______ de fecha______ de______ otorgada ante la fe del Notario Público No______, Lic. ___________, haciendo todas las renuncias de los beneficios de orden y excusión. No cesando la responsabilidad del “FIADOR” sino hasta cuando el “ARRENDADOR” se dé por bien recibida físicamente de la localidad arrendada y de todo cuanto se le debe por virtud de este contrato y subsistiendo para el fiador los aumentos de renta anual pactados en este contrato. DÉCIMA.- ENTREGA DEL INMUEBLE “EL ARRENDATARIO” conviene en que el inmueble aquí descrito objeto de este contrato, lo recibe en buen estado, en perfectas condiciones de uso y a su entera satisfacción, incluidas las instalaciones sanitarias, eléctricas y demás necesarias para el uso propio. Igualmente, se compromete a devolver el inmueble en el mismo estado en que lo recibe con el deterioro normal del uso de la localidad materia de este acuerdo de voluntades. “EL FIADOR” en caso de que el “ARRENDATARIO “desaparezca podrá hacer entrega del inmueble materia del presente instrumento al “ARRENDADOR” DÉCIMA PRIMERA.-RESTRICCIONES. Así también, queda prohibido el “ARRENDATARIO” introducir al inmueble dado en arrendamiento, sustancias o materiales peligrosos que puedan ocasionar explosiones y/o incendios, así como también queda prohibido introducir todo tipo de animales, y la violación de esta cláusula será causa de rescisión del presente contrato y ocasionándose, también, por tal violación un pena convencional de un mes de renta . División de Ciencias Sociales y Administrativas Contrato de arrendamiento DÉCIMA SEGUNDA.- SERVICIOS “EL ARRENDATARIO” se obliga a pagar los servicios de energía eléctrica, aseo y cuidado, agua y demás servicios que existan en la localidad arrendada, aun cuando dichos servicios se soliciten a nombre de persona diversa y por su parte el fiador también se constituye en solidario y mancomunado responsable de “EL ARRENDATARIO”, entregando el recibo original y/o copia del comprobante de pago a “EL ARRENDADOR” por meses vencidos, quedando a cargo de “EL ARRENDADOR” el pago del impuesto predial anterior y actual de la localidad arrendada. Si la localidad arrendada se entrega con servicio telefónico el cual es _________, “EL ARRENDATARIO” se compromete a no cambiar la situación legal del mismo, no alterar el equipo y a cubrir puntualmente a Teléfonos de México S.A., el recibo mensual correspondiente, conviniendo en que si se suspende dicho servicio por causas imputables a “EL ARRENDATARIO” pagará el importe de los gastos y gestiones que ocasionen su reinstalación y en caso de que esta no se obtenga, cubrirá como indemnización $_______ (_____ 00/100 M.N.) por cada una de las líneas independientemente de los adeudos que tenga. Si “EL ARRENDADOR” o quien sus derechos represente cubre directamente el recibo telefónico, “EL ARRENDATARIO” se compromete a reembolsar el monto pagado a la representación del mismo. EL ARRENDADOR podrá suspender definitivamente el servicio telefónico cuando se deban dos mensualidades de renta de teléfono del inmueble arrendado o por cualquier otra violación a esta cláusula, debiendo reinstalarlo cuando se produzca el pago o el cumplimiento correspondiente. Las partes convienen que “EL ARRENDATARIO” no podrá contratar anuncios en el directorio telefónico a cargo de los números telefónicos del INMUEBLE, salvo pacto en contrario por escrito. Todos los asuntos relaciones con el servicio telefónico deberán ser tratados por escrito con “EL ARRENDADOR” o con quien sus derechos represente, el cual deberá expresar su conformidad en caso de que desee adicionar o modificar el servicio, conviniéndose en que cualquier cambio en el mismo quedará en beneficio del inmueble. Cuando por causas imputables a “EL ARRENDATARIO” se produzca la suspensión temporal o permanente de alguno de los servicios señalados, éste pagará el importe de los gastos y gestiones que ocasione su reinstalación o recuperación. DÉCIMA TERCERA.- MANTENIMIENTO División de Ciencias Sociales y Administrativas Contrato de arrendamiento “EL ARRENDATARIO” se hará cargo del mantenimiento del inmueble con el objeto de mantenerlo en buenas condiciones, así mismo se encargará del suministro y pago del gas. DÉCIMA CUARTA.- PROHIBICIONES. “EL ARRENDATARIO” se compromete a no cambiar el uso y goce de la localidad arrendada, que será el de casa habitación, así como tampoco podrá subarrendar bajo ningún concepto la localidad rentada. DÉCIMA QUINTA.- CAUSAS DE RESCISIÓN. 1.- Que “EL ARRENDATARIO” deje de pagar en la forma, tiempo y lugar convenidos las rentas pactadas. 2.- Que “EL ARRENDATARIO” deje de pagar en forma oportuna los servicios que utilice, así como el mantenimiento de la localidad arrendada. 3.- Si usa la localidad en forma distinta a la estipulada para el uso exclusivo de la misma. 4.- En caso de subarrendar o ceder en todo o en parte la localidad rentada sin el consentimiento expreso de “EL ARRENDADOR”. 5.- El no conservar la localidad arrendada en buen estado. 6.- En general, el incumplimiento parcial o total a cualquiera de las obligaciones consignadas en este contrato y que corran a cargo de “EL ARRENDATARIO”. 7.- Las que las leyes aplicables señalen en forma expresa y que no se encuentran consignadas en el presente contrato. DÉCIMA SEXTA.- COMPETENCIA. Ambas partes, en forma expresa, convienen en someterse para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este contrato a los Tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios actuales o futuros o por cualquier otro concepto. División de Ciencias Sociales y Administrativas Contrato de arrendamiento DÉCIMA SÉPTIMA.- ENTREGA DE GARANTÍA “EL ARRENDATARIO” entregará a la firma del presente contrato el importe necesario para garantizar los desperfectos del uso anormal del INMUEBLE dado en arrendamiento por causas imputables a “EL ARRENDATARIO”. Este depósito no debe ser entendido por parte de EL ARRENDATARIO y EL FIADOR, como mes o meses adelantados del arrendamiento, sirviendo el presente contrato como recibo de dicho depósito. Este depósito se deberá devolver a “EL ARRENDATARIO” a los 5 días hábiles de haber comprobado “EL ARRENDADOR” que no existen desperfectos y en caso de que los hubiera, éstos se determinarán mediante una evaluación de daños realizada por un perito designado por las partes. Una vez determinado el monto de los daños se entregará la cantidad remanente del depósito en garantía en plazo de 3 días hábiles. En caso de que llegue a faltar dinero para cubrir los daños que por culpa de “EL ARRENDATARIO” se llegaren a ocasionar al bien inmueble objeto del presente contrato, así como las obligaciones contraídas en dicho instrumento y dependiendo del monto de éstos, EL ARRENDADOR podrá indistintamente ejecutar el depósito y/o la fianza. “EL ARRENDATARIO” se obliga a solicitar la orden de desconexión a la compañía de Luz y Fuerza del Centro, obligándose a comprobar fehacientemente a “EL ARRENDADOR” la solicitud respectiva. DÉCIMA OCTAVA.- AUSENCIA DE VICIOS DE LA VOLUNTAD. Las partes manifiestan que en la expresión de sus voluntades no existe error, dolo, violencia, lesión o vicio alguno del consentimiento, declarando los contratantes estar debidamente enterados del contenido, alcance y fuerza obligatoria de todas y cada una de las cláusulas contenidas en este instrumento. DÉCIMA NOVENA.- Este contrato se extiende en 8 fojas y por duplicado, los contratantes declaran estar debidamente enterados de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente instrumento y una vez leído el mismo lo firman al calce y al margen para los efectos legales a que haya lugar. *Fecha y firmas del “ARRENDADOR” y “ARRENDATARIO”
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