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PROGRAMA DE ÉTICA 
 
 
 
1- INTRODUCCIÓN 
 
1-1: Orígenes de las creencias y sentimientos éticos. Códigos morales. La moralidad 
como medio. Ética y observación. 
Sumario: 
En todas las comunidades humanas conocidas, incluso en las más primitivas, existen creencias y 
sentimientos éticos. Se alaban algunas acciones, se reprochan otras, algunas son recompensadas, otras se 
castigan. Se cree que algunos actos de los individuos traen prosperidad, no sólo a los individuos, sino a la 
comunidad y se cree que otros producen desastres. Las creencias a las que nos referimos son defendibles 
en parte en términos racionales, pero en las comunidades primitivas hay una preponderancia de las 
creencias meramente supersticiosas, que a menudo inspiran, en un principio prohibiciones que más tarde 
se encuentra que tienen justificación. En toda comunidad hay acciones obligadas y acciones prohibidas, 
tal como se sostiene al principio de esta reseña, sin embargo los códigos morales han cambiado y cambian 
en las diferentes épocas y lugares; en vista de esta diversidad se torna complejo ya que resulta encrespado 
sostener que un tipo de acto es correcto en todo tiempo y lugar; no es inusual la tendencia de creer que el 
código de la comunidad de pertenencia es el acertado y que los otros deben ser condenados en lo que no 
se ajusten a aquél. Todo ello puede llevarnos hacia uno de los problemas relevantes de la ética: su 
aparente inmunidad con respecto a las pruebas observacionales. Gilbert Harman se ocupa de este 
problema al preguntarse si los principios morales pueden ser puestos a prueba y confirmados a la manera 
que lo son los principios científicos. 
 
Bibliografía obligatoria: 
- Midgley, Mary, El origen de la ética, en Compendio de Ética, Peter Singer, Editorial Alianza, 1994. 
Bibliografía complementaria: 
- Russell, Bertrand, Sociedad humana: ética y política, capítulo 1: Origen de las creencias y sentimientos 
éticos; capítulo 2: códigos morales; 3: la moralidad como medio, editorial Cátedra, 1984. 
- Harman, Gilbert, La naturaleza de la moralidad, capítulo 1: ética y observación; editorial Universidad 
Nacional Autónoma de México, 1983. 
 
2- Multiculturalismo y multimoralismo 
 
2-2: Relativismo cultural y relativismo ético. 
2-3: ¿Qué estamos dispuestos a aceptar? 
2-4: La posibilidad de un principio universalmente válido: el principio que prohíbe 
causar daño no consentido a un tercero. Nozick y la ética del respeto. 
Sumario: 
Se distingue el relativismo cultural del relativismo moral, mostrando cómo el relativismo cultural se 
diferencia del relativismo moral y mostrando que es éste último el que puede dar lugar a ciertas 
controversias. El relativismo, prima facie, parece ser una concepción interesante y compatible con las 
mejores intenciones respecto a las relaciones entre las distintas comunidades, la tolerancia y el respeto 
mutuo. Sin embargo hay algunos aspectos del mismo que pueden suscitar ciertas controversias o dilemas. 
En esta línea, puede sostenerse, que, independientemente de lo que sostenga una cultura o sociedad 
determinada, hay cosas a las que habría que oponerse tales como la esclavitud, la opresión de los sistemas 
de castas, la degradación sistemática de la mujer, el trabajo infantil y muchas otras facetas de las 
sociedades. Tal oposición no implicaría de acuerdo a algunos autores asumir alguna forma de objetivismo 
moral. 
Bibliografía obligatoria: 
- Farrell, Martín, Ética en las relaciones internas e internacionales, capítulo 9: Multiculturalismo y 
multimoralismo en las relaciones internas e internacionales, editorial Gedisa, 2003. 
Bibliografía complementaria: 
- Rachels, James, Introducción a la filosofía moral, capítulo 2: Relativismo, editorial Fondo de Cultura 
Económico, 2007. 
 2
- Blackburn, Simon, Sobre la bondad, primera parte: Relativismo, editorial Paidós 2002. 
- Mackie, J.L., Ética. La invención de lo bueno y lo malo, capítulo 1: La subjetividad de los valores. 
- Farrell, Martín, Una defensa de la dimensión temporal del relativismo ético, ponencia para el encuentro 
de Derechos Humanos en el siglo XXI. 
 
3- Los niveles de la filosofía moral 
 
3.1: Metaética. Realismo moral y emotivismo. 
1.2. Ética normativa. Nociones de <bueno> y <correcto>. 
1.3. Ética aplicada. 
1.4. Relaciones entre los tres niveles. 
 
Sumario: 
"La filosofía moral presenta tres niveles que pueden ser perfectamente diferenciados. La metaética da 
cuenta de la naturaleza de los juicios morales y del razonamiento moral. La ética normativa se entiende -
en un nivel abstracto- con las nociones de lo bueno y lo correcto. La ética aplicada, finalmente, concreta 
en algún área determinada las nociones estudiadas por la ética normativa. La ética de la función judicial, 
desde luego, es un caso importante, por cierto, de ética aplicada". 
Se analizan brevemente dos posiciones meta éticas para comprender luego que tipos de influencias tienen 
entre sí los niveles presentados. Simplificando, el realismo moral viene a sostener que existen hechos 
morales; de otra manera, las normas o los juicios de corrección moral pueden ser verdaderas o falsas; las 
verdaderas integran la moral objetiva en tanto, redundantemente, esas normas son objetivamente 
verdaderas; esto es, su verdad no depende de creencias; son verdaderas por su correspondencia con 
ciertos hechos calificados de hechos morales. Por otra parte, el emotivismo considera que los juicios 
morales expresan las emociones no informan sobre ellas, sentimientos actitudes, intenciones, o más 
generalmente, normas y valores del hablante. Valorar algo no sólo es tener una creencia acerca de algo; es 
tener una actitud hacia algo. Es estar a favor de algo. Según Stevenson, una persona que reconozca que X 
es bueno adquiere por ello una tendencia más fuerte a actuar a favor de ello que la que tendría en otro 
caso. Afirmar X es bueno no es simplemente afirmar una creencia acerca de X, es expresar y pretender 
evocar en otros una actitud hacia X. El uso principal de los juicios morales no es indicar hechos sino crear 
influencias. La suscripción a una de estas teorías meta éticas tendrá su efecto respecto de la aceptabilidad 
de algunas de las teorías de la ética normativa. Aún así, es probable sostener un mismo principio en el 
ámbito de la ética normativa y discrepar en cuanto a su naturaleza meta ética; donde no es posible que 
ello ocurra es en torno a la influencia de la ética normativa sobre la ética aplicada puesto que, tal como su 
nombre lo indica, se limita a aplicar a un área determinada las nociones de la ética normativa. En este 
sentido la influencia de ésta es decisiva. No obstante, queda pendiente una objeción que se analiza en la 
próxima unidad y vinculada a la posibilidad de inclusión de las intuiciones morales en el diseño de una 
teoría. El equilibrio reflexivo de Rawls es un ejemplo de ello. 
 
 
Bibliografía obligatoria: 
- Farrell, Martín, Ética en las decisiones judiciales en La función Judicial. Comp. editorial Gedisa, 2003 
Bibliografía complementaria 
- Brandt, Richard, Teoría Ética, capítulo 1: La teoría ética, su naturaleza y propósito, Ed. Alianza 1982 
- El realismo. Michael Smith. Compendio de Ética, compilador Peter Singer. 
- Stevenson, Charles, Ética y lenguaje, capítulo 1: Tipos de acuerdo y desacuerdo. Ed. Paidós. 1984 
- Stevenson, Charles, El significado emotivo de los términos éticos, en El Positivismo lógico, comp. A. J. 
Ayer. Ed. Fondo de Cultura Económico, 1965. 
 
 
4- Intuiciones morales discrepantes: consecuencialismo y deontologismo 
 
4.1: Teorías e intuiciones. Ausencia y presencia de las intuiciones en las teorías éticas 
en las teorías deontológicas y consecuencialistas. 
4.2: Consecuencialismo y deontologismo. Características. Posiciones adoptadas en 
torno a la distinción entre <bueno> y <correcto> y entre <matar> y <dejar morir>. La 
teoría del doble efecto. 
 3
4.3: Teorías éticas y valores. Monismo y pluralismo 
4.4: Concepciones de lo bueno. Teorías consecuencialistas.4.5: Neutralidad y relatividad agencial: consecuencialismo y deontologismo. Las 
relaciones personales y la moralidad. 
 
Sumario: 
Se analizan los casos de <tranvía> y <trasplante> como modo de presentar las dos teorías de la ética 
normativa objeto de estudio; ellos permiten, entre otras cosas, advertir cómo nuestras intuiciones morales 
oscilan entre el consecuencialismo y el deontologismo. Continúa con la relación entre teorías e 
intuiciones. “Una manera posible de identificar las distintas metodologías que se emplean en filosofía 
moral consiste en emplear una triple distinción, que examina la relación que existe entre la teoría ética, 
por una parte, y las intuiciones éticas, por la otra”. El autor aclara, conforme la nota al pie, que se refiere 
a intuiciones éticas aplicadas a casos particulares, ya que puede considerarse que todas las teorías éticas 
están sostenidas por una intuición. 
Hay, por lo menos, tres maneras posibles distinguir teorías consecuencialistas de teorías deontológicas. 
Una examina cómo tratan la relación entre <bueno> y <correcto>; para el consecuencialismo lo bueno se 
define independientemente de lo correcto y lo correcto es maximizar lo bueno; si la felicidad, por 
ejemplo, y en una de sus variantes, es lo bueno, y lo bueno se maximiza matando a un individuo para 
evitar la muerte de cinco, lo correcto es matar a ese individuo; para el deontologismo lo correcto tiene 
prioridad sobre lo bueno y por consiguiente aún cuando la felicidad sea lo bueno no cualquier medio para 
maximizarla es correcto; no lo es en el ejemplo en cuestión. La segunda manera de distinguir entre ambas 
teorías consiste en examinar la diferencia entre a)…hacer algo y permitir que ese algo suceda, y b) la que 
existe entre causar algo de manera directa y causarlo de manera mediata. Mientras un deontologista sólo 
asigna relevancia moral a las conductas que consisten en un hacer, y –a la vez- en un hacer directo, el 
consecuencialismo no presta atención a estas distinciones”. La tercera manera (se trata en el último punto 
con más detalle) apela a “Las diferencias entre razones agencialmente neutrales y razones agencialmente 
relativas. Una razón agencialmente neutral nos dice, por ejemplo, que debemos buscar imparcialmente la 
felicidad de todos los individuos. Las razones agencialmente relativas presentan a su vez dos variantes: 
las razones de autonomía y las deontológicas. Las razones deontológicas son restricciones respecto del 
accionar de los individuos, restricciones respecto de lo que podemos legítimamente hacer a otras personas 
para lograr un cierto fin.”. En principio, el consecuencialismo acepta razones agencialmente neutrales en 
tanto el deontologismo, razones agencialmente relativas. 
Las teorías éticas pueden, por otro lado, postular la existencia de un solo valor o de varios La variedad 
consecuencialista del Utilitarismo en su versión clásica es un ejemplo de teoría monista cuyo único valor 
consiste en la felicidad.. Una teoría como la de John Finnis, que acepta más de un valor (siete para ser 
precisos) es un ejemplo de teoría pluralista y enfrenta como casi todas ellas el problema de la 
inconmensurabilidad e incomparabilidad de los valores. 
El consecuencialismo admite una variedad de especies conforme lo que postulan como bueno 
manteniendo como ya se ha dicho la prioridad de lo bueno sobre lo correcto; la felicidad general, la 
felicidad individual, la autonomía y la perfección del individuo, dando lugar al Utilitarismo ético, el 
Egoísmo ético, el bien de la autonomía de John Stuart Mil en Sobre la Libertad y el Perfeccionismo ético. 
Esta selección de candidatos a contenido de lo bueno no agota las posibilidades al respecto. Así puede 
considerarse <la libertad como no dominación> expuesta por Philip Petit en Republicanismo, 
principalmente capitulo 2 del mismo nombre. 
 
Bibliografía obligatoria: 
- Farrell Martín, Privacidad, autonomía y tolerancia, capítulo 1 Ubicando al Utilitarismo en el mapa y 
capítulo VII Intuiciones morales discrepantes, Ed. Hammurabi, 2000. 
- Sandel, Michael, Justicia, capítulo 5 Lo que cuenta es el motivo. Immanuel Kant, editorial Debate, 2011. 
- Davis, Nancy, La deontología contemporánea en Compendio de Ética, Peter Singer. 
Bibliografía complementaria: 
- Appiah, K. Anthony, Experimentos de ética, capítulo 3 El argumento contra la intuición, editorial Katz, 
2010. 
- Farrell, Martín, Utilitarismo, liberalismo y Democracia, capítulo 2 Neutralidad y relatividad agencial, 
Biblioteca de Ética, Filosofía del Derecho y Política, 1997. 
- Guibourg, Ricardo, Fines y medios: una aproximación a los derechos, Doxa, Cuadernos de filosofía del 
derecho, N: 12, 1992. 
- Sandel, Michael, Justicia, capítulo X Kant y el respeto a las personas. 
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- Nagel, Thomas, Una visión desde ningún lugar, capítulo III Los valores y capítulo VIII Ética. Fondo de 
Cultura económico, 1997 
- Finnis, John, Ley natural y derechos naturales, capítulo IV Los otros valores básicos, Abeledo Perrot, 
2000. 
- Scanlon, Thomas, Lo que nos debemos unos a otros, capítulo II Valores, editorial Paidós., 2003. 
- Williams, Bernard, La fortuna moral, capítulo 1 Personas, carácter y moralidad, UNAM, 1993 
- Lafollete Hugh, Las relaciones personales en Compendio de Ética, Peter Singer. 
 
5- Utilitarismo 
 
5.1: Utilitarismo de estados mentales: Jeremy Bentham y John Stuart Mill 
5.2: El principio de Sidgwick y la objeción de George Moore 
5.3: Dificultades del utilitarismo de estados mentales: la máquina de Nozick 
5.4: Preferencias. Defectos y refinamientos. 
5.5: La crítica de Dworkin sobre las preferencias externas. Discusiones. 
5.6: Objeciones al utilitarismo de satisfacción de preferencias: la droga de Parfit. 
 
Sumario: 
La unidad se ocupa de mostrar el paso de la idea de felicidad, entendida como estado mental a la idea de 
satisfacción de preferencias. 
Se analiza la formulación clásica del Utilitarismo de Bentham y Mill. Para Bentham lo bueno es la 
felicidad e identificará a ésta con un determinado estado mental aprobando las acciones que tiendan a 
aumentar la felicidad de las partes cuyo interés esté en juego. Mill, por su parte, entiende a la felicidad 
como placer y ausencia de dolor; añade un criterio de calidad que generó diversas interpretaciones al 
afirmar la idea de que hay placeres superiores e inferiores otorgando marcada preferencia a los primeros. 
Cualquiera sea la caracterización que se haga del Utilitarismo están presentes los siguientes dos rasgos: a) 
que todos los individuos cuentan por uno solamente , y nadie por más de uno, y b) que no existe un 
criterio de bondad, de corrección o de justicia, que sea independiente de la felicidad. Respecto de este 
segundo rasgo es necesario introducir el principio formulado por Henry Sidgwick: si examinamos 
cuidadosamente aquellos resultados que se consideran usualmente buenos, nada posee esta característica 
de bondad si no tiene relación con la experiencia humana. George Moore objetó esta relación 
argumentando la posibilidad de prescindir de ella. 
Tener en cuenta el principio de Sidgwick es relevante para analizar el modelo de satisfacción de 
preferencias, pero previo a este análisis se estudian los argumentos provenientes de otros autores 
refutando la idea de felicidad como estado mental; aparece la crítica de Nozick a través de su ejemplo <la 
máquina de experiencias>. 
Adoptar el modelo de satisfacción de preferencias implica afirmar que deben maximizarse la satisfacción 
de las preferencias reales de cualquier individuo cualquiera sea su contenido. Sin embargo suelen 
oponerse reparos a esta idea teniendo en cuenta los defectos más usuales que suelen afectar a las 
preferencias de los individuos. Pueden ser inmorales, irrelevantes, perjudiciales, no informadas, 
irracionales, distorsionadas, no cultivadas o bien ser pasadas y no detentadas en el presente. Se analizan 
cada una de ellas y los intentos de refinarlas ya que se duda que este modelo utilitarista deba computarlas 
sinalgún tipo de corrección. Finalmente aparece la objeción de Derek Parfit ilustrada con el ejemplo de la 
droga. 
Merece la atención el análisis de Ronald Dworkin y su distinción entre preferencias personales y externas 
concluyendo que un argumento utilitarista que asigne un peso crítico a las preferencias externas de los 
miembros de una comunidad no será igualitario en el sentido que este autor lo entiende teniendo presente 
su principio de respetar el derecho de cada uno a ser tratado con igual consideración y respeto; los 
cálculos utilitaristas sólo deberían, a su juicio, atender a las preferencias individuales ignorando las 
externas. 
 
Bibliografía obligatoria: 
- Bentham, Jeremy, Los principios de la moral y la legislación, capítulo 1 Acerca del principio de 
utilidad; capítulo 4 Cómo medir el valor de una cantidad de placer o dolor y capítulo 5 Las distintas clases 
de placeres o dolores. Editorial Claridad, 2008 
- Mill, John Stuart, Utilitarismo, capítulo 1 Observaciones y capítulo 2 Qué es el Utilitarismo, Alianza 
Editorial, 1984 
- Farrell, Martín, Entre el derecho y la moral, capítulo VII ¿Importan los números en la filosofía moral?, 
Editorial Abeledo Perrot, 2012 
 5
Bibliografía complementaria: 
- Farrell, Martín, Entre el derecho y la moral, capítulo VIII ¿Fueron los griegos los precursores del 
Utilitarismo? 
- Moore, G.E., Principia Ethica, capítulo III El hedonismo, editorial UNAM, 1997 
- Nozick, Robert, Meditaciones sobre la vida, capítulo 10 La felicidad. 
- Foot, Philippa, Bondad natural, capítulo 6 La felicidad y el bien humano. Editorial Paidós, 2002 
- Añón García, José, Revista Telos volumen VI, 1997. 
 
6- Ética de la virtud 
 
6.1: Repaso: éticas del deber y éticas del carácter. 
6.2: Referencia obligada: Aristóteles. 
6.3: Las virtudes. 
6.4: Ventajas y problemas de la ética de la virtud. 
 
Sumario: 
La ética de la virtud no se interesa primariamente por lo que el individuo hace sino por lo que el 
individuo es. Si posee un gran carácter moral, es un ser humano sensible y compasivo, entonces actuará 
correctamente; por consiguiente las cualidades de carácter son prioritarias a la obligación de obedecer 
normas. La cuestión radica en establecer cuál sería el tipo de carácter que debería poseer un individuo 
virtuoso. Surgen así diferentes formas de concebir la virtud. 
Bibliografía obligatoria: 
- Rachels, James, Introducción a la filosofía moral, capítulo XIII La ética de la virtud 
Bibliografía complementaria: 
- Pence, Grez, Ética de la virtud, en Compendio de Ética, Peter Singer. 
- Mulhall, Stephen y Swift Adam, El individuo frente a la comunidad, capítulo 2 Mac Intyre: la moral tras 
la virtud. 
- Sandel, Michael, Justicia, capítulo 10 La justicia y el bien común. 
- Foot, Philippa, Las virtudes y los vicios, capítulo 1 Las virtudes y los vicios, UNAM, 1994 
 
7- Intuicionismo 
 
7.1: La multiplicidad de valores y el desorden jerárquico. La excepción de John Rawls. 
7.2: David Ross y las obligaciones prima facie 
7.3: El conocimiento del deber y la corrección de ciertos actos 
 
Sumario: 
El Intuicionismo sostiene, por un lado que hay más de un valor y que no existe un orden jerárquico entre 
ellos; por otro, que la corrección moral de una acción no es el resultado de una reflexión moral sino que 
se capta de un modo inmediato mediante la intuición y que existe una multiplicidad de obligaciones 
morales captadas de ese modo. Brevemente se hace referencia a las teorías de Prichard y de Ross. Este 
último sostiene que las intuiciones morales expresan obligaciones prima facie. 
 
Bibliografía obligatoria: 
- Hudson, W.D., La filosofía moral contemporánea, capítulo 3, la teoría intuicionista, Alianza editorial, 
1975 
Bibliografía complementaria: 
- Ross, David, Fundamentos de ética, capítulo IV Teorías acerca del fundamento de la corrección y 
capítulo VII El conocimiento de lo correcto, editorial Eudeba, 1972. 
- Dancy, Jonathan, La ética de los deberes prima facie, en Compendio de ética, Peter Singer. 
 
 
8- Intuicionismo, utilitarismo y ética de la virtud: una combinación posible 
 
8.1: Intuicionismo: el punto de vista metodológico: pluralismo de valores; el punto de 
vista epistemológico: la captación de las proposiciones éticas. 
 6
8.2: Utilitarismo: repaso de conceptos. La intuición al nivel del principio de utilidad. 
8.3: Ética de la virtud: problemas. 
8.4: Combinación de teorías. Una teoría híbrida. 
 
Sumario: 
El objetivo es combinar los rasgos de tres teorías que suelen considerarse disímiles entre sí. Se analizan 
las características de cada una de ellas. 
En la búsqueda de una combinación es posible conciliar intuicionismo y utilitarismo. Si se tiene presente 
que las intuiciones morales expresan obligaciones prima facie, entonces algún sistema tiene que contar 
para resolver posibles conflictos entre tales obligaciones; consideraciones utilitaristas pueden servir a la 
hora de resolver cuáles de las obligaciones prima facie debe prevalecer. Por otro lado, aparece la teoría de 
la virtud; si un individuo debe resolver un conflicto entre obligaciones prima facie no sólo debe hacerlo 
atendiendo consideraciones de utilidad que maximicen la felicidad general sino que es su carácter 
virtuoso el que le permite hacerlo de esa manera. La combinación parece ser posible aunque no 
consideradas las tres teorías en un mismo nivel jerárquico; lo que el individuo debe hacer se capta por 
intuición, entonces, fundamentalmente el intuicionismo tiene prioridad; secundariamente, aparece el 
utilitarismo como auxiliar para decidir entre intuiciones en conflicto y finalmente la teoría de la virtud se 
constituye como auxiliar del utilitarismo desde que las virtudes promueven la corrección de tal cálculo. 
 
Bibliografía obligatoria: 
- Farrell, Martín, Privacidad, autonomía y tolerancia, capítuloV 
Bibliografía complementaria: 
- (Indicados en los puntos 5,6 y 7) 
 
9- La idea de un contrato social 
 
9.1: Breves nociones sobre contractualismo y neocontractualismo. 
9.2: El argumento de Hobbes. 
9.3: Ventajas y dificultades para la teoría. 
 
Bibliografía obligatoria: 
- Kymlicka, Will, La tradición del contrato social, en Compendio de Ética, Peter Singer. 
Bibliografía complementaria: 
- Rachels, James, Introducción a la filosofía moral, capítulo XI La idea de un contrato 
social. 
 
10- Ética aplicada: La ética en la función judicial 
 
10.1. Repaso de los niveles en filosofía moral. 
10.2. Deontologismo, consecuencialismo y ética de la virtud: teorías que compiten para 
aplicarse a la conducta de los jueces. 
10.3. El deontologismo como ética aplicable a la función judicial. Dworkin y los 
derechos como cartas de triunfo. 
10.4. Un lugar para el utilitarismo en la ética de la función judicial: a) derechos de igual 
jerarquía en conflicto; b) casos trágicos. 
 
Sumario 
Se repasan las nociones analizadas en la unidad 1 especialmente las influencias entre los distintos ámbitos 
de la filosofía moral: metaética, ética normativa y ética aplicada. Entonces se sostuvo que la influencia 
que ejerce la ética normativa sobre la ética aplicada es total porque aquella determina las soluciones de la 
ética aplicada. En otros términos, no hay otra manera de conocer sobre ésta que conociendo previamente 
las teorías disponibles de la ética normativa; en el caso que nos ocupa no es posible reflexionar sobre la 
ética judicial sin conocer ética normativa. En este sentido el desarrollo de los puntos programáticos 
fueron necesarios para abordar la cuestión. Realizado un análisis de las teorías de ética normativa 
(deontologismo, consecuencialismo y ética de la virtud) queda pendiente la tarea de identificar cuáles de 
 7
ellas resultan aplicables a la conducta de los jueces. Se ha visto que, tanto el consecuencialismo como el 
deontologismo, establecen una especie de catálogo de los deberes morales, mientras que la ética de la 
virtud se interesa no por lo que los individuos hacen sino por lo que son, se ocupa en lograr el mejor 
carácter moral;así un agente no es bueno porque hace cosas buenas, sino que ciertas cosas son buenas 
porque las hace un agente que posee un carácter virtuoso. 
La ética de la virtud no parece una buena candidata para aplicarse al campo de la función judicial ya que 
lo que cuenta en este ámbito son los deberes y, en todo caso, el juez virtuoso es aquel que mejor cumple 
con los deberes. Veamos que ocurre con las otras dos teorías estudiadas. Se sostuvo que el 
consecuencialismo otorga prioridad a lo bueno por sobre lo correcto y lo correcto es simplemente aquello 
que maximiza lo bueno y no hay restricciones para la persecución de lo bueno. El deontologismo sostiene 
la prioridad de lo correcto sobre lo bueno y por consiguiente establece restricciones para la persecución 
de lo bueno. De estas someras nociones parece desprenderse que la teoría ética aplicable a la función 
judicial resulta ser el deontologismo ya que al juez cuando actúa no se le pide que maximice la felicidad 
general con su decisión, felicidad que, se supone tuvo en cuenta el legislador al momento de diseñar las 
normas; se le pide que respete los derechos en juego cualquiera sea la felicidad que se derive de ello. 
Esto es lo que pretende mostrar Ronald Dworkin, que los derechos son cartas de triunfo frente a cualquier 
consideración de utilidad. 
Pero aún el consecuencialismo tiene reservado un espacio como ética de la función judicial al menos en 
algunos aspectos centrales de la decisión judicial: a) en casos de conflicto de derechos de igual jerarquía 
la decisión de cual de los derechos prevalecerá resulta de un razonamiento consecuencialista; b) en el 
caso en que el respeto por un derecho provocaría consecuencias trágicas. 
 
Bibliografía obligatoria: 
- “La ética de la función judicial”, Martín Farrell en La Función judicial, capítulo 8, compilación. 
Editorial Gedisa. 
- Fallos: <Peralta> y <Smith> 
Bibliografía complementaria: 
- Dworkin, Ronald, Los derechos en serio, capítulo 3 Qué derechos tenemos, Editorial Ariel, 1984. 
- Nozick, Robert, Anarquía, estado y utopía, capítulo III: Las restricciones morales y el estado. 
Especialmente vinculado es el segundo punto de este capítulo nominado <restricciones morales y fines 
morales> donde puede ampliarse la referencia que hace Martín Farrell acerca del utilitarismo de derechos 
en el texto La ética de la función judicial. 
 
Fuera de orden: Se reflexionará acerca de la aplicación de las distintas teorías 
estudiadas, especialmente consecuencialismo y deontologismo, a cuestiones 
concernientes a : Obligaciones para con extraños: el hambre en el mundo; las 
intervenciones de un país a otro, a efectos de verificar la idoneidad de las mismas en 
la resolución de tales problemas. 
La bibliografía correspondiente se dará durante el desarrollo del curso. 
 
Especificaciones: Como puede observarse cada unidad cuenta con un sumario y la 
correspondiente bibliografía obligatoria y complementaria. 
El sumario pretende constituirse en una guía que anticipe a los alumnos el contenido del 
tema que ha de desarrollarse o que se ha desarrollado. También permitirá abreviar la 
elección del tema sobre el que ha de confeccionarse al final del curso. Cualquiera sea el 
tema elegido deberá proyectar la bibliografía obligatoria y complementaria señalada en 
el programa, sin perjuicio que, además, decida añadir otra bibliografía de su elección. El 
trabajo deberá adoptar la forma de una monografía; se evitará la confección de un 
resumen del tema elegido y también extensas citas de los autores señalados. 
Durante el desarrollo del curso se establecerá la fecha de entrega del trabajo y la fecha 
para su defensa en forma oral. 
Se acepta toda consulta referida a la elección del tema, forma de tratarlo y bibliografía 
necesaria que no haya sido agregada en el programa.

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