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2022-01-28---Carta-de-Intencion-UNAL-Fulbright--firmada-por-las-partes-

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CARTA DE INTENCIÓN SUSCRITA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y LA 
COMISIÓN PARA EL INTERCAMBIO EDUCATIVO ENTRE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y 
COLOMBIA-FULBRIGHT 
 
Entre los suscritos, a saber: de una parte, DOLLY MONTOYA CASTAÑO, mayor de edad y vecina 
de la ciudad de Bogotá, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 41.437.894 de Bogotá D.C, en 
su condición de RECTORA, nombrada mediante Resolución del Consejo Superior Universitario No. 
018 del 23 de marzo de 2021 y Acta de Posesión No. 001 del de 3 de mayo de 2021, actuando de 
conformidad con el artículo 15 del Acuerdo 011 de 2005 del Consejo Superior Universitario, el artículo 
13 del Decreto 1210 de 1993 y el artículo 3 del Manual de Convenios y Contratos adoptado mediante 
la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, en nombre y representación de la UNIVERSIDAD 
NACIONAL DE COLOMBIA, ente universitario autónomo del orden nacional, vinculado al Ministerio 
de Educación Nacional de Colombia, regido por el Decreto 1210 de 1993, con domicilio en la Carrera 
45 No 26 – 85 Edificio Uriel Gutiérrez de la ciudad de Bogotá D. C. – Colombia, quien en adelante y 
para los efectos del presente documento se denominará la UNIVERSIDAD o la I.E.S; y de otra parte, 
DIANA PAOLA BASTO CASTRO, mayor de edad, plenamente capaz, domiciliada en la ciudad de 
Bogotá e identificada con Cédula de Ciudadanía No. 52.865.262, actuando como Directora Ejecutiva 
y Representante Legal de la COMISIÓN PARA EL INTERCAMBIO EDUCATIVO ENTRE ESTADOS 
UNIDOS DE AMÉRICA Y COLOMBIA- FULBRIGHT, órgano de tratado creado mediante el convenio 
internacional celebrado el 9 de enero 1957 por Estados Unidos de América y la República de 
Colombia, aprobado por el Congreso de la República de Colombia mediante Ley 86 de 1958 y 
modificado mediante canje de notas de 1977, quien para efectos del presente Convenio Específico de 
Cooperación Internacional se denominará la COMISIÓN y/o FULBRIGHT COLOMBIA; y que en 
conjunto se denominarán las PARTES; hemos convenido suscribir la presente carta de intención, 
previas las siguientes: 
 
CONSIDERACIONES 
 
1. Que la principal misión de la COMISIÓN es promover el conocimiento intercultural, la cooperación 
científica, cultural e investigativa a través de la formación de líderes en todos los campos del saber 
con alto compromiso social. En donde las Actividades de intercambio educativo y movilidad 
académica son desarrollados en el marco de diferentes programas, dirigidos tanto a profesionales 
colombianos como estadounidenses. 
 
2. Que dentro del portafolio de programas ofrecidos por la COMISIÓN se encuentran los programas 
de investigación y docencia dentro, entre ellos Fulbright Estudiante Doctoral Colombiano, 
Programa U.S Scholar e Investigador Visitante. 
 
3. Que la COMISIÓN y la UNIVERSIDAD se encuentran unidas por una comunidad de intereses y 
objetivos en los campos de la cultura, la investigación, extensión y asistencia técnica, 
administrativa y académica, lo cual fue refrendado a través del Convenio Marco de Cooperación 
suscrito por las PARTES el 12 de febrero de 2018. 
 
 
 
 
 
4. Que en virtud de lo anterior, para la Cohorte 2022 se cuenta con seis (06) candidatos 
preseleccionados con la Universidad Nacional de Colombia, correspondientes a tres (3) 
Estudiantes Doctoral Colombiano, tres (3) U.S Scholar y un (1) Investigador Visitante, según 
Propuesta de Cooperación de la Dirección Ejecutiva de Fulbright. 
 
5. Que la UNIVERSIDAD libre, consiente y autónomamente reconoce la naturaleza jurídica de la 
COMISIÓN y el alcance del PROGRAMA FULBRIGHT y sus términos. Así mismo declara su 
intención de financiar, según disponibilidad presupuestal, las estancias académicas de tres de los 
candidatos preseleccionados para la Cohorte 2022; a saber: un (1) U.S Scholar, un (1) 
Investigador Visitante y un (1) Estudiante Doctoral Colombiano. 
 
Como consecuencia de lo anterior, las PARTES acordamos celebrar la presente carta de intención 
con sujeción a las siguientes: 
 
CLÁUSULAS 
 
PRIMERA. OBJETO: Las PARTES manifiestan su intención de suscribir, desde la firma de la presente 
carta de compromiso hasta antes del 30 de junio del 2022, un convenio específico de cooperación 
internacional, mediante el cual aunarán esfuerzos financieros y académicos para cofinanciar tres (3) 
Estudiantes Doctoral Colombiano; tres (3) U.S Scholar; un (1) Investigador Visitante. En dicho 
documento, las PARTES establecerán, entre otras condiciones, el objeto y alcance de las actividades 
a realizar durante el desarrollo del programa, sus obligaciones y/o responsabilidades y la duración del 
mismo. 
 
SEGUNDA. PRESUPUESTO: Las PARTES se comprometen a lo siguiente: 
 
1. La UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA emprenderá las acciones pertinentes para hacer 
una apropiación presupuestal interna equivalente a DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE 
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO 
PESOS ($239.697.875 COP M/CTE), de conformidad con su normatividad interna y previa 
verificación de disponibilidad presupuestal. 
 
2. FULBRIGHT COLOMBIA apropiara en especie la suma de SEISCIENTOS VEINTIUN 
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS ($621.299.000 COP M/CTE) para 
el desarrollo de las estancias conforme al presupuesto. 
 
TERCERA. COMUNICACIÓN: La UNIVERSIDAD habilita a FULBRIGHT COLOMBIA para que, de 
conformidad con el inicio de las estancias programadas en el mes de agosto del 2022 y los 
lineamientos del programa Fullbright, adelante la comunicación de los siguientes seleccionados y 
realice los trámites de las becas respectivas: 
 
 
 
 
 
 
 
CUARTA. BUENA FE: Las PARTES manifiestan que sus declaraciones en la presente carta se 
sustentan en los postulados de la buena fe en el marco del artículo 83 de la Constitución Política, y 
demás normas que modifiquen, adicionen o sustituyan. 
 
QUINTA. COORDINACIÓN: El profesor Camilo Younes Velosa, Vicerrector de Investigación de la 
Universidad Nacional de Colombia, o quien cumpla sus funciones de manera temporal o permanente, 
será el responsable de la ejecución y seguimiento de las actividades desarrolladas en el marco de 
esta carta de entendimiento. 
 
En constancia de lo anterior, las PARTES suscriben la presente carta de intención a los veintiocho 
(28) días del mes de enero de 2022. 
 
Por LA UNIVERSIDAD: Por FULBRIGHT COLOMBIA: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DOLLY MONTOYA CASTAÑO DIANA PAOLA BASTO CASTRO 
Rectora Directora Ejecutiva y Representante Legal 
Universidad Nacional de Colombia Comisión Fulbright Colombia. 
 
		2022-01-28T15:49:09-0500
	DIANA PAOLA BASTO CASTRO

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