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Argumentación crítica

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Joshua Pola Lara 								 Grupo 1106
Argumentar siguiendo las reglas de una discusión crítica.
1-Reglas para resolver una diferencia de opinión.
1. Mantener siempre el respeto.
2. Tratar de entender la postura de la otra opinión.
3. Aplicar razonamientos y principios de lógica a ambas opiniones.
4. Tratar de hacer entender a la otra persona sobre la opinión personal.
5. Tratar de crear una idea que unas ambas opiniones.
2- Etapas para argumentar en un diálogo que tenga como finalidad llegar a un acuerdo.
es necesario aclarar que si la intención es llegar a u acuerdo, es necesario ir con la disposición de flexibilizar un poco las exigencias y estar abierto a cambios.
Dentro de la etapas de un diálogo para llegar a un acuerdo podemos encontrar:
- Planteamiento del problema o problemas.
- Posibles soluciones.
- Recursos para lograr las soluciones.
- Condiciones para cumplir con lo pensado.
- Alcanzar acuerdo.
3-Etapas de una discusión crítica.
El modelo ideal para resolver dicha diferencia se denomina 'discusión crítica' e, idealmente, posee cuatro fases de desarrollo: confrontación, apertura, argumentación y clausura.
En la etapa de confrontación de una discusión crítica, como sabemos, se expresan las diferencias de opinión entre las partes. La regla 1ª establece cómo puede hacerse la confrontación de manera óptima, estableciendo el principio de que el punto de vista puede referirse a cualquier cosa, que cualquier punto de vista puede ser cuestionado, que cualquiera puede proponer un punto de vista, que cualquiera puede cuestionar un punto de vista. Ninguna de las partes implicadas en una discusión crítica puede negar a la otra parte la posibilidad de ejercer estos derechos.
En la etapa de apertura, el ponente es retado por el antagonista a defender su punto de vista en la etapa de argumentación según las reglas acordadas por ambas partes. En esta fase se establece la base común de la discusión, compuesta por premisas y reglas de procedimiento. Las reglas de la 2ª a la 5ª se refieren a esta etapa, y se orientan a asegurar que, una vez expresada la diferencia de opinión, las partes intentan conjuntamente encontrar una solución de la misma.
Las reglas referentes a la etapa de argumentación, que son de la 6ª a la 13ª, ambas incluidas, regulan la manera en que el punto de vista inicial puede ser defendido y atacado, así como la determinación del caso en que el ataque o la defensa son concluyentes. Aquí juega un papel importante el procedimiento intersubjetivo de identificación (orientado al contenido enunciativo de la argumentación), el proceso intersubjetivo de explicitación, el procedimiento intersubjetivo de inferencia, y el procedimiento intersubjetivo de prueba (orientado a controlar la fuerza de justificación o refutación de los argumentos). Estos cuatro procedimientos son fundamentales para el desarrollo de la etapa de argumentación.
La única regla que se aplica en la etapa de conclusión, la regla 14ª, establece las consecuencias que se siguen para el ponente, en el caso de un ataque concluyente de la posición inicial por parte del antagonista, así como de las consecuencias que se siguen para el antagonista, en el caso de un defensa concluyente de la posición inicial por parte del ponente. En el primer caso, la consecuencia para el ponente es la obligación de retractarse de su punto de vista inicial, y, en el segundo caso, la consecuencia para el antagonista es la obligación de abandonar su cuestionamiento del punto de vista inicial.
La regla 15ª se aplica en todas las fases de la discusión crítica, de manera especial en la etapa de argumentación y en la etapa de conclusión.
 Reglas de una dicución crítica.
1ª Regla: a. No se aplican especiales condiciones ni al contenido enunciativo de las asertivas, mediante las que se expresa un punto de vista, ni al contenido enunciativo de la negación del  compromiso, por medio del cual se cuestiona un punto de vista.
b. En la realización de estas asertivas y de estos compromisos negativos, no se aplican especiales condiciones preparatorias de la posición o estatus del hablante-escritor, o del oyente-lector.
Esta primera regla reconoce el derecho de cualquier participante en la discusión racional a proponer cualquier punto de vista y a presentar cualquier argumento o contra-argumento que considere relevante. Esta regla reconoce el derecho de quien ha perdido una discusión a replantearla de nuevo ante el mismo oponente en el caso de disponer de nuevas evidencias.
En el estadio de apertura, después que el ponente acepta el reto de defender su punto de vista, los disputantes deciden mantener una discusión, y acuerdan la distribución de roles, las premisas, las reglas procedimentales, etc. Esta reglas tienen que indicar lo siguiente: ¿Cuándo el disputante 2º está autorizado a retar al disputante 1º?,  ¿Cuándo el disputante 1º está obligado a aceptar este reto?, ¿Quién asume el rol de ponente?, ¿Quién asume el rol de oponente o antagonista?, ¿Cuáles son las premisas compartidas?, ¿Qué reglas se aplican en el estadio de argumentación?, y ¿Cómo ha de concluirse la discusión en el estadio de conclusión?
 
2ª Regla: El disputante que ha puesto en cuestión el punto de vista de otro disputante en el estadio de confrontación está siempre autorizado a requerir del mismo la defensa de su punto de vista.
El derecho a requerir  de un disputante la defensa del punto de vista que propone, es un derecho incondicional de todo disputante. Esta regla indica un derecho, pero no una obligación, es decir nunca estamos obligados a exigir que nos demuestren un punto de vista. En principio, el ponente está obligado a defender el punto de vista que propone; pero también el oponente está obligado a defender sus puntos de vista, cuando sea requerido  ¿Hasta dónde llega el compromiso del ponente ante los requerimientos del oponente? En este punto, parece poder aplicarse e principio legal “non bis in idem”, es decir no está obligado a repetir la defensa de su opinión ante el mismo oponente y en el mismo contexto. Sólo si hay nuevos argumentos, nuevo procedimiento, nuevo oponente, puede estar obligado a repetir su defensa. Y lo mismo vale a la inversa. Si un ponente fracasa en la defensa de su punto de vista, ha de retractarse del mismo, y no tiene derecho a replantearlo mientras no disponga de otros argumentos mejores.
 
3ª Regla: El disputante que es retado por el otro disputante a defender su punto de vista en el estadio de confrontación, está siempre obligado a aceptar este requerimiento, a menos que el otro disputante no esté preparado para aceptar ni las premisa ni las reglas procedimentales compartidas. El disputante está obligado a defender el punto de vista mientras no se retracte de él, y mientras no lo haya defendido todavía con éxito frente al otro disputante sobre la base de las premisas y las reglas de la discusión acordadas.
La regla tres se refiere a la obligación general de defender  el punto de vista y su crucial excepción. Quien ha sido retado a defender su punto de vista debe hacerlo, y esta obligación permanece hasta que lo haya demostrado con éxito, o hasta que haya reducido su alcance. Sólo hay excepción, cuando no hay premisas, ni reglas de discusión compartidas, o cuando es obvia la intención partidista de la otra parte o del público. No hay por qué repetir la defensa en el mismo contexto, con las mismas premisas y ante el mismo antagonista; pero si alguno de estos elementos cambia, si se puede reabrir el debate. Y en este sentido el debate puede ser retomado.
Esta regla 3 localiza la carga de la prueba,  que corresponde al disputante, cuyo punto de vista ha sido cuestionado, y del que se requiere argumentación. La situación se complica cuando los puntos de vista están entremezclados. En cualquier caso, cada disputante está obligado a defender el punto de vista, que propone, o una parte del mismo,. En el caso de que estén mezclados, es necesario un acuerdo sobre el orden de las intervenciones.
        
4ª Regla: El disputante que en el estadio de aperturaha aceptado el reto del otro disputante para defender su punto de vista, completará el rol de ponente en la etapa de argumentación, y el otro disputante completará el rol de oponente o antagonista, a menos que ellos acuerden otra cosa; la distribución de roles se mantiene hasta el fin de la discusión.
El primer acuerdo a tomar concierne a la distribución de roles en la discusión. ¿Quién asume  el rol de ponente? ¿Quién el rol de oponente o antagonista? El ponente desarrolla y defiende un punto de vista, y el oponente lo pone en cuestión. Es una condición de la discusión crítica, objeto de la regla cuatro, que los disputantes estén de acuerdo con la distribución de roles, y que la mantengan a lo largo de la discusión.
El estadio de argumentación se abre con la defensa de su punto de vista, por parte del ponente. Los acuerdos concernientes a las reglas de la discusión, determinan la actividad de atacar y defender, y la evaluación de los ataques y las defensas. 
 
5ª Regla: Los disputantes que cumplen los roles de ponente y oponente o antagonista, antes de la etapa de argumentación, acuerdan las reglas a seguir: ¿Cómo el protagonista ha de defender el punto de vista inicial? ¿Cómo el antagonista ha de atacarlo? ¿En qué caso el protagonista ha defendido con éxito el punto de vista? ¿En qué caso el antagonista ha atacado con éxito? Esas reglas se aplican durante toda la discusión, y no pueden ser cuestionadas durante la misma por ninguna de las partes.
Los ataques y defensas de un punto de vista tienen lugar en el estadio de argumentación según unas reglas de discusión. Por eso, es necesaria la existencia de acuerdos sobre las reglas de la discusión. Estas reglas determinan el comportamiento del ponente y del oponente o antagonista en la etapa argumentativa. Son convencionales y han de ser compartidas. Estas reglas o su aplicación, puede convertirse en objeto de discusión durante la argumentación, dando lugar a una meta-discusión.
 
6ª Regla; a. El protagonista puede siempre defender su punto de vista en la confrontación inicial de puntos de vista, mediante actos complejos de habla de carácter argumentativo, y dichos argumentos cuentan como una defensa provisional del punto de vista.
b. El antagonista puede atacar siempre un punto de vista  poniendo en cuestión el contenido enunciativo o la fuerza demostrativa o refutadora de la argumentación.
c. El ponente y el antagonista no pueden defender o atacar puntos de vista de otra manera.
El protagonista defiende su punto de vista mediante actos de habla asertivos. El antagonista acepta o rechaza la argumentación del protagonista mediante actos de habla compromisos. Y el antagonista requiere una nueva argumentación, mediante actos de habla directivos. El derecho de atacar y defender el punto de vista es un derecho sin restricciones del antagonista y del ponente respectivamente.
        
7ª Regla: a. El ponente ha defendido con éxito el contenido enunciativo de un complejo acto de habla argumentativo frente al ataque del antagonista, si la aplicación del procedimiento intersubjetivo de identificación alcanza un resultado positivo, o si el contenido enunciativo es aceptado en segunda instancia por ambas partes como resultado de una meta-discusión, en la cual el protagonista ha defendido con éxito un sub-punto de vista positivo con vistas a ese contenido enunciativo.
b. El antagonista ha atacado con éxito el contenido enunciativo de un acto complejo de habla argumentativo, si la aplicación del procedimiento intersubjetivo de identificación alcanza un resultado negativo o si el protagonista no ha defendido con éxito un sub-punto de vista positivo con vistas a ese contenido enunciativo en una meta-discusión.
En el estadio de apertura tienen que quedar establecidas las reglas que definen cuándo el protagonista ha defendido con éxito su punto de vista, y cuándo el antagonista lo ha atacado con éxito, lo que depende del procedimiento intersubjetivo de identificación. El procedimiento intersubjetivo de identificación, que tiene lugar en el estadio de apertura, requiere la confección de una lista de las proposiciones que aceptan ambas partes, y que se refieren a hechos, verdades, normas, valores, jerarquías de valores. Esta lista de proposiciones, que ha de ser consistente, no es restrictiva, sino que puede ser ampliada a lo largo de la discusión. Han de acordar también los métodos para contrastar información, que pueden ser orales o escritos (enciclopedias, diccionarios, obras de referencia) o de unificación de percepciones (por medio de experimentos o no). Tanto en las reglas, como en las proposiciones, como en los métodos de confirmación, ambas partes tienen que estar de acuerdo.
Cabe aceptar en el estadio de apertura el desarrollo de meta-discusiones, sobre proposiciones que en principio no tenían consenso. 
 
8ª Regla: a. El ponente ha defendido con éxito la fuerza de justificación o refutación de un acto complejo de habla argumentativo contra un ataque del antagonista, si la aplicación del procedimiento intersubjetivo de inferencia o (después de la aplicación del procedimiento intersubjetivo de explicación) la aplicación del procedimiento intersubjetivo de prueba conduce a un resultado positivo.
b. El antagonista ha atacado con éxito la fuerza de justificación o refutación de la argumentación, si la aplicación del procedimiento intersubjetivo de inferencia o (después de la aplicación del procedimiento intersubjetivo de explicación) la aplicación del procedimiento intersubjetivo de prueba conduce a un resultado negativo.
Llamamos procedimiento intersubjetivo de inferencia, al procedimiento que se refiere al control de la validez lógica de los argumentos del ponente para justificar o refutar el contenido enunciativo o la fuerza de una argumentación. Este procedimiento parece requerir unas reglas lógicas, parecidas a las de la Escuela de Erlangen. Parece que este procedimiento debería de quedar definido en el estadio de apertura de la discusión.
Llamamos procedimiento intersubjetivo de explicación, que se refiere a la determinación del tipo o esquema de argumento que se ha utilizado. Conviene que las partes estén de acuerdo en la determinación del tipo de argumento. Esta reconstrucción de la forma dialéctica es especialmente requerida cuando el argumento no ha sido expresado de manera completa.
Una vez identificada y reconstruida una forma dialéctica, mediante el procedimiento intersubjetivo de explicación, el procedimiento intersubjetivo de prueba  tiene que determinar si esa forma dialéctica puede ser admitida por ambas partes, y si ha sido aplicada correctamente. Esto supone un acuerdo previo de las partes sobre las formas dialécticas aceptables. La prueba de la aceptabilidad de una forma dialéctica tiene que ver con determinar el modo de controlar el vínculo de las premisas con la conclusión, y en esto consiste el procedimiento intersubjetivo de prueba.
 
9ª Regla: a. El ponente ha defendido de manera concluyente su conclusión principal, o alguna conclusión intermedia,  por medio de un acto complejo de habla argumentativo, si ha defendido con éxito frente al cuestionamiento del antagonista, tanto su contenido enunciativo, como su fuerza de justificación o refutación.
b. El antagonista ha atacado de manera concluyente el punto de vista del ponente, si ha atacado con éxito tanto el contenido enunciativo de su complejo acto de habla argumentativo, como su fuerza de justificación o refutación.
Atacar y defender puntos de vista de manera concluyente  implica no sólo al contenido enunciativo de la argumentación, sino también su fuerza argumentativa.
 
10ª Regla. El antagonista retiene a lo largo de toda la discusión el derecho de cuestionar el contenido enunciativo y la fuerza argumentativa de cada complejo acto de habla argumentativo del ponente, que este no haya defendido con éxito de manera concluyente.
El uso óptimo del derecho de ataque, requiere que al antagonista le sea concedida la oportunidad de ejercer el derecho de ataque, que ha dejado pasar anteriormente.

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