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Atribución-No comercial-Sin obras derivadas 2.5
Documento disponible para su consulta y descarga en Memoria Académica, repositorio
institucional de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FaHCE) de la
Universidad Nacional de La Plata. Gestionado por Bibhuma, biblioteca de la FaHCE.
Para más información consulte los sitios:
http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar http://www.bibhuma.fahce.unlp.edu.ar
García, Vianel Silvana
Ley 13066 Programa Provincial
de Salud Reproductiva y
Procreación Responsable:
¿Iniciando o allanando el camino
hacia la equidad de género?
Tesis presentada para la obtención del grado de
Licenciada en Sociología
Director: Pagnamento, Licia Viviana
CITA SUGERIDA:
García, V. S. (2013). Ley 13066 Programa Provincial de Salud Reproductiva y
Procreación Responsable: ¿Iniciando o allanando el camino hacia la equidad de
género? [en línea]. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de La Plata. Facultad
de Humanidades y Ciencias de la Educación. En Memoria Académica. Disponible en:
http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/tesis/te.841/te.841.pdf
http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/
http://www.bibhuma.fahce.unlp.edu.ar/
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA
FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA
LICENCIATURA EN SOCIOLOGÍA
TRABAJO FINAL // TESINA 
Ley 13.066 Programa Provincial de Salud Reproductiva y Procreación Responsable: 
¿Iniciando o allanando el camino hacia la equidad de género? 
Alumno/a: GARCÍA, Vianel Silvana
Legajo: 78154/5 
Correo electrónico: vianelgarcia@yahoo.com 
Director: PAGNAMENTO, Licia Viviana 
Fecha: Junio de 2013
1
mailto:vianelgarcia@yahoo.com
Resumen 
La presente tesina pretende arrojar luz en el campo de la salud reproductiva y de
la salud sexual a partir del análisis exhaustivo de la letra de la Ley 13.066 que da origen
al Programa Provincial de Salud Reproductiva y Procreación Responsable. Nuestro
objeto de estudio será la letra de la ley, que se pone en ejercicio en la provincia de
Buenos Aires en el año 2003, partiendo de conceptos claves. El objetivo de esta tesina
es analizar la representación de género presente en la norma 13.066. Por un lado su
propia existencia indica un cambio en la forma de pensar las relaciones de género si se
toma una perspectiva histórica, sin embargo por otro lado, no necesariamente implica un
cambio sustantivo en las concepciones de género tradicionales. En consecuencia la
propia letra de la Ley puede traslucir tensiones entre dichas posiciones conservadoras
respecto de las relaciones de poder entre los géneros y aquellas que pueden ubicarse
como cuestionadoras de las primeras. En este sentido es que podemos preguntarnos si se
está allanando el camino hacia la equidad de género o simplemente es un inicio
incipiente. 
Indagar sobre la representación de género, también implica hacer un breve
repaso sobre los conceptos de feminidad y masculinidad para saber qué géneros están
representados en dicha Ley. 
Por otra parte, para dar cuenta de las tensiones presentes en la mencionada
necesariamente tenemos que hacer un rastreo histórico de las políticas de población para
poder circunscribirnos luego a la política de salud sexual y procreación responsable,
primero a nivel nacional y luego a nivel provincial. La representación de género
buscada, entonces será fruto de una comparación histórica pero también decidimos que
será consecuencia de la comparación a nivel nacional entre sus pares para poder dar
cuenta de la especificidad de esta conceptualización para la Provincia de Buenos Aires.
2
A partir de esta decisión, nuestra unidad de análisis será sometida a comparación con
todas las leyes provinciales sobre salud sexual y procreación responsable sancionadas
antes del 2003 y con la normativa nacional.
Para dar cuenta del análisis detallado precedentemente, metodológicamente nos
enmarcamos en una investigación cualitativa en su carácter de diseño flexible. La
técnica cualitativa para llegar a desentrañar nuestro problema de investigación y obtener
la información analizada consistirá en el análisis documental. 
Términos claves: género- masculinidad- feminidad- salud sexual- salud
reproductiva
3
Índice 
Agradecimientos……………………………………………………………………….6
Introducción……………………………………………………………………………7
Capítulo I “La Ley 13066 y el Programa de Salud Reproductiva y Procreación
Responsable” 
1.2 Contexto histórico…………………………………………………………11
1.2 Panorama internacional……………………………………………………..12
1.3 Recorrido histórico hasta llegar a la sanción de la Ley Nacional 25.673…..15
Capítulo II “¿De qué hablamos cuando hablamos de género?”
2.1 Algunos lineamientos teóricos……………………………………………...23
2.2 Algunas precisiones más para seguir pensando…………………………….42
2.3 Concluyendo………………………………………………………………..44
Capítulo III “Masculinidades y feminidades”
3.1 Algunas precisiones teóricas………………………………………………..46
3.2 La masculinidad o las masculinidades……………………………………..56
3.3 Algunos mitos sobre la masculinidad hegemónica…………………………57
3.4 Alternativas para nuevas construcciones…………………………………...64
Capítulo IV “El análisis” 
4.1 Claves teóricas……………………………………………………………...70
4.2 El análisis…………………………………………………………………...74
4.3 Rastreando al género………………………………………………………..84
4.4 ¿Que sucede con las otras provincias?...........................................................85
4.5 La ley 25.673……………………………………………………………...101
4.6 A modo de cierre…………………………………………………………..103
Capítulo V “Reflexiones finales” …………………………………………………….104
4
Capítulo VI “Apartado metodológico” ………………………………………………112
Anexo………………………………………………………………………………….117
Bibliografía……………………………………………………………………………120
 
5
Agradecimientos
Esta tesina materializa la culminación de una gran etapa de mi vida, durante la
cual muchas personas estuvieron cerca mío y fueron los pilares que me permitieron
estar hoy en este cierre de ciclo y de apertura de nuevas experiencias. 
En primer lugar a mi papá, mi mamá, Mariela y Alejandro porque fueron el
sostén, la energía, el aguante y la contención diaria de este camino. Gracias por cada
una de las palabras en el momento justo y por el amor con el que supieron
acompañarme.
A los amigos que me dio esta carrera y que me ayudaron a construir de la
Sociología una forma de vivir la vida: Mari, Ana, Pau P., Vane, Eli, Aldi, Pau R, Agus,
Noe, Caro, Mirian, Marian y Santi. Me dan alegría, me hacen ver siempre el vaso medio
lleno y su compañía es diaria aún a la distancia. Gracias por sus aportes en este trabajo,
fueron una gran guía. 
A Lanzallamas porque fue mucho más que un espacio de militancia: un grupo de
personas, que me enseñó, me hizo crecer y tomar conciencia de la responsabilidad que
tengo en este mundo. 
A Licia por acompañarme tanto y por contenerme tanto. Fuiste clave en este
proceso. Gracias. 
Finalmente y no por eso menos merecido, quiero agradecerle a Elvio. Tu
acompañamiento, paciencia y aliento fueron muy importantes para mí. Gracias por
aportarme la calma, la confianza que muchas veces escaseaba y sobre todo el amor que
diariamente me acompaña desde que te conocí. Te amo.
Gracias a todos.
Vianel Silvana García
Villa Mercedes, Junio de 2013
6
Introducción 
La presente tesina pretende arrojar luz en el campo de la salud reproductiva y de
la salud sexual a partir del análisis exhaustivo de la letra de la Ley 13.066 que da origen
al Programa Provincial de Salud Reproductiva y Procreación Responsable. Nuestro
objeto de estudio será la letra de la ley, que se pone en ejercicio en la provincia de
Buenos Aires en el año 2003, partiendo de conceptos claves. El objetivo de esta tesina
es analizar la representación de género presente en la norma 13.066. Por un lado supropia existencia indica un cambio en la forma de pensar las relaciones de género si se
toma una perspectiva histórica, sin embargo por otro lado, no necesariamente implica un
cambio sustantivo en las concepciones de género tradicionales. En consecuencia la
propia letra de la Ley puede traslucir tensiones entre dichas posiciones conservadoras
respecto de las relaciones de poder entre los géneros y aquellas que pueden ubicarse
como cuestionadoras de las primeras. En este sentido es que podemos preguntarnos si se
está allanando el camino hacia la equidad de género o simplemente es un inicio
incipiente. 
Nuestro Estado estructuralmente es patriarcal1 (Femenías, 2008). Esta estructura
se reproduce y refuerza tanto en las instituciones como en las prácticas que llevamos
adelante todos los días y en todos los ámbitos de la vida. Al mismo tiempo hombres,
mujeres y demás géneros producimos y reproducimos esta disposición del quehacer
cotidiano. En este hacer y rehacer el género femenino y aquellos distintos del masculino
ven sus derechos desconocidos, ignorados o transgredidos conllevando a situaciones en
donde es clara la inequidad, la discriminación, la segregación y la violencia hasta la
muerte. Relaciones desiguales de poder son ejercidas en este marco. 
1 El patriarcado es entendido según Femenías (2008) como un sistema o estructura general de
dominación, interclasista que opera en un nivel estructural ideológico y simbólico. 
7
Planteada esta caracterización es fundamental que el Estado garantice
condiciones para el ejercicio los derechos de estas personas desfavorecidas en la
interrelación diaria, abriendo el camino para la construcción de relaciones más
equitativas y la toma de decisiones de manera autónoma sin presiones ni restricciones,
en nuestro caso haciendo foco en el campo sexual y reproductivo pero también a nivel
económico, social, educativo, valorativo, etc. 
Respecto de nuestra Ley 13.066 y el consecuente Programa Provincial de Salud
Reproductiva y Procreación Responsable, el Estado Argentino ha avanzado en la
posibilidad de poner en práctica una política pública que favorece el ejercicio de los
derechos sexuales y reproductivos. Sin embargo esta Ley también es producto de las
contradicciones de un Estado patriarcal en su estructura pero que avanza de a poco en su
modificación.2 Esto se ve reflejado en las tensiones presentes al interior de la misma que
salen a la luz como consecuencia del análisis de sus artículos. 
La pregunta de investigación que da origen a esta tesina partió de mi interés
personal por las problemáticas de género y de la salud sexual y reproductiva en
particular. A lo largo de este trabajo me limitaré al análisis de una ley y la indagación
conceptual parte de supuestos sociológicos obtenidos a partir de un primer análisis
general de la misma con perspectiva de género. Desde allí nace mi pregunta de
investigación y de aquí los conceptos que pondré en discusión para poder avanzar en mi
pesquisa. 
Para comenzar a responder mi pregunta de investigación consultamos
bibliografía producida en centros de investigación e instituciones afines a la
problemática de la salud sexual y reproductiva (CEDES, Conders, Ministerio de Salud
de la Nación, Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Consejo Nacional de
2 Desde el punto de vista histórico, la posibilidad de contar a nivel provincial y a nivel nacional con una
ley sobre salud sexual y reproductiva es un avance. Sobre todo teniendo en cuenta que estas leyes están
enmarcadas en los derechos sexuales y reproductivos. 
8
las Mujeres, Fondo de Población de las Naciones Unidas, etc.) para dar cuenta del
contexto nacional e internacional en que surge la Ley Nacional 25.673 de Salud Sexual
y Procreación Responsable como marco normativo de la Ley Provincial 13.066. Este
rastreo nos permitirá dar cuenta sobre cómo la problemática de los derechos sexuales y
reproductivos se vuelve un tema importante que comienza a aparecer en la agenda
gubernamental. El recorrido mencionado se verá reflejado en el capítulo I. A
continuación en el capítulo II, realizaremos un estado de la cuestión sobre género. En el
capítulo III revisamos investigaciones y artículos realizados por profesionales expertos
en el tema para poder dar cuenta de las claves teóricas sobre masculinidades y
feminidades. Los capítulos II y III nos guiarán en el avance de nuestro aporte específico
que será explicitado en el capítulo IV: analizar la representación de género presente en
la Ley 13.066, teniendo en cuenta las tensiones que salen a la luz a raíz de la puja entre
visiones conservadoras sobre el género y enfoques que cuestionan posturas tradicionales
y toman una posición más progresista y cómo esto repercute en el camino hacia la
equidad de género en el área de salud sexual y reproductiva. Este análisis se realizará
comparando los artículos de la Ley 13.066 con los artículos de las leyes provinciales
sancionadas con anterioridad a la Ley de la provincia de Buenos Aires. En el capítulo V
arribaremos a las conclusiones de esta investigación. El apartado metodológico se
encuentra en el capítulo VI. La metodología de tipo cualitativa consiste en el análisis
documental de fuentes secundarias. Al final de todo incluimos un Anexo que contiene
una tabla con el detalle de la ley que cada provincia tiene sancionada en sexualidad y
reproducción. Incluye el nombre de los Programas y si adhieren a la normativa nacional.
Teniendo en cuenta el contexto en el que surge la Ley Nacional 25.673 de Salud
Sexual y Procreación Responsable en el año 2002, el surgimiento posterior de la Ley
Provincial 13.066 de Salud Reproductiva y Procreación Responsable y el análisis de sus
9
artículos mostraremos cuánto se avanza o no respecto del horizonte deseado por quienes
bregamos por la equidad de género. En este caso sólo en el campo de la salud sexual y
reproductiva porque es el que compete a la Ley que analizamos. Sacando a la luz las
tensiones internas que ésta posee podemos dar cuenta cuan progresista es respecto de la
situación actual de inequidad entre los géneros.
10
Capítulo I 
“La Ley 13066 y el Programa de Salud Reproductiva y Procreación
Responsable”
1.1 Contexto histórico
Nuestro objeto de estudio será la letra de la Ley 13.066 que da origen al
Programa de Salud Reproductiva y Procreación Responsable en la provincia de Buenos
Aires. Esta Ley se sancionó con posterioridad a la Ley Nacional el día 17 de Junio del
año 2003 y se reglamentó a partir del decreto 2.327 en el mismo año. 
La provincia de Buenos Aires en el mapa de las provincias de la Argentina que
fueron sancionando sus leyes sobre el tema estuvo lejos de ser pionera. De las
veinticuatro provincias argentinas,3 veinte tienen leyes de salud sexual y reproductiva
(la mayoría han sancionado sus propias leyes y otras sólo adhieren a la Ley Nacional
pero no tienen una ley provincial propia); de ellas siete adhieren a la Ley Nacional
(Buenos Aires, Corrientes, Córdoba, La Rioja; Santiago del Estero, San Luis y
Misiones) y cuatro provincias no poseen normas al respecto (Catamarca, Formosa, San
Juan y Tucumán).4 La primera provincia argentina que sancionó su política en estas
áreas fue La Pampa. En el año 1991 se promulga la Ley 1.363 que crea el Programa
Provincial de Procreación Responsable. Esta norma no sólo fue la primera en
sancionarse en el país sino que además se encuentra conceptualmente enmarcada en los
derechos sexuales y reproductivos. 
3 Incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
4 Políticas de salud sexual y salud reproductiva. Avances y desafíos Informe de Balance 2003-2011
(2011). Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. Ministeriode Salud de la
Nación. Buenos Aires. 
11
Para comprender mejor y contextualizar el análisis de la Ley 13.066 en primer
lugar realizaremos una síntesis del panorama internacional sobre la introducción de los
derechos sexuales y reproductivos en las agendas internacionales y regionales. Luego
expondremos un recorrido histórico del surgimiento de la norma nacional 25.673 que
crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. Esto nos
permitirá tener un cuadro de situación en el contexto argentino que dará cuenta del
debate (de la situación en el avance de los derechos sexuales y reproductivos en tanto
perspectiva adoptada por el Estado para las políticas públicas implementadas en este
ámbito) que enmarca tal surgimiento. 
1.2 Panorama internacional
Durante los 90´ la evolución de los derechos de la mujer se caracterizó por
conquistar los derechos humanos en el sentido de haber podido instalar sus aspiraciones
a nivel universal. Durante ese recorrido, a partir de las sucesivas Cumbres Mundiales
una primera etapa se caracterizó por haber asentado jurídicamente la jerarquía universal
de derechos humanos a los derechos de la mujer. Cabe destacar que esta transformación
que recupera el lenguaje de los derechos humanos comienza en Argentina, y en
consonancia con lo que ocurría internacionalmente, luego de finalizada la dictadura
militar. Y es esta misma transformación la que conforma la base ética y política de los
reclamos (Ramos, 2007; Zamberlin, 2007)
En 1979 la Convención sobre Todas las Formas de Discriminación Contra la
Mujer (CEDAW), suscrita por la Argentina el 17 de Julio de 1980 y ratificada por la
Ley Nacional 23.179 en 1985, y los consensos logrados en las Conferencias Mundiales
de Naciones Unidas permitieron definir y articular las agendas internacionales y
nacionales sobre los derechos de la mujer. Éstas se conformaron a partir de la
12
recuperación de conjunto de demandas presentes en los movimientos feministas: “las
nociones de integralidad e indivisibilidad de los derechos hicieron posible la inclusión
de las demandas de los movimientos feministas en las agendas globales y trasformar los
enfoques de esas reuniones” (Levín, 2010). 
Asentaron la nueva perspectiva en la agenda internacional, particularmente la
Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo realizada en Río
de Janeiro en 1992, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena en 1993 y
la IV Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo realizada en el Cairo en
1994. Esta última hizo más evidente este cambio cuando la visión de los derechos
desplazó la de los objetivos demográficos que había predominado en las reuniones
anteriores sobre población y desarrollo. 
La V Cumbre Mundial sobre la Mujer de Beijing realizada en el año 1995,
consolida este proceso a través de su Plataforma de Acción. La misma promueve
políticas concretas con el objetivo de institucionalizar la perspectiva de género. En la
Asamblea General de Naciones Unidas realizada en Nueva York en el año 2000, se
acordaron los objetivos de la Cumbre del Milenio, entre los cuales se promueven las
nociones de empoderamiento y autonomía de las mujeres. 
La etapa que se inicia en el 2000 con el desarrollo de sucesivas Cumbres
Mundiales, experimenta una menor incidencia feminista en la agenda temática
internacional. La problemática de género es retomada en la Segunda Asamblea Mundial
sobre envejecimiento de la población realizada en Madrid en el año 2002 y en la
Cumbre Mundial sobre desarrollo sostenido realizada en Johannesburgo en el año 2002.
Paralelamente en América Latina se realizaron Conferencias Regionales que plantearon
lineamientos para cautelar los derechos de la mujer, como por ejemplo La Octava
Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe realizada en Perú
13
en el año 2000; y la Novena Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y
el Caribe realizada en México en el año 2004. Esta Conferencia Regional funciona
como un órgano subsidiario de la CEPAL que trabaja específicamente sobre políticas de
género. 
En las agendas internacionales y regionales entre otros temas se instalan el de los
derechos sexuales y reproductivos. El dato objetivo de la realidad que los hace visibles
como problemática social es el del alto índice de mortalidad materna y de embarazo
adolescente. Es este el fundamento que les asigna valor público para su formulación
como derechos de salud sexuales y reproductivos. Surge en consecuencia la necesidad
de que el Estado asuma responsabilidades públicas en la materia. “Aquí se destaca que
el reconocimiento de estos derechos no sólo impacta sobre la salud de las mujeres, sino
también sobre su autonomía ya que controlar la fecundidad (cantidad y espaciamiento
de los hijos) implica habilitar espacios y tiempo para otras actividades en la esfera
pública” (Levín, 2010). La autonomía es reconocida como uno de los elementos que
contribuye a equilibrar el distanciamiento entre vida privada y vida pública. 
Los derechos sexuales y los derechos reproductivos son reconocidos en
diferentes tratados, convenciones, conferencias, pactos internacionales de derechos
humanos y Plataformas de Acción que las naciones del mundo se han comprometido a
implementar y entre ellas la Argentina. Los principales instrumentos en la materia son:
la CEDAW; el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo y La IV Conferencia Mundial
de la Mujer. Los dos primeros adquirieron jerarquía constitucional consagrada en el
artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional de 1994. Sus disposiciones se
consideran complementarias de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución.
14
1.3 Recorrido histórico hasta llegar a la sanción de la Ley Nacional 25.673.
Para focalizar en el desarrollo del surgimiento progresivo de las leyes
provinciales y particularmente la de la provincia de Buenos Aires partiremos de
contextualizar la situación normativa nacional a partir de la restitución del orden
constitucional. 
Hoy por hoy todos los ciudadanos de la República Argentina podemos ejercer
los derechos que una Ley Nacional como la 25.673 de Salud Sexual y Procreación
Responsable nos ampara y nos regula. Dejando de lado las controversias respecto de
cuan ciudadanos de hecho o de derecho somos y restringiéndonos al plano de la
formalidad y no de la realidad es que podemos hacer la afirmación que precede. Hasta
llegar a esa afirmación haremos un largo recorrido que consiste en ir viendo cómo la
salud sexual y reproductiva junto a los derechos sexuales y reproductivos necesarios
para ejercer la sexualidad y la reproducción de manera equitativa se incluyen en la
agenda pública y política argentina y que consecuentemente pasan de ser un eje central
en política de población para pasar a ser visto como un tema de derechos humanos. Para
esto tomaremos como punto de partida la recuperación de la democracia y
reconstruiremos los hechos más importantes sobre esta temática que se han venido
dando desde 1983 hasta la sanción de la Ley Nacional en 2002. 
Para dar cuenta de la inclusión en la agenda pública y política de la temática de
salud sexual y reproductiva tomaremos el proceso que se describe en un documento del
CEDES (Petracci y Pecheny, 2007). Creemos apropiado empezar según esta
periodización ya que aporta sistematicidad a la hora de presentar el recorrido
mencionado.
Según este documento en el período previo a la recuperación de la democracia
podemos mencionar algunos hechos significativos que son parte de la reconstrucción
15
mencionada.Según describe Felitti (2006) el 28 de febrero de 1974, Perón y su ministro
de Bienestar Social, José López Rega, firmaron el Decreto 659 que disponía el control
de la comercialización y venta de productos anticonceptivos, junto a la prohibición de
actividades relacionadas con el control de la natalidad. Esta medida fue acompañada por
una campaña de educación sanitaria que ponía de relieve los riesgos de someterse a
métodos y prácticas anticonceptivas. Este decreto señalaba a la anticoncepción como
una amenaza que comprometía aspectos fundamentales del destino de la República
Argentina y se la consideraba fruto del accionar de “intereses no argentinos” que
desalentaban la consolidación y expansión de las familias, “promoviendo el control de
la natalidad, desnaturalizando la fundamental función maternal de la mujer y
distrayendo en fin a nuestros jóvenes de su natural deber como protagonistas del futuro
de la patria” (Decreto 659,1974). Si bien la campaña no se efectuó sí se volvió efectiva
la prohibición de informar sobre métodos anticonceptivos y distribuirlos sobre todo en
las instituciones estatales. Si la comercialización de anticonceptivos en algunos casos se
mantuvo, esto dependió del libre arbitrio de médicos y farmacéuticos. Isabel Perón,
continuó firmemente con esta campaña. En lo que respecta a la política demográfica5
seguida durante la dictadura autoproclamada “Proceso de Reorganización Nacional”,
ésta continuó en la línea trazada por el peronismo. La Junta Militar por intermedio del
decreto 3938 del año 1977, aprobó los objetivos y las políticas propuestas por la
Comisión Nacional de Política Demográfica (CONAPODE, 1974). Esta oficina, creada
por el peronismo, tenía como misión “proyectar una política nacional de población e
5 Según describe Felitti (2004), la necesidad de establecer una política de población nacional se había
manifestado en distintas etapas de nuestra historia. Sin embargo, hasta la década del ’70 los preceptos
poblacionistas no habían culminado en la adopción de políticas de población globales, ni habían generado
análisis previos sobre la viabilidad de las medidas a implementarse. La autora retomando a Susana
Novick señala que el concepto de política de población recién se menciona en 1968, en la ley que regula
las atribuciones del Registro Nacional de las Personas, dependiente del Ministerio del Interior, encargado
de proporcionar al gobierno nacional la información necesaria para fijar dicha política (Ley 13.482). Sin
embargo, fue recién durante el Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983) cuando, por primera
vez, se legisló sobre políticas de población a nivel nacional.
16
intensificar el crecimiento cuantitativo y cualitativo de la población argentina y su más
adecuada distribución regional” (Decreto 980,1974:2). El aumento de la fecundidad se
propuso por una doble vía: otorgar incentivos para la protección de la familia y eliminar
las actividades que promovieran el control de la natalidad. Los incentivos como el
facilitar el acceso a la vivienda, el otorgamiento de asignaciones familiares, la
instalación de guarderías infantiles, un régimen laboral más favorable a la maternidad,
no se volvieron efectivos. Este gobierno militar no sólo controló la difusión de los
métodos anticonceptivos, también instaló su propia concepción sobre la moralidad y las
buenas costumbres. Los justificativos a estas medidas tenían que ver con la persistencia
de bajos índices de crecimiento de la población y que los espacios despoblados de la
argentina la debilitaban geopolíticamente. Según Felitti (2004), cabe señalar que desde
muy temprano, el país había completado el proceso de transición demográfica,
alcanzando una tasa de natalidad que indicaba la limitación voluntaria de los
nacimientos. Entre 1945 y 1955 se produce el llamado baby boom aludiendo a la
explosión de nacimientos durante la segunda posguerra. No obstante, desde mediados
de los ’50 en adelante, la natalidad recuperó su moderada tendencia descendente,
exceptuando un repunte momentáneo en la década del ’70. A fines de los ’60 y
principios de los ’70 se temía a los peligros de la contracción demográfica y la situación
de vulnerabilidad que ella generaba. Estos temores se entrelazaban con los de la
debilidad que se hacía sentir ante una Argentina despoblada en comparación con otros
países latinoamericanos y en un contexto donde amenazaba la “subversión comunista”
ante la victoria de la Revolución Cubana.
Estas políticas (acompañadas de decretos) afectaron seriamente el
funcionamiento de los primeros servicios de asistencia en anticoncepción, que habían
comenzado a desarrollarse en las instituciones de salud pública a principios de los años
17
setenta por la iniciativa y el esfuerzo de algunos profesionales y con el apoyo casi
exclusivo del sector privado. Respecto de este período, lo que analiza Felitti (2004) es
que los enfoques desde donde se planteaban estas políticas eran netamente
demográficos y estaba ausente la perspectiva de los derechos humanos tanto de las
mujeres como de las parejas (y que es la perspectiva que se adopta a partir de la
recuperación de la democracia y que marcan las Cumbres Internacionales en la materia).
La ausencia de los servicios de asistencia se suma a los desacuerdos que ya existían
sobre la planificación familiar y a las contradicciones producto de la intervención de los
gobiernos sobre sus habitantes y sus derechos individuales tomando medidas que
generan una tensión entre las responsabilidades públicas y el respeto por la privacidad e
intimidad. 
A partir de la recuperación de la democracia, el documento del CEDES (Petracci
y Pecheny, 2007) retoma momentos clave que marcaran el inicio de la incorporación de
los derechos sexuales y reproductivos a la agenda sanitaria gubernamental así como la
incorporación de políticas públicas en relación a esta temática. 
En 1985 el Congreso ratificó por ley la Convención sobre Todas las Formas de
Discriminación Contra la Mujer. En ésta se reconocía que era necesario lograr la plena
igualdad entre el hombre y la mujer y que para ello era necesario modificar el papel
tradicional de ambos en la sociedad y en la familia. Además los Estados miembros
acordaron adoptar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra
la mujer, con el fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre. También
aseguraba que llegaría tanto a hombres como a mujeres el material informativo
específico que contribuyera a asegurar la salud y el bienestar de la familia incluida la
información y el asesoramiento sobre planificación familiar. 
Durante el gobierno de Raúl Alfonsín, el 5 de diciembre de 1986 fue derogada
18
por medio del Decreto Nacional 2.274 la medida que impedía la libre comercialización
de anticonceptivos y su difusión (los decretos 659/74 y 3.938/77). En esta nueva
disposición, a tono con las recomendaciones de la Conferencia Mundial de Población de
México (1984), el gobierno se comprometía a realizar las tareas de difusión y
asesoramiento necesarias, para que el derecho a decidir acerca de su reproducción pueda
ser ejercitado por la población con creciente libertad y responsabilidad. Vale aclarar que
esta derogación y la aceptación de las recomendaciones internacionales, no implicaron
la inmediata y generalizada implementación de acciones a favor del ejercicio pleno de
los derechos sexuales y reproductivos. 
En 1987 se implementó, como experiencia piloto en la Ciudad de Buenos Aires,
la primera iniciativa en el marco de las políticas públicas destinada a suministrar
asistencia en anticoncepción a la población: el Programa de Procreación Responsable.
En los años ochenta aparece yse extiende la epidemia del VIH/sida. Recién en
1991, el Congreso aprobó la ley 23.798 que creó el Programa Nacional de SIDA. En
torno a esta lucha se anudaron desde entonces numerosas cuestiones ligadas a la
diversidad sexual. Si bien el tema ocupa un lugar importante en la agenda pública 10
años más tarde a su aparición, esto también ayudó a que se avance mucho en la
temática.
La transición hacia la democracia también permitió la reaparición y desarrollo de
una gran cantidad de agrupaciones de mujeres, feministas, GLTTB y de lucha contra el
sida. Las identidades no heterosexuales se nuclearon en un movimiento GLTTB, es
decir gay, lésbico, travesti, transexual y bisexual, a quienes se sumaron en los últimos
años las personas con identidad intersexual (la letra “I” que se agrega a GLTTBI),
transgénero y queer. La irrupción en la esfera pública y política de un movimiento con
estas características y la consecuente reivindicación de derechos relativos a la
19
diversidad sexual (derechos que se relacionan con deseos, prácticas e identidades que se
apartan de la heterosexualidad como norma social, legal e institucionalmente
reconocida) se suman al progresivo desarrollo de las temáticas reproductivas hacia un
lenguaje de derechos y, junto al VIH/sida y los históricos temas del feminismo, dan
forma al panorama actual del campo de los derechos sexuales en la Argentina (Petracci
y Pecheny, 2007).
Otra cuestión muy importante a mencionar en el área es la referida al tema del
aborto. Si bien hoy por hoy es una discusión que está en el tapete con el intento de
introducir un proyecto de ley que legalice y despenalice el aborto, la reforma de la
Constitución Nacional en 19946 puso este tema en discusión y permitió que los derechos
sexuales y reproductivos cobraran más presencia y fuerza en el debate público y en la
agenda gubernamental (Petracci y Pecheny, 2007: pp. 32-35). 
A raíz del recorrido que venimos realizando podemos corroborar que desde el
año 1985 paulatinamente se pasó de un contexto de restricciones a otro en el cual los
derechos sexuales y reproductivos adquieren una gran visibilidad pública produciéndose
a la vez un viraje que los ubicó entre los derechos humanos (en vez de ser centrales en
las políticas de población con metas demográficas). Internacionalmente este viraje
alcanzaría su máxima expresión en la Conferencia Internacional sobre Población y
Desarrollo celebrada en El Cairo en 1994 y en la IV Conferencia Internacional de la
Mujer celebrada en Beijing en 1995. El énfasis de esas conferencias estuvo puesto –en
6 En el año 1994 como parte de ese proceso de reforma constitucional el Ejecutivo Nacional intentó
introducir en el texto de la nueva Constitución un artículo que garantizara “el derecho a la vida desde la
concepción hasta la muerte natural” que finalmente no fue aceptado por los constituyentes y de haberlo
sido hubiera significado un retroceso respecto de la situación del aborto. En efecto, la interrupción
voluntaria del embarazo es ilegal en la Argentina y está tipificada como un “delito contra la vida” en el
Código Penal. En este sentido se sanciona tanto a quien lo practica como a la mujer que lo cause o lo
consienta. Existen dos casos en donde el aborto no es punible: si fuera hecho para evitar el peligro de
muerte para la madre –si éste no puede ser evitado por otros medios- o si el embarazo proviene de una
violación o de un atentado contra el pudor de una mujer idiota o demente. A partir del intento por parte
del gobierno de incluir esta iniciativa en la nueva Constitución Nacional se produjo una puja entre el
mismo gobierno y la Iglesia contra los movimientos de mujeres promulgadas en contra de esta iniciativa.
Esa puja provocó que el aborto se convirtiera en un tópico recurrente en la agenda mediática (Petracci y
Pecheny, 2007). 
20
lugar de las metas demográficas del paradigma biomédico- en el derecho de las
personas a la información y los servicios de salud reproductiva, y la igualdad de género
en el control autónomo del cuerpo (Petracci, 2009). En el ámbito nacional los avances a
partir de estas conferencias se verían reflejados en la incorporación en nuestra
Constitución Nacional en el año 1994 de diez tratados internacionales, y la inclusión de
un documento central hacia la equidad de género, la Convención sobre la Eliminación
de Toda Forma de Discriminación Contra la Mujer. También cabe destacar los
recorridos de las distintas provincias que sancionaron sus leyes de salud sexual y
reproductiva con anterioridad a la Ley Nacional: La Pampa, 1991; Córdoba, 2003;
Mendoza, 1996; Corrientes, 2003; Chaco, 1996; Río Negro, 2000; Neuquén, 1997;
Jujuy, 1999; Chubut, 1999; Ciudad de Buenos Aires, 2000; La Rioja en el 2000; Tierra
del Fuego, 2001; Santa Fe, 2001. La conjunción entre las acciones localizadas en las
provincias, las Conferencias Internacionales de Naciones Unidas (Cairo y Beijing) y en
gran medida la labor del movimiento de mujeres condujeron a la sanción del marco
normativo nacional. 
Finalmente la sanción de la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación
Responsable recorrió un camino bastante largo: se inició con motivo de la media
sanción en la Cámara de Diputados en 1995 y continuó posteriormente en ocasión de la
pérdida del estado parlamentario de la ley en 1997, la nueva media sanción de la
Cámara de Diputados se produce en el año 2001 y por último la sanción definitiva por la
Cámara de Senadores se produce el 30 de octubre de 2002. La publicación de la
reglamentación de la ley en el Boletín Oficial requirió siete meses más. Cabe aclarar
que en este recorrido dispar jugaron un rol muy importante los grupos católicos y
conservadores de fuerte influencia en el tratamiento de esta temática por parte del
Estado argentino (Petracci y Pecheny, 2007; Petracci 2009). Sin embargo, la apelación
21
de éste a los Tratados de Derechos Humanos incorporados a la Constitución Nacional,
de jerarquía superior a las leyes nacionales ha sido exitosa en función de mantener la
vigencia de la Ley y de todos los derechos por ésta garantizados. 
22
Capitulo II 
“¿De qué hablamos cuando hablamos de género?”
En este apartado me propongo desarrollar las claves teóricas de la categoría
género,7 la cual me permitirá, junto a las categorías explicitadas en el capítulo anterior,
desarrollar el análisis y posteriormente dar algunas conclusiones sobre mi problema de
investigación. 
La pregunta de investigación que da origen a esta tesina partió de mi interés
personal por las problemáticas de género y de la salud sexual y reproductiva en
particular. Dado que este es un trabajo centrado en la reflexión teórica y el análisis de
una ley, la indagación conceptual parte de supuestos sociológicos obtenidos a partir de
un primer análisis general de la ley con perspectiva de género. A partir de allí nace mi
pregunta de investigación y de aquí los conceptos que pondré en discusión para poder
avanzar en mi pesquisa. 
Mucha de la bibliografía consultada coincide en mencionar que es complejo
obtener una precisión fina y acabada del concepto género a la hora de abordarlo
teóricamente o bien para saber de qué estamos hablando cuando hablamos de él. 
2.1 Algunos lineamientos teóricos 
Comenzaremos por trazar una breve genealogía del término. Castellanos (2006)
indica que en la mayoría de los idiomas de origen indoeuropeo, originalmente género
nos remite a la diferencia entre palabras masculinas o femeninas y fue en Inglaterra, en
7 En lo sucesivo me referiré a género en tanto categoría, vista esta última desde Kant. Categoría vacía a
partir de la cual será leída y sistematizado el análisis de la legislación mencionada. 
23
el siglo XVII,donde la palabra gender se comenzó a emplear en un sentido más amplio.
La autora retoma a Joan Scott quien nos señala que el término genre se usó de manera
similar en Francia en 1876, para hablar de la diferencia entre ser varón o hembra, según
el Dictionnaire de la langue française publicado ese año. Luego señala que en Inglaterra
entre 1837 a 1901 aproximadamente, el término se usó como un eufemismo para
referirse a la diferencia física entre hombres y mujeres, evitando referirse al sexo, ya
que todo lo que tuviera que ver con la sexualidad era considerado de mal gusto.
Gradualmente la palabra gender empezó a emplearse para referirse a la diferencia, ya no
física, sino de estilos y de comportamiento entre hombres y mujeres. Según Lamas
(2004) hacia los sesenta su uso se generaliza en el campo psico-médico; con la segunda
ola del feminismo es introducido en el discurso académico, tanto en las ciencias sociales
como en otras disciplinas (Nicholson, 1992). Hacia los noventa adquiere relevancia
pública y en este siglo se convierte en la palabra clave para explicar la desigualdad y
jerarquización entre los sexos, la posibilidad del reconocimiento público y sus
implicancias en la vida social. La primera aclaración que nos surge hacer a partir de esta
afirmación es que hablamos de jerarquización de los sexos dado que éstos nos vienen
dados biológicamente en nuestra anatomía. Qué cuestiones se le adscriben a cada sexo y
cómo se las valoriza (que podrían ser cuestiones referidas al género) es lo que hace a la
desigualdad. Ésta se construye sobre la diferencia anatómica y no queremos decir con
esto que se la justifique o que sea inmodificable por su origen, no. La cuestión es que no
existe tal desigualdad, sino que no es más que una construcción que se convierte en la
justificación y causa primera de innumerables actos de desigualdad. 
Dado que es imposible trazar el amplio recorrido de la producción académica
feminista en la conceptualización del género, introduciremos en este apartado algunas
24
precisiones significativas a fin de clarificar a qué nos vamos a referir cuando lo
utilicemos. 
Para comenzar a clarificar a qué aludimos cuando hablamos de género, debemos
decir que género no es una forma alternativa de decir mujer (Lamas, 2004; Castellanos,
2006; Faur, 2004). Esta asimilación se repite desde el sentido común y hasta en el
ámbito académico y esto tiene que ver según Castellanos (2006) con que en nuestra
cultura, tradicionalmente, sólo la mujer se consideraba como plenamente coincidente
con su propio sexo, como si en la sexualidad y la reproducción se agotaran todas las
facetas y alcances de la humanidad de las mujeres. En cambio, el hombre sigue siendo,
según la sociolingüista Deborah Tannen, lo prototípico, aquello en lo que pensamos
cuando se habla de lo humano. Aun cuando se reconoce que tanto el hombre como la
mujer son seres a la vez humanos y sexuados, muchas veces se asigna
fundamentalmente la humanidad al hombre, y la sexualidad a la mujer (Lamas, 2002).
Una segunda cuestión que queremos clarificar para empezar a pensar en esta
categorización es que en esta asimilación hay una vinculación directa entre sexo y
género como si no se distinguieran a lo que se suma la asimilación del género al sexo
biológico cuan correspondencia directa. Este tipo de aclaraciones serán pertinentemente
desarrolladas más adelante. 
 Ha prevalecido entre las explicaciones de esta categoría y aún implícitamente en
el ámbito académico, un esquema que adscribe al sexo el aspecto biológico, natural de
la distinción anatómica y al género el aspecto cultural que cada sociedad le imprime a
las características biológicas de la diferenciación sexual (Lamas, 2004). Esta
diferenciación responde a la primera definición del sistema sexo/género que planteaba
la antropóloga feminista Gayle Rubin en los ´70. Este sistema es la parte de la vida
social que es la sede de la opresión de las mujeres, de las minorías sexuales y de algunos
25
aspectos de la personalidad humana en los individuos. Este sistema es definido como el
conjunto de disposiciones mediante las cuales una sociedad transforma la sexualidad
biológica en productos de la actividad humana y donde con estos productos culturales,
cada sociedad arma un sistema sexo/ género. Es decir, se crean un conjunto de normas a
partir de las cuales la materia cruda del sexo humano y de la procreación es moldeada
por la intervención social; y es satisfecha de una manera que se considera convencional,
aunque pueda resultar muy extraña a ojos de otras culturas (Rubin, 1996; Castellanos,
2006; Lamas, 2002). Rubin dirá que toda sociedad tiene un modo sistemático de tratar al
sexo y al género. Este sistema puede ser sexualmente igualitario (por lo menos en
teoría) o puede ser estratificado por géneros. Sin embargo es importante distinguir entre
la capacidad y la necesidad de crear un mundo sexual y los modos empíricamente
opresivos en que se han organizado los mundos sexuales. Para la autora el sistema
sexo/género es un término que indica que la opresión es producto de las relaciones
sociales específicas que lo organizan. 
Lo que Rubin (1996) pretende en “El tráfico de mujeres: Notas sobre la
economía política del sexo” es desarrollar el concepto mencionado para describir la
organización social de la sexualidad y la reproducción de las convenciones de sexo y
género. Con este propósito analizará la teoría marxista y su fracaso a la hora de explicar
la opresión sexual. Éste es a consecuencia de que el marxismo como teoría de la vida
social no está interesado en el sexo. En cambio la autora observa que el sistema de
parentesco en Engels y en Lévi Strauss resulta en una construcción implícita de una
teoría de la opresión sexual. Dentro de este sistema se detendrá en el intercambio de
mujeres, en tanto parte constitutiva del matrimonio, y en cómo este mecanismo ubica la
opresión de las mujeres en el sistema social y no en la biología. Dirá que es una
aprehensión aguda de algunos aspectos de las relaciones sociales de sexo y género. 
26
A raíz de la presentación de estos conceptos Rubin dirá que es necesaria una
economía política de los sistemas sexuales, a partir de la cual se pueda estudiar cada
sociedad para determinar con exactitud los mecanismos por los que se producen y se
mantienen determinadas convenciones sexuales. Para esta antropóloga el "intercambio
de mujeres" es el paso inicial hacia la construcción de un arsenal de conceptos que
permitan describir los sistemas sexuales. 
La organización social del sexo se basa en el género, la heterosexualidad,
obligatoria y la constricción de la sexualidad femenina. En este contexto definirá al
género como una división de los sexos socialmente impuesta. Es un producto de las
relaciones sociales de sexualidad. Los sistemas de parentesco se basan en el
matrimonio; por lo tanto, transforman a machos y hembras en "hombres" y "mujeres"',
cada uno una mitad incompleta que sólo puede sentirse entera cuando se une con la otra.
Desde luego, los hombres y las mujeres son diferentes, pero no lo son tanto. La idea de
que los hombres y las mujeres son más diferentes entre sí que cada uno de ellos de
cualquier otra cosa, que son categorías mutuamente excluyentes tiene que provenir de
algo distinto de la naturaleza. Y esto la autora lo vincula directamente con la
construcción de la identidad de género. Ésta es la supresión de semejanzas naturales.
Requiere represión: en los hombres, de cualquiera que sea la versión local de rasgos
"femeninos"; en las mujeres, de la versión local de los rasgos "masculinos". La división
de los sexos tiene el efecto de reprimir algunas de las características de personalidad de
prácticamente todos, hombres ymujeres. El mismo sistema social que oprime a las
mujeres en sus relaciones de intercambio oprime a todos en su insistencia en una rígida
división de la personalidad. En este sentido también instituye la heterosexualidad en
detrimento de la homosexualidad. Ni que hablar de la homosexualidad femenina. 
27
Nicholson (1992) argumenta que esta posición supone tanto un modo de
diferenciación cuanto de conexión entre lo biológico y lo cultural, con el presupuesto de
que lo biológico tiene cierta fijeza y lo cultural gran variabilidad de acuerdo a los
significados culturales que cada sociedad le imprima a esa base biológica. Esta
diferenciación entre lo biológico y lo cultural fue muy importante para la agenda
política feminista de la segunda ola. Éstas rompen con la posición pre feminista que
argüía que las diferencias entre mujeres y varones estaban enraizadas en la naturaleza de
modo que no podían modificarse. En palabras de Castellanos (2006), la
conceptualización que hace Rubin del género sirve para romper con la creencia
sostenida de que, a partir de la formación del capitalismo, nacer con genitales
masculinos abría una gama de posibilidades de actuación social, dentro de las
limitaciones de clase y etnia. Nacer con la posibilidad de ser madre forzaba o más bien
condenaba, según la autora, a una única forma de ser y de pensar. La opresión se
originaba en la expresión básica de la diferencia biológica: la maternidad (Lamas 2002).
A partir de la definición de la categoría de género contamos con una herramienta
conceptual que nos permite descubrir que las diferencias entre los sexos masculino y
femenino en tanto qué significa y qué implica ser hombre o ser mujer, para la identidad
personal, para los roles a desempeñar, los comportamientos y funciones sociales, no
dependen a modo de determinación de las diferencias biológicas entre ellos. Es decir
que esa diferencia que sí existe no necesariamente debe convertirse en desigualdad
determinante justificada en la biología. 
Hacia la misma época, exactamente en 1969, Kate Millet en la primera parte de
“Política Sexual” expondrá una teoría de la política sexual en sus aspectos ideológicos,
biológicos, sociológicos, psicológicos y económicos (Puleo, 1994). Como exponente del
feminismo radical, dirá que el patriarcado es el sistema de dominación básico sobre el
28
que se asientan los demás y no puede haber verdadera revolución si no se lo destruye.
Este sistema se adapta a diferentes sistemas económico-políticos y es universal. La
dominación patriarcal no es producto del capitalismo y no desaparece con la revolución
socialista (Puleo, 1994). En este contexto introduce el concepto política sexual,
justificándolo en que para esta autora la relación que existe entre los sexos es política, es
una relación de poder. En este sentido ella entiende que la política es un conjunto de
relaciones y compromisos estructurados de acuerdo con el poder, en virtud de los cuales
un grupo de personas queda bajo el control de otro grupo. El dominio sexual esta muy
arraigado y es imperceptible y esto se debe a una colonización interior tal que naturaliza
este tipo de relaciones y cristaliza esta forma de poder. La política sexual es objeto de
aprobación en virtud de la socialización de ambos sexos según las normas del
patriarcado en lo que atañe al temperamento, el papel (rol social) y la posición social
(estatus). La autora dirá que se carece de pruebas sobre el fundamento físico de las
distinciones sociales entre temperamento, papel y posición social; y añadirá que es
imposible valorar las desigualdades existentes por hallarse saturadas de factores
culturales. Esta autora distingue entre sexo y género y definirá a este último como la
estructura de la personalidad conforme a la categoría sexual, y enfatizará su carácter
cultural. El género se establece con la adquisición del lenguaje. 
Millet a diferencia de Rubin enfatizará el aspecto político de las relaciones
sexuales, en tanto relaciones de poder que perpetúan la dominación de las mujeres en el
sistema patriarcal. Sin embrago sigue la misma línea en relación a cómo concibe sexo y
género. 
Con la primera concepción de sistema sexo género se infiere, como ya se dijo,
que el sexo biológico es inamovible y sobre éste se construye culturalmente el género de
acuerdo a la sociedad y a un tiempo. En consecuencia estaríamos deduciendo que
29
existen dos y sólo dos sexos y dos y solo dos géneros que se adscriben a esos sexos
biológicos, que los caracterizan pero que esta caracterización no tiene que ver con lo
que biológicamente son sino con lo que culturalmente se construye de ellos. Sin
embargo esta definición nos quedará chica. Debemos pensar en más sexos que el
masculino y el femenino y más géneros en tanto se conformen distintas identidades de
género. Las diferencias entre estos conceptos serán clarificadas más adelante. 
Castellanos (2006) sostiene que el cuestionamiento de la realidad biológica
invariable de los dos sexos por parte de filósofas y antropólogas se encuentra
influenciado por Foucault quien desde su publicación sobre Historia de la Sexualidad
analiza lo sexual como un producto de discursos y prácticas sociales en contextos
históricos determinados. Según Foucault el concepto de sexo se fue conformando a
partir del siglo XVIII mediante los discursos médicos, demográficos, pedagógicos,
llegando así a constituir una unidad artificial, capaz de agrupar elementos anatómicos,
funciones biológicas, conductas, sensaciones y placeres. Foucault detalla que “el
concepto se desarrolló hasta convertirse en un principio causal, un significado
omnipresente: el sexo llegó así a funcionar como un significante único y como un
significado universal”. Castellanos (2006) retoma a la antropóloga feminista Henrietta
Moore quien señala que el argumento básico de Foucault es que la idea de sexo no
existe con anterioridad a su determinación dentro de un discurso en el cual sus
constelaciones de significados se especifican, y que por lo tanto los cuerpos no tienen
sexo por fuera de los discursos en los cuales se les designa como sexuados. 
A partir de aquí se abrirán dos tendencias: por una parte la distinción tajante
entre sexo y género pierde parte de su fuerza. La posición de Foucault sobre la
historicidad del sexo cuestiona al género como algo establecido culturalmente con base
en el sexo biológico. Judith Butler es una exponente de esta tendencia y nos ofrece otra
30
conceptualización. Ella plantea al género como un hacer que constituye la identidad
sexual como parte de un proceso que articula sexo, deseo sexual y práctica sexual y que
deriva en actos preformativos. Por este proceso el cuerpo es moldeado por la cultura
mediante el discurso (Lamas, 2000). Femeninas (2003) nos advierte que Butler dice que
no solamente no hay tal escisión entre sexo y género, sino que en realidad este orden
que nosotros le damos primero el sexo y después al género es un orden inverso. Esto
significa que la sociedad tiene culturalmente un número de mandatos que le asigna a los
sexos de manera tal que esas funciones, esa construcción social genera las distinciones,
las divisiones y las características que nosotros llamamos “naturales”. Pero, como sólo
podemos acceder a lo natural desde lo cultural, no hay forma alguna de colocarnos en
algún lugar desde donde lo cultural no intervenga para acceder a lo biológico. Lo único
que tenemos como “dato” es lo “culturalmente” entendido como biológico o como
natural. No hay, pues, forma de acceder al “sexo natural”, sino al sexo tal y como cada
cultura lo ha construido. Para Butler todo cuerpoes un cuerpo cultural y tiene en sí
mismo las inscripciones narrativas de la historia, de la cultura. Siguiendo a Femeninas,
la filósofa feminista sigue sosteniendo su argumentación diciendo que el sexo en
occidente se resuelve en la construcción binaria varón y mujer. Pero si observamos otras
culturas, esta clasificación no siempre funciona. Por ejemplo, algunos grupos de
indígenas norteamericanos identifican más de dos sexos; y algunos relatos hacen
referencias que no hablan de dos sexos, sino de grupos que cumplen funciones de varón
siendo mujeres y grupos de varones que cumplen funciones de mujeres. Es decir, en
esas sociedades tienen un estatus de género social reconocido diferente del “sexo”.
Estas culturas tienen otra forma de categorizar, es decir, de dividir los sexos diferente a
como nosotros lo hacemos. De aquí que trate de mostrar que nuestra clasificación
“natural” es un constructo cultural donde ciertos datos se seleccionan como relevantes
31
en virtud de intereses, que Butler denomina políticos y que son fundamentalmente
intereses de poder. 
Butler definió al género como “el resultado de un proceso mediante el cual las
personas recibimos significados culturales, pero también los innovamos”. De alguna
manera interroga hasta dónde el género puede ser transformado a voluntad. Ella
considera que las personas no sólo son construidas socialmente sino que se construyen a
sí mismas. Pensando en esta idea formuló que elegir cada uno el género significa
interpretar las normas de género recibidas de tal forma que se les reproduzca y organice
nuevamente. Al conceptualizar al género como performance “como una actuación cuya
condición coercitiva y ficticia se presta a un acto subversivo” Butler se pregunta si la
naturalidad se construye a través de actos culturales que producen reacciones en el
cuerpo. Algo ya dijimos sobre esto respecto de lo que Butler decía de que se llegaba a lo
concebido como “natural” desde lo culturalmente construido como tal. Ella propone
analizar ciertas prácticas paradójicas que ocasionan la resignificación subversiva del
género y su proliferación más allá de un marco binario (Lamas, 2000). 
Para seguir problematizando al género, creemos conveniente exponer la crítica
que Marta Lamas (2004) retoma de la antropóloga Henrietta L. Moore al desarrollo de
Butler, la cual cuestiona la interpretación sobre la performatividad del género. Como ya
mencionamos, Butler afirma que el género se hace culturalmente y entonces se podría
deshacer. Partiendo de este supuesto se alienta la suposición de que si el sexo es una
construcción cultural entonces se puede deconstruir. Al describir la imposición de un
modelo hegemónico de relaciones estructuradas dualmente, Butler postula la
flexibilidad de la orientación sexual y legitima sus prácticas. Entonces Moore aclara que
será por el inconsciente que aunque las prácticas regulatorias imponen el modelo
heterosexual de relación sexual, existen la homosexualidad y otras variaciones queer.
32
Éstas muestran la fuerza de la simbolización inconsciente y las dificultades psíquicas
para aceptar el mandato cultural heterosexista. Al no visualizar lo psíquico no logra
llegar a la complejidad de la adquisición del género por cuerpos sexuados en una cultura
determinada. 
Por otra parte, la otra tendencia que se desencadena a raíz de la teorización de
Foucault es la de desafiar la visión tradicional de los dos sexos. Las categorías binarias
como hombre/mujer; varón/hembra; masculino/femenino; son características de nuestra
cultura occidental y no realidades transculturales. La antropología presenta gran
variedad de ejemplos que contribuyen a cuestionar este binarismo8 y ya algo
mencionamos respecto de lo que decía Butler de ello según Femeninas. 
Una definición posterior nos acerca Joan Scott. En su artículo “El género: una
categoría útil para el análisis histórico” (1996), nos habla de género como un concepto
que se apoya en dos proposiciones: es un elemento constitutivo de las relaciones
sociales que se basa en las diferencias entre los sexos y es una forma primaria de las
relaciones de poder. Como elemento que constituye a las relaciones sociales basadas en
las diferencias entre los sexos, el género comprende cuatro elementos interrelacionados:
primero, símbolos culturales que evocan representaciones. Segundo, conceptos
normativos que manifiestan las interpretaciones de los significados de los símbolos,
intentando limitar y contener afirmando unívocamente el significado de varón y mujer,
8 Castellanos (2006) retoma a Henrietta Moore, quien alude a que “si bien en el discurso occidental la
diferencia sexual se basa en la presuposición de que el cuerpo es una entidad discreta, cerrada,
sexualmente diferenciada, en otras culturas no aparece la concepción del sexo biológico binario. En
Nepal, por ejemplo, se ha reportado la existencia de un grupo que concibe los cuerpos de los sujetos de
ambos sexos como una mezcla de elementos femeninos como la carne y masculinos como los huesos, de
modo que se desploma la distinción entre cuerpos sexuados y géneros construidos socialmente que
usualmente aparece en el discurso antropológico. Es decir, se desploma la adscripción del sexo a la
naturaleza y del género a la cultura. De manera similar, en el pueblo Hua, de Papúa, Nueva Guinea,
encontramos una diferenciación corporal entre los individuos de acuerdo a las cantidades de sustancias
femeninas y masculinas que contengan. Estas sustancias se consideran transferibles entre hombres y
mujeres mediante la comida, el sexo heterosexual y el contacto casual cotidiano. Por lo tanto las
categorías binarias hembra y macho no son discretas. Por el contrario, las personas son más o menos
masculinas o femeninas dependiendo de la edad, ya que a lo largo de la vida el cuerpo integra más y más
sustancias y fluidos transferidos por el sexo opuesto”. Para ver más ejemplos sobre cómo conciben la
diferencia sexual otras culturas ver Castellanos, 2006; Nicholson, 1989; Lamas, 2004. 
33
masculino y femenino. En estas normas se rechazan o reprimen posibilidades
alternativas, y a veces tienen lugar disputas abiertas sobre las mismas. La posición que
emerja como dominante, a pesar de la disputa, es expuesta como la única posible. En
tercer lugar están las instituciones, las organizaciones sociales y las nociones políticas:
allí la autora incluye no sólo al sistema de parentesco sino también el mercado de
trabajo, la educación, la economía y la política. El cuarto aspecto del género es la
identidad subjetiva. En esta subparte, Scott toma a Lacan y su psicoanálisis como una
herramienta útil para pensar en la construcción de la identidad de género pero que,
según ella, carece de una perspectiva histórica. La autora propone este esquema para
poder pensar en el efecto del género en las relaciones sociales e institucionales, es decir
para cualquier proceso social, teniendo en cuenta que este modo de análisis no es el
acostumbrado. 
Respecto a su teorización del género apoyada en su segunda preposición (género
como forma primaria de relaciones significantes de poder) Scott dice que el género es el
campo primario dentro del cual o por medio del cual se articula el poder. 
La autora pretende ofrecernos al género como una categoría analítica que nos
permita estudiar la historia comprendiendo las desigualdades, en tanto ésta se organiza a
partir de las diferencias de género, revisando las preguntas originales que las han
acercado a los problemas a estudiar. Se debe poder explicar cómo se producen los
cambios tratando de concebir procesos interrelacionados y no buscando orígenes
sencillos. Apunta a que se preguntencómo sucedieron las cosas, buscar los significados
para poder explicar por qué sucedieron. Y en esa búsqueda de significado es necesario
considerar a los sujetos individuales tanto como a la organización social, descubrir las
interrelaciones ya que todo ello es muy importante para comprender cómo actúa el
género y cómo tiene lugar el cambio. Finalmente considera que se debe trabajar con una
34
noción de poder foucaultiano. Es decir, concebir el poder como distribuido en
constelaciones de relaciones desiguales, constituidas discursivamente como campo de
fuerzas sociales. Dentro de estas estructuras hay lugar para un concepto de agencia
humana como intento de construir una identidad, una vida, un entramado de relaciones
sociales, una sociedad con ciertos límites y con un lenguaje, lenguaje conceptual que a
la vez establece fronteras y contiene la posibilidad de negación, resistencia,
reinterpretación. 
Para Scott el género facilita un modo de decodificar el significado y comprender
las complejas conexiones de la interacción humana. Cuando el historiador busca los
caminos por medio de los cuales el concepto de género legitima y construye relaciones
sociales, desarrolla la comprensión de la naturaleza recíproca de género y sociedad, y de
las formas específicas en que la política construye al género y viceversa. La política es
una de las áreas en que puede usarse el género para el análisis histórico. 
Según Castellanos (2006), la definición de Scott ha adquirido gran importancia
en los estudios de género porque incorpora la idea de la transversalidad del género, en
tanto elemento cultural, en todas las relaciones sociales. 
Castellanos (2006) construirá su propia definición de género teniendo en cuenta
distintos conceptos y críticas. En primer lugar tomará la concepción de poder
Foucaultiana. Foucault no concibe el poder de forma piramidal, de manera que va
diluyéndose a media que se desciende en la escala. Por el contrario, este poder lo
ejercemos todxs de distintas formas en nuestras interrelaciones. Circula a través de una
red de relaciones que atraviesa todos los ámbitos, todos los niveles sociales, y donde
todxs estamos activamente presentes. El poder es ejercido por todxs nosotrxs, lxs
subordinadores y lxs subordinadxs, que además podemos serlo de diversas maneras e
intercambiando estos dos roles según el tipo de relación de que se trate. Lxs mismxs
35
subordinadxs ejercerán este poder y lo justificarán en la medida en que realicen las
mismas acciones que se ejercen sobre ellos y esgriman los mismos argumentos que
justifican su dominación. Para Foucault el poder se maneja en gran parte mediante los
discursos: quienes definen los términos y quienes los emplean, están involucradxs en el
juego del poder. En cualquier sociedad múltiples relaciones de poder atraviesan,
caracterizan, constituyen el cuerpo social. Estas relaciones de poder no pueden
disociarse, ni establecerse, ni funcionar sin una producción, una acumulación, una
circulación, un funcionamiento de los discursos.
En segundo lugar cuestionará el binarismo sexual. Argüirá que esta idea es un
producto de nuestra cultura occidental, como lo es la idea de que el sexo es natural.
Presenta distintos ejemplos que representan excepciones al supuesto binarismo y que
nos hacen concebir al sexo como una gradación y no como una disyuntiva entre dos
unidades discretas.
En base a estas cuestiones Castellanos dirá que el género es el conjunto de
saberes, discursos, representaciones, prácticas sociales y relaciones de poder que les da
contenido específico a las concepciones que usamos y construimos (y que influyen
decisivamente sobre nuestra conducta) en relación con el cuerpo sexuado, con la
sexualidad y con las diferencias físicas, socioeconómicas, culturales y políticas a partir
de la diferencia anatómica entre hombres y mujeres en una época y en un contexto
determinados.
Marta Lamas (2004), por su parte, aporta una cuestión muy interesante a este
recorrido. Ella hace una breve reconstrucción teórica desde la antropología del concepto
de género. Hacia los ´80 desde la antropología se criticará que se conciba la
simbolización del género como un aparato semiótico que sigue un patrón universal dual
definido a partir de lo invariable de las diferencias biológicas. La etnografía feminista
36
muestra que la realidad contradecía el énfasis estructuralista del esquema de
clasificación binaria. En esta época se definió al género como una pauta de expectativas
y creencias sociales que atraviesa la vida colectiva y que produce la desigualdad
respecto a la forma en que las personas valoran y responden a las acciones de hombres y
mujeres. Esta pauta hace que hombres y mujeres sean los soportes de las reglas, las
prohibiciones, etc. sancionadas por el orden simbólico. Sostienen ese orden simbólico
mujeres y hombres, reproduciéndose y reproduciéndolo, con el desempeño de sus tareas
y papeles que varían según el lugar y el tiempo. Esta sería la respuesta que se ofrece
desde la antropología a lo que se denominó el sistema sexo-género de Rubin. En los ´90
los avances teóricos dirán que lo que son los seres humanos es el resultado de la
producción histórica y cultural y la autora enfatizará que hay un borramiento de lo que
implica la sexuación. Si estas corrientes dirán que el sujeto no existe previamente a las
operaciones de la estructura social sino que es producido por las representaciones
simbólicas dentro de formaciones sociales determinadas hay que verificar qué
implicancias tienen estas formas de simbolización en la diferenciación y jerarquización
del género, o si esto tiene que ver con la naturaleza de la diferencia sexual. A esto
último es a dónde apunta Lamas y que nos parece relevante para pensar en la
categorización del género. La pregunta concreta que conduce su exposición es si las
prácticas son producto únicamente del proceso de simbolización o si la diferencia sexual
tiene cierta influencia en esto. 
Lamas avanzará en su teorización y dirá que en la antropología prevalece la
tradición de interpretar la cultura como un sistema de símbolos, así la lingüística plantea
cuestiones fundamentales e influye en lo estudios de género que empiezan a trabajar
sobre las metáforas de la diferencia sexual y como éstas producen representaciones y
categorías. 
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Lamas, luego, retomará los aportes de Alice Schlegel (1990)9 y de la
psicoanalista Virginia Goldner (1991)10 y dirá que al introducir matices en la
conceptualización del género se va erosionando la idea del sistema de género como
primordial, transhistórica e inmutable y se empieza a comprender que el género tiene
más que ver con la realidad social que con la forma en cómo los enunciados formales
sobre lo “masculino” y lo “femenino” encajan con otros significados simbólicos. 
De la mano de los avances de finales de los ´90 se acepta que el orden simbólico
establece una valoración diferencial de los sexos pero persiste la duda sobre qué es lo
que corresponde al género y qué es lo que corresponde al sexo. Lamas (2002) dirá que
al existir hembras (mujeres) con características asumidas como masculinas y machos
(varones) con características consideradas femeninas, es evidente que la biología per se
no garantiza las características de género. No es lo mismo el sexo biológico que la
identidad asignada o adquirida; si en diferentes culturas cambia lo que se considera
femenino o masculino, obviamente dicha asignación es una construcción social, una
interpretación social de lo biológico; lo que se considera femenino o masculino no tiene
relación directa y determinante con la biología, el sexo; si fuera así, ni siquiera se
plantearía el problema.Hubo distintas respuestas que se fueron esbozando desde la antropología para
develar estos interrogantes. El problema fue que muchas antropólogas evitaban abordar
las consecuencias de la diferenciación sexual del cuerpo. Lamas advierte que el abismo
que existe entre las ciencias naturales y las ciencias sociales dificulta entender qué
implicaciones ha tenido la anatomía sexuada en la producción cultural. Así a principios
de este siglo la biología vuelve a tener presencia en las reflexiones feministas sobre las
9 Los aportes de Schlegel a los que Lamas hace referencia están en: Schlegel A. 1990 “Gender Meanings:
General and Specific” en Beyond the Second Sex: New Directions in the Antropology of Gender. Sanday
y Goodenough, editoras, University of Pennsylvania Press, Philadelphia. 
10 Los aportes de Goldner a los que Lamas hace referencia se encuentran en: Goldner V. 1991. “Toward a
critical relational theory of gender”. Psychoanalytical Dailogue. 1, pp. 249-272. 
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relaciones sociales. Ante el interrogante de si es posible vincular ciertos aspectos de la
desigualdad social con la asimetría sexual, Lamas dirá que como hay pautas que se
repiten no hay que centrarse únicamente en las formas locales de relación social sino
que hay que explorar lo biológico. Para ella es necesario reconocer que el lugar de las
mujeres y de los hombres en la vida social no es consecuencia sólo del significado que
las actividades adquieren a través de las interacciones sociales sino también de lo que
son biológicamente. Que las diferencias biológicas que materialmente existen se
interpreten culturalmente como una diferencia sustantiva que marcará el destino de las
personas de manera diferenciada y jerarquizada es el problema político que subyace a
toda la discusión sobre las diferencias entre los hombres y las mujeres (Lamas 2002). 
Para esta autora resulta cada vez mas importante dar cuenta de la interacción
entre lo social y lo biológico, teniendo muy en claro que en la vida social humana la
biología más que una causa de la desigualdad es una excusa. Ahondar en esta
articulación tratando de no negar las diferencias biológicas indudables que hay entre
hombres y mujeres haciendo foco en que lo que marca la diferencia entre los sexos es el
género permite entender esa diferencia y repensarla como tal no en tanto desigualdad.
Hay que tener siempre presente que entre mujeres y hombres hay más semejanzas como
especie que diferencias sexuales. Sin embargo a esta relación entre lo social y lo
biológico para tratar de desentrañar los distintos aspectos de la desigualdad que se
instala al concebir los sexos le falta el componente psíquico que tiene gran influencia a
la hora de considerar la preponderancia de la diferencia sexual en esta relación. Este
elemento distintivo fue pensado por las feministas británicas influenciadas por el
psicoanálisis lacaniano.11 A esta altura es necesario volver a aclarar que cuando
11 Esta postura teórica se diferencia de la de las investigadoras feministas norteamericanas quienes
consideraban la subordinación femenina como un fenómeno multicausal. Para ellas la explicación
psicológica tenía mucha importancia y buscaron una perspectiva que diera cuenta de lo psicológico en
articulación con cuestiones sociales e históricas sobre las mujeres. Según ellas, género podía cumplir ese
objetivo ya que podían referirse a los orígenes sociales de las identidades de los hombres y las mujeres.
Aunque género les sirvió para dar una interpretación sobre la subjetividad, eludieron el papel del
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hablamos de diferencia sexual no estamos hablando de una distinción sustantiva entre
dos grupos de personas (o más) en función de su sexo. Este concepto tiene un sentido
psicoanalítico fundamental para entender cómo se configura subjetivamente el género,
los procesos de identificación que desata y así entender los parámetros de la desigualdad
que socialmente se instituye y cómo aún así las personas se revelan contra esa
institución. 
Lamas seguirá con su teorización y dirá que si la diferencia sexual no es sólo una
construcción social sino que existe una conexión con la biología, ella se pregunta si se
puede eliminar la desigualdad social de los sexos. Este interrogante se completa con
otro con consecuencias políticas profundas: ¿cómo aceptar la diferencia sexual como
fundante sin que quede ahistorizada y sea resistente al cambio? La clave está en
entender que las personas no son sólo construcciones sociales ni sólo anatomías. El
cuerpo es a la vez carne (hormonas, procesos bioquímicos), mente (cultura,
prescripciones sociales, tradiciones) e inconsciente (deseos, pulsiones, identificaciones)
y es simbolizado en los dos ámbitos, el psíquico y el social. La determinación sexual
está en el inconsciente. La estructuración psíquica del deseo se da de manera
inconsciente y lo femenino y lo masculino no corresponden al referente biológico. Esta
definición reitera que el sexo se construye en el inconsciente independientemente de la
anatomía. Debe destacarse el papel de este inconsciente en la formación de la identidad
sexual y la inestabilidad de tal identidad impuesta en un sujeto que es
fundamentalmente bisexual. La representación inconsciente del cuerpo necesariamente
inconsciente en la subjetividad. El problema de esto según Lamas (2002) es que utilizaron la categoría de
diferencia sexual en tanto diferencia entre sexos sin reconocer su sentido psicoanalítico y se suma que no
registrar al inconsciente las hace considerar la mente como una página en blanco donde la sociedad
escribe los papeles diferenciados para hombres y para mujeres. Pensar al cuerpo como mediador pasivo
de estas prescripciones y creer que con voluntad se cambia la escritura de la mente, el planteamiento para
el cambio las lleva a considerar un reacondicionamiento social, una reeducación de la sociedad para
cambiar los códigos patriarcales arbitrarios y opresivos. El no considerar el inconsciente las lleva a pensar
que lo que está en juego son los factores sociales y por tanto el género con su diferente potencial de
relación entre los sexos. Como su concepción de diferencia sexual se reduce a diferencia entre los sexos,
eso las lleva a considerar que en las relaciones sociales el principio de igualdad es capaz de modificar lo
psíquico. 
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pasa por la representación imaginaria y la simbólica. Esa representación inconsciente
del cuerpo hace que las personas estén marcadas por ella y ocupen posiciones diferentes
en el orden cultural y político. 
Entonces esta configuración en el inconsciente de lo que sexualmente somos y la
identidad que en consecuencia asumimos no tiene relación directa con lo que
biológicamente tengamos como sexo sino con esa construcción marcada por la
sexuación, la formulación del deseo inconsciente y la identidad sexual que asumamos.
Entender esto permite comprender la proliferación de identidades sexuales distintas y
más allá de la femenina y la masculina. Si la diferencia sexual es fundante de los
distintos géneros que conocemos, ésta no se concebiría como ahistórica dado que no hay
nada que la determine. El proceso del inconsciente la conforma, ciertos parámetros
sociales condicionan pero no determinan, por lo que existe la posibilidad del escape a lo
heterosexual y la proliferación de lo homosexual, intersexual, queer etc. Repensar estas
cuestiones desde el lugar que nos presenta Lamas, nos abre un abanico de posibilidades
para ser lo que queremos ser. 
Finalmente Lamas (2000) definirá al género como “el conjunto de prácticas,
creencias, representaciones y prescripciones sociales que surgen entre los integrantes de
un grupo humano en función de una simbolización de la diferencia anatómica entre
hombres y mujeres”.

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