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SUMARIO SECCION 1BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CÓRDOBA, (R.A.) http://boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS “Las Malvinas son argentinas” 5a MUNICIPALIDAD DE JOVITA Licitación Pública ...................................................................Pag. 1 Licitación Pública ...................................................................Pag. 1 MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE LITIN Licitación Pública 01/2022 ....................................................Pag. 1 MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA Licitación Pública Nº 2/2022 ..................................................Pag. 1 MUNICIPALIDAD DE ADELIA MARÍA Decreto N° 41/2022 ................................................................Pag. 2 MUNICIPALIDAD DE BERROTARAN Ordenanza 19/2022 ................................................................Pag. 3 MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL TOTORAL Ordenanza N° 17/2022 .........................................................Pag. 3 Dec 90/2022 ...........................................................................Pag. 3 Dec 91/2022 ...........................................................................Pag. 4 Ordenanza N° 16 /2022 ........................................................Pag. 4 MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO Resolución Hcd N°18/2022. ...................................................Pag. 4 Resolución Hcd N°20/2022. ...................................................Pag. 4 Resolución Hcd N°21/2022 ....................................................Pag. 5 Ordenanza Municipal N° 975/2022 .......................................Pag. 5 Ordenanza Municipal Nº974/2022. ........................................Pag. 6 Ordenanza Municipal N°976/2022 .........................................Pag. 6 Ordenanza Municipal N°977/2022 ........................................Pag. 7 Continúa en Pag. 2 MUNICIPALIDAD DE JOVITA Licitación Pública Ordenanza N° 19/2022. Objeto: Llamado a Licitación Pública, para la ad- judicación en concesión del Servicio de Riego en la localidad de Jovita (Cba.). Fecha y Lugar de Apertura: 15/08/2022 - 10:00 hs. Municipalidad de Jovita. Pliego: Sin cargo. Lugar de retiro del pliego: Municipalidad de Jovita. Moreno esquina Intendente Riberi. Jovita. Cba. 2 días - Nº 399423 - $ 858,40 - 11/08/2022 - BOE Licitación Pública Ordenanza N° 20/2022. Objeto: Llamado a Licitación Pública, para la ad- quisición de Hormigón H21 y contratación de mano de obra para construc- ción de cordón cuneta en la localidad de Jovita (Cba.). Fecha y Lugar de Apertura: 15/08/2022 – 10:30 hs. Municipalidad de Jovita. Valor del Pliego: $5.000,00 Lugar de adquisición del pliego: Municipalidad de Jovita. Moreno esquina Intendente Riberi. Jovita. Cba. 2 días - Nº 399426 - $ 997,60 - 11/08/2022 - BOE MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE LITIN LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA 01/2022 ORD N° 06/2022 OBJETO: Para la contratación de la obra: EJECUCION DE OBRA “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL”, MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE LITIN, PROVINCIA DE CORDOBA. PRESUPUESTO OFICIAL: $ 26.749.972,61. Lugar: Municipalidad de San Antonio de Litin. Consultas y reti- ro de pliegos: Libertad N°505 de la localidad de San Antonio de Litin, CP: 2560. Teléfono 03537-497044.Costo Pliegos:$20.000 - Email: munsal@nodosud. com.ar. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: en sede de la Municipalidad de San Antonio de Litin hasta las 10 hs. del día 24 de agosto de 2022 - 5 días - Nº 397803 - $ 3658 - 12/08/2022 - BOE MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2/2022 EXPEDIENTE MUNICIPAL Nº 22187/22, para la Obra “Construcción de Centro de Desarrollo Infantil” en la Ciudad de Villa Nueva”. ADQUISICION DE PLIEGO: en calle Marcos Juárez Nº 552, Villa Nueva-5903-Córdoba, en días hábiles de 08:00 a 13:00 hrs hasta el día 19/08/2022. CONSULTAS AL PLIEGO: por nota por mesa de entrada en calle Marcos Juárez Nº 552, Villa Nueva-5903-Córdoba, en días hábiles, de 08:00 a 13:00 horas y hasta 72 horas antes de la apertura de las ofertas. PRESENTACIÓN DE OFER- TAS: en calle Marcos Juárez Nº 552-Villa Nueva-5903-Córdoba, hasta el día 26/08/2022 hasta las 09:00 horas. APERTURA DE SOBRES: en calle Marcos Juárez Nº 552-Villa Nueva-5903-Córdoba, el día 26/08/2022 a las 10:00 horas. Presupuesto oficial: $ 28.375.845,13. 3 días - Nº 400542 - $ 2731,20 - 16/08/2022 - BOE 2BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” MUNICIPALIDAD DE ADELIA MARÍA DECRETO N°041/2022 Adelia Maria, 05 de Agosto de 2022.- VISTO: La ordenanza N° 1.493 de fecha 09 de julio de 2022, mediante la cual se faculta al Departamento Ejecutivo a llamar a Concurso Especial de precios para vender la venta de los bienes inmuebles -terrenos baldío-,i- dentificado Lote 105, Nomenclatura Catastral n°24060201011521050000; Lote 106, Nomenclatura Catastral n°24060201011521060000; Lote 108, Nomenclatura Catastral n°24060201011521080000; Y Lote 109, Nomen- clatura Catastral n°24060201011521090000, todos correspondientes a la Manzana n° 152 de nuestra localidad, y CONSIDERANDO: Que se ha efectuado el llamado a concurso de precios en un todo de conformidad con las previsiones de la Ordenanza N°835/07. Que el día 01 de agosto de 2022 se realizó la apertura de sobres en el Palacio Municipal ante la presencia de la Comisión Especial de Tasaciones conformada según ordenanza N° 1443, con la presencia de representantes del HCD, Sr. Ricardo Franco y el Cdor. Gustavo Gonzalez; en Representación del Tribunal de Cuentas la Cdra. Cecilia Bassi y en Representación del Departa- mento Ejecutivo el Secretario de Obras Públicas, Arq. Gerardo Renaudo. Que fueron presentadas cuatro propuestas. Que las propuestas cumplen acabadamente con los requisitos, bases y condiciones impuestas en la convocatoria del concurso de precios. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ADELIA MARÍA DECRETA Artículo 1°: Adjudíquese el lote N°105, identificado con la Nomencla- tura Catastral N°24060201011521050000 según el concurso de precios convocado mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 2022 al Sr. Salvachua Rodolfo Raul, DNI 12.554.882, con domicilio legal en calle Pte. Perón N° 967, de la ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba en la suma de Pesos tres millones cuatrocientos mil con 00/100 ($3.400.000,-), paga- deros de acuerdo a lo estipulado en el Pliego del mencionado concurso. Artículo 2°: Adjudíquese el lote N°106, identificado con la Nomencla- tura Catastral N°24060201011521060000 según el concurso de precios convocado mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 2022 al Sr. Salvachua Rodolfo Raul, DNI 12.554.882, con domicilio legal en calle Pte. Perón N° 967, de la ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba en la suma de Pesos tres millones seiscientos mil con 00/100 ($3.600.000,-), pagade- ros de acuerdo a lo estipulado en el Pliego del mencionado concurso. Artículo 3°: Adjudíquese el lote N°108, identificado con la Nomen- clatura Catastral N°24060201011521080000 según el concurso de pre- cios convocado mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 2022 a la Sra. Gosso Emiliana, DNI 32.705.448, con domicilio legal en calle Ameghino N°67, de la ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba en la suma de Pesos cinco millones ciento un mil quince con 00/100 ($5.101.015,-), pagaderos de acuerdo a lo estipulado en el Pliego del mencionado concurso. Artículo 4°: Adjudíquese el lote N°109, identificado con la Nomenclatura Catastral N°24060201011521090000 según el concurso de precios convocado mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 2022 a la Sra. Gosso Emiliana, DNI 32.705.448, condomicilio legal en calle Ameghino N°67, de la ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba en la suma de Pesos cuatro millones novecientos un mil noventa y cuatro con 00/100 ($4.901.094,-), pagaderos de acuerdo a lo estipulado en el Pliego del mencionado concurso. Artículo 5°: NOTIFIQUESE a los ganadores del concurso con copia del presente. Artículo 6°: El importe mencionado en el artículo 1° será imputado a la partida “POR VENTAS DE BIENES INMUEBLES”. - Cta. Nº 2.3.2.01 Artículo 7°; COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE. Fdo.: JORGE FABIAN MARINO - Intendente Municipal.- FLAVIO RUBEN BIOTTI - Secretario de Gobierno.- 2 días - Nº 400150 - s/c - 11/08/2022 - BOE Viene de Pag. 1 MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE Decreto Nº 37 / 2022 ..............................................................Pag. 7 Decreto Nº 38 / 2022 ..............................................................Pag. 8 Decreto Nº 39 / 2022 ..............................................................Pag. 8 Decreto Nº 40 / 2022 ..............................................................Pag. 8 Decreto Nº 41 / 2022 ..............................................................Pag. 8 Decreto Nº 42 / 2022 ..............................................................Pag. 9 Decreto Nº 43 / 2022 ..............................................................Pag. 9 Decreto Nº 45 / 2022 ..............................................................Pag.10 Decreto Nº 46 / 2022 ..............................................................Pag.10 Decreto Nº 47 / 2022 ..............................................................Pag.10 Decreto Nº 48 / 2022 ..............................................................Pag.11 Decreto Nº 49 / 2022 ..............................................................Pag.11 Decreto Nº 50 / 2022 ..............................................................Pag.11 Decreto Nº 51 / 2022 ..............................................................Pag.12 Decreto Nº 29 / 2022 ..............................................................Pag.12 Decreto Nº 18 / 2022 ..............................................................Pag.12 MUNICIPALIDAD DE SAIRA Decreto N° 22/2022 ...............................................................Pag.13 Decreto N° 23/2022 ...............................................................Pag.13 Decreto N° 27/2022 ...............................................................Pag.13 Decreto Nº 24/2022 ...............................................................Pag.13 Decreto Nº 25/2022 ...............................................................Pag.14 Decreto N° 28/2022 ...............................................................Pag.14 Decreto N° 29/2022 ...............................................................Pag.15 Decreto N° 30/2022 ...............................................................Pag.15 Decreto N° 31/2022 ...............................................................Pag.15 Decreto N° 32/2022 ...............................................................Pag.16 MUNICIPALIDAD DE VILLA TULUMBA Ordenanza N°410/2021 ..........................................................Pag.16 MUNICIPALIDAD DE EMBALSE Notificación ............................................................................Pag.16 Notificación .............................................................................Pag.17 3BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” MUNICIPALIDAD DE BERROTARAN ORDENANZA 19/2022 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BERROTARAN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 19/2022 Articulo 1º: EXCEPTUASE, al Departamento Ejecutivo de la aplica- ción del Título III de la Ordenanza 35/2021, para la contratación de la mano de obra para la colocación de adoquines de hormigón en la obra “Pavimen- tación con adoquines en calle Colón entre Sucaría y Constitución”. Articulo 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar directamente a la COOPERATIVA DE TRABAJO JUNTOS CRE- CEMOS LTDA. CUIT: 30-71719974-6, por la suma final de pesos UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 00/10.- POR METRO CUADRADO ($1.210,00.- / m2), por la mano de obra que implica: realización de cama de arena, colocación de adoquines, tomado de juntas y compactación de adoquines en la obra “Pavimentación con adoquines en calle Colón entre Sucaría y Constitución”. Articulo 3º: El gasto que demande esta compra será imputado a la partida “2.2.01.01.01.00.00 PAVIMENTO”, del Presupuesto de Gastos Vigente. Articulo 4º: COMUNIQUESE, publíquese, dése al registro municipal y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Berrotarán, en sesión ordinaria a los seis días del mes de Julio del año dos mil veintidós.- 1 día - Nº 400461 - s/c - 11/08/2022 - BOE MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL TOTORAL ORDENANZA N° 17/2022 VISTO: La necesidad de establecer la regulación de los cercos y muros en inmuebles con el nivel natural sobre elevado o con pendientes de escurri- miento de agua natural.- CONSIDERANDO: Que la mencionada regulación es de competencia Material del Con- cejo Deliberante conforme el art. 186 de la Constitución de la Provincia de Córdoba y el art. 30 de la Ley 8102; Que se encuentran vigentes las Ordenanzas 15/80 y 26/2017, siendo las mismas complementarias entre si; Por ello y en atribuciones de ley, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL TOTORAL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Artículo 1°: INCORPORESE, el art. 46 a la Ordenanza 26/2017, el que contiene la siguiente redacción: “ART. 46: Sobre las líneas divisorias (medianeras) y cerramiento frontal de inmuebles con las características topográficas de “nivel natural del terreno sobre elevado” y/o “con pendientes de escurrimiento de agua natural” se debe realizar la colocación de limites de cerramiento de alambre o tejido permeable y setas vivas de 1,80 a 2,00 metros de altura, que garanticen la evacuación de aguas naturales pluviales. Así mismo y aun en caso de no existir aberturas sobre la medianera, en el supuesto de inmuebles con las características descriptas en el apartado anterior, el retiro mínimo de línea de edificación deberá ser de 2.5 mts de cada lado de los linderos.- Derívese a la Reglamentación de la presente por parte del DEM la identifica- ción de las zonas que posean estas características topográficas particulares.”- Artículo 2°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.- Dada en Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Mu- nicipalidad de Villa Del Totoral a los 04 días de Agosto de 2022, acta Nª 14/2022. – FDA: GERVASONI, SANGOY, BRAVO NOEMI, LIMIA, BRAVO EDUARDO, GARAY, BERNABEY– CONCEJALES 1 día - Nº 400324 - s/c - 11/08/2022 - BOE DEC 90/2022 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA DEL TOTORAL DECRETA: Artículo 1°: Promulgase la Ordenanza que lleva el N°16/2022 sancio- nada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en sesión ORDINA- RIA Con fecha de 04 de Agosto de 2022, Acta N. º14/2022.- Artículo 2°: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. – Artículo 3°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese. - Villa del Totoral, 05 de Agosto de 2022.- Fdo: DE LUCCA – INTENDENTE – ALALUF – SEC. DE GOBIERNO 1 día - Nº 400323 - s/c - 11/08/2022 - BOE 4BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” DEC 91/2022 EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA DEL TOTORAL DECRETA:Artículo 1°: Promulgase la Ordenanza que lleva el N°17/2022 sancio- nada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en sesión ORDINA- RIA Con fecha de 04 de Agosto de 2022, Acta N. º14/2022.- Artículo 2°: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. – Artículo 3°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese. - Villa del Totoral, 05 de Agosto de 2022.- Fdo: DE LUCCA – INTENDENTE – ALALUF – SEC. DE GOBIERNO 1 día - Nº 400327 - s/c - 11/08/2022 - BOE ORDENANZA N° 16 /2022 VISTO: La Ordenanza 11/2022 de aprobación del préstamo para la reali- zación de la Obra “Acceso al Cerro de la Cruz” y la nota de elevación de la misma remitida por el DEM.- CONSIDERANDO: Que se ha cumplimentado con el procedimiento por ante la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Córdoba; Que en el marco del mismo la Dirección General de Desarrollo Técnico emitió dictamen con fecha 07/07/2022.- Por ello y en atribuciones de ley, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL TOTORAL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Artículo 1°: APRUEBESE, la Obra “Acceso al Cerro de la Cruz”, confor- me memoria descriptiva y Dictamen de la Dirección General de Desarrollo Técnico de la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Córdoba, los que forman parte de la presente como Anexo I.- Artículo 2°: DEJESE sin efecto toda normativa que se oponga a la presente.- Artículo 3°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.- Dada en Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Mu- nicipalidad de Villa Del Totoral a los 04 días de Agosto de 2022, acta Nª 14/2022. – FDA: GERVASONI, SANGOY, BRAVO NOEMI, LIMIA– CONCEJALES ANEXO 1 día - Nº 400321 - s/c - 11/08/2022 - BOE MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO RESOLUCIÓN HCD N°18/2022. VISTO El tratamiento del Proyecto de Ordenanza Titulado “Paso a Planta Permanente a Agentes Municipales”. Y CONSIDERANDO Que el Estatuto Municipal al que se rige para el paso a Planta Permanente de agentes municipales, como también otras cuestiones es del año 1987; Que los concejales consensuan crear una comisión para conformar un Estatuto Municipal nuevo, acorde a la actualidad de Villa Yacanto, con el asesoramiento técnico necesario; Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO RESUELVE ARTÍCULO 1ro. CRÉAR la Comisión para estudio, análisis y confec- ción del nuevo Estatuto del Empleado Municipal. La misma estará integra- da por todos los concejales en funciones, siendo necesaria la presencia de al menos cuatro para dar quórum a la comisión, el asesor letrado munici- pal, el Secretario de Coordinación y Planificación Estratégica Municipal, la Srta. Luciana Vélez, quien trabaja en Administración Municipal y tiene am- plio conocimiento con respecto a los empleados, (ya que es la encargada de realizar contratos, vacaciones y demás temas correspondientes) y dos representantes de los agentes municipales de planta permanente. ARTÍCULO 2ro. INVITAR a los profesionales necesarios para contar con asesoramiento técnico que permita la confección de un nuevo Estatuto del empleado municipal para Villa Yacanto, debiendo considerar las legislaciones vigentes de orden superior, las necesidades de la comunidad y la realidad de las actividades que desarrolla la Municipalidad y los servicios que se prestan. ARTÍCULO 3ro. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS- TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE. Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto de Calamuchita en Sesión Ordinaria de la fecha 14 de julio de 2022. ACTA Nº17/2022. 1 día - Nº 399929 - s/c - 11/08/2022 - BOE RESOLUCIÓN HCD N°20/2022. VISTO La presentación de notas del Centro de Comercio, Industria y Turis- mo de Villa Yacanto. Y CONSIDERANDO Que, los integrantes del Centro de Comercio, Industria y Turismo de Villa Yacanto han acercado varias notas con diferentes temas. Que los concejales consideran dar respuesta a los temas planteados por tal Institución:1-Solicitud de otorgar la facultad de dictar factibilidad para http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2022/08/56157_Anexo-Ord-16.2022.pdf 5BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” las habilitaciones comerciales.2-Solicitud regularización distanciamiento de comercios del mismo rubro, mediante ordenanza municipal.3-Solicitud de ordenanza municipal donde se exija a las Farmacias locales diagramar fechas de turnos y cumplirlo.4-La prohibición de vendedores Ambulantes en la localidad. Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO RESUELVE ARTÍCULO 1ro. -INFORMAR al Centro de Comercio lo resuelto por el Honorable Concejo Deliberante, siguiendo el orden de las notas recibidas: ARTÍCULO 2do. -NOTIFÍQUESE que el Concejo Deliberante, no acuerda ceder la facultad sobre las habilitaciones comerciales. ARTÍCULO 3ro. –NOTIFÍQUESE que tuvo tratamiento en comisión el Ordenamiento Territorial Comercial, donde se consensuo entre los presen- tes que no es viable, ya que no se puede regir el derecho al trabajo, siendo responsable el futuro comerciante de su progreso en caso de contar ya con comercios del mismo rubro en cercanía. ARTÍCULO 4to. -NOTIFÍQUESE que se realizó una reunión en comi- sión con propietarios y/o encargados de las farmacias locales habilitadas al día de la fecha, con quienes se acordó que diagramarán guardias pasi- vas telefónicas, como también la publicación en los medios de comunica- ción y redes sociales, de cartelería de horarios de atención y teléfonos de contactos de las mismas. ARTÍCULO 5to. -NOTIFÍQUESE que tuvo tratamiento en Comisión el pe- dido de prohibición de venta ambulante, donde el concejo expone que ya está reglamentado en la tarifaria municipal; (Título V, Capitulo 2, Articulo 50). ARTÍCULO 6to. - COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS- TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE. Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto de Calamuchita en Sesión Ordinaria de la fecha 28 de julio de 2022. ACTA N°18/2022. 1 día - Nº 399931 - s/c - 11/08/2022 - BOE RESOLUCIÓN HCD N°21/2022 VISTO La presentación de la nota del vecino Sr. Maggiora Fernando. Y CONSIDERANDO Que la nota del Sr. Maggiora solicita información sobre un pedido que realizo años anteriores, donde refiere a nombrar una calle de nuestra loca- lidad con el nombre de su padre LUIS MAGGIORA DENIS, quien fuera uno de los primeros habitantes de Villa Yacanto en los años 40; Que el Concejo Deliberante recuerda que el nombre de este vecino ya existe en la lista de nombres solicitados para futuras calles que requieran ser nombradas; Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO RESUELVE ARTÍCULO 1ro. INFORMAR al vecino Maggiora que el nombre de su padre está en una lista, para aplicarlo en calles que todavía no cuentan con un nombre. ARTÍCULO 2ro. PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE. Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto de Calamuchita en Sesión Ordinaria de la fecha 18 de julio de 2022. ACTA Nº18/2022. 1 día - Nº 399934 - s/c - 11/08/2022 - BOE ORDENANZA MUNICIPAL N° 975/2022 VISTO La necesidad de corregir el índice, como también agregar un inciso en el Art. 68 del Capítulo 2, Libro III del Código de Edificación vigente. Y CONSIDERANDO Que se ha advertido que en el índice del Código de Edificación el artículo 19 no corresponde con lo que está concretamente redactado en ese artículo; Que en el Código vigente (ordenanza municipal 923/2020) en el índice el artículo 19 refiere a “de obras funerarias”, pero en el desarrollo del articulado el articulo 19 corresponde a “Inexactitudes de los Documentos exigidos”; Que en Sesión de Comisión seha evaluado en conjunto con el Director de Obras Privadas que se vienen realizando obras con techos de paja, que eventualmente estarían destinados a la actividad comercial, lo que es peligroso por ser material inflamable; Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1ro. DISPÓNGASE el agregado del Inciso “a” al Art. 68 del Capítulo 2, Libro III del Código de Edificación vigente ordenanza municipal n°923/2020, el que queda redactado de la siguiente manera:Artículo 68, inc a: TECHOS DE PAJA: éstos techos podrán utilizarse exclusivamente en lugares de esparcimiento, quinchos de juegos, quinchos aledaños a piletas. Queda prohibido su uso en construcciones con destino industrial, comercial o residencial. Así mismo, por cuestiones de seguridad, queda prohibida la construcción de asadores, hornos a fuego, o similares en luga- res con techo de paja. Los techos de paja deberán tener una inclinación no menor al 30%. ARTÍCULO 2do. DISPÓNGASE la corrección del índice de la ordenan- za municipal 923/2020 Código de Edificación Municipal, para que quede acorde al desarrollo del mismo. ARTÍCULO 3ro. DISPÓNGASE lo necesario para que las áreas ad- ministrativas correspondientes tomen conocimiento y procedan en conse- cuencia ARTÍCULO 4to. DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co- rresponder. ARTÍCULO 5to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE DÉSE AL REGIS- TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE. 6BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022. Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga- da por Decreto Nº 44/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa- blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas 1 día - Nº 399911 - s/c - 11/08/2022 - BOE ORDENANZA MUNICIPAL Nº974/2022. VISTO El tratamiento del Proyecto de Ordenanza Titulado “Autorización para la suscripción del Contrato con SITIOS ARGENTINA S.A” Y CONSIDERANDO Que se presentó una propuesta direccionada por la Empresa AMX AR- GENTINA S.A, la cual suscribiera oportunamente el contrato locativo por el emplazamiento de la Torre Mástil que contiene la antena repetidora de la em- presa telefónica CLARO, en las parcelas 3 y 4 de la manzana 94 de la Sección “D” contigua al tanque cisterna principal del servicio de agua corriente; Que la propuesta locativa ofrece la vinculación contractual por el termi- no de cinco años, estableciendo un monto total de $3.000.000,00, a efecti- vizar de manera inmediata en un único pago Que es menester aclarar que la empresa AMX ARGENTINA S.A, cedió su posición a la firma SITIOS ARGENTINA S.A, CUIT N°30-71122513-3, con domicilio legal en Avda. Álvarez Jonte N°1862, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, perteneciente al mismo grupo económico; Que la Administración Municipal cree conveniente la suscripción de esta propuesta locativa que formaliza la empresa telefónica, y que el canon locativo está dentro de los márgenes contractuales, ello no incluye la tasa municipal de inspección de la torre mástil que corre por separado y bajo otra contribución. Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1ro. AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir contrato locativo comercial con la empresa SITIOS ARGENTINA S.A, CUIT N°30-71122513-3, y disponer del uso y goce de la parcela inmo- biliaria donde se encuentra emplazada la torre/mástil, e identificada como: Lotes 3 y 4 de la Manzana 94 de la Sección “D”, Nomenclatura 01-05-019- 001, con una superficie de 431 metros cuadrados, emplazada en la calle Los Álamos s/n, del Barrio Mirador del Cerro, de Villa Yacanto de Calamuchita, Provincia de Córdoba, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo Folio Real Mat. 1185425 (12), por el termino de cinco (5) años, contados a partir del día 15 de marzo de 2023 y finalizando el próximo 14 de marzo de 2028; cuyo monto total del contrato locativo es de PESOS TRES MILLONES (3.000.000,00), de pago único e inmediato a la firma del presente. ARTÍCULO 2do. ADJÚNTASE copia del Contrato Locativo Comercial indicado en el artículo precedente, el cual forma parte complementaria e integrante de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 3ro. DISPÓNESE lo necesario para que la empresa SI- TIOS ARGENTINA S.A.-parte locataria- y además las áreas municipales tomen conocimiento y procedan en consecuencia. ARTÍCULO 4to. DÉSE copia la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co- rresponder. ARTÍCULO 5to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS- TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE. Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022. Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga- da por Decreto Nº43/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa- blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas. 1 día - Nº 399917 - s/c - 11/08/2022 - BOE ORDENANZA MUNICIPAL N°976/2022 VISTO La solicitud de los profesionales actuantes en la Dirección de Obras Privadas, el Ingeniero Agrimensor y el Secretario de Obras Públicas, que mencionan la necesidad de crear el Departamento Técnico de Catastro, Obras Privadas y Obras Públicas. Y CONSIDERANDO Que la creación de este departamento técnico, permitirá la optimiza- ción del control y una mejor atención a las problemáticas expuestas por ante las oficinas municipales y que tienen que ser resueltas por el Área de Catastro, Dirección de Obras Privadas o Secretaría de Obras Públicas, además del seguimiento en conjunto de cada tema; Que, teniendo varios casos de notas presentadas al Concejo Delibe- rante por vecinos, con inconvenientes en las mediciones de terrenos, obras que no cumplen lo reglamentado en el Código de Edificación u otros asun- tos similares, que requieren intervención técnica y desde el Concejo se debe derivar a las áreas correspondientes por no contar con el tecnicismo necesario en esos temas; Que todo tema a tratar con lo relacionado al párrafo anterior, se debe presentar para tratamiento del nuevo Departamento de Catastro y Obras Privadas/ Publicas, en la oficina de Obras Privadas, donde se receptarán las necesidades de los vecinos y serán consideradas y resueltas de acuer- do a la normativa vigente; Que ante la necesidad de una nueva normativa será el Departamento técnico de Catastro, Obras Privadas y Obras Públicas quien la requiera de manera formal a este Concejo Deliberante que legisle al respecto, debien- do mediar el procedimiento de información y debate suficiente al efecto; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1ro. CRÉASE el Departamento Técnico de Catastro y Obras Privadas/ Publicas de Villa Yacanto de Calamuchita, que tendrá como objetivo principal trabajar para dar soluciones integrales a la proble- mática presentada por los vecinos. ARTÍCULO 2do. DISPÓNGASE lo necesario para que las áreas ad- ministrativas correspondientes tomen conocimiento y procedan en conse- cuencia. 7BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” ARTÍCULO 3ro.DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co- rresponder. ARTÍCULO4to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE DÉSE AL REGIS- TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE. Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022. Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga- da por Decreto Nº45/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa- blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas 1 día - Nº 399921 - s/c - 11/08/2022 - BOE ORDENANZA MUNICIPAL N°977/2022 VISTO La necesidad de dar respuesta a la presentación de notas de la vecina Ana María Delorenzi. Y CONSIDERANDO Que en esas notas manifiesta contar con un inconveniente en su lote al estar este dividido en dos partes por una calle abierta por uso y costumbre, lo cual lo hace inutilizable; Que el lote en cuestión es Lote 9, Manzana 13, Sección 04, designa- ción catastral (12-02-39-01-04-027-007) Que años anteriores se le eximio del pago de contribución por Tasa del Servicio de la propiedad, y que solicita nuevamente ese beneficio por no contar hasta la actualidad con una solución; Que el Honorable Concejo Deliberante dictamina eximir a la vecina del pago de contribución por Tasa del Servicio de la propiedad, hasta que el DEM tenga una solución definitiva, en la cual están trabajando.Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA ARTÍCULO 1ro. EXÍMASE del pago de contribución por Tasa del Ser- vicio de la propiedad, a la vecina Ana María Delorenzi DNI N°5.817.988, propietaria del Lote 9, Manzana 13, Sección 04, designación catastral (12- 02-39-01-04-027-007), hasta contar con una solución definitiva. ARTÍCULO 2do. DISPÓNESE lo necesario para que las áreas admi- nistrativas y técnica-operativas correspondientes tomen conocimiento y procedan en consecuencia. ARTÍCULO 3ro. DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co- rresponder. ARTÍCULO 4to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE DÉSE AL REGIS- TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE. Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión ordinaria correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022. Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga- da por Decreto Nº46/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa- blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios Secretaria de Economía y Finanzas. 1 día - Nº 399926 - s/c - 11/08/2022 - BOE MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE DECRETO Nº 37 / 2022 VISTO: La realización de la Expo Vocacional, organizada por el ROTARY CLUB La Cumbre, a llevarse a cabo el 10 de Junio de 2020, en el Instituto Nuestra Señora de Lourdes, en la Localidad de La Cumbre. Y CONSIDERANDO: Que dicha Exposición Vocacional que tendrá lugar en nuestra localidad el día 10 de Junio de 2022, resulta de gran importancia no solo para La Cumbre sino para el resto de las localidades vecinas del Departamento Punilla. Que contará con la presencia de aproximadamente 450 alumnos del último año de Nivel Secundario de las escuelas de La Cumbre y localidades vecinas.- Que los participantes escucharán a disertantes que cubrirán temas tales como vocación, los escenarios laborales futuros y la acción de elegir un camino, para luego recorrer la Feria de Oportunidades Educativas y así poder evaluar alternativas para su desarrollo futuro. POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º DECLARESE de Interés Municipal a la Exposición Voca- cional, organizada por el Rotary Club La Cumbre, a llevarse a cabo el 10 de Junio de 2022 en el Instituto Nuestra Señora de Lourdes, de la Localidad de La Cumbre Articulo: 2º BRINDESE todo el apoyo y colaboración a través del De- partamento Ejecutivo Municipal. Articulo: 3º COMUNIQUESE, publíquese, dese copia a los organiza- dores, a las áreas correspondientes, al Registro Municipal y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400475 - s/c - 11/08/2022 - BOE 8BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” DECRETO Nº 38 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 09/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli- berante de La Cumbre, con fecha 27 de Mayo del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 09/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se AUTORIZA a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a aprobar por vía de excepción la factibilidad de mensura, unión y subdivisión de parcelas de propiedad de los Sres. Muller Fabián Aldo y Forno Mabel Guadalupe en calle Virgen del Carmen de nuestra localidad.- Articulo: 2º DEROGUESE toda otra norma que se oponga a la presente.- Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400480 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 39 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 10/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli- berante de La Cumbre, con fecha 27 de Mayo del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 10/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se SOLICITA al Departamento Ejecutivo Muni- cipal por medio de la Secretaría de Obras Públicas la colocación de reductores de velocidad adecuados a la zona en las calles Facundo Nuño y General Paz.- Articulo: 2º ADECÚESE la señalización pertinente de dichos reducto- res en dichas calles.- Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400483 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 40 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 11/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli- berante de La Cumbre, con fecha 27 de Mayo del año DosMil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivopromulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 11/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se AUTORIZA a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos mediante Vía de Excepción a aprobar la solicitud de FACTIBILIDAD de plano para la construcción de vivienda del Sr. Juan Ma- nuel Galiano, ubicado en la calle 4, entre Arenales y Vieytes de Bº Palermo de nuestra localidad (zona Z5).- Articulo: 2º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400484 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 41 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 12/2022 sancionada por el Honorable Con- cejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 09 de Junio del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 9BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 12/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se RATIFICA el “Convenio de Finan- ciamiento para la construcción de viviendas” celebrado entre la Municipali- dad de La Cumbre y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Econo- mía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del “Programa 10000 Viviendas- Línea Vivienda Semillas Municipios”, creado por el Decreto Nº 373/22 del Poder Ejecutivo Provincial, celebrado con fecha 12 de Mayo del año 2022, con el objetivo de disminuir el déficit habitacional de las familias más vulnerables que se encuentre ubicados en la localidad de La Cumbre.- Articulo: 2º AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a sub- sidiar hasta en un cien por ciento (100%) el reintegro o restitución dé las asistencias económicas a otorgar a los beneficiarios referidos en el artículo 1º. Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: VPABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Re- laciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400501 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 42 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 13/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 09 de Junio del año Dos Mil Vein- tidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se MODIFICA el artículo 8º en sus incisos c) y d) de la Ordenanza Nº 34/2004 en relación a la conservación y protección del patrimonio arquitectónico, cultural y natural e histórico de nuestra localidad.- Quedando redactado de la siguiente manera: c. Las obras civiles institucionales relevantes, públicas y privadas, rea- lizadas entre 1880 y 1975, que testimonien a la historia social, política, religiosa, industrial y económica de la localidad. d. Las obras civiles resi- denciales y/o comerciales relevantes, públicas y privadas, realizadas entre 1880 y 1975.- Articulo: 2º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400503 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 43 / 2022 VISTO: Que se presentará en el día de la fecha, en la Sala Caraffa de nuestra localidad y, con motivo de conmemorarse un nuevo aniversario de la muerte del Gral. Manuel Belgrano, el escritor e historiador Cr. Esteban Dómina, autor del libro “Belgrano a Corazón Abierto”, brindando una charla destinada a Centros Educativos y abierta toda la Comunidad. Y CONSIDERANDO: La amplia trayectoria del Cr. Domina como profesional independien- te, docente universitario y, en el campo de la política y la función pública. Ocupó diversos cargos legislativos y ejecutivos, en el orden nacional, pro- vincial y municipal, entre ellos: senador provincial (1987-1993), diputado nacional (1995-1999), presidente de la Cámara de Diputados de Córdoba (1999-2001), convencional constituyente (2001) y concejal de la ciudad de Córdoba (2011-2019). Fue además presidente del Banco Estatal BICE entre 2004 y 2008 y Ministro de Economía de la provincia de Santiago del Estero (1994-1995) y de la provincia de Córdoba (2001-2002). En 1997 fue condecorado por el gobierno chileno con la Orden al Mérito de Chile. Su afición por la historia y la literatura es de toda la vida. Publicó numerosos artículos, ensayos y notas en diarios y revistas. Es autor de los siguientes libros: De puño y letra (1998), Historia mínima de Córdoba (2003), La misteriosa desaparición de Martita Stutz (2005), Morir en grande (2006), Caso Penjerek (2007), Caso Yalovetzky (2008), Morir en grande II (2009), Santiago Derqui. El federalismo perdido (2010), Tejas con Historia (2011), El general cautivo (2012), Los Puja- das. De la épica guerrillera al horror (2013), Las promesa del general (2014), La independencia argentina. 14 años de política, diplomacia y guerra (2016), Mujeres argentinas. La otra historia (2017), La mafia en acción. Caso Ayerza (2018), Protagonistas de la historia (2018) y La grieta. Historia de los des- encuentros argentinos (2019). Asimismo, es conferencista y columnista en medios gráficos, radiales, televisivos y redes sociales sobre temas históricos. POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º DECLARAR HUESPED DISTINGUIDO al escritor e his- toriador Cr. Esteban Dómina, quien en el día de la fecha se presenta con su libro “ Belgrano a Corazón Abierto”, conmemorando la figura del General Manuel Belgrano, en nuestra localidad de La Cumbre. Articulo: 2º BRINDAR, a través de la Dirección de Cultura Municipal, todo lo atinente a una mejor estadía del nombrado. 10BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” Articulo: 3º COMUNIQUESE, publíquese, dese copia al homenajea- do, la Junta de Historia, a las áreas municipales correspondientes, al Re- gistro Municipal y archívese. DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDADDE LA CUMBRE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400505 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 45 / 2022 VISTO: La solicitud del Sr. Luis Darío Cabrera, DNI 22.663384, padre de la niña Brisa Sofía Cabrera, DNI 50.260.522, para solventar gastos adminis- trativos destinados al pasaporte express, siendo de carácter urgente para su participación en jornadas de entrenamiento, que le fueran otorgadas por parte de “ Hernán Rey Golf Academy”, a desarrollarse todo de confor- midad a la documentación que se adjunta al presente Decreto. Y CONSIDERANDO: Que este D.E.M. ha resuelto colaborar con el Sr. Luis Darío Cabrera, su progenitor a tal fin. POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º OTORGUESE una ayuda económica de PESOS QUINCE MIL ($15.000-) al Sr. Cabrera Luis Dario D.N.I. 22.663384.- Articulo: 2º COMUNIQUESE, publíquese dese copia al interesado, a las áreas municipales correspondientes, al Registro Municipal y archívese. DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400511 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 46 / 2022 VISTO: La solicitud realizada por el Club Atlético 25 de Mayo de nuestra localidad, en donde requieren se le otorgue una ayuda económica destina- da para solventar gastos de transporte, siendo que las categorias de fútbol femenino participaran en la localidad de Bialet Massé por la Décima fecha de la Liga de Punilla.- Y CONSIDERANDO: Que este D.E.M. ha resuelto colaborar con el Club Atlético 25 de Mayo, para hacer frente a los ya mencionados gastos, siendo la finalidad promo- ver y apoyar el club que representa nuestro pueblo.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º OTORGUESE al Club Atlético 25 de Mayo una ayuda eco- nómica de PESOS DIEZ MIL ($10.000-) destinada a solventar el gasto consignado en el considerado del presente Decreto. Articulo: 2º Comuníquese, publíquese, dese copia al Registro Munici- pal y Archívese.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400518 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 47 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 14/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 30 de Junio del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se RATIFICA el convenio de Adhe- sión firmado por el Intendente Municipal Sr. Rubén Justo Ovelar, con la SECRETARÍA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, re- presentada por el Señor Dr. Franco Hernán Mogetta Prevedello, con fecha 13/04/2022.- Articulo: 2º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400519 - s/c - 11/08/2022 - BOE 11BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” DECRETO Nº 48 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 15/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 30 de Junio del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 15/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se DESIGNA con el nombre de IGNACIO MOYANO, a la Plaza Saludable del Barrio Valle del Sol.- Articulo: 2º Solicitar al Área de Obras y Servicios Públicos de la Muni- cipalidad de La Cumbre para que se construya la base y coloque la placa conmemoratoria dentro de un plazo no mayor a los 15 días desde la pro- mulgación de la misma.- Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400521 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 49 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 16/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 07 de Julio del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 16/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se RECTIFICA el monto establecido en la Ordenanza 08/2022, de conformidad a las condiciones descriptas en el considerando de la misma.- Articulo: 2º AUTORICESE al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación que sea necesaria a los fines de la instrumentación de la adquisición referida.- Articulo: 3º COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400522 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 50 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 17/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli- berante de La Cumbre, con fecha 07 de Julio del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 17/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se AUTORIZAal Sr. Intendente de la Municipa- lidad de La Cumbre, Cr. Rubén Ovelar, a tomar crédito en el Banco de la Na- ción Argentina por hasta la suma de pesos DOCE MILLONES ($12.000.000), conforme las siguientes características: Plazo hasta 5 años con un plazo de gracia de hasta 6 meses, tasa de interés fija para el primer año del 35% TNA y a partir del segundo año y hasta la finalización del crédito tasa de interés BADLAR - todo según reglamentación Nº 702 del Banco Nación Argentina con destino a adquirir camión marca IVECO 170E28 con caja volcadora trasera Mod. ECO-CVOS 9 Marca Econovo de 9 mts. De capacidad.- Articulo: 2º AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a instrumentar las modificaciones presupuestarias necesarias a los fines de imputar de forma correcta los fondos provenientes del PRESTAMO solicitado al Ban- co de la Nación Argentina, una vez que esta Ordenanza sea aprobada. Articulo: 3º FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a sus- cribir toda documentación que sea necesaria a los fines de cumplimentar con lo dispuesto en los artículos precedentes, en los términos y condicio- nes establecidos en la presente Ordenanza. Articulo: 4º COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400532 - s/c - 11/08/2022 - BOE 12BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” DECRETO Nº 51 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 18/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 07 de Julio del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 18/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se ESTABLECE como estaciona- miento permitido únicamente sobre la calzada derecha de la calle SIGFRI- DO SCHERZER con sentido (dirección) desde la calle 25 DE MAYO hasta la calle LAPRIDA de la localidad de La Cumbre.- Articulo: 2º ARBITRESE los mecanismos correspondiente a los fines de garantizar la señalización de acuerdo a lo establecido en el Art. 1º de la presente Ordenanza.- Articulo: 3º Ante la organización de eventos realizados por el municipio y/o privados, no se permitirá el cierre de tránsito vehicular de dicha calle.- Articulo: 4º COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400536 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 29 / 2022 VISTO: La Ordenanza Nº 05/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli- berante de La Cumbre, con fecha 06 de Mayo del año Dos Mil Veintidós. Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha- cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 05/2022 en todos y cada uno de sus artículos por la cual se RECTIFICA la estructura del Pre- supuesto de recursos y gastos vigentes INCREMENTANDO la partida co- rrespondiente, a los fines de una correcta imputación. Articulo: 2º RECTIFICAR el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos Vigentes quedando modificado a la suma total de seiscientos cuatro millones setecientos cincuenta y dos mil setenta y tres con 36/100 ($604.752.073,36.-) Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu- nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400565 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 18 / 2022 VISTO: La necesidad de Compensar Partidas del Presupuesto Gastos Vi- gentes.- Y CONSIDERANDO: Que la ley orgánica municipal Nº 8102 otorga dicha facultad al Inten- dente municipal.- POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE DECRETA Articulo: 1º INCREMENTESE Y DISMINUYASE a partir de del 05 de Marzo de 2022 las siguientes partidas; (ver anexo 1) Articulo: 2º La presente Compensación de Partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, no altera el monto del mismo el cual asciende a la suma de pesos QUINIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS. ($590.394.981,63.-) Articulo: 3º COMUNIQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, a la Oficina de Contaduría y ARCHIVESE.- DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio- nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre. 1 día - Nº 400571 - s/c - 11/08/2022 - BOE 13BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” MUNICIPALIDAD DE SAIRA DECRETO N° 22/2022 VISTO: La sanción de la Ordenanza Nº 574/22, emanada del Honorable Concejo Deliberante, autorizada, con fecha 21 de Junio de 2022, sancio- nada en sesión ordinaria y aprobada según constancias que obran en Acta Nº 582 del libro de sesiones del Honorable Concejo Deliberante. Y CONSIDERANDO: Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación de las Ordenanzas sancionadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º): Promúlguese con fuerza de Ordenanza Nº 574/22, emanada del Honorable Concejo Deliberante, por la cual se RATIFICA el “Convenio de Financiamiento para la construcción de viviendas” celebrados entre la Municipalidad de Saira y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del “Programa 10000 Viviendas – Línea Vivienda Semilla Municipios” Decreto 373/22 y demás Artículos presentes en la mencionada Ordenanza. Art. 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Regístro Municipal.- Saira, 22 de Junio de 2022.- FDO. YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399768 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO N° 23/2022 VISTO: La solicitud de ayuda económica remitida por la Sub. comisión de Bochas del CABUC. La posibilidad de este Municipio de contribuir y cola- borar con las instituciones de nuestro pueblo. Y CONSIDERANDO:Que ha ingresado la PARTIDA EN EL PRESUPUESTO AL AÑO 2022 destinada a “Subsidios Deportes” 1-3-01-02-03-05-00. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º): Otórguese una ayuda económica de PESOS VEINTISIETE NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 27.944,00) a la Subcomi- sión de Bochas del Club Atlético y Biblioteca Unión Central. Art. 2º): Los fondos serán destinados a diferentes tareas, a saber: Re- paración cancha de Bochas. Art. 3º): Este D. E. M. se reserva el derecho de solicitar la rendición de cuentas relativas a los fondos otorgados en ayuda, a quien corresponda, de acuerdo a la estructura interna administrativa de cada institución bene- ficiada. Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y archívese. Saira, 27 de Junio de 2022. FDO. YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399770 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO N° 27/2022 VISTO: La solicitud de ayuda económica remitida por la Sub. comisión de Bochas del CABUC. La posibilidad de este Municipio de contribuir y cola- borar con las instituciones de nuestro pueblo. Y CONSIDERANDO: Que ha ingresado la PARTIDA EN EL PRESUPUESTO AL AÑO 2022 destinada a “Subsidios Deportes” 1-3-01-02-03-05-00. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º): Otórguese una ayuda económica de PESOS TRESCIENTOS SETENTAY SIETE MIL ($ 377.000,00) a la Subcomisión de Bochas del Club Atlético y Biblioteca Unión Central. Art. 2º): Los fondos serán destinados a diferentes tareas, a saber: Re- paración cancha de Bochas. Art. 3º): Este D. E. M. se reserva el derecho de solicitar la rendición de cuentas relativas a los fondos otorgados en ayuda, a quien corresponda, de acuerdo a la estructura interna administrativa de cada institución beneficiada. Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y archívese. Saira, 08 de Julio de 2022. FDO. YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399774 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 24/2022 VISTO: La necesidad de realizar compensaciones de partidas del Presu- puesto de Ingresos y Gastos vigentes en razón de haber resultado insufi- 14BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” cientes los créditos originales para el normal desenvolvimiento de la Admi- nistración Municipal. Y CONSIDERANDO: Que de entre las partidas que componen una misma partida principal, se faculta la compensación entre sí, tomando crédito de las que no serán utilizadas para refuerzo de las que se encuentran agotadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º): COMPENSASE las Partidas del Presupuesto de Gastos Vigentes, conforme al siguiente detalle: PARTIDAS A INCREMENTAR: 1-1-02-04-00-00-00 Elementos de limpieza y cafetería $420.000,00 In- cremento 100.000,00 quedando en $ 520.000,00; 1-1-02-09-00-00-00 Ra- cionamiento y alimentos $ 600.000,00 incremento $ 100.000,00 quedando en $ 700.000,00; 1-1-03-10-00-00-00 Gastos de Imprenta y Reproducción $ 140.000,00 incremento $ 15.000,00 quedando en $ 155.000,00; 1-1-03-14- 00-00-00 Premios adicionales y otros $ 50.000,00 incremento $ 500.000,00 quedando en 550.000,00; 1-1-03-19-00-00-00 Comisiones varias $ 70.000,00 incremento $ 50.000,00 quedando en $ 120.000,00; 1-1-03-25- 00-00-00 Serv mant. De terceros $ 2.200.000,00 incremento $ 150.000,00 quedando en $ 2.350.000,00 TOTAL DE INCREMENTO $ 915.000,00. PARTIDA A DISMINUIR:; 1-1-02-12-00-00-00 Cred. Adhic. Para refuerzo de partida $ 400.000,00 deducción $ 200.000,00 quedando en $ 200.000,00; 1-1-03-07-00-00 Gastos judiciales 464.000,00 deducción $ 150.000,00 que- dando en $ 314.000,00; 1-1-03-17-00-00-00 Deudas ser Ejerc. Anteriores $ 800.000,00 deducción $ 50.000,00 quedando en $ 750.000,00; 1-1-03- 18-00-00-00 Credito adi. Para refuerzo de partida 1.430.000,00 deducción 500.000,00 quedando en $ 930.000,00; 1-1-03-23-00-00-00 Ente coop. Re- cíproca $ 200.000,00 deducción $ 15.000,00 quedando en $ 185.000,00 TOTAL DE DEDUCCIONES $ 915.000,00. Art. 2º): el Presupuesto es de pesos doscientos quince millones ($ 215.000.000,00). - Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y archívese. Saira, 28 de Junio de 2022. FDO: YORDÁN EDGAR f.. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399782 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO Nº 25/2022 VISTO: La necesidad de realizar compensaciones de partidas del Presu- puesto de Ingresos y Gastos vigentes en razón de haber resultado insufi- cientes los créditos originales para el normal desenvolvimiento de la Admi- nistración Municipal. Y CONSIDERANDO: Que de entre las partidas que componen una misma partida principal, se faculta la compensación entre sí, tomando crédito de las que no serán utilizadas para refuerzo de las que se encuentran agotadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º): COMPENSASE las Partidas del Presupuesto de Gastos Vi- gentes, conforme al siguiente detalle: PARTIDAS A INCREMENTAR: 1-1- 01-01902-06-00 servicio ambulancia $ 404.707,99 Incremento 120.000,00 quedando en $ 524.707,99; 2-1-02-01-02-07-00 Obras Diversas $ 3.000.000, incremento $ 2.300.000,00 quedando en $ 5.300.000,00; 2-1-02-01-02-18- 00 Convenio FOMMEP policía $ 200.000,00 incremento $ 300.000,00 que- dando en $ 500.000,00; 1-1-02-09-00-00-00 Racionamiento y alimentos $ 700.000,00 incremento $ 190.000,00 quedando en 550.000,00; 1-1-03-19- 00-00-00 Comisiones varias $ 70.000,00 incremento $ 890.000,00 1-1-03- 14-00-00-00 Premio y otros similares $ 550.000,00 incremento $ 250.000,00 quedando en $ 800.000,00 TOTAL DE INCREMENTO $ 3.160.000,00. PARTIDA A DISMINUIR:; 1-1-01-07-00-00-00 Cred. Adhic. Para incremento salarial $ 200.000,00 deducción $ 120.000,00 quedando en $ 80.000,00; 2-1-02-01-02-06-00 Obras Banco Nación Argentina 1.000.000,00 deduc- ción $ 300.000,00 quedando en $ 700.000,00; 2-1-02-01-02-16-00 Obras Fondo Permanente $ 1.000.000,00 deducción $ 300.000,00 quedando en $ 700.000,00; 2-1-02-01-02-01-00 Obra Repavimentación 15.000.000,00 deducción 2.000.000,00 quedando en $ 13.000.000,00; 1-1-02-12-00-00- 00 Credito adicional para refuerzo de partida $ 200.000,00 deducción $ 190.000,00 quedando en $ 10.000.00; 1-1-03-1-00-00-00 Crredito adicional para refuerzo de partida $ 930.000,00 deducción $ 250.000,00 quedando en $ 680.000,00 TOTAL DE DEDUCCIONES $ 3.160.000,00. Art. 2º): el Presupuesto es de pesos doscientos quince millones ($ 215.000.000,00). - Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y archívese. Saira, 06 de Julio de 2022. FDO: YORDÁN EDGAR f.. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399796 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO N° 28/2022 VISTO: La sanción de la Ordenanza Nº 575/22, emanada del Honorable Concejo Deliberante, autorizada, con fecha 14 de Julio de 2022, sanciona- da en sesión ordinaria y aprobada según constancias que obran en Acta Nº 583 del libro de sesiones del Honorable Concejo Deliberante. Y CONSIDERANDO: Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación de las Ordenanzas sancionadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º): Promúlguese con fuerza de Ordenanza Nº 575/22, emanada del Honorable Concejo Deliberante, por la cual se AUTORIZA al D.E.M. a otorgar una recomposición salarial del 23% (veinte tres por ciento), para 15BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADESY COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” todo el personal de planta Permanente y contratados y un 20% (veinte por ciento) para la Planta Política de la Municipalidad de Saira, a partir del 01/7/2022, sobre el total de remuneraciones sujetas a retenciones estable- cidas por ley al 30/06/2022. Art. 2º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y archívese. Saira, 15 de Julio de 2022.- FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399802 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO N° 29/2022 VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral de carácter TRANSITORIO con el Sr. FERNANDEZ, Alejandro Luis, como personal contratado de este Municipio. Y CONSIDERANDO: Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgadas liberalidades a favor de esta Municipalidad. Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, disponibilidad horaria para las tareas asignadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. FERNANDEZ, Alejandro Luis D. N. I. 28.995.771 desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 inclusive, para realizar tareas de Enfermería en el Centro de Salud Munici- pal Eugenio Raviolo. Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre- to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal Contratado”. Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi- ficada por la Secretaria de Gobierno.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar- chívese. Saira, 01 de Agosto de 2022. FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399806 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO N° 30/2022 VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral de carácter TRANSITORIO con el Sr. Morel Claudio Adrián, como personal contratado de este Municipio. Y CONSIDERANDO: Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgado liberalidades a favor de esta Municipalidad. Que es de suma necesidad para el mantenimiento del estado de lim- pieza y conservación general de nuestro pueblo contar con Personal idó- neo para las más variadas tareas. Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, disponibilidad horaria para las tareas asignadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. Morel Claudio Adrián, D. N. I. 26.803.736, desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 inclusive, para realizar tareas de mantenimiento, limpieza y conservación general del Egido Municipal – y Manejo de ambulancia. Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre- to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal Contratado”. Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi- ficada por la Secretaria de Gobierno.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar- chívese. Saira, 01 de Agosto de 2022. FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399811 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO N° 31/2022 VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral de carácter TRANSITORIO con el Sr. Garay Pablo Martín, como personal contratado de este Municipio. Y CONSIDERANDO: Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgado liberalidades a favor de esta Municipalidad. Que es de suma necesidad para el mantenimiento del estado de lim- pieza y conservación general de nuestro pueblo contar con Personal idó- neo para las más variadas tareas. Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, disponibilidad horaria para las tareas asignadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. Garay Pablo Martín, D. N. I. 27.559.419, desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 inclusive, para realizar tareas de mantenimiento, limpieza y conservación general del Egido Municipal - 16BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162 CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas” Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre- to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal Contratado”. Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi- ficada por la Secretaria de Gobierno.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar- chívese. Saira, 01 de Agosto de 2022. FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399812 - s/c - 11/08/2022 - BOE DECRETO N° 32/2022 VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral de carácter TRANSITORIO con el Sr. Espíndola Osvaldo Ramón, como personal contratado de este Municipio. Y CONSIDERANDO: Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgado liberalidades a favor de esta Municipalidad. Que es de suma necesidad para el mantenimiento del estado de lim- pieza y conservación general de nuestro pueblo contar con Personal idó- neo para las más variadas tareas. Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, disponibilidad horaria para las tareas asignadas. POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA DECRETA: Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. Espíndola Osvaldo Ramón, D. N. I. 25.067.577, desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 inclusive, para realizar tareas de mantenimiento, limpieza y conservación general del Egido Municipal - Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre- to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal Contratado”. Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi- ficada por la Secretaria de Gobierno.- Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar- chívese. Saira, 01 de Agosto de 2022 . FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de Gobierno. 1 día - Nº 399817 - s/c - 11/08/2022 - BOE MUNICIPALIDAD DE VILLA TULUMBA ORDENANZA N°410/2021 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE VILLA TULUMBA SANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A Artículo 1º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a ad- quirir en forma directa unidad automotor usada Marca RENAULT Modelo MASTER DCI 120 MEDIO Tipo FURGON Año 2008 Dominio HAB767 Mo- tor G9UA724C037431, Chasis 93YADCUH58J953760 por suma de Pesos Dos Millones Quinientos Mil ($ 2.500.000), y, en consecuencia, FORMALÍ- CESE la adquisición al titular dominial. Artículo 2°: COMUNÍQUESE, Promúlguese, Publíquese, Dese al Re- gistro Municipal y Archivase. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TULUMBA A LOS 30 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. 21 días - Nº 397629 - s/c - 31/08/2022 - BOE MUNICIPALIDAD DE EMBALSE Notificación Conforme a Ordenanza Nro. 1605/22 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 20/04/2022, se notifica al Sr Savedro Monselesky que en el ex- pediente con Nomenclatura Catastral: 1205120101175007 se ha solicitado autorización para construir por parte de la poseedora Purreta Vviana Ester domiciliada en calle Rioja 831, Rosario, Rosario,Santa Fe, DNI 23.067.455 la que podrá recibir oposición de su parte en la Dirección de Catastro y Obras Privadas sita en calle H. Yrigoyen 422 de la localidad de Embalse de Calamuchita por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos a partir de la presente publicación, vencidos los cuales, si no mediare oposición continuará el trámite de autorización.
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