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SUMARIO
SECCION
1BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinoficial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
 LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y 
OTRAS DE MUNICIPALIDADES 
Y COMUNAS
“Las Malvinas son argentinas”
5a
MUNICIPALIDAD DE JOVITA
Licitación Pública ...................................................................Pag. 1
Licitación Pública ...................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE LITIN
Licitación Pública 01/2022 ....................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA
Licitación Pública Nº 2/2022 ..................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE ADELIA MARÍA
Decreto N° 41/2022 ................................................................Pag. 2
MUNICIPALIDAD DE BERROTARAN
Ordenanza 19/2022 ................................................................Pag. 3
MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL TOTORAL
Ordenanza N° 17/2022 .........................................................Pag. 3
Dec 90/2022 ...........................................................................Pag. 3
Dec 91/2022 ...........................................................................Pag. 4
Ordenanza N° 16 /2022 ........................................................Pag. 4
MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO
Resolución Hcd N°18/2022. ...................................................Pag. 4
Resolución Hcd N°20/2022. ...................................................Pag. 4
Resolución Hcd N°21/2022 ....................................................Pag. 5
Ordenanza Municipal N° 975/2022 .......................................Pag. 5
Ordenanza Municipal Nº974/2022. ........................................Pag. 6
Ordenanza Municipal N°976/2022 .........................................Pag. 6
Ordenanza Municipal N°977/2022 ........................................Pag. 7
Continúa en Pag. 2
MUNICIPALIDAD DE JOVITA
Licitación Pública
Ordenanza N° 19/2022. Objeto: Llamado a Licitación Pública, para la ad-
judicación en concesión del Servicio de Riego en la localidad de Jovita 
(Cba.). Fecha y Lugar de Apertura: 15/08/2022 - 10:00 hs. Municipalidad de 
Jovita. Pliego: Sin cargo. Lugar de retiro del pliego: Municipalidad de Jovita. 
Moreno esquina Intendente Riberi. Jovita. Cba. 
2 días - Nº 399423 - $ 858,40 - 11/08/2022 - BOE
Licitación Pública
Ordenanza N° 20/2022. Objeto: Llamado a Licitación Pública, para la ad-
quisición de Hormigón H21 y contratación de mano de obra para construc-
ción de cordón cuneta en la localidad de Jovita (Cba.). Fecha y Lugar de 
Apertura: 15/08/2022 – 10:30 hs. Municipalidad de Jovita. Valor del Pliego: 
$5.000,00 Lugar de adquisición del pliego: Municipalidad de Jovita. Moreno 
esquina Intendente Riberi. Jovita. Cba. 
2 días - Nº 399426 - $ 997,60 - 11/08/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE LITIN
LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA 01/2022 
ORD N° 06/2022 OBJETO: Para la contratación de la obra: EJECUCION DE 
OBRA “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL”, MUNICIPALIDAD DE SAN 
ANTONIO DE LITIN, PROVINCIA DE CORDOBA. PRESUPUESTO OFICIAL: 
$ 26.749.972,61. Lugar: Municipalidad de San Antonio de Litin. Consultas y reti-
ro de pliegos: Libertad N°505 de la localidad de San Antonio de Litin, CP: 2560. 
Teléfono 03537-497044.Costo Pliegos:$20.000 - Email: munsal@nodosud.
com.ar. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: en sede de la Municipalidad de San 
Antonio de Litin hasta las 10 hs. del día 24 de agosto de 2022 -
5 días - Nº 397803 - $ 3658 - 12/08/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2/2022
EXPEDIENTE MUNICIPAL Nº 22187/22, para la Obra “Construcción de 
Centro de Desarrollo Infantil” en la Ciudad de Villa Nueva”. ADQUISICION 
DE PLIEGO: en calle Marcos Juárez Nº 552, Villa Nueva-5903-Córdoba, 
en días hábiles de 08:00 a 13:00 hrs hasta el día 19/08/2022. CONSULTAS 
AL PLIEGO: por nota por mesa de entrada en calle Marcos Juárez Nº 552, 
Villa Nueva-5903-Córdoba, en días hábiles, de 08:00 a 13:00 horas y hasta 
72 horas antes de la apertura de las ofertas. PRESENTACIÓN DE OFER-
TAS: en calle Marcos Juárez Nº 552-Villa Nueva-5903-Córdoba, hasta el 
día 26/08/2022 hasta las 09:00 horas. APERTURA DE SOBRES: en calle 
Marcos Juárez Nº 552-Villa Nueva-5903-Córdoba, el día 26/08/2022 a las 
10:00 horas. Presupuesto oficial: $ 28.375.845,13. 
3 días - Nº 400542 - $ 2731,20 - 16/08/2022 - BOE
2BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
MUNICIPALIDAD DE ADELIA MARÍA
DECRETO N°041/2022
Adelia Maria, 05 de Agosto de 2022.-
VISTO: La ordenanza N° 1.493 de fecha 09 de julio de 2022, mediante la 
cual se faculta al Departamento Ejecutivo a llamar a Concurso Especial de 
precios para vender la venta de los bienes inmuebles -terrenos baldío-,i-
dentificado Lote 105, Nomenclatura Catastral n°24060201011521050000; 
Lote 106, Nomenclatura Catastral n°24060201011521060000; Lote 108, 
Nomenclatura Catastral n°24060201011521080000; Y Lote 109, Nomen-
clatura Catastral n°24060201011521090000, todos correspondientes a la 
Manzana n° 152 de nuestra localidad, y
CONSIDERANDO: 
 Que se ha efectuado el llamado a concurso de precios en un todo de 
conformidad con las previsiones de la Ordenanza N°835/07.
 Que el día 01 de agosto de 2022 se realizó la apertura de sobres en el 
Palacio Municipal ante la presencia de la Comisión Especial de Tasaciones 
conformada según ordenanza N° 1443, con la presencia de representantes del 
HCD, Sr. Ricardo Franco y el Cdor. Gustavo Gonzalez; en Representación del 
Tribunal de Cuentas la Cdra. Cecilia Bassi y en Representación del Departa-
mento Ejecutivo el Secretario de Obras Públicas, Arq. Gerardo Renaudo.
 Que fueron presentadas cuatro propuestas. 
 Que las propuestas cumplen acabadamente con los requisitos, bases 
y condiciones impuestas en la convocatoria del concurso de precios.
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ADELIA MARÍA
DECRETA
 Artículo 1°: Adjudíquese el lote N°105, identificado con la Nomencla-
tura Catastral N°24060201011521050000 según el concurso de precios 
convocado mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 2022 al Sr. 
Salvachua Rodolfo Raul, DNI 12.554.882, con domicilio legal en calle Pte. 
Perón N° 967, de la ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba en la suma 
de Pesos tres millones cuatrocientos mil con 00/100 ($3.400.000,-), paga-
deros de acuerdo a lo estipulado en el Pliego del mencionado concurso.
 Artículo 2°: Adjudíquese el lote N°106, identificado con la Nomencla-
tura Catastral N°24060201011521060000 según el concurso de precios 
convocado mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 2022 al Sr. 
Salvachua Rodolfo Raul, DNI 12.554.882, con domicilio legal en calle Pte. 
Perón N° 967, de la ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba en la suma 
de Pesos tres millones seiscientos mil con 00/100 ($3.600.000,-), pagade-
ros de acuerdo a lo estipulado en el Pliego del mencionado concurso.
 Artículo 3°: Adjudíquese el lote N°108, identificado con la Nomen-
clatura Catastral N°24060201011521080000 según el concurso de pre-
cios convocado mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 
2022 a la Sra. Gosso Emiliana, DNI 32.705.448, con domicilio legal en 
calle Ameghino N°67, de la ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba 
en la suma de Pesos cinco millones ciento un mil quince con 00/100 
($5.101.015,-), pagaderos de acuerdo a lo estipulado en el Pliego del 
mencionado concurso.
 Artículo 4°: Adjudíquese el lote N°109, identificado con la Nomenclatura 
Catastral N°24060201011521090000 según el concurso de precios convocado 
mediante ordenanza N°1.493 de fecha 09 de julio de 2022 a la Sra. Gosso 
Emiliana, DNI 32.705.448, condomicilio legal en calle Ameghino N°67, de la 
ciudad de Adelia Maria, Pcia. de Córdoba en la suma de Pesos cuatro millones 
novecientos un mil noventa y cuatro con 00/100 ($4.901.094,-), pagaderos de 
acuerdo a lo estipulado en el Pliego del mencionado concurso.
 Artículo 5°: NOTIFIQUESE a los ganadores del concurso con copia 
del presente.
 Artículo 6°: El importe mencionado en el artículo 1° será imputado a 
la partida “POR VENTAS DE BIENES INMUEBLES”. - Cta. Nº 2.3.2.01
 Artículo 7°; COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO 
MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.
Fdo.: JORGE FABIAN MARINO - Intendente Municipal.-
 FLAVIO RUBEN BIOTTI - Secretario de Gobierno.-
2 días - Nº 400150 - s/c - 11/08/2022 - BOE
Viene de Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
Decreto Nº 37 / 2022 ..............................................................Pag. 7
Decreto Nº 38 / 2022 ..............................................................Pag. 8
Decreto Nº 39 / 2022 ..............................................................Pag. 8
Decreto Nº 40 / 2022 ..............................................................Pag. 8
Decreto Nº 41 / 2022 ..............................................................Pag. 8
Decreto Nº 42 / 2022 ..............................................................Pag. 9
Decreto Nº 43 / 2022 ..............................................................Pag. 9
Decreto Nº 45 / 2022 ..............................................................Pag.10
Decreto Nº 46 / 2022 ..............................................................Pag.10
Decreto Nº 47 / 2022 ..............................................................Pag.10
Decreto Nº 48 / 2022 ..............................................................Pag.11
Decreto Nº 49 / 2022 ..............................................................Pag.11
Decreto Nº 50 / 2022 ..............................................................Pag.11
Decreto Nº 51 / 2022 ..............................................................Pag.12
Decreto Nº 29 / 2022 ..............................................................Pag.12
Decreto Nº 18 / 2022 ..............................................................Pag.12
MUNICIPALIDAD DE SAIRA
Decreto N° 22/2022 ...............................................................Pag.13
Decreto N° 23/2022 ...............................................................Pag.13
Decreto N° 27/2022 ...............................................................Pag.13
Decreto Nº 24/2022 ...............................................................Pag.13
Decreto Nº 25/2022 ...............................................................Pag.14
Decreto N° 28/2022 ...............................................................Pag.14
Decreto N° 29/2022 ...............................................................Pag.15
Decreto N° 30/2022 ...............................................................Pag.15
Decreto N° 31/2022 ...............................................................Pag.15
Decreto N° 32/2022 ...............................................................Pag.16
MUNICIPALIDAD DE VILLA TULUMBA
Ordenanza N°410/2021 ..........................................................Pag.16
MUNICIPALIDAD DE EMBALSE
Notificación ............................................................................Pag.16
Notificación .............................................................................Pag.17
3BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
MUNICIPALIDAD DE BERROTARAN
ORDENANZA 19/2022
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BERROTARAN EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA 19/2022
 Articulo 1º: EXCEPTUASE, al Departamento Ejecutivo de la aplica-
ción del Título III de la Ordenanza 35/2021, para la contratación de la mano 
de obra para la colocación de adoquines de hormigón en la obra “Pavimen-
tación con adoquines en calle Colón entre Sucaría y Constitución”.
 Articulo 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a 
contratar directamente a la COOPERATIVA DE TRABAJO JUNTOS CRE-
CEMOS LTDA. CUIT: 30-71719974-6, por la suma final de pesos UN MIL 
DOSCIENTOS DIEZ CON 00/10.- POR METRO CUADRADO ($1.210,00.- 
/ m2), por la mano de obra que implica: realización de cama de arena, 
colocación de adoquines, tomado de juntas y compactación de adoquines 
en la obra “Pavimentación con adoquines en calle Colón entre Sucaría y 
Constitución”.
 Articulo 3º: El gasto que demande esta compra será imputado a la partida 
“2.2.01.01.01.00.00 PAVIMENTO”, del Presupuesto de Gastos Vigente.
 Articulo 4º: COMUNIQUESE, publíquese, dése al registro municipal y 
archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Berrotarán, 
en sesión ordinaria a los seis días del mes de Julio del año dos mil veintidós.-
1 día - Nº 400461 - s/c - 11/08/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL TOTORAL
ORDENANZA N° 17/2022
VISTO: La necesidad de establecer la regulación de los cercos y muros en 
inmuebles con el nivel natural sobre elevado o con pendientes de escurri-
miento de agua natural.-
CONSIDERANDO: 
 Que la mencionada regulación es de competencia Material del Con-
cejo Deliberante conforme el art. 186 de la Constitución de la Provincia de 
Córdoba y el art. 30 de la Ley 8102; 
 Que se encuentran vigentes las Ordenanzas 15/80 y 26/2017, siendo 
las mismas complementarias entre si; 
Por ello y en atribuciones de ley, 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD 
DE VILLA DEL TOTORAL SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
 Artículo 1°: INCORPORESE, el art. 46 a la Ordenanza 26/2017, el que 
contiene la siguiente redacción:
“ART. 46: Sobre las líneas divisorias (medianeras) y cerramiento frontal de 
inmuebles con las características topográficas de “nivel natural del terreno 
sobre elevado” y/o “con pendientes de escurrimiento de agua natural” se 
debe realizar la colocación de limites de cerramiento de alambre o tejido 
permeable y setas vivas de 1,80 a 2,00 metros de altura, que garanticen la 
evacuación de aguas naturales pluviales. 
Así mismo y aun en caso de no existir aberturas sobre la medianera, en el 
supuesto de inmuebles con las características descriptas en el apartado 
anterior, el retiro mínimo de línea de edificación deberá ser de 2.5 mts de 
cada lado de los linderos.-
Derívese a la Reglamentación de la presente por parte del DEM la identifica-
ción de las zonas que posean estas características topográficas particulares.”- 
 Artículo 2°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal 
y archívese.- 
Dada en Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Mu-
nicipalidad de Villa Del Totoral a los 04 días de Agosto de 2022, acta Nª 
14/2022. –
FDA: GERVASONI, SANGOY, BRAVO NOEMI, LIMIA, BRAVO EDUARDO, 
GARAY, BERNABEY– CONCEJALES
1 día - Nº 400324 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DEC 90/2022
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA DEL TOTORAL 
DECRETA:
 Artículo 1°: Promulgase la Ordenanza que lleva el N°16/2022 sancio-
nada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en sesión ORDINA-
RIA Con fecha de 04 de Agosto de 2022, Acta N. º14/2022.-
 Artículo 2°: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario 
de Gobierno. –
 Artículo 3°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal 
y archívese. -
Villa del Totoral, 05 de Agosto de 2022.-
Fdo: DE LUCCA – INTENDENTE – ALALUF – SEC. DE GOBIERNO
1 día - Nº 400323 - s/c - 11/08/2022 - BOE
4BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
DEC 91/2022
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA DEL TOTORAL 
DECRETA:Artículo 1°: Promulgase la Ordenanza que lleva el N°17/2022 sancio-
nada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en sesión ORDINA-
RIA Con fecha de 04 de Agosto de 2022, Acta N. º14/2022.-
 Artículo 2°: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario 
de Gobierno. –
 Artículo 3°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal 
y archívese. -
Villa del Totoral, 05 de Agosto de 2022.-
Fdo: DE LUCCA – INTENDENTE – ALALUF – SEC. DE GOBIERNO
1 día - Nº 400327 - s/c - 11/08/2022 - BOE
ORDENANZA N° 16 /2022
VISTO: La Ordenanza 11/2022 de aprobación del préstamo para la reali-
zación de la Obra “Acceso al Cerro de la Cruz” y la nota de elevación de la 
misma remitida por el DEM.-
CONSIDERANDO: 
 Que se ha cumplimentado con el procedimiento por ante la Secretaria 
de Ambiente de la Provincia de Córdoba;
 Que en el marco del mismo la Dirección General de Desarrollo Técnico 
emitió dictamen con fecha 07/07/2022.- 
Por ello y en atribuciones de ley, 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD 
DE VILLA DEL TOTORAL SANCIONA CON FUERZA DE 
ORDENANZA:
 Artículo 1°: APRUEBESE, la Obra “Acceso al Cerro de la Cruz”, confor-
me memoria descriptiva y Dictamen de la Dirección General de Desarrollo 
Técnico de la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Córdoba, los que 
forman parte de la presente como Anexo I.-
 Artículo 2°: DEJESE sin efecto toda normativa que se oponga a la 
presente.-
 Artículo 3°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal 
y archívese.- 
Dada en Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Mu-
nicipalidad de Villa Del Totoral a los 04 días de Agosto de 2022, acta Nª 
14/2022. –
FDA: GERVASONI, SANGOY, BRAVO NOEMI, LIMIA– CONCEJALES
ANEXO
1 día - Nº 400321 - s/c - 11/08/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO
RESOLUCIÓN HCD N°18/2022.
VISTO El tratamiento del Proyecto de Ordenanza Titulado “Paso a Planta 
Permanente a Agentes Municipales”.
Y CONSIDERANDO 
 Que el Estatuto Municipal al que se rige para el paso a Planta Permanente 
de agentes municipales, como también otras cuestiones es del año 1987;
 Que los concejales consensuan crear una comisión para conformar un 
Estatuto Municipal nuevo, acorde a la actualidad de Villa Yacanto, con el 
asesoramiento técnico necesario;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO 
RESUELVE 
 ARTÍCULO 1ro. CRÉAR la Comisión para estudio, análisis y confec-
ción del nuevo Estatuto del Empleado Municipal. La misma estará integra-
da por todos los concejales en funciones, siendo necesaria la presencia de 
al menos cuatro para dar quórum a la comisión, el asesor letrado munici-
pal, el Secretario de Coordinación y Planificación Estratégica Municipal, la 
Srta. Luciana Vélez, quien trabaja en Administración Municipal y tiene am-
plio conocimiento con respecto a los empleados, (ya que es la encargada 
de realizar contratos, vacaciones y demás temas correspondientes) y dos 
representantes de los agentes municipales de planta permanente.
 ARTÍCULO 2ro. INVITAR a los profesionales necesarios para contar con 
asesoramiento técnico que permita la confección de un nuevo Estatuto del 
empleado municipal para Villa Yacanto, debiendo considerar las legislaciones 
vigentes de orden superior, las necesidades de la comunidad y la realidad de 
las actividades que desarrolla la Municipalidad y los servicios que se prestan.
 ARTÍCULO 3ro. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto de Calamuchita en 
Sesión Ordinaria de la fecha 14 de julio de 2022. ACTA Nº17/2022. 
1 día - Nº 399929 - s/c - 11/08/2022 - BOE
RESOLUCIÓN HCD N°20/2022.
VISTO La presentación de notas del Centro de Comercio, Industria y Turis-
mo de Villa Yacanto.
Y CONSIDERANDO 
 Que, los integrantes del Centro de Comercio, Industria y Turismo de 
Villa Yacanto han acercado varias notas con diferentes temas.
 Que los concejales consideran dar respuesta a los temas planteados 
por tal Institución:1-Solicitud de otorgar la facultad de dictar factibilidad para 
http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2022/08/56157_Anexo-Ord-16.2022.pdf
5BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
las habilitaciones comerciales.2-Solicitud regularización distanciamiento 
de comercios del mismo rubro, mediante ordenanza municipal.3-Solicitud 
de ordenanza municipal donde se exija a las Farmacias locales diagramar 
fechas de turnos y cumplirlo.4-La prohibición de vendedores Ambulantes 
en la localidad.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO 
RESUELVE
 ARTÍCULO 1ro. -INFORMAR al Centro de Comercio lo resuelto por el 
Honorable Concejo Deliberante, siguiendo el orden de las notas recibidas:
 ARTÍCULO 2do. -NOTIFÍQUESE que el Concejo Deliberante, no 
acuerda ceder la facultad sobre las habilitaciones comerciales.
 ARTÍCULO 3ro. –NOTIFÍQUESE que tuvo tratamiento en comisión el 
Ordenamiento Territorial Comercial, donde se consensuo entre los presen-
tes que no es viable, ya que no se puede regir el derecho al trabajo, siendo 
responsable el futuro comerciante de su progreso en caso de contar ya con 
comercios del mismo rubro en cercanía. 
 ARTÍCULO 4to. -NOTIFÍQUESE que se realizó una reunión en comi-
sión con propietarios y/o encargados de las farmacias locales habilitadas 
al día de la fecha, con quienes se acordó que diagramarán guardias pasi-
vas telefónicas, como también la publicación en los medios de comunica-
ción y redes sociales, de cartelería de horarios de atención y teléfonos de 
contactos de las mismas.
 ARTÍCULO 5to. -NOTIFÍQUESE que tuvo tratamiento en Comisión el pe-
dido de prohibición de venta ambulante, donde el concejo expone que ya está 
reglamentado en la tarifaria municipal; (Título V, Capitulo 2, Articulo 50).
 ARTÍCULO 6to. - COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto de Calamuchita en 
Sesión Ordinaria de la fecha 28 de julio de 2022. ACTA N°18/2022. 
1 día - Nº 399931 - s/c - 11/08/2022 - BOE
RESOLUCIÓN HCD N°21/2022
VISTO La presentación de la nota del vecino Sr. Maggiora Fernando.
Y CONSIDERANDO 
 Que la nota del Sr. Maggiora solicita información sobre un pedido que 
realizo años anteriores, donde refiere a nombrar una calle de nuestra loca-
lidad con el nombre de su padre LUIS MAGGIORA DENIS, quien fuera uno 
de los primeros habitantes de Villa Yacanto en los años 40;
 Que el Concejo Deliberante recuerda que el nombre de este vecino ya 
existe en la lista de nombres solicitados para futuras calles que requieran 
ser nombradas;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO 
RESUELVE 
 ARTÍCULO 1ro. INFORMAR al vecino Maggiora que el nombre de su 
padre está en una lista, para aplicarlo en calles que todavía no cuentan con 
un nombre.
 ARTÍCULO 2ro. PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y 
ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto de Calamuchita en 
Sesión Ordinaria de la fecha 18 de julio de 2022. ACTA Nº18/2022. 
1 día - Nº 399934 - s/c - 11/08/2022 - BOE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 975/2022 
VISTO La necesidad de corregir el índice, como también agregar un inciso 
en el Art. 68 del Capítulo 2, Libro III del Código de Edificación vigente.
Y CONSIDERANDO 
 Que se ha advertido que en el índice del Código de Edificación el artículo 
19 no corresponde con lo que está concretamente redactado en ese artículo;
 Que en el Código vigente (ordenanza municipal 923/2020) en el índice el 
artículo 19 refiere a “de obras funerarias”, pero en el desarrollo del articulado el 
articulo 19 corresponde a “Inexactitudes de los Documentos exigidos”;
 Que en Sesión de Comisión seha evaluado en conjunto con el Director 
de Obras Privadas que se vienen realizando obras con techos de paja, 
que eventualmente estarían destinados a la actividad comercial, lo que es 
peligroso por ser material inflamable;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 
 ARTÍCULO 1ro. DISPÓNGASE el agregado del Inciso “a” al Art. 68 del 
Capítulo 2, Libro III del Código de Edificación vigente ordenanza municipal 
n°923/2020, el que queda redactado de la siguiente manera:Artículo 68, 
inc a: TECHOS DE PAJA: éstos techos podrán utilizarse exclusivamente 
en lugares de esparcimiento, quinchos de juegos, quinchos aledaños a 
piletas. Queda prohibido su uso en construcciones con destino industrial, 
comercial o residencial. Así mismo, por cuestiones de seguridad, queda 
prohibida la construcción de asadores, hornos a fuego, o similares en luga-
res con techo de paja. Los techos de paja deberán tener una inclinación no 
menor al 30%.
 ARTÍCULO 2do. DISPÓNGASE la corrección del índice de la ordenan-
za municipal 923/2020 Código de Edificación Municipal, para que quede 
acorde al desarrollo del mismo. 
 ARTÍCULO 3ro. DISPÓNGASE lo necesario para que las áreas ad-
ministrativas correspondientes tomen conocimiento y procedan en conse-
cuencia 
 ARTÍCULO 4to. DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de 
Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co-
rresponder.
 ARTÍCULO 5to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
6BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria 
correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022.
Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga-
da por Decreto Nº 44/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa-
blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios 
Secretaria de Economía y Finanzas
1 día - Nº 399911 - s/c - 11/08/2022 - BOE
ORDENANZA MUNICIPAL Nº974/2022.
VISTO El tratamiento del Proyecto de Ordenanza Titulado “Autorización 
para la suscripción del Contrato con SITIOS ARGENTINA S.A”
Y CONSIDERANDO 
 Que se presentó una propuesta direccionada por la Empresa AMX AR-
GENTINA S.A, la cual suscribiera oportunamente el contrato locativo por el 
emplazamiento de la Torre Mástil que contiene la antena repetidora de la em-
presa telefónica CLARO, en las parcelas 3 y 4 de la manzana 94 de la Sección 
“D” contigua al tanque cisterna principal del servicio de agua corriente;
 Que la propuesta locativa ofrece la vinculación contractual por el termi-
no de cinco años, estableciendo un monto total de $3.000.000,00, a efecti-
vizar de manera inmediata en un único pago
 Que es menester aclarar que la empresa AMX ARGENTINA S.A, cedió 
su posición a la firma SITIOS ARGENTINA S.A, CUIT N°30-71122513-3, 
con domicilio legal en Avda. Álvarez Jonte N°1862, de la Ciudad Autónoma 
de Buenos Aires, perteneciente al mismo grupo económico;
 Que la Administración Municipal cree conveniente la suscripción de esta 
propuesta locativa que formaliza la empresa telefónica, y que el canon locativo 
está dentro de los márgenes contractuales, ello no incluye la tasa municipal de 
inspección de la torre mástil que corre por separado y bajo otra contribución. 
Por ello: 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 
 ARTÍCULO 1ro. AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a 
suscribir contrato locativo comercial con la empresa SITIOS ARGENTINA 
S.A, CUIT N°30-71122513-3, y disponer del uso y goce de la parcela inmo-
biliaria donde se encuentra emplazada la torre/mástil, e identificada como: 
Lotes 3 y 4 de la Manzana 94 de la Sección “D”, Nomenclatura 01-05-019-
001, con una superficie de 431 metros cuadrados, emplazada en la calle Los 
Álamos s/n, del Barrio Mirador del Cerro, de Villa Yacanto de Calamuchita, 
Provincia de Córdoba, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo 
Folio Real Mat. 1185425 (12), por el termino de cinco (5) años, contados a 
partir del día 15 de marzo de 2023 y finalizando el próximo 14 de marzo de 
2028; cuyo monto total del contrato locativo es de PESOS TRES MILLONES 
(3.000.000,00), de pago único e inmediato a la firma del presente.
 ARTÍCULO 2do. ADJÚNTASE copia del Contrato Locativo Comercial 
indicado en el artículo precedente, el cual forma parte complementaria e 
integrante de la presente Ordenanza.
 ARTÍCULO 3ro. DISPÓNESE lo necesario para que la empresa SI-
TIOS ARGENTINA S.A.-parte locataria- y además las áreas municipales 
tomen conocimiento y procedan en consecuencia.
 ARTÍCULO 4to. DÉSE copia la presente al Honorable Tribunal de 
Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co-
rresponder.
 ARTÍCULO 5to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria 
correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022.
Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga-
da por Decreto Nº43/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa-
blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios 
Secretaria de Economía y Finanzas.
1 día - Nº 399917 - s/c - 11/08/2022 - BOE
ORDENANZA MUNICIPAL N°976/2022
VISTO La solicitud de los profesionales actuantes en la Dirección de Obras 
Privadas, el Ingeniero Agrimensor y el Secretario de Obras Públicas, que 
mencionan la necesidad de crear el Departamento Técnico de Catastro, 
Obras Privadas y Obras Públicas.
Y CONSIDERANDO 
 Que la creación de este departamento técnico, permitirá la optimiza-
ción del control y una mejor atención a las problemáticas expuestas por 
ante las oficinas municipales y que tienen que ser resueltas por el Área 
de Catastro, Dirección de Obras Privadas o Secretaría de Obras Públicas, 
además del seguimiento en conjunto de cada tema;
 Que, teniendo varios casos de notas presentadas al Concejo Delibe-
rante por vecinos, con inconvenientes en las mediciones de terrenos, obras 
que no cumplen lo reglamentado en el Código de Edificación u otros asun-
tos similares, que requieren intervención técnica y desde el Concejo se 
debe derivar a las áreas correspondientes por no contar con el tecnicismo 
necesario en esos temas;
 Que todo tema a tratar con lo relacionado al párrafo anterior, se debe 
presentar para tratamiento del nuevo Departamento de Catastro y Obras 
Privadas/ Publicas, en la oficina de Obras Privadas, donde se receptarán 
las necesidades de los vecinos y serán consideradas y resueltas de acuer-
do a la normativa vigente;
 Que ante la necesidad de una nueva normativa será el Departamento 
técnico de Catastro, Obras Privadas y Obras Públicas quien la requiera de 
manera formal a este Concejo Deliberante que legisle al respecto, debien-
do mediar el procedimiento de información y debate suficiente al efecto;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO 
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 
 ARTÍCULO 1ro. CRÉASE el Departamento Técnico de Catastro y 
Obras Privadas/ Publicas de Villa Yacanto de Calamuchita, que tendrá 
como objetivo principal trabajar para dar soluciones integrales a la proble-
mática presentada por los vecinos.
 ARTÍCULO 2do. DISPÓNGASE lo necesario para que las áreas ad-
ministrativas correspondientes tomen conocimiento y procedan en conse-
cuencia.
7BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
 ARTÍCULO 3ro.DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de 
Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co-
rresponder.
 ARTÍCULO4to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria 
correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022.
Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga-
da por Decreto Nº45/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa-
blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios 
Secretaria de Economía y Finanzas
1 día - Nº 399921 - s/c - 11/08/2022 - BOE
ORDENANZA MUNICIPAL N°977/2022 
VISTO La necesidad de dar respuesta a la presentación de notas de la 
vecina Ana María Delorenzi.
Y CONSIDERANDO 
 Que en esas notas manifiesta contar con un inconveniente en su lote al 
estar este dividido en dos partes por una calle abierta por uso y costumbre, 
lo cual lo hace inutilizable;
 Que el lote en cuestión es Lote 9, Manzana 13, Sección 04, designa-
ción catastral (12-02-39-01-04-027-007)
 Que años anteriores se le eximio del pago de contribución por Tasa del 
Servicio de la propiedad, y que solicita nuevamente ese beneficio por no 
contar hasta la actualidad con una solución;
 Que el Honorable Concejo Deliberante dictamina eximir a la vecina del 
pago de contribución por Tasa del Servicio de la propiedad, hasta que el 
DEM tenga una solución definitiva, en la cual están trabajando.Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA 
 ARTÍCULO 1ro. EXÍMASE del pago de contribución por Tasa del Ser-
vicio de la propiedad, a la vecina Ana María Delorenzi DNI N°5.817.988, 
propietaria del Lote 9, Manzana 13, Sección 04, designación catastral (12-
02-39-01-04-027-007), hasta contar con una solución definitiva.
 ARTÍCULO 2do. DISPÓNESE lo necesario para que las áreas admi-
nistrativas y técnica-operativas correspondientes tomen conocimiento y 
procedan en consecuencia.
 ARTÍCULO 3ro. DÉSE copia de la presente al Honorable Tribunal de 
Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co-
rresponder.
 ARTÍCULO 4to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión ordinaria 
correspondiente a la fecha 28 de julio de 2022, Acta N°18/2022.
Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga-
da por Decreto Nº46/2022.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa-
blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios 
Secretaria de Economía y Finanzas.
1 día - Nº 399926 - s/c - 11/08/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE
DECRETO Nº 37 / 2022
VISTO: La realización de la Expo Vocacional, organizada por el ROTARY 
CLUB La Cumbre, a llevarse a cabo el 10 de Junio de 2020, en el Instituto 
Nuestra Señora de Lourdes, en la Localidad de La Cumbre.
Y CONSIDERANDO: 
 Que dicha Exposición Vocacional que tendrá lugar en nuestra localidad el 
día 10 de Junio de 2022, resulta de gran importancia no solo para La Cumbre 
sino para el resto de las localidades vecinas del Departamento Punilla.
 Que contará con la presencia de aproximadamente 450 alumnos del último 
año de Nivel Secundario de las escuelas de La Cumbre y localidades vecinas.-
 Que los participantes escucharán a disertantes que cubrirán temas 
tales como vocación, los escenarios laborales futuros y la acción de elegir 
un camino, para luego recorrer la Feria de Oportunidades Educativas y así 
poder evaluar alternativas para su desarrollo futuro.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
 Articulo: 1º DECLARESE de Interés Municipal a la Exposición Voca-
cional, organizada por el Rotary Club La Cumbre, a llevarse a cabo el 10 de 
Junio de 2022 en el Instituto Nuestra Señora de Lourdes, de la Localidad 
de La Cumbre
 Articulo: 2º BRINDESE todo el apoyo y colaboración a través del De-
partamento Ejecutivo Municipal.
 Articulo: 3º COMUNIQUESE, publíquese, dese copia a los organiza-
dores, a las áreas correspondientes, al Registro Municipal y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL 
AÑO DOS MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400475 - s/c - 11/08/2022 - BOE
8BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
DECRETO Nº 38 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 09/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli-
berante de La Cumbre, con fecha 27 de Mayo del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO:
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 09/2022 en todos y 
cada uno de sus artículos por la cual se AUTORIZA a la Secretaría de 
Obras y Servicios Públicos, a aprobar por vía de excepción la factibilidad 
de mensura, unión y subdivisión de parcelas de propiedad de los Sres. 
Muller Fabián Aldo y Forno Mabel Guadalupe en calle Virgen del Carmen 
de nuestra localidad.-
 Articulo: 2º DEROGUESE toda otra norma que se oponga a la presente.-
 Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL 
AÑO DOS MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400480 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 39 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 10/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli-
berante de La Cumbre, con fecha 27 de Mayo del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO:
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
 POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 10/2022 en todos y cada 
uno de sus artículos por la cual se SOLICITA al Departamento Ejecutivo Muni-
cipal por medio de la Secretaría de Obras Públicas la colocación de reductores 
de velocidad adecuados a la zona en las calles Facundo Nuño y General Paz.-
 Articulo: 2º ADECÚESE la señalización pertinente de dichos reducto-
res en dichas calles.-
 Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL 
AÑO DOS MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400483 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 40 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 11/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli-
berante de La Cumbre, con fecha 27 de Mayo del año DosMil Veintidós.
Y CONSIDERANDO:
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivopromulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; EL INTENDENTE MUNICIPAL 
DE LA CUMBRE DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 11/2022 en todos y cada 
uno de sus artículos por la cual se AUTORIZA a la Secretaria de Obras 
y Servicios Públicos mediante Vía de Excepción a aprobar la solicitud de 
FACTIBILIDAD de plano para la construcción de vivienda del Sr. Juan Ma-
nuel Galiano, ubicado en la calle 4, entre Arenales y Vieytes de Bº Palermo 
de nuestra localidad (zona Z5).-
 Articulo: 2º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE MAYO DEL 
AÑO DOS MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400484 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 41 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 12/2022 sancionada por el Honorable Con-
cejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 09 de Junio del año Dos 
Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO:
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
9BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 12/2022 en todos y 
cada uno de sus artículos por la cual se RATIFICA el “Convenio de Finan-
ciamiento para la construcción de viviendas” celebrado entre la Municipali-
dad de La Cumbre y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Econo-
mía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del “Programa 10000 
Viviendas- Línea Vivienda Semillas Municipios”, creado por el Decreto Nº 
373/22 del Poder Ejecutivo Provincial, celebrado con fecha 12 de Mayo del 
año 2022, con el objetivo de disminuir el déficit habitacional de las familias 
más vulnerables que se encuentre ubicados en la localidad de La Cumbre.-
 Articulo: 2º AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a sub-
sidiar hasta en un cien por ciento (100%) el reintegro o restitución dé las 
asistencias económicas a otorgar a los beneficiarios referidos en el artículo 
1º.
 Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: VPABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Re-
laciones con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN 
JUSTO OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400501 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 42 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 13/2022 sancionada por el Honorable Concejo 
Deliberante de La Cumbre, con fecha 09 de Junio del año Dos Mil Vein-
tidós.
Y CONSIDERANDO: 
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13/2022 en todos y 
cada uno de sus artículos por la cual se MODIFICA el artículo 8º en sus 
incisos c) y d) de la Ordenanza Nº 34/2004 en relación a la conservación 
y protección del patrimonio arquitectónico, cultural y natural e histórico de 
nuestra localidad.- Quedando redactado de la siguiente manera: 
c. Las obras civiles institucionales relevantes, públicas y privadas, rea-
lizadas entre 1880 y 1975, que testimonien a la historia social, política, 
religiosa, industrial y económica de la localidad. d. Las obras civiles resi-
denciales y/o comerciales relevantes, públicas y privadas, realizadas entre 
1880 y 1975.-
 Articulo: 2º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400503 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 43 / 2022
VISTO: Que se presentará en el día de la fecha, en la Sala Caraffa de 
nuestra localidad y, con motivo de conmemorarse un nuevo aniversario de 
la muerte del Gral. Manuel Belgrano, el escritor e historiador Cr. Esteban 
Dómina, autor del libro “Belgrano a Corazón Abierto”, brindando una charla 
destinada a Centros Educativos y abierta toda la Comunidad.
Y CONSIDERANDO: 
 La amplia trayectoria del Cr. Domina como profesional independien-
te, docente universitario y, en el campo de la política y la función pública. 
Ocupó diversos cargos legislativos y ejecutivos, en el orden nacional, pro-
vincial y municipal, entre ellos: senador provincial (1987-1993), diputado 
nacional (1995-1999), presidente de la Cámara de Diputados de Córdoba 
(1999-2001), convencional constituyente (2001) y concejal de la ciudad de 
Córdoba (2011-2019).
 Fue además presidente del Banco Estatal BICE entre 2004 y 2008 y 
Ministro de Economía de la provincia de Santiago del Estero (1994-1995) 
y de la provincia de Córdoba (2001-2002). En 1997 fue condecorado por el 
gobierno chileno con la Orden al Mérito de Chile. Su afición por la historia 
y la literatura es de toda la vida. Publicó numerosos artículos, ensayos y 
notas en diarios y revistas. Es autor de los siguientes libros: De puño y letra 
(1998), Historia mínima de Córdoba (2003), La misteriosa desaparición de 
Martita Stutz (2005), Morir en grande (2006), Caso Penjerek (2007), Caso 
Yalovetzky (2008), Morir en grande II (2009), Santiago Derqui. El federalismo 
perdido (2010), Tejas con Historia (2011), El general cautivo (2012), Los Puja-
das. De la épica guerrillera al horror (2013), Las promesa del general (2014), 
La independencia argentina. 14 años de política, diplomacia y guerra (2016), 
Mujeres argentinas. La otra historia (2017), La mafia en acción. Caso Ayerza 
(2018), Protagonistas de la historia (2018) y La grieta. Historia de los des-
encuentros argentinos (2019). Asimismo, es conferencista y columnista en 
medios gráficos, radiales, televisivos y redes sociales sobre temas históricos.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º DECLARAR HUESPED DISTINGUIDO al escritor e his-
toriador Cr. Esteban Dómina, quien en el día de la fecha se presenta con 
su libro “ Belgrano a Corazón Abierto”, conmemorando la figura del General 
Manuel Belgrano, en nuestra localidad de La Cumbre.
 Articulo: 2º BRINDAR, a través de la Dirección de Cultura Municipal, 
todo lo atinente a una mejor estadía del nombrado.
10BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
 Articulo: 3º COMUNIQUESE, publíquese, dese copia al homenajea-
do, la Junta de Historia, a las áreas municipales correspondientes, al Re-
gistro Municipal y archívese.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDADDE 
LA CUMBRE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 
DOS MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400505 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 45 / 2022
VISTO: La solicitud del Sr. Luis Darío Cabrera, DNI 22.663384, padre de la 
niña Brisa Sofía Cabrera, DNI 50.260.522, para solventar gastos adminis-
trativos destinados al pasaporte express, siendo de carácter urgente para 
su participación en jornadas de entrenamiento, que le fueran otorgadas 
por parte de “ Hernán Rey Golf Academy”, a desarrollarse todo de confor-
midad a la documentación que se adjunta al presente Decreto.
Y CONSIDERANDO:
 Que este D.E.M. ha resuelto colaborar con el Sr. Luis Darío Cabrera, su 
progenitor a tal fin.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º OTORGUESE una ayuda económica de PESOS QUINCE 
MIL ($15.000-) al Sr. Cabrera Luis Dario D.N.I. 22.663384.-
 Articulo: 2º COMUNIQUESE, publíquese dese copia al interesado, a 
las áreas municipales correspondientes, al Registro Municipal y archívese.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400511 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 46 / 2022
VISTO: La solicitud realizada por el Club Atlético 25 de Mayo de nuestra 
localidad, en donde requieren se le otorgue una ayuda económica destina-
da para solventar gastos de transporte, siendo que las categorias de fútbol 
femenino participaran en la localidad de Bialet Massé por la Décima fecha 
de la Liga de Punilla.-
Y CONSIDERANDO: 
 Que este D.E.M. ha resuelto colaborar con el Club Atlético 25 de Mayo, 
para hacer frente a los ya mencionados gastos, siendo la finalidad promo-
ver y apoyar el club que representa nuestro pueblo.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º OTORGUESE al Club Atlético 25 de Mayo una ayuda eco-
nómica de PESOS DIEZ MIL ($10.000-) destinada a solventar el gasto 
consignado en el considerado del presente Decreto.
 Articulo: 2º Comuníquese, publíquese, dese copia al Registro Munici-
pal y Archívese.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400518 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 47 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 14/2022 sancionada por el Honorable Concejo 
Deliberante de La Cumbre, con fecha 30 de Junio del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO: 
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14/2022 en todos y 
cada uno de sus artículos por la cual se RATIFICA el convenio de Adhe-
sión firmado por el Intendente Municipal Sr. Rubén Justo Ovelar, con la 
SECRETARÍA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, re-
presentada por el Señor Dr. Franco Hernán Mogetta Prevedello, con fecha 
13/04/2022.-
 Articulo: 2º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400519 - s/c - 11/08/2022 - BOE
11BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
DECRETO Nº 48 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 15/2022 sancionada por el Honorable Concejo 
Deliberante de La Cumbre, con fecha 30 de Junio del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO: 
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 15/2022 en todos y cada 
uno de sus artículos por la cual se DESIGNA con el nombre de IGNACIO 
MOYANO, a la Plaza Saludable del Barrio Valle del Sol.-
 Articulo: 2º Solicitar al Área de Obras y Servicios Públicos de la Muni-
cipalidad de La Cumbre para que se construya la base y coloque la placa 
conmemoratoria dentro de un plazo no mayor a los 15 días desde la pro-
mulgación de la misma.-
 Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400521 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 49 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 16/2022 sancionada por el Honorable Concejo 
Deliberante de La Cumbre, con fecha 07 de Julio del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO: 
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 16/2022 en todos y 
cada uno de sus artículos por la cual se RECTIFICA el monto establecido 
en la Ordenanza 08/2022, de conformidad a las condiciones descriptas en 
el considerando de la misma.-
 Articulo: 2º AUTORICESE al Departamento Ejecutivo a suscribir toda 
la documentación que sea necesaria a los fines de la instrumentación de 
la adquisición referida.-
 Articulo: 3º COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400522 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 50 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 17/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli-
berante de La Cumbre, con fecha 07 de Julio del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO:
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 17/2022 en todos y cada 
uno de sus artículos por la cual se AUTORIZAal Sr. Intendente de la Municipa-
lidad de La Cumbre, Cr. Rubén Ovelar, a tomar crédito en el Banco de la Na-
ción Argentina por hasta la suma de pesos DOCE MILLONES ($12.000.000), 
conforme las siguientes características: Plazo hasta 5 años con un plazo de 
gracia de hasta 6 meses, tasa de interés fija para el primer año del 35% TNA 
y a partir del segundo año y hasta la finalización del crédito tasa de interés 
BADLAR - todo según reglamentación Nº 702 del Banco Nación Argentina con 
destino a adquirir camión marca IVECO 170E28 con caja volcadora trasera 
Mod. ECO-CVOS 9 Marca Econovo de 9 mts. De capacidad.-
 Articulo: 2º AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a instrumentar 
las modificaciones presupuestarias necesarias a los fines de imputar de 
forma correcta los fondos provenientes del PRESTAMO solicitado al Ban-
co de la Nación Argentina, una vez que esta Ordenanza sea aprobada.
 Articulo: 3º FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a sus-
cribir toda documentación que sea necesaria a los fines de cumplimentar 
con lo dispuesto en los artículos precedentes, en los términos y condicio-
nes establecidos en la presente Ordenanza.
 Articulo: 4º COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400532 - s/c - 11/08/2022 - BOE
12BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
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LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
DECRETO Nº 51 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 18/2022 sancionada por el Honorable Concejo 
Deliberante de La Cumbre, con fecha 07 de Julio del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO: 
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones; 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 18/2022 en todos y 
cada uno de sus artículos por la cual se ESTABLECE como estaciona-
miento permitido únicamente sobre la calzada derecha de la calle SIGFRI-
DO SCHERZER con sentido (dirección) desde la calle 25 DE MAYO hasta 
la calle LAPRIDA de la localidad de La Cumbre.-
 Articulo: 2º ARBITRESE los mecanismos correspondiente a los fines 
de garantizar la señalización de acuerdo a lo establecido en el Art. 1º de la 
presente Ordenanza.-
 Articulo: 3º Ante la organización de eventos realizados por el municipio y/o 
privados, no se permitirá el cierre de tránsito vehicular de dicha calle.-
 Articulo: 4º COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400536 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 29 / 2022
VISTO: La Ordenanza Nº 05/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deli-
berante de La Cumbre, con fecha 06 de Mayo del año Dos Mil Veintidós.
Y CONSIDERANDO: 
 Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley Orgánica Municipal Nº 
8.102, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y ha-
cer cumplir las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 05/2022 en todos y 
cada uno de sus artículos por la cual se RECTIFICA la estructura del Pre-
supuesto de recursos y gastos vigentes INCREMENTANDO la partida co-
rrespondiente, a los fines de una correcta imputación.
 Articulo: 2º RECTIFICAR el Cálculo de Recursos y Presupuesto de 
Gastos Vigentes quedando modificado a la suma total de seiscientos 
cuatro millones setecientos cincuenta y dos mil setenta y tres con 36/100 
($604.752.073,36.-)
 Articulo: 3º COMUNIQUESÉ, publíquese, dese copia al Registro Mu-
nicipal, a las áreas correspondientes, a los interesados y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL 
VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400565 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 18 / 2022
VISTO: La necesidad de Compensar Partidas del Presupuesto Gastos Vi-
gentes.-
Y CONSIDERANDO: 
 Que la ley orgánica municipal Nº 8102 otorga dicha facultad al Inten-
dente municipal.-
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE 
DECRETA
 Articulo: 1º INCREMENTESE Y DISMINUYASE a partir de del 05 de 
Marzo de 2022 las siguientes partidas; (ver anexo 1)
 Articulo: 2º La presente Compensación de Partidas del Presupuesto 
General de Gastos y Cálculo de Recursos, no altera el monto del mismo 
el cual asciende a la suma de pesos QUINIENTOS NOVENTA MILLONES 
TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 
UNO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS. ($590.394.981,63.-)
 Articulo: 3º COMUNIQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, 
a la Oficina de Contaduría y ARCHIVESE.-
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE 
LA CUMBRE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS 
MIL VEINTIDOS
FDO.: PABLO ALEJANDRO ALICIO Secretario de Coordinación y Relacio-
nes con la Comunidad Municipalidad de La Cumbre. - Cr. RUBEN JUSTO 
OVELAR Intendente Municipal Municipalidad de La Cumbre.
1 día - Nº 400571 - s/c - 11/08/2022 - BOE
13BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
MUNICIPALIDAD DE SAIRA
DECRETO N° 22/2022 
VISTO: La sanción de la Ordenanza Nº 574/22, emanada del Honorable 
Concejo Deliberante, autorizada, con fecha 21 de Junio de 2022, sancio-
nada en sesión ordinaria y aprobada según constancias que obran en Acta 
Nº 582 del libro de sesiones del Honorable Concejo Deliberante.
Y CONSIDERANDO: 
 Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación 
de las Ordenanzas sancionadas. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º): Promúlguese con fuerza de Ordenanza Nº 574/22, emanada 
del Honorable Concejo Deliberante, por la cual se RATIFICA el “Convenio 
de Financiamiento para la construcción de viviendas” celebrados entre la 
Municipalidad de Saira y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la 
Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del “Programa 
10000 Viviendas – Línea Vivienda Semilla Municipios” Decreto 373/22 y 
demás Artículos presentes en la mencionada Ordenanza. 
 Art. 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Regístro 
Municipal.-
Saira, 22 de Junio de 2022.- 
FDO. YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399768 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO N° 23/2022 
VISTO: La solicitud de ayuda económica remitida por la Sub. comisión de 
Bochas del CABUC. La posibilidad de este Municipio de contribuir y cola-
borar con las instituciones de nuestro pueblo. 
Y CONSIDERANDO:Que ha ingresado la PARTIDA EN EL PRESUPUESTO AL AÑO 2022 
destinada a “Subsidios Deportes” 1-3-01-02-03-05-00. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º): Otórguese una ayuda económica de PESOS VEINTISIETE 
NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 27.944,00) a la Subcomi-
sión de Bochas del Club Atlético y Biblioteca Unión Central. 
 Art. 2º): Los fondos serán destinados a diferentes tareas, a saber: Re-
paración cancha de Bochas. 
 Art. 3º): Este D. E. M. se reserva el derecho de solicitar la rendición de 
cuentas relativas a los fondos otorgados en ayuda, a quien corresponda, 
de acuerdo a la estructura interna administrativa de cada institución bene-
ficiada. 
 Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y 
archívese. 
Saira, 27 de Junio de 2022. 
FDO. YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399770 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO N° 27/2022 
VISTO: La solicitud de ayuda económica remitida por la Sub. comisión de 
Bochas del CABUC. La posibilidad de este Municipio de contribuir y cola-
borar con las instituciones de nuestro pueblo. 
Y CONSIDERANDO: 
 Que ha ingresado la PARTIDA EN EL PRESUPUESTO AL AÑO 2022 
destinada a “Subsidios Deportes” 1-3-01-02-03-05-00. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º): Otórguese una ayuda económica de PESOS TRESCIENTOS 
SETENTAY SIETE MIL ($ 377.000,00) a la Subcomisión de Bochas del 
Club Atlético y Biblioteca Unión Central. 
 Art. 2º): Los fondos serán destinados a diferentes tareas, a saber: Re-
paración cancha de Bochas. 
 Art. 3º): Este D. E. M. se reserva el derecho de solicitar la rendición de 
cuentas relativas a los fondos otorgados en ayuda, a quien corresponda, de 
acuerdo a la estructura interna administrativa de cada institución beneficiada. 
 Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y 
archívese. Saira, 08 de Julio de 2022. 
FDO. YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399774 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 24/2022 
VISTO: La necesidad de realizar compensaciones de partidas del Presu-
puesto de Ingresos y Gastos vigentes en razón de haber resultado insufi-
14BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
cientes los créditos originales para el normal desenvolvimiento de la Admi-
nistración Municipal. 
Y CONSIDERANDO: 
 Que de entre las partidas que componen una misma partida principal, 
se faculta la compensación entre sí, tomando crédito de las que no serán 
utilizadas para refuerzo de las que se encuentran agotadas. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA
DECRETA: 
 Art. 1º): COMPENSASE las Partidas del Presupuesto de Gastos 
Vigentes, conforme al siguiente detalle: PARTIDAS A INCREMENTAR: 
1-1-02-04-00-00-00 Elementos de limpieza y cafetería $420.000,00 In-
cremento 100.000,00 quedando en $ 520.000,00; 1-1-02-09-00-00-00 Ra-
cionamiento y alimentos $ 600.000,00 incremento $ 100.000,00 quedando 
en $ 700.000,00; 1-1-03-10-00-00-00 Gastos de Imprenta y Reproducción $ 
140.000,00 incremento $ 15.000,00 quedando en $ 155.000,00; 1-1-03-14-
00-00-00 Premios adicionales y otros $ 50.000,00 incremento $ 500.000,00 
quedando en 550.000,00; 1-1-03-19-00-00-00 Comisiones varias $ 
70.000,00 incremento $ 50.000,00 quedando en $ 120.000,00; 1-1-03-25-
00-00-00 Serv mant. De terceros $ 2.200.000,00 incremento $ 150.000,00 
quedando en $ 2.350.000,00 TOTAL DE INCREMENTO $ 915.000,00. 
PARTIDA A DISMINUIR:; 1-1-02-12-00-00-00 Cred. Adhic. Para refuerzo de 
partida $ 400.000,00 deducción $ 200.000,00 quedando en $ 200.000,00; 
1-1-03-07-00-00 Gastos judiciales 464.000,00 deducción $ 150.000,00 que-
dando en $ 314.000,00; 1-1-03-17-00-00-00 Deudas ser Ejerc. Anteriores 
$ 800.000,00 deducción $ 50.000,00 quedando en $ 750.000,00; 1-1-03-
18-00-00-00 Credito adi. Para refuerzo de partida 1.430.000,00 deducción 
500.000,00 quedando en $ 930.000,00; 1-1-03-23-00-00-00 Ente coop. Re-
cíproca $ 200.000,00 deducción $ 15.000,00 quedando en $ 185.000,00 
TOTAL DE DEDUCCIONES $ 915.000,00. 
 Art. 2º): el Presupuesto es de pesos doscientos quince millones ($ 
215.000.000,00). - 
 Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y 
archívese. Saira, 28 de Junio de 2022. 
FDO: YORDÁN EDGAR f.. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399782 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO Nº 25/2022 
VISTO: La necesidad de realizar compensaciones de partidas del Presu-
puesto de Ingresos y Gastos vigentes en razón de haber resultado insufi-
cientes los créditos originales para el normal desenvolvimiento de la Admi-
nistración Municipal. 
Y CONSIDERANDO: 
 Que de entre las partidas que componen una misma partida principal, 
se faculta la compensación entre sí, tomando crédito de las que no serán 
utilizadas para refuerzo de las que se encuentran agotadas. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA
DECRETA: 
 Art. 1º): COMPENSASE las Partidas del Presupuesto de Gastos Vi-
gentes, conforme al siguiente detalle: PARTIDAS A INCREMENTAR: 1-1-
01-01902-06-00 servicio ambulancia $ 404.707,99 Incremento 120.000,00 
quedando en $ 524.707,99; 2-1-02-01-02-07-00 Obras Diversas $ 3.000.000, 
incremento $ 2.300.000,00 quedando en $ 5.300.000,00; 2-1-02-01-02-18-
00 Convenio FOMMEP policía $ 200.000,00 incremento $ 300.000,00 que-
dando en $ 500.000,00; 1-1-02-09-00-00-00 Racionamiento y alimentos $ 
700.000,00 incremento $ 190.000,00 quedando en 550.000,00; 1-1-03-19-
00-00-00 Comisiones varias $ 70.000,00 incremento $ 890.000,00 1-1-03-
14-00-00-00 Premio y otros similares $ 550.000,00 incremento $ 250.000,00 
quedando en $ 800.000,00 TOTAL DE INCREMENTO $ 3.160.000,00. 
PARTIDA A DISMINUIR:; 1-1-01-07-00-00-00 Cred. Adhic. Para incremento 
salarial $ 200.000,00 deducción $ 120.000,00 quedando en $ 80.000,00; 
2-1-02-01-02-06-00 Obras Banco Nación Argentina 1.000.000,00 deduc-
ción $ 300.000,00 quedando en $ 700.000,00; 2-1-02-01-02-16-00 Obras 
Fondo Permanente $ 1.000.000,00 deducción $ 300.000,00 quedando en 
$ 700.000,00; 2-1-02-01-02-01-00 Obra Repavimentación 15.000.000,00 
deducción 2.000.000,00 quedando en $ 13.000.000,00; 1-1-02-12-00-00-
00 Credito adicional para refuerzo de partida $ 200.000,00 deducción $ 
190.000,00 quedando en $ 10.000.00; 1-1-03-1-00-00-00 Crredito adicional 
para refuerzo de partida $ 930.000,00 deducción $ 250.000,00 quedando 
en $ 680.000,00 TOTAL DE DEDUCCIONES $ 3.160.000,00. 
 Art. 2º): el Presupuesto es de pesos doscientos quince millones ($ 
215.000.000,00). - 
 Art. 4º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y 
archívese. 
Saira, 06 de Julio de 2022. 
FDO: YORDÁN EDGAR f.. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399796 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO N° 28/2022 
VISTO: La sanción de la Ordenanza Nº 575/22, emanada del Honorable 
Concejo Deliberante, autorizada, con fecha 14 de Julio de 2022, sanciona-
da en sesión ordinaria y aprobada según constancias que obran en Acta Nº 
583 del libro de sesiones del Honorable Concejo Deliberante. 
Y CONSIDERANDO: 
 Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación 
de las Ordenanzas sancionadas. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º): Promúlguese con fuerza de Ordenanza Nº 575/22, emanada 
del Honorable Concejo Deliberante, por la cual se AUTORIZA al D.E.M. a 
otorgar una recomposición salarial del 23% (veinte tres por ciento), para 
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AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADESY COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
todo el personal de planta Permanente y contratados y un 20% (veinte por 
ciento) para la Planta Política de la Municipalidad de Saira, a partir del 
01/7/2022, sobre el total de remuneraciones sujetas a retenciones estable-
cidas por ley al 30/06/2022. 
 Art. 2º): Comuníquese, publíquese, remítase al Registro Municipal y 
archívese. 
Saira, 15 de Julio de 2022.-
FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399802 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO N° 29/2022 
VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral 
de carácter TRANSITORIO con el Sr. FERNANDEZ, Alejandro Luis, como 
personal contratado de este Municipio. 
Y CONSIDERANDO: 
 Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgadas 
liberalidades a favor de esta Municipalidad.
 Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, 
disponibilidad horaria para las tareas asignadas. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. FERNANDEZ, Alejandro Luis D. N. I. 
28.995.771 desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 
inclusive, para realizar tareas de Enfermería en el Centro de Salud Munici-
pal Eugenio Raviolo. 
 Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre-
to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal 
Contratado”. 
 Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi-
ficada por la Secretaria de Gobierno.- 
 Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar-
chívese. 
Saira, 01 de Agosto de 2022. 
FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399806 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO N° 30/2022 
VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral de 
carácter TRANSITORIO con el Sr. Morel Claudio Adrián, como personal 
contratado de este Municipio. 
Y CONSIDERANDO: 
 Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgado 
liberalidades a favor de esta Municipalidad. 
 Que es de suma necesidad para el mantenimiento del estado de lim-
pieza y conservación general de nuestro pueblo contar con Personal idó-
neo para las más variadas tareas. 
 Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, 
disponibilidad horaria para las tareas asignadas. 
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. Morel Claudio Adrián, D. N. I. 26.803.736, 
desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 inclusive, 
para realizar tareas de mantenimiento, limpieza y conservación general del 
Egido Municipal – y Manejo de ambulancia. 
 Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre-
to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal 
Contratado”. 
 Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi-
ficada por la Secretaria de Gobierno.- 
 Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar-
chívese.
Saira, 01 de Agosto de 2022. 
FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399811 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO N° 31/2022 
VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral 
de carácter TRANSITORIO con el Sr. Garay Pablo Martín, como personal 
contratado de este Municipio.
Y CONSIDERANDO: 
 Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgado 
liberalidades a favor de esta Municipalidad. 
 Que es de suma necesidad para el mantenimiento del estado de lim-
pieza y conservación general de nuestro pueblo contar con Personal idó-
neo para las más variadas tareas. 
 Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, 
disponibilidad horaria para las tareas asignadas. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. Garay Pablo Martín, D. N. I. 27.559.419, 
desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 inclusive, 
para realizar tareas de mantenimiento, limpieza y conservación general del 
Egido Municipal - 
16BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 162
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS 
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS5a “Las Malvinas son argentinas”
 Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre-
to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal 
Contratado”. 
 Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi-
ficada por la Secretaria de Gobierno.- 
 Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar-
chívese. 
Saira, 01 de Agosto de 2022. 
FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399812 - s/c - 11/08/2022 - BOE
DECRETO N° 32/2022 
VISTO: La posibilidad de este Municipio de continuar la relación laboral 
de carácter TRANSITORIO con el Sr. Espíndola Osvaldo Ramón, como 
personal contratado de este Municipio. 
Y CONSIDERANDO: 
 Que ha colaborando en la prestación de distintos servicios y otorgado 
liberalidades a favor de esta Municipalidad. 
 Que es de suma necesidad para el mantenimiento del estado de lim-
pieza y conservación general de nuestro pueblo contar con Personal idó-
neo para las más variadas tareas.
 Que dicho agente ha demostrado sobradamente capacidad, voluntad, 
disponibilidad horaria para las tareas asignadas. 
POR ELLO: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAIRA 
DECRETA: 
 Art. 1º.- CONTRÁTESE al Sr. Espíndola Osvaldo Ramón, D. N. I. 
25.067.577, desde el 1 de Julio de 2022 hasta el 31 de Diciembre de 2022 
inclusive, para realizar tareas de mantenimiento, limpieza y conservación 
general del Egido Municipal - 
 Art. 2º.- Los gastos que demande la ejecución del presente Decre-
to serán imputados a la Partida 1-1-01-02-01-01-00 denominada “Personal 
Contratado”. 
 Art. 3º.- Comuníquese al Agente del presente Decreto, con copia certi-
ficada por la Secretaria de Gobierno.- 
 Art. 4º.- Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Ar-
chívese. 
Saira, 01 de Agosto de 2022 . 
FDO.: YORDÁN Edgar F. – Intendente; ROVIRA Silvia E. – Secretario de 
Gobierno. 
1 día - Nº 399817 - s/c - 11/08/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE VILLA TULUMBA
ORDENANZA N°410/2021
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE VILLA 
TULUMBA SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
 Artículo 1º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a ad-
quirir en forma directa unidad automotor usada Marca RENAULT Modelo 
MASTER DCI 120 MEDIO Tipo FURGON Año 2008 Dominio HAB767 Mo-
tor G9UA724C037431, Chasis 93YADCUH58J953760 por suma de Pesos 
Dos Millones Quinientos Mil ($ 2.500.000), y, en consecuencia, FORMALÍ-
CESE la adquisición al titular dominial.
 Artículo 2°: COMUNÍQUESE, Promúlguese, Publíquese, Dese al Re-
gistro Municipal y Archivase. 
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE 
LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TULUMBA A LOS 30 DÍAS DEL MES DE 
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. 
21 días - Nº 397629 - s/c - 31/08/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE EMBALSE
Notificación 
Conforme a Ordenanza Nro. 1605/22 publicada en el Boletín Oficial de la 
Provincia el 20/04/2022, se notifica al Sr Savedro Monselesky que en el ex-
pediente con Nomenclatura Catastral: 1205120101175007 se ha solicitado 
autorización para construir por parte de la poseedora Purreta Vviana Ester 
domiciliada en calle Rioja 831, Rosario, Rosario,Santa Fe, DNI 23.067.455 
la que podrá recibir oposición de su parte en la Dirección de Catastro y 
Obras Privadas sita en calle H. Yrigoyen 422 de la localidad de Embalse de 
Calamuchita por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos a partir 
de la presente publicación, vencidos los cuales, si no mediare oposición 
continuará el trámite de autorización.

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